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Microsoft Word - Programa de Aprovechamiento Inmobiliario
2020_07.07.2020DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN INMOBILIARIA
1. Marco Jurídico.
....................................................................................................................................
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2. Criterios de Sostenibilidad.
........................................................................................................
11
3. Alineación con el Plan Nacional de Desarrollo y otros
instrumentos programáticos.
..................................................................................................................................
12
III. ACCIONES 2020 EN EL MARCO DE LOS OBJETIVOS DEL DESARROLLO
SOSTENIBLE.
..................................................................................................................
15
IV. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN DEL PROGRAMA DE
APROVECHAMIENTO INMOBILIARIO 2020.
...............................................................................
18
3
I. ANTECEDENTES.
La palabra inmueble viene del latín immobilis “que no se puede
mover”.
Los inmuebles están ligados intrínsecamente al territorio.
Así, el conocimiento preciso de los inmuebles federales, de su
ubicación espacial y de su contexto territorial, son fundamentales
para la planeación de su uso y aprovechamiento.
Un Inmueble Federal se define como “el terreno con o sin
construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la
posesión, control o administración a título de dueño”. 1 El
Reglamento Interior de la SHCP establece que le corresponde a la
Secretaría determinar la política inmobiliaria de la Administración
Pública Federal, atribuciones que realiza, a través del Instituto
de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su carácter de
órgano desconcentrado de esa dependencia.
El patrimonio inmobiliario de la Nación debe administrarse de
manera eficiente y eficaz, así como aprovecharse de manera óptima
en beneficio de la Administración Pública Federal y de todos los
mexicanos.
De acuerdo con el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario
Federal y Paraestatal, el patrimonio inmobiliario está constituido
por 109, 638 inmuebles, que representan 19,821 km2 de terreno y 806
km2 de construcción. El 59.29 % de esta cantidad corresponde a
inmuebles religiosos2.
1 Ley General de Bienes Nacionales. Artículo 2 fracción VII.
2 Datos del Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario
Federal y Paraestatal. Mayo 2020. Sistema de Información
Inmobiliaria Federal y Paraestatal. Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales.
4
Los principales usos de los inmuebles no religiosos comprenden
Servicios de Salud y Asistencia Social (15%) Infraestructura
(14.6%) Energía (13.1%) Educación y Cultura (10%) y Comunicaciones
y Transportes (9%). Estos inmuebles se encuentran distribuidos en
todo el país en 11 regiones bioclimáticas. Los usos específicos
registrados en inventario son 376, una variedad tan amplia como la
de las actividades del servicio público mismo.
La planeación inmobiliaria y el diseño de modelos de mejor uso y
aprovechamiento de los inmuebles, requieren de metodologías y
tecnologías de la información y la comunicación, que permitan
vincularlos a su contexto económico, social, cultural y ambiental,
en apego a la normatividad aplicable y a los objetivos del
desarrollo sostenible.
El programa especial, derivado del Plan Nacional de Desarrollo,
“Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad y de
Mejora de la Gestión Pública 2019-2024”, en su objetivo prioritario
5 ordena “Promover el uso eficiente y responsable de los Bienes del
Estado Mexicano” y establece las estrategias del aprovechamiento
inmobiliario en el marco de:
“la relevancia de contar con las herramientas de planeación
suficientes para analizar el patrimonio inmobiliario de manera
integral… y así… identificar los espacios cuyo mejor
aprovechamiento servirá como detonante, no sólo de la actividad
inmobiliaria pública, sino de los proyectos regionales de esta
administración y del desarrollo económico del país”3.
En el marco del Objetivo 5 del Programa Nacional de Combate a la
Corrupción y a la Impunidad y de la Mejora de la Gestión Pública,
se plantea el Programa de Ordenamiento, Administración y Vigilancia
del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal (POAVIPIFP,
Programa Institucional del INDAABIN para el periodo
2019-2024).
El POAVIPIFP, establece en la estrategia prioritaria 5.2 “Impulsar
las acciones de control, mejor uso y aprovechamiento, así como la
valuación de los bienes
3 Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad y
de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024. Numeral 6.5 “Relevancia
del objetivo prioritario 5”. p 13. Diario Oficial de la Federación
publicado el 30/08/2019.
5
muebles e inmuebles dirigidos al desarrollo de las actividades del
gobierno mexicano, así como también el Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 20204, establece que será el
INDAABIN, a través de la emisión y publicación del “Programa de
Aprovechamiento Inmobiliario” (PAI) para este ejercicio fiscal,
quien determine acciones para el mejor uso y aprovechamiento
inmobiliario que considere, entre otras, la puesta a disposición de
inmuebles desaprovechados, mismos que podrán ser utilizados para
resolver necesidades de otras instituciones públicas o, en su
defecto, para su desincorporación y enajenación, entre otros actos
jurídicos, por lo que los instrumentos de referencia constituyen el
fundamento programático y marco jurídico para el presente
ejercicio.
Derivado de lo anterior, se presenta el Programa de Aprovechamiento
Inmobiliario 2020, cuyo eje rector se establece como:
“Lograr el mejor uso y aprovechamiento del patrimonio inmobiliario
federal, con acciones de planeación integral que permitan
determinar el máximo potencial del inmueble en relación con las
características espaciales en las que se ubica -en el marco de los
proyectos regionales de esta Administración y el desarrollo
económico del país, de acuerdo con el Programa de Combate a la
Corrupción, bajo los principios de eficiencia, eficacia,
transparencia, combate a la corrupción y sostenibilidad que guían
las acciones del Gobierno de México.”
4 Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal
2020, Capítulo II, Artículo 14, Fracción V. Publicado en el Diario
Oficial de la Federación del 11 de diciembre de 2019.
6
1. Marco Jurídico.
El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece la rectoría del Estado en materia del
desarrollo nacional garantizando que sea integral y sustentable
mediante la planeación de la actividad económica y con la
participación de los sectores social y privado.
El artículo 9 de la Ley de Planeación establece que “las
dependencias de la administración pública centralizada deberán
planear y conducir sus actividades con perspectiva de género y con
sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional
del desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del que éste sea
equitativo, integral y sustentable”.
La Ley General de Bienes Nacionales establece que es atribución de
la Secretaría:
Artículo 28:
Controlar y verificar el uso y aprovechamiento de los inmuebles
federales (Fracción III).
Promover el óptimo aprovechamiento y preservación del patrimonio
inmobiliario federal y paraestatal (Fracción VII).
Artículo 29:
Determinar y conducir la política inmobiliaria de la Administración
Pública Federal (Fracción I).
Emitir las normas técnicas relativas, entre otros temas, para el
óptimo aprovechamiento de los inmuebles federales utilizados como
oficinas
7
administrativas, atendiendo a los distintos tipos de edificios y su
ubicación geográfica. (Fracción XVIII)
Fijar la política de la Administración Pública Federal en materia
de arrendamiento de inmuebles cuando la Federación o las entidades
tengan el carácter de arrendatarias. (Fracción XXI)
Artículo 61:
Destinar los inmuebles federales prioritariamente al servicio
público, pudiendo destinar un mismo inmueble a distintas
instituciones siempre que los requerimientos de las instituciones
lo permitan.
Por otro lado, la misma LGBN establece en su Artículo 84 que: “los
inmuebles federales que no sean útiles para el servicio público o
que no sean de uso común, podrán ser objeto de los siguientes actos
de administración y disposición: I.- Enajenación a título oneroso;
II.- Permuta con las entidades; los gobiernos de los estados, del
Distrito Federal y de los municipios o con sus respectivas
entidades paraestatales, o con los particulares, respecto de
inmuebles que por su ubicación, características y aptitudes
satisfagan necesidades de las partes; III.- Enajenación a título
oneroso o gratuito, de conformidad con los criterios que determine
la Secretaría, atendiendo la opinión de la Secretaría de Desarrollo
Social, a favor de instituciones públicas que tengan a su cargo
resolver problemas de habitación popular para atender necesidades
colectivas;
IV.- Venta a los propietarios de los predios colindantes, de los
terrenos que habiendo constituido vías públicas hubiesen sido
retirados de dicho servicio, o los bordos, zanjas, setos, vallados
u otros elementos divisorios que les hayan servido de límite. Si
fueren varios los colindantes y desearen ejercer este derecho, la
venta se hará a prorrata; El Reglamento del Instituto de
Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, establece que es el
Instituto quien ejercerá las atribuciones que la LGBN le otorga a
la SHCP en materia de planeación inmobiliaria, entre otras.
8
V.- Donación a favor de organismos descentralizados de carácter
federal cuyo objeto sea educativo o de salud; VI.- Enajenación
onerosa o aportación al patrimonio de entidades; VII.- Afectación a
fondos de fideicomisos públicos en los que el Gobierno Federal sea
fideicomitente o fideicomisario; VIII. Indemnización como pago en
especie por las expropiaciones y afectaciones; IX.- Enajenación al
último propietario del inmueble que se hubiere adquirido por vías
de derecho público, cuando vaya a ser vendido; X.- Donación a favor
de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los
municipios, o de sus respectivas entidades paraestatales, a fin de
que utilicen los inmuebles en servicios públicos locales, fines
educativos o de asistencia social; para obtener fondos a efecto de
aplicarlos en el financiamiento, amortización o construcción de
obras públicas, o para promover acciones de interés general o de
beneficio colectivo; XI.- Enajenación a título oneroso a favor de
personas de derecho privado que requieran disponer de dichos
inmuebles para la creación, fomento o conservación de una empresa
que beneficie a la colectividad, o para la realización de programas
de vivienda y desarrollo urbano; XII.- Arrendamiento, comodato o
usufructo a favor de instituciones que realicen actividades de
asistencia social o labores de investigación científica, siempre
que no persigan fines de lucro; XIII.- Enajenación a título oneroso
o gratuito, arrendamiento o comodato a favor de organizaciones
sindicales constituidas y reconocidas por la legislación laboral,
para el cumplimiento de sus fines; XIV.- Arrendamiento en forma
total o parcial, y
XV.- Los demás actos de carácter oneroso que se justifiquen en
términos de esta Ley o de las leyes aplicables.”
El artículo 2o., apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento
Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público adicionado
mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones del
9
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
y del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de
Bienes Nacionales, publicado el 12 de enero de 2017 en el DOF,
otorga al INDAABIN las atribuciones que la Ley General de Bienes
Nacionales confiere a la SHCP sin soslayar la demás normatividad
aplicable.
El Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, en su Artículo 10, establece que le corresponde a la
Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, en materia de
planeación inmobiliaria, lo siguiente:
I. Formular y proponer al Presidente del Instituto la planeación
del patrimonio inmobiliario federal y los mecanismos de
coordinación que permitan promover la adopción de dicha política
por parte de las entidades respecto de sus inmuebles; …
V. Elaborar y proponer al Presidente del Instituto proyectos
criterios y especificaciones técnicos para la construcción,
reconstrucción, adaptación, conservación, mantenimiento,
demolición, administración y aprovechamiento de los Inmuebles
federales competencia de la Secretaría que estén destinados para
oficinas administrativas, puertos fronterizos, bodegas y almacenes,
así como difundir dichos criterios y especificaciones para su cabal
observancia;
... VII. Evaluar el uso de los inmuebles que constituyen el
patrimonio federal procurando su óptimo aprovechamiento y
preservación; VIII. Detectar inmuebles federales competencia de la
Secretaría sin uso, utilizados parcialmente u ocupados por terceros
legal o ilegalmente; efectuar su plena identificación física, y
realizar visitas y levantar actas de verificación; identificar las
limitaciones a que se encuentren sujetos conforme a la normativa en
materia de desarrollo urbano, de ecología y de monumentos
arqueológicos, históricos y artísticos; evaluar su grado de
aprovechamiento, y analizar su situación jurídica y administrativa
para determinar su disponibilidad;
10
X. Analizar los requerimientos de inmuebles para oficinas
administrativas, puertos fronterizos, bodegas y almacenes que
formulen las dependencias y entidades para atender al público,
albergar a su personal y su mobiliario y equipo, a corto, mediano y
largo plazos, tanto para sustituir los inmuebles que actualmente
ocupan como para atender la demanda creciente de los bienes y
servicios que proporciona el sector público federal; XI. Dictaminar
proyectos inmobiliarios y plantear alternativas para atender los
requerimientos inmobiliarios a que se refiere la fracción anterior,
tomando en cuenta por lo menos los siguientes criterios:
a) Crecimiento y distribución geográfica de la demanda de servicios
públicos federales.
b) La racionalidad en la aplicación de los recursos presupuestarios
en la adquisición de derechos de uso o de dominio sobre terrenos
con o sin construcción, con las consecuentes necesidades de
contratación de obras públicas y su equipamiento;
c) La integración física de las oficinas de dependencias y
entidades pertenecientes al mismo sector público federal en centros
urbanos, y
d) La integración física de diversas instituciones públicas
federales en las poblaciones pequeñas.
XII. Promover y analizar la conveniencia de esquemas financieros
para la adquisición de inmuebles apropiados para la prestación de
servicios públicos, con la participación, cuando proceda, de
inversionistas privados, en términos de las disposiciones
aplicables;
XIII. Analizar y, en su caso, determinar la improcedencia del
ejercicio de la opción de compra en los contratos de arrendamiento
financiero relativos a inmuebles, que celebren las
dependencias;
XIV. Determinar el mecanismo para que las dependencias y entidades
capturen en la página de Internet que el Instituto destine para tal
efecto, los datos relativos a los contratos de arrendamiento que
suscriban con el carácter de arrendatarias, con el objeto de que
los órganos internos de control consulten dicha información para
verificar si el monto de la renta y la vigencia de cada contrato se
sujeta a la normativa aplicable;
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XV. Analizar la información que las dependencias y entidades en su
carácter de arrendatarias capturen en la página de Internet del
Instituto, con objeto de determinar los alcances e impactos que el
pago de rentas representa para el gasto público federal, y proponer
al Presidente del Instituto la política en materia de arrendamiento
inmobiliario;
2. Criterios de Sostenibilidad.
El artículo 17 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente establece que en la realización de las
acciones a cargo de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal se deberá incorporar la política
ambiental establecida en esta ley y demás disposiciones en la
materia.
De acuerdo con el artículo 17 TER, del ordenamiento antes citado
señala:
“Las dependencias de la Administración Pública Federal, el Poder
Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación,
instalarán en los inmuebles a su cargo, un sistema de captación de
agua pluvial, debiendo atender los requerimientos de la zona
geográfica en que se encuentren y la posibilidad física, técnica y
financiera que resulte conveniente para cada caso. Esta se
utilizará en los baños, las labores de limpieza de pisos y
ventanas, el riego de jardines y árboles de ornato.
La instalación del sistema de captación de agua pluvial en aquellos
inmuebles a cargo de las dependencias de la Administración Pública
Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la
Federación, declarados monumentos artísticos e históricos en
términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Monumentos y Zonas
Arqueológicos, Artísticos e Históricos se llevará a cabo bajo la
rigurosa supervisión de expertos del Instituto Nacional de
Antropología e Historia o del Instituto Nacional de Bellas Artes,
según corresponda, con objeto de evitar afectaciones a dichos
inmuebles.
Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, por agua
pluvial se entiende aquella que proviene de la lluvia, el granizo y
la nieve”.
12
La Ley General de Cambio Climático establece que los objetivos de
las políticas públicas para la mitigación deben incluir:
“Prácticas de eficiencia energética, el desarrollo y uso de fuentes
renovables de energía y la transferencia y desarrollo de
tecnologías bajas en carbono, particularmente en bienes muebles e
inmuebles de dependencias y entidades de la administración pública
federal centralizada y paraestatal, de las entidades federativas y
de los municipios”.5
“La medición de la eficiencia energética, el desarrollo y uso de
fuentes renovables de energía y la transferencia y desarrollo de
tecnologías bajas en carbono, particularmente en bienes inmuebles
de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
centralizada y paraestatal, de las Entidades Federativas y de los
Municipios”.6
El artículo 32 de esta misma Ley, establece que la política
nacional de mitigación debe atender los compromisos internacionales
de los Estados Unidos Mexicanos en la materia.
3. Alineación con el Plan Nacional de Desarrollo y otros
instrumentos programáticos.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en el Numeral I “Política
y Gobierno”, enuncia la necesidad de “Erradicar la corrupción y el
dispendio”.
De este precepto, emana el “Programa Nacional de Combate a la
Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública
2019-2024”, que en su objetivo prioritario 5 “Promover el uso
eficiente y responsable de los Bienes del Estado Mexicano” dicta el
eje rector del uso de los recursos de la federación.
5 Ley General de Cambio Climático 2018. Artículo 33 Fracción
IV.
6 Ley General de Cambio Climático 2018. Artículo 102 Fracción
IV.
13
El Objetivo 5 del PNCCIMGP, sienta las bases del Programa de
Ordenamiento, Administración y Vigilancia del Patrimonio
Inmobiliario Federal y Paraestatal.
En el POAVIPIFP, programa institucional del INDAABIN, las
estrategias prioritarias relativas al aprovechamiento inmobiliario
se refieren a:
Estrategia prioritaria 5.2. Impulsar las acciones de control, mejor
uso y aprovechamiento, así como la valuación de los bienes muebles
e inmuebles dirigidos al desarrollo de las actividades del gobierno
mexicano.
5.2.3 Verificar y medir el uso y aprovechamiento de los inmuebles
federales, para la consecución de los objetivos de los programas
prioritarios.
5.2.5 Analizar la necesidad de conservar los contratos de
arrendamiento u optimizar el gasto a través de la utilización de
bienes propios del Gobierno de la República.
Estrategia prioritaria 5.3. Facilitar a la APF de infraestructura,
bienes muebles e inmuebles, adecuados y sustentables para el
aprovechamiento y beneficio del Estado. 5.3.3 Otorgar el mejor uso
alterno de los inmuebles federales.
5.3.4 Promover y difundir mecanismos para dar en uso, inmuebles
federales disponibles a fin de garantizar su óptimo
aprovechamiento.
5.3.5 Promover el uso de inmuebles federales en los proyectos
prioritarios mediante su difusión y correcta administración.
El Presupuesto de Egresos de la Federación 2020 estipula en el
Artículo 14 Fracción V que:
“El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales
continuará las acciones para el mejor uso y aprovechamiento
inmobiliario que considere, entre otras, la puesta a disposición de
inmuebles desaprovechados, mismos que podrán ser utilizados para
resolver necesidades de otras instituciones públicas o, en su
defecto, para su desincorporación y
14
enajenación. Para tal efecto, dicho Instituto actualizará el
programa de aprovechamiento inmobiliario federal mismo que deberá
publicarse en su portal de Internet, así como podrá realizar
verificaciones a los inmuebles que así considere, previo aviso a la
institución pública de que se trate. Las acciones derivadas del
programa deberán sujetarse al presupuesto aprobado para las
dependencias y entidades.”
15
III. ACCIONES 2020 EN EL MARCO DE LOS OBJETIVOS DEL DESARROLLO
SOSTENIBLE.
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Acciones 2020 del Programa de Aprovechamiento Inmobiliario
en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda
2030
Metas ODS Acciones del Programa de Aprovechamiento
Inmobiliario 2020
7. 1
De aquí al 2030, aumentar considerablemente la proporción de
energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas.
Iniciar con el registro del consumo eléctrico en edificaciones con
uso de oficina de la APF en el Sistema de Inventario del Patrimonio
Inmobiliario Federal y Paraestatal para la construcción de la línea
base de consumo y la evaluación de un programa de.
Garantizar el acceso a una energía
asequible, segura, sostenible y moderna
para todos.
7. a
…promover la inversión en infraestructura energética y tecnologías
limpias
Sentar las bases para incrementar la eficiencia energética en
edificios públicos en inmuebles con uso de oficina de la APF.
9 .c
Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la
información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar
acceso universal y asequible a Internet en los países menos
adelantados de aquí a 2020.
Promover el uso de nuevas tecnologías para la ubicación y la
planeación del uso y aprovechamiento inmobiliario. Promover la
planeación inmobiliaria con aspectos sociales, en las estrategias
del uso de inmuebles federales en el incremento de la conectividad
digital en el país.
Construir infraestructuras
11 .4
Redoblar los esfuerzos para proteger y salvaguardar el patrimonio
cultural y natural del mundo.
Generar y difundir información sobre el patrimonio inmobiliario de
la federación y su valor artístico, histórico y cultural.
17
asentamientos humanos sean
Proporcionar apoyo a los países menos adelantados, incluso mediante
asistencia financiera y técnica, para que puedan construir
edificios sostenibles y resilientes utilizando materiales
locales.
Proponer nuevos modelos inmobiliarios en oficinas de la APF en
esquemas de disminución de la huella de carbono, de distanciamiento
social y de trabajo a distancia en caso de riesgos naturales,
sociales o de cualquier categoría de protección civil.
13 .1
Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los
riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en
todos los países.
medidas urgentes para
13 .a
“...poner en pleno funcionamiento el Fondo Verde para el Clima
capitalizándolo lo antes posible”.1
Promover la búsqueda de financiamiento del Fondo Verde para el
Clima para: Estudios de línea base. Diseño de nuevos esquemas de
aprovechamiento inmobiliario.
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IV. OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN DEL PROGRAMA DE
APROVECHAMIENTO INMOBILIARIO 2020.
Los objetivos, estrategias y acciones puntuales del Programa de
Aprovechamiento Inmobiliario se han concebido en los marcos
normativo y programático expuestos en este documento, y tienen como
objetivo general:
“Lograr el mejor uso y aprovechamiento del patrimonio inmobiliario
federal, con acciones de planeación integral que permitan
determinar el máximo potencial del inmueble en relación con las
características espaciales en las que se ubica -en el marco de los
proyectos regionales de esta Administración y el desarrollo
económico del país, de acuerdo con el Programa de Combate a la
Corrupción, bajo los principios de eficiencia, eficacia,
transparencia, combate a la corrupción y sostenibilidad que guían
las acciones del Gobierno de México”.
Se presenta a continuación la matriz programática para el ejercicio
fiscal 2020.
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I
Analizar y dar atención a los requerimientos inmobiliarios de las
Instituciones de la Administración Pública Federal y aquéllos
derivados de los Proyectos Prioritarios de la APF
Identificar la demanda de inmuebles para uso de la APF y la oferta
de inmuebles disponibles en términos de distribución geográfica,
sectorial y tipológica.
Integrar el Banco de Necesidades Inmobiliarias de la APF a partir
de las solicitudes individuales de cada Institución.
Analizar la distribución geográfica y tipológica de los inmuebles
disponibles en el Portafolios de Tránsito de Aprovechamiento y los
Inmuebles Federales Compartidos.
Análisis geográfico y tipológico de la oferta de inmuebles
disponibles de la APF para atender las necesidades inmobiliarias
específicas los proyectos prioritarios.
Identificar y analizar los inmuebles disponibles ubicados en las
regiones geográficas de influencia de los proyectos prioritarios:
Sucursales del Banco del Bienestar, Tren Maya, Sustitución de
Arrendamientos por Inmuebles Propios.
20
II
Optimizar el Aprovechamiento Inmobiliario de los Inmuebles del
Patrimonio Federal
Determinar el uso actual de los inmuebles, así como el grado de
aprovechamiento para su evaluación y análisis.
Cálculo Mensual del Índice de Aprovechamiento.
Realizar Visitas de Inspección y verificación de inmuebles
federales.
Proponer el mejor uso y aprovechamiento de los inmuebles detectados
como desaprovechados o subutilizados de acuerdo con su máximo
potencial en modelos alternativos de aprovechamiento
inmobiliario
Integrar portafolios de aprovechamiento inmobiliario 2020.
Análisis inmobiliario en el marco de la descentralización de la
Secretaría de la Función Pública y del Instituto de Seguridad
Social al Servicio de los Trabajadores del Estado.
Analizar la posibilidad de sustitución de arrendamientos por
inmuebles propios de acuerdo con diversos criterios de análisis
espacial.
Analizar la distribución geográfica y sectorial y del uso
inmobiliario de los arrendamientos.
Actualización del Sistema de Arrendamientos y Otras Figuras de
Ocupación de Inmuebles en Uso de la Federación.
Analizar la distribución geográfica y tipológica de los inmuebles
propios.
21
III
Iniciar acciones de sustentabilidad inmobiliaria en el marco de los
Objetivos del Desarrollo Sostenible.
Sentar las bases para la medición y el monitoreo del consumo
energético e hídrico en inmuebles con uso de oficina de la
APF.
Iniciar con el registro del consumo eléctrico e hídrico en
edificaciones con uso de oficina de la APF en el Sistema de
Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal para
la construcción de la línea base de consumos.
Implementar medidas de eficiencia energética en inmuebles de la
APF
Seguimiento de convenio con CONUEE para sustitución de luminarias y
Aires Acondicionados.
Proponer nuevos modelos inmobiliarios en oficinas de la APF en
esquemas de disminución de la huella de carbono, de distanciamiento
social y de trabajo a distancia en caso de riesgos naturales,
sociales o de cualquier categoría de protección civil.
Diseñar un esquema híbrido de teletrabajo con un planteamiento de
nuevos Inmuebles Federales en esquemas de Espacios Compartidos
(Coworking).
Análisis de los inmuebles que pudieran transformarse en Inmuebles
Federales Compartidos en esquema de Coworking.
Análisis Costo-Beneficio de la propuesta.
22
IV
Difundir entre la Administración Pública Federal la importancia del
mejor uso y aprovechamiento del Patrimonio Inmobiliario Federal y
Paraestatal en el marco de las líneas de eficiencia, eficacia y
combate a la corrupción.
Corresponsabilizar a los Responsables Inmobiliarios en la
actualización constante de la situación física, jurídica y
administrativa de sus inmuebles, mediante la vigilancia y difusión
de las normas aplicables.
Elaboración del Diagnóstico de Campos de Aprovechamiento en el
Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y
Paraestatal.
Diagnóstico de la proporción de inmuebles con uso de oficinas
aprovechados en la APF.
Establecimiento de Mesas de Trabajo para la actualización de los 5
campos de aprovechamiento en el Sistema de Inventario del
Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal y su correcta
georreferenciación con los Responsables Inmobiliarios de la
Administración Pública Federal.
Crear mecanismos de difusión de la importancia y uso del patrimonio
inmobiliario federal.
Publicar el Boletín Inmobiliario de la APF con temas de difusión
general y actividades del INDAABIN
Diseño de material de difusión para las redes sociales del
INDAABIN.
23
V
Transparentar las decisiones de actos de administración y
disposición que se tomen sobre la propiedad inmobiliaria.
Organizar y conducir el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario y
dar seguimiento a las acciones que de él se deriven.
Mesas de trabajo previas al Subcomité de Aprovechamiento
Inmobiliario y al CAI
Sesiones del Subcomité de Aprovechamiento Inmobiliario
Sesiones del Comité de Aprovechamiento Inmobiliario