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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y CONTABLES ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL DE CONTABLILIDAD TEMA: RÉGIMEN TRIBUTARIO SEMESTRE: TURNO: «VI» TARDE CAJAHUAMAN RICAPA, JENIFER ESPINOZA PANEZ, LUZMILA PEÑA DAVILA, SUSAN ROMUALDO ROBLES, RUTH

9. Regimen Tributario

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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y CONTABLES ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL DE CONTABLILIDAD

TEMA:RGIMEN TRIBUTARIOSEMESTRE:TURNO:VITARDECAJAHUAMAN RICAPA, JENIFERESPINOZA PANEZ, LUZMILA PEA DAVILA, SUSAN ROMUALDO ROBLES, RUTH

RGIMEN TRIBUTARIO

CAPITULO I Qu un Rgimen?Los contribuyentes pueden ser clasificados de distinta manera de acuerdo a la obligacin o no de pago segn el impuesto: de este modo, ciertos contribuyentes son encuadrados dentro de un denominado rgimen y otros, forman parte de un rgimen diferente.Un rgimen es un sistema que se encarga de establecer y de regular el funcionamiento de algo.La idea de rgimen refiere a una modalidad que tiene el Estado para fijar y cobrar impuestos. DEFINICIN DE TRIBUTOSSe conoce as a las aportaciones en dinero o en especie que el Estado, o entidades pblicas designadas por ley, exigen con el objeto de obtener recursos para enfrentar sus gastos y satisfacer las necesidades pblicas. TIPOS DE TRIBUTOSImpuestosContribucinTasaCuota que se paga para contribuir a un fin, y especialmente la que se paga al estadoPrecio fijado por disposicin oficial para vender una cosa.Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. 4

QU ES UN RGIMEN TRIBUTARIO?Son aquellas categoras en las cuales toda persona natural o jurdica que posea o va a iniciar un negocio deber estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales.CAPITULO IINUEVO RGIMEN NICO SIMPLIFICADO RUSCules son los objetivos del Nuevo RUS?1. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeos contribuyentes 2. Propiciar que los pequeos contribuyentes aporten al fisco de acuerdo con su capacidad contributaria

Quines se pueden acoger al Nuevo RUS?

TIPOCOMENTARIOa) Laspersonas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el pas.Se define como actividad empresarial, a la que genera rentas de Tercera Categora de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. Ejemplo: Un comerciante que abre una bodega o aquel que inaugura una panadera con venta directa al pblico.b) Laspersonas naturales no profesionales, domiciliadas en el pas, que perciban rentas de cuarta categora nicamente por actividades de oficios.Ejemplo: los ingresos de un pintor, jardinero, gasfitero o electricista.c) LasE.I.R.L. - Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. (Segn Ley N 30056 publicada el 2 de julio de 2013).

Cules son los requisitos para acogerse al Nuevo RUS?El monto de tusingresos brutosno debesuperar S/. 360,000en eltranscurso de cadaao, oen algn mes tales ingresos no deben ser superioresa treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000).3. El valor de losactivos fijosafectados atu actividad no debe superarlos setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Losactivos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier ndoleetc. No se considera el valor de los prediosni de los vehculos que se requieren para eldesarrollo del negocio.2. Lasadquisicionesy comprasafectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000en el transcurso de cadaao o cuando en algn mes dichas adquisiciones no superen los S/ 30,000.

Quines no pueden acogerse al Nuevo RUS?1.Presten el servicio detransporte de cargade mercancas utilizando sus vehculos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas mtricas).2. Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.3. Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos4. Sean titulares de negocios de casinos, mquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.5. Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

Cundo y cmo puedo ingresar al Nuevo RUS?1. Cuando inicias tus actividades en el transcurso del ejercicioDebes acogerte al NRUS en el momento de inscribirte en el Registro nico de Contribuyentes RUC.2. Si te encuentras en el Rgimen General o del Rgimen Especial del Impuesto a la Renta y quieres acogerte al NRUS.Para acogerte al NRUS debes:Primero: Dar de baja los comprobantes de pago y documentos que tengas autorizados (facturas, por ejemplo) que den derecho a crdito fiscal o sustenten gasto o costo.Segundo: Declarar y pagar la cuota correspondiente al perodo tributario en que cambias al NRUS,dentro de la fecha de vencimientoque corresponde a tu RUC, ubicndote en la categora que les corresponda

Cules son las categoras del Nuevo RUS?

Si cumple con los requisitos para ser contribuyente del Nuevo RUS, usted debe verificar la categora que le corresponde.

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Cmo y dnde se paga la cuota mensual del Nuevo RUS?El pagose realizasin formularios,en las agencias de los bancos autorizados(Bancode la Nacin, Interbank, Banco de Crdito, BBVA Continental y Scotiabank) a travs del SistemaPAGOFCIL.El contribuyente, debe indicar al personal de las entidades bancarias, enforma verbal o mediante la ayuda de un formato denominadoGUA PAGO FCIL DEL NUEVO RUS, los datos que a continuacin se detallan: RUC Perodo tributario Indicar si es la primera vez que declara el perodo que est pagando Total ingresos brutos del mes Categora Importe a pagar

Cundo se debe cambiar de categoraEl cambio de categora se realizar, mediante el pago de la cuota de la nueva categora en la cual te debes ubicar, a partir del mes en que se produce tu cambio de categora.Si ya eres contribuyente del Nuevo RUS y en el curso del ejercicio (ao) ocurriera alguna variacin en tus ingresos o adquisiciones mensuales, que lo pudiera ubicar en una categora distinta del NUEVO RUS a la que estaba ubicado (de acuerdo a la Tabla de categoras), se encontrar obligado a pagar la cuota correspondiente a su nueva categora a partir del mes en que se produjo la variacin.

Cundo se debe cambiar de rgimen (salir del Nuevo RUS)? 1. Voluntario: Se puede dar en cualquier mes del ao. El contribuyente se podr incorporar al RER o al Rgimen General del Impuesto a la Renta.2. Obligatorio: Se produce si durante el ao, el contribuyente incumple con algunos de los requisitos establecidos para el Nuevo RUS.En este caso el contribuyente ingresar al Rgimen General del Impuesto a la Renta.

Cules son las obligaciones del contribuyente del Nuevo RUS? 1. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, segn el ltimo digito de tu nmero de RUC. 2. Emitir y entregar solo boletas de venta (y/o tickets emitidos mediante sistemas informticos declarados con el Formulario Virtual N 845) 3. Por las ventas menores o iguales a S/.5 no hay obligacin de emitir boleta de venta, salvo que el comprador o usuario lo pida por un monto menor. 4. Al finalizar cada da el titular del negocio debe emitir una sola boleta de venta, en la que sume el total de las ventas iguales o menores a S/.5 por las que no se hubiera emitido comprobante de pago, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT.

5. Sustentar sus compras con comprobantes de pago: facturas, tickets o cintas emitidas por mquina registradora, recibos por honorarios, recibos de luz, agua y/o telfono, recibo de arrendamiento, entre otros.7. Comunicar la suspensin de actividades (de ser el caso) y mantener actualizado su RUC (cambio de domicilio, etc.). 6. Archivar cronolgicamente los comprobantes de pago que sustenten sus compras y ventas (copia

Quines se encuentran en la Categora Especial del Nuevo RUS?La Categora Especial delNUEVO RUSest dirigida a los contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus adquisiciones anuales nosupere cada uno de S/. 60,000y siempre que se trate de:

1. Personas que se dediquen nicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubrculos, races, semillas y dems bienes especificados.2. Personas dedicadas exclusivamente al cultivo de productos agrcolas yque vendan sus productos en su estado natural.

LA CUOTA MENSUAL APLICABLE A LOS CONTRIBUYENTESUBICADOS EN LA "CATEGORA ESPECIAL"ES DE S/. 0.00,es decir que no se paga la cuota mensual.Para incorporarte a la Categora Especial delNUEVO RUSdebes presentar elFormulario 2010a travs de la Red de Bancos que reciben declaraciones de la SUNAT.El Formulario 2010 se denominaComunicacin de ubicacin en la Categora Especial del Nuevo Rgimen nico Simplificado.Para ubicarte en esta categora los contribuyentes debes:

1Si inicias tus actividades en el ejercicio (ao).Presentar elFormulario 2010correspondiente al perodotributario (mes) en que inicias actividades.2Si eres sujeto del NRUS que se encuentra en alguna otra categora (1 a 5) del Nuevo RUS.Presentar elFormulario 2010correspondiente al perodotributario (mes) en que se produce el cambio.3Si te encuentras en el Rgimen General oEspecial del Impuesto a la Renta.Presentar elFormulario 2010hasta el vencimiento del perodo tributario(segn cronograma)que corresponde al cambio de rgimen

19CAPITULO IIIRGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RER)

Definicin: El RER es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora provenientes de:a. Actividades de comercio y/o industria, como la venta de bienes que se adquieren, produzcan o manufacturen , as como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cra y el cultivo.b. Actividades de servicio, es decir, cualquier actividad no sealada anteriormente o que slo se lleve a cabo con mano de obra. Quines pueden acogerse al RER?Personas Naturales.Sociedades Conyugales.Sucesiones Indivisas.Personas Jurdicas.

Requisitos para acogerse al REREl monto de sus ingresos netos no debe superar los S/. 525,000 en el transcurso de cada ao. El monto acumulado de sus adquisiciones afectadas a la actividad, no debe superar los S/. 525,000 en el transcurso de cada ao.El valor de los activos fijos afectados a la actividad con excepcin de los predios y vehculos, no debe superar los S/. 126,000Se deben desarrollar las actividades generadoras de rentas de tercera categora con personal afectado a la actividad que no supere las 10 personas por turno de trabajo.No realizar ninguna de las actividades que estn prohibidas en el RER.

Impedidos a acogerse a RERPresten servicios de transporte de carga de mercancas, cuya capacidad de carga sea mayor o igual a 2TM. (Dos toneladas mtricas).Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores: agentes corredores de productor, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agente de aduanas y los intermediarios de seguros.Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.Sean titulares de agencia de viajes, propaganda y/o publicidad.Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.

Realicen venta de inmuebles.Presten servicios de depsito aduaneros y terminales de almacenamiento, gestin.Actividades de mdicos y odontlogo.Actividades veterinarias.Actividades jurdicas.Actividades de contabilidad, teneduras de libros y auditorias, asesoramiento en materia de impuestos.Actividades de Arquitectura e Ingeniera y relacionadas con el Asesoramiento Tcnico.Actividades de Asesoramiento Empresarial y en materia de gestin.Cmo acogerse al RER?a-. Tratndose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio:El Acogimiento se realiza nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponde al perodo de inicio de actividades declarado en el Registro nico de Contribuyentes, y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimientob. Tratndose de contribuyentes que provengan del Rgimen General o del Nuevo Rgimen nico Simplificado:El acogimiento se realizar nicamente con ocasin de la declaracin y pago de la cuota que corresponde al perodo en que se efecta el cambio de rgimen, y siempre que se efecte dentro de la fecha de su vencimiento.Tributos Afectos al RERTRIBUTOSTASASImpuesto a la Renta Tercera Categora (REGIMEN ESPECIAL)1.5% de sus ingresos netos mensualesImpuestos General a las Ventas e Impuesto de Promocin Municipal18%Libros y Registros Contables

Registro de Compras.Registro de Ventas.

FacturasBoletas de ventaTickets emitidos por mquinas registradoras que dan derecho al crdito fiscal.Factura Electrnica a travs de SUNAT Virtual.

Tipo de Comprobantes que pueden emitir

Declaracin y pago de impuestos en el REREl formulario virtual No. 621 Simplificado IGV - Renta Mensual PDT 621.Mediante el PDT 621 a travs de Internet o en las agencias bancarias autorizadas, utilizando para dicho efecto la CLAVE SOL y considerando su vencimiento segn el Cronograma de Obligaciones Tributarias aprobado por la SUNAT.

CAPITULO IVRGIMEN GENERAL A LAS VENTAS Definicin:Rgimen adecuado especialmente para las medianas y grandes empresas que generan ingresos por rentas de tercera categora y desarrollan actividades sin que tengan que cumplir condiciones o requisitos especiales para estar comprendidos en l.En este rgimen estn comprendidas tambin, las actividades civiles, las entidades que se asocian y los agentes mediadores de comercio, rematadores, martilleros y cualquier otra actividad no permitida para los Regmenes de Nuevo RUS y el rgimen Especial del Impuesto a la Renta. Pueden acogerse tambin a este rgimen tributario, las pequeas empresas que as lo prefieran, acogidas al Decreto Legislativo 1086 Ley de MYPES y su reglamento.

Quines pueden acogerse?Personas Naturales.Sucesiones Indivisas.Asociaciones de Hecho de Profesionales.Personas Jurdicas.Sociedades irregulares.Contratos asociativos que lleven contabilidad independiente.

Actividades comprendidasCualquier tipo de actividad econmica y/o explotacin comercial.Prestacin de servicios.Contratos de construccin.Notarios.Agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros

Comprobantes de Pago y otros Documentos que pueden emitirFacturasBoletas de ventaTicketsLiquidacin de compraNotas de crditoNotas de dbitoGuas de remisin remitente

Tributos AfectosTRIBUTOSTASASImpuesto a la Renta anual30% sobre la renta netafokkgImpuestos General a las Ventas e Impuesto de Promocin Municipal18%Libros y Registros ContablesHasta 150 UIT de ingresos brutos anualesRegistro de Compras Registro de Ventas Libro Diario de Formato SimplificadoIngresos brutos anuales mayores a 150 UITa. Libro de Caja y Bancos.b.Libro de Inventarios y Balances.c.Libro Diario.d.Libro Mayor.e.Registro de Compras.f.Registro de Ventas e Ingresos.

Asimismo, los siguientes libros y registros integrarn la contabilidad completa siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta:a.Libro de Retenciones incisos.b.Registro de Activos Fijos.c.Registro de Costosd.Registro de Inventario Permanente en Unidades Fsicas.e.Registro de Inventario Permanente Valorizado.

El PDT-Formulario Virtual N 621 El Programa de Declaracin Telemtica, es un medio informtico desarrollado por la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT), el cual brinda mayor seguridad y facilita la elaboracin de las declaraciones, as como el registro de informacin requerida.Asimismo, facilita la comunicacin con la Administracin Tributaria a travs del uso de la tecnologa informtica.Base legal: Art.50 del TUO de la ley del impuesto a la renta D.S N 179-2004-EF publicado el 08-12-2004.

Caractersticas del PDT SeguridadAcceso protegido por contraseas.La informacin solo puede ser leda por la SUNAT.Importacin de DatosCapacidad de importar archivos generados por el contribuyente.Facilidades de usoAyudas inteligentes.Administrador de UsuariosImpresin de reportes.Posibilidad de grabar, para luego continuar el ingreso de la informacin.

Impuesto General a las Ventas El Decreto Legislativo No. 775 y su Reglamento contiene las normas regulan el IGV e ISC.Tributo que compradores pagan diariamente a quienes les venden bienes o prestan servicios, siendo responsabilidad de estos ltimos abonar al Fisco dicho tributo en calidad de contribuyentes

El crdito fiscal est constituido por la suma de los montos de IGV que se consignan por separado en los comprobantes de pago que respaldan las operaciones gravadas, tales como la venta de bienes ,la prestacin de servicios , los contratos de construccin , la importancia de bienes o la utilizacin en el pas de servicios , prestados por no domiciliados

Qu es el crdito fiscal?

GRACIAS POR SU ATENCIN