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COBIERNODELACIUDADDEBUENOSAIRES 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Resolución Presidencia Junta Comuna Número: RS-2016-25943092- -COMUNA9 Buenos Aires, Jueves 24 de Noviembre de 2016 Referencia: Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la Licitación Privada, Obra Publica Menor PLAZOLETAS EN AV.BRUIX" Y autorizase el pertinente llamado a Licitación Privada. VISTO: El EE 2016-24737809-MGEYA-COMUNA 9, La ley 13.064; el Decreto 481.GCBA-2011 y su modificatorio Decreto N " 203-GCBA-2016, Y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el visto, tramita la realización de la Licitación Privada N° 82/2016 De Obra Pública Menor N°9499//2016 denominada" PLAZOLETAS EN AV.BRUIX". Que en tal sentido, en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas, la Junta Comunal de la Comuna 9, efectuó, mediante reunión ordinaria del día 14 de Noviembre de 2016, laaprobación, entre otras obras, de la obra en cuestión, según lo detallado en el Libro de Actas N 3 con el Registro de Rubrica Na 128/16 foliado a fs.29 a fs.32; Que habiéndose efectuada la reunión de la Junta Comunal se instruye al Presidente la afectación de partida presupuestaria y éste en uso de las facultades conferidas por el Art. 26 de la Ley 1777; impulsa la contratación de la Obra en cuestión, mediante el proceso de selección de Licitación Privada de Obra Menor, regulada por la ley y los decretos antedichos; Que en la misma tesitura expuesta en el considerando que antecede, el presupuesto Oficial para la ejecución de la Obra en cuestión se ha establecido la suma PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRES CON 08/100. ($3.841.603,08); Que el plazo de ejecución de la Obra es de ciento veinte (120) días corridos, contados a partir del perfeccionamiento del contrato; Que se ha procedido a registrar en el Sistema Integral de Gestión Administrativa y Financiera SIGAF, la correspondiente previsión presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, en consecuencia, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la contratación y el llamado a Licitación Privada de Obras Públicas Menores e invitar a cotizar a las firmas GRAFT ESTUDIO S.R.L CUIT 3070850690-3, ASHOKA CONSTRUCCIONES S.A CUIT 30-71040191-4, VIVERO CUCULO S.R.L 30-65027365-2, ESTRUCTURAS HESSE S.R.L CUIT 30-71417174-3, DESTINA S.R.L CUIT: 30-71437477-6, LIMANT

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COBIERNODELACIUDADDEBUENOSAIRES 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Resolución Presidencia Junta Comuna

Número: RS-2016-25943092- -COMUNA9 Buenos Aires, Jueves 24 de Noviembre de 2016

Referencia: Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la Licitación Privada, Obra Publica Menor PLAZOLETAS EN AV.BRUIX" Y autorizase el pertinente llamado a Licitación Privada.

VISTO:

El EE 2016-24737809-MGEYA-COMUNA 9, La ley 13.064; el Decreto 481.GCBA-2011 y su modificatorio Decreto N " 203-GCBA-2016, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el visto, tramita la realización de la Licitación Privada N° 82/2016 De Obra Pública Menor N°9499//2016 denominada" PLAZOLETAS EN AV.BRUIX".

Que en tal sentido, en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas, la Junta Comunal de la Comuna 9, efectuó, mediante reunión ordinaria del día 14 de Noviembre de 2016, laaprobación, entre otras obras, de la obra en cuestión, según lo detallado en el Libro de Actas N 3 con el Registro de Rubrica Na 128/16 foliado a fs.29 a fs.32;

Que habiéndose efectuada la reunión de la Junta Comunal se instruye al Presidente la afectación de partida presupuestaria y éste en uso de las facultades conferidas por el Art. 26 de la Ley 1777; impulsa la contratación de la Obra en cuestión, mediante el proceso de selección de Licitación Privada de Obra Menor, regulada por la ley y los decretos antedichos;

Que en la misma tesitura expuesta en el considerando que antecede, el presupuesto Oficial para la ejecución de la Obra en cuestión se ha establecido la suma PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRES CON 08/100. ($3.841.603,08);

Que el plazo de ejecución de la Obra es de ciento veinte (120) días corridos, contados a partir del perfeccionamiento del contrato;

Que se ha procedido a registrar en el Sistema Integral de Gestión Administrativa y Financiera SIGAF, la correspondiente previsión presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán la contratación y el llamado a Licitación Privada de Obras Públicas Menores e invitar a cotizar a las firmas GRAFT ESTUDIO S.R.L CUIT 3070850690-3, ASHOKA CONSTRUCCIONES S.A CUIT 30-71040191-4, VIVERO CUCULO S.R.L 30-65027365-2, ESTRUCTURAS HESSE S.R.L CUIT 30-71417174-3, DESTINA S.R.L CUIT: 30-71437477-6, LIMANT

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S.R.L 30-71046175-5;

Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 10 de la Ley N° 13064, Decreto N° 481/11y decreto reglamentario N°203/16, la presente Licitación Privada deberá anunciarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires yen el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en uso de las facultades conferidas por la Ley 1777

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 9

RESUELVE:

Articulo 1°. Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-25932197- COMUNA9) —y de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2016-25932197- COMUNA9, IF.2016-25845917-COMUNA9, 1F-2016-25843869-COMUNA9, IF-2016-25844358-COMUNA9, IF-2016-25845035-COMUNA9, 1F-2016-25845035-COMUNA9, IF-2016-25844191-COMUNA9, 1F-2016-25844661-COMUNA9, IF-2016-25844661- COMUNA9 ), para la Licitación Privada para Obras Públicas Menores denominada "PLAZOLETAS EN AV.BRUIX".

Artículo 2°._ Autorizase, a realizar el pertinente llamado a Licitación Privada según las fechas previstas en el ANEXO I (IF-2016-25941107- -COMUNA9), bajo el régimen de la ley 13.064 Decretos N° 481-GCBA-2011 y su modificatorio Decreto N° 203-GCBA-2016, conforme , documentación que se aprueba por el Artículo 1° de la presente Resolución, cuyo presupuesto oficial es la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRES CON 08/100. ($3.841.603,08).

Artículo 3°._ Establécese que la Comuna 9 a través de esta Presidencia, procederá a emitir las Circulares Aclaratorias Con o Sin Consulta, responder a las mismas sobre la documentación aprobada por el Articulo 1° de la presente Resolución,; dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación; adjudicar la misma y suscribir el Contrato, como así también dictar los actos administrativos inherentes a la ejecución contractual de la obra y la Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos, asimismo la Comisión Evaluadora de Ofertas estará encargada del estudio y análisis de las ofertas.

Artículo 4°._ Que se ha procedido a registrar en el Sistema Integral de Gestión Administrativa y Financiera S1GAF, la correspondiente previsión presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión;.-

Artículo 5°. Curse las invitaciones, en virtud del Decreto 481/11 y el Decreto reglamentario 203/16 a cotizar a las firmas: GRAFT ESTUDIO S.R.L CUIT 30-70850690-3, ASHOKA CONSTRUCCIONES S.A CUIT 30-71040191-4, VIVERO CUCULO S.R.L 30-65027365-2, ESTRUCTURAS HESSE S.R.L CUIT 30-71417174-3, DESTINA S.R.L CUIT: 30-71437477-6, LIMANT S.R.L 30-71046175-5.

Artículo 6°._ Regístrese, publíquese en la página web de la ciudad de Buenos Aires Compras y Contrataciones, en la página Web del Boletín Oficial yen la cartelera de la sede de la Comuna 9, sita en /a calle Timoteo Gordillo 2212 ,por el término de un (1) día; y agréguese al Expediente EE N° 24737809-MGEYA-COMUNA 9. Cumplido, Archívese.

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glanergernie:

Palacios Analia Beatriz Presidente Junta Comunal JUNTA COMUNAL 9

DigItally signad by Comunicaciones Oficiales DN: cneCornunicaciones Oficiales Date: 2016.11.2414:57:02 -03•00'

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ç. a.59k 001-

ANEXO I

CRONOGRAMA

PRESIDENCIA DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA 9

Timoteo Gordillo 2212 C.A. B.A.

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 24737809/C0MUNA9/2016

Objeto: Licitación Privada N°82/2016, Obra Publica Menor N°9499/2016; "PLAZOLETAS EN AV. BRUIX".

Sistema de Contratación: Unidad de Medida.-

Presupuesto Oficial: PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRES CON 08/100. ($3.841.603,08).

Plazo de Mantenimiento de la Oferta: Treinta (30) días corridos.

Plazo Ejecución: Ciento veinte días corridos (120).

Adquisición de Pliegos: En la Presidencia de la Junta Comunal de la Comuna 9, sita en la calle Timoteo Gordillo 2212, Jueves 01 de Diciembre de 2016, en el horario de 10:003 15:00 hs.

Visita de Obra: La visita de obra se realizará el día 01 de Diciembre de 2016 a las 16:00 hs, en la Av. Juan Bautista Alberdi al 4902 y Av. Bruix.

Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de os Pliegos de Bases y Condiciones, se realizaran por e-mail a CONSULTASDEPLIEGOSaHOTMAILCOM, el día viernes 02 y 05 de Diciembre de 2016 de 10:00 a 15:00 hs.

SE DEJA CONSTANCIA QUE EL SITIO WEB DEL GCBA Y LA PAGINA DEL BOLETIN OFICIAL DEL GCBA, DEBERA SER CONSULTADA PERIÓDICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES.-

Recepción de las Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Presidencia de la Junta Comunal de la Comuna 9, sita en Timoteo Gordillo 2212 C.A.B.A, el día 07 de Diciembre de 2016 de 10:00 a 15:00 hs.-

Fecha de Apertura: 07 de Diciembre de 2016 a las 16:00 hs..-

Lugar de Apertura: Presidencia de la Junta Comunal 9, Timoteo Gordillo 2212

Valor del Pliego: SIN VALOR COMERCIAL

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

OBRA: "PLAZOLETAS EN AV. BRUIX"

OBRA PUBLICA

LICITACION PRIVADA

1 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de/a República Argentina"

COMUNA 9

INDICE SISTEMATICO

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

2 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

página 2 de 42

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Gobierno de/a Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

1.1.1 Objeto y aplicación del pliego

1.1.2 Terminología

2 1.1 Disposiciones generales

1.1.3 Normativa aplicable

1.1.4 Documentación de la licitación

1.1.5 Consultas y aclaraciones

1.2 Sobre los oferentes

1.2.1 Capacidad legal

1.2.2 Capacidad de contratación

1.2.3 Domicilio

1.2.4 Uniones Transitorias de Empresas

1.3 Ofertas

1.3.1 Informes que suministra el Gobierno

1.3.2 Conformidad con la documentación

1.3.3 Informes que deben obtener los oferentes

1.3.4 Forma de presentación de las ofertas

1.3.5 Documentación que integrará la oferta

1.3.6 Garantía de oferta

1.3.7 Mantenimiento de las ofertas

1.3.8 Apertura de Ofertas

1.3.9 Feriado en fecha de apertura

3 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA?

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COMUNA 9

1.3.10 Devolución de la garantía de oferta

1.4 Adjudicación de la obra

1.4.1 Ampliación de informes

1.4.2 Pre adjudicación

1.4.3 Adjudicación

1.4.4 Garantía de adjudicación

1.4.5 Falta de veracidad

1.5 Contrato y contrata

1.5.1 Firma de la contrata

1.5.2 Sellado de la contrata

1.5.3 Documentos integrantes del contrato

1.5.4 Documentos incorporados

1.5.5 Cambio de domicilio del Contratista

1.5.6 Transferencia del contrato

1.6 Organización de la obra

1.6.1 Orden de comienzo

1.6.2 Presentación de cómputos y presupuestos

1.6.3 Observaciones al plan de trabajo

1.6.4 Plan de trabajo definitivo

1.6.5 Replanteo

1.6.6 Errores de replanteo

1.6.7 Documentación

4 PMEG-2016-25817958- -COMUNA9

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Gobierno de/a Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario deja Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

1.6.8 Planos adicionales

1.6.9 Planos de obra

1.6.10 Planos de obrador

1.6.11 Cerramiento:

1.6.12 Vigilancia

1.6.13 Alumbrado y luces de peligro

1.6.14 Construcciones provisionales

1.6.15 Oficina para la Inspección

1.6.16 Daños a terceros

1.6.17 Medianerías

1.6.18 Infracciones

1.6.19 Cartel de Obra

1.6.20 Limpieza de obra

1.6.21 Prórrogas de plazo de obra

1.6.22 Representante en obra

1.6.23 Inspección

1.6.24 Ordenes de Servicio y observaciones de la Inspección

1.6.25 Observaciones del Contratista

1.6.26 Cumplimiento de Ordenes de Servicio

1.6.27 Errores en la documentación técnica

1.6.28 Discrepancias entre distintas partes del contrato

1.6.29 Terminación de los trabajos:

5 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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COMUNA 9

1.7 Personal

1.7.1 Salarios

1.7.2 trabajos en horas extras

1.7.3 Competencia

1.8 Materiales y trabajos

1.8.1 Calidad de los materiales y trabajos

1.8.2 Corrección de trabajos defectuosos

1.8.3 Vicios ocultos

1.8.4 Falta de Comprobación de Falla o Fraude

1.8.5 Existencia de materiales

1.9 Relaciones

1.9.1 Subcontratista

1.9.2 Responsabilidad

1.9.3 Otros contratistas

1.10 Desarrollo de la obra

1.10.1 Plazo

1.10.2 Mora

1.10.3 Ritmo de inversión

1.10.4 Incumplimiento de Órdenes de Servicio

1.10.5 Calidad del equipo:

1.10.6 Contralor de trabajos

1.11 Sanciones

6 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de M República Argentina"

COMUNA 9

1.11.1 Hechos que pueden originar sanciones:

1.11.2 Clases de sanciones:

1.11.3 Cargos:

1.11.4 Multas

1.11.5 Sanciones disciplinarias:

1,11.6 Aplicación de las sanciones:

1.11.7 Reconsideración

1.11.8 Percepción de cargos y multas

1.12 Certificación, pagos y garantías

1.12.1 Certificados

1.12.2 Retenciones sobre los certificados

1.12.3 Sustitución del fondo de reparos:

1.12.4 Intereses

1.12.5 Actualización del fondo de reparos

1.12.6 Pago de los certificados

1.12.7 Suspensión de la Obra

1.13 Modificaciones de obra y fijación de precios nuevos

1.13.1 Modificaciones de obra

1.13.2 Precios nuevos

1.13.3 Reajuste de garantía

1.13.4 Opciones del Gobierno

1.14 Resolución del contrato

7 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

página 7 de 42

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "20I6. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

1.14.1 Culpa del Contratista

1.14.2 Culpa del Gobierno

1.14.3 Consecuencias

1.14.4 Toma de posesión de la obra

1.14.5 Inventario

1.14.6 Avalúo

1.14.7 Liquidación de los trabajos

1.15 Aprobación y recepción de la obra

1.15.1 Aprobación de trabajos cubiertos

1.15.2 Recepción provisional

1.15.3 Plazo de garantía

1.15.4 Recepción Definitiva

1.15.5 Devolución del fondo de reparos

1.15.6 Recepciones parciales

1.16 Varios

1.16.1 Teléfono

1.16.2 Fotografías

1.16.3 Liberación de derechos y gravámenes

1.16.4 Trámites

1.16.5 Seguros

1.16.6 Respeto debido a la Inspección

1.16.7 Libros de contabilidad

8 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

página 8 de 42

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

1.16.8 Vehículo

1.16.9 Manejo de las instalaciones

1.17 Cláusula anticorrupción

1.18. Facultad del Contratante

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES

1.1 DISPOSICIONES GENERALES

1.1.1 Objeto y aplicación del pliego: Es objeto del presente pliego establecer en forma clara y precisa las obligaciones que contraen y los derechos que adquieren las partes de los procesos de selección del contratista

9 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

convocados por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires dentro del marco de la Ley Nacional de Obras Públicas.13.064, para la contratación de obras públicas superiores a $1.000.000. (Art. 3g del Dto. 481-2011)

1.1.2 Terminología: En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica, los siguientes términos:

Adjudicatario: El oferente al que se le ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor, hasta la firma de la contrata. al/ el/ por el Contratista: Salvo expresa indicación en contrario, significa al/ el/ por el Contratista y por su cuenta y cargo.

B. O: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Circular con consulta: Las contestaciones del Gobierno a los pedidos de aclaración que se indican en el primer párrafo de 1.1.5.

Circular sin consulta: Las aclaraciones de oficio que el Gobierno formulara de acuerdo con lo indicado en el segundo párrafo de 1.1.5.

Comitente: Persona jurídica del derecho público, que encarga la ejecución de la obra y figura designada como tal en el Pliego de Condiciones Particulares que integra la documentación de la licitación.

Consejo Asesor del Registro Nacional: Consejo Asesor del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

Contrata: El instrumento legal escrito que, firmado por un representante autorizado del Gobierno y por el adjudicatario, encabeza toda la documentación del contrato y donde se estipulan sus puntos fundamentales.

Contratista: El adjudicatario después que ha firmado la contrata y sus complementos. Contrato: Convenio que rige las relaciones entre el Gobierno y el Contratista y cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales que integran y complementan la contrata. Oíais: Salvo indicación en contrario, se entenderán por días hábiles. Día/s hábil/es: Los días en que funcionan las oficinas de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Día/s laborable/s: Todos los días excepto los domingos y medio día del sábado y los comprendidos dentro del régimen de feriados nacionales y

10 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016. Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia deja República Argentina"

COMUNA 9

días no laborables. Documentación: Todos los elementos del contrato detallados en 1.5.3 y 1.5.4.

Gobierno: por Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Inspección: Todo funcionario autorizado por el Gobierno para fiscalizar los trabajos en ejecución.

Oferente: La persona física o jurídica que presenta una propuesta en una licitación. Oferta: La propuesta presentada por el oferente en una licitación.

P.C.P.: Pliego de Condiciones Particulares.

Precio/ s básico/ s: Los vigentes al mes de la fecha de apertura de la licitación o de la fecha de cotización en el caso de cotizaciones directas. El Pliego de Condiciones Particulares indicará el origen de los precios o índices, utilizando prioritariamente fuentes oficiales de información.

Proveedor: Persona física o jurídica que vende al Contratista materiales a utilizar en la obra. Registro Nacional: Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

Representante Técnico: Profesional universitario o técnico con incumbencia acorde con las características de las obras, que representa al Contratista ante el Comitente a todos los efectos técnicos, actuando además como director de las obras.

Subcontratista: La persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos a su cargo. Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.

1.1.3 Normativa aplicable:

La Ley 13.064, "Ley Nacional de Obras Públicas" y sus modificatorios.

El Régimen de Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires dispuesto por la Ley Nº 2095 y sus normas reglamentarios.

11 PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9

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COMUNA 9

La Ley 2809 de Redeterminación de Precios y las normas que se dicten en su consecuencia.

La ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los Decretos Nros. 2186/2004 y Nº 481/2011 y sus modificatorios Decreto 203/2016.

Los Principios Generales del Derecho Administrativo.

Demás normas de aplicación supletoria, de naturaleza administrativa.

1.1.4 Documentación de la licitación: La documentación de la licitación está constituida por el juego completo de planos y planillas, el presente pliego, el P.C.P., el Pliego de Especificaciones Técnicas. La documentación de la licitación se suministrará en forma gratuita, salvo en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto del precio oficial. Para presentar propuestas es obligatorio haber obtenido la documentación de licitación, presentar una declaración jurada de su conocimiento, y someterse voluntariamente al régimen jurídico. El importe recibido por la venta de los pliegos no será devuelto a los adquirentes en ningún caso.

1.1.5 Consultas y aclaraciones: Los interesados podrán formular, por escrito, consultas relativas a la documentación; la aclaración correspondiente deberá ser remitida por el Organismo Convocante, a todos los interesados que hayan obtenido la documentación, dentro de los plazos que fije el P.C.P. En los pliegos de condiciones particulares se podrá indicar la posibilidad de remisión de consultas por medios telemáticos, las cuales se deberán dirigir a la casilla de correo que en cada caso se indique. El Gobierno, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio antes de la fecha de apertura de ofertas. Todas las aclaraciones que se remitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte de la documentación. Las notificaciones de las circulares aclaratorias con o sin consulta deben ser efectuadas por medios fehacientes de comunicación.

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1.2 Sobre los oferentes

1.2.1 Capacidad legal: Los oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

1.2.2 Capacidad de contratación: Para cada tipo de obra, que definirá el P.C.P., se deberá presentar el correspondiente Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitación, expedido por el Registro Nacional. El saldo de contratación anual deberá ser igual o superior al que fije el P.C.P. para la obra licitada. Los oferentes que sean originarios y/o tengan el asiento principal de sus negocios en otra jurisdicción, deberán adjuntar, además, Certificado de Capacidad Técnica Financiera, actualizado al momento de su presentación, expedido por el Registro de su jurisdicción. Asimismo deberán presentar declaración jurada de Obras en Ejecución o en proceso de adjudicación, actualizado y con detalle descriptivo de las obras que se encuentren ejecutando y/o en proceso de adjudicación, sus montos contractuales, plazos de ejecución y fechas de inicio y finalización de obra.

1.2.3 Domicilio: El oferente constituirá domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; si lo modificara antes de vencido el plazo de validez de su oferta, deberá comunicar el cambio de domicilio en forma inmediata y fehaciente al Gobierno. El nuevo domicilio también deberá estar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1.2.4 Uniones Transitorias de Empresas: En el caso en que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la convocatoria, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) por la Ley Nacional de Sociedades Comerciales, para su presentación a licitaciones. Una vez presentadas a la licitación, las Uniones Transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que las componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo, salvo que durante la ejecución del contrato lo autorice previamente el organismo

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comitente de la obra. El representante legal de las sociedades y de la UTE deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre. Las Empresas Asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2. La UTE deberá tener por estatuto una duración superior al tiempo que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.

1.3 Ofertas

1.3.1 Informes que suministra el Gobierno El Gobierno suministra únicamente los informes contenidos en la documentación. Cuando la documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán tan solo carácter ilustrativo. No comprometen al Gobierno y corresponde al oferente su verificación.

1.3.2 Conformidad con la documentación: La sola presentación de la oferta implica que el oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación.

1.3.3 Informes que deben obtener los oferentes: Además de estudiar exhaustivamente la documentación de la licitación, es obligación del oferente obtener en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y SU costo.

1.3.4 Forma de presentación de las ofertas: Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado y lacrado, sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al oferente, en el lugar, día y hora que se indique para cada caso particular, y llevará como únicas leyendas las siguientes:

Denominación de la obra a la cual corresponde la oferta.

Número de Licitación y Expediente.

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3. Día y hora fijados para la apertura.

El Gobierno dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora. Los sobres que llegaran al Gobierno pasada la hora de apertura, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos. Las ofertas deberán presentarse en original con copia, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los oferentes. Todas las firmas deberán ser originales. Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en el mismo formulario de propuesta, no admitiéndose ningún tipo de documento complementario que afecte el precio ofrecido, todo ello sin perjuicio del oferente de proponer variantes por separado, si el P.C.P. las admitiera y siempre que lo hiciera acompañando a la Oferta Básica que cumplirá con lo especificado. En caso de discrepancia entre ejemplares, prevalecerá sobre los demás el señalado como "ORIGINAL'.

1.3.5 Documentación que integrará la oferta. La documentación integrante de la oferta será presentada de acuerdo a lo dispuesto en el PCP y deberá contener como mínimo:

Garantía de la oferta según el numeral 1.3.6.

Certificado de capacidad de contratación Anual para licitación expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.

Declaración de constitución del domicilio especial del oferente en la Ciudad de Buenos Aires y su número de teléfono y/o fax.

Declaración Jurada de conocer los términos del pliego y sus circulares, acompañando un ejemplar completo del mismo y sus circulares, totalmente suscripto por el representante legal.

Declaración jurada con la nómina de las obras realizadas por el oferente y las que se hallen en ejecución y/ o en proceso de adjudicación, incluyendo información completa sobre plazos de iniciación y finalización de las mismas. Para las que se hallen en ejecución, deberá presentarse una certificación del comitente indicando estado de avance de las obras e informe sobre cumplimiento de plazos.

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Las sociedades cuya antigüedad sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las sociedades con una antigüedad inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial. Se indicará, asimismo, la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.

Certificación de equipos: De considerarlo necesario cada Repartición establecerá en el P.C.P. las necesidades mínimas requeridas en equipos.

Referencias bancarias y comerciales o nómina de los establecimientos que puedan proporcionarlos.

Designación del Profesional responsable y conformidad del mismo.

Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la oferta.

Contrato Social y Estatutos. Compromiso de conformación transitoria de empresas, si correspondiera, de conformidad a lo requerido por la Ley de Sociedades. Nómina de autoridades vigentes, debidamente inscriptas en la Inspección General de justicia y poderes de representación vigentes, certificados por escribano público. El Acta de Asamblea en que se han designado autoridades y el Acta de Directorio en que se han distribuido los cargos, todo ello con relación a las actuales autoridades.

Declaración de conocimiento del lugar y condiciones de la obra,

Declaración de mantenimiento de la oferta por el plazo estipulado en el P.C.P.

Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la jurisdicción de los juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Declaración jurada, manifestando que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley de Compras y

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Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 2095, Decreto Nº 754/GCBA/08).

Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos o la presentación de la constancia de solicitud de dicho certificado, exigiéndose su efectiva presentación al momento de la adjudicación de la oferta.

Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La propuesta económica conforme lo requiera el P.C.P.

El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. (Art. 9 Ley 2809)

Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias. (Art. 9 Ley 2809)

Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 50. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente. (Art. 9 Ley 2809)

Plan de trabajos, conforme lo requiera el P.C.P.

Curva de inversiones, conforme lo requiera el P.C.P.

Otros documentos que fueran exigidos en el Pliego de Condiciones Particulares. Para el caso de ofertas presentadas por empresas transitoriamente unidas o asociadas, deberá incluirse: 1. Copia debidamente autenticada por Escribano Público y Colegio de Escribanos del convenio o acuerdo solidario que los vincula transitoriamente 2. Los certificados de capacidad de contratación anual extendidos por el Registro, de todos y cada uno de los integrantes de las empresas transitoriamente unidas o asociadas. 3. Cumplimentar individual o colectivamente, según corresponda, cuanto se dispone en el presente artículo.

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25. Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1.3.6 Garantía de oferta El Oferente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del Comitente, constituida por el uno por ciento (1%) del importe del presupuesto oficial de la obra que se licite. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:

Certificado de depósito efectuado en el Banco de la Ciudad, a la orden del Gobierno.

Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del Art. 2.013 del Código Civil.

Póliza de Seguro de Caución, por medioide la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión previa del obligado.

Otras formas que se estipulen en el Pliego de Condiciones Particulares.

En ningún caso podrán aceptarse como forma de garantía pagarés, cheques, o letras de cambio. Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con las modalidades establecidas en los párrafos precedentes del presente numeral y que el garante declara conocer y aceptar. El oferente deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya asegurado. El Gobierno, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la resolución.

1.3.7 Mantenimiento de las ofertas: Las ofertas deberán mantenerse por el plazo que fije el P.C.P., con pena de pérdida en caso contrario del depósito de garantía constituido. Vencido ese plazo, los oferentes que lo deseen podrán retirar su oferta y su depósito, pero mientras no lo hicieren, queda entendido

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que han prolongado automáticamente el plazo de validez de su oferta durante el término fijado por el PCP para el mantenimiento de la misma. El aviso de caducidad de la oferta deberá ser hecho en todos los casos por el oferente en forma fehaciente y con un mínimo de quince (15) días de antelación.

1.3.8 Apertura de Ofertas: El acto de apertura de las ofertas, se trate de procedimientos de etapa única o de etapa Múltiple deberá reunir al menos las siguientes formalidades:

Las ofertas deberán se abiertas en la Repartición designada al efecto, en el día y hora fijados yen presencia de los interesados que concurran, debiéndose verificar:

1.1. Que estén reunidas las ofertas recibidas a tiempo.

1.2. El correcto estado de los lacres de los sobres exteriores.

1.3. Si contiene la garantía de oferta y todos los demás elementos agregados detallados en 1.3.5.

En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.

Posteriormente deberá labrarse un acta en la que se consignará día y hora, nombre del o de los oferentes, importe de cada garantía y certificado de capacidad de contratación, los montos de las cotizaciones y/o porcentajes de aumento o disminución de la oferta con respecto al presupuesto oficial.

Se invitará a todos los presentes a examinar la documentación, y si alguno formulara observaciones y pidiera su constancia en Acta, así se hará; en caso contrario se dejará asentado la ausencia de observaciones.

El acta será leída y suscripta por los funcionarios actbantes, por quienes hayan formulado observaciones, y por uno de los presentes que así lo desee. La documentación de los sobres quedarán en custodia del Gobierno.

1.3.9 Feriado en fecha de apertura: Salvo expresa habilitación de día y hora, si por cualquier circunstancia el día fijado para una apertura de propuestas resultara feriado, aquella se trasladará a la misma hora del primer día hábil posterior.

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1.3.10 Devolución de la garantía de oferta: Se le notificará fehacientemente a quienes no resulten adjudicatarios dentro de los tres (03) días de contratada la obra o después de vencido el plazo de validez de la oferta, y se les devolverá la garantía de oferta bajo recibo; en caso de no retirarla se procederá a su destrucción.-.

1.4 Adjudicación de la obra

1.4.1 Ampliación de informes: Abiertas las ofertas, el Gobierno procederá a su estudio y podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria que considere necesaria y que no implique una modificación de la Oferta. Asimismo, finalizado el análisis, el Gobierno exigirá de los oferentes la presentación del Certificado de Capacidad para Adjudicación debidamente actualizado. Se fijará un plazo adecuado para cumplimentar el pedido de informes complementarios y la exigencia del certificado actualizado y si no se cumpliera en término con cualquiera de dichos requisitos, se dará por retirada la oferta con pérdida de la garantía de oferta.

1.4.2 Pre adjudicación: La Comisión Evaluadora propiciará, de conformidad a las pautas establecidas en los pliegos de condiciones particulares, la adjudicación de la obra a uno de los oferentes debiendo labrar un Acta a tal efecto en la cual deberá dejarse constancia del orden de mérito alcanzado por todos los oferentes. La propuesta de la adjudicación deberá ser notificada a cada uno de los oferentes y publicada en la Cartelera del Organismo Licitante y podrá estar sujeta a impugnaciones, debiendo los impugnantes realizar un depósito de garantía acorde a lo normado en el Decreto 1013/GCBA/08, del presupuesto oficial, el que les será devuelto en caso de ser procedentes dichas impugnaciones. Los mismos serán depositados en una cuenta abierta en el Banco Ciudad a tal efecto y no devengaran interés alguno. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro de los tres (3) días a contar desde la notificación del Acta de Preadjudicación de los oferentes y suspenderán el procedimiento administrativo de selección del cocontratista de la Administración.

1.4.3 Adjudicación: Vencido el plazo para efectuar impugnaciones a la preadjudicación, la Autoridad competente efectuará la adjudicación, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires Art. 7, inc. d) del Decreto NQ 1510-GCBA-97 y Art. 10 inc. a) de la Ley N.9 1218, modificado

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por el art. 141 de la Ley NQ 2095 y notificará al oferente favorecido, por medio fehaciente y la publicará en el Boletín Oficial. La adjudicación también deberá ser notificada fehacientemente a los oferentes no favorecidos. La adjudicación compete exclusivamente al Gobierno que determinará cuál es la oferta más conveniente, tomando en cuenta el monto, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra. El Gobierno podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello de derecho a reclamo por parte de los oferentes. Se considerará especialmente para adjudicar la obra la equidad de cada uno de los precios unitarios del presupuesto y se podrá rechazar própuestas donde aparezcan recargados indebidamente los precios de trabajos iniciales. Si se diera el caso que, a juicio del Gobierno, dos o más ofertas estuvieran en igualdad de precios, se les invitará, para una nueva fecha, a una mejora de los mismos, con recaudos análogos a los de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación emitida con motivo del llamado y, si la misma situación se mantuviera, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados. Las bonificaciones por pronto pago que pudieran ser formuladas por los oferentes no serán consideradas a los efectos de la adjudicación.

1.4.4 Garantía de adjudicación: Dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectuar, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires un depósito integrando el cinco por ciento (5%) del importe total de la adjudicación. El depósito total constituye la "garantía de adjudicación". Si el adjudicatario no integrara en el plazo debido la garantía de adjudicación, el Gobierno podrá dejar sin efecto aquella en cuyo caso el oferente perderá la garantía de oferta. Es facultad del Gobierno proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de adjudicación. Esta garantía podrá constituirse asimismo en alguna de las formas previstas en 1.3.6.

1.4.5 Falta de veracidad: De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para los oferentes y/o adjudicatarios la pérdida de la garantía de oferta o adjudicación, según corresponda, y sin perjuicio de proceder al

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descarte de la oferta o rescisión de contrato en los términos de la Ley 13064, en su caso.

1.5 Contrato y contrata

1.5.1 Firma de la contrata: Dentro de los dos (02) días hábiles después de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, el Gobierno podrá anular la adjudicación en cuyo caso el adjudicatario perderá el total depositado. Anulada dicha adjudicación. el GCBA podrá adjudicar la obra al oferente que le siga en orden de mérito.

1.5.2 Sellado de la contrata: El Contratista deberá aplicar a la contrata el sellado de ley en la proporción que le corresponda. Será además a su cargo toda otra erogación que origine la firma del contrato y sus ampliaciones por trabajos adicionales y mayores costos, cuando así corresponda. 1.5.3 Documentos integrantes del contrato: Integrarán el contrato, la contrata y los siguientes documentos todos los cuales se firmarán en dos ejemplares, uno para cada una de las partes: toda la documentación de la licitación, las aclaraciones, la oferta, el plan de trabajo y el de inversiones, el detalle de los principales elementos de trabajo y la resolución de adjudicación. Firmarán esos documentos un funcionario autorizado en representación del Gobierno, el Contratista y el profesional responsable cuando haya correspondido su designación. El Gobierno entregará sin cargo al Contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla permanentemente en obra.

1.5.4 Documentos incorporados: Se consideran incorporados al contrato posteriormente y harán fe en caso de discrepancias los planos complementarios y de detalle que, durante la ejecución de la obra, se entreguen al Contratista y los que, confeccionados por éste, fueran aprobados por el Gobierno. las Ordenes de Servicio dadas por escrito por la inspección, la orden de comienzo y el acta de iniciación de los trabajos. Todos estos documentos se extenderán y firmarán en triplicado, entregándose dos al Contratista, uno de ellos para ser agregado a la documentación contractual a mantener en obra.

1.5.5 Cambio de domicilio del Contratista: En caso de modificarse el domicilio especial del Contratista durante la vigencia del contrato, aquél está

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obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente, al Gobierno su nuevo domicilio el que deberá estar siempre en la Ciudad de Buenos Aires.

1.5.6 Transferencia del contrato: El contrato no podrá ser transferido, total ni parcialmente, salvo previa conformidad debidamente formalizada del Gobierno, el que podrá denegarla sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue ningún tipo de derecho al contratista.

1.6 Organización de la obra

1.6.1 Orden de comienzo: Firmado el Contrato el Gobierno dará la orden de comienzo con una antelación mínima de cinco (5) días. Durante ese lapso el Contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares. Si a los diez (10) días de la fecha de comienzo fijada el Contratista no hubiera iniciado los trabajos, el Gobierno podrá resolver el contrato en cuyo caso el Contratista perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes'. Los pliegos de condiciones particulares podrán ampliar o reducir los plazos mencionados en el presente artículo conforme las características de las obras a construir.

1.6.2 Presentación de cómputos y presupuestos: Firmado el contrato, el Contratista deberá presentar al Gobierno el detalle de sus cómputos y presupuesto y los análisis de precios de aquellos ítems que el Gobierno considere necesario verificar. El presupuesto debe incluir todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten la construcción y el pago de medianerías cuando corresponda. Cuando la documentación de la licitación incluya lista de ítems, el cómputo y presupuesto del Contratista respetará su orden y designación, agregando a continuación los que estime necesarios como complementos.

1.6.3 Observaciones al plan de trabajo: El Gobierno formulará las observaciones que pueda merecerle el plan de trabajo y el Contratista ajustándose a ellas, rectificará la distribución de inversiones y plazos parciales sin alterar el importe y plazo totales.

1.6.4 Plan de trabajo definitivo: El plan de trabajo definitivo será el que resulte de ajustarlo a las observaciones del Gobierno y de corregir sus fechas de acuerdo con lo fijado en la orden de comienzo, numeral 1.6.1 Luego de

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aprobado definitivamente por el Gobierno, quedarán fijadas definitivamente todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar por ellos.

1.6.5 Replanteo: La Inspección hará entrega material de los puntos fijos de planimetría y nivel referidos en los planos para ubicar las obras. Partiendo de esos puntos el Contratista procederá a replantear los trabajos. Todos los elementos y personal necesarios para esta operación serán provistos por él.

1.6.6 Errores de replanteo: El Contratista es responsable del replanteo y cualquier trabajo mal ubicado por errores de aquél cualquiera sea su origen, y será corregido si es posible o, en caso contrario, demolido y reconstruido cuando se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del Contratista.

1.6.7 Documentación: Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra un ejemplar completo de la documentación, al que se irán agregando los complementos que correspondan.

1.6.8 Planos adicionales: De todos los planos que integran la contrata y sus complementos el Gobierno entregará sin cargo a! Contratista dos ejemplares para su uso en la obra. Si necesitara más deberá adquirirlos al precio que fije el Gobierno.

1.6.9 Planos de obra: El Contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará al Gobierno dos copias para su aprobación; una vez aprobado un plano, sacará las copias que necesite para su uso y entregará al Gobierno el original en papel transparente.

1.6.10 Planos de obrador: Antes de iniciar los trabajos el Contratista someterá a la aprobación del Gobierno su proyecto de obrador y ajustará sus instalaciones a las observaciones que hiciera aquel.

1.6.11 Cerramiento: Excepto en el caso de obras en la vía pública, en que ello no corresponda, es obligación del Contratista efectuar el cerramiento de los lugares de trabajo ajustándose a las disposiciones legales vigentes. El cerco es y queda de propiedad del Contratista, quien lo retirará cuando lo disponga la Inspección y siempre antes de la Recepción Definitiva de los trabajos. La Inspección podrá disponer que el cerco quede colocado después de la

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Recepción Definitiva, en cuyo caso su conservación quedará a cargo del Gobierno hasta que se de al Contratista orden de retirarlo.

1.6.12 Vigilancia: Es obligación del Contratista mantener vigilancia diurna y nocturna en todos los lugares de entrada a la obra y establecer un servicio móvil de serenos para asegurar una vigilancia apropiada.

1.6.13 Alumbrado y luces de peligro: El Contratista instalará en todo el recinto de la obra alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de corriente o de combustible de toda esta instalación.

1.6.14 Construcciones provisionales: Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisionales para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios serán instalados, mantenidos en perfecto estado de limpieza y conservación y, a la terminación de la obra, demolidos y retirados por el Contratista.

1.6.15 Oficina para la Inspección: El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de obra, los locales para oficinas de la Inspección, con las características y moblaje indicados en el P.C.P. Estas instalaciones serán retiradas cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de las obras y todos los elementos de ellas son y quedan de propiedad del Contratista. Es a cargo del Contratista la limpieza permanente y conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisional. Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción Provisional, su conservación, limpieza, suministro de corriente eléctrica y servicio telefónico quedarán a cargo del Gobierno hasta que el Contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.

1.6.16 Daños a terceros • El Contratista tomará las precauciones aconsejables o las que indique la Inspección para evitar daños a personas o cosas, y, si ellos se produjeran será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley Nacional de Obras Públicas. El contratista deberá tomar una póliza de seguros a satisfacción del Comitente.

1.6.17 Medianerías: Cuando el proyecto prevea adosar construcciones nuevas a propiedades vecinas existentes, el Contratista deberá preparar los

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planos y convenios de medianería y, previa su aprobación por el Gobierno, pagar las sumas convenidas. Dos ejemplares del contrato de medianería debidamente firmados y sellados se entregarán, uno al Gobierno y otro al lindero. Se debe dar cumplimiento a la Ley Nº 1747.

1.6.18 Infracciones: El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad competente, vigentes en el lugar de las obras y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal.

1.6.19 Cartel de Obra: No se podrá colocar en la obra ningún letrero sin la previa conformidad del Gobierno, el que decidirá sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.

1.6.20 Limpieza de obra: Es obligación del Contratista mantener en la obra y el obrador una limpieza adecuada a juicio del Gobierno y mantener el obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la obra y los terrenos antes ocupados por el obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de residuos ni equipos de su propiedad.

1.6.21 Prórrogas de plazo de obra: A pedido del Contratista el Gobierno podrá acordar prórrogas de plazo cuando se presenten algunas de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales que lo justifiquen; 2º) demora por el Gobierno en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal desarrollo de las obras; 3º) casos fortuitos o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la Ley Nacional de Obras Públicas; 42) falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan de causas originadas por el Contratista; 50) demoras ocasionadas por otros Contratistas; 6º) conflictos gremiales de carácter general; 70) por siniestro. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (05) días hábiles de producido el hecho en que se funden. Los pedidos presentados, vencido ese plazo, no serán considerados. Dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de otorgada una prórroga se ajustará el plan de obra y el de inversiones al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho de origen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación del Gobierno. La actualización del plan de obras y del de inversiones se hará siempre con los precios básicos del contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no

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darán lugar al reconocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total dispuesta por el Gobierno por motivos no imputables al Contratista.

1.6.22 Representante en obra: El Contratista mantendrá permanentemente en obra como representante un profesional o técnico con incumbencia de la categoría que se indique en el Pliego de Condiciones Particulares facultado por él para representarlo y previamente aceptado por el Gobierno. En ausencia del Contratista o del profesional responsable, el representante en obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de Ordenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del representante en obra obliga al Contratista ante el Gobierno.

1.6.23 Inspección: La Inspección de obra estará a cargo de los funcionarios que designe el Gobierno; éste comunicará al Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección.

1.6.24 Ordenes de Servicio y observaciones de la Inspección: Todas las órdenes de la Inspección, y también las observaciones, cuando su importancia lo justifique, serán dadas por escrito en un libro de hojas numeradas por triplicado provisto por el Contratista. Una copia se entregará al Contratista. Toda Orden de Servicio no observada dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de extendida se da por aceptada y entra a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación en contrario.

1.6.25 Observaciones del Contratista: Análogamente, cuando el Contratista tenga algo que observar o una aclaración que pedir, podrá hacerlo en otro libro de hojas, numeradas, por triplicado, destinado a ese solo objeto y se procederá como se indica en el numeral 1.6.24.

1.6.26 Cumplimiento de Ordenes de Servicio: El Contratista está obligado a dar inmediato cumplimiento a las Ordenes de Servicio que reciba, excepto aquellas que observe de inmediato y con los debidos fundamentos. No se considerarán como observadas las Ordenes de Servicio cuando al hacerlo el Contratista no asentare los fundamentos de su observación. En cualquier caso,

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si la Inspección ratifica la orden observada, el Contratista debe cumplirla de inmediato, reservándose los derechos que le asistan por los gastos o perjuicio que estime producidos por la orden.

1.6.27 Errores en la documentación técnica: Si el Contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la Inspección para que sean corregidos si corresponde. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.

1.6.28 Discrepancias entre distintas partes del contrato: En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato, se procederá como sigue: a) si es evidente un error será corregido donde se encuentre; b) si no es aplicable ese procedimiento, los documentos primarán en el siguiente orden: 1. Pliego de Condiciones Generales y Circulares Aclaratorias de todo tipo. 2. Pliego de Condiciones Particulares y Circulares Aclaratorias de todo tipo. 3. Pliego de Especificaciones Técnicas Generales. 4. Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares 5. Planos Generales y planillas. 6. Planos de detalle 7. Oferta. 8. Contrata. Planos: en caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última. En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá esta última. Los juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, serán competentes para dirimir todas las cuestiones a que de lugar la aplicación e interpretación de la licitación.

1.6.29 Terminación de los trabajos: Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines y la falta de mención expresa de detalles necesarios no libera al Contratista de la obligación de realizarlos.

1.7 Personal

1.7.1 Salarios: El Contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las convenciones en vigencia aprobadas por autoridad competente y dará cumplimiento a todas las obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de

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cada certificado mensual de obra está condicionado a la previa presentación, por el Contratista, de sus comprobantes de depósitos por aporte jubilatorio y fondo de desempleo correspondientes al mes precedente al de los trabajos certificados. Queda entendido que el contratista asume cualquier obligación que surja de las modificaciones en las relaciones laborales con sus dependientes durante el término del contrato, desligando al GCBA de toda responsabilidad y/o intervención en todas las cuestiones que, al respecto, pudieran ocurrir.

1.7.2 Trabajos en horas extras: Si el Contratista deseara hacer trabajar en horas extras o en días feriados no laborables pagos, deberá requerir con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la autorización del Gobierno. El Contratista pagará a su personal los recargos de ley y se hará cargo de los que el Gobierno deba abonar a su personal de supervisión. Las sumas que por esos conceptos corresponda reintegrar al Gobierno serán descontadas del primer certificado por pagar. Si el trabajo en horas extras fuera dispuesto por el Gobierno para anticiparse a plazos contractuales, éste tomará a su cargo las mayores retribuciones resultantes para el personal del Contratista y el del Gobierno.

1.7.3 Competencia: El personal deberá ser competente y suficiente para las tareas por ejecutar y la Inspección podrá exigir la eliminación de todo obrero que considere incompetente o su asignación a otra tarea. Asimismo, podrá exigir la eliminación de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o indisciplina y la ampliación del personal cuando resulte insuficiente,

1.8 Materiales y trabajos

1.8.1 Calidad de los materiales y trabajos: Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase y los trabajos ejecutados con ellos ajustados a las mejores reglas del arte. El Contratista deberá presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del Gobierno. Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, el Gobierno podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y, si éstos se encontraran a más de sesenta (60) km. de la

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Capital, el Contratista deberá cubrir los gastos de traslado y estadía del personal de inspección.

1.8.2 Corrección de trabajos defectuosos: Cuando un trabajo resultare defectuoso, ya sea por fallas del material o de la ejecución, el Contratista lo corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su costa, sin que esto pueda justificar ampliación de plazo. El Gobierno establecerá cuando corresponde corregir un trabajo defectuoso, debiendo la obra realizarse a satisfacción del Comitente.

1.8.3 Vicios ocultos: Cuando se sospechen en un trabajo vicios no visibles, el Gobierno podrá ordenar verificaciones o ensayos destructivos. Si el vicio se confirmare, se procederá conforme 1.8.2; en caso contrario, el Gobierno reconocerá los gastos provocados, con un recargo de 15 % por gastos generales y beneficios, y acordará la ampliación de plazo que el ensayo y la corrección pudieran justificar. Esto último no será de aplicación si el Contratista no dio aviso previo de ejecución del trabajo que prevé el numeral 1.10.6. 1.8.4 Falta de Comprobación de Falla o Fraude: La falta de comprobación de falla o fraude no libera al Contratista, aún después de la Recepción Definitiva, de las responsabilidades que determina el Código Civil. 1.8.5 Existencia de materiales: De todos los materiales necesarios, el Contratista tendrá siempre en obrá una existencia suficiente para asegurar la marcha normal de los trabajos y en todo caso como mínimo la necesaria para quince días de trabajo.

1.9 Relaciones

1.9.1 Subcontratista: El Contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la previa conformidad escrita del Gobierno y su aprobación del subcontrato. Lo antedicho no exime al Contratista de sus obligaciones para con el Gobierno. El Gobierno podrá denegar la conformidad a la subcontratación, sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue algún derecho al Contratista ni justifique atrasos en el plan de obra. Sin perjuicio de ello, el Comitente no reconocerá ninguna obligación contractual entre él y ningún subcontratista y la subcontratación de obras y servicios no eximirá al Contratista de la responsabilidad de ejecutar la Obra de acuerdo con los Documentos Contractuales, ni el Comitente asumirá ninguna responsabilidad por la aprobación de cualquier Subcontratista o subcontrato. Si durante la construcción de la Obra, el Comitente considerase

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que un Subcontratista es incompetente para la ejecución del trabajo subcontratado, lo notificará al Contratista, quien deberá tomar las medidas necesarias para la cancelación de dicho Subcontrato. Queda entendido que cualquier trabajo subcontratado estará sujeto a las disposiciones pertinentes de los Documentos Contractuales. "El PCP podrá requerir al oferente el listado de contratistas ( nominados ) en las ofertas sobre todo en obras de ingeniería que exigen determinada especialización.)

1.9.2 Responsabilidad: El contratista es único responsable, ante el Gobierno de todo lo hecho por sus subcontratistas. Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al subcontrato póliza de garantía de manera concordante a lo establecido en el numeral 1.4.4. del presente pliego.

1.9.3 Otros contratistas: El Contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato, que el Gobierno encomiende a otros contratistas y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar interferencias. 1.10 Desarrollo de la obra

1.10.1 Plazo: La obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en el contrato y prórrogas que hubieran sido otorgadas, o sea de acuerdo con el último reajuste del plan de trabajos definitivo. Salvo expresa indicación contraria todos los plazos se cuentan en días laborables, es decir excluidos únicamente los feriados nacionales pagos, los domingos y mediodía los sábados. El Contratista debe organizar su trabajo previendo un número normal de días perdidos por razones climáticas y que se considerarán laborables.

1.10.2 Mora: La obra entrará automáticamente en mora si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, no estuviera completamente terminada. Cuando en el P.C.P. se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado, entrarán en mora parcial con las penalidades que establezca el P.C.P.

1.10.3 Ritmo de inversión: Durante la ejecución de la obra se llevará un gráfico de inversión real, con precios básicos, superpuestos al agregado a la oferta, corregido por prórrogas si las hubiera. El Gobierno podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté cinco por ciento (5%) por debajo de la prevista. Si la inversión en un momento dado resultara inferior al setenta por

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ciento (70%) de la prevista, el Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista. Si el Contratista se adelantara al plan de trabajo y la inversión excediera la prevista en más del diez por ciento (10%), el Gobierno podrá demorar los pagos ajustándolos al plan de inversión aprobado.

1.10.4 Incumplimiento de Órdenes de Servicio: Cuando para el cumplimiento de una Orden de Servicio se fije fecha para dar comienzo, fin o ambas, el atraso en cualquiera de ellas hará incurrir al Contratista en mora parcial de cumplimiento de Orden de Servicio.

1.10.5 Calidad del equipo: El Contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el Gobierno podrá exigir cambio o refuerzo de equipo cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.

1.10.6 Contralor de trabajos: El Contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de lo ejecutado. Si el Contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.

1.11 Sanciones

1.11.1 Hechos que pueden originar sanciones: Puede dar lugar a sanciones todo incumplimiento de cláusulas contractuales, de Órdenes de Servicio o de ambas.

1.11.2 Clases de sanciones: Las sanciones serán de tres clases, a saber: cargos, multas y sanciones disciplinarias.

1.11.3 Cargos: Los cargos son una sanción compensatoria en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. El Gobierno podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Contratista en su oportunidad y facturará su costo con un recargo del quince por ciento (15%).

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1.11.4 Multas: Las multas se aplicarán por mora en el cumplimiento de Ordenes de Servicio, de plazos parciales o del plazo total. La multa diaria por mora en el cumplimiento de órdenes de servicio será del uno por diez mil (1/10.000) del monto del contrato o la indicada en el P.C.P. si ésta fuera mayor. El sistema de aplicación de las multas y el monto de las mismas por incumplimiento de plazos parciales y totales se indicará en el P.C.P., debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser progresivas y acumulativas en proporción a las demoras producidas y el monto del contrato. A los efectos del cálculo de multas, se entenderá por monto del contrato al monto original del mismo más los importes de las modificaciones aprobadas. Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto del contrato, el Gobierno podrá optar por su rescisión por causas atribuibles al Contratista o bien decidirá la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la obra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. Este límite en la sanción por retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al Gobierno emergentes de la demora correspondiente al lapso sin multa. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un plan de inversión al que serán aplicables las disposiciones del numeral 1.10.3.

1.11.5 Sanciones disciplinarias: El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las siguientes sanciones: a) llamado de atención; b) apercibimiento; c) solicitud de suspensión de uno (1) a cinco (5) años del Registro Nacional, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación. La suspensión no impide la continuación de la obra contratada, pero no permite al Contratista ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del Gobierno durante la suspensión, ni iniciar trámites por cuestiones ajenas a la obra en ejecución. Si una sanción disciplinaria grave hubiera sido motivada directamente por el profesional responsable, el Gobierno podrá requerir su sustitución.

1.11.6 Aplicación de las sanciones: Los llamados de atención podrán ser aplicados directamente por la Inspección de la obra; los apercibimientos y la aplicación de las multas por Disposición de la Dirección General a cargo de la ejecución de la Obra, la que dará cuenta al Consejo Asesor del Registro Nacional. La solicitud de suspensión del Registro Nacional será resuelta por el correspondiente Ministerio.

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1.11.7 Reconsideración: El sancionado podrá, en todos los casos, interponer los recursos que establecen las normas del procedimiento administrativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuesto en el Decreto Nº 1510/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 310).

1.11.8 Percepción de cargos y multas: El importe de las multas y cargos será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la sanción y si éste no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviera el Contratista ante el Gobierno. Si los créditos precedentemente enunciados no fueren suficientes, los importes correspondientes podrán ser deducidos del depósito de garantía de la adjudicación, en cuyo caso éste deberá ser repuesto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de resolución del contrato y la pérdida del saldo de dicho depósito. La percepción de las multas o cargos será efectiva aún cuando no estuviera firme la resolución que impuso la sanción. Si con posterioridad se dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad para operaciones a plazo fijo a treinta (30) días.

1.12 Certificación, pagos y garantías

1.12.1 Certificados: Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección efectuará la medición ajustándose a las normas que establezca el P.C.P. Conformada la mensura por la Inspección, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados de obra y de acopio, ajustándose también para ello a lo estipulado en el P.C.P. ya las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Todos los certificados representan pagos a cuenta susceptibles de rectificación por diferencias menores hasta la Recepción Definitiva.

1.12.2 Retenciones sobre los certificados: Sobre todos los certificados de obra y de acopios se retendrá el cinco por ciento (5%) de su valor total; esos descuentos se acumulan a la garantía de adjudicación (1.4.4) para constituir el fondo de garantía y reparos. Ese fondo quedará en poder del Gobierno hasta la

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Recepción Definitiva de la obra en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias y que el Contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado.

1.12.3 Sustitución del fondo de reparos: En cualquier momento, durante la ejecución de la obra, el Contratista podrá sustituir hasta el ochenta por ciento (80%) del total acumulado en efectivo en el fondo de garantía y reparos por las otras formas de garantía previstas en el numeral 1.3.6.

1.12.4 Intereses: El Gobierno no pagará intereses por los depósitos en efectivo. Son a cargo del Contratista los gastos debitados por los bancos donde queden en custodia valores entregados en depósito.

1.12.5 Actualización del fondo de reparos: Toda vez que, por depreciación de los valores depositados, éstos representaran un valor inferior en diez por ciento (10%) de aquél por el cual han sido depositados, el Contratista deberá cubrir la diferencia con un depósito adicional. Si no lo hiciera, el Gobierno podrá retener las sumas necesarias de cualquier crédito a favor del Contratista.

1.12.6 Pago de los certificados: El pago de cada certificado se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos contados desde la conformidad prestada por la Repartición Técnica interviniente. Fíjase, además, un plazo de diez (10) días hábiles administrativos que correrán a partir de la presentación de cada certificado para efectuar dicha conformación. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, la cuenta del período para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el pago se efectuara transcurrido el término indicado en el primer párrafo de este artículo, por causa no imputable al Contratista, éste tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

1.12.7 Suspensión de la Obra: Si se diera el caso de paralizar totalmente los trabajos por disposición del Gobierno y por motivos que le sean imputables a éste, el reclamo por gastos improductivos deberá ser analizado por una Comisión integrada por un representante del Comitente y otro del Ministerio de Hacienda. Se indica que en los casos de suspensión de las obras deberá procederse de conformidad con el Articulo N° 34 de la Ley de Obras Públicas que al respecto establece que si se "...juzgase necesario suspender el todo o

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parte de las obras contratadas, será requisito indispensable para la validez de la resolución, comunicar al Contratista la orden correspondiente por escrito, procediéndose a la medición de la obra ejecutada, en la parte que alcance la suspensión, ya extender el acta de resultado. En dicha acta se fijará el detalle y el valor del plantel, del material acopiado y del contratado, en viaje o construcción, y se hará una nómina del personal que deba quedar a cargo de la obra...".

1.13 Modificaciones de obra y fijación de precios nuevos

1.13.1 Modificaciones de obra: Las modificaciones de obra pueden consistir en: 12) aumento o disminución en la cantidad de cualquier trabajo para el cual exista un precio unitario de contrato; 2) ejecución de trabajos no previstos en el contrato. En el primer caso el Contratista está obligado a aceptar, sin ninguna clase de compensación, variaciones en más o en menos de hasta el veinte por ciento (20%) en cualquier ítem, liquidándose al precio de contrato la cantidad realmente ejecutada. En el segundo caso y en el de disminuciones que excedan de veinte por ciento (20%) se establecerán de común acuerdo precios nuevos para el total por ejecutar. La supresión total de un ítem solo dará derecho al Contratista a resolver el contrato si dicho ítem representara un valor mayor del veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. En el caso de aumentos que excedan del veinte por ciento (20%) se liquidará la cantidad contratada al precio de contrato y se convendrá precio nuevo para el excedente de ese porcentaje.

1.13.2 Precios nuevos: Los precios nuevos se establecerán, en lo posible, por analogía con los de trabajos contratados y, siempre a precios básicos para incluirlos en una nueva actualización del plan de trabajo y del de inversiones.

1.13.3 Reajuste de garantía: Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar en cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de adjudicación. A pedido del Contratista, esta ampliación de garantía podrá ser descontada del primer certificado de obra que se extienda.

1.13.4 Opciones del Gobierno: En caso de no llegarse a un acuerdo de precios para modificaciones, el Gobierno podrá optar por cualesquiera de las

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siguientes soluciones: 19 encomendar los trabajos a otro contratista; 2º) efectuarlos con personal propio; 3º) encomendado al Contratista por el sistema de coste y costas con aprobación previa por el Gobierno de las compras requeridas y reconociendo un recargo del quince por ciento (15%) de gastos generales y beneficios. 1.14 Resolución del contrato

1.14.1 Culpa del Contratista: El Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista en los casos previstos en 1.10.3, 1.11.4 y en todos los considerados en la Ley Nacional de Obras Públicas. La resolución será comunicada fehacientemente por el Gobierno al Contratista,

1.14.2 Culpa del Gobierno: El Contratista podrá resolver el contrato por culpa del Gobierno en todos los casos previstos en la Ley Nacional de Obras Públicas. La resolución será comunicada en forma fehaciente por el Contratista al Gobierno.

1.14.3 Consecuencias: Producida la resolución, sus consecuencias serán las que determina la Ley Nacional de Obras Públicas.

1.14.4 Toma de posesión de la obra: Producida la resolución, el Gobierno tendrá derecho a tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos. Podrá también ordenar la prosecución de la obra en las condiciones que estime más convenientes, respondiendo el Contratista por los perjuicios que sufra el Gobierno cuando la resolución haya sido declarada por culpa de aquél.

1.14.5 Inventario: El inventario se realizará con un representante de cada parte, sin interrupciones dilatorias y procurando en lo posible, que los trabajos de la obra no se paralicen. Si el Contratista, previamente citado al efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el Gobierno estará de todas maneras habilitado para realizarlo, en cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una copia de aquél y en tal caso se estará a lo hecho por el Gobierno.

1.14.6 Avalúo: El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos nombrados, uno por cada parte. En caso de disconformidad entre ellos, el Gobierno dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía pertinente. Si dentro del plazo de tres (03) días hábiles de notificado el Contratista no

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nombrare a su perito, se entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito nombrado por el Gobierno.

1.14.7 Liquidación de los trabajos: El Gobierno practicará asimismo la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el Contratista y terminados con arreglo al contrato y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, materiales e implementos inventariados que sean de recibo e indispensables para la obra. Los materiales y enseres no aceptados por el Gobierno serán retirados de la obra por el Contratista a su costa, dentro del término que aquella le señale, el que no será mayor de quince (15) días siguientes a la notificación al Contratista por medio fehaciente. Si el Contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, el Gobierno hará retirar y depositar fuera de la obra esos materiales y enseres, corriendo todos los gastos a cargo de aquél. Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el Contratista en el plazo que lo señale el Gobierno; si no lo hiciera, el Gobierno los demolerá con gastos a cuenta del Contratista. El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los inconclusos, materiales y enseres aceptados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del Contratista, previa deducción de los pagos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la resolución hubiere sido causada por el Contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos y de los perjuicios que se originen por la resolución del contrato o la mala ejecución de los trabajos hechos por el Contratista. Si en el caso anterior las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la resolución irrogue al Gobierno, el Contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte. En ningún caso, incluyendo la revocación por oportunidad, mérito y conveniencia, se reconocerá suma alguna en concepto de lucro cesante. 1.15 Aprobación y recepción de la obra

1.15.1 Aprobación de trabajos cubiertos: Los trabajos que por la evolución de la obra estén destinados a quedar cubiertos serán aprobados a medida de su ejecución; pero el Contratista es responsable por los vicios de construcción de acuerdo con lo prescrito en el artículo 1.646 del Código Civil, como también para la conservación de aquellos hasta su Recepción Definitiva.

1.15.2 Recepción provisional: Cuando la obra se encuentre terminada de acuerdo con el contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas

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estipuladas en el P.C.P. y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, el contratista podrá solicitar a la Inspección la entrega de una constancia de la fecha de terminación, la que tendrá carácter provisional y estará condicionada al resultado de la Recepción Provisoria. El Gobierno fijará fecha para la recepción dentro del plazo máximo de quince (15) días y citará al Contratista en forma fehaciente. En la fecha fijada se verificará el estado de los trabajos y si no se presentan fallas o solamente defectos menores subsanables a juicio exclusivo del Gobierno durante el plazo de garantía, la obra quedará recibida provisionalmente y el plazo de garantía correrá desde la fecha de terminación. Se labrará acta de Recepción Provisional dejando constancia de las fallas por corregir y de la fecha inicial del plazo de garantía. En ningún caso se considerarán defectos menores aquellos que puedan dificultar el uso normal de la obra. Si la obra presentara fallas importantes, o un número considerable a juicio exclusivo del Gobierno, se considerará como no terminada postergándose la Recepción Provisional hasta que todas las fallas estén corregidas. A este efecto se fijará un plazo para su corrección, vencido el cual se procederá a una nueva verificación del estado de los trabajos; si en esta oportunidad el Gobierno, a su exclusivo juicio resolviera la Recepción Provisoria de la obra, se fijará la nueva fecha de terminación. Si el Contratista no corrigiera las fallas en el plazo acordado, el Gobierno podrá hacerlo con su propio personal o el de terceros, tomando los fondos necesarios del de garantía y reparos. Si el Contratista o su representante no concurrieran en las fechas fijadas para la Recepción Provisional, el Gobierno procederá a efectuar la recepción dejando constancias en acta de la ausencia del Contratista y éste perderá todo derecho de apelar por los resultados de la recepción. En todos los casos, a los fines de la Recepción Provisoria el Gobierno será representado por el Director General de la Repartición a cargo de la ejecución de las Obras, salvo que en el PCP se disponga la intervención de otro Organismo.

1.15.3 Plazo de garantía: Salvo indicación de un plazo diferente en el P.C.P., el plazo de garantía será de seis (06) meses. Durante ese plazo el Contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones necesarias, siempre que éstas no sean consecuencia de uso indebido de las obras.

1.15.4 Recepción Definitiva: Transcurrido el plazo de garantía se efectuará una inspección para realizar la Recepción Definitiva que se hará con las mismas formalidades que la provisional. Si se comprobare el buen estado de la

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obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la obra quedará recibida definitivamente, dejándose constancia en acta. En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección a cuya expiración se efectuará una nueva verificación del estado de las obras. Si en esta oportunidad el Gobierno resolviera aceptar los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva. Si el Contratista no hubiese subsanado los defectos en el plazo acordado, el Gobierno podrá corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando los fondos necesarios del de garantía y reparos. En todos los casos, a los fines de la Recepción Definitiva el Gobierno será representado por el o los Ministros que tengan vinculación directa o indirecta en la ejecución de las Obras, salvo que el PCP dispusiera un procedimiento diferente.

1.15.5 Devolución del fondo de reparos: Dentro de los quince (15) días de celebrada la recepción definitiva será devuelto el fondo de garantía y reparos o su saldo si hubiera llegado el caso de afectarlo para efectuar trabajos demorados por el Contratista.

1.15.6 Recepciones parciales: Cuando el P.C.P. prevea el tratamiento separado de diversas partes de la obra y les fije plazos individuales de ejecución y garantía, cada una de ellas será motivo de Recepción Provisional, Definitiva y devolución de garantía de acuerdo con los numerales 1.15.2 a 1.15.5.

1.16 Varios

1.16.1 Teléfono: Salvo indicación contraria en el P.C.P., el Contratista deberá prever el suministro, durante toda la obra y hasta la Recepción Definitiva, de un servicio telefónico en la oficina de la Inspección y uno en sus propias oficinas en obra. El pago de las instalaciones y de los servicios telefónicos estará a cargo del Contratista (1.6.15).

1.16.2 Fotografías: El Contratista deberá obtener y suministrar una información fotográfica de la evolución de la obra de acuerdo con las indicaciones de la Inspección y dentro de las cantidades y características establecidas en el P.C.P.

1.16.3 Liberación de derechos y gravámenes: Cuando el Gobierno, en virtud de su carácter de persona del derecho público, obtenga una liberación de gravámenes o derechos que no hubieran sido ya satisfechos por el

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Contratista, el importe correspondiente le será deducido del primer certificado por pagar.

1.16.4 Trámites: Todos los trámites por realizar ante organismos del Estado o privados, necesarios para la normal realización de la obra, serán hechos por el Contratista, incluyendo la preparación de todos los planos y demás documentación necesaria al efecto.

1.16.5 Seguros: El Contratista deberá asegurar contra accidentes de trabajo a todo el personal obrero, administrativo y técnico destacado en obra y responsabilidad civil contra terceros por el importe de cobertura que establezca el Pliego de Condiciones Particulares. Asimismo, el Contratista deberá asegurar contra incendio y explosión las obras ya ejecutadas, con una póliza de valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Definitiva. Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del Comitente. No se liquidará ningún certificado de obra mientras no se hayan presentado las pólizas de seguros mencionadas en este artículo. El co-contratante deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya asegurado. El Gobierno, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la resolución. En caso de no cumplimentarse con lo requerido en el plazo citado, se hará efectivo el apercibimiento previsto en el párrafo precedente.

1.16.6 Respeto debido a la Inspección: La Inspección podrá disponer que el Contratista retire inmediatamente de la obra cualquier empleado, técnico o administrativo, que por su inconducta o falta de respeto perjudicara la marcha de la obra o las buenas relaciones entre la Inspección y el Contratista.

1.16.7 Libros de contabilidad: El Contratista deberá permitir a personal especializado, designado por el Gobierno, el acceso a sus libros de contabilidad y documentos cuando lo considere necesario.

1.16.8 Vehículo: Cuando lo prevea el P.C.P. el Contratista pondrá a la disposición de la Inspección un vehículo automotor de las características y con

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el horario que allí se indique. Todos los gastos del conductor, patente, combustible, lubricante y conservación serán a cargo del Contratista.

1.16.9 Manejo de las instalaciones: El Contratista deberá suministrar instrucciones escritas someras acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas e instruir directamente al personal que el Gobierno destine a su cuidado.

1.17 Cláusula anticorrupción: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que: 1. funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; 2. o para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; 3. cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.

1.18. Facultad del Contratante El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto el llamado licitatorio con anterioridad a su adjudicación, sin que ello genere derecho alguno al universo de los oferentes que participen del mismo.

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Hoja Adicional de Firmas Pliego

Número: PLIEG-2016-25817958- -COMUNA9 Buenos Aires, Miércoles 23 de Noviembre de 2016

Referencia: PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES.

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 42 pagina/s.

Olpliffiy Loma bChmurbeacarlea Oficina

Palacios Analia Beatriz Presidente Junta Comunal JUNTA COMUNAL 9

Digitally signad by Comunicaciones Oficiales DN: cnnComunicaciones Oficiales Date: 2016.1123 12:46:33 -03'00'

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

LICITACIÓN PRIVADA

OBRA PÚBLICA

OBRA "PLAZOLETAS EN AV.BRUIX" =N.

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íNDICR

2.1 GENERALIDADES

2.1.1 Objeto de la Contratación y Trabajos Realizados 2.1.1.1 Terminología

2.1.1.2 Consultas y Aclaraciones 21.2 Plazo de Ejecución 2.1.3 Sistema de Medición

2.1.4 Documentación que debe integrar las Ofertas. 2.1.5 Presupuesto Oficial 2.1.6 Anticipo Financiero 2.1.7 Visita al lugar de la obra y su constancia 2.1.8 Retiro de Pliegos de Bases y Condiciones 2.1.9 Lugar de presentación de las ofertas 2.1.10 Formalidades de la presentación. 2.1.11 Lugar de apertura de sobres. 2.1.12 Presentación de la Oferta.

2.2 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

2.2.1 Requisitos de los oferentes

2.2.2 Ejecución de Obras por empresas asociadas

2.2.3 Error en el monto de la garantía

2.3. ESTUDIO DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN

2.3.1 Rechazo de Ofertas

2.3.2 Defectos de forma

2.3.3 Anuncio de la Pre-adjudicación

2.3.4 Impugnaciones.

2.4. ADJUDICACIÓN

2.4.1 Garantía de Adjudicación

2.5 CONTRATO Y CONTRATA

2.5.1 Firma de la Contrata

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2.5.2 Documentos integrantes del Contrato

2.6 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

2.6.1 Orden de Comienzo 2.6.2 Replanteo de las obras 2.6.3 Inasistencia del Contratista o Responsable Técnico en Obra

2.6.4 Inspección 2.6.5 Bonificación de horas extras cumplidas por el personal de inspección. 2.6.6 Pago de los importes correspondientes a horas extras del personal de inspección 2.6.7 Telefonía al personal de inspección

2.6.8 Seguridad y señalamiento

2.6.9 Conexiones, Desconexiones y Traslados

2.7 PERSONAL

2.7.1 Salarios 2.7.2 Horario de Trabajo

2.8. MATERIALES Y TRABAJO

2.8.1 Calidad de los materiales y trabajo

2.9 DESARROLLO DE LAS OBRAS

2.9.1 Plazo para la ejecución

2.9.2 Plazo de Garantía 2.9.3 Ritmo de inversión

2.9.4 Recaudos para los trabajos 2.9.5 Perjuicio por incendio

2.9.6 Seguros 2.9.7 Indemnización

2.9.7.1 Indemnización por caso fortuito o fuerza mayor 2.9.8 Libro de Órdenes de Servicio

2.9.9 Libro de Notas de Pedido 2.9.10 Bibliorato de certificados

2.9.11 Partes Diarios

2.10. SANCIONES

2.10.1 Tipo de sanciones

2.10.2 Forma de Aplicación

2.10.3 Aplicación de Sanciones

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2.10.4 Multas

2.10.5 Rescisión del contrato

2.11 CERTIFICACIÓN. PAGOS Y GARANTÍAS

2.11.1 Medición de las obras 2.11.2 Certificación

211.3 Presentación de los certificados 2.11.4 Aprobación de los certificados 2.11.5 Retenciones sobre los certificados 2.11.6. Fondo de reparos

2.11.7 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo 2.11.8 Pago de los certificados de obra 2.11.9 Demora en los pagos 2.11.10 Retenciones sobre los pagos

2.11.11 Comisiones bancarias para el pago de certificados 2.11.12 Gastos y Derechos

2.12 MODIFICACIONES DE OBRA

2.13 APROBACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA

2.13.1 Acta de Recepción Provisoria — Planos Conforme a Obra

2.13.2 Plazo de Garantía

2.13.3 Fiscalización durante el período de garantía

2.13.4 Recepción Definitiva de la Obra

2.13.5 Liquidación final y devolución de la garantía de adjudicación

2.14 VARIOS

2.14.1 Tribunales competentes

2.14.2 indices financieros

2.14.3 Dos últimos balances

2.14.4 Presentación de las propuestas

2.15. CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES

2.15.1 Certificado de capacidad de contratación anual para licitación con fórmula.

2.15.2 Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as morosos/as.

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2.16 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Anexo 1 Carta de presentación de la propuesta Anexo II Modelo de Contrata Anexo 111 Seguridad e Higiene Anexo IV Impacto Ambiental Anexo V Planilla de Cotización

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

2.1 GENERALIDADES

El presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP) tiene por objeto completar y aclarar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales (PCG), para las obras menores pertenecientes a la COMUNA 9, en un todo de acuerdo a los planos y pliegos del proyecto.

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2.1.1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y TRABAJOS REALIZADOS

Sujeto a las estipulaciones del presente Pliego, la Junta Comunal de la Comuna 9 sita en Timoteo Gordillo 2212 , llama a Licitación Privada de obra menor para la obra de "PLAZOLETAS EN AV. BRUIX". El objetivo general es realizar una puesta en valor y reacondicionamiento de las 7 esquinas de los cruces entre la Av. Bruix y las avenidas Juan B. Alberdi y Av. Directorio. El sector a intervenir son los islotes que se generan al cruzar en diagonal la Av. Bruix con las calles Av. Juan B. Alberdi, Escalada, Homero, White y Damaso Larrañaga, ampliando el suelo absorbente de los mismos, generando canteros centrales. A su vez se realizarán aceras perimetrales que permitirán el paso peatonal. La implementación de luminarias mejorará la iluminación, aporte sustancial a la seguridad de los sectores. La incorporación de vados peatonales convertirá a dichos espacios en accesibles 100%. Para evitar que dichos islotes sean utilizados como estacionamiento, se incorporarán bolardos metálicos ubicados estratégicamente en el perímetro para evitar el acceso vehicular por encima de los islotes. Se incorporarán nuevas especies vegetales y riego en todos los islotes. Por lo tanto, el objetivo de la propuesta es de revalorizar la zona mediante la implementación de las nuevas aceras y los elementos urbanísticos antes mencionados.

2.1.1.1 TERMINOLOGÍA

En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica en los siguientes términos:

Adiudicación: Es el acto administrativo por el cual se acepta la oferta más conveniente.

Circular con consulta: Respuestas de la COMUNA 9 a todo pedido de aclaración.

Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que la COMUNA 9 , pueda formular en el marco de esta licitación.

Contrato: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre la COMUNA 9 y el adjudicatario, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.

Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

Garantía de la Oferta: Constituye el depósito o seguro de caución obligatorio. (Se encuentra en él punto 4.6 del Pliego de Condiciones Generales), para el mantenimiento de la oferta de la presente licitación.

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9) Pliego de Condiciones Particulares: El presente documento, complemento del Inego de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Privada, así como también el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y del contrato.

Pliego de Especificaciones Técnicas: Es el documento donde se establecen las condiciones de carácter técnico de la Licitación Privada.

Adquirente: El que retira el Pliego.

Oferente: Persona Física o Jurídica que presenta una oferta ante el llamado licitatorio.

Oferta: Es la propuesta realizada por los oferentes que desean participar del presente procedimiento licitatorio y acompañan toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.

I) Representante Técnico (Profesional Responsable): Persona física que ejercerá la representación técnica del Oferente / Contratista durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación, de conformidad con las atribuciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego y las propias de su incumbencia profesional. Es el responsable técnico del cumplimiento de todos y cada uno de los términos que se establezcan en el presente pliego.

m) Responsable en obra: Persona física responsable de supervisar las obras objeto de la presente licitación durante todo el proceso y etapas de la misma. Debe estar presente en forma permanente en el lugar donde se realizan las obras y tareas contratadas.

Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.

2.1.1.2. CONSULTAS Y ACLARACIONES

Las consultas y las aclaraciones relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se realizaran por e-mail a [email protected], el día 02 y 05 de Diciembre de 2016 de 10:00 a 15:00 hs. La aclaración que la COMUNA 9 emita a tal efecto deberá ser remitida un día hábil administrativo antes de la fecha de apertura de las ofertas. La Comuna 9 podrá formular aclaraciones de oficio hasta dos (2) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas.

SE DEJA CONSTANCIA ()LIE DEBERÁ CONSULTARSE PERIÓDICAMENTE EL SITIO WEB DE COMPRAS Y CONTRATACIONES (www.buenosaires.~ —

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Hacienda — Compras y Contrataciones — Licitaciones y Compras — Consulta de Compras y Contrataciones) y BOLETIN OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.

2.1.2. PLAZO DE EJECUCIÓN

Para la ejecución de los trabajos contratados, se fija un plazo total de ciento veinte días corridos (120), contados a partir de la fecha de comienzo de trabajos fijados en la Orden de inicio.

Se llama la atención que deben preverse como normales los días de lluvia comprendidos en la media mensual y no se reconocerán prórrogas por este concepto.

Si por cualquier circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales.

2.1.3 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

Los trabajos que se licitan se contratarán por el sistema de Unidad de Medida de

acuerdo a los ITEMS establecidos en la Planilla de Cotización (ANEXO V).

2.1.4 DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN INTEGRAR LAS OFERTAS

Garantía de la oferta según el numeral 1.3.6 del Pliego de Condiciones Generales. La oferta será mantenida por la cantidad de 30 (treinta) días hábiles.

Certificado de capacidad de contratación Anual para licitación expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. La documentación solicitada deberá estar certificada por Escribano Público

Declaración de constitución del domicilio especial del oferente en la Ciudad de Buenos Aires y su número de teléfono y/o fax.

Declaración Jurada de conocer los términos del pliego y sus circulares, acompañando un ejemplar completo del mismo y sus circulares, totalmente suscripto por el representante legal.

Declaración jurada con la nómina de las obras realizadas por el oferente y las que se hallen en ejecución y/ o en proceso de adjudicación, incluyendo información completa sobre plazos de iniciación y finalización de las mismas. Para las que se hallen en ejecución, deberá presentarse una certificación del comitente indicando estado de avance de las obras e informe sobre cumplimiento de plazos.

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Las sociedades cuya antigüedad sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las sociedades con una antigüedad inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial. Se indicará, asimismo, la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.

Certificación de equipos.

Nómina actualizada —con una antigüedad menor de dos (2) meses del mes de apertura de las ofertas— de referencias bancarias, financieras y comerciales con la que opera habitualmente, donde deberá indicar como mínimo cinco (5) referencias dando: Nombre, dirección y teléfono, y por lo menos deberá presentar entre las cinco (5), una (1) de cada tipo de entidad.

Designación del Profesional responsable y conformidad del mismo.

Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la oferta. .

Contrato Social y Estatutos. Compromiso de conformación transitoria de empresas, si correspondiera, de conformidad a b requerido por la Ley de Sociedades. Nómina de autoridades vigentes, debidamente inscriptas en la Inspección General de Justicia y poderes de representación vigentes, certificados por escribano público. El Acta de Asamblea en que se han designado autoridades y el Acta de Directorio en que se han distribuido los cargos, todo ello con relación a las actuales autoridades.

Declaración de conocimiento del lugar y condiciones de la obra.

Declaración de mantenimiento de la oferta.

Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Declaración jurada, manifestando que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 2095, Decreto N° 754/GCBA/08).

Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Planilla de cotización según listado de tareas de acuerdo a la planilla detallada en el Anexo III, Los oferentes deberán cotizar la totalidad de os ítems solicitados. El no cumplimiento del presente punto implicará la desestimación de la oferta.

El presupuesto desagregado por item, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. (Art. 9 Ley 2809)

Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias. (Art. 9 Ley 2809)

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20. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el articulo 5°. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente. (Art. 9 Ley 2809)

21. Plan de trabajos.

22. Curva de inversiones.

23. Para el caso de ofertas presentadas por empresas transitoriamente unidas o asociadas, deberá incluirse:

e. Copia debidamente autenticada por Escribano Público y Colegio de Escribanos del convenio o acuerdo solidario que los vincula transitoriamente

Los certificados de capacidad de contratación anual extendidos por el Registro, de todos y cada uno de los integrantes de las empresas transitoriamente unidas o asociadas.

Cumplimentar individual o colectivamente según corresponda, cuanto se dispone en el presente artículo.

24. Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

25. Carta de presentación según modelo de carta de presentación de la propuesta del Anexo I.

26. Constancia de inscripción en la Dirección General de Rentas (DGR) y presentación del comprobante del último pago.

27. Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

2.1.5. PRESUPUESTO OFICIAL:

El presupuesto oficial de la obra es la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TRES CON 08/100. ($3.841.603,08).

2.1.6. ANTICIPO FINANCIERO

El contratista podrá solicitar un treinta por ciento (30 %) del monto del contrato en concepto de anticipo financiero, debiendo formalizar dicha solicitud dentro de los diez (10) días corridos del comienzo de la obra.

Dicho anticipo es a los fines de fadlitar el desarrollo financiero de la obra posibilitando de esa manera una mayor participación de oferentes.

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Los montos abonados en concepto de anticipo financiero no estarán sujetos al régimen de redeterminacián a partir de la fecha de su efectivo pago (conf. artículo 3° del Anexo 1, Decreto N° 127/14).

El contratista deberá presentar el Certificado de anticipo financiero, que se tramitará como sus similares de obra, conforme numeral 2.11. "Certificación, Pagos y Garantías" del presente Pliego.

El contratista deberá ofrecer y presentar a entera satisfacción de la Comitente una garantía equivalente a la totalidad del monto que reciba como anticipo, la que podrá afianzarse mediante alguna de las siguientes formas:

Fianza otorgada por una institución bancaria o por entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la que, endosada a favor del GCABA, será aceptada por su valor escrito y será pagadera incondicionalmente al primer requerimiento por escrito. La fianza no contendrá reservas, limitaciones, restricciones o salvedades y será emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590 del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes de la entidad emisora actuantes, deberán hallarse certificadas y legalizadas por el BCRA.

Seguro de caución cuya póliza deberá estar endosada a favor del GCABA, otorgado por una Compañía de Seguros de reconocida solvencia en los términos autorizados por las normas vigentes, emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590 del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes de la entidad aseguradora actuantes, deberán hallarse certificadas y legalizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación Argentina.

Se fija un plazo de tres (3) días hábiles administrativos a partir del día siguiente de la presentación del Certificado de adelanto a efectos de que la Comitente proceda a conformar el certificado.

El pago de este certificado se efectuará como máximo dentro de los quince (15) días hábiles administrativos desde la conformidad presentada por la Comitente.

De cada Certificado de Obra se descontará una suma que resulta de afectar al monto anticipado por el porcentaje de avance correspondiente a ese mes, de acuerdo a la Curva de Inversiones aprobada por la Inspección de Obra.

2.1.7. VISITA AL LUGAR DE LA OBRA Y SU CONSTANCIA:

Los interesados deberán visitar y conocer perfectamente el lugar donde se hallan las instalaciones a intervenir, con el fin de constatar las condiciones de las mismas y las

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tareas a ejecutar. Asimismo, el oferente deberá presentar, junto con la oferta, la respectiva constancia de visita a obra extendida por la Junta Comunal Comuna 9 al momento de efectuar la misma. Dicha constancia se extenderá en el lugar donde se realizarán los trabajos, el día 01 de Diciembre de 2016, a las 16:00 hs en la Av. Juan Bautista Alberdi al 4902 y Av.Bruix.

2.1.8. RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES

Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación técnica licitatoria que rige la presente licitación podrán retirarse el día 01 de Diciembre de 2016 en el horario de 10:00 hs a 15:00 hs en Timoteo Gordillo 2212 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2.1.9. LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas en la Presidencia de la Junta Comunal de la Comuna 9, sita en Timoteo Gordillo 2212 de la C.A.B.A., el día 07 de Diciembre de 2016 en el horario de 10:00 hs a 15:00 hs.

2.1.10. FORMALIDADES DE LA PRESENTACION

Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 1.3.4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, las propuestas deberán ser firmadas y selladas en cada una de sus hojas por el oferente. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante. La foliatura deberá constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares. La presente liquidación tramita bajo el sistema de sobre único.

El oferente deberá formular su propuesta indicando precios unitarios y globales cuando corresponda, con los cuales propone realizar cada uno de todos los items de las obras.

Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.

Los Oferentes deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que integran la planilla de cómputo y presupuesto. La Junta Comunal Comuna 9 podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.

Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, la Junta Comunal Comuna 9 requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la oferta a su solo juicio, si dicho precio no fuese ratificado con fundamentación satisfactoria.

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La planilla de cómputo y presupuesto está dividida en ítems, quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición de los trabajos y su posterior pago.

El oferente deberá considerar al conjunto de los ¡tenis indicados en las planillas de cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación y que no estén específicamente detallados como ítem en las planillas de cómputo y presupuesto.

A título de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se advierte que no se considerará mayor cantidad de obra adicional a la reubicación o extensión de servicios públicos para ejecutar las correspondientes conexiones, modificaciones y/o cambios en el recorrido de las cañerías, etc.

2.1.11. LUGAR DE APERTURA DE SOBRES

El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo en la Presidencia de la Junta Comunal de la Comuna 9, sita en Timoteo Gordillo 2212 de la C.A.B.A, el día 07 de Diciembre de 2016 a las 16:00 hs.

2.1.12 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Las ofertas serán presentadas por duplicado de conformidad con el numeral 1.3.4 del PCG. Deberán ser debidamente foliadas y firmadas, en todas sus fojas, por el oferente o representante legal. La firma deberá estar aclarada, indicando el carácter del firmante, debiendo presentar la documentación que avale el carácter invocado. El no cumplimiento de este requisito junto con la oferta, dará lugar al descarte de la misma.

2.2.1 REQUISITOS DE LOS OFERENTES

Podrán presentarse todas aquellas empresas que acrediten ser especialistas en este tipo de obras. Si los antecedentes no son considerados suficientes a exclusivo juicio de la Comuna 9, la oferta será desestimada.

2.2.2 EJECUCIÓN DE OBRAS POR EMPRESAS ASOCIADAS

En el caso de que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la Licitación deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando

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cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) conforme la Ley General de Sociedades -arts. 1463 a 1469- del Código Civil y Comercial de la Nación de por la Ley Nacional de Sociedades Comerciales.

Una vez presentadas a la Licitación, las UTE no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que la componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la Licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo salvo que durante la ejecución del contrato lo autorice previamente el organismo comitente de la obra.

El representante legal de las Sociedades y de la UTE, deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre.

Las empresas asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

Constituir domicilio legal en la CABA.

La UTE deberá tener por estatuto una duración superior al tiempo que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.

2.2.3 ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA

No serán rechazadas las ofertas cuando, por error, la garantía fuera de un importe inferior a la que corresponda, no superando el error un 20% (veinte por ciento) del importe correcto.

El error en la garantía igual o inferior al 20% (veinte por ciento) del importe correcto deberá ser subsanado por el oferente dentro de las 72 hs., bajo apercibimiento de considerar que existe desistimiento de la oferta conforme numeral 4.6 del PCG

2.3 ESTUDIO DE LAS OFERTAS — PREADJUDICACIÓN

2.3.1. RECHAZO DE OFERTAS

La Junta Comunal Comuna 9 podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares (PCP), sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los oferentes.

Será objeto de desestimación las ofertas que no estén firmadas por el oferente, que estén escritas con lápiz; que carecieran de la garantía exigida; que tengan raspaduras o enmiendas en sus partes fundamentales: "precio", "cantidades", o alguna otra que

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haga a la esencia del contrato y que no hayan sido debidamente salvada y que no hubieran presentado la documentación exigida en el numeral 22.3.

2.3.2. DEFECTOS DE FORMA

No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma o imperfecciones que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas.

2.3.3. ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN

Abiertos los sobres presentados, la Comisión Evaluadora de Ofertas procederá a su estudio y podrá requerir de los oferentes cualquier información complementaria que considere necesaria, y posteriormente emitirá un Acta de preadjudicación.

La preadjudicación será notificada a todos los oferentes en forma fehaciente.

2.3.4 IMPUGNACIONES

Las impugnaciones al dictamen emitido por la comisión evaluadora, deberán ser presentadas en la Comuna 9, sita en Timoteo Gordillo 2212 CABA, previa constitución del depósito en garantía. Junto con la presentación de la impugnación deberá presentar fotocopia de la boleta de depósito y exhibir el original extendido por la sucursal actuante.

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previa intervención de la Procuración General (PG) del GCABA.

2.4 ADJUDICACIÓN

La adjudicación se efectuará en la forma prevista en el numeral 1.4.3 del P.C.G., basándose en el análisis de la oferta más conveniente.

Si se diera el caso que, a juicio de la Junta Comunal Comuna 9, dos (2) o más ofertas estuvieran en igualdad de precios, se les invitará, para una nueva fecha, a una mejora de los mismos, con recaudos análogos a los de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación emitida con motivo del llamado y, si la misma situación se mantuviera, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados.

Si el adjudicatario no estuviere en condiciones de firmar el contrato en el plazo fijado se perderá la garantía de oferta, y la Junta Comunal Comuna 9 podrá proceder a la adjudicación de las obras al oferente que le sigue en el orden de conveniencia de las ofertas ajustadas a pliegos, o a efectuar un nuevo llamado.

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Si la Junta Comunal Comuna 9 no firmara el contrato antes de los sesenta (60) días de notificada la adjudicación, por causas no imputables al adjudicatario, vencido el término éste podrá solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía de oferta sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.

2.4.1. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN

Dentro de los 3 (tres) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la "Garantía de Adjudicación" de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4.4 del PCG. Si el 'adjudicatario no integrara en el plazo debido la garantía de Adjudicación, la Junta Comunal Comuna 9 podrá dejar sin efecto aquella, en cuyo caso el oferente perderá la Garantía de Oferta. Es facultad de la Junta Comunal Comuna 9 proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la misma.

2.5 CONTRATO Y CONTRATA

2.5.1. FIRMA DE LA CONTRATA

Dentro de los dos (2) días hábiles de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la Contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, la Junta Comunal Comuna 9 podrá anular la adjudicación, en cuyo caso el adjudicatario perderá la garantía constituida.

El modelo de Contrata a firmar deberá ajustarse al indicado, en el ANEXO II del PCP

2.5.2 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO

Integrarán el Contrato, la Contrata y los siguientes documentos, los cuales se firmarán .en tres (3) ejemplares de la correspondiente Contrata, uno para cada una de las partes, toda la documentación de licitación, las aclaraciones, las ofertas, detalle de los principales elementos de trabajo, y la resolución de adjudicación. Firmarán esos documentos el Presidente de la Junta Comunal Comuna 9, el Contratista y el Representante Técnico de la ejecución de la Obra. La Comuna 9 entregará sin cargo al contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla en obra.

2.6. ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

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2.6.1 ORDEN DE COMIENZO

La orden de comienzo de los trabajos se impartirá dentro de los 15 (quince) días hábiles de la fecha de la firma del contrato.

Para tal fin se confeccionará un Acta de Comienzo, firmada por la Inspección de Obra y el Representante Técnico del Contratista.

Si al término de dicho plazo, el Contratista no hubiera iniciado realmente los trabajos, La Junta Comunal Comuna 9 podrá rescindir el Contrato por culpa del Contratista, el que en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los darlos y perjuicios consiguientes.

El órgano contratante podrá disponer, por causas justificadas, la postergación de la fecha de comienzo de las obras, lo cual no podrá extenderse por un término mayor de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha prevista para el inicio de tareas

El contratista entregará el Plan de Trabajo y Curva de Inversión y la Planilla de Presentación según Listado de Tareas al inicio de los Trabajos.

2.6.2. REPLANTEO DE LAS OBRAS

El Replanteo de los Trabajos será hecho en conjunto por la Inspección de Obra y el Contratista o su Responsable Técnico.

Una vez finalizado el mismo por las partes actuantes, se emitirán por escrito las tareas a realizar mediante el Libro de Órdenes de Servicios. La recepción de dichas tareas, por parte del Contratista, implicará el inicio de la Obra y no podrán comenzarse los Trabajos en ningún sector que no haya sido previamente replanteado.

Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionada con el replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá emitirla a través del libro de comunicaciones, con forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo.

Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en las órdenes de servicio deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los dos (2) días posteriores a la fecha emitida la misma, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se considerará no efectuada la reserva.

2.6.3. INASISTENCIA DEL CONTRATISTA O RESPONSABLE TÉCNICO EN OBRA

Toda justificación de inasistencia del Contratista o del Responsable Técnico en Obra se hará por escrito ante la Inspección de Obra la que podrá aceptar o rechazar las

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causales, mediante su sentamiento en el Libro de órdenes de servicio. En su ausencia quedará siempre en Obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha de los trabajos. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante de Obra. Toda ausencia del Contratista o su Responsable Técnico en Obra que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección de Obra dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.

2.6.4 INSPECCIÓN

La. Supervisión Técnica de los trabajos corresponde a la Comuna 9 "Inspección de Obra" quien se encargará dentro del ámbito de sus competencias de designar a los funcionarios a cargo de la inspección y controles pertinentes. La autoridad de aplicación será la Comuna 9.

A los efectos de atender las observaciones de la Inspección de Obra, deberá hallarse permanentemente en obra el Representante Técnico del Contratista y/o Representante de Obra que la empresa elija, el cual deberá ser un técnico en la materia como Maestro Mayor de Obras, Ingeniero o Arquitecto.

La Inspección de Obra fiscalizará, además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las plazos y etapas y demás obligaciones contractuales. Además, conjuntamente con el Contratista y/o profesional responsable efectuará las mediciones que servirán de base para la confección de los certificados de obra.

La Inspección tendrá libre acceso sin aviso previo a las plantas centrales y depósitos del Contratista.

2.6.5 BONIFICACIÓN DE HORAS EXTRAS CUMPLIDAS POR EL PERSONAL DE INSPECCIÓN

Aceptado el horario de trabajo del Contratista, este deberá tener en cuenta que el establecido por la Junta Comunal Comuna 9 para su personal es de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes. En consecuencia la tarea que realice el personal del GCABA, fuera de esos días y horarios, será considerada como "horas extras" y su pago estará a cargo del Contratista.

La retribución por horas en días hábiles, será sin bonificación alguna, excepto para el horario entre las 21:00 y 6:00 horas, que será del 100%, lo mismo para los días sábados, domingos, feriados y no laborales.

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2.6.6 PAGO DE LOS IMPORTES CORRESPONDIENTES A HORAS EXTRAS DEL PERSONAL DE INSPECCIÓN

Los importes de las retribuciones o bonificaciones anteriormente previstas serán calculados mensualmente por la Junta Comunal de la Comuna 9. Los importes serán descontados del primer certificado a pagar. Los importes totales en ningún caso podrán superar el uno por ciento (1%) del monto total del certificado mensual.

De no cumplirse con lo anteriormente establecido, se aplicará una sanción equivalente al incumplimiento de una Orden de Servicio.

2.6.7 TELEFONÍA AL PERSONAL DE INSPECCIÓN

El contratista deberá proveer a la Inspección de Obra un (1) equipo de telefonía Smadphone, marca Samsung, LG, Nokia o similar (a decisión del Gobierno de la Ciudad). Con cámara de fotos de 8 Mpixels o superior; con memoria interna igual o superior a 8Gb con un mínimo de 400 minutos libres por mes y plan de datos para intemet ilimitado.

La entrega de lo requerido en el presente punto se efectuará al momento de la firma del Acta de Inicio de Obra, el cual continuará en poder del inspector de la obra hasta la recepción definitiva de la misma.

La falta de cumplimiento de estas disposiciones aunque sea de forma parcial, dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al incumplimiento de una Orden de Servicio.

2.6.8. SEGURIDAD Y SEÑALAMIENTO

En todas las obras que se realicen en la vía pública, se deberán adoptar las medidas de seguridad y señalamiento que prescribe la Ley N° 24.449, Ley de Tránsito, Título IV "La Vía Pública" Capítulo Único "Sistema Uniforme de Señalamiento" (arts. 22/27), y Anexo L de su Decreto Reglamentario N° 779/PEN/95.

Los operarios del Contratista deberán contar con todos los elementos de seguridad que las normas vigentes requieren, para estos tipos de trabajos.

Asimismo, deberá el Contratista tener en cuenta las normas de "Salud y Seguridad en la Construcción" contempladas en la Resolución N° 1069/91 MTSS y sus complementarias.

La zona de trabajo deberá quedar perfectamente delimitada y señalizada, debiéndose permitir el libre acceso a las propiedades frentistas, ya sea de peatones o rodados.

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2.6.9. CONEXIONES, DESCONEXIONES Y TRASLADOS

Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitación de cualquier instalación provisoria o definitiva, solicitud de medidores eléctricos y de agua potable, los qüe deberán ser gestionadas por el Contratista, con la debida anticipación y coniendo por cuenta del mismo los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden.

En caso de que los trabajos a realizar implicaran tareas de apertura y cierre de calzadas en la vía pública, el Contratista deberá cumplir con la Ley N° 2.634 y su Decreto Reglamentario N° 238/08.

No se procederá a efectuar la Recepción Provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones correspondientes de acuerdo al tipo de obra por parte de las respectivas empresas sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder de acuerdo al contrato.

. •

2.7 PERSONAL

2.7.1. SALARIOS

El Contratista deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la Obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente.

El Contratista será el único responsable ante el GCABA por el pago del personal que hubiere trabajado en la obra sin excepción alguna.

Además responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al GCABA.

El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley N° 24.557.

Queda entendido que el contratista asume cualquier obligación que surja de las modificaciones en las relaciones laborales con sus dependientes durante el término del contrato, desligando al GCABA de toda responsabilidad y/o intervención en todas las cuestiones que, al respecto, pudieran ocunir.

La reéponsabilidad del contratista frente a cualquier accidente que ocurra al personal obrero surge de las obligaciones que establecen las Leyes N° 24.557, 22.250, N° 19.587 y cualquier otra normativa vigente durante el transcurso de la obra contratada.

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El Contratista deberá proveer a su personal de las prendas de vestir y accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda o tarjeta identificatoria de la empresa de modo que lo diferencie del personal del GCABA.

Eventualmente, la Junta Comunal Comuna 9 podrá solicitar a la empresa contratista la provisión, a su exclusivo costo, de una pechera identificatoria para el personal de obra.

2.7.2 HORARIO DE TRABAJO

Al librarse el Acta de Inicio se dejará constancia en la misma el horario en que desarrollará sus tareas el Contratista y si deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Comunicaciones y exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.

La Junta Comunal Comuna 9 podrá o no acceder a tal demanda sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos.

La ejecución de las obras no deberá obstruir o modificar el normal desarrollo de las tareas. Por lo anteriormente expuesto el Contratista deberá considerar en su organización la ejecución de tareas incluyendo los fines de semana y los costos que representes esos días de trabajo deberán estar incluidos en su oferta, sin tener derecho a reclamo alguno, ni mayores costos para el GCABA.

2.8 MATERIALES Y TRABAJO

2.8.1 CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJO

Todos los materiales a emplear en la Obra deberán ser aprobados previamente por la Inspección de Obra. Para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la Obra, el contratista presentará muestras de acuerdo a lo que establezcan los Pliegos de Especificaciones Técnicas (P.E.T), y como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en aquél.

Los gastos de provisión, extracción, envase y transporte de las muestras hasta donde deben realizarse los ensayos serán por cuenta de la Contratista.

Cuando las especificaciones no establezcan plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo éste será de cinco (5) días para los materiales e inspección en las obras y diez (10) días en el caso de materiales que deban ser estudiados en el laboratorio.

Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados son imputables al Contratista.

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El Contratista es responsable de cualquier daño, reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión y/o el uso indebido de materiales patentados.

Los materiales rechazados serán retirados de la Obra por el Contratista dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de notificarse del mismo. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección de Obra podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta exclusiva del Contratista los gastos y riesgos que se originen, no responsabilizándose la Repartición por pérdidas, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito de los materiales.

2.9. DESARROLLO DE LAS OBRAS

2.9.1 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN

El plazo de terminación de la obra será el establecido en el Numeral 2.1.2. del PCP.

La fecha de iniciación quedará documentada con el acta de comienzo de Obra.

2.9.2. PLAZO DE GARANTÍA

A partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras comenzará a regir el Plazo de Garantía que será de trescientos sesenta y cinco días (365) días, durante el cual el Contratista corregirá, sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los Trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo por ellos con el fondo de reparos.

2.9.3. RITMO DE INVERSIÓN

Durante la ejecución de la Obra se llevará un gráfico de inversión real, con los precios cotizados, corregido por prórrogas si las hubiera. El GCABA podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté cinco por ciento (5%) por debajo de la prevista.

Si la inversión en un momento dado resultara inferior al setenta por ciento (70%) de la prevista, la Junta Comunal Comuna 9 podrá resolver el contrato por culpa del Contratista.

Si el Contratista se adelantara al plan de trabajo, y la inversión excediera la prevista en más del diez por ciento (10%), el Gobierno podrá demorar los pagos ajustándolos al plan de inversión aprobado.

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2.9.4 RECAUDOS PARA LOS TRABAJOS

No se permitirá el acopio de materiales sueltos en la vía pública, especialmente arena. Todos los materiales deben estar perfectamente confinados, ya sea en bolsas apropiadas o en sus envases originales.

La elaboración de morteros de cualquier tipo no podrá realizarse sobre la vía pública (aceras o calzadas), las mezclas deben ser ejecutadas dentro de recipientes (bateas) de chapa. En caso de utilizarse mezcladoras del tipo mecánicas, el mortero deberá volcarse sobre una chapa o algún otro recipiente que impida el contacto de la mezcla con la calzada o acera.

En aquellos sectores de la CABA, que por sus características especiales de tránsito peatonal y/o vehicular, hagan conflictiva la ejecución de los trabajos, la Inspección de Obra determinará la metodología de trabajo a emplear, tendiendo a minimizar los inconvenientes y evitar accidentes.

Finalizada la jornada de trabajo no deberán quedar en el lugar de la obra, materiales excedentes ni escombros. El área de trabajo deberá quedar perfectamente limpia, libre de restos de materiales y escombros y perfectamente señalizada a fin de evitar accidentes y/o daños a terceros.

No se permitirá lavar las máquinas e implementos de trabajo en la vía pública.

2.9.5 PERJUICIO POR INCENDIO

El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendios en las Obras durante los períodos de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de los Trabajos.

Será responsabilidad del Contratista y será de su exclusiva cuenta, tanto los perjuicios ocasionados a la Obra como os que pudieran ocasionarse al GCABA y/o a terceros en caso de incendio, debiendo el Contratista probar, para eximirse de responsabilidad que el siniestro se produjo por caso fortuito motivado por agentes o causas ajenas al personal y a la obra.

2.9.6 SEGUROS

El Contratista deberá contratar por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación:

1) Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, incluyendo especialmente los accidentes de trabajo (ART.)

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Incendio: Destrucción parcial o total de edificios, instalaciones y equipamientos afectados al servicio hasta un monto igual al del total del presente contrato.

Robo y Hurto: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y elementos afectados al servicio como así también los materiales a proveer, por lo tanto el monto a asegurar deberá cubrir los mismos.

Responsabilidad Civil: Por danos a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos ocasionados.

Inspección de obra: Los necesarios para proteger al personal afectado a la Inspección de Obra, incluyendo especialmente los accidentes de trabajo.

Dichos seguros serán contratados por el término del plazo de Obra y sus prórrogas, con una aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N.) e incluirá a la Junta Comunal Comuna 9 GCABA como co-titular y/o beneficiario según corresponda.

2.9.7 INDEMNIZACIÓN

El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.

Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la administración pública.

Para tener derecho a las indemnizaciones correspondientes, el Contratista deberá hacer la reclamación correspondiente dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de producidos los hechos. En el caso, de que el contratista no cumpliese con los plazos indicados, perderá el derecho al reclamo indemnizatorio antedicho.

En caso que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato.

2.9.7.1 INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR

En el caso que el reclamo a interponer por el contratista guardare relación con acontecimientos de origen natural extraordinario, y de características tales que no le resultare posible adoptar con antelación medidas suficientes para prevenir sus efectos, mediando debida acreditación por su parte del comienzo y del final del fenómeno que lo ha afectado en forma específica, la presentación se deberá efectuar antes de

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Número de personal ocupado: presentes y ausentes.

Gremios que trabajan, con indicación del número del personal ocupado.

Materiales ingresados a la obra; detalle, cantidad y fecha.

Trabajos realizados.

Condiciones atmosféricas.

Equipos en obra: características, cantidad y calidad.

Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos (2) ejemplares en poder del inspector de obra. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la inspección de su texto.

2.10 SANCIONES

2.10.1. Tipo de Sanciones

La Junta Comunal Comuna 9 a través de la Inspección de Obra, podrá imponer al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en obra en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:

1° AL CONTRATISTA

Multas.

Descuentos por trabajos mal ejecutados.

Reconstrucción de las obras.

Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas.

2° AL PROFESIONAL RESPONSABLE Y/0 REPRESENTANTE EN OBRA

Llamado de atención.

Apercibimiento.

Suspensión.

Sustitución.

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transcurridos diez (10) días hábiles de la fecha de finalización, rigiendo a partir de ello las mismas condiciones que en el caso antes considerado.

En el caso de que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato (artículo 39 de la Ley Nacional de Obras Públicas).

2.9.8 LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO

Los libros tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicios impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional responsable de la Empresa como constancia de haberse notificado.

El libro de órdenes de servicios será provisto por el Contratista. El contratista podrá impugnar la orden de servicio dentro de los (3) tres días hábiles contados a partir de su notificación, y en ese caso, se suspenderá la obligatoriedad del cumplimiento de la orden de servicio por el mismo plazo.

Si luego de la impugnación realizada, el Inspector de obra reiterara la misma Orden de Servicio, entonces el contratista deberá cumplir la Orden sin más dilaciones.

En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral se aplicarán las multas previstas en el numeral 2.10.4 del presente Pliego.

2.9.9. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDOS

Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas de la obra, otras observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración.

El Representante Técnico de la Empresa firmará las notas de pedido emitidas, y el Inspector de Obra procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo, firmando al pie.

2.9.10 BIBLIORATO DE CERTIFICADOS

En este Bibliorato se deberá archivar un duplicado de cada certificado de obra

2.9.11 PARTES DIARIOS

El Contratista estará obligado a entregar diariamente a la Inspección de Obra el parte diario donde se consigne:

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2.10.2. FORMA DE APLICACIÓN

La aplicación de penalidades al Responsable Técnico y/o representante en obra no releva al Contratista de las penalidades que le pudieren corresponder por mala ejecución de trabajos o mala calidad de los materiales.

2.10.3. APLICACIÓN DE SANCIONES:

Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos:

10 AL CONTRATISTA

A- La de multa

Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en cumplimiento de una orden de servicio o de trabajo.

B- Descuentos por trabajos mal ejecutados

En los casos en que se compruebe la carencia en cualquier lugar de la obra del dosaje, materiales exigidos, resistencia o espesores. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho es susceptible de producir. Su aplicación está regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias. Ello será determinado por la Repartición cuya decisión será inapelable y de no ser aceptado, corresponderá la reconstrucción de las obras.

C- Reconstrucción de las obras

Cuando se comprueba fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etc.)

Cuando las estructuras constituidas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones.

D- Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas.

I. En caso de resolución del contrato por culpa del Contratista.

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Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allane a cumplir las resoluciones de la Junta Comunal de la Comuna 9.

Cuando reiteradamente viole las estipulaciones del contrato.

Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.

Cuando haya tenido que reemplazar a su profesional responsable y/o representante en obra, suspendidos o sustituidos por faltas graves.

20 Al Representante en Obra vio Representante Técnico:

A- La de llamado de atención

Por no concurrir a citación debidamente efectuada.

Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección.

B- La de apercibimiento

I. Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento.

C- La de suspensión

Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de un (1) mes.

La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras. Suspensión por seis (6) meses.

D- La de sustitución

Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido por dos (2) veces.

Por faltas graves o comprobación de dolo.

La sustitución del Representante Técnico y/o Representante de Obra, es una sanción que alcanza a sus titulares en la totalidad de las obras en que desempeñen sus funciones.

Penalidades a empresas asociadas

En los casos en que el Contratista fuera una UTE vinculadas ocasionalmente para la ejecución de la obra, según se estipula en el M. 2.2.2. de este Pliego, la sanción que

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eventualmente pueda serles aplicada será afrontada en forma solidaria cuando se tratare de multas.

Cuando corresponda la solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas, la misma se hará extensiva a todas las empresas integrantes de la Unión Transitoria de Empresas contratista.

2.10.4. MULTAS

Incumplimiento de Órdenes de Servicio:

En caso de incumplimiento de las Ordenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, se procederá a la aplicación de una multa diaria igual a 1/2000 del monto del contrato, incluidas las ampliaciones y/o cuando el avance de obra fuera menor en un VEINTE POR CIENTO (20%) o más de b aprobado según el plan de trabajo e inversiones.

Incumplimiento de plazos parciales y final:

Por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos parciales o final se procederá a la aplicación de una multa diaria igual a 1/1000 del monto del contrato, incluidas las ampliaciones.

El monto de las multas surgirá en cada caso de la suma de las multas diarias aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas o hasta sumar el monto máximo a aplicar, siendo las mismas progresivas y acumulativas. Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al 10% (diez por ciento) del monto del contrato, el GCABA podrá optar por su rescisión, o bien decidirá la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la obra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un nuevo plan de inversión.

Este límite en la sanción por retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al GCABA emergente de la demora correspondiente al lapso sin multa. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un nuevo plan de inversión.

2.10.5 RESCISIÓN DEL CONTRATO

La rescisión por culpa del contratista implicará la pérdida del depósito de garantía en la parte no cumplida, quedando retenido el remanente y los otros créditos pendientes para responder por los mayores costos que resulten por la terminación de los trabajos, sin perjuicios de las demás sanciones que correspondieran.

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En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho a obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra.

2.110ERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS

2.11.1 MEDICIÓN DE LAS OBRAS

Dentro de los últimos cinco (5) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obras. Se entenderá por trabajos ejecutados a los fines de la medición a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra, en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente. El resultado de las mediciones se volcará en los formularios preparados por el Contratista, que deberán ser aprobados por la Inspección de Obra.

El Contratista o su Representante están obligados a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas, así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista o de su Representante. En caso de que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por el acta en las fojas de medición. La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos, justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior. La observación o falta de conformidad que se refieran a la medición o clasificación de obras cubiertas o trabajos cuyas medidas, características, etc., pudieran alterarse con el transcurso del tiempo, por el uso o por otra causa o que resulte dificultoso o imposible de verificar posteriormente, deberá ser formulado en la primera oportunidad en que tales obras se clasifiquen o midan. No tendrá ningún derecho el Contratista de reclamación de ninguna especie, si las observaciones no fuesen formuladas en la oportunidad que se menciona en el párrafo precedente.

Su silencio, en esa oportunidad, significará su conformidad con la medición que en otro momento practique el GCABA. En las mediciones pardales o finales, provisorias o definitivas, si el Contratista se negase a presenciadas o no concurriese a la citación por escrito que se le formulase al efecto se lé tendrá por conforme con el resultado de la operación practicada por la Inspección.

Los gastos y conceptos de jornales de peones, útiles, instrumentos, etc., que sea necesario utilizar o emplear en las mediciones, ya sean parciales o definitivas, o en las verificaciones de las mismas que la Repartición considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva del Contratista.

2.11.2 CERTIFICACIÓN

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Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista éste preparará de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.

Cada certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la Junta Comunal de la Comuna 9.

El Contratista debe elevar al organismo encargado de la inspección de obra que designa la Junta Comunal de la Comuna 9, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, dos (2) ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la inspección de obra y posterior aprobación por parte de dicho Organismo.

El pago de los certificados de obra se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la conformación por el Organismo encargado de la inspección de obra que designe de la Comuna 9.

2.11.3. PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS

Los certificados serán confeccionados por el Contratista en original y una (1) copia y serán presentados ante la Comuna 9 para su conformidad y posterior tramitación.

2.11.4. APROBACIÓN DE LOS CERTIFICADOS

Se fija un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de presentación los certificados de Obra, a efectos de que la inspección de Obras les preste su conformidad. Previo a la tramitación del pago de los certificados, los mismos deberán contar con la expresa aprobación del Organismo encargado de la inspección de obra que designe la Comuna 9.

Si el certificado fuere observado, el plazo comenzará a regir a partir del momento en que el contratista lo presente corregido.

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La Comuna 9 deberá aprobar y girar los certificados dentro de los cinco (5) días hábiles de la presentada conformidad por la misma.

2.11.5 RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS.

De cada certificado de obra se retendrá de su valor total bruto un cinco (5%) por ciento para constituir el denominado Fondo de Reparo.

2.11.6. FONDO DE REPAROS.

Se deducirán del Fondo de reparo los descuentos por trabajos mal ejecutados, que se pongan de manifiesto a posterioridad a su aprobación.

2.11.7. SUSTITUCIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA Y REPARO

El GCABA tendrá derecho a exigir el cumplimiento de la fianza precedentemente citada, no sólo en el caso que el Fondo de Reparo deba ser efectuado por vicios o defectos en la ejecución de las obras, sino también cuando se rescinda el contrato por culpa del Contratista a los efectos de la retención prevista en el Art. 51 inc. c) de la Ley Nacional N° 13.064 o cuando la liquidación final de los trabajos resulte en saldo deudor en contra de aquel. Hecha efectiva la fianza que aquí se trata, su importe podrá aplicarse al pago de cualquier crédito que la Repartición tenga con el Contratista, así como a cubrir los cargos que correspondan en virtud de la Ley Nacional N° 13.064 o del contrato (jornales de obreros, créditos correspondidos en el Art. N° 47, primera parte de la Ley Nacional N° 13.064, etc.).

2.11.8. PAGO DE LOS CERTIFICADOS DE OBRA

El Contratista deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan. (Decreto N° 34/98).

2.11.9. DEMORA EN LOS PAGOS.

'Si el G.C.B.A. se demorase en el pago de los certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

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En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho de obtener una prórroga de plazo en la ejecución de la obra.

2.11.10. RETENCIONES SOBRE LOS PAGOS

En los certificados de obra se podrán deducir las sumas que por cualquier concepto debe reintegrar la Empresa Contratista.

Cuando corresponda el pago de intereses los mismos se determinarán sobre la suma líquida a pagar al Contratista de acuerdo con el resultado final que arroje la liquidación del certificado y previa la deducción de las sumas que se retengan por concepto de multas, fletes y todo otro concepto que se debite al Contratista, originado en cualquier clase de retención que se efectuara con arreglo a las cláusulas contractuales.

2.11.11 COMISIONES BANCARIAS PARA EL PAGO DE LOS CERTIFICADOS

Las comisiones bancarias que se originen por transferencias de fondos serán por cuenta de quién las solicite. Si fuese imprescindible transferir fondos a percibir por el Contratista por el pago de las obligaciones del mismo, de carácter perentorio, la Repartición le deducirá el importe de las comisiones bancarias que resulten.

2.11.12 GASTOS Y DERECHOS

Todos los pagos de gastos y derechos que deriven de la ejecución de la obra serán abonados por el Contratista, incluso los derechos correspondientes al pago de agua de la construcción.

Asimismo, los trámites, derechos, aranceles y gastos que demande la instalación, provisión y consumo de energía eléctrica, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista.

2.12 MOFICACIONES DE OBRA

Cuando correspondiere la fijación de precios nuevos por modificaciones de obra serán calculados mediante análisis sobre la base del precio de adquisición por mayor de los materiales que se requieran, del desperdicio y de la mano de obra. Los precios serán a valores vigentes a la fecha de licitación o de la última redeterminación según corresponda.

En casos particulares (por ejemplo cuando por el tiempo transcurrido desde la licitación o cuando por razones técnicas no es posible obtener los precios básicos),

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también se podrán calcular a la fecha en que se convenga, debiéndose dejar la debida constancia en el documento de aprobación.

Los precios nuevos se determinarán siguiendo el criterio establecido en el artículo referido a Análisis de Precios del presente pliego.

Mano de obra: Los jornales y beneficios a tener en cuenta serán los vigentes en el mes indicado como básico. Para las cargas sociales y el seguro se considerará la planilla publicada por la Cámara Argentina de la Construcción. El órgano encargado de la administración del contrato podrá exigir los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las cargas sociales.

Falta de acuerdo: Aún en el caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos, dejando a salvo sus derechos, siempre que no sea de aplicación la rescisión. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos del órgano encargado de la administración del contrato, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial.

A este último efecto las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y beneficios ya establecidos.

Ejecución Por un tercero o por administración: Sin perjuicio de lo estipulado precedentemente, el órgano encargado de la administración del contrato podrá disponer que los trabajos de que se trata se lleven a cabo directamente o por nuevo contrato.

2.13 APROBACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA

2.13.1. ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA — PLANOS CONFORME A OBRA

La Recepción Provisoria total de la obra será suscripta por la Comuna 9 y la empresa Contratista.

Junto con la de Recepción Provisoria, el Contratista presentará los planos conforme a obra ploteados en papel blanco y en soporte digital mediante disco compacto (CD) u otro similar, en CAD 2000.

Los planos deberán presentarse en colores convencionales, suscritos por el Representante Técnico del Contratista, con aclaración de firma, N° de matrícula, e indicación del Consejo Profesional otorgante.

Estas obligaciones constituyen una de las prestaciones del Contratista aun cuando estén diferidas hasta el periodo de garantía, y su inobservancia importa un incumplimiento de contrato, que impide la Recepción Definitiva y la Liquidación Final de la obra, y por ello el contratista no queda liberado de responsabilidad atinente al

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cumplimiento de todas las tareas de reparación, mantenimiento o conservación de los trabajos de la obra a los que se obligó durante el período de garantía.

2.13.2. PLAZO DE GARANTÍA

A partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras comenzará a regir el Plazo de Garantía que será de trescientos sesenta y cinco (365) días, durante el cual el Contratista corregirá, sin cargo alguno, cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala calidad de los materiales empleados, respondiendo a ellos con el fondo de reparos.

2.13.3. FISCALIZACIÓN DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA

Durante el período de garantía el Contratista deberá mantener en perfecto estado la obra, debiendo elaborar en conjunto con la Inspección de Obra un acta mensual, consignando los problemas detectados. Los mismos deberán subsanarse de inmediato librando la Inspección de Obra el correspondiente certificado de corrección de las fallas detectadas.

El GCABA fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación y a tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos con dos (2) días hábiles administrativos de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos.

Las actas con sus correspondientes certificados de corrección, expedidos por la Inspección de Obra, deberán presentarse para obtener la recepción definitiva de la obra.

La falta de cumplimiento de esta disposición determinará considerar tales trabajos como faltos de fiscalización.

En el caso que el contratista no procediera a efectuar las reparaciones, tal cual se indica en este Pliego de Condiciones Particulares, la Junta Comunal de la Comuna 9 dispondrá su ejecución por administración en cualquier momento.

El importe del trabajo, cuando se trate de reparaciones, será cobrado al contratista al precio efectivo que resultare, independientemente de la multa que le correspondiere.

Cabe aclarar que cualquier deficiencia que el oferente constatara en los planos de la obra, deberá comunicarlo fehacientemente antes de iniciar los trabajos (conforme artículo 26 LOP).

2.13.4. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA OBRA

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Concluido el plazo de garantía, se suscribirá el Acta de Recepción Definitiva de la Obra entre la Comuna 9 y el Contratista, y será aprobada por la misma.

2.13.5. LIQUIDACIÓN FINAL Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN

La Garantía de Adjudicación o los saldos que hubiera de estos, les serán devueltos al Contratista después de aprobada la Liquidación final de las obras, por la misma norma legal que adjudicó los trabajos, y una vez satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por su cuenta y que surja de la liquidación.

2.14 VARIOS

2.14.1 TRIBUNALES COMPETENTES

Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la CASA,

2.14.2. ÍNDICES FINANCIEROS

Cuando el oferente sea una Empresa Unipersonal deberá adjuntar la siguiente documentación:

Estado de situación patrimonial, emitido por Contador Público.

- Certificación Contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses, ambos con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.

La documentación detallada precedentemente no deberá diferir en más de dos meses del mes de apertura de las ofertas.

La evaluación económica — financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación:

Índices Financieros (en valores absolutos)

1) Cuando el oferente sea una Empresa Unipersonal deberá adjuntar la siguiente documentación:

Estado de situación patrimonial, emitido por Contador Público con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.

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Certificación contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses, con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda.

2) La evaluación económica — financiera de las ofertas se hará en base a los indicadores detallados a continuación:

Indices Financieros (en valores absolutos)

Rangos Normales

Liquidez: ACTIVO CORRIENTE> a 1

PASIVO CORRIENTE

Endeudamiento: PASIVO TOTAL< al 100%

PATRIMONIO NETO

Solvencia: PATRIMONIO NETO> a 1

PASIVO TOTAL

índices Económicos:

Inmovilizaciones: PATRIMONIO NETO + GANANCIA A REALIZAR> a 1

ACTIVO NO CORRIENTE

Rentabilidad (%):

Utilidad Neta

Patrimonio Neto

Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los estados contables presentados por el oferente.

Dichos índices deberán ser calculados a la fecha de cierre de los estados contables. En caso de presentar estado de situación patrimonial intermedio los indices también deberán ser calculados a esa fecha.

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En caso de Unión Transitoria de Empresas (UTE) cada una de las sociedades que la integran deberá presentar su propia información contable (balances, estados contables intermedios, etc.) y en base a esa información se han de determinar los indices pertinentes. En cuanto a la facturación acumulada, se considerará la suma de cada facturación afectada por su porcentaje de participación. En cuando al compromiso bancario, se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme en cada uno de los integrantes de la UTE.

1) Capacidad de Financiación: el oferente deberá cumplir con uno de los dos requisitos expuestos a continuación:

El oferente deberá presentar para avalar la Capacidad de financiación un compromiso firme —con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de obra — de una entidad bancaria o financiera por el importe total del importe total del Presupuesto Oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la presente Licitación.

Como alternativa a ésta, el Oferente podrá presentar una certificación contable de la presente Licitación. Como alternativa a ésta, el oferente podrá presentar una certificación contable por contador público, con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, de la facturación mensual efectuada en los últimos doce meses, cuya antigüedad no sea mayor de dos meses con respecto al mes de la fecha de apertura de ofertas. Del promedio mensual de la referenciada certificación, deberá surgir que el oferente realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente a una certificación mensual del Presupuesto Oficial, calculadas como el resultante de dividir el Presupuesto Oficial por el plazo, en meses, de la obra.

2.14.3. DOS ÚLTIMOS BALANCES

Estados contables de los últimos dos ejercicios económicos anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios (S.R.L.) aprobatoria de dichos estados, los que deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con la firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Cuando el último estado contable anual tenga una antigüedad mayor a cinco meses respecto al mes de apertura de ofertas, deberá presentarse un estado de situación patrimonial o estados contables intermedios que abarque desde el último ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos meses del mes de apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

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2.14.4. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

El oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, siendo la omisión de cualquiera de ellos causa fundada de eliminación de la Oferta.

Con las cantidades indicadas en la planilla de cotización y los precios unitarios calculados por el Oferente, éste confeccionará su planilla de cotización.

De esta forma la oferta que resulte más conveniente por precio, calidad y antecedentes, a criterio de la Junta Comunal de la Comuna 9, será la que prime entre las otras que se presenten al llamado.

2.15 CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES

2.15.1 CERTIFICADO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL PARA LICITACION CON FORMULA.

Expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. La documentación solicitada deberá estar certificada por Escribano Público

2.15.2. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES/AS ALIMENTARIOS/AS MOROSOS/AS

Conforme los términos de la Ley N° 269 y su modificatoria, deberá acompañarse el Certificado del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del Organismo de Administración, en caso de sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos /as, dependiente del GCABA en caso de presentarse copia de dicho certificado, deberá encontrarse debidamente certificado por ante Escribano Público.

El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere al favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización.

2.16 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Los precios de la presente Licitación Privada serán redeterminados conforme lo dispuesto por la Ley N° 2809 y su normativa reglamentaria.

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ANEXO I

MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN

Buenos Aires de 20

Señores Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Comuna 9

Timoteo Gordillo 2212.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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La Empresa y/o Unión

Transitoria en adelante el Oferente, representada legalmente por el

Señor

presenta su oferta de conformidad con lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES de la obra denominada " y que es objeto de la LICITACIÓN

PRIVADA N°

Dicha oferta cubre todos los trabajos, incluyendo mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para llevar a cabo la totalidad de los trabajos ofertados, a los precios cotizados.

El Oferente declara expresamente que:

La Oferta se ajusta íntegramente a los documentos de la licitación, a las disposiciones establecidas y a los documentos suministrados por el G.C.A.B.A. a los Oferentes.

La presentación no está impedida o afectada por ninguna de las incompatibilidades que se establecen en los Documentos de Licitación.

La Oferta es válida y permanecerá vigente por el lapso y en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

Ha examinado y acepta sin reserva todas las estipulaciones de los Documentos Licitatorios y sus Circulares; que ha estudiado con cuidado todos los iteras y cantidades mostradas en "Planillas de Cómputo y Cotización"; ha revisado con cuidado la exactitud de cada frase y palabra incluida en la Oferta y sus Anexos y después de un examen cuidadoso de los Documentos licitatorios y sus circulares y examen de las condiciones generales y locales que podrán ser encontradas durante la ejecución de cualquier parte de la obra y de recoger la información necesaria para la elaboración del plan general de operaciones, el plan detallado de los trabajos, el plan de inversiones, el de equipos afectados a obra, el cronograma de necesidades del personal y de cualquier otro elemento que pudiese en alguna forma afectar el plazo o costo de la obra.

Declara la veracidad y exactitud de toda la información proporcionada y autoriza, mediante la presente, para que cualquier persona natural o jurídica suministre al GCABA o a sus representantes autorizados, toda la información que ese organismo considere necesaria para verificar la documentación que se

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presenta y en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma se da por notificado que el GCABA tiene el derecho de invalidar su participación.

Se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en ningún caso permite suministrar documentos adicionales o información que hubiera sido omitida, y en caso de no hacerlo puede ser motivo suficiente para eliminar su participación.

En caso de divergencias, errores o incompatibilidad entre los distintos documentos de la Oferta presentada puede ser motivo suficiente para eliminar su participación.

En caso de ser invalidada su participación por las causales precedentes o por incumplimiento de las condiciones estipuladas en los Documentos Licitatorios, renuncia a cualquier reclamo o indemnización, reconociendo derecho al G.C.A.B.A. a realizar la eliminación de su participación a su exclusivo juicio.

Renuncia a cualquier reclamo o indemnización en caso de error en la interpretación de los Documentos Licitatorios del llamado y demás documentos del Contrato.

No tiene relación de dependencia ni vinculación directa o indirecta con el G.C.A.B.A. ni con sus directivos o funcionarios.

En el caso que el Contrato le fuera adjudicado, se compromete a presentar, la garantía de Adjudicación del Contrato, así como también a firmar la Contrata dentro del plazo fijado por el G.C.A.B.A. momento en el cual se presentará la garantía de adjudicación.

En el caso de que no mantuviera la Oferta por el plazo indicado, o que no se presentase la garantía, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la adjudicación, a satisfacción del G.C.A.B.A. o que no firmase el Contrato dentro del plazo fijado por este Gobierno, en dicha notificación y presentase la garantía de adjudicación, perderá la garantía de oferta.

Atentamente

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Firma del Representante Legal

Firma de la Empresa o UTE

Sello de la Empresa/ Unión Transitoria de Empresas

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ANEXO II

MODELO DE CONTRATA

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en adelante se denominará ' EL COMITENTE, representado en este acto por de la Junta Comunal Comuna 9, con domicilio en Timoteo Gordillo 2212 C A.B A., y la firma CUIT N° con domicilio legal en de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representada en este acto por con DNI N° en su carácter de de la firma que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se celebra contenida en las cláusulas siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: En vista que EL COMITENTE adjudicó a EL CONTRATISTA, la Licitación Privada N° que tramitó por Expediente N° llamada para ejecutar los trabajos de encomendadas conforme a Pliegos en los plazos, condiciones y precios fijados en la Oferta por EL CONTRATISTA, ambas partes proceden a formalizar el Contrato que ha quedado celebrado en virtud de los hechos expuestos. --------------

CLÁUSULA SEGUNDA: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar para EL COMITENTE, a su costo y por su exclusiva cuenta, los ya indicados trabajos en los términos que se expresan en los Pliegos de Condiciones del llamado.

CLÁUSULA TERCERA: Dichos trabajos serán ejecutados por EL CONTRATISTA de acuerdo con los documentos que se inician a continuación y prevalecen en el orden en que se indican:

Pliego de Condiciones Generales y Circulares aclaratorias de todo tipo.

Pliego de Condiciones Particulares y Circulares aclaratorias de todo tipo.

Pliego de Especificaciones Técnicas.

Planos Generales y Planillas

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Planos de detalle.

Oferta

Contrata

Se deja constancia que en caso de discrepancias en los planos ente la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última.

CLÁUSULA CUARTA: El precio de los trabajos es el que surge de la planilla de cotización, presentada por EL CONTRATISTA, que ofertará un monto total de Oferta de Pesos ($ ) que se adjunta como Anexo a esta Contrata.

CLÁUSULA QUINTA: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar la totalidad de los trabajos encomendados dentro del plazo de obra, que se fija en (. ...) días corridos contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la Orden de Inicio.

CLÁUSULA SEXTA: Las controversias de cualquier naturaleza que pudieren suscitarse con motivo de la presente Contrata, serán resueltas por los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario (JCAyT) de la CABA, aceptando expresamente EL CONTRATISTA, la competencia de estos, con renuncia a cualquier otra jurisdicción o competencia.

Se otorgan y firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de del año

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ANEXO III

SEGURIDAD E HIGIENE

1 - Objeto

Establecer las reglas y pautas que deben observar los CONTRATISTAS del GCABA., las cuales integran las condiciones de contratación y son de cumplimiento obligatorio

2 - Alcance

Todos los CONTRATISTAS del GCABA que ejecuten Obras Civiles, o cualquier otra obra y/o servicio enmarcado en la Industria de la Construcción.

3 - Ámbito

La Sede Central del Organismo, las sedes de Organismos centralizados, y otras dependientes del mismo.

4 - Legislación

Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587 y reglamentaciones pertinentes.

Ley Sobre Riesgos de Trabajo N° 24.557 y actualizaciones según ley 24938 y Decretos 1278/2000, 839/1998.

Decreto de Higiene y Seguridad en la construcción N°911/96

Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N°231/96

Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 51/97

Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 35/98, N° 319/99, N° 552/2001 y sus modificatorias u otras reglamentaciones que pudiesen surgir.

Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo N° 320/99

Ordenanzas Municipales que correspondan al lugar de ejecución de la obra.

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5 - Correlato

Las normas que se exponen a continuación se entenderán como reafirmatorias, ampliatorias y complementarias, y bajo ningún concepto substitutivas total o parcialmente de lo expresado en las leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas, etc. que constituyen el ítem 4 de la presente reglamentación, aclarándose que en el supuesto caso de presentarse una discrepancia o conflicto de interpretación entre las Normas y la Legislación prevalecerá siempre esta última.

6 - Vigencia

Las Normas que siguen así como la Legislación correspondiente serán aplicables durante la totalidad del tiempo que dure el contrato del cual serán parte integrante cesando su aplicación solo cuando se compruebe fehacientemente que a juicio del GCABA los requisitos correspondientes han sido cumplimentados.

7 - Incumplimiento

La mora o la falta de cumplimiento de las Normas facultarán al GCABA o al funcionario autorizado, para sancionar al CONTRATISTA con medidas que pueden llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta, sin indemnización obligatoria alguna.

En caso que personal idóneo del GCABA verifique el incumplimiento de alguna Norma / Legislación, el mismo estará autorizado a paralizar la obra total o parcialmente hasta que el contratista tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada, no siendo imputable el GCABA por los atrasos y costos causados a la obra.

El GCABA podrá prohibir el ingreso o retirar de la obra al personal, materiales o equipos que no cumplan con las Normas / Legislación correspondiente.

8 - Emergencias

En caso de producirse situaciones de incumplimiento de las Normas / Legislación que corresponden, que pongan en peligro la integridad física de personal del CONTRATISTA, personal del GCABA o terceros, o puedan causar daños en forma

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inminente a bienes patrimoniales del Organismo, el GCABA estará facultado para proveer los materiales, el personal, o ejecutar las obras a fin de evitar dichas emergencias, los costos de los cuales serán transferidos y aceptados por el CONTRATISTA.

9 - Disposiciones

Ingreso / egreso del Personal del CONTRATISTA.

El personal del CONTRATISTA ingresará a la OBRA y se retirará de la misma en la forma y modo que indique el GCABA, perfectamente identificable según la modalidad que impere en el Organismo, manteniendo su identificación durante todo el tiempo de permanencia en la obra.

Indumentaria y Elementos de Seguridad Personal

El CONTRATISTA debe proveer a su personal de ropa de trabajo y cascos de colores tales que permitan diferenciar a: personal obrero, supervisores o capataces y personal superior o de conducción.

Los elementos de Seguridad y Protección Personal a proveer por el CONTRATISTA a su personal, deben ser los aprobados por las normas vigentes en la materia y en particular por el GCABA según el tipo de actividad realizada.

Es obligación del CONTRATISTA exigir su uso a su personal, bajo apercibimiento que el mismo sea retirado de la obra cuando se verifique la contravención y hasta tanto se regularice la situación.

Asimismo señalizar la obligatoriedad de uso según Norma IRAM 10005.

Sin perjuicio de lo expuesto la D.G.de Servicios Desconcentrados puede proveer los elementos de Seguridad faltantes al personal del CONTRATISTA con cargo a este.

Ingreso y circulación de los vehículos del CONTRATISTA.

El CONTRATISTA debe asegurar sus vehículos y/o otros medios de locomoción en Compañías Aseguradoras a satisfacción del GCABA.

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Los seguros tomados deben cubrir todos los riesgos que el bien asegurado pudiera ocasionar al personal transportado así como a terceros.

Las primas y sus actualizaciones deberán mantenerse actualizadas y vigentes para lo cual el GCABA se reserva amplias facultades de control siendo obligación del CONTRATISTA presentar original y copias de las pólizas, recibos de pagos de primas, reajustes, ampliaciones y/o actualizaciones que se practiquen durante la vigencia.

Los vehículos y/u otro medio de locomoción que no cumplan con lo exigido serán retirados del mismo hasta tanto regularicen su situación.

Los conductores de los vehículos de transporte del personal del CONTRATISTA sean propios o subcontratados por el mismo deberán tener su licencia de conductor en concordancia con el tipo de vehículo que conduzcan en plena vigencia, pudiendo ser sometidos a pruebas de aptitud cuando el GCABA lo considere pertinente.

Normas Internas

No se permite el consumo de bebidas alcohólicas en ningún área de la obra.

Se prohibe fumar en áreas de la obra definiendo el GCABA los lugares en áreas delimitadas donde estará permitido hacerlo.

Está prohibido el ingreso o consumo de comestibles y bebestibles a las áreas de trabajo circunscribiéndolo a los comedores o áreas preacordadas entre el CONTRATISTA y el GCABA.

El agua para beber será provista en forma continua en la modalidad y forma que acuerden el CONTRATISTA y el GCABA.

Se prohibe la utilización de elementos y accesorios (bufandas, pulseras, cadenas, corbatas, etc.) que puedan significar un riesgo adicional en la ejecución de las tareas. El cabello, en su caso deberá ser recogido o cubierto.

Queda prohibido el uso de radios y/u otro tipo de reproductores de sonido, tanto sean colectivos, como individuales en áreas de obra.

Responsabilidades del CONTRATISTA

El CONTRATISTA es responsable por cualquier empleado que trabaje para él y toda otra persona que dependa de él o ejecute trabajos con o para él en el Organismo.

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También el CONTRATISTA es responsable por el cumplimiento de esta norma por cualquier SUBCONTRATISTA que él pueda elegir, el cual debe estar expresamente autorizado por el Organismo o representante del GCABA.

En caso que la obra requiriese la intervención de SUBCONTRATISTAS o de CONTRATISTAS MENORES el CONTRATISTA PRINCIPAL asumirá la responsabilidad de implementar a través de su propio servicio de Higiene y Seguridad la coordinación de las acciones de prevención para todos los contratistas involucrados durante todo el tiempo que dure la obra, en virtud de lo señalado por el Art. 3° de la Resolución 319/99 de la S.R.T.

En-el área de la obra habrá en forma permanente un representante del CONTRATISTA autorizado por éste para actuar en su nombre en casos de emergencia por motivos de trabajo, personal o equipos del mismo.

El representante del CONTRATISTA hará conocer su domicilio particular y número de teléfono al

GCABA a efectos de poder ser ubicado cuando sea necesario.

- Orden y Limpieza en los lugares de trabajo

El CONTRATISTA está obligado a mantener el orden y la limpieza en los lugares en que efectúa sus tareas.

Cercará las áreas de acceso restringido.

Todo desperdicio generado será acumulado y evacuado en plazos perentorios o cuando el ORGANISMO lo indique, por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, en los lugares apropiados bajo directivas del GCABA siendo condición indispensable para dar final de obra.

- Uso de Máquinas y herramientas del GCABA

A los CONTRATISTAS les está vedado el uso de máquinas y herramientas del ORGANISMO salvo expresa autorización del mismo.

- Conexiones

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Toda conexión (eléctrica, de gas, hidráulica, etc.) debe ser supervisada y autorizada por el ORGANISMO.

- Carteles Indicadores

Los carteles indicadores existentes en el ORGANISMO deben ser respetados.

- Sogas y Cables metálicos

Las sogas y cables metálicos deben ser los adecuados para el tipo de carga y operación.

Accidente de Trabajo

Transcurridas no más de 24 horas de producido cualquier accidente en el área de la obra o "in itinere" al personal del CONTRATISTA o algún tercero donde se hallen implicados personal, materiales o equipos del CONTRATISTA, éste deberá brindar un informe detallado del mismo al ORGANISMO. En caso de accidente de personal del CONTRATISTA, será de su exclusiva responsabilidad realizar todo trámite que fuera necesario ante su ART en concordancia con lo establecido en la Ley 24557 y cualquier otro procedimiento de acuerdo a lo establecido en las leyes vigentes.

Incidente de trabajo

Asimismo será responsabilidad del CONTRATISTA informar al ORGANISMO dentro de las 24 hs de ocurrido el mismo cualquier incidente con la potencialidad tal de convertirse en un accidente o que haya causado daños considerables a equipos o instalaciones tanto sea del ORGANISMO como propias.

Investigación de Accidentes / Incidentes

Los accidentes e incidentes que lo ameriten, en razón de su gravedad o potencialidad a juicio del

ORGANISMO serán investigados por un comité conformado por personal técnico y del área de Higiene y Seguridad del CONTRATISTA y del ORGANISMO.

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F) Seguridad e Higiene Industrial

Este apartado constituye un resumen de las reglas de prevención de accidentes y procedimientos seguros de aplicación para quienes trabajan en una obra de la Junta Comunal Comuna 9 teniendo como propósito principal evitar accidentes que puedan resultar en lesiones a personal del CONTRATISTA, personal del GCABA, o terceros, e incidentes que puedan producir daños a la propiedad o equipos.

Toda situación particular y no prevista en esta Norma deberá ser analizada bajo el marco del decreto 911/96 y contar con la aprobación del GCBA.

- El CONTRATISTA es el principal responsable para capacitar y asegurar el cumplimiento de estas Normas por parte de su personal y de cualquier SUBCONTRATISTA que designe.

- Construcciones provisorias /remolques

Las construcciones precarias (pañoles de herramientas, obradores, etc.) que sean levantadas por el contratista no podrán ser calefaccionados por estufas de llama abierta o eléctricas (infrarrojas) o pantallas de gas de garrafa.

- Andamios

Se prohibe utilizar tambores, cajones, bloques u objetos inestables como soportes de las plataformas de trabajo o andamios.

Los andamios deben tener parantes con patas seguras (adecuada superficie de apoyo) para evitar que se asienten o hundan en cas de estar apoyados sobre el terreno.

El acceso a las plataformas de trabajo debe ser seguro, prohibiéndose escalar usando los parantes:

Se prohibe el uso de escaleras portátiles para andamios con alturas de (3m) tres metros o mayores.

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Si fueran usadas deben colocarse a un ángulo aproximado de 75° (setenta y cinco grados) de la horizontal y perfectamente aseguradas en el tope de la plataforma.

En general y para todo tipo de andamio se preferirán las escaleras fijas.

Si se utiliza un andamio metálico debe asegurarse de apretar bien las tuercas.

Los tablones usados para andamios serán bien seleccionados y de tipo especial. Se deben adecuar al propósito de uso en cada caso sus medidas nominales mínimas serán: (5cm) cinco centímetros de espesor y una plataforma de trabajo de (0,60m).

Los tablones para andamios no deben pintarse, ya que la pintura puede ocultar fallas estructurales.

Para su conservación debe aplicarse una mano de aceite.

No se permitirá el almacenamiento en andamios y deberán eliminarse al fin de cada jornada las herramientas, materiales y desperdicios. Los andamios deben quedar sin carga de ninguna naturaleza. Durante las operaciones la acumulación de estos elementos se reducirá al mínimo.

Toda vez que se realicen trabajos en altura se debe cercar convenientemente la zona aledaña con carteles o cinta de peligro alertando sobre la presencia de personal efectuando tareas de este tipo.

- Andamios Colgantes

Es sumamente importante el tipo y modo de anclaje del que está suspendido el andamio, se lo inspeccionará cuidadosamente en cuanto a la construcción y resistencia acorde al tipo de trabajo.

El andamio debe someterse a una prueba que consiste en elevarlo a (30cm) treinta centímetros del suelo y sobrecargarlo con (4) cuatro veces la carga normal de trabajo.

Todos los cables y sogas serán sometidos a una inspección minuciosa previa a su uso.

- Trabajos de Soldadura

Cuando se realicen tareas de soldadura y/o corte se deberá vallar o señalizar la zona de riesgo y antes de comenzar las tareas se deberá contar con la autorización del personal del GCABA responsable.

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Las operaciones de corte o soldadura se harán utilizando antiparras, visores, protectores faciales,

etc., según corresponda.

Durante las operaciones de soldadura debe haber siempre un extintor apropiado disponible.

Nunca use aceite o grasas en válvulas y accesorios de cilindros de oxígeno.

Esfá telininantemente prohibido el uso de oxígeno para la limpieza (en reemplazo de aire) ni para soplar tuberías.

- Equipos y Herramientas

El CONTRATISTA está obligado a mantener en buen estado mecánico sus herramientas y equipos así como velar sus condiciones y requerimientos de seguridad.

Las herramientas deben estar en buenas condiciones y repararse cuando sea necesario

Las herramientas o cualquier otro material nunca deberán ser arrojados desde lugares elevados, ni tampoco permitir que se caigan.

Al utilizar maza y corta-frío, se debe utilizar un aguantador de herramienta para evitar lesionarse las manos y deberá utilizarse protección ocular.

Transportar las herramientas en un cajón adecuado.

Para cualquier trabajo usar siempre la herramienta adecuada.

Al ascender a escaleras con herramientas de mano, estas deben ser izadas o bajadas utilizando cinturón portaherramientas o una soga.

Al utilizar herramientas eléctricas, siempre se debe verificar que el enchufe y el cable estén en buenas condiciones.

Antes de usar equipo eléctrico asegurarse que esté permitido en el área de trabajo.

Antes de usar cualquier herramienta eléctrica asegurarse que esté debidamente conectada a tierra.

Las herramientas de mano se deben mantener siempre limpias y listas para entrar en función.

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Cuando se utilizan piedras de amolar, picar, martillos, etc., es obligatorio el uso de protectores faciales completos.

No se debe intentar el uso de herramientas eléctricas de mano cuando se está parado sobre un charco de agua o sobre piso húmedo. Si se trabaja en lugar húmedo se deben usar botas y guantes de goma.

No conversar con otra persona cuando se usa una herramienta portátil de mano.

Al completar un trabajo con herramienta portátil accionada eléctricamente no olvidar desenchufar inmediatamente. Asegurarse que las guardas de seguridad sobre las herramientas portátiles cumplan su función y se encuentren en buenas condiciones

- Vallado de Seguridad

Cuando se practique un agujero, zanja o cualquier otra abertura en el piso, nunca debe dejarse al descubierto.

El personal que los practicó o produjo pondrá sumo cuidado en taparlos, rellenarlos, o cercados antes de retirarse del sector. Si el lugar estuviera poco iluminado, dicho cerco además deberá presentar una luz roja en horario nocturno.

- Escaleras portátiles

Seleccionar las escaleras con el largo adecuado para el trabajo que se va a realizar. No usar escaleras empatilladas, las extensiones improvisadas son peligrosas y su uso está prohibido.

Examinar las escaleras antes de usarlas, si están rotas, rajadas o defectuosas en alguna forma, retirarlas para su reparación.

Usar escaleras que estén equipadas con pies y agarraderas de seguridad, si la escalera da la impresión de estar insegura, amarrar por medio de una soga la parte superior a un soporte fijo.

Esto es recomendable con escaleras altas, donde existe la posibilidad que la misma resbale, cambie su posición o sea llevada por delante.

Colocar la escalera sobre un piso o base segura, usando los pies de seguridad dependiendo ello del tipo de superficie donde se asienta la escalera.

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Ubicar la base de la escalera a una cuarta parte de su largo de la vertical Esto dará un ángulo seguro para desarrollar su trabajo.

Si se trata de una escalera de dos hojas abrir bien antes de intentar ascender.

Al ascender o descender de la escalera hacerlo de frente a la misma, deslizarse por la escalera es peligroso y está prohibido.

Para ascender y descender de las escaleras mantener ambas manos libres. Los artículos pequeños deben llevarse en los bolsillos o en el cinto. Los artículos de mayor volumen deben descenderse o izarse por medio de sogas o aparejos desde lugares elevados.

Tener mucho cuidado de no lesionar a otros empleados al trabajar desde escaleras o cuando se las coloca o transporta.

Si es necesario ubicar la escalera donde hay peligro de que sea golpeada por una persona u objeto colocar una barricada alrededor.

Mantener las escaleras libres de suciedad y pintura que puedan ocultar defectos.

- Equipos y elementos de seguridad

El CONTRATISTA está obligado a proveer a su personal el equipo y elementos de seguridad necesarios para los trabajos. La calidad de los mismos cumplirá con lo especificado por la Ley 19587, su decreto reglamentario 351/79 y el decreto 911/96 especifico para la Industria de la Construcción y las normas IRAM que correspondan.

Los elementos de protección personal deberán cubrir las siguientes áreas según las tareas a realizar y los riesgos emergentes de las mismas:

-Cascos de Seguridad

-Protección Ocular

-Protección Auditiva

-Protección Respiratoria

-Protección de miembros inferiores (zapatos de seguridad, botas, etc.)

-Protección de miembros superiores (guantes, mitones, etc.)

-Protección de caídas (cinturón de seguridad, arnés, etc.)

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-Protección del tronco (trajes especiales, delantales, etc.)

La vestimenta será la adecuada al clima y medio en el cual se desarrolla la obra

-Prevención y Protección contra Incendios

Será exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA la provisión, así como el control periódico para asegurar su perfecto funcionamiento, de los elementos portátiles de extinción que correspondan, en tipo y cantidad según la magnitud del riesgo que implique la obra.

Es responsabilidad del CONTRATISTA no solo contar con los elementos adecuados para la extinción de posibles incendios, sino tomar todas las medidas correctivas y preventivas para evitar que estos se produzcan.

Se prohibe el almacenamiento o transporte de combustibles líquidos en condiciones que configuren peligro de derrames o de inflamabilidad. El uso de los mismos estará supeditado a la autorización del personal idóneo del GCABA.

Se evitará en lo posible el uso de herramientas o equipos que puedan generar chispas.

Se prohibe el uso de artefactos o equipos de llama abierta excepto en casos específicamente autorizados por el GCABA.

G) Legajo Técnico

Como consecuencia del artículo 20 del decreto 911/96 y del artículo 3° de la resolución 231/96 el CONTRATISTA preparará y presentará al GCABA- Inspección de Obra a partir del inicio de la obra y tantas veces como este último lo considere necesario, a fin de verificar los avances y cumplimientos en el área de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el Legajo Técnico según los requerimientos de los artículos arriba citados.

Además de estar debidamente rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad del CONTRATISTA se completará con la siguiente documentación:

Memoria descriptiva de la obra.

Programa de Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra (se lo completará con planos o esquemas si fuera necesario).

Programa de Capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad.

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Registro de Evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seguridad, donde se asentarán las visitas y las mediciones de contaminantes.

Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad

Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.

H) Programación de Seguridad

En cumplimiento de lo requerido según la Resolución 51/97 de la SRT el CONTRATISTA presentará a la Inspección de Obra, si así corresponde por las características de la obra o a juicio de su ART, el Programa de Seguridad cuyo contenido será en coincidencia con lo expresado en el Anexo I del decreto citado.

Dicho Programa deberá contar con la aprobación de la ART, del CONTRATISTA y el GCABA a través de la Inspección de Obra será informado cada vez que la ART realice una visita de verificación en cumplimiento del Mecanismo de Verificación incluido en el decreto de referencia. Lo antedicho se materializará a través de la recepción de una copia del informe o constancia, el plazo para presentar la aprobación del mismo a la inspección de obra es de 2 (dos) días hábiles a partir de la fecha de notificación al adjudicatario del inicio de los trabajos.

Deberá contar con el asesoramiento de un Graduado Universitario en Higiene y Seguridad durante todo el tiempo que dure la Obra, quien deberá cumplir con un mínimo de 12 horas semanales de presencia, olas horas indicadas en la Resolución SRT 231/96, lo que resulte mayor, o en su defecto destinar un Técnico Superior en Higiene y Seguridad para cubrir esa carga horaria.

La Empresa constructora, independientemente del Programa Único de Seguridad exigido por Resolución S.R.T. 35/98 deberá confeccionar, de acuerdo a la Resolución S.R.T. N° 51/97 un Programa de Seguridad que se deberá ajustar a lo siguiente:

Se confeccionará un programa por obra o emprendimiento ya sea que el empleador participe como contratista principal o bien como subcontratista, según lo establecido en el artículo 61 del Anexo del Decreto Reglamentario N°911/96.

Contendrá la nómina del personal que trabajará en la obra y será actualizado inmediatamente, en casos de altas o bajas.

Contará con identificación de la Empresa del Establecimiento y de la Aseguradora.

Fecha de confección del Programa de Seguridad.

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Descripción de la obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución.

Enumeración de los riesgos generales y específicos, previstos por etapas.

Deberá contemplar cada etapa de obra e indicar las medidas de seguridad a adoptar, para controlar los riesgos previstos.

Será firmado por el Contratista, el Representante Técnico y el responsable de Higiene y Seguridad de la obra, y será aprobado (en los términos del artículo 3° de la Resolución 51/97), por un profesional en Higiene y Seguridad de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART.).

El responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa constructora deberá llevar un libro foliado de Higiene y Seguridad, que será rubricado por él y la Inspección de Obra. En él se asentarán las novedades, visitas, pedidos, inspecciones y cualquier otra novedad referente al rubro.

Este libro quedará en manos de la Contratista ya disposición de quienes lo soliciten.

El responsable de Higiene y Seguridad de la empresa contratista principal deberá, además, dejar asentados los días de visita y horas asignadas a la obra, para poder dar cumplimiento a lo estipulado por el Art. 2 de la Resolución S.R.T.231/96.

Previo a su ingreso a la obra la empresa contratista deberá presentar:

contrato de afiliación con una aseguradora de riesgos del trabajo (ART).

Programa de Seguridad aprobado por la ART en un plazo no superior a los 5 días hábiles de firmada el acta de inicio de la obra.

Nómina del personal de obra emitida por la ART.

Aviso de inicio de obra.

Documento de vinculación entre el profesional que ejerza como responsable de Higiene y Seguridad y un responsable de la empresa firmado por ambas partes.

Para los casos de personal autónomo, una póliza de seguro de accidentes personales por un valor de $ 230.000 (pesos doscientos treinta mil).

En forma mensual la contratista deberá presentar:

Nómina actualizada del personal de obra emitida por la ART

Entrega mensual de estadísticas de accidentes.

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c) Investigación de accidentes e incidentes y entrega de informes de las causas de los mismos en un lapso no mayor a 72 horas de ocurrido los mismos.

En caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al 2% de la Certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente a incumplimiento de órdenes de servido, lo que sea mayor.

I) Responsabilidad del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Al momento de dar inicio a la obra el CONTRATISTA informará por escrito a la Inspección de Obra los datos del responsable del Área de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la misma, independientemente de que este sea propio o el servicio le sea brindado a través de un tercero.

Asimismo informará a la Inspección de Obra cada vez que se produzca un reemplazo del profesional citado.

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ANEXO IV

IMPACTO AMBIENTAL durante la ejecución de la obra.

Objeto

La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas de Mitigación previstas para la etapa de construcción de las obras.

Normativa

Sin perjuicio de lo definido a continuación en este documento, serán de aplicación en el caso de esta obra, la Ley Nacional General del Ambiente N° 25.675, la Ley Nacional 24.051, la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario 222/12 y particularmente las condiciones que para la ejecución de la obra se establezcan en Resoluciones y Dictámenes que emita la Autoridad del GCABA como resultado del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto.

. . .

Responsable Ambiental

La Contratista deberá designar una persona física Corno Responsable Ambiental especializado en Manejo Ambiental de Obras y estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyos antecedentes deberán ser comunicados a la Inspección de Obra, al inicio de la ejecución del Contrato. Dicho profesional que puede ser la misma persona a cargo de la Higiene y la Seguridad de la obra siempre y cuando cumpla con los requisitos, deberá tener una experiencia mínima de 3 años en el control ambiental de obras y encontrase inscripto en el Registro de la Agencia de Protección Ambiental del GCABA.

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El Contratista deberá tomar las medidas necesarias tendientes fundamentales a evitar, mitigar y controlar las situaciones indeseadas para el medio ambiente y para las actividades cotidianas de la población del área de influencia, como consecuencia de la ejecución de las Obras.

El Contratista deberá cumplir con la normativa ambiental vigente al momento del inicio de las obras.

Información a las comunidades

Se deberá mantener permanente y apropiadamente informada a los pobladores y comerciantes del área sobre las características de las actividades vinculadas a las construcciones que habrán de ocasionarle inconvenientes y molestias para el desarrollo de su normal vida cotidiana. Los aspectos principales a tener en cuenta en este sentido son: las interrupciones de tránsito, la rotura de calles y calzadas y la posibilidad de interrupción de diversas prestaciones de servicios por rotura o remoción de ductos subterráneos.

La Contratista deberá Informar oportuna y convenientemente, con un lenguaje accesible y claro, a la población afectada por la ejecución de las obras, acerca de los alcances, duración y objetivos de las obras a emprender. A tal efecto y antes de iniciar las obras deberá presentar a la Inspección un Plan de Comunicación a la Población o Plan de Comunicación Social contemplando todos los aspectos relativos a las interacciones de la obra con la población.

Los trabajadores de la Contratista y los Subcontratistas deberán respetar la forma de vida de la población afectada por las obras.

La Contratista está obligada a dar a conocer las características de los obras a realizar y la duración de las mismas y tener la aceptación previa por parte de la Inspección y de la autoridad correspondiente.

Instalación del obrador

La Contratista deberá proceder a determinar la localización óptima del Obrador teniendo en cuenta los impactos ambientales, tales como contaminación de aire por voladuras de partículas de acopios al aire libre, ruidos, tránsito de maquinaria vial y camiones, etc., que afectaran a la población circundante ya los peatones.

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Previo a la instalación del Obrador, la Contratista presentará para aprobación de la Inspección, la localización finalmente elegida, fundamentando dicha elección del lugar, en función de no afectar, en la medida de lo posible, a la población circundante en relación a los impactos mencionados.

La Contratista deberá presentar un croquis detallado del Obrador donde se muestre la localización de las diferentes instalaciones, el que deberá ser aprobado por la Inspección.

El diseño del Obrador deberá efectuarse en un plano de planta, que sea claro para los usuarios, con caminos peatonales y vehiculares claramente diferenciados, además de la localización de estacionamientos de maquinarias, camiones y vehículos.

Los residuos líquidos equiparables a los domiciliarios podrán ser volcados al sistema cloacal de la Ciudad, así como los sólidos podrán ser retirados por el sistema de recolección domiciliaria de la ciudad.

Los residuos sólidos que puedan tener algún grado de contaminación deberán cumplir con las condiciones establecidas en el Anexo N° 4 de la Ley Nacional N° 24.585/95 "De la Protección Ambiental de la Actividad Minera". (Normativa complementaria - presupuestos mínimos).

Para los residuos peligrosos incluidos en el Anexo N° I de la Ley Nacional N° 24.051 "De Residuos Peligrosos", rigen las normas sobre manipulación, transporte y disposición final especificadas en dicha Ley y su Decreto Reglamentario.

Para depositar escombros o materiales no utilizados y para retirar de la vista todos los residuos inertes de tamaño considerable hasta dejar todas las zonas de obra limpias y despejadas, la Contratista deberá contratar a una empresa, debidamente autorizada para retirar dichos residuos del Obrador y de la obra, o realizarlo por su propia cuenta.

El Obrador contendrá equipos de extinción de incendios, sala de primeros auxilios con un responsable con el material médico necesario. El Obrador deberá mantener todas sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.

La Contratista deberá tener en la salida del Obrador una cartelería adecuada señalando la existencia de acceso y salida de maquinarias y un equipo de banderilleros que corten el tránsito en los momentos en que se producen los mencionados accesos y salidas.

La Contratista deberá tener en las oficinas del Obrador copia de toda la legislación citada en las presentes especificaciones y de las normas vinculadas a la temática ambiental que emita el GCABA, posteriores al inicio de las obras.

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Una vez terminados los trabajos se deberán retirar de las áreas del Obrador, todas las instalaciones fijas o desmontables que la Contratista hubiera instalado para la ejecución de la obra, como así también eliminar las chatarras, escombros, cercos, divisiones, rellenar pozos, desarmar o rellenar las rampas para carga y descarga de materiales, maquinarias, equipos, etc. No se recepcionarán las obras si no se ha dado cumplimiento a lo establecido precedentemente.

Aspectos relativos a la maquinaria y equipos El equipo móvil incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas.

Asimismo, el estado de los silenciadores de los motores debe ser bueno, para evitar los excesos de ruidos.

Igualmente deberán tomarse medidas para evitar derrames de combustible o lubricantes que puedan afectar los suelos y/o al escurrimiento de aguas de lluvia.

En el aprovisionamiento de combustible y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambios de aceite, se deberá evitar que estas actividades contaminen los suelos.

Los cambios de aceites de las maquinarias deberán ser cuidadosos, disponiéndose el aceite de desecho en bidones o tambores y su disposición final deberá ser aprobado por la Inspección de la obra. Por ningún motivo estos aceites serán vertidos en el suelo.

Los aceites usados deberán estar contenidos en bidones o tambores localizados sobre una platea de hormigón, el lugar deberá estar techado y con un cerco perimetral y con candado para que solo pueda acceder el personal autorizado. En ningún caso dichos bidones o tambores podrán estar depositados en un lugar que carezca de ventilación.

Contaminación

Los contaminantes como productos químicos, combustibles, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas, pinturas y otros desechos nocivos, no serán descargados en zonas donde si se producen precipitaciones puedan ser arrastrados al sistema de desagües pluviales, siendo la Contratista la responsable de su eliminación final en condiciones ambientalmente adecuadas.

En el caso de que la Contratista en forma accidental vierta, descargue o derrame cualquier combustible o productos químicos, notificará inmediatamente a la Inspección

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ya todos los organismos jurisdiccionales correspondientes, y tomará las medidas para contener y eliminar el combustible oros productos químicos.

La Contratista tomará las medidas necesarias para garantizar que cemento o concreto fresco no tengan como receptor el sistema pluvial del área. La Contratista evitará el vertido de aguas de lavado o de enjuague de hormigones al sistema de desagües pluviales, como también de cualquier otro residuo proveniente de las operaciones de mezclado de los hormigones.

Como los suelos provenientes de las excavaciones para los conductos pluviales y cámaras podrían estar contaminados tanto por pérdidas eventuales de establecimientos (desactivados o no) y depósitos localizados en el área, por el contacto con napas contaminadas o por las filtraciones de los conductos de desagüe, el Contratista deberá en primer lugar determinar las características y niveles que podría revestir dicha contaminación.

Para mitigar la contaminación con dichos suelos, el Contratista deberá tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por un lado todo lo referente a la prevención del contacto humano con esos lodos contaminantes y, por el otro, todas aquellas acciones vinculadas a su tratamiento y su disposición final.

Control de derrames

Se determinará el origen del derrame y se impedirá que se continúe derramando el contaminante.

Se informará inmediatamente al Responsable de Seguridad e Higiene y al Responsable Ambiental de la obra.

Se interrumpirán otras actividades.

Se obtendrá toda la información necesaria sobre el tamaño, extensión y los contaminantes derramados.

El Responsable de Seguridad e Higiene y el Responsable Ambiental determinarán si es necesaria la contratación de una empresa especializada en control y remediación de derrames. Se asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en todo momento.

Remoción del pavimento existente

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La Contratista al ejecutar la remoción del pavimento existente deberá extraer de la zona el material removido y deberá trasladarlo al obrador u otro destino final a los efectos de no afectar el área de trabajo.

En ningún caso este podrá ser depositado sobre las veredas.

La Contratista utilizará solamente los lugares de depósitos aprobados por la Inspección.

La Contratista no depositará ningún material en terrenos de propiedad privada sin la previa autorización del dueño, debidamente ejecutada, protocolizada y con el visto bueno de la Inspección.

Los adoquines extraídos en la remoción del pavimento existente quedaran de propiedad del GCABA. La Contratista informará a la Inspección el lugar en que se depositarán para que esta informe al organismo competente del GCABA para que estos sean retirados para su uso posterior en obras que requieran este tipo de material.

Reconstrucción de veredas

En el caso de la reconstrucción de veredas deberá implementar un sistema adecuado para que los peatones puedan desplazarse con absoluta seguridad y garantizara a los vecinos frentistas a la obra el acceso seguro a sus viviendas. En ningún caso un vecino frentista se verá impedido del ingreso a su propiedad.

Protección de la vegetación existente

Se deberá conservar y proteger toda la vegetación existente (árboles, arbustos, plantas) contra el corte y/o la destrucción que pueda causar el personal del Contratista y contra los daños que se pudiesen producir por los descuidos en las operaciones de los equipos o por la acumulación de materiales, desechos y escombros. El Contratista deberá restaurar y reponer a su cargo la vegetación que se halla destruido o dañado por los trabajadores de excavación, construcción de los conductos, pavimentos, etc.

La Contratista deberá evitar daños al arbolado existente tanto en la zona operativa como en las calles laterales, salvo en el caso que en el pliego de forestación se establezca la extracción de algún ejemplar arbóreo.

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La Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los incendios, evitando que los trabajadores enciendan fuegos no imprescindibles a las tareas propias de la obra.

Identificará un responsable del manejo de equipos e instalaciones de extinción de fuego y en caso de ser necesario avisará con celeridad a la autoridad local competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de los incendios.

Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias sobre el arbolado existente no pudiendo colocar clavos en los árboles, cuerdas cables o cadenas; manipular combustibles, lubricantes o productos químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, cortar ramas, seccionar raíces importantes y dejar raíces sin cubrir.

Disposición de Residuos

Se deberá planificar una rápida disposición final de los escombros y basuras generadas, a fin de impedir problemas innecesarios de creación de ambientes propicios para la proliferación de vectores y roedores.

Minimización de la contaminación atmosférica y de los ruidos

Durante la fase de construcción, la Contratista controlará las emisiones de polvo procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones, plantas de áridos y otras instalaciones de obra Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo y los camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos, deberán llevar su carga tapada con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos. Asimismo controlará el correcto estado de la maquinaria para evitar emisiones contaminantes superiores a las permitidas.

Los equipos no serán alterados de ninguna forma como para que los niveles de ruido sean más altos que los producidos por los equipos originales.

A criterio de la Inspección y cuando sea factible, la Contratista establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos como al de sus proveedores de zonas con congestión de tránsito y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte se reduzcan al mínimo.

La Inspección se reserva el derecho a prohibir o restringir cualquier trabajo cercano a receptores sensibles que produzca niveles de ruido superiores a 65 dB (A) en horas

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nocturnas, de 22 a 06 hs., a menos que las ordenanzas locales establezcan otros límites u horarios, en cuyo caso prevalecerán las más exigentes.

Dependencias sanitarias en la zona de obra

En todos los sitios donde se desarrollen obras se instalarán baños químicos portátiles, contenedores para residuos sólidos domiciliarios y habrá agua potable disponible.

Los baños portátiles funcionarán a base de un compuesto químico líquido que degradarán las materias que se depositen, formando un residuo no contaminante biodegradable y libre de olores.

El producto químico se cargará en los baños mediante camiones cisterna con equipo especial de bombeo. Los residuos generados en los baños químicos serán evacuados mediante transportes especiales cuando su capacidad fuera colmada.

Cuando se efectúe el traslado de los baños químicos desde una ubicación a otra, se comprobará que los recipientes contenedores estén perfectamente cerrados, a fin de no provocar ningún derrame accidental durante el transporte.

Todas las dependencias sanitarias, cualquiera sea su tipo, serán higienizadas diariamente, a fin de evitar la generación de probables focos de enfermedades infecciosas.

Hallazgos arqueológicos, paleontológicos y de minerales de interés científico

Al proceder al levantamiento del pavimento existente, en el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento u otros objetos de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante la realización de las obras, la Contratista tomará de inmediato medidas para suspender transitoriamente los trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado perimetral para delimitar la zona en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de evitar los posibles saqueos. Dará aviso a la Inspección, la cual notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a cargo de la responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo.

La Contratista cooperará, y a pedido de la Inspección ayudará a la protección, relevamiento y traslado de esos hallazgos.

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Patrimonio Histórico

El Contratista deberá comunicar fehacientemente y con adecuada anticipación a los responsables directos de aquellos sitios donde se hallen elementos ornamentales y de patrimonio a fin que estos adopten en tiempo y forma los recaudos necesarios para asegurar la apropiada preservación durante la etapa de construcción, particularmente durante las excavaciones, movimiento de maquinaria pesada, rotura de pavimentos y todas aquellas actividades que generen polvos.

Seguimiento y monitoreo ambiental

El programa de monitoreo estará basado en el seguimiento de las Medidas de Mitigación propuestas, orientado a conservar las condiciones de los componentes ambientales: atmósfera, suelo, agua, flora, social (patrones sociales y culturales) y paisaje, como referentes esenciales para el área del Proyecto.

La Contratista elaborará un Plan de Monitoreo que deberá acoplarse al Plan de Obra. Estos planes aprobados por la Inspección, serán de estricto cumplimiento por parte de la Contratista.

Antes de la puesta en funcionamiento del Obrador y del inicio de las obras la Contratista realizará, entre las 10 hs. y las 17 hs., un monitoreo de aire y ruido para determinar la Línea de Base, tanto en la zona en que se localizara el Obrador y como en aquellos puntos que indique la inspección.

El responsable de ejecutar el seguimiento será la Contratista, la que deberá entregar un reporte mensual sobre los componentes y variables que realice, suministrando los análisis con el soporte de un laboratorio certificado y el informe de auditoría incluyendo fotografías fechadas, firmado por el Responsable Ambiental y el Representante Técnico de la Contratista.

El programa de monitoreo planteado tiene como finalidad identificar la eficacia de las Medidas de Mitigación propuestas y el cumplimiento de las mismas por la Contratista. La Inspección podrá, eventualmente, solicitar determinados monitoreos, en el caso de que lo considere necesario, sobre todo en los casos en que se produzcan quejas de los vecinos. Esto no implicara un adicional de obra.

Penalidades

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En caso que la Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si la Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicará una multa equivalente al 2% de la Certificación mensual correspondiente al mes de incumplimiento, o la correspondiente a incumplimiento de órdenes de servicio, lo que sea mayor.

No se realizará la recepción provisional de la obra hasta tanto no se haya dado cumplimiento a la totalidad de los Aspectos Ambientales citados en esta Especificación ya todos los requerimientos de las Autoridades Competentes.

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ANEXO V

PLANILLA DE COTIZACIÓN

Se deja expresa constancia que los cómputos vertidos en la presente planilla son al sólo efecto de realizar la oferta, las empresas contratistas deberán efectuar sus propias mediciones.

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BUENOS AIRES

4.--

- -

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE

COMUNA 9

PLANILLA DE COTIZACIÓN

COMUNA: 9 OBRA: PLAZOLETAS EN AV BRUIX

UBICACIÓN: Av. Bruta entra Av. Juan B. Alberdl y Av. Directorg Superficie: 10001,2 Perknet O

Plexo obre (Mas): 120 dias Facha de congo sechl

m-113

ITEM DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS UNIDAD CANT P.UNITARIO P.TOTAL PRESUPUESTO _ 4.1.0 Trabajos Preliminares _ _ . __ Obrador, Deposites, SanitarlOS (Obras Menores) 01A 120 Cartel de Obra UN 2 Cartel Rendar do Obre según Phege UN Gene de la obra (Cerco de Seoundad-Oga Manares) ML 220 limpieza de prado DIA 120 Replanteo de Obni, Planiallimelda y Camas (4.5) 01A

4 17 Dazumentspon &afea y Enlatan (Inch°. PreseriM0156 Orle orpanbmos ofIciMee) GL

-- Demoklones — _ Acarreo yretiro de material a maquine mayor quedo m3 M3 150,64

422 Derroliclon solado de cordeta asfalten M2 1020 02 42.3 °amolden honrigon e morldna ML 388

Derrnagion de Cagada MS 18.684 4.25 Retiro ~eones da emano a megulna ML 40

Movimiento de Suelos Rellenos M3 3120

--2 Y Penad Mem

Excavaciones a mano M3 15 Rellenos y termplenainleMos a maquina M3 1166 EamPageMin da Suelas titule110Pa de narra) M1 629.02 _ ' Hormigón Armado .

— _ . . _ Gordon como, de hormgon armado ML 428 Cantero de hormichn armado Esp: 15 cm. M2 316 Albalillade . ' _ -- ' 7- _ ..

_ . _--— 4.51 Vados Peatonales M2 20 45.2 Avisador tacill en Vados Peatonales M2 25

Elecurfon nicho de 0.20 4 020 Int revoque cornanhcia Para vagido de acople rapida con tapa y cierro de seguridad UN e

Solido IMartrabedo. Un: O cM (incluye excavaCgo. WO-base Y mento do arena a mano) M2 829.5

Carpeta asfalta. Eso. 5 Cm ado PAVI-EER (indulte oantriglea e:12 coi) M2 24.912

Ego/clon nicho de 0.40 x 120 4 0.301M 'evoque °emergido pm vatwle do acopie HIPO° y manguera de 20 lin con filf° 7 cierre de seguridad

UN 4

___-. — , 4.6.0 - -- pintura 7 •._. — —• Pintura para equipamiento met& M2 10 Oemarcacion en feo color amadlo Mi. 430 'natal:141cm Electrizas -- — ' — --- . _ ProvisiOn y colocacion de indagaba dechice subteinvga (incluya zanjoo de 0.30 4 0,60 ni. cano de PVC de 110 diam. ML 141,4

4 72 Provisbn y ooltioscen de Parda marca Phibps METRONOMIS LEOGINE SS 831/NW BOW 84 OS (no incluye columna) UN 12

4,23 Prodslan y edocación de Tableta pera tontean en columna/barón da alumbrado UN a

Provisión y cola:ación de 1abalba Para Puneta a nena 10 Yr Y 2 50 m de lora 1 UN 20

4.72 Columna de alumbrado hasta 4 m de altura (Incluye UN 12

475 Cámara de InSpeCiden 'in-sittf 40440 cm (Incluye excavo:go) UN 20

4.160 Instalaciones Senilidad) SIstenia de Rine —

ML 80 RovIsitin y coboodein de manguero 3W para limpie nloieo.

PrOASIón y colocación de acople rápido 314'. UN 9

48 3 Provisión y colocación da Tubo CLASE 10 -53 nen. TIGRE SO. Incluye rango y tapado) ML 117

----- ---: 4.9.0 Paisagsmo _ —. 49.1 Tape. Grama galana M2 391

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Provisión Y Plantación de EURTORS PECTINACTUS (GRIS) 3L

UN 150

49.3 Tierra de relleno M3 80 Tierra negra para nivelador fina M3 1995 Provisión y planladón de LIQUIDANBAR styracifiva 65 L b: 400 CM

UN 10

Roturación escarificado a mano 11 /412 391 _...„ (00— 4.10.0 — Ego( _ _.... .y.0).

UN 239 4.10.1 Bolardo de hierro base triangular (incluye excavación. bases y colocadón).Tipo INOUPAG.

4.11.1 No Cotiza Rejas y Hereda 4753.12.0 _

4.12.1 No Cotiza Varios .._..... IpRál 011era'

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GOBIERNODELACIUDADDEBLJENOSAIRES 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Hoja Adicional de Firmas Pliego Bases Condic. Part.

Número: PLIEG-2016-25932197- -COMUNA9

Buenos Aires, Jueves 24 de Noviembre de 2016

Referencia: PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

El documento fue importado por el sistema CEDO con un total de 75 pagina/s.

peulis, signe., by comnielaen. &Num.,

Palacios Analia Beatriz Presidente Junta Comunal

44.21INTA COMUNAL 9

Digilally signed by Comunicaciones Oficiales ON: cneComunicaciones Oficiales Date: 20161424 13:56:051311

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016, Año del Bicentenario deja Declaración de la Independencia de la República Argentina"

COMUNA 9

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

BRUIX

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INDICE 4.1.0. TRABAJOS PRELIMINARES

4.1.1. OBRADOR, DEPOSITOS, SANITARIOS (OBRAS MENORES) 5

4.1.2. CARTEL DE OBRA 5

4.1.3. CARTEL DE RENDER DE OBRA SEGÚN PLIEGO 5

4.1.4. CIERRE DE LA OBRA (CERCO DE SEGURIDAD-OBRAS MENORES) 5

4.1.5. LIMPIEZA DE PREDIO. 5

4.1.6. REPLANTEO DE OBRA, PLANIALTIMETRIA Y CATEOS (4 hs.) 6

4.1.7. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA, PROYECTO EJECUTIVO, Y PRESENTACIÓN FRENTE A

ORGANISMOS OFICIALES 6

4.2.0. DEMOLICIONES 7

4.2.1. DEMOLICIÓN SOLADO DE CARPETA ASFALTICA 7

4.2.2. DEMOLICION DE CORDONES DE HORMIGON A MAQUINA 7

4.2.3. DEMOLICION DE CALZADA 7

4.2.4. ACARREO Y RETIRO DE MATERIAL A MAQUINA HASTA 40 M3 7

4.2.5. RETIRO DE CORDON GRANITICO A MAQUINA 7

4.3.0. MOVIMIENTO DE SUELOS 8

4.3.1. RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS A MANO 8

4.3.2. EXCAVACIONES A MANO 8

4.3.1. RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS A MAQUINA 8

4.3.3. COMPACTACIÓN DE SUELOS (INCLUYE APORTE DE TIERRA) 8

4.4.0. HORMIGON ARMADO. 9

4.4.1. CORDÓN COMUN DE HORMIGÓN ARMADO 9

4.4.2. CANTERO DE HORMIGÓN ARMADO. Esp: 15cm 9

4.5.0. ALBAÑILERÍA 9

4.5.1. VADOS PEATONALES. 9

4.5.2. AVISADOR TÁCTIL EN VADOS PEATONALES 10

4.5.3. EJECUCION DE NICHO DE 0.20 x 0.20 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE

ACOPLE RAPIDO CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD 10

4.5.4. SOLADO INTERTRABADO. ESP: 6cm (Incluye Excavación, sub base y manto de arena a

mano) 10

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016, Año del Bicentenario de la Declaración de lo Independencia de la República Argentina"

4.5.5. CARPETA ASFALTICA. ESP: 5 CM TIPO PAVI-FER (incluye contrapiso e:12 cm) 11

4.5.6. EJECUCIÓN DE NICHO 0.40 x 1,20 x 0.30 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE

ACOPLE RAPIDO Y MANGUERA DE 20 m CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD. 11

4.6.0. PINTURA 11

4.6.1. DEMARCACION EN FRIO COLOR AMARILLO 11

4.6.2. PINTURA PARA EQUIPAMIENTO METALICO 11

4.7.0. INSTALACIONES ELECTRIaS 11

4.7.1. PROVISION Y COLOCACION DE INSTALÁCION ELECTRICA SUBTERRAN EA (INCLUYE ZANJE°

DE 0.30 X 0.80 M, CANO DE PVC DE 110 DIAM, CABLE TIPO SINTENAX DE 3X6MM2,

PROTECCION MECANICA Y TAPADA). 12

4.7.2. PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE FAROLA MARCA PHILIPS METRONOMIS LEDGIN E SS

831/NW 80W 64 DS (no incluye columna) 13

4.7.3. PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE TABLERO PARA CONEXIÓN EN COLUMNA/BUZÓN DE

ALUMBRADO 13

4.7.4. PROVISION Y COLOCACION DE JABALINA PARA PUESTA A TIERRA (CD 5/8 Y 2.50 M DE

LONG.) 14

4.7.5. COLUMNA DE ALUMBRADO HASTA 4 M DE ALTURA (INCLUYE EXCAVACION Y SUB-BASE)

15

4.7.6. CÁMARA DE INSPECCION "IN-SITU" 40x40cm (INCLUYE EXCAVACIÓN) 15

4.8.0. INSTALACIONES SANITARIAS! SISTEMA DE RIEGO 15

4.8.1. Provisión y colocación de MANGUERA 3/4" PARA ACOPLE RAPIDO 15

4.8.2. Provisión y colocación de ACOPLE RAPIDO 3/4" 15

4.8.3. Provisión y colocación de Tubo CLASE 10 - 63 mm.Tigre. SD. (Incluye zanjeo y tapado) 15

4.9.0. PAISAJISMO 16

4.9.1. TEPES GRAMA BAHIANA. 16

4.9.2. PROVISIÓN Y PLANTACIÓN DE EURYOPS PECTINATUS (GRIS) 3L 16

4.9.3. TIERRA DE RELLENO 16

4.9.4. TIERRA NEGRA PARA NIVELACION FINA. 16

4.9.5. PROVISIÓN Y PLANTACIÓN DE LIQUIDANBAR styraciflua SOL h:250/300 cm 17

4.9.6. ROTURADO Y ESCARIFICADO A MANO. 17

4.10.0. EQUIPAMIENTO 17

3

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410.1. BOLARDO DE HIERRO DE BASE TRIANGULAR (INCLUYE EXCAVACION, BASES, Y

COLOCACION) TIPO INDUPAG 17

4.11.0. REJAS Y HERRERIA. 17

4.11.1. NO COTIZA REJAS Y HERRERÍA 17

4.12.0. VARIOS. 17

4.12.1. NO COTIZA VARIOS 17

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4.1.0. TRABAJOS PRELIMINARES.

4.1.1. OBRADOR, DEPOSITOS, SANITARIOS (OBRAS MENORES). Los trabajos consistirán en la realización de un obrador en un espacio conveniente teniendo en cuenta consideraciones futuras. Los baños químicos serán dos y contarán con inodoro, mingitorio, lavatorio, bomba auto limpiante, ventilación de tanque y cerradura. Se contemplará su limpieza en forma semanal durante el periodo que dure la obra. El personal de obra deberá cumplir con lo estipulado por la UOCRA.

4.1.2. CARTEL DE OBRA. Se realizará la provisión y colocación de 2 (dos) carteles de obra, de 2 x 3 metros según lo indicado en el P.E.T.G 3.1.8. El mismo se realizará en chapa de hierro D.D.BWG 24, sobre bastidor conformado de madera dura. La empresa Constructora deberá proponer la estructura de sostén y su cálculo correspondiente. El cartel deberá ser pintado con dos manos de anfióxido previas, tres manos de esmalte sintético de terminación y colores según lo especificado. La Empresa Contratista se compromete a mantener el perfecto estado de la cartelería durante todo el período que media entre su colocación y la Recepción Definitiva de los trabajos. Ver plano 05. CARTEL DE OBRA.

4.1.3. CARTEL DE RENDER DE OBRA SEGÚN PLIEGO. La Empresa Contratista deberá realizar 2 (dos) render de la obra para ser colocados en los carteles que irán en cada sector de la obra. Éste será de las mismas dimensiones y características del cartel de obra y se colocará al lado de éste. La Empresa Contratista se compromete a mantener el perfecto estado de la cartelería durante todo el período que media entre su colocación y la Recepción Definitiva de los trabajos. Ver dimensiones y tipografías en N° 06 CARTEL DE OBRA.

4.1.4. CIERRE DE LA OBRA (CERCO DE SEGURIDAD-OBRAS MENORES). La empresa Contratista deberá colocar un cercado de protección en los laterales del área a intervenir. El mismo deberá impedir el acceso de personas y/o vehículos al sector. Se deberá prestar especial atención de no dañar los solados existentes con dicho cerramiento. Si la Inspección de Obra no indica lo contrario dicho cerco tendrá una altura de 2m, y estará conformado por módulos de 2x2m de bastidor metálico, malla sima 15x15cm y media-sombra, con pie de apoyo.

4.1.5. LIMPIEZA DE PREDIO. La Empresa Contratista deberá efectuar la limpieza y preparación de las áreas afectadas a las obras correspondientes al predio, que comprenden los siguientes trabajos: desarraigo de árboles secos, mamposterías, cascotes, escombros y retiro de residuos de cualquier naturaleza fuera del predio, evitando así que se mezcle con la tierra. La Inspección de Obra estará facultada para exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpiezas periódicas semanales.

5

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2016, Afta del Bicentenario do lo Declaración dejo Independencia de la República Ataviarla"

4.1.6. REPLANTEO DE OBRA, PLANIALTIMETRIA Y CATEOS (4 hs.). La Empresa Contratista deberá presentar el relevamiento planialtimétrico. Realizará los cateos, en un todo de acuerdo a la Inspección de Obra y al P.E.T.G. Se requerirá informe con firma competente por agrimensor. Para realizar el replanteo de las tareas, deberá informar a la Inspección de Obra el 'momento en que las mismas se llevarán a cabo. Realizará el trazado, amojonado y verificación de ejes y niveles de referencia.

4.1.7. DOCUMENTACIÓN GRÁFICA, PROYECTO EJECUTIVO, Y PRESENTACIÓN FRENTE A ORGANISMOS OFICIALES. La totalidad de la documentación anexa que forma parte del presente pliego deberá tomarse como anteproyecto. Documentación anexa:

00 SITUACIÓN EXISTENTE. 01 DEMOLICION. 02 PROYECTO. 03 DETALLE. 04 PLANO ELECTRICO. 05 PLANO RIEGO. 06 CARTEL DE OBRA.

Los planos ejecutivos de proyecto serán presentados a la Inspección de Obra para su aprobación, previo al inicio de la obra. La Empresa Contratista no podrá realizar tareas de ejecución salvo los trabajos preliminares hasta tanto no reciba por escrito aprobación de dicha documentación. Los planos definitivos, replanteos, cálculos estructurales y/o de instalaciones deberán ser ejecutados en su totalidad por la Empresa Contratista, según el siguiente detalle: Planos elecufivos de obra: . Plantas escala 1.50. Todas las necesarias. . Cortes escala 1.50. Mínimo cuatro. . Detalles escala 1.10 / 1.20 de todos los elementos conflictivos o a resolver. . Plano de sistema de riego escala 1.200 . Plano de pendientes de escurrimiento escala 1.100 Plano de paisajismo escala 1.500

. Plano de solados con juntas de dilatación escala 1.50 Planos conforme a obra: .. Plantas escala 1.50. Todas las necesarias. Cortes escala 1.50. Mínimo cuatro.

. Detalles escala 1.10 / 1.20 de todos los elementos conflictivos o a resolver.

. Plano de sistema de riego escala 1.200

. Plano de pendientes de escurrimiento escala 1.100

. Plano de paisajismo escala 1.500

. Plano de solados con juntas de dilatación escala 1.50

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4.2.0. DEMOLICIONES.

El presente ítem tiene por finalidad establecer las especificaciones técnicas particulares de demolición y movimiento de suelos para las obras a que se refiere la presente documentación, con carácter complementario de las generales de este pliego (según 3.2. y 3.3 del P.E.T.G.).

4.2.1. DEMOLICIÓN SOLADO DE CARPETA ASFALTICA La Empresa Contratista realizará las tareas de demolición de los solados de carpeta asfálfica que se encuentran en los sectores a intervenir según planos N°00 SITUACIÓN EXISTENTE y N° 01 DEMOLICION. Se estipulara la reutilización de los escombros para la realización de nuevos contrapisos o rellenos de cascotes necesarios para la materialización de trabajos de albañilería propuestos por proyecto En caso de traslado el destino de las mismas, quedando a cargo de La Empresa Contratista el traslado hacia el Organismo del área competente del Gobierno. De quedarse La Empresa Contratista con lo retirado, deberá considerar su valor residual.

4.2.2. DEMOLICION DE CORDONES DE HORMIGON A MAQUINA. La Empresa Contratista deberá quitar la totalidad de los cordones de Hormigón Premoldeados que se encuentran en todas las esquinas a intervenir. Se estipulara la reutilización de los escombros para la realización de nuevos contrapisos o rellenos de cascotes necesarios para la materialización de trabajos de albañilería propuestos por proyecto. De quedarse La Empresa Contratista con lo retirado, deberá considerar su valor residual.

4.2.3. DEMOLICION DE CALZADA.

La Empresa Contratista realizará las tareas de demolición de calzada hasta llegar a los niveles solicitados para el pase de instalaciones. Una vez realizado el fresado del pavimento, se deberá realizar el zanjeo para el pase de las instalaciones eléctricas y otro para el pase de instalaciones de riego que abastecerán a las plazoletas, desde la Línea Oficial más cercana hasta la ubicación de la cámara más próxima.

4.2.4. ACARREO Y RETIRO DE MATERIAL A MAQUINA HASTA 40 M3. La dirección de Obra indicará el destino de los elementos de retiro, quedando a cargo de la Empresa Contratista el traslado de los mismos hacia el Organismo del área competente del Gobierno: (ej. carteles de vía pública, placas recordatorias, piezas graníticas, monumentos, etc.). Aquellos elementos removidos que no requirieran dicho tratamiento quedan en poder de la Contratista, quien deberá tener en cuenta el valor residual en la oferta. El traslado y retiro de cascotes o restos generales de la demolición o el desmonte quedan a cargo de la Empresa Contratista.

4.2.5. RETIRO DE CORDON GRANITICO A MAQUINA. La Empresa Contratista deberá quitar el cordón granítico que se encuentra en la esquina N° 3 de la Av. BRUIX y la calle Homero (Esquina Sur). Se estipulara la reutilización de los

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escombros para la realización de nuevos contrapisos o rellenos de cascotes necesarios para la materialización de trabajos de albañilería propuestos por proyecto. De quedarse La Empresa Contratista con lo retirado, deberá considerar su valor residual.

4.3.0. MOVIMIENTO DE SUELOS

4.3.1. RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS A MANO. La Empresa Contratista deberá realizar los correspondientes replanteos, movimiento de suelos, extracción, relleno, terraplenamiento, nivelación de senderos y ejecución de taludes, modificando el relieve actual del terreno, de acuerdo al proyecto de las nuevas plazoletas. Se incluye también, la ejecución de una subbase de RDC (relleno de densidad controlada). Se procederá al replanteo, definiendo los ejes y niveles indicados en planimetría. Se marcarán los senderos, procediendo a extraer suelo correspondiente para alcanzar los niveles indicados. Posteriormente se procederá al relleno, compactación y terraplenamiento de las áreas indicadas en planimetría, y en un todo de acuerdo a los perfiles proporcionados.

4.3.2. EXCAVACIONES A MANO. La Empresa Contratista deberá realizar todas las excavaciones, a mano. Podrán ser hechas con máquina zanjadora, herramientas neumáticas y cualquier otro método que pueda ser necesario para preparar la zanja. Se deberá verificar la existencia de cañerías, cables u otras estructuras subterráneas para evitar dañarlas. En caso de resultar las mismas dañadas, la Empresa Contratista se encargará de los costos de su reparación.

4.3.1. RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS A MAQUINA. La Empresa Contratista deberá realizar los correspondientes replanteos, movimiento de suelos, extracción, relleno, terraplenamiento, nivelación de os sectores donde se realizarán los zanjeos para el pase de instalaciones. Se incluye también, la ejecución de una subbase de RDC (relleno de densidad controlada). Se procederá al replanteo, definiendo los ejes y niveles indicados en planimetría. Posteriormente se procederá al relleno, compactación de las áreas indicadas en planimetría, y en un todo de acuerdo a los perfiles proporcionados.

4.3.3. COMPACTACIÓN DE SUELOS (INCLUYE APORTE DE TIERRA). La Empresa Contratista efectuará los trabajos aporte DEL 30% y compactación de la tosca. El equipo de compactación, será del tipo adecuado para cada clase de suelo a compactar y deberá ejercer la presión necesaria para obtener las densidades fijadas.

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4.4.0. HORMIGON ARMADO.

4.4.1. CORDÓN COMUN DE HORMIGÓN ARMADO. La Empresa Contratista deberá realizar el cordón común de todas las plazoletas. Deberán realizarlos en hormigón armado de cemento Portland, clase "H21" según CIRSOC 201. Como superficie de asiento se deberá realizar una sub-base que responderá a las , características técnicas, detalles constructivos y especificaciones prescritas en las cláusulas técnicas particulares de la obra. Se deberá emplear para la armadura repartida acero especial, y para la confección de pasadores, se deberá usar acero dulce. El acero especial deberá ser de superficie conformada y con tensión admisible no inferior a 2400 kg/cm2. Las juntas de dilatación y para las juntas de contracción, se deberá usar material de relleno, constituido por asfalto para relleno de juntas, este material asfálfico deberá ser homogéneo y libre de agua; no deberá hacer espuma al calentarlo a 170° C. y deberá satisfacer las exigencias de la Normas correspondiente y la aprobación de LA INSPECCIÓN.

4.4.2. CANTERO DE HORMIGÓN ARMADO. Esp: 15cm. La Empresa Contratista deberá realizar canteros de hormigón armado a ras de suelo para contención de pisos varios como los adoquines intertrabados, la construcción de éste cantero será de 0.15 m de ancho y profundidad de 0.20 m. La terminación de la cara superior será enrasada y nivelada perfectamente con los pisos adyacentes. Se proveerá la armadura mínima para evitar fisuras. La empresa Contratista deberá presentar los cálculos de las armaduras para su aprobación por la Inspección de Obra.

4.5.0. ALBAÑILERÍA

El presente ítem tiene por finalidad establecer las especificaciones técnicas particulares de albañilería para las obras a que se refiere la presente documentación, con carácter complementario de las generales de este pliego (según 3.5 del P.E.T.G.).

4.5.1. VADOS PEATONALES. La Empresa Contratista realizara los nuevos vados peatonales en todas las esquinas de las plazoletas. La Empresa Contratista presentará los planos de detalles especificando la cantidad y pendientes de paños que conforman la mencionada rampa, previendo que la misma tenga en el arranque al menos unos 2 (dos) cm sobre el nivel de la calle. La pendiente de la misma no deberá superar el 10%. Será realizada con hormigón H21 y armada con malla. La terminación de la superficie de la misma será hormigón peinado, el sentido de aplicación del texturado y el color del endurecedor a emplear será definido como así también los planos de detalles. Al comenzar y al finalizar la rampa se colocará un solado de prevención de textura en relieve. La Empresa Contratista deberá respetar lo indicado en la Ley 962 art. 4.6.3.8. "Rampas" (Rampas exteriores).

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4.5.2. AVISADOR TACTIL EN VADOS PEATONALES.

La Empresa Contratista deberá colocar, en el sector adyacente a los vados peatonales, un solado táctil de 0.4010.40m, conformando una banda perimetral que copie la silueta de la rampa. El solado se asentará mediante un mortero del siguiente tipo:

1/4 parte de cemento Portland 1 parte de cal hidráulica 4 partes de arena gruesa

Se humedecerán las baldosas, previo a su colocación colocando parte del mortero en la superficie a pegar y se deberá pintar con el mismo mortero la cara inferior del solado, luego asentar y nivelar. Las juntas serán de 1,5mm y se tomarán con pastina de color similar al de las baldosas colocadas, las cuales serán rehundidas hasta el borde del biselado. El color de las piezas a colocar será el AMARILLO.

4.5.3. EJECUCION DE NICHO DE 0.20 x 0.20 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE ACOPLE RAPIDO CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD. La Empresa Contratista procederá a realizar la construcción de 9 (NUEVE) nichos, donde se alojarán los acoples rápidos que irán ubicados en medio de los sectores de vegetación. Los mismos llevarán tapa con cerradura antivandálica.

4.5.4. SOLADO INTERTRABADO. ESP: 6cm (Incluye Excavación, sub base y manto de arena a mano) La Empresa Contratista deberá proveer y colocar bloques de solado intertrabado peatonal rectangular, de 10 x 20 x 8cm (lado x lado x espesor), de manera de conformar un solado nuevo. La colocación de los mismos será sobre una sub-base y una cama de arena seca y compactada mecánicamente de 5cm de espesor, corno mínimo. Luego de la cama de arena, será responsabilidad de la Empresa Contratista la ejecución de una base de hormigón armado H30 y armadura según el cálculo correspondiente (no podrá ser menor a 06mm). La Empresa Contratista realizará muestras para ser presentadas a la Inspección de Obra, quien aprobará o realizará los pedidos de correcciones correspondientes. La superficie será perfectamente lisa y no podrá presentar ningún tipo de rebarbas, salientes, cantos vivos, dientes o cualquier tipo de imperfección, como tampoco alambres, hierros, clavos o cualquier elemento metálico o cortante.

Por último, se procederá a la colocación de los bloques intertrabados peatonales, serán de 3 colores (gris, rojo y azul) y deberán estar colocados de manera que queden los colores intercalados; respetando las indicaciones de la Inspección de Obra. La Empresa Contratista presentará muestras de los citados bloques, para la aprobación por parte de la Inspección de Obra. La Inspección podrá efectuar todas las verificaciones que considere pertinentes para comprobar la buena colocación de los mismos, pudiendo solicitar el remplazo total o parcial de las áreas que considere fueron asentadas en forma indebidas.

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4.5.5. CARPETA ASFALTICA. ESP: 5 CM TIPO PAVI-FER (incluye contrapiso e:12 cm) La Empresa Contratista procederá a realizar el pavimentado de las zonas donde se realizará el zanjeo del pase de instalaciones eléctricas y sanitarias, desde las aceras hasta las plazoletas. Será de 5 cm de espesor e incluirá un contrapiso de 12 cm de H°30.

4.5.6. EJECUCION DE NICHO 0.40 x 1,20 x 0.30 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE ACOPLE RAPIDO Y MANGUERA DE 20 m CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD. La Empresa Contratista procederá a realizar la construcción de 1 (urti nicho para el guardado de manguera con carro para traslado. Deberá presentar tapa con cerradura antivandálica.

4.6.0. PINTURA

El presente ítem tiene por finalidad establecer las especificaciones técnicas particulares de pinturas para las obras a que se refiere la presente documentación, con carácter complementario de las generales de este pliego (según 3.6 del P.E.T.G).

4.6.1. DEMARCACION EN FRIO COLOR AMARILLO. La Empresa Contratista deberá pintar los cordones con demarcación en frio color amarillo 3 manos como indica el plano de Proyecto o donde lo indique la Inspección de Obra. El trabajo se realizará con pinturas a base de resinas acrílicas, con reductor de viscosidad y de ser necesaria la imprimación acrílica transparente. La pintura estará lista para su uso, no necesitando el agregado de aceleradores, endurecedores u otro componente, salvo el agregado del reductor de viscosidad (ej. Diluyente) si así lo requiriese. La misma será provista en color amarillo reglamentario.

4.6.2. PINTURA PARA EQUIPAMIENTO METALICO La Empresa Contratista deberá realizar las tareas de pintado de todo equipamiento que resulte dañada su pintura por la manipulación en obra. La Inspección de obra decidirá el color y aprobará su acabado final. Se lijara la pieza para matar los bordes de la pintura existente. En caso de ser necesario, se rellenará la misma con masilla plástica y lijada para tapar todo tipo de imperfecciones. El plan de tareas de extracción, pintura y recolocación debe ser presentado ante de la Inspección de Obra para su aprobación, y podrá verse modificado sin previo aviso según el avance de obra.

4.7.0. INSTALACIONES ELECTRICAS.

La instalación de alumbrado público conlleva un alto grado de seguridad que le imprimen un carácter esencial para la correcta ejecución de los trabajos; provisión y colocación de

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las luminarias deberá ser ejecutado por personal idóneo o empresa calificada con antecedentes en este tipo de trabajos. En tal inteligencia la empresa Oferente deberá indicar junto con su oferta en la oportunidad indicada en el numeral 2.3. del PCP, la nómina de Profesionales y/o Empresa Subcontratista que ejecutará las tareas relativas a la provisión y montaje de las luminarias, debiendo acreditar documentadamente en dicha oportunidad que los profesionales o empresa subcontratista que efectúe dicho trabajo, posee los antecedentes técnicos de probada solvencia para la tarea encomendada con una antigüedad no menor a 5 años. El COMITENTE a través de la Inspección de Obra deberá aprobar a los Profesionales o Empresa Subcontratista seleccionada para realizar las tareas, con carácter previo a la iniciación de la obra. Dicha aprobación se efectuará sobre la base de los antecedentes que acrediten experiencia en obras similares, los que serán evaluados al momento de la Preadjudicación. Deberá tomarse energía eléctrica del buzón destinado para tal fin previa aprobación e indicación de la Dirección General de Alumbrado Público (DGAlum). Los trabajos a cotizar bajo esta especificación incluyen la provisión de mano de obra, materiales, artefactos luminotécnicos y sus accesorios, equipos y servicios técnicos y administrativos para proyectar, instalar y poner en servicio en forma eficiente, segura y de acuerdo a las reglas del arte y las reglamentaciones vigentes y su conexión a la Empresa de Energía Eléctrica. Asimismo La Empresa Contratista deberá realizar el Proyecto Ejecutivo, el cual deberá contar con la aprobación de la Inspección de Obra y /o del personal designado por Alumbrado Público para la supervisión de las tareas pertinentes a este Ítem.

4.7.1..PROVISION Y COLOCACION DE INSTALACION ELECTRICA SUBTERRANEA (INCLUYE ZANJEO DE 0.30 X 0.80 M, CAÑO DE PVC DE 110 DIAM, CABLE TIPO SINTENAX DE 3X6MM2, PROTECCION MECANICA Y TAPADA).

La Empresa Contratista deberá gestionar todos los trámites y tareas correspondientes para la correcta incorporación del nuevo conjunto de farolas al sistema existente de alumbrado público. Para la instalación del mismo deberá realizarse el zanjeo correspondiente, según los planos ejecutivos de obra. Dicho zanjeo deberá contar con una primera cama de arena, luego el cañero propiamente dicho con el cable subterráneo correspondiente, luego un aviso cerámico, sobre éste una malla plástica de aviso y luego otro manto de arena. Posteriormente se procederá al rellenado del zanjeo con cascotes y fierra, sobre estos 0.10 m de leca para posteriormente recibir el solado correspondiente o la superficie cespitosa. La instalación requiere la apertura y cierre de zanjas, tendido de cañerías de PVC de 110 de diámetro, colocación de cajas, tendido de cableado, tipo "Sintenax" con conexiones a alimentación y a artefactos, según el cálculo lumínico que la empresa elaborará, de acuerdo a la ubicación tentativa de artefactos indicada en planos, cuya posición definitiva será definida por la Inspección de Obra para cada caso. La Empresa Contratista debe considerar incluidos y a su cargo los trámites, sellados y conexiones a red eléctrica. La remoción de elementos existentes, ejecución de zanjas y excavaciones para la coloca-ción de cañerías y/o canalizaciones, construcción de cámaras etc., se realizará con los anchos y profundidades necesarios para alcanzar los niveles requeridos. Los fondos de las Mismas estarán perfectamente nivelados y apisonados.

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4.7.2. PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE FAROLA MARCA PHILIPS METRONOMIS LEDGINE SS 831/NW 80W 64 DS (no incluye columna).

La Empresa Contratista deberá gestionar todos los trámites y tareas correspondientes para la correcta incorporación del nuevo conjunto de farolas al sistema existente de alumbrado público. La Empresa Contratista deberá proveer, colocar y conectar las farolas marca Philips, modelo Metronomis Ledgine SS 831/NW 80W 64 DS, las mismas irán sobre columnas de 4 m. Deberán poseer sistema de telegestión para el control de las mismas por la Dirección General de Alumbrado.

4.7.3. PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE TABLERO PARA CONEXIÓN EN COLUMNA/BUZÓN DE ALUMBRADO.

Tablero Los gabinetes de los tableros seccionales nuevos estarán construidos en chapa de hierro doble decapada de un espesor mínimo de 1,6 mm. Los frentes tendrán el marco formado por un laberinto de la misma caja o soldados en juntas aparentes y sobre dicho marco se asegurará la puerta mediante bisagras que sean ocultas y desmontables. Los tableros tendrán bandeja porta elementos desmontables, toma de tierra soldada a la estructura, panel de protección contra contactos accidentales que permitan accionar los aparatos de maniobra y puerta ciega frontal. El tratamiento superficial de estos gabinetes consistirá en dos manos de convertidor de óxido y dos de esmalte pintura epoxi en polvo, acabado semimate y horneado final, totalizando un espesor de 60 micrones color a definir por la Unidad Ejecutora de Obras. Las características constructivas de los tableros, incluyendo el montaje de su equipamiento, serán: - Todas las conexiones se realizarán por medio de terminales acordes a cada sección de cable, las que se fijarán por medio de compresión, no permitiendo la unión por soldadura. - Los cables de conexión interna se identificarán mediante anillos numerados y tendrán colores convencionales como las barras. - En los casos que sea necesario la conexión interna se realizará mediante barras de cobre electrolítico pintado acorde a cada fase, según se indica en las normas FASE R Marrón FASE S Negro FASE T Rojo NEUTRO Celeste TIERRA Verde / Amarillo - Las cajas de los gabinetes serán dimensionadas de acuerdo a los accesorios que deban contener, debiendo poseer un espacio libre para el cableado en todo su contorno no menor de 7 cm para gabinetes de hasta 70 cm de dimensión mayor y 10 cm para gabinetes de mayor tamaño. - Serán provistos de los elementos de soporte y fijación de los accesorios que van en su interior. - El Contratista tendrá en cuenta en el dimensionamiento una capacidad de 40 % más para futuras ampliaciones. - Cada uno de los interruptores llevará una leyenda indicando el circuito que comanda. En el frente de la tapa se colocará denominación y leyenda referente a seguridad. Todas las leyendas se realizarán mediante chapas plásticas grabadas. - Cada Tablero tendrá una conexión individual de puesta a tierra.

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Conductores Serán de cobre electrolítico con una pureza del 99.9 c/o, coeficiente de conductibilidad de 58.5; construidos bajo normas IRAM, con aislación de PVC termoplástico antillama, ejecución extra deslizante y apto para una tensión de aislación de 1000 V. Los cables permitidos serán los siguientes: IRAM 2183 para instalación fija en cañerías, IRAM 2178 para ihstalación subterránea o sobre bandejas ventiladas, prohibiéndose el uso de cables desnudos o de cordones flexibles "tipo taller" Los conductores se colocarán de acuerdo a la distribución indicada en los planos y la sección definitiva de los mismos será calculada por el Contratista. Las uniones o empalmes de las líneas, nunca deben quedar dentro de las cañerías, sino que deberán ser practicadas en las cajas de salida, inspección y derivación. En el caso de las montantes las líneas en ningún caso podrán presentar empalmes, sino deberán ser continuas hasta los tableros que alimenten. Se instalarán borneras para ejecutar empalmes o derivaciones y facilitar las tareas de mantenimiento, siempre que exista el espacio necesario para la ubicación de estas borneras en cajas metálicas con tapa. En general para las instalaciones de las oficinas y salas de reunión se identifican con el color rojo os cables de fase, celeste los neutros y verde/ amarillo fierra de protección. Los extremos de los conductores para su conexión a las barras colectoras, interruptores, interceptores, etc., irán dotados de terminales de cobre del tipo a compresión. Para el caso de ramales de alimentación a subtableros se utilizarán cables de doble aislación (tipo subterráneo), autoprotegidos y normalizados de acuerdo a norma IRAM 2220 para el montaje en esta instalación sobre bandejas, aislación para 1000V. Estos conductores contarán además de su aislación individual similar a los anteriores con una cubierta de PVC resistente y mecánicamente flexible. Estos cableados no admitirán empalmes entre terminales o sea que serán continuos y conectarán preferentemente a borneras y aparatos de maniobras. En todos los casos, los conductores se colocarán con colores codificados a lo largo de toda la obra, para su mejor individualización y permitir una rápida inspección o control de las instalaciones, a saber: FASE R Marrón FASE S Negro FASE T Rojo NEUTRO Celeste TIERRA Verde / Amarillo La Empresa Contratista deberá presentar los planos de detalles, instalación, y cálculo de dimensionamiento de b instalación correspondiente para su aprobación, previo al inicio de las tareas La presente tarea incluye la conexión a la red de energía eléctrica. La Empresa Contratista deberá realizar los trámites pertinentes.

4.7.4. PROVISION Y COLOCACION DE JABALINA PARA PUESTA A TIERRA (0 5/8 Y 2.50 M DE LONG.).

La Empresa Contratista deberá conectar cada columna de alumbrado a una jabalina a través de un conductor de cobre desnudo de 16 mm2 de sección. Todos los conductores de la instalación de puesta a tierra rematarán en ambos extremos en terminales adecuados de cobre estañado conectados al mismo mediante soldadura o puesto a presión con pinza especial.- Las jabalinas para puesta a tierra deberá ser del tipo Copperweld con morceto de bronce para la sujeción del conductor de cobre desnudo. Deberá tener la capacidad de carga para conducir la corriente de falla y una resistencia eléctrica que restrinja el potencial respecto a tierra de la parte protegida a un valor no peligroso, y permita el accionamiento de los dispositivos protectores del circuito en un

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tiempo de 0,03 segundos. El valor máximo de la resistencia de puesta a tierra no debe ser superior a 4 Ohm, entre cualquier punto de la parle protegida y tierra.

4.7.5. COLUMNA DE ALUMBRADO HASTA 4 M DE ALTURA (INCLUYE EXCAVACION Y SUB-BASE)

La Empresa Contratista deberá proveer y colocar las columnas de alumbrado peatonal de 4 mt de altura, diam. mínimo 10 cm, esp. 3 mm, en su fuste inicial tipo Strand telescópica. A su vez, las columnas deberán contener todo el cableado interno de la misma según los requerimientos de la luminaria a instalar, con su correspondiente puesta a tierra. La empresa contratista deberá cumplir con todas las normas y reglamentaciones vigentes para alumbrado público. Sujeto a la aprobación por parte de la Inspección de Obra.

4.7.6. CÁMARA DE INSPECCION "IN-SITU" 40)(40cm (INCLUYE EXCAVACIÓN)

La Empresa Contratista deberá realizar las cámaras de inspección que se utilizaran para vincular el cañero con las columnas de alumbrado. A su vez, en dicha cámara se dejará un lugar para la colocación de las jabalinas de la Puesta a Tierra de las Luminarias. Dicha cámara llevará una tapa de fundición con la sigla A.P. y el símbolo de Puesta a Tierra (+). Las mismas serán dependiendo de la ubicación final de las bases. La ubicación final de las luminarias será indicada por la Inspección de Obra.

4.8.0. INSTALACIONES SANITARIAS! SISTEMA DE RIEGO.

4.8.1. Provisión y colocación de MANGUERA 3/4" PARA ACOPLE RAPIDO. La Empresa Contratista deberá proveer 4 (CUATRO) carros metálicos con ruedas y de fácil traslado que contengan una manguera de 20mts de largo de Y." cada uno, para riego manual y limpieza de solados.

4.8.2. Provisión y colocación de ACOPLE RAPIDO 3/4". La Empresa Contratista deberá realizar los nichos correspondientes para las canillas de los acoples rápido. La ubicación final será requerida por la Inspección de Obra en cada uno de los sectores para realizar riego manual en caso necesario y para limpieza de caminos. Y según lo indique la Inspección de Obra.

4.8.3. Provisión y colocación de Tubo CLASE 10 - 63 mm.Tigre. SD. (Incluye zanjeo y tapado). La Empresa Contratista deberá proveer y colocar la tubería necesaria para alimentar con agua directa de red los acoples rápidos que irán en los sectores de vegetación. La ubicación final será aprobada por la Inspección de Obra.

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4.9.0. PAISAJISMO. El presente ítem tiene por finalidad establecer las especificaciones técnicas particulares de paisajisrno para las obras a que se refiere la presente documentación, con carácter complementario de las generales de este pliego (según 3.9 del P.E.T.G.).

4.9.1. TEPES GRAMA BAHIANA.

La Empresa Contratista deberá proveer y plantar los tepes de césped de la especie Grama Bahiana, según plano de Proyecto y Detalles. Los tepes se colocarán en forma continua sobre los bordes del cantero y toda la superficie contenida por los mismos, a excepción del espacio necesario para los arbustos.

4.9.2. PROVISIÓN Y PLANTACIÓN DE EURYOPS PECTINATUS (GRIS) 3L.

La Empresa Contratista deberá proveer y plantar los arbustos especie "Euryops Pectinatus" según plano de proyecto y detalles. Los arbustos se colocarán en las esquinas de las parcelas de pasto internas, colocándose dos por cada una. Además se colocarán debajo de las farolas internas de la plaza.

4.9.3. TIERRA DE RELLENO. La Empresa Contratista deberá proveer y colocar tierra de relleno en los sectores donde irán las nuevas plantaciones.

4.9.4. TIERRA NEGRA PARA NIVELACION FINA.

La Empresa Contratista deberá proveer y colocar tierra negra para la nivelación fina de las áreas parquizadas.

Se utilizará en esta etapa un sustrato de óptima calidad: de color negro, fértil, friable, de textura franca, estructura granular migajosa, con óptimo contenido de materia orgánica y PH entre 6 y 7 razonablemente libre de horizonte B, sin concreciones de arcilla y de calidad constante. Se descartará toda fierra colorada tosca u otras inapropiadas para este uso. La composición del suelo para la plantación será de un 30% de arena gruesa y un 70 % de sustrato. Antes de la distribución se verificará el desmenuzado, la limpieza de elementos extraños (papeles, plásticos, etc.), otros restos vegetales, raíces, rizomas de malezas de modo que su composición no se vea perjudicada y sea de una fertilidad que garantice el cumplimiento de su objetivo. En caso de ser requerido por el proyecto, deberá proveer y distribuir el sustrato necesario en los lugares y cantidades indicadas en los planos. Con operaciones cruzadas se deberá incorporar y mezclar la tierra agregada y los sustratos con los primeros centímetros del suelo original.

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4.9.5. PROVISIÓN Y PLANTACIÓN DE LIQUIDANBAR styraciflua 50 L h:250/300 cm.

La Empresa Contratista deberá proveer y colocar los árboles indicados en plano, se excavarán entre 1 y 2 m3 por árbol. Serán tutorados y se les implementará una barrera de hormigas.

4.9.6. ROTURADO Y ESCARIFICADO A MANO. La Empresa Contratista deberá realizar el roturado y escarificado de toda la superficie destinada a la colocación de nueva vegetación, ya que dicho suelo precisa oxigenarse. Dichas tareas serán supervisadas por la Inspección de Obra.

4.10.0. EQUIPAMIENTO.

4.10.1. BOLARDO DE HIERRO DE BASE TRIANGULAR (INCLUYE EXCAVACION, BASES, Y COLOCACION) TIPO INDUPAG. La Empresa Contratista deberá proveer y colocar bolardos de hierro de base triangular según planto N° 03 DETALLE, tipo lndupag o similar en vereda con separación no mayor a 1.5m. Una vez colocados, os mismos serán colados con Hormigon H17. No se deberán emplear escombros en la colada ya que pueden generas espacios donde el cemento no pueda escurrir libremente. Dicha tarea será realizada ante la Inspección de Obra, que deberá certificar la misma.

4.11.0. REJAS Y HERRERIA.

4.11.1. NO COTIZA REJAS Y HERRERÍA.

4.12.0. VARIOS.

4.12.1. NO COTIZA VARIOS.

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GOBIERNO DE LA CIUDAD

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ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN

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OBRA PLAZOLETAS EN AV EIRUIX

UBICACIÓN: Av. Bruix entro Av. Juan B. Albordi y Av. Directorio

ITEM DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS INCIDENCIA INDICES ASOCIADOS

1 TAREAS PRELIMINARES 3,49% Cuadro 8.1.1.2 ICC Otros Trabajos y Gastos

2 DEMOLICION 2,94% Cuadro 8.1.1.2 ICC Otros Trabajos y Gastos

3 MOVIMIENTO DE SUELOS 1,23% Cuadro 8.1.1.2 ICC Movimionto do Tierra

4 HORMIGÓN ARMADO 7,56% Cuadro 1.9 ICC Articulo 16 Incisos

5 ALBAÑILERIA 12,84% Cuadro 1.5 ICC Articulo 15 Inciso b

6 PINTURA 0,63% Cuadro 8.1.1.2 ICC Pintura

7 INSTALACION ELECTRICA 9,16% Cuadro 1.5 ICC ArUculo 15 inciso g

8 INSTALACIÓN SANITARIA! INSTALACIÓN DE RIEGO 0,77% Cuadro 1.5 ICC Artículo 15 inciso r

9 PAISAJISMO 3,03% DGESYC indico do insumos do la Construcción -Vados

Código do producto 181611122

10 EQUIPAMIENTO 12,35% Cuadro 8.1.1.2 ICC Carpintería Metálica y Herreria

11 REJAS Y HERRERIA 0,00% Cuadro 8.1.1.2. ICC Carpinteda Metálica y Horroria

12 VARIOS 0,00% Cuadro 8.1.1.2 ICC Otros Trabajos y Gastos

13 MANO DE OBRA 34,00% DGESYC Evolución do' Costo Saledal de la Actividad

do la Construcción

14 GASTOS GENERALES 10,00% Cuadro 1.4 ICC Articulo 15 Inciso p

15 TASA FINANCIERA 2,00% T.N.A del B.N.A.

100,00%

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