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ESTELA DÍAZ DOMÍNGUEZ Esteladiazdominguez.com
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1. INTRODUCCIÓN AL RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS: OBLIGACIONES FORMALES FRENTE A LA HACIENDA PÚBLICA
2. RÉGIMEN FISCAL. ALTERNATIVAS, LIMITACIONES E INCOMPATIBILIDADES
3. VENTAJAS FISCALES DE LA PYME: amortización, clientes de dudoso cobro, reducción por mantenimiento o creación de empleo…
4. APLICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD AL AUTONOMO.CASOS PRÁCTICOS
5. DIFERENCIAS ENTRE SER AUTÓNOMO Y CONSTITUIR UNA SOCIEDAD: VENTAJAS E INCONVENIENTES
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Tendrán la naturaleza derivada de la actividad o fuente de dónde procedan, es decir,
actividad económica.
Con arreglo a las normas del IRPF.
Las rentas satisfechas estarán sujetas a retención o ingreso a cuenta (Modelos
trimestrales 111-115 y anuales 190-180).
Serán practicados por cada uno de los socios (Modelo
130)
Se atribuirán en atención a los pactos entre las partes, a
falta de éstos se hará por partes iguales.
La sociedad deberá presentar declaración informativa relativa a las rentas a
distribuir a sus miembros (Modelo 184) y Operaciones con terceros (Modelo 347)
SOCIEDAD CIVIL
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AUTÓNOMO EN EL IRPF
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CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS
REGLA GENERALIMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS:
Cuando se produzcan (devengo).No cuando se cobren o paguen (caja).
IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS: Los empresarios en E Directa simplificada pueden optar por el criterio de cobros y pagos. Dicho criterio se entiende aprobado por el solo hecho de manifestarlo en la declaración anual (M 100) y ha de mantenerse al menos 3 años
REGLA ESPECIAL
GASTOS DE PERSONAL
Salario bruto, dietas, aportaciones a sus planes de pensiones ,S. Social a cargo de la empresa
GASTOS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN
Gastos ocasionados para el sostenimiento del inmovilizado.DISTINTO SON LAS OBRAS EN LOCALES ALQUILADOS: se activan y se llevan a gasto (vía amortización) en el periodo de alquiler.
DETERIORO DE VALOR
CLIENTES MOROSOS: gasto transcurridos 6 meses desde el vencimiento de la obligación de cobro, o reclamados judicialmente o declarados en concurso
CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
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EdificiosMobiliario, enseres y demás equiposAutomóviles de turismoEquipos procesos informaciónSistemas y programas informáticosInstalaciones aire acondicionadoTelefoníaMáquinas copiadoras y reproductoras
AMORTIZACIONES: Reflejan la depreciación motivada por el uso experimentada por determinados bienes del inmovilizado.
Coeficiente mínimo: 100 / Periodo máximo
Periodo mínimo: 100 / Coeficiente máximo
BIENES USADOS Precio adquisición x coeficiente tabla x 2
CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
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LIBERTAD PARA INVERSIONES DE ESCASO VALOR (PYME)
•Inmovilizado material nuevo.•Valor unitario < 601,01 € Límite: 12.020,24 € en el ejercicio
AMORTIZACIÓN ACELERADA (PYME)
•Inmovilizado material nuevo, inversiones inmobiliarias e inmovilizado intangible •Beneficio fiscal: Coeficiente máximo de tablas x 2
AMORTIZACIÓN DE ELEMENTOS PATRIMONIALES OBJETO DE REINVERSIÓN (PYME)
•Inmovilizado material e inversiones inmobiliarias en que se materialice la reinversión del importe obtenido en la enajenación de elementos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias•Beneficio fiscal: Coeficiente máximo de tablas x 3
CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
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Es gasto deducible la carga financiera y la amortización del activo arrendado conforme a la vida útil del activo (no conforme al periodo de arrendamiento).
AMORTIZACIÓN ACELERADA PYMES: Precio de adquisición x coeficiente tablas x 2 x 1,5, sin que este importe pueda superar la suma de la parte de las cuotas de arrendamiento correspondientes al valor del bien arrendado.
MICROEMPRESA (aquella que no supera dos de 3 requisitos: 2mill volumen de negocio, 1 mill activo y 10 trabajadores): es gasto la totalidad de la cuota (devolución del coste del bien+ intereses)
ARRENDAMIENTO FINANCIERO
CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
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•Gastos por servicios externos y arrendamientos de servicios. Son servicios prestados por terceros.
•Tributos. IBI, Tasa de basura.
•Gastos financieros. Intereses satisfechos (Avales)
No son fiscalmente deducibles: las sanciones administrativas, ni el recargo de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de liquidaciones y autoliquidaciones, pero sí los intereses de demora.
Sí son fiscalmente deducibles: los intereses de demora y los gastos de formalización de deudas.
OTROS GASTOS DE GESTIÓN
CÁLCULO DEL RESULTADO: BENEFICIOS FISCALES PYME
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I.R.P.F.
REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO ejercicio 2012
•Reducción del 20% de los rendimientos netos positivos de la actividad, para los contribuyentes que ejerzan actividades económicas
•Requisitos: Importe neto de la cifra de negocio <5 millones de euros y una plantilla < 25 empleados
•Mantengan o creen empleo respecto a la cifra media de trabajadores en 2008, se entiende que el contribuyente mantiene o crea empleo cuando en cada uno de los períodos 2009, 2010 y 2011, 2012, 2013 la plantilla media no sea inferior a la unidad y a la plantilla media de 2008
•El importe de la reducción no podrá superar el 50% de las retribuciones de los trabajadores.
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I.R.P.F.
REDUCCIONES DEL RENDIMIENTO ejercicio 2013
Reducción del 20% de los rendimientos netos positivos:
•Los contribuyentes han de determinar el rendimiento por el método de estimación directa.•Las actividades económicas se deben iniciar a partir del 1 de enero de 2013.•No se debe haber ejercido ninguna otra actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la nueva actividad.•La reducción se aplicará en el primer periodo impositivo en el que el rendimiento sea positivo y en el siguiente.•La cuantía máxima de rendimientos netos sobre los que se puede aplicar esta reducción es de 100.000€ anuales.
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I.R.P.F. (ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA)
PARTICULARIDADES
No deducibles los importes en concepto de pérdidas por deterioros de valor.Gastos de difícil justificación: 5% Rendimiento NetoO bien, reducción entre 2.652€ (para rendimientos netos > 13.260€ anuales) y 4.080€ (para rendimientos netos < 9.180€, anuales)
SIEMPRE QUE:•Autónomos que trabajen para un solo cliente (no vinculado).•No obtengan rentas del trabajo.•Sus gastos no superen el 30% de sus ingresos.•Al menos el 70% de sus ingresos se sometan a retención.•Incompatible con los gastos de difícil justificación
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Amortizaciones: Forma lineal conforme tabla de amortización (O.M. 27/03/1998)Compatible con beneficios fiscales de libertad y aceleración de PYMES.
EdificiosInstalaciones, mobiliario y enseresElementos transporteEquipos procesos información
I.R.P.F. (ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA)
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Ingresos conforme a la L.I.S., con EXCEPCIONES:
INGRESOS FINANCIEROS: Rendimientos de Capital Mobiliario NO rendimientos de la actividad
económicaBENEFICIOS POR VENTAS DE ACTIVOS (local de la actividad): ganancias patrimoniales tributando en base del ahorro (tipo 21% para los primeros 6.000€ , entre 6.000 y 24.000 al 25%, a partir de esa cifra 27%).
I.R.P.F.
INGRESOS
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PARTICULARIDADES:
Cantidades aportadas a las mutualidades de previsión social por profesionales no integrados en el régimen de autónomos de la Seguridad Social Será gasto deducible con el límite anual de 4.500€ y las cantidades aportadas que sobrepasen dicho límite serán objeto de reducción en la base imponible general del impuesto como aportaciones a sistemas de previsión social (máxima deducción 10.000€, o 30% de los rendimientos si fuese menor, se eleva a12.500€ y 50% de los rendimientos para mayores de 50 años) .
Primas de seguro de enfermedad que correspondan a la propia cobertura del arquitecto, la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él/ella, son gasto deducible con el límite máximo de 500 € por persona.
I.R.P.F.
GASTOS
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EJEMPLO: CÁLCULO DE RENDIMIENTO NETO POR ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA
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Gastos de personal: 3.000€ abonados a su hijo de 16 años, por servicios en estudio de arquitectura en julio y agosto.
Tributos: I.B.I.Rendimientos Capital Mobiliario: 900€Retenciones Actividad Económica: 18.000€Pagos Fraccionados: 36.000€Pago I.R.P.F. 2007: 13.500€
Arrendamiento: cantidad satisfecha a esposa por titularidad compartida de inmueble dónde se desarrolla la actividad.Local adquirido en 1.999 por el matrimonio por importe de 250.000€Suelo: 40% (conforme I.B.I.)
Gastos de viaje: 4.500€: % de gastos vehículo en función de km. Recorridos en uso particular y profesional. Resto: Gastos manutención y estancia en establecimientos de hostelería debidamente justificados por desplazamientos realizados por motivos profesionales.
Impagados: deuda con un cliente.
Otros gastos: suscripciones a revistas profesionales.
Amortización: Se acoge a incentivos fiscales de PYMES, amortizando al máximo de tablas.
CONSIDERACIONES
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INGRESOS:……………....190.000
Facturados…… 200.000
GASTOS:………………..….87.355
G. Personal……... 42.000
I.B.I. ……………...... 1.500
Alquiler …………….…0P. Seguro …….……
10.000Cuota Colegio……
3.000Mutualidad ……….
3.005Dietas ………………
3.000Energía …………..
5.000Impagados …………….0Material
estudio….2.750 Otros gastos ………
7.500Amortización
……..9.600RDTO. NETO PREVIO:….102.645-5% RDTO. NETO……….. 5.132,25RDTO. NETO:………… ….. 97.512,75Reducción mantenimiento empleo-20% de 97.512,75 = 19.502,55 Límite 50% salarios 17.500RDTO NETO……………….80.012,75
CÁLCULO AMORTIZACIONES:
•Local = 250.000 x 3% x 60% = 4.500€
•E. informático nuevo = 5.000 x 26% x 2 = 2.600€
•Aire nuevo = 10.000 x 10% x 2x 7/12 = 1.166,66 €
•Mobiliario nuevo = 20.000 x 10% x 2 x 4/12= 1.333,33 €
SOLUCIÓN:
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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
TIPOS DE GRAVAMEN