31
ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de reuniones de la Alcaldía Municipal de San Juan Opico a las ocho horas del día veintiuno de septiembre del dos mil dieciocho, siendo estos el lugar, día y hora señalados en la convocatoria respectiva, para celebrar Sesión Ordinaria por el Concejo Municipal de San Juan Opico, fue convocada por la señora Alcaldesa a través de la Secretaria Municipal, se inicia con la asistencia de la Señora Alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón Canales, Síndica Municipal Licda. Berta Luz Aquino Canales y los miembros del Concejo Señores: Regidores propietarios: Lic. Roberto Enrique Aquino Figueroa, Sr. Héctor Julio Coto Alvarado, Sr. Álvaro Mauricio Castaneda, Sra. Gely Veralicé Rivas Argueta, Licda. Areli Elizabeth Guardado Gallegos, Profa. Marta Alicia Mejía de Herrera, Sr. Paul Dalí Trejo Flores, Sr. José Adán Lemus Juárez, Sr. Hugo Arnulfo López Acosta, Sr. Orlando Atilio Ávila Montoya; Regidores Suplentes: Sr. Juan Esteban Ayala Cornejo, Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón, Sra. Magdalena María Abrego. Está presente la secretaria Municipal Claudia Beatriz Vásquez. Establecido el quórum, la señora alcaldesa declaró abierta la Sesión y se procede a desarrollar la agenda aprobada por unanimidad: 1.- Lectura de acta anterior. Se procedió a dar lectura al acta anterior, siendo Aprobada por Unanimidad. 2.- Solicitud de Encuentros Conyugales. El Concejo Municipal, Considerando: I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y treinta del Código Municipal. II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal. III. Que vista la solicitud de la secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de Encuentros Conyugales de San Juan Opico en la que piden donación de un televisor de treinta y dos pulgadas o un proyector, además para el seis de octubre del corriente año celebraran el día del niño por lo que piden cien juguetes para niño y cien para niña, así como doscientos refrigerios, y tres bolsas piñateras de dulce. Se discute:

ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

  • Upload
    others

  • View
    5

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

ACTA NUMERO DIECINUEVE. – Sesión Plural en el salón de reuniones de la Alcaldía

Municipal de San Juan Opico a las ocho horas del día veintiuno de septiembre del dos

mil dieciocho, siendo estos el lugar, día y hora señalados en la convocatoria

respectiva, para celebrar Sesión Ordinaria por el Concejo Municipal de San Juan

Opico, fue convocada por la señora Alcaldesa a través de la Secretaria Municipal, se

inicia con la asistencia de la Señora Alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón Canales,

Síndica Municipal Licda. Berta Luz Aquino Canales y los miembros del Concejo

Señores: Regidores propietarios: Lic. Roberto Enrique Aquino Figueroa, Sr. Héctor

Julio Coto Alvarado, Sr. Álvaro Mauricio Castaneda, Sra. Gely Veralicé Rivas Argueta,

Licda. Areli Elizabeth Guardado Gallegos, Profa. Marta Alicia Mejía de Herrera, Sr.

Paul Dalí Trejo Flores, Sr. José Adán Lemus Juárez, Sr. Hugo Arnulfo López Acosta,

Sr. Orlando Atilio Ávila Montoya; Regidores Suplentes: Sr. Juan Esteban Ayala

Cornejo, Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón, Sra. Magdalena María Abrego.

Está presente la secretaria Municipal Claudia Beatriz Vásquez. Establecido el quórum,

la señora alcaldesa declaró abierta la Sesión y se procede a desarrollar la agenda

aprobada por unanimidad:

1.- Lectura de acta anterior.

Se procedió a dar lectura al acta anterior, siendo Aprobada por Unanimidad.

2.- Solicitud de Encuentros Conyugales.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de

Encuentros Conyugales de San Juan Opico en la que piden donación de un

televisor de treinta y dos pulgadas o un proyector, además para el seis de

octubre del corriente año celebraran el día del niño por lo que piden cien

juguetes para niño y cien para niña, así como doscientos refrigerios, y tres

bolsas piñateras de dulce.

Se discute:

Page 2: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Que por el momento no se tiene la capacidad para apoyar con la donación del

televisor o el proyector, pero que posteriormente haya posibilidad de poder

colaborarle.

2. Que por encontrarse la municipalidad sin ninguna reserva de juguetes ya que

no se encontró en la bodega nada de todos los juguetes adquiridos por la

administración anterior, por el momento no se puede colaborar con ello pero

que en diciembre si se podrá ayudar, que se presente la solicitud para dichas

fechas.

Se solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de Encuentros Conyugales de San

Juan Opico en cuanto a doscientos refrigerios y tres bolsas piñateras con dulce.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de las compras.

Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.

Se retira por cuestiones personales el Regidor Propietario Sr. José Adán Lemus

Juárez y se hace efectivo lo del Articulo cuarenta y uno del código municipal que en

ausencia del propietario lo sustituirá un suplente por lo que se queda con voz y voto

el Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón.

3.- Solicitud de Nuevo Edén.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por los jóvenes de la colonia Nuevo

Edén, de esta jurisdicción; en la que piden doscientos dólares de los estados

unidos de américa y cuatro balones de football, sonido y chalecos que serán

utilizados como premio para torneo relámpago que se realizará el veintinueve

de septiembre del presente año.

Solicita:

Page 3: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Autorizar los premios del torneo relámpago de la colonia Nuevo Edén, de esta

jurisdicción; consiste en doscientos dólares de los estados unidos de américa

en efectivo y tres pelotas de football número cinco para la premiación.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de

doscientos dólares de los estados unidos de américa para el premio en efectivo

del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte

como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio

de San Juan Opico y de la compra de las tres pelotas de football.

Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.

4.- Solicitud Iglesia Adventista.

El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y desarrollo de

programas y actividades destinadas a fortalecer la equidad de género, según

el artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud presentada por las participantes del curso de Corte y

Confección que fue impartido por Insaforp en coordinación de la Iglesia

Adventista del Séptimo Día, en el que piden el apoyo de refrigerio de cincuenta

personas para la graduación.

Se solicita:

1. Autorizar la colaboración de cincuenta refrigerios que incluyen un sándwich y

jugo para la graduación del curso de corte y confección en beneficio de las

mujeres opicanas que desean superarse.

2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al tesorero municipal para erogar los fondos.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

5.- Solicitud de Ayuda por fallecimiento.

El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

Page 4: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la prestación de servicios funerarios

según el artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud presentada por el señor José Luis Franco Lemus en

cuanto a la colaboración de gasto fúnebres de su sobrino Juan de Jesús Franco

Lemus que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito, de

esta jurisdicción.

Solicita:

1. Autorizar la colaboración de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA para gastos fúnebres del menor a Juan de Jesús Franco Lemus a la

familia ya que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito,

de esta jurisdicción.

2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al tesorero municipal para erogar y cancelar la cantidad antes

mencionada a la funeraria que preste el servicio.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

6.- Solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño.

El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que, tomando en consideración la competencia de la municipalidad en la

promoción de la educación, la recreación, la cultura y las artes regulada en el

artículo cuatro numeral cuatro del Código Municipal, y la facultad que le brinda

el articulo treinta y uno numeral seis en cuanto al fomento de la educación y

cultura.

II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con la

salud, fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

III. Que teniendo a la vista solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño, en el

que piden la donación de cuatro trompetas, para la banda de paz de la

institución.

Se discute:

1. Que las fiestas cívicas ya pasaron y que aún sigue insistiendo el director del

Centro Escolar que necesitan dichas trompetas para la institución.

Page 5: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

2. Que, viendo la necesidad por parte de la alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón

Canales de muchos centros escolares de implementos para las bandas de paz

de dichos centros en beneficio de los alumnos para su sano esparcimiento por

medio de la disciplina y recreación, es mejor crear un proyecto en beneficio de

los alumnos de los centros escolares que lo soliciten.

Se Solicita:

1. Autorizar y remitir a la unidad correspondiente para realizar un proyecto en el

que se beneficie a todas las escuelas que lo necesiten en cuanto a implementos

para las bandas de paz de los centros escolares del municipio.

2. Hacer del conocimiento de la unidad de proyectos para realizar los trámites

correspondientes.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

7.- Solicitud de Nombre de Dios.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista la solicitud del Subconsejo Pastoral de la Sede San

Gabriel y coordinadores del Cantón Nombre de Dios, en la que manifiestan que

celebran las fiestas patronales de la comunidad en honor a San Gabriel

Arcángel en la que piden trescientos refrigerios, veinticinco bolsas de cemento,

una gruesa de cohetes.

Solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades del Cantón Nombre de Dios en sus

fiestas patronales en cuanto a seis docenas de cohete de vara, trescientos

refrigerios, veinticinco bolsas de cemento.

2. Girar instrucciones al jefe de la UACI para que realice todos los trámites

correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto respectivo.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

Page 6: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

Se incorpora a la sesión de concejo la Regidora Propietaria Sra. Gely Veralicé Rivas

Argueta y el Regidor Suplente José Efraín Henríquez Majano.

8.- Asociación Pro-hospital Nacional San Rafael.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que teniendo en consideración las obligaciones del Concejo contemplada en

el artículo treinta y uno numeral ocho de Código Municipal de llevar buenas

relaciones con las instituciones públicas nacionales, y cooperar para el mejor

cumplimiento de sus fines.

III. Que viendo la correspondencia recibida por parte de la Junta Directiva de la

Asociación Pro-Hospital y la administración del Hospital San Rafael en el que

comunica que el día veinte de octubre del presente año celebraran la tradicional

cena de gala bailable a beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San

Rafael, en la que se remiten cinco tarjetas para colaboración.

Se solicita:

1. Colaborar con la compra de cinco tarjetas valoradas en quince dólares, cada

una haciendo un total de SETENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, a cancelarse del Fondo Común, para recaudar fondos

en beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San Rafael.

2. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar dicho monto.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

Se retira por cuestiones personales el Regidor Propietario Sr. Héctor Julio Coto

Alvarado y se hace efectivo lo del Articulo cuarenta y uno del código municipal que en

ausencia del propietario lo sustituirá un suplente por lo que se queda con voz y voto

el Sr. Juan Esteban Ayala Cornejo.

9.- Solicitud Directiva San Nicolás Los Encuentros I.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

Page 7: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de San Nicolas Los

Encuentros I, de esta jurisdicción; en la que piden implementos deportivos de

uniforme completo y dos pelotas para futbol para el equipo de mujeres de la

comunidad.

Solicita:

1. Autorizar la compra del uniforme para el equipo femenino de la comunidad de

San Nicolás Los Encuentros I.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto respectivo

del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte

como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio

de San Juan Opico.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

10.- Solicitud de Joyas de Ceren.

El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta Directiva del Equipo

F.C. Joya de Ceren, en la que piden la colaboración de par de mayas para los

marcos de la cancha de la comunidad.

Solicita:

1. Aprobar el apoyo a la Junta Directiva del Equipo F.C. Joya de Ceren con un par

de mayas para marcos de la cancha de futbol de la comunidad de Joya de

Ceren en pro del deporte, la recreación como forma de sano esparcimiento.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir el trámite correspondiente.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el valor del par de

mayas del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El

Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el

Municipio de San Juan Opico.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

Page 8: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

11.- Solicitud Centro Escolar Santos Novoa.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación, salud,

según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.

II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el

fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

III. Que, vista de la solicitud presentada por Centro Escolar Santos Novoa, en la

que solicitan cien dólares de los estados unidos de américa en concepto de

premio para los tres primeros lugares de masculino y femenino y seis fardos de

agua para el día jueves veinticinco de octubre del presente año que se realizara

maratón con alumnos de tercer ciclo.

IV. Que viendo el Concejo municipal que no es conveniente inculcarles a los

jóvenes realizar actividades físicas y de sano esparcimiento por dinero, y

también por ser menores de edad.

Por lo tanto, Solicita:

1. Autorizar la compra de seis medallas para los primeros tres lugares de

femenino y masculino, y seis mochilas como incentivo para los jóvenes

ganadores y seis fardos de agua.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de las

medallas y las mochilas.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

12.- Solicitud Escuela Municipal de Ballet.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la Escuela Municipal de Ballet y la Comisión de Padres

de Familia en la que piden la aprobación de la compra de cuatro pasteles, dos

para el grupo de ballet inicial y dos para el grupo de avanzadas, un payaso para

Page 9: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

animar la fiesta, en la que celebraran el día del niño que se realizará el día seis

de octubre del corriente año a las tres de la tarde.

Se solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

Escuela Municipal de Ballet en Villa Burdeos, de San Juan Opico en cuanto a

cuatro pasteles grandes y un payaso para animar la fiesta.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Se delega al empleado Ricardo Ernesto Ceren Coto para la compra y hacer la

liquidación respectiva.

4. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.

Se somete a votación siendo aprobado por unanimidad.

Se aclara por la alcaldesa Dra. Carmen Abigail Girón Canales que se realizó una

actividad en la casa de la Cultura el día uno de septiembre del presente año para

recaudar fondos para el Grupo Imperium en el que se realizó una presentación de la

Escuela Municipal de Ballet en dicha velada artística en la que se cobró la cantidad

de tres dólares de los estados unidos de américa por la entrada. Y como municipalidad

nunca se ha cobrado por una presentación de las escuelas de la alcaldía, que además

no se solicitó permiso por el encargado para poder ir como escuela a la actividad y

mucho menos utilizar el nombre de la institución.

13.- Solicitud de ADESCO Caserío El Zapote.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO Caserío El Zapote,

Cantón El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden empedrado fraguado

en un tramo de trecientos treinta y siete metros lineales de la calle principal y

dentro de estos hay cincuenta y cinco metros que necesitan cuneta que están

frente al centro escolar.

Se solicita:

Page 10: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y

evaluación del proyecto a realizarse.

2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación

a realizar.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

14.- Solicitud Directiva de Agua Caserío Santa Bárbara.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta de Agua Caserío

Santa Bárbara en la que piden colaboración para realizar sendero que conecta

con sector Las Marías con una camionada de arena, tres metros de chispa o

grava, y treinta bolsas de cemento en que tendrá de medida el sendero uno

punto treinta centímetros de ancho por cuatrocientos cincuenta metros de largo;

proyecto en el que la comunidad pondrá la mano de obra.

Por lo tanto, solicita:

1. Autorizar la compra de una camionada de arena, tres metros de chispa o grava,

y treinta bolsas de cemento en concepto de contribución para sendero que

conecta con sector Las Marías y el Caserío Santa Bárbara.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de la compra aprobada del FODES

setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado MANTENIMIENTO DE

CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE INUNDACIONES EN EL

MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

15.- Solicitud ADESCO El Refugio.

a) El Concejo Municipal, Considerando:

Page 11: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón

El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden la construcción de un muro de

contención en la calle principal que conduce a El Castillo; el cual es de doce

metros lineales por seis de altura, en el que la comunidad y los patronos de la

Finca El Porvenir pondrían el cincuenta por ciento de la obra y el otro cincuenta

por ciento la municipalidad.

Se solicita:

1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y

evaluación del proyecto a realizarse.

2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación

a realizar.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

b) El Concejo Municipal, Considerando:

I. Las facultades legales que le concede el Código Municipal en el artículo cuatro

numerales uno y tres en cuanto a la ejecución de planes de desarrollo local y

ornato público.

II. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón

El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden una cuadrilla para reparación

de caminos que se encuentran en mal estado.

Solicita:

1. Aprobar la planilla de Limpieza y Reparación de caminos que se encuentran en

mal estado en el Caserío El Refugio, integrada por siete personas para una

catorcena de días.

2. Hacer del conocimiento de las unidades correspondientes para los trámites

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar los fondos para el pago de la

cuadrilla del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado

Page 12: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE

INUNDACIONES EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

16.- Solicitud Centro Escolar Caserío Jabalincito.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación en virtud

del artículo cuatro del Código Municipal y las facultades legales que le concede

el Código Municipal en el artículo cuatro numerales uno y tres en cuanto a la

ejecución de planes de desarrollo local y ornato público.

III. Que teniendo a la vista la solicitud del Centro Escolar Caserío El Jabalincito,

de esta jurisdicción en la que piden treinta bolsas de cemento para la

construcción de la canaleta de aguas lluvias de las calles aledañas a la escuela

que afecta su mal estado el suelo de la institución y la comunidad pondrá la

mano de obra.

Solicita:

1. Aprobar la compra de treinta bolsas de cemento en apoyo a la educación,

seguridad y salud de los alumnos del Centro Escolar Caserío El Jabalincito.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto total.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

17.- Solicitud ADESCO Buena Vista Chanmico.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico

en la que piden para el seis de octubre del corriente año fecha en la que

Page 13: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces, un payaso y ciento

cincuenta refrigerios.

Se solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas

con sus dulces y cien refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

18.- Solicitud Asociación Cooperativa Chanmico.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que son competencias de la municipalidad la elaboración, aprobación y

ejecución de planes de desarrollo, la promoción de la participación ciudadana

responsable en la solución de problemas locales, la promoción del desarrollo

agropecuario, comercial según el numeral cuatro del artículo cuatro del Código

municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva del consejo de

administración y junta de vigilancia de la asociación cooperativa Chanmico,

respaldada con la firma de todos los beneficiados piden la ayuda para oxigenar

las pilas de tilapia, y para ello piden un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60

HZ, que incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa,

2000W de demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto

de novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y

un blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector

9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”

diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco

dólares de los Estados Unidos de América.

Se solicita:

1. Autorizar la compra de un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60 HZ, que

incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa, 2000W de

demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto de

novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y un

Page 14: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector

9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”

diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco

dólares de los Estados Unidos de América, haciendo un total de dos mil

doscientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes de la compra.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto

respectivo.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

19.- Solicitud de Villa Burdeos.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Burdeos, Ciudad Versailles,

de San Juan Opico en la que piden para el catorce de octubre del corriente año

fecha en la que celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces y

cuatrocientos refrigerios.

Se solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de

Villa Burdeos, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto cuatro piñatas

con sus dulces y cuatrocientos refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

20.- Solicitud Papi Futbol San Juan opico.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

Page 15: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de Papi Football, de

esta jurisdicción; en la que piden cuarenta y tres juegos de uniforme para el

papi futbol que se realiza todos los años en el complejo deportivo municipal.

Se solicita:

1. Autorizar la compra de cuarenta y tres juegos de uniformes para equipos de

futbol para el torneo de papi futbol de la ciudad.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes de la compra de los uniformes del FODES setenta y cinco por

ciento del Proyecto denominado El Deporte como medios de Recreación para

la prevención de la violencia en el Municipio de San Juan Opico.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto total de la

compra del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El

Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el

Municipio de San Juan Opico.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

21.- Solicitud de Junta Directiva Villa Valencia.

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Valencia, Ciudad Versailles,

de San Juan Opico en la que piden para celebrar el día del niño piñatas con

sus dulces, payasos y juguetes.

Se solicita:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de

Villa Valencia, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas

con sus dulces y cincuenta refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado.

Sometiéndose a votación siendo aprobado por unanimidad.

Page 16: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

22.- Solicitud Centro Escolar Santos Novoa Noveno Grado.

El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación y la

recreación según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.

III. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el

fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

IV. En vista de las solicitudes presentadas por noveno grado “D” de Centro Escolar

Santos Novoa, en la que solicitan un bus para llevar a cabo una excursión al

parque Acuático “Termos del Río”, para la despedida de año escolar.

Por lo tanto, Solicita:

1. Autorizar la cantidad de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA en concepto de contribución de la recreación de los niños del Centro

Escolar Santos Novoa de la Ciudad de San Juan Opico.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar la cantidad antes

mencionada.

Sometiéndose a votación, siendo aprobado por unanimidad.

A continuación, se discutieron y emitieron los acuerdos siguientes:

ACUERDO NUMERO UNO. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón

El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden la construcción de un muro de

contención en la calle principal que conduce a El Castillo; el cual es de doce

metros lineales por seis de altura, en el que la comunidad y los patronos de la

Page 17: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

Finca El Porvenir pondrían el cincuenta por ciento de la obra y el otro cincuenta

por ciento la municipalidad.

ACUERDA:

1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y

evaluación del proyecto a realizarse.

2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación

a realizar. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DOS. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de

Encuentros Conyugales de San Juan Opico en la que piden donación de un

televisor de treinta y dos pulgadas o un proyector, además para el seis de

octubre del corriente año celebraran el día del niño por lo que piden cien

juguetes para niño y cien para niña, así como doscientos refrigerios, y tres

bolsas piñateras de dulce.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

secretaria de Infanto Juvenil del Movimiento de Encuentros Conyugales de San

Juan Opico en cuanto a doscientos refrigerios y tres bolsas piñateras con dulce.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de las compras. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO TRES. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por los jóvenes de la colonia Nuevo

Edén, de esta jurisdicción; en la que piden doscientos dólares de los estados

unidos de américa y cuatro balones de football, sonido y chalecos que serán

Page 18: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

utilizados como premio para torneo relámpago que se realizará el veintinueve

de septiembre del presente año.

ACUERDA:

1. Autorizar los premios del torneo relámpago de la colonia Nuevo Edén, de esta

jurisdicción; consiste en doscientos dólares de los estados unidos de américa

en efectivo y tres pelotas de football número cinco para la premiación.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de

doscientos dólares de los estados unidos de américa para el premio en efectivo

del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte

como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio

de San Juan Opico y de la compra de las tres pelotas de football.

NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO CUATRO. – El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y desarrollo de

programas y actividades destinadas a fortalecer la equidad de género, según

el artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud presentada por las participantes del curso de Corte y

Confección que fue impartido por Insaforp en coordinación de la Iglesia

Adventista del Séptimo Día, en el que piden el apoyo de refrigerio de cincuenta

personas para la graduación.

ACUERDA:

1. Autorizar la colaboración de cincuenta refrigerios que incluyen un sándwich y

jugo para la graduación del curso de corte y confección en beneficio de las

mujeres opicanas que desean superarse.

2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al tesorero municipal para erogar los fondos. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO CINCO. - El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

Page 19: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la prestación de servicios funerarios

según el artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud presentada por el señor José Luis Franco Lemus en

cuanto a la colaboración de gasto fúnebres de su sobrino Juan de Jesús Franco

Lemus que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito, de

esta jurisdicción.

ACUERDA:

1. Autorizar la colaboración de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA para gastos fúnebres del menor a Juan de Jesús Franco Lemus a la

familia ya que son de escasos recursos de la Colonia Balber calle a Puchuyito,

de esta jurisdicción.

2. Autorizar a la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al tesorero municipal para erogar y cancelar la cantidad antes

mencionada a la funeraria que preste el servicio. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO SEIS. - El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que, tomando en consideración la competencia de la municipalidad en la

promoción de la educación, la recreación, la cultura y las artes regulada en el

artículo cuatro numeral cuatro del Código Municipal, y la facultad que le brinda

el articulo treinta y uno numeral seis en cuanto al fomento de la educación y

cultura.

II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con la

salud, fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

III. Que teniendo a la vista solicitud del Centro Escolar Cantón Sitio del Niño, en el

que piden la donación de cuatro trompetas, para la banda de paz de la

institución.

ACUERDA:

1. Autorizar y remitir a la unidad correspondiente para realizar un proyecto en el

que se beneficie a todas las escuelas que lo necesiten en cuanto a implementos

para las bandas de paz de los centros escolares del municipio.

2. Hacer del conocimiento de la unidad de proyectos para realizar los trámites

correspondientes. NOTIFIQUESE.

Page 20: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

ACUERDO NUMERO SIETE. - El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista la solicitud del Subconsejo Pastoral de la Sede San

Gabriel y coordinadores del Cantón Nombre de Dios, en la que manifiestan que

celebran las fiestas patronales de la comunidad en honor a San Gabriel

Arcángel en la que piden trescientos refrigerios, veinticinco bolsas de cemento,

una gruesa de cohetes.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades del Cantón Nombre de Dios en sus

fiestas patronales en cuanto a seis docenas de cohete de vara, trescientos

refrigerios, veinticinco bolsas de cemento.

2. Girar instrucciones al jefe de la UACI para que realice todos los trámites

correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto respectivo. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO OCHO. - El Concejo Municipal Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que teniendo en consideración las obligaciones del Concejo contemplada en

el artículo treinta y uno numeral ocho de Código Municipal de llevar buenas

relaciones con las instituciones públicas nacionales, y cooperar para el mejor

cumplimiento de sus fines.

III. Que viendo la correspondencia recibida por parte de la Junta Directiva de la

Asociación Pro-Hospital y la administración del Hospital San Rafael en el que

comunica que el día veinte de octubre del presente año celebraran la tradicional

cena de gala bailable a beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San

Rafael, en la que se remiten cinco tarjetas para colaboración.

ACUERDA:

Page 21: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Colaborar con la compra de cinco tarjetas valoradas en quince dólares, cada

una haciendo un total de SETENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, a cancelarse del Fondo Común, para recaudar fondos

en beneficio de los pacientes del Hospital Nacional San Rafael.

2. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar dicho monto. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO NUEVE. - El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de San Nicolas Los

Encuentros I, de esta jurisdicción; en la que piden implementos deportivos de

uniforme completo y dos pelotas para futbol para el equipo de mujeres de la

comunidad.

ACUERDA:

1. Autorizar la compra del uniforme para el equipo femenino de la comunidad de

San Nicolás Los Encuentros I.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto respectivo

del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El Deporte

como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el Municipio

de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DIEZ. – El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta Directiva del Equipo

F.C. Joya de Ceren, en la que piden la colaboración de par de mayas para los

marcos de la cancha de la comunidad.

ACUERDA:

Page 22: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Aprobar el apoyo a la Junta Directiva del Equipo F.C. Joya de Ceren con un par

de mayas para marcos de la cancha de futbol de la comunidad de Joya de

Ceren en pro del deporte, la recreación como forma de sano esparcimiento.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir el trámite correspondiente.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el valor del par de

mayas del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El

Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el

Municipio de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO ONCE. - El Concejo Municipal Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación, salud,

según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.

II. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el

fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

III. Que, vista de la solicitud presentada por Centro Escolar Santos Novoa, en la

que solicitan cien dólares de los estados unidos de américa en concepto de

premio para los tres primeros lugares de masculino y femenino y seis fardos de

agua para el día jueves veinticinco de octubre del presente año que se realizara

maratón con alumnos de tercer ciclo.

IV. Que viendo el Concejo municipal que no es conveniente inculcarles a los

jóvenes realizar actividades físicas y de sano esparcimiento por dinero, y

también por ser menores de edad.

Por lo tanto, ACUERDA:

1. Autorizar la compra de seis medallas para los primeros tres lugares de

femenino y masculino, y seis mochilas como incentivo para los jóvenes

ganadores y seis fardos de agua.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto de las

medallas y las mochilas. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DOCE. – El Concejo Municipal Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

Page 23: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la Escuela Municipal de Ballet y la Comisión de Padres

de Familia en la que piden la aprobación de la compra de cuatro pasteles, dos

para el grupo de ballet inicial y dos para el grupo de avanzadas, un payaso para

animar la fiesta, en la que celebraran el día del niño que se realizará el día seis

de octubre del corriente año a las tres de la tarde.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

Escuela Municipal de Ballet en Villa Burdeos, de San Juan Opico en cuanto a

cuatro pasteles grandes y un payaso para animar la fiesta.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Se delega al empleado Ricardo Ernesto Ceren Coto para la compra y hacer la

liquidación respectiva.

4. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO TRECE. - El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO Caserío El Zapote,

Cantón El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden empedrado fraguado

en un tramo de trecientos treinta y siete metros lineales de la calle principal y

dentro de estos hay cincuenta y cinco metros que necesitan cuneta que están

frente al centro escolar.

ACUERDA:

1. Remitir a la unidad de Proyectos para que se realice la respectiva inspección y

evaluación del proyecto a realizarse.

2. Se remita informe a este concejo de lo que se puede efectuar y de la erogación

a realizar. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO CATORCE. – El Concejo Municipal Considerando:

Page 24: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que, teniendo en consideración la competencia del Concejo Municipal en el

numeral veinticinco del articulo cuatro del Código Municipal de planificación,

ejecución y mantenimiento de obras de servicios básicos, que beneficien al

municipio, por lo que el mantenimiento de caminos vecinales en el área rural y

urbana se incorpora en esta competencia.

III. Que teniendo a la vista la solicitud presentada por la Junta de Agua Caserío

Santa Bárbara en la que piden colaboración para realizar sendero que conecta

con sector Las Marías con una camionada de arena, tres metros de chispa o

grava, y treinta bolsas de cemento en que tendrá de medida el sendero uno

punto treinta centímetros de ancho por cuatrocientos cincuenta metros de largo;

proyecto en el que la comunidad pondrá la mano de obra.

Por lo tanto, ACUERDA:

1. Autorizar la compra de una camionada de arena, tres metros de chispa o grava,

y treinta bolsas de cemento en concepto de contribución para sendero que

conecta con sector Las Marías y el Caserío Santa Bárbara.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de la compra aprobada del FODES

setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado MANTENIMIENTO DE

CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE INUNDACIONES EN EL

MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO QUINCE. - El Concejo Municipal, Considerando:

I. Las facultades legales que le concede el Código Municipal en el artículo cuatro

numerales uno y tres en cuanto a la ejecución de planes de desarrollo local y

ornato público.

II. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la ADESCO El Refugio, Cantón

El Castillo, de esta jurisdicción; en la que piden una cuadrilla para reparación

de caminos que se encuentran en mal estado.

ACUERDA:

Page 25: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

1. Aprobar la planilla de Limpieza y Reparación de caminos que se encuentran en

mal estado en el Caserío El Refugio, integrada por siete personas para una

catorcena de días.

2. Hacer del conocimiento de las unidades correspondientes para los trámites

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del tesorero para erogar los fondos para el pago de la

cuadrilla del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado

MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES, PREVENSION DE

INUNDACIONES EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO 2018.

NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DIECISEIS. - El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación en virtud

del artículo cuatro del Código Municipal y las facultades legales que le concede

el Código Municipal en el artículo cuatro numerales uno y tres en cuanto a la

ejecución de planes de desarrollo local y ornato público.

III. Que teniendo a la vista la solicitud del Centro Escolar Caserío El Jabalincito,

de esta jurisdicción en la que piden treinta bolsas de cemento para la

construcción de la canaleta de aguas lluvias de las calles aledañas a la escuela

que afecta su mal estado el suelo de la institución y la comunidad pondrá la

mano de obra.

ACUERDA:

1. Aprobar la compra de treinta bolsas de cemento en apoyo a la educación,

seguridad y salud de los alumnos del Centro Escolar Caserío El Jabalincito.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto total. NOTIFIQUESE. –

ACUERDO NUMERO DIECISIETE. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

Page 26: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que vista la solicitud de la ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico

en la que piden para el seis de octubre del corriente año fecha en la que

celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces, un payaso y ciento

cincuenta refrigerios.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de la

ADESCO Buena Vista, Chanmico de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas

con sus dulces y cien refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DIECIOCHO. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que son competencias de la municipalidad la elaboración, aprobación y

ejecución de planes de desarrollo, la promoción de la participación ciudadana

responsable en la solución de problemas locales, la promoción del desarrollo

agropecuario, comercial según el numeral cuatro del artículo cuatro del Código

municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva del consejo de

administración y junta de vigilancia de la asociación cooperativa Chanmico,

respaldada con la firma de todos los beneficiados piden la ayuda para oxigenar

las pilas de tilapia, y para ello piden un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60

HZ, que incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa,

2000W de demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto

de novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y

un blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector

9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”

diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco

dólares de los Estados Unidos de América.

ACUERDA:

1. Autorizar la compra de un blower ½ HP (S31-A) 1 PH, 115V, 50/60 HZ, que

incluye 8 pies de cable conector 5.6/115 Amp de carga completa, 2000W de

Page 27: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

demanda de arranque, 1.5” diámetro de salida de aire con un monto de

novecientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América y un

blower 1 HP (S41-A) 1PH, 115V, 50/60 HZ, incluye 8 pies de cable conector

9.8/115 Amp de carga completa, 4000w de demanda de arranque, 1.5”

diámetro de salida de aire con un monto de mil doscientos cincuenta y cinco

dólares de los Estados Unidos de América, haciendo un total de dos mil

doscientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes de la compra.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto

respectivo. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO DIECINUEVE. – El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Burdeos, Ciudad Versailles,

de San Juan Opico en la que piden para el catorce de octubre del corriente año

fecha en la que celebraran el día del niño cuatro piñatas con sus dulces y

cuatrocientos refrigerios.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de

Villa Burdeos, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto cuatro piñatas

con sus dulces y cuatrocientos refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO VEINTE. - El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es competencia de la municipalidad la promoción del deporte, la

recreación como forma de sano esparcimiento según el numeral cuatro del

artículo cuatro del Código municipal.

II. Que el municipio tiene la autonomía suficiente en lo administrativo, económico

según el artículo dos del Código Municipal.

Page 28: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

III. Que teniendo a la vista solicitud realizada por la Directiva de Papi Football, de

esta jurisdicción; en la que piden cuarenta y tres juegos de uniforme para el

papi futbol que se realiza todos los años en el complejo deportivo municipal.

ACUERDA:

1. Autorizar la compra de cuarenta y tres juegos de uniformes para equipos de

futbol para el torneo de papi futbol de la ciudad.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes de la compra de los uniformes del FODES setenta y cinco por

ciento del Proyecto denominado El Deporte como medios de Recreación para

la prevención de la violencia en el Municipio de San Juan Opico.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar el monto total de la

compra del FODES setenta y cinco por ciento del Proyecto denominado El

Deporte como medios de Recreación para la prevención de la violencia en el

Municipio de San Juan Opico. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO VEINTIUNO. -

El Concejo Municipal, Considerando:

I. Que es obligación del Concejo y compete a los municipios la promoción y

contribuir a la recreación de la comunidad, en virtud de los artículos cuatro y

treinta del Código Municipal.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción y organización de ferias

y festividades populares en virtud del artículo cuatro del Código Municipal.

III. Que, vista la solicitud de la Junta Directiva de Villa Valencia, Ciudad Versailles,

de San Juan Opico en la que piden para celebrar el día del niño piñatas con

sus dulces, payasos y juguetes.

ACUERDA:

1. Aprobar el apoyo para las festividades de celebración del día del niño de de

Villa Valencia, Ciudad Versailles de San Juan Opico en cuanto a dos piñatas

con sus dulces y cincuenta refrigerios.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para seguir los trámites correspondientes.

3. Autorizar al Tesorero erogar el monto de lo autorizado. NOTIFIQUESE.

ACUERDO NUMERO VEINTIDOS. -

El Concejo Municipal Considerando:

Page 29: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

I. Que, de conformidad a la Constitución de la República de El Salvador, en el

artículo doscientos tres se determina la autonomía de las Municipalidades para

el Gobierno Local en lo económico, técnico y administrativo.

II. Que es competencia de la municipalidad la promoción de la educación y la

recreación según los numerales cuatro del artículo cuatro del Código municipal.

III. Que, analizando las obligaciones del Concejo Municipal de contribuir con el

fomento a la educación y la cultura y recreación de las comunidades.

IV. En vista de las solicitudes presentadas por noveno grado “D” de Centro Escolar

Santos Novoa, en la que solicitan un bus para llevar a cabo una excursión al

parque Acuático “Termos del Río”, para la despedida de año escolar.

Por lo tanto, ACUERDA:

1. Autorizar la cantidad de CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA en concepto de contribución de la recreación de los niños del Centro

Escolar Santos Novoa de la Ciudad de San Juan Opico.

2. Hacer del conocimiento de la UACI para que se sigan los procesos

correspondientes.

3. Hacer del conocimiento del Tesorero Municipal para erogar la cantidad antes

mencionada.

Y no habiendo más que hacer constar se cierra la presente que firmamos. -

Dra. Carmen Abigail Girón Canales

Alcaldesa Municipal

Licda. Berta Luz Aquino Canales

Síndica Municipal

Lic. Roberto Enrique Aquino Figueroa

Primer Regidor

Sr. Héctor Julio Coto Alvarado

Segundo Regidor

Page 30: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

Sr. Álvaro Mauricio Castaneda

Tercer Regidor

Licda. Areli Elizabeth Guardado Gallegos

Quinta Regidora

Sr. Paul Dalí Trejo Flores

Séptimo Regidor

Sr. Hugo Arnulfo López Acosta

Noveno Regidor

Sra. Gely Veralicé Rivas Argueta

Cuarta Regidora

Profa. Marta Alicia Mejía de Herrera

Sexta Regidora

Sr. José Adán Lemus Juárez

Octavo Regidor

Sr. Orlando Atilio Ávila Montoya

Décimo Regidor

Page 31: ACTA NUMERO DIECINUEVE. Sesión Plural en el salón de

Sr. Juan Esteban Ayala Cornejo

Primer Suplente

Sr. José Efraín Henríquez Majano

Tercer Suplente

Srita. Yesenia Lisseth Constanza Calderón

Segunda Suplente

Sra. Magdalena María Abrego

Cuarto Suplente

Licda. Claudia Beatriz Vásquez

Secretaria Municipal