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Actividades profesionales

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Page 2: Actividades profesionales

Quiénes pueden tributar en el régimen

de Actividades profesionales

Las personas físicas, como entre otras las que seseñalan a continuación, que presten serviciosprofesionales de manera independiente (nocomo asalariados) a empresas, dependencias degobierno o a personas físicas en general, lescorresponde tributar o pagar sus impuestos en elrégimen de Actividades profesionales.

Page 3: Actividades profesionales

Qué es lo primero que debe hacer

Inscribirse en el Registro Federal deContribuyentes (RFC) del Servicio deAdministración Tributaria (SAT) y obtener suFirma Electrónica Avanzada (Fiel) y su Clave deIdentificación Electrónica Confidencial (CIEC)

Page 4: Actividades profesionales

Una vez que ya se inscribió en el RCF

del SAT ¿qué sigue?

• Expida recibos de honorarios a sus clientes porcada cobro que realice

• Solicite los comprobantes de sus gastos einversiones

• Presente sus declaraciones mensuales

• Cómo y dónde pagar los impuestos o presentardeclaraciones

Page 5: Actividades profesionales

• Presente la declaración informativa de operacionescon los terceros (DIOT)

• Presente la declaración anual• Cumpla sus demás obligaciones fiscales• Conozca qué pasa si no cumple con alguna

obligación• Cómo inscribirse en el RFC del SAT y obtener su Fiel

y su CIEC• La inscripción ante el RFC del SAT se puede realizar

a través de los siguientes medios:• Por internet• Se realiza una preinscripción al RFC que debe

concluir, de preferencia con cita, ante cualquierMódulo de Servicios Tributarios

Page 6: Actividades profesionales

Cómo inscribirse en el RFC del SAT y

obtener su Fiel y su CIEC

Page 7: Actividades profesionales

Acuda dentro de los 10 días siguientes al envío de su información, de preferencia con cita, lleve los siguientes requisitos:

Page 8: Actividades profesionales

Personalmente

De preferencia con cita ante cualquier Módulo deServicios Tributarios del SAT llevando, según sea elcaso, los documentos señalados con anterioridad en losincisos b al f y, en su caso, los adicionales cuando se tratede menores de edad o de extranjeros. Si los documentosestán completos y son correctos quedará inscrito en elRFC del SAT y se le hará entrega de la siguientedocumentación:

• Copia de la solicitud de inscripción.• Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de

Registro, según corresponda.• Guía de Obligaciones.• Acuse de Inscripción al RFC.

Page 9: Actividades profesionales

Obtención de su Firma Electrónica

Avanzada y su Clave de Identificación

Electrónica Confidencial (CIEC)

Con el fin de que el mismo día que acuda a realizar su trámite deinscripción en el RFC, obtenga su Fiel y su clave CIEC, cuando sepresente en el Módulo de Servicios Tributarios del SATadicionalmente lleve y realice lo siguiente:

• Dispositivo USB, el cual se utilizará para grabar los archivosgenerados con motivo del trámite y su certificado.

• Después de haber realizado su inscripción al RFC, acuda a la sala deinternet del Módulo de Servicios Tributarios del SAT en el que se

• encuentre, a fin de que genere a través del Portal de internet del SATsus archivos req y key, así como la forma oficial FE Solicitud de

• Certificado de Firma Electrónica Avanzada (persona moral-personafísica) por duplicado e impresa por ambos lados y firmada con tintaazul,

• que obtiene en el Portal de internet del SAT, en la sección Fiel

Page 10: Actividades profesionales

Al realizar el trámite de su Fiel y de su CIEC se leentregará:

• Comprobante de inscripción para la Fiel con elCertificado, yu CIEC.

• Qué pasa si le falta algún documento• Cuando la documentación se presente incompleta o no

reúna los requisitos correspondientes, se entregará alcontribuyente un reporte de información

• pendiente, y tendrá un plazo de 10 días para integrarlacorrectamente. Si el contribuyente no presenta ladocumentación en el plazo señalado, el trámite se

• tendrá por no presentado y debe iniciarlo nuevamente.

Page 11: Actividades profesionales

Expida recibos de honorarios a sus

clientes por cada cobro que realice

Los contribuyentes cuyos ingresos en 2011 hayan excedido decuatro millones de pesos deben expedir recibos electrónicos(digitales), para lo cual requirieren.

• Contar con un certificado de Firma Electrónica Avanzada(Fiel) vigente.

• Tramitar al menos un Certificado de Sello Digital.• Contar con un sistema informático para la generación de las

facturas electrónicas el cual puede desarrollar usted mismo, obien adquirirlo o arrendarlo a un tercero.

• Enviar a validar las facturas electrónicas al proveedorautorizado de certificación.

• Quienes hayan obtenido en el año anterior ingresos que nosuperen el monto de cuatro millones de pesos, pueden expedirfacturas impresas con código de barras bidimensional.

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Recibos impresos con código de barras

bidimensional

Los contribuyentes que en el último ejerciciodeclarado, o por el que hayan tenido la obligación depresentar Declaración Anual, hayan obtenido paraefectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferioresa cuatro millones de pesos, así como los contribuyentesque en el ejercicio fiscal en que inicien actividadesestimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a esacantidad, pueden expedir facturas impresas con códigode barras bidimensional, para ello requieren:

• Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente.• Tramitar ante el SAT el certificado para el uso de los

sellos digitales.

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Solicite los comprobantes de sus

gastos e inversiones

Para calcular los pagos mensuales del impuesto empresarial atasa única (IETU) y del impuesto sobre la renta (ISR) puedededucir, entre otros, los gastos que se señalan a continuación,siempre que estén relacionados con la prestación de susservicios profesionales (honorarios). Para que pueda deducirlos gastos y acreditar el IVA pagado en los mismos contra elIVA que tenga a su cargo es necesario que solicitecomprobantes con todos los requisitos fiscales.

Entre otros, los gastos que puede deducir son los siguientes:• Pago de arrendamiento del local u oficina donde preste sus

servicios profesionales (honorarios).• Luz y teléfono del local u oficina que utilice para la prestación

de sus servicios profesionales (honorarios).

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• Pago de sueldos o salarios, en caso de tener trabajadores.Estos gastos no son deducibles para el IETU.

• Las cuotas pagadas al Instituto Mexicano del SeguroSocial, incluso cuando éstas sean a cargo de sus trabajadores.Estos gastos no son deducibles para el IETU.

• Papelería y artículos de escritorio.• Gasolina y mantenimiento del automóvil que utilice

exclusivamente para la prestación de sus serviciosprofesionales (honorarios).

• Para que proceda la deducción de gasolina, debe pagarlamediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito ode servicios, o bien, con monedero electrónico.

• Las inversiones.

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Para que los gastos e inversiones

puedan deducirse deben cumplir, entre

otros, con los siguientes requisitos:

• Contar con las facturas que reúnan todos losrequisitos fiscales (ya no es necesarioproporcionar la Cédula de Identificación Fiscal;para que le den facturas de sus gastos, compraso inversiones, es suficiente con mencionar suRFC de manera verbal).

• Registrarlos en su contabilidad.

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Presente sus declaraciones mensuales

Las personas físicas que presten servicios profesionales por honorarios deben declarar los siguientes impuestos:

• Impuesto sobre la renta (ISR).

• Impuesto empresarial a tasa única (IETU).

• Impuesto al valor agregado (IVA).

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Impuesto sobre la renta (ISR)Es el impuesto mensual que se debe pagar (a cuentadel impuesto anual) sobre la ganancia obtenida; esdecir, por la diferencia entre sus ingresos obtenidosen el periodo comprendido desde el inicio del año yhasta el último día del mes que declara, menos susdeducciones autorizadas del mismo periodo.

Los pagos provisionales mensuales del ISR sepresentan a más tardar el día 17 del mes siguiente aaquel al que corresponde el pago; por ejemplo, elpago de enero se presenta a más tardar el día 17 defebrero; el de febrero a más tardar el día 17 demarzo, y así sucesivamente.

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Impuesto empresarial a tasa única

(IETU)

Es un impuesto complementario del ISR que secalcula aplicando la tasa de 17.5% vigente en2012, sobre los ingresos menos lasdeducciones, sin incluir en éstas a los gastos porsueldos y salarios ni las aportaciones deseguridad social.

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Cómo se calculan los pagos

provisionales del IETUReste al total de sus ingresos obtenidos en el periodo (desde el inicio del año yhasta el último día del mes que declara), las deducciones autorizadas por laLey del IETU correspondientes al mismo periodo. La diferencia que obtengamultiplíquela por la tasa del IETU de 17.5% vigente en 2012 y alresultado, reste los siguientes conceptos, en caso de tenerlos:

• Crédito por deducciones mayores a los ingresos (pérdidas)• que haya tenido en los últimos cinco años.• Acreditamiento por salarios y aportaciones de seguridad• social, en caso de tener trabajadores a su servicio.• Crédito fiscal por inversiones adquiridas de 1998 a 2007.• Importe de los pagos provisionales mensuales del ISR propio• que haya efectuado, correspondientes al periodo que declara.• En su caso, el monto del ISR que le hayan retenido en el• periodo que declara.• Los pagos provisionales del IETU efectuados con• anterioridad, correspondientes al mismo periodo.

El resultado obtenido es el IETU a cargo del periodo o mes correspondiente

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Ejemplo

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Impuesto al valor agregado (IVA)

El IVA es un impuesto indirecto que elcontribuyente cobra o traslada a un tercero, esdecir, a la persona que adquiere sus servicios; elimpuesto trasladado se entera o se paga al SATdespués de restarle el impuesto que letrasladaron al contribuyente o que pagó en lacompra de bienes o servicios necesarios pararealizar su actividad profesional.

Page 26: Actividades profesionales

Cómo se calculan los pagos mensuales

del IVA

Para calcular el IVA mensual multiplique el totalde los ingresos efectivamente cobrados en el mespor la tasa de impuesto que le corresponda (parael ejemplo, consideraremos la tasa general de16%); al resultado, en su caso, reste el IVA que lehayan retenido, así como el IVA acreditable quehaya pagado en sus gastos relacionados con suactividad; asimismo, reste el IVA a favor que ensu caso tenga de periodos anteriores.

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Ejemplo: Cálculo del IVA correspondiente al mes de junio de 2012.

Page 28: Actividades profesionales

Impuesto a los depósitos en efectivo

(IDE)

Este impuesto se paga de manera ocasionalmediante recaudación que realizan los bancosaplicando la tasa de 3% sobre los depósitos enefectivo que exceda de 15,000 pesos en lascuentas del contribuyente o en la compra decheques de caja pagados en efectivo.

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Días adicionales para presentar sus declaraciones mensuales

Page 30: Actividades profesionales

Cómo y dónde debe pagar los impuestos

o presentar las declaraciones

• Por internet: Cuando en 2011 sus ingresos porservicios profesionales (honorarios) hayan sidoiguales o superiores a 415,150.00 pesos o si inicióactividades en 2012 y estima que sus ingresosserán iguales o superiores a dicho monto.

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Si alguno de sus impuestos lo determinó en cero,capture los campos como se indica a continuación,para efectos de este ejemplo consideraremos el IETU

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• Por ventanilla bancaria:

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Presente la Declaración Informativa de

Operaciones con Terceros (DIOT)

Si usted es un contribuyente obligado al pago delIVA, debe presentar de manera mensual la DIOTpara informar sobre elpago, retención, acreditamiento y traslado delimpuesto al valor agregado en las operacionescon sus proveedores

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Presente la Declaración Anual

Además de las declaraciones mensuales, loscontribuyentes que obtengan ingresos por serviciosprofesionales (honorarios) deben presentar laDeclaración Anual del ISR y del IETU durante el mes deabril del año siguiente a aquel en el que percibieron losingresos.

Cuando se encuentren obligados al pago del IVA, en laDeclaración Anual del ISR deben proporcionar lainformación del IVA que les sea solicitada, sin embargopueden optar por no presentar la información, siempreque cumplan con la obligación de presentar durantetodos los meses del año la DIOT.

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Cómo se presenta la Declaración Anual

cuando resulta en ceros o con saldo a

favor

Independientemente del resultado que seobtenga en la Declaración Anual, debepresentarla por internet, a través de lossiguientes programas, que puede obtener en elPortal de internet del SAT:

• Declara SAT.

• Declaración automática

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Cómo se presenta la Declaración Anual

cuando resulta con impuesto a cargo

Si en la Declaración Anual le resulta impuesto acargo, una vez que la haya enviado a través deinternet debe realizar el pago de acuerdo con losiguiente:

• Si sus ingresos en el año anterior fueron iguales osuperiores a 415,150.00 pesos debe realizar el pagomediante transferencia electrónica de fondos en elportal de internet del banco en donde tenga sucuenta con servicio de banca electrónica.

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• Si sus ingresos en el año anterior fueroninferiores a 415,150.00 pesos debe realizar elpago ante ventanilla bancaria con la hoja deayuda que imprime el programa DeclaraSAT o laDeclaración automática; opcionalmente, puederealizarlo mediante transferencia electrónica defondos en el portal de internet del banco endonde tenga su cuenta con servicio de bancaelectrónica

Page 43: Actividades profesionales

Deducciones personales para la

Declaración Anual

Page 44: Actividades profesionales

Qué ventajas tiene presentar su

Declaración Anual en los primeros días

de abril

• Será de los primeros en obtener la devolución sipresentó su declaración con saldo a favor en elISR.

• No tendrá que hacer largas filas para seratendido.

• El envío de la declaración por internet serárápido (no habrá saturación en la red).

Page 45: Actividades profesionales

Cumpla sus demás obligaciones

fiscales

• Lleve su contabilidad: sólo requiere comprar enpapelerías un libro de ingresos y egresos empastado yfoliado, donde registrará sus ingresos ydeducciones, incluidas las inversiones.

• Si tiene trabajadores:Retenga y entere el ISR y, en sucaso, entregue a los trabajadores en efectivo lascantidades que resulten a su favor por concepto desubsidio para el empleo. Proporcióneles a más tardar enfebrero del año siguiente, la constancia de pagos yretenciones efectuadas cuando se la soliciten o tenganobligación de presentar la Declaración Anual por sucuenta.

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Presente los avisos al RFC correspondientes cuando se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

• 1. Apertura de establecimientos, sucursales, y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades.

• 2. Actualización de actividades económicas y obligaciones (aumento o disminución de obligaciones).

• 3. Cierre de establecimientos, sucursales, locales y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades.

• 4. Reanudación de actividades.• 5. Suspensión de actividades.• 6. Cambio de domicilio fiscal.• 7. Corrección o cambio de nombre.• 8. Cancelación en el RFC por defunción.

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Qué pasa si no cumple con alguna

obligación

Cuando haya dejado de cumplir alguna obligación fiscal o hayacometido un error (por ejemplo, no presentar declaraciones opresentarlas con errores u omisiones), puede presentarla o hacer lascomplementarias correspondientes de manera voluntaria antes deque se lo requiera la autoridad. Si corrige los errores o cumple lasobligaciones de manera voluntaria o espontánea no se le impondránsanciones o multas; sin embargo, si lo hace por requerimiento de laautoridad se le impondrá la sanción que corresponda (por ejemplo:pago de una multa). Si omitió hacer los pagos mensuales de losimpuestos también debe pagar recargos y actualizaciones, auncuando cumpla de manera espontánea o voluntaria.

En todos los casos se le debe notificar por escrito cualquierrequerimiento o sanción que se le aplique. Recuerde que mientrasesté inscrito ante el RFC del SAT debe presentar declaraciones; poreso, si suspende actividades y deja de percibir ingresos por cualquierconcepto no olvide avisar al SAT.

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