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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS TRABAJO DE TITULACION PARA OPTAR POR EL TITULO DE INGENIERIA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS TEMA: “DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO INSTRUMENTO FINANCIEROAUTOR: ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ TUTOR DE TESIS: AB. WASHINTON UTRERAS GUAYAQUIL, 2017

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL - repositorio.ug.edu.ecrepositorio.ug.edu.ec/bitstream/redug/23992/1/modelo tesis corregido.pdfE-mail: [email protected] . II CERTIFICADO ANTIPLAGIO Habiendo

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

TRABAJO DE TITULACION PARA OPTAR POR EL TITULO DE INGENIERIA

EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS

TEMA:

“DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO INSTRUMENTO FINANCIERO”

AUTOR: ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ

TUTOR DE TESIS:

AB. WASHINTON UTRERAS

GUAYAQUIL, 2017

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REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

FICHA DE REGISTRO DE TESIS

TÍTULO: “DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO INSTRUMENTO FINANCIERO”

AUTOR/ES:

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

TUTOR:

AB. Washinton Utreras

EXAMINADORES:

C.P.A. Dolores Ortiz Guevara

INSTITUCIÓN: Universidad de Guayaquil FACULTAD: Ciencias Administrativas

CARRERA: Ingeniería en Tributación y Finanzas

FECHA DE PUBLICACIÓN: AÑO 2017 No. DE PÁGS: 76

TÍTULO OBTENIDO: INGENIERA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS

ÁREAS TEMÁTICAS: Financiera

PALABRAS CLAVE: internet, criptografía, apreciación, criptomoneda, bitcoin.

RESUMEN: En esta tesis analizamos las diversas características del dinero electrónico virtual Bitcoin que deben ser valoradas para

considerarlo como instrumento financiero, revisaremos los puntos más relevantes de su historia su situación actual y sus

perspectivas de crecimiento, ventajas y desventajas, normativa comparada con otros países, y su viabilidad como un sistema de

dinero electrónico descentralizado en Ecuador que para ahorrarse los costos de mantener la circulación del dólar en el país

necesita implantar otra moneda digital que opere como instrumento financiero, la cual tendrá la ventaja de ayudar a rastrear

operaciones financieras y mejorar la recaudación tributaria. Bitcoin será la mejor opción pues posee a nivel mundial una alta

utilización por su fácil uso, sin complicaciones de realizar depósitos en el Banco Central pues es una moneda independiente no

sujeta a ninguna institución y por lo tanto facilitaría la integración financiera de la población. Se realizaran conclusiones,

recomendaciones y propuesta para vincular a Ecuador como usuario de Bitcoin.

No. DE REGISTRO (en base de datos): No. DE CLASIFICACIÓN:

DIRECCIÓN URL (tesis en la web):

Adjunto PDF: x SI NO

Contacto con autores

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

Teléfono:

0984167975 E-mail:

[email protected]

Contacto en la Institución: Nombre: Ing. Jorge Manuel Coca Benítez

Director Carrera Teléfono: (04) 2596830 Celular: 0995100248

E-mail: [email protected]

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II

CERTIFICADO ANTIPLAGIO

Habiendo sido nombrado, AB. WASHINTON UTRERAS tutor del trabajo de

titulación certifico que el presente trabajo de titulación ha sido elaborado por:

ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ con C.I: 0913791463 con mi respectiva

supervisión como requerimiento parcial para la obtención del título de Ingeniería en

Tributación y Finanzas.

Se informa que el trabajo de titulación: “DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO

INSTRUMENTO FINANCIERO” Ha sido orientado durante todo el periodo de ejecución en

el programa antiplagio PLAGIARISM quedando el 0,2% de coincidencia.

______________________________________

Ab. Washington Utreras

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III

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

Habiendo sido nombrado Tutor de Trabajo de Titulación, como requisito para optar por el

Título de Ingenieros en Tributación y Finanzas, presentado por la estudiante:

ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ con C.I: 0913791463

Con el tema:

“DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO INSTRUMENTO FINANCIERO”

Certifico que he revisado y aprobado en todas sus partes la estructura metodológica del

Trabajo de Titulación, ya que es la adecuada y cumple los requisitos que determina la

investigación científica, lo cual constituye un aporte a la investigación sobre el

Financiamiento de las PYMES y se encuentra acorde a los parámetros adecuados en sus

conclusiones y recomendaciones; por lo tanto, se encuentra apto para la sustentación.

Atentamente

________________________________________

AB. WASHINTON UTRERAS

Guayaquil, septiembre 25 de 2017

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IV

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE TESIS

ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ con C.I: 0913791463 declaro que el

proyecto de grado denominado: “DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO

INSTRUMENTO FINANCIERO” es basado a la investigación metódica, considerando

todas los derechos intelectuales de terceros conforme las citas que constan al pie de las

páginas correspondientes, y sus fuentes están detalladas en la bibliografía.

Consecuentemente este trabajo es de nuestra autoría.

En virtud de esta declaración, me responsabilizo del contenido, veracidad y alcance

científico del proyecto de grado en mención.

Guayaquil, 25 septiembre 2017

___________________________

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

C.I: 0913791463

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V

RENUNCIA DE DERECHOS DE AUTOR

Yo, ARTURO GABRIEL JURADO GÁLVEZ C.I: 0913791463 certifico que el

Trabajo de Titulación es de mi absoluta propiedad y responsabilidad como egresado:

Derecho que renuncio a favor de la Universidad de Guayaquil para que haga uso como

a bien convenga.

Guayaquil, 25septiembre 2017

El autor:

___________________________

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

C.I: 0913791463

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VI

DEDICATORIA

Dedico este trabajo a mi madre Olga y a mi tía Mercedes por ser pilares en mí.

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

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VII

AGRADECIMIENTO

Agradezco a la Universidad de Guayaquil por las enseñanzas impartidas dentro de la carrera

de Ingeniería en Tributación y Finanzas y en especial a todos los profesores por sus

enseñanzas.

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

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VIII

DECLARACIÓN EXPRESA

“La responsabilidad del contenido de este trabajo de titulación especial, me

corresponden exclusivamente; y el patrimonio intelectual de la misma a la UNIVERSIDAD

DE GUAYAQUIL”

El Autor:

____________________________

Arturo Gabriel Jurado Gálvez

C.I: 0913791463

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IX

ABREVIATURAS

B.C.E.: Banco Central del Ecuador

B.T.C: Bitcoin

PIB: Producto Interno Bruto

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X

ÍNDICE GENERAL

REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA ........................................................................... I

CERTIFICADO ANTIPLAGIO .................................................................................................................... II

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE TESIS .................................................................................................. IV

RENUNCIA DE DERECHOS DE AUTOR .................................................................................................... V

ABREVIATURAS ............................................................................................................................. IX

ÍNDICE GENERAL ............................................................................................................................. X

ÍNDICE DE FIGURAS .................................................................................................................... XII

RESUMEN ............................................................................................................................................ 13

ABSTRACT ........................................................................................................................................... 14

INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 15

DISEÑO TEÓRICO ................................................................................................................................ 16

Planteamiento del problema .............................................................................................................. 17

Formulación del problema y Sistematización del Problema ........................................................... 17

Formulación del Problema .............................................................................................................. 18

Sistematización del Problema ......................................................................................................... 18

Delimitación del Problema .............................................................................................................. 18

Justificación del proyecto ............................................................................................................. 19

Justificación teórica ...................................................................................................................... 19

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN ...................................................................................................... 19

Objetivos Generales ........................................................................................................................ 19

Objetivos Específicos ...................................................................................................................... 19

Justificación e Importancia ............................................................................................................. 20

Propuesta a la problemática .......................................................................................................... 20

CAPÍTULO 1 ......................................................................................................................................... 21

MARCO TEÓRICO ................................................................................................................................ 21

1.1 Historia de Bitcoin .................................................................................................................... 21

1.2 Identificando bitcoin ................................................................................................................ 22

1.3 Dinero electrónico en Ecuador .................................................................................................. 24

1.4 Dinero electrónico y bitcoin en Ecuador ................................................................................... 25

1.5 Clasificación del dinero electrónico .......................................................................................... 27

1.6 Concepto de dinero .................................................................................................................. 28

1.6.1 Bitcoin como tipo de dinero .................................................................................................. 29

1.6.2 Funciones económicas del dinero. ........................................................................................ 29

1.6.3 Análisis histórico del dinero .................................................................................................. 31

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XI

1.6.4 Nuevo enfoque en la utilización del dinero. ........................................................................... 32

1.7 Minado de bitcoin ..................................................................................................................... 34

1.8 Modo de transferir bitcoin…………………………………………………….………………………………………………35

CAPÍTULO 2 ......................................................................................................................................... 37

MARCO METODOLÓGICO ................................................................................................................... 37

2.1 Tipos de investigación ............................................................................................................... 37

2.1.1 alcance de la investigación ..................................................................................................... 39

2.2 Diseño de la investigación ........................................................................................................ 39

2.3 Métodos de investigación ........................................................................................................ 39

2.3.1Diseño metodológico ............................................................................................................. 39

2.4Diagnóstico del estado actual de la problemática que se investiga………………………………………..40

2.5 Interpretación del Diagnóstico ................................................................................................. 59

CAPÍTULO 3… ...................................................................................................................................... 61

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .............................................................................................. 61

3.1 CONCLUSIONES ........................................................................................................................ 61

3.2 RECOMENDACIONES ................................................................................................................ 62

3.3 PROPUESTA……………………………………………………………………………………………………………………………63

BIBLIOGRAFÍA ..................................................................................................................................... 67

ANEXOS ............................................................................................................................................... 70

ANEXOS JURIDICOS ............................................................................................................................. 74

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XII

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1 volatilidad de bitcoin comparado con diversos valores ....................................................... 70

Figura 2 evolución bitcoin dólar ........................................................................................................ 70

Figura 3 Diagrama de tipos de instrumentos financieros .................................................................. 71

Figura 4 cronograma de emisión de unidades bitcoin ........................................................................ 72

Figura 5 precio histórico de bitcoin ................................................................................................... 72

Figura 6 cantidad de transacciones con bitcoin día ........................................................................... 73

Figura 7 conocimiento mundial de bitcoin ......................................................................................... 73

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13

“DINERO ELECTRÓNICO BITCOIN COMO INSTRUMENTO FINANCIERO”

RESUMEN

En esta tesis analizamos las diversas características del dinero electrónico virtual

Bitcoin que deben ser valoradas para considerarlo como instrumento financiero, revisaremos

los puntos más relevantes de su historia su situación actual y sus perspectivas de crecimiento,

ventajas y desventajas, normativa comparada con otros países, y su viabilidad como un

sistema de dinero electrónico descentralizado en Ecuador que para ahorrarse los costos de

mantener la circulación del dólar en el país necesita implantar otra moneda digital diferente a

la del Banco Central que opere como instrumento financiero, la cual tendrá la ventaja de

ayudar a rastrear operaciones financieras y mejorar la recaudación tributaria. Bitcoin será la

mejor opción pues posee a nivel mundial una alta utilización por su fácil uso, sin

complicaciones de realizar depósitos en el Banco Central pues es una moneda independiente

no sujeta a ninguna institución y por lo tanto facilitaría la integración financiera de la

población. Se realizaran conclusiones, recomendaciones y propuesta para vincular a Ecuador

como usuario de Bitcoin.

Palabras claves: internet, criptografía, apreciación, criptomoneda, bitcoin.

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14

ABSTRACT

“ELECTRONIC MONEY BITCOIN AS A FINANCIAL INSTRUMENT”

This thesis talks about the different aspects of the electronic virtual money Bitcoin that

must be valued to call it a finance instrument, we study the most relevant aspects in the

history actual situation and the future, advantages and disadvantages, ways in another

countries and the behavior in Ecuador to save the big cost of maintain the foreigner currency

united states dollar needs to use another electric money different to the Banco Central electric

money as finance instrument which will be used as radar to look for financial movements and

tax base of data to improve the income of the state in taxes. Bitcoin will be the best choice

because it has the worldwide biggest utilization archived for his easy way without

complications of deposits in financial or governmental institutions because of that the

financial integration of the people will be guarantee, we make some recommendations

conclusions and ideas to make Ecuador part of Bitcoin.

Key words: internet, criptografía, apreciación, criptomoneda, bitcoin.

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INTRODUCCIÓN

Bitcoin es un nuevo valor financiero muy interesante por conocer en nuestro medio y que

plantea muchos beneficios para el Ecuador, esta novedad financiera entra en la categoría de

las criptomonedas. Tiene doble importancia tanto desde el aspecto económico como desde el

aspecto político ya que no está bajo la supervisión de ningún Banco Central y al ser dinero

que se desplaza por internet no depende de instituciones bancarias o financieras que

intermedien en su circulación por lo tanto los costos operativos son minúsculos casi de cero.

Al ser dinero con unidades fijas garantizadas al público de un tiraje gradual de hasta el

año 2050 por veintiún millones de unidades de bitcoin a través de cálculos de computadores

privados por lo que este dinero no está sujeto a los caprichos de la inflación impuestos por los

entes gubernamentales como Bancos Centrales o casas de la moneda y departamentos del

tesoro, convirtiendo de esta manera a bitcoin como una unidad de valor que en vez de

devaluarse tiende mucho más a revalorizarse dándole a este dinero electrónico la categoría de

un activo financiero muy atractivo.

Los pagos con dinero virtual y la adquisición de este dinero bitcoin se envían y se

reciben en billeteras de internet, las cuales son electrónicas y aseguradas por firmas digitales,

los pagos son muy sencillos y se pueden realizar desde un computador o un dispositivo móvil

como celulares inteligentes o tabletas. Se requiere para efectuarlos la dirección del

destinatario, el valor a pagar y pulsar el botón de envío, superando en seguridad y comodidad

a los trámites que se realizan con las instituciones financieras.

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16

DISEÑO TEÓRICO

Planteamiento del problema

Desde el año 2014 se ha publicitado en Ecuador un concepto financiero novedoso

conocido como la criptomoneda digital Bitcoin que está ganando adeptos para su utilización

en el Ecuador pero que ha sido prohibida por las autoridades mediante acciones legislativas y

de difamación alegando que es un dinero sin respaldo y que no se puede registrar, para

proteger la moneda digital propia del Banco Central.

La implementación del dinero digital electrónico basado en depósitos previos de dólares en

el Banco Central plantea el peligroso escenario en el que la dolarización que tantos beneficios

ha traído en estabilidad a la economía ecuatoriana sea desplazada, ya que el banco Central

captaría todos los dólares o la mayoría de ellos y emitiría su propia moneda que estaría sujeta

a políticas inflacionarias creadas por autoridades gubernamentales politizadas que velan por

sus grupos económicos, el Estado ha fomentado el uso, pero este dinero sólo registra un

0,002% de la liquidez de la economía en estos momentos lo que demuestra que está cayendo

en desuso.

El Ecuador para ahorrarse los costos de mantener la circulación del dólar en el país

necesita implantar otra moneda digital que opere como instrumento financiero, los cual tendrá

la ventaja de ayudar a rastrear operaciones financieras y mejorar la recaudación tributaria.

Bitcoin será la mejor opción pues posee a nivel mundial una alta utilización por su fácil uso,

sin complicaciones de realizar depósitos en el Banco Central pues es una moneda

independiente no sujeta a ninguna institución y por lo tanto facilitaría la integración financiera

de la población.

Aunque bitcoin encara problemas de sobrevaloración, ya que en estos momentos tiene un

carácter especulativo pues todavía no alcanza la puesta en el mercado de su tiraje total de

unidades, con el tiempo esto será subsanado mediante legislación y controles financieros

internacionales y nacionales.

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17

Formulación del problema y Sistematización del Problema

El Ecuador para ahorrarse los costos de mantener la circulación del dólar en el país

necesita implantar otra moneda digital virtual que opere como instrumento financiero ante el

fracaso del dinero electrónico del Banco Central. El principal problema que se tiene para

poder realizar esta investigación es la falta de información sobre el tema en Ecuador. Debido

a que el Ecuador es un país el cual todavía no implementa y se adapta por completo al dinero

Bitcoin es difícil encontrar información pertinente y estudios realizados en el país, todavía

existe mucha duda y falta de convicción. Además existe esa misma duda por parte de los

consumidores y el sistema financiero hacia la compra de bitcoins. Es por esto que el dinero

virtual bitcoin no ha sido adoptado por el Ecuador a gran escala. Una de las principales

barreras que ha tenido Bitcoin en Ecuador es la confianza del gobierno y la población en el

dinero virtual y la falta de información.

Hipótesis

Implementar en Ecuador el dinero virtual bitcoin como instrumento financiero

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18

Formulación del Problema

¿Bitcoin es lo más adecuado para suplantar el dinero electrónico del Banco Central en el país?

¿Bitcoin puede considerarse un instrumento financiero?

¿Cuáles son las ventajas y desventajas de usar bitcoin?

Sistematización del Problema

Metodología a emplearse

Metodología investigación descriptiva, explicativa y prospectiva, porque, describirá una

serie de hechos, para lograr alcanzar cada uno de los objetivos específicos y así mismo, los

hechos u observaciones serán analizados para encontrar las razones o causas que fundamenten

la argumentación de cada capítulo.

Fuentes y técnicas de recopilación de información y análisis de datos

Consultar literatura, expertos y especialistas sobre el tema, Revisión histórica del

tema, aplicación de Entrevistas.

Delimitación del Problema

El problema está delimitado en el año de 2017 en la República de Ecuador.

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19

Justificación del proyecto.

El propósito de este estudio es el de realizar un análisis de las ventajas y las desventajas

que tiene el dinero electrónico virtual Bitcoin como instrumento financiero. Se realizará un

análisis en el cual se hable acerca de las ventajas y desventajas tanto para las empresas como

para los consumidores, para los estados, la normatividad financiera mundial y la normatividad

tributaria mundial. También se espera realizar una investigación en la cual se determine el

estado actual de Bitcoin en el Ecuador.

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Objetivo general

- determinar cuál es la naturaleza económica-financiera y jurídica de bitcoin.

Objetivos específicos

- determinar el marco legal aplicable a las operaciones en las que se use el bitcoin.

- determinar el tipo de riesgos que se encuentran asociados al uso del bitcoin.

- determinar usos y comportamiento financiero de bitcoin

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20

Justificación e importancia

La implementación de tecnologías novedosas para el desarrollo de las diferentes

actividades humanas y el avance de las comunicaciones digitales ha facilitado grandes

soluciones en todos los niveles.

Nuestra investigación se justifica porque vamos a analizar como el área financiera se está

beneficiando de estos avances tecnológicos para facilitar las transacciones y las ventajas y

dudas de ser parte de estas nuevas modalidades para realizar las finanzas.

El presente proyecto nos permite poner en práctica los conocimientos adquiridos en las

aulas universitarias y brinda un aporte a nivel social, dado que arroja nueva información que a

empresarios y usuario, les permitirá tomar decisiones sobre la adaptación de esta herramienta

como alternativa o recurso complementario dependiendo de las necesidades que tengan.

A nivel académico se tendría un documento informativo sobre esta nueva tecnología que

puede ser usado libremente y que también puede servir como referencia para futuros estudios

relacionados con este tema.

Propuesta a la problemática

Este es un estudio importante debido a que puede ser útil para opinión académica

ecuatoriana para tener un concepto más elaborado del futuro de las finanzas digitales. Además

es un enfoque que puede llegar a ser de relevancia para empresas que tienen planeado en un

futuro empezar a vender por el internet. Explicará cuales son las principales ventajas y las

desventajas de usar bitcoin en las transacciones. También es interesante ya que en el Ecuador

no existen muchos estudios que se hayan realizado dentro del tema de dinero electrónico

virtual Bitcoin. Esta tesis tiene relevancia porque el comercio electrónico se ha incrementado

mucho en los últimos tiempos haciendo necesaria la implementación y mejor conocimiento

del dinero electrónico virtual Bitcoin.

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21

CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

1.1 Historia de Bitcoin

Bitcoin es un sistema de dinero electrónico descentralizado inventado por un japonés

llamado Satoshi Nakamoto y expuesto a la comunidad mediante una publicación económica

en un periódico realizada por él pocos meses después del colapso de Lehman Brothers que

marcó el inicio de la crisis financiera global en 2008, fue publicado el manifesto que

presentaba una nueva forma de dinero, el o los autores mostraron al mundo una versión de

dinero electrónico cuyo fin era permitir la realización de pagos directos entre personas (pers-

to-pers o P2P) sin la necesidad de una financiera. Esto significó en términos más prácticos la

creación de una nueva moneda, el Bitcoin en octubre del 2008, luego de la cual se estableció

un proyecto para plasmar la idea en la realidad el 3 de enero 2009. (Joshua Davis, New

Yorker, 2011).

En palabras del propio Nakamoto en su comunicado de 2009 sobre el inicio de la divisa:

“La raíz del problema actual de las monedas convencionales y del

sistema en general es toda la confianza que hay que depositar en ellas

para que funcionen. Hay que creer por un lado en que el banco central

no rebajará el valor de la moneda con malos movimientos con respecto

a otras divisas y ejercerá las políticas adecuadas en cada momento en

beneficio de la sociedad, aunque la historia de las monedas fiduciarias

está llena de antecedentes que reducen dicha confianza. Por otro lado

debemos creer en los bancos en donde depositamos nuestro dinero,

aunque dichas entidades financieras dan en oleadas de créditos nuestro

saldo, y debido a la pequeña fracción de reserva que deben tener

pueden originar pequeñas burbujas crediticias. Desde otra perspectiva

está el problema del mucho uso de mediación de los bancos que

incrementa el coste de las transacciones, éstos limitan mucho los

pequeños movimientos casuales de dinero que se darían si se aplicasen

menos trabas a la libertad en la circulación de capitales. Por lo que, en

definitiva, existen severos problemas inherentes al modelo.”

(Nakamoto, 2009)

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22

La primera compra con bitcoin fue realizada el 11 de julio del 2010 en done se compró en

Estados Unidos una pizza por 10,000 bitcoins. Bitcoin fue ganando gran popularidad y mucha

atención en los medios de comunicación desde sus inicios y hoy hay circulando

aproximadamente 7 millones de bitcoins en estos momentos, con una rotación diaria de 2

millones y se puede cambiar cotizar con otras monedas fiduciarias como el dólar.

La nueva tecnología de pagos y cobros bitcoin entro en conocimiento público en el 2011,

en gran medida en sitios web que exigían pagos anónimos por estar asociados a actividades

ilícitas o dudosas, es líder en el enfoque blockchain de pagos, el cual es un sistema de pagos

electrónicos basados en pruebas criptográficas que suplantan a la confianza el cual permite a

las partes realizar transacciones de manera directa sin la intervención de un intermediario

financiero este tipo de pagos al no poder revertirse protegen del fraude a los vendedores, e

incluso se pueden instalar garantías para que el comprado sea resarcido en el caso de no estar

conforme con la compra.

Es un instrumento de pago original que por definición carece de un soporte físico que lo

respalde, su auge se debe a la popularidad de los juegos on line y a las redes sociales dando

una solución de pago alternativa y mejor adaptada a las necesidades de lo virtual y la

aspiración esta invención es ocupar el lugar del dinero real como lo conocemos pero en el

ciberespacio, busca ser un medio de pago rápido de bajo costo que realice transferencias de

valores que no puedan ser controlados ni manipulados por empresas financieras, bancos

centrales o gobiernos políticos.

1.2 Identificando bitcoin

Bitcoin es un modelo monetario internacional que consiste en un programa de computador

por el cual se contrata una moneda ficticia válida para todos los que comercian con ella y la

valoran en dólares de los Estados Unidos de América en base a la oferta y la demanda,

generando un activo para su propietario con una ganancia que consiste en la apreciación

especulativa de la moneda y un pasivo registrado en el programa bitcoin para quien cede ese

dinero, encajando perfectamente en la definición de instrumento financiero.

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Es similar a cualquier otra moneda pero con la diferencia que no existe físicamente pues

su existencia sólo se verifica mediante internet, es totalmente digital al 100%. Bitcoin es la

moneda virtual con más aceptación y fama a nivel mundial no sometida a las fluctuaciones de

tipo de cambio por motivos de su tiraje, no anclado a ningún país que le de origen, es decir,

descentralizado en el cual no existe autoridad que controle su emisión ni ningún registro que

pueda idease y se basa en una red de emisión de persona a persona (peer to peer) por medio de

computadoras interconectadas que son el conglomerado de usuarios de esta moneda lo cual es

algo parecido al bitorrent o intercambio descentralizado de videos o mp3 de esta manera se

proporciona a los comercios una garantía de cobro plena y libre de fraudes porque toda

operación una vez aceptada y validada es irreversible.

Los usuarios bitcoin obtienen a cambio de bienes y servicios que ofrecen sus bitcoin o los

consiguen intercambiándolos por dólares en transacciones con mineros o sitios trading que

compran y venden cobrando una comisión o se puede operar en mercados de intercambio

virtuales en donde se comunican quienes quieren comprar u quienes quieren vender bitcoins

de una manera segura y usando criptografía como Kraken, Bitstamp, en donde para

intercambiar se necesita identificarse de alguna manera y enviar una transferencia bancaria.

Incluso existen páginas web en donde se acercan quienes quieran participar en

compraventa de bitcoin en pequeñas cantidades mediante intercambio con dinero en efectivo

o por motivos de pesadas restricciones en sus países para comerciar bitcoin. La página más

conocida a nivel mundial es Localbitcoins.com

Bitcoin es utilizada generalmente por personas nacidos entre 1982 y 1994 llamados la

generación Y, existen unos cuatro millones de usuarios a nivel mundial, los principales usos

para los cuales se adquiere bitcoin son:

- como manera de diversificación de activos (es extremadamente volátil como moneda).

- como fuente de inversión y especulación de alto riesgo.

- como forma de protección de ahorros contra la inflación.

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Hay muchos comercios que lo aceptan como medio de pago y no se limita a negocios por

internet, su anonimato y su facilidad para no ser restringido por fronteras hacen que sea

aceptado en lugares regulados como apuestas online, casinos, tiendas, restaurantes, todo

establecimiento con características de exclusividad y lujo.

1.3 Dinero electrónico en Ecuador

Ecuador tiene como dinero electrónico más utilizado en la actualidad el dinero que se

utiliza en la banca electrónica por medio de las tarjetas de crédito.

Para efectos e diversificar las opciones de tenencia del dinero electrónico y masificar su

uso se inició un plan piloto el 17 de noviembre 2014 en que participaron 20 empresas y 600

personas cuyo requisito para acceder son: tener un celular con mensaje de texto sin necesidad

de internet, crear una cuenta virtual en el Banco Central, canjear dinero físico por electrónico

en los puntos establecidos y efectuar compras y transacciones de manera rutinaria.

En este plan se crearon 161 cuentas y 21 transacciones de recarga por 1,700 usd y 59

transferencias de persona a persona por 4,300 usd. El celular se usó como billetera

electrónica con la moneda emitida por el Banco Central emitida a su pasivo e intercambiable

directamente con dólares.

1.4 Dinero electrónico y bitcoin en Ecuador

El Banco Central Ecuador emitió el 20 de marzo del 2014 una regulación publicada en el

reg. Oficial 208 en cuyo artículo 1 señala que el dinero electrónico es reconocido como medio

de pago por todos los agentes económicos en Ecuador y expresa que para el pago de

obligaciones públicas es emitido únicamente por el Banco Central Ecuador y se registra en el

pasivo de la institución. El código monetario financiero de Ecuador del 24 julio 2014 nos

manifiesta en el artículo 94 que el Banco Central es la única entidad autorizada para proveer y

gestionar moneda equivalente o convertible a dólares de los Estados Unidos de América,

además de esto, recalca que debe estar en el caso de la moneda electrónica, totalmente

respaldada por activos líquidos según el artículo 101, del mismo cuerpo legal, es decir que

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esos valores deben estar previamente depositado y verificados como válidos para realizar

transacciones de pago por el Banco Central.

Vale la pena hacer la aclaración que en Ecuador no se dispone de dinero ya que el país no

cuenta con una casa emisora de representación de valor local, Ecuador cuenta con moneda

pues es una representación de valor admitida a nivel mundial para realizar transacciones lo

que se utiliza como es el caso de los dólares de los Estados Unidos de América.

La Unidad de Información Financiera organismo encargado del análisis y trasmisión de

información relacionada con actividades de lavado de activos, en resolución 300 del año

2014, brinda la definición de las moneda electrónica en el artículo 2… dinero electrónico es

solo un medio para transferir dinero fiduciario que posee curso legal en forma electrónica.

El dinero electrónico a que hace referencia la normativa del Ecuador corresponde

únicamente a una transferencia de dinero fiduciario que se ha depositado en cuenta del Banco

Central mas no hace referencia a un dinero electrónico virtual offline.

Bitcoin es un nuevo concepto financiero muy interesante por conocer en nuestro medio,

entra en la categoría de las cripto-currencies, tiene doble importancia tanto desde el aspecto

económico como desde el aspecto político ya que es una moneda que no está bajo la

supervisión de ningún BANCO CENTRAL y al ser moneda que se desplaza por internet no

depende de instituciones bancarias o financieras que intermedien en su circulación por lo

tanto los costos operativos para entregar esta moneda son minúsculos casi de cero.

Al ser una moneda con unidades fijas puestas al público no está sujeta a los caprichos de

la inflación impuestos por los Bancos Centrales o casas de la moneda o departamentos del

tesoro, por todas las razones mencionadas nos planteamos en qué medida conviene la

implementación del dinero electrónico en Ecuador.

En Ecuador la doctrina jurídica señala que el dinero es una cosa, que es objeto material

susceptible de tener un valor, el bitcoin es objeto material porque puede ser percibido por las

personas pues se concreta en una dirección privada asociada a cantidades de bitcoin en una

billetera o bien las líneas de código del bloque de cadena que se ha terminado de minar.

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El valor es determinado por una función económica de los usuarios le otorgan al

emplearlos como unidad de cambio por lo que se le puede considerar como cosa y como

dinero sin llegar a contemplarlo como moneda ya que no responde a autoridad central

ninguna. Alrededor del concepto del dinero hay un consenso general sobre su carácter como

medio de cambio en una sociedad para la facilitación de las transacciones y medida de valor

en el pago de bienes o servicios. Por lo tanto lo que permitiría identificar si un activo puede

considerarse como dinero es su habilidad para satisfacer esa necesidad de materializador de

transacciones.

El art 1732 del código civil establece que habrá compraventa cuando una de las partes se

obligue a transferir a la otra la propiedad de una cosa y esta se obligue a recibirla y pagar un

precio, bitcoin por ser dinero pero no moneda puede ser incluido en esa figura.

El Estado en la última década ha buscado entre sus objetivos la inclusión financiera de

grandes sectores de la población ya que sostiene que la falta de la falta de acceso a las

finanzas conduce a trampas de pobreza y desigualdad mientras que el aumento a los

instrumentos financieros aumenta el ahorro, la inversión productiva, el consumo, y el

empoderamiento de los sectores históricamente desplazados de la participación económica.

El sistema de dinero electrónico en Ecuador es una variante diferente a la moneda paralela

bitcoin, ya que mientras bitcoin es una señal digital que se ejecuta en una red electrónica

descentralizada, el proyecto vigente en Ecuador está controlado por el Estado respaldado

directamente con dólares a manera que los dólares depositados son los dólares que sirven para

la transacción.

El numeral 9 del artículo 36 del Código Orgánico Monetario y Financiero, establece al

Banco Central del Ecuador la función de:

“generar la inclusión financiera, incrementando el acceso del público a

servicios financieros de calidad en el ámbito de su competencia”

(Código 2014).

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La Resolución número 005-2014-M de la Junta de Política y Regulación Monetaria y

Financiera indica lo siguiente:

“…mecanismo de pago electrónico, gestionado solamente por el Banco Central

del Ecuador, en dólares de los Estados Unidos de América de conformidad con

lo establecido en la ley pertinente que lo acepta siempre que: Se intercambie

solamente a través de dispositivos electrónicos, móviles, electromecánicos,

fijos, tarjetas inteligentes, computadoras y otros producto del avance

tecnológico”.

En base a los artículos antes expuestos podemos determinar que la situación de bitcoin en

Ecuador es de desconocimiento por parte del estado como una realidad financiera a nivel

nacional ya que el concepto de dinero electrónico se lo mide en base a parámetros que

tácitamente desalientan su utilización en Ecuador al tener el dinero electrónico sólo

denominación en dólares de los Estados Unidos de América, haciendo entender que la política

de Estado de la inclusión financiera proclamada es sólo por medio de entidades financieras no

incluyendo medios alternativos de inclusión financiera que reducen los costos de las

transacciones como bitcoin.

1.5 Clasificación del dinero electrónico

Cualquier medio de pago que implique la existencia de un medio electrónico para

verificarse debe considerarse como dinero electrónico viéndolo del sentido amplio del

concepto, mientras que enfocando el concepto en un sentido estricto se lo entiende como todo

mecanismo que sustituye al dinero físico y que está respaldado por un valor equivalente en

físico. (Rico Carrillo, el pago mediante dinero electrónico, 2011, Venezuela).

El dinero electrónico se clasifica en online y offline; el dinero online requiere conectarse a

una entidad financiera vía electrónica para realizar la transacción de pago o transferencia

mientras que el dinero offline no necesita de una institución financiera para crearse o

transferirse, el dinero se acumula en una cuenta electrónica en internet para ser usado vía

internet como por ejemplo el Bitcoin, o las millas acumuladas en las aerolíneas.

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Como podemos deducir el dinero electrónico puede considerase como un valor

almacenado en medios digitales electrónicos o en el ciberespacio de internet el cual es

aceptado para realizar el comercio mediante cualquier dispositivo.

Este tipo de dinero constituye un mensaje de datos pues es una información generada,

enviada, recibida y comunicada por medios electrónicos, ópticos, digitales o análogos que es

almacenada o intercambiada por cualquier medo tecnológico. A esta información llamada

mensaje de datos se le reconoce validez jurídica y se la equipara a los documentos en soporte

material.

1.6 Concepto de dinero

Conceptualizando ¿qué es dinero? Invocamos el concepto del autor Frederick Mishkin:

dinero es cualquier cosa que se acepta como pago de bienes y servicios o como reembolso de

deuda, para el tratadista, los billetes y monedas circulantes son sólo un tipo de dinero y el

dinero lo define la conducta de los que intervienen en su uso. (Frederick Mishkin, moneda,

banca y mercados financieros, México, Pearson Educación, 2010, pg. 49)

Reforzando el concepto anterior podemos señalar que según Harris Lawrence, el dinero es

el fenómeno social que existe dentro de marcos económicos particulares, de ahí que pueda ser

inexistente en algunas sociedades mientras que en otras pueda asumir diversas formas.

(Harris Lawrence, teoría monetaria, México, fondo de cultura económica, 2010, pg.16.).

Muchos consideran como verdadera la teoría en la que el TRUEQUE es el antecedente que

conllevó a la creación del dinero, lo que parecería lógico deducir, pero hay opiniones en

contra encabezas por David Graeber que sostienen la teoría en que el dinero no surgió de los

inconvenientes del trueque sino que el dinero se descubrió primero y después se desarrollaron

sistemas diversos de crédito e intercambio ante su escasez. (David Graeber, debt the first

5,000 years, Melville House, New York, 2010).

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1.6.1 Bitcoin como tipo de dinero

Para poder entender Bitcoin, debemos comprender la teoría económica, si bien los tipos de

dinero que más común el dinero fiduciario, dado que por Ley es el dinero oficial de los

estados modernos (Euro, Dólar, Yen, Libra, etc…) existen otros tres tipos de dinero:

· Dinero mercancía: Se trata de una mercancía que por su liquidez y confiabilidad es

comúnmente aceptado para el cambio. El ejemplo: el oro.

· Dinero crédito: es aquella forma de dinero que no representa liquidez presente, sino futura.

Un crédito es un intercambio de un bien presente por un bien futuro. Con el dinero crédito la

función de dinero la cumplen títulos que no son liquidables a la vista, pero sí en el futuro. Por

ejemplo, la utilización como dinero de letras de cambio mediante endoso.

· Dinero fiduciario: es un título representación con la función de dinero que no es

intercambiable por una mercancía que represente liquidez. No tiene un valor en metálico que

lo respalde materialmente, sino que es una razón formal como la ley o mandato del gobierno.

Según lo antes expuesto se puede deducir que bitcoin es una réplica digital del oro. Es un

“dinero mercancía” sintético creado para conseguir transacciones seguras y anónimas en

internet.

El valor de bitcoin se sustenta en la confianza que tengan los consumidores en él pues no

está respaldado con ningún bien y solo lo determina la oferta y la demanda del mercado lo

que produce que sea muy volátil porque varía mucho de un momento a otro debido a cambios

en las leyes, movimientos corporativos, noticias de prensa, nerviosismo de los usuarios etc.

1.6.2 Funciones económicas del dinero.

Hay muchas dudas a nivel mundial en el aspecto de que si el bitcoin cumple o no las

funciones económicas doctrinarias atribuidas al dinero para que pueda ser considerado como

tal debemos analizar sus diferentes FUNCIONES:

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FUNCIÓN DE MEDIO DE INTERCAMBIO donde se usa el físico como intermediario

para comerciar bienes y servicios y se lo acepta como equivalente a un producto, para encajar

en esta función el poder adquisitivo debe de ser estable.

Al ser volátil bitcoin es poco utilizado para el intercambio, las monedas estables por

excelencia que se utiliza en este sentido porque si se pueden hacer previsiones son las físicas

emitidas por los estados por ley. Al carecer bitcoin de una autoridad que lo regule quien lo

regula por default es el mercado con la aplicación de la ley de la oferta y la demanda y la

especulación lo que le da una gran volatilidad al bitcoin.

Además como medio de intercambio depende de la aceptación en los puntos de comercio

en una medida significativa lo cual no cumple bitcoin pues al ser novedosa no aceptada por

todos los puntos de comercio lo cual perjudica su función de medio de intercambio

mayormente aceptado.

Por otro lado esta función está limitada por la legislación de los estados que puede dictar

normativa para que no se acepte bitcoin para realizar pagos o intercambiarse con otras

monedas.

FUNCIÓN DE UNIDAD DE CUENTA en la cual el dinero debe ser unidad estándar de

valor en los bienes y servicios lo cual no cumple bitcoin porque al ser controlado por el

mercado libre es volátil y el precio de los bienes tiene que ser reajustado continuamente y no

ofrece una unidad para compras mínimas ya que al ser una moneda de valor alto por unidad

de intercambio los precios de productos de bajo coste deberían calcularse en fracciones de

bitcoin lo cuales un cálculo muy complicado, además la valoración de bitcoin difiere en cada

casa de cambio incluso dentro de una misma localidad con respecto a la moneda fiduciaria por

lo que no tiene un valor fijo estable que sirva de unidad constante ni siquiera para las

cambiarias.

FUNCIÓN DE ALMACÉN DE VALOR en la que un activo puede guardarse recuperarse

e intercambiase en el futuro haciendo predecible la utilidad del activo cuando ha sido

recuperado y que luego pueda ser intercambiada la moneda por bienes y servicios sin ningún

problema lo que es muy difícil de conseguir en bitcoin debido a la volatilidad de la moneda y

a los problemas de seguridad informáticos ya que si no se cuenta un buen conocimiento del

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sistema los fondos pueden ser hurtados. (Krugman P, Bitcoin is evil, New York Times, 28

diciembre 2013).

1.6.3 Análisis histórico del dinero

La moneda se empezó a mencionar desde hace más de tres mil años como una

representación física de valores con carácter neutral en el libro La Política de Aristóteles y ha

sido usado casi de manera exclusiva para todo tipo de transacciones económicas para

reemplazar la costumbre del trueque que planteaba un problema muy doloroso como era el

problema de LA DOBLE COINCIDENCIA que consistía básicamente en que para lograr un

intercambio exitoso se debía encontrar lo que se necesitaba y a continuación se debía

convencer a quien tenía el producto de nuestro interés de que el producto que nosotros

tenemos él lo necesita pues seguramente no lo necesitaba y estaba en busca de otro producto.

Ante este problema se inventó la moneda que facilitaba todo debido a que sencillamente se

cambiaba lo ofrecido por dinero y luego con ese dinero se compraba lo que estemos

necesitando, esta actividad con dinero ahorra el costo de lo difícil que es primero encontrar a

alguien y segundo ponerse de acuerdo hasta lograr la doble coincidencia.

Moneda se define generalmente como cualquier instrumento que se utiliza como patrón de

valor en el que se expresan los precios aceptado incondicionalmente en donde opera y sirve

como modo de intercambio de bienes y servicios o disolver deudas, y es una reserva de valor

para fines de ahorro. Se han usado como monedas objetos físicos como el dinero, piedras

preciosas, sal, o productos para representar valores necesarios en la histórica división del

trabajo entre producción y comercio que abolió el truque como medio de intercambio. Por ser

fácilmente transportable y con gran duración, se impuso el metal como moneda acuñable solo

por instituciones respetables que avalaban peso y calidad de los metales.

El papel moneda nació en China en el siglo IX como dinero intercambiable por los bancos

privados en la dinastía TANG respaldado por el gobierno el papel moneda conservaba su

valor en todo el imperio respaldado por plata. En el s. XVI en Europa apareció el papel

moneda al mismo tiempo que la emisión de pagarés. El papel moneda se fue haciendo

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popular a lo largo del s. XVIII los bancos privados fueron sustituidos por los centrales como

emisores.

El patrón cambio oro, que prevaleció entre 1876 y la Primera Guerra Mundial, dominaba

el sistema económico internacional. Bajo el sistema cambio oro, las monedas operaban de

forma estable, pues estaban respaldadas por el precio del oro.

El tratado de Bretton Woods, se estableció en 1944, tenía como misión instalar una

estabilidad monetaria mundial, al evitar la fuga de dinero entre naciones, y restringir la

especulación en las monedas del mundo. Abolió la antiquísima práctica utilizada por

gobernantes de rebajar arbitrariamente el valor del dinero y provocar, de esta manera, la

inflación.

Sin embargo, oro a pesar de sus bondades, tenía debilidades. A medida que una economía

se fortalecía, esta importaba demasiados servicios y productos del exterior hasta agotar sus

reservas de oro requeridas para respaldar su dinero. Mediante esta medida la masa monetaria

se reducía, las tasas de interés se elevaban y la actividad económica disminuía al punto de

llegar a la recesión. Con el Convenio de Breton Woods, Se les prohibió a los países devaluar

sus monedas en beneficio de su comercio y solo se les permitió hacerlo en el caso de

devaluaciones de menos del 10%. El Convenio fue abandonado en 1971, y el dólar

estadounidense ya no sería convertible en oro desde la era Nixon.

Para 1973, las monedas de las naciones industrializadas más importantes comenzaron a

flotar con más libertad, controladas principalmente por las fuerzas de la oferta y de la

demanda que actuaban en el mercado cambiario. Los precios se fijaban diariamente a un tipo

de cambio libre, con un aumento de los volúmenes, la velocidad y la volatilidad dando lugar a

los nuevos instrumentos financieros, la desregulación del mercado y la liberalización del

comercio.

1.6.4 Nuevo enfoque en la utilización del dinero

En estos momentos, el desarrollo tecnológico digital ha producido una innovación debido a

la interacción creada por las redes sociales, las crisis financieras, la prevención contra el

terrorismo, el combate al narcotráfico y las nuevas tecnologías como el pago con celular, y el

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internet. Este fenómeno se está dando y cambiando el enfoque del dinero como antes lo

conocíamos.

El Estado por medio de la legislación y la propaganda buscan combatir el terrorismo,

narcotráfico, blanqueo de capitales, y la corrupción en la administración pública para lo cual

dicta normas para limitar el uso del efectivo en las transacciones que realizamos día a día

estableciendo conceptos como la bancarización e impuestos a la salida de divisas y creando

una cultura de acumulación de valores en el sistema bancario financiero desterrando la cultura

del colchón Bank, lo cual incrementa los costos de realizar operaciones comerciales de una

manera física por lo cual el usuario ha desarrollado incrementado las transacciones por medio

del comercio electrónico sin importar el tamaño de su organización.

El internet y sus magníficas oportunidades de comunicación han expandido el comercio

electrónico o e-commerce dando mayores comodidades al comprador, los pagos se efectúan

mediante medios tradicionales o mediante medios modernos de pago. Al hablar medios

tradicionales de pago nos referimos a cheques, tarjeta de crédito, giro bancario, deposito en

cuenta cuyo pago se puede realizar en el mismo momento de entrega del bien o servicio

haciendo necesario un contacto físico con el cliente lo cual muchas veces no es muy fácil de

lograr. Hay otra posibilidad de ejecutar el pago que es de manera electrónica para lo cual

puede usarse tarjeta de crédito, cheques digitales, micro pagos y moneda electrónica. Por vía

electrónica las sociedades financieras garantizan el pago electrónico de los valores, es decir,

son intermediarias que por el cobro de su mediación incrementan los costos de la transacción,

esta modalidad se usa en lugares donde no existe otro mecanismo o por comodidad para

realizar pagos ya que por la misma naturaleza inmaterial de la transacción se descarta una

manera de hacer pagos físicos con dinero en monetario, a todo esto hay que agregar el

aumento de los costos por esta intermediación el problema de la incertidumbre por los fraudes

a que están sujetos tanto el deudor como el acreedor y la financiera en una operación

comercial financiera de este tipo.

Por el molesto incremento de costos o por buscar bajar los costos en las transacciones,

evitar el fraude, y sortear las restricciones en transferencias electrónicas en el mundo han

surgido nuevas tecnologías que lo facilitan y abaratan todo en el ámbito financiero y la

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criptomoneda digital Bitcoin es considerada en estos momentos como una solución a las

necesidades del comercio electrónico mundial en su gran crecimiento.

La conceptualización de una moneda virtual no nació con bitcoin sino que surgió de un

movimiento llamado cypherpunk formado a finales de la década de los ochenta en USA con la

idea de proteger la privacidad con la criptografía.

“La física y las matemáticas serían capaces de proteger la privacidad en las

comunicaciones personales por medio de la criptografía.”

John Gilmore, cypherpunk

1.7 Minado de bitcoin

Al proceso de creación de la bitcoin se denomina minado y consiste en la resolución por

parte del minador de un problema de cálculo de gran dificultad que necesita de gran capacidad

computacional, cualquiera puede participar en este proceso descargando un software gratuito,

la dificultad del problema aumenta mientras más computadores busquen la solución esto es

programado con el propósito de controlar el patrón de crecimiento de unidades de bitcoin.

Al encontrarse la respuesta al problema matemático se somete el resultado a la aprobación

de los demás participantes independientes del minado quienes dan por válida la solución al

encontrarla correcta después de primer resultado correcto, luego de lo cual se incorporan las

nuevas monedas del lote a la cadena de operaciones históricas que figuran en el libro maestro

de monedas válidas y reconocidas por el sistema y la tenencia figura bajo una secuencia de

números que son la clave pública del usuario creador.

La emisión de la moneda electrónica virtual bitcoin no depende de la decisión de

autoridades monetarias o se motiva por la concesión de préstamos sino que al contrario viene

determinada por parámetros técnicos independientes dados por una rutina matemática

previamente establecida ajena a todo criterio de intereses políticos o económicos.

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Se basa en un calendario ya preestablecido en donde se genera y distribuye de manera

aleatoria seis veces por hora un lote de bitcoins que contiene un máximo de cincuenta

unidades de la moneda electrónica y el tamaño del lote disminuye con el paso del tiempo

hasta alcanzar un máximo de veintiún millones de unidades de bitcoin que circulen a nivel

mundial.

Para poder tener a nivel físico un soporte de bitcoins, existen monedas físicas denominadas

Casascius que permiten mediante un sistema seguro de hologramas guardar en sí mismas una

determinada cantidad de bitcoins.

Bitcoin es una moneda virtual que no tiene respaldo en el mundo físico, esta moneda es tan

solo una entrada contable registrada que no existe como unidad en el ciberespacio sino que es

un registro contable en el programa de blockchain y que su existencia radica no en que existe

sino en que todos los miembros de la comunidad internauta creen que alguien posee

determinadas unidades de bitcoin.

La cantidad de unidades de bitcoin ya está preestablecida desde su inicio, que es de 21

millones como tiraje máximo hasta el año 2040, no emitidas por autoridad central como el

dinero fiduciario y no es moneda de curso legal, quien crea las unidades en base a su propio

sistema computacional se reputa como dueño de la moneda bitcoin y la creación de una

operación es irreversible. La unidad más pequeña de bitcoin es un Satoshi 0,00000001 BTC.

Las transacciones son irreversibles y quedan registradas en una cadena de bloques, que son

accesibles por medio de una contraseña en un monedero virtual que es un programa de

computación que se abre con una clave similar a un correo electrónico. Las transacciones con

la moneda bitcoin pueden realizarse a cualquier parte del planeta a nivel nacional e

internacional sin pasar por el sistema financiero.

1.8 Modo de transferir bitcoin

Para la transferencia de la moneda virtual el dueño firma la transacción con su clave

privada más la clave pública del beneficiario este proceso de acreditación en la cuenta del

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beneficiario demora unos quince minutos en termino promedio pues está controlado por un

procedimiento de carácter colectivo similar al utilizado en la creación el bitcoin en donde las

demás computadoras dentro del sistema validan la transacción, y esto lleva un tiempo.

El dinero electrónico virtual bitcoin se puede transferir incluso por medio de un mercado

secundario de adquisición de divisas en donde se la cotiza contra otra divisas o metales

preciosos en mercados altamente especulativos, lo que es muy atractivo para los tenedores de

bitcoins ya que por ser moneda en cotización es una gran oportunidad de rentabilidad a corto

plazo y al parecer este es el mayor incentivo para tener bitcoins incluso mayor al de su

atracción como medio de pago.

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CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO

2.1 Tipos de investigación

Se utiliza para el estudio del proyecto la investigación bibliográfica por ser de

característica explicativa y descriptiva que se sustenta en entrevistas, normativa, y otras

evidencias que proporcionan datos para la investigación. La investigación bibliográfica otorga

conocimientos históricos y teorías y resultados para resolver el problema.

2.1.1 alcance de la investigación

Investigación explicativa se la conoce a la que tiene relación causal no solo describiendo

el problema porque intenta buscar las causas a través de elucubraciones acerca del problema

para darle solución, analiza el porqué de los acontecimientos, busca el causa efecto dándose

dos elementos que son: lo que se quiere explicar, el por qué se considera instrumento

financiero a bitcoin y lo que se explica con unos indicios para solucionar problema como la

introducción del dinero electrónico para solución de problemas financieros.

Investigación exploratoria que identifica antecedentes generales, y numerarios, tópicos,

temas con relación al tema de interés y sugerencias para futuras investigaciones. Este tipo de

investigación permite documentarse con temas poco estudiados recolectando datos

comparativos para entender el contexto de lo investigado dentro de una serie de interrogantes

en el tema.

Investigación transformadora busca el conocimiento mediante el estudio de la dialéctica

mediante la voluntad y decisión comunitaria que produce una investigación desarrollada

dando explicaciones hacia donde está orientada y el efecto en el campo de la acción por los

cambios sociales de las actuaciones por el Estado para resolver problemas sociales.

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Cuanti cualitativa donde se recolecta info de datos por estadísticas de fuentes confiables

para su posterior análisis y comprobar hipótesis planteadas con exactitud numérica

estableciendo resultados verificables reales.

Descriptiva enuncia los hechos observados plasmando las situaciones positivas y

negativas de bitcoin en el área tributaria y financiera.

Significancia social y pertinencia de lo que se investiga

La necesidad del dinero virtual es una realidad innegable en las finanzas modernas y más

aún en nuestro país que busca una integración financiera de la mayoría de su población que no

ha sido incluida a los beneficios financieros modernos siendo este hecho una importante

causal del subdesarrollo por lo cual se está experimentando en los tiempos modernos a nivel

mundial en la facilitación de la inclusión de la totalidad de la población y dar beneficios de

poco cobro de tasas en las transacciones al comparar con las instituciones financieras

privadas, además cabe mencionar que el dinero virtual trae importantes beneficios a un estado

para recolectar información adecuada incrementar su recaudación tributaria y ahorrar fuertes

cantidades que se destinan en mantener la logística de la dolarización como transportación

desde el país extranjero a nuestro país ese tipo de dinero y otros rubros.

Significación práctica de lo que se investiga

El Estado ecuatoriano está buscando la implementación del dinero electrónico por su gran

conveniencia al ser una alternativa al uso del dinero físico para obtener una buena base de

datos y un ahorro en la administración de la moneda extranjera, pero no ha dado un paso más

allá permitiendo el uso de otras alternativas que no sean las administradas por el Banco

Central las cuales traerán grandes beneficios para la integración financiera de la población a

bajos costos de operatividad y con ninguna traba y más bien otorgando requisitos fáciles en su

apertura para el usuario quedándose un paso atrás nuestro país en la implementación de estas

nuevas tecnologías si no se implementan medidas correctivas.

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2.2 Diseño de la investigación

De campo percibiendo la realidad nacional con respecto al dinero virtual

Biografía la investigación se basará en leyes, reglamentos, resoluciones pertinentes a nivel de

lo que rige nacionalmente en Ecuador así como internacionalmente en lo que rige en los más

importantes centros financieros mundiales.

Proyecto factible queremos exponer el impacto a nivel nacional e internacional comparado

de la implementación de bitcoin como instrumento financiero.

2.3 Métodos de investigación

Analítico que permitirá estudiar el comportamiento de bitcoin y sus características.

Histórico analiza acontecimientos reales a lo largo del tiempo identificando el problema a

investigar, definir el campo de estudio, seleccionar grupos de comparación, seleccionar

instrumentos de recogida de información, recoger y analizar datos, extraer conclusiones.

2.3.1 Diseño metodológico

Métodos del nivel teórico utilizados permite descubrir el objeto de la investigación, las

relaciones esenciales y las cualidades y se apoya en abstracción, y análisis, para evaluar y

tomar buenas decisiones en base a buenos diagnósticos.

Métodos del nivel empírico utilizados permite investigar mediante acontecimientos

experiencias con respecto al mismo tema con procedimientos prácticos.

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2.4 Diagnóstico del estado actual de la problemática que se investiga

Las finanzas son importantes en el desenvolvimiento diario de la vida productiva de una

nación, Ecuador ha entendido con la implementación del dinero electrónico en el 2014 que el

futuro de las fianzas va a estar basado en la utilización del dinero intangible pero el problema

radica en que solo se quiere enfocar desde una perspectiva estatal su implementación o en el

mejor de los casos en un enfoque financiero con instituciones privadas descartando totalmente

medios libres de costos para el usuario como bitcoin que es reconocido como dinero

electrónico virtual a nivel mundial.

Ecuador tiene como dinero electrónico más utilizado en la actualidad el dinero que se

utiliza en la banca electrónica por medio de las tarjetas de crédito.Para efectos e diversificar

las opciones de tenencia del dinero electrónico y masificar su uso se inició un plan piloto el

17 de noviembre 2014 en que participaron 20 empresas y 600 personas cuyo requisito para

acceder son: tener un celular con mensaje de texto sin necesidad de internet, crear una cuenta

virtual en el Banco Central, canjear dinero físico por electrónico en los puntos establecidos y

efectuar compras y transacciones de manera rutinaria. En este plan se crearon 161 cuentas y

21 transacciones de recarga por 1,700 usd y 59 transferencias de persona a persona por 4,300

usd. El celular se usó como billetera electrónica con la moneda emitida por el Banco Central

emitida a su pasivo e intercambiable directamente con dólares.

Dentro del marco jurídico podemos citar que se fomenta el dinero electrónico por los

siguientes articulados de distintos cuerpos legales al ser:

El numeral 9 del artículo 36 del Código Orgánico Monetario y Financiero, establece al Banco

Central del Ecuador la función de:

“generar la inclusión financiera, incrementando el acceso del público a

servicios financieros de calidad en el ámbito de su competencia”

(Código 2014).

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La Resolución número 005-2014-M de la Junta de Política y Regulación Monetaria y

Financiera indica lo siguiente como concepto de dinero electrónico:

“…mecanismo de pago electrónico, gestionado solamente por el Banco Central

del Ecuador, en dólares de los Estados Unidos de América de conformidad con

lo establecido en la ley pertinente que lo acepta siempre que: Se intercambie

solamente a través de dispositivos electrónicos, móviles, electromecánicos, fijos,

tarjetas inteligentes, computadoras y otros producto del avance tecnológico”

El Banco Central Ecuador emitió el 20 de marzo del 2014 una regulación publicada en el reg.

Oficial 208 en cuyo artículo 1 señala que:

“El dinero electrónico es reconocido como medio de pago por todos los agentes

económicos en Ecuador y expresa que para el pago de obligaciones públicas es

emitido únicamente por el Banco Central Ecuador y se registra en el pasivo de la

institución”.

El código monetario financiero de Ecuador del 24 julio 2014 nos manifiesta en el artículo 94

que:

“El Banco Central es la única entidad autorizada para proveer y gestionar moneda

equivalente o convertible a dólares de los Estados Unidos de América, además de

esto, recalca que debe estar en el caso de la moneda electrónica, totalmente

respaldada por activos líquidos según el artículo 101, del mismo cuerpo legal, es

decir que esos valores deben estar previamente depositado y verificados como

válidos para realizar transacciones de pago por el Banco Central.”

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La Unidad de Información Financiera Internacional organismo encargado del análisis y

trasmisión de información relacionada con actividades de lavado de activos, en resolución

300 del año 2014, brinda la definición de las monedas electrónicas en el artículo 2:

“Dinero electrónico es solo un medio para transferir dinero fiduciario que posee

curso legal en forma electrónica.”

El dinero electrónico a que hace referencia la normativa del Ecuador corresponde

únicamente a una transferencia de dinero fiduciario que se ha depositado en cuenta del Banco

Central mas no hace referencia a un dinero electrónico virtual offline.

Bitcoin es un nuevo concepto financiero muy interesante por conocer en nuestro medio,

entra en la categoría de las cripto-currencies, tiene doble importancia tanto desde el aspecto

económico como desde el aspecto político ya que es una moneda que no está bajo la

supervisión de ningún BANCO CENTRAL y al ser moneda que se desplaza por internet no

depende de instituciones bancarias o financieras que intermedien en su circulación por lo

tanto los costos operativos para entregar esta moneda son minúsculos casi de cero.

Al ser una moneda con unidades fijas puestas al público no está sujeta a los caprichos de

la inflación impuestos por los Bancos Centrales o casas de la moneda o departamentos del

tesoro, por todas las razones mencionadas nos planteamos en qué medida conviene la

implementación del dinero electrónico en Ecuador.

Las NIIF definen instrumento financiero:

“Un instrumento financiero es un documento que constituye un activo financiero

para una empresa que los adquiere y un pasivo financiero (obligaciones de

pago) o instrumento de capital (patrimonio neto) en otra empresa que es la que

los ha emitido” (según nic 32.11.)

Esta definición establece la relación bilateral que todo instrumento financiero al implicar

dos partes de forma simultanea deben contabilizar el suceso para asegurar la coherencia.

Ejemplos de instrumentos financieros son las acciones que constituyen el capital de una

empresa, las obligaciones simples o convertibles, los bonos o los pagarés emitidos por el

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estado o adquiridos por las empresas, los préstamos que una empresa concede a las empresas

de su grupo, cuentas por cobrar, o efectivo mantenido en físico o en cuenta.

Un instrumento financiero es un acelerador de la economía en el cual los pagos y cobros a

futuro se convierten en un producto en sí mismos, los estados soberanos emiten su propia

moneda y esta se cotiza en mercado de divisas el costo a otros se fija en base a una serie de

parámetros fuera del control de quien emite aunque la percepción de su valor real sea el

mismo. (www.enciclopedia financiera.com).

BITCOIN está considerado como dinero privado (unidades de cuenta) o como un

instrumento financiero, ya que se consideran que tiene carácter de inversión en muchos casos

pues tiene una rentabilidad que se puede calcular con certeza en base a su comportamiento

histórico y su continua apreciación.

Se define como inversión:

“Son las (erogaciones) realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro

beneficio, explícito o implícito, y que no forman parte de los activos dedicados a

la actividad principal del ente, y las colocaciones efectuadas en otros entes”.

(NIIF)

Este rubro sería el más indicado para la exposición de los Bitcoin, en general, se

utiliza para obtener rentas independientes a la actividad principal

El artículo 1454 del código civil ecuatoriano expone que contrato es un acto por el cual

una parte se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser

una o muchas personas.

El tema objeto de nuestro estudio, es que nos hallamos ante un contrato cuyo soporte es

electrónico, debemos adaptar el tradicional mecanismo jurídico-transmisivo de derechos

reales y, especialmente, del derecho de propiedad recogido en los textos civiles, a nuevas

entidades de carácter digital, cuya representación se hace mediante un código binario, un

mensaje de datos cuyo soporte es un documento electrónico.

Uno de los elementos esenciales del contrato es el “objeto cierto que sea materia de

contrato”. Por éste debe entenderse, en el sentir mayoritario de la doctrina, aquel sector de la

realidad acotado por las partes sobre el cual recaerá su consentimiento. Este sector de la

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realidad puede ser, como se sabe, tanto una cosa como un derecho; es decir, un bien. Puede

tener existencia material o no y el soporte en el que se plasma puede ser un soporte físico o

electrónico. Además, debe ser, lícito, determinado o determinable.

Considerado Bitcoin un instrumento financiero se categoriza como un ACTIVO

FINANCIERO ALTERNATIVO DE INVERSIONES dado que inversiones son las

erogaciones realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro beneficio y que no forman

parte de los activos dedicados a la actividad principal del ente este rubro sería el más indicado

para la clasificación de los Bitcoins, ya que estos, en general, se utilizan para obtener rentas

independientes a la actividad principal.

Añadir bitcoin en los activos de inversión mejora la rentabilidad porque diversifica y

optimiza los resultados sin impactar en la liquidez de una cuenta diversificada de acciones,

bonos y divisas.

El beneficio de lo bitcoin frente a las divisas tradicionales enfocándolas como inversión

intangible viene determinado por el hecho de su correlación negativa frente a los conflictos

geo-políticos o inflacionarios. Es decir, las situaciones de conflicto internacional podrían

llevar a que se devaluasen las monedas nacionales mientras que el bitcoin se revalorizase

actuando como “valor refugio”.

Su no comparabilidad frente a las monedas nacionales no puede olvidarse, y es que

mientras que estas gozan actualmente del respaldo de sus respectivos Estados y son admitidas

por ellos para la compra de todo tipo de bienes y servicios, los bitcoins son menos líquidos

por cuanto no son admitidos como dinero de curso legal, su importancia está en su uso a nivel

de transacciones en internet, es decir tienen una importancia virtual como valor.

El análisis financiero de bitcoin como activo debe pasar por cuatro características que lo

convierten en un instrumento financiero sui generis al ser:

1. Potencial de crecimiento, que nos indica que la magnitud de negocios hechos con bitcoin

en las casas de corretaje nos da una idea de su liquidez, el volumen llega a mil millones de

usd. por día gran parte dado por intercambiar bitcoin por otras monedas como dólar, euro y

yuan, gran parte de este volumen de transacciones se debe a China en donde ante la creciente

devaluación del yuan el usuario prefiere refugiarse en bitcoin para refugiar, conservar y

ampliar su poder adquisitivo. El potencial de crecimiento es extraordinario considerando que

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solo 7 millones de individuos tienen bitcoin a nivel mundial comparándolos con quinientos

millones que tienen otro tipo de activos. Bitcoin tiene una liquidez relativamente baja a nivel

mundial pero su rápido crecimiento y potencial lo hacen interesante pues tiene una asimetría

favorable.

2. Perfil Político Económico, el no estar bitcoin ligado a bienes tangibles y no poseer entidad

jurídica tras su operación lo hacen diferente de las otras alternativas financieras pero tener

bitcoin entre las inversiones representa un crédito público verificado en una red abierta que

facilita todo tipo de transacciones.

3. Independencia de precios, pues bitcoin se comporta de manera no relacionada con otros

activos pues solo depende de sus propias fuerzas de mercado. El comportamiento del

mercado puede ser medido por la correlación entre sus activos que va de +1 y 1 a la 32

potencia si dos activos están perfectamente correlacionados son +1sobre esta base, cuando un

activo sube 20% el otro aumenta 20%. Si se correlacionan negativamente con 1 cuando un

activo sube 20% el otro cae 20%. Cuando más negativamente se correlacionen los activos,

mayor será la diversificación en una cartera de inversiones. Los activos con correlación

cercana a cero no están sujetos a las mismas fuerzas de mercado. Bitcoin el único activo que

mantiene consistentemente una baja correlación con cualquier otro activo demostrando el

comportamiento independiente de su precio dentro del mercado de capitales, con las monedas

tradicionales se correlaciono anualmente al 0,00002 con índice MSCI de monedas globales.

Esta moneda virtual no puede estar en la misma categoría de monedas tradicionales, por su

baja correlación es un activo diferente al que no le afectan negativamente los acontecimientos

que si afectan a otras monedas, incluso Bitcoin es comparado al oro principalmente por su

escasez y la falta de control de una autoridad central.

Tras la decisión del Reino Unido de retirarse de la Unión Europea, los inversores

mundiales se han refugiado en el oro para preservar el valor de sus reservas y los papeles

ligados al oro se desplomaron mientras que bitcoin no tuvo ninguna disminución ni

inconveniente y más bien incremento su cotización. En 2013 el valor de mercado bitcoin

estaba en 143 millones de dólares usa y a finales de año llegó a 9,000 millones de dólares

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mientras que instrumentos financieros como SPDR Gold Shares ETF cayeron de 73,000

millones usd a 30,000 millones.

Comparando bitcoin con bonos, acciones, bienes raíces y petróleo ha permanecido

inalterable dentro de los parámetros de correlación que lo califican como un reductor de

riesgo diferenciado para carteras de inversión, la correlación promediada con todos los activos

en los últimos cinco años fue de 0,02 que es un fuerte indicador de su formación de precio

independiente, y la apreciación de su precio en 2015 fue del 93%.

4. Riesgo por retorno, comparando volatilidad riesgosa y el retorno absoluto de un activo se

resulta el índice Sharpe que es una medida de retorno por unidad de riesgo usada por décadas.

Con variaciones diarias de 50% en su precio desde la fecha de su creación en 2009 bitcoin

fue uno de los activos más volátiles en el mercado, pero en abril 2016 el bitcoin se comportó

más estable que el oro debido a mayor creación de regulaciones en su uso por los países,

estabilidad en mercados de corto plazo, mayor adopción de la moneda, mayor confianza en

los activos tradicionales, etc.

Desde su creación en 2009 ha dado retornos significativos a sus inversionistas muy por

encima de otro activo, en 2015 el rendimiento del capital invertido en bitcoin ha sido del 93%

y en los últimos cinco años la recuperación ha sido del 174%. En los últimos cuatro años ha

sido la recuperación del 206%, quien invirtió 10,000 usd ahora tendrá un millón de usd.

La volatilidad de bitcoin es de alto porcentaje comparada respecto al euro, el yen, el franco

suizo, la libra inglesa y el oro con el ratio de intercambio con respecto al dólar usa,

demostrando la poca capacidad de bitcoin para ser un medio de almacenamiento de valor lo

que limita su uso como moneda y demuestra la especulación que se realiza por medio del

bitcoin.

Al no estar respaldado por una entidad estatal central al producirse una disminución en su

poder adquisitivo bitcoin no tendrá el beneficio de la obligatoriedad de ser recibido para los

pagos produciéndose una caída cada vez más acelerada en su valor pues se determina por una

demanda incierta concluyéndose que al no cumplir ninguna de las tres funciones antes

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descritas bitcoin no puede considerarse una moneda y no es una alternativa al sistema

monetario a menos que se estabilice a futuro el valor de bitcoin.

Desde sus inicios en 2009 bitcoin ha sido inestable en su tipo de cambio con respecto al

dólar usa, hasta el 2011 se ha mantenido sin superar un usd, después de lo cual subió su

cotización a los 5,5 usd terminando el 2012 situándose en 13 usd. Entre marzo y abril 2013

subió a 200 usd y en diciembre alcanzó los 1,200 usd, bajando pocos días después a 1,000 usd

y en esa cifra se mostró estable al terminar el año.

China en los últimos meses de 2013 se convirtió en el principal comprador y vendedor de

Bitcoins en todo el mundo pero con las noticias de que Baidu (el equiparable eBay Chino) no

aceptaba el Bitcoin como medio de pago o que el gobierno Chino no tenía en cuenta esta

cripto-moneda como divisa se produjo una inestabilidad en el mercado de cotización de

bitcoin.

En la volatilidad de bitcoin influyen muchos factores como la inmovilidad de muchos

bitcoins por largo tiempo o la compra desmedida de unidades de manera inesperada por el

mercado pero los factores que parecen dominar en su volatilidad son el lavado de dinero y el

actuar de grupos especulativos tenedores de bitcoins.

El índice Sharpe muestra que en los últimos cinco años bitcoin ha dado la mejor

rentabilidad a sus inversores comparando con acciones, oro, petróleo e inmobiliarios, a pesar

de su volatilidad. Todo demuestra que es importante tener bitcoins en la cartera de inversión.

La regulación jurídica mundial es un asunto pendiente para el Bitcoin ya que no existe

consenso mundial estandarizado, hay países que permiten operar libremente con bitcoin, otros

en que está en pleno debate la postura que se tomará, otros en que se lo prohíbe

definitivamente y otros en donde es una incógnita cual es el marco legal. (Bitcoin revolución

o historia, Jaime Sánchez, Madrid, 2014).

En China se dio el sui generis caso de prohibirse Bitcoin para las operaciones financieras

pero poco después se permitió su implementación siempre que se registren las transacciones

por medio el ministerio de información tecnológica. China ha declarado que va a legislar para

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regular el uso de Bitcoin. Lo que si se ha prohibido es la recaudación de fondos mediante

ofertas iniciales de monedas porque dicha práctica es recaudación ilegal de fondos y quienes

lo hayan hecho deben devolver los fondos.

En los Estados Unidos de América en ninguna legislación estatal ni federal hay una

normativa que aborde el tema de bitcoin y lo más cercano que hay es la consideración por

parte de la agencia tributaria federal IRS internal revenue service de que el bitcoin es un bien

y no una moneda pues no tiene curso legal lo considera un bien divisa convertible que puede

ser usada como medio de intercambio, almacenamiento de valor o unidad de cuenta.

Considera el IRS que como hecho generador debe la moneda virtual convertirse a dinero

fiduciario según el statement del 21 de marzo 2014.

Las normas y principios tributarios de USA le resultan aplicables pero no se considera

moneda, cada transacción se considera en el tipo de cambio en dólares que regían al momento

de la transacción en el valor que los mercados establecían en dólares ya que es la única

moneda válida para la administración tributaria.

El empleo de la moneda virtual para operaciones de compra venta debe de ser clasificado

como si la ganancia o pérdida de capital, fuese proveniente de la adquisición de bitcoin como

una inversión con relación al giro del negocio, y no se consideraran actividades de ganancia o

pérdida de capital cuando sea un activo del giro del negocio. Para determinar el valor de

impuestos se debe tener como ingreso bruto la diferencia entre la venta y la adquisición con el

valor razonable que tenía en ese tiempo en dólares de los Estados Unidos de América.

Existen fallos en el sistema judicial de USA como “Securities and Exchange Comision vs

Trendon Shavers”, TEXAS jurisprudencia:

Los Bitcoin son una forma de dinero, debido a que se pueden comprar cosas o

ser intercambiados por monedas tradicionales.

Alemania por medio de la Autoridad Federal de Supervisión Financiera BaFin, el 19

diciembre 2013, emitió comunicado acerca del asunto Bitcoin en donde se le cataloga como

unidades de cuenta Rechnungseinheiten que encajan como instrumentos financieros según la

ley bancaria porque es un instrumento financiero relacionado con las monedas extranjeras

pues son unidades que no se expresan en moneda de curso legal ni dinero electrónico en la

Ley de supervisión de servicios de pagos de Alemania, son unidades de cuenta que funcionan

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como medio privado de pago en intercambios de comercio o son monedas de sustitución que

se utilizan en dicho país como medio de pago en base a un acuerdo de derecho privado.

En Alemania solo la compra venta de Bitcoin a escala comercial requiere el permiso de

una licencia según la ley bancaria alemana, el intercambio comercial de bitcoin está regulado

individualmente según la actividad a ser: servicios de corretaje, comercio multilateral MTF,

inversión y contrato de corretaje, y comerciante por cuenta propia.

Política tributaria con respecto a Bitcoin. En España según el código civil son bienes los

Bitcoin, y están regulados por las normas de trueque y quienes acepten bitcoin como

comerciantes están obligados a emitir factura con impuesto al valor agregado en Euros.

Bitcoin no entra en la clasificación de dinero electrónico porque no entra en la ley 21-2011

de dinero electrónico ni es considerado como valor porque no coincide en la definición de la

ley 24-1988 del mercado de valores y no tiene mercado de respaldo. Las empresas que cobran

con bitcoin deben tributar como si captasen dinero como sociedades en los beneficios

obtenidos.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas señala que los bitcoins que tenga la

empresa como activo deben ubicarse como activo no monetario intangible y susceptible de

valoración económica por lo que deberán tomar parte del balance de la sociedad. Quien

adquiere a un particular un bitcoin debe tributar el impuesto sobre transferencias

patrimoniales y debe existir un contrato notariado sobre la transacción. Estarán exentas las

entregas de dinero por el precio de bienes del pago del impuesto de transacciones

patrimoniales y como el bitcoin no es dinero no está exento.

En Gran Bretaña la institución encargada de la recaudación tributaria Her Majesty

Revenue and Customs el 3 de marzo del 2014 estableció el tratamiento que debe de dársele a

las monedas virtuales con respecto al VAT (IVA) en cuanto a producción de bitcoins estará

fuera del cobro VAT porque no constituye una actividad económica, y se analizarán los casos

de actividades con bitcoin de manera aislada y singular para determinar que impuesto aplica.

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En el área contable en España se considera el bitcoin como activo digital o cosa, en Gran

Bretaña se le considera como dinero privado y se le dan descuentos en los impuestos a

diferencia de los demás países de Europa que lo consideran cosa. En Brasil se le considera

como activos financieros. En USA se le considera como activo o cosa, sin embargo hay una

jurisprudencia que lo considera dinero para fines legales porque se lo puede usar como dinero

y se lo usa para comprar bienes y servicios.

En Alemania se lo define como dinero privado o como instrumento financiero pues adopta

el carácter de inversión en muchos casos. En Australia se considera un activo al bitcoin y

recae en categoría de especies por lo que el trueque es considerado la figura correcta para sus

transacciones.

En Brasil las autoridades exigen información contable por medio de una declaración

juramentada anual para los que poseen más de 1000 reales en bitcoin indicando el monto

efectivamente mantenido. En USA para quienes realicen 200 operaciones anuales de bitcoin o

que ganen más de 20,000 usd con bitcoin deben informar los movimientos realizados con la

moneda llenando el formulario F-1099K. En Australia se exige que quienes realicen

movimientos con bitcoin deben dar noticia a la autoridad del día de la operación el monto en

dólares nacionales y el motivo por el cual se realiza la operación con la dirección electrónica

de sistema bitcoin de la otra parte. En los demás países que aceptan bitcoin y que lo usan en

gran medida no exigen que se declare movimientos financieros de bitcoin

En Brasil todas las ventas menores a 35,000 reales se encuentran exentas de gravar

tributación, en Gran Bretaña al ser considerado bitcoin como dinero extranjero su venta no

exige el cobro de impuestos. Australia sostiene que si las operaciones bitcoin no son del giro

del negocio y solo compran bienes y servicios menores a 10,000 dólares nacionales se

encontrará exenta. Alemania considera la tenencia de bitcoins por más de un año no es sujeta

a gravarle impuesto a las ganancias, las transacciones por uso civil están exentas a diferencia

de las transacciones de uso comercial que sí pagan impuesto por valor agregado.

Las compras de bienes con bitcoin estarán sujetos al IVA y son gasto deducible en

España, las transacciones de patrimonio no estarán exentas serán sometidas al impuesto sobre

transacciones patrimoniales. En Gran Bretaña la compra de bienes se grava con el VAT que

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es igual al IVA en moneda nacional con el tipo de cambio vigente al momento de la

transacción. En Australia para la compra de bienes se aplica el goods and service tax GST

igual al IVA de porcentaje del 10%.

En el impuesto a la ganancia por venta de bitcoin se paga en USA el capital gain tax CGT

por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta o el precio de minado

(elaboración) y el precio de venta. En España si el giro del negocio es comprar o vender

bitcoins se verá tributando por el impuesto de sociedades en el beneficio obtenido por las

ventas. En Gran Bretaña se establece que toda ganancia por operaciones con bitcoin deberá

pagar impuesto a las ganancias al igual que en Australia.

La producción de bitcoins llamada también minería en USA a nivel de sociedades debe

pagar impuesto CGT por la diferencia entre los bitcoins minados por la diferencia en dólares

entre la producción y la venta y a nivel de personas físicas pagan el Self Employement Tax

que corresponde al social security. En Gran Bretaña la minería bitcoin no paga VAT y los

servicios que los mineros presten por verificación de operaciones computacionales por lo que

esté relacionado al bitcoin está exento de IVA por la disposición del artículo 135 de la

directiva de la Unión Europea que hace encajar esta actividad como transacción.

En Australia la base imponible son todos los ingresos generales por la trasferencia de bitcoin

minados a terceros pero los gastos por ejercer la minería serán deducibles.

En cuanto a la transferencia de bitcoin será gravada en Brasil por el impuesto a las

ganancias que es del 15%. En USA será imponible por el CGT, en Gran Bretaña las gravara el

corporate tax, las ganancias o pérdidas por cambios de divisa son objeto de impuesto en la

moneda virtual y se aplica normas de intercambio de divisas y préstamo. En Australia en las

casas de cambio los ingresos son la base imponible para el CGT y los gastos son deducibles.

Las inversiones en bitcoin pagan en USA el capital gain tax CGT. En Australia si la

inversión la realiza una persona natural no paga impuestos a diferencia que una persona

jurídica por la inversión que sí debe pagar el impuesto australiano a las ganancias.

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La normativa contable aplicada en Bitcoins, no se han emitido ningún tipo de IFRS

(International Financial Reporting Standards) o normas internacionales de información

financiera que se refieran a los Bitcoins. ¿Cómo debería ser el tratamiento contable de

acuerdo a las normas vigentes?

Hay que analizar si los Bitcoins cumplen con las características de un activo una empresa

adquiere un activo cuando, debido a un hecho del pasado, controla los beneficios económicos

que produce un bien que posee valor de cambio o de uso.

El primero quiere decir, que se puede canjear por efectivo o por otro activo, cancelar

obligaciones o distribuirlos entre los propietarios y el segundo significa que el bien puede ser

utilizado para alguna de las actividades productoras de ingresos de la empresa. También, en

esta resolución, se establece que un bien tiene valor cuando representa efectivo, equivalentes

de efectivo o tiene la capacidad de producir flujos positivos de efectivo o equivalentes de

efectivo.

A partir de estas características podemos observar que los Bitcoins cumplen con las

condiciones para ser registrados como activos, ya que por la ocurrencia de un hecho, que

puede ser la compra o cobro en esta criptodivisa o la minería, se controlan los beneficios

económicos de este bien. Además poseen valor de cambio y pueden representar efectivo o

equivalentes o generar flujos positivos de efectivo.

Los gobiernos y las autoridades de control ante el novedoso desafío de la vigencia del

Bitcoin se han puesto en acción para de alguna manera dar seguridad a los potenciales

usuarios por el miedo generado ante lo desconocido, ya que es un medio de intercambio que

no presenta una posición universal para las autoridades ni hay un convenio acerca de este.

Las autoridades de control financiero, tienen que decidirse entre permitir bitcoin o no,

cobrar impuestos o no, exigir información a los usuarios o no, y no saben de qué manera

implementar los controles y ante quien ya que no hay una institución que tenga una

responsabilidad administrativa y peor jurídica por el bitcoin.

No hay estándares internacionales para controlar bitcoin únicamente se han pronunciado

los organismos internacionales de control en pocas ocasiones como en la OCDE se delinearon

políticas como la introducción de registros que permitan a las autoridades impositivas contra

lavado de dinero y defensa al consumidor verificar identidades de usuarios, la prohibición de

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criptomonedas en el clearing entre bancos y el Banco central y la obligación de reportar

balances e ingresos y colocar capital como respaldo y respaldar bitcoin con oro en algún tipo

de porcentaje.

FINCEN Financial crimes enforcement, institución del departamento del tesoro de USA en

2013 consideró a bitcoin como una moneda virtual que si bien funciona como dinero en

algunos ambientes en realidad no tiene todas las propiedades del dinero legal ni tiene curso

legal en ninguna jurisdicción y no debe considerarse servicio de transmisión de dinero el

bitcoin si se hace para uso personal en el comercio sea para adquirir bienes o para acceder a

dinero real, pero si se considera trasmisión si se involucra a un tercero y deben aplicarse

normas contra el lavado y medidas de conocer con quien se comercia.

La Federal Election Commission de USA declaró que las campañas políticas y los comités

de acción electoral pueden recibir bitcoin hasta 100,00 usd autorizando a comprar bitcoin

también

FBI, Federal Bureau of Investigations, en 2012 señaló que bitcoin estaba usándose para

actividades de lavado de dinero, narcotráfico y otras actividades ilegales por su dificultad en

rastrearse, identificar usuarios y hacer comparaciones en el ciberespacio pronosticando que

cuando la moneda alcance su estabilización será utilizada en mayor medida por

organizaciones criminales.

El Banco Central Europeo fue el primer banco en estudiar el bitcoin determinando que no

representa riesgos para la salud financiera mundial por lo pequeño del monto de tiraje que

todavía no alcanza ni de lejos los 21 millones de unidades preestablecidos.

La Autoridad Bancaria Europea comunicó a los usuarios que en el 2014 se iniciaría un

estudio para determinar si bitcoin debe de ser regulado analizando los riesgos para los

consumidores, para los inversores, riesgos para los reguladores que combaten actividades

ilegales. El estudio fue presentado y se determinó que las desventajas de más de 70 aspectos

negativos superan a las ventajas de usar bitcoin y que su regulación es compleja porque no

hay precedentes y tomará mucho tiempo. Se recomendó disuadir a todo tipo de institución del

uso de bitcoin y otras monedas virtuales y regular las casas de cambio virtuales con normativa

anti lavado de dinero.

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El Consejo Federal de Suiza sostiene que la importancia de las monedas virtuales es

insignificante y que no funcionan en un vacío legal pudiéndose aplicar leyes nacionales para

cualquier ilícito que involucre esta moneda. El Swiss Financial Market Supervisory Authority

señala que algunas operaciones comerciales con bitcoin necesitan formar parte de una

organización auto regulatoria o pedir una licencia para sus actividades.

El Banco popular de China a principios del 2013 afirmo que el bitcoin es un bien virtual

sin las características de una monedas ni es de curso legal quien quiera participar lo puede

hacer con tal que asuma los riesgos las instituciones tienen prohibido usarlo como unidad de

cuenta y operar en bitcoin, las plataformas online de intercambio deben registrarse en la

oficina de telecomunicaciones y cumplir leyes relacionadas con lavado de activos. Hay

grandes posibilidades que bitcoin sea prohibido por completo por falta de respaldo en su

valoración.

El Banco Central de Rusia a finales del 2014 emitió una circular en la que sostenía que la

única moneda admitida en Rusia es el Rublo, que las monedas que no son emitidas por el

Estado tienden a sufrir grande desvalorizaciones, que quienes se dediquen a operar con

monedas virtuales serán considerados participantes de actividades dudosas y podrán ser

juzgados por vía penal. Que se recomienda legislar la materia de monedas virtuales para un

futuro inmediato. La procuraduría de Rusia señaló que es ilegal usar monedas diferentes al

Rublo.

El Banco Central en Bolivia fue el primero en prohibir el bitcoin justificándose en el

artículo 331 de la constitución Boliviana que dice que cualquier actividad financiera es de

interés público y solo puede ejercerse con la autorización del estado y las monedas virtuales

no se encuentran reguladas pudiendo causar perjuicio a sus tenedores.

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ANÁLISIS DAFO DE BITCOIN

central dificulta su adaptación a los cambios del mercado y mina la confianza en bitcoin

Vulnerabilidad por la mala implementación de sus técnicas se crea una brecha en el sistema

que atañe a su seguridad que puede aprovecharse por usuarios maliciosos

Aceptación de bitcoin que depende del análisis subjetivo de usarlo como medio de pago sin el

respaldo de autoridad central por lo cual es considerado como activo de especulación.

Transparencia ya que al estar todos los usuarios en acceso a la información de bitcoin hace

necesaria implementación de fuertes medidas de seguridad.

Anonimato que permite el comercio ilegal y blanqueo de fondos, creando desconfianza en las

autoridades.

Volatilidad que solo beneficia a la actividad especulativa y crea incertidumbre respecto a su

futuro difícil de calcular por los riesgos de no estar regulado por institución central.

Consumo por producir unidades de bitcoin requiere de inversión en supercomputadores y

gastos de energía muy grandes, el aumento programado en el sistema por su producción, la

reducción de recompensas produce que a largo plazo no sea rentable producir bitcoin.

Deflación porque la apreciación constante de la moneda incentiva al ahorro mediante la

compra de bitcoin, lo que reduce la presencia de bitcoin en el mercado.

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AMENAZAS Ataques informáticos, lo que produce desconfianza en el usuario que no quiere

ser perjudicado por cibercriminales que atacan constantemente el sistema bitcoin.

Legislación pues al se bitcoin materia nueva en la sociedad se encuentra en incertidumbre y

vacío legal, no hay criterios universales en cuanto a leyes aplicables en su desempeño.

Competencia que aparece en el mercado de criptodivisas similares a bitcoin.

Deflación que se soluciona aumentando el número de unidades monetarias lo que está

prohibido por el sistema bitcoin al no poder exceder de 21 millones.

FORTALEZAS Diseño descentralizado que le permite operar como plataforma

independiente sin que nadie pueda salirse del protocolo.

Criptografía fuerte que garantiza seguridad en las transacciones.

Anonimato que imposibilita rastreo y embargo o congelamiento de fondos garantizando su

libre disposición en cualquier momento.

No intermediarios operan en las transacciones lo que reduce los costes del comercio

electrónico.

Rapidez sin fronteras para la realización de la transacción a diferencia de otros medios

tradicionales que demoran mínimo un día en la verificación.

Convertibilidad porque bitcoin se puede intercambiar con divisas mundialmente aceptadas.

Solución al problema de doble gasto sin necesidad de costos en intermediarios.

OPORTUNIDADES Moneda alternativa para intercambios de bienes y servicios que puede

operar en internet.

Plataforma de pagos sin costos operativos.

Especulación, debido a su volatilidad puede aprovecharse para obtener ganancias

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EVIDENCIA MEDIANTE ENTREVISTA

Se ha realizado entrevista a algunos miembros de BITCOIN COMUNIDAD ECUADOR

organización sin fines de lucro de profesionales que buscan la implantación del uso de Bitcoin

en Ecuador.

¿Qué factores han retrasado el uso en el ámbito financiero de Bitcoin en Ecuador?

Responde el Economista Elior Jair Salcedo - Miembro de la junta de directiva:

La ignorancia, la falta de información y la mala publicidad confunden al público, el Bitcoin

es apreciado con una pirámide de las muchas que han estafado en el país a los inversionistas.

La gente también cree que si no es el estado el que provee el dinero, no es dinero.

Responde el Ing. Nelson Castillo - Miembro de la junta de directiva:

Volatilidad Bitcoin vale hoy unos dólares y mañana cuesta diferente La gente no lo entiende.

No se puede comprar en muchos lugares. No parece haber muchos " interesados en el tema.

No hay tanta gente con plan de datos en su celular.

Responde el Sr. José Arias - Miembro de la junta de directiva:

1. El usuario: Básicamente es especializado porque debe de saber de computación. El resto de

la población que podría ser un potencial usuario, miran con desconfianza este tipo propuestas,

hay que observar cual es la acogida que hay respecto a los pagos electrónicos fomentados por

el gobierno para darse cuenta que el público desconfía.

2. Respecto a los medios de información. También sucede que miran con desconfianza el

tema.

3. Desde las autoridades, no han tenido una posición clara y amigable respecto a la aceptación

del bitcoin, ya que solamente lo ven desde la perspectiva de lo que ellos consideran que debe

ser una moneda, no lo miran desde su potencial tecnológico.

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Al analizar sus respuestas podemos concluir de la siguiente manera:

Al no poder acceder a conocimientos fundamentales de cómo funciona la economía el

ciudadano no tiene las herramientas para sopesar las ventajas y desventajas del sistema

bancario y así buscar otras alternativas para lograr su inclusión financiera.

Es importante para el mejor conocimiento de las facilidades y uso de Bitcoin el acceso a

internet, aunque Bitcoin está diseñado para utilizarse desde cualquier computador y su uso no

está limitado a los teléfonos inteligentes, sin embargo estos últimos generan mayor facilidad

para su uso, este acceso a internet en Ecuador es muy limitado todavía, por lo tanto la

infraestructura básica para operar con bitcoin está muy lejos de materializarse.

Los medios de comunicación han parcializado la información sobre Bitcoin publicando

solamente los aspectos negativos de esta tecnología alarmando a la población con estafas

piramidales que utilizan el nombre de bitcoin cuando en realidad no lo son.

Las principales barreras para la adquisición de servicios financieros básicos como una

cuenta bancaria según el Global FINDEX DATABASE son: no tener el dinero suficiente

(62,8%), los costos de los productos (44,5%) y la confianza en el sector financiero (29,1%),

no tener los documentos necesarios (15,8%) y la distancia geográfica (9,6%); es pues poca la

penetración de los servicios financieros que en la actualidad, todo lo cual hace necesaria la

diversificación aceptando bitcoin como un medio para lograr la inclusión financiera de la

población.

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2.5 Interpretación del Diagnóstico.

Entre las ventajas más importantes de bitcoin se puede mencionar que es una moneda

voluntaria no impuesta por las autoridades libre de toda decisión política coyuntural del

estado emisor, es divisible y uniforme hasta en ocho decimales, tiene un aumento previsible y

decreciente prefijado apolítico pues tendrá un límite de emisión de veintiún millones de

unidades que ayuda a preservar el poder adquisitivo de los usuarios y la revaloriza frente a

otras.

Al no estar gobernada por un ente político es no manipulable ya que intervienen tantos

factores en su valorización que es imposible que todos se pongan de acuerdo, elimina la

interferencia de terceros en las transacciones disminuyendo los costos de operar en la web

como comisiones PayPal y simplificando y acelerando el pago persona a persona. Permite

hacer transferencias sin barreras políticas, horarias, ni geográficas. Las transacciones se hacen

en tiempo real de una dirección a otra, no existen feriados ni excusas por calamidades o

imprevistos en la situación de una nación o en la situación de interrupciones al sistema

financiero. El control de las operaciones virtuales es realizado por todos los usuarios del

sistema cada transacción queda perfectamente registrada y visualizada para que todos puedan

observar los movimientos con la característica que no se puede detectar quien los hace.

No se degrada con el tiempo ni ocupa espacio físico para ser almacenado ni transportado,

no necesita que un sistema de hardware que lo soporte para su desempeño día a día en su

constitución interior de transacciones. Cuenta con una fuerte seguridad criptográfica que lo

protege de las falsificaciones, esta seguridad es más potente que la que utiliza un banco o las

tarjetas de crédito.

No puede ser abolido por situaciones legales o informáticas debido a su naturaleza

descentralizada.

El anonimato de bitcoin lo hace lamentablemente ideal para operaciones y transacciones

ilícitas y evasión de impuestos. Hubo una operación del FBI para cerrar un lugar de internet

que operaba por las facilidades prestadas por bitcoin para transacciones con drogas llamado

Silk Road.

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No hay legislación regulatoria bien definida para el uso y transacciones de bitcoin lo que

pone en una situación de inseguridad jurídica y de peligro de estafa a quien realice actividades

con esta moneda. El Estado pierde o ve disminuida la potestad de la política monetaria para

controlar y mantener el orden económico si es que permite la implementación de bitcoin.

No hay grandes posibilidades que se convierta bitcoin en moneda aceptada por todos, se

corre el riesgo que si no alcanza mayor publicidad en los próximos años el valor se minimice

por la poca demanda hasta llegar a cero.

Al depender de la oferta y la demanda para establecer su valor sus variaciones tienden a

desalentar su uso, el límite de emisión impuesto es positivo para evitar pérdida de valor puede

incentivar su acumulación deprimiendo la economía según Paul Krugman premio Nobel de

economía.

Los bancos e instituciones financieras se niegan o ponen dificultades para que se puedan

realizar transacciones con bitcoin porque reduce sus ganancias por intermediación financiera.

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CAPÍTULO III

RESULTADOS

3. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

3.1 CONCLUSIONES

En términos generales en las legislaciones no se considera a las criptomonedas como

Bitcoin dinero electrónico pues no ha sido emitido por autoridad legal. Por lo que aunque en

término económicos los bitcoins son dinero, en término legales no podemos considerarlos

“dinero”. Tampoco es un tipo de dinero porque cumple con sus roles de modo limitado.

En cuanto a la naturaleza jurídica de bitcoin es un tipo de bien incorporal que recibe el

tratamiento que el Código Civil dispone para los bienes muebles. Desde una perspectiva

económica-financiera la aplicación bitcoin, como medio de intercambio, no es un instrumento

financiero porque su posesión no conlleva la asunción de un pasivo por parte de alguien

aunque si se puede considerar como un activo de inversión, por lo cual podemos concluir que

la hipótesis planteada no se cumple.

No se puede negar el potencial del dinero virtual en actividades como: Transferencia

internacional de fondos en donde los países del tercer mundo serán los más beneficiados por

el bajo grado de bancarización y regulaciones abusivas. Moneda oficial de e-commerce para

realizar compras por internet. Transacciones como remesas de los inmigrantes que reducen

costos y tiempos. Adopción de la OPEP como moneda de compra y venta para desplazar al

dólar y el euro.

Para poder convertirse en el futuro de las finanzas, bitcoin deberá ser de conocimiento

público y deberá ser regulado jurídicamente pues la falta de un marco legal es la verdadera

causa del uso de bitcoin en actividades ilegales y su volatilidad.

En Ecuador tácitamente el bitcoin está prohibido o al menos no se lo está respaldando

como medio de inclusión financiera, el monopolio del dinero virtual lo ostenta el Banco

Central, esta política genera sospechas a analistas económicos que ven en esta medida una

estrategia para abandonar la dolarización ya que de lograr la captación total de los dólares el

Banco Central estará en la facultad de poder cambiar el dinero fiduciario que se usa en el país.

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3.2 RECOMENDACIONES

Recomendamos que se estudie el dinero electrónico virtual bitcoin a nivel de académico en

las universidades del Ecuador y que se abra un debate científico y político de la conveniencia

de usar en Ecuador esta moneda virtual.

Que siguiendo ejemplos internacionales, como es el caso en Estados Unidos en donde

Universidades están agregando en su pensum la materia de criptomonedas como en la

Universidad de Nueva York y en la Universidad de Duke, en las cátedras de las universidades

ecuatorianas se imparta la enseñanza científica de este nuevo instrumento financiero.

Que en la Asamblea Nacional se promulgue una ley que regule la utilización de las

criptomonedas y fomente su uso como medio de inclusión financiera.

El Estado debe buscar asesoramiento externo con el fin de determinar la conveniencia de

implantar bitcoin en Ecuador.

Que se firme todo tipo de acuerdos bilaterales y multilaterales para evitar actividades

ilegales mediante bitcoin.

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PROPUESTA

TEMA:

PROPUESTA DE EJECUCION DE TALLER DE INCLUSIÓN FINANCIERA POR

MEDIO DEL DINERO ELECTRONICO VIRTUAL BITCOIN.

JUSTIFICACIÓN

El Estado ecuatoriano en la última década ha buscado entre sus objetivos la inclusión

financiera de grandes sectores de la población ya que sostiene que la falta de la falta de acceso

a las finanzas conduce a trampas de pobreza y desigualdad mientras que el aumento a los

instrumentos financieros aumenta el ahorro, la inversión productiva, el consumo, y el

empoderamiento de los sectores históricamente desplazados de la participación económica,

analizando todos estos enunciados se deduce que son acertados pero el Estado ha fallado en la

concientización a la ciudadanía mediante programas de capacitación y enseñanza popular a la

forma en cómo se puede acceder a la inclusión financiera por lo cual hay que vencer la

barrera de la desinformación a la ciudadanía mediante la propuesta de talleres de inclusión

financiera Bitcoin.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Facilitar espacios de capacitación para el conocimiento profundo del dinero electrónico virtual

Bitcoin, potenciar su inclusión y permitir a la población su utilización segura y masificada en

las transacciones financieras por medio de determinar cuál es la naturaleza económica-

financiera y jurídica de bitcoin.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Ejecutar una propuesta de capacitación que abarque temáticas de interés.

2. Relacionar el conocimiento adquirido con la aplicación en las actividades económicas.

3. Aplicar estrategias para potenciar la inclusión financiera mediante el uso de Bitcoin.

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SUSTENTABILIDAD

Este proyecto es sustentable y sostenible porque tiene como base personas con el interés

común de participar de la inclusión financiera. Los recursos que se invertirán en este proyecto

son accesibles y se fortalece con la capacitación y la creación de redes de inclusión financiera

que crearan mayor conciencia y publicitarán el uso de bitcoin para las transacciones

financieras creando un efecto multiplicador de debate y concientización de la importancia del

tema para mejorar el buen vivir dentro de Ecuador.

RECURSOS HUMANOS

Ingeniero en Finanzas especializado en dinero electrónico virtual Bitcoin.

.Facilitadoras para talleres.

RECURSOS MATERIALES

Cámara de fotos.

Laptop.

Proyector.

Material de escritorio.

Copias.

Impresiones.

Pizarra digital.

Marcadores

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RECURSOS ECONÓMICOS

Costos

Laptop………….……....................

Proyector………………………….

Copias…………………………….

Pizarra tiza liquida………………..

Marcadores………………………..

Refrigerio para taller……………...

Movilización……………………...

300 usd.

500 usd.

50 usd.

30 usd.

10 usd.

20 usd.

20 usd.

Total _______________________

DURACIÓN:

3 horas

TEMAS A TRATAR:

¿Qué es la inclusión financiera?

Productos del sistema financiero

ecuatoriano.

Bondades de Bitcoin en la

inclusión financiera

930 usd.

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METODOLOGÍA La metodología será participativa, se formarán grupos de trabajo para

analizar temas planteados, se utilizara la técnica de lluvia de ideas, estudio de casos prácticos,

debate y exposición.

EVALUACIÓN DE TALLERES Cada actividad programada será evaluada de manera

objetiva y práctica, a través de medios escritos, casos prácticos y exposición de temas por los

participantes, y se dejará constancia en registros las fotografías de prueba de realización de

talleres con las firmas en formulario de la asistencia de los interesados previamente inscritos.

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25. – Matemáticas Financieras y estadísticas básicas, Xavier Brun, Oscar Elvira, Xavier Puig,

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ANEXOS

Figura 1 volatilidad de bitcoin comparado con diversos valores

Figura 2 evolución bitcoin dólar

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Figura 3 Diagrama de tipos de instrumentos financieros. (www.enciclopedia financiera.com)

INSTRUMENTOS FINANCIEROS

ACTIVOS FINANCIEROS

MONEDAS Y BILLETES

VALORES Y DEPOSITOS

OTROS INSTRUMENTOS

FINANCIEROS

LÍNEAS DE CRÉDITO

ACUERDOS DE PRÉSTAMO

DERECHOS

FINANCIEROS COMPROMISOS

FINANCIEROS

VALORES REALES GARANTIAS INCIERTAS

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Figura 4 cronograma de emisión de unidades bitcoin

Figura 5 precio histórico de bitcoin

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Figura 6 cantidad de transacciones con bitcoin día

Figura 7 conocimiento mundial de bitcoin

Países en rojo prohíben bitcoin

Países en verde permiten bitcoin

Países en azul ignoran que es bitcoin

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ANEXO 1

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA Unidad de Información Financiera PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Resolución 300/2014 Monedas Virtuales. Resolución N° 70/2011. Modificación. Bs. As., 4/7/2014 VISTO el Expediente Nº 1500/2014 del registro de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, lo dispuesto en la Ley N° 25.246 y sus modificatorias y lo establecido en los Decretos N° 290 del 27 de marzo de 2007 y su modificatorio, y en la Resolución UIF N° 70 del 24 de mayo de 2011 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que en virtud de lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias, esta UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA es el Organismo encargado del análisis, tratamiento y transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de Lavado de Activos (artículo 303 del Código Penal) y de Financiación del Terrorismo (306 del Código Penal). Que las monedas virtuales representan un negocio en expansión en el mundo entero, que ha cobrado relevancia económica en los últimos tiempos. Que, sin perjuicio de lo indicado, las monedas virtuales involucran una serie de riesgos para el sistema de prevención de los delitos de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo. Que el GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL, ha emitido en enero y junio del corriente año documentos relativos a los referidos riesgos que implican las mencionadas monedas virtuales, siendo uno de los más significativos el anonimato, lo que impide la trazabilidad nominativa de las operaciones. Que, adicionalmente, las monedas virtuales son muchas veces comercializadas mediante transacciones a distancia realizadas a través de internet; permiten el movimiento transfronterizo de activos, involucrando a entidades de diferentes países, pudiendo participar de las mismas jurisdicciones que no tienen controles de prevención de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo adecuados; todo lo cual dificulta a los Sujetos Obligados la detección operaciones sospechosas. Que estas vulnerabilidades podrían estar siendo aprovechadas por personas que pretenden evitar el sistema preventivo establecido por nuestro país mediante la sanción de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias. Que las medidas que por la presente se implementan permitirán mitigar adecuadamente los riesgos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo en nuestro país. Que las citadas acciones encuentran correlato también con lo dispuesto en la Recomendación 1 de las 40 Recomendaciones para prevenir los delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo del GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL.

LIC. JOSÉ A. SBATTELLA

PRESIDENTE

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

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ANEXO 2

INFORME IRS DE LOS Estados Unidos De América

Notice 2014-21 SECTION 1. PURPOSE This notice describes how existing general tax principles apply to transactions using virtual currency. The notice provides this guidance in the form of answers to frequently asked questions. SECTION 2. BACKGROUND The Internal Revenue Service (IRS) is aware that “virtual currency” may be used to pay for goods or services, or held for investment. Virtual currency is a digital representation of value that functions as a medium of exchange, a unit of account, and/or a store of value. In some environments, it operates like “real” currency -- i.e., the coin and paper money of the United States or of any other country that is designated as legal tender, circulates, and is customarily used and accepted as a medium of exchange in the country of issuance -- but it does not have legal tender status in any jurisdiction. Virtual currency that has an equivalent value in real currency, or that acts as a substitute for real currency, is referred to as “convertible” virtual currency. Bitcoin is one example of a convertible virtual currency. Bitcoin can be digitally traded between users and can be purchased for, or exchanged into, U.S. dollars, Euros, and other real or virtual currencies. For a more comprehensive description of convertible virtual currencies to date, see Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) Guidance on the Application of FinCEN’s Regulations to Persons Administering, Exchanging, or Using Virtual Currencies (FIN-2013-G001, March 18, 2013). SECTION 4 FREQUENTLY ASKED QUESTIONS Q-1: How is virtual currency treated for federal tax purposes? A-1: For federal tax purposes, virtual currency is treated as property. General tax principles Applicable to property transactions apply to transactions using virtual currency. Q-2: Is virtual currency treated as currency for purposes of determining whether a Transaction results in foreign currency gain or loss under U.S. federal tax laws? A-2: No. Under currently applicable law, virtual currency is not treated as currency that could Generate foreign currency gain or loss for U.S. federal tax purposes.

5: How is the fair market value of virtual currency determined? A-5: For U.S. tax purposes, transactions using virtual currency must be reported in U.S. dollars. Therefore, taxpayers will be required to determine the fair market value of virtual currency in U.S. dollars as of the date of payment or receipt. If a virtual currency is listed on an exchange and the exchange rate is established by market supply and demand, the fair market value of the virtual currency is determined by converting the virtual currency into U.S. dollars (or into another real currency which in turn can be converted into U.S. dollars) at the exchange rate, in a reasonable manner that is consistently applied.

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ANEXO 3

Fallo de la corte de los Estados Unidos de América

The term “security” is defined as “any note, stock, treasury stock, security future, security based swap, bond…[or] investment contract…” 15 U.S.C. § 77b. An investment contract is any contract, transaction, or scheme involving (1) an investment of money, (2) in a common enterprise, (3) with the expectation that profits will be derived from the efforts of the promoter or a third party. SEC v. W.J. Howey & Co., 328 U.S. 293, 298-99 (1946); Long v. Shultz Cattle Co, 881 F.2d 129, 132 (1989). First, the Court must determine whether the BTCST investments constitute an investment of money. It is clear that Bitcoin can be used as money. It can be used to purchase goods or services, and as Shavers stated, used to pay for individual living expenses. The only limitation of Bitcoin is that it is limited to those places that accept it as currency. However, it can also be exchanged for conventional currencies, such as the U.S. dollar, Euro, Yen, and Yuan. Therefore, Bitcoin is a currency or form of money, and investors wishing to invest in BTCST provided an investment of money. Next, the Court looks at whether there is a common enterprise. To show a common enterprise, the Fifth Circuit requires interdependence between the investors and the promotor, which “may be demonstrated by the investors’ collective reliance on the promotor’s expertise even where the promotor receives only a flat fee or commission rather than a share in the profits of the venture.” Long, 881 F.2d at 141. That interdependence is established in this case because the investors here were dependent on Shavers’ expertise in Bitcoin markets and his local connections. In addition, Shavers allegedly promised a substantial return on their investments as a result of his trading and exchanging Bitcoin. Therefore, the Court finds that there is a common enterprise. Finally, the Court considers whether there is an expectation that profits will be derived from the efforts of the promotor or third party. The Court finds that this prong is also met. At the outset, Shavers allegedly promised up to 1% interest daily, and at some point during the relevant period the interest promised was at 3.9%. Clearly any investors participating in the BTCST investments were expecting profits from the efforts of Shavers.

CONCLUSION

Therefore, the Court finds that the BTCST investments meet the definition of investment contract, and as such, are securities.13 For these reasons, the Court finds that it has subject matter jurisdiction over this matter, pursuant to Sections 20 and 22 of the Securities Act of 1933 (the “Securities Act”) [15 U.S.C. §§ 77t and 77v] and Sections 21 and 27 of the Exchange Act of 1934 (the “Exchange Act”) [15 U.S.C. §§ 78u and 78aa]. SIGNED this 6th day of August, 2013. AMOS L. MAZZANT UNITED STATES MAGISTRATE JUDGE

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ANEXO 4

CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO (Ley s/n)

ASAMBLEA NACIONAL Of. No. SAN-2014-1305 Quito, 05 de septiembre de 2014

SISTEMA MONETARIO Capítulo 1 DE LA MONEDA Y EL DINERO

Art. 94.- De la moneda en la República del Ecuador. Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad con este Código. La circulación, canje, retiro y desmonetización de dólares de los Estados Unidos de América, moneda en la República del Ecuador, corresponden exclusivamente al Banco Central del Ecuador, de acuerdo con las disposiciones de este Código y con la regulación que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. El Banco Central del Ecuador es la única entidad autorizada para proveer y gestionar moneda metálica nacional o electrónica en la República del Ecuador, equivalente y convertible a dólares de los Estados Unidos de América, de acuerdo con las disposiciones de este Código y con la regulación y autorización de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. La moneda determinada en este artículo es medio de pago. La moneda tiene poder liberatorio y curso legal en la República del Ecuador en el marco de las regulaciones que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. En ningún caso el Estado podrá obligar a una persona natural o jurídica de derecho privado a recibir moneda distinta del dólar de los Estados Unidos de América. Art. 95.- Obligación de proveer liquidez. El Banco Central del Ecuador estará obligado a satisfacer oportunamente la demanda de liquidez en la República del Ecuador con el objeto de garantizar el desenvolvimiento de las transacciones económicas. Para este efecto, está facultado a efectuar las remesas que sean necesarias, las cuales no se considerarán operaciones de importación o exportación. Estas operaciones que realice el Banco Central del Ecuador no estarán sujetas a tributo alguno en el país. Art. 96.- Remesas de dinero físico para garantizar el circulante. Las remesas de dinero físico para garantizar el circulante en la economía nacional, desde y hacia el Ecuador, solo podrán ser efectuadas por el Banco Central del Ecuador y, excepcionalmente, por las entidades del sistema financiero nacional, de acuerdo con las normas que para el efecto dicte la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Estas operaciones deberán cumplir con las disposiciones de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos. Art. 97.- Canje de moneda. El canje de la moneda, a la que se refiere el artículo 94, de cualquier clase o denominación será realizada por el Banco Central del Ecuador, al portador y a la vista, sin cargo de ninguna naturaleza, por moneda de denominación mayor o menor que se le solicite. Si el Banco Central del Ecuador no dispusiere temporalmente de moneda en las denominaciones requeridas, podrá entregar moneda en los valores que más se aproximen a los solicitados. Las entidades del sistema financiero nacional estarán obligadas a prestar los servicios de canje de moneda de conformidad con los términos que disponga la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, con las excepciones que se determinen. Art. 98.- Prohibiciones. Se prohíbe de forma general: 1. La emisión, reproducción, imitación, falsificación o simulación total o parcial de moneda y dinero, así como su circulación por cualquier medio, soporte o forma de representación; 2. La alteración o transformación de la moneda metálica en circulación, mediante su fundición o cualquier otro procedimiento que tenga por objeto aprovechar

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su contenido metálico. Esta prohibición no es aplicable al Banco Central del Ecuador; y, 3. La circulación y recepción de moneda y dinero no autorizados por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. La violación de estas prohibiciones será sancionada conforme lo dispone el Código Orgánico Integral Penal y con el comiso de dicha moneda y dinero y de los productos adquiridos con esta moneda o dinero.

Capítulo 2

MEDIOS DE PAGO

Art. 99.- Otros medios de pago. Son medios de pago las divisas distintas del dólar de los Estados Unidos de América, los cheques, las transferencias por medios electrónicos o digitales, las tarjetas de crédito y débito y otros de similar naturaleza, en los términos que determine y regule la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Art. 100.- Obligaciones en otros medios de pago. Se podrán pactar obligaciones en medios de pago distintos a los del artículo 94, de conformidad con las regulaciones que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Si por el acto mediante el cual se ha constituido una obligación en la que se ha convenido pagar con divisas distintas del dólar de los Estados Unidos de América, se cumplirá la obligación entregando la divisa acordada o la moneda determinada en el artículo 94, al cambio vigente en el lugar y fecha del vencimiento de la obligación. Art. 101.- Moneda electrónica. La moneda electrónica será puesta en circulación privativamente por el Banco Central del Ecuador, respaldada con sus activos líquidos, sobre la base de las políticas y regulaciones que expida la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Art. 102.- Obligaciones de depósitos monetarios. Únicamente el Banco Central del Ecuador y las entidades del sistema financiero nacional autorizadas pueden contraer obligaciones que tengan el carácter de depósitos monetarios con terceros.