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INSTITUCIÓN EDUCATIVA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CIUDAD DORADA CIUDAD DORADA APROBADA RESOLUCIÓN Nº 318 DEL 19 DE JUNIO DE 1999 TELEFONO 7486033 E-Mail [email protected] MANUAL DE CONVIVENCIA MANUAL DE CONVIVENCIA 1

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CIUDAD DORADACIUDAD DORADA

APROBADA RESOLUCIÓN Nº 318 DEL 19 DE JUNIO DE 1999

TELEFONO 7486033 E-Mail [email protected]

MANUAL DE CONVIVENCIAMANUAL DE CONVIVENCIA

ARMENIA - AÑO 2011

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA CIUDAD DORADA

APROBADA RESOLUCIÓN Nº 318 DEL 19 DE JUNIO DE 1999

TELEFONO 7486033 E-Mail [email protected]

ARMENIA – QUINDÍO

RESOLUCIÓN No. ___ DE 2010

(Junio 10 de 2010)

Por medio de la cual se aprueba y adopta el Manual de Convivencia para la

Institución Educativa Ciudad Dorada del Municipio de Armenia.

EL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CIUDAD DORADA En uso de sus

facultades legales conferidas en la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y demás

normas vigentes y,

C O N S I D E R A N D O :

Que el buen ambiente escolar de toda institución educativa requiere de normas, que

sin lesionar la dignidad de las personas encaucen su comportamiento por caminos

de honestidad y respeto por los derechos propios y de los demás.

Que los deberes y derechos de los miembros de la comunidad educativa Doradista

deben estar consignados en forma clara y precisa en un documento único de fácil

comprensión y obligatorio cumplimiento, que de acuerdo con la Ley debe

denominarse MANUAL DE CONVIVENCIA.

Que el MANUAL DE CONVIVENCIA fue elaborado con base en los principios

filosóficos, directrices pedagógicas y fundamentos legales, elementos estos

contenidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de febrero de 1994, el

Decreto 1860 de agosto 5 de 1994, el Decreto Extraordinario 2277 de 1979 o

Estatuto Docente y decreto 1278 de Junio 19 de 2002 y su Decreto Reglamentario

2480 de julio 31 de 1986 y la Resolución 096 de enero 30 de 1951, el decreto 1290

de 2009, la ley 1098 de la infancia y la adolescencia de 2006, y demás disposiciones

legales vigentes.

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Dicha aprobación se hace después de los ajustes realizados y aprobados con la

Comunidad Educativa y el Consejo Directivo anterior a la vigencia del presente, el

cual debió revisarse para ajustarlo al contexto actual, para lo cual se siguió el

procedimiento señalado en las normas vigentes.

Que es deber de las autoridades educativas del plantel velar permanentemente por

la buena marcha de la Institución Educativa.

R E S U E L V E :

ARTICULO 1. Aprobar y adoptar, como en efecto se hace, el presente MANUAL DE

CONVIVENCIA para la Institución Educativa Ciudad Dorada de la ciudad de

Armenia.

ARTICULO 2 . Las normas contenidas en el Manual de Convivencia que por medio

de la presente Resolución se adoptan, son de obligatorio cumplimiento por los

miembros de la comunidad educativa.

ARTICULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y

deroga las normas que le sean contrarias.

COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Armenia Quindío, el 10 de Junio de 2010.

___________________________________

OSCAR ELIÉCER BAÑOL VARGAS

Rector Institución Educativa Ciudad Dorada

Presidente Consejo Directivo

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INDICE

1. PRESENTACIÓN

2. NORMATIVIDAD

3. JUSTIFICACIÓN

4. PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS INSTITUCIONALES

4.1. VALORES

5. PERFILES INSTITUCIONALES

5.1. PERFIL DEL DOCENTE DORADISTA

5.2. PERFIL DEL ESTUDIANTE DORADISTA

5.3. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA DORADISTA

5.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DORADISTA

6. INGRESO Y RETIRO DE ESTUDIANTES

7. UNIFORME ESCOLAR

8. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

8.1. MARCO LEGAL

8.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991

8.1.2. LEY 1098 O CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

8.2. MARCO INSTITUCIONAL

9. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

9.1. SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

9.2. MARCO INSTITUCIONAL

10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL PROCESO FORMATIVO

DE SUS HIJOS

10.1. MARCO LEGAL

10.2. MARCO INSTITUCIONAL

11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

12. DERECHOS DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

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Page 5: Manual

13. DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

14. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

15. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

16. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LAS AULAS DE TECNOLOGIA E

INFORMATICA.

16.1. SALA DE TECNOLOGIA

16.1.1. FUNCIONES DE LA PERSONA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN

DEL AULA DE TECNOLOGIA

16.1.2. NORMAS DE LOS USUARIOS DEL AULA DE TECNOLOGIA

16.1.3. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE TECNOLOGIA

16.2. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE INFORMATICA

16.3. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

16.3.1. PRÉSTAMOS DE LIBROS

16.3.2. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA

16.3.3. SERVICIO DE BIBLIOBANCO

16.3.4. COLECCIONES DE REFERENCIA

16.3.5. RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN DE LOS LIBROS

16.3.6. PÉRDIDA O DAÑO DE LIBROS

17. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS

17.1. FALTAS LEVES

17.2. FALTAS GRAVES

17.3. FALTAS GRAVÍSIMAS

18. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LOS DISTINTOS TIPOS DE FALTAS

18.1. FALTAS LEVES

18.1.1. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

18.1.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS LEVES

18.2. FALTAS GRAVES

18.2.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVES

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Page 6: Manual

18.3. FALTAS GRAVÍSIMAS

18.3.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVISIMAS

19. DERECHO A LA DEFENSA. DECRETO 01 DE ENERO 02 DE 1984. CÓDIGO

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

20. PROHIBICIONES INSTITUCIONALES

21. COMITÉ DE CONVIVENCIA

22. GOBIERNO ESCOLAR

23. DISPOSICIONES GENERALES, ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL PERSONERO

ESTUDIANTIL

24. ORGANIZACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA

24.1. LA ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA

24.2. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

24.3. LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

25. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL RESTAURANTE ESCOLAR

26. SEGURO ESTUDIANTIL

27. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION ESCOLAR

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1. PRESENTACIÓN.

El presente manual de convivencia es la carta normativa de la institución educativa

Ciudad Dorada de Armenia. Es un instrumento que compendia lo sustancial con

relación a los estudiantes y a la institución, para que en la práctica permita mejorar la

convivencia en todos los estamentos institucionales. El Manual de Convivencia de

nuestra institución busca crear las condiciones normativas para el óptimo desarrollo

de la Misión y la Visión institucional, lo cual implica promover relaciones respetuosas

entre las diferentes personas que conforman la comunidad escolar, como base para

lograr una convivencia armónica.

En consecuencia, el reglamento o manual de convivencia es el compendio de lo

sustancial en materia de los derechos y deberes acordados por todos los estamentos

de la institución, para la convivencia pacífica y armónica y que genere procesos

dinámicos de cambio y mejoramiento en los valores humanos fundamentales para

poder educar con miras a mejor los ambientes escolares y el crecimiento del ser

humano en todas sus dimensiones.

2. NORMATIVIDAD.

La constitución política de Colombia del 1991.

Ley general de la educación de 1994. Artículo 73 y 87.

Decreto 1860 de 1994. Artículo 17.

Ley 1098 de 2006 o Código de la infancia y la adolescencia. Artículos 3, 4, 5,

6, 7, 9, 10,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 25, 26, 29, 30, 31m, 32, 33,

34, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52,53, 54, 55.

Decreto 1290 del 2009. Artículos 12, 13, 14, 15.

Ley 1259 del 2008. Comparendo ambiental

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3. JUSTIFICACIÓN

El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Ciudad Dorada está constituido

por un conjunto de normas y procedimientos bien definidos que tienden a orientar el

comportamiento de los estudiantes dentro y fuera de la institución,

comprometiéndose así con su propio desarrollo como persona y haciéndose

merecedor al respeto de sus derechos y al estímulo de sus deberes.

La educación para la paz y la convivencia en el contexto de la escuela es una

prioridad para el municipio de Armenia, porque ésta tiene una responsabilidad

ineludible en la formación de ciudadanos capaces de ejercer la democracia, respetar

los derechos humanos y relacionarse entre sí de manera constructiva.

• El manual de convivencia es una carta de creación de ambientes de convivencia;

concertado y aceptado por las partes,

• Se parte de la esencia de la ley; la preservación de lo colectivo sobre lo individual.

• La violencia es la principal causa de muerte y el origen de innumerables lesiones

físicas y psicológicas que menoscaban la integridad de las personas

• La convivencia pacífica es una manera de vivir que exige aprender a practicarla

puesto que, cualquier otra manera de vivir, es un resultado del aprendizaje

• Es necesario educar para cualificar y mejorar las relaciones sociales y humanas,

para vivir en armonía y poder resolver pacíficamente los conflictos que se generen

en la institución.

• Una de las funciones primordiales de la escuela de hoy es la de enseñar a vivir

juntos en armonía y a convivir con base en el respeto a las diferencias y a los

derechos de los demás.

• Se respetan los derechos, pero se exigen los deberes.

La justificación del presente Manual se basa en la necesidad que tenemos de educar

integralmente a los jóvenes de hoy, con base en unos principios y valores que

contribuyen a la formación de una sociedad más justa y equitativa. En consecuencia,

este Manual es un instrumento de apoyo institucional que contiene las reglas y

procedimientos que ayudarán a formar a hombres y mujeres del futuro con sólidos

valores como: la Responsabilidad, la Justicia, la Libertad y el Respeto mutuo. A la

luz de la normatividad legal vigente como lo es la Constitución Política de Colombia,

El Código de Infancia y adolescencia entre otros.

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4. PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS INSTITUCIONALES.

Establecidos en el Código de Ética, aprobado mediante resolución número

1. Cuidar y respetar la vida en todas las formas como un imperativo.

2. Reconocer la prevalencia del interés general sobre el particular.

3. Sus actuaciones se enmarcan en el cumplimiento de la normatividad vigente.

4. Reconocer que los bienes públicos son sagrados y se deben ejecutar de Manera

clara y transparente.

5. El principal activo del Municipio de Armenia es su talento humano.

6. Buscar permanentemente satisfacer las necesidades y expectativas de las partes

interesadas.

7. Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.

8. Revisar permanentemente sus actuaciones para detectar desviaciones o

Ineficiencias y corregirlas oportunamente.

9. Otorgar a todas las personas un trato amable, cordial, ecuánime, oportuno y con

calidad.

10. Rendir cuentas a la comunidad sobre los resultados de la gestión.

4.1. VALORES

1. Respeto: Aceptar las opiniones y actitudes del otro, asumiendo un trato amable y

cordial.

2. Responsabilidad: Ser responsable es asumir las consecuencias de nuestras

acciones y decisiones. Realizar nuestros actos de acuerdo con una noción de justicia

y de cumplimiento del deber en todos los sentidos.

3. Compromiso: Hacer el trabajo pensando siempre en el desarrollo de la

Administración Municipal, aplicando nuestras capacidades y conocimientos en

beneficio de los grupos de interés.

4. Solidaridad: Participación permanente en procura de contribuir con la realización

de objetivos y propósitos de nuestra entidad y equipos de trabajo.

5. Honestidad: La persona honesta busca con ahínco lo recto, lo honrado, lo

razonable y lo justo; no pretende jamás aprovecharse de la confianza, la inocencia o

la ignorancia de otros. Su forma de vivir es congruente entre lo que se piensa y la

conducta que se observa hacia los grupos de interés, que junto a la justicia, exige en

dar a cada quien lo que le es establecido.

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6. Transparencia: Es actuar con objetividad, rectitud, claridad y decoro, sin asomo

de duda, dando ejemplo de rectitud ante los demás servidores públicos y ante los

equipos de interés.

7. Tolerancia: Tener la capacidad de mantener la armonía en los diferentes estados

de ánimo, aceptar, concertar con los demás, respetando su diversidad cultural y de

pensamiento. Acepta la posibilidad de los errores personales y de los otros, de las

equivocaciones propias y de los demás.

8. Justicia: Es actuar con equidad, tomar decisiones acertadas regidas por principios

de igualdad, éticos, objetivos equilibrados y con celeridad para buscar el beneficio

general.

9. Amistad: La amistad es un vínculo que nos proporciona la posibilidad de

compartir experiencias, conocimientos y sentimientos. Los lazos de amistad se

potencian recíprocamente y  no puede existir por separado. La realidad de la amistad

es dual. Implica  la existencia de al menos dos personas.

 10. Amor: El valor del amor es tener como ideal el bien común, el perfeccionamiento

propio y el de los demás. El amor como una fuente de actitudes éticas que pueden

ayudar a conocernos, conocer a los demás y conocer cómo funciona el mundo.

5. PERFILES INSTITUCIONALES

5.1. PERFIL DEL DOCENTE DORADISTA

1. Dinamizador del conocimiento , habilidades destrezas actitudes y valores de

cada uno de los proyectos trasversales establecidos institucionalmente para

lograr así un verdadero desarrollo integral del educando.(formación humana.

Ecológica, académica y social).

2. Líder responsable del ordenamiento del plan de estudio (lineamientos

curriculares, metodologías de área competencias, estándares y evaluación de

desempeños) asumiendo el compromiso de actuar con profesionalismo y calidad.

3. Docente permanentemente actualizado en los conocimientos, experiencias,

innovaciones o investigaciones para contribuir con el desarrollo y mejoramiento

de la institución y así lograr las metas y objetivos propuestos.

4. Transformador del aula de clase en un verdadero laboratorio humano de

reflexión, investigación e innovación, de tal manera que la sistematización por

escrito de sus experiencias se convierta en verdaderas memorias de

mejoramiento para la comunidad académica a nivel local, regional y nacional.

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5. Modelo de responsabilidad, motivación, compromiso, liderazgo y amor por su

profesión, recordando que no se educa sólo con palabras si no con actitud y

con ejemplo de vida.

5.2. PERFIL DEL ESTUDIANTE DORADISTA

1. Persona con identidad y sentido de pertenencia, comprometida con los procesos

y responsabilidades frente a la institución

2. Respetuoso hacia la comunidad educativa y su entorno

3. Un ser con criterios de vida, de valores de desarrollo espiritual comprometido

consigo mismo y con su entorno familiar, en permanente compromiso para

mejorar su proyecto de vida.

4. Persona comprometida y responsable con la conservación del medio ambiente y

la preservación de la vida en todas sus manifestaciones.

5. Persona comprometida con su proceso de formación y aprendizaje significativo.

6. Persona propositiva y asertiva en sus procesos de comunicación.

7. Persona alegre, dinámica y creativa en sus procesos de socialización y

convivencia.

5.3. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA DORADISTA

1. Persona que acompaña permanentemente a sus hijos en el proceso educativo

2. Personas de buen comportamiento.

3. Comprometidos en los diferentes estamentos institucionales fortaleciéndolos

con ideas y propuestas.

4. Persona comprometida con la conservación del medio ambiente y la

preservación de la vida en todas sus manifestaciones.

5. Personas que conviven en ambientes donde se fomenten los valores y el

respeto por el medio ambiente.

6. Persona solidaria con los procesos educativos y proyectos institucionales.

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5.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DORADISTA

1. Persona comprometida con proyecto educativo Institucional, como un deber

inherente al desempeño de sus funciones dentro de los límites del precepto

constitucional de la autonomía.

2. Persona líder en la elaboración y realización de mejoras en la calidad de la

enseñanza, en la investigación pedagógica y en el desarrollo y divulgación de

métodos y técnicas para el ejercicio más adecuado de nuestra actividad

educativa, con objeto de conseguir los más elevados niveles de eficiencia.

3. Promover actividades extraescolares, preparándolas y realizándolas con plena

responsabilidad, y siempre con las debidas garantías jurídico administrativas.

4. Persona con características humanísticas para tomar decisiones frente a su

labor académica y administrativa.

5. Persona con capacidad de gestión de proyectos tanto internos como externos en

mejora de la calidad educativa.

6. INGRESO Y RETIRO DE ESTUDIANTES

Podrán ser matriculados como estudiantes de la Institución Educativa Ciudad

Dorada, todos los niños, niñas , jóvenes en edad preescolar, escolar y adultos

quienes hayan cumplido todos los requisitos que para matricularse, exige el sistema

educativo colombiano y habiendo cupo en la Institución, acepten junto con sus

acudientes, la propuesta educativa que ofrece el P.E.I del colegio y se comprometan

al fiel cumplimiento de los fines institucionales, nacionales de la educación y a la

cabal ejecución y ejercicio del Proyecto Curricular del plantel. Para el caso de la

jornada diurna (mañana y tarde) en el momento de la matrícula deberán estar

presentes el estudiante y su acudiente para registrar sus firmas.

La matricula es el acto jurídico mediante el cual se formaliza la vinculación del

educando con la Institución y se protocoliza con las firmas del estudiante y su

acudiente, y el rector y secretario(a) del plantel. Serán matrículas ordinarias las

realizadas en el calendario propuesto por la Secretaria de Educación de Armenia,

para los estudiantes que llegan por primera vez, o que habiéndose retirado, regresan

nuevamente a la Institución. Son de transferencia aquellos estudiantes que están

previamente matriculados en otros planteles en el mismo año lectivo y hagan la

respectiva solicitud; éstas se podrán realizar a través de todo el año escolar. Es

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acudiente, el mayor de edad que firma el acta de matrícula o el mayor a quien este le

conceda expresamente y por escrito tal derecho. Esta autorización se consignará,

en la respectiva acta de matrícula.

Tendrán derecho a renovar matrícula los alumnos matriculados que no hayan sido

reprobados por segunda vez en el mismo grado

Son requisitos para tener derecho a la matrícula:

1. Liberación o retiro en el SIMAT de la institución de procedencia, cuando el alumno

ya se encuentra registrado en el Sistema Nacional de Matriculas del Ministerio de

Educación Nacional.

2. Registro Civil de Nacimiento alumno entre los 5 y 6 años, tarjeta de identidad

entre los 7 y 17 años, cédula de ciudadanía de los 18 años en adelante.

3. Para los estudiantes del grado transición deben tener cinco años cumplidos o para

cumplir hasta 31 de marzo del año lectivo a cursar.

4. Para los estudiantes de grado primero a grado quinto, boletín de informes

académicos.

5. Para estudiantes de grado sexto a grado once, registro escolar de valoración de

los años anteriores en el que se matricula; para los educandos nuevos, además,

certificados desde el grado 5º.

6. Para las matrículas en las jornadas nocturna y sabatina se tendrá en cuenta los

requisitos planteados en el decreto 3011 de 1997

7. Una (1) fotografía.

8. Presentarse acudiente y estudiante para el acto de la matrícula.

9. Pagar servicios complementarios.

10. El pago de la Asociación de padres de Familia será voluntaria.

Para la renovación de matrícula se requiere cumplir con los siguientes requisitos:

1. Presentar Paz y salvo de la Institución,

2. Presentar el boletín académico del año inmediatamente anterior.

3. Una (1) fotografía.

4. Pagar por concepto de servicios complementarios, de acuerdo a lo establecido

por la secretaría de educación municipal, teniendo en cuenta las excepciones.

5. Presentarse acudiente y estudiante para el acto de la matrícula.

Cuando el alumno no vuelva al colegio sin que le sea cancelada la matrícula, por su

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acudiente, cuando complete la cuarta parte del total de ausencias a las actividades

curriculares el Consejo Directivo podrá cancelar la matrícula. No obstante, si

teniendo este o mayor número de faltas, y el estudiante demuestra haber alcanzado

los logros propuestos el Comité de Evaluación-Promoción puede a su consideración,

promover al estudiante al grado siguiente.

La Institución Educativa Ciudad Dorada no podrá imponer ni cobrar cuotas a sus

estudiantes, ni acudientes, ni hacer ningún tipo de rifas. No obstante, no se opondrá

a rifas o cuotas voluntarias que mediante acta firmada por quienes en ella

intervienen, decidan realizar los acudientes por intermedio y con autorización de la

Asociación de Padres de Familia, actas, en los que la intervención del colegio solo

podrá ser de supervisión.

La cancelación de matricula es el acto oficial por medio del cual se desvincula a un

estudiante del colegio y sólo podrá ocurrir en estos casos: Cuando por decisión

unilateral del acudiente éste lo determine, o cuando por manifiesto o reiterado

incumplimiento a la normatividad de la Institución, o faltas de especial gravedad del

estudiante, o acudiente, contra la Comunidad Educativa y sus reglamentos, lo

decidirá el Consejo Directivo del establecimiento, mediante resolución emitida por el

Rector. En el primer caso el estudiante tendrá derecho a recuperar su cupo, más por

ningún motivo en el segundo caso. En ambos casos se registrará en el respectivo

folio de la matrícula la causa de la cancelación. En el acto de cancelación de

matrícula, el estudiante y su acudiente, deberán estar a Paz y salvo por todo

concepto con el colegio.

7. UNIFORME ESCOLAR

En la institución educativa se tiene el uso de dos uniformes para los educandos de la

Jornada Diurna (A y B):

1. Uniforme de diario.

2. Uniforme de Educación Física.

El uniforme de diario consta de las siguientes prendas:

Mujeres:

Falda tradicional de la institución de matices café en cuadros.

Camibuso blanco con el escudo de la Institución en el lado izquierdo.

Medias blancas 3/4.

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Page 15: Manual

Zapatilla café.

Hombres:

Pantalón verde oliva.

Camibuso blanco con el escudo de la Institución en el lado izquierdo.

Medias blancas.

Zapatillas negras o tenis negros sin ningún adorno.

En el caso de los niños y niñas de educación básica primaria que obtengan el

beneficio del uniforme de diario por parte de la administración municipal, podrán

asistir a la institución con él.

El uniforme de Educación Física consta de las siguientes prendas de manera

general tanto para las mujeres como para los hombres:

Sudadera verde.

Buso blanco con el escudo de la institución.

Medias blancas.

Pantaloneta verde.

Tenis blancos.

8. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

En general serán derechos de los estudiantes los consagrados en la Constitución

política de Colombia, en los códigos y leyes vigentes, particularmente en la ley de

infancia y adolescencia 1098 del 8 de Noviembre de 2006, en la ley 115 del 8 de

Febrero de 1994, o ley general de educación, en todos sus decretos reglamentarios y

lineamientos curriculares, sin discriminación alguna por razones de raza, color, sexo,

idioma, religión opinión política o filosófica o cualquier otra condición suya, de sus

padres o de sus representantes.

8.1. MARCO LEGAL

8.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991

Derecho a la cultura, Art 44

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Page 16: Manual

Derecho a la defensa, Art 29

Derecho a la educación, Art 67

Derecho a la honra, Art 21

Derecho a la igualdad, Art 13,

Derecho a la integridad física, Art 12

Derecho a la intimidad personal, Art 15

Derecho a la libertad de comunicación, Art 20

Derecho a la libertad de información, Art 20

Derecho a la libertad religiosa, Art 19

Derecho a la paz, Art 67

Derecho a la práctica del deporte, Art 52

Derecho a la protección, Art 45

Derecho a un ambiente sano, Art 79

Derecho al libre desarrollo de la personalidad, Art 16

Derecho a ser elegido y poder elegir, Art 40 N°1

8.1.2. LEY 1098 O CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

Derecho a la vida y a la calidad de vida y un ambiente sano, Art 17

Derecho a la integridad personal, Art 18

Derechos de protección, Art 20

Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella, Art 22

Derecho a la custodia y cuidado personal, Art 23

Derecho a la identidad, Art 25

Derecho al debido proceso, Art 26

Derecho a la educación, Art 28

Derecho al desarrollo integral en la primera infancia, Art 29

Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes, Art 30

Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes, Art 31

Derecho a la asociación y reunión, Art 32

Derecho a la intimidad, Art 33

Derecho a la información, Art 34

Derechos de los niños, niñas y los adolescentes con discapacidad (física, cognitiva,

sensorial y mental), Art 36

Derecho a libertades fundamentales, Art 37

Obligaciones especiales de la institución educativa, Art 42

Obligación ética fundamental de la institución educativa, Art 43

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Page 17: Manual

Obligaciones complementarias de las instituciones educativas, Art 44

Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes, Art 45

8.2. MARCO INSTITUCIONAL

1. Ser matriculados en la Institución Educativa Ciudad Dorada previo cumplimiento

de los requisitos legales, y permanecer en él mismo mientras cumpla con la

normatividad establecida en el manual de convivencia.

2. Tener continuidad del cupo en el colegio, de acuerdo a lo establecido en el

presente manual.

3. Ser tratado como ser único con características diferentes.

4. Recibir oportunamente el carné estudiantil.

5. La protección, cuidado y asistencia necesarios y que estén al alcance de la

Institución, para lograr un adecuado desarrollo físico, psíquico, mental, moral,

ético, afectivo, emocional, intelectual, científico, teológico, espiritual, social y

familiar.

6. Recibir continua, oportuna y sistemáticamente la orientación necesaria para su

plena formación y desarrollo integral al tenor de los principios, fines y objetivos de

la educación colombiana, los logros y lineamientos, curriculares contenidos en la

legislación educativa, el proyecto curricular y el PEI.

7. Recibir una educación orientada a desarrollar su personalidad, acrecentando

permanentemente su potencialidad, habilidades, destrezas, capacidades,

competencias, facultades, valores, su autoestima y autonomía, que lo capaciten

para el conocimiento y propia construcción de este, el manejo, uso y aplicación del

mismo en procura de incrementar continuamente su calidad, de vida y su plena

realización humana.

8. Que se eduque y promueva el respeto por los derechos humanos, los valores

culturales y espirituales propios del género humano y particulares de su entorno

social; el cuidado y conservación del medio ambiente natural y el desarrollo del

espíritu ecológico,

9. Ser identificado, conocido, reconocido, determinado, comprendido, orientado,

corregido, tolerado, escuchado, atendido, respetado en igualdad de condiciones

dentro de la dignidad humana,

10. Ser protegido por la institución contra cualquier forma de abandono, violencia de

toda índole, descuido, maltrato trato negligente, abuso sexual, o cualquier tipo de

explotación.

11. Estar asegurado para la prevención y control de su salud,

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Page 18: Manual

12. Expresar su opinión con respeto y libertad pero sin lesionar la dignidad y los

derechos del otro.

13. La defensa por sí mismo o por interpuesta persona, a ser oído con oportunidad y

respeto en toda circunstancia especialmente cuando quiera hacer sus descargos

por cualquier causa en el uso legitimo de defensa.

14. Ejercer la libertad de pensamiento y de conciencia, acordes con su crecimiento y

desarrollo físico; síquico, espiritual, afectivo y emocional.

15. Que se le ofrezcan los medios y mecanismos para su activa integración a la

sociedad y al ejercicio del liderazgo a través de eventos deportivos, culturales y

académicos.

16. Al descanso, esparcimiento, deporte, al desarrollo de la creatividad y a la

participación en la vida cultural, artística y social dentro de la institución.

17. Ser orientado contra el uso de sustancia psicoactivas y sobre sus consecuencias,

participando en programas y actividades ofrecidos para tal fin.

18. Ser atendido oportuna y cabalmente por el personal directivo y docente de la

Institución

19. Ser evaluado teniendo en cuenta lo aprobado en el sistema institucional de

evaluación de los estudiantes

20. Elegir y ser elegido para formar parte de los diferentes cargos, comités y

organizaciones de la Institución.

21. Disfrutar de un ambiente propicio de orden y aseo de las instalaciones y áreas de

la Institución.

22. Presentar, cuando lo estime conveniente informaciones y sugerencias que

contribuyan al crecimiento y buen nombre de la Institución.

23. Recibir estímulos por su buen desempeño participación, colaboración, éxito y

triunfos alcanzados en las diversas actividades de la vida escolar y personal.

24. Exigir que la Institución cumpla con las actividades cuniculares ofrecidas en el

PEI.

25. Conocer oportunamente el resultado de sus trabajos y evaluaciones orales y

escritas con las respectivas correcciones y observaciones.

26. Que se le ofrezca un servicio de tienda escolar con las mejores condiciones

nutricionales e higiénicas con costos adecuados y buena atención dentro del

horario establecido.

27. Recibir, durante su permanencia en el colegio una buena preparación para las

pruebas SABER .

28. Participar de las distintas formas de evaluación (autoevaluación, co-evaluación,

heteroevaluación).

18

Page 19: Manual

29. No ser retirado de clases y actividades sin causa de extrema gravedad.

30. Que se le permita nivelarse en los logros pendientes cuando haya justificado sus

inasistencias a clase ante los respectivos docentes.

31. Obtener permisos para faltar al colegio o ausentarse de él, previa justificación del

padre de familia o acudiente.

9. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

9.1. SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

En sentencia St- 402 de 1992 los magistrados ponentes exponen que la

Constitución como norma de normas garantiza el acceso y la permanencia en el

sistema Educativo a excepción de algunos factores que inciden en el buen

desarrollo de la labor educativa como lo es el incumplimiento académico o graves

faltas disciplinarias por parte del estudiante, estas conductas pueden acarrear la

privación del beneficio de permanecer matriculado en la institución educativa.

Sentencia St- 316 de 1994 “La educación solo es posible cuando se da la

convivencia y si la disciplina afecta gravemente o la falta de rendimiento

intelectual ha de prevalecer el interés general sobre el particular, para esto se

puede separar a la persona de la institución educativa respetando el debido

proceso”.

Sentencia SC- 555 de 1994 “La exigibilidad de las reglas mínimas de

comportamiento y académicas que debe cumplir el alumno resulta acorde con sus

propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en

el manual de convivencia que él y sus acudientes firman al momento de

establecer la vinculación educativa, al comprometerse con la institución de tal

manera se les puede exigir mediante razones de peso el cumplimiento de las

mismas, pero si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o

grave indisciplina puede esto ser tomado como motivo de exclusión”

EL DECRETO 1108 DE 1994, que en su capítulo 30, prohíbe en todos los establecimientos educativos del país independiente de su naturaleza estatal oprivada, el porte, consumo y tráfico de estupefacientes y de sustancias psicotrópicas.

LA SENTENCIA CC 519 DE 1992, Que establece que “ aunque la educación esun derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer

19

Page 20: Manual

vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien, de manera constante y reiterada desconoce las directricesdisciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios”.

LA SENTENCIA CC 492 DE 1992, que afirma, con respecto a la educación, que“es un derecho deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el no disciplinado que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”“…por una disciplina de autoformación: respetar las normas porconvicción y no por evitar la sanción”.

SENTENCIA ST-612/92 “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”.

SENTENCIA ST-235/97 “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”.

SENTENCIA ST-02/92 “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”.

SENTENCIA ST-519/92 “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”.

SENTENCIA ST-527/95 “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo.

20

Page 21: Manual

9.2. MARCO INSTITUCIONAL

1. Asumir y comprometerse junto con su acudiente al estricto cumplimiento de las

obligaciones que se generan con el acto de la matricula en el colegio.

2. Respetar los derechos humanos y los valores culturales y espirituales propios del

género humano y de su entorno social..

3. Integrarse activa y participativamente en su entorno institucional y ejercer el

liderazgo.

4. No someter a otros a acciones o inducirlos a actitudes que menoscaben su

dignidad o conlleven un peligro físico, mental o moral.

5. No hacer uso en ningún momento, dentro del colegio de sustancias psicoactivas,

o embriagantes y no hacer tráfico de las mismas. No fumar dentro del

establecimiento.

6. Acatar las decisiones de directivos y docentes cuando éstas se ajusten

plenamente a las normas vigentes.

7. Participar activa, consciente y respetuosamente en la formación, organización y

ejercicio de funciones de gobierno escolar en forma ejecutiva o como veedor.

8. Usar racional cuidadosa y responsablemente todos los elementos y servicios que

le ofrece la Institución para su desarrollo integral.

9. Respetar el aseo, presentación y ambiente propicio de la Institución.

10. Pagar todos los daños causados por su culpa e irresponsabilidad a bienes y

personas del plantel.

11. Participar eficientemente en el crecimiento y desarrollo de la Institución y la

preservación de buena imagen, a través de sus actitudes y buen comportamiento.

12. Proveerse completamente de los uniformes reglamentarios de la institución y

portarlos con respeto y dignidad. Al inicio del año lectivo la coordinación, previo

estudio del caso, concederá plazos fijados por el consejo directivo para su

adquisición.

13. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos de estudio que sean fijados

por los docentes en sus respectivas asignaturas.

14. Presentar excusas de su inasistencia debidamente firmadas por el acudiente, al

momento de regresar al colegio. Estas excusas escritas serán archivadas por el

coordinador.

15. Devolver oportunamente y en buen estado los libros o materiales que hayan sido

facilitados por la biblioteca de la institución.

21

Page 22: Manual

16. Estar a paz y salvo por todo concepto al finalizar el año lectivo. Presentar este

paz y salvo al momento de renovar la matrícula.

17. Participar democráticamente en todas las actividades que favorezcan su

formación integral. Elegir y ser elegido a la personería, al consejo estudiantil y

como representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

18. Participar activamente de todas las clases y actividades programadas por la

institución y permanecer en ellas durante toda la jornada.

19. No traer a la institución elementos que puedan interferir en el buen desempeño

de las actividades académicas, recreativas y culturales.

20. No dedicarse en clase a actividades diferentes a las del área que se está

trabajando.

21. En caso de inasistencia a la institución debe ponerse al día y presentar las

actividades, trabajos y evaluaciones desarrolladas durante su ausencia

22. Presentarse a la institución debidamente aseado y correctamente uniformado de

acuerdo a la jornada académica prevista.

23. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de valor. El

colegio no se responsabiliza de su pérdida.

24. Salir de las aulas durante los periodos de descanso y al finalizar la jornada

escolar dejar el aula aseada, ordenada y organizada.

25. Respetar y conservar un comportamiento adecuado durante las actividades

académicas y culturales de la institución.

26. Asumir con responsabilidad y honestidad la presentación de pruebas aplicadas

por la institución.

27. Presentar la autorización por escrito del acudiente para asistir a las actividades

académicas extra clase, programadas por las diferentes áreas.

10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL PROCESO FORMATIVO

DE SUS HIJOS.

10.1. MARCO LEGAL

Código de la infancia y adolescencia

Derechos y Deberes de los padres de familia Art 39 N° 1, 2,3,5,6,8,9,13,14,15.

10.2. MARCO INSTITUCIONAL

22

Page 23: Manual

Son derechos de los padres de familia:

1. Ser escuchado tanto por directivos como por docentes y personal

administrativo o de servicios, cuando las circunstancias así lo requieran.

2. Reclamar, siguiendo el conducto regular, ante cualquier instancia por

irregularidades de cualquier tipo que afecten sus intereses.

3. Recibir en forma periódica y por escrito, los informes sobre comportamiento y

obtención de logros relacionados con sus hijos y/o acudientes.

4. Recibir orientación adecuada que contribuya en la formación integral de sus

hijos(as).

5. A que sus hijos reciban un servicio educativo de calidad.

6. Apelar ante cualquier instancia, en forma escrita o verbal según la

trascendencia del caso, por las decisiones que se tomen en contra de sus

hijos o acudidos.

7. Participar de las actividades cívicas, culturales y deportivas en las cuales se

requiera su presencia programadas por la institución.

8. A que sus hijos reciban oportunamente ayuda relacionada con situaciones

académicas, personales y sociales que estén afectando el normal desempeño

académico y disciplinario.

9. Ser miembro activo de la Asociación de padres de Familia, Consejo de

padres, Consejo Directivo y demás organizaciones que se creen en la

institución para promover la formación de sus hijos.

10. Participar activamente en la resignificación del Proyecto Educativo

Institucional.

11. Conocer oportunamente y participar de la construcción del Manual de

Convivencia del plantel.

11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Son deberes de los Padres de Familia:

1. matricular a sus hijos en la institución dentro del proceso ordinario para ello.

2. Participar responsablemente en la elección de los representantes de la

Asociación de Padres de Familia, diferentes consejos y demás organizaciones

internas donde se requiera su presencia.

23

Page 24: Manual

3. Controlar la asistencia de sus hijos al 100% de las clases y actividades

curriculares.

4. Contribuir al crecimiento personal de su hijo mediante la transmisión

permanente de valores a través del buen ejemplo, reforzando de esta manera,

la formación que les brinda la institución.

5. Presentar ante cualquier integrante de la comunidad educativa, siguiendo

siempre el conducto regular establecido, las solicitudes o sugerencias con el

debido respeto, cada vez que las circunstancias lo requieran.

6. Cumplir puntualmente con las citaciones escritas que le haga la institución y

en caso de inasistencia al llamado tendrá que justificarlo.

7. Proveer al estudiante de los elementos requeridos para el desarrollo de su

trabajo escolar.

8. verificar diariamente que sus hijos o acudidos salgan de la casa portando

adecuadamente el uniforme, según el horario que corresponda.

9. Informar oportunamente a quien corresponda acerca de las situaciones

anómalas que atenten contra el buen nombre de la institución.

10. Informar personal y oportunamente a la institución las causas de inasistencia

de sus hijos y/o acudidos dentro de los 2 días hábiles siguientes a la

inasistencia.

11. Autorizar por escrito y respaldar luego con su firma ante el respectivo docente,

a la persona mayor de edad que lo pueda reemplazar ante la institución

cuando le sea imposible cumplir con la citación que se le haga.

12. Responder por todos los daños que su hijo ocasione a la planta física así

como a los implementos de estudio facilitados por la Institución.

13. Respetar física y verbalmente a los miembros de la comunidad educativa

(alumnos, profesores, padres de familia, funcionarios administrativos y

directivos) dentro y fuera de la institución.

14. Asistir a las actividades de orientación o escuela de padres que se programe

por parte de la institución con el fin de facilitar la formación integral de sus

hijos.

15. Velar por que sus hijos cumplan cabalmente de las normas de convivencia

institucional.

16. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un ambiente de cariño,

respeto y tolerancia. Desarrollar en sus hijos los valores de la

responsabilidad, el respeto y la honestidad.

17. Respaldar la filosofía y valores del Colegio, sus principios pedagógicos y

apoyar las normas y procedimientos establecidos.

24

Page 25: Manual

18. Fomentar en sus hijos hábitos de aseo y pulcritud personal.

19. No enviar al niño o adolescente enfermo a la institución.

20. Aceptar y cumplir a cabalidad las normas establecidas en el manual de

convivencia institucional.

21. Cumplir con los compromisos escritos establecidos durante los seguimientos

académicos y disciplinarios de los estudiantes.

22. Velar porque sus hijos cumplan puntualmente con los horarios de entrada a la

institución.

12. DERECHOS DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

Los derechos de los docentes están consagrados en los derechos fundamentales

que establece la Constitución Política de 1991, el Estatuto Docente, la Ley General

de la Educación y la Ley 734 de 2002 Código disciplinario único.

1. El docente Doradista será abierto al cambio tanto en sus métodos y

estrategias como en su preparación y actualización pedagógica y personal.

2. Estará en capacidad de enfrentar la realidad y el momento histórico que

vivimos para preparar a sus alumnos en su sentido racional de liderazgo,

amor, esperanza, empuje y dinamismo.

3. acompañara a sus alumnos en el desarrollo integral de su personalidad en un

plano de igualdad, respeto mutuo y de la aceptación como personas,

compartiendo un ambiente socialmente agradable.

4. vivirá su vocación pedagógica a plenitud mediante el compromiso con su

trabajo.

5. A ser tratados con respeto por todos los estamentos de la comunidad

educativa

6. A ser escuchado teniendo como premisa el diálogo, el respeto a la diferencia,

a la libertad de pensamiento y al desarrollo de la autonomía moral.

7. Derecho a recibir las informaciones necesarias y oportunas inherentes a su

cargo

8. A participar de programas de capacitación y bienestar social gozando de

estímulos que la institución establezca

9. Solicitar permiso cuando las circunstancias lo ameriten y la ley lo permita

25

Page 26: Manual

10. A recibir apoyo, orientación y el material necesario dentro de las posibilidades

institucionales, para el mejor desempeño de su labor educativa.

11. Elegir y ser elegido para participar en los diferentes consejos que establece la

Ley y en las demás organizaciones institucionales creadas internamente.

12. Conocer en primera instancia los hechos o situaciones en su contra, antes de

ser tratados en las instancias superiores.

13. Recibir estímulos a nivel interno, diferentes a los establecidos por la ley.

14. Recibir apoyo de las directivas, especialmente en cuanto a la organización de

sus horarios, con el fin de llevar a cabo estudios de postgrados o similares.

15. Contar con el tiempo suficiente para el diligenciamiento de los conceptos

evaluativos definidos para cada periodo para lo cual debe publicarse

oportunamente el calendario respectivo.

16. Obtener oportunamente los documentos que sean solicitados en las

diferentes dependencias del centro educativo.

17. Solicitar ante quien corresponda, el tiempo y el material didáctico necesarios

para llevar a cabo su labor docente.

18. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. de acuerdo con

los mecanismos que para ello se estipulen y siguiendo los lineamientos de la

Ley General de Educación.

19. Conocer y poner en práctica el Manual de Convivencia.

20. Participar en seminarios, talleres u otras actividades que conlleven a una

buena capacitación y actualización.

21. Solicitar con anticipación permisos hasta por tres días o cambios de jornadas

en caso de urgencia comprobada y tratando al máximo de no perjudicar a los

alumnos.

13. DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

Son deberes de los docentes los contemplados en el Artículo 44 del Estatuto

Docente y el Artículo 35 del código disciplinario único Ley 734 de 2002 y además:

1. Cumplir con la jornada laboral mostrando productos de las mismas.

2. Atender oportunamente las inquietudes y dificultades de los estudiantes y padres

de familia.

3. Tratar con respeto a los alumnos, padres de familia, acudientes y compañeros

de trabajo.

4. Planear, ejecutar y evaluar oportunamente el trabajo con los estudiantes.

26

Page 27: Manual

5. Hacer seguimiento académico y disciplinario según lo establecido en este Manual

de Convivencia dejando el registro escrito correspondiente.

6. Actualizarse permanentemente sobre procesos curriculares y educativos.

7. Dar participación a los(a) estudiantes en la elaboración del informe evaluativo.

8. Analizar los resultados del proceso evaluativo de los grupos a su cargo.

9. Diseñar y desarrollar estrategias pedagógicas orientadas hacia el alcance de los

logros.

10. Asistir y participar en las reuniones programadas por la institución.

11. Informar permanentemente a los acudientes sobre las situaciones académicas y

disciplinarias de sus estudiantes.

12. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los equipos

y materiales a su cargo.

13. Acompañar a los estudiantes durante los descansos, las actividades culturales y

deportivas que programe la institución.

14. Inculcar con el ejemplo en los educandos el amor a los valores históricos,

culturales y ambientales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.

15. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación con

sus estudiantes.

16. Iniciar el proceso e informar oportunamente ante quien corresponda, situaciones

de hecho presentadas por algún miembro de la comunidad educativa que puedan

ser causa de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento (drogadicción,

chantajes, entre otros).

17. Coordinar personalmente con sus jefes inmediatos, los permisos para retirarse de

la institución en sus horas de trabajo, diligenciando el respectivo formato.

18. Aprovechar los periodos libres para planear su trabajo y atender todo lo

relacionado con su labor encomendada.

19. Asumir responsablemente la participación en los comités y otros estamentos

existentes, cuando democráticamente sea elegido.

20. Cumplir con verdadero interés las funciones de dirección de grupo cuando estas

le sean asignadas.

21. No llegar en estado de embriaguez a la institución, ni bajo el efecto de sustancias

psicotrópicas.

22. Respetar la intimidad del estudiante y la de los demás miembros de la

comunidad educativa.

23. Cumplir con los conductos regulares en todos los aspectos.

24. Solicitar por escrito autorización a la Rectoría o a la Coordinación para la salida

de la institución.

27

Page 28: Manual

25. Informar oportunamente las inasistencias imprevistas a la jornada de trabajo.

26. Ser la primera persona en ingresar al aula y la última en salir de ella y evitar al

máximo dejar solos a los estudiantes.

27. Constituirse en modelo de vida para los estudiantes.

28. Evitar comercializar ni participar en la comercialización de objetos dentro de la

institución.

29. Abstenerse de consumir bebidas embriagantes y sustancias estupefacientes.

30. Portar en lugar visible el carné que lo identifica como docente de la institución,

mientras permanezca dentro de ella.

31. Los docentes de la Institución tienen el deber de tratar a los demás miembros de

los estamentos de la Comunidad Educativa con respeto y consideración teniendo

como premisa el diálogo y el respeto a la diferencia.

32. Debe dar las informaciones necesarias inherentes a su cargo y que sean

solicitadas por estudiantes, padres de familia y acudientes, y personal directivo de la

Institución.

33. A participar activa y dinámicamente en las actividades curriculares y

extracurriculares programadas por la Institución.

34. A proporcionar las orientaciones académicas morales y personales colectivas

que requieran los estudiantes en su formación

35. ser ejemplo para todos los miembros de toda la Comunidad Educativa y de la

sociedad en general.

14. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Son derechos del personal administrativo y de servicio:

1. Recibir capacitación adecuada para el mejor desempeño de sus funciones

2. Obtener permisos especiales, licencias y estímulos internos.

3. Contar con el material técnico y tecnológico adecuado para el desarrollo de

las actividades.

4. Recibir un trato respetuoso de parte de sus superiores, compañeros,

estudiantes, profesores y demás integrantes de la comunidad educativa.

5. Conocer en primera instancia los hechos o situaciones que vayan en su

contra, antes de ser tratados en las instancias superiores.

6. Obtener cupo para sus hijos cuando van a ingresar a la institución educativa.

28

Page 29: Manual

15. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Son deberes del personal administrativo y de servicios:

1. Cumplir con los horarios establecidos.

2. Dar buen trato a estudiantes como a los demás miembros de la comunidad

educativa

3. Solicitar oportunamente los permisos por horas o por la jornada, de acuerdo

con las normas establecidas internamente

4. Utilizar adecuadamente los servicios que ofrece la institución (cafetería,

biblioteca, espacios deportivos, recreativos y culturales).

5. Evitar los conflictos personales con los miembros de la comunidad puesto

que interfieren directamente en sus labores profesionales y afectan las

relaciones interpersonales.

6. Cumplir con la jornada de trabajo de acuerdo al horario establecido

7. Informar oportunamente a quien corresponda, situaciones anómalas que

atenten contra el buen nombre de la institución

8. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las

funciones que les sean asignadas

9. Colaborar decididamente en el control de las normas que tengan que ver con

los estudiantes

10. Responder por la pérdida de los elementos asignados por inventario para el

desempeño de sus funciones

11. Abstenerse de abandonar ni suspender sus labores injustificadamente o sin

previa autorización

12. Evitar difundir, interna o externamente, información tendenciosa sobre la

institución

13. Respetar la diferencia de los demás miembros de la comunidad educativa.

16. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LAS AULAS DE SISTEMAS Y

TECNOLOGIA

16.1. SALA DE TECNOLOGIA

29

Page 30: Manual

16.1.1. FUNCIONES DE LA PERSONA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN

DEL AULA DE TECNOLOGIA

1. El aula de tecnología estará coordinada por un docente de cualquier jornada

designado por el Rector. Nadie deberá ingresar sin la debida autorización del

mismo, pues de esta medida depende la conservación de los equipos y

herramientas.

2. La administración del aula – taller estará a cargo de una persona (docentes

del área de Tecnología & Informática) mostrándose atento a los

requerimientos de los usuarios del aula - taller para garantizar un buen

servicio y el buen estado de la misma.

3. La persona encargada de la administración debe velar por el buen uso de los

equipos y herramientas.

4. La persona encargada de la administración deben dar cumplimiento a los

horarios de uso del aula – taller establecidos por la Institución.

5. La persona encargada de la administración debe ser respetuosa y brindar la

colaboración necesaria a todas las personas usuarias del aula - taller.

6. La persona encargada del aula - taller deberá exigir al docente usuario del

aula un plan de trabajo con anterioridad donde especifique las actividades,

los materiales, herramientas que se van a utilizar. Todo con el fin de que le

tengan listas todas las herramientas necesarias.

16.1.2. NORMAS DE LOS USUARIOS DEL AULA DE TECNOLOGIA

1. Serán usuarios del aula – taller el personal de la Institución, Directivos,

docentes, estudiantes y comunidad educativa en general.

2. El docente deberá entregar al coordinador del aula - taller el plan de trabajo

con anticipación.

3. Los usuarios deben estar en la hora establecida en el aula – taller.

4. El docente que esté haciendo uso del aula - taller deberá permanecer en el

aula mientras los estudiantes permanezcan allí.

5. Mantener un comportamiento adecuado en el aula – taller; quien incurra en

esta falta será expulsado de ella. Aplicándosele el manual de convivencia de

la institución, teniendo en cuenta la tipificación de la falta.

6. Los estudiantes deben dar buen uso a los equipos y herramientas del aula –

taller.

30

Page 31: Manual

7. Los usuarios no deben extraer ningún equipo, herramienta o material sin

previa autorización del administrador(a).

8. No se debe consumir ningún tipo de alimentos dentro de aula – taller.

9. Está prohibido fumar o beber licor dentro del aula – taller.

10. No ingresar al aula – taller elementos distractores tales como discman, radios,

juegos, etc.

11. Mantener aseada el aula - taller y entregarla en mejor estado del que la

encontró si es posible.

12. Reportar el daño o la falta de algún elemento del aula - taller al profesor

presente antes de comenzar el trabajo con los paneles.

13. Los integrantes de las mesas de trabajo son responsables del estado y uso

de las herramientas del panel asignado.

14. El grupo que se encuentre trabajando en el aula - taller será responsable

de todos los elementos que utilicen.

15. Los usuarios tendrán derecho a recibir una capacitación en el horario

establecido para el uso del aula – taller.

16. El usuario tendrá acceso a diferentes temas de investigación en el campo de

la tecnología.

17. Los administradores del aula - taller tendrán derecho al uso de los equipos y

herramientas, así como a la administración de los mismos.

18. Los usuarios tendrán derecho a recibir la capacitación pertinente con respecto

al manejo de los equipos y herramientas.

19. A expresar sus opiniones en pro de un mejor servicio.

16.1.3. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE TECNOLOGIA

1. No rayar las mesas de trabajo ni paredes del aula – taller.

2. Utilizar los bancos de trabajo para realizar los trabajos fuertes como cortar,

golpear, rayar, etc.

3. No utilizar elementos de proyectos realizados por otros usuarios del aula –

taller.

4. No encender el taladro y/o esmeril sin la autorización del administrador(a) o el

profesor encargado.

5. Mantener el aula – taller lo más limpia posible.

6. Designar un coordinador y un suplente en cada mesa de trabajo quien

manejará las llaves del panel de herramientas correspondiente. Al finalizar la

31

Page 32: Manual

sesión de trabajo, entregará al administrador(a) del aula – taller la llave del

panel inventariado.

7. Quien haga mal uso de los equipos o herramientas deberá responder por los

daños ocasionados.

8. El alumno usuario del aula - taller deberá presentar los materiales

necesarios para el desarrollo de su proyecto, de lo contrario se le impedirá

el acceso al aula - taller.

9. Comenzar a guardar las herramientas y organizar el aula taller 5 minutos

antes de finalizar la clase.

10. Permanecer dentro del aula - taller y en su mesa de trabajo mientras se

desarrollen las actividades.

11. Al terminar las actividades las mesas y sillas deberán quedar en completo

orden "debajo de las mesas".

12. El estudiante está en la obligación de reponer los materiales e insumos que

se gasten del aula.

16.2. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE INFORMATICA

1. Ingresar en completo orden al aula

2. Manipular con responsabilidad los equipos existentes en la sala

3. Permanecer dentro del aula durante tiempo establecido

4. Pedir la colaboración del docente cuando se presente un problema.

5. Responder por los daños causados en los equipos de la sala.

6. Dejar organizada la sala, los forros puestos en cada elemento, sillas

organizadas y aula limpia.

7. Llenar el formato de asistencia al aula por parte del docente.

8. Reportar todos los daños y novedades que se presenten en los equipos.

9. Hacer uso responsable del internet.

10. Reportar cualquier daño de los equipos al igual que al infractor para seguir el

proceso disciplinario y de responsabilidad

16.3. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

Tendrán derecho a los servicios de la Biblioteca escolar los estudiantes, profesores y

empleados de la Institución Educativa, al igual que estudiantes de otros planteles

educativos.

32

Page 33: Manual

16.3.1. PRÉSTAMOS DE LIBROS

1. A los estudiantes se les prestará libros únicamente, para el servicio interno,

es decir, dentro de la biblioteca de la Institución.

2. Para el préstamo de los libros el estudiante debe presentar el carné

estudiantil vigente o un documento de identidad.

3. Para la consulta de textos el estudiante debe traer las referencias

bibliográficas.

16.3.2. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA

1. Debe conservarse buen comportamiento y hablar en voz baja.

2. Los libros son para el servicio de las personas, darles un adecuado uso.

3. Las personas que se lleven libros o materiales de la biblioteca sin la

respectiva autorización de la bibliotecario(a), serán reportados a las directivas

de la institución, para que adopten las sanciones respectivas del caso.

4. Cualquier anomalía que se presente por un usuario externo a la Institución, se

hará el respectivo informe al centro educativo al cual pertenezca o a la

autoridad competente.

16.3.3. SERVICIO DE BIBLIOBANCO

1. Se prestará únicamente a los docentes, para el servicio de los estudiantes en

el aula de clase.

2. Este préstamo se hará durante el año lectivo, con el respectivo informe del

docente sobre la utilización y estado de los materiales prestados.

3. El docente que por algún motivo, no entregue el material bibliográfico

prestado por la biblioteca, será reportado a la coordinación respectiva.

16.3.4. COLECCIONES DE REFERENCIA

1. Estos materiales no pueden salir de la biblioteca, salvo en casos muy

especiales que serán considerados por el Bibliotecario(a) y el Rector de la

Institución. Son materiales de referencia, aquellos que llevan sobre la

clasificación la letra R.

2. La duración del préstamo será de ocho (8) días con opción de renovación.

33

Page 34: Manual

3. Si en la Biblioteca existe solamente un texto de enseñanza en las diferentes

áreas, no se presta para el servicio externo.

16.3.5. RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN DE LOS LIBROS

1. Las personas que no entreguen el material bibliográfico en las fechas

señaladas, perderán el derecho al servicio por el mismo tiempo que dure el

retraso en la devolución del material.

16.3.6. PÉRDIDA O DAÑO DE LIBROS

1. La persona que pierda un libro de la Biblioteca, debe responder por el

reemplazo o compra del mismo. En caso de ser menor de edad, se hace

responsable el acudiente de la reposición de los materiales.

2. El usuario que entregue los materiales en condiciones diferentes a las

prestadas, se hará cargo de la encuadernación o reparación del mismo.

3. El lector que entregue los libros manchados, rayados o mutilados, se le

suspenderá el servicio por el tiempo que disponga el bibliotecario(a) y la

coordinación del colegio.

17. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Las faltas se tipifican en leves, graves y gravísimas. La tipificación de las mismas, así

como las correspondientes sanciones, son parte del Manual de convivencia de

nuestra institución educativa.

17.1. FALTAS LEVES:

1. Tres faltas de puntualidad en las entradas a clase.

2. Falta de asistencia a clase sin justificación alguna.

3. No portar el uniforme adecuado y con el respeto debido.

4. Faltar al orden y al normal desarrollo de las actividades docentes (risas,

conversaciones indebidas , molestias leves a los compañeros).

5. Entorpecer el desarrollo normal de las clases por no traer el material necesario.

34

Page 35: Manual

6. Poner apodos ofensivos, utilizándolos de manera despectiva.

7. Comer en clase.

8. No traer firmadas dentro del plazo acordado las comunicaciones de la Institución y

del profesorado.

9. Utilizar un lenguaje inapropiado (soez) tanto con compañeros como con cualquier

otro miembro de la comunidad educativa.

10. Salir de clase sin permiso del profesor o coordinador.

11. No atender a los llamados de atención por parte del docente o miembro de la

institución educativa.

12. Perturbar el ambiente escolar en horas diferentes al horario establecido.

17.2. FALTAS GRAVES:

1. Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que no estén

justificadas. (Tres faltas leves).

2. Hablar con menosprecio o falta de respeto a profesores, compañeros o cualquier

miembro de la comunidad educativa.

3. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las

actividades de la institución educativa.

4. Los daños causados en las instalaciones o al material de la Institución.

5. Los daños causados a los bienes o pertenencias de los compañeros o miembros

de la comunidad educativa.

6. Las conductas que impidan o dificulten a sus compañeros el buen ejercicio del

deber del estudio.

7. Negarse a cumplir una sanción impuesta por una falta leve.

8. Agresiones físicas o verbales a los compañeros o comunidad educativa.

9. La incitación o el estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de

convivencia.

10. La reiteración en un mismo bimestre de dos faltas leves.

11. Hurtar pertenencias de la Institución Educativa o de otros miembros de la

comunidad educativa.

12. Daño o hurto de algún elemento o equipo de las salas de sistemas y tecnología,

implementos deportivos.

17.3. FALTAS GRAVISIMAS:

35

Page 36: Manual

1. Los actos graves de indisciplina, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes,

cometidos hacia los profesores y demás personal de la institución educativa.

2. El acoso físico, psicológico o moral a los compañeros.

3. El uso de la violencia, las agresiones físicas o verbales, las ofensas graves y los

actos que atenten gravemente contra la intimidad en contra de los compañeros o

demás miembros de la comunidad educativa.

4. La discriminación, las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad

educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual,

opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

5. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las

instalaciones de materiales y documentos de la Institución Educativa o pertenencias

de otros miembros de la comunidad educativa.

6. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos

académicos.

7. El uso, la incitación al mismo o la introducción en la institución de armas o

sustancias psico-activas perjudiciales para la integridad personal de los miembros de

la comunidad educativa.

8. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades de la institución y

en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.

9. La reiteración en el mismo bimestre de dos o más faltas graves.

10. Fumar en aulas, pasillos o cualquier otra dependencia de la institución educativa.

En salidas extraescolares, la tipificación de la falta será la misma que si se produjera

dentro de la institución educativa.

18. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LOS DISTINTOS TIPOS DE FALTAS

18.1. FALTAS LEVES: Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes

medidas recogidas en el manual de convivencia escolar.

1. Amonestación en privado de forma oral o escrita.

2. Cambio de posición dentro del aula.

3. Apartarle temporalmente de la actividad que se está realizando, siempre dentro del

aula.

4. Permanencia en la institución después de la jornada escolar realizando trabajo

pedagógico.

36

Page 37: Manual

5. Realización de trabajos específicos relacionados con la falta cometida en horario

extraclase, tanto en la institución como fuera de él (realización de murales, trabajos

en equipo, reflexiones, reparación del daño causado al material de los compañeros,

etc.)

6. Retirada del aparato electrónico (móvil, Gameboy, MP3, etc.) y depósito del

mismo en la coordinación del colegio hasta que acudan los padres a recogerlo.

7. Los alumnos que individual o colectivamente, causen daños a las instalaciones de

la institución, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo

económico de su reparación. En todo caso, los padres o representantes legales de

los alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes.

18.1.1. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Se dispondrá de un registro de asistencia donde quedarán anotados las ausencias,

notificándosele al director de grupo si se produce una 5ª falta de asistencia

injustificada.

Previamente habrán seguido el siguiente conducto:

1. A las tres faltas injustificadas el profesor lo notificará a los padres o acudientes

legales de los alumnos por escrito.

2. A la cuarta falta injustificada el profesor citará a los padres para comunicárselo

oralmente.

3. A la quinta falta injustificada, la falta leve, se convierte en grave. El profesor se lo

comunicará al coordinador, quien recomendará una sanción correctiva que puede ser

citarlo a venir al colegio una mañana o una tarde en horario extraescolar, o distinto

al suyo, realizando tareas concretas orientadas por los distintos profesores. Dicha

sanción le será comunicada a los padres o representantes legales. Este tipo de

actividades pueden ser coordinadas con el orientador, la bibliotecaria o el

coordinador correspondiente.

18.1.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS LEVES

1. Las faltas leves cuya autoría resulte evidente, podrán ser sancionadas

directamente por el profesor, comunicando éste al coordinador o al director de grupo

de la sanción impuesta.

37

Page 38: Manual

2. Si es necesario obtener información sobre la falta, será el coordinador o el rector el

que escuche al estudiante y a cuantas personas considere necesario, y después

imponga la sanción correspondiente.

3. Siempre se respetará el derecho del alumno a ser escuchado antes de decidir la

sanción.

4. El proceso no puede exceder de cinco días y siempre se dejará constancia por

escrito.

5. En preescolar, cuando la reiteración de los hechos o la importancia de los mismos

lo requiera, se informará a los padres por escrito de la conducta a corregir.

6. En Primaria, cuando la importancia o reiteración ( tres avisos) de los hechos lo

requiera, se amonestará y sancionará al alumno por escrito a través del observador

del alumno . La nota deberá estar firmada por el estudiante, profesor y padre de

familia no representante legal. La no firma de la correspondiente supondrá una falta

grave.

7. Los aparatos electrónicos serán retirados inmediatamente por los profesores,

quienes se lo entregarán al coordinador , y éste lo depositará en la coordinación. Los

padres o acudientes legales del alumno deberán venir a recogerlos.

18.2. FALTAS GRAVES

Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes medidas recogidas en el

manual de convivencia.

1. Realización de trabajos específicos en la institución educativa después de la

jornada escolar. En acompañamiento de orientación escolar.

2. Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al

material de la institución.

3. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o

complementarias de la institución, por un período máximo de un mes.

18.2.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVES

1. Los profesores comunicarán al padre de familia o representante legal del

estudiante la falta cometida como también al Coordinador / Rector, quién aplicará la

medida correctiva.

38

Page 39: Manual

2. Para no interrumpir el proceso educativo durante el tiempo que dure la sanción, el

alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le

imparten las clases.

18.3. FALTAS GRAVISIMAS:

Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes medidas recogidas en el

manual de convivencia escolar.

1. Realización de tareas en la institución en horario extraclase, que podrán contribuir

al mejor desarrollo de las actividades de la institución educativa o si procede,

dirigidas a reparar los daños causados.

2. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o

complementarias de la institución por un período máximo de tres meses.

3. Cambio de grupo del alumno.

4. Cambio de institución educativa: Sólo podrá adoptarse esta medida cuando se

halla agotado el debido proceso y se considere que puede ser beneficioso para el

alumno, para mejorar sus oportunidades de continuar con el aprovechamiento de su

proceso formativo.

18.3.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVÍSIMAS

1. El Consejo directivo impondrá cualquiera de las sanciones anteriormente

descritas.

2. En los casos en que el Consejo directivo acuerde la instrucción de un expediente

informativo y/o sancionador se atenderá a lo dispuesto en la ley 1098 o código de la

infancia y la adolescencia y su correspondiente corresponsabilidad.

19. DERECHO A LA DEFENSA. DECRETO 01 DE ENERO 02 DE 1984. CÓDIGO

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 51. Modificado por el art. 3, Decreto Nacional 2304 de 1989 De los

recursos de reposición y apelación habrá de hacerse uso, por escrito, en la diligencia

de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella, o a la

39

Page 40: Manual

desfijación del edicto, o la publicación, según el caso. Los recursos contra los actos

presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo.

Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo

dispuesto para el de la queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos

podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para

que ordene su recibo y tramitación e imponga las sanciones correspondientes.

El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de

reposición.

Transcurridos los términos sin que se hubieren interpuesto los recursos procedentes,

la decisión quedará en firme. Los recursos de reposición y de queja no son

obligatorios.

Requisitos

ARTÍCULO 52. Modificado por el art. 4, Decreto Nacional 2304 de 1989 Los recursos

deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Interponerse dentro del plazo legal, personalmente y por escrito por el interesado o

su representante o apoderado debidamente constituido; y sustentarse con expresión

concreta de los motivos de inconformidad, y con indicación del nombre del

recurrente.

2. Acreditar el pago o el cumplimiento de lo que el recurrente reconoce deber; y

garantizar el cumplimiento de la parte de la decisión que recurre cuando ésta sea

exigible conforme a la ley.

3. Relacionar las pruebas que se pretende hacer valer.

4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente.

Sólo los abogados en ejercicio podrán ser apoderados; si el recurrente obra como

agente oficioso, deberá acreditar esa misma calidad de abogado en ejercicio, y podrá

ofrecer prestar la caución que se le señale para garantizar que la persona por quien

obra ratificará su actuación dentro del término de tres (3) meses; si no hay

ratificación, ocurrirá la perención, se hará efectiva la caución y se archivará el

expediente.

40

Page 41: Manual

20. PROHIBICIONES INSTITUCIONALES

A los estudiantes matriculados en la institución les está prohibido:

1. Incumplir los deberes.

2. Realizar actos de violencia (física y verbal) contra directivos, docentes,

administrativos, compañeros o personal de servicio.

3. Amenazar a los compañeros o cualquier miembro de la comunidad.

4. Utilización de artefactos electrónicos tales como teléfonos celulares, Mp3, Mp4,

juegos, iphone, dentro y fuera del aula que interfieran en el normal desarrollo de

las clases, reuniones o actos de comunidad.

5. Dañar bienes de la institución, de los compañeros, docentes, directivos y de la

comunidad en general.

6. Apropiarse y/o usar indebidamente o sin autorización los bienes, materiales,

recursos de la institución, de los compañeros, docentes y directivos.

7. Utilizar sustancias químicas o artefactos que alteren las actividades de la

institución.

8. Consumir e incitar al consumo, tenencia o tráfico de sustancias psicoactivas

dentro de la institución.

9. Consumir bebidas alcohólicas, ingresar en estado de embriaguez o bajo los

efectos de sustancias psico-activas a la institución.

10. Falsificar documentos, valoraciones y/o utilización fraudulenta de los mismos.

11. Atentar contra la buena imagen de la institución mediante actos vandálicos,

calumnias o denigraciones.

12. No podrán haber manifestaciones eróticas entre estudiantes de la institución por

constituirse en un mal ejemplo para la primera infancia.

13. No está permitido ningún fenómeno sicosocial (pandillas, tribus urbanas), que

atenten contra las persona que hacen parte de la comunidad educativa

14. Sustraer para sí o para terceros, elementos, equipos o pertenencias de

propiedad del colegio, funcionarios o compañeros de estudio.

15. Apropiación indebida de dinero, documentos y/o objetos ajenos.

16. La destrucción vandálica de todo mueble o inmueble de la institución.

17. Alterar, falsificar o desaparecer documentos de carácter institucional o público,

tales como los registros de evaluaciones, controles de asistencia, certificados de

estudio, excusas y demás documentos de seguimiento y control.

41

Page 42: Manual

18. La obstrucción de chapas de los salones con cualquier objeto que imposibilite su

apertura o cierre. De igual modo el maltrato a las puertas, muebles y demás

enseres del establecimiento. Dañar los interruptores y los tomacorrientes de los

salones.

19. Utilizar dinero falso en el pago de deudas, contribuciones, aportes al colegio o

cancelación de comestibles y demás en la cafetería.

20. Rayar, dañar los vehículos que estén en predios de la Institución.

21. Saltar mallas, puertas, rejas o abrir huecos en el enmallado para ingresar o salir

del colegio de modo irregular.

22. Portar, guardar o vender armas de cualquier tipo dentro del colegio.

23. Venta dentro del colegio de todo tipo de comestibles, dulcería y artículos por

parte de los estudiantes, salvo las autorizadas por la institución.

24. No está permitido el uso de piercing, expansores y aretes a los niños y jóvenes

dentro de la institución.

25. No está permitido el uso de prendas que no pertenezcan a los uniformes

reglamentarios de la institución

26. No está permitido retirarse del aula sin autorización del docente.

27. Está prohibido comer en horas de clase.

28. No está permitido escribir y rayar paredes, escritorios, carteleras y demás

pertenencias de la institución.

29. Participar y promover prácticas que atenten contra la integridad física.

( perforaciones para el uso de pearcing, entre otros)

30. Generar, participar y promover acciones que atenten contra la dignidad humana

utilizando medios virtuales como las redes sociales.

31. Prohibido el ingreso de estudiantes a la sala de deportes.

32. Prohibido retirar implementos deportivos fuera de la institución sin la debida

autorización.

21. COMITÉ DE CONVIVENCIA

Es un órgano consultor del consejo directivo y del rector o director, encargado de

asesorar a estas instancias en la resolución de situaciones relacionadas con la

convivencia y la disciplina. Está conformado por representantes de todos los

estamentos de la comunidad educativa

42

Page 43: Manual

Entre las atribuciones de este comité están: realizar actividades y talleres para

fomentar la convivencia y los valores; divulgar los derechos fundamentales, así como

los de los niños, niñas y adolescentes; instalar mesas de conciliación para la

resolución pacífica de conflictos; y hacer seguimiento al cumplimiento de lo

establecido en el manual de convivencia.

22. GOBIERNO ESCOLAR

El gobierno escolar es el conjunto de órganos y mecanismos a través de los cuales

todos los integrantes de la comunidad educativa se proyectan en el ámbito individual

y comunitario, teniendo como base los principios de solidaridad, tolerancia y

convivencia ciudadanas, tanto en el campo institucional como en el social. ( C.P.C.

Art. 40, 103,258; ley 134 del94 mecanismos de participación y el Art. 15 de la ley de

la juventud).

Teniendo en cuenta el propósito anterior, la Institución Educativa Ciudad Dorada,

proporciona las estrategias, mecanismos y espacios para la efectiva participación de

los y las estudiantes, en pro de su desarrollo integral en los niveles valorativos y

convivenciales.

Todos los integrantes de la comunidad educativa son competentes para participar en

la dirección de la Institución educativa y lo harán por medio de sus representantes en

los órganos del Gobierno Escolar, usando los medios y procedimientos establecidos,

según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 del 1994 y sus decretos

reglamentarios.

De acuerdo con el Artículo 20º del Decreto 1860 de 1994, el Gobierno Escolar está

conformado por los siguientes estamentos: Consejo Directivo, Consejo Académico, y

el Rector.

Rectoría. Naturaleza del cargo: Es la primera autoridad administrativa y docente del

plantel, y está obligada a seguir los lineamientos emanados del MEN, de la

Secretaría de Educación de Armenia. Tiene la responsabilidad de garantizar los

servicios educativos para que el educando alcance su formación integral de acuerdo

con lo que ofrece el PEI de la Institución.

Corresponde al Rector:

1. Representar legalmente a la Institución.

43

Page 44: Manual

2. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar,

teniendo como base la filosofía institucional.

3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno

aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.

4. Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de la educación en el

establecimiento.

5. Elaborar el Plan Operativo Anual,

6. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas

vigentes,

7. Analizar los resultados de la evaluación institucional para colaborar en los

proyectos de fortalecimiento de los puntos débiles.

8. Evaluar permanentemente las actividades realizadas con el fin de retroalimentar y

corregir los procesos,

9. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas para el continuo

progreso de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria,

10. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la

comunidad educativa.

11. Orientar el proceso educativo con la asesoría del Consejo Académico,

12. Ejecutar las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y

este Manual de Convivencia.

13. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en

favor del mejoramiento en el PEI.

14. Promover actividades que vinculen a la Institución con la comunidad local.

15. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, pertinentes a la

prestación del servicio público educativo.

16. Presidir los Consejos Directivo, Académico, Comisiones de Evaluación y

Promoción al igual que el Equipo Directivo de la Institución.

El Consejo Directivo:

Es una instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de

orientación académica y administrativa. En el cual están representados todos los

estamentos de la Comunidad Educativa. Su elección se hace de conformidad en la

Ley General de Educación (artículos 144 y 145 de la ley 115, de 1.994), Decreto

1860 de 1.994 (Artículos 23-24) y las debidas normas que los modifiquen o los

aclaren.

44

Page 45: Manual

El Consejo Directivo está integrado por:

1. El Rector, quien lo preside..

2. Dos representantes de los docentes: uno por primaria y otro por secundaria.

3. Dos representantes de los Padres de Familia: elegidos del Consejo de padres de

la Institución.

4. Dos representantes de estudiantes, elegidos del Consejo de estudiantes, degrado

once.

5. Un representante de los Exalumnos.

6. Un representante del sector productivo.

Corresponde al Consejo Directivo:

1. Tomar las decisiones que orienten el funcionamiento de la institución, excepto las

que sean competencia de las autoridades educativas nacionales o locales.

2. Servir de instancia para resolver los “conflictos” que se presentan entre docentes,

administrativos y estudiantes del establecimiento educativo y después de haber

agotado los procedimientos previstos en el presente Manual de Convivencia.

3. Institucionalizar y operacionalizar el Manual de Convivencia.

4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,

cuando alguno de sus integrantes se sintiere lesionado.

5. Avalar el Proyecto Educativo Institucional, el Currículo y el Plan de Estudios y

someterlo a las consideraciones de la Secretaría de Educación, o del organismo que

haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos.

6. Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico y social de

los y las estudiantes.

7. Aprobar la participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales,

deportivas y recreativas.

8. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras

instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

El Consejo Académico:

Es el encargado de orientar la construcción del pensamiento pedagógico de la

Institución, hacer propuestas sobre los contenidos y criterios para la evaluación

formativa y la orientación de las áreas y grupos de trabajo. El Consejo Académico

debe propiciar el trabajo interdisciplinario y promover el plan de formación de los

educadores y del estudiantado como base del proceso democrático y del respeto a

los derechos humanos, así como del conocimiento. Se reunirá paródicamente; está

45

Page 46: Manual

integrado por el Rector, quien lo preside, los Coordinadores y un docente por área

académica.

Funciones del Consejo Académico:

Corresponde al Consejo Académico ( Según la Ley 115 de 1.994 y Decretos

reglamentarios):

1. Hacer coincidir las políticas propias del Consejo con la filosofía institucional

descrita en el PEI.

2. Planear y organizar su propio funcionamiento.

3. Elaborar su reglamento interno,

4. Elaborar el Plan Operativo Anual para el Consejo Directivo,

5. Servir de órgano Consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del

Proyecto Educativo Institucional,

6. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas

vigentes.

7. Proponer criterios y orientar la organización de actividades para la elaboración del

currículo,

8. Analizar los resultados de la evaluación institucional para fortalecer los proyectos.

9. Evaluar permanentemente las actividades realizadas, con el fin de retroalimentar y

mejorar los procesos.

10. Orientar la elaboración del Plan de Estudios y su ejecución con base en la Ley

115 de 1994 y sus decretos reglamentarios, teniendo en cuenta las características

propias de la Institución, las necesidades de los educandos y las normas vigentes.

11. Promover criterios y mecanismos para el desarrollo de los proyectos, planes y

programas y de las actividades complementarias.

12. Participar en la Evaluación Institucional Anual.

13. Orientar la evaluación de desempeños del estudiantado y las actividades de

nivelación y profundización, con base en los criterios establecidos.

14. Conformar las Comisiones de Evaluación y Promoción, y supervisar el

cumplimiento de sus funciones.

El Consejo Estudiantil:

Quedará constituido por un representante de cada curso y su respectivo suplente, los

cuales serán elegidos por voto popular. Los representantes estudiantiles no podrán

ocupar ningún otro cargo de elección administrativo dentro de su curso.

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Page 47: Manual

Participan en el Consejo Estudiantil representantes de todos los cursos a partir del

grado tercero. Los grados de Transición a segundo, los estudiantes pueden elegir un

solo representante ante el Consejo Estudiantil.

Corresponde al Consejo Estudiantil:

1. Reunirse y sesionar por lo menos una vez al mes en espacios previamente

acordados con la coordinación.

2. Darse su propio reglamento el cual deberá ajustarse al presente Manual de

Convivencia.

3. Recibir y dar trámite a todas las propuestas y sugerencias presentadas por los

estudiantes, someterlas a discusión y generar proyectos en pro del mejoramiento de

la calidad educativa y de convivencia ofrecida por la Institución.

4. Elegir Presidente, Vicepresidente, un secretario, un Fiscal y dos Representantes

ante el Consejo Directivo, los dos del último grado.

5. Orientar el proceso de revocatoria del mandato del Personero estudiantil cuando

éste no esté cumpliendo con sus funciones.

6. Informar a los estudiantes, previo acuerdo con el coordinador de la institución de

las decisiones que se tomen en los diferentes estamentos educativos

7. Participar y representar a la institución en las diferentes reuniones convocadas por

los organismos gubernamentales.

23. DISPOSICIONES GENERALES , ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL

PERSONERO ESTUDIANTIL

El Personero estudiantil. Es el representante de los estudiantes, encargado de

promover el ejercicio de los deberes y derechos de los mismos consagrados en la

Constitución Política de Colombia, las leyes reglamentarias y el Manual de

Convivencia; el personero estudiantil debe estar cursando grado undécimo.

Condiciones fundamentales para ser candidato a Personero:

1. Estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.

2. Haberse destacado por su rendimiento académico, su ejemplar comportamiento y

liderazgo positivo durante su permanencia en el plantel, debidamente certificado

por los Coordinadores.

47

Page 48: Manual

3. Gozar de reconocido prestigio y aceptación en la comunidad educativa y no haber

sido sancionado por faltas graves.

4. Manifestar sentido de pertenencia por la institución.

5. Conservar buena presentación personal portando el uniforme como lo precisa el

presente Manual de Convivencia.

6. Haber participado en un taller de liderazgo organizado por la Orientación Escolar.

7. Las anteriores condiciones deben permanecer vigentes durante el tiempo que

dure su periodo de elección.

8. Informar a los estudiantes, previo acuerdo con el coordinador de la institución de

las decisiones que se tomen en los diferentes estamentos educativos.

Las funciones del Personero, son entre otras:

1. Organizar su grupo de trabajo.

2. Establecer con el equipo de trabajo, un reglamento interno que direccione sus

funciones.

3. Hacer coincidir las políticas propias de su cargo con la filosofía institucional

descrita en el PEI, lo descrito en la Constitución Política de Colombia y en el Manual

de Convivencia.

4. Mantener un diálogo constante con el Consejo de Estudiantes, buscando

estrategias de bienestar estudiantil.

5. Presentar ante el Rector y/o las Directivas de la Institución, las peticiones

correspondientes a los derechos y bienestar de los estudiantes.

6. Mediar ante las directivas para salvaguardar los derechos de los estudiantes.

7. Velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes y de la

Comunidad Educativa en general.

8. Promover sus ideas e inquietudes entre los miembros de la comunidad educativa,

usando los medios establecidos por la Institución, para el desarrollo de su gestión.

9. Participar y representar a la institución en las diferentes reuniones convocadas por

los organismos gubernamentales.

Proceso de elección del personero estudiantil:

1. El Rector convocará a los estudiantes del grado undécimo en mes de febrero.

2. Los aspirantes a este cargo deberán inscribir su programa de trabajo en la

secretaría de la Institución en la segunda semana del mes de febrero.

48

Page 49: Manual

3. Los candidatos promoverán en campaña su programa de común acuerdo con el

coordinador.

4. Los escrutinios los llevarán a cabo una comisión conformada por un representante

de cada uno de los candidatos.

5. El personero será el estudiante que obtenga la mayoría simple de la votación, y su

suplente será el que obtenga el segundo puesto.

6. La elección del Personero se realizará por medio del voto secreto de los

estudiantes a partir del grado tercero, en la jornada prevista para ello. La comunidad

educativa deberá garantizar la transparencia de estas elecciones.

7. En un acto especial de izada de bandera se realizará la posesión del cargo del

Personero de la institución.

Pérdida del Carácter de Personero:

El estudiante elegido como Personero puede perder su cargo por alguna de las

siguientes causales:

1. Cuando no muestre interés por su cargo.

2. El incumplimiento de las funciones propias de su cargo.

3. Cuando cometa faltas graves contempladas en el presente Manual de

Convivencia.

4. Cuando frecuentemente incumple con los deberes de estudiante.

5. Cuando no acata el conducto regular ejerciendo autoridad por encima de la

competente establecida.

6. Cuando su representante legal cancela la matricula.

7. El incumplimiento del Plan de trabajo propuesto.

24. ORGANIZACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA

24.1. LA ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA

Conformada por todos los padres del establecimiento, quienes son los responsables

del ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso educativo de sus

hijos.

49

Page 50: Manual

24.2. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Sus principales funciones son: involucrarse en la elaboración de los planes de

mejoramiento; contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los

resultados de las pruebas SABER y el examen de Estado; presentar propuestas para

actualizar el manual de convivencia; apoyar actividades artísticas, científicas,

técnicas y deportivas orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en

distintas áreas.

24.3. LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

Responsable de apoyar la ejecución del PEI y del plan de mejoramiento; promover la

formación de los padres para que cumplan adecuadamente la tarea educativa que

les corresponde; apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de

acciones para mejorar su formación integral y sus resultados de aprendizaje; además

de contribuir a la solución de los problemas individuales y colectivos de los alumnos.

25. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL RESTAURANTE ESCOLAR

1. llegar puntualmente al comedor.

2.  Ubicarse en el sitio asignado y  hacer la fila en forma ordenada.

3. Evitar comentarios de mal gusto relacionados con la comida.

4. Emplear de manera adecuada los cubiertos.

5. El trato con el  personal de la cafetería debe ser cordial y respetuoso.

6. Recoger los platos, vasos y llevarlos al lugar asignado.

7. Dejar la mesa limpia

8. Finalizado el almuerzo los estudiantes deben retirarse inmediatamente del

comedor y así permitir el buen desarrollo del siguiente turno.

9. No apropiarse de los utensilios de la cocina y del restaurante.

26. SEGURO DE SALUD ESTUDIANTIL

Los estudiantes que no se hallen amparados por algún sistema de seguridad social,

en todos los niveles de la educación formal, estarán protegidos por un seguro

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Page 51: Manual

colectivo que ampare su estado físico, en caso de accidente.

El Gobierno Nacional reglamentará lo relacionado con la gradualidad en los aportes

correspondientes y presentará un plan para lograr la paulatina cobertura.

27. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR1 (SIEE)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “CIUDAD DORADA”

DE ARMENIA, en uso de las facultades que le confieren el Art 44, 189 de la

Constitución Política de Colombia, la Ley 115 o Ley General De Educación de 1994,

el decreto reglamentario 1860 de 1994, el Decreto 366 de Febrero de 2009, el

Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 y las directrices emanadas del Ministerio de

Educación y la Secretaría de Educación Municipal de Armenia y,

CONSIDERANDO:

REFERENTES DE LEY

Que el decreto 1290 de abril 16 de 2009, en sus artículos 4, 5 y 6 confiere

autonomía escolar a los establecimientos educativos para escoger su propio

sistema de evaluación.

Que es necesario establecer y precisar los criterios a seguir para efectos de

la evaluación y promoción de los estudiantes.

Que el decreto 1290 del 2009 establece la escala de valoración nacional para

efectos de promoción y evaluación escolar.

Que el decreto 3011 de 1997 establece la normatividad para la educación de

jóvenes y adultos.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Criterios de evaluación:

Un criterio es una condición/regla que permite tomar decisiones.

A partir del 2010 la institución educativa “CIUDAD DORADA”, evaluará por

asignatura.

1 Se incluye una síntesis del documento: Sistema institucional de evaluación de los estudiantes, año 2010

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Page 52: Manual

Parágrafo: En las jornadas Nocturna y Sabatina se entregará una nota final

por área. Teniendo en cuenta las cinco áreas integradas y unificadas por la

Secretaría de Educación de Armenia: Matemáticas, Ciencias Sociales,

Ciencias Naturales, Humanidades y Tecnología e Informática.

Cada asignatura o área en todas las jornadas se evaluará en escala numérica

de 1 a 5.

El año académico se dividirá en 4 (cuatro) periodos académicos de igual

duración, de los cuales se presentará un informe escrito por estudiante.

Parágrafo: En las Jornadas Nocturna y Sabatina se contará con 4 períodos

académicos de igual duración en los ciclos 1 al 4 y de dos períodos en los ciclos 5 y

6.

A mitad de cada periodo se realizará una reunión conjunta de acudientes y director

de grupo y estudiantes que presenten desempeño bajo en dos o más asignaturas de

acuerdo con el plan de estudios de la institución. Se le informará al acudiente sobre

la situación académica y firmarán acuerdos y compromisos académicos. Dicha

reunión será convocada por la rectoría de la institución.

Parágrafo: Lo anterior no aplica en la jornada Nocturna y Sabatina

Terminado cada periodo académico se dará informe escrito en todas las

jornadas de los desempeños cualitativos y cuantitativos en los términos de

ley.

Por semestre académico, la institución educativa, aplicará pruebas internas

que tendrán un valor del 10% de la nota final de los periodos 2 y 4, en las

asignaturas de matemáticas, ciencias naturales, física, química, biología

castellano, ciencias sociales, filosofía e ingles. La primera se aplicara en el

mes de junio y recogerá los desempeños del primero y segundo periodos, la

segunda se aplicara en noviembre y recogerá los desempeños del tercero y

cuarto periodos.

Parágrafo: En las jornadas Nocturno y Sabatino en los ciclos 2 a 4 se aplicarán las

pruebas internas que tendrán un valor del 10% de la nota final en los períodos

segundo y cuarto y en los ciclos 5 y 6 se aplicará solamente la primera prueba

interna con un valor del 10% de la nota final del segundo período.

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Page 53: Manual

Cada asignatura en todas las jornadas debe registrar mínimo tres

valoraciones, una de las cuales debe ser actitudinal donde se pueda

evidenciar el desempeño de los estudiantes.

El docente presentará en su asignatura en forma escrita a los estudiantes el

autocontrol de logros al comenzar cada periodo, dicho autocontrol debe estar

de acuerdo con el plan de estudios de la institución. Lo anterior no aplica para

las jornadas Nocturna y Sabatina.

Parágrafo: En las jornadas Nocturno y Sabatino al iniciar cada período los docentes

darán a conocer a los estudiantes el plan de período que contiene: Logros, temas y

subtemas, competencias, desempeños, estrategias metodológicas, estrategias

evaluativas y actividades de recuperación de logros.

El proceso de refuerzo, recuperación y/o superación de logros se realizará durante

cada periodo académico.

ARTÍCULO 2. Escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la

escala nacional:

De acuerdo con el del decreto 1290, el cual confiere autonomía a las instituciones

educativas para que establezcan los juicios valorativos, estos se definen en la

Institución Educativa Ciudad Dorada en todas las jornadas de la siguiente manera.

4.6 a 5.0: Desempeño Superior

4.0 a 4.5: Desempeño Alto

3.0 a 3.9: desempeño básico

1.0 a 2.9: desempeño bajo

PARAGRAFO: Se podrán realizar aproximaciones en la valoración final de cada

periodo teniendo en cuenta aproximar a la decima superior si la centésima es mayor

o igual a 5.

ARTICULO 3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los

estudiantes.

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Page 54: Manual

Realizar dos pruebas internas una por semestre (una en junio y otra en noviembre)

con el objetivo de verificar los procesos de aprendizaje.

Informar a los padres de familia sobre los avances académicos de los estudiantes

por medio del autocontrol de logros, el consejo académico reglamentara su

estructura. No aplica en las jornadas Nocturna y Sabatina.

ARTICULO 4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los

desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

Autocontrol de logros: es un instrumento de seguimiento para que el estudiante, el

docente y el padre de familia, de manera autónoma y responsable lleve el registro de

su proceso académico, este debe llevar la firma del docente una vez se hayan

alcanzado los logros previstos desde el grado tercero a once. No aplica en las

jornadas Nocturna y Sabatina

Registros de notas: documento donde el docente debe consignar las valoraciones de

cada una de las actividades académicas y actitudinales de los estudiantes durante

los cuatro periodos académicos o en los 2 períodos académicos en los ciclos 5 y 6

Planes de mejoramiento: documento de autocontrol del estudiante para la

identificación de dificultades y las acciones y compromisos para superarlos, se deben

conservar estas evidencias debidamente legajadas en una carpeta, u organizadas en

su cuaderno, dispuesto para tal fin que será responsabilidad de cada estudiante.

Historial pedagógico: Instrumento institucional para el registro de la información más

inmediata de la parte académica, disciplinaria, llevado por el director de grupo y que

pasa de un año al otro para que además sirva de soporte al seguimiento de los

estudiantes de un determinado grupo durante su vida en la institución.

ARTÍCULO 5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.

Estos deben hacerse al final de cada periodo por medio de un instrumento

especialmente diseñado para este propósito, en donde se tengan criterios

específicos a evaluar.

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Page 55: Manual

PARAGRAFO: El porcentaje de dicha autoevaluación será del 5% de la nota final de

cada periodo a partir del grado tercero de primaria y hasta el grado once y del ciclo 1

al 6

El instrumento de autoevaluación contará con un espacio en el cual el estudiante

podrá escribir sus compromisos para la superación de sus dificultades.

ARTÍCULO 6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones

pedagógicas pendientes de los estudiantes.

Ante las posibles dificultades que se puedan presentar con respecto a los

desempeños y comportamientos de los educandos, se recomienda en todas las

jornadas el siguiente conducto regular:

El Docente de la asignatura, atenderá y tratará oportunamente la situación

presentada con el estudiante en busca de acciones conciliadoras dejando constancia

escrita del procedimiento.

El director de grupo continuará el proceso formal de mediación entre el docente de la

asignatura y el estudiante.

El Coordinador, será quien se encargue de apoyar al Docente y de ayudarle a buscar

soluciones pertinentes a la situación presentada.

El Orientador propondrá las acciones y estrategias necesarias que se deben adoptar

para la atención y el manejo de la problemática presentada teniendo en cuenta la

utilización de la unidad de apoyo de Secretaria de Educación Municipal.

El padre de familia o acudiente, será informado de la situación y se comprometerá a

realizar el acompañamiento y las acciones correctivas necesarias. En las jornadas

Nocturna y Sabatina se le informará al estudiante si es mayor de edad, en caso

contrario se le informará al padre de familia o acudiente. En estos casos las personas

citadas por la institución, se deben comprometer a realizar las acciones correctivas

necesarias.

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Page 56: Manual

De acuerdo con la naturaleza de la situación a solucionar, el Consejo Académico o el

Consejo Directivo serán las instancias finales para estudiar y resolver el caso.

ARTÍCULO 7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes

del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en

el sistema institucional de evaluación.

Docentes:

En todas las jornadas Revisión de la carpeta de actividades de refuerzo y sus

talleres.

Revisión del formato de autoevaluación

Revisión del autocontrol de logros.

Planes de asignatura.

Directivos docentes en todas las jornadas:

Realización de un calendario donde estén programadas las fechas de revisión de

documentos de evaluación de los docentes como la sustentación de material y firma.

Registro documental donde se evidencie el seguimiento y acciones realizadas frente

a los casos remitidos por parte del docente.

ARTÍCULO 10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y

resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y

promoción.

A. INSTANCIAS

Docentes·

Comisión de Evaluación y promoción

Consejo Académico

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Page 57: Manual

B. PROCEDIMIENTO

El padre de familia o estudiante (si es mayor de edad) de todas las jornadas,

presentará reclamación verbal ante el docente. El padre de familia o estudiante

presentará reclamación por escrito ante la comisión de evaluación cumpliendo los

siguientes requisitos:

Nombre del padre de familia y estudiante al que representa.

Problemática presentada.

Pruebas documentales y/o testimoniales que sustenten la problemática.

Pretensiones

La comisión de evaluación presentará por escrito la reclamación hecha por el

estudiante o el padre de familia ante el Consejo Académico.

C. MECANISMOS DE ATENCIÓN

Conciliación: Solicitud de análisis del caso presentado. Recurso de Revisión.

La orientación escolar podrá participar en estas instancias cuando se considere

necesario.

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