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Eduardo Rojo Torrecilla.
El mundo del trabajo y las reformas
laborales de 2010 y 2011. ¿Y el futuro
marco laboral?
1Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
"No se enseña lo que se quiere.
No se enseña lo que se sabe o lo que se cree saber.
Sólo se enseña y sólo se puede enseñar lo que se es.“
(Jean Jaurès “El espíritu del socialismo, Idealismo y Materialismo
en el concepto de la historia”).
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 2
Jornadas UdG. 14.10.2011. 3
DIGNIDAD.
RESPETO.
Jornadas UdG. 14.10.2011. 4
¿Nos acercamos a la diversidad en el mundo del trabajo?
1. Trabajadores con empleo, estable o temporal. A tiempo completo
o a tiempo parcial.
Trabajadores desempleados, perceptores o no de prestaciones,
contributivas o asistenciales, por desempleo.
2. Trabajadores en economía regular/legal o
irregular/sumergida/ilegal.
3. Trabajadores del sector público y del sector privado.
Jornadas UdG. 14.10.2011. 5
4. Trabajadores de empresas pequeñas, medianas y
grandes.
5. Trabajadores en sector económico “clásico”, o en el
ámbito social (“tercer sector”).
6. Trabajadores y trabajadoras. Marco legal y realidad
laboral.
Jornadas UdG. 14.10.2011. 6
7. Trabajadores por cuenta ajena y trabajadores
autónomos.
8. Trabajadores nacionales, comunitarios y asimilados;
trabajadores extracomunitarios.
Jornadas UdG. 14.10.2011. 7
9. Trabajadores jóvenes (16-30 años), adultos (31-45),
“tercera edad” laboral (+ 45 años), trabajadores de
edad avanzada (55 años y +).
10. Discapacitados psíquicos, físicos, sensoriales.
La concreción de los cambios legales en el marco jurídico laboral
español.
1. Real Decreto-Ley 10/2010 de 16 de junio. Medidas
urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
Convertido en Ley 35/2010 de 17 de septiembre.
Desarrollo reglamentario: Agencias de colocación; tramitación de
expedientes de regulación de empleo.
Desarrollo convencional: Regulación de la presencia de empresas
de trabajo temporal en los sectores del metal y de la
construcción. Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 8
2. Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de
medidas urgentes para promover la transición al
empleo estable y la recualificación profesional de las
personas desempleadas.
3. Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de
medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y
la reforma de las políticas activas de empleo.
4. Acuerdo Social y Económico de 2 de febrero de 2011,
suscrito por Gobierno, organizaciones empresariales y
sindicales. Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 9
5. Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de
medidas para la regularización y control del
empleo sumergido y fomento de la rehabilitación
de viviendas.
6. Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica
4/2000, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, tras
su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 10
7. Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de
medidas urgentes para la reforma de la negociación
colectiva.
8. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 11
9. Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de
medidas urgentes para la promoción del empleo de los
jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el
mantenimiento del programa de recualificación
profesional de las personas que agoten su protección
por desempleo.
10. Ley 36/2011 de 10 de octubre, de la jurisdicción
social (antes Ley de procedimiento laboral).
11. Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley
22/2003, de 9 de julio, concursal.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 12
12. Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el
que se regulan los términos y las condiciones de
inclusión en el Régimen General de la Seguridad
Social de las personas que participen en programas de
formación.
13. Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el
que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la
que se establece un sistema específico de protección
por cese de actividad de los trabajadores autónomos
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 13
14. Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el
que se regula la relación laboral de carácter especial
del servicio del hogar familiar.
15. Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el
que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 14
16. Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se
aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014.
http://bit.ly/v0FkyT
17. Resolución de 14 de noviembre de 2011.Publica el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de octubre de
2011, por el que se aprueba la Estrategia Global para el
Empleo de los Trabajadores y las Trabajadoras de Más Edad
2012-2014 (Estrategia 55 y más). http://bit.ly/sKLM6P
18. Estrategia española sobre discapacidad 2012- 2020.
Aprobada por el Consejo de Ministros de 14 de octubre.
http://bit.ly/tOLiPB
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
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1. Real Decreto-Ley 10/2010 de 16 de junio. Medidas
urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
Tras su tramitación parlamentaria se convierte en Ley 35/2010 de
17 de septiembre.
http://bit.ly/pJcEbR
16Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Qué ha cambiado en la contratación temporal?
A) No hay un solo contrato (“contrato único”) como se pedía desde algunos sectores económicos. Sigue existiendo el contrato indefinido y el (los) contrato (s) de duración determinada.
B) Se fija un límite para la contratación por obra o servicio de 3 años, ampliable hasta 4 si se pacta en convenio sectorial.
C) Se limita la posibilidad de encadenamiento de contratos temporales en un mismo o diferente puesto de trabajo, en una misma empresa o grupos de empresas (en suspenso desde 31.8.2011).
17Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
D) La indemnización a la finalización del contrato pasará de 8 a 12
días, de forma gradual a partir de 2012.
E) Se incentiva la contratación formativa de jóvenes desempleados
hasta 21 años con bajo nivel de empleabilidad. Se bonifican al 100
% las cotizaciones empresariales y del trabajador. Hasta final de
2011 se podrá contratar a jóvenes menores de 25 años. Se reconoce
el derecho a percibir prestaciones por desempleo a la finalización
del contrato.
18Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Qué ha cambiado en la extinción del contrato de trabajo?
A) No se ha tocado nada del despido disciplinario ni de la extinción de 45 días salario/año y un máximo de 42 mensualidades.
B) Se amplía bastante la posibilidad de despedir por causas económicas, técnicas organizativas o de producción. Bastará alegar (y probar) una situación económica negativa, y que la medida contribuya a mejorar la situación de la empresa o a prevenir una evolución negativa de la misma. Pero, … vid Real Decreto 801/2011, de 10 de junio.
C) Se reforma la normativa para evitar que el incumplimiento de requisitos formales para el despido objetivo provoque la nulidad del despido y la readmisión obligatoria del trabajador. Esos incumplimientos acarrearán la improcedencia (opción entre readmitir o indemnizar a cargo del empresario).
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28.11.2011.
¿Qué contratación se fomenta por la norma y qué efectos tiene sobre los costes de extinción?
A) El gobierno pretende que se utilice el contrato de fomento de la contratación indefinida. Se amplía prácticamente a casi toda la población desempleada y se permite la conversión de contratos temporales en indefinidos durante un amplio periodo, hasta 31.12.2011 (ampliación de la medida hasta 31.12.2012 por el RDL 10/2011).
B) El coste de la extinción de este contrato, en caso de despido improcedente, es de 33 días salario/año de servicio y un máximo de 24 mensualidades.
El empresario podrá reconocer la improcedencia del despido cuando se lo comunique al trabajador (como se permite en el despido disciplinario de 45 días) y no tendrá que abonar salarios de tramitación si se interpone demanda por el trabajador.
20Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Asumen los poderes públicos el abono de una parte del coste del despido efectuado por el empresario?
A) Sí. El FOGASA pagará al trabajador 8 días en caso de despido objetivo (individual y colectivo), en todo tipo de contratos indefinidos, siempre que el contrato dure más de un año y cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa. Además, no habrá una limitación para la base del cálculo de la indemnización (sólo despidos procedentes a partir de 1.1.2012).
B) A los trabajadores de empresas de menos de 25 asalariados el FOGASA seguirá abonándoles el 40 % de la indemnización por extinción objetiva en todo tipo de contratos.
C) Cuando se cree el Fondo de capitalización esa cantidad será abonada por el nuevo Fondo.
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28.11.2011.
¿Será posible adoptar medidas que faciliten la adaptación rápida de las
empresas a las necesidades económicas y productivas?
A) Se potencia la flexibilidad interna, mediante incentivos a la
reducción de jornada y suspensiones temporales de contratos. La
reducción podrá situarse entre el 10 y el 70 % de la jornada de
trabajo. La reposición de las prestaciones por desempleo se
amplían hasta 180 días en caso de suspensión y posterior extinción
de los contratos.
B) Se potencia la posibilidad, pactada entre la parte empresarial y
la parte trabajadora, de acudir a mecanismos extrajudiciales de
solución de conflictos, como la mediación y el arbitraje.
22Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Será posible adoptar medidas que faciliten la inaplicación salarial de las
clausulas de un convenio colectivo?
Sí, siempre que haya acuerdo entre la empresa y los representantes
de los trabajadores, cuando el pacto salarial de ámbito superior a
la misma puede afectar a las posibilidades de mantenimiento del
empleo. Si no hay acuerdo, habrá que acudir a un procedimiento
de mediación o arbitraje.
23Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Apuesta la reforma por incentivar la contratación de algunos colectivos?
A) Sí. Las bonificaciones se dirigen a dos colectivos; jóvenes de 16 a
30 años, inclusive, con graves problemas de empleabilidad, y
mayores de 45 años desempleados de larga duración.
B) En ambos casos, se bonifica aún más la contratación si se efectúa
con una trabajadora desempleada.
C) La contratación debe suponer un incremento del volumen de
empleo fijo de la empresa.
24Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
25Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Desarrollo reglamentario:
A) Regulación de las agencias de colocación.
http://bit.ly/neJFtl
B) Procedimiento de regulación de los expedientes de regulación
de empleo. http://bit.ly/mykwr4
Desarrollo convencional.
Actividad de las empresas de trabajo temporal en los sectores de
la construcción y del metal. http://bit.ly/iJ4Qi9
26Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
2. Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de
medidas urgentes para promover la transición al
empleo estable y la recualificación profesional de las
personas desempleadas.
http://bit.ly/gOz3nL
27Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Contratación de jóvenes de edad igual o inferior a 30 años, o
personas desempleadas de larga duración (inscritas como
demandantes de empleo como mínimo 12 meses durante los 18
anteriores a la contratación).
Contratación a tiempo parcial. Duración de la jornada entre 50 y 75
% del tiempo completo de un trabajador comparable.
Bonificación del 100 % en las cotizaciones empresariales a SS en
empresas de menos de 250 trabajadores, y del 75 % cuando la
plantilla sea igual o superior a esa cifra.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 28
Contratación ser de duración determinada o indefinida.
Bonificaciones cuando la duración sea igual o superior a 6 meses. Se
excluyen del ámbito de aplicación de la norma los contratos de
interinidad y de relevo.
Incentivación (=bonificaciones de cuotas de la SS) a empresas que
conviertan contratos temporales en indefinidos (ordinarios o de
fomento).
Puesta en marcha del Plan PREPARA en sustitución del PRODI.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
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30Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
3. Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas
urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma
de las políticas activas de empleo.
Amplia reforma de la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de
Empleo y de las políticas activas de empleo.
http://bit.ly/gnvaX7
31Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
A) Se incorporan dos nuevos objetivos de la PE:
-- puesta en marcha de servicios individualizados a la población
activa.
-- fomento de la cultura y de la iniciativa empresarial.
Objetivo: mejorar tanto la situación de las personas en el mercado de
trabajo, ya operen por cuenta propia o ajena, como la competitividad
de las empresas.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 32
B) La dimensión local de la política de empleo se vincula a las
decisiones que adopten los SPE de las CC AA.
Objetivo: posibilitar la participación de los entes locales en la
ejecución de las acciones y medidas de políticas activas.
C) Puesta en marcha de la Estrategia Española de Empleo, inspirada
en la Estrategia Europea de Empleo, y el Plan anual de política de
empleo.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 33
D) Catálogo específico de servicios para personas desempleadas:
-- entrevistas personalizadas.
-- información y gestión de ofertas de empleo.
-- elaboración de un itinerario de inserción.
-- oferta de acciones de formación profesional.
-- evaluación y reconocimiento de competencias laborales.
-- reconocimiento de las prestaciones por desempleo con impulso
y desarrollo de su gestión “por medios electrónicos”.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 34
E) Catálogo de servicios para personas ocupadas (semejante al
anterior salvo en lo relativo a las prestaciones por desempleo). Se
pone el acento en medidas tanto de fomento de empleo, por cuenta
ajena o propia, como de mejora de la cualificación profesional.
F) Catálogo para empresas: difusión de sus ofertas de empleo,
información sobre el mercado de trabajo, tramitación telemática de
contrataciones y altas, y asesoramiento para creación de empresas y
potenciación de la economía social.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 35
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 36
4. Acuerdo Social y Económico de 2 de febrero de 2011,
suscrito por Gobierno, organizaciones empresariales y
sindicales.
Impacto sobre:
A) Reforma del sistema de Seguridad Social.
B) Políticas de Empleo.
C) Negociación colectiva.
http://bit.ly/qnJCdD
37Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
38Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
5. Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas
para la regularización y control del empleo sumergido
y fomento de la rehabilitación de viviendas.
http://bit.ly/lb7vOi
39Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Regularización de trabajadores ocupados de manera irregular (no
haber solicitado su afiliación inicial o alta en la Seguridad Social)
hasta el 31 de julio.
Las altas retrotraen sus efectos a la fecha de inicio de la respectiva
prestación de servicios, con el límite máximo del 1 de enero de
2011.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 40
Formalización de contrato de trabajo con el trabajador, mediante
cualquier modalidad contractual, siempre que se reúnan los
requisitos exigidos para su celebración, de acuerdo con la legislación
laboral.
Cuando se trate de contratos de carácter temporal o de duración
determinada su duración inicial prevista no podrá ser inferior a seis
meses, desde la fecha de solicitud del alta en la Seguridad Social.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 41
Importante incremento de las sanciones a partir del 1 de agosto.
Artículo 22.2 LISOS. “No solicitar la afiliación inicial o el alta de
los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma,
como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo
establecido. A estos efectos se considerará una infracción por cada
uno de los trabajadores afectados” .
La infracción grave del artículo 22.2 se sancionará con la multa
siguiente: en su grado mínimo, de 3.126 a 6.250 euros; en su
grado medio, de 6.251 a 8.000 euros y, en su grado máximo, de
8.001 a 10.000 euros.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 42
Artículo 23.1 a) LISOS. “Dar ocupación como trabajadores a
beneficiarios o solicitantes de pensiones u otras prestaciones
periódicas de la Seguridad Social, cuyo disfrute sea incompatible
con el trabajo por cuenta ajena, cuando no se les haya dado de
alta en la Seguridad Social con carácter previo al inicio de su
actividad”.
La infracción muy grave del artículo 23.1.a) se sancionará con la
multa siguiente: en su grado mínimo, de 10.001 a 25.000 euros;
en su grado medio, de 25.001 a 100.005 euros y, en su grado
máximo, de 100.006 a 187.515 euros.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 43
6. Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, tras su reforma por Ley Orgánica
2/2009.
http://bit.ly/qr5CSR
44Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 45
RD 557/2011 de 20 de abril.
Núcleo central. Título IV. Capítulo III. Residencia temporal y
trabajo por cuenta ajena. Artículos 62 a 72.
http://bit.ly/mCk1DZ
COMPÁRESE CON LA NORMATIVA ANTERIOR.
RD 2393/2004 de 30 de diciembre.
Título IV. Capítulo II, Sección 1ª. Residencia temporal y trabajo
por cuenta ajena. Artículos 49 a 54. http://bit.ly/iOTa7x
Alrededor del núcleo central se encuentran otros
supuestos de residencia temporal y de trabajo.
-- Para investigación. Arts. 73 a 84.
-- Profesionales altamente cualificados titulares de una tarjeta azul
–UE. Arts. 85 a 96.
-- Por cuenta ajena de duración determinada. Arts. 97 a 102.
-- Por cuenta propia. Arts. 103 a 109.
-- Prestaciones transnacionales de servicios: Arts. 110 a 116. Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 46
-- RT Con excepción de la autorización de trabajo. Arts. 117 a 119.
-- RT del extranjero acogido a un programa de retorno voluntario.
Arts. 120 a 122.
-- RT por circunstancias excepcionales. Arts. 123 a 146.
a) Arraigo, protección internacional, razones humanitarias,
colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 47
b) Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género (vid LO
10/2011 de 27 de julio http://bit.ly/q74N6T)
c) Colaboración contra redes organizadas.
d) Víctimas de la trata de seres humanos (vid LO 10/2011 de 27
de julio http://bit.ly/q74N6T).
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 48
-- Extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de
interés económico, social o laboral, o cuyo objeto sea la realización
de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieren
alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés
cultural. Arts. 178 a 181.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 49
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 50
7.Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas
urgentes para la reforma de la negociación colectiva.
Tramitación parlamentaria como Proyecto de Ley finalizada por
disolución del Parlamento.
http://bit.ly/ndcoEn
51Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Qué debemos destacar en la reforma de la negociación colectiva?
A) Importancia otorgada a los acuerdos interprofesionales y a los
convenios colectivos sectoriales de ámbito estatal o de Comunidad
Autónoma, y muy especialmente los estatales, para:
-- ordenar la estructura de la negociación colectiva.
-- fijar las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia
entre convenios de distinto ámbito.
52Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
B) Potenciación de la negociación colectiva en la empresa. Amplia
serie de materias en las que, “salvo pacto en contrario”, la
negociación empresarial “tendrá prioridad aplicativa respecto del
convenio colectivo sectorial estatal, autonómico o de ámbito
inferior.”
Posible articulación negociación colectiva sectorial- negociación
colectiva de empresa o mediante pactos de empresa de aplicación y
concreción del convenio colectivo sectorial estatal.
53Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Materias prioritarias para convenio de empresa.
a) Cuantía del salario base y de los complementos salariales,
incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.
b) Abono o compensación de las horas extraordinarias y
retribución específica del trabajo a turnos.
c) Horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de
trabajo a turnos y planificación anual de las vacaciones.
54Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
d) Adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación
profesional de los trabajadores.
e) Adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación.
f) Medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral,
familiar y personal.
55Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
C) Mayor flexibilidad interna en la empresa. Como contenido
mínimo del convenio:
“1.º Un porcentaje máximo y mínimo de la jornada de trabajo
que podrá distribuirse de manera irregular a lo largo del año.
Salvo pacto en contrario, este porcentaje será de un 5 %.
2.º Los procedimientos y los periodos temporales y de referencia
para la movilidad funcional en la empresa.”
56Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
D) Mayor importancia de las comisiones paritarias. Poder de
comisión negociadora ad hoc durante la vigencia del convenio de
referencia.
“Las resoluciones de la comisión paritaria sobre negociación o
aplicación del convenio “tendrán la misma eficacia jurídica y
tramitación que los convenios colectivos regulados en la presente
ley”.
57Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
E) Fijación de un período máximo de ocho o doce meses desde la
fecha de pérdida de vigencia del anterior convenio para el cierre
de la negociación, según que esta sea inferior o no a dos años.
Sometimiento voluntario a medidas de mediación o arbitraje,
siendo en este último caso jurídicamente vinculante en
determinados supuestos.
El convenio mantiene su vigencia en caso de falta de acuerdo.
58Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
F) Posibilidad de adopción de “acuerdos parciales” durante el
proceso negociador.
Vigencia: aquella que las partes determinen.
Objetivo: adaptar los contenidos modificados del anterior
convenio “a las condiciones en las que, tras la terminación de la
vigencia pactada, se desarrolle la actividad en el sector o en la
empresa”.
59Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
G) Legitimación para negociar.
a) Empresa. Prevalencia de la representación sindical frente a la
representación unitaria.
“La intervención en la negociación corresponderá a las secciones
sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen la
mayoría de los miembros del comité de empresa o entre los
delegados de personal.”
60Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
b) Ámbito supraempresarial.
Se mantiene el requisito de cumplir el requisito de acreditar el 10
% de empresarios afiliados y dar ocupación al 10 % como
mínimo de los trabajadores del sector.
También ser permite negociar a las asociaciones empresariales
“que en dicho ámbito den ocupación al 15 % de los trabajadores
afectados”
61Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
8. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de Seguridad
Social.
Ampliación ,gradual, de la edad de acceso a la jubilación.
Ampliación, gradual de los períodos de cotización.
Regulación de la jubilación anticipada voluntaria.
Incorporación, gradual, del personal al servicio del hogar familiar
al régimen general.
http://bit.ly/pX5UAb
62Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 63
9. Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas
urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el
fomento de la estabilidad en el empleo y el
mantenimiento del programa de recualificación
profesional de las personas que agoten su protección por
desempleo.
http://bit.ly/nG2zKX
64Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿En qué consiste el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje?
A) Sujetos destinatarios: 16-25 años (30 hasta 31.12.2013).
Carencia de cualificación profesional reconocida por el sistema de
FP o del sistema educativo requerida para un contrato en prácticas.
B) Actividad formativa. Se llevará a cabo en un centro formativo
(FP para el empleo o sistema educativo). Necesario desarrollo
reglamentario.
65Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
C) Duración: 1-2 años. Posible ampliación a 3 (vía desarrollo
reglamentario o convenio colectivo)
D) Tiempo de trabajo no superior al 75 % de la jornada máxima
prevista en convenio o, en su defecto, la jornada máxima legal.
E) Remuneración. En proporción al tiempo de trabajo efectivo. En
ningún caso, “podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de
trabajo efectivo”.
66Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
G) Incentivación a la contratación.
a) Empresa. Reducción del 100 % de las cotizaciones a la
Seguridad Social en empresas de menos de 250 trabajadores, y del
75 % en las restantes.
Pero…
-- contrato con joven desempleado mayor de 20 años.
-- Para contratos formalizados entre 31.8.2011 y 31.12.2013.
-- Ha de suponer incremento de la plantilla de la empresa.
b) Trabajadores. Reducción del 100 % en idénticos términos.
67Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
H) Incentivación a la conversión del CFA en indefinido.
Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante
tres años. 1.500 o 1.800 euros/año (trabajador o trabajadora).
Ha de implicar incremento de plantilla.
68Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Qué ocurre con las indemnizaciones que abona el FOGASA?
A) Hasta 31.12.2011 no hay cambios. Incluye las extinciones
objetivas improcedentes.
B) A partir de 1.1.2012. el FOGASA no abonará “en las
extinciones por las causas previstas en el artículo 52 de la LET
reconocidas por el empresario o declaradas judicialmente como
improcedentes”.
69Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Posible conversión de contratos temporales en contratos de fomento de la
contratación indefinida.
A) Celebrados antes del 28.8.2011, y conversión antes del
31.12.2011.
B) Celebrados a partir del 28.8.2011 y convertidos antes del
31.12.2012.
70Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
¿Qué significa la suspensión del “encadenamiento” de contratos?
Durante dos años (a partir del 31.8.2011) no se encadenan los
contratos temporales para convertirse en fijos. Suspensión del
artículo 15.5 de la LET.
Se mantiene el principio de causalidad en la contratación. La
contratación temporal sigue siendo causal.
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28.11.2011.
10. Ley 36/2001 de 10 de octubre, de la jurisdicción
social (antes Ley de procedimiento laboral).
Entrada en vigor dos meses después de publicación en el BOE.
11 de diciembre.
http://bit.ly/nzCxfd
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 72
Principal novedad. Ampliación, racionalización y clarificación
del ámbito de conocimiento del orden jurisdiccional social.
Concentración en el OJS de “todas las cuestiones litigiosas
relativas a los accidentes de trabajo”. Objetivo: evitar “el
peregrinaje de jurisdicciones”.
OJS: garante del cumplimiento de la normativa de prevención
de riesgos laborales “aún cuando no se hayan derivado daños
concretos por tales incumplimientos”. Inclusión del personal
funcionario y estatutario.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 73
OJS: unifica el conocimiento de toda vulneración de derechos
fundamentales y libertades públicas conectadas a la relación
laboral, “como puede ser el caso del acoso”.
Atribución al OJS de la impugnación de actos administrativos,
singulares o generales, en materia laboral y de Seguridad Social,
“y en especial, de las resoluciones contractuales colectivas por
causas objetivas”.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 74
11. Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley
22/2003, de 9 de julio, concursal.
Entrada en vigor: 1 de enero de 2012.
http://bit.ly/qxWmTI
75Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011.
Modificación del artículo 64, dedicado a los contratos de trabajo.
Disposición transitoria séptima dedicada a “aspectos laborales.”
Artículos 64, 8.2 y 44.4. “serán de aplicación a los procedimientos
concursales que se encuentren en curso a la fecha de su entrada en
vigor, para la tramitación del expediente y adopción de las
medidas que se soliciten desde entonces y supongan la extinción,
suspensión o modificación colectiva de los contratos de trabajo”.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 76
Atracción del ERE hacia el juez mercantil. Se prevé el supuesto de
un ERE que se está tramitando en el momento en que se declara el
concurso, en cuyo caso “la autoridad laboral remitirá lo actuado al
juez del concurso”.
Será en trámite judicial mercantil donde los sujetos interesados
decidirán si hay que seguir o no con el ERE instado con
anterioridad a la declaración del concurso
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 77
Las actuaciones practicadas en el expediente anterior hasta la fecha
de la declaración de concurso “conservarán su validez en el
expediente que se tramite ante el juzgado”.
Cabe la posibilidad de haberse resuelto el ERE por la autoridad
administrativa laboral antes de la declaración del concurso, pero
que aún no se haya procedido a su ejecución. En tal caso será la
administración concursal quien la asumirá.
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Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 79
12. Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. Inclusión en
el Régimen General de la SS de las personas que
participen en programas de formación.
Personas que participan en programas de formación que incluyen
prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades, y que
no tienen carácter puramente académico.
La integración en la Seguridad Social se producirá sólo en tales
casos, es decir siempre que tales prácticas no den lugar por sí
mismas “al establecimiento de una relación laboral”
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 80
A) Ha de tratarse de programas formativos vinculados a estudios
universitarios o de formación profesional.
B) Los programas formativos han de estar financiados por entidades
u organismos públicos o privados.
C) No deben tener carácter puramente lectivo, y han de incluir
prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades.
D) Los sujetos que realizan la actividad formativa no laboral han de
percibir una contraprestación económica (beca, ayudas,…) con
independencia del concepto o la forma en que se perciba.
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13. Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre. Se establece un
sistema específico de protección por cese de actividad de los
trabajadores autónomos. http://bit.ly/skJbBK
Sistema específico de protección para los TA que, pudiendo y
queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título
lucrativo e incluidos en los niveles de protección, hubieren cesado en
esa actividad, con arreglo a lo establecido en la Ley 32/2010.
Cese de actividad, definitivo o temporal, incluido el que afecta al
TRADE: habrá de ser total en la actividad económica o profesional que
de forma habitual, personal y directa se viniere desempeñando.
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TA comprendidos en el Régimen especial de trabajadores
autónomos que tengan cubierta la protección dispensada a las
contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
También, trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, así como los
trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de
los Trabajadores del Mar. Remisión a desarrollo posterior.
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28.11.2011. 83
c) Acción protectora. Prestación económica por cese total,
temporal o definitivo, de la actividad. Abono de la cotización de
Seguridad Social del TA por contingencias comunes.
Requisitos. Estar afiliados y en situación de alta, y cubiertas las
contingencias profesionales. Tener cubierto el período mínimo de
cotización. Encontrarse en situación legal de cese de actividad.
Suscripción del compromiso de actividad. Acreditación de
disponibilidad activa para reincorporarse al mundo del trabajo.
Participación en actividades formativas y de orientación
profesional. ….
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.. No haber cumplido la edad ordinaria para jubilación, salvo la no
acreditación del período de cotización. Hallarse al corriente en el
pago de cuotas a la SS, con la previsión normativa de un posible
ingreso a posteriori.
En el supuesto de un TA con asalariados, requisito previo al cese es
“el cumplimiento de las garantías y procedimientos regulados en la
legislación laboral”.
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28.11.2011. 85
14. Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el
que se regula la relación laboral de carácter especial del
servicio del hogar familiar. http://bit.ly/vqDclc
Guarda estrecha relación con la operada en materia de protección
social (además, la reforma laboral incorpora conceptos y
definiciones recogidas en la normativa de la Seguridad Social
desde hace muchos años).
Pretenden acercar la regulación de este personal a la relación
común o general de aplicación a la gran mayoría de trabajadores,
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
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Perspectiva que pretende conjugar el mantenimiento de las
diferencias, allí donde éstas encuentran una justificación objetiva y
razonable, con la reducción o eliminación de aquellas, cuando se
comprenda que “su razón de ser ya no encuentra por más tiempo
motivo”.
Tiene por principal finalidad la “dignificación” de las condiciones
de trabajo de los trabajadores domésticos,
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 87
Relación cuya especificidad viene determinada por el lugar de
prestación de servicios, el hogar familiar, y por la relación entre el
sujeto empleador y el sujeto trabajador, en la que la nota de
dependencia se valora de manera diferente a la que se da en una
relación común.
La prestación contractual no tiene como objetivo la obtención de
lucro por la parte empresarial, sino sólo que el sujeto trabajador
realice unas actividades que puedan ser útiles y funcionales para el
desarrollo normal de la vida doméstica en la unidad familiar.
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28.11.2011. 88
15. Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que
se regulan las prácticas no laborales en empresas.
http://bit.ly/s75NHc
¿A quién van dirigidas las prácticas no laborales”?
a) Edad entre 18 y 25 años, inclusive.
b) Encontrarse en situación de desempleo e inscrito en la
correspondiente oficina de empleo.
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28.11.2011. 89
c) Poseer una titulación o certificado que acredite sus
conocimientos. Más exactamente, “una titulación oficial
universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio
o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última,
correspondiente a las enseñanzas de formación profesional,
artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad”.
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28.11.2011. 90
d) La persona joven no pueden haber tenido una relación laboral
“u otro tipo de experiencia profesional” por un período superior
a tres meses “en la misma actividad”( = “ninguna o muy escasa
experiencia laboral”.
Se excluyen de este supuesto las prácticas incorporadas en las
diferentes titulaciones y certificados, mientras que quedan fuera
de toda la norma las prácticas académicas externas de los
estudiantes, curriculares o extracurriculares, que se regularán
por su normativa específica.
Caritas española. Encuentro confederal de empleo.
28.11.2011. 91
e) La finalidad de la práctica, en una línea teórica semejante a la
prevista en el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje,
con la diferencia obligada de la titulación del sujeto trabajador, es
mejorar su empleabilidad, posibilitando “un primer contacto con la
realidad laboral” (aunque no necesariamente ha de ser un primer
contacto porque puede haber trabajado ya con anterioridad) y
completando su formación.
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28.11.2011. 92
f) El joven percibirá una “beca de apoyo” de la empresa o grupo
empresarial para el que realice la actividad formativa, en cuantía
mínima del 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos
Múltiples (IPREM) vigente en cada momento.
G) Inclusión en el RGSS. Aplicación del Real Decreto
1493/2011, de 24 de octubre (personas que participen en
programas de formación).
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28.11.2011. 93
Como hemos podido comprobar, el Derecho del Trabajo y
de la Seguridad Social ha cambiado mucho en España
desde junio de 2010.
¿Seguirá cambiando tras el 20-N? ¿Seguirá la “fiebre
legislativa” del viernes por la mañana? Es muy probable.
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Repasemos ahora las propuestas electorales del Partido Popular
en materia laboral. “Empleo seguro y flexible para
todos”. ¿Habrá diferencia entre las propuestas y las reformas
que se lleven a cabo?
http://bit.ly/sVAyla
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1. “Pondremos en marcha una reforma integral del mercado de
trabajo que dé respuesta al drama social sin precedentes que
representa un país con cinco millones de parados. Esta reforma
integral supondrá un cambio coherente y coordinado de la
contratación, la negociación colectiva, el sistema de relaciones
laborales, la formación orientada al empleo y la intermediación”.
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2. “Simplificaremos la tipología de contratos
laborales para reducir la temporalidad y dar
expectativas de estabilidad, flexibilidad y seguridad
a todos los trabajadores y empresas”.
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3. “Reformaremos la estructura y contenidos de la negociación
colectiva de modo que cada materia se negocie en un ámbito
territorial o sectorial óptimo para asegurar la competitividad
económica, la sostenibilidad del empleo y la unidad de mercado.
Tendrán prevalencia en cuestiones salariales y condiciones de
trabajo los convenios o acuerdos de empresa que pacten los
empresarios y los trabajadores”.
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4. “Aprobaremos un apoyo fiscal, por importe de 3.000 euros, por
la contratación del primer trabajador que no tenga la condición de
socio de una empresa de nueva creación. Bonificaremos las
cotizaciones sociales para los autónomos empresarios que
contraten su primer trabajador no socio”.
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5. “Instauraremos una nueva modalidad de formación
profesional de carácter dual, que permita a los jóvenes
desempeñar dentro del proceso formativo su primera
experiencia laboral Impulsaremos un ambicioso
programa de becas-salario”.
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6. “Recuperaremos la formación como primera política activa de
empleo. Mejoraremos el ajuste de la formación proporcionada a los
desempleados a las necesidades del mercado de trabajo.
Aprovecharemos todas las oportunidades tecnológicas para
favorecer la formación profesional a distancia y de forma específica
de los certificados de profesionalidad. Adaptaremos la oferta a las
necesidades de las personas con discapacidad”.
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7. “Haremos efectivo el derecho individual a la formación
permanente y la recualificación de los trabajadores a lo largo de
toda su vida laboral mediante la implantación de un bono
formación, la apertura de la oferta formativa y la evaluación
rigurosa de la efectividad de las políticas activas de empleo”.
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8. “Favoreceremos una inmigración legal, ordenada y vinculada al
empleo, acabando con las regularizaciones masivas. Lucharemos
contra las mafias y el tráfico de personas. Garantizaremos siempre
el respeto a los derechos humanos y a la dignidad de las personas
con independencia de su situación legal o administrativa”.
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28.11.2011. 103
Muchas gracias por su atención y paciencia. Mucho ánimo con
su trabajo.
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@erojotorrecilla Sígueme en twitter
http://paper.li/erojotorrecilla/1312965985 (El diario de
Eduardo Rojo).
http://www.slideshare.net/erojotorrecilla/
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