37
BENEFICIOS DE LA LEY N° 16.744 Área Gestión Preventiva 1 Beneficio de la Ley N° 16.744

Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Presentación de Carlos Chacana del ISL (Instituto de Seguridad Laboral) en jornada de formación de dirigentes jóvenes, organizada en el marco de la Mesa Público-Privada de Empleabilidad Juvenil, por la Seremi del Trabajo y Previsión Social y el Injuv.

Citation preview

Page 1: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

BENEFICIOS DE LA LEY N° 16.744

Área Gestión Preventiva1

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 2: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

• Introducción.• Objetivos.• Conceptos Básicos.• Personas Protegidas.• Contingencia Cubierta.• Financiamiento.• Roles de la Ley 16.744.• Obligaciones del Estado.• Prestaciones Económicas.• Obligaciones de los Organismos Administradores.• Rol Preventivo. • Instituciones Económicos.• Accidente de Trabajo.• Accidente de Trayecto.• Referencias Bibliográficas.

TEMARIO

2

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 3: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

INTRODUCCIÓN

3

La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir con diversos requerimientos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de estas obligaciones constituye un elemento fundamental para asegurar un piso mínimo de condiciones de higiene y seguridad al interior de las organizaciones.

El ISL, en su rol como asesor en Prevención de Riesgos Laborales y administrador del Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, apoya a sus empresas clientes en el cumplimiento de estas obligaciones legales básicas.

La Ley 16.744, se promulgo el 1 de febrero de 1968.

A la Ley 16.744 se le identifica el espíritu de solidaridad nacional, sujeto responsable no hay y el seguro persigue fines sociales, sin propósito de lucro, obligatorio y amplio , cubre a toda empresa y a todo trabajador, con un sistema de extensión gradual

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 4: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

OBJETIVOS

4

Beneficio de la Ley N° 16.744

Prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Curar mediante el otorgamiento de prestaciones médicas. Restituir la capacidad de trabajo del trabajador.

Indemnizar para reparar la pérdida de los medios de subsistencia.

Rehabilitar para devolver toda o en parte la capacidad de trabajo del trabajador.

Page 5: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

CONCEPTOS BÁSICOS

5

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 6: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

6

Beneficio de la Ley N° 16.744

Salud

Es un estado completo de bienestar físico, Mental y social, y no solo la ausencia de enfermedad o invalidez

Trabajo

Es la principal fuente de ingreso para los trabajadores. Le permite satisfacer sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, educación, vestuario y entretención.

Riesgo

Toda situación de trabajo que pueda ocasionar daño al trabajador

Page 7: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

7

Beneficio de la Ley N° 16.744

Accidente

Evento inesperado no deseable, muchas veces dramático o muy violento, especialmente cuando causa algún tipo de incapacidad o muerte

Prevención

Ver venir, anticiparse o evitar un daño o perdida no deseado.

Salud Ocupacional

Promover y mantener el mas alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en el ejercicio de su labor.

Page 8: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

8

Marco Legal - LEY 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

• Definición:La Ley Nº 16.744 (publicada en el Diario Oficial el 1º de Febrero de 1968) declara la obligatoriedad de un seguro social contra Riesgos de

Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 9: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

9

Esta ley cumple con todos los principios de la seguridad social moderna, tales como:

• Solidaridad: Permite distribuir los aportes de aquellos que cotizan más, a favor de los que cotizan menos.

• Universalidad: Protege a todos los trabajadores (incluso cubre también a los estudiantes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 313).

• Integridad: Todos los recursos se destinan al trabajador, desde prevenir los riesgos ocupacionales, hasta las prestaciones médicas y económicas, en caso de ocurrir el accidente o enfermedad profesional.

• Igualdad: Todos los trabajadores tienen los mismos derechos y beneficios.

• Subsidiaridad: (Aseguramiento Total)

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 10: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

PERSONAS PROTEGIDAS

10

Trabajadores Dependientes (Sector Privado)

Funcionarios Públicos

Trabajadores Independientes (Pescadores, Artesanales, Pirquineros, etc.)

Los Estudiantes que deban ejecutar Trabajos

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 11: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

CONTINGENCIAS CUBIERTAS

11

Accidentes de Trabajo

• “Toda Lesion que una Persona sufra a causa o con ocacion del trabajo, y que les produsca incapacidad o muerte”.

• Excepciones: Fuerza Mayor e intencionalidad.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 12: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

12

Accidentes del Trayecto (Directo)• Aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y

el lugar de trabajo.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 13: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

13

Enfermedades Profesionales• “Aquella producida de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o la muerte”.

• D.S. Nº 109.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 14: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

14

Administración del SeguroLa administración del Seguro Social contra accidentes del trabajo y enfermedades Profesionales, estará a cargo de:Sistema Nacional de Servicios de Salud

Administración Estatal Instituto de Normalización Provisional (INP)• Servicios de Salud Regionales• INP Sector Privado

Administración Privada Mutualidades de Empleadores(CC.CH. dela C. – ACHS – ASIVA)

Administración Delegada

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 15: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

FINANCIAMIENTO

15

Cotizaciones Mensuales

• Cotización Básica – 0,95% del SI

• Cotización Adicional

• Riesgo Presunto (D.S. Nº 110) – de 0% a 3,4% del SI

• Riesgo Efectivo (D.S. Nº 67) Hasta 6,8% del SI

SI: Sueldo Imponible de los Trabajadores

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 16: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

Multas

Derecho a Repetir

Utilidades o Rentas de Inversiones en Fondos de Reserva

16

La cancelación mensual de las dos cotizaciones, por concepto del Seguro, usted la debe hacer antes de los primeros 10 días de cada mes.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 17: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

ROLES DE LA LEY 16.744

17

Rol Preventivo

Rol Indemnizador

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 18: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

OBLIGACIONES DEL ESTADO

18

Supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº 65).

Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de Salud y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 19: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

19

Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que las empresas adheridas deban implantar.

Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional diferenciada. (Decreto Nº 67).

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 20: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

20

Obligaciones de la Empresa

• Cumplir con el derecho a Saber.

• Elaboración de Reglamento Interno de H y S.

• Implementar Medidas de H y S.

• Proporcionar Elementos de Protección Personal a los Trabajadores que lo requieran.

• Mantener Estadísticas de Siniestralidad al Día.

ROL PREVENTIVO

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 21: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

21

Organismos Internos

• Comités Paritarios de H y S

• Empresas con mas de 25 Trabajadores

• Departamento de Prevención de Riesgo

• Empresas con mas de 100 Trabajadores

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 22: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

22

Obligaciones de los Trabajadores

• Cumplir con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

• Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio de Salud, Organismo Administrador, Departamento de Prevención de Riesgos o Comité Paritario de Higiene y Seguridad

• Utilizar y cuidar los Elementos de Protección Personal Acudir a exámenes médicos de control.

• Participar activamente en el actividades de prevención de riesgos a través del Comité Paritario

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 23: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

INSTITUCIONES PARTICIPANTES

23

Código del Trabajo• Ministerio del Trabajo: Elaboración de normas.• Inspección del Trabajo: Fiscalización.

Ley 16.744 y Reglamentos• Ministerio del Trabajo: Elaboración de normas.• SUSESO: Fiscalización a administradores, resolución de reclamos.• Ministerio de Salud: Fiscalización de servicios médicos y empresas, elaboración de normas.• Organismos Administradores: INP Sector Activo y Mutualidades.• Servicios de Salud: Colabora con INP Sector Activo.

Decreto Supremo N° 594 y Código Sanitario• Ministerio de Salud: Elaboración de normas.• Servicio de Salud: Fiscalización de empresas.• Dirección del Trabajo: Fiscalización de empresas.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 24: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

ROL INDEMNIZADOR

24

Prestaciones Medicas (Convenios)

• Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos provistos por el INP, o a domicilio.

• Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.

• Medicamentos y productos farmacéuticos.

• Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.

• Rehabilitación física y reeducación profesional.

• Los gastos de traslado y cualquier otro que sea necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 25: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

PRESTACIONES ECONÓMICAS

25

Por Incapacidad Temporal

Por Incapacidad Permanente

• Invalidez Parcial15% - 40% de PCG Indemnización40% - 70% de PCG

• Invalidez TotalPCG >= 70% Pensión

• Gran InvalidezPérdida de Autonomía

PCG: Pérdida de Capacidad Ganancia

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 26: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

26

Pérdida de Capacidad de Ganancia Prestación Económica Período

Invalidez Parcial

Entre un 15% y un 40%

Indemnización entre 1,5 hasta 15 veces el suelo

base

Sólo se indemniza por una sola vez

Entre un 40% y un 70%

Pensión, de un 35% del sueldo base

Mensual

Igual o superior a un 70%

Pensión, de un 70% del sueldo base

Mensual

Necesita de terceros para realizar los actos elementales de su vida

Pensión, hasta un 140% de sueldo base,

dependiendo de las asignaciones familiares

existentes en el período de evaluación

Mensual

Invalidez Total

Gran Invalidez

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 27: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

27

Por Muerte

• Asignación Por Muerte (Cuota Mortuoria).

• Pensión por Supervivencia.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 28: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

28

Administrativos a Seguir en caso de Accidente de

Trabajo o Trayecto

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 29: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

ACCIDENTES DE TRABAJO29

Denuncia

• 24 hrs.

• Realizada por el medico tratante, compañero de trabajo, el mismo afectado o cualquier persona que conozca de los hechos.

Información Indispensable

• Formulario DIAT.

• Fotocopia del Carnet de Identidad del Afectado.

• Fotocopia del contrato del Trabajo.

• Ultima Planilla de Pago. (INP Sector Activo)

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 30: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

30

Procedimiento

Accidente

Llenado del formulario DAT

Presentación de Sucursal INP

Sucursal emite orden de atención

Formulario DIAT.

Fotocopia del Carnet de Identidad del Accidentado.

Fotocopia del Contrato de Trabajo del Accidentado.

Última Planilla de pago (INP Sector Activo).

Flujo de Procedimientos.

Documentos.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 31: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

31

Procedimiento

Trabajador accidentado acude a Prestador Médico

Tratamiento Médico con días de reposo

Flujo de Procedimientos.

Documentos.

¿Se requiere tiempo de reposo?

Tratamiento Médico sin días de reposo o Alta Médica

SI

NO

Orden de Atención

Licencia Médica

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 32: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

32Procedimiento

Presentación de Licencia en la COMPIN

Mediante Resolución se reconoce el diagnóstico y los días de Licencia

Flujo de Procedimientos.

Documentos.

¿Se acoge la Licencia a La Ley 16.744?

Se cursa Licencia por Régimen de Salud Común

SI

NO

Resolución

Presentación de antecedentes en Sucursal INP

Se efectúa el pago de los días de Incapacidad

Resolución.

Licencia Médica.

3 últimas Planillas.

Licencia Médica.

Fotocopia del Contrato de Trabajo del Accidentado.

Formulario DIAT.

3 últimas Planillas.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 33: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

33

¿ Que hacer en Caso de Urgencia?

• El trabajador debe acudir Inmediatamente a un centro asistencial en convenio con el INP Sector Activo.

• Probablemente, se le solicitara al ingreso, un documento en garantía (Cheque, Pagaré, etc.)

• Posteriormente, se retira la orden de Atención (OA) en la Sucursal INP Sector Activo.

• Se debe Entregar la OA al Prestador Médico, junto con retirar el documento que se dejo en Garantía.7

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 34: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

34

Prestadores Médicos en Convenio con el INP Sector Activo

• Red Hospitalaria del Servicio Nacional de Salud.

• A.CH.S.

• Mutual de la C.Ch.C.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 35: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

ACCIDENTES DE TRAYECTO

35

Procedimiento Equivalente al de Accidentes del Trabajo

Se debe Adjuntar a los Antecedentes un medio de prueba fehaciente, que acredite la ocurrencia del hecho (Parte Policial, Constancia de carabineros, dos Testigos, etc...)

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 36: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

36

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Ley N° 16.744, Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Instituto de Administración de Salud / Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas / Universidad de Chile, Curso: Orientación en Prevención de Riesgos.

Folleto Ley 16744, elaborado en INACAP, área Seguridad Industrial.

La seguridad social en Chile. monografía/_com.htm Página web del INP.

Beneficio de la Ley N° 16.744

Page 37: Beneficio de la Ley 16.744 y procedimientos médicos_Instituto de Seguridad Laboral, Carlos Chacana

35

BENEFICIOS DE LA LEY N°16.744

Gestión Preventiva37

Beneficio de la Ley N° 16.744