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Proyecto de justificación
Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos
2022
2
1. Introducción 3
2. Glosario 5
3. Presupuesto total estimado para el ejercicio fiscal 2022 6
4. Actividades programadas conforme al Programa Operativo Anual 2022 6
5. Estructura orgánica del IEEN 8
6. Presupuesto solicitado con base en el Programa Operativo Anual 10
6.1. Capítulo 1000 Servicios Personales 10
6.1.1. Consejo Local 11
6.1.2. Presidencia 13
6.1.3. Secretaría General 15
6.1.4. Dirección de Organización y Capacitación Electoral 16
6.1.5. Dirección Jurídica 18
6.1.6. Dirección de Administración 19
6.1.7. Unidades Técnicas del Instituto Estatal Electoral. 20
6.1.8. Órgano Interno de Control 23
6.2. Requerimientos del IEEN para el ejercicio 2022, por cuanto a la estructura orgánica
25
6.2.1. Homologación y ajustes salariales 26
6.3. Requerimientos por parte de las áreas del IEEN para la contratación de personal temporal
43
6.4. Seguridad Social – IMSS- 55
6.5. Haber de retiro 55
6.6. Fondo de ahorro 56
6.7. Capítulo 2000.- Materiales y Suministros. 57
6.8. Capítulo 3000. Servicios Generales 58
6.9. Capítulo 4000. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 59
6.10. Capítulo 5000. Bienes muebles, inmuebles e intangibles 59
7. Conclusiones 60
3
1. Introducción
El Instituto Estatal Electoral de Nayarit, en términos de lo dispuesto por los artículos 41 base
V apartado C y 116 base IV inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 135 Apartado C de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Nayarit, 80, 81 y 82 de la Ley Electoral del Estado de Nayarit, es un organismo público local
electoral de carácter permanente, autónomo en su funcionamiento, independiente en sus
decisiones y profesional en su desempeño.
Es la autoridad en la materia, y está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio,
tiene como fines y atribuciones:
Fines
Contribuir al fortalecimiento y desarrollo de la vida democrática y la participación
ciudadana;
Preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos;
Asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político electorales y vigilar el
cumplimiento de sus obligaciones;
Garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar
integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado y a las personas
integrantes de los Ayuntamientos;
Velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, y
Llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica
y la cultura democrática.
Atribuciones
Garantizar los derechos de los partidos políticos y vigilar el cumplimiento de sus
obligaciones;
Ministrar a los partidos políticos las prerrogativas y el financiamiento público que les
corresponde de acuerdo a la ley;
Coadyuvar permanentemente a la difusión de la cultura democrática, así como
promover e incentivar la cultura cívica mediante la realización de jornadas
electorales en las que participe la niñez y la juventud de la entidad;
Organizar la elección de dirigentes de partidos políticos, cuando éstos lo soliciten
con cargo a sus prerrogativas, según lo dispuesto por la ley correspondiente;
Dar fe, a petición de los partidos políticos, de la realización de actos y hechos en
materia electoral que pudieran influir o afectar la equidad en la contienda electoral;
Solicitar la colaboración de las notarías públicas para el auxilio de la función electoral
durante el desarrollo de la jornada electoral, en los procesos locales;
Organizar por lo menos un debate entre las candidaturas a la Gubernatura del
Estado, para lo cual, las señales de radiodifusión que el Instituto Estatal Electoral
4
de Nayarit genere para este fin podrán ser utilizadas, en vivo y en forma gratuita por
los demás concesionarios de radio y televisión, así como por otros concesionarios
de telecomunicaciones.
Convenir con el Instituto Nacional Electoral, para que este se haga cargo de la
organización del Proceso Electoral Local correspondiente;
Realizar las acciones y actividades relativas a las consultas populares, en los
términos que dispone la ley de la materia, y
Emitir lineamientos que garanticen el desarrollo de las campañas, en caso de una
pandemia o contingencia sanitaria.
En este sentido, para el cumplimiento y desarrollo de todos sus fines y atribuciones, el
Instituto Estatal Electoral de Nayarit, cuenta con el Consejo Local Electoral como órgano
superior de dirección, la Junta Estatal Ejecutiva, la Secretaría General, la Dirección de
Organización y Capacitación Electoral, la Dirección Jurídica y la Dirección de
Administración, de igual forma tiene dentro de su estructura orgánica la Unidad Técnica de
Informática y Estadística y la Unidad de Comunicación Social, así como un Órgano Interno
de Control, en este sentido, durante el ejercicio 2022, al Instituto Estatal Electoral de Nayarit
le corresponderá continuar fortaleciendo la participación ciudadana, a través de la difusión
y promoción de la cultura democrática, con la implementación de diversos programas y
actividades relativas a este tema, pues es el organismo que vela por la democracia, la
igualdad de género y no discriminación en la participación política, y atenderá el
seguimiento a la demás atribuciones como la constitución de nuevos partidos políticos,
ministrar a los partidos políticos las prerrogativas y el financiamiento público que les
corresponde de acuerdo a la ley, promover e incentivar la cultura cívica mediante la
realización de jornadas electorales en las que participe la niñez y la juventud de la entidad;
por mencionar algunos.
Así pues, el Instituto Estatal Electoral de Nayarit como autoridad electoral, es parte
fundamental en la construcción de la democracia en nuestro Estado, y con base en las
diversas disposiciones normativas, es de carácter permanente, razón por la que requiere
de recursos humanos, materiales y financieros que le permitan desarrollar cada una de las
acciones y actividades para el cabal cumplimiento de sus atribuciones que legal y
constitucionalmente tiene encomendados,
Por lo que, en atención a lo anterior, el Instituto Estatal Electoral de Nayarit lleva a cabo de
forma anual los procesos de planeación y presupuestación, con base en las disposiciones
emitidas en materia de presupuestación, así como en la programación de las actividades a
través del Programa Operativo Anual, que cada año se elabora e integra por cada una de
las áreas del Instituto Estatal Electoral de Nayarit para un óptimo funcionamiento.
Por ello, resulta indispensable elaborar, integrar y presentar el anteproyecto de presupuesto
con todos los insumos y requerimientos solicitados por cada una de las áreas del Instituto
Estatal Electoral de Nayarit para el desarrollo de las actividades sustanciales y operativas
5
en el próximo ejercicio fiscal 2022, así la integración presupuestal se basa en dos vertientes;
el gasto operativo, en donde se engloban, las actividades a las que habrá de dar
seguimiento conforme el programa operativo anual del Instituto Estatal Electoral de Nayarit,
y por otra parte, el financiamiento de los Partidos Políticos.
El presupuesto de egresos que presenta el Instituto Estatal Electoral de Nayarit para el
ejercicio 2022, es el documento base que contempla los requerimientos con los que
pretende continuar dando cumplimiento a las atribuciones que se tiene encomendadas a
través de sus actividades previamente programadas, de manera tal que se vean reflejados
en el fortalecimiento de la cultura democrática, atendiendo en todo momento los criterios
de transparencia, disciplina, racionalidad y austeridad presupuestal.
2. Glosario.
Para efectos del presente documento se entenderá por:
Constitución Federal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Local: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
Consejo Local: Consejo Local Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit.
IEEN: Instituto Estatal electoral de Nayarit.
INE: Instituto Nacional Electoral.
IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
Junta Estatal: Junta Estatal Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Nayarit.
LEEN: Ley Electoral del Estado de Nayarit.
LGIPE: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Reglamento Interior: Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral de Nayarit.
SIVOPLE: Sistema de Vinculación con los Organismos Públicos Locales.
SPEN: Servicio Profesional Electoral Nacional.
OPLE: Organismo Público Local Electoral.
6
3. Presupuesto total estimado para el ejercicio fiscal 2022
Como resultado de la participación de las áreas del IEEN en la integración del proyecto de
presupuesto 2022, se prevé un monto total de $ 120,666,339.52 (ciento veinte millones
seiscientos sesenta y seis mil trescientos treinta y nueve pesos 52/100 m.n.), el cual
se distribuirá en los siguientes capítulos que se describen a continuación:
Capítulo Descripción Cantidad
presupuestada
1000 Servicio Personales $ 52,014,538.91
2000 Materiales y Suministros $2,249,015.77
3000 Servicios Generales $ 9,250,952.10
4000 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas
$54,889,320.74
5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles $2,262,511.00
8000 Participaciones y asignaciones $ 1.00
Total acumulado $120,666,339.52
Ahora bien, resulta pertinente desglosar en aras de la transparencia, la distribución del
recurso a solicitar como Presupuesto de Egresos 2022, cabe precisar que se detallarán de
forma general los capítulos y partidas que más impacto tienen en el proyecto 2022, por lo
que esta justificación representa el documento en donde se desglosan las partidas que
presupuestalmente tienen mayor recurso.
4. Actividades programadas conforme al Programa Operativo Anual 2022
El IEEN, para el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales durante el
ejercicio 2022, ejecutará a través de sus áreas cada una de las acciones y actividades
programadas, rigiéndose en todo momento por los principios máximos de la materia
electoral, en este sentido, se presentan de manera enunciativa más no limitativa los
programas y actividades a desarrollar:
a) Preparación y seguimiento de las sesiones del Consejo Local y de la Junta Estatal.
b) Seguimiento a la constitución de partidos políticos locales.
c) Tramitar y substanciar los medios de impugnación en los términos que prevean las
legislaciones correspondientes en las que interviene el IEEN como parte.
d) Recepción, registro y entrega inmediata a las áreas correspondientes de la
documentación y/o correspondencia dirigida a las áreas del IEEN.
7
e) Recepción, registro y formación de los expedientes de solicitudes para dar fe de la
realización de actos o hechos de naturaleza electoral que deban ser atendidos a
través de la función de la Oficialía Electoral.
f) Seguimiento y atención a las solicitudes por las instancias del INE (SIVOPLE).
g) Elaborar los proyectos de acuerdo mediante los cuales se dé cumplimiento a las
resoluciones emitidas por el Consejo General del INE, respecto a las multas
impuestas a los partidos políticos y las otrora Candidaturas Independientes.
h) Vigilar el cumplimiento institucional a las disposiciones en materia de paridad de
género, igualdad sustantiva, así como de prevención y erradicación de la violencia
política contra las mujeres en razón de género.
i) Seguimiento a las acciones implementadas por la coordinación de archivo en
cumplimiento de sus atribuciones.
j) Seguimiento a las actividades derivadas de la firma del Convenio Específico en
materia registral para la elaboración del estudio censal de participación ciudadana.
k) Organización y desarrollo de los concursos de cuento, dibujo, debate, cartel,
fotografía, fan fiction, ensayo político, entre otros.
l) Seguimiento a las actividades de promoción de la cultura cívica, a través de los
lunes cívicos, viernes de valores, diálogos juveniles, procesos electorales
estudiantiles, entre otros.
m) Revisión, clasificación, limpieza, inventario, almacenamiento o, en su caso,
desincorporación de los materiales electorales utilizados en los procesos electorales
locales 2021.
n) Realizar la mesa de análisis estatal referente a los procesos electorales locales 2021
o) Destrucción del Material Electoral no susceptible a reutilizarse.
p) Instaurar y sustanciar los procedimientos ordinarios sancionadores, así como
integrar las actuaciones de los procedimientos especiales sancionadores en materia
de violencia política contra la mujer en razón de género para turnar al Tribunal
Estatal Electoral de Nayarit.
q) Trámite de vista y notificación en estrados de la presentación del medio de
impugnación.
8
r) Seguimiento a las actividades de las comisiones permanentes del Consejo Local.
s) Realizar la distribución y calendarización del presupuesto autorizado por el H.
Congreso del Estado de Nayarit, para el IEEN.
t) Elaboración del programa anual de adquisiciones.
u) Elaboración de los informes de avance de la gestión financiera, así como la cuenta
pública del ejercicio fiscal anterior.
v) Seguimiento y coordinación con la Dirección Ejecutiva del SPEN respecto de su
implementación.
w) Soporte técnico a la infraestructura de la red voz y datos, así como al equipo de
cómputo.
x) Mantener la información actualizada oportunamente en la página web del IEEN.
y) Seguimiento a transmisión de sesiones del Consejo Local, Junta Estatal y
Comisiones.
z) Atender las solicitudes en materia de acceso a la información pública que presente
la ciudadanía en el ámbito de competencia del IEEN.
5. Estructura orgánica del IEEN
Para el cumplimiento efectivo de las atribuciones que se han venido citando, emanadas de
la Constitución Federal, de la Constitución Local y demás normativa, el IEEN cuenta dentro
de su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia que
garantizan estas, es así que atendiendo a la normativa aplicable cada área cuenta con
personal que apoya en las actividades de este ente electoral, pues al gozar de autonomía
en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, adopta las medidas pertinentes
en relación al personal que labora y presta sus servicios.
Es así que, atendiendo a su autonomía y a la facultad de conformar su estructura conforme
a su normativa, el IEEN actualmente cuenta con 56 plazas presupuestales, siendo las
siguientes:
No Puesto Área de Adscripción
1 Consejero (a) presidente Presidencia
2 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
3 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
9
No Puesto Área de Adscripción
4 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
5 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
6 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
7 Consejero (a) electoral Consejo Local Electoral
8 Asesor (a) Consejeros Electorales
9 Asesor (a) Consejeros Electorales
10 Asesor (a) Consejeros Electorales
11 Asesor (a) Consejeros Electorales
12 Asesor (a) Consejeros Electorales
13 Asesor (a) Consejeros Electorales
14 Secretario (a) general Secretaría General
15 Coordinador (a) de prerrogativas y partidos
Políticos Secretaría General
16 Coordinador (a) del secretariado Secretaría General
17 Coordinador (a) de la unidad técnica de
oficialía electoral
Secretaría General
18 Coordinador (a) de archivo Secretaría General
19 Abogado (a) A Secretaría General
20 Auxiliar Administrativo Secretaría General
21 Interventor (a) Secretaría General
22 Director (a) jurídico Dirección Jurídica
23 Coordinador (a) de lo contencioso Dirección Jurídica
24 Coordinador (a) de medios de impugnación Dirección Jurídica
25 Coordinador (a) de normatividad Dirección Jurídica
26 Abogado (a) Dirección Jurídica
27 Auxiliar C Secretaría General
28 Notificador (a) Dirección Jurídica
29 Director (a) de administración Dirección de Administración
30 Jefe de recursos financieros Dirección de Administración
31 Coordinador (a) de nómina Dirección de Administración
32 Contador (a) Dirección de Administración
33 Abogado auxiliar b Dirección de Administración
34 Auxiliar Administrativo Dirección de Administración
35 Auxiliar de oficina Dirección de Administración
36 Auxiliar de mantenimiento y servicios Dirección de Administración
37 Auxiliar de limpieza Dirección de Administración
38 Director (a) de organización y capacitación
electoral Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
10
No Puesto Área de Adscripción
39 Coordinador (a) de educación cívica Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
40 Coordinador (a) de organización electoral Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
41 Auxiliar de diseño Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
42 Auxiliar de educación cívica Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
43 Auxiliar B Dirección de Organización y Capacitación
Electoral
44 Titular del órgano interno de control Órgano Interno de Control
45 Jefatura de departamento auditoría e
investigador Órgano Interno de Control
46 Jefatura de departamento substanciador y
resolutor Órgano Interno de Control
47 Titular de la unidad de comunicación social Unidad de Comunicación social
48 Auxiliar A Unidad de Comunicación social
49 Técnico en Comunicación Unidad de Comunicación social
50 Titular de unidad de informática y estadística Unidad Técnica de Informática y estadística
51 Programador (a) informático Unidad Técnica de Informática y estadística
52 Programador (a) informático Unidad Técnica de Informática y estadística
53 Técnico en informática Unidad Técnica de Informática y estadística
54 Abogado (a) Unidad de Transparencia
55 Asesor (a) Presidencia
56 Asistente de presidencia Presidencia
De tal manera que cada personal dentro de la plantilla, realiza las actividades que permitan
dar cabal cumplimiento a las atribuciones que constitucional y legalmente tenemos
encomendadas.
6. Presupuesto solicitado con base en el Programa Operativo Anual
Para la elaboración del presupuesto, se utilizó como antecedente de presupuestación los
recursos económicos presupuestales de ejercicios anteriores, es decir, el histórico
presupuestal que se le ha otorgado al IEEN, así mismo se tomaron en cuenta todos los
requerimientos realizados por las áreas del IEEN, necesarios para el óptimo cumplimiento
de las actividades programadas en el Programa Operativo Anual, con la finalidad de lograr
obtener una aproximación real para solicitar en el ejercicio 2022.
6.1. Capítulo 1000 Servicios Personales
En este capítulo se integran las asignaciones correspondientes a las remuneraciones del
personal, tales como: sueldo, tanto del personal temporal como el personal de carácter
11
permanente, prima vacacional, ajuste de calendario, gratificación anual y las demás
prestaciones que el IEEN otorga ya sea de manera permanente o extraordinaria.
Como se ha dejado de manifiesto, las 56 plazas presupuestales que a la fecha conforman
la estructura del IEEN, vienen dando cumplimiento de manera puntual a las actividades que
traen como consecuencia el cumplimiento irrestricto a los fines y atribuciones de este
organismo electoral, en este sentido, se describen de manera general, las funciones y
actividades de cada área del IEEN, así como la organización de cada una, por lo que en
términos de lo dispuesto por los artículos 116 párrafos primero y segundo fracción IV inciso
c) de la Constitución Federal, 99 de LGIPE, 135 apartado C de la Constitución Local, 82 y
83 de la LEEN, 15 y 16 del Reglamento Interior, el IEEN ejerce sus atribuciones y
obligaciones, a través de:
6.1.1. Consejo Local
El Consejo Local se integra de:
En este sentido, las Consejeras y Consejeros Electorales, en términos de lo dispuesto por
el artículo 22 del Reglamento Interior, para el cumplimiento de las atribuciones que les
confiere el sistema nacional electoral, cuentan con el apoyo del personal eventual o
permanente necesario para el desempeño de su encargo, es así que, atendiendo a tal
disposición cada Consejería, cuenta con una persona que funge como asesora, por lo que
la estructura del Consejo Local se conforma de la siguiente manera:
Y tienen las atribuciones y obligaciones que les confiere el artículo 89 Bis de la LEEN,
siguientes:
● Vigilar y cumplir las disposiciones constitucionales y legales aplicables y sus
reglamentos, así como los acuerdos del Consejo Local;
Consejero Presidente
Consejero Electoral
Asesor
Consejera Electoral
Asesora
Consejera Electoral
Asesor
Consejera Electoral
Asesora
Consejero Electoral
Asesor
Consejero Electoral
Asesor (a)
(1) Consejero Presidente(6) Consejeras (os)
Electorales (1) Secretario General
Representaciones de los partidos políticos nacionales
y locales
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● Votar en las sesiones del Consejo Local o de las comisiones donde participen; por
ningún motivo deberán abstenerse, salvo cuando exista impedimento por
disposición legal;
● Asistir desde el inicio y hasta la conclusión, en las sesiones del Consejo Local e
integrar las comisiones en las que se les designe.
● Formular y presentar propuestas al Consejo Local, relativas a las atribuciones de
ese órgano a través de la presidencia del mismo.
● Participar en las actividades institucionales necesarias para el desahogo de los
asuntos que competen al Consejo Local y sus comisiones.
● Abstenerse de interferir o sustituir en el ejercicio de las atribuciones de las áreas
ejecutivas y técnicas del IEEN.
● No podrán suscribir ningún tipo de convenio u obligación a nombre del IEEN.
● Guardar reserva de los asuntos que conozcan por razón de su cargo o comisiones,
hasta que hayan sido resueltos por el Consejo Local;
● Solicitar a la Presidencia del Consejo, la documentación que requieran para el
cumplimiento de sus atribuciones, y las demás que les señalen las leyes aplicables.
● Asistir a eventos de carácter académico o institucional a nombre del IEEN ante toda
clase de autoridades, entidades, dependencias y personas físicas o morales, previa
designación hecha por el Consejo Local o, en su caso, por la Consejera o Consejero
Presidente.
● Participar en los eventos a los que sean invitados e invitadas, en su calidad de
Consejera o Consejero Electoral, por organizaciones académicas, institucionales y
sociales, nacionales o extranjeras en beneficio de los fines del IEEN.
● Coordinar por conducto de la Consejera o Consejero Presidente con la Secretaría
General, los asuntos a listarse para la celebración y desarrollo de las sesiones del
Consejo Local.
● Remitir a la Secretaría General, la información necesaria para el archivo documental
del IEEN.
● Aprobar un calendario de sesiones del Consejo Local.
● Proponer la designación del personal adscrito a sus oficinas, de acuerdo a las
normas administrativas correspondientes.
● Aprobar a través de sesiones del Consejo Local, la creación de Direcciones,
Unidades Técnicas, áreas y coordinaciones a la estructura orgánica del IEEN,
mediante reforma, adición o modificación al Reglamento Interior.
13
6.1.2. Presidencia
La Presidencia del IEEN, conforme a lo previsto por los artículos 87 de la LEEN y 30
numerales 1 y 2 del Reglamento Interior, es el órgano ejecutivo de dirección del IEEN,
de carácter unipersonal cuyo titular es el Consejero Presidente o Consejera Presidenta,
y tiene adscritas las siguientes áreas y personal:
Así, en ejercicio de sus atribuciones emanadas del artículo 87 de la LEEN, destacan las
siguientes:
Dirigir y coordinar las acciones del IEEN;
Velar por la unidad y cohesión de las actividades de los órganos del IEEN;
Representar legalmente al IEEN y al Consejo Local ante todo género de
autoridades;
Elaborar el presupuesto de gastos del IEEN, así como de los procesos y órganos
municipales electorales, en colaboración con las áreas ejecutivas y la Secretaría
General y, previa aprobación del Consejo Local, presentarlo al Titular del Poder
Ejecutivo del Estado para su inclusión en el presupuesto de egresos del Estado,
vigilando su ejercicio;
Concluido el proceso electoral, entregará al Congreso del Estado un informe que
contenga un pliego de observaciones y propuestas de modificación a la legislación
electoral, con base en las experiencias obtenidas;
Acordar ante la persona titular de la Secretaría General las solicitudes o
promociones que en lo administrativo correspondan;
Convocar, presidir, conducir y orientar las sesiones del Consejo Local;
Proponer al Consejo Local al titular de la Presidencia -propietario y suplente- y de la
Secretaría para integrar cada uno de los Consejos Municipales Electorales, acorde
a un procedimiento de selección establecido en el Reglamento de Elecciones del
INE;
Para el caso de las secretarías, la propuesta deberá provenir de la implementación
de un proceso de reclutamiento y selección que al efecto apruebe el Consejo Local;
Consejero Presidente
Unidad de Transparencia
Unidad de Comunicación Social
Asistente de Presidencia
Asesor/a de Presidencia
14
Remitir para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, la integración del
Consejo Local y de los Consejos Municipales Electorales;
Concluido el término de registro de candidaturas, enviar para su publicación en el
Periódico Oficial, la relación completa de candidaturas registradas a los distintos
cargos de elección popular, y de igual forma, la cancelación de registros y sustitución
de candidaturas, conforme a lo dispuesto por la LEEN;
Vigilar que se cumplan los acuerdos del Consejo Local;
Proponer al Consejo Local el nombramiento de la persona titular de la Secretaría
General, Direcciones y Titulares de las áreas Ejecutivas en términos de lo dispuesto
por el Reglamento de Elecciones;
Recibir por sí mismo o por conducto de la Secretaría General las solicitudes de
registro de candidaturas que sean de la competencia del Consejo Local;
Firmar junto con la persona titular de la Secretaría General los acuerdos y
resoluciones emitidas por el Consejo Local;
Ordenar y vigilar la entrega a los Consejos Municipales Electorales de la
documentación aprobada, recursos económicos y demás elementos necesarios
para el desempeño de sus tareas;
Solicitar a las autoridades competentes los medios de seguridad personal para las
candidaturas a la Gubernatura, así como de cualquier otro que expresamente lo
solicite;
Proponer al Consejo Local los programas de capacitación de las y los servidores
públicos electorales, así como conocer e implementar la relativa a la observación y
visitadores electorales;
Expedir y entregar las constancias de asignación a las Diputaciones electas por el
principio de Representación Proporcional y las de mayoría a las candidaturas a
Diputaciones electas por este principio, así como la de la candidatura a la
Gubernatura Constitucional del Estado, que hayan obtenido el mayor número de
votos;
Turnar al Tribunal Estatal Electoral, la documentación de la elección impugnada, así
como los recursos interpuestos que hubiese recibido de los partidos políticos, las
candidaturas o de sus representaciones;
Proveer lo necesario para la recepción y custodia de la documentación electoral que
le haya sido remitida por los Consejos Municipales Electorales;
Presentar una propuesta al Consejo Local para la realización del programa de
resultados electorales preliminares, de conformidad con las reglas y lineamientos
establecidos por el INE;
Garantizar la calidad y efectividad del líquido indeleble que será utilizado el día de
la jornada electoral, mediante consultas que realice con instituciones académicas y
técnicas especialistas en la materia, y;
Las demás que le establece esta ley y disposiciones complementarias.
15
6.1.3. Secretaría General
Por otra parte, la Secretaría General es el órgano ejecutivo de carácter unipersonal y
coadyuva con la Presidencia en organizar, dirigir y evaluar las distintas áreas del IEEN,
ello de conformidad con lo estatuido en los artículos 88 de la LEEN, 32 y 33 del
Reglamento Interior; para el desarrollo y ejecución de sus atribuciones, actualmente se
integra por:
Los cuales, en apoyo de la Secretaría General y en cumplimiento de sus atribuciones,
realizan las actividades siguientes:
Auxiliar al IEEN y a su Presidencia en el ejercicio de sus atribuciones;
Llevar el archivo del IEEN;
Sustanciar los recursos que se interpongan contra actos o resoluciones del IEEN;
Participar en la resolución de los asuntos jurídicos y laborales del IEEN;
Opinar sobre los estudios que se realicen para la modificación de las demarcaciones
electorales del estado y los municipios;
Expedir y certificar la documentación que sea solicitada en los términos legales y
reglamentarios;
Acordar con la Presidencia del IEEN los asuntos de su competencia;
Preparar el orden del día de las sesiones del Consejo Local, declarar la existencia
del quórum legal necesario para sesionar; dar fe de lo actuado en las sesiones,
levantar el acta correspondiente y someterla a la aprobación de las Consejerías
Electorales y representaciones asistentes;
Informar al Consejo Local sobre el cumplimiento de sus acuerdos;
Recibir las solicitudes de registro de candidaturas que competen al Consejo Local,
dando cuenta a éste;
Llevar el control de los directivos de los partidos políticos, de sus representaciones
ante los organismos electorales, y de las candidaturas a puestos de elección; así
como el de los convenios de coaliciones y frentes;
Secretaría general
Abogada “A” Interventor
Coordinadora de prerrogativas y partidos
políticos
Auxiliar Administrativo
Coordinadora del Secretariado
Coordinador de la unidad de oficialía
electoral
Coordinador de archivo
Auxiliar C
16
Recibir y substanciar los recursos que se interpongan en contra de los actos o
resoluciones de los Consejos Municipales Electorales, preparando los proyectos
correspondientes;
Para tales efectos, las Secretarías de los Consejos Municipales deberán informar
inmediatamente de la interposición de los recursos a la Secretaría General;
Recibir y dar trámite a los recursos que se interpongan en contra de los actos o
resoluciones del Consejo Local, informando a éste de los mismos en la sesión
inmediata;
Informar al Consejo Local de las resoluciones dictadas por los tribunales que sean
de su interés;
Proveer lo necesario para que se publiquen los acuerdos y resoluciones del Consejo
Local;
Autorizar con su firma los acuerdos y resoluciones del Consejo Local;
Ejercer la fe pública en materia electoral, a petición de los partidos políticos, respecto
a la realización de actos y hechos de naturaleza electoral que pudieran influir o
afectar la equidad en las contiendas electorales locales, facultad que, a su vez,
podrá delegar de manera formal al funcionariado del IEEN que estime pertinente;
En el ejercicio de la función de oficialía electoral, la persona titular de la Secretaría
General o funcionariado público del IEEN en los que delegue dicha función respecto
de actos o hechos exclusivamente de naturaleza electoral, tendrán las siguientes
atribuciones, las cuales deberán de realizar de manera oportuna:
A petición de los partidos políticos o ciudadanía, dar fe de la realización de actos y
hechos en materia electoral que pudieran influir o afectar la equidad en las
contiendas electorales;
Solicitar la colaboración de los notarios públicos para el auxilio de la función electoral
durante el desarrollo de la jornada electoral en los procesos locales, y
Las demás que establezca la ley y demás disposiciones aplicables.
Llevar y coordinar la oficialía de partes del IEEN;
Preparar el proyecto de dictamen de asignación de Diputaciones por el principio de
Representación Proporcional, y
Las demás que le sean conferidas por el Consejo Local, la Presidencia o las que
señale la LEEN u otras disposiciones legales.
6.1.4. Dirección de Organización y Capacitación Electoral
La Dirección de Organización y Capacitación Electoral es el órgano ejecutivo del IEEN que
ejerce sus atribuciones en términos de lo dispuesto por el artículo 91 fracción I de la LEEN;
tiene a su cargo dos áreas sustantivas del IEEN, esto es la relacionada con la organización
electoral y la educación cívica, por ello, para el desahogo de sus actividades su estructura
actual es la siguiente:
17
En materia de organización electoral tiene entre sus objetivos el de planear, organizar y
coordinar las actividades inherentes a la preparación, organización y desarrollo de los
procesos electorales, y en materia de educación cívica, tiene a su cargo establecer las
estrategias y políticas tendentes a promover y fortalecer la democracia en la entidad a
través de la elaboración y presentación de actividades de educación cívica y difusión de la
cultura política democrática.
Así, en términos del artículo 91 fracción I de la LEEN, tiene las siguientes atribuciones:
a. En materia de organización:
Apoyar la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Municipales
Electorales;
Elaborar los formatos de la documentación electoral, para someterlos por
conducto de la Presidencia a la aprobación del Consejo Local;
Proveer lo necesario para la impresión y distribución de la documentación
electoral autorizada;
Recabar de los Consejos Municipales Electorales, copias de las actas de sus
sesiones y demás documentos relacionados con el proceso electoral, y
Recabar la documentación necesaria e integrar los expedientes a fin de que el
Consejo Local efectúe los cómputos que conforme a la LEEN debe realizar
B. En materia de capacitación y educación cívica:
Elaborar, proponer y coordinar los programas de educación cívica del IEEN;
Promover la suscripción de convenios en materia de educación cívica con
instituciones educativas y organizaciones sociales, así como sugerir políticas
orientadas a la promoción de la cultura político-democrática y la construcción de
ciudadanía;
Titular de la Dirección
Auxiliar B Auxiliar Educación Cívica Auxiliar de Diseño
Coordinador de Organización Electoral
Coordinador de Educación Cívica
18
Vigilar el cumplimiento de los mencionados programas y políticas;
Preparar el material didáctico y los instructivos electorales que correspondan, y
Programar y realizar entre la población, actividades de fomento de la cultura
democrática.
En ambas materias, acordar con la Secretaría General del IEEN los asuntos de su
competencia y las demás que le confiere la LEEN.
6.1.5. Dirección Jurídica
La Dirección Jurídica, en términos del Reglamento Interior, es el órgano ejecutivo del IEEN
que ejerce sus atribuciones conforme lo estatuido por el artículo 91 fracción II de la LEEN
y demás disposiciones legales aplicables, por lo que para el desarrollo de las actividades
cuenta con la siguiente estructura:
Personal que da cumplimiento a las siguientes atribuciones:
● Tramitar la substanciación de los recursos que se interpongan contra actos o
resoluciones del IEEN;
● Opinar y tramitar los asuntos jurídicos y laborales del IEEN;
● Acordar con la Secretaría General del IEEN los asuntos de su competencia
● Tramitar y substanciar las quejas y denuncias que se presenten por presuntas
violaciones a la normatividad electoral, y
● Elaborar los proyectos de medidas cautelares que se solicitan dentro de los
procedimientos sancionadores, a efecto de que la Comisión Permanente de
Quejas y Denuncias valore su procedencia o improcedencia.
● Gestionar ante las instancias correspondientes las medidas de protección
necesarias dentro de los procedimientos especiales sancionadores en materia
de violencia política contra las mujeres en razón de género.
● Las demás que le encomiende la Presidencia del IEEN, y la LEEN.
Titular de la Dirección
Coordinador de Normatividad
Coordinador de lo Contencioso
Coordinador de Medios de
Impugnación Abogado Notificador
19
6.1.6. Dirección de Administración
La Dirección de Administración, es el área que organiza y dirige la administración de los
recursos humanos, financieros y materiales, así mismo, vigila la prestación de los servicios
generales en el IEEN de conformidad con las normas, políticas y procedimientos
establecidos en la normativa, con la finalidad de optimizar el uso de los mismos, por lo que,
con la finalidad de dar observancia a sus atribuciones, se integra por el personal siguiente:
Bajo esta línea, los artículos 91 fracción III de la LEEN y 41 numeral 2 del Reglamento
Interior, establecen las atribuciones en los términos siguientes:
● Establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control
presupuestales.
● Ministrar a los partidos políticos el financiamiento público al que tienen derecho
conforme a lo señalado en la LEEN.
● Formular el anteproyecto anual del presupuesto del IEEN.
● Atender las necesidades administrativas de los órganos del IEEN.
● Resguardar y custodiar los expedientes personales de las trabajadoras y
trabajadores del IEEN.
● Realizar las adecuaciones presupuestales en términos del marco normativo
aplicable.
● Control de los bienes muebles e inmuebles.
● Dar seguimiento y aplicar los criterios para la racionalidad de los gastos del IEEN.
● Su titular fungirá como órgano de enlace del SPEN.
● Aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos
humanos, financieros y materiales del IEEN.
Titular de Dirección
Abogado-Auxiliar B
Auxiliar Administrativo
Auxiliar de oficina
Auxiliar de mantenimiento
Auxiliar de limpieza
Jefe de Recursos
Financieros
ContadorCoordinador de
nómina
20
● Enviar el informe trimestral de avance de gestión financiera, previa a la aprobación
de la Junta Estatal al Órgano Interno de Control.
● Enviar la cuenta pública, previa a la aprobación de la Junta Estatal al Órgano Interno
de Control.
● Requerir la información necesaria para integrar, formular y presentar el anteproyecto
anual del presupuesto del IEEN a la Junta Estatal.
● Establecer y operar los sistemas informáticos administrativos para el ejercicio y
control presupuestal.
● Elaborar el proyecto del Manual General de Organización, el Manual de
Procedimientos y el catálogo de cargos y puestos del IEEN y someterlo para su
aprobación a la Junta Estatal, previa autorización de las áreas correspondientes.
● Presentar al Consejo Local, por conducto de la Presidencia del Consejo Local, un
informe anual respecto del ejercicio presupuestal del IEEN.
● Requerir la información necesaria para integrar, formular y presentar el Programa
Operativo Anual del IEEN a la Junta Estatal, así como lo correspondiente a la
evaluación trimestral del mismo.
6.1.7. Unidades Técnicas del IEEN
En términos del artículo 4 numeral 29 del Reglamento Interior, las unidades Técnicas son
las áreas que ejercen funciones jurídicas, de comunicación social, informática, secretariado
técnico, oficialía electoral, transparencia, acceso a la información pública y protección de
datos personales, planeación o metodologías organizativas, diseño editorial, vinculación
con el IEEN o cualquier otra función análoga a las anteriores.
En este orden de ideas, el IEEN dentro de su estructura orgánica cuenta con tres unidades:
Informática y Estadística, Transparencia y Comunicación Social.
a. Unidad Técnica de Informática y Estadística
Señala el Reglamento Interior, en su artículo 45, que esta Unidad es la encargada de
proporcionar el apoyo técnico y la asesoría necesaria a las áreas de IEEN en el ámbito de
las Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
A la fecha, la Unidad se integra por el siguiente personal:
Titular de la Unidad
Programador Programador Técnico en informática
21
Con la finalidad de puntualizar, algunas de las actividades a desarrollar y dar seguimiento
durante el ejercicio 2022, son las siguientes:
● Dar seguimiento y migrar al ambiente web utilizando nuevas tecnologías de la
información a los sistemas informáticos, tales como, sistema de seguimiento de
quejas y denuncias, oficialía de partes, control de inventarios, viáticos,
administración de personal, pases de salida, entre otros.
● Analizar, diseñar, desarrollar e implementar el sistema de sesiones para el Consejo
Local, Comisiones permanentes y temporales, Junta Estatal y Comités, sistema de
tickets y sistema de archivo institucional.
● Analizar, diseñar, desarrollar e implementar el Programa de Resultados Electorales
Preliminares.
● Asesorar en materia de tecnologías de la información a las distintas direcciones y
áreas del IEEN, cuando así lo dispongan.
● Brindar soporte técnico (preventivo y correctivo) permanente a los equipos de
cómputo, multifuncionales, equipo audiovisual y de telecomunicaciones del IEEN.
● Implementar el uso de nuevas tecnologías para mejorar el funcionamiento y
rendimiento óptimo de la página oficial del IEEN.
● Publicar en la página oficial la información emitida por cada una de las diferentes
direcciones o áreas del IEEN.
● Dar seguimiento, verificar, cargar y actualizar las bases de datos e información en
los sistemas implementados por el INE.
● Coordinar y elaborar estudios en materia de participación ciudadana de los procesos
electorales locales celebrados en el año 2021.
● Apoyar en materia de tecnologías de la información en las asambleas derivadas de
las solicitudes presentadas para la conformación de partidos políticos locales.
● Apoyar en la logística, instalación de audio, video y cronometro para la realización
de las sesiones (presencial y/o virtual) del Consejo Local, Junta Estatal y
Comisiones permanentes y temporales.
● Las demás que en uso de sus atribuciones le confiera el Consejo Local, la o el
Consejero Presidente o la Secretaría General.
b. Unidad de Comunicación Social
En concordancia con al artículo 44 del Reglamento Interior, el área de Comunicación Social
es la encargada de planear, coordinar y ejecutar políticas de comunicación, orientadas a
aprovechar de manera oportuna y optima la presencia del IEEN en los medios masivos de
comunicación.
Dentro de la estructura interna de la Unidad de Comunicación social, se conforma por:
22
Las cuales de manera oportuna realizan las actividades permanentes que les
corresponden, como lo son.
● Diseñar y ejecutar las campañas de difusión institucional.
● Cobertura de las Sesiones de Consejo Local, Junta Estatal, Comisiones y Comité
de Adquisiciones.
● Proporcionar oportunamente a la Presidencia y las Consejerías Electorales la
información que le soliciten, en materia de comunicación social.
● Elaborar los boletines y/o comunicados de prensa del IEEN y supervisar la
publicación de los mismos en los medios de comunicación, así como en el sitio web
y las redes sociales del IEEN.
● Cobertura de fotografías y video de las actividades institucionales.
● Administrar y Monitorear la cuenta de Facebook (IEEN).
● Elaborar resumen local informativo (prensa escrita) cuya finalidad radica en efectuar
un análisis de la información político-electoral a nivel municipal, estatal, nacional e
internacional que permita conocer de primera mano las notas relevantes emitidas.
c. Unidad de Transparencia
En términos de lo dispuesto por el artículo 47 del Reglamento Interior, la Unidad de
Transparencia, es la encargada de recibir, dar seguimiento y despachar las solicitudes de
información pública que se presenten, conforme a las disposiciones legales y
reglamentarias de la materia, misma que se encuentra adscrita a la Presidencia.
Titular Comunicación Social
Auxiliar A Técnico en comunicación
Responsable Unidad de Transparencia
23
Dentro de las actividades que debe de realizar el IEEN para el cumplimiento de las
disposiciones normativas en materia de transparencia, se encuentran las de:
● Recibir, dar seguimiento y despachar las solicitudes de información pública que se
presenten.
● Publicar la información fundamental en el portal web del IEEN y en la Plataforma
Nacional de Transparencia.
● Informar bimestral y anualmente al IEEN de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de Nayarit, sobre las solicitudes de información
recibidas y tramitadas.
● Solicitar a las diversas áreas de este IEEN información que sean de su competencia,
a efecto de dar cumplimiento a las solicitudes de información.
● Dar seguimiento al cumplimiento de obligaciones sustantivas y específicas de las
áreas generadoras de información que alimentan la plataforma nacional de
transparencia y al portal de transparencia.
● Apoyar a la institución con relación a la carga de información en la plataforma
nacional de transparencia y al portal de transparencia;
● Atender los recursos de revisión y denuncias presentadas en contra del IEEN en
materia de transparencia.
● Convocar, presidir y dar seguimiento a las sesiones del comité de transparencia y
los acuerdos que en ellas se aprueban.
● Actualizar índices de información reservada, y
● Apoyar en las actividades del archivo institucional.
6.1.8. Órgano Interno de Control
El artículo 109 fracción III párrafo quinto de la Constitución Federal, establece que los entes
públicos estatales y municipales deberán contar con Órganos Internos de Control con las
facultades que determine la Ley, esto en concordancia con el artículo 123 fracción III párrafo
quinto de la Constitución Local. El IEEN actualmente cuenta dentro de su estructura
conforme lo dispuesto por el artículo 82 fracción V de la LEEN, con un órgano interno de
control, que conforme al artículo 101 de este último ordenamiento, está dotado de
autonomía técnica y de gestión y se sujeta a los principios de legalidad, definitividad,
imparcialidad y confiabilidad.
Orgánicamente está adscrito al Consejo Local y ejerce las funciones y atribuciones que le
confiere el artículo 102 de la LEEN, la Ley de General de Responsabilidades
Administrativas y demás disposiciones legales aplicables, siendo algunas de éstas las
siguientes:
Fijar los criterios para la realización de las auditorías, procedimientos, métodos y
sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las
áreas y órganos del IEEN.
24
Establecer las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad y de
archivo, de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del
gasto, así como aquellos elementos que permitan la práctica idónea de las
auditorías y revisiones, que realice en el cumplimiento de sus funciones.
Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas
autorizados y los relativos a procesos concluidos.
Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de
naturaleza administrativa contenidos en el presupuesto de egresos otorgado al
IEEN.
Verificar que las diversas áreas administrativas del IEEN que hubieren recibido,
manejado, administrado o ejercido recursos, lo hagan conforme a la normatividad
aplicable, los programas aprobados y montos autorizados, así como, en el caso de
los egresos, con cargo a las partidas correspondientes y con apego a las
disposiciones legales, reglamentarias y administrativas conducentes.
Corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades
administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia del
Tribunal de Justicia Administrativa.
Revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos
que reciba y administre el IEEN.
Presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de
delito cometidos por servidores públicos del IEEN.
Revisar que las operaciones presupuestales que realice el IEEN se hagan con
apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables a estas materias.
Verificar las obras, bienes adquiridos o arrendados y servicios contratados, para
comprobar que las inversiones y gastos autorizados se han aplicado, legal y
eficientemente, al logro de los objetivos y metas de los programas aprobados;
Requerir a terceros que hubieran contratado bienes o servicios con el IEEN la
información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria
respectiva a efecto de realizar las compulsas que correspondan.
Solicitar y obtener la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Por lo que hace a la información relativa a las operaciones de cualquier tipo
proporcionada por las instituciones de crédito, les será aplicable a todos los
servidores públicos del Órgano Interno de Control, así como a los profesionales
contratados para la práctica de auditorías, la obligación de guardar la reserva a que
aluden las disposiciones normativas en materia de transparencia y acceso a la
información pública;
Emitir los lineamientos, instruir, desahogar y resolver los procedimientos
administrativos respecto de las quejas que se presenten en contra de los servidores
públicos del IEEN, y llevar el registro de los servidores públicos sancionados;
25
Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen
alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y
aplicación de fondos y recursos del IEEN.
Recibir denuncias o quejas directamente relacionadas con el uso y disposición de
los ingresos y recursos del IEEN por parte del funcionariado público del mismo y
desahogar los procedimientos a que haya lugar.
Efectuar visitas a las sedes físicas de las áreas y órganos del IEEN para solicitar la
exhibición de los libros y papeles indispensables para la realización de sus
investigaciones, sujetándose a las formalidades respectivas.
Establecer los mecanismos de orientación y cursos de capacitación que resulten
necesarios para que los servidores públicos del IEEN cumplan adecuadamente con
sus responsabilidades administrativas.
Formular pliegos de observaciones en materia administrativa.
Determinar los daños y perjuicios que afecten al IEEN en su patrimonio y fincar
directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias
correspondientes.
Fincar las responsabilidades e imponer las sanciones en términos de los
lineamientos respectivos.
Presentar a la aprobación del Consejo Local sus programas anuales de trabajo.
Presentar al Consejo Local los informes previo y anual de resultados de su gestión,
y acudir ante el mismo Consejo Local cuando así lo requiera la Presidencia;
Recibir y resguardar las declaraciones patrimoniales que deban presentar el
funcionariado público del IEEN, a partir del nivel de la jefatura de departamento,
conforme a los formatos y procedimientos que establezca el propio Órgano Interno
de Control. Serán aplicables en lo conducente las normas establecidas en la ley de
la materia.
Intervenir en los procesos de entrega recepción por inicio o conclusión de encargo
del funcionariado público que corresponda.
Participar, a través de su titular, con voz, pero sin voto, en las sesiones del Consejo
Local por motivo del ejercicio de sus facultades cuando así lo considere necesario
la Presidencia.
Evaluar los informes de avance de la gestión de programas y proyectos respecto de
los autorizados por el Consejo Local.
Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de
naturaleza electoral, de capacitación, organización y demás aprobados por el
Consejo Local.
Validar el proyecto de Cuenta Pública en los términos de la ley de la materia.
Mantener una estrecha relación de colaboración y apoyo con la Entidad de
Fiscalización Superior del Estado, y
Las demás que le otorgue la Constitución Federal, la Constitución Local, la LEEN y
las demás leyes aplicables en la materia.
26
La estructura del Órgano Interno de Control, conforme el artículo 49 numeral 2 del
Reglamento Interior, se compone de:
6.2. Requerimientos del IEEN para el ejercicio 2022, por cuanto a la estructura
orgánica
6.2.1. Homologación y ajustes salariales
En relación a este punto, es importante señalar que las personas Titulares de las áreas del
IEEN, mediante diversos oficios manifestaron los requerimientos por cuanto al capítulo
1000. Servicios personales, los cuales se han integrado dentro del presupuesto solicitado
para el ejercicio fiscal 2022, mismos que se detallan de la siguiente manera:
a. Homologación salarial titulares de las Direcciones del IEEN.
Por cuanto a la homologación de sueldos de las personas titulares del IEEN, se destaca
que, como ha quedado de manifiesto, cada una de las direcciones cuenta con funciones y
atribuciones específicas, que desde el ámbito de competencia de cada unidad, implica un
grado de responsabilidad para quienes las dirigen, aunado a ello, cada titular, basa sus
actuaciones en acato de los principios rectores de la función electoral, dando puntual
cumplimiento a sus atribuciones legales que permite dar cabal observancia a las funciones
propias del IEEN.
En este sentido, es importante precisar que en el presupuesto se ha contemplado la
homologación de los sueldos de las tres direcciones del IEEN, en relación al sueldo mensual
del puesto del Titular de la Dirección de Administración, ello derivado de que de conformidad
con el tabulador de sueldos para el ejercicio 2021, aprobado por la Junta Estatal es el
puesto que percibe mayor recursos, la homologación obedece a que en iguales
circunstancia se atienden las obligaciones legales y los compromisos institucionales de este
organismo electoral por cada una de las direcciones, de ahí la importancia y necesidad de
presupuestar, aunado al precepto constitucional enmarcado en el artículo 127 de la
Constitución Federal y el 137 de la Constitución Local, que toda persona Servidora Pública
Titular
Jefe de departamento de Auditoría e Investigador
Jefe de departamento substanciador y
resolutor
27
por el desempeño de su función recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable la
cual deberá de ser proporcional a sus responsabilidades.
Lo anterior, en virtud de que actualmente las 3 direcciones del IEEN – Dirección de
Administración, Organización y Capacitación Electoral y la Dirección Jurídica- perciben
diferentes ingresos, siendo inequitativo, toda vez que, atendiendo al grado de
responsabilidad que cada una cumple en el ejercicio de sus atribuciones, sus ingresos
deben estar homologados, pero en el caso no acontece, por lo que es desproporcional con
el trabajo realizado.
En este sentido, es importante valorar también que, actualmente estas direcciones son
ocupadas por dos hombres y una mujer, siendo la mujer la que ocupa la Dirección Jurídica,
por lo tanto, percibe un sueldo menor y podríamos estar actualizando un supuesto de
discriminación salarial por motivos de género, toda vez que la Dirección Jurídica a cumplido
con sus atribuciones legales y con las actividades que le han encomendado.
Número Cargo Genero
1 Titular de la Dirección de Administración Masculino
2 Titular de la Dirección Jurídica Femenino
3 Titular de la Organización y Capacitación Electoral Masculino
Asimismo, la Dirección Jurídica no tiene rezago de procedimientos sancionadores, al inicio
de este ejercicio fiscal 2021 se pusieron a consideración del Consejo Local las últimas
resoluciones de procedimientos ordinarios sancionadores que correspondían a los años
2019 y 2020, se han desahogado a la presente fecha 62 sesenta y dos procedimientos
especiales sancionadores por violación a la normativa electoral dentro del Proceso Electoral
Local Ordinario 2021 y en materia de violencia política en razón de género. Se dio
seguimiento puntual a las 85 ochenta y cinco denuncias presentadas en la vía especial
sancionadora en los Consejos Municipales Electorales, y se pusieron a consideración 71
setenta y un proyectos de resolución de medidas cautelares derivados de las quejas y
denuncias presentadas en el IEEN y los Consejos Municipales Electorales, se dio
seguimiento puntual a los medios de impugnación del Consejo Local y de los Consejos
Municipales Electorales y se atendieron todas las opiniones jurídicas respecto a los
contratos y convenios que el IEEN celebró en el reciente proceso ordinario, de igual manera,
se atendieron todas las actividades encomendadas por la Presidencia y la Secretaría
General del IEEN.
En consecuencia, es necesario que se considere en el presupuesto para el ejercicio fiscal
2022, la homologación de sueldos de la Direcciones toda vez que el IEEN está obligado
constitucionalmente a garantizar los principios de igualdad y equidad, y evitar todo tipo de
violencia, no solo con la ciudadanía, sino al interior de la institución.
28
b. Homologación salarial miembros del SPEN del IEEN
Bajo la misma línea, es importante destacar que actualmente este ente electoral, cuenta
con tres coordinaciones pertenecientes al SPEN, siendo la Coordinación de Educación
Cívica, Organización Electoral y Prerrogativas y Partidos Políticos, en este sentido, es
importante precisar, que los integrantes del SPEN, de forma anual el INE a través de la
Dirección Ejecutiva del SPEN, se les asignan metas a las cuales se les dan cumplimiento,
aunado a las actividades que de manera ordinaria realizan en cada una de las áreas a las
que se encuentran adscritos, ello en cumplimiento del Programa Operativo Anual del IEEN.
Al respecto se señala, el objetivo de cada una de las coordinaciones es el siguiente:
Coordinador de Educación Cívica. Coordinar la ejecución y difusión de programas de
educación cívica en la entidad federativa y sus respectivos mecanismos de seguimiento y
evaluación para asegurar que contribuyan al desarrollo de la cultura política democrática.
Coordinador de Organización Electoral. Coordinar la planeación y funcionamiento de los
procedimientos que forman parte del proceso electoral local para verificar que su desarrollo
se apegue a las disposiciones normativas y se cumplan los objetivos institucionales.
Coordinadora de Prerrogativas y Partidos Políticos. Promover la funcionalidad,
efectividad y transparencia de los procesos de asignación, y entrega de recursos públicos
y otras prerrogativas a los partidos políticos y candidaturas de la entidad federativa.
De lo anterior resalta que la y los integrantes del Servicio, en el cumplimento de los objetivos
realizan actividades sustanciales del IEEN, aunado a las tareas que les asigna la Dirección
Ejecutiva del SPEN, como lo son el programa de formación, cursos y talleres de
capacitación, por lo que están sujetos a una constante profesionalización; en este sentido,
para el presupuesto de egresos 2022, se tiene considerado continuar con la homologación
salarial de los puestos de Coordinador de Educación Cívica y Coordinador de Organización
Electoral, respecto del puesto de la Coordinadora de Prerrogativas y Partidos Políticos.
c. De las remuneraciones del personal con plaza presupuestal del IEEN.
El artículo 127 de la Constitución Federal en correlación con el artículo 137 párrafo segundo
de la Constitución Local señala que las y los Servidores Públicos de la Federación, de las
entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad
de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones
paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos
autónomos, y de cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e
irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá de
ser proporcional a sus responsabilidades.
29
En concordancia con lo anterior, y en términos de lo dispuesto por los artículos 123
apartado B fracción V de la Constitución Federal y 86 de la Ley Federal del Trabajo, señalan
que, a trabajo igual, corresponderá salario igual; atendiendo a tales preceptos la Junta
Estatal mediante acuerdo IEEN-JEE-010/2021 de 23 de febrero de 2021, autorizó el
tabulador de sueldos, compensaciones, nivelaciones y compensación extraordinaria del
personal de confianza del IEEN, situación que en similares términos se valorara para el
ejercicio fiscal 2022, toda vez que este personal es el que tiene la responsabilidad de
continuar con las actividades ordinarias propias de las obligaciones constitucionales y
legales de este ente electoral.
Máxime cuando derivado de las diversas reformas en materia electoral, se tiene que dar
cumplimiento de manera oportuna a las obligaciones y atribuciones que ahí se mandatan,
en este sentido, se tiene previsto realizar las siguientes actividades:
En materia de Género:
Proponer Política Institucional en materia de igualdad de género y no
discriminación, así como promover las actualizaciones que correspondan, de
acuerdo a las necesidades institucionales.
Implementación de políticas, programas y proyectos en materia de paridad de
género, igualdad sustantiva, así como de prevención y erradicación de la violencia
política contra las mujeres en razón de género con base en la Política Institucional.
Proporcionar asesoría a las áreas ejecutivas y técnicas del IEEN, en la formulación
de sus programas y proyectos a fin de que sean acordes con la Política Institucional
en materia de igualdad y no discriminación, paridad de género, igualdad sustantiva,
así como prevención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en
razón de género.
Analizar los procesos institucionales a fin de que sean actualizados con perspectiva
de género.
Coadyuvar en la incorporación de perspectiva de género y la no discriminación en
resoluciones y acuerdos que emita el Consejo Local y la Junta Estatal.
Seguimiento al protocolo para prevenir, investigar, atender y sancionar conductas
tendentes al hostigamiento, discriminación y acoso sexual o laboral, para el IEEN;
a fin de propiciar espacios laborales libres de violencia.
Difusión de información al interior y exterior del IEEN que concientice a las personas
sobre la exigibilidad de sus derechos, relativa a sus derechos humanos, perspectiva
de género y no discriminación.
Vigilar el cumplimiento institucional a las disposiciones en materia de violencia
política contra las mujeres en razón de género.
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En materia de voto en el extranjero:
La reforma a la Constitución Local del 2019 y a la referida reforma a la LEEN del 2020,
garantiza el voto extraterritorial para la gubernatura y se incluye la figura de diputación
migrante electa por el principio de representación proporcional, lo que implica que se
generen actividades de promoción y difusión de manera permanente a la ciudadanía que
vive en el extranjero para el pleno ejercicio de sus derechos políticos electorales.
Se estima que hay alrededor de 161,000 personas nayaritas que residen en el exterior, por
lo que los trabajos deben ser permanentes y constantes, para generar ciudadanía
transnacional que pueda votar.
En el Proceso Electoral Local Ordinario 2021, el IEEN inició este tipo de actividades
generando vínculos institucionales con otras dependencias públicas y privadas, por lo que
debemos continuar esfuerzos y seguir fortaleciendo esa actividad en beneficio de los
nayaritas residentes en el extranjero, adicional a ello, se requiere:
o Elaborar los estudios, análisis, proyectos, investigaciones, protocolos, planes,
programas, procedimientos y demás recursos que se estimen necesarios para
contribuir y fomentar la participación activa político electoral de la ciudadanía
nayarita radicada fuera de las fronteras estatales, basadas en las experiencias
del proceso electoral local ordinario 2021.
o Planear, diseñar y gestionar encuentros de intercambio informativo referentes al
voto de las y los nayaritas residentes en el extranjero.
En materia de atención a grupos vulnerables:
Atención a personas con discapacidad; Con el objeto de que el IEEN proteja y
asegure el pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas con
discapacidad en términos de lo que disponen los artículos 1 y 4 de la Constitución
Federal y artículos 1, 2 fracciones I y XXXIV y 4 de la Ley General de Inclusión de
Personas con Discapacidad, es que se hace necesario considerar que para el
ejercicio fiscal 2022, el IEEN desarrolle las actividades atinentes a las atención y
realización de cualquier tipo de trámite que dentro del ámbito de competencia
soliciten las personas con discapacidad, a quien se les debe garantizar la
accesibilidad de dichos servicios, entendida no sólo como la disponibilidad y
apertura de cualquier trámite hacia su persona, sino también la posibilidad material
y física de acceder a las oficinas del IEEN y a cualquiera de la direcciones y/o áreas
del IEEN.
31
Traducción a lengua indígena y lenguaje de señas; Con el objeto de que el IEEN
proteja y asegure el pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas
originarias de pueblos indígenas y con discapacidad auditiva, en términos de lo que
disponen los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal y artículos 5 y 6 de la Ley
General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, es necesario que el
IEEN atienda en todas sus actividades la traducción a lengua indígena y el lenguaje
de señas, de sus programas y acciones fundamentales que se realicen a través de
las comisiones y del propio Consejo Local.
En materia de violencia política
Derivado de la reforma a la LEEN, el 07 de octubre de 2020, el procedimiento
especial sancionador es la vía para atender las quejas y denuncias en materia de
violencia política contra las mujeres en razón de género, esto para garantizar a las
mujeres que ocupen cargo de elección popular una vida libre de violencia en el
ejercicio de sus derechos políticos electorales.
Esto implica que la Dirección Jurídica de manera permanente atienda este tipo de
denuncias con las medidas cautelares y de protección necesarias que brinde la
mayor protección a la probable víctima.
De igual manera, esta área ejecutiva del IEEN capacita a servidoras y servidores
públicos de diversas instituciones para tratar de prevenir y erradicar este tipo de
violencia, que se encuentra muy socializada.
Además, el IEEN para el próximo ejercicio fiscal 2022 iniciará procedimientos para la
constitución de nuevos partidos políticos locales, lo que implica que las organizaciones
ciudadanas realicen asambleas en diferentes municipios del Estado con las personas que
afilien para obtener el registro, en esta actividad el personal tendrá que desplazarse a
diversos municipios en días hábiles e inhábiles para formalizar las asambleas, por lo que
es importante considerar el trabajo extraordinario que van a realizar.
Por lo anterior, para el correcto ejercicio de las atribuciones de las áreas del IEEN, y
cumplimiento de sus funciones, se estima oportuno que conforme el presupuesto 2022,
que para el efecto se apruebe por parte del H. Congreso del Estado de Nayarit, se
considere una compensación extraordinaria para el personal que está en la plantilla
presupuestal, cuando se realicen actividades extraordinarias, con la finalidad de otorgar e
incentivar, vía compensación, las horas extraordinarias de trabajo que efectúe para el
cumplimiento de cada una de las actividades plasmadas en el Programa Operativo Anual,
ello con la finalidad de lograr retribuir los trabajos de las personas titulares de cada uno de
los puestos que conforman la estructura del IEEN, puesto que el personal ha demostrado
contar con sentido de responsabilidad ante las obligaciones que se les encomienda,
haciendo prevalecer el respeto a la normativa y compromiso con el IEEN.
32
En este sentido, se integra en el presupuesto de egresos 2022 la percepción extraordinaria
para el personal, misma que habrá de analizarse una vez aprobado el presupuesto 2022,
puesto que como ya se hizo mención, el personal de plaza permanente habrá de atender
cada una de las acciones que coadyuven en el cumplimiento de las nuevas atribuciones
del IEEN, y por ende el cúmulo de actividades con las que cuenta cada área del IEEN, se
verán incrementadas, ello derivado a que, adicional a las actividades que se suman, se
deberá de dar continuidad a las actividades ordinarias y sustanciales del IEEN, así
podemos advertir que el personal de la rama administrativa, coadyuvará en las siguientes
actividades:
Por lo que hace a la Presidencia
o Coordinación de la agenda y logística de las actividades del titular de la
Presidencia.
o Seguimiento puntual y constante del correo institucional de presidencia,
para su oportuna recepción y respuesta correspondiente.
o Atención al público en general que acude a la Presidencia, así como también
atender las llamadas telefónicas y documentos que se reciben solicitando
diversa información inherente a la oficina de la Presidencia.
o Coordinación de la recepción de documentos mediante un registro de libro
de diario con las características de cada uno de ellos, canalizándolos al área
correspondiente del IEEN, verificar su oportuna respuesta y remitirlas
mediante oficio y archivarlas para su consulta posterior.
o En caso de que la información requerida, el destinatario sea expreso, a la o
el titular de Presidencia y determine término para su puntual respuesta, se
dirige por medio de oficio signado por el titular de Presidencia, presentando
acuse de recibido, con la finalidad de llevar el minutario correspondiente.
o Apertura de expedientes de cada uno de los documentos recibidos,
clasificándolos por institución y/o dependencia.
o Llevar registro de números de oficio registrando emisor, destinatario y
asunto a tratar, para llevar control de minutario del área.
o Constante actualización de directorios de las dependencias de los tres
órdenes de gobierno.
o Elaboración de oficios, circulares y memorándum, de notificaciones a
diferentes instituciones públicas y privadas y al interior del IEEN.
o Seguimiento y comunicación constante con los enlaces de los 32 OPLE.
o Seguimiento puntual al sistema integral del IEEN en lo referente a las
solicitudes de viáticos para su aceptación y autorización de la persona titular
de la Presidencia.
o Suscribir convenios de apoyo y colaboración para el fortalecimiento y
consolidación de la gestión institucional.
33
o Convocar, conducir y participar en las sesiones ordinarias del Consejo
Local.
o Convocar, conducir y participar en las sesiones extraordinarias del Consejo
Local.
Por lo que hace a la Secretaría General
o Preparación y distribución de la documentación para las sesiones de los
órganos colegiados.
o Integración de la información sobre los asuntos tratados en las sesiones de
los órganos colegiados y llevar el seguimiento sobre su cumplimiento.
o Colaboración en las tareas de las Comisiones del Consejo Local.
o Elaboración de las versiones estenográficas y de las actas del Consejo Local
y de la Junta Estatal.
o Elaboración y revisión de proyectos de acuerdos, proyectos de resoluciones
y proyectos de informes con el objeto de dar cumplimiento a las facultades
en la materia.
o Integración de los informes anuales que reflejen los avances en el
cumplimiento de los acuerdos aprobados por el Consejo Local y la Junta
Estatal; así como la coordinación con el área responsable para integrar los
informes correspondientes a los avances y resultados de la planeación
institucional.
o Notificaciones de los acuerdos y resoluciones aprobadas por el órgano
máximo de dirección, incluyendo aquellos que hayan sido objeto de engrose
por parte del Consejo Local.
o Remisión a la Unidad Técnica de Informática y Estadística, para la
publicación en la página web oficial, los acuerdos y resoluciones aprobadas
por el Consejo Local a fin de ponerlos a disposición de los partidos políticos
y ciudadanía en general para su debido cumplimiento en el ámbito de sus
respectivas atribuciones.
o Publicidad de los acuerdos y resoluciones aprobados por el Consejo Local y
la Junta Estatal en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado y
Estrados.
o Preparación de sesiones y reuniones de trabajo.
o Atención de solicitudes de partidos políticos, autoridades jurisdiccionales,
autoridades administrativas, ciudadanía en general, órganos técnicos y
ejecutivos del IEEN.
o Seguimiento de asistencia de las representaciones de los partidos políticos
a las sesiones del Consejo Local y, en su caso, elaboración de los oficios de
prevención ante inasistencias consecutivas sin justificación.
34
o Seguimiento a las resoluciones emitidas por las autoridades electorales
donde se imponen sanciones en el ámbito local a partidos políticos y
candidaturas independientes, hasta que causen estado.
o Elaboración de notificaciones de las resoluciones emitidas por las
autoridades electorales a los partidos políticos y candidaturas
independientes.
o Elaboración de los oficios donde se remiten a Secretaría de Administración
y Finanzas del Estado, los expedientes respecto de las sanciones o
remanentes impuestos por las autoridades electorales en el ámbito local, a
las otrora candidaturas independientes que no realizaron el pago de sus
sanciones de forma voluntaria, para que se realice el procedimiento de cobro
coactivo.
o Elaboración de los oficios dirigidos a la Secretaría de Administración y
Finanzas del Estado, mediante los cuales se solicita información respecto
del estado que guardan las referidas sanciones, con motivo de los
procedimientos de cobro coactivo, para alimentar el Sistema de Seguimiento
de Sanciones y Remanentes del INE.
o Verificación de acreditaciones de representaciones de los partidos políticos
ante el Consejo Local, a fin de que cumplan con las disposiciones aplicables.
o Actualización del libro de representaciones de los partidos políticos ante el
Consejo Local.
o Seguimiento a la actualización de la página oficial del IEEN, respecto de la
información referente a los partidos políticos.
o Elaboración de los proyectos de consulta dirigidos a la Unidad Técnica de
Vinculación con los OPLE del INE, cuando no haya claridad respecto de
algún tema referente a las atribuciones del IEEN, relacionado con los
partidos políticos.
o Verificación de los procedimientos presentados por los partidos políticos
locales, relativos a la aprobación de los cambios en la integración de sus
órganos directivos se apeguen a sus Estatutos, y elaboración del informe
correspondiente al titular de la Secretaría General.
o Verificación del procedimiento presentado por los partidos políticos locales
que, relativo a la aprobación de la modificación de sus documentos básicos
y la aprobación de sus reglamentos internos, a fin de que se apegue a sus
Estatutos, y elaboración del informe correspondiente, para que en caso de
advertirse que, si se apegaron a sus normas estatutarias, el área jurídica del
IEEN verifique la constitucionalidad y legalidad de los mismos.
o Administración de los sistemas de verificación del padrón de afiliados de los
partidos políticos y de seguimiento de sanciones y remanentes del INE.
o Cumplimiento a las atribuciones previstas en el artículo 13 numeral 4 del
Reglamento de Comisiones del Consejo Local, relativas a la secretaría
35
técnica de la Comisión Permanente de Prerrogativas y Partidos Políticos
Locales.
o Supervisión de las labores del funcionariado público del IEEN que ejerzan la
función de oficialía electoral, a fin de que su actuación se encuentre apegada
a los principios rectores previstos en el artículo 5 del Reglamento de la
oficialía electoral.
o Manejo y control del libro de registro de las peticiones recibidas en materia
de oficialía electoral, así como de las actas y diligencias que se lleven a cabo
en el ejercicio de la función.
o Seguimiento a las peticiones recibidas en los Consejos Municipales
Electorales, así como de las actas y diligencias que se lleven a cabo en el
ejercicio de la función de oficialía electoral.
o Atención a las consultas presentadas en asuntos de la competencia de
oficialía electoral.
o Análisis y, en su caso, propuesta de autorización de solicitudes en ejercicio
de la fe pública que, en apoyo de sus funciones, realicen diversas áreas del
IEEN.
o Capacitación y actualización del personal del IEEN que ejerce la fe pública
como función de la Oficialía Electoral.
o Seguimiento a la función de oficialía electoral desempeñada por las y los
Secretarios de los Consejos Municipales Electorales y por el funcionariado
público del IEEN;
o Tramitación y substanciación de los medios de impugnación presentados en
contra de actos y acuerdos del Consejo Local.
o Recepción y registro de la documentación que ingresa al IEEN a fin de
atenderla de manera inmediata.
o Escaneo y registro en el sistema de los documentos y correspondencia para
gestión y seguimiento.
o Registro de la documentación de salida del IEEN a efecto de asegurar el
control de la información.
o Respaldar la documentación en medio magnético y elaborar los índices
correspondientes.
o Elaboración de los instrumentos de control archivístico.
o Elaboración de criterios específicos y recomendaciones en materia de
organización y conservación de archivos.
o Elaboración y aprobación del programa anual de desarrollo archivístico.
o Coordinación de los procesos de valoración y disposición documental de las
áreas del IEEN.
o Asesoría técnica para la operación de los archivos.
o Impartición de capacitaciones en gestión documental y administración de
archivos.
o Evaluación y supervisión de las actividades archivísticas del IEEN.
36
o Coordinación de los enlaces de archivo de las áreas, para la efectiva
conservación de los archivos institucionales.
o Coordinación de los archivos de trámite, concentración y, en su caso,
históricos, de acuerdo con la normatividad.
o Coordinación y supervisión de los procesos de transferencia archivísticas.
o Diseño y elaboración de los instrumentos técnicos y manuales para la
organización y procedimientos de los archivos de trámite, concentración y,
en su caso, históricos del IEEN.
o Diseño de procesos de disposición documental y el préstamo de expedientes
en el archivo de concentración.
o Apoyo en la atención de solicitudes de información pública en relación con
la documentación generada por el IEEN.
o Fungir como enlace del IEEN con otras autoridades en la materia de
archivos.
Por lo que, para el adecuado cumplimiento de las actividades antes descritas, las cuales
dimanan de las atribuciones legales y reglamentarias de la Secretaría General, es
imprescindible que la reactivación de las plazas de las coordinaciones de archivo, oficialía
electoral y secretariado, aprobadas por la Junta Estatal mediante acuerdo IEEN-JEE-
002/2021, se mantenga vigente en el ejercicio 2022 y, en consecuencia, se estudie y analice
la posibilidad para que una vez aprobado el presupuesto, la siguiente anualidad se
considere una compensación extraordinaria para el personal que está en la plantilla
presupuestal cuando se realicen actividades extraordinarias con la finalidad de otorgar e
incentivar vía compensación las horas extraordinarias de trabajo que efectúe para el
cumplimiento de cada una de las actividades plasmadas en el Programa Operativo Anual,
a fin de lograr retribuir los trabajos de las personas titulares de las coordinaciones acorde a
las responsabilidades que sus labores exigen, como lo disponen los artículos 123 apartado
A fracción VII de la Constitución Federal1 y 86 de la Ley Federal del Trabajo2.
Puesto que el trabajo realizado a través de las coordinaciones durante el Proceso Electoral
Local Ordinario 2021, permitió que la Secretaría General contara con una estructura
organizativa efectiva en la que la distribución de las actividades, de acuerdo a su naturaleza,
garantizó el cumplimiento en tiempo y forma de cada uno de los compromisos legales e
institucionales de forma eficiente y eficaz, aunado a que permitió a las personas titulares de
las coordinaciones comenzar a especializarse en sus actividades y, en consecuencia, lograr
un trabajo profesional.
1 VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. 2 Artículo 86.- A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual.
37
Por lo que hace a la Dirección Jurídica
o Organizar las sesiones privadas de la Comisión Permanente de Quejas y
Denuncias, para la valoración de los proyectos de medidas cautelares y
coadyuvar con la organización de las sesiones públicas.
o Realizar los proyectos de informes de la Comisión para las sesiones
públicas ordinarias.
o Colaborar con la realización de las diligencias de sustanciación de los
procedimientos especiales sancionadores (acuerdos de radicación,
admisión y acta de audiencia).
o Dar seguimiento a las resoluciones de los procedimientos especiales
sancionadores ante el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.
o Dar seguimiento a las sesiones del Consejo General del INE.
o Realizar proyectos de resolución de procedimientos ordinarios
sancionadores que se ponen a consideración del Consejo Local y dar
seguimientos a su ejecución.
o Realizar proyectos de contestación a los requerimientos de autoridades
ministeriales, jurisdiccionales, electorales, en materia de transparencia y las
peticiones de las distintas áreas del IEEN.
o Actualización de las actuaciones de los procedimientos sancionadores en el
Sistema de Quejas y Denuncias del IEEN.
o Notificación de todas las diligencias relacionadas con los Procedimientos
Especiales Sancionadores, tanto de manera personal, como de manera
electrónica tal y como lo marca la LEEN.
o Elaborar el proyecto de procedencia o improcedencia de medidas cautelares
a la integración de la Comisión de Quejas y Denuncias.
o Revisión de contratos y convenios que soliciten las diferentes áreas del
IEEN.
o Emitir opiniones jurídicas que soliciten as áreas ejecutivas del IEEN, así
como las Consejeras y Consejeros Electorales.
o Revisión de acuerdos de la Junta Estatal.
Atendiendo a las atribuciones legales y operativas del IEEN, es necesario que las
coordinaciones adscritas a la Dirección Jurídica continúen operando como en el Proceso
Electoral Local Ordinario 2021, esto para fortalecer la profesionalización del IEEN y de su
personal no solo para un proceso electoral sino para las actividades ordinarias.
Desde la activación de las coordinaciones en la Dirección Jurídica para el proceso electoral
ordinario y el extraordinario, han trabajado de la siguiente manera:
38
1. Coordinación de lo Contencioso Electoral, se ha encargado de la
sustanciación de los procedimientos especiales sancionadores, a la presente
fecha han desahogado 62 sesenta y dos denuncias, dio seguimiento a los
Consejos Municipales Electorales respecto a las quejas que se presentaron y
atendiendo la carga de trabajo de estos consejos los apoyó en el desahogo de
sus diligencias realizando acuerdos de admisión y desahogo de audiencias.
Esta coordinación, ha realizado los trabajos del proyecto del nuevo Reglamento
de Quejas y denuncias del IEEN, el cual ya se circuló a los integrantes de la
Comisión Permanente de Quejas y Denuncias para su valoración y en caso de
considerarlo remitirse al Consejo Local.
Además, esta coordinación lleva la estadística de todas las quejas y denuncias
que se presentan en el IEEN, toda vez que elabora el informe que la Secretaría
General presenta al Consejo Local.
2. Coordinación de Normatividad, ha realizado 72 setenta y dos proyectos de
acuerdo de medidas cautelares las cuales se pusieron a consideración de la
Comisión Permanente de Quejas y Denuncias para la determinación de su
procedencia e improcedencia, por actos que presuntamente vulneraban la
normativa electoral y en materia de violencia política contra las mujeres en razón
de género.
Además, esta coordinación ha trabajado en la elaboración de Lineamientos en
Materia de Adquisición de Bienes Inmuebles del IEEN, los cuales se aprobaron
el 23 de octubre de 2021 por el Consejo Local; se trabajó en las modificaciones
al Reglamento Interior y el Estatuto de las Relaciones de Trabajo del IEEN.
3. Coordinación de Medios de Impugnación, esta coordinación lleva el trámite de
los medios de impugnación que se presentan en contra de las diligencias de los
procedimientos especiales sancionadores y las medidas cautelares, coadyuva
con el trámite de los medios en contra de actos del Consejo Local y en el Proceso
Electoral Local Ordinario 2021 dio seguimiento a los 56 cincuenta y seis medios
de impugnación presentados en los Consejos Municipales Electorales siguiendo
la cadena impugnativa ante los órganos jurisdiccionales para atender en tiempo
los requerimientos o cumplimientos ordenados.
Además, esta coordinación lleva la estadística de todos los medios de
impugnación que se presentan en el IEEN toda vez, que elabora el informe que
la Secretaria General presenta al Consejo Local.
39
Es importante, valorar que para el ejercicio fiscal 2022, las áreas del IEEN deben estar
fortalecidas para atender obligaciones legales y actividades propias del cierre de los
procesos electorales, como son la disolución de las Asociaciones Civiles que se
constituyeron para obtener una candidatura, la disolución de partidos políticos y la
constitución de nuevos partidos, entre otras, por eso es necesario continuar con estas
coordinaciones para que coadyuven con el IEEN en las nuevas encomiendas.
Por lo que hace a la Dirección de Organización y Capacitación Electoral
o Revisión, clasificación, limpieza, inventario, almacenamiento y, en su caso,
desincorporación de los materiales electorales utilizados en los procesos
electorales locales 2021.
o Realizar la mesa de análisis estatal referente a los procesos electorales
locales 2021.
o Promoción y fortalecimiento de las instituciones y valores de la Democracia
Constitucional con perspectiva de género, considerando la
interseccionalidad.
o Diseñar y elaborar la presentación, manual, reglamento y materiales
necesarios para el desarrollo del Proceso Electoral Estudiantil 2022, el cual
será utilizado por profesores de formación cívica y ética, y por el alumnado.
o Realizar y diseñar banners publicitarios para las actividades de educación
cívica, como lo son los diálogos juveniles, conferencias y conversatorios.
o Diseño de calendarios anuales con ilustraciones de los trabajos ganadores
de los concursos del IEEN.
o Difusión permanente en redes sociales de los memes creados por el
estudiantado.
o Diseño de estrategia para la celebración de conferencias con las y los
jóvenes del nivel medio superior de la entidad.
o Vinculación con la dependencia pública- gobierno del Estado de Nayarit-,
para la gestión de un espacio en la feria de la mexicanidad, y en el festival
literario “Alí Chumacero”.
o Destrucción del material y la documentación electoral del Proceso Electoral
Local Ordinario 2021, en este sentido, se realizan las siguientes precisiones:
Con la finalidad de darle el tratamiento adecuado al material electoral
utilizado en los procesos electorales locales ordinario y extraordinario 2021
que se encuentra resguardado en la bodega electoral, el personal de la
Dirección de Organización y Capacitación Electoral deberá realizar trabajos
físicos con la finalidad de clasificar y limpiar el material electoral recuperado
y que sea susceptible de ser reutilizado en un próximo proceso electoral,
para tal efecto, se deberán tomar las medidas de seguridad necesarias para
lograr su conservación.
40
En el mismo sentido una vez llevada a cabo la clasificación y limpieza del
material electoral, recuperado de los procesos electorales locales ordinario
y extraordinario 2021, todo aquel material que no sea factible su reutilización
(por mal estado, incompleto, doblado, etc.) este deberá de ser destruido.
o En relación a la documentación electoral que se utilizó en las Jornadas
Electorales del 06 de junio y 05 de diciembre del 2021 de los procesos
electorales ordinarios y extraordinarios respectivamente, atendiendo a lo
señalado en el Reglamento de Elecciones del INE, el IEEN deberá realizar
la clasificación y destrucción de la totalidad de la documentación electoral,
previa a probación por el Consejo Local. Actividades que se suman a las
ordinarias señaladas en la LEEN.
o Lo anterior deberá tomar en cuenta lo establecido en el ANEXO 4.1 numeral
8 del Reglamento de Elecciones del INE, el cual establece el procedimiento
que se debe realizar para la desincorporación y la conservación de los
materiales, y corresponde al siguiente:
Contar con los siguientes elementos para conservar los materiales
en buen estado, durante el tiempo que permanezcan almacenados:
algunos solventes para eliminar excedentes de cintas, etiquetas y
para limpieza (alcohol isopropílico, gasolina blanca); aceite para
máquina de coser, para tornillería y bisagras; cajas de empaque, de
preferencia las originales; bolsas de plástico en diferentes tamaños
para proteger los materiales, en caso de no contar con las cajas
originales; cintas adhesivas tipo canela o sobrantes de la elección,
para sellar las cajas o bolsas; etiquetas adhesivas blancas de 5 x 10
cm, para diferenciar el material en buen estado del que está en mal
estado; marcadores de color negro, para rotular las cajas o bolsas;
cinta de rafia, para atar las cajas y paquetes; y trapos o estopa
blanca limpia, para la limpieza.
Identificar los materiales susceptibles de reutilizarse: canceles,
urnas, cajas paquete electoral, mamparas especiales, marcadoras
de credenciales.
Revisar y evaluar las condiciones en que se encuentran cada uno de
los materiales recuperados de las casillas, separando e identificando
los que se encuentren en buen estado.
Limpiar, empacar y almacenar los materiales, colocándolos sobre
tarimas y protegidos de la intemperie (alejados de patios,
asoleaderos, balcones, terrazas, azoteas y ventanas) para evitar su
41
deterioro, y registrar las existencias de cada uno de los materiales
evaluados en buen estado y en condiciones de reutilizarse.
Mantener actualizado el registro de las cantidades de los inventarios
en los formatos correspondientes.
Separar, identificar y registrar las existencias de los materiales
electorales que se encuentran en mal estado, para su posterior
desincorporación, conforme a los procedimientos establecidos. La
desincorporación de los materiales electorales no es materia de este
anexo; sin embargo, forma la última parte de su ciclo en las
elecciones.
Empacar y registrar las existencias de todos los aplicadores de
líquido indeleble, para su tratamiento final.”
Por lo que hace a la Dirección de Administración.
o Elaborar diversos proyectos de acuerdo que presenta la dirección de
administración a la Junta Estatal.
o Integrar el informe anual respecto del ejercicio presupuestal del IEEN,
mandatado en la LEEN.
o Elaboración de los proyectos de contratos de adquisiciones, de personal, y
los que le sean requeridos, previo a que sean puestos a consideración de la
Dirección Jurídica.
o Elaboración de los proyectos de informes, acuerdos, convocatorias, y demás
documentos requeridos por la Comisión de Seguimiento del SPEN, de la cual
la dirección de administración funge como Secretaría Técnica, así como
revisión de la versión estenográfica.
o Elaboración de los proyectos de informes, acuerdos, convocatorias, y demás
documentos requeridos por la Comisión Permanente de Administración y
Finanzas, de la cual la dirección de administración funge como Secretaría
Técnica, así como revisión de la versión estenográfica.
o Requisición de los formatos de transparencia que turna la Unidad de
Transparencia a la Dirección de Administración, de manera trimestral,
semestral o anual, para efectos de que se actualice la página web del IEEN,
así como la Plataforma Nacional de Transparencia.
o Seguimiento como órgano de enlace de las actividades del SPEN, y enlace
con la Dirección Ejecutiva del SPEN.
o Prestación de los servicios generales del IEEN.
o Actualización y resguardos de los bienes muebles del IEEN.
o Elaboración del anteproyecto de presupuesto en lo relativo a las
remuneraciones al personal del IEEN, e integra lo correspondiente a los
demás capítulos con base a lo que las áreas requieren.
o Elaboración de las nóminas del personal de Confianza y Contrato.
42
o Seguimiento al Programa Operativo Anual, realizando el análisis
correspondiente.
o Contabilizar los ingresos y egresos, para realizar un análisis comparativo y
riguroso de los importes autorizados, ejercidos y disponibles.
o Concentrar el cierre de información financiera, y elaboración de informe
mensual.
o Concentrar, organizar, conservar y custodiar la documentación soporte de
las operaciones financieras del IEEN.
Por lo que hace a las Unidades del IEEN
o Seguimiento y coordinación con informes del Monitoreo
o Administración y seguimiento de redes sociales (Facebook, Twitter,
YouTube, Instagram)
o Elaboración de la Estrategia de Difusión 2022.
o Actividades de difusión y seguimiento de Educación Cívica
o Elaboración de Boletines, comunicados de prensa.
o Preparación y seguimiento de las sesiones del Comité de Transparencia.
o Dar trámite, seguimiento y contestación a las solicitudes de acceso a la
información y datos personales en el sistema INFOMEX, correo electrónico,
personales y/o vía telefónica.
o Actualización de las obligaciones trimestrales de transparencia y acceso a la
información.
o Actualizar los índices de información reserva en el portal de Internet.
o Seguimiento a las denuncias en materia de transparencia que se interponen
ante el IEEN.
o Integrar y organizar la documentación de la Unidad en el ámbito de su
responsabilidad, conforme a las disposiciones legales en materia de
archivos, para su posterior transferencia al archivo general del IEEN.
o Dar mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo del
IEEN.
o Actualizar el inventario de equipo de cómputo.
o Actualizar la información en el sitio WEB del IEEN emitida por cada una de
las diferentes direcciones o áreas del IEEN.
o Actualizar el portal de transparencia del Sitio Web Oficial del IEEN.
o Seguimiento, monitoreo y configuración de los servicios para el
funcionamiento óptimo de las cuentas de correo electrónico.
o Verificar y cargar las bases de datos de presupuesto del IEEN y del personal
en SIVOPLE en atención al Anexo 18, generadas por la Dirección
Administrativa.
o Seguimiento al SIVOPLE.
43
o Logística, instalación de audio, video y cronometro para la realización de las
sesiones del Consejo Local, Junta Estatal y Comisiones permanentes y
temporales.
Por las anteriores consideraciones, se integra dentro del presupuesto de egresos 2022, un
incremento salarial del 6% sobre el total de las percepciones mensuales para todo el
personal con plaza presupuestal, así como una vez que sea aprobado el presupuesto
para el ejercicio 2022, y realizado el análisis correspondiente, se determine un
compensación extraordinaria para el personal que está en la plantilla presupuestal, cuando
se realicen actividades extraordinarias, con la finalidad de otorgar e incentivar vía
compensación las horas extraordinarias de trabajo que efectúe para el cumplimiento de
cada una de las actividades plasmadas en el Programa Operativo Anual durante el ejercicio
2022, ello para garantizar la plena protección de los derechos laborales del personal del
IEEN, y derivado de la necesidad de atender las demandas de los trabajadores, sin
contravenir las disposiciones normativas relativas a la disciplina financiera, puesto que el
incremento salarial, se realiza con la finalidad de sostener el poder adquisitivo de los
trabajadores del IEEN, derivado de la alza de los productos considerados como básicos y
del aumento al salario mínimo en la presente anualidad, aunado a que la encuesta mensual
del Banco de México prevé que la inflación terminará el 2021 con una variación de 6.03%.
Así dentro del capítulo 1000, podemos resaltar que se proyectó en las siguientes partidas
lo correspondiente a las percepciones del personal de la rama administrativa:
Descripción partida Cantidad
Sueldos al personal de confianza 12,306,297.26
Ajuste de calendario 358,606.41
Compensaciones ordinarias 10,974,228.60
Compensaciones extraordinarias 2,539,135.56
Gratificación de fin de año 5,255,855.004
6.3. Requerimientos por parte de las áreas del IEEN para la contratación de
personal temporal
Si bien es cierto que durante el ejercicio 2022 no se organizará un Proceso Electoral, las
áreas ejecutivas del IEEN, habrán de realizar las actividades ordinarias y dar continuidad a
las actividades posteriores al cierre del proceso electoral, tal es el caso de comenzar con
los trabajos de constitución de partidos políticos locales, liquidación de partidos políticos
locales, liquidación de asociaciones civiles de candidaturas independientes, atender los
requerimientos de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit, en el caso de que se inicien
3 Consultable en https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2021/10/07/inflacion-se-ubica-en-6-en-septiembre-su-nivel-mas-alto-desde-abril/ 4 En lo relativo al aguinaldo se tiene considerado tanto del personal de confianza como el de contrato.
44
los trabajos de fiscalización de la cuenta pública 2021, fomento a la participación política,
así como observar las acciones de los planes de trabajo de las Comisiones permanentes
del IEEN, y las que se enmarquen dentro del Programa Operativo Anual, razón por la que
es necesario el fortalecimiento de la estructura de cada una de las áreas del IEEN, con la
contratación de personal por tiempo determinado, toda vez que el recurso humano con el
que actualmente cuenta resulta insuficiente para atender las tareas inherentes a las
funciones y atribuciones del IEEN.
En este sentido, las áreas del IEEN, para efectos de cumplimiento de sus actividades
requieren la contratación del personal siguiente:
Puesto No. puesto Justificación
Presidencia
Auxiliar de presidencia 1
Se requiere de personal en esta área con la finalidad de que atiendan entre otras las siguientes actividades: La recepción y remisión de documentos, llevar la agenda del Titular de la Presidencia, elaboración de discursos, archivar documentos, entre otras.
Notificaciones de documentos a las áreas del IEEN y otras dependencias.
Elaborar proyectos de lineamientos, manuales, procedimientos de planeación del IEEN.
Propuesta de la planeación estratégica del IEEN.
Coordinador (a) de Planeación
1
Secretaría General
Abogado (a) 4
Se requieren profesionistas con perfil de abogados y abogadas que auxilien en las actividades antes descritas propias de la Secretaría General, a las que se deberán adicionar las previstas en el Reglamento para la Constitución y Registro de partidos políticos locales, Reglamento que establece el procedimiento sobre la pérdida de registro y liquidación de los partidos políticos locales, así como los Lineamientos para la liquidación de las asociaciones civiles constituidas
Notificador (a) 1
45
Puesto No. puesto Justificación
Asistente administrativo
1
para la obtención de las candidaturas independientes correspondientes a los procesos electorales locales ordinarios y extraordinarios en el estado de Nayarit. Aunado a lo anterior, se requiere contar con una persona que se encargue de practicar las notificaciones de los actos emitidos por la institución, como lo son: acuerdos, resoluciones, aquellos generados con motivo del cumplimiento de resoluciones del Consejo General del INE y con motivo de las respuestas a las solicitudes de partidos políticos, autoridades jurisdiccionales, autoridades administrativas, ciudadanía en general, órganos técnicos y ejecutivos del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, y las derivadas de los procedimientos de constitución de partidos políticos locales, liquidación de partidos políticos locales y liquidación de asociaciones civiles de candidaturas independientes, entre otras. La Secretaría General, tiene a su cargo el archivo institucional del IEEN, para lo cual cuenta con una coordinación de archivo, encargada de la implementación y desarrollo de las actividades del archivo institucional, como lo es la gestión documental, la clasificación de la documentación, depuración documental, digitalización, estabilización, integración de expedientes, elaboración de instrumentos de control y consulta archivísticos, inventarios, entre otras. Para el óptimo desarrollo del archivo institucional, es necesario contar con el capital humano suficiente que permita el cumplimiento de las atribuciones reglamentarias establecidas para la organización y conservación de la documentación contenida en los archivos del IEEN, como lo es el proceso de transferencia y baja documental, además, se desprenden una serie de actividades que tienen que desarrollarse en la administración de los archivos, mismas que se encuentran previstas en el Reglamento de Archivo del IEEN, por lo que se requiere la contratación del personal suficiente en función de las necesidades que el archivo institucional demanda.
Auxiliar administrativo 2
Coordinador (a) de género
1
46
Puesto No. puesto Justificación
Asimismo, en lo que respecta a las actividades derivadas de la fiscalización, se requiere de personal que funja como fiscalizadores para la liquidación y disolución de las asociaciones civiles constituidas para la obtención de las candidaturas independientes, las actividades tendentes a la liquidación de las asociaciones civiles constituidas para formar partidos políticos locales, elaboración de informes financieros de las asociaciones antes señaladas, y en su momento, la elaboración de dictámenes. Por otra parte, dado que, por mandato legal y constitucional, las actividades en materia de género se han vuelto obligatorias para este organismo electoral, se estima conveniente que la Coordinación de Género sea considerada en el presupuesto de egresos del ejercicio 2022, de manera que se pueda dar continuidad permanente a los asuntos de violencia política, igualdad de género y no discriminación en la participación política. Lo anterior, con la finalidad de garantizar el ejercicio de los derechos humanos, propios de una cultura democrática.
Dirección Jurídica
Auxiliar administrativo 1
Se requiere la contratación de personal, con la finalidad de dar seguimiento, entre otras a las siguientes actividades: Los procedimientos ordinarios sancionadores que surjan en materia de fiscalización que en vía de competencia remita el INE. Los procedimientos especiales sancionadores que se instauren por quejas y denuncias por violencia política contra las mujeres en razón de género. Emisión de medidas de protección en las denuncias en materia de violencia política en razón de género. Capacitación a la ciudadanía, servidores públicos en materia violencia política en razón de género. Implementación de cada una de las acciones encaminadas a llevar la investigación,
Notificador (a) 1
Abogado (a) 2
47
Puesto No. puesto Justificación
substanciación y seguimiento de los asuntos en materia de violencia política en contra de las mujeres. Los proyectos de medidas cautelares solicitadas dentro de los procedimientos especiales sancionadores. Notificaciones de las actuaciones que realice en ejercicio de sus atribuciones la Dirección Jurídica.
Dirección de Organización y Capacitación Electoral
Auxiliar de educación cívica
1
A efecto de incrementar la capacitación y la profesionalización del personal en beneficio de futuros procesos Electorales, se requiere la contratación de personal para atender las siguientes actividades: Cumplimiento de actividades ordinarias de la DOYCE y apoyo a la Coordinación de Educación Cívica con la observancia Programa Anual de Trabajo, así como del programa trabajo de la Comisión Permanente de Educación Cívica y Cultura Democrática. Cumplimiento y apoyo en la ejecución de los ocho concursos ordinarios que celebra este instituto a través de la Comisión Permanente de Educación Cívica y Cultura Democrática. Apoyo en la ejecución de actividades en materia de promoción de la cultura democrática tales como; diálogos juveniles, viernes de valores, lunes cívicos, proceso electoral estudiantil, capacitaciones a distintos sectores de la población, conversatorios ciudadanos, conferencias con temas político electoral, entro otras. Análisis de la estadística electoral, estudios en materia electoral derivado del Proceso Electoral Ordinario y Extraordinario. Colaboración en la destrucción de la documentación electoral y del material electoral que
Auxiliar de Organización
1
Abogado (a) 1
Bodeguero (a) 2
Auxiliar B
1
48
Puesto No. puesto Justificación
no es susceptible a reutilizarse, elaborando los respectivos informes de la destrucción. Seguimiento a las memorias del proceso electoral de los Consejos Municipales Electorales, perfeccionar los proyectos de acuerdo, análisis sobre la optimización de los tiempos y áreas de oportunidad en el desarrollo de las sesiones. Atención al inventario de mobiliario que está en resguardo de esta Dirección, a efecto de llevar el control preciso de las altas y bajas y su debido mantenimiento. Apoyo en la clasificación, mantenimiento y almacenamiento de los materiales electorales que son susceptibles de reutilizarse, así como las respectivas acciones de prevención de plagas, colocación de insumos antihumedad y periódicas fumigaciones.
Dirección de Administración
Auxiliar de limpieza 1
Derivado de las atribuciones que legalmente tiene encomendadas, entre las que destaca, la prestación de los servicios generales, se requiere la contratación de dos personas, para que apoyen en las actividades de limpieza en las oficinas del IEEN, así como quien apoye en el mantenimiento tanto preventivo y correctivo de las instalaciones de nuestra institución. Al mismo tiempo se requiere de cuatro personas que auxilien en el cumplimiento de las actividades de la Dirección de Administración, tal es el caso, de apoyar en la contabilidad del IEEN, con el registro de los ingresos y egresos que se efectúen, archivar, dar seguimiento al ejercicio del presupuesto, apoyar en las actividades que se originen con motivo de los inicios de los trabajos de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit de la cuenta pública 2021, por mencionar algunas actividades.
Auxiliar de mantenimiento
1
Auxiliar contable 2
Auxiliar administrativo 2
Comunicación Social
49
Puesto No. puesto Justificación
Técnico (a) en comunicación
1
Atendiendo al principio de máxima publicidad, la comunicación se convierte en un área transversal para el IEEN, por lo que se requiere de la contratación de dos personas, para atender las siguientes actividades: Diseñar y ejecutar las campañas de difusión institucional Cobertura de las sesiones de Consejo Local, Junta Estatal, Comisiones y Comité de Adquisiciones Elaborar los boletines y/o comunicados de prensa del IEEN y supervisar la publicación de los mismos en los medios de comunicación, así como en el sitio web y las redes sociales del IEEN. Administrar y Monitorear la cuenta de Facebook (IEE Nayarit). Diseñador de contenidos para las redes sociales.
Auxiliar de Comunicación
1
Asistente Administrativo
1
Auxiliar de monitoreo 1
Unidad técnica de informática y estadística
Programador (a) 1
La solicitud de ampliación de la estructura de personal de la UTIE, tiene como finalidad que las actividades inherentes al diseño y operación de las tecnologías en informática y comunicación, que se han proyectado y, sobre todo, su ejecución optimice y eficienten las labores que se realizan en el IEEN. A efecto fortalecer el área y estar en la vanguardia de los sistemas tecnológicos que requiere la función electoral y poder ejecutar en su totalidad las actividades consistentes en el desarrollo, diseño e implementación de los sistemas informáticos , es necesario contar con personal que cuente con la profesionalización y experiencia en la materia electoral, ya que, si bien es cierto, la programación puede ser llevada por cualquier profesionista con el perfil de programador o desarrollador de sistemas, es necesario, contar con personal que tengan conocimiento técnico de la materia electoral. Ahora con el incremento de personal y edificios oficiales (2), es necesario dar asesoría técnica, así
Técnico (a) en Informática
1
Auxiliar administrativo 1
50
Puesto No. puesto Justificación
como soporte y mantenimiento a los equipos de cómputo de manera constante, lo que genera la necesidad de más apoyo de personal. Por otra parte, el área requiere un auxiliar que se encargue de las actividades administrativas como por ejemplo del archivo, ya que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Archivos del IEEN y normativa aplicable, las áreas tienen la obligación de organizar, conservar, administrar y preservar los archivos en su posesión, con el propósito de asegurar que los documentos sirvan para el cumplimiento y sustento de las atribuciones o funciones institucionales, el trámite y gestión de asuntos, la transparencia de acciones, la rendición de cuentas y el acceso a la información, además de ser fuente para la investigación histórica. En ese sentido surge la necesidad de que se considere en la plantilla un auxiliar que de conformidad con los artículos 10 y 17 del Reglamento de Archivo del IEEN, apoye en materia de archivo y que funja como enlace.
Órgano Interno de Control
Abogado (a)
1
Derivado del Proceso Electoral Ordinario 2021, se deben iniciar una serie de procedimientos de responsabilidad administrativa, en las que se requiere realizar una serie de acciones como lo son: notificaciones, citatorios, asistencias en análisis y apoyo en la elaboración de documentos de corte jurídico, atestiguar actos a desarrollarse dentro de los citados procedimientos. Al mismo tiempo, la contratación que se plantea, apoyará en atender y dar seguimiento a las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que inician y concluyen relación laboral con el IEEN.
Ante este panorama es necesario consolidar un área funcional y profesionalizada en cada
una de las áreas del IEEN, que nos permita a corto plazo continuar y cumplir las actividades
ordinarias del IEEN.
51
Es en este sentido, que se integran dentro del presupuesto 2022, la contratación de 35
personas de carácter temporal por tiempo determinado, con la finalidad de que como
se ha venido reiterando, fortalecer estructuralmente y en competencias al personal del
IEEN, ello para dar cumplimiento a las obligaciones constitucionales, legales y
reglamentarias que exigen contar con personal calificado y especializado en la materia que
permita al IEEN garantizar el funcionamiento y operación del mismo, basados en los
principios rectores de la material electoral.
Por lo anterior, se está proyectando la cantidad de $ 6,349,249.04 (seis millones trescientos
cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y nueve pesos 04/100 m.n.), en la partida de
contratos por honorarios asimilables a salarios.
No pasa desapercibido señalar que se busca proyectar en el área de Comunicación Social,
una estructura funcional, en virtud, de que a la fecha no cuenta con titular, es por ello que
se está considerando incluir dentro del presupuesto de egresos para la anualidad 2022,
una plaza presupuestal de técnico en comunicación para que adquiera los conocimientos
y habilidades necesarios para el área, y con ello se obtenga la experiencia para futuros
procesos electorales, en este sentido, se tiene que la plaza que se incorpora realizará las
siguientes actividades: diseño y elaboración de productos audiovisuales (Preproducción,
producción y postproducción); Elaboración de guiones literarios y técnicos para la
producción de contenidos; Selección de material óptimo (audio y video) para la elaboración
de contenidos; Relación e investigación para la creación de productos audiovisuales;
Proponer y gestionar la colaboración del personal que participará en las producciones
audiovisuales (voz en off); Establecimiento de requerimientos técnicos para la grabación o
producción en vivo de manera conjunta con camarógrafos para la transmisión de sesiones
del Consejo Local y eventos; Elaboración de contenidos gráficos animados a utilizar durante
las transmisiones de sesiones y eventos (ID, logotipos, animación de logotipos, cintillas
informativas); Dirección de cámaras durante la transmisión de las sesiones y eventos;
Aplicación de criterios de selección visual y auditiva acordes al guion a producir y a la idea
original; Proponer temas para productos audiovisuales; Proponer y gestionar la
colaboración del personal que participará en las producciones audiovisuales (voz en off);
Relación e investigación para la creación de productos audiovisuales; Elaboración de
estrategias de comunicación para la difusión de todo aquello que requiera el Instituto;
Elaboración de material audiovisual para tiempos de radio y televisión; Elaboración de
contenidos gráficos para redes sociales (banners e infografías); Edición y animación del
material audiovisual a utilizar para la creación de contenidos; Reestructuración creativa de
documentos y/o presentaciones institucionales; Realizar gestiones administrativas para los
requerimientos de las producciones audiovisuales.
En concordancia con lo anterior, es importante precisar que, de existir las condiciones
presupuestales necesarias, el IEEN, adicional a la plaza de técnico en comunicación, estará
autorizando una vez que se agote el procedimiento correspondiente, la creación de la
Unidad Técnica de Grupos Vulnerables, ello con base a las siguientes consideraciones:
52
El artículo 1 de la Constitución Federal establece que las personas mexicanas gozarán de
los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de
los que el Estado Mexicano sea parte, así como las garantías para su protección.
Asimismo, en su párrafo tercero señala que las autoridades, en el ámbito de su
competencia, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad, independencia, indivisibilidad
y progresividad.
Y en su último párrafo prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la
religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente
contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades
de las personas.
El artículo 7 fracción I de la Constitución Local, dispone que el Estado tiene la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los
principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Asimismo, establece que todos los habitantes del Estado gozarán sea cual fuere su
condición la más estricta igualdad ante las leyes, sin otras diferencias que las que resulten
de la condición natural o jurídica de las personas, quedando prohibida toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición
social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el
estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular
o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por su parte la LEEN, dispone en su artículo 5 último párrafo que la ciudadanía nayarita
tiene derecho a ejercer sus derechos político electorales libres de violencia política contra
las mujeres en razón de género, sin discriminación por origen étnico o nacional, género,
edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana o
tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por lo anterior, el IEEN como organismo autónomo encargado de la organización,
preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales locales, así como aquellas
actividades en materia de educación cívica, los procesos de consulta pública, y
mecanismos de participación ciudadana en términos de lo previsto en la LGIPE y en las
disposiciones relativas y aplicables, tiene la obligación de asegurar a la ciudadanía el
ejercicio de los derechos político electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones.
53
Acciones que en todo momento deben regirse por los principios de certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad, transparencia, profesionalismo, máxima publicidad,
objetividad, paridad y respeto a los derechos humanos.
En ese sentido, atento al mandato convencional, constitucional y legal de garantizar la
igualdad entre hombres y mujeres, y evitar cualquier tipo de discriminación que atente
contra la dignidad humana y tenga por objeto o resultado anular o menoscabar los derechos
de las personas, es imprescindible que este organismo electoral cuente con una Unidad
especializada en promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Lo anterior, con la finalidad de incorporar en las actividades institucionales que
ordinariamente se llevan cabo los principios de igualdad y no discriminación, en la
organización de las elecciones y en la promoción de la cultura democrática en el estado.
Asimismo, la creación de la Unidad Técnica, será el vínculo con las demás áreas del IEEN,
y se ocupará de coordinar y dar oportuno seguimiento a las actividades que desarrollen en
materia de paridad de género, igualdad sustantiva, no discriminación, grupos vulnerables,
así como de prevención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón
de género.
La Unidad será el órgano técnico del IEEN, adscrito a la Secretaría General, encargado de
coordinar la institucionalización de los temas relativos a los diversos grupos vulnerables,
violencia política contra las mujeres en razón de género, perspectiva de género y no
discriminación, así como de coadyuvar en transversalización de la misma.
Finalmente, la necesidad de este organismo electoral de contar con un área especializada
en temas de género, igualdad sustantiva, no discriminación, grupos vulnerables, violencia
política contra las mujeres en razón de género y derechos humanos, radica en la
materialización concreta de una responsabilidad como autoridad en materia electoral,
manifiesta en presupuestos, políticas y normativas que consoliden la igualdad sustantiva.
Aunado a lo anterior, en atención a las reformas que se han aprobado en materia de
igualdad y no discriminación, se puede advertir la obligación de este ente público para
ajustar sus actividades a todo aquello que expresamente establecen, entre otras, destacan
las siguientes:
El 06 de junio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto
por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la
Constitución Federal, en materia de Paridad entre Géneros.
El 13 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto
por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de
54
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la LGIPE, de la Ley General
del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de
Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley
Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
El 07 de junio de 2020, se publicaron en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno
del Estado de Nayarit, los Decretos que reforman y adicionan diversas disposiciones
a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit y a la Ley de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Nayarit, en materia
de violencia política.
El 07 de octubre de 2020, se publicó en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno
del Estado de Nayarit, el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos
de la Ley Electoral del Estado de Nayarit, entre la que se encuentran adiciones en
materia de violencia política y paridad de género.
Unidad que habrá de coadyuvar, en el cumplimiento de las actividades que tiene
programadas el IEEN, las cuales han sido citadas en líneas precedentes, no obstante, a
ello, se socializan las siguientes:
Auxiliar a la Comisión Permanente de igualdad de género y no discriminación en la
participación política en el ejercicio de sus atribuciones.
Cumplimiento a las atribuciones previstas en el artículo 13 numeral 4 del
Reglamento de Comisiones del Consejo Local, relativas al ejercicio de la función en
la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente de igualdad de género y no
discriminación en la participación política
Enlace con partidos políticos, organizaciones civiles y ciudadanía interesada en
materia de violencia política, igualdad sustantiva, derechos humanos, grupos
vulnerables, paridad de género y no discriminación.
Realización de informes en materia de paridad de género, igualdad sustantiva, no
discriminación, grupos vulnerables, así como de prevención y erradicación de la
violencia política contra las mujeres en razón de género.
Atención de solicitudes de partidos políticos, autoridades jurisdiccionales,
autoridades administrativas, ciudadanía en general, órganos técnicos y ejecutivos
del IEEN, en materia de paridad de género, igualdad sustantiva, no discriminación,
grupos vulnerables, así como de prevención y erradicación de la violencia política
contra las mujeres en razón de género.
Seguimiento a sentencias en materia de violencia política, igualdad de género y no
discriminación en la participación política.
55
Vigilar la incorporación de la perspectiva de género, la no discriminación y el uso de
lenguaje incluyente en resoluciones y acuerdos que emita el Consejo Local y la
Junta Estatal.
Seguimiento a las actividades derivadas de la firma del Convenio General para
establecer el Observatorio Estatal de la Mujer, suscrito con TEE y el INMUNAY.
Seguimiento al registro estatal y nacional de personas sancionadas en materia de
violencia política contra las mujeres en razón de género.
6.4. Seguridad Social – IMSS-
Una de las asignaturas pendientes que tiene el IEEN es la seguridad social para el personal
que labora en este órgano electoral, pues señala la Ley Federal del Trabajo en su artículo
2, que se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la
dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional,
género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición
migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad
social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el
incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones
óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
En este mismo sentido, el artículo 4 del Estatuto de las relaciones de trabajo del IEEN con
su personal, determina que las relaciones de trabajo entre el IEEN y su personal se regirán
por la Constitución Federal, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Burocrática del Estado de
Nayarit, la LEEN, el Reglamento Interior y el Estatuto referido, así como la seguridad social
a la que estará sujeto su personal.
Aunado a lo anterior, el derecho a la salud es un derecho humano reconocido en el artículo
4 párrafo cuarto de la Constitución Federal, por esto se vuelve obligatorio que el IEEN pueda
brindarles a sus trabajadores las condiciones necesarias de trabajo, ya que por ley tienen
derecho.
Consecuencia de lo anterior, el IEEN ha venido realizando las gestiones pertinentes para
obtener el aval solidario por parte del H. Congreso de Estado de Nayarit, razón por la que
se está considerado dentro de la partida aportaciones de Seguridad social, específicamente
en aportaciones al IMSS la cantidad de $ 7,000,000.00 (siete millones de pesos 00/100
m.n.), con la finalidad de que todo el personal cuente con la seguridad social, una vez que
IEEN se incorpore a este, cabe destacar que lo presupuestado en esta partida se pretende
cubrir únicamente lo del ejercicio 2022.
6.5. Haber de retiro
Se destaca que durante el ejercicio 2022 el Titular de la Presidencia del IEEN concluye el
periodo por el que fue designado, así, al formar parte de la plantilla del personal no cuenta
56
con seguridad social o fondos de retiro, por lo que, de acuerdo a lo dispuesto por los
artículos 116 fracción IV, inciso c), numeral 4to de la Constitución Federal y el artículo 100
numeral 4 de la LGIPE, las Consejerías Electorales estatales, no podrán tener otro empleo,
cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en actividades docentes,
científicas, culturales, de investigación o de beneficencia. Tampoco podrán asumir un cargo
público en los órganos emanados de las elecciones en cuya organización y desarrollo
hubieren participado, ni ser postulados para un cargo de elección popular o asumir un cargo
de dirigencia partidista, durante los dos años posteriores al término de su encargo.
En ese sentido, se está considerando dentro de esta partida la cantidad de $ 841,251.60
(ochocientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta y un pesos 60/100 m.n.), para que
conforme el cálculo correspondiente, se otorgue este recurso, una vez concluido su periodo
por el que fue designado.
6.6. Fondo de ahorro
Para el ejercicio 2022 se tiene considerando establecer el fondo de ahorro para el personal
de la rama administrativa del IEEN, mismo que consiste en descontar al funcionariado un
porcentaje de su sueldo base, mientras que el IEEN entregará una aportación por el mismo
importe que aporta, esto en el mes de diciembre, ello con la finalidad de que el personal
sea acreedor a este beneficio y prestación adicional, dado que a la fecha no cuenta con
algunas prestaciones como lo son, la vivienda o jubilaciones, al mismo tiempo, es una forma
de fomentar la cultura del ahorro entre el personal de confianza del IEEN.
Con base en lo anterior, la dirección de administración realizó el cálculo correspondiente,
tomando como porcentaje el 7% sobre el sueldo base, lo que dio como resultado, la
cantidad de $1,652,197.62 (un millón seiscientos cincuenta y dos mil ciento noventa y siete
pesos 62/100 m.n.), para otorgar esta prestación.
No pasa desapercibido señalar que, se está considerando la prestación del pago de
honorarios médicos, prestadores de servicio social, seguro de gastos médicos mayores y
los estímulos para los miembros del SPEN, por mencionar algunos dentro de este capítulo.
Finalmente, la cantidad presupuestada dentro del Capítulo 1000 Servicios Personales
asciende a $ 52,014,538.91 (cincuenta y dos millones catorce mil quinientos treinta y
ocho pesos 91/100 m.n.).
6.7. Capítulo 2000.- Materiales y Suministros.
El capítulo 2000 integra las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de
insumos y suministros requeridos para la prestación de los servicios de las instituciones, y
para el desempeño de las actividades administrativas.
57
Dentro de este capítulo se está estimando un presupuesto por $2,249,015.77 (dos millones
doscientos cuarenta y nueve mil quince pesos 77/100 m.n.), cantidad que resulta de las
erogaciones que el IEEN va a ejecutar en el cumplimiento de sus atribuciones, en este
sentido resaltan las siguientes:
Artículos y material de oficina, se proyecta la cantidad de $191,367.90 (ciento noventa y
un mil trescientos sesenta y siete pesos 90/100), para la adquisición de artículos de oficina
como lo son: agendas, bolígrafos, cintas, engrapadoras, lápices, necesarios para el
cumplimiento de cada una de las actividades a las que habrá de dar seguimiento cada una
de las áreas del IEEN.
Artículos didácticos, se estima ejercer una cantidad de $240,000.00 (doscientos cuarenta
mil pesos 00/100 m.n.), ello derivado de la impresión de material didáctico que se va a
requerir para los diversos eventos de la Dirección de Organización y Capacitación Electoral,
como lo son la participación en la feria del libro, de igual forma, para la impresión de juegos
como: serpientes y escaleras, memorama y lotería de la democracia, con la finalidad de
continuar fomentando la cultura democrática, cabe precisar que lo presupuestado en esta
partida no es la cantidad total que se solicita para dar continuidad al fomento de la cultura
cívica, sino que se encuentran englobadas en otras partidas presupuestales.
Suministros informáticos, dentro de esta partida se están presupuestando las
asignaciones destinadas a la adquisición de insumos utilizados en el procesamiento, e
impresión de datos, esto es, los tóneres para las diversas impresoras con las que cuenta el
IEEN, por lo que se tiene una estimación presupuestal de la cantidad de $330,000.00
(trescientos treinta mil pesos 00/100 m.n.).
Combustibles, lubricantes y aditivos, derivado de que en el próximo ejercicio fiscal 2022
se atenderá la actividad de la constitución de nuevos partidos políticos locales, implica para
el IEEN, el constante traslado del personal y por ende de la plantilla vehicular del IEEN, a
las asambleas que se organicen por las asociaciones civiles, adicional a las actividades de
notificación, y promoción de los diversos concursos que organiza el IEEN, por tanto se tiene
presupuestado la cantidad de $389,204.80 (trescientos ochenta y nueve mil doscientos
cuatro pesos 80/100 m.n.)
Del mismo modo y atendiendo lo dispuesto por los Lineamientos Administrativos para el
control del gasto del IEEN, en lo concerniente el pago de medicamentos del personal, se
ha presupuestado la cantidad de $263,562.95 (doscientos sesenta y tres mil quinientos
sesenta y dos pesos 95/100 m.n.), en la partida medicinas y productos farmacéuticos.
58
6.8. Capítulo 3000. Servicios Generales
Este capítulo se integra con las asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios
que se contraten por el IEEN; así como los servicios oficiales requeridos para el desempeño
de actividades vinculadas con la función pública.
Por lo anterior, dentro de este capítulo encuadran los gastos generados por concepto de
arrendamientos de las oficinas del IEEN que, para el caso, se tienen en arrendamiento 4
inmuebles, dos como oficinas administrativas, y dos bodegas, por lo que, dentro de la
partida 32201 arrendamiento de edificios se contempló la cantidad de $ 2,704,000.00 (dos
millones setecientos cuatro mil pesos 00/100 m.n.), ello para cubrir el pago de dichos
arrendamientos por un periodo de doce meses.
Derivado del seguimiento a las actividades del IEEN, en el próximo ejercicio fiscal se
requerirá el otorgamiento de viáticos para el personal que tendrá que atender las
comisiones fuera de la ciudad, por lo que se estima la cantidad de $424,697.88
(cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos noventa y siete pesos 88/100 m.n.).
En este orden de ideas, y como se ha dejado de manifiesto en líneas anteriores, el personal
del IEEN no cuenta con servicio médico, sin embargo, en pláticas sostenidas con
instituciones privadas de salud, se han expuesto diversos convenios que brindan atención
médica, y resultado de ello, se está proyectando una cantidad de $1,900,000.00 (un millón
novecientos mil pesos 00/100 m.n.), para efectos de que esté considerada esta prestación,
si no se tiene respuesta positiva del H. Congreso del Estado para la incorporación al IMSS.
Así pues, este capítulo incluye todos los egresos que se van a generar por concepto del
pago de: seguro de la plantilla vehicular, servicios básicos agua, luz, teléfono, internet,
servicio postal, mantenimiento de plantilla vehicular, servicios de vigilancia, entre otros.
En relación a la partida, de gastos de orden social y cultural, derivado de las actividades
en materia de educación cívica organizadas y desarrolladas por la Dirección de
Organización y Capacitación Electoral, como lo son la premiación de los concursos que se
tienen programados para el siguiente ejercicio fiscal 2022, se tiene presupuestado la
cantidad de $558,000.00 (quinientos cincuenta y ocho mil pesos 00/100 m.n.).
El presupuesto que se requiere para cubrir los gastos generados por el IEEN en el
cumplimiento de sus atribuciones, en este capítulo es por la cantidad de $ 9,250,952.10
(nueve millones doscientos cincuenta mil novecientos cincuenta y dos 10/100 m.n.).
59
6.9. Capítulo 4000. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas
Como parte de las prerrogativas y financiamiento ordinario y de actividades específicas de
los partidos políticos, y en cumplimiento al acuerdo IEEN-CLE-201/2021 mediante el cual
el Consejo Local estableció los montos totales de financiamiento público ordinario y de
actividades específicas, que corresponden a los partidos políticos nacionales y estatales,
obteniéndose el cálculo de la bosa del financiamiento público anual, la cantidad de por
54,889,319.74 (cincuenta y cuatro millones ochocientos ochenta y nueve mil trecientos
diecinueve pesos 74/100 m.n.), razón por la que se integra esta cantidad dentro del
presupuesto.
6.10. Capítulo 5000. Bienes muebles, inmuebles e intangibles
Las cantidades y requerimientos dentro de este capítulo principalmente son para el
acondicionamiento y equipamiento de las oficinas del IEEN y la sala de sesiones del
Consejos Local con base a lo solicitado por las áreas para el cumplimiento de las
atribuciones del IEEN, por ello se requiere la compra de equipo de cómputo y mobiliario.
Por lo que en la partida 51107 Mobiliario y equipo se estima una cantidad de $385,000.00
(trecientos ochenta y cinco mil pesos 00/100 m.n.), ello derivado de la adquisición para el
equipamiento de la sala de sesiones.
En lo referente a la partida 51503 Equipo de computación engloba las asignaciones
destinadas a la adquisición de computadoras, impresoras, módems, entre otros, por lo que
se tiene una proyección de erogación por la cantidad de $650,000.00 (seiscientos
cincuenta mil pesos 00/100 m.n.)
Lo anterior, para equipar a las áreas del IEEN con las herramientas tecnológicas necesarias
para el cumplimiento eficiente de sus actividades.
En el mismo orden de ideas, y derivado de que se realizarán comisiones por parte del
personal del IEEN en mayor medida por la constitución de los nuevos partidos políticos y
toda vez que la plantilla vehicular, presenta fallas y desperfectos, por su antigüedad y uso,
se estima necesario realizar la compra de vehículos, con la finalidad de que el personal que
sea comisionado para atender las actividades en cumplimiento de sus funciones, la realice
con total seguridad.
En la siguiente tabla se relacionan el vehículo y el año de adquisición, en donde se constata
los años de compra de cada uno de ellos, cabe hacer mención que durante el ejercicio
2021, se adquirieron 3 vehículos conforme las necesidades que se tenían derivado del
proceso electoral, esto es para el traslado de mobiliario de oficina a los Consejos
Municipales Electorales y acudir a la zonas serranas con motivo de las actividades
generadas por la organización de este, sin embargo, se requiere adquirir un vehículo para
60
el traslado de personal del IEEN, esto con motivo de acudir a los municipios en caso de que
se desarrollen asambleas para la constitución de partidos políticos.
Activos adquiridos Marca Modelo Color Fecha de compra
URVAN 9 PASAJEROS STD
A/A NISSAN 2004 Blanco 27/12/2003
PLATINA K PLUS T/M A/A NISSAN 2006 Plata 30/11/2005
CHASSIS LARGO D/H
ESTAQUITAS NISSAN 2006 Blanco 21/12/2005
TIIDA Sedan NISSAN 2008 Gris 07/05/2008
CHEVROLET AVEO CHEVROLET 2011 Blanco 22/02/2011
RANGER XL FORD 2011 Blanco 22/02/2011
RANGER XL FORD 2011 Blanco 22/02/2011
TOYOTA RAV 4 TOYOTA 2014 Gris 11/02/2014
SENTRA ADVANCE CVT NISSAN 2017 Blanco 27/03/2017
SENTRA ADVANCE CVT NISSAN 2017 Blanco 31/03/2017
CHEVROLET AVEO CHEVROLET 2021 Gris 18/05/2021
FORD RANGER SAFR CREW FORD 2021 Blanco 19/05/2021
NISSAN NP300 ESTAQUITA NISSAN 2021 Blanco 18/05/2021
Por lo anterior, en la partida vehículos y equipo terrestre se presupuesta la cantidad de
$936,000.00 (novecientos treinta y seis mil pesos 00/100 m.n.), en este sentido, la cantidad
a erogar dentro de este capítulo 5000 es por $2,262,511.00 (dos millones doscientos
sesenta y dos mil quinientos once pesos 00/100 m.n.).
7. Conclusiones
Para el logro de los fines, actividades y tareas que se buscan hacer efectivas durante el
ejercicio 2022, el IEEN, solicita un presupuesto por la cantidad de $120,666,339.52 (ciento
veinte millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos treinta y nueve pesos 52/100 m.n.),
monto indispensable para hacer frente al desarrollo y fortalecimiento institucional,
ejerciendo los recursos con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez, bajo
los criterios de racionalidad y optimización del gasto que conlleve a atender el cumplimiento
de las obligaciones legales que se tienen encomendados.
No pasa desapercibido reiterar que el presupuesto del IEEN se divide en gasto operativo y
financiamiento de los partidos políticos, así se tiene que, el 45.49% del presupuesto
solicitado para la anualidad 2022, corresponde a las prerrogativas de los partidos políticos,
y el 54.51% al gasto operativo del IEEN, recurso que será ejercido para atender las
actividades que legal y constitucionalmente tiene atribuidas este organismo electoral, por
lo que en la siguiente gráfica se representan los porcentajes correspondientes:
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Presupuesto IEEN 2022 Cantidad solicitada Porcentaje
Financiamiento Partidos Políticos $54,889,319.74 45.49%
Gasto operativo IEEN $65,777,019.78 54.51%
Financiamiento Partidos Políticos45.49%
Gasto operativo IEEN
54.51%
Presupuesto IEEN 2022