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 4.1 LA EDUCACIÓN JURÍDICA. SUS CARACTERÍSTICAS. Las diferentes Escuela de Derecho, que funcionan en Venezuela, tienen como objetivo central la formación y capacitación de sus educandos para la obtención del titulo de Abogado, que se otorga a la conclusión de los estudios El abogado que egresa de las Escuelas de Derecho está capacit ado para actuar ante los organismos judiciales y administrativos, en representación de part iculares, o instituciones púb licas; elaborar dic támenes que se deriven de diversos actos públicos, o dedicarse a la docencia universitaria. Igualmente, se encuentra habilita do para asesorar empre sas u organizaciones privadas, desempe ñar cargos dentro de la Ma gi stratura, desarrollar invest igaciones científicas en él ámbito del Derecho, y elaborar documentos jurídicos de diversa índole. La educación ju rídica, esta caracterizada po r enseñanza de diferentes materias y cursos jurídicos usuales, como Introducción al Derecho, Derecho Constitucional, Civil, Mercantil, Proces al, Penal, Tributario, Laboral, Internacional Público y Privado, que le proveerán de los conocimientos jurídicos básicos y el entrenamiento en el razonamiento jurídico. La educación judica también sé dete rminada por te ner una parte dogmática y una parte critica, la parte dogmática como ya lo especificamos esta for mada por las mat eri as comunes, como der echo con sti tucional, mercantil, procesal, penal, laboral, de personas y familia, que no han cambiado con el transcu rrir del tiempo y que la mayoría de veces se basan en leyes y código s que han sido poco modificados y una parte crítica que esta formada por metodologías educativas que exigen la participación estudiantil. En los últimos años se han añadido asignaturas que no son usuales en las escuelas de derecho de Venezuela, pero que las más reconocidas del mundo las han incorpo rado. Son asign aturas como Medi os alterna ti vos de resolución de conflictos, Simulación de juicios nacionales e...

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Anális Sociológico del Derecho

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4.1 LA EDUCACIÓN JURÍDICA. SUS CARACTERÍSTICAS.

Las diferentes Escuela de Derecho, que funcionan en Venezuela,

tienen como objetivo central la formación y capacitación de sus educandos para laobtención del titulo de Abogado, que se otorga a la conclusión de los estudios

El abogado que egresa de las Escuelas de Derecho está capacitadopara actuar ante los organismos judiciales y administrativos, en representación departiculares, o instituciones públicas; elaborar dictámenes que se deriven dediversos actos públicos, o dedicarse a la docencia universitaria. Igualmente, seencuentra habilitado para asesorar empresas u organizaciones privadas,desempeñar cargos dentro de la Magistratura, desarrollar investigaciones

científicas en él ámbito del Derecho, y elaborar documentos jurídicos de diversaíndole.

La educación jurídica, esta caracterizada por enseñanza dediferentes materias y cursos jurídicos usuales, como Introducción al Derecho,Derecho Constitucional, Civil, Mercantil, Procesal, Penal, Tributario, Laboral,Internacional Público y Privado, que le proveerán de los conocimientos jurídicosbásicos y el entrenamiento en el razonamiento jurídico.

La educación jurídica también sé determinada por tener una partedogmática y una parte critica, la parte dogmática como ya lo especificamos estaformada por las materias comunes, como derecho constitucional, mercantil,procesal, penal, laboral, de personas y familia, que no han cambiado con eltranscurrir del tiempo y que la mayoría de veces se basan en leyes y códigos quehan sido poco modificados y una parte crítica que esta formada por metodologíaseducativas que exigen la participación estudiantil.

En los últimos años se han añadido asignaturas que no son usualesen las escuelas de derecho de Venezuela, pero que las más reconocidas delmundo las han incorporado. Son asignaturas como Medios alternativos deresolución de conflictos, Simulación de juicios nacionales e...

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4.2 EDUCACIÓN DOGMATICA Y CRITICA

DOGMATICA

La dogmática jurídica es una disciplina perteneciente al Derecho, cuyométodo se basa en la elaboración de complejos sistemas de carácter formal,compuestos por  dogmas jurídicos o tipos. Tales dogmas han de extraerse delcontenido de las normas jurídicas positivas, utilizando la abstracción, y siguiendouna serie de operaciones lógicas que otorgan a la dogmática jurídica un carácter eminentemente sistemático.

En contraposición al método exegético, en el que la interpretación de la

norma se sustenta en el sentido de las palabras reflejadas en el derecho positivo,el método dogmático se atiene a los principios doctrinales como medio principalpara interpretar el sentido de la norma jurídica.

CRÍTICA

Consideraba que el sistema social había creado los diferentes aparatosrepresivos e ideológicos del Estado con el objetivo de poder perpetuarse (en elpoder) siendo uno de estos últimos, la escuela. "El sistema educativo transmite lasideas, creencias, valores y formas de conocimiento de la ideología hegemónica a

través de los contenidos que se imparten, del tipo de organización, de ladistribución de roles, de las jerarquías, de la metodología utilizada y del sistema deevaluación."

"La única solución estaría en el previo cambio de sistema social para queasí cambiara la educación". Yo creo en esto. La fiebre no está en la sábana, comodice la sabiduría popular. Se requiere un cambio profundo del sistema social, paraque se opere, por vía de consecuencia un cambio en el sistema educativo, en elsistema de enseñar a aprender... el problema no solo radica en como se enseña,sino en qué se enseña...

4.3 CRITICA A LA EDUCACIÓN JURÍDICA

La formación de los profesionales del derecho

En el mundo existen diversos sistemas para garantizar un nivel adecuado

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de preparación de los abogados antes de que se les permita ejercer la abogacía.En general, la experiencia internacional muestra que la formación teórica requiereser complementada por la práctica. En palabras de Héctor Fix Zamudio:" la vidamoderna, la sola licenciatura no capacita para el ejercicio de las diversas

profesiones jurídicas, y por ello en numerosos países, a los egresados se les exigeuna práctica jurídica profesional, a veces de varios años, en despachos deabogados, oficinas públicas o ante los tribunales, y posteriormente un examenpúblico, ya sea de carácter oficial o ante los colegios de abogados, para ser admitido plenamente en las citadas actividades profesionales".Se ha visto que laeducación jurídica tiene una particular influencia sobre el carácter social de laprofesión, al controlar la admisión a la misma. Los criterios de admisión, a su vez,determinan en alguna medida la pertenencia del derecho a una sola clase social oa toda la sociedad. El interés en lograr un alto nivel de calidad en las profesiones

 jurídicas se cambian en el mundo con una preocupación cuantitativa en el sentidodel acceso a ellas por parte de los distintos estratos sociales En varios países sehan establecido para ello medidas gubernamentales que apoyan la preparaciónprofesional del jurista y extienden su alcance a las áreas del derecho donde lareducida rentabilidad o el interés privado no hayan estimulado la formaciónpráctica del abogado En el marco de los parámetros legales, el desarrollo de lasleyes está vinculado permanentemente al progreso de los ciudadanos queintegramos la sociedad, puesto que somos los únicos seres "pensantes" delplaneta, tenemos contradicciones originales que sólo en el campo de la aplicaciónde las ciencias y normativas jurídicas pueden ser solventadas. Para hablar de las

leyes...

4.4 CONDICIONES PARA EL SURGIMIENTO DE LA PROFESIÓN JURÍDICA

Las condiciones fueron los resultados de todas las investigaciones que sehan realizado, ha sido comprobadas, de manera plena, que en vida social nohabía una estructuración de las leyes y derechos en los pueblos.

Doctrina ya profesada por Aristóteles, la formula su famosa definición “elhombre es animal político”.

La vida en sociedad obliga al hombre a mantener con sus semejantesrelaciones múltiples y complejas que son a veces, causa de razonamientos,discrepancias, de conflictos. Para evitar tales conflictos, o para resolverlos en elcaso de que se produzcan, se ha creído necesario determinar los limites dentro de

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los cuales puede desenvolverse libremente la actividad de cada individuo, esdecir, determinar los derechos de los limites más allá de los cuales la actividad deun hombre podría mostrar o perjudicar a sus semejantes, señalado lo masapacible posible esa vida de relación.

“Por tanto definirse el derecho diciendo que es el conjunto de reglas querigen la conducta del hombre en sociedad”.

Pero un ligero examen de las normas que regulan o rigen la vida de unasociedad humana nos mostrara inmediatamente que no todas esas reglas sonreglas de derechos. La vida del hombre en sociedad está regulada también por normas de moral, de cortesía, de costumbres, etc.

 Aspectos de esa convivencia son cosas que se nos imponen en la vida,pero con distintas maneras de obligación que las normas de derecho.

En este sentido deberíamos distinguir el derecho en dos sentidos:

a) El Objetivo: Atendiendo al conjunto de normas o reglas que limitan laconducta social de los hombres conformes a los dictados de la justicia.

b) El Subjetivo: Como la facultad de hacer, exigir u omitir algunas cosasconforme a las limitaciones impuestas por el derecho objetivo.

La jurisprudencia: Es la enseñanza que se desprende de las decisiones yde las fallas dictadas por quienes tienen a su cargo la aplicación de las leyes.Lo verdaderamente ideal en el orden jurídico sería que la ley pudiera regular nosólo todas las materias, sino también todos los matices infinitos e imprevisiblescon que cada materia puede presentarse en la realidad. Pues no es así; enmuchos casos, el texto de la ley es insuficiente para que los jueces y tribunalespuedan fundar sobre su letra una resolución jurídica.

Las enseñanzas de los jurisconsultos, estos fueron tanto ayer como hoypersonas basadas en el conocimiento de las leyes y de la jurisprudencia. Losmismos realizan consultas sobre problemas jurídicos, enseñan el derecho,escriben libros sobre estas materias, etc., y su prestigio profesional en general esreconocido sus opiniones llegan a tener fuerza de ley.

La profesión de jurisconsulto tuvo gran importancia en la sociedad romana ypuede considerarse como un producto especifico de ella.

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  Actualmente, las opiniones de los jurisconsultos y de los profesores yperitos en derechos constituyen una fuente supletoria de este, utilizable en lascosas de influencia de las otras fuentes.

4.5 CARACTERISTICAS DE LA EDUCACIÓN JURDICA MODERNA

Universidad Bolivariana de Venezuela Creada mediante decretoPresidencial Nº 2.517, de fecha 18 de julio de 2003, dictado por el Presidente de laRepública Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, la UBV surge como unaInstitución de Educación Superior. Como una alternativa al sistema educativotradicional, al tiempo que da un vuelco a la vinculación de la Universidad con larealidad nacional y latinoamericana.

Misión La Universidad Bolivariana de Venezuela, en el cumplimiento de su

responsabilidad pública, tiene como fines fundamentales: A.-La formación integralde todos los que participan de sus procesos educativos como personas dignas,como profesionales competentes y probos, y como ciudadanos con sentido depaís, capaces de contribuir con su desarrollo integral en su dimensioneseconómica, social, político-democrática, cultural, educativa, territorial einternacional, es decir, con la construcción de una sociedad democrática basada

en los valores de justicia social, libertad, solidaridad y reconocimiento de lasdiferencias culturales e ideo-políticas, indispensables a la convivenciademocrática, con la creación y sostenimiento de un Estado social de Derechos yde Justicia, con los procesos de cooperación internacional y con la integraciónlatinoamericana y caribeña. B.-La generación, sistematización y socialización deconocimientos en campos científicos, tecnológicos, sociales y humanísticos y delarte, conjugando los aportes al enriquecimiento de dichos campos desde: nuevasperspectivas epistemológicas; la creación de bienes culturales y simbólicosconsustanciales al fortalecimiento de la ciudadanía y de la democraciaparticipativa; el esclarecimiento y soluciones de problemas nacionales y

regionales. C.-La proyección vinculada al desarrollo socioeconómico, ambiental,cultural y educativo de las comunidades de su entorno, de la región y del país,contribuyendo a modelar las nuevas prácticas económicas, sociales, políticas,...

En épocas anteriores el Abogado era el profesional universitario más culto ypor ello intervenía con éxito, claro a solicitud de sus clientes en áreas que no eran

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específicamente las de la abogacía, pero aún así, su labor principalmente seubicaba en la representación de los intereses particulares de sus clientes en lostribunales; posteriormente, ya en la época moderna el abogado se ha vistoobligado a intervenir profesionalmente en otras manifestaciones porque ahora es

administrador en instituciones bancarias y en los grandes consorciosempresariales y aun sigue participando en las tareas relativas a la administraciónpública; ahora en los momentos en que nuestro País sufre las consecuencias de laGlobalización y de la invasión de los grandes emporios comerciales de otrosPaíses, el abogado ha tenido que admitir esos retos y no solo ello, paulatinamenteha tenido que enfrentar también la solución de problemas de carácter social,político y jurídico, se ha visto obligado a aprender otro idioma normalmente elingles y además tener conocimientos amplios sobre computación que facilitan suactividad.

4.6 ROLES TRADICIONALES Y NUEVOS ABOGADOS, JUECES, FISCALES,DEFENSORES, POLICÍAS Y ADMINISTRADORES.

  Aunque muchas veces no seamos conscientes de ellos, el Derecho estápresente de una manera más o menos visible en nuestras actividades cotidianas,

y ello da lugar a que nos relacionemos continuamente con profesionales queejercen labores jurídicas en su quehacer diario. Igualmente, a través de los mediosde comunicación se informa regularmente sobre acontecimientos en los queintervienen diversos profesionales, sobre cuya existencia conocemos, peromuchas veces no sabemos cuál es exactamente la labor que desempeñan.

Los Jueces y Magistrados Jueces y Magistrados son aquellas personas queejercen la jurisdicción, es decir, que juzgan y hacen ejecutar lo juzgado. En otraspalabras, corresponde a los jueces y magistrados dar solución a los conflictos quesurgen entre los ciudadanos o entre los ciudadanos y el Estado, aunque también

pueden intervenir como garantes de la legalidad, aunque no existe una disputaentre dos partes (por ejemplo: se exige que un juez deba autorizar la donación deórganos cuando el donante está vivo, aunque no exista oposición de un tercero ala donación; son los jueces quienes están a cargo del Registro civil, etc.). Los

 jueces y magistrados son independientes y no pueden recibir órdenes de terceros(sean miembros o no de la carrera judicial), sin bien sus decisiones pueden ser 

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recurridas y un órgano judicial jerárquicamente superior puede dictar unaresolución en sentido distinto.

En Occidente y en nuestros países, los abogados cumplen un rol fundamentalcon respecto a la Democracia. Esta se sostiene en los Derechos, y los abogadoscumplen una función estratégica en la configuración del significado y sentido deestos Derechos. Los abogados son jueces, fiscales, notarios públicos, abogados,etc.; en suma, son quienes terminan dándole sentido a las instituciones jurídicasque legitiman el sistema político. No entender la relación que existe entre laformación legal del abogado y el papel que desempeña en la sociedad, es negar larealidad.

CONDUCTA DEL JUEZ VENEZOLANO ANTE EL NUEVO PARADIGMA DELESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA,CONSAGRADO EN LA CRBV DE 1999

La calificación constitucional del Estado Venezolano comodemocrático y social de derecho y de justicia constituye uno de los elementos

fundamentales del régimen establecido en nuestro texto Constitucional, que secorresponde con una marcada

El origen y desarrollo del Estado Social de Derecho se produjo en Alemania(siglo XIX), trasladándose recientemente al constitucionalismo español, de dondese inspirara la Constitución. El Estado Liberal de Derecho debía transformarse enun verdadero Estado Social de Derecho que actuara en sentido material, esto es,que no se agotara en la simple igualdad formal, cubriendo la totalidad de lallamada cuestión social que surgió con la Revolución Industrial del S. XVIII

Señala Alfonso Rivas Quintero en su obra Derecho Constitucional(2004: 164), que el Estado Democrático se apoya básicamente en considerar queel ejercicio de la soberanía en las vías directas o representativas que secontemplan en el Artículo 5 de la Constitución, constituyen los medios a través delos cuales se alcanza la armónica organización política de la Nación.

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El Estado Social es aquél que asume como función propia la de intervenir activamente en el proceso económico-social para configurar, de manera norevolucionaria, es decir, sin lesionar las libertades individuales, una sociedad

igualitaria, pero fundado en la ley y en su interpretación desde el ángulo de losconceptos que informan esta forma de Estado, lo que permite que sea también unEstado de Derecho, al consagrar los mecanismos tendentes a regular su propiaauto limitación, lo que hace básicamente a través de la Constitución.

 Aunque muchas veces no seamos conscientes de ellos, el Derecho estápresente de una manera más o menos visible en nuestras actividades cotidianas, yello da lugar a que nos relacionemos continuamente con profesionales que ejercenlabores jurídicas en su quehacer diario. Igualmente, a través de los medios decomunicación se informa regularmente sobre acontecimientos en los queintervienen diversos profesionales, sobre cuya existencia conocemos, peromuchas veces no sabemos cuál es exactamente la labor que desempeñan.

Los Jueces y Magistrados Jueces y Magistrados son aquellas personasque ejercen la jurisdicción, es decir, que juzgan y hacen ejecutar lo juzgado. En

otras palabras, corresponde a los jueces y magistrados dar solución a losconflictos que surgen entre los ciudadanos o entre los ciudadanos y el Estado,aunque también pueden intervenir como garantes de la legalidad, aunque noexiste una disputa entre dos partes (por ejemplo: se exige que un juez debaautorizar la donación de órganos cuando el donante está vivo, aunque no existaoposición de un tercero a la donación; son los jueces quienes están a cargo delRegistro civil, etc.). Los jueces y magistrados son independientes y no puedenrecibir órdenes de terceros (sean miembros o no de la carrera judicial), sin biensus decisiones pueden ser recurridas y un órgano judicial jerárquicamente superior puede dictar una resolución en sentido distinto.

En Occidente y en nuestros países, los abogados cumplen un rolfundamental con respecto a la Democracia. Esta se sostiene en los Derechos, ylos abogados cumplen una función estratégica en la configuración del significado ysentido de estos Derechos. Los abogados son jueces, fiscales, notarios públicos,

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abogados, etc.; en suma, son quienes terminan dándole sentido a las instituciones jurídicas que legitiman el sistema político. No entender la relación que existe entrela formación legal del abogado y el papel que desempeña en la sociedad, es negar la realidad.

4.7 ROL SOCIAL DEL ABOGADO, ROL PROFESIONAL Y ROL POLÍTICO.ROL SOCIAL DEL ABOGADO

Para que una sociedad pueda convivir civilizadamente en un marco demutuo respeto entre quienes la conforman, para que esa sociedad pueda tener parámetros o reglas del trato social que posibiliten mantener comportamientos de

respetuosa relación entre sus asociados, para que esa misma sociedad puedaexistir organizada y ordenadamente, requiere fundamentalmente de uninstrumento que sea tan indispensable de organización y orden para queprevalezca una convivencia racional, para que la sociedad no se anarquice, paraque no gane espacio la barbarie, para que en definitiva una sociedad puedasubsistir, para eso necesita de un conjunto de normas que sólo las puedesuministrar el Derecho, ello explica el porqué las sociedades humanas después desuperar etapas primitivas con la formación de grupos sociales como las Tribus, losClanes, las Hordas, las Ligas de Hordas, etc.

Mientras un abogado, con la espalda encorvada, los lentes sobre la nariz, ala luz de una lámpara, deshoja un escritor en busca de una opinión autorizadapara sostener su asunto, y la encuentra; su adversario curial con la espaldaencorvada, los lentes sobre la nariz, a la luz de una lámpara, consulta el mismoautor en apoyo de la doctrina contraria, y la encuentra.

El modelo de abogado que nos ofrece las Escuelas de Derecho

Tradicionales se basa en una visión del abogado litigante y corporativista, en elque el profesional impone su conocimiento y una solución, que por regla generalno toma en cuenta factores de la realidad social, cultural, económica o política desu cliente, y en la que éste último, principal afectado no tiene ninguna injerencia.

Ante esta situación numerosos abogados han manifestado su rechazo a

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esta visión tradicional de la abogacía, planteando nuevas formas de relación entreel abogado y su cliente. Actualmente los nuevos modelos del ejercicio de abogacíason aplicados en casos en que se encuentran involucradas comunidades yorganizaciones sociales, y en las que los clientes elaboran la solución de su

problemática, y el abogado juega un papel de simple colaborador, con el propósitode que el cliente logre concienciar su realidad social mediante la entrega deherramientas necesarias por parte de los abogados.

ROL PROFESIONAL DEL ABOGADO

El Abogado es un profesional cuyo objetivo fundamental es colaborar en ladefensa del valor de la justicia. Cuenta con una sólida formación teórica y estáaltamente capacitado para el diseño jurídico de los más variados comienzoslocales, nacionales e internacionales. Interviene en la resolución de conflictos

 judiciales y extrajudiciales, la función pública, la magistratura, la enseñanza y lainvestigación

Se encargan de defender los intereses de una de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado encuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuadodel problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.

Debe destacarse que además de su intervención en el juicio, unafunción básica y principal del abogado es la preventiva. Con su asesoramiento yuna correcta redacción de los contratos y documentos, pueden evitarse conflictossociales, de forma que el abogado, más que para los pleitos o juicios, sirve parano llegar a ellos, sirviendo en muchos casos como mediador extrajudicial. Unabogado suele tener poderes de su defendido o cliente mediante autorización por instrumento público, u otorgado "apud acta" por comparecencia en el juzgado o

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tribunal, de manera que pueda dirigirlo en juicio, o representarlo en actuacioneslegales o administrativas que no requieren, necesariamente, de Procurador/a delos Tribunales, representando así al justiciable.

La actuación profesional del abogado se basa en los principios delibertad e independencia. Los principios de confianza y de buena fe presiden lasrelaciones entre el cliente y el abogado, que está sujeto al secreto profesional. Elabogado se debe a su cliente, en primer lugar, y debe litigar de manera conscienterespecto a la responsabilidad social en la que se halla, con un actuar crítico yequilibrado al servicio de la paz social, en la que colabora con los juzgados ytribunales dentro del sistema.

ROL POLÍTICO DEL ABOGADO.

El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar dela justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lomoral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal defavorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.

Entre los deberes fundamentales del profesional encontramos:

• La honradez: es una cualidad reflexiva al servicio de toda persona respetuosade su dignidad. Tiene como fin no engañar ni engañarse a sí mismo.

• La honestidad: radica en la confianza y el respeto que la persona o profesionalserá capaz de recibir, por comportarse como un elemento insobornable.

• El estudio: este levanta los niveles intelectuales y prepara al hombre a pasar 

por la vida conociendo lo útil y provechoso de ella para el fortalecimiento de lasideas progresistas y el auge de los sistemas modernos.• Independencia: es la autonomía conquistada por la superación científica y

técnica, y el espíritu de libertad que embarga al individuo. Es el actuar por cuenta propia en el ejercicio de sus actividades. Ser dueño de su propiodestino.

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• Carácter: es el conjunto de hábitos que forman en el individuo la conductasuperior, la cual lo hace apto para afrontar las contingencias de la vida y conaltura moral decidir lo que debe hacerse rectamente. Además, podría decirseque es el control de los impulsos y moderador de la voluntad. El profesional de

carácter representa una garantía para los intereses que maneja en su vidasocial.

• Cortesía: las formas afables en el trato social son etiqueta que siempre debellevar el profesional para distinguirse de la gente vulgar o tosca. La palabraamable, los ademanes moderados y las maneras gentiles son sus elementospeculiares.

• Investigación: es la sistematización de los conocimientos mediante lainvestigación científica, constituyendo esto una tarea relevante del profesional.Se ubica al mimo nivel de los grandes progresos exigidos por la dinámica

social.• Puntualidad: el tiempo tiene un gran valor, tanto para nosotros como paraquienes requieren de nuestra atención y servicios profesionales. En esteaspecto se traduce nuestro valor y respeto por los demás, haciéndonosdistinguir entre aquellos quienes desprecian todo lo que les sea ajeno, como esen este caso: el tiempo de los demás.

• Discreción: significa saber guardar silencio de los casos que se ven y sehacen, cuando estos ameritan secreto y es un rasgo de altura moral delindividuo. Es la garantía moral accesoria de la personalidad que inspira alindividuo a querer confiar el secreto, seguro de que sabrá solo responder con

el silencio.• Prestigio de la profesión: a nuestro parecer, la profesión en si no es la que da

el prestigio al profesional, sino viceversa, es el profesional que la reviste de talcualidad, en cuanto actúa con el cumplimiento del deber impuesto por lasobligaciones propias de la carrera con el empeño de superación, lapotencialidad de la cultura, el revestimiento interior y exterior de dignidad quedebe poseer cada profesional.

4.8 ÉTICA DE LOS ABOGADOS.

El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar de la justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lo

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moral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal defavorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.Este breve informe da una somera información de lo que es la ética en general decualquier persona y/o profesional de esta República y más específicamente del

 Abogado. Concepto de Ética General

Partimos de que la ética es, según Aristóteles, el ethos, costumbre, carácter,temperamento, hábito, modo de ser. Ética sería, pues, un tratado de los hábitos ycostumbres. La ética elabora hipótesis, propone conceptos y explica categoríassobre la experiencia moral.

La ética general, o universal, es la rama de la filosofía que versa sobre lasdiferentes morales. Ahora bien, la ética profesional es la parte de la ética que sepreocupa de la reflexión sobre el comportamiento del profesional respecto de suprofesión.

Dentro de lo que es la ética general encontramos como deberesfundamentales del profesional una serie de pautas que abarcaremos, no sin antesdefinir lo que se conoce como deberes. Los deberes son exigencias, imposicionesindeclinables, recaídos sobre la responsabilidad del individuo que mientras mejor los cumple, más derecho tiene a la feliz convivencia social. Como medio másapropiado para organizar una verdadera actuación profesional, cada profesionaltiene la…

4.9 CRITICA A LA PROFESIÓN JURÍDICA.

Hay un gran número de abogados excepcionales e intachables con quecontamos; sin embargo para desgracia de toda la sociedad es común encontrar abogados que desempeñan su actividad en forma reñida con lo jurídico, es decir comportándose como delincuentes, sus conductas indignas lesionan la imagen de

la Abogacía, en consecuencia, considerando que de nada sirve que un abogadosea un profundo conocedor de los derechos sustantivos y adjetivos si carece deun código moral personal elevado. Es bien conocido que el abogado venezolanose caracteriza por ser engañador, falso, experto en artimañas dilatorias delproceso y sobre todo en cobrar sumas a veces inadecuadas con el trabajoofrecido o realizado.

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Lo que acontece a los abogados y a la abogacía es haber perdido la ruta...no saber adaptarse al mundo en transformación... se advierte un bajón del

 Abogado, no solo en la valoración social, en la estima de su oficio, sino en el

sentido de la utilidad de su cometido.. Ese quedarse atrás ha persistido. Con unainformación anacrónica que le impide dar respuesta a urgencias que nocomprende... con armas aptas nada más para el ataque o la defensa en elproceso judicial lento y complicado... quizás sea preciso anteponer la carencia ypermanencia en los valores... mientras el mundo cambia las Facultades deDerecho continúan inmóviles, desguarneciendo la capacitación profesional.

4.10 ROL DE LAS INSTITUCIONES JURÍDICAS.

La educación jurídica, se caracteriza por la enseñanza de diferentesmaterias y cursos jurídicos usuales, como Introducción al Derecho, DerechoConstitucional, Civil, Mercantil, Procesal, Penal, Tributario, Laboral, InternacionalPúblico y Privado, los cuales proveerán los conocimientos jurídicos básicos y elentrenamiento en el razonamiento jurídico, también se caracteriza por tener unaparte dogmática y una parte critica, la parte dogmática está formada por lasmaterias comunes, como derecho constitucional, mercantil, procesal, penal,laboral, de personas y familia, que no han cambiado con el transcurrir del tiempo y

que la mayoría de veces se basan en leyes y códigos que han sido pocomodificados.

La parte crítica está formada por metodologías educativas que exigen laparticipación estudiantil. En los últimos años se han añadido asignaturas comoMedios alternativos de resolución de conflictos, Simulación de juicios nacionalesentre otras. Critica de la educación jurídica Condiciones En Roma Para ElSurgimiento De La Educación Jurídica.

La gran innovación de Roma fue la aparición de un grupo de ciudadanosespecializados en estudiar y ayudar a resolver los problemas que planteabanaquellas necesidades sociales. Ellos fueron los juristas. El jurista como figura

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importante de la comunidad y como persona seriamente dedicada al estudio delDerecho aparece por primera vez en Roma, y es de advertir que su existencia noes indispensable para que una sociedad funcione. No los hubo en un pueblo detan alta civilización como fue la Grecia antigua. Los filósofos griegos meditaron

sobre los grandes temas de la justicia y el Derecho y sus ideas son todavía hoy labase de nuestras reflexiones sobre esas cuestiones. Tuvieron también grandesoradores, incluso forenses, y de Grecia deriva la retórica posterior, entre ella laromana. Pero no se ocuparon sistemáticamente del estudio del Derecho paraanalizar sus problemas concretos.

Instituciones jurídicas: Son aquel tipo de instituciones que tienen sureconocimiento por la ley y estas pueden ser de dos tipos Públicas o Privadas, Laspúblicas serian todas aquellas que pertenecen al estado como CANTV, PDVSA,INTEVEP, IVIC, DEFENSORÍA DEL PUEBLO, MINISTERIO DEL PODERPOPULAR PARA EL TURISMO, etc. sean unas centralizadas o descentralizadas.Las privadas como lo son Sociedades privadas consideradas por la ley. Escuelasprivadas, sociedades mercantiles etc.,

Una institución tiene singularidad, individualidad propia, aunque puedenestar en conexión con otras instituciones. Los rasgos que definen a la instituciónson evolutivos y cambiantes; puede renovarse siempre que mantenga susprincipales características fundamentales. Una institución, jurídicamente, hablando

contiene en sí misma un ordenamiento jurídico, es un subsistema delordenamiento jurídico. No puede ser considerada aislada. Ej.: Matrimonio(Institución jurídica). Hay instituciones con mucha relación, como el derecho deinformación y el del honor.

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Republica Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular de Educación Superior 

Universidad Bolivariana de VenezuelaMisión Sucre – Aldea Gran Colombia

Estudios Jurídicos

SOCIOLOGÍA DEL DERECHO

Integrantes:Franco Príncipe

Caracas, Enero del 2011