70
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected] 1 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2.017, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En la Villa de Benalmádena, Málaga, siendo las nueve horas y treinta y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil diecisiete, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial se reúne el Ayuntamiento Pleno, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente D. Victoriano Navas Pérez con la asistencia de los Sres. Concejales D. Francisco Javier Marín Alcaraz, Dª Ana María Scherman Martín, Dª Irene Díaz Ortega, D. Manuel Arroyo García, Dª Alicia Beatriz Laddaga Di Vincenzi, D. Joaquín José Villazón Aramendi, Dª Elena Galán Jurado, D. Salvador Jorge Rodríguez Fernández, D. Enrique García Moreno, D. Bernardo Jiménez López, Dª Beatriz Olmedo Rodríguez, D. Oscar Santiago Ramundo Castellucci, Dª Encarnación Cortés Gallardo, D. Juan Antonio Lara Martín, Dª Paloma García Gálvez, D. Enrique Antonio Moya Barrionuevo, D. José Miguel Muriel Martín, Dª Ana María Macías Guerrero, D. Víctor Manuel González García, D. Juan Olea Zurita, Dª Yolanda Peña Vera, Dª Inmaculada Concepción Cifrián Guerrero y D. Juan Adolfo Fernández Romero; asistidos de la Secretaria Accidental Dª R. C. G. A. y del Interventor Municipal D. J. G.P. No asiste justificando su ausencia el Sr. Alcalde por motivos personales el Concejal D. Juan Ramón Hernández Leiva. Por la Presidencia se declara abierta la sesión, pasándose seguidamente a tratar los asuntos que figuran en el orden del día de la convocatoria, quedando formalmente constituido, con quórum superior a 1/3 de sus componentes, conforme al artículo 90 del Real Decreto 2568/86. ASUNTOS DICTAMINADOS POR COMISIONES PLENARIAS COMISIÓN INFORMATIVA MUNICIPAL ECONÓMICO- ADMINISTRATIVA 1º.- Aprobación inicial suplemento extraordinario de crédito número 3/17 por importe de 3.069.163,06 € .- La Secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa Económico Administrativa celebrada el día 3.8.2017, que dice: Suplemento extraordinario de crédito nº 3/17 por importe de 3.069.163,06 € Se da lectura a la moción e informes obrantes en el expediente:

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA

Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected]

1

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 10 DE AGOSTO DE 2.017, EN PRIMERA CONVOCATORIA.

En la Villa de Benalmádena, Málaga, siendo las nueve horas y treinta y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil diecisiete, en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial se reúne el Ayuntamiento Pleno, para celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente D. Victoriano Navas Pérez con la asistencia de los Sres. Concejales D. Francisco Javier Marín Alcaraz, Dª Ana María Scherman Martín, Dª Irene Díaz Ortega, D. Manuel Arroyo García, Dª Alicia Beatriz Laddaga Di Vincenzi, D. Joaquín José Villazón Aramendi, Dª Elena Galán Jurado, D. Salvador Jorge Rodríguez Fernández, D. Enrique García Moreno, D. Bernardo Jiménez López, Dª Beatriz Olmedo Rodríguez, D. Oscar Santiago Ramundo Castellucci, Dª Encarnación Cortés Gallardo, D. Juan Antonio Lara Martín, Dª Paloma García Gálvez, D. Enrique Antonio Moya Barrionuevo, D. José Miguel Muriel Martín, Dª Ana María Macías Guerrero, D. Víctor Manuel González García, D. Juan Olea Zurita, Dª Yolanda Peña Vera, Dª Inmaculada Concepción Cifrián Guerrero y D. Juan Adolfo Fernández Romero; asistidos de la Secretaria Accidental Dª R. C. G. A. y del Interventor Municipal D. J. G.P.

No asiste justificando su ausencia el Sr. Alcalde por motivos personales el

Concejal D. Juan Ramón Hernández Leiva. Por la Presidencia se declara abierta la sesión, pasándose seguidamente a tratar

los asuntos que figuran en el orden del día de la convocatoria, quedando formalmente constituido, con quórum superior a 1/3 de sus componentes, conforme al artículo 90 del Real Decreto 2568/86.

ASUNTOS DICTAMINADOS POR COMISIONES PLENARIAS

COMISIÓN INFORMATIVA MUNICIPAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA 1º.- Aprobación inicial suplemento extraordinario de crédito número 3/17 por importe de 3.069.163,06 €.- La Secretaria da lectura al dictamen de la Comisión Informativa Económico Administrativa celebrada el día 3.8.2017, que dice: “Suplemento extraordinario de crédito nº 3/17 por importe de 3.069.163,06 €

Se da lectura a la moción e informes obrantes en el expediente:

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2

Ante la posibilidad de incorporación del superávit presupuestario refrendado por el Remanente de Tesorería para Gastos Generales a los destinos alternativos de la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera se hace preciso la modificación de crédito nº. 3/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito.

Y existiendo propuestas de gasto según el siguiente detalle: � Listado de Facturas en estado VF “Verificada y aplicada financieramente” con fecha factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016.

Resumen Facturas estado VF - Por partida

Programa Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y utillaje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquinaria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras construcciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventariable 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburantes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de transporte 226,04

136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y carburantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repuestos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otras const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y aseo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

MOCIÓN

SUPLEMENTO EXTRAORDINARIO DE CRÉDITO Nº 3/2017 EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2017

APLICACIÓN DEL SUPERAVIT PRESUPUESTARIO SEGÚN DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE

LA LEY ORGÁNICA 2/2012 DE 27 DE ABRIL

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA

Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected]

3

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técnicos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de informació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mantenimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalaciones y ut 433,54

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carburantes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y mant jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimiento jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventariable 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inventariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y carburantes. 479,56

3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repuestos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, inst y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalaciones y 16,46

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos alimenticios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instalaciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diversos 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inventariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informatico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos diversos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de repuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventariable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades culturales y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permisos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y utillaje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinaria, utilla 944,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y representativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estudios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

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4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de maquinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revistas, libr 161,80

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y otras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y utillaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informatico no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no inventariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL FRAS EN ESTADO VF 1.903.230,78

� Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

COMPENSACIÓN PATRICA 2 TRIMESTE 2017

Liquidación Periodo PRINCIPAL RECARGO 5%

CVD16L2234 1S-2015 25/11/2016 197.602,05 9.880,10

CVD16L2235 2S-2015 25/11/2016 200.877,22 10.043,86

CVD16L2236 1S-2016 25/11/2016 198.150,90 9.907,54

CVD16L2237 2S-2016 25/11/2016 200.328,37 10.016,42

796.958,54 39.847,92 Programa Económica Descripción Importe

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

TOTAL DEUDA AGENCIA PUBLICA DEL PUERTO 836.806,46

� Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolitano correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016.

Programa Económica Descripción Importe

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

TOTAL DEUDA CONSORCIO TRANSPORTE 329.125,82

En uso de las atribuciones recogidas en el artículo 177.1, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, vengo a aprobar la siguiente:

MOCIÓN: Visto el expediente del suplemento de crédito número 3/2017 por importe de

tres millones sesenta y nueve mil ciento sesenta y tres euros con seis céntimos de euros (3.069.163,06 euros) que a continuación se detalla, propongo elevarlo al Pleno para su aprobación:

SUPLEMENTO DE CRÉDITO 3/2017:

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA

Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected]

5

GASTOS

Función Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y utillaje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquinaria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras construcciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventariable 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburantes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de transporte 226,04

136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y carburantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repuestos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otras const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y aseo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técnicos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de informació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mantenimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalaciones y ut 433,54

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6

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carburantes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y mant jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimiento jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventariable 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inventariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y carburantes. 479,56

3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repuestos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, inst y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalaciones y 16,46

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos alimenticios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instalaciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diversos 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inventariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informatico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos diversos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de repuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventariable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades culturales y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permisos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y utillaje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinaria, utilla 944,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y representativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estudios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de maquinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

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Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected]

7

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revistas, libr 161,80

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y otras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y utillaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informatico no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no inventariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL 3.069.163,06

INGRESOS CONCEPTO DESCRIPCIÓN IMPORTE

87000 Remanente de Tesorería. Para Gastos Generales. 3.069.163,06 TOTAL 3.069.163,06

En Benalmádena, a 27 de Julio de 2017 EL CONCEJAL DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Se da lectura al informe del Sr. Interventor: INFORME FISCAL De: Intervención A: Pleno de la Corporación Municipal Copia A: Concejal de Hacienda

Benalmádena, 26 julio de 2017

Asunto: Suplemento de crédito número 03/2017 por importe de 3.069.163,06 euros para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales. HABILITACIÓN PARA INFORMAR Está contenida en el art. 4.1.a) del R.D 1174/87 de Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional aprobado el 18/09/1987 (BOE 29/09/1987), art. 158.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas

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8

Locales así como el R.D. 500/1990, de 20/4/90 (B.O.E. 27/4/1990, núm. 101) relativo a Presupuestos de las Entidades Locales. NORMATIVA APLICABLE R.D.L.2/2004, REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES R.D. 500/1990. DE PRESUPUESTO DE ENTIDADES LOCALES. LEY ORGÁNICA 2/2012, de 27 de diciembre, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA. LEY 3/2017, de 27 de junio, de PRESUPUESTO GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 ANTECEDENTES Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Benalmádena ejercicio 2016. Informe fiscal de Intervención a la liquidación del Presupuesto de 2016 de fecha 03 de abril de 2017. Informe fiscal de Intervención de fecha 03 de abril de 2017, relativo a la Estabilidad Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/16. Plan Económico Financiero 2017-2018 aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión 22/06/2017. Moción del Concejal Delegado de Economía y Hacienda, de fecha 26 de Julio de 2017, con la proposición del suplemento de crédito para incorporar al presupuesto del ejercicio 2017 el importe de 3.069.163,06 euros. Listado de Facturas en estado VF “Verificada y aplicada financieramente” con fecha factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016. Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolitano correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016. CONSIDERACIONES PRIMERA.- La opinión de la Intervención es la que se sustenta en este informe, independientemente de los trabajos materiales realizados en orden a la exposición de los datos deseada por el Equipo de Gobierno en este expediente. SEGUNDA.- ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA. Según el informe de Intervención para la Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/2016 en la liquidación del ejercicio 2016, el importe de la Estabilidad Presupuestaria arroja un saldo de 26.692.297,03 euros, por lo que cumple el requisito de estabilidad presupuestaria positiva. TERCERA.- REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES. De la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2016, se desprende que el Remanente de Tesorería para Gastos Generales a 31 de diciembre de 2016 asciende a 80.084.029,21 euros. El Remanente de Tesorería para Gastos Generales ajustado, descontado el efecto de las medidas especiales de financiación instrumentadas en el marco del Plan de Pago a Proveedores es el que sigue: Remanente de Tesorería para Gastos Generales 80.084.029,21

Obligaciones Reconocidas financiadas por el FFPP 49.168.615,82

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RD 4/2012 1ª Remesa 37.277.524,96 RD 4/2012 2ª Remesa 3.952.554,00

RD 4/2013 44.738,74

RD 8/2013 7.893.798,12

Remanente de Tesorería para Gastos Generales AJUSTADO 30.915.413,39

En base a lo anterior cumple el requisito de Remanente de Tesorería para

Gastos Generales Ajustado positivo.

CUARTA.- DEUDA VIVA A 31/12/16

Según el informe de Intervención para la Evaluación de la Estabilidad

Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/2016 en la liquidación

del ejercicio 2016 el importe de la deuda viva existente a 31/12/2016 asciende a

99.180.951,60 €, arrojando la entidad un porcentaje de deuda del 92,53% sobre los

ingresos corrientes liquidados.

Total Deuda a 31/12/16 99.180.951,60

Ingresos Corrientes 2016 109.017.753,92

Ingresos de carácter no recurrente 1.832.830,34

Ingresos Corrientes 2016 Ajustados 107.184.923,58

Nivel Deuda/Ingresos Corrientes 92,53 %

La deuda viva es inferior al 110% sobre los ingresos corriente liquidados, por lo que cumple el requisito de deuda viva. QUINTA.- PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES. Según el informe fiscal de esta Intervención de fecha 10 de febrero de 2017, el periodo medio de pago a proveedores de la Corporación Local referido al 4º Trimestre del 2016 asciende a 32,33 días. Visto el incumplimiento del Periodo Medio de Pago, esta Intervención entiende que la aplicación de este acuerdo debe posponerse hasta el cumplimiento de dicha magnitud, debiéndose añadir medidas correctoras fundamentalmente a la gestión de las conformidades técnicas a las facturas. SEXTA.- APLICACIÓN DE LOS FONDOS Visto lo anterior y en virtud del art. 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el importe del superávit aplicable será el menor entre el superávit presupuestario calculado según los criterios de contabilidad nacional o, si

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10

fuera menor, el Remanente de Tesorería para Gastos Generales, siempre con el límite del volumen de endeudamiento si éste fuera inferior al importe del superávit, lo que supone la posibilidad de aplicar 26.692.297,03 euros para amortizar deuda hasta alcanzar el límite del 75%, que es el porcentaje de deuda a partir del cual no es preciso pedir autorización, según la Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013 y el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Plan Económico-Financiero 2017-2016

Previsión Deuda Pública- 2017

DR Netos 2017- ajustados al PEF 101.251.317,69

Previsión Deuda 2017 83.650.235,70

Coeficiente Endeudamiento PEF 82,62%

Previsión Deuda para alcanzar coeficiente 75% 75.938.488,27

Importe a amortizar 7.711.747,43

SEPTIMA.- APLICACIÓN DE LOS FONDOS - Reglas especiales para el destino

el superávit presupuestario.

Visto lo anterior y en virtud de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, el importe del superávit aplicable será el menor entre el superávit

presupuestario calculado según los criterios de contabilidad nacional o, si fuera menor,

el Remanente de Tesorería para Gastos generales, lo que supone la posibilidad de

aplicar 26.692.297,03 euros una vez descontado el importe destinado a amortizar

deuda.

Según el orden de aplicación del superávit presupuestario para los destinos

alternativos propuestos por la Disposición Adicional Sexta, en primer lugar, se deberá

destinar el superávit para a atender las obligaciones pendientes de aplicar a

presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de

“Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, o equivalentes y a

cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con

proveedores, contabilizadas y aplicadas al cierre del ejercicio anterior.

1. FACTURAS EN ESTADO VF “Verificada y aplicada financieramente” con fecha

factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016. (Incluidas en la cuenta 413* “Acreedores por

operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”)

Resumen Facturas estado VF - Por Bolsa de Vinculación

BOLSA VINCULACION Importe Facturas

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Avda. Juan Luis Peralta, 20 – 29639 Benalmádena Pueblo (Málaga)- Telf. 952 57 99 03-06 [email protected]

11

13 2 199.336,76

15 2 20.119,15

1530 2 404.215,38

1530 6 1.706,10

16 2 943.907,72

17 2 214.113,87

1722 2 29.032,12

23 2 3.855,47

23 6 60,38

31 2 694,19

32 2 3.271,90

33 2 6.923,68

33 4 630,00

3341 2 223,83

338 2 4.749,80

338 4 350,02

43 2 179,40

432 2 300,51

49 2 24.885,75

91 2 19.007,60

92 2 24.452,49

93 2 1.214,66 TOTAL 1.903.230,78

Resumen Facturas estado VF - Por partida

Programa Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y utillaje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquinaria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras construcciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventariable 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburantes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

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12

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de transporte 226,04

136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y carburantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repuestos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otras const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y aseo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técnicos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de informació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mantenimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalaciones y ut 433,54

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carburantes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y mant jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimiento jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventariable 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inventariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y carburantes. 479,56

3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repuestos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, inst y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalaciones y 16,46

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13

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos alimenticios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instalaciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diversos 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inventariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informatico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos diversos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de repuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventariable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades culturales y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permisos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y utillaje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinaria, utilla 944,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y representativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estudios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de maquinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revistas, libr 161,80

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y otras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y utillaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informatico no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no inventariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL FRAS EN ESTADO VF 1.903.230,78

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14

Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía .

COMPENSACIÓN PATRICA 2 TRIMESTE 2017

Liquidación Periodo PRINCIPAL RECARGO 5%

CVD16L2234 1S-2015 25/11/2016 197.602,05 9.880,10

CVD16L2235 2S-2015 25/11/2016 200.877,22 10.043,86

CVD16L2236 1S-2016 25/11/2016 198.150,90 9.907,54

CVD16L2237 2S-2016 25/11/2016 200.328,37 10.016,42

796.958,54 39.847,92

Programa Económica Descripción Importe

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

TOTAL DEUDA AGENCIA PUBLICA DEL PUERTO 836.806,46

2. Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolitano correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016.

Programa Económica Descripción Importe

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

TOTAL DEUDA CONSORCIO TRANSPORTE 329.125,82

OCTAVA- REGLA DEL GASTO Según la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera: “El importe del gasto realizado de acuerdo con lo previsto en los apartados dos y tres de esta disposición no se considerará como gasto computable a efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12.” Respecto a la opción de utilizar el superávit para reconocer obligaciones sin consignación presupuestarias no incluidas en la cuenta 413 “Acreedores Pendientes de Aplicar a Presupuesto”, pero que son deudas que han sido o serán retenidas de la Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma o del Estado, este órgano fiscal entiende que esta magnitud debe ser corregida en la medida de lo posible con estos recursos. Esta Intervención recomienda que los importes que afectan a la Estabilidad Presupuestaria y a la Regla del Gasto, deberá neutralizarse su repercusión con un mayor ahorro, para no incurrir en incumplimiento del Plan Económico Financiero aprobado el 22/06/2017. NOVENA.- ASPECTOS FORMALES Los aspectos formales del expediente y medio de financiación cumplen la normativa legal vigente, descrita en este informe. DECIMA.- PROCEDIMIENTO. De acuerdo con el artículo 38 del R.D. 500/90, de 20/4/90 (B.O.E. 27/4/1990, núm. 101) relativo a Presupuestos de las Entidades Locales la aprobación de este expediente

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se sujetará a los mismos trámites y requisitos que los presupuestos, redactados en los artículos 20 y 22 de este mismo texto legal, que se transcriben: “Artículo 20. El acto de aprobación provisional del presupuesto general, señalando el lugar y fecha inicial del cómputo del plazo de exposición al público, se anunciará en el Boletín Oficial de la provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, y simultáneamente se pondrá a disposición del público la correspondiente documentación por un plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Este último plazo se entenderá contado a partir del día siguiente a la finalización de la exposición al público y las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquier caso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva. La aprobación definitiva del presupuesto general por el pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse (Artículo 150.2, L.R.H.L.). El presupuesto general, definitivamente aprobado con o sin modificaciones sobre el inicial, será insertado en el Boletín Oficial de la Corporación, si lo tuviere y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integren, en el de la provincia o, en su caso, en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial (artículo 150.3, L.R.H.L.). Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a la correspondiente Comunidad Autónoma y a la dependencia del Ministerio de Economía y Hacienda que éste determine. La remisión se realizará simultáneamente al envío al Boletín Oficial a que se refiere el apartado anterior. El presupuesto entrará en vigor en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo (artículo 150.5, L.R.H.L.). Copia del presupuesto, de su documentación complementaria y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio. Artículo 22. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 20, tendrán la consideración de interesados: Los habitantes en el territorio de la respectiva Entidad local (artículo 151.1, a), L.R.H.L.). Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la Entidad local (artículo 151.1, b), L.R.H.L.). Los Colegios oficiales, Cámaras oficiales, Sindicatos, Asociaciones y demás Entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios (artículo 151.1, c), L.R.H.L.). Unicamente podrán establecerse reclamaciones contra el presupuesto: Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites legales. Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la Entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo (artículo 151.2, b), L.R.H.L.). Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que estén previstos (artículo 151.2, c), L.R.H.L.).” CONCLUSIONES

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Se desprenden de los antecedentes anteriormente expuestos. Este informe se somete a cualquier otro mejor fundado en derecho y al superior criterio de la Corporación Municipal. Tras breves explicaciones adicionales realizadas por el Sr. Arroyo, el asunto es sometido a dictamen, realizándose en sentido favorable con los votos a favor del equipo de gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y concejales no adscritos: Ramundo Jiménez y Olmedo) y la abstención de PP y VPB, y en consecuencia se propone al Ayuntamiento la aprobación del suplemento de crédito en los términos expresados en la moción de hacienda e informe del Sr. Interventor. Y que se continué con la tramitación reglamentaria, similar a la de aprobación de presupuestos según el R.D. 500/90 de 20 de abril.” Se producen las siguientes intervenciones: El Sr. Arroyo García, Concejal Delegado de Economía y Hacienda, interviene debidamente explicando este suplemento con cargo al superávit, que sirve para ponerse al día con el abono de algunas facturas pendientes de la cuenta 413, desde enero 2012 a diciembre 2016 además de los cánones de Puerto y de Transporte, considerando que se debe de poner al día con las deudas pendientes a las instituciones. El Sr. Lara Martín, Portavoz del Grupo Vecinos por Benalmádena, preguntando sobre la compensación de la patrica del segundo trimestre del año 2017 con el recargo de 39.000 euros aproximadamente, si se ha compensado no sabe por qué motivo se suma a este suplemento. Y referente al Consorcio de Transporte que se abona 2014, 2015 y 2016 quisiera saber la diferenciación. En octubre de 2015 Innoben realizó un convenio con Portillo, desconociendo si de esos años 2014, 2015 y 2016 incluye algo. Se produjo un aplazamiento de la deuda. En combustibles y carburantes existe una cantidad pendiente pregunta si pertenece totalmente al Puerto Deportivo. El Sr. Muriel Martín, Concejal del Partido Popular, pregunta si sólo quedan 800.000 euros en facturas sin consignación presupuestaria y si se ha autorizado alguna prelación de pago por orden de antigüedad para saber cuál ha sido el criterio para elegir el abono de esas facturas y no de otras. Contestando el Sr. Arroyo García explicando nuevamente que aunque las patricas se compensen se tiene que generar el crédito real. Sobre el canon de transporte tendría que consultarlo porque cree que lo está pagando el Ayuntamiento y por último sobre el combustible hay que abonárselo al Puerto Deportivo. En cuanto a las preguntas del Sr. Muriel Martín no entiende lo de los 800.000 euros, y sobre el criterio seguido es que se han cogido las facturas de la cuenta 413 desde el año 2012 hasta la fecha, informadas por Intervención. En el segundo turno de réplica el Sr. Lara Martín, agradece la resolución de las dudas, añade que no vamos a bloquear el suplemento y por ello , el sentido del voto de su Grupo será abstención por considerarlo necesario. El Sr. Jiménez López, aclara como Consejero Delegado de Innoben, que no fue un aplazamiento de una deuda, sino una negociación de un plan de pago que se realizó con Portillo estando perfectamente al día.

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El Pleno, por 14 votos a favor ( de los Grupos 7 PSOE, 1 @lternativa xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez, 1 Sr. Ramundo Castellucci, 2 IULV-CA para la gente y 1 CSSPTT) y 10 abstenciones (1 VpB y 9 Partido Popular), de los 24 miembros presentes, de los 25 que de derecho la componen, aprueba elevar a acuerdo el dictamen transcrito de la Comisión Informativa Económico Administrativa y por tanto: la aprobación del suplemento de crédito en los términos expresados en la Moción de Hacienda e Informe del Sr. Interventor que se transcriben y que se continúe con la tramitación: “MOCIÓN. SUPLEMENTO EXTRAORDINARIO DE CRÉDITO Nº 3/2017. EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2017. APLICACIÓN DEL SUPERÁVIT PRESUPUESTARIO SEGÚN DISPOSICIÓN ADICIONAL SECTA DE LA LEY ORGÁNICA 2/2012 DE 27 DE ABRIL.

Ante la posibilidad de incorporación del superávit presupuestario refrendado por el Remanente de Tesorería para Gastos Generales a los destinos alternativos de la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera se hace preciso la modificación de crédito nº. 3/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito.

Y existiendo propuestas de gasto según el siguiente detalle: � Listado de Facturas en estado VF “Verificada y aplicada financieramente” con

fecha factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016. Resumen Facturas estado VF - Por partida

Programa Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y utillaje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquinaria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras construcciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventariable 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburantes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de transporte 226,04

136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y carburantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repuestos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otras const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

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18

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y aseo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técnicos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de informació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mantenimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalaciones y ut 433,54

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carburantes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y mant jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimiento jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventariable 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inventariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y carburantes. 479,56

3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repuestos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, inst y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalaciones y 16,46

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos alimenticios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instalaciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diversos 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inventariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informatico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos diversos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de repuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventariable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades culturales y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permisos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y utillaje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinaria, utilla 944,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y representativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estudios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de maquinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revistas, libr 161,80

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19

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y otras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y utillaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informatico no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no inventariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL FRAS EN ESTADO VF 1.903.230,78

Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

COMPENSACIÓN PATRICA 2 TRIMESTE 2017

Liquidación Periodo PRINCIPAL RECARGO 5%

CVD16L2234 1S-2015 25/11/2016 197.602,05 9.880,10

CVD16L2235 2S-2015 25/11/2016 200.877,22 10.043,86

CVD16L2236 1S-2016 25/11/2016 198.150,90 9.907,54

CVD16L2237 2S-2016 25/11/2016 200.328,37 10.016,42

796.958,54 39.847,92 Programa Económica Descripción Importe

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

TOTAL DEUDA AGENCIA PUBLICA DEL PUERTO 836.806,46

� Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolitano correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016.

Programa Económica Descripción Importe

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

TOTAL DEUDA CONSORCIO TRANSPORTE 329.125,82

En uso de las atribuciones recogidas en el artículo 177.1, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, vengo a aprobar la siguiente:

MOCIÓN:

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20

Visto el expediente del suplemento de crédito número 3/2017 por importe de tres millones sesenta y nueve mil ciento sesenta y tres euros con seis céntimos de euros (3.069.163,06 euros) que a continuación se detalla, propongo elevarlo al Pleno para su aprobación:

SUPLEMENTO DE CRÉDITO 3/2017: GASTOS

Función Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y utillaje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquinaria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras construcciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventariable 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburantes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de transporte 226,04

136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y carburantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repuestos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otras const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y aseo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técnicos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de informació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mantenimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalaciones y ut 433,54

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

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171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carburantes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y mant jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimiento jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventariable 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inventariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y carburantes. 479,56

3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repuestos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, inst y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalaciones y 16,46

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos alimenticios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instalaciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diversos 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inventariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informatico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos diversos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de repuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventariable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades culturales y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permisos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y utillaje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinaria, utilla 944,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y representativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

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22

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estudios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de maquinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revistas, libr 161,80

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y otras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y utillaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informatico no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no inventariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL 3.069.163,06

INGRESOS CONCEPTO DESCRIPCIÓN IMPORTE

87000 Remanente de Tesorería. Para Gastos Generales. 3.069.163,06 TOTAL 3.069.163,06

En Benalmádena, a 27 de Julio de 2017 EL CONCEJAL DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA,

Se da lectura al informe del Sr. Interventor: INFORME FISCAL De: Intervención A: Pleno de la Corporación Municipal Copia A: Concejal de Hacienda

Benalmádena, 26 julio de 2017

Asunto: Suplemento de crédito número 03/2017 por importe de 3.069.163,06 euros para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales. HABILITACIÓN PARA INFORMAR Está contenida en el art. 4.1.a) del R.D 1174/87 de Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional aprobado el 18/09/1987 (BOE 29/09/1987), art. 158.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como el R.D. 500/1990, de 20/4/90 (B.O.E. 27/4/1990, núm. 101) relativo a Presupuestos de las Entidades Locales.

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NORMATIVA APLICABLE R.D.L.2/2004, REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2004, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES R.D. 500/1990. DE PRESUPUESTO DE ENTIDADES LOCALES. LEY ORGÁNICA 2/2012, de 27 de diciembre, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA. LEY 3/2017, de 27 de junio, de PRESUPUESTO GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 ANTECEDENTES Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Benalmádena ejercicio 2016. Informe fiscal de Intervención a la liquidación del Presupuesto de 2016 de fecha 03 de abril de 2017. Informe fiscal de Intervención de fecha 03 de abril de 2017, relativo a la Estabilidad Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/16. Plan Económico Financiero 2017-2018 aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión 22/06/2017. Moción del Concejal Delegado de Economía y Hacienda, de fecha 26 de Julio de 2017, con la proposición del suplemento de crédito para incorporar al presupuesto del ejercicio 2017 el importe de 3.069.163,06 euros. Listado de Facturas en estado VF “Verificada y aplicada financieramente” con fecha factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016. Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolitano correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016. CONSIDERACIONES PRIMERA.- La opinión de la Intervención es la que se sustenta en este informe, independientemente de los trabajos materiales realizados en orden a la exposición de los datos deseada por el Equipo de Gobierno en este expediente. SEGUNDA.- ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA. Según el informe de Intervención para la Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/2016 en la liquidación del ejercicio 2016, el importe de la Estabilidad Presupuestaria arroja un saldo de 26.692.297,03 euros, por lo que cumple el requisito de estabilidad presupuestaria positiva. TERCERA.- REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES. De la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2016, se desprende que el Remanente de Tesorería para Gastos Generales a 31 de diciembre de 2016 asciende a 80.084.029,21 euros.

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El Remanente de Tesorería para Gastos Generales ajustado, descontado el efecto de las medidas especiales de financiación instrumentadas en el marco del Plan de Pago a Proveedores es el que sigue: Remanente de Tesorería para Gastos Generales 80.084.029,21

Obligaciones Reconocidas financiadas por el FFPP 49.168.615,82

RD 4/2012 1ª Remesa 37.277.524,96 RD 4/2012 2ª Remesa 3.952.554,00

RD 4/2013 44.738,74

RD 8/2013 7.893.798,12 Remanente de Tesorería para Gastos Generales AJUSTA DO 30.915.413,39

En base a lo anterior cumple el requisito de Remanente de Tesorería para

Gastos Generales Ajustado positivo.

CUARTA.- DEUDA VIVA A 31/12/16

Según el informe de Intervención para la Evaluación de la Estabilidad

Presupuestaria, Regla del Gasto y Límite de la Deuda a 31/12/2016 en la liquidación

del ejercicio 2016 el importe de la deuda viva existente a 31/12/2016 asciende a

99.180.951,60 €, arrojando la entidad un porcentaje de deuda del 92,53% sobre los

ingresos corrientes liquidados.

Total Deuda a 31/12/16 99.180.951,60

Ingresos Corrientes 2016 109.017.753,92

Ingresos de carácter no recurrente 1.832.830,34

Ingresos Corrientes 2016 Ajustados 107.184.923,58

Nivel Deuda/Ingresos Corrientes 92,53 %

La deuda viva es inferior al 110% sobre los ingresos corriente liquidados, por lo que cumple el requisito de deuda viva. QUINTA.- PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES. Según el informe fiscal de esta Intervención de fecha 10 de febrero de 2017, el periodo medio de pago a proveedores de la Corporación Local referido al 4º Trimestre del 2016 asciende a 32,33 días. Visto el incumplimiento del Periodo Medio de Pago, esta Intervención entiende que la aplicación de este acuerdo debe posponerse hasta el cumplimiento de dicha magnitud, debiéndose añadir medidas correctoras fundamentalmente a la gestión de las conformidades técnicas a las facturas. SEXTA.- APLICACIÓN DE LOS FONDOS Visto lo anterior y en virtud del art. 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el importe del superávit aplicable será el menor entre el superávit presupuestario calculado según los criterios de contabilidad nacional o, si fuera menor, el Remanente de Tesorería para Gastos Generales, siempre con el límite del volumen de endeudamiento si éste fuera inferior al

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importe del superávit, lo que supone la posibilidad de aplicar 26.692.297,03 euros para amortizar deuda hasta alcanzar el límite del 75%, que es el porcentaje de deuda a partir del cual no es preciso pedir autorización, según la Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013 y el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Plan Económico-Financiero 2017-2016

Previsión Deuda Pública- 2017

DR Netos 2017- ajustados al PEF 101.251.317,69

Previsión Deuda 2017 83.650.235,70

Coeficiente Endeudamiento PEF 82,62%

Previsión Deuda para alcanzar coeficiente 75% 75.938.488,27

Importe a amortizar 7.711.747,43

SEPTIMA.- APLICACIÓN DE LOS FONDOS - Reglas especiales para el

destino el superávit presupuestario.

Visto lo anterior y en virtud de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, el importe del superávit aplicable será el menor entre el superávit

presupuestario calculado según los criterios de contabilidad nacional o, si fuera

menor, el Remanente de Tesorería para Gastos generales, lo que supone la

posibilidad de aplicar 26.692.297,03 euros una vez descontado el importe destinado a

amortizar deuda.

Según el orden de aplicación del superávit presupuestario para los destinos

alternativos propuestos por la Disposición Adicional Sexta, en primer lugar, se

deberá destinar el superávit para a atender las obligaciones pendientes de aplicar a

presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de

“Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, o equivalentes y

a cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con

proveedores, contabilizadas y aplicadas al cierre del ejercicio anterior.

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3. FACTURAS EN ESTADO VF “Verificada y aplicada financieramente” con

fecha factura entre el 01/01/2012 y 31/12/2016. (Incluidas en la cuenta 413*

“Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”)

Resumen Facturas estado VF - Por Bolsa de Vinculaci ón

BOLSA VINCULACION Importe Facturas

13 2 199.336,76

15 2 20.119,15

1530 2 404.215,38

1530 6 1.706,10

16 2 943.907,72

17 2 214.113,87

1722 2 29.032,12

23 2 3.855,47

23 6 60,38

31 2 694,19

32 2 3.271,90

33 2 6.923,68

33 4 630,00

3341 2 223,83

338 2 4.749,80

338 4 350,02

43 2 179,40

432 2 300,51

49 2 24.885,75

91 2 19.007,60

92 2 24.452,49

93 2 1.214,66 TOTAL 1.903.230,78

Resumen Facturas estado VF - Por partida

Programa Económica Descripción Importe

130 22000 Admon. Gral. Seguridad y Prot. Ordinario no invent 59,27

132 213 Seguridad. Maquinaria, instalaciones y util laje 1.298,83

132 214 Seguridad. Elementos de transporte 7.032,85

132 22103 Seguridad. Combustible y carburantes 153.349,76

132 22105 Seguridad. Productos alimenticios 2.211,00

132 22111 Seguridad.Suministros de repuestos maquin aria, uti 9,00

132 223 Seguridad. Transportes 3.399,81

135 212 Proteccion Civil. Edificios y otras constru cciones 6,06

135 214 Protección civil. Material de transporte. 889,94

135 22000 Protección civil. Ordinario no inventaria ble 4,50

135 22103 Protección civil. Combustibles y carburan tes 11.355,95

135 224 Protección civil. Primas de seguros 1.883,96

135 22604 Protección civil. Jurídicos, contenciosos 726,00

136 214 Servicio de extincion de . Elementos de tra nsporte 226,04

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136 22103 Servicio de extinción. Combustibles y car burantes 13.579,49

136 22111 Servicio de extinción.Suministros de repu estos de 1.536,26

136 224 Servicio de extinción de incend. Primas de seguros 1.768,04

150 212 Admon. Gral. Vivienda y U. Edificios y otra s const 750,20

150 22000 Admon. Gral. Vivienda y Urb. Ordinario no inventar 70,33

151 212 Urbanismo. Edificios y otras construcciones 432,57

151 22103 Urbanismo.Combustible y carburantes 916,18

151 22706 Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos 4.840,00

1520 212 Vivienda. Edificios y otras construcciones 13.109,87

1530 213 Vías públicas. Maquinaria, instalaciones y utillaj 90,75

1530 22103 Vías públicas.Combustibles y carburantes 389.459,58

1530 22110 Vías públicas. Productos de limpieza y a seo 176,66

1530 22111 Vías públicas. Suministros de repuestos maquin, ut 6.131,71

1530 22199 Vías públicas. Otros suministros 249,41

1530 223 Vías públicas. Transportes 2.511,48

1530 224 Vías públicas. Primas de Seguros 1.156,44

1530 22700 Vías Públicas. Limpieza y aseo. 134,68

1530 22706 Vías públicas. Estudios y trabajos técni cos 2.855,09

1530 22799 Vías públicas.Otros trabajos realizados otras empr 1.449,58

1530 626 Vías públicas. Equipos para procesos de in formació 1.706,10

1622 22700 Gestion residuos solidos urb. Limpieza y aseo 938.950,50

164 22710 Cementerios. Trabajos conservacion y mant enimiento 159,72

165 22100 Alumbrado público. Energía eléctrica 4.797,50

171 213 Parques y jardines. Maquinaria, instalacion es y ut 433,54

171 22101 Parques y jardines. Agua 9.109,37

171 22103 Parques y jardines. Combustibles y carbur antes 43.006,03

171 22199 Parques y jardines. Otros suministros. 5.025,78

171 22710 Parques y jardines.Trabajos conserv y man t jardine 152.724,61

1720 22799 Medio ambiente.Otros trabajos realiz por otras emp 3.814,54

1722 22103 Playas. Combustibles y carburantes. 9.064,03

1722 22706 Playas. Estudios y trabajos técnicos. 14.520,00

1722 22710 Playas. Trabajos conserv. y mantenimient o jardines 5.448,09

2310 22001 Acción social. Prensa, revistas, libros y otras p 162,60

2310 22106 Acción social. Productos farmacéuticos 203,63

2310 224 Acción social. Primas de seguros 464,65

2310 22799 Acción social. Otros trabajos realiz por otras emp 2.860,60

2310 623 Acción social. Maquinaria, instalaciones y utillaj 60,38

2311 22000 Promoción social. Ordinario no inventari able 163,99

312 22000 Hospitales, serv asist. Ordinario no inve ntariable 214,63

312 22103 Hospital, Serv. Asist. Combustibles y car burantes. 479,56

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3230 22103 Educ. preesc y primaria. Combustibles y carburante 105,23

3230 22111 Educ. preesc y primaria. Suministro repu estos maq. 27,31

3231 22103 Func.centros educ especial. Combustibles y carbura 229,28

3232 203 Guarderias. Arrendamientos maquinaria, ins t y util 63,85

3232 213 Guarderías Infantiles. Maquinaria,instalac iones y 16,46

3232 22105 Guarderías Infantiles. Productos aliment icios 1.782,77

3232 22199 Guarderías Infantiles. Otros suminstros. 19,70

326 213 Serv. complem. educacion.Maquinaria, instal aciones 969,22

326 22699 Promoción educativa. Otros gastos diverso s 58,08

3321 22000 Bibliotecas y Archivos. Ordinario no inv entariable 26,81

3321 22002 Bibliotecas y Archivos.Material informat ico no inv 77,90

3321 22699 Bibliotecas y archivos. Otros gastos div ersos 201,02

333 22111 Museos y Artes Plásticas.Suministros de r epuestos 17,46

3340 22000 Promoción cultural. Ordinario no inventa riable 175,99

3340 223 Promoción cultural.Transportes 6.001,60

3340 22609 Promoción cultural. Actividades cultural es y depor 422,90

3340 481 Promoción cultural. Premios, becas y permi sos estu 630,00

3341 213 Juventud. Maquinaria, instalaciones y util laje 210,96

3341 22103 Juventud. Combustilbles y carburantes 12,87

338 22103 Festejos. Combustibles y Carburantes 325,87

338 22111 Festejos. Suministros repuestos maquinari a, utilla 944 ,53

338 22601 Festejos. Atenciones protocolarias y repr esentativ 1.496,00

338 22602 Festejos. Publicidad y propaganda 1.016,40

338 22610 Festejos. Festejos populares 417,00

338 22713 Festejos. Salvamento y Primeros Auxilios 550,00

338 481 Festejos. Premios, becas y premios de estud ios 350,02

4310 22103 Comercio.Combustibles y carburantes. 131,91

4310 22111 Comercio. Suministros de repuestos de ma quinaria, 47,49

432 22699 Turismo.Otros gastos diversos 300,51

491 22001 Sociedad de la información. Prensa, revis tas, libr 161,80

491 22602 Sociedad de la información. Publicidad y propagand 24.723,95

912 22001 Organos de Gobierno. Prensa, revista y ot ras publi 387,20

912 22706 Organos de Gobierno. Estudios y trabajos técnicos 18.620,40

920 213 Admon. Gral. Maquinaria, instalaciones y ut illaje 15.165,10

920 22103 Admon. Gral. Combustibles y Carburantes. 359,32

920 224 Admon. Gral. Primas de seguros 2.992,10

920 22604 Admon. Gral. Jurídicos, contenciosos 4.840,00

920 22799 Admon. Gral. Otros trabajos realizado por otra emp 943,80

9291 22103 Informatica. Combustibles y carburantes 152,17

931 22002 Política económica y fiscal.Mat informati co no inv 77,90

934 22002 Tesorería. Material informático no invent ariable 163,35

934 22103 Tesorería. Combustibles y carburantes 973,41

TOTAL FRAS EN ESTADO VF 1.903.230,78

Resolución de la Agencia Tributaria de Andalucía de fecha 29 de junio de 2017 por la que se dicta acuerdo de compensación de la deuda de la Agencia Pública del Puerto

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con la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía .

COMPENSACIÓN PATRICA 2 TRIMESTE 2017

Liquidación Periodo PRINCIPAL RECARGO 5%

CVD16L2234 1S-2015 25/11/2016 197.602,05 9.880,10

CVD16L2235 2S-2015 25/11/2016 200.877,22 10.043,86

CVD16L2236 1S-2016 25/11/2016 198.150,90 9.907,54

CVD16L2237 2S-2016 25/11/2016 200.328,37 10.016,42

796.958,54 39.847,92

Programa Económica Descripción Importe

442 209 Infraestructuras del Transporte. Cánones. 796.958,54

442 35200 Infraestructuras del transporte. Intereses demora 39.847,92

TOTAL DEUDA AGENCIA PUBLICA DEL PUERTO 836.806,46

4. Deuda con el Consorcio de Transporte Metropolita no correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 20 16.

Programa Económica Descripción Importe

4411 46700 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 280.649,40

4411 767 Desarrollo del Transporte. A Consorcios 48.476,42

TOTAL DEUDA CONSORCIO TRANSPORTE 329.125,82

OCTAVA- REGLA DEL GASTO Según la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera: “El importe del gasto realizado de acuerdo con lo previsto en los apartados dos y tres de esta disposición no se considerará como gasto computable a efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12.” Respecto a la opción de utilizar el superávit para reconocer obligaciones sin consignación presupuestarias no incluidas en la cuenta 413 “Acreedores Pendientes de Aplicar a Presupuesto”, pero que son deudas que han sido o serán retenidas de la Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma o del Estado, este órgano fiscal entiende que esta magnitud debe ser corregida en la medida de lo posible con estos recursos. Esta Intervención recomienda que los importes que afectan a la Estabilidad Presupuestaria y a la Regla del Gasto, deberá neutralizarse su repercusión con un mayor ahorro, para no incurrir en incumplimiento del Plan Económico Financiero aprobado el 22/06/2017. NOVENA.- ASPECTOS FORMALES Los aspectos formales del expediente y medio de financiación cumplen la normativa legal vigente, descrita en este informe.

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DECIMA.- PROCEDIMIENTO. De acuerdo con el artículo 38 del R.D. 500/90, de 20/4/90 (B.O.E. 27/4/1990, núm. 101) relativo a Presupuestos de las Entidades Locales la aprobación de este expediente se sujetará a los mismos trámites y requisitos que los presupuestos, redactados en los artículos 20 y 22 de este mismo texto legal, que se transcriben: “Artículo 20. El acto de aprobación provisional del presupuesto general, señalando el lugar y fecha inicial del cómputo del plazo de exposición al público, se anunciará en el Boletín Oficial de la provincia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial, y simultáneamente se pondrá a disposición del público la correspondiente documentación por un plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Este último plazo se entenderá contado a partir del día siguiente a la finalización de la exposición al público y las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquier caso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva. La aprobación definitiva del presupuesto general por el pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse (Artículo 150.2, L.R.H.L.). El presupuesto general, definitivamente aprobado con o sin modificaciones sobre el inicial, será insertado en el Boletín Oficial de la Corporación, si lo tuviere y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integren, en el de la provincia o, en su caso, en el de la Comunidad Autónoma uniprovincial (artículo 150.3, L.R.H.L.). Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a la correspondiente Comunidad Autónoma y a la dependencia del Ministerio de Economía y Hacienda que éste determine. La remisión se realizará simultáneamente al envío al Boletín Oficial a que se refiere el apartado anterior. El presupuesto entrará en vigor en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo (artículo 150.5, L.R.H.L.). Copia del presupuesto, de su documentación complementaria y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio. Artículo 22. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 20, tendrán la consideración de interesados: Los habitantes en el territorio de la respectiva Entidad local (artículo 151.1, a), L.R.H.L.). Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la Entidad local (artículo 151.1, b), L.R.H.L.). Los Colegios oficiales, Cámaras oficiales, Sindicatos, Asociaciones y demás Entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios (artículo 151.1, c), L.R.H.L.). Unicamente podrán establecerse reclamaciones contra el presupuesto: Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites legales. Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la Entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo (artículo 151.2, b), L.R.H.L.).

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Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que estén previstos (artículo 151.2, c), L.R.H.L.).” CONCLUSIONES Se desprenden de los antecedentes anteriormente expuestos. Este informe se somete a cualquier otro mejor fundado en derecho y al superior criterio de la Corporación Municipal. 2º.- Dictamen sobre la Moción del Equipo de Gobierno referente a ampliación de financiación a municipios turísticos.- La Secretaria da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa Económica Administrativa celebrada el 3.8.2017, dando lectura a la Moción la Concejala Delegada de Turismo Sra. Cortés Gallardo, que dice: “Declaración de urgencia moción del equipo de gobierno sobre ampliación de financiación a municipios turísticos. Se aprueba la urgencia con los votos a favor del equipo de gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y concejales no adscritos: Ramundo Jiménez y Olmedo) y el PP así como la abstención de VPB, “MOCIÓN QUE PRESENTA El EQUIPO DE GOBIERNO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENAPARA PARA LA AMPLIACIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LOS MUNICIPIOS TURÍSTICOS” EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El turismo en nuestra Comunidad Autónoma es un sector clave y estratégico, con efectos directos e indirectos sobre la economía que se traducen en cifras de empleo y riqueza, constituyendo un recurso de primer orden que se encuentra en constante dinamismo y siendo, durante las últimas décadas, una de las palancas dinamizadoras de su crecimiento y desarrollo socioeconómico. En los últimos años, el turismo ha sido uno de los sectores que mejor ha resistido a las crisis económica. Andalucía alcanzó en 2016 los mejores resultados turísticos de su historia, al contabilizar 28,2 millones de turistas (+8,2 %) y 51,5 millones de pernoctaciones hoteleras (+7,9 %) La cifra de 28,2 millones de turistas registrada al cierre de 2016 (de los que 17,8 millones se alojaron en hoteles) rebasa en más de 2 millones la del año anterior y los ingresos del sector crecieron un 7,3 por cientos hasta alcanzar los 19.000 millones de euros.

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Dos tercios del total de turistas, (17,7 millones) corresponden al mercado nacional, que creció un 5,4 por ciento en viajeros y un 2,4 por ciento en pernoctaciones hoteleras, mientras que el tercio restante (10,5 millones) procedía del extranjero, con tasas de crecimiento superiores al 13 por ciento en ambas variables. Con respecto al mercado exterior, Andalucía ha sido la Comunidad con el mayor crecimiento de estancias hoteleras en 2016. Esta afluencia de turistas en nuestra Comunidad Autónoma ha provocado un aumento del gasto en el mantenimiento de servicios públicos a los Ayuntamientos, soportando más personas usuarias respecto a su población natural. La prestación de estos servicios públicos de forma inadecuada puede provocar una pérdida en la calidad de la oferta turística andaluza dirigida a los viajeros y viajeras, afectando de forma negativa a la promoción, a la afluencia de turistas a determinados destinos, así como a una percepción negativa en los vecinos y vecinas de estos municipios en cuanto a la imagen de generación de riqueza y calidad que debe proyector la industria turística. Por ello, es necesario que los municipios turísticos encuentren vías suficientes de financiación, que les permitan soportar con capacidad y calidad la prestación de estos servicios a sus personas destinatarias. Una mayor flexibilidad sería clave para ayudar a las localidades a asumir el gasto extra que supone cada año el inicio de la temporada turística, permitiendo a los Ayuntamientos contar con más fondos para mejorar los servicios y atender con garantía a los turistas. Hasta el momento en España, existen “21 municipios declarados turísticos” por el Estado, 5 de ellos son municipios andaluces –Almuñécar, Isla Cristina, Lepe, Nerja y Rota- y la ley establece a efectos de financiación que estos Ayuntamientos deben recibir cada año el porcentaje de los rendimientos que genera la venta de tabacos e hidrocarburos en su término municipal, que es algo más del 2%. En nuestra Comunidad Autónoma se ha aprobado, recientemente, el Decreto 78/2017, de 13 de junio de Municipio Turísticos de Andalucía, en el que la Administración de la Junta de Andalucía se obliga a considerarlos de forma prioritaria en las acciones de ordenación y fomento de sus planes económicos, además de seguir avanzando en la actualización de la normativa turística andaluza. Por ello, es imprescindible que el Gobierno Central tenga en consideración, la declaración de municipios turísticos declarados por las Comunidades Autónomas. Desde el Equipo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena vamos a solicitar que se tenga en cuenta esta consideración, que busca promover la calidad en la prestación de los servicios municipales al conjuntos de la población turística. Por todo lo anteriormente expuesto, el Equipo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena presenta la siguiente: MOCIÓN

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El Ayuntamiento de Benalmádena insta al Consejo de Gobierno para que, a su vez, inste al Gobierno Central a: Revisar y modificar las condiciones contempladas en el artículo 125 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales sobre la consideración de municipios turísticos, con el fin de que se amplíen las posibilidades de financiación recogidas en dicha norma a todos los municipios turísticos que han sido declarados por sus respectivas Comunidades Autónomas. Flexibilizar el gasto público de los municipios turísticos, permitiéndoles ampliar su nivel de gasto por encima de los límites que marcan las actuales leyes de control de la hacienda pública. Modificar los criterios de cálculo de participación en los impuestos por parte del Estado, de los rendimientos que genera la venta de tabacos e hidrocarburos en su término municipal, teniendo en cuenta la carga poblacional dependiendo de la afluencia turística de cada municipio. El Sr. Alcalde explica que para el Gobierno central Benalmádena no es municipio turístico; son distintos los requisitos para la Junta de Andalucía y para el Estado. La moción intenta que se homogenicen. Interviene el Concejal de servicios operativos que manifiesta que hay que defender la moción por el enorme incremento de población que tienen estos municipios, que repercute en incremento de basuras, de consumo eléctrico, de agua etc. Indica que en la Junta de Andalucía se ha acordado la misma petición por unanimidad del parlamento. Sometida la moción a dictamen es realizado en sentido favorable con los con los votos a favor del equipo de gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y concejales no adscritos: Ramundo Jiménez y Olmedo) y la abstención de PP y VPB, y en consecuencia se propone al Pleno adopte acuerdo de los tres puntos transcritos mas arriba.” Se producen las siguientes intervenciones: Interviene el Sr. Lara Martín del Grupo Vecinos por Benalmádena, en el año 2003 se declaró a Benalmádena como municipio de interés turístico por parte de la Junta de Andalucía, haciéndole una serie de concesiones, que no tiene nada que ver que por el Gobierno Central se concedan determinadas ayudas, subvenciones..., a los que reconozca la Junta de Andalucía y por tanto Benalmádena se queda fuera. Con el Real Decreto mencionado, los municipios con más de 20.000 habitantes, y con más del 50% de viviendas turísticas, accedan a municipio de interés turístico. Por la Junta de Andalucía se queda fuera de participar de un 2% de los rendimientos de hidrocarburos como del tabaco. En Benalmádena se triplica la población en verano y es necesario que sea contemplada como municipio de interés turístico a nivel estatal. Apoyarán la moción considerando la posibilidad de que se haga institucional.

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El Sr. Moya Barrionuevo del Grupo Partido Popular, en el mismo sentido, siendo la Moción de justicia y así se debe considerar, siendo apoyada también por su Grupo en el Parlamento, y así lo harán aquí. El Sr. Alcalde Presidente declarando que se trata de armonizar una ley nacional con una ley autónoma, no pudiendo Benalmádena participar de los impuestos con las mismas condiciones que lo haría un municipio turístico, estando en juego la financiación, a través de un techo de gasto, están en precario muchos de los servicios que se prestan, desde el 2012 se ha reducido el personal un 15%, en el caso de Benalmádena se ha aumentado la población, se triplica en verano, y por consiguiente se genera mucha economía, por eso a través de esta Moción se reivindica la mejor financiación al municipio, agradeciendo el apoyo de todos los Grupos y votándola con carácter institucional. El Pleno por unanimidad de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo componen (7 PSOE, 2 IULV-CA para la gente, 1 CSSPTT, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez y 1 Sr. Ramundo Castellucci, 9 PP y 1 VxB) aprueba elevar a acuerdo el dictamen transcrito de la Comisión Informativa Económico Administrativa, considerando la Moción de carácter Institucional y, por tanto:

“El Ayuntamiento de Benalmádena insta al Consejo de Gobierno para que, a su vez, inste al Gobierno Central a:

1. Revisar y modificar las condiciones contempladas en el artículo 125 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales sobre la consideración de municipios turísticos, con el fin de que se amplíen las posibilidades de financiación recogidas en dicha norma a todos los municipios turísticos que han sido declarados por sus respectivas Comunidades Autónomas.

2. Flexibilizar el gasto público de los municipios turísticos, permitiéndoles

ampliar su nivel de gasto por encima de los límites que marcan las actuales leyes de control de la hacienda pública.

3. Modificar los criterios de cálculo de participación en los impuestos por parte

del Estado, de los rendimientos que genera la venta de tabacos e hidrocarburos en su término municipal, teniendo en cuenta la carga poblacional dependiendo de la afluencia turística de cada municipio.”

3º.- Dictamen referente a la Moción del Grupo Partido Popular sobre el impuesto de sucesiones y donaciones.- La Secretaria accidental da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa Económico Administrativa de fecha 3.8.2017, dando lectura a la Moción la Sra. García Gálvez, que dice:

“Declaración de urgencia moción del P.P. sobre el impuesto de sucesiones Se aprueba con los votos a favor del Equipo de Gobierno y del grupo P.P. y la abstención de V.P.B. Se da lectura:

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SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENALMADENA Dña Ana Macías Guerrero en calidad de Portavoz del Grupo de Concejales del Partido

Popular en esta Corporación Municipal, cuyas circunstancias personales obran

suficientemente acreditadas en la Secretaría General de este Ayuntamiento formula,

para su debate y aprobación por el Pleno de la Corporación, la siguiente MOCIÓN:

DECLARACIÓN DE “BENALMADENA”LIBRE DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y

DONACIONES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Partido Popular Andaluz lleva 13 años presentando continuas iniciativas en el

Parlamento de nuestra Comunidad Autónoma, solicitando un proceso de

modificaciones y mejoras del Impuesto de Sucesiones y Donaciones que finamente lo

reducirían, en el ámbito familiar, a una tributación simbólica del 1% a efectos de

control y lucha contra el fraude fiscal.

Ha sido también nuestra formación la que ha dado la batalla en la calle contra este

impuesto, contando con el respaldo ciudadano a través de miles de firmas.

Concretamente, han sido más de 330.000 andaluces los que se han sumado a la

campaña de recogida de firmas del Partido Popular Andaluz #Hereda100x100. Es

evidente que existe un clamor popular contra este impuesto injusto y discriminatorio

con las clases medias y trabajadores, por el hecho de vivir en Andalucía.

Que en este ayuntamiento han sido al menos dos las ocasiones en las que se ha

intentado presentar esta iniciativa en Comisión Informativa siendo ambas rechazadas

por el Equipo de Gobierno.

De ahí, que el fin principal de esta moción que presentamos sea la de declarar a nuestro

municipio libre del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en el ámbito familiar.

Estamos asistiendo en las últimas fechas a un debate en torno a este injusto impuesto en todos los medios de comunicación a nivel nacional (prensa, radio, televisión), en redes sociales, y foros de opinión. Y la trascendencia de este problema a todo nuestro país, no sólo viene motivada porque lamentablemente hay otras Comunidades Autónomas que sufren un gravamen desorbitado, sino porque además estas Comunidades –Extremadura, Asturias y Aragón – junto con Andalucía, están curiosamente todas ellas gobernadas por el PSOE. Aunque el Principado de Asturias está acometiendo las reformas necesarias, pactadas con el Partido Popular, para su eliminación.

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Este impuesto es incuestionablemente de naturaleza injusta, por el doble gravamen

que supone para el contribuyente, en vida y muerto. Comprobamos cómo personas

han pasado toda su vida trabajando y tributando, para que a su muerte la Junta de

Andalucía vuelva a recaudar, por lo que tanto sacrificio le ha costado dejar a sus

familiares.

Otra situación injusta que nace del mismo, es la abismal diferencia que existe a la hora

de tributar geográficamente, ya que este impuesto varía en función de la Comunidad

Autónoma en la que nos encontremos. En nuestro país, el Impuesto de Sucesiones es

de competencia autonómica desde 1987, y aunque la Constitución Española proclama

que todos los españoles somos iguales ante la Ley, lo cierto es que por la misma

herencia en Andalucía, puede llegarse a tributar cien veces más de lo que se abonaría

en el caso de Madrid.

De esta forma la Junta de Andalucía en el ejercicio de sus competencias cedidas en el

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ha provocado un agravio comparativo a las

familias andaluzas respecto a familias de otras Comunidades Autónomas en las que se

ha regulado unas disposiciones que contemplan un mejor tratamiento fiscal,

especialmente en el ámbito familiar.

A causa de este impuesto Andalucía está también sufriendo la emigración fiscal, con el

perjuicio que esto supone. Crecen los traslados de residencia con la única intención de

rebajar esta carga, sucediéndose y aumentando los cambios de domicilio a efectos

tributarios, no reales.

No podemos olvidar han sido ya muchas las familias que han tenido que renunciar a

su herencia por no poder pagar este impuesto. Según el Consejo General del Notariado

las renuncias de herencias en Andalucía se han disparado un 322% entre 2007 y 2014.

Andalucía sobresale como el territorio de España donde más subió este registro, muy

por encima del incremento nacional. También este problema está empujando a muchos

herederos a malvender los bienes que reciben para cumplir con sus obligaciones

fiscales.

Con la finalidad de reducir de manera responsable, progresiva y gradual la tributación

que los andaluces soportan por este impuesto, y acercarlas a los mejores tratamientos

fiscales que se dan en otras autonomías españolas, desde el Grupo Parlamentario

Popular Andaluz se presentó en febrero de 2016, una Proposición de Ley relativa a las

medidas tributarias en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Andalucía.

En la mencionada Proposición de Ley se establece un desarrollo normativo sobre

Sucesiones y Donaciones, que incorpora mejoras en los beneficios fiscales que se

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aplican en derecho de las situaciones personales del sujeto pasivo y del grado de

parentesco con el causante o donante, especialmente entre padres, hijos y cónyuges,

para finalmente incorporar progresivamente una bonificación en la cuota tributaria de

hasta el 90% que supondrá la práctica supresión del impuesto en el ámbito familiar, en

la misma medida que en otras Comunidades autónomas.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Popular propone a este Pleno para

su aprobación los siguientes ACUERDOS:

1.- Que el Pleno Municipal se manifieste declarando a BENALMADENA libre de

Impuesto de Sucesiones y Donaciones, mostrando así su rechazo a la situación que

vienen sufriendo a este respecto tantas familias de nuestra ciudad.

2.- Que se inste a la Junta de Andalucía, a llevar a cabo una bonificación progresiva de

este impuesto hasta llegar a un 99% de bonificación, para acabar con una desigualdad y

una discriminación que convierte a los andaluces en españoles de segunda frente a los

residentes en autonomías en las que no existe este impuesto.

3.- Que se inste a la Junta de Andalucía a impulsar, una vez modificado este impuesto,

el retorno del éxodo fiscal.

Benalmádena a 28 de Julio de 2017

El Sr. Moya indica que se trae como moción, en vez de ruego tal como se le exigió en el Pleno anterior. El Sr. Arroyo le expresa que la moción es una petición de que se realice una insumisión, en definitiva que propone una ilegalidad. El Sr. Moya pide que todo eso se debata en el Pleno. Que haya una manifestación plenaria en el Pleno.

Sometido el dictamen a votación se realiza en sentido desfavorable con los votos a favor del grupo P.P. la abstención de VPB y el voto en contra del Equipo de Gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y los concejales no adscritos Sres.: Ramundo Jiménez y Olmedo) en consecuencia se somete a Pleno el referido dictamen desfavorable para su votación.” Se produce el siguiente debate de forma resumida: El Sr. Lara Martín, del Grupo Vecinos por Benalmádena, están conforme con el primer punto de la Moción siempre que Benalmádena no esté exenta de liquidar ese impuesto. El segundo punto sí que es fundamental, la Junta de Andalucía puede hacer un esfuerzo y proceder a la bonificación y así con el tercero que aunque fuera un 1% se

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tributaría aquí y no se perdería la riqueza en la CCAA. Apoya la Moción sin entrar en debates. Interviene la Sra. Cortés Gallardo, del Grupo @xb, en parte está de acuerdo aunque no se han utilizado los términos más adecuados, declarar Benalmádena libre de impuestos lleva a engaño a los ciudadanos, aunque desde enero de este año los patrimonios más modestos no tributan, y están de acuerdo que este impuesto necesita de una revisión, a través de gravamen o bonificación, si es una declaración de intenciones debe quedar claro, siendo el sentido de su voto negativo al no ser que se cambien esos términos. El Sr. Rodríguez Fernández, del Grupo IULVCA para la gente, manifiesta que se trata de un debate importante, dirigiéndose al Partido Popular en el sentido de que ellos defienden a los de siempre, a los que tienen poder adquisitivo, olvidándose de la clase trabajadora, como las políticas del Sr. Rajoy, no se puede engañar a la gente, impuesto hay que pagar, pero pagando más el que más tiene. El Sr. García Moreno, Portavoz del Grupo CSSPTT, indicando que el sistema fiscal ha perdido justicia y progresividad, como las subidas del IVA, y por el fraude que utilizan grandes fortunas y empresas, debido a paraísos fiscales y diferentes tipos de bonificaciones, de hecho el Partido Popular ha subido el impuesto de sociedades. Explicando con detalles la forma de pago del impuesto en Andalucía, lo que se grava es el hecho imponible, la manifestación de riqueza o consumo que está obligado a contribuir a las arcas públicas, como el IRPF, IVA, etc...., decir que la manifestación de riqueza que se obtiene a través de la herencia se ha hecho en vida es falso, no es justo porque no existe armonización entre comunidades, se está utilizando como competencia fiscal desleal, como ejemplo Madrid que hace los efectos de paraíso fiscal, lo ideal sería crear una comisión de distintos grupos en el Parlamento Andaluz para resolver por consenso este tipo de problema. Reivindica un sistema fiscal justo y progresivo, sin paraísos fiscales interiores, por tanto su Grupo votará en contra. La Sra. Olmedo Rodríguez, Miembro no adscrito, significa que siempre han defendido el aumento de limite de tributación de dicho impuesto. La subida de la Junta de Andalucía aún les parece insuficiente, por las familias de nivel medio que no pueden hacer frente al mismo, no ven bien que se tribute en general para todos los patrimonios, así mismo que sea igual para los hijos que los cónyuges, o familiares lejanos o que no sean incluso familiares. No están de acuerdo que se tribute diferente según donde se viva en el estado español y menos aún cuando se trata de un impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas. No es competente ni en la gestión ni en la recaudación este Ayuntamiento, por tanto no apoyan la Moción.

En los Presupuestos de la J.A. este impuesto supone un 1% así que pueden hacer un esfuerzo para elevar el tope.

A continuación la Portavoz del Grupo PSOE, Sra. Scherman Martín,

denunciando la demagogia del Partido Popular en este tema, ya se ha dicho que la J.A. elevó ese mínimo impositivo por heredero en 250.000 euros, por lo tanto queda claro que se dirige a los patrimonios más elevados, estando su Partido en la igualdad, y a favor de los que menos tienen. Por tanto, el estado lo podía haber recuperado y haber hecho las modificaciones correspondientes, y por ello el voto de su Grupo va a ser en contra de la Moción. Indicando que su Partido no puede apoyar declarar Benalmádena libre de impuestos empujándola a la insumisión y a cometer una infracción tributaria.

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Finalmente interviene la Sra. García Gálvez, agradeciendo las aportaciones y el apoyo a la Moción del Sr. Lara Martín. Manifestar que el éxodo fiscal es real a otras comunidades más flexibles, o más justas, se propone a la Junta de Andalucía por ser un impuesto cedido; en cuanto a declarar Benalmádena libre de impuestos se trata de una declaración de intenciones, ellos no van a promover que sean insumisos, es para que conozca la J.A. que Benalmádena quiere apoyar esa modificación del impuesto. Aunque la J.A. ha modificado el tipo impositivo no se ha tenido en cuenta los valores catastrales, por eso la insistencia de su Grupo.

El Sr. Alcalde Presidente declara otro segundo turno de debate ofreciendo un

minuto a los Portavoces que quieran intervenir, comenzando el Sr. Lara Martín, por alusiones del Sr. Rodríguez Fernández, su Grupo defiende una postura objetiva, y la práctica, porque la teoría esta muy bien, pero la práctica es lo que hay en calle en el día a día, personas que tienen que renunciar a sus herencias porque no pueden pagar el impuesto.

El Sr. Rodríguez Fernández, en el sentido de que el Grupo Partido Popular no

quieren reconocer lo que defienden, el debate está ahí, y hay que hacerlo sin engañar a la gente, hay que hacer carreteras, sanidad, educación pública, y no como en Madrid que todo lo están privatizando y dando un servicio de mala calidad, ustedes defienden lo privado y nosotros lo público, y para eso hay que pagar impuestos.

El Sr. García Moreno, quiere dejar constancia que no están de acuerdo con el

sistema actual, no es efectivo, dirigiéndose a la Sra. García Gálvez, le indica que los mismos que se empadronan en otras comunidades, son los mismos que se llevarían si pudieran su patrimonio y riqueza a su isla.

La Sra. Olmedo Rodríguez, consideran que 250.000 euros es bajo subirían hasta

300.000 o 350.000 euros, le sorprende que hagan esta Moción de Benalmádena libre de impuestos, cuando presumen de que quieren dejarle las cosas claras a la ciudadanía; esta declaración de intenciones lo que hace es confundir, más de uno creería que no hay que pagarlo, motivo por el cual no pueden apoyar la moción. No ve ningún problema en que si hay que devolver competencias se devuelva, cuando sea la población la que está perjudicada por la mala gestión, por no estar de acuerdo.....

La Sra. Scherman Martín, se confunde a la ciudadanía con esta declaración de

intenciones, reiterando su oposición a la Moción. Los que tienen más deben de pagar más, para que se pueda vivir mejor.

Por último, la Sra. García Gálvez, comenta que el primer hospital de gestión

privada fue en Andalucía, precisamente en Marbella, dirigiéndose a la Sra. Olmedo Rodríguez, cada vez que algo no funciona no se va a devolver la competencia a la Junta.

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Antes de la votación el Sr. Alcalde Presidente quiere aclarar que el Hospital Costa del Sol de Marbella no es un hospital de gestión privada, es un hospital que se gestiona a través de una empresa pública, lo cual es distinto. En cuanto al impuesto se favorece el consumo frente a la riqueza. Evidentemente hay que hacer una armonización ; dejar cierta libertad a las comunidades autónomas y gracias a lo que se recauda en Andalucía tenemos las matrículas universitarias más baratas de todo el país, y eso quiere decir que en algunas comunidades se apuesta por un tipo de gestión y en otras por otro. Entendemos que son necesarios para el estado del bienestar. El Pleno por 14 votos a favor (7 PSOE, 2 IULVCA para la gente, 1 CSSPTT, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez y 1 Sr. Ramundo Castellucci) y 10 en contra de los Grupos (9 PP y 1 VpB), de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo integran, aprueba elevar a acuerdo el dictamen transcrito de la Comisión Informativa Económico Administrativa de carácter desfavorable y por tanto: no aprobar la Moción presentada por el Grupo Partido Popular sobre el impuesto de sucesiones y donaciones. ASUNTOS URGENTES A ) Iniciación de incoación y de resolución del expediente de extinción del derecho de ocupación de los terrenos en UEP 25 Doña María Sur, Parcela T-1 de construcción punto limpio por parte de la Junta de Andalucía Justificando la urgencia el Sr. Villazón Aramendi, explicando que se trató en la Comisión Informativa Económica Financiera, quedando pendiente de la incorporación de informe por escrito de la Vicesecretaría, y puesto que el mismo ya ha sido realizado, y con objeto de aminorar la posible indemnización que exigirá la Junta de Andalucía. El Pleno por 23 votos a favor de los Grupos (7 PSOE, 2 IULV-CA para la gente, 1 CSSPTT, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez, 1 Sr. Ramundo Castellucci y 9 PP) y 1 abstención (VpB), de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo integran, acuerda aprobar la urgencia y en consecuencia tratar el asunto. El Sr. Villazón Aramendi, da lectura a las conclusiones del informe de fecha 7 de agosto 2017 de la Vicesecretaria General, pero transcrito literalmente dice: “INFORME VICESECRETARÍA . Referencia: 66/17 Expediente: REVOCACIÓN PUESTA A DISPOSICIÓN TERRENOS A JUNTA ANDALUCIA PARA CONSTRUCCIÓN PUNTO LIMPIO .- En cumplimiento del deber atribuido por art. 3.a ) del RD 1174/1987 , ante la petición en Comisión Informativa Económica – Financiera de 3 de Agosto de 2017, remitido a esta Vicesecretaría el 4 de Agosto de 2017 para asunto de Pleno de 10 de Agosto de 2017 , acerca del órgano competente para aprobar la revocación del acuerdo de puesta a disposición de los terrenos necesarios a la Junta de Andalucía para la construcción del punto limpio . ANTECEDENTES.-

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Decreto de Alcaldía de fecha de 30 de Octubre de 2015 por el que se acuerda la puesta a disposición de los terrenos sitos en UEP – 25 Doña María Sur , Parcela T-1 para la construcción del punto limpio por parte de la Junta de Andalucía. Decreto de 21 de Noviembre de 2016 por el que se otorga a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía licencia para construir un punto limpio en la parcela mencionada . Decreto del Concejal – Delegado de Urbanismo de 21 de Julio de 2017 por el que se revoca y deja sin efecto la licencia de obras otorgada el 21 de Noviembre de 2016 No consta informe del Jefe de la Sección Interedepartamental y Patrimonio en el expediente. Dictamen de la Comisión Informativa Económica Administrativa de 3 de Agosto de 2017 solicitando informe sobre el órgano competente para acordar la revocación de la puesta a disposición. LEGISLACIÓN APLICABLE.- 1.- Texto Refundido de Régimen Local ( TRRL ) aprobado por RDL 781/1986 de 18 de Abril. 2.- Ley 7/99, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (LBELA). 3.- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero ( RBELA). 4.- Reglamento Bienes Entidades Locales aprobado por RD 1372/1986 ( RBEL ) FUNDAMENTOS JURÍDICOS .- PRIMERO.- La Disposición Adicional Segunda del TRLCSP establece que corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados . La puesta a disposición de los terrenos se resolvió por ello mediante Decreto de Alcaldía , en tanto que así le otorga la competencia el TRLCSP. SEGUNDO .- .- El art. 32 de la LBELA determina que las concesiones sobre el dominio público no podrán exceder de setenta y cinco años y se extinguen: Por vencimiento del plazo. Por pérdida física o jurídica del bien sobre el que han sido otorgadas. Por desafectación del bien. Por mutuo acuerdo. Por revocación. Por resolución judicial. Por renuncia del concesionario.

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Por caducidad. Por cualquier otra causa incluida en el Pliego de Condiciones Económicas Administrativas de la concesión. La extinción de la concesión en los supuestos indicados en el apartado anterior requiere resolución administrativa, previa la tramitación de expediente. Añade el art. siguiente que la revocación de la concesión podrá fundarse en el incumplimiento de las obligaciones por el concesionario, en la aparición de circunstancias que de haber existido habrían justificado su denegación o en la adopción por la entidad local de nuevos criterios de apreciación que justifiquen la conveniencia de su extinción. En este caso se pone de manifiesto en la revocación de la licencia que es firme y decidida voluntad del equipo de gobierno que presido respetar la voluntad popular libre y legítimamente manifestada . En este caso se ha acreditado la efectiva oposición al proyecto en ejecución por lo que sin entrar en otras consideraciones y atendiendo al principio expresado resulta conveniente no proseguir con las obras del punto limpio. Se puede entender en ese caso que hay nuevos criterios de apreciación que justifican conveniente su extinción. Ante la voluntad popular de que ahí no debe estar el punto limpio manifestada en este momento , el equipo de gobierno considera conveniente que es extinga la puesta a disposición de los terrenos. La extinción se produce en este caso por revocación . TERCERO .-El art. 68 del RBELA señala que la revocación de las concesiones por alguna de las causas recogidas en el art. 32 de la Ley 7/1999 requerirá expediente administrativo en el que deberá constar determinación de la causa de la que pudiera derivarse la extinción , con indicación de si ésta es o no imputable al concesionario , relación de bienes revertibles ; trámite de audiencia al concesionario ; resolución del órgano competente declarando la extinción de la concesión y fijación de la indemnización si procede . En este caso la causa de la extinción es la decidida voluntad del equipo de gobierno de respetar la voluntad popular libre y legítimamente manifestada . En este caso se ha acreditado la efectiva oposición al proyecto en ejecución por lo que sin entrar en otras consideraciones y atendiendo al principio expresado resulta conveniente no proseguir con las obras del punto limpio. Ello trae como consecuencia también la revocación de la puesta a disposición. No siendo por tanto imputable a Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. El art. 67 del RBELA determina que la caducidad por vencimiento del plazo es la causa normal de extinción de la concesión . La totalidad de los bienes e instalaciones revertirán íntegramente a la Entidad Local sin pago de indemnización alguna , salvo que el pliego de cláusulas establezca otra cosa. El art. 74 del RBELA establece que el incumplimiento grave por parte del concesionario de alguna de las obligaciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares dará lugar a la revocación de la concesión . Se entiende incumplimiento grave el impago del canon establecido en el plazo de seis meses desde que naciera la obligación de pago. El art. 151.1 del RBELA determina que la extinción del derecho de ocupación sobre bienes inmuebles de dominio público en los supuestos de autorización , concesión , o cualquier otro título , se declarará por el Pleno de la Entidad Local previa audiencia de su titular y de cualquier persona interesada , quienes podrán , en plazo de quince días formular alegaciones , aportar documentos y proponer las pruebas con las que

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pretenda justificar la vigencia del derecho y la procedencia de la continuidad de la ocupación . El apartado 4º determina que las alegaciones formuladas serán informadas por los servicios jurídicos de la Entidad previamente a la propuesta de resolución. Ello supone que la extinción del derecho de ocupación sobre este bien demanial requiere que se apruebe el inicio del expediente de extinción del derecho de ocupación por el Pleno de la Entidad Local de acuerdo con lo previsto en el art. 151 del Reglamento . Una vez acordado el inicio deberá darse audiencia al interesado otorgando un plazo de quince días durante el cual podrá presentar las alegaciones correspondientes CONCLUSIONES .- PRIMERA .- La puesta a disposición de los terrenos de dominio público se realizó mediante Decreto de Alcaldía en base a lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP. SEGUNDA .- La extinción del derecho sobre la parcela de dominio público se produce por revocación de acuerdo con el art. 32 de la LBELA y permitida la misma en el art. 33 de dicha norma al reconocer la posibilidad de revocar cuando aparezcan circunstancias que de haber existido habrían justificado su denegación o en la adopción por la entidad local de nuevos criterios de apreciación que justifiquen la conveniencia de su extinción. La causa en este caso no sería por tanto imputable a la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. TERCERO.- El acuerdo de inicio de incoación y de resolución del expediente de extinción del derecho de ocupación de los terrenos sitos en UEP – 25 Doña María Sur , Parcela T-1 para la construcción del punto limpio por parte de la Junta de Andalucía le corresponde al Pleno de acuerdo el art. 151.1 del RBELA debiendo , de acuerdo con el art. 68 y 151 darse audiencia a la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía durante un plazo de 15 días , a los efectos de realizar las alegaciones que estime oportunas. Tal es el parecer de la funcionaria que suscribe , sometiéndose a cualquier otra mejor opinión fundamentada en derecho.” Se producen las siguientes intervenciones: El Sr. Lara Martín, del Grupo Vecinos por Benalmádena, en el sentido de que si por Decreto se inició también se tenía que haber revocado a través de Decreto, respetan la interpretación jurídica, pero su Grupo se va a abstener.

Se ausenta temporalmente la Concejala del Grupo Partido Popular Dª Paloma García Gálvez, por motivos de abstención legal conforme al artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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Interviene el Sr. Moya Barrionuevo, del Grupo Partido Popular, le sorprende que no estuviera en el orden del día de la convocatoria de Pleno, igualmente en la misma línea como expresa el Sr. Lara Martín, también desconocen la cuantía de la indemnización, así que por esas razones su Grupo se va a abstener. El Sr. Villazón Aramendi interviene manifestando que está muy claro en el informe jurídico por qué se hizo antes de una forma y ahora de otra, otra cosa es que se discrepe o no estemos conforme ; ellos sin embargo siguen las pautas del informe de la Vicesecretaria. El Pleno por 14 votos a favor (7 PSOE, 2 IULVCA para la gente, 1 CSSPTT, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez, 1 Sr. Ramundo Castellucci ) y 10 abstenciones (8 PP, 1 VpB y 1 de Dª Paloma García Gálvez por abstención según el artículo 100 del ROF), de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo integran, acuerda aprobar lo siguiente: “PRIMERA .- La puesta a disposición de los terrenos de dominio público se realizó mediante Decreto de Alcaldía en base a lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP. SEGUNDA .- La extinción del derecho sobre la parcela de dominio público se produce por revocación de acuerdo con el art. 32 de la LBELA y permitida la misma en el art. 33 de dicha norma al reconocer la posibilidad de revocar cuando aparezcan circunstancias que de haber existido habrían justificado su denegación o en la adopción por la entidad local de nuevos criterios de apreciación que justifiquen la conveniencia de su extinción. La causa en este caso no sería por tanto imputable a la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. TERCERO.- El acuerdo de inicio de incoación y de resolución del expediente de extinción del derecho de ocupación de los terrenos sitos en UEP – 25 Doña María Sur , Parcela T-1 para la construcción del punto limpio por parte de la Junta de Andalucía le corresponde al Pleno de acuerdo el art. 151.1 del RBELA debiendo , de acuerdo con el art. 68 y 151 darse audiencia a la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía durante un plazo de 15 días , a los efectos de realizar las alegaciones que estime oportunas. “ Se incorpora a la sesión la Sra. García Gálvez del Partido Popular. B) Moción del PP sobre determinación de supuestos en que se debe admitir la autoliquidación cero, por no existir incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana a los efectos del Impuesto Local del mismo nombre.- Justificando la urgencia el Sr. Moya Barrionuevo por la necesidad de actuar cuanto antes, explicando que se dictaminó en Comisión Informativa Económico Administrativa, pero que no se ha incluido en el orden del día, motivándolo el Sr. Alcalde Presidente por la falta de informe de Intervención. Informando el Sr. Interventor a propuesta de los Concejales Sres. Fernández Rodríguez y Moya Barrionuevo si es preceptivo o no su informe, el Sr. Interventor interviene declarando que no es preceptivo, aunque conveniente, sería preceptivo en el caso que la moción modificara la Ordenanza Para actuar con los contribuyentes habría

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que modificar la Ordenanza y no se podría hacer solo por la Moción. Ni entiendo por una orden de servicio. Este impuesto es regulado por el Parlamento, lo gestionan los entes locales. Actualmente estamos en un vacío legal.

El Pleno, por 11 votos a favor de los Grupos (9 Partido Popular y 2 IULV-CA para la gente) 2 abstenciones (1 CSSPTT y 1 VpB) y 11 en contra (7 PSOE, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez y 1 Sr. Ramundo Castellucci, 1 @ xb, acordó aprobar la urgencia de la Moción. El Sr. Moya Barrionuevo da lectura a la misma que se trató en la Comisión Informativa Económico Administrativa de fecha 3.8.2017 y que se transcribe:

“Declaración de urgencia de moción del PP sobre el impuesto de plusvalía

Se aprueba con los votos a favor del Equipo de Gobierno y del grupo P.P. y la abstención de V.P.B. Se da lectura: (Se adjunta escáner como anexo al acta) Indica el Sr. Moya que en Fuengirola se ha aprobado esa misma moción por unanimidad. Se trata de que en tanto se regule la cuestión estatalmente, siempre que se demuestre fehacientemente la inexistencia de incremento de valor se paralizará provisionalmente la liquidación. El Sr. Alcalde indica que se pedirá informe al Sr. Interventor para que, a ser posible, esté con antelación al Pleno. Sometido el dictamen a votación se realiza en sentido desfavorable con los votos a favor del grupo P.P. la abstención de VPB y el voto en contra del Equipo de Gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y los concejales no adscritos Sres.: Ramundo Jiménez y Olmedo) en consecuencia se somete a Pleno el referido dictamen desfavorable para su votación.” Seguidamente se transcribe la Moción: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A raíz de distintos pronunciamientos judiciales, es unánime la doctrina por la que a

efectos del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de

Naturaleza Urbana, la coloquialmente conocida como “Plusvalía Municipal”, se

entiende que no existe obligación de contribuir cuando no se haya producido

incremento de valor del suelo en el periodo considerado entre las transmisiones.

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional de 11-05-2017, dictada en la cuestión

de inconstitucionalidad 4864/2016 ha venido a dar una confirmación definitiva y

vinculante al asunto al “declarar que los arts. 107,1, 107.2 a) y 110,4, todos ellos del

texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real

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Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, son inconstitucionales y nulos, pero

únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de

incrementos de valor”.

Sin embargo, este sentencia, con ser concluyente, contiene una salvedad que limita la

capacidad de actuación de los ayuntamientos al aplicar la normativa del impuesto, y es

que en su Fundamento Jurídico 5-C, se indica que “la forma de determinar la existencia

o no de un incremento susceptible de ser sometido a tributación es algo que solo

corresponde al legislador, en su libertad de configuración normativa, a partir de la

publicación de esta Sentencia, llevando a cabo las modificaciones o adaptaciones

pertinentes en el régimen legal del impuesto que permitan arbitrar el modo de no

someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los

terrenos de naturaleza urbana”

Quiere ello decir que no corresponde a los ayuntamientos, sino al Parlamento, hacer las

adaptaciones necesarias en el impuesto, que –por si mismo- no es inconstitucional en

la medida en que grave a incrementos de patrimonio.

Sentado lo anterior, debe arbitrarse un sistema para que, entretanto el cauce de la

innovación legislativa recorre su camino en el parlamento, el trastorno que se cause a

los ciudadanos sea mínimo, evitando que deban liquidar el impuesto y luego tener que

recurrirlo en los juzgados. A la vez, debe extenderse la presente resolución a los efectos

sobre aquellas autoliquidaciones anteriores que aun puedan ser susceptibles de

revisión.

Por consiguiente, el presente acuerdo viene a emitir una instrucción en esta materia

para que, sin perjuicio de cualesquiera otras opciones que el sujeto pasivo considere

oportunas, se acote en que supuesto se considera que la autoliquidación es admisible

que sea cero por inexistencia de incremento de valor de los terrenos, pero a la vez, se

determine que no se considera justificación de esa ausencia de incremento.

Este debe resolverse atendiendo al texto del art 104-1 de la TRLRHL(RDLeg 2/2004)

que se refiere al “incremento de valor que experimentan dichos terrenos (Los de

naturaleza urbana)”.

Por tanto, para dictar la presente instrucción, se ha de tener en cuenta un concepto, el

de “Valor” de un inmueble, que no es idéntico ni tiene que coincidir con el su “precio”.

La libertar que rige nuestro ordenamiento civil en materia de contratos permite que

cada cual disponga de lo suyo a cambio de la contraprestación económica que quiera,

eso es precio y tiene naturaleza subjetiva. El valor, es un concepto distinto y objetivo,

pues se considera tal a la contraprestación económica razonable que en condiciones

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normales cabe obtener por la enajenación de un bien. Valor y precio, tanto, no tienen

por qué coincidir, y de hecho, tanto condiciones de mercado como circunstancias o

decisiones personales de los intervinientes afectan al precio, y no al valor y por eso no

es infrecuente que no coincidan. Más aun, debe tomarse como referencia el valor y no

el precio porque debe evitarse premiar o incentivar actuaciones ilícitas como la

declaración de precios por debajo del realmente pactado, no solo porque favorecen la

economía sumergida, sino porque supondrían dejar al arbitrio del sujeto pasivo que

exista o no hecho imponible. Por último, existe un factor práctico a tener en cuenta: en

la mayoría de las transmisiones sujetas al impuesto, lo que se transmite no es un suelo,

sino una propiedad edificada en la que en general no se desglosa el precio del suelo

respecto del de la edificación. NO se puede por tanto adoptar el criterio de comparar

los títulos de adquisición y venta, además de porque en ellos se consigna el precio y no

el valor, porque el porcentaje que en cada uno de ellos representa el suelo ni esta a

priori determinado, ni tiene por qué coincidir en proporción al adquirir y al enajenar,

dada la dinámica del denominado valor de la repercusión del suelo.

Por todo ello, en la presente resolución se utiliza el concepto valor, sin equipararlo a

precio, lo que –por otra parte- es la aplicación correcta de la definición de hecho

imponible que hace la Ley reguladora de este impuesto.

Se complementa la presente instrucción con la indicación del proceso, respecto de

quienes hayan presentado autoliquidaciones del impuesto y que, conforme al art.

1250.3 LGT, puedan solicitar su rectificación, siempre que no haya transcurrido el

plazo de cuatro años que haría inatacable y firme la liquidación.

En base a los antecedentes anteriores, se propone al Pleno lo siguiente:

PRIMERA DISPOSITIVA

PRIMERO.- A partir de la aprobación de la presente, se entenderá que no ha existido

incremento de valor de los terreno de naturaleza urbana, y se admitirán las

autoliquidaciones a cuota cero del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor

de los Terrenos, cuando el sujeto pasivo acredite en cualquier forma admisible en

derecho que el valor del suelo en la fecha de transmisión es inferior al valor del suelo

en la fecha de la ultima transmisión anterior computable a efectos del impuesto.

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SEGUNDO.- No se admitirá, en ningún caso, como elemento de justificación, la mera

comparación entre el precio consignado en las escrituras de adquisición y de venta.

TERCERO.- AUTOLIQUIDACIONES ANTERIORES. Con los mismos requisitos y

condicionantes, se admitirán las rectificaciones de autoliquidación formuladas por los

sujetos pasivos, que justifiquen la inexistencia de incremento de valor y que, por no

haber transcurrido el periodo de cuatro años que permita su revisión ni haber sido

objeto de resolución firme, sea susceptibles de ello conforme al art 120 inciso 3 de la

Ley general Tributaria.

CUARTO.- Se faculta a la Alcaldía Presidencia para que, a la mayor brevedad posible, dicte las instrucciones oportunas tanto para establecer supuestos en que deba admitirse automáticamente que el incremento de valor no ha existido, mediante comprobaciones por valores de referencia como los basados en los valores catastrales, como para determinar el procedimiento tanto jurídico como informático a seguir en los restantes casos, y todo ello en tanto nos adecue la legislación del Impuesto por el poder legislativo.” Se produce debate de los distintos Grupos Políticos, que resumidamente es el siguiente: El Sr. Alcalde Presidente manifiesta que en Benalmádena no existen autoliquidaciones, directamente se revisa y se ejecuta y mientras no haya un pronunciamiento de la Ley no se puede aplicar, por tanto hay que esperar al informe de Intervención. Informa el Sr. Interventor que al no existir autoliquidaciones en el Ayuntamiento , el contribuyente no tiene la oportunidad de decir no he ganado nada con esta plusvalía, la realiza el Ayuntamiento con cargo a su Ordenanza y no coincide el concepto valor con el de precio, no se pone el valor real de la transacción sino un precio inferior, no se puede admitir como prueba la mera declaración en la escritura, lo único que se podría hacer hasta que se pronuncien las Cortes, y siempre respetando la normativa legal actual, sería atender a alegaciones, sin hacer recurso, y acreditar los medios de prueba. De alguna forma hay que determinar el valor y se determinará mediante una norma en el que se da una presunción con valor de Ley. Tendría que aportar el documento de transacción que no haya habido un incremento del valor, en ese caso, no habrá que liquidar para no producir un daño, sería el único caso aplicar de forma práctica, no sería posible hacerlos sobre las autoliquidaciones no comprobadas ya que no son firmes. Es un tema complejo espera haberlo explicado. El Sr. Lara Martín, del Grupo Vecinos por Benalmádena, el sentido de su voto de abstención es debido a la falta de informe del Sr. Interventor. Estarán a favor de las personas que a la hora de vender obtienen pérdidas, habría que estudiar algún mecanismo que este Ayuntamiento pueda aplicar. Dirigiéndose al Sr. Fernández Rodríguez habrá personas que paguen el impuesto de plus valía y no el de sucesiones, téngalo usted en cuenta, ahora va a votar a favor y antes no lo hizo. La Sra. Cortés Gallardo del Grupo @xb, manifestando que a raíz de una Sentencia sabemos el sentido que va a tener la nueva Ley, las adaptaciones a la misma no son competencias de los Ayuntamientos, cualquier intervención por parte de éste quiere decir que no se aplique correctamente la Norma. Por eso su voto, aunque esté de

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acuerdo con el fondo, será de abstención hasta que no se pronuncie el Parlamento. Mientras tanto propone que se estudie el informe de Intervención y presentar si es necesario una Moción institucional. El Sr. Rodríguez Fernández, del Grupo IULVCA para la gente, existe una Sentencia, es un tema que es justo, si el Interventor dice que no es preceptivo el informe, para qué se va a tardar un mes para tratar la Moción, por si algún vecino se puede beneficiar, si se puede hacer algo hagámoslo. En cuanto al Partido Popular le significa que esta misma Moción la podría presentar en Madrid, es un tema nacional y quien cambia esta Ley es el gobierno nacional. El Sr. García Moreno, Portavoz del Grupo CSSPTT, está a favor con la Moción por cuanto favorece a las personas. El Partido Popular es nuevamente incoherente, como manifiesta el Sr. Rodríguez Fernández. El Sr. Jiménez López, Miembro no adscrito, apoyan la Moción y se podría haber esperado hasta Septiembre hasta obtener el informe de Intervención, como garantía jurídica, por ese motivo se abstendrán. Interviene el Sr. Rodríguez Fernández, significando que si hay una propuesta que beneficia a los vecinos la apoyarán la presente quien la presente, pide seriedad en la Moción, se ha aprobado por compañeros de su Grupo en Fuengirola y en Diputación. El Sr. Arroyo García, manifiesta que lo que se quiere aprobar y de acuerdo con el Interventor en este Ayuntamiento no tiene sentido y estando presentado el proyecto ley que era de obligación del Gobierno, lo suyo sería dejarlo en mesa y que se redactara nuevamente una parte dispositiva adecuada a nuestro Ayuntamiento. El Sr. Alcalde Presidente manifiesta que un informe de Intervención no es preceptivo, pero sí que es importante, solicitándoselo sobre el fondo y el contenido de la posibilidad de aplicar autoliquidación o paralizar. Conforme a la propuesta de dejarlo en mesa por parte del Concejal Delegado de Economía y Hacienda Sr. Arroyo García se produce la siguiente votación: El Pleno por 14 votos a favor (7 PSOE, 2 IULV-CA para la gente, 1 CSSPTT, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, Olmedo Rodríguez y 1 Ramundo Castellucci), 1 Abstención (VpB) y 9 en contra (Grupo Partido Popular), acuerda aprobar dejar dicha Moción en mesa. C) Moción del Grupo CSSPTT, sobre iniciar los trámites para la modificación del artículo 31.4 de la Ordenanza Municipal de Residuos Urbanos y Limpieza Pública.- Justificada por el Sr. García Moreno, Portavoz del Grupo Municipal CSSPTT al tratarse de recogida de residuos en colegios para su aprobación y entrada en vigor para este próximo curso escolar.

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El Sr. Alcalde observa la falta de informe de la Intervención, no obstante se procede a la votación de la urgencia. El Pleno por 7 votos a favor de los Grupos (1 CSSPTT, 2 IULV-CA para la gente, 1@ xb, 1 Sr. Jiménez López, Olmedo Rodríguez y 1 Ramundo Castellucci) y 17 abstenciones (7 PSOE, 9 Partido Popular y 1 VpB), de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo componen, acuerda aprobar la urgencia. El Sr. García Moreno da lectura a la Moción que dice: “ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.- La normativa sanitaria precisa que los residuos orgánicos que se generen deberán permanecer el menor tiempo posible dentro de los establecimientos y centros que los generen, intentando evitar con ello problemas de salubridad en las zonas de trabajo donde se manipulan los alimentos, al objeto de minimizar la posibilidad de proliferación de bacterias, insectos, o roedores. Por otra parte, nuestra ordenanza reguladora de la recogida de residuos orgánicos vigente establece un horario para ello, siendo éste el comprendido entre las 21:00 y las 23:00 horas. En consecuencia, nos encontramos con que los residuos generados por la actividad de servicio de dietas a alumnado en comedores de centros escolares constituyen un problema, al no poder ser retirados por las personas que trabajan prestando este servicio dentro del horario establecido, ya que su jornada laboral finaliza a las 17:30 , viéndose obligadas a cometer una infracción si proceden a su retirada, dentro del horario que les resulta posible, con el fin de evitar un incumplimiento de la primera norma referida que podría derivar en un riesgo terminante para la salud de los menores usuarios y usuarias de este servicio. Por tanto, nos encontramos ante una situación indeseable, ya que su horario de trabajo es incompatible con el que permite el depósito de residuos en los contenedores, y el cumplimiento de la primera norma imposibilita el cumplimiento de la segunda. A la vista de lo antes expresado, se plantea desde los centros educativos la creación de una nueva ruta de recogida de residuos orgánicos que coincida con el horario de servicio de comedor en dichos centros durante el período escolar. Por todo ello, desde Costa del Sol Sí Puede se presenta la siguiente MOCIÓN, para su consideración y aprobación por el Pleno Municipal: ACUERDOS

1. Iniciar los trámites para la modificación del artículo 31.4 de la Ordenanza Municipal de residuos urbanos y limpieza pública de 3-3-2003, que recoge que el horario para el depósito en los contenedores de residuos orgánicos será el comprendido entre las 21:00 y las 23:00 horas, proponiéndose que se añada a ese horario el comprendido entre las 14:00 y las 21:00 horas durante el período escolar, siempre que se trate de centros donde existan comedores escolares.

2. Por motivos de salubridad, y con carácter excepcional, permitir ampliar el horario de depósito de residuos en los términos arriba mencionados desde el inicio del Curso Escolar 2017/2018 hasta la aprobación de la ordenanza”.

Se producen las siguientes intervenciones: El Sr. Lara Martín, del Grupo Vecinos por Benalmádena, manifestando que aunque

no están en desacuerdo con la Moción, su Grupo votará en contra por la falta de informe de Intervención.

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El Sr. Interventor añade que aunque no ha visto el acto administrativo que se pretende necesitaría informe de ingeniería, ya que se cambia la ruta de servicio, si se considera que crea más gasto y además puede modificar el contrato, también se necesitaría de informe de Secretaría. De lo contrario, con el informe de ingeniería sería suficiente.

El Sr. González García, del Partido Popular, declarando que están de acuerdo con el

contenido de su Moción, pero es una falta de rigor innecesaria el que no se tenga ni un solo papel, se podría haber entregado la documentación en la Junta de Portavoces, o por correo electrónico, el planteamiento es razonable, por ese motivo, se abstendrán.

La Sra. Olmedo Rodríguez, Miembro no adscrito, por coherencia han apoyado la

urgencia, así como el fondo de la Moción, pero la falta de informes hace que se posicionen en abstención.

El Sr. Rodríguez Fernández, de IULVCA para la gente, es un servicio necesario, la

necesidad es comprensible porque hay que realizarlo a partir de septiembre y su Grupo lo apoya.

El Sr. Villazón Aramendi, Concejal Delegado de Residuos Sólidos Urbanos, indica

que se plantea una Moción con un problema que en realidad no existe, no tiene quejas de ningún colegio, considera que se trataría de dar solución a problemas que surjan, no una modificación de contrato.

El Sr. García Moreno, hace la observación de que no es la primera vez que se trata

el tema en el Pleno, no se pudo incluir en la Moción que se dirigía sólo a bares y restaurantes, pero se trata de un problema real, y otra cuestión es sacar la basura en horarios que pueden cometer infracción y tener responsabilidades, por eso de la seriedad del problema. Esta Moción la presentó en Julio y no se trató en Pleno ordinario por la falta de un informe y pensaba que ya estaría incluido, para poder solucionar el problema.

El Sr. Villazón Aramendi quiere añadir que no se incluyó los colegios puesto que

no están abierto en verano, pero no obstante se puede estudiar su solución.

El Pleno por 3 votos a favor (1 CSSPTT y 2 IULVCA para la gente) y 21 abstenciones (7 PSOE, 9 Partido Popular, 1 VpB, 1 @ xb, 1 Sr. Jiménez López, 1 Sra. Olmedo Rodríguez y 1 Sr. Ramunda Castellucci), de los 24 miembros presentes de los 25 que de derecho lo componen, aprueba elevar a acuerdo la Moción que se transcribe y por tanto:

1. Iniciar los trámites para la modificación del artículo 31.4 de la Ordenanza

Municipal de residuos urbanos y limpieza pública de 3-3-2003, que recoge que el horario para el depósito en los contenedores de residuos orgánicos será el comprendido entre las 21:00 y las 23:00 horas, proponiéndose que se añada a ese horario el comprendido entre las 14:00 y las 21:00 horas durante el

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período escolar, siempre que se trate de centros donde existan comedores escolares.

2. Por motivos de salubridad, y con carácter excepcional, permitir ampliar el horario de depósito de residuos en los términos arriba mencionados desde el inicio del Curso Escolar 2017/2018 hasta la aprobación de la ordenanza”.

SEGUNDA PARTE DE CARÁCTER NO RESOLUTIVO 4º.- Dar cuenta de las Actas de la Junta de Gobierno Local extraordinaria y urgente de fecha 19.7.2017 y ordinaria 24.7.2017.- El Pleno quedó enterado. 5º.-Dar cuenta de los Decretos de Alcaldía y Delegados de Julio 2017.- El Pleno quedó enterado. 6º.- Dar cuenta de Resolución de la Alcaldía de fecha 3.8.2017 número 4020 de Declaración de Emergencia Expte. 60/2017 Parque Rústico Casablanca.- El Pleno quedó enterado. 7º.- Dar cuenta del informe del cumplimiento del Plan de Reducción de la Deuda.- La Secretaria actuante da lectura al dictamen de la Comisión Informativa Económico Administrativa, celebrada el 3.8.2017, cuyo tenor literal es el siguiente: “Declaración de urgencia de dar cuenta del informe del cumplimiento del plan de reducción de deuda.

Se aprueba la declaración de urgencia con los votos a favor del equipo de

gobierno (PSOE, IULVCA, CSSPTT, APB y concejales no adscritos: Ramundo Jiménez y Olmedo), la abstención de PP y el voto en contra de VPB. Explica su voto en contra el Sr. Lara en que una cuestión de tanta importancia como la reducción de deuda se debería tratar sin urgencia y con tiempo para estudiar los documentos.

Se transcribe el informe:

DOCUMENTO: INFORME DEPARTAMENTO: Tesorería FECHA: 14 de marzo de 2017 NUMERACIÓN: REFERENCIA:

DESTINATARIO:

CONCEJAL DE HACIENDA

ASUNTO: INFORME CUMPLIMIENTO PLAN DE REDUCCIÓN DE DEUDA.

ANTECEDENTES

Propuesta de convenio de la entidad UNICAJA para la prestación de servicios

de gestión de cobro.

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NORMATIVA APLICABLE

� Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

� La Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para

el año 2013

� Real Decreto 8/2014

CONSIDERACIONES PRIMERA

El presente documento tiene por objeto la fijación de los escenarios de deuda

viva del Excmo. Ayuntamiento de Benalmádena, de acuerdo con la normativa de

estabilidad presupuestaria, a lo largo de los próximos 5 ejercicios, a fin de garantizar

los objetivos recogidos en el Real Decreto 8/2014.

Ley 17/2012 disposición Septuagésima tercera Refinanciación de operaciones de

crédito

Uno. Como excepción a lo dispuesto en la disposición final trigésima primera de esta

Ley, se autoriza la formalización de operaciones de refinanciación de operaciones de

crédito a largo plazo concertadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real

Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de

información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de

financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, siempre que

tengan por finalidad la disminución de la carga financiera, la ampliación del período

de amortización o el riesgo de aquellas operaciones, respecto a las obligaciones

derivadas de las pendientes de vencimiento.

En las anteriores operaciones se podrán incluir las formalizadas en aplicación del Real

Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar

a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y

autónomos. No se podrán incluir en la citada refinanciación las operaciones

formalizadas en aplicación de los artículos 177 y 193 del texto refundido de la Ley

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reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de

5 de marzo.

Para la formalización de las operaciones de refinanciación citadas será preciso la

adopción de un acuerdo del órgano competente de la corporación local, con los

requisitos de quórum y votaciones establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Además, en el caso de que las entidades locales presenten ahorro neto negativo o

endeudamiento superior al 75 por ciento de sus ingresos corrientes liquidados en el

ejercicio inmediato anterior en los términos definidos en la disposición final trigésima

primera de esta Ley, las corporaciones locales, mediante acuerdo de sus respectivos

Plenos, deberán aprobar un plan de saneamiento financiero o de reducción de deuda

para corregir, en un plazo máximo de cinco años, el signo del ahorro neto o el volumen

de endeudamiento, respectivamente. Por lo que se refiere a este último deberá

corregirse hasta el límite antes citado, en el caso de que dicho volumen se encuentre

comprendido entre aquel porcentaje y el fijado en el artículo 53 del Texto Refundido de

la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo. En los restantes supuestos de endeudamiento excesivo, el plan

de reducción de deuda deberá corregir el nivel de deuda, como máximo, al porcentaje

fijado en el último precepto citado.

Los citados planes deberán comunicarse, para su aprobación, por las entidades locales

al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, salvo

que la Comunidad Autónoma correspondiente tenga atribuida en el Estatuto de

Autonomía la tutela financiera de dichas entidades, en cuyo caso se comunicará a ésta.

El interventor de la entidad local deberá emitir un informe anual del cumplimiento de

estos planes, y presentarlo al Pleno de la corporación local para su conocimiento, y el

correspondiente al último año de aquellos planes deberá, además, remitirlo al órgano

competente de la Administración Pública que tenga atribuida la tutela financiera de las

entidades locales.

En el caso de que se produzca un incumplimiento de los citados planes, la entidad local

no podrá concertar operaciones de endeudamiento a largo plazo para financiar

cualquier modalidad de inversión. Además, por parte del órgano competente de la

Administración Pública que tenga atribuida la tutela financiera de las entidades locales

se podrán proponer medidas extraordinarias que deberán adoptar las entidades locales

afectadas. En el caso de que por éstas no se adopten dichas medidas se podrán aplicar

las medidas coercitivas y de cumplimiento forzoso establecidas en los artículos 25 y 26

de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera.

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Dos. Se deja sin efecto desde el día 1 de enero de 2013, y con carácter indefinido, el

apartado Tres del artículo 14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se

adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

SEGUNDA

EL Real Decreto 8/2013 establece que si la entidad local hubiere presentado en

el ejercicio 2013 ahorro neto negativo o endeudamiento superior al 75 por ciento de sus

ingresos corrientes liquidados en el ejercicio inmediato anterior, en los términos

definidos en la disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, la entidad local,

mediante acuerdo de su Pleno, deberá aprobar un plan de saneamiento financiero o de

reducción de deuda para corregir, en un plazo máximo de cinco años, el signo del

ahorro neto o el volumen de endeudamiento, respectivamente.

Por lo que se refiere a este último deberá corregirse hasta el límite antes citado,

en el caso de que dicho volumen se encuentre comprendido entre aquel porcentaje y el

fijado en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas

Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (110%). En los

restantes supuestos de endeudamiento excesivo, el plan de reducción de deuda deberá

corregir el nivel de deuda, como máximo, al porcentaje fijado en el último precepto

citado (110%).

Esta última situación es en la que se encontraba el Excmo. Ayuntamiento de

Benalmádena, puesto que el ratio de deuda viva sobre ingresos corrientes en el

ejercicio inmediatamente anterior, ascendió al 133,06 %, según los datos de la

liquidación del presupuesto.

A) DETALLE DE INGRESOS CORRIENTES AÑO 2013

Total de Ingresos Corrientes 102.059.591,27 €

DEUDA VIVA A 31/12

A CORTO PLAZO - €

A LARGO PLAZO 135.799.740,97 €

RRDD 74.801.490,99 €

A LARGO PLAZO 60.998.249,98 €

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TOTAL PRESTAMOS 135.799.740,97 €

DEUDA VIVA / INGRESOS CORRIENTES 133,06%

Para el estudio del ahorro neto de la Corporación se han utilizado los datos

recogidos tanto en Plan de ajuste aprobado por la Corporación con motivo de la

contratación de las operaciones de préstamo formalizadas por el Excmo. Ayuntamiento

de Benalmádena con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores en

virtud de los RRDD-ley 4/2012, 4/2013 y 8/2013, en los informes de seguimiento del

mismo, así como en los marcos presupuestarios aprobados, de acuerdo con la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Presupuestaria, recogido en el Capítulo VI de la misma, en sintonía asimismo, con la

Directiva Europea 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, conforme al

artículo 10 y en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan

las obligaciones de suministro de información, que se reproducen en el siguiente

cuadro:

MARCOS PRESUPUESTARIOS- AYUNTAMIENTO DETALLE INGRESOS A) DETALLE DE INGRESOS CORRIENTES AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016 AÑO 2017 Capítulo 1 y 2: Impuestos directos e indirectos 60.568.254,66 61.379.866,85 62.232.059,65 63.126.862,09

Impuesto sobre Bienes Inmuebles 44.336.010,88 44.336.010,88 44.336.010,88 44.336.010,88

Impuesto sobre Actividades Económicas 1.582.810,98 1.661.951,53 1.745.049,11 1.832.301,57 Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica 3.118.234,44 3.274.146,16 3.437.853,47 3.609.746,14 Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

11.282.866,64 11.847.009,97 12.439.360,47 13.061.328,49

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras 248.331,72 260.748,31 273.785,72 287.475,01

Cesión de impuestos del Estado 0,00 0,00 0,00 0,00

Ingresos de capítulos 1 y 2 no incluidos anteriormente 0 0 0 0

Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 15.099.702,10 15.854.687,21 16.647.421,57 17.479.792,64

Capítulo 4. Transferencias corrientes 21.038.696,91 22.090.631,76 23.195.163,34 24.354.921,51

Participación en tributos del Estado Resto de Transferencias corrientes (resto Cap 4.) Capítulo 5. Ingresos Patrimoniales 1.994.054,68 2.093.757,41 2.198.445,28 2.308.367,55

Total de Ingresos Corrientes 98.700.708,35 101.418.943,22 104.273.089,84 107.269.943,80

Estimación Derechos reconocidos netos B) DETALLE DE INGRESOS DE CAPITAL AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016 AÑO 2017 Capítulo 6. Enajenación de inversiones 0,00 0,00 0,00 0,00

Capítulo 7. Transferencias de capital 59.837,33 535.304,53 562.069,75 590.170,00

Total de Ingresos de Capital 59.837,33 535.304,53 562.069,75 590.170,00 Estimación Derechos reconocidos netos C) DETALLE DE FINANCIEROS AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016 AÑO 2017 Capítulo 8. Ingresos por activos financieros 49.500,00 60.167,56 63.175,94 66.330,00

Capítulo 9. Ingresos por pasivos financieros 0,00 0,00 0,00 0,00

Total de ingresos Financiero 49.500,00 60.167,56 63.175,94 66.330,00

Según se desprende de los datos de las liquidaciones de los ejercicios 2014, 2015

y 2016, el nivel de deuda se Pleno de 26 de mayo de 2016, se dio cuenta de la liquidación del ejercicio 2015

Informe de interveción de 31 de mayo de 2016, en el que se recoge el límite de

deuda CONCLUSIÓN

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Este por todo lo anterior por lo que se han realizado los citados cargos en la cuenta de UNICAJA 18974.

Los Sres. vocales reunidos se dan por enterados.” El Pleno quedó enterado.

8º.- Preguntas y ruego del Sr. Lara Martín del Grupo Municipal Vecinos por Benalmádena, sobre peticiones vecinos C/ Nogal por molestias producidas por aparcamientos de motocicletas y zona de carga y descarga se estudie el problema y se solucione.- Formulada por el Sr. Lara Martín, que dice: “EXPONGO. Reunidos con vecinos de Calle El Nogal de Arroyo de la Miel, me trasladan que tras haber presentado dos escritos en este Ayuntamiento de fecha 16 de Mayo de 2016 y 30 de Abril de 2017, y no haber obtenido respuesta por parte de este Ayuntamiento, avalado todo ello por las firmas de los vecinos de la zona, donde me exponen, que dicha Calle sin salida, la están utilizando de zona de carga y descarga de mercancías, como de aparcamiento de motocicletas o ciclomotores en zona señalada y prohibida para ello, circulando muchas de ellas por Calle Nacimiento, que es peatonal, donde los vehículos que la utilizan como carga y descarga, lo hacen desde el inicio hasta el final con Calle Nacimiento, taponando tanto la salida de vehículos aparcados, con el consiguiente aviso de claxon hasta poder salir, como la entrada y/o salida de los mismos vecinos de la Calle, y ya no sólo eso, sino tampoco respetan los vados que existen en dicha Calle, siendo todo esto una constante en la Calle, no sólo por las mañanas que es la máxima, sino también por la tarde y noche. Es por ello, por lo que PREGUNTO PRIMERO: ¿ Se puede regular de alguna manera la carga y descarga que se está produciendo en dicha Calle mediante las correspondientes señales verticales, a la entrada y final de la misma junto Calle Nacimiento, prohibiendo la misma por ser zona residencial? SEGUNDO: ¿Se puede mantener una vigilancia más constante sobre la zona, ante el continuo estacionamiento de motocicletas y ciclomotores en la zona señalizada con libre de estacionamiento, existente entre el enlace entre Calle El Nogal y CL. Nacimiento, peatonal? TERCERO: ¿Se puede contemplar una ampliación del parking de motocicletas y ciclomotores de CL. Naranjo, tras la eliminación del que existía en Cl. Ciprés? A su vez, RUEGO Se intente estudiar el problema de los vecinos de dicha Calle, e intentarles dar una solución a sus demandas. Benalmádena, a 3 de agosto 2017. Firmado”. El Sr. Jiménez López, Delegado de Movilidad, contesta que se ha creado una bolsa de aparcamientos para las motocicletas, pero la única solución es denunciar. Para

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el tema de carga y descarga se señalizó pintando una línea continua. Otra solución es peatonalizar el resto de la calle. Por parte del Sr. Marín Alcaraz, Delegado de Seguridad Ciudadana, se contesta que la Policía Local acude y retira con grúa cuando es requerido. Debe de haber una concienciación por parte de los vecinos, sino , no queda otra que hacer cumplir con la Ley. El Alcalde Presidente manifiesta que se aceptan sugerencias. 9º.- Preguntas y ruego del Sr. Lara Martín del Grupo Municipal Vecinos por Benalmádena, sobre cobro de aparcamientos en las instalaciones de Emabesa S.A. contiguo al parking de Tivoli. Se controle la situación y utilización y se advierta del peligro que supone el peso de vehículos en dicha superficie.- Formulada por el Sr. Lara Martín, que dice: “EXPONGO. Vecinos de Arroyo de la Miel, me han trasladado que en la superficie del depósito de agua vallado y cercado, donde se encuentran las instalaciones de EMABESA S.A. , antigua superficie utilizada para educación vial en el Municipio, junto al parking del Tivoli, se está utilizando como aparcamiento, gestionado y cobrado por el mismo personal que gestiona y cobra los aparcamientos del Tivoli, sobre todo los fines de semana, de lo cual nos han pasado imágenes que lo refrenda. Ante la ausencia de mi Grupo y de mi persona en el Consejo de Administración de Emabesa, S.A. para intentar poder contestar a esta pregunta, y atendiendo a esta demanda. PREGUNTO PRIMERO: ¿Existe algún tipo de convenio por el cuál Emabesa S.A. participada por el Ayuntamiento, cede la gestión y explotación de este espacio a Tivoli, o en su caso, a la empresa o Asociación que gestiona los aparcamientos del mismo? Si existe, ¿en qué consiste y me pueden pasar copia? SEGUNDO: ¿Está dicha superficie habilitada para poder soportar el peso de los vehículos que aparcan sobre ella? Con ello, RUEGO Si no se está controlando la utilización de dicha superficie del depósito de agua de Emabesa como zona de aparcamientos, se controle la situación y la utilización que se le está dando, sobre todo advirtiendo del peligro que puede suponer el peso de un gran número de vehículo sobre dicha superficie. Benalmádena, a 03 de agosto de 2017. Firmado”. El Sr. Villazón Aramendi, como Delegado de Emabesa, contesta que se viene utilizando desde hace veinte años desde que se llegó a un acuerdo en el año 1994 . Este terreno pertenecía a Tivoli que lo cedió con el condicionante de tener derecho de superficie y está recogido en una escritura notarial. Referente al peso, cuando se hizo, supongo que se haría con las condiciones necesarias, no obstante, buscará el proyecto para asegurarse. 10º.- Preguntas del Sr. Lara Martín del Grupo Municipal Vecinos por Benalmádena, sobre zona de disfrutes para niños junto a Torre Vigía de Torre Bermeja entrada al Puerto Deportivo de Benalmádena.- Dada lectura por el proponente Sr. Lara Martín, que dice:

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“ EXPONGO Tras en varias sesiones plenarias, haber realizado diversas preguntas sobre la zona de disfrutes para niños, con trampolín, castillo hinchable, etc., trasladada junto a la Torre Vigía de Torre Bermeja, entrada al Puerto Deportivo de Benalmádena, y sólo haber obtenido como respuesta en la última sesión plenaria de 27/07/2017, que se pondrá a mi disposición el expediente a su finalización, veo, que cuatro días después y estando por la zona, observo que dichas instalaciones ya han sido desmontadas, cosa que en sesión plenaria ni se nos contestó, no se nos dijo nada al respecto. Por todo ello, e independientemente a que por parte de la Sra. Concejala del Puerto Deportivo me de traslado del expediente, y ante los acontecimientos ocurridos en cuatro días tras la última sesión plenaria, no podemos dejar esto, como dijo en “stand by”, y es por ello por lo que PREGUNTO PRIMERO ¿Por qué no se nos dijo nada al respecto? SEGUNDO: ¿ A qué se debe esta decisión? TERCERO: Según la contestación de la última sesión plenaria de 27/07/2017, donde la Sra. Concejala nos dijo que presentó la correspondiente documentación de dicha instalación a la Consejería de Cultura, y que estaba en período de alegaciones ¿Quién se encontraba en período de alegaciones, el Puerto Deportivo de Benalmádena, S.A.? CUARTO: Si se encontraba en período de alegaciones el Puerto Deportivo de Benalmádena, es porque la Consejería había resuelto negativamente inicialmente, ¿es cierto, sí o no ¿ QUINTO: ¿Es que en estos dos días hábiles tras el pleno de 27/07/2017 han resuelto las alegaciones por parte de la Consejería de Cultura?, y si es así ¿Cuál es la resolución final? Benalmádena, a 3 de agosto de 2017. Firmado”. Contesta la Sra. Cortés Gallardo, Delegada de Puerto Deportivo, manifestando su implicación en la defensa cultural del patrimonio de Benalmádena, y después de años viendo otras instalaciones comerciales en el área que jamás se han denunciado, no recordaba que la protección del entorno llegaba hasta los 50 metros tal y como aclaró en otro pleno. Reconoce que pudo haberse equivocado, pero lo que han hecho de este asunto no es un error, se ha convertido en una cacería, a un empresario y a tres trabajadores que han sido acosados, captados en vídeos mientras desempeñaban su trabajo, que han sido increpados, solamente por estar en su puesto de trabajo, le da la enhorabuena por cazar a un empresario que apuesta por Benalmádena y a tres trabajadores que han pasado al desempleo. Contestando que las instalaciones han sido desmontadas, abandonando el empresario por el acoso al que ha sido sometido. Preguntándole al Sr. Lara Martín si ha merecido la pena. Intentarán que sea reintegrado en otra zona los trabajadores, para al menos que puedan culminar el verano. En cuanto al resto de preguntas se remite al pleno anterior, la situación es la misma salvo que ya ha concluido el plazo de alegaciones. Afirmando que ha sido el Puerto Deportivo el que ha presentado las alegaciones, la intervención sobre la torre ha sido nula, no se ha producido daño material alguno. En cuanto esté resuelto informará a toda la Corporación.

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11º.- Preguntas y ruego del Sr. Lara Martín del Grupo Municipal Vecinos por Benalmádena, sobre renovación del convenio entre Parques Reunidos y la empresa Innovación Probenalmádena. Se renueve dicho convenio procurando condiciones ventajosas para los vecinos empadronados.- Dada lectura por el proponente, que dice: “ EXPONGO. Han sido muchos los años en los que Innovación ProBenalmádena, S.A. (Innoben) ente dependiente de este Ayuntamiento, ha acordado y renovado el convenio con el entre Parques Reunidos, por el cual, el último Sábado de cada mes, los empadronados de nuestro Municipio podían disfrutar tanto de un viaje gratuito en el Teleférico, como de sus instalaciones. A petición de nuestros vecinos, y tras ellos haber podido comprobar que ya no se mantenía esta gratuidad, es por lo que PREGUNTO PRIMERO: ¿Es cierto que Innovación ProBenalmádena, S.A. no ha podido mantener, o renovar, dicho acuerdo con el entre Parques Reunidos? SEGUNDO: Si no se ha mantenido o renovado dicho convenio, ¿Cuál/es han sido los motivos? TERCERO: ¿Cuál ha sido el número de empadronados que han podido disfrutar en 2016 de la entrada gratuita y disfrute de dichas instalaciones? CUARTO: Si no se ha renovado dicho convenio , ¿se va a estudiar otras posibilidades como el reducir el precio de la entrada a los empadronados del Municipio? A la vez RUEGO Que se intente mantener o renovar dicho convenio, en unas condiciones más ventajosas hacia nuestros vecinos empadronados, ya que repercute positivamente, no sólo para que todos podamos disfrutar del viaje y de sus instalaciones gratuitamente, sino lo más importante, para conocer mejor si aún cabe, el magnifico lugar dónde vivimos y dar publicidad de ello. Benalmádena a 3 de agosto de 2017 Firmado.” El Sr. Jiménez López, como Consejero de Innoben, contesta que todos los años se renueva, no se incluye el verano ni sábados festivos, además de tener una copia del Pliego. 12º.- Preguntas y ruego del Sr. Lara Martín del Grupo Municipal Vecinos por Benalmádena, sobre instalación de toldos y veladores en zona de terrazas de Avda. del Chorrillo. Se informe a los comerciantes y se consensúe una solución.- Leída por el proponente Sr. Lara Martín, que dice: “ EXPONGO. Empresarios y comerciantes de la Avda. del Chorrillo, me trasladan que no saben finalmente como se va a abordar el asunto de los toldos y/ o veladores a instalar en la zona de terrazas de la misma, ya que en su momento y con motivo de las obras realizadas fueron desmontados, pero que una vez que ha finalizado la misma, no saben cuál es la intención de este Gobierno al respecto. Ante la incertidumbre que tienen los distintos comerciantes y empresarios de la zona, es por lo que PREGUNTO. PRIMERO: ¿Cuál es la intención de ese Gobierno respecto a la instalación de dichos toldos y/o veladores? SEGUNDO: ¿Se va a mantener reunión con empresarios y comerciantes de la zona para mostrar la intención de este Gobierno?

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TERCERO: ¿Se tiene previsto compensar de alguna manera la eliminación de las estructuras que formaban parte de los comercio o negocios de la zona ocupando la vía pública? ¿De qué manera se va a hacer vía impuestos o tasas? CUARTO: ¿Han estudiado la solicitud ya realizada por nosotros en anteriores sesiones plenarias de instalar una isla ecológica a la entrada de Avda. del Chorrillo desde Avda. Juan Luis Peralta? A su vez, RUEGO Se informen a comerciantes y empresarios de la zona sobre el asunto anteriormente indicado, y se consensue una solución después de haber finalizado las obras hace más de mes y medio. Benalmádena, a 03 de agosto de 2017. Firmado”. El Sr. Jiménez López, Delegado de Comercio, contesta que se han mantenido algunas reuniones, y se están autorizando las instalaciones de algunas terrazas siempre que estén legalizadas. Se había detectado algunos comercios que no estaban legalizados y se les ha invitado a hacerlo. Próximamente se reunirá para mostrar a los comerciantes el diseño de terraza que se piensa instalar en la zona. El Sr. Ramundo Castellucci, Delegado de Vías y Obras, les preocupa la imagen estética de las instalaciones de terrazas del municipio, ha presentado una propuesta al Equipo de Gobierno de un estudio externo, con el fin de asesorarnos y darnos alternativas a efectos de cambiar la imagen del municipio en los tres núcleos, para finales de año y poder empezar al menos por las arterias principales el cambio de imagen. El Sr. Villazón Aramendi comenta que en el proyecto no se incluyó, entonces ahora resulta complicado levantar la calle para instalar islas ecológicas 13º.- Ruego del Grupo Partido Popular, referente a resolver situaciones planteadas por los vecinos de la Urbanización Mar del Sur en Benalmádena Costa.- Dada lectura por el proponente Sr. Olea Zurita, que dice: “Exposición de motivos: Vecinos residente en la urbanización Mar del Sur en Benalmádena Costa se han puesto en contacto con nuestro grupo municipal para indicarnos sus quejas sobre varias deficiencias que presentan sus viales y necesitan solución.

1. Nos trasladan que las jardineras de la entrada de la urbanización están abandonadas en cuanto a su mantenimiento.

2. Existen tres farolas fundidas en los alrededores de la urbanización que se encuentran fundidas desde hace más de dos años.

3. Solicitan un aumento considerable de limpieza en los aledaños y en el acerado próximo, reclamando que por ser una zona muy transitada en verano requieren una mayor atención de limpieza con agua a presión para eliminar manchas en el pavimento.

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4. Y por último, nos explican como numerosos usuarios del vial de Avada. Antonio Machado, realizan maniobras temerarias realizando giros en la estrecha calle que da acceso a su urbanización para girar hacia el sur y tomar C/ Goya.

Es por ello, que desde nuestra labor de oposición constructiva realizamos el siguiente RUEGO: Rogamos que se proceda a resolver estas situaciones planteadas por los vecinos de la zona en la mayor brevedad posible y teniendo en cuenta la temporada de verano que estamos atravesando en la actualidad. Muchas Gracias. Fdo.”

Contesta el Sr. Villazón Aramendi, como Delegado de Parques y Jardines , que en el tema de la jardinera ya está avisada la empresa para atenderlo. Atendido por el Sr. Rodríguez Fernández, como Delegado de Servicios Operativos, referente a las farolas están repuestas, puntualizando que cualquier vecino que avise puede ser atendido, al no ser obras que no se pueden realizar de un día para otro. En cuanto a la limpieza se ha presentado parte a la empresa. El Sr. Jiménez López, como Delegado de Movilidad, comunica que ha pedido informe a la Policía sobre el peso de los vehículos, a parte de poner tres hitos para cortar la calle. 14º.- Ruego del Grupo Partido Popular, referente a resolver situaciones planteadas por los vecinos de Avda. Marisol en Benalmádena Costa.- Formulada por el Concejal Sr. Olea Zurita, que dice: “Exposición de motivos: Vecinos residentes en Avda. Marisol en Benalmádena Costa se han puesto en contacto con nuestro grupo municipal para indicarnos sus quejas sobre varias deficiencias que presentan sus viales y necesitan solución.

1. Nos trasladan que debido al aumento de paso por su vial en verano, las aceras necesitan baldeo con agua a presión debido a la suciedad existente en la zona.

2. Existen varias farolas fundidas en la avenida que necesitan ser reparadas desde hace tiempo.

3. Solicitan que se estudie no permitir el acceso a su avenida a vehículos de grandes dimensiones, puesto que debido a la estrechez de sus aceras, cuando entran camiones se suben a las aceras y las tienen muy deterioradas.

4. Y por último, nos explican la existencia de problemas de visibilidad para los vehículos que salen del callejón sito en las mediaciones de la avenida debido a los contenedores de basuras. También nos trasladan la idoneidad de ubicar los contenedores en las proximidades de los edificios más poblados y que generan un mayor depósito de bolsas de basuras. En este punto nos informan que personalmente ya lo han trasladado al concejal de RSU, quedaron pendientes de una respuesta y están esperando una contestación.

Es por ello, que desde nuestra labor de oposición constructiva realizamos el

siguiente ruego.

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Ruego: Rogamos que se proceda a resolver estas situaciones planteadas por los vecinos de la zona en la mayor brevedad posible y sobre todo se les pueda dar una contestación a sus planteamientos trasladados.

Muchas gracias. Fdo”. El Sr. Rodríguez Fernández, como Concejal de Servicios Operativos manifiesta que se ha pasado parte para el arreglo de las farolas, en cuanto al baldeo se realiza cada quince días, que puede ser insuficiente, se hará a presión en estos días. El Sr. Jiménez López, como Concejal de Movilidad, conforme a informe de la Policía no es muy factible, y aunque está complicado lo estudiarán. Atendiéndola el Sr. Villazón Aramendi, Delegado de Residuos Sólidos Urbanos, respecto a los contenedores de basura se ha reunificado todos delante de un generador de electricidad para que no molestara a ningún vecino, manifestando que referente a los de la zona alta, para cambiarlos hay que buscar un lugar idóneo y que los vecinos estén de acuerdo. El Sr. Alcalde Presidente comenta que el criterio del equipo de gobierno, en cuanto a cambio de ubicación mobiliario urbano tiene que venir refrendado por una comunidad o un número importante de firmas de vecinos. 15º.- Preguntas del Grupo Partido Popular, sobre problema de espacio reducido del parque móvil ante la llegada de maquinaria nueva.- Dada lectura por el Concejal Sr. Muriel Martín, que dice: “ Exposición de motivos: todos somos conocedores de la falta de espacio en la que se encuentra el parque móvil. Ahora, han llegado tras máquinas nuevas, y se prevé la llegada de más mecanizado. Preguntas: 1.- ¿Tiene el equipo de gobierno planificado, dónde van a ubicar toda esta nueva maquinaria? 2.- ¿Tienen planificado las necesidades de personal , para dotar el funcionamiento de toda esta maquinaria? Fdo.” Contestando el Sr. Fernández Rodríguez, Delegado de Servicios Operativos en el sentido de que se puede utilizar la nave número dos de Benalmádena Pueblo. También informar que se van a dar de baja máquinas muy viejas, que dejarán sitio a otros vehículos. En cuanto al punto dos de su pregunta se está previendo al personal, pero que según recoge el Decreto 818/2009 del 8 de mayo que aprueba el Reglamento General de Conductores que dice que este tipo de maquinaria puede ser conducida con el permiso B.

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16º.- Preguntas del Grupo Partido Popular, referente a la instalación de mercadillo en la zona del Castillo Bil Bil.- Formulada por el Concejal Sr. Muriel Martín, adjuntando fotografías y que dice: “Exposición de motivos: En estos días atrás, se ha instalado un mercadillo en torno al Castillo Bil Bil en Benalmádena Costa. Después de las condiciones en las que se ha dejado el entorno, se ha necesitado una semana de limpieza en profundidad. Se adjuntan algunas de las imágenes, de las condiciones en las que se ha dejado la zona. Preguntas: 1.- ¿Cree el equipo de gobierno que el Castillo del Bil Bil, siendo una de las zonas más emblemáticas de Benalmádena, es la ubicación más acertada para montar un mercadillo? 2.- ¿Es esta la imagen que queremos dar, a los turistas que nos visitan? Fdo.” Añadiendo el Sr. Muriel Martín que vecinos que habían pagado la tasa de 360 euros para contraer boda civil en el Castillo Bil Bil, se han encontrado con este entorno que no ha sido de su agrado. El Sr. Jiménez López, Delegado de Comercio, contesta en el sentido de que las imágenes no se corresponden con la realidad . No se ha estado una semana limpiando, en estas fotos todavía se estaban desmontando los puestos, al día siguiente quedó impecable dicha zona, comparando el entorno del Bil Bil con la realización del zoco árabe en las calles de Benalmádena Pueblo. En cuanto al problema de la pareja que no se quería casar se le ha hecho la devolución de la tasa por no haber utilizado el Castillo. Se planteará el volverlo a repetir o quizás cambiar las fechas del evento. 17º.- Ruego del Grupo Partido Popular, sobre arreglo y acondicionamiento de la Urbanización La Capellanía.- Dada lectura por el Concejal Sr. Moya Barrionuevo, adjuntando fotografías, y que literalmente dice: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Vecinos de esta zona de la Urbanización La Capellanía y de urbanizaciones adyacentes denuncia el estado de abandono y mantenimiento del parque infantil de la zona baja de Capellanía y zonas verdes colindantes, mostrando reportaje fotográfico que se adjunta. RUEGO Se realice por los servicios correspondientes al arreglo y acondicionamiento del mismo, desbroce y mantenimiento posterior. Fdo.” El Sr. Villazón Aramendi, como Concejal Delegado de Parques y Jardines, contesta que se ha dado orden a la brigada para que pasen a arreglarlo. 18º.- Ruego del Grupo Partido Popular, sobre actuación en aparcamientos del Centro de Salud de Torrequebrada e instalación de papeleras.- Formulada por el Sr. Moya Barrionuevo, que dice: “ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: En el Centro de Salud de Torrequebrada en las zonas verdes del aparcamiento en el exterior del centro y alrededores presentan un

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mantenimiento deficiente y con vegetación seca y crecida que pueden suponer un peligro y mala imagen de la zona. RUEGO Se actúe en esta zona por los servicios que correspondan para evitar problemas de posibles incendios y se realice adecentamiento de la misma y mantenimiento que corresponda. Se adjuntan fotos de la misma. También se deben poner algunas papeleras que no hay en una longitud de 2 kms. Fdo.” El Sr. Villazón Aramendi, Concejal Delegado de Recogida de Residuos Sólidos, referente al informe del Técnico, contesta que el mayor de los problemas se trata de la dejadez de los taludes que son propiedad privada, en cuanto al Centro de Salud se pasarán más a menudo. El Sr. Rodríguez Fernández, como Concejal Delegado de Servicios Operativos, atendiéndola en cuanto se presente un acta o firmas de vecinos que lo solicitan. 19º.- Ruego del Grupo Partido Popular, referente a estado del carril bici en la zona de Avda. Mare Nostrum.- El Sr. Moya Barrionuevo defiende el siguiente: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Vecinos de esta zona en Avda. Mare Nostrum nos han hecho llegar quejas sobre el estado en que se encuentra el carril Bici a su paso por esta avenida del municipio y nos adjuntan reportaje fotográfico de la misma. RUEGO Se realice por los servicios correspondientes el arreglo y acondicionamiento del mismo, desbroce y mantenimiento posterior. Fdo.” Contesta el Sr. Rodríguez Fernández que se arreglará en cuanto se pueda. 20º.- Pregunta y ruego del Grupo Partido Popular, sobre la empresa concesionaria de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Benalmádena.-

Explicando el Sr. Moya Barrionuevo que la presentó antes de que se desconvocada la huelga, y expresando su alegría por la desconvocatoria, y por tanto no va a dar lectura a la misma, espero que no vuelva otra vez a la misma situación, tenía conocimiento de que hay un desfase, pregunta que si el Pliego que se está haciendo será nuevo, o una modificación.

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El Sr. Villazón Aramendi, Concejal Delegado de Medio Ambiente, explica que la única solución es hacer uno nuevo incluyendo las zonas que no estaban integradas, existiendo dos pliegos distintos y pudiendo entonces dar trabajo a estas personas. 21º.- Ruego del Grupo Partido Popular, sobre arreglo de la fuente del bulevar Antonio Andrade.- Dada lectura por la Sra. Cifrián Guerrero, al siguiente: “Exposición de motivos: Vecinos y usuarios del bulevar Antonio Andrade nos solicitan el arreglo de la fuente existente en el mismo. Ruego Que den las órdenes oportunas para poner en funcionamiento dicha fuente que tantas alegrías daba a los usuarios de este entorno. Fdo.”. El Sr. Fernández Rodríguez, Delegado de Servicios Operativos, expresa que se va a pedir un informe para ver el coste de su funcionamiento. 22º.- Ruego del Grupo Partido Popular, referente a eliminar un ceda el paso en Avda. del Chorrillo y Juan Luis Peralta La Sra. Cifrián Guerrero, da lectura al siguiente: “ Exposición de motivos: Vecinos de Benalmádena Pueblo nos informan del problema que a diario se genera en la confluencia entre la avenida del Chorrillo y Juan Luis Peralte ante la presencia de dos ceda al paso en ambas avenidas casi en el mismo emplazamiento. Por todo ello, Ruego Que den las órdenes oportunas para poder quitar uno de ellos y evitar las situaciones que se dan en la misma a fin de evitar algún accidente. Fdo.”. Atendida por el Sr. Ramundo Castellucci aceptando el ruego y se enviará a los Servicios Operativos. 23º.- Ruego del Grupo Partido Popular, sobre delimitar la zona de comercio y tránsito de peatones en Avda. Antonio Machado.- Dada lectura por la Sra. Cifrián Guerrero, que dice: “Exposición de motivos: Vecinos de Benalmádena Costa nos manifiestan numerosas protestas ante la ocupación de gran parte de los comercios situados al margen norte de la avenida de Antonio Machado porque, como señalan, ocupan más espacio del debido y obstaculizan el tránsito peatonal. Por todo ello, presentamos el siguiente Ruego. Que se señalice de la misma forma que se ha hecho en la avenida de la Constitución el espacio delimitado para los comercios y el tránsito de los peatones para que estos últimos puedan andar y pasear sin problema alguno por la misma. Fdo.” Atendida por el Sr. Jiménez López, Delegado de Comercio, se procederá a regularizar la acera.

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24º.- Ruego del Grupo Partido Popular, sobre limpieza del pasaje contiguo a la Iglesia Inmaculada Concepción.- La Sra. Macías Guerrero, da lectura al siguiente: “Exposición de motivos: Vecinos y Comerciantes de la zona de la Plaza de la Iglesia Inmaculada Concepción nos trasladan sus quejas por el mal estado en el que se encuentra el pasaje que hay paralelo a la Iglesia. Como ya sabemos dicho pasaje tiene mucho tránsito, por lo que Ruego Que den las órdenes oportunas a la mayor brevedad a la delegación competente para que baldeen dicho pasaje para mantenerlo en condiciones aceptables y por el bienestar de los vecinos. Fdo.” El Sr. Rodríguez Fernández, Delegado de Servicios Operativos, informando que ya se hizo y se mantendrá más regularmente. 25º.- Ruegos y preguntas.- 25º.1º.- Pregunta in voce de la Sra. Cifrián Guerrero, del Grupo Partido Popular, referente a la Sentencia del Impuesto de Plus Valía.-

Referente a la Sentencia del Impuesto de Plusvalía, y aprovechando la presencia del Sr. Interventor , la Sra. Cifrián Guerrero pregunta que cuando los usuarios paguen esa plusvalía las alegaciones que se presenten cuando se demuestra que no ha habido un beneficio ¿qué ocurre con eso?

Informándole debidamente sobre la marcha el Sr. Interventor destacando que, incide en que no existen autoliquidaciones, serían recursos contra las liquidaciones, demostrar que no se ha producido un incremento del valor es difícil, en principio sería presentar un recurso aportando las pruebas oportunas. Hay casos concretos claros cuando se compra a una administración. Se estará pendiente a los criterios de la nueva Ley que tiene que buscar un equilibrio entre la administración y el ciudadano. 25º.2º.- Ruego in voce de la Sra. Cifrián Guerrero, del Grupo Partido Popular referente a instalación de toldos.-

Referente a que se contrate un equipo asesor para la instalación de toldos que comentaba el Sr. Ramundo Castellucci, ruego que se equipare con la Ordenanza de Vía Pública que está en trámite. 25º.3º.- Alegación in voce de la Sra. Cifrián Guerrero sobre Moción presentada por el Sr. García Moreno modificación Ordenanza Residuos Sólidos Urbanos.-

La Sra. Cifrián Guerrero le sorprende que el Sr. García Moreno presente una Moción en el Pleno, para que sus propios compañeros lleven unos cambios en unos

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colegios, considera que lo tenían que haber hablado en sus reuniones de grupo, ya que son parte del equipo de gobierno, sobre todo por agilidad. Contesta el Sr. García Moreno que quiere transmitir una división en el equipo de gobierno, lo que presentan es un problema que implica una modificación de la ordenanza y para eso hace falta de la mayoría de este pleno, denunciando que la postura del Partido Popular es la de ponerse de perfil. 25º.4º.- Ruego in voce del Sr. Olea Zurita, del Grupo Partido Popular sobre vertidos detrás de la Oficina de Turismo de Benalmádena Costa y queja de vecinos del Edificio Mar del Sur.-

El Sr. Olea Zurita ruega que se solventen los vertidos de aguas fecales que se están produciendo detrás de la Oficina de Turismo y además quejas de vecinos que solicitan que en el cauce del Saltillo, a la altura del Edificio Mar del Sur, se desbroce y desratice y así como responderle a los escritos que han presentado. Contesta sobre la marcha la Sra. Laddaga Di Vicenzi, que por parte de la Junta de Andalucía se ha procedido al desbroce, y se han producido actuaciones sobre los mosquitos y desratización. 25º.5º.- Preguntas in voce de la Sra. Macías Guerrero, del Partido Popular queja de comerciantes de locales en Playa Santa Ana.-

La Sra. Macías Guerrero explicando el tema pregunta ¿Cómo ha quedado la situación de la zona de la playa de Santa Ana donde los comerciantes habían comprado mesas, sillas y sombrillas, y luego han tenido que retirarlas? , después de haber hecho una importante inversión. Contestada a continuación por el Sr. Jiménez López, indica que se dijo que se iba a realizar una prueba el fin de semana, con vistas a reducir la venta ambulante ilegal, además que al ser zona marítima terrestre requiere de permisos oportunos, avisado por la Concejala Delegada de Playas, puesto que podía afectar a las banderas azules, hubo que retirarlo. El Alcalde Presidente solicita un criterio común para todo el municipio, pedir que en algunos espacios se quiten mesas y en otros que se pongan. Puntualiza la Sra. Cortés Gallardo, en el sentido de que en su día el Ayuntamiento tuvo la concesión del Paseo Marítimo y se ha solicitado. En cuanto la tengamos podremos dar autorizaciones. Actualmente instalar esas mesas se entendería como ocupación ilegal y puede afectar a la obtención de banderas azules. 25º.6º.- Ruego in voce de la Sra. Macías Guerrero, Portavoz del Partido Popular sobre apoyo Miss Benalmádena por parte de la Corporación municipal.-

La Sra. Macías Guerrero, referente a que el sábado se celebró un Certamen de Miss Mundo en Vélez (Málaga), saludó a Miss Benalmádena que le expuso quejas por el poco apoyo recibido por el consistorio y no sentirse respaldada. Se realizó una rueda de prensa con el Concejal Jiménez López y Olmedo Rodríguez, pero no se le había tenido en cuenta. Rogando que se apoye a personas que como ella promocionan el municipio de Benalmádena en un certamen.

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El Sr. Jiménez López manifiesta que atendió a los dos aspirantes y se le hizo entrega de unos detalles en una recepción dando lugar a una noticia en prensa. Puntualizando el Sr. Alcalde que la recibió un Teniente Alcalde que está suficientemente capacitado para representarnos, que tuvo a la prensa por parte del Ayuntamiento de Benalmádena y que personalmente defiende la igualdad en todos los ámbitos. 25º.7º.- Ruego in voce de la Sra. García Gálvez, del Partido Popular, sobre desperfectos en Urbanización Bellavista.-

La Sra. García Gálvez, expone nuevamente un ruego al Sr. Villazón, referente a un escrito del mes de junio de los vecinos de la Urbanización Bellavista, por la caída de un árbol dando lugar a la rotura de una valla de la Comunidad, que no se ha arreglado, unos árboles cuyas raíces están perjudicando los filtros de la piscina comunitaria y la zona de jardinería que está descuidada, para que tengan en cuenta que hay que repararlo.

El Sr. Villazón Aramendi en el sentido de que revisará en qué punto se encuentra. 25º.8º.- Alegación de la Sra. García Gálvez al Sr. García Moreno del Grupo CSSPTT sobre comentario vertido hacia el Partido Popular.-

La Sra. García Gálvez, dirigiéndose al Sr. García Moreno del Grupo CSSPTT que de perfil se pone más de uno. 25º.9º.- Ruego in voce del Sr. González García, del Grupo Partido Popular , sobre ubicación de Starlite en Benalmádena.

El Sr. González García, referente a la reciente noticia que circula del abandono de Starlite en Marbella y aprovechando que los promotores buscan una nueva ubicación, ruega al Sr. Alcalde que ofrezca la posibilidad de espacio único como es la cantera de Benalmádena, a pie de la A-7, a pocos minutos del aeropuerto, que negocie para su instalación, es un festival que genera unos ochocientos empleos, beneficioso para el turismo, y para la imagen del municipio. Contesta el Sr. Alcalde sobre la marcha que el Alcalde de Marbella ha hecho todo lo posible, ha instado a la Junta de Andalucía en cuanto a que se regule la posibilidad de ampliar los horarios, en cuanto a los espectáculos públicos se refiere. La realidad es que no se permite más allá de las 02:00 de la madrugada, y permitiendo a través de determinados permisos puntuales se pueda ampliar el horario. El problema es que ellos no quieren cerrar hasta las 06:00 horas de la madrugada. Lo estudiaron con el grupo de gobierno de traerlo al auditorio de Benalmádena pero con dicho horario no es factible, y sobre la cantera, actualmente no se puede utilizar, están haciendo lo imposible para que los derechos mineros desaparezcan, pero no es de hoy para

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mañana. El proyecto de Starlite sería posible cumpliendo las normas. Le consta que la Junta de Andalucía está trabajando en la ampliación de horarios de espectáculos públicos, mientras tanto no existe otra posibilidad.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las doce hora y cuarenta y cinco minutos, se da por finalizada la sesión, levantándola el Sr. Presidente y extendiéndose la presente acta, de la que doy fe.

Benalmádena, 12 de septiembre de 2017 LA SECRETARIA ACCIDENTAL

Fdo. Dª R. C. G. A.