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INSTITUCIÓN EDUCATIVA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CIUDAD DORADACIUDAD DORADA
APROBADA RESOLUCIÓN Nº 318 DEL 19 DE JUNIO DE 1999
TELEFONO 7486033 E-Mail [email protected]
MANUAL DE CONVIVENCIAMANUAL DE CONVIVENCIA
ARMENIA - AÑO 2011
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA CIUDAD DORADA
APROBADA RESOLUCIÓN Nº 318 DEL 19 DE JUNIO DE 1999
TELEFONO 7486033 E-Mail [email protected]
ARMENIA – QUINDÍO
RESOLUCIÓN No. ___ DE 2010
(Junio 10 de 2010)
Por medio de la cual se aprueba y adopta el Manual de Convivencia para la
Institución Educativa Ciudad Dorada del Municipio de Armenia.
EL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CIUDAD DORADA En uso de sus
facultades legales conferidas en la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001 y demás
normas vigentes y,
C O N S I D E R A N D O :
Que el buen ambiente escolar de toda institución educativa requiere de normas, que
sin lesionar la dignidad de las personas encaucen su comportamiento por caminos
de honestidad y respeto por los derechos propios y de los demás.
Que los deberes y derechos de los miembros de la comunidad educativa Doradista
deben estar consignados en forma clara y precisa en un documento único de fácil
comprensión y obligatorio cumplimiento, que de acuerdo con la Ley debe
denominarse MANUAL DE CONVIVENCIA.
Que el MANUAL DE CONVIVENCIA fue elaborado con base en los principios
filosóficos, directrices pedagógicas y fundamentos legales, elementos estos
contenidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de febrero de 1994, el
Decreto 1860 de agosto 5 de 1994, el Decreto Extraordinario 2277 de 1979 o
Estatuto Docente y decreto 1278 de Junio 19 de 2002 y su Decreto Reglamentario
2480 de julio 31 de 1986 y la Resolución 096 de enero 30 de 1951, el decreto 1290
de 2009, la ley 1098 de la infancia y la adolescencia de 2006, y demás disposiciones
legales vigentes.
2
Dicha aprobación se hace después de los ajustes realizados y aprobados con la
Comunidad Educativa y el Consejo Directivo anterior a la vigencia del presente, el
cual debió revisarse para ajustarlo al contexto actual, para lo cual se siguió el
procedimiento señalado en las normas vigentes.
Que es deber de las autoridades educativas del plantel velar permanentemente por
la buena marcha de la Institución Educativa.
R E S U E L V E :
ARTICULO 1. Aprobar y adoptar, como en efecto se hace, el presente MANUAL DE
CONVIVENCIA para la Institución Educativa Ciudad Dorada de la ciudad de
Armenia.
ARTICULO 2 . Las normas contenidas en el Manual de Convivencia que por medio
de la presente Resolución se adoptan, son de obligatorio cumplimiento por los
miembros de la comunidad educativa.
ARTICULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y
deroga las normas que le sean contrarias.
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Armenia Quindío, el 10 de Junio de 2010.
___________________________________
OSCAR ELIÉCER BAÑOL VARGAS
Rector Institución Educativa Ciudad Dorada
Presidente Consejo Directivo
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INDICE
1. PRESENTACIÓN
2. NORMATIVIDAD
3. JUSTIFICACIÓN
4. PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS INSTITUCIONALES
4.1. VALORES
5. PERFILES INSTITUCIONALES
5.1. PERFIL DEL DOCENTE DORADISTA
5.2. PERFIL DEL ESTUDIANTE DORADISTA
5.3. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA DORADISTA
5.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DORADISTA
6. INGRESO Y RETIRO DE ESTUDIANTES
7. UNIFORME ESCOLAR
8. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
8.1. MARCO LEGAL
8.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991
8.1.2. LEY 1098 O CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
8.2. MARCO INSTITUCIONAL
9. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
9.1. SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
9.2. MARCO INSTITUCIONAL
10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL PROCESO FORMATIVO
DE SUS HIJOS
10.1. MARCO LEGAL
10.2. MARCO INSTITUCIONAL
11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
12. DERECHOS DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN
4
13. DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN
14. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN
15. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN
16. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LAS AULAS DE TECNOLOGIA E
INFORMATICA.
16.1. SALA DE TECNOLOGIA
16.1.1. FUNCIONES DE LA PERSONA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN
DEL AULA DE TECNOLOGIA
16.1.2. NORMAS DE LOS USUARIOS DEL AULA DE TECNOLOGIA
16.1.3. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE TECNOLOGIA
16.2. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE INFORMATICA
16.3. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR
16.3.1. PRÉSTAMOS DE LIBROS
16.3.2. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA
16.3.3. SERVICIO DE BIBLIOBANCO
16.3.4. COLECCIONES DE REFERENCIA
16.3.5. RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN DE LOS LIBROS
16.3.6. PÉRDIDA O DAÑO DE LIBROS
17. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS
17.1. FALTAS LEVES
17.2. FALTAS GRAVES
17.3. FALTAS GRAVÍSIMAS
18. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LOS DISTINTOS TIPOS DE FALTAS
18.1. FALTAS LEVES
18.1.1. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
18.1.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS LEVES
18.2. FALTAS GRAVES
18.2.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVES
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18.3. FALTAS GRAVÍSIMAS
18.3.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVISIMAS
19. DERECHO A LA DEFENSA. DECRETO 01 DE ENERO 02 DE 1984. CÓDIGO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
20. PROHIBICIONES INSTITUCIONALES
21. COMITÉ DE CONVIVENCIA
22. GOBIERNO ESCOLAR
23. DISPOSICIONES GENERALES, ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL PERSONERO
ESTUDIANTIL
24. ORGANIZACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA
24.1. LA ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA
24.2. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
24.3. LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
25. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL RESTAURANTE ESCOLAR
26. SEGURO ESTUDIANTIL
27. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION ESCOLAR
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1. PRESENTACIÓN.
El presente manual de convivencia es la carta normativa de la institución educativa
Ciudad Dorada de Armenia. Es un instrumento que compendia lo sustancial con
relación a los estudiantes y a la institución, para que en la práctica permita mejorar la
convivencia en todos los estamentos institucionales. El Manual de Convivencia de
nuestra institución busca crear las condiciones normativas para el óptimo desarrollo
de la Misión y la Visión institucional, lo cual implica promover relaciones respetuosas
entre las diferentes personas que conforman la comunidad escolar, como base para
lograr una convivencia armónica.
En consecuencia, el reglamento o manual de convivencia es el compendio de lo
sustancial en materia de los derechos y deberes acordados por todos los estamentos
de la institución, para la convivencia pacífica y armónica y que genere procesos
dinámicos de cambio y mejoramiento en los valores humanos fundamentales para
poder educar con miras a mejor los ambientes escolares y el crecimiento del ser
humano en todas sus dimensiones.
2. NORMATIVIDAD.
La constitución política de Colombia del 1991.
Ley general de la educación de 1994. Artículo 73 y 87.
Decreto 1860 de 1994. Artículo 17.
Ley 1098 de 2006 o Código de la infancia y la adolescencia. Artículos 3, 4, 5,
6, 7, 9, 10,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 25, 26, 29, 30, 31m, 32, 33,
34, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52,53, 54, 55.
Decreto 1290 del 2009. Artículos 12, 13, 14, 15.
Ley 1259 del 2008. Comparendo ambiental
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3. JUSTIFICACIÓN
El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Ciudad Dorada está constituido
por un conjunto de normas y procedimientos bien definidos que tienden a orientar el
comportamiento de los estudiantes dentro y fuera de la institución,
comprometiéndose así con su propio desarrollo como persona y haciéndose
merecedor al respeto de sus derechos y al estímulo de sus deberes.
La educación para la paz y la convivencia en el contexto de la escuela es una
prioridad para el municipio de Armenia, porque ésta tiene una responsabilidad
ineludible en la formación de ciudadanos capaces de ejercer la democracia, respetar
los derechos humanos y relacionarse entre sí de manera constructiva.
• El manual de convivencia es una carta de creación de ambientes de convivencia;
concertado y aceptado por las partes,
• Se parte de la esencia de la ley; la preservación de lo colectivo sobre lo individual.
• La violencia es la principal causa de muerte y el origen de innumerables lesiones
físicas y psicológicas que menoscaban la integridad de las personas
• La convivencia pacífica es una manera de vivir que exige aprender a practicarla
puesto que, cualquier otra manera de vivir, es un resultado del aprendizaje
• Es necesario educar para cualificar y mejorar las relaciones sociales y humanas,
para vivir en armonía y poder resolver pacíficamente los conflictos que se generen
en la institución.
• Una de las funciones primordiales de la escuela de hoy es la de enseñar a vivir
juntos en armonía y a convivir con base en el respeto a las diferencias y a los
derechos de los demás.
• Se respetan los derechos, pero se exigen los deberes.
La justificación del presente Manual se basa en la necesidad que tenemos de educar
integralmente a los jóvenes de hoy, con base en unos principios y valores que
contribuyen a la formación de una sociedad más justa y equitativa. En consecuencia,
este Manual es un instrumento de apoyo institucional que contiene las reglas y
procedimientos que ayudarán a formar a hombres y mujeres del futuro con sólidos
valores como: la Responsabilidad, la Justicia, la Libertad y el Respeto mutuo. A la
luz de la normatividad legal vigente como lo es la Constitución Política de Colombia,
El Código de Infancia y adolescencia entre otros.
8
4. PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS INSTITUCIONALES.
Establecidos en el Código de Ética, aprobado mediante resolución número
1. Cuidar y respetar la vida en todas las formas como un imperativo.
2. Reconocer la prevalencia del interés general sobre el particular.
3. Sus actuaciones se enmarcan en el cumplimiento de la normatividad vigente.
4. Reconocer que los bienes públicos son sagrados y se deben ejecutar de Manera
clara y transparente.
5. El principal activo del Municipio de Armenia es su talento humano.
6. Buscar permanentemente satisfacer las necesidades y expectativas de las partes
interesadas.
7. Contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
8. Revisar permanentemente sus actuaciones para detectar desviaciones o
Ineficiencias y corregirlas oportunamente.
9. Otorgar a todas las personas un trato amable, cordial, ecuánime, oportuno y con
calidad.
10. Rendir cuentas a la comunidad sobre los resultados de la gestión.
4.1. VALORES
1. Respeto: Aceptar las opiniones y actitudes del otro, asumiendo un trato amable y
cordial.
2. Responsabilidad: Ser responsable es asumir las consecuencias de nuestras
acciones y decisiones. Realizar nuestros actos de acuerdo con una noción de justicia
y de cumplimiento del deber en todos los sentidos.
3. Compromiso: Hacer el trabajo pensando siempre en el desarrollo de la
Administración Municipal, aplicando nuestras capacidades y conocimientos en
beneficio de los grupos de interés.
4. Solidaridad: Participación permanente en procura de contribuir con la realización
de objetivos y propósitos de nuestra entidad y equipos de trabajo.
5. Honestidad: La persona honesta busca con ahínco lo recto, lo honrado, lo
razonable y lo justo; no pretende jamás aprovecharse de la confianza, la inocencia o
la ignorancia de otros. Su forma de vivir es congruente entre lo que se piensa y la
conducta que se observa hacia los grupos de interés, que junto a la justicia, exige en
dar a cada quien lo que le es establecido.
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6. Transparencia: Es actuar con objetividad, rectitud, claridad y decoro, sin asomo
de duda, dando ejemplo de rectitud ante los demás servidores públicos y ante los
equipos de interés.
7. Tolerancia: Tener la capacidad de mantener la armonía en los diferentes estados
de ánimo, aceptar, concertar con los demás, respetando su diversidad cultural y de
pensamiento. Acepta la posibilidad de los errores personales y de los otros, de las
equivocaciones propias y de los demás.
8. Justicia: Es actuar con equidad, tomar decisiones acertadas regidas por principios
de igualdad, éticos, objetivos equilibrados y con celeridad para buscar el beneficio
general.
9. Amistad: La amistad es un vínculo que nos proporciona la posibilidad de
compartir experiencias, conocimientos y sentimientos. Los lazos de amistad se
potencian recíprocamente y no puede existir por separado. La realidad de la amistad
es dual. Implica la existencia de al menos dos personas.
10. Amor: El valor del amor es tener como ideal el bien común, el perfeccionamiento
propio y el de los demás. El amor como una fuente de actitudes éticas que pueden
ayudar a conocernos, conocer a los demás y conocer cómo funciona el mundo.
5. PERFILES INSTITUCIONALES
5.1. PERFIL DEL DOCENTE DORADISTA
1. Dinamizador del conocimiento , habilidades destrezas actitudes y valores de
cada uno de los proyectos trasversales establecidos institucionalmente para
lograr así un verdadero desarrollo integral del educando.(formación humana.
Ecológica, académica y social).
2. Líder responsable del ordenamiento del plan de estudio (lineamientos
curriculares, metodologías de área competencias, estándares y evaluación de
desempeños) asumiendo el compromiso de actuar con profesionalismo y calidad.
3. Docente permanentemente actualizado en los conocimientos, experiencias,
innovaciones o investigaciones para contribuir con el desarrollo y mejoramiento
de la institución y así lograr las metas y objetivos propuestos.
4. Transformador del aula de clase en un verdadero laboratorio humano de
reflexión, investigación e innovación, de tal manera que la sistematización por
escrito de sus experiencias se convierta en verdaderas memorias de
mejoramiento para la comunidad académica a nivel local, regional y nacional.
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5. Modelo de responsabilidad, motivación, compromiso, liderazgo y amor por su
profesión, recordando que no se educa sólo con palabras si no con actitud y
con ejemplo de vida.
5.2. PERFIL DEL ESTUDIANTE DORADISTA
1. Persona con identidad y sentido de pertenencia, comprometida con los procesos
y responsabilidades frente a la institución
2. Respetuoso hacia la comunidad educativa y su entorno
3. Un ser con criterios de vida, de valores de desarrollo espiritual comprometido
consigo mismo y con su entorno familiar, en permanente compromiso para
mejorar su proyecto de vida.
4. Persona comprometida y responsable con la conservación del medio ambiente y
la preservación de la vida en todas sus manifestaciones.
5. Persona comprometida con su proceso de formación y aprendizaje significativo.
6. Persona propositiva y asertiva en sus procesos de comunicación.
7. Persona alegre, dinámica y creativa en sus procesos de socialización y
convivencia.
5.3. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA DORADISTA
1. Persona que acompaña permanentemente a sus hijos en el proceso educativo
2. Personas de buen comportamiento.
3. Comprometidos en los diferentes estamentos institucionales fortaleciéndolos
con ideas y propuestas.
4. Persona comprometida con la conservación del medio ambiente y la
preservación de la vida en todas sus manifestaciones.
5. Personas que conviven en ambientes donde se fomenten los valores y el
respeto por el medio ambiente.
6. Persona solidaria con los procesos educativos y proyectos institucionales.
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5.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DORADISTA
1. Persona comprometida con proyecto educativo Institucional, como un deber
inherente al desempeño de sus funciones dentro de los límites del precepto
constitucional de la autonomía.
2. Persona líder en la elaboración y realización de mejoras en la calidad de la
enseñanza, en la investigación pedagógica y en el desarrollo y divulgación de
métodos y técnicas para el ejercicio más adecuado de nuestra actividad
educativa, con objeto de conseguir los más elevados niveles de eficiencia.
3. Promover actividades extraescolares, preparándolas y realizándolas con plena
responsabilidad, y siempre con las debidas garantías jurídico administrativas.
4. Persona con características humanísticas para tomar decisiones frente a su
labor académica y administrativa.
5. Persona con capacidad de gestión de proyectos tanto internos como externos en
mejora de la calidad educativa.
6. INGRESO Y RETIRO DE ESTUDIANTES
Podrán ser matriculados como estudiantes de la Institución Educativa Ciudad
Dorada, todos los niños, niñas , jóvenes en edad preescolar, escolar y adultos
quienes hayan cumplido todos los requisitos que para matricularse, exige el sistema
educativo colombiano y habiendo cupo en la Institución, acepten junto con sus
acudientes, la propuesta educativa que ofrece el P.E.I del colegio y se comprometan
al fiel cumplimiento de los fines institucionales, nacionales de la educación y a la
cabal ejecución y ejercicio del Proyecto Curricular del plantel. Para el caso de la
jornada diurna (mañana y tarde) en el momento de la matrícula deberán estar
presentes el estudiante y su acudiente para registrar sus firmas.
La matricula es el acto jurídico mediante el cual se formaliza la vinculación del
educando con la Institución y se protocoliza con las firmas del estudiante y su
acudiente, y el rector y secretario(a) del plantel. Serán matrículas ordinarias las
realizadas en el calendario propuesto por la Secretaria de Educación de Armenia,
para los estudiantes que llegan por primera vez, o que habiéndose retirado, regresan
nuevamente a la Institución. Son de transferencia aquellos estudiantes que están
previamente matriculados en otros planteles en el mismo año lectivo y hagan la
respectiva solicitud; éstas se podrán realizar a través de todo el año escolar. Es
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acudiente, el mayor de edad que firma el acta de matrícula o el mayor a quien este le
conceda expresamente y por escrito tal derecho. Esta autorización se consignará,
en la respectiva acta de matrícula.
Tendrán derecho a renovar matrícula los alumnos matriculados que no hayan sido
reprobados por segunda vez en el mismo grado
Son requisitos para tener derecho a la matrícula:
1. Liberación o retiro en el SIMAT de la institución de procedencia, cuando el alumno
ya se encuentra registrado en el Sistema Nacional de Matriculas del Ministerio de
Educación Nacional.
2. Registro Civil de Nacimiento alumno entre los 5 y 6 años, tarjeta de identidad
entre los 7 y 17 años, cédula de ciudadanía de los 18 años en adelante.
3. Para los estudiantes del grado transición deben tener cinco años cumplidos o para
cumplir hasta 31 de marzo del año lectivo a cursar.
4. Para los estudiantes de grado primero a grado quinto, boletín de informes
académicos.
5. Para estudiantes de grado sexto a grado once, registro escolar de valoración de
los años anteriores en el que se matricula; para los educandos nuevos, además,
certificados desde el grado 5º.
6. Para las matrículas en las jornadas nocturna y sabatina se tendrá en cuenta los
requisitos planteados en el decreto 3011 de 1997
7. Una (1) fotografía.
8. Presentarse acudiente y estudiante para el acto de la matrícula.
9. Pagar servicios complementarios.
10. El pago de la Asociación de padres de Familia será voluntaria.
Para la renovación de matrícula se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
1. Presentar Paz y salvo de la Institución,
2. Presentar el boletín académico del año inmediatamente anterior.
3. Una (1) fotografía.
4. Pagar por concepto de servicios complementarios, de acuerdo a lo establecido
por la secretaría de educación municipal, teniendo en cuenta las excepciones.
5. Presentarse acudiente y estudiante para el acto de la matrícula.
Cuando el alumno no vuelva al colegio sin que le sea cancelada la matrícula, por su
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acudiente, cuando complete la cuarta parte del total de ausencias a las actividades
curriculares el Consejo Directivo podrá cancelar la matrícula. No obstante, si
teniendo este o mayor número de faltas, y el estudiante demuestra haber alcanzado
los logros propuestos el Comité de Evaluación-Promoción puede a su consideración,
promover al estudiante al grado siguiente.
La Institución Educativa Ciudad Dorada no podrá imponer ni cobrar cuotas a sus
estudiantes, ni acudientes, ni hacer ningún tipo de rifas. No obstante, no se opondrá
a rifas o cuotas voluntarias que mediante acta firmada por quienes en ella
intervienen, decidan realizar los acudientes por intermedio y con autorización de la
Asociación de Padres de Familia, actas, en los que la intervención del colegio solo
podrá ser de supervisión.
La cancelación de matricula es el acto oficial por medio del cual se desvincula a un
estudiante del colegio y sólo podrá ocurrir en estos casos: Cuando por decisión
unilateral del acudiente éste lo determine, o cuando por manifiesto o reiterado
incumplimiento a la normatividad de la Institución, o faltas de especial gravedad del
estudiante, o acudiente, contra la Comunidad Educativa y sus reglamentos, lo
decidirá el Consejo Directivo del establecimiento, mediante resolución emitida por el
Rector. En el primer caso el estudiante tendrá derecho a recuperar su cupo, más por
ningún motivo en el segundo caso. En ambos casos se registrará en el respectivo
folio de la matrícula la causa de la cancelación. En el acto de cancelación de
matrícula, el estudiante y su acudiente, deberán estar a Paz y salvo por todo
concepto con el colegio.
7. UNIFORME ESCOLAR
En la institución educativa se tiene el uso de dos uniformes para los educandos de la
Jornada Diurna (A y B):
1. Uniforme de diario.
2. Uniforme de Educación Física.
El uniforme de diario consta de las siguientes prendas:
Mujeres:
Falda tradicional de la institución de matices café en cuadros.
Camibuso blanco con el escudo de la Institución en el lado izquierdo.
Medias blancas 3/4.
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Zapatilla café.
Hombres:
Pantalón verde oliva.
Camibuso blanco con el escudo de la Institución en el lado izquierdo.
Medias blancas.
Zapatillas negras o tenis negros sin ningún adorno.
En el caso de los niños y niñas de educación básica primaria que obtengan el
beneficio del uniforme de diario por parte de la administración municipal, podrán
asistir a la institución con él.
El uniforme de Educación Física consta de las siguientes prendas de manera
general tanto para las mujeres como para los hombres:
Sudadera verde.
Buso blanco con el escudo de la institución.
Medias blancas.
Pantaloneta verde.
Tenis blancos.
8. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
En general serán derechos de los estudiantes los consagrados en la Constitución
política de Colombia, en los códigos y leyes vigentes, particularmente en la ley de
infancia y adolescencia 1098 del 8 de Noviembre de 2006, en la ley 115 del 8 de
Febrero de 1994, o ley general de educación, en todos sus decretos reglamentarios y
lineamientos curriculares, sin discriminación alguna por razones de raza, color, sexo,
idioma, religión opinión política o filosófica o cualquier otra condición suya, de sus
padres o de sus representantes.
8.1. MARCO LEGAL
8.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991
Derecho a la cultura, Art 44
15
Derecho a la defensa, Art 29
Derecho a la educación, Art 67
Derecho a la honra, Art 21
Derecho a la igualdad, Art 13,
Derecho a la integridad física, Art 12
Derecho a la intimidad personal, Art 15
Derecho a la libertad de comunicación, Art 20
Derecho a la libertad de información, Art 20
Derecho a la libertad religiosa, Art 19
Derecho a la paz, Art 67
Derecho a la práctica del deporte, Art 52
Derecho a la protección, Art 45
Derecho a un ambiente sano, Art 79
Derecho al libre desarrollo de la personalidad, Art 16
Derecho a ser elegido y poder elegir, Art 40 N°1
8.1.2. LEY 1098 O CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Derecho a la vida y a la calidad de vida y un ambiente sano, Art 17
Derecho a la integridad personal, Art 18
Derechos de protección, Art 20
Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella, Art 22
Derecho a la custodia y cuidado personal, Art 23
Derecho a la identidad, Art 25
Derecho al debido proceso, Art 26
Derecho a la educación, Art 28
Derecho al desarrollo integral en la primera infancia, Art 29
Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes, Art 30
Derecho a la participación de los niños, las niñas y los adolescentes, Art 31
Derecho a la asociación y reunión, Art 32
Derecho a la intimidad, Art 33
Derecho a la información, Art 34
Derechos de los niños, niñas y los adolescentes con discapacidad (física, cognitiva,
sensorial y mental), Art 36
Derecho a libertades fundamentales, Art 37
Obligaciones especiales de la institución educativa, Art 42
Obligación ética fundamental de la institución educativa, Art 43
16
Obligaciones complementarias de las instituciones educativas, Art 44
Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes, Art 45
8.2. MARCO INSTITUCIONAL
1. Ser matriculados en la Institución Educativa Ciudad Dorada previo cumplimiento
de los requisitos legales, y permanecer en él mismo mientras cumpla con la
normatividad establecida en el manual de convivencia.
2. Tener continuidad del cupo en el colegio, de acuerdo a lo establecido en el
presente manual.
3. Ser tratado como ser único con características diferentes.
4. Recibir oportunamente el carné estudiantil.
5. La protección, cuidado y asistencia necesarios y que estén al alcance de la
Institución, para lograr un adecuado desarrollo físico, psíquico, mental, moral,
ético, afectivo, emocional, intelectual, científico, teológico, espiritual, social y
familiar.
6. Recibir continua, oportuna y sistemáticamente la orientación necesaria para su
plena formación y desarrollo integral al tenor de los principios, fines y objetivos de
la educación colombiana, los logros y lineamientos, curriculares contenidos en la
legislación educativa, el proyecto curricular y el PEI.
7. Recibir una educación orientada a desarrollar su personalidad, acrecentando
permanentemente su potencialidad, habilidades, destrezas, capacidades,
competencias, facultades, valores, su autoestima y autonomía, que lo capaciten
para el conocimiento y propia construcción de este, el manejo, uso y aplicación del
mismo en procura de incrementar continuamente su calidad, de vida y su plena
realización humana.
8. Que se eduque y promueva el respeto por los derechos humanos, los valores
culturales y espirituales propios del género humano y particulares de su entorno
social; el cuidado y conservación del medio ambiente natural y el desarrollo del
espíritu ecológico,
9. Ser identificado, conocido, reconocido, determinado, comprendido, orientado,
corregido, tolerado, escuchado, atendido, respetado en igualdad de condiciones
dentro de la dignidad humana,
10. Ser protegido por la institución contra cualquier forma de abandono, violencia de
toda índole, descuido, maltrato trato negligente, abuso sexual, o cualquier tipo de
explotación.
11. Estar asegurado para la prevención y control de su salud,
17
12. Expresar su opinión con respeto y libertad pero sin lesionar la dignidad y los
derechos del otro.
13. La defensa por sí mismo o por interpuesta persona, a ser oído con oportunidad y
respeto en toda circunstancia especialmente cuando quiera hacer sus descargos
por cualquier causa en el uso legitimo de defensa.
14. Ejercer la libertad de pensamiento y de conciencia, acordes con su crecimiento y
desarrollo físico; síquico, espiritual, afectivo y emocional.
15. Que se le ofrezcan los medios y mecanismos para su activa integración a la
sociedad y al ejercicio del liderazgo a través de eventos deportivos, culturales y
académicos.
16. Al descanso, esparcimiento, deporte, al desarrollo de la creatividad y a la
participación en la vida cultural, artística y social dentro de la institución.
17. Ser orientado contra el uso de sustancia psicoactivas y sobre sus consecuencias,
participando en programas y actividades ofrecidos para tal fin.
18. Ser atendido oportuna y cabalmente por el personal directivo y docente de la
Institución
19. Ser evaluado teniendo en cuenta lo aprobado en el sistema institucional de
evaluación de los estudiantes
20. Elegir y ser elegido para formar parte de los diferentes cargos, comités y
organizaciones de la Institución.
21. Disfrutar de un ambiente propicio de orden y aseo de las instalaciones y áreas de
la Institución.
22. Presentar, cuando lo estime conveniente informaciones y sugerencias que
contribuyan al crecimiento y buen nombre de la Institución.
23. Recibir estímulos por su buen desempeño participación, colaboración, éxito y
triunfos alcanzados en las diversas actividades de la vida escolar y personal.
24. Exigir que la Institución cumpla con las actividades cuniculares ofrecidas en el
PEI.
25. Conocer oportunamente el resultado de sus trabajos y evaluaciones orales y
escritas con las respectivas correcciones y observaciones.
26. Que se le ofrezca un servicio de tienda escolar con las mejores condiciones
nutricionales e higiénicas con costos adecuados y buena atención dentro del
horario establecido.
27. Recibir, durante su permanencia en el colegio una buena preparación para las
pruebas SABER .
28. Participar de las distintas formas de evaluación (autoevaluación, co-evaluación,
heteroevaluación).
18
29. No ser retirado de clases y actividades sin causa de extrema gravedad.
30. Que se le permita nivelarse en los logros pendientes cuando haya justificado sus
inasistencias a clase ante los respectivos docentes.
31. Obtener permisos para faltar al colegio o ausentarse de él, previa justificación del
padre de familia o acudiente.
9. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
9.1. SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
En sentencia St- 402 de 1992 los magistrados ponentes exponen que la
Constitución como norma de normas garantiza el acceso y la permanencia en el
sistema Educativo a excepción de algunos factores que inciden en el buen
desarrollo de la labor educativa como lo es el incumplimiento académico o graves
faltas disciplinarias por parte del estudiante, estas conductas pueden acarrear la
privación del beneficio de permanecer matriculado en la institución educativa.
Sentencia St- 316 de 1994 “La educación solo es posible cuando se da la
convivencia y si la disciplina afecta gravemente o la falta de rendimiento
intelectual ha de prevalecer el interés general sobre el particular, para esto se
puede separar a la persona de la institución educativa respetando el debido
proceso”.
Sentencia SC- 555 de 1994 “La exigibilidad de las reglas mínimas de
comportamiento y académicas que debe cumplir el alumno resulta acorde con sus
propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en
el manual de convivencia que él y sus acudientes firman al momento de
establecer la vinculación educativa, al comprometerse con la institución de tal
manera se les puede exigir mediante razones de peso el cumplimiento de las
mismas, pero si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o
grave indisciplina puede esto ser tomado como motivo de exclusión”
EL DECRETO 1108 DE 1994, que en su capítulo 30, prohíbe en todos los establecimientos educativos del país independiente de su naturaleza estatal oprivada, el porte, consumo y tráfico de estupefacientes y de sustancias psicotrópicas.
LA SENTENCIA CC 519 DE 1992, Que establece que “ aunque la educación esun derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer
19
vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien, de manera constante y reiterada desconoce las directricesdisciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios”.
LA SENTENCIA CC 492 DE 1992, que afirma, con respecto a la educación, que“es un derecho deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el no disciplinado que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas”“…por una disciplina de autoformación: respetar las normas porconvicción y no por evitar la sanción”.
SENTENCIA ST-612/92 “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”.
SENTENCIA ST-235/97 “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”.
SENTENCIA ST-02/92 “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”.
SENTENCIA ST-519/92 “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”.
SENTENCIA ST-527/95 “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo.
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9.2. MARCO INSTITUCIONAL
1. Asumir y comprometerse junto con su acudiente al estricto cumplimiento de las
obligaciones que se generan con el acto de la matricula en el colegio.
2. Respetar los derechos humanos y los valores culturales y espirituales propios del
género humano y de su entorno social..
3. Integrarse activa y participativamente en su entorno institucional y ejercer el
liderazgo.
4. No someter a otros a acciones o inducirlos a actitudes que menoscaben su
dignidad o conlleven un peligro físico, mental o moral.
5. No hacer uso en ningún momento, dentro del colegio de sustancias psicoactivas,
o embriagantes y no hacer tráfico de las mismas. No fumar dentro del
establecimiento.
6. Acatar las decisiones de directivos y docentes cuando éstas se ajusten
plenamente a las normas vigentes.
7. Participar activa, consciente y respetuosamente en la formación, organización y
ejercicio de funciones de gobierno escolar en forma ejecutiva o como veedor.
8. Usar racional cuidadosa y responsablemente todos los elementos y servicios que
le ofrece la Institución para su desarrollo integral.
9. Respetar el aseo, presentación y ambiente propicio de la Institución.
10. Pagar todos los daños causados por su culpa e irresponsabilidad a bienes y
personas del plantel.
11. Participar eficientemente en el crecimiento y desarrollo de la Institución y la
preservación de buena imagen, a través de sus actitudes y buen comportamiento.
12. Proveerse completamente de los uniformes reglamentarios de la institución y
portarlos con respeto y dignidad. Al inicio del año lectivo la coordinación, previo
estudio del caso, concederá plazos fijados por el consejo directivo para su
adquisición.
13. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos de estudio que sean fijados
por los docentes en sus respectivas asignaturas.
14. Presentar excusas de su inasistencia debidamente firmadas por el acudiente, al
momento de regresar al colegio. Estas excusas escritas serán archivadas por el
coordinador.
15. Devolver oportunamente y en buen estado los libros o materiales que hayan sido
facilitados por la biblioteca de la institución.
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16. Estar a paz y salvo por todo concepto al finalizar el año lectivo. Presentar este
paz y salvo al momento de renovar la matrícula.
17. Participar democráticamente en todas las actividades que favorezcan su
formación integral. Elegir y ser elegido a la personería, al consejo estudiantil y
como representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
18. Participar activamente de todas las clases y actividades programadas por la
institución y permanecer en ellas durante toda la jornada.
19. No traer a la institución elementos que puedan interferir en el buen desempeño
de las actividades académicas, recreativas y culturales.
20. No dedicarse en clase a actividades diferentes a las del área que se está
trabajando.
21. En caso de inasistencia a la institución debe ponerse al día y presentar las
actividades, trabajos y evaluaciones desarrolladas durante su ausencia
22. Presentarse a la institución debidamente aseado y correctamente uniformado de
acuerdo a la jornada académica prevista.
23. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de llevar consigo objetos de valor. El
colegio no se responsabiliza de su pérdida.
24. Salir de las aulas durante los periodos de descanso y al finalizar la jornada
escolar dejar el aula aseada, ordenada y organizada.
25. Respetar y conservar un comportamiento adecuado durante las actividades
académicas y culturales de la institución.
26. Asumir con responsabilidad y honestidad la presentación de pruebas aplicadas
por la institución.
27. Presentar la autorización por escrito del acudiente para asistir a las actividades
académicas extra clase, programadas por las diferentes áreas.
10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA EN EL PROCESO FORMATIVO
DE SUS HIJOS.
10.1. MARCO LEGAL
Código de la infancia y adolescencia
Derechos y Deberes de los padres de familia Art 39 N° 1, 2,3,5,6,8,9,13,14,15.
10.2. MARCO INSTITUCIONAL
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Son derechos de los padres de familia:
1. Ser escuchado tanto por directivos como por docentes y personal
administrativo o de servicios, cuando las circunstancias así lo requieran.
2. Reclamar, siguiendo el conducto regular, ante cualquier instancia por
irregularidades de cualquier tipo que afecten sus intereses.
3. Recibir en forma periódica y por escrito, los informes sobre comportamiento y
obtención de logros relacionados con sus hijos y/o acudientes.
4. Recibir orientación adecuada que contribuya en la formación integral de sus
hijos(as).
5. A que sus hijos reciban un servicio educativo de calidad.
6. Apelar ante cualquier instancia, en forma escrita o verbal según la
trascendencia del caso, por las decisiones que se tomen en contra de sus
hijos o acudidos.
7. Participar de las actividades cívicas, culturales y deportivas en las cuales se
requiera su presencia programadas por la institución.
8. A que sus hijos reciban oportunamente ayuda relacionada con situaciones
académicas, personales y sociales que estén afectando el normal desempeño
académico y disciplinario.
9. Ser miembro activo de la Asociación de padres de Familia, Consejo de
padres, Consejo Directivo y demás organizaciones que se creen en la
institución para promover la formación de sus hijos.
10. Participar activamente en la resignificación del Proyecto Educativo
Institucional.
11. Conocer oportunamente y participar de la construcción del Manual de
Convivencia del plantel.
11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Son deberes de los Padres de Familia:
1. matricular a sus hijos en la institución dentro del proceso ordinario para ello.
2. Participar responsablemente en la elección de los representantes de la
Asociación de Padres de Familia, diferentes consejos y demás organizaciones
internas donde se requiera su presencia.
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3. Controlar la asistencia de sus hijos al 100% de las clases y actividades
curriculares.
4. Contribuir al crecimiento personal de su hijo mediante la transmisión
permanente de valores a través del buen ejemplo, reforzando de esta manera,
la formación que les brinda la institución.
5. Presentar ante cualquier integrante de la comunidad educativa, siguiendo
siempre el conducto regular establecido, las solicitudes o sugerencias con el
debido respeto, cada vez que las circunstancias lo requieran.
6. Cumplir puntualmente con las citaciones escritas que le haga la institución y
en caso de inasistencia al llamado tendrá que justificarlo.
7. Proveer al estudiante de los elementos requeridos para el desarrollo de su
trabajo escolar.
8. verificar diariamente que sus hijos o acudidos salgan de la casa portando
adecuadamente el uniforme, según el horario que corresponda.
9. Informar oportunamente a quien corresponda acerca de las situaciones
anómalas que atenten contra el buen nombre de la institución.
10. Informar personal y oportunamente a la institución las causas de inasistencia
de sus hijos y/o acudidos dentro de los 2 días hábiles siguientes a la
inasistencia.
11. Autorizar por escrito y respaldar luego con su firma ante el respectivo docente,
a la persona mayor de edad que lo pueda reemplazar ante la institución
cuando le sea imposible cumplir con la citación que se le haga.
12. Responder por todos los daños que su hijo ocasione a la planta física así
como a los implementos de estudio facilitados por la Institución.
13. Respetar física y verbalmente a los miembros de la comunidad educativa
(alumnos, profesores, padres de familia, funcionarios administrativos y
directivos) dentro y fuera de la institución.
14. Asistir a las actividades de orientación o escuela de padres que se programe
por parte de la institución con el fin de facilitar la formación integral de sus
hijos.
15. Velar por que sus hijos cumplan cabalmente de las normas de convivencia
institucional.
16. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un ambiente de cariño,
respeto y tolerancia. Desarrollar en sus hijos los valores de la
responsabilidad, el respeto y la honestidad.
17. Respaldar la filosofía y valores del Colegio, sus principios pedagógicos y
apoyar las normas y procedimientos establecidos.
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18. Fomentar en sus hijos hábitos de aseo y pulcritud personal.
19. No enviar al niño o adolescente enfermo a la institución.
20. Aceptar y cumplir a cabalidad las normas establecidas en el manual de
convivencia institucional.
21. Cumplir con los compromisos escritos establecidos durante los seguimientos
académicos y disciplinarios de los estudiantes.
22. Velar porque sus hijos cumplan puntualmente con los horarios de entrada a la
institución.
12. DERECHOS DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN
Los derechos de los docentes están consagrados en los derechos fundamentales
que establece la Constitución Política de 1991, el Estatuto Docente, la Ley General
de la Educación y la Ley 734 de 2002 Código disciplinario único.
1. El docente Doradista será abierto al cambio tanto en sus métodos y
estrategias como en su preparación y actualización pedagógica y personal.
2. Estará en capacidad de enfrentar la realidad y el momento histórico que
vivimos para preparar a sus alumnos en su sentido racional de liderazgo,
amor, esperanza, empuje y dinamismo.
3. acompañara a sus alumnos en el desarrollo integral de su personalidad en un
plano de igualdad, respeto mutuo y de la aceptación como personas,
compartiendo un ambiente socialmente agradable.
4. vivirá su vocación pedagógica a plenitud mediante el compromiso con su
trabajo.
5. A ser tratados con respeto por todos los estamentos de la comunidad
educativa
6. A ser escuchado teniendo como premisa el diálogo, el respeto a la diferencia,
a la libertad de pensamiento y al desarrollo de la autonomía moral.
7. Derecho a recibir las informaciones necesarias y oportunas inherentes a su
cargo
8. A participar de programas de capacitación y bienestar social gozando de
estímulos que la institución establezca
9. Solicitar permiso cuando las circunstancias lo ameriten y la ley lo permita
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10. A recibir apoyo, orientación y el material necesario dentro de las posibilidades
institucionales, para el mejor desempeño de su labor educativa.
11. Elegir y ser elegido para participar en los diferentes consejos que establece la
Ley y en las demás organizaciones institucionales creadas internamente.
12. Conocer en primera instancia los hechos o situaciones en su contra, antes de
ser tratados en las instancias superiores.
13. Recibir estímulos a nivel interno, diferentes a los establecidos por la ley.
14. Recibir apoyo de las directivas, especialmente en cuanto a la organización de
sus horarios, con el fin de llevar a cabo estudios de postgrados o similares.
15. Contar con el tiempo suficiente para el diligenciamiento de los conceptos
evaluativos definidos para cada periodo para lo cual debe publicarse
oportunamente el calendario respectivo.
16. Obtener oportunamente los documentos que sean solicitados en las
diferentes dependencias del centro educativo.
17. Solicitar ante quien corresponda, el tiempo y el material didáctico necesarios
para llevar a cabo su labor docente.
18. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. de acuerdo con
los mecanismos que para ello se estipulen y siguiendo los lineamientos de la
Ley General de Educación.
19. Conocer y poner en práctica el Manual de Convivencia.
20. Participar en seminarios, talleres u otras actividades que conlleven a una
buena capacitación y actualización.
21. Solicitar con anticipación permisos hasta por tres días o cambios de jornadas
en caso de urgencia comprobada y tratando al máximo de no perjudicar a los
alumnos.
13. DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN
Son deberes de los docentes los contemplados en el Artículo 44 del Estatuto
Docente y el Artículo 35 del código disciplinario único Ley 734 de 2002 y además:
1. Cumplir con la jornada laboral mostrando productos de las mismas.
2. Atender oportunamente las inquietudes y dificultades de los estudiantes y padres
de familia.
3. Tratar con respeto a los alumnos, padres de familia, acudientes y compañeros
de trabajo.
4. Planear, ejecutar y evaluar oportunamente el trabajo con los estudiantes.
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5. Hacer seguimiento académico y disciplinario según lo establecido en este Manual
de Convivencia dejando el registro escrito correspondiente.
6. Actualizarse permanentemente sobre procesos curriculares y educativos.
7. Dar participación a los(a) estudiantes en la elaboración del informe evaluativo.
8. Analizar los resultados del proceso evaluativo de los grupos a su cargo.
9. Diseñar y desarrollar estrategias pedagógicas orientadas hacia el alcance de los
logros.
10. Asistir y participar en las reuniones programadas por la institución.
11. Informar permanentemente a los acudientes sobre las situaciones académicas y
disciplinarias de sus estudiantes.
12. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los equipos
y materiales a su cargo.
13. Acompañar a los estudiantes durante los descansos, las actividades culturales y
deportivas que programe la institución.
14. Inculcar con el ejemplo en los educandos el amor a los valores históricos,
culturales y ambientales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.
15. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación con
sus estudiantes.
16. Iniciar el proceso e informar oportunamente ante quien corresponda, situaciones
de hecho presentadas por algún miembro de la comunidad educativa que puedan
ser causa de mala conducta y de las cuales tenga conocimiento (drogadicción,
chantajes, entre otros).
17. Coordinar personalmente con sus jefes inmediatos, los permisos para retirarse de
la institución en sus horas de trabajo, diligenciando el respectivo formato.
18. Aprovechar los periodos libres para planear su trabajo y atender todo lo
relacionado con su labor encomendada.
19. Asumir responsablemente la participación en los comités y otros estamentos
existentes, cuando democráticamente sea elegido.
20. Cumplir con verdadero interés las funciones de dirección de grupo cuando estas
le sean asignadas.
21. No llegar en estado de embriaguez a la institución, ni bajo el efecto de sustancias
psicotrópicas.
22. Respetar la intimidad del estudiante y la de los demás miembros de la
comunidad educativa.
23. Cumplir con los conductos regulares en todos los aspectos.
24. Solicitar por escrito autorización a la Rectoría o a la Coordinación para la salida
de la institución.
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25. Informar oportunamente las inasistencias imprevistas a la jornada de trabajo.
26. Ser la primera persona en ingresar al aula y la última en salir de ella y evitar al
máximo dejar solos a los estudiantes.
27. Constituirse en modelo de vida para los estudiantes.
28. Evitar comercializar ni participar en la comercialización de objetos dentro de la
institución.
29. Abstenerse de consumir bebidas embriagantes y sustancias estupefacientes.
30. Portar en lugar visible el carné que lo identifica como docente de la institución,
mientras permanezca dentro de ella.
31. Los docentes de la Institución tienen el deber de tratar a los demás miembros de
los estamentos de la Comunidad Educativa con respeto y consideración teniendo
como premisa el diálogo y el respeto a la diferencia.
32. Debe dar las informaciones necesarias inherentes a su cargo y que sean
solicitadas por estudiantes, padres de familia y acudientes, y personal directivo de la
Institución.
33. A participar activa y dinámicamente en las actividades curriculares y
extracurriculares programadas por la Institución.
34. A proporcionar las orientaciones académicas morales y personales colectivas
que requieran los estudiantes en su formación
35. ser ejemplo para todos los miembros de toda la Comunidad Educativa y de la
sociedad en general.
14. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN
Son derechos del personal administrativo y de servicio:
1. Recibir capacitación adecuada para el mejor desempeño de sus funciones
2. Obtener permisos especiales, licencias y estímulos internos.
3. Contar con el material técnico y tecnológico adecuado para el desarrollo de
las actividades.
4. Recibir un trato respetuoso de parte de sus superiores, compañeros,
estudiantes, profesores y demás integrantes de la comunidad educativa.
5. Conocer en primera instancia los hechos o situaciones que vayan en su
contra, antes de ser tratados en las instancias superiores.
6. Obtener cupo para sus hijos cuando van a ingresar a la institución educativa.
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15. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN
Son deberes del personal administrativo y de servicios:
1. Cumplir con los horarios establecidos.
2. Dar buen trato a estudiantes como a los demás miembros de la comunidad
educativa
3. Solicitar oportunamente los permisos por horas o por la jornada, de acuerdo
con las normas establecidas internamente
4. Utilizar adecuadamente los servicios que ofrece la institución (cafetería,
biblioteca, espacios deportivos, recreativos y culturales).
5. Evitar los conflictos personales con los miembros de la comunidad puesto
que interfieren directamente en sus labores profesionales y afectan las
relaciones interpersonales.
6. Cumplir con la jornada de trabajo de acuerdo al horario establecido
7. Informar oportunamente a quien corresponda, situaciones anómalas que
atenten contra el buen nombre de la institución
8. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las
funciones que les sean asignadas
9. Colaborar decididamente en el control de las normas que tengan que ver con
los estudiantes
10. Responder por la pérdida de los elementos asignados por inventario para el
desempeño de sus funciones
11. Abstenerse de abandonar ni suspender sus labores injustificadamente o sin
previa autorización
12. Evitar difundir, interna o externamente, información tendenciosa sobre la
institución
13. Respetar la diferencia de los demás miembros de la comunidad educativa.
16. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LAS AULAS DE SISTEMAS Y
TECNOLOGIA
16.1. SALA DE TECNOLOGIA
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16.1.1. FUNCIONES DE LA PERSONA ENCARGADA DE LA ADMINISTRACIÓN
DEL AULA DE TECNOLOGIA
1. El aula de tecnología estará coordinada por un docente de cualquier jornada
designado por el Rector. Nadie deberá ingresar sin la debida autorización del
mismo, pues de esta medida depende la conservación de los equipos y
herramientas.
2. La administración del aula – taller estará a cargo de una persona (docentes
del área de Tecnología & Informática) mostrándose atento a los
requerimientos de los usuarios del aula - taller para garantizar un buen
servicio y el buen estado de la misma.
3. La persona encargada de la administración debe velar por el buen uso de los
equipos y herramientas.
4. La persona encargada de la administración deben dar cumplimiento a los
horarios de uso del aula – taller establecidos por la Institución.
5. La persona encargada de la administración debe ser respetuosa y brindar la
colaboración necesaria a todas las personas usuarias del aula - taller.
6. La persona encargada del aula - taller deberá exigir al docente usuario del
aula un plan de trabajo con anterioridad donde especifique las actividades,
los materiales, herramientas que se van a utilizar. Todo con el fin de que le
tengan listas todas las herramientas necesarias.
16.1.2. NORMAS DE LOS USUARIOS DEL AULA DE TECNOLOGIA
1. Serán usuarios del aula – taller el personal de la Institución, Directivos,
docentes, estudiantes y comunidad educativa en general.
2. El docente deberá entregar al coordinador del aula - taller el plan de trabajo
con anticipación.
3. Los usuarios deben estar en la hora establecida en el aula – taller.
4. El docente que esté haciendo uso del aula - taller deberá permanecer en el
aula mientras los estudiantes permanezcan allí.
5. Mantener un comportamiento adecuado en el aula – taller; quien incurra en
esta falta será expulsado de ella. Aplicándosele el manual de convivencia de
la institución, teniendo en cuenta la tipificación de la falta.
6. Los estudiantes deben dar buen uso a los equipos y herramientas del aula –
taller.
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7. Los usuarios no deben extraer ningún equipo, herramienta o material sin
previa autorización del administrador(a).
8. No se debe consumir ningún tipo de alimentos dentro de aula – taller.
9. Está prohibido fumar o beber licor dentro del aula – taller.
10. No ingresar al aula – taller elementos distractores tales como discman, radios,
juegos, etc.
11. Mantener aseada el aula - taller y entregarla en mejor estado del que la
encontró si es posible.
12. Reportar el daño o la falta de algún elemento del aula - taller al profesor
presente antes de comenzar el trabajo con los paneles.
13. Los integrantes de las mesas de trabajo son responsables del estado y uso
de las herramientas del panel asignado.
14. El grupo que se encuentre trabajando en el aula - taller será responsable
de todos los elementos que utilicen.
15. Los usuarios tendrán derecho a recibir una capacitación en el horario
establecido para el uso del aula – taller.
16. El usuario tendrá acceso a diferentes temas de investigación en el campo de
la tecnología.
17. Los administradores del aula - taller tendrán derecho al uso de los equipos y
herramientas, así como a la administración de los mismos.
18. Los usuarios tendrán derecho a recibir la capacitación pertinente con respecto
al manejo de los equipos y herramientas.
19. A expresar sus opiniones en pro de un mejor servicio.
16.1.3. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE TECNOLOGIA
1. No rayar las mesas de trabajo ni paredes del aula – taller.
2. Utilizar los bancos de trabajo para realizar los trabajos fuertes como cortar,
golpear, rayar, etc.
3. No utilizar elementos de proyectos realizados por otros usuarios del aula –
taller.
4. No encender el taladro y/o esmeril sin la autorización del administrador(a) o el
profesor encargado.
5. Mantener el aula – taller lo más limpia posible.
6. Designar un coordinador y un suplente en cada mesa de trabajo quien
manejará las llaves del panel de herramientas correspondiente. Al finalizar la
31
sesión de trabajo, entregará al administrador(a) del aula – taller la llave del
panel inventariado.
7. Quien haga mal uso de los equipos o herramientas deberá responder por los
daños ocasionados.
8. El alumno usuario del aula - taller deberá presentar los materiales
necesarios para el desarrollo de su proyecto, de lo contrario se le impedirá
el acceso al aula - taller.
9. Comenzar a guardar las herramientas y organizar el aula taller 5 minutos
antes de finalizar la clase.
10. Permanecer dentro del aula - taller y en su mesa de trabajo mientras se
desarrollen las actividades.
11. Al terminar las actividades las mesas y sillas deberán quedar en completo
orden "debajo de las mesas".
12. El estudiante está en la obligación de reponer los materiales e insumos que
se gasten del aula.
16.2. NORMAS PARA LA UTILIZACION DEL AULA DE INFORMATICA
1. Ingresar en completo orden al aula
2. Manipular con responsabilidad los equipos existentes en la sala
3. Permanecer dentro del aula durante tiempo establecido
4. Pedir la colaboración del docente cuando se presente un problema.
5. Responder por los daños causados en los equipos de la sala.
6. Dejar organizada la sala, los forros puestos en cada elemento, sillas
organizadas y aula limpia.
7. Llenar el formato de asistencia al aula por parte del docente.
8. Reportar todos los daños y novedades que se presenten en los equipos.
9. Hacer uso responsable del internet.
10. Reportar cualquier daño de los equipos al igual que al infractor para seguir el
proceso disciplinario y de responsabilidad
16.3. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR
Tendrán derecho a los servicios de la Biblioteca escolar los estudiantes, profesores y
empleados de la Institución Educativa, al igual que estudiantes de otros planteles
educativos.
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16.3.1. PRÉSTAMOS DE LIBROS
1. A los estudiantes se les prestará libros únicamente, para el servicio interno,
es decir, dentro de la biblioteca de la Institución.
2. Para el préstamo de los libros el estudiante debe presentar el carné
estudiantil vigente o un documento de identidad.
3. Para la consulta de textos el estudiante debe traer las referencias
bibliográficas.
16.3.2. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA
1. Debe conservarse buen comportamiento y hablar en voz baja.
2. Los libros son para el servicio de las personas, darles un adecuado uso.
3. Las personas que se lleven libros o materiales de la biblioteca sin la
respectiva autorización de la bibliotecario(a), serán reportados a las directivas
de la institución, para que adopten las sanciones respectivas del caso.
4. Cualquier anomalía que se presente por un usuario externo a la Institución, se
hará el respectivo informe al centro educativo al cual pertenezca o a la
autoridad competente.
16.3.3. SERVICIO DE BIBLIOBANCO
1. Se prestará únicamente a los docentes, para el servicio de los estudiantes en
el aula de clase.
2. Este préstamo se hará durante el año lectivo, con el respectivo informe del
docente sobre la utilización y estado de los materiales prestados.
3. El docente que por algún motivo, no entregue el material bibliográfico
prestado por la biblioteca, será reportado a la coordinación respectiva.
16.3.4. COLECCIONES DE REFERENCIA
1. Estos materiales no pueden salir de la biblioteca, salvo en casos muy
especiales que serán considerados por el Bibliotecario(a) y el Rector de la
Institución. Son materiales de referencia, aquellos que llevan sobre la
clasificación la letra R.
2. La duración del préstamo será de ocho (8) días con opción de renovación.
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3. Si en la Biblioteca existe solamente un texto de enseñanza en las diferentes
áreas, no se presta para el servicio externo.
16.3.5. RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN DE LOS LIBROS
1. Las personas que no entreguen el material bibliográfico en las fechas
señaladas, perderán el derecho al servicio por el mismo tiempo que dure el
retraso en la devolución del material.
16.3.6. PÉRDIDA O DAÑO DE LIBROS
1. La persona que pierda un libro de la Biblioteca, debe responder por el
reemplazo o compra del mismo. En caso de ser menor de edad, se hace
responsable el acudiente de la reposición de los materiales.
2. El usuario que entregue los materiales en condiciones diferentes a las
prestadas, se hará cargo de la encuadernación o reparación del mismo.
3. El lector que entregue los libros manchados, rayados o mutilados, se le
suspenderá el servicio por el tiempo que disponga el bibliotecario(a) y la
coordinación del colegio.
17. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS
Las faltas se tipifican en leves, graves y gravísimas. La tipificación de las mismas, así
como las correspondientes sanciones, son parte del Manual de convivencia de
nuestra institución educativa.
17.1. FALTAS LEVES:
1. Tres faltas de puntualidad en las entradas a clase.
2. Falta de asistencia a clase sin justificación alguna.
3. No portar el uniforme adecuado y con el respeto debido.
4. Faltar al orden y al normal desarrollo de las actividades docentes (risas,
conversaciones indebidas , molestias leves a los compañeros).
5. Entorpecer el desarrollo normal de las clases por no traer el material necesario.
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6. Poner apodos ofensivos, utilizándolos de manera despectiva.
7. Comer en clase.
8. No traer firmadas dentro del plazo acordado las comunicaciones de la Institución y
del profesorado.
9. Utilizar un lenguaje inapropiado (soez) tanto con compañeros como con cualquier
otro miembro de la comunidad educativa.
10. Salir de clase sin permiso del profesor o coordinador.
11. No atender a los llamados de atención por parte del docente o miembro de la
institución educativa.
12. Perturbar el ambiente escolar en horas diferentes al horario establecido.
17.2. FALTAS GRAVES:
1. Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que no estén
justificadas. (Tres faltas leves).
2. Hablar con menosprecio o falta de respeto a profesores, compañeros o cualquier
miembro de la comunidad educativa.
3. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las
actividades de la institución educativa.
4. Los daños causados en las instalaciones o al material de la Institución.
5. Los daños causados a los bienes o pertenencias de los compañeros o miembros
de la comunidad educativa.
6. Las conductas que impidan o dificulten a sus compañeros el buen ejercicio del
deber del estudio.
7. Negarse a cumplir una sanción impuesta por una falta leve.
8. Agresiones físicas o verbales a los compañeros o comunidad educativa.
9. La incitación o el estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de
convivencia.
10. La reiteración en un mismo bimestre de dos faltas leves.
11. Hurtar pertenencias de la Institución Educativa o de otros miembros de la
comunidad educativa.
12. Daño o hurto de algún elemento o equipo de las salas de sistemas y tecnología,
implementos deportivos.
17.3. FALTAS GRAVISIMAS:
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1. Los actos graves de indisciplina, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes,
cometidos hacia los profesores y demás personal de la institución educativa.
2. El acoso físico, psicológico o moral a los compañeros.
3. El uso de la violencia, las agresiones físicas o verbales, las ofensas graves y los
actos que atenten gravemente contra la intimidad en contra de los compañeros o
demás miembros de la comunidad educativa.
4. La discriminación, las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad
educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
5. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las
instalaciones de materiales y documentos de la Institución Educativa o pertenencias
de otros miembros de la comunidad educativa.
6. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos
académicos.
7. El uso, la incitación al mismo o la introducción en la institución de armas o
sustancias psico-activas perjudiciales para la integridad personal de los miembros de
la comunidad educativa.
8. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades de la institución y
en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.
9. La reiteración en el mismo bimestre de dos o más faltas graves.
10. Fumar en aulas, pasillos o cualquier otra dependencia de la institución educativa.
En salidas extraescolares, la tipificación de la falta será la misma que si se produjera
dentro de la institución educativa.
18. MEDIDAS CORRECTIVAS PARA LOS DISTINTOS TIPOS DE FALTAS
18.1. FALTAS LEVES: Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes
medidas recogidas en el manual de convivencia escolar.
1. Amonestación en privado de forma oral o escrita.
2. Cambio de posición dentro del aula.
3. Apartarle temporalmente de la actividad que se está realizando, siempre dentro del
aula.
4. Permanencia en la institución después de la jornada escolar realizando trabajo
pedagógico.
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5. Realización de trabajos específicos relacionados con la falta cometida en horario
extraclase, tanto en la institución como fuera de él (realización de murales, trabajos
en equipo, reflexiones, reparación del daño causado al material de los compañeros,
etc.)
6. Retirada del aparato electrónico (móvil, Gameboy, MP3, etc.) y depósito del
mismo en la coordinación del colegio hasta que acudan los padres a recogerlo.
7. Los alumnos que individual o colectivamente, causen daños a las instalaciones de
la institución, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo
económico de su reparación. En todo caso, los padres o representantes legales de
los alumnos serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes.
18.1.1. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Se dispondrá de un registro de asistencia donde quedarán anotados las ausencias,
notificándosele al director de grupo si se produce una 5ª falta de asistencia
injustificada.
Previamente habrán seguido el siguiente conducto:
1. A las tres faltas injustificadas el profesor lo notificará a los padres o acudientes
legales de los alumnos por escrito.
2. A la cuarta falta injustificada el profesor citará a los padres para comunicárselo
oralmente.
3. A la quinta falta injustificada, la falta leve, se convierte en grave. El profesor se lo
comunicará al coordinador, quien recomendará una sanción correctiva que puede ser
citarlo a venir al colegio una mañana o una tarde en horario extraescolar, o distinto
al suyo, realizando tareas concretas orientadas por los distintos profesores. Dicha
sanción le será comunicada a los padres o representantes legales. Este tipo de
actividades pueden ser coordinadas con el orientador, la bibliotecaria o el
coordinador correspondiente.
18.1.2. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS LEVES
1. Las faltas leves cuya autoría resulte evidente, podrán ser sancionadas
directamente por el profesor, comunicando éste al coordinador o al director de grupo
de la sanción impuesta.
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2. Si es necesario obtener información sobre la falta, será el coordinador o el rector el
que escuche al estudiante y a cuantas personas considere necesario, y después
imponga la sanción correspondiente.
3. Siempre se respetará el derecho del alumno a ser escuchado antes de decidir la
sanción.
4. El proceso no puede exceder de cinco días y siempre se dejará constancia por
escrito.
5. En preescolar, cuando la reiteración de los hechos o la importancia de los mismos
lo requiera, se informará a los padres por escrito de la conducta a corregir.
6. En Primaria, cuando la importancia o reiteración ( tres avisos) de los hechos lo
requiera, se amonestará y sancionará al alumno por escrito a través del observador
del alumno . La nota deberá estar firmada por el estudiante, profesor y padre de
familia no representante legal. La no firma de la correspondiente supondrá una falta
grave.
7. Los aparatos electrónicos serán retirados inmediatamente por los profesores,
quienes se lo entregarán al coordinador , y éste lo depositará en la coordinación. Los
padres o acudientes legales del alumno deberán venir a recogerlos.
18.2. FALTAS GRAVES
Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes medidas recogidas en el
manual de convivencia.
1. Realización de trabajos específicos en la institución educativa después de la
jornada escolar. En acompañamiento de orientación escolar.
2. Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al
material de la institución.
3. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o
complementarias de la institución, por un período máximo de un mes.
18.2.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVES
1. Los profesores comunicarán al padre de familia o representante legal del
estudiante la falta cometida como también al Coordinador / Rector, quién aplicará la
medida correctiva.
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2. Para no interrumpir el proceso educativo durante el tiempo que dure la sanción, el
alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le
imparten las clases.
18.3. FALTAS GRAVISIMAS:
Se corregirán de acuerdo con algunas de las siguientes medidas recogidas en el
manual de convivencia escolar.
1. Realización de tareas en la institución en horario extraclase, que podrán contribuir
al mejor desarrollo de las actividades de la institución educativa o si procede,
dirigidas a reparar los daños causados.
2. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o
complementarias de la institución por un período máximo de tres meses.
3. Cambio de grupo del alumno.
4. Cambio de institución educativa: Sólo podrá adoptarse esta medida cuando se
halla agotado el debido proceso y se considere que puede ser beneficioso para el
alumno, para mejorar sus oportunidades de continuar con el aprovechamiento de su
proceso formativo.
18.3.1. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN PARA FALTAS GRAVÍSIMAS
1. El Consejo directivo impondrá cualquiera de las sanciones anteriormente
descritas.
2. En los casos en que el Consejo directivo acuerde la instrucción de un expediente
informativo y/o sancionador se atenderá a lo dispuesto en la ley 1098 o código de la
infancia y la adolescencia y su correspondiente corresponsabilidad.
19. DERECHO A LA DEFENSA. DECRETO 01 DE ENERO 02 DE 1984. CÓDIGO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 51. Modificado por el art. 3, Decreto Nacional 2304 de 1989 De los
recursos de reposición y apelación habrá de hacerse uso, por escrito, en la diligencia
de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella, o a la
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desfijación del edicto, o la publicación, según el caso. Los recursos contra los actos
presuntos podrán interponerse en cualquier tiempo.
Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo
dispuesto para el de la queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos
podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para
que ordene su recibo y tramitación e imponga las sanciones correspondientes.
El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de
reposición.
Transcurridos los términos sin que se hubieren interpuesto los recursos procedentes,
la decisión quedará en firme. Los recursos de reposición y de queja no son
obligatorios.
Requisitos
ARTÍCULO 52. Modificado por el art. 4, Decreto Nacional 2304 de 1989 Los recursos
deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Interponerse dentro del plazo legal, personalmente y por escrito por el interesado o
su representante o apoderado debidamente constituido; y sustentarse con expresión
concreta de los motivos de inconformidad, y con indicación del nombre del
recurrente.
2. Acreditar el pago o el cumplimiento de lo que el recurrente reconoce deber; y
garantizar el cumplimiento de la parte de la decisión que recurre cuando ésta sea
exigible conforme a la ley.
3. Relacionar las pruebas que se pretende hacer valer.
4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente.
Sólo los abogados en ejercicio podrán ser apoderados; si el recurrente obra como
agente oficioso, deberá acreditar esa misma calidad de abogado en ejercicio, y podrá
ofrecer prestar la caución que se le señale para garantizar que la persona por quien
obra ratificará su actuación dentro del término de tres (3) meses; si no hay
ratificación, ocurrirá la perención, se hará efectiva la caución y se archivará el
expediente.
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20. PROHIBICIONES INSTITUCIONALES
A los estudiantes matriculados en la institución les está prohibido:
1. Incumplir los deberes.
2. Realizar actos de violencia (física y verbal) contra directivos, docentes,
administrativos, compañeros o personal de servicio.
3. Amenazar a los compañeros o cualquier miembro de la comunidad.
4. Utilización de artefactos electrónicos tales como teléfonos celulares, Mp3, Mp4,
juegos, iphone, dentro y fuera del aula que interfieran en el normal desarrollo de
las clases, reuniones o actos de comunidad.
5. Dañar bienes de la institución, de los compañeros, docentes, directivos y de la
comunidad en general.
6. Apropiarse y/o usar indebidamente o sin autorización los bienes, materiales,
recursos de la institución, de los compañeros, docentes y directivos.
7. Utilizar sustancias químicas o artefactos que alteren las actividades de la
institución.
8. Consumir e incitar al consumo, tenencia o tráfico de sustancias psicoactivas
dentro de la institución.
9. Consumir bebidas alcohólicas, ingresar en estado de embriaguez o bajo los
efectos de sustancias psico-activas a la institución.
10. Falsificar documentos, valoraciones y/o utilización fraudulenta de los mismos.
11. Atentar contra la buena imagen de la institución mediante actos vandálicos,
calumnias o denigraciones.
12. No podrán haber manifestaciones eróticas entre estudiantes de la institución por
constituirse en un mal ejemplo para la primera infancia.
13. No está permitido ningún fenómeno sicosocial (pandillas, tribus urbanas), que
atenten contra las persona que hacen parte de la comunidad educativa
14. Sustraer para sí o para terceros, elementos, equipos o pertenencias de
propiedad del colegio, funcionarios o compañeros de estudio.
15. Apropiación indebida de dinero, documentos y/o objetos ajenos.
16. La destrucción vandálica de todo mueble o inmueble de la institución.
17. Alterar, falsificar o desaparecer documentos de carácter institucional o público,
tales como los registros de evaluaciones, controles de asistencia, certificados de
estudio, excusas y demás documentos de seguimiento y control.
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18. La obstrucción de chapas de los salones con cualquier objeto que imposibilite su
apertura o cierre. De igual modo el maltrato a las puertas, muebles y demás
enseres del establecimiento. Dañar los interruptores y los tomacorrientes de los
salones.
19. Utilizar dinero falso en el pago de deudas, contribuciones, aportes al colegio o
cancelación de comestibles y demás en la cafetería.
20. Rayar, dañar los vehículos que estén en predios de la Institución.
21. Saltar mallas, puertas, rejas o abrir huecos en el enmallado para ingresar o salir
del colegio de modo irregular.
22. Portar, guardar o vender armas de cualquier tipo dentro del colegio.
23. Venta dentro del colegio de todo tipo de comestibles, dulcería y artículos por
parte de los estudiantes, salvo las autorizadas por la institución.
24. No está permitido el uso de piercing, expansores y aretes a los niños y jóvenes
dentro de la institución.
25. No está permitido el uso de prendas que no pertenezcan a los uniformes
reglamentarios de la institución
26. No está permitido retirarse del aula sin autorización del docente.
27. Está prohibido comer en horas de clase.
28. No está permitido escribir y rayar paredes, escritorios, carteleras y demás
pertenencias de la institución.
29. Participar y promover prácticas que atenten contra la integridad física.
( perforaciones para el uso de pearcing, entre otros)
30. Generar, participar y promover acciones que atenten contra la dignidad humana
utilizando medios virtuales como las redes sociales.
31. Prohibido el ingreso de estudiantes a la sala de deportes.
32. Prohibido retirar implementos deportivos fuera de la institución sin la debida
autorización.
21. COMITÉ DE CONVIVENCIA
Es un órgano consultor del consejo directivo y del rector o director, encargado de
asesorar a estas instancias en la resolución de situaciones relacionadas con la
convivencia y la disciplina. Está conformado por representantes de todos los
estamentos de la comunidad educativa
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Entre las atribuciones de este comité están: realizar actividades y talleres para
fomentar la convivencia y los valores; divulgar los derechos fundamentales, así como
los de los niños, niñas y adolescentes; instalar mesas de conciliación para la
resolución pacífica de conflictos; y hacer seguimiento al cumplimiento de lo
establecido en el manual de convivencia.
22. GOBIERNO ESCOLAR
El gobierno escolar es el conjunto de órganos y mecanismos a través de los cuales
todos los integrantes de la comunidad educativa se proyectan en el ámbito individual
y comunitario, teniendo como base los principios de solidaridad, tolerancia y
convivencia ciudadanas, tanto en el campo institucional como en el social. ( C.P.C.
Art. 40, 103,258; ley 134 del94 mecanismos de participación y el Art. 15 de la ley de
la juventud).
Teniendo en cuenta el propósito anterior, la Institución Educativa Ciudad Dorada,
proporciona las estrategias, mecanismos y espacios para la efectiva participación de
los y las estudiantes, en pro de su desarrollo integral en los niveles valorativos y
convivenciales.
Todos los integrantes de la comunidad educativa son competentes para participar en
la dirección de la Institución educativa y lo harán por medio de sus representantes en
los órganos del Gobierno Escolar, usando los medios y procedimientos establecidos,
según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 del 1994 y sus decretos
reglamentarios.
De acuerdo con el Artículo 20º del Decreto 1860 de 1994, el Gobierno Escolar está
conformado por los siguientes estamentos: Consejo Directivo, Consejo Académico, y
el Rector.
Rectoría. Naturaleza del cargo: Es la primera autoridad administrativa y docente del
plantel, y está obligada a seguir los lineamientos emanados del MEN, de la
Secretaría de Educación de Armenia. Tiene la responsabilidad de garantizar los
servicios educativos para que el educando alcance su formación integral de acuerdo
con lo que ofrece el PEI de la Institución.
Corresponde al Rector:
1. Representar legalmente a la Institución.
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2. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar,
teniendo como base la filosofía institucional.
3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
4. Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de la educación en el
establecimiento.
5. Elaborar el Plan Operativo Anual,
6. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas
vigentes,
7. Analizar los resultados de la evaluación institucional para colaborar en los
proyectos de fortalecimiento de los puntos débiles.
8. Evaluar permanentemente las actividades realizadas con el fin de retroalimentar y
corregir los procesos,
9. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas para el continuo
progreso de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria,
10. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
11. Orientar el proceso educativo con la asesoría del Consejo Académico,
12. Ejecutar las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y
este Manual de Convivencia.
13. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en
favor del mejoramiento en el PEI.
14. Promover actividades que vinculen a la Institución con la comunidad local.
15. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, pertinentes a la
prestación del servicio público educativo.
16. Presidir los Consejos Directivo, Académico, Comisiones de Evaluación y
Promoción al igual que el Equipo Directivo de la Institución.
El Consejo Directivo:
Es una instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de
orientación académica y administrativa. En el cual están representados todos los
estamentos de la Comunidad Educativa. Su elección se hace de conformidad en la
Ley General de Educación (artículos 144 y 145 de la ley 115, de 1.994), Decreto
1860 de 1.994 (Artículos 23-24) y las debidas normas que los modifiquen o los
aclaren.
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El Consejo Directivo está integrado por:
1. El Rector, quien lo preside..
2. Dos representantes de los docentes: uno por primaria y otro por secundaria.
3. Dos representantes de los Padres de Familia: elegidos del Consejo de padres de
la Institución.
4. Dos representantes de estudiantes, elegidos del Consejo de estudiantes, degrado
once.
5. Un representante de los Exalumnos.
6. Un representante del sector productivo.
Corresponde al Consejo Directivo:
1. Tomar las decisiones que orienten el funcionamiento de la institución, excepto las
que sean competencia de las autoridades educativas nacionales o locales.
2. Servir de instancia para resolver los “conflictos” que se presentan entre docentes,
administrativos y estudiantes del establecimiento educativo y después de haber
agotado los procedimientos previstos en el presente Manual de Convivencia.
3. Institucionalizar y operacionalizar el Manual de Convivencia.
4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus integrantes se sintiere lesionado.
5. Avalar el Proyecto Educativo Institucional, el Currículo y el Plan de Estudios y
someterlo a las consideraciones de la Secretaría de Educación, o del organismo que
haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos.
6. Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico y social de
los y las estudiantes.
7. Aprobar la participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales,
deportivas y recreativas.
8. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
El Consejo Académico:
Es el encargado de orientar la construcción del pensamiento pedagógico de la
Institución, hacer propuestas sobre los contenidos y criterios para la evaluación
formativa y la orientación de las áreas y grupos de trabajo. El Consejo Académico
debe propiciar el trabajo interdisciplinario y promover el plan de formación de los
educadores y del estudiantado como base del proceso democrático y del respeto a
los derechos humanos, así como del conocimiento. Se reunirá paródicamente; está
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integrado por el Rector, quien lo preside, los Coordinadores y un docente por área
académica.
Funciones del Consejo Académico:
Corresponde al Consejo Académico ( Según la Ley 115 de 1.994 y Decretos
reglamentarios):
1. Hacer coincidir las políticas propias del Consejo con la filosofía institucional
descrita en el PEI.
2. Planear y organizar su propio funcionamiento.
3. Elaborar su reglamento interno,
4. Elaborar el Plan Operativo Anual para el Consejo Directivo,
5. Servir de órgano Consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del
Proyecto Educativo Institucional,
6. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas
vigentes.
7. Proponer criterios y orientar la organización de actividades para la elaboración del
currículo,
8. Analizar los resultados de la evaluación institucional para fortalecer los proyectos.
9. Evaluar permanentemente las actividades realizadas, con el fin de retroalimentar y
mejorar los procesos.
10. Orientar la elaboración del Plan de Estudios y su ejecución con base en la Ley
115 de 1994 y sus decretos reglamentarios, teniendo en cuenta las características
propias de la Institución, las necesidades de los educandos y las normas vigentes.
11. Promover criterios y mecanismos para el desarrollo de los proyectos, planes y
programas y de las actividades complementarias.
12. Participar en la Evaluación Institucional Anual.
13. Orientar la evaluación de desempeños del estudiantado y las actividades de
nivelación y profundización, con base en los criterios establecidos.
14. Conformar las Comisiones de Evaluación y Promoción, y supervisar el
cumplimiento de sus funciones.
El Consejo Estudiantil:
Quedará constituido por un representante de cada curso y su respectivo suplente, los
cuales serán elegidos por voto popular. Los representantes estudiantiles no podrán
ocupar ningún otro cargo de elección administrativo dentro de su curso.
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Participan en el Consejo Estudiantil representantes de todos los cursos a partir del
grado tercero. Los grados de Transición a segundo, los estudiantes pueden elegir un
solo representante ante el Consejo Estudiantil.
Corresponde al Consejo Estudiantil:
1. Reunirse y sesionar por lo menos una vez al mes en espacios previamente
acordados con la coordinación.
2. Darse su propio reglamento el cual deberá ajustarse al presente Manual de
Convivencia.
3. Recibir y dar trámite a todas las propuestas y sugerencias presentadas por los
estudiantes, someterlas a discusión y generar proyectos en pro del mejoramiento de
la calidad educativa y de convivencia ofrecida por la Institución.
4. Elegir Presidente, Vicepresidente, un secretario, un Fiscal y dos Representantes
ante el Consejo Directivo, los dos del último grado.
5. Orientar el proceso de revocatoria del mandato del Personero estudiantil cuando
éste no esté cumpliendo con sus funciones.
6. Informar a los estudiantes, previo acuerdo con el coordinador de la institución de
las decisiones que se tomen en los diferentes estamentos educativos
7. Participar y representar a la institución en las diferentes reuniones convocadas por
los organismos gubernamentales.
23. DISPOSICIONES GENERALES , ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL
PERSONERO ESTUDIANTIL
El Personero estudiantil. Es el representante de los estudiantes, encargado de
promover el ejercicio de los deberes y derechos de los mismos consagrados en la
Constitución Política de Colombia, las leyes reglamentarias y el Manual de
Convivencia; el personero estudiantil debe estar cursando grado undécimo.
Condiciones fundamentales para ser candidato a Personero:
1. Estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.
2. Haberse destacado por su rendimiento académico, su ejemplar comportamiento y
liderazgo positivo durante su permanencia en el plantel, debidamente certificado
por los Coordinadores.
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3. Gozar de reconocido prestigio y aceptación en la comunidad educativa y no haber
sido sancionado por faltas graves.
4. Manifestar sentido de pertenencia por la institución.
5. Conservar buena presentación personal portando el uniforme como lo precisa el
presente Manual de Convivencia.
6. Haber participado en un taller de liderazgo organizado por la Orientación Escolar.
7. Las anteriores condiciones deben permanecer vigentes durante el tiempo que
dure su periodo de elección.
8. Informar a los estudiantes, previo acuerdo con el coordinador de la institución de
las decisiones que se tomen en los diferentes estamentos educativos.
Las funciones del Personero, son entre otras:
1. Organizar su grupo de trabajo.
2. Establecer con el equipo de trabajo, un reglamento interno que direccione sus
funciones.
3. Hacer coincidir las políticas propias de su cargo con la filosofía institucional
descrita en el PEI, lo descrito en la Constitución Política de Colombia y en el Manual
de Convivencia.
4. Mantener un diálogo constante con el Consejo de Estudiantes, buscando
estrategias de bienestar estudiantil.
5. Presentar ante el Rector y/o las Directivas de la Institución, las peticiones
correspondientes a los derechos y bienestar de los estudiantes.
6. Mediar ante las directivas para salvaguardar los derechos de los estudiantes.
7. Velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes y de la
Comunidad Educativa en general.
8. Promover sus ideas e inquietudes entre los miembros de la comunidad educativa,
usando los medios establecidos por la Institución, para el desarrollo de su gestión.
9. Participar y representar a la institución en las diferentes reuniones convocadas por
los organismos gubernamentales.
Proceso de elección del personero estudiantil:
1. El Rector convocará a los estudiantes del grado undécimo en mes de febrero.
2. Los aspirantes a este cargo deberán inscribir su programa de trabajo en la
secretaría de la Institución en la segunda semana del mes de febrero.
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3. Los candidatos promoverán en campaña su programa de común acuerdo con el
coordinador.
4. Los escrutinios los llevarán a cabo una comisión conformada por un representante
de cada uno de los candidatos.
5. El personero será el estudiante que obtenga la mayoría simple de la votación, y su
suplente será el que obtenga el segundo puesto.
6. La elección del Personero se realizará por medio del voto secreto de los
estudiantes a partir del grado tercero, en la jornada prevista para ello. La comunidad
educativa deberá garantizar la transparencia de estas elecciones.
7. En un acto especial de izada de bandera se realizará la posesión del cargo del
Personero de la institución.
Pérdida del Carácter de Personero:
El estudiante elegido como Personero puede perder su cargo por alguna de las
siguientes causales:
1. Cuando no muestre interés por su cargo.
2. El incumplimiento de las funciones propias de su cargo.
3. Cuando cometa faltas graves contempladas en el presente Manual de
Convivencia.
4. Cuando frecuentemente incumple con los deberes de estudiante.
5. Cuando no acata el conducto regular ejerciendo autoridad por encima de la
competente establecida.
6. Cuando su representante legal cancela la matricula.
7. El incumplimiento del Plan de trabajo propuesto.
24. ORGANIZACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA
24.1. LA ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA
Conformada por todos los padres del establecimiento, quienes son los responsables
del ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso educativo de sus
hijos.
49
24.2. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Sus principales funciones son: involucrarse en la elaboración de los planes de
mejoramiento; contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los
resultados de las pruebas SABER y el examen de Estado; presentar propuestas para
actualizar el manual de convivencia; apoyar actividades artísticas, científicas,
técnicas y deportivas orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en
distintas áreas.
24.3. LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Responsable de apoyar la ejecución del PEI y del plan de mejoramiento; promover la
formación de los padres para que cumplan adecuadamente la tarea educativa que
les corresponde; apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de
acciones para mejorar su formación integral y sus resultados de aprendizaje; además
de contribuir a la solución de los problemas individuales y colectivos de los alumnos.
25. NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL RESTAURANTE ESCOLAR
1. llegar puntualmente al comedor.
2. Ubicarse en el sitio asignado y hacer la fila en forma ordenada.
3. Evitar comentarios de mal gusto relacionados con la comida.
4. Emplear de manera adecuada los cubiertos.
5. El trato con el personal de la cafetería debe ser cordial y respetuoso.
6. Recoger los platos, vasos y llevarlos al lugar asignado.
7. Dejar la mesa limpia
8. Finalizado el almuerzo los estudiantes deben retirarse inmediatamente del
comedor y así permitir el buen desarrollo del siguiente turno.
9. No apropiarse de los utensilios de la cocina y del restaurante.
26. SEGURO DE SALUD ESTUDIANTIL
Los estudiantes que no se hallen amparados por algún sistema de seguridad social,
en todos los niveles de la educación formal, estarán protegidos por un seguro
50
colectivo que ampare su estado físico, en caso de accidente.
El Gobierno Nacional reglamentará lo relacionado con la gradualidad en los aportes
correspondientes y presentará un plan para lograr la paulatina cobertura.
27. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR1 (SIEE)
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “CIUDAD DORADA”
DE ARMENIA, en uso de las facultades que le confieren el Art 44, 189 de la
Constitución Política de Colombia, la Ley 115 o Ley General De Educación de 1994,
el decreto reglamentario 1860 de 1994, el Decreto 366 de Febrero de 2009, el
Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 y las directrices emanadas del Ministerio de
Educación y la Secretaría de Educación Municipal de Armenia y,
CONSIDERANDO:
REFERENTES DE LEY
Que el decreto 1290 de abril 16 de 2009, en sus artículos 4, 5 y 6 confiere
autonomía escolar a los establecimientos educativos para escoger su propio
sistema de evaluación.
Que es necesario establecer y precisar los criterios a seguir para efectos de
la evaluación y promoción de los estudiantes.
Que el decreto 1290 del 2009 establece la escala de valoración nacional para
efectos de promoción y evaluación escolar.
Que el decreto 3011 de 1997 establece la normatividad para la educación de
jóvenes y adultos.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Criterios de evaluación:
Un criterio es una condición/regla que permite tomar decisiones.
A partir del 2010 la institución educativa “CIUDAD DORADA”, evaluará por
asignatura.
1 Se incluye una síntesis del documento: Sistema institucional de evaluación de los estudiantes, año 2010
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Parágrafo: En las jornadas Nocturna y Sabatina se entregará una nota final
por área. Teniendo en cuenta las cinco áreas integradas y unificadas por la
Secretaría de Educación de Armenia: Matemáticas, Ciencias Sociales,
Ciencias Naturales, Humanidades y Tecnología e Informática.
Cada asignatura o área en todas las jornadas se evaluará en escala numérica
de 1 a 5.
El año académico se dividirá en 4 (cuatro) periodos académicos de igual
duración, de los cuales se presentará un informe escrito por estudiante.
Parágrafo: En las Jornadas Nocturna y Sabatina se contará con 4 períodos
académicos de igual duración en los ciclos 1 al 4 y de dos períodos en los ciclos 5 y
6.
A mitad de cada periodo se realizará una reunión conjunta de acudientes y director
de grupo y estudiantes que presenten desempeño bajo en dos o más asignaturas de
acuerdo con el plan de estudios de la institución. Se le informará al acudiente sobre
la situación académica y firmarán acuerdos y compromisos académicos. Dicha
reunión será convocada por la rectoría de la institución.
Parágrafo: Lo anterior no aplica en la jornada Nocturna y Sabatina
Terminado cada periodo académico se dará informe escrito en todas las
jornadas de los desempeños cualitativos y cuantitativos en los términos de
ley.
Por semestre académico, la institución educativa, aplicará pruebas internas
que tendrán un valor del 10% de la nota final de los periodos 2 y 4, en las
asignaturas de matemáticas, ciencias naturales, física, química, biología
castellano, ciencias sociales, filosofía e ingles. La primera se aplicara en el
mes de junio y recogerá los desempeños del primero y segundo periodos, la
segunda se aplicara en noviembre y recogerá los desempeños del tercero y
cuarto periodos.
Parágrafo: En las jornadas Nocturno y Sabatino en los ciclos 2 a 4 se aplicarán las
pruebas internas que tendrán un valor del 10% de la nota final en los períodos
segundo y cuarto y en los ciclos 5 y 6 se aplicará solamente la primera prueba
interna con un valor del 10% de la nota final del segundo período.
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Cada asignatura en todas las jornadas debe registrar mínimo tres
valoraciones, una de las cuales debe ser actitudinal donde se pueda
evidenciar el desempeño de los estudiantes.
El docente presentará en su asignatura en forma escrita a los estudiantes el
autocontrol de logros al comenzar cada periodo, dicho autocontrol debe estar
de acuerdo con el plan de estudios de la institución. Lo anterior no aplica para
las jornadas Nocturna y Sabatina.
Parágrafo: En las jornadas Nocturno y Sabatino al iniciar cada período los docentes
darán a conocer a los estudiantes el plan de período que contiene: Logros, temas y
subtemas, competencias, desempeños, estrategias metodológicas, estrategias
evaluativas y actividades de recuperación de logros.
El proceso de refuerzo, recuperación y/o superación de logros se realizará durante
cada periodo académico.
ARTÍCULO 2. Escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la
escala nacional:
De acuerdo con el del decreto 1290, el cual confiere autonomía a las instituciones
educativas para que establezcan los juicios valorativos, estos se definen en la
Institución Educativa Ciudad Dorada en todas las jornadas de la siguiente manera.
4.6 a 5.0: Desempeño Superior
4.0 a 4.5: Desempeño Alto
3.0 a 3.9: desempeño básico
1.0 a 2.9: desempeño bajo
PARAGRAFO: Se podrán realizar aproximaciones en la valoración final de cada
periodo teniendo en cuenta aproximar a la decima superior si la centésima es mayor
o igual a 5.
ARTICULO 3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los
estudiantes.
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Realizar dos pruebas internas una por semestre (una en junio y otra en noviembre)
con el objetivo de verificar los procesos de aprendizaje.
Informar a los padres de familia sobre los avances académicos de los estudiantes
por medio del autocontrol de logros, el consejo académico reglamentara su
estructura. No aplica en las jornadas Nocturna y Sabatina.
ARTICULO 4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los
desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
Autocontrol de logros: es un instrumento de seguimiento para que el estudiante, el
docente y el padre de familia, de manera autónoma y responsable lleve el registro de
su proceso académico, este debe llevar la firma del docente una vez se hayan
alcanzado los logros previstos desde el grado tercero a once. No aplica en las
jornadas Nocturna y Sabatina
Registros de notas: documento donde el docente debe consignar las valoraciones de
cada una de las actividades académicas y actitudinales de los estudiantes durante
los cuatro periodos académicos o en los 2 períodos académicos en los ciclos 5 y 6
Planes de mejoramiento: documento de autocontrol del estudiante para la
identificación de dificultades y las acciones y compromisos para superarlos, se deben
conservar estas evidencias debidamente legajadas en una carpeta, u organizadas en
su cuaderno, dispuesto para tal fin que será responsabilidad de cada estudiante.
Historial pedagógico: Instrumento institucional para el registro de la información más
inmediata de la parte académica, disciplinaria, llevado por el director de grupo y que
pasa de un año al otro para que además sirva de soporte al seguimiento de los
estudiantes de un determinado grupo durante su vida en la institución.
ARTÍCULO 5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
Estos deben hacerse al final de cada periodo por medio de un instrumento
especialmente diseñado para este propósito, en donde se tengan criterios
específicos a evaluar.
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PARAGRAFO: El porcentaje de dicha autoevaluación será del 5% de la nota final de
cada periodo a partir del grado tercero de primaria y hasta el grado once y del ciclo 1
al 6
El instrumento de autoevaluación contará con un espacio en el cual el estudiante
podrá escribir sus compromisos para la superación de sus dificultades.
ARTÍCULO 6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones
pedagógicas pendientes de los estudiantes.
Ante las posibles dificultades que se puedan presentar con respecto a los
desempeños y comportamientos de los educandos, se recomienda en todas las
jornadas el siguiente conducto regular:
El Docente de la asignatura, atenderá y tratará oportunamente la situación
presentada con el estudiante en busca de acciones conciliadoras dejando constancia
escrita del procedimiento.
El director de grupo continuará el proceso formal de mediación entre el docente de la
asignatura y el estudiante.
El Coordinador, será quien se encargue de apoyar al Docente y de ayudarle a buscar
soluciones pertinentes a la situación presentada.
El Orientador propondrá las acciones y estrategias necesarias que se deben adoptar
para la atención y el manejo de la problemática presentada teniendo en cuenta la
utilización de la unidad de apoyo de Secretaria de Educación Municipal.
El padre de familia o acudiente, será informado de la situación y se comprometerá a
realizar el acompañamiento y las acciones correctivas necesarias. En las jornadas
Nocturna y Sabatina se le informará al estudiante si es mayor de edad, en caso
contrario se le informará al padre de familia o acudiente. En estos casos las personas
citadas por la institución, se deben comprometer a realizar las acciones correctivas
necesarias.
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De acuerdo con la naturaleza de la situación a solucionar, el Consejo Académico o el
Consejo Directivo serán las instancias finales para estudiar y resolver el caso.
ARTÍCULO 7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes
del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en
el sistema institucional de evaluación.
Docentes:
En todas las jornadas Revisión de la carpeta de actividades de refuerzo y sus
talleres.
Revisión del formato de autoevaluación
Revisión del autocontrol de logros.
Planes de asignatura.
Directivos docentes en todas las jornadas:
Realización de un calendario donde estén programadas las fechas de revisión de
documentos de evaluación de los docentes como la sustentación de material y firma.
Registro documental donde se evidencie el seguimiento y acciones realizadas frente
a los casos remitidos por parte del docente.
ARTÍCULO 10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y
resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y
promoción.
A. INSTANCIAS
Docentes·
Comisión de Evaluación y promoción
Consejo Académico
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B. PROCEDIMIENTO
El padre de familia o estudiante (si es mayor de edad) de todas las jornadas,
presentará reclamación verbal ante el docente. El padre de familia o estudiante
presentará reclamación por escrito ante la comisión de evaluación cumpliendo los
siguientes requisitos:
Nombre del padre de familia y estudiante al que representa.
Problemática presentada.
Pruebas documentales y/o testimoniales que sustenten la problemática.
Pretensiones
La comisión de evaluación presentará por escrito la reclamación hecha por el
estudiante o el padre de familia ante el Consejo Académico.
C. MECANISMOS DE ATENCIÓN
Conciliación: Solicitud de análisis del caso presentado. Recurso de Revisión.
La orientación escolar podrá participar en estas instancias cuando se considere
necesario.
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