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Expositor: Rodríguez, José/ I Taller sobre Procedimiento Ordinario Minero01/06/2011
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Abogado José Rodríguez Ramírez
Dirección de Concesiones Mineras
PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERO
INDICE
I. Marco Normativo
II. Concesión Minera
III. Procedimiento Ordinario Minero
I. MARCO NORMATIVO
� Constitución Política del Perú.
� Ley N° 26821 “Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursosnaturales”.
� Decreto Supremo N° 014-92-EM “Texto Único Ordenado de la Ley General deMinería”.
� Decreto Supremo N° 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”.
� Decreto Supremo N° 03-94-EM “Reglamento de Diversos Títulos del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley General de Minería”.
5Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
�Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.
�El Estado es soberano en su aprovechamiento.
�Por Ley Orgánica, se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento aparticulares.
CONSTITUCION POLÍTICA DEL PERU
6Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
CONCESION
Es un acto administrativo que otorga un derecho real sobre un bien de dominiopúblico, respecto del cual el Estado ejerce soberanía.
Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales
ATRIBUTOS
� Otorga a su titular el derecho de uso y disfrute del recurso natural concedido.� Otorga la propiedad de los frutos y productos a extraerse.� Son irrevocables en tanto el titular cumpla las obligaciones que esta Ley o la
legislación especial exijan para mantener su vigencia.� Las concesiones son bienes incorporales registrables.� Las concesiones se pueden disponer, hipotecar, ceder y reinvindicar.
Art. 23, Ley 26821.
7Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
Recursos Minerales
Todos los recursos minerales del suelo ydel subsuelo del territorio nacional, asícomo del dominio marítimo, pertenecenal Estado.
El aprovechamiento de los recursosminerales se realiza mediante el régimende concesiones.
Texto Único Ordenado de la Ley General de MineríaDecreto Supremo N° 014-92-EM
8Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
• Exploración• Explotación• Beneficio• Transporte• Labor General
Libre
Concesión
Libre
• Cateo• Prospección
• Comercialización
ACTIVIDADES MINERAS
9Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
CODIGO CIVIL
Las concesiones mineras son bienes inmuebles.
La propiedad del predio o terreno de un tercero, nocomprende los yacimientos mineros que podríanexistir en el suelo y subsuelo, los cuales se otorganmediante la concesión minera.
LEY GENERAL DE MINERÍA
Acto administrativo por medio de cual el Estadootorga a un particular el derecho de explorar yexplotar los recursos minerales concedidos dentro deun área determinada por coordenadas UniversalTransversal Mercator (UTM).
II. CONCESIÓN MINERA
10Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
La concesión minera es un biendistinto y separado del prediodonde se encuentra ubicada.
Las concesiones mineras se otorganpor sustancias metálicas y nometálicas, de 100 a 1,000 hectáreasen dominio terrestre y de 100 a10,000 hectáreas en dominiomarítimo.
11Instituto Geológico Minero y Metalúrgico
Dirección de Concesiones Mineras
III. PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERODecreto Supremo N° 014-92-EM - Decreto Supremo N° 018-92-EM
INFORMETECNICO
INFORMETECNICO
INSCRIPCION(opcional-usuario)
1. 7 días para revisar el petitorio y notificar carteles.2. 30 días hábiles para publicar y 60 días calendarios para presentar.3. 30 días para éstos informes 4. 5 días para remitir al PCD del INGEMMET o Gobierno Regional*.
(Art. 21 D.S. N° 018-92-EM)5. No menor de 30 días calendarios desde la última publicación.6. Primeros 15 días del mes siguiente.7. Al quedar consentido el título (15 días de publicación)
7INFORME
LEGAL
1PETITORIO(SOLICITUD)
PUBLICACIONDe Título
TITULO CONCESION
ELEVESECON PROYECTO DETITULO-PCD INGEMMET- GOB. REGIONAL (*)
3PUBLICACIONES
DE CARTELES DIARIO EL PERUANOY DIARIO LOCAL
INFORMELEGAL
4 5 62
PROCESO DECONSULTA
COMPETENCIA
DOS CONDICIONES PARA SERCOMPETENTE:
� Por ubicación del derecho minero.
� Por condición del peticionario.� Régimen General - INGEMMET
� PMP / PMA (vigente) - GobiernoRegional
Art. 12, D.S. 018-92-EM
Competencia
Requisitos de la solicitud de concesión minera
Datos del Petitorio:
Nombre
Sustancia
Demarcación
Carta Nacional
Zona Geográfica
EscalaCoordenadas UTM referidos al Datum PSAD56
Datos del Solicitante:
Denominación Social (persona
jurídica)
Datos de inscripción
Datos del representante
Nombre (persona natural)
Nacionalidad
DNI / Carné Extranjería
Estado Civil
RUC
Nombre y nacionalidad cónyuge
Domicilio
Firma
Declaración Jurada de Compromiso Previo del Peticionario
Datos del Apoderado Común:
Nombres
Apellido Paterno
Apellido Materno
Domicilio
Nacionalidad
DNI / Carné Extranjería
RUC
Firma
Régimen a adoptar:
Sociedad Contractual
Sociedad legal (SMRL)
DERECHO DE TRAMITE
Pago equivalente al 10% de una Unidad ImpositivaTributaria.
Pago con el cual se solventa los gastos en que incurre laAdministración para la tramitación del petitorio minero.
Su omisión al presentarse la solicitud constituye causalde rechazo del petitorio minero.
El pago parcial puede ser subsanado en el plazo de 10días hábiles, bajo apercibimiento de rechazo delpetitorio minero.
DERECHO DE VIGENCIA
Pago equivalente a $3 RG, $1 PPM y $0.5 PMA dólares por hectárea solicitada.
Su omisión al presentarse la solicitud constituye causalde rechazo del petitorio minero.
El pago parcial en dólares no puede ser subsanado.
El pago parcial en moneda nacional sólo puede ser
subsanado si no es inferior al 97% del pago total.
Los petitorios que adolezcan de alguna omisión, podrán ser subsanados dentrode los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la omisión.
Ejemplos:
Subsanación de Requisitos
� Domicilio � RUC � D.N.I.� Estado Civil
Art. 15, D.S. 018-92-EM
Serán rechazados, los petitorios mineros en los que:
a. Se haya omitido cualquiera de los recibos originales de pago del derecho devigencia y/o derecho de trámite.
b. El pago en soles por derecho de vigencia, sea menor al límite inferior regulado en el artículo 74 del Decreto Supremo Nº 003-94-EM.
c. El pago en dólares americanos por derecho de vigencia, se haya efectuado en forma incompleta.
Art. 14 A, D.S. 018-92-EM
Rechazo
Serán declarados inadmisibles, cuando:
a. No consigna las coordenadas U.T.M. del áreasolicitada.
b. No se identificó correctamente las cuadrículaspor error en las coordenadas U.T.M.
c. No se identificó correctamente el área deacuerdo al Art. 12 de la Ley del Catastro MineroNacional, por error en las coordenadas U.T.M.
d. Exista falta de colindancia por un lado dentrodel conjunto de cuadrículas solicitadas.
Inadmisible
e. Se exceda el área máxima establecida por la Ley.
f. El petitorio se ha formulado sin cumplir con loestablecido por los artículos 65 y 68 de la Ley.
g. Sean peticionados por extranjeros en zona de fronteracuya solicitud sea expresamente desaprobada o que,transcurridos seis (6) meses de dicha solicitud, seacojan al silencio negativo y consideren su solicitudcomo denegada y consentida.
h. Sean formulados en Áreas de no Admisión deDenuncios o Petitorios Mineros.
i. Estén incursos en la causal prevista en el artículo 3 delDecreto Supremo Nº 008-2002-EM.
j. Sean peticionados ante autoridad nacional o regionalno competente.
Art. 14 B, D.S. 018-92-EM
Si durante la tramitación de unpetitorio minero se advirtiese que sesuperpone totalmente sobre otroanterior, será cancelado el pedimentoposterior y archivado su expediente.
Art. 114, D.S. 014-92-EM
Cancelación
Si la superposición es parcial, el nuevopeticionario deberá reducir supedimento respetando el área de laconcesión minera anterior.
La reducción deberá efectuarse,dentro de los 30 días siguientes a lanotificación de la resolución.
Art. 114, D.S. 014-92-EM
Reducción
CUADRICULATOTALMENTESUPERPUESTADERECHO
PRIORITARIO
DERECHOPOSTERIOR
DERECHOREDUCIDO
Ejemplo:
CUADRICULA
TOTALMENTE
SUPERPUESTA
DERECHO
POSTERIOR
DERECHO
PRIORITARIO
DERECHO
REDUCIDO
La autoridad minera podrá disponer elfraccionamiento de los petitorioscuando exista superposición en algunade las cuadrículas que quiebre lacolindancia por un lado del conjuntode cuadrículas peticionadas, o cuandose renunciara a una o máscuadrículas, que quiebren igualmenteel conjunto de cuadrículas.
Art. 9, D.S. 03-94-EM
Fraccionamiento
� Diario Oficial El Peruano.
� Diario Local.
Art. 19, D.S. 018-92-EM
Publicaciones
PLAZOS PARA PUBLICAR
� 30 días hábiles.
ADVERTENCIA
� Notificación a los titulares deconcesiones mineras anteriores.
ENTREGA DE PUBLICACIONES
� 60) días naturales siguientes a la fecha de publicación.
Art. 20, D.S. 018-92-EM
Oposición
INFORMETECNICO
INFORMETECNICO
1. Se corre traslado por 7 días2. Actuación de las pruebas en 30 días 3. Se emiten los informes técnico y legal4. Se resuelve oposición dentro de 30 días5. Se emiten los informes técnico y legal luego de 15 días de resuelta
la oposición (consentimiento).
INFORMELEGAL
3PRUEBA
TITULODE
CONCESIONMINERA
5RESOLUCION
DEPRESIDENCIA
INFORMELEGAL
42
PUBLICACIONES
1
TRASLADO
PROCESO DE CONSULTA
Dentro de los treinta (30) días hábilessiguientes a la recepción de lapublicación de los avisos, de nomediar oposición, la Dirección deConcesiones Mineras emitirá losdictámenes técnico y legalcorrespondientes.
Art. 21, D.S. 018-92-EM
Informe Técnico y Legal
Se otorgará el título de laconcesión minera, no antes detreinta (30) días calendario deefectuada la última publicación.
Art. 21, D.S. 018-92-EM
PUBLICACIÓN
Dentro de los primeros 15 díasde cada mes, se publicará larelación de las concesionesmineras cuyos títulos fueronotorgados en el mes anterior.
Art. 24, D.S. 018-92-EM
TÍTULO DE CONCESION MINERA
RECURSO DE REVISION
Contra la Resolución que otorga el título de laconcesión minera podrá interponerse recursode revisión ante el Consejo de Minería, dentrode los 15 días hábiles siguientes a la fecha depublicación.
CONSTANCIA DE CONSENTIMIENTO
Vencido dicho plazo sin que medieimpugnación, la UADA del INGEMMETextenderá un certificado indicando que el títulono ha sido impugnado.
Art. 25, D.S. Nº 018-92-EM
INSCRIPCION - SUNARP
Próxima capacitación:
Procedimientos Especiales