1. FIN.E.S. V.C. ESCUELA: N 22 CALLE: Chacomus N 332 DIA: Lunes
23 de Abril HORARIO: 17:10 Hs.
2. OBSERVANDO: Que la localidad de Mar De Ajo se encuentra
inmersa en permanentes situaciones ligadas a la seguridad vial. Y
dado que las estadsticas a nivel nacional recabadas de Organismos
Oficiales, fijan que alrededor de seis mil personas mueren
anualmente como consecuencia de siniestros de trnsito, cifra que
representa un 2.5% de la totalidad de los decesos ocurridos en
igual perodo, siendo la cuarta causa de mortalidad en la Argentina.
A ste de por s luctuoso panorama respecto del infortunio de miles
de habitantes, se aaden los intensos efectos econmicos que la
siniestralidad vial produce sobre distintos mbitos de las
actividades productivas y los extra costos que se aaden por impacto
de esta problemtica. En este sentido, los costos que se afrontan
por las circunstancias derivadas de los accidentes de trnsito son
iguales a un rango entre el 1 -2% del PBI. Lo que nos interpela
como sociedad y donde, la comunidad educativa no puede estar ajena.
Y conforme a la Ley de Educacin Provincial, La Educacin y el
conocimiento son un bien pblico y un derecho personal y social,
garantizado por el Estado, siendo la misma una prioridad Nacional y
Poltica de Estado. Asimismo, la Ley de Educacin Provincial N 13.688
establece que la educacin debe brindar las oportunidades necesarias
para desarrollar y fortalecer la formacin integral de las personas
a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la
capacidad de definir su proyecto de vida, basado en diversos
valores, entre ellos la responsabilidad y el bien comn. Dado que la
problemtica Vial viene siendo en los ltimos aos, constante
preocupacin de diversos actores de la sociedad. Y ms an en poca de
VERANEO, siendo esta localidad de Mar De Ajo una Ciudad plenamente
turstica, que alberga MILES de turistas. Y ms aun teniendo en
cuenta el informe de la Organizacin Mundial de la Salud (OMS) que
declar hace uno pocos aos atrs, como Ao de la Seguridad Vial, con
el propsito de generar diversas acciones que lograsen reducir y en
lo posible terminar con la inseguridad Vial, atento que los
accidentes viales, categorizados como EPIDEMIA, constituyen la
dcima causa de muerte en el mundo y se proyectaba como la tercera
causa de mortalidad mundial para el ao 2020. Proporcionado este
alarmante nmero de vctimas y la creciente difusin en los medios de
comunicacin, redund en que nos focalicemos un grupo de estudiantes
de Fin.E.S. en la bsqueda de analizar la problemtica, buscar
posibles soluciones y realizar alguna propuestas a los fines de
lograr una futura minimizacin de sus efectos.
3. NUEVO CODIGO DE TRANSITO. LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ADHIERE A LAS LEYES NACIONALES 24.449 Y 26.363 Promulgacin: DECRETO
3.288/08 DEL 29/12/08 Publicacin: DEL 30/12/08 BO N 26041
(SUPLEMENTO) Modificaciones y Normativas Complementarias 1.092/10:
TODA PERSONA QUE COMERCIALICE MOTOVEHCULOS DEBER ENTREGAR
JUNTAMENTE CON EL RODADO EL CASCO. CREA EL REGISTRO DE PROVEEDORES
DE MOTOVEHICULOS. (CICLOMOTORES-MOTOCICLETAS, TRICICLOS-
CUATRICICLOS) 224/14 JGM: ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO PARA
ACOMPAANTES DE MOTOVEHCULOS DEL CHALECO REFLECTANTE Y DEL CASCO
REGLAMENTARIO CON EL DOMINIO DEL VEHCULO IMPRESO. (MOTOCICLETAS-
CICLOMOTORES- TRICICLOS MOTORIZADOS- PATENTE) 1.187/09 JGM: USO DE
CHALECO REFLECTANTE PARA LOS CONDUCTORES Y ACOMPAANTES DE
MOTOVEHCULOS DEDICADOS A ACTIVIDADES COMO LAS MENSAJERAS Y/O
DELIVERY, TENIENDO EN CUENTA LA MAYOR EXPOSICIN A LOS SINIESTROS EN
CONSIDERACIN AL MBITO LABORAL EN QUE DESEMPEAN. 1691/08: ARTICULO
1. APROBAR EL CONVENIO DE COOPERACIN SUSCRIPTO EL 21 DE AGOSTO DE
2008 ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA
FEDERACIN DE ENTIDADES DE COMBUSTIBLES DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES (FECOBA), CON EL PROPSITO DE PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DE LAS
MEDIDAS DE SEGURIDAD ESTABLECIDAS EN EL CDIGO DE TRNSITO PARA LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES. 532/09: APRUEBA LA REGLAMENTACIN DE LA
LEY N 13927, LEY DE TRNSITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
40/07: (VER LEY 13927 ART. 54, NUEVO CODIGO DE TRANSITO)DECRETO DE
NECESIDAD Y URGENCIA - DECLARA EMERGENCIA VIAL. (NUEVO CODIGO DE
TRANSITO) DEROGA LEY 11430. (CODIGO DE TRANSITO- SEGURIDAD -
ACCIDENTES- RUTAS- BICICLETAS)
4. 1 ETAPA DE CONCLUCIONES: Para poder desarrollar planes
eficientes en materia de seguridad vial, es necesario comprender
primero por qu ocurren los accidentes. En la accin de conducir
intervienen tres factores, el hombre, el vehculo y el camino. (`70
por Sabey y Strauhton). Esta teora asigna a cada factor (conductor,
vehculo y camino) una responsabilidad relativa en la causalidad de
los accidentes, tanto en forma individual como en conjunto con los
restantes factores. Segn los especialistas en accidentes cada
factor por s slo, asumen los siguientes niveles de responsabilidad:
el camino de un 2 a 3% del total de los accidentes, el CONDUCTOR
del 65 al 67% y slo el 2% se le asigna al vehculo. Si bien no
existe una Ciudad que no se encuentre pasando por esta grave
problemtica, desde hace un tiempo se han empezado a notar
diferencias entre las distintas localidades. En el partidos de La
Costa, no es posible an precisar datos oficiales en accidentes de
Motovehculos, pero pudimos de igual manera, en una muy breve
observacin estimar cifras, que analizadas en un desarrollo de mas
profundidad, se lograra registrar ms aun, la problemtica en relacin
al USO DEL CASCO, quedando evidenciada su incrementacin en los aos
futuros. Adems de ser un ndice alto a nivel local la falta del USO
DEL CASCO constituye la principal causa de muerte en hombres jvenes
de nuestro pas: en el rango de 15 a 24 aos de edad. La falta de
cumplimiento hacia las normas viales en nuestra Ciudad requiere
anticiparse con apuro hacia un plan de Seguridad Vial con medidas
inmediatas y mediatas, a corto y LARGO plazo, preocupndose por los
desafos que el tema encierra. Tanto del sector pblico como privado,
tienen que definir como luchar contra esta problemtica del USO DEL
CASCO como una poltica de Estado a mantenerse en el tiempo. Por tal
motivo y dentro de los lmites de nuestra localidad, se deben tomar
medidas para aumentar las polticas en relacin al rea de Educacin
Vial, a fin de prevenir futuros accidentes, dado las consecuencias
de los mismos, atento a LOS INFORMES A NIVEL MUNDIAL de estudios y
manifestaciones realizadas por la Organizacin Mundial de la Salud y
las Estadsticas Nacionales Pblicas o Privadas. Dentro de ese marco,
es factible considerar que la elaboracin de un PROYECTO DE
EDUCACION VIAL" es lo que permitir el abordaje de la problemtica
que APENAS PUDIMOS OBSERVAR, desde un marco sistemtico y racional,
otorgando coherencia y coordinacin a acciones ms slidas para
procurar la reeducacin de nuestra sociedad no solo local, sino
tambin a nivel Provincial y Nacional. Ya que nuestra Ciudad en poca
estival es plenamente TURISTICA, sera indispensable que las
autoridades y la sociedad se encarguen de este tema.
5. FIN.E.S. V.C.
6. LOS ADOLESCENTES POR TRABAJO EL ADINERADO AHORRO REMIS
7. Y MS MOTOS Y MS, Y MS MOTOS ESA ES LA SOLUCIN. . .? HAY QUE
SECUESTRAR MOTOS ESTA ES UNA SOLUCIN. . .?
8. SENADOR ITALIA MACRI REY DE ESPAA POLICIA CORDOBS
9. MUCHAS LEYES, PERO MUY POCOS EJEMPLOS
10. FIN.E.S. V.C.
11. EN 5, TENIENDO 16 AOS HACERLE RENDIR EXAMEN PARA LICENCIA
DE MOTO (PREVIA AUTORIZACION DE LOS PADRES) EDUCACIN VIAL EN LA
ESCUELA DESDE 4 A 6 DEL SECUNDARIO DURANTE 6, PREPARARLO DURANTE
TODO EL AO Y AL CUMPLIR LOS 18 RENDIR EXAMEN PARA LICENCIA DE
AUTOMOVIL PREVIO REALIZARCE UN CONVENIO, CON EL MUNICIPIO Y LA
ESCUELA, PARA QUE LAS LICENCIAS SEAN SIN COSTO DURANTE 4,
PREPARARLO EN LO TEORICO PARA RENDIR LA LICENCIA DE MOTO (QUE ES A
PARTIR DE LOS 16 AOS) ESTO GENERARIA POR UN LADO, QUE POR LO MENOS,
TENGAN JUNTO CON LA LICENCIA UN TIEMPO MAS EXTENSO PARA LA
CONCIENTIZACION Y POR OTRO LADO, UNA SALIDA LABORAL, DADO QUE TIENE
LICENCIA DE CONDUCIR. POR LO CUAL CALIFICA EN ALGO MAS A LA HORA DE
BUSCAR UN EMPLEO
12. CONVENIO N 11. CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE JEFTURA DE
GABINETE Y GOBIERNO Y LA DIRECCION GENERAL D CULTURA Y EDUCACION
PARA LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES CONJUNTAS EN MATARIA DE
EDUCACION VIAL. El Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno de
la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su
titular , Licenciado Alberto Ramn Rafael PEREZ, con sede en la
calla 6 entre 51 y 53 de La Plata, por una parte, en adelante el
MINISTERIO , Y LA DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION,
representada en este acto por su Titular, Profesor Mario OPORTO,
con sede en la calle 13 entre 56 y 57 de La Plata, por la otra, en
adelante la DIRECCIN GENERAL, y . . . FUNDAMENTO Frente a la
problemtica de la inseguridad vial, la sucesin de tragedias que se
cobran la vida, la salud y los bienes de las personas, se hace
necesario por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,
trabajar en forma mancomunada con los diferentes sectores de la
sociedad en todas aquellas actividades que permitan mejorar la
calidad del trnsito en nuestra Provincia. Es funcin de la Provincia
garantizar al ciudadano el ejercicio del derecho a la circulacin,
en condiciones que aseguren la integridad de las personas que
transitan por la va pblica. La problemtica vial requiere de un
proceso integral de reeducacin de la sociedad en su conjunto,
reconceptualizando el respeto a los derechos de los dems y el
cuidado por el otro. Se hace indispensable generar acciones
centralizadas en toda la Provincia, avanzado haba la unicidad de
criterios y conductas, a los efectos de generar polticas coherentes
para el tratamiento de los diferentes aspectos de la problemtica.
Resulta necesario que estas polticas perduren en el tiempo,
generando axial avances incrementales en materia de formacin,
capacitacin y concientizacin vial del ciudadano como de los
funcionarios encargados de todas las tareas relacionadas con la
seguridad vial. La DIRECCION GENERAL concentra el universo escolar,
brindando de esta forma la posibilidad de desarrollar acciones y
productos que redunden en una mayor calidad de la educacin vial. En
este marco, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires impulsa el
presente convenio de cooperacin y colaboracin mutua a fin de
contrarrestar y disminuir los ndices de siniestralidad y mortalidad
en el trnsito. Por ello, sobre la base de los lineamientos
generales expuestos, las partes celebran el presente convenio de
colaboracin y asistencia sujeto a las siguientes clusulas:
13. LEY 13348 EL SENADO Y CMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modificase
el artculo 1 de la Ley 8.279, texto segn Ley 12.261, el que quedar
redactado de la siguiente manera: Lo subrayado se encuentra
observado por el Decreto de Promulgacin n 1008/05 de la presente
Ley. Artculo 1.- Declrase obligatoria la enseanza de Educacin Vial
en los establecimientos correspondientes a la Educacin Inicial,
Educacin General Bsica y Polimodal, dependientes de la Direccin
General de Cultura y Educacin de la Provincia de Buenos Aires.
Dicha enseanza deber cumplirse como asignatura obligatoria y
evaluativa en el ltimo ao del nivel Polimodal. DECRETO 1.008 (Ver
Dec. 1875/05) La Plata, 24 de mayo de 2005. VISTO: Lo actuado en el
expediente 2100-5460/05, por el que tramita la promulgacin de un
proyecto de ley, sancionado por la Honorable Legislatura en fecha 4
de abril del corriente ao, mediante el cual se modifica el artculo
1 de la ley 8.279, texto segn Ley 12.661 y . . . EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artculo 1: Observase en el
artculo 1 del proyecto de ley sancionado por la Honorable
Legislatura con fecha 4 de abril de 2005, al que hace referencia el
Visto del presente, las siguientes expresiones: Texto segn Ley
12.261 y Dicha enseanza deber cumplirse como asignatura obligatoria
y evaluativa en el ltimo ao del nivel polimodal.
14. SEGUNDA: ACCIONES.- La partes acuerdan desarrollar y
aplicar en forma conjunta y coordinada una serie de acciones,
vinculadas a la educacin vial, tendientes a contrarrestar y
disminuir los ndices de siniestralidad y mortalidad en el transito.
TERCERA. COMPONENTES.- En ese marco, las partes trabajarn
inicialmente en: 1. El programa de Concientizacin Vial en las
escuelas. Destinatarios del programa: Todos los alumnos del ltimo
ao de educacin media en escuelas pblicas y privadas de la Provincia
de Buenos Aires. Objetivos generales del programa: generar
conciencia acerca de la importancia de la problemtica vial;
generar, reforzar y fortalecer conocimientos de circulacin vial;
brindar un espacio para las consultas de los jvenes. Formato del
programa el programa se llevar adelante en etapas, las cuales
abarcarn progresivamente las diferentes regiones educativas de la
Provincia. La capacitacin constar de una charla de duracin de
aproximadamente dos horas, en los salones que en cada escuela se
establezca para la actividad. Se concientizar a aproximadamente
sesenta (60) alumnos por charla. Las charlas sern brindadas por
especialistas en temas de seguridad vial provenientes de ONG s y
universidades. Los contenidos bsicos incluirn: Sentido de
responsabilidad en la conduccin. Tipos de vehculos: bicicleta,
ciclomotor, automvil. Peatones, aprendizaje de normas y seales de
trnsito. Factor: Humano, Ambiental y vehicular. Nociones bsicas de
manejo defensivo. Triangulo accidento lgico. Primeros auxilios en
un siniestro vial. Estadstica de mortalidad en Argentina y en la
Provincia. Estadstica de mortalidad por edades. Alcoholismo y
conduccin. 2. La confeccin de un Manual de Formacin Docente. El
manual contendr toda la informacin necesaria para el dictado del
tema en los diferentes niveles educativos. Para ello se realizarn
encuentros con equipos de la DIRECCIN GENRAL, los cuales trabajan
en los contenidos de la currcula de los diferentes niveles de
enseanza, a los efectos de generar Consenso en los mismos y en la
forma en que estos de abordarn. Los contenidos del mismo incluyen:
nociones bsicas de responsabilidad, legislacin vigente. Sealizacin
vertical, horizontal, temporaria, etc. Diversos tipos de
circulacin: transporte de carga, de pasajeros, automviles,
bicicletas, peatones. Factores intervinientes en los hechos de
trnsito: humano, vehicular, ambiental. Prevencin de siniestros.
Cuidados de salud bsicos: primeros auxilios y lineamientos
generales de cmo pedir ayuda. Enfoques pedaggicos y psicolgicos
acordes al dictado de los temas. Incluir un CD interactivo que
actualizar la informacin legislativa, va Internet con el portal
educativo.