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Instituto Católico
Medalla Milagrosa
Materia
Estudios Sociales
Tema
Derechos de Tercera y Cuarta Generación Origen y Desarrollo, Leyes del
Consumidor y de los Niños.
Docente
Emmanuel Fernando de Jesús Chávez Orellana.
Integrantes
Jessica Gabriela Cortez #13 Jessica Maricela Moran #37
Elsa Marina Escobar #15 Tatiana Beatriz Quijada #42
Alejandra Guadalupe Merino #34 María del Rosario Rodríguez #47
Grado
Segundo Año General
Fecha de entrega
Jueves 25 de septiembre de 2014
Santa Ana 23 de Septiembre de 2014
Derechos de la Tercera y Cuarta Generación; Origen y desarrollo. Leyes
del consumidor y ley Lepina.
La humanidad desde sus inicios ha estado estrechamente ligada a las leyes, leyes
que de una u otra manera han brindado la pauta para su desarrollo psico – social y
armónico entre los demás seres.
El único hecho de que un país o región se encuentre sometido a tratados
comunales que restringen ciertas conductas entre las personas que pueden dañar
a los demás y/o pueden altera el orden pacifico entre los seres, demuestra el
pleno crecimiento que ha logrado la humanidad desde sus inicios hasta la
actualidad y, que por cierto habla de que en el Universo contemporáneo existe una
equidad, llena de derechos, pero también de deberes, libre de los crueles
sometimientos.
El Salvador en materia de leyes ha logrado un gran avance, avance que si bien le
ha costado la vida de muchos, le ha valido un gran crecimiento humanitario en su
población, quienes como ya lo dijimos, se encuentran cada vez mas libres de la
esclavitud.
Para poder entrar en materia de derechos, es necesario conocer un concepto
claro de lo que estos implican. Podemos definir el término derecho como “el
orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales
existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado.”
El artículo primero de la Constitución de la Republica de El Salvador, dictamina
que: RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE
EL INSTANTE DE LA CONCEPCIÓN.
Los mecanismos legales en nuestro país, han crecido de una manera
considerable. Tanto ha sido su crecimiento a nivel mundial que, se ha venido
incluyendo a las nuevas clasificaciones de los Derechos Humanos.
Existen diversas maneras de clasificar los Derechos Humanos, tomando diferentes
puntos deenfoque; pero la más conocida es aquella que distingue las llamadas
Tres Generaciones de losmismos, y el criterio en que se fundamenta es un
enfoque periódico, basado en la progresivacobertura de los Derechos Humanos:
los de primera generación o derechos civiles y políticos; losde la segunda
generación o derechos sociales, económicos y culturales; y los de la
tercerageneración o derechos de los Pueblos o de Solidaridad.Actualmente se
encuentra en debate nacional e internacional la configuración de una cuarta
generación de derechos humanos, en el entendido de que los derechos han
evolucionado junto con el hombre para cubrir otras necesidades que han surgido
con el tiempo y que no han sido cubiertas por los derechos de primera, segunda o
tercera generación.
Existe mucha confusión e ignorancia por parte de las personas en cuanto al
significado histórico y humano que poseen los derechos de tercera generación, ya
que la educación en materia de leyes en el caso del hombre salvadoreño, se ha
dirigido puramente a las primeras dos generaciones de Derechos, dejando de lado
el tema de trabajo de la Tercera Generación, los cuales son de suma importancia,
puesto que velan por la fraternidad entre los pueblos.
En sus orígenes, podemos encontrar que: En la segunda mitad del siglo XX, los
derechos de tercera generación se comienzan a configurar en forma de
declaraciones sectoriales que protegen los derechos de colectivos discriminados,
tales como grupos de la tercera edad, minorías étnicas o religiosas. Los países del
Tercer Mundo que se ven afectados por alguna de las múltiples manifestaciones
de la discriminación socioeconómica contemplan el derecho a la paz, derecho al
desarrollo, al medio ambiente o a las garantías frente a la manipulación genética,
entre otros. Estos derechos se vinculan con los valores relativos a la solidaridad e
inciden en la vida de todos los seres humanos, por lo que precisan de la
cooperación universal para su realización.
Los derechos de tercera generación implican una mayor sensibilidad humana, esto
hacia la humanidad, por ello suponen una mayor participación por parte del
gobierno para lograr que efectivamente sean respetados, en muchos de los casos
implican una intervención positiva a diferencia de los de primera generación, que
generalmente exigen del gobierno una abstención, es decir que se limite a
respetarlos. El surgimiento del concepto de derechos detercera generación es
relativamente reciente, posterior a la segunda guerra mundial y en gran parte
originado por esta misma. Los derechos de tercera generación también son
conocidos como de los pueblos o de solidaridad, en virtud De su carácter de
colectivos, es decir, que son de las personas, pero también de los grupos étnicos,
laborales, sociales o de cualquier otra naturaleza a los cuales pertenezcan. Nos
proponemos, además de hacer una clasificación de los derechos de tercera
generación, basada en la literatura que al respecto existe, establecer los límites a
los alcances de este tipo de derechos y en concreto desentrañar si en algunos
casos la aplicación de este tipo de derechos vulnera o perturba los otros derechos.
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de
Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional
como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano. Surgida en la doctrina en
los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de
todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de
esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario y universal. Normalmente se
incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de
vida o las garantías frente a la manipulación genética.
El contenido de estos derechos no está totalmente determinado. Los Derechos de
los Pueblos se encuentran en proceso de definición y están consagrados en
diversas disposiciones de algunas convenciones internacionales.
Para hacernos una idea más clara de todo lo que engloban los Derechos de los
pueblos, podemos generalizar algunos tales como:
Derecho a la autodeterminación
Derecho a la independencia económica y política
Derecho a la identidad nacional y cultural
Derecho a la paz
Derecho a la coexistencia pacífica
Derecho al entendimiento y confianza
La cooperación internacional y regional
La justicia internacional
La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y
ecológicos
El medio ambiente
El patrimonio común de la humanidad
El desarrollo que permita una vida digna.
Otros derechos en los cuales la comunidad salvadoreña aún posee un
desconocimiento evidente, son los “Derechos de cuarta Generación”, los cuales
como ya se los mencionamos aún se encuentran en una etapa de discusión, es de
suma importancia el conocerles, ya que forman parte de una nueva era en la
evolución de la humanidad, de la mano de la tecnología.
La humanidad se encuentra viviendo una verdadera revolución tecnológica, el
hombre ha creado cantidades de herramientas y aparatos que han alterado de
manera significativa su desarrollo en el paso por la historia, o sea que se han
transmitido y mejorado de generaciones a generación nuestra condición de vida,
dando como resultado el desarrollo de la tecnología actual.
Con la revolución tecnológica de finales del siglo XX y principios del siglo XXI y la
consecuente aparición de lo que se denomina Sociedad del Conocimiento, ha
resultado necesaria la creación de una nueva generación dederechos humanos
relacionados directamente a las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación (TICs) y su incidencia en la vida de las personas4.
En esta nueva etapa de la humanidad, las libertades y derechos se han
introducido en el espacio digital lo que ha provocado que su reconocimiento y
protección por parte del Estado constituya un verdadero reto por parte del sistema
jurídico.
Dentro de la gama de derechos de cuarta generación se pueden citar5:
El derecho de acceso a la informática.
El derecho a acceder al espacio quesupone la nueva sociedad de la
información en condiciones de igualdad y deno discriminación.
Al uso del espectro radioeléctrico y de la infraestructura paralos servicios en
línea sean satelitales o por vía de cable.
El derecho a formarseen las nuevas tecnologías.
El derecho a la autodeterminación informativa.
Elderecho al Habeas Data y a la seguridad digital.
Conjuntamente con los nuevos avances tecnológicos se ha introducido en el
mundo de los derechos humanos diversas formas de vulnerarlos que obligan a la
ampliación de la protección de los derechos del ser humano. Esta transición de la
humanidad desde la revolución industrial hasta nuestros tiempos ha generado
cambios en el plano jurídico, social y político que exigen nuevas formas de
protección.
Los derechos de cuarta generación están basados en la necesidad de asegurar a
todos los individuos el acceso a las tecnologías de la información y la
comunicación. La tecnología surge por una necesidad y su fin no es otro que
hacer más eficiente los recursos y hacer más fácil y practica nuestra vida
cotidiana.
En nuestra opinión, las prerrogativas consagradas en la cuarta generación de
derechos humanos responden a una necesidad provocada por la misma
humanidad pero que por sí misma no tiene vinculación alguna con el carácter
“esencial” bajo el cual han sido creados los derechos de primera, segunda y
tercera generación que ya conocemos.
Es imprescindible que el derecho positivo evolucione conjuntamente con el
hombre para que su aplicación en la resolución de conflictos sea efectiva, pero los
derechos humanos son “esenciales” porque tienen un carácter que se manifiesta
en los principios mismos del ser humano, por lo que consideramos que se estaría
desvirtuando el verdadero concepto de derecho humano al encasillar los derechos
del ciberespacio dentro de esta categoría (cuarta generación de derechos
humanos).
Muchos son los que piensan que los derechos de cuarta generación contribuyen
con una vida digna porque les permite a las personas el acceso a la información
de forma rápida, directa y segura, pero esta es una interpretación errónea del
concepto de vida digna.
Para que un derecho sea considerado como derecho humano debe tener una
connotación tal en la vida de las personas que sin este la vida misma, el respeto a
la dignidad y el desarrollo de la personalidad se vean obstaculizados. El acceso al
mundo digital solo busca mejorar las condiciones de vida, pero ello no implica que
se trate de un elemento esencial para la misma. Son muchos los beneficios que
obtenemos de la tecnología y es lógico que se le desee proteger pero tenemos
que ser conscientes que la tecnología en sí misma no soluciona todos nuestros
problemas y así como soluciona algunos genera otros muchos más graves que los
existentes.
En adición a lo expresado hasta el momento, consideramos que para un derecho
adquirir la categoría de derecho humano debe poseer el carácter de ser
imprescindible para el ser humano; De allí que no consideramos que la protección
de los derechos de cuarta generación se adecuen a ese criterio. Actualmente son
muchas las personas que no tienen acceso a las TICs e incluso comunidades que
prefieren vivir al margen de las mismas, sin que esto afecte su modo de vida y su
concepción del bienestar.
Consideramos que lo recomendable es ampliar el rango de protección de las leyes
ya conformadas para el resguardo de los derechos relacionados a la intimidad de
las personas, el desarrollo de su personalidad, la libertad de asociación, el acceso
a la información, etc., para garantizar la custodia progresiva de los derechos
humanos a través de la historia.
La tecnología nos proporciona todo un abanico de posibilidades pero depende de
nosotros mismos el uso que les demos y la dirección a la que encaminemos
nuestros futuros estudios e investigación. La labor de los legisladores está en la
creación de leyes adjetivas que regulen directamente estas nuevas formas de
atentados contra los derechos humanos y evitar así las lagunas jurisprudenciales y
doctrinales.
La máxima aceptación de los derechos de cuarta generación, seria como que los
pobladores diéramos la pauta a que no poseemos la educación, ni mucho menos
la cultura necesaria para poder ser responsables con el uso de las herramientas
tecnológicas.
El desarrollo de estos derechos, en nuestro El Salvador ha sido bastante lento,
puesto que, aunque en el pleno legislativo exista un gran avance desde la firma de
los acuerdos de paz hasta la actualidad, todo ha quedado en el hecho de legislar,
resumiéndolo a la escritura en un simple papel. Pero en el área práctica, la cual es
la más importante, cada uno de los derechos anteriormente mencionados ha
quedado en el olvido. Se ha logrado un enorme avance, que de una u otra manera
no es suficiente, ya que el velar por el pleno cumplimiento de estos se ha quedado
en el olvido. Si hablamos en materia de práctica, aun los mecanismos legales
están velando por el cumplimiento de los derechos de primera generación, lo cual
solamente nos manifiesta el retraso que llevamos en valores humanos y
éticos,que en plano legislativo se lleve un considerableavance.
Es necesario, hacer mención de la enorme lucha que hoy en día se está teniendo
en el desarrollo de los derechos de primera generación. Esto lo podemos observar
en las tantas campañas y charlas que ofrecen instituciones como “La Defensoría
del Consumidor”, quienes están corriendo la voz por los pueblos, dando a conocer
a l pueblo salvadoreño cuales son nuestros derechos como consumidores.
Tambien es necesario hacer mención de la tan conocida ley lepina que, desde sus
inicios hasta la actualidad, le ha implicado un gran avance al desarrollo de la
primera generación en derecho de nuestro país. La cual entro en vigencia el día
16 de Abril del año dos mil diez, según Decreto Legislativo No. 839, de fecha 26
de marzo de 2009, publicado en el Diario Oficial No. 68, Tomo 383 de fecha 16 de
abril de 2009. La finalidad de esta ley es garantizar el ejercicio y disfrute pleno de
los derechos y facilitar el cumplimiento de los deberes de toda niña, niño y
adolescente en El Salvador, contenido en dicha ley, independientemente de su
nacionalidad, para cuyo efecto se crea un Sistema Nacional de Protección Integral
de la Niñez y Adolescencia con la participación de la familia, el Estado y la
sociedad, fundamentado en la Constitución de la República y en los Tratados
Internacionales sobre Derechos Humanos vigentes en El Salvador, especialmente
en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Son muchos los espacios que el Estado presta para que la niñez y adolescencia
salvadoreño haga valer cada uno de los derechos que esta ley conlleva. Desde
concursos, charlas, foros informativos, programas radiales y televisivos, etc.
Sin embargo, lo que ha venido sucediendo con la mayor parte de las leyes y
políticas que se han venido implementando es que no han tendio un
funcionamiento lo más provechoso y/o satisfactorio, y esto es por la falta de
interés de las poblaciones con los distintos temas políticos. Todo lo que a maeria
legal se refiera, es un tema tedioso de tocar para la mayoría de ciudadanos,
quienes dejan el tema en manos de los políticos, sin importarles nada mas. Es
esto lo que lleva a ese retraso que lleva El Salvador en planos jurídico – legales, lo
cual ha venido valiendo que todos nuestros valores queden ante el ojo de otras
poblaciones amantes de su cultura como el de un sitio subdesarrollado, con
personas delincuentes y ociosas.
El momento en que todos nos ocupemos porque nuestro hermano este ien, ese
día es en el cual las leys funcionaran. La fraternidadestá implícita dentro de los
derechos y deberes que como personas razonantes tenesmos. Estamos tan
amarrados a la xenofilia, que quisiéramos que nuestro país luciese tan hermoso
como otros, pero eso es solamente un sueño que busca la perfección de los
demás, menos la nuestra.
El mundo no debe de divagar en sueños, el estilo rico de las leyes tienes su
enfoque en la unión de las poblaciones conforme a un bien común. El ocuparnos
por los problemas que nos acogen diariamente es un gran inicio para dar incapie
al cumplimiento claro de todo lo que en la constitución y libros de leyes esta
escrito.