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Creando presencia en la distancia Nota: Este documento está sujeto a cambios

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TABLA DE CONTENIDO Página Información General 5 Mensaje de la Rectora 6 Mensaje del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles 7 Sobre la Universidad 8 Información de Contacto de la Universidad 9 Directorio Administrativo 10 Visión 12 Misión 12 Filosofía Educativa 12 Acreditación Institucional 12 Compromiso de la Comunidad Académica 13

La mentoría 13 El modelaje 14 El andamiaje 15

Tipo de Enseñanza 15 Requisitos tecnológicos 16 Acceso a la Plataforma de Blackboard (Bb) 17 Programas académicos 18 Maestrías 18 Certificaciones 18 Derechos y responsabilidades del estudiante 18

Derechos 19 Responsabilidades 19

Servicios estudiantiles y recursos 21 Biblioteca 21 Visión y Misión 21 Comunidad de usuarios 21 Filosofía 22 Recursos de Información 22 Catálogo de la Biblioteca 22 Acceso a la base de datos 23 Financiamiento e Información de Ayudas Económicas 23 Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil 23 Carrera y Búsqueda de Empleo 24 Servicios a Estudiantes con Necesidades Especiales 24 Librería 24 Admisiones 25

Tesorería 25 Registraduría 26 Expedientes 26 Sistema de Calificaciones 26

Incompletos 28 Reclamación de Notas 28

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Cambio y Adición de Notas 28 Evaluaciones Parciales y Finales 28 Responsabilidades de los Profesores 29 Repetición de Cursos 29 Matrícula 30

Ajustes y Cambios al Programa de Clases 30 Reubicaciones de Cursos por Baja Matrícula 30 Validación de Prerrequisitos y Correquisitos 30 Carga Académica 31 Cancelaciones de Matrícula: 31

Cancelación de Matrícula no Oficializada 31 Cancelación o Anulación de Matrícula Autorizadas por el Comité

31

Cancelación de Matrícula – Admisión Condicionada 31 Cancelación de matrícula Estudiantes Activados a las Fuerzas Armadas

32

Cancelación de matrícula por no cumplir con los requisitos de documentos en la Oficina de Asistencia Económica

32

Bajas Parciales o Totales 33 Baja con derecho a reembolso 33 Bajas sin derecho a ajuste 33

Baja Oficial 33 Baja por No Asistencia 33

Reclasificación (cambio) de Programa de Estudios 33 Calendario Académico 34 Ley FERPA 34

Directorio de Información 35 Ley 186 - Ley para prohibir el uso de número de Seguro Social como identificación rutinaria en instituciones educativas públicas y privadas

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Políticas Académicas 38 Asistencia a Clases 38 Graduación 38 Honores 39 Convalidación de Cursos 39 Permisos Especiales 39 Normas de Residencia 40 Norma de Progreso Académico Satisfactorio 40 Probatoria Académico 41 Extensión de Probatoria 43 Apelaciones 43 Restablecimiento de Ayudas 44 Políticas y Procedimientos Institucionales 45

Normas de Orden Institucional 45 Faltas 45 Procedimiento Disciplinario 46

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Sanciones Disciplinarias 47 Infracciones Académicas a la Política de Integridad Académica

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Aplicabilidad del Código de Conducta 49 Hostigamiento Sexual RH-01-047-001 49

Definición 49 Curso de Acción 49 Procedimiento 50 Apelación 51

Uso Aceptable de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones -14-2006

52

Disposiciones Generales 52 Seguridad 52 Actividades en general prohibidas 53 Correos Electrónicos 54 Deberes y Responsabilidades 54 Acciones Disciplinarias 54

Procedimiento de Investigación de Querellas 55 Procedimiento 55 Disposiciones Generales 56

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INFORMACIÓN GENERAL El Manual del Estudiante es un documento especialmente diseñado para contestar de manera rápida las interrogantes más comunes de la población estudiantil. Además de información general sobre la Universidad, se provee información sobre las políticas administrativas y académicas, los servicios estudiantiles, recursos académicos, y todo lo que el estudiante necesite para completar con éxito su grado académico. Es importante destacar que el contenido de este manual está sujeto a cambios y puede ser alterado en cualquier momento para satisfacer las demandas del estudiante de acuerdo a las políticas institucionales.

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Mensaje de la Rectora

Responder a las expectativas de los estudiantes que interesan iniciar o continuar sus estudios universitarios es un gran reto. Llegar a satisfacer sus intereses y necesidades educativas, considerando el elemento de la rigurosidad académica que les permita enfrentar un mundo competitivo y globalizado; es un reto aún mayor. Sin embargo, la educación a distancia podría ser la modalidad ideal para atender a una población estudiantil que sabe lo que quiere y, que además, sea accesible, se ajuste a su tiempo y a su estilo de vida.

Con este reto en mente, la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual, se ha trazado tres (3) metas primordiales: ser un medio de educación accesible e innovador, ofrecer una educación de excelencia y brindar un servicio al estudiante ágil y eficaz. Estamos comprometidos a desarrollar ciudadanos con las competencias y destrezas necesarias para sobresalir en un mundo laboral complejo, demandante y con el compromiso de aportar sus conocimientos a la transformación de su sociedad. Nos ha tocado vivir en una época de grandes retos intelectuales, económicos y científicos. La educación es uno de los caminos que tenemos para, de forma asertiva, evolucionar con el mundo. Es por esta razón que nuestros programas académicos estarán en desarrollo y evolución constante. De esta manera, cumplir con la demanda de programas de diversas disciplinas académicas que sean pertinentes a las necesidades de los empleadores y de la sociedad en general. Por último, pretendemos llevar la educación a la palma de la mano de cada estudiante a través de herramientas tecnológicas innovadoras, que nos permitan crear presencia en la distancia. La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual, le da la más cordial bienvenida, a todos los que estén dispuestos a asumir con nosotros estos retos y formar parte de este proyecto educativo. Migdalia Torres Rivera, Ph.D. Rectora

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Mensaje del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles En la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual nos sentimos muy complacidos porque formas parte de nuestra gran familia. A través de nuestros programas académicos, te proveeremos con la preparación académica y con las herramientas necesarias para que logres tus metas académicas y profesionales. Mediante el uso de la plataforma de Blackboard accederás a los cursos matriculados desde cualquier parte del mundo. En ésta encontrarás todo lo necesario para facilitarte tu desempeño académico. Contarás además, con un profesor especialista en la materia que te dirigirá en tus estudios a distancia. Te ofrecemos maestrías en línea en Administración de Empresas con concentración en Gerencia, Mercadeo, Recursos Humanos y Administración de Control de Materiales. Además de la Maestría en Agronegocios, en Inglés como Segundo Idioma (TESOL, por su siglas en inglés) y en Asuntos Ambientales con especialidad en Planificación Ambiental\ . Una vez más, te damos la bienvenida a esta aventura virtual. Para más detalles, te invitamos a que visites nuestro portal accediendo a http//.myuagm.suagm.edu. Aquí, nuestro atento personal te brindará la ayuda necesaria para lograr éxito en tus estudios. Héctor Rubén Flores

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SOBRE LA UNIVERSIDAD La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual (UAGM-CV) es una institución privada, sin fines de lucro y no sectaria dirigida a servir a la comunidad local e internacional. Se funda con el fin de suplir las necesidades de personas que necesitan romper las barreras de tiempo y espacio para obtener una educación digna que los ayude a satisfacer las altas demandas de la sociedad moderna. La modalidad educativa de la UAGM-CV es una a distancia que ofrece programas a nivel graduado, además de certificados técnicos y educación continua, tanto en idioma inglés como en español. Es una institución afiliada al Sistema Universitario Ana G. Méndez. Esta institución académica cuenta con un modelo de enseñanza basado en competencias, centrado en el estudiante y en el uso de tecnologías emergentes que facilitan el estudio y la comprensión del contenido de los cursos a través de la Internet. Además, toda su facultad es especialista en los contenidos de los campos de estudio y está certificada para ofrecer cursos de educación a distancia.

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INFORMACIÓN DE CONTACTO DE LA UNIVERSIDAD

Dirección física:

Carr. 167 Calle Esquina Betances Edificio C 6to Piso Bayamón, PR 00961

Dirección postal:

1600 Avenida Comerío, Suite 2, Bayamón, PR 00961-6376

URL:

http://www.myuagm.suagm.edu

Correo-e:

[email protected]

Red Interactiva:

1-800-712-4682

Rectora:

Migdalia Torres, Ph. D.

Facsímil:

787-288-1141

Horario de operación:

Horario de oficinas administrativas 8:00 am a 5:00 pm (AST)

La disponibilidad de los cursos de todos los programas académicos será de 24 horas / 7 días a la semana (en línea).

La disponibilidad de la Red Interactiva para el servicio del estudiante será de 24/7 – vía correo electrónico y correo de voz.

Los coordinadores de servicio estarán disponibles de 7:00 am - 10:00 pm (AST) de lunes a sábado.

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DIRECTORIO ADMINISTRATIVO

Rectora Migdalia Torres Rivera, Ph. D. [email protected]

Ayudante Especial Maritza Castro López [email protected]

Vicerrector de Asuntos Estudiantiles Héctor Rubén Flores Muñoz um_hflores@ suagm.edu Vicerrector de Asuntos Académicos René Sainz rsainz@ suagm.edu Vicerrectora de Asuntos Administrativos Ivelisse Rivera Vázquez ca_irivera@ suagm.edu Vicerrectora Auxiliar de Asuntos Académicos Gisselle Tapia Fernández gitapia@ suagm.edu Registrador José J. Rivera Ortiz [email protected] Coordinador de Asuntos Administrativos Omar M. Abdelgader Fuentes omabdelgader@ suagm.edu Coordinadora de Servicios Integrados Gisela Resto García um_gresto@ suagm.edu Coordinador de Servicios Integrdos Johjan M. Báez Fuentes jobaez@ suagm.edu Coordinador de Servicios Integrados Rafael Pérez Ortiz raperez@ suagm.edu

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Administrador de Servidores de Blackboard Wilmar A. Díaz Urrutia wdiaz@ suagm.edu Decano Asociado de Educación Continua Rafael Rodríguez Fuentes rjrodrí[email protected] Director de Administración Ángel Figueroa Zambrana ac_afigueroa@ suagm.edu Diseñadora Instruccional Karola Ramírez Arango [email protected] Diseñadora Instruccional Brendalys Soto Vázquez [email protected] Diseñadora Instruccional Ana M. Rodriguez Vesga [email protected] Diseñadora Instruccional Eileen Hernández Torres [email protected] Web Developer Bemin Jackson Viana [email protected] Asistente Administrativo Rosa E. Marcano Martinez [email protected]

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VISIÓN La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual será reconocida, en la comunidad local e internacional, como la principal universidad a distancia puertorriqueña. Se destacará por los más altos estándares de calidad y excelencia académica. MISIÓN La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual-Campus es una institución de educación superior a distancia que ofrece una alternativa a la educación universitaria tradicional por medio de tecnologías emergentes. Promulga una filosofía inclusiva y de aprecio por la diversidad de culturas. Ofrece y otorga grados bilingües dirigidos a promover la formación integral de la comunidad local e internacional. FILOSOFÍA EDUCATIVA La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual (UAGM-CV) está enfocada en el aprendizaje que combina el conocimiento teórico y su aplicación a través de experiencias relevantes al campo de estudio y el mundo real. Plantea el deber de la facultad de guiar y facilitar la construcción del conocimiento del aprendiz a través de la creación de comunidades de aprendizaje y tres estrategias fundamentales que son: la mentoría, el modelaje y el andamiaje. Además, fomenta un ambiente de colaboración, reflexión y participación entre toda la comunidad universitaria. ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL Autorizada por Consejo de Educación de Puerto Rico y en proceso de evaluación de la candidatura para la acreditación de la Middle States Commission for Higher Education.

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COMPROMISOS DE LA COMUNIDAD ACADÉMICA La UAGM-CV promueve un proceso de enseñanza-aprendizaje interactivo fundamentado principalmente en la comunicación. Es por esta razón que la comunidad académica, compuesta por profesores, estudiantes y administradores, es responsable de mantener altos estándares de calidad educativa. El compromiso de la comunidad académica estará respaldado por una Red Interactiva que ofrece servicios al estudiante, a través de una serie de opciones, tales como el Chat, teléfono, correo electrónico, páginas Web, entre otros. En Puerto Rico, la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual-Campus del Sistema Universitario Ana G. Méndez, es la primera institución en poner a la disposición del estudiante un recurso de este tipo, al estilo empresarial. Para mantener los altos estándares de calidad, los profesores seguirán un modelo educativo basado en competencias y fundamentado en tres estrategias instruccionales fundamentales: mentoría, andamiaje y modelaje. La mentoría El modelo de la institución cuenta con un nuevo educador, un mentor que se desenvuelva seguro y con experiencia dentro de la modalidad a distancia, que utilice los medios en forma creativa y que mantenga un alto nivel de interactividad con el estudiante. La interactividad tiene muchas formas, no sólo el vídeo y el audio o la comunicación electrónica, esta interactividad también representa la conexión que el estudiante siente con el educador y la institución a distancia. Por tal motivo, el educador-mentor se dará a la tarea de crear una comunicación de doble vía, ya que el proceso de enseñanza-aprendizaje fundamentado en las teorías constructivistas requiere de la retro-comunicación. Los estudiantes recibirán apoyo y dirección para poder hacer la transición del ambiente caracterizado por el salón de clases convencional a la modalidad de estudios a distancia más centrada en el autoaprendizaje, y para lo cual el estudiante necesita las herramientas correctas para sustituir al instructor presente en la educación tradicional. La función del educador-mentor trascenderá la función del catedrático, donde el proceso de enseñanza-aprendizaje descansa en el educador y la enseñanza y en una comunicación unidireccional. El educador-mentor se centrará en el aprendiz y en su proceso de aprendizaje, tratando de ser un mediador y guía en el descubrimiento y creación de nuevos conocimientos por parte del estudiante.

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El modelaje El modelaje es una buena estrategia pedagógica. Como un compañero de mucha más experiencia y bagaje en el campo profesional que enseña, el educador-mentor asume un rol de modelaje a través de sus palabras y acciones. Por medio de demostrar quién es, lo que hace y cómo lo hace el educador-mentor es para el estudiante como una ventana hacia el futuro a través de la cual puede proyectarse. Modelando su trasfondo ético, científico y su comportamiento profesional puede dejar en los estudiantes una fuerte impresión de cómo debería ser su actitud hacia el trabajo. Destrezas de investigación, resolución de problemas, estudios de casos, entre otros procedimientos propios de los campos de estudio, serán modelados a través del educador-mentor. A su vez, éste motivará y desarrollará estrategias instruccionales para que los estudiantes modelen entre sí. El andamiaje El andamiaje o "Assessment" consiste en el proceso continuo de obtener información de fuentes variadas, como por ejemplo pruebas cortas, talleres, trabajos para realizar en casa, proyectos, presentaciones y observación directa de los desempeños de los estudiantes. Al analizar en conjunto los resultados de todas estas fuentes es posible obtener un cuadro más claro sobre qué tan bien va alcanzando el estudiante las expectativas, en términos curriculares, que se han establecido en el curso. La UAGM-CV cuenta con un equipo de diseñadores instruccionales, artistas gráficos, programadores y expertos en contenido que desarrollarán, junto al educador-mentor, materiales de “Assessment” y recursos instruccionales que formarán parte integral de los cursos. Tipo de enseñanza La educación en línea o virtual se facilita a través de la red (Web) que requiere de una infraestructura tecnológica compuesta de equipo, conexión y aplicación. La UAGM-CV se basa en este tipo de educación y ofrece todos sus cursos en línea (Web) a través de la plataforma de educación a distancia “Blackboard”. Los cursos en línea se ofrecen totalmente a distancia, vía Internet. En éstos, se establece comunicación sincrónica y asincrónica entre el profesor y el estudiante mediante la plataforma y otros recursos de la Web, como Chat o foros de discusión. El contenido del curso, las lecturas, las asignaciones, así como otras actividades relacionadas se llevan a cabo a través de la Web.

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En los cursos podrían utilizarse materiales instruccionales electrónicos, tales como:

Presentaciones multimedios: Presentación y acceso de información de naturaleza multisensorial que emplea una variedad de elementos, tales como texto, gráficas, imágenes estáticas y en movimiento (foto y vídeo), animaciones, sonido, integrados en una aplicación o programado.

Tutoriales: Instrucciones al estudiante dirigidas a desarrollar destrezas y

fortalecer conocimientos en un tema específico. Son diseñados para uso individual o de pequeños grupos.

Simulaciones: Las simulaciones proveen una representación interactiva

de la realidad que permite a los estudiantes probar y descubrir cómo funciona o cómo se comporta un fenómeno, qué lo afecta y qué impacto tiene sobre otros fenómenos. El uso de este tipo de herramienta educativa alienta al estudiante para que manipule un modelo de la realidad y logre la comprensión de los efectos de su manipulación mediante un proceso de ensayo-error.

Ejercicios de Práctica (Drill & Practice): Modalidad de la enseñanza

asistida por computadora que pretende el aprendizaje de conocimientos o habilidades a través de la realización de ejercicios y la visualización de las repuestas apropiadas.

Páginas Web, entre otros.

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REQUISITOS TECNOLÓGICOS Laptop, PC o Mac

Mínimo un 1 GB de RAM, 2 GB en adelante (altamente recomendado)

Disco duro mínimo de 500 GB

Procesador Intel o AMD

Bocinas o altavoces

CD/DVD Burner

Web cam

Conexión a la Internet a través de un proveedor de servicio ADSL o Cable o Para conectarse a Internet se requiere un proveedor de servicios

Internet (ISP) y determinado hardware. ISP. Un ISP proporciona acceso a Internet. El modo de

contratar una cuenta con un ISP es igual que el utilizado para contratar el servicio telefónico u otros servicios públicos.

Hardware. Para una conexión de banda ancha, como línea de suscriptor digital (ADSL) o cable, se necesita un módem ADSL o por cable. Normalmente, el ISP lo incluye como parte del hardware de inicio cuando se suscribe a una cuenta de banda ancha. Para una conexión de acceso telefónico, necesita un módem de acceso telefónico. Muchos equipos ya vienen con este tipo de módem instalado.

Sistema Operativo

Windows XP

Windows Vista

Windows 7

MAC OS X

Linux Navegador de Internet

Internet Explorer 10.0

Mozilla Firefox

Google Chrome

Safari

Opera Software

Java

Adobe Flash Player

Reproductor de vídeos o Quicktime o Windows Media Player

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Suite de Oficina o Microsoft Office

Microsoft Word Excel PowerPoint

o iWork Pages Keynote Numbers

ACCESO A LA PLATAFORMA El Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM) ha seleccionado “Blackboard” (Bb) como la plataforma donde se administran y se ofrecen los cursos en línea. “Blackboard” es una plataforma computadorizada que utiliza como medio la Internet para brindar acceso a los cursos desde un lugar remoto, de una manera flexible y sencilla para profesores y estudiantes con una cuenta personal. Requisitos para utilizar “Blackboard”

El estudiante debe haber activado su cuenta de correo electrónico que provee la institución. La puede conseguir a través de [email protected] o llamando, libre de costo al 1-877-712-4682

El “Username” o nombre de usuario y el “Password” o contraseña serán los mismos que utilizará para acceder a Bb.

Acceso al curso en “Blackboard”

Ir a la página http://ecampus.suagm.edu

Escribir el “username” o nombre de usuario y el “password” o contraseña.

Luego oprimir el botón de Login.

Debajo del recuadro de “Mis Cursos” seleccionar el curso que se quiere acceder. Una vez se accede a éste, se encontrará con el menú de navegación.

Cosas que el estudiante debe recordar

Debe haber activado la cuenta de correo electrónico que provee la Institución.

No escribir las www antes de ecampus.SUAGM.edu.

Cuando se vaya a autenticar en Bb, utilizar el “Username” o nombre de usuario sin el @email.SUAGM.edu y el “Password” o contraseña que le asignó el sistema.

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Cuando quiera leer los e-mails que le envía el profesor tiene que ir a email.SUAGM.edu.

PROGRAMAS ACADÉMICOS Programas de maestría El ritmo acelerado del mundo moderno y la necesidad de mayor preparación académica para lograr como resultado una mejor calidad de vida son los factores que han contribuido al desarrollo de los programas en línea presentados a continuación: Maestría en Administración de Empresas con especialidad en:

Administración de la Cadena de Suministros y Logística

Agronegocios

Gerencia

Mercadeo y Gerencia de Ventas

Recursos Humanos Maestría en Ciencias en Gerencia Ambiental con especialidad en:

Planificación Ambiental Maestría en Educación con especialidad en:

Enseñanza del Inglés como Segundo Idioma Certificaciones

Programa de Certificación en Educación a Distancia con especialidad en:

Diseño de Cursos en Línea

Coordinación de Eventos Exitosos

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DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE Será estudiante de la UAGM-CV la persona que haya sido admitida y matriculada oficialmente. La Universidad se reserva el derecho a admitir, readmitir o matricular a un estudiante en cada término académico correspondiente. Derechos

a) Recibir una educación de calidad que le permita adquirir las competencias profesionales en el área de estudios seleccionada.

b) Solicitar y recibir información sobre la misión, visión, metas, objetivos y acreditaciones de la Institución, los programas académicos, los servicios, las credenciales del profesorado y las instalaciones disponibles que facilitan el proceso docente.

c) Solicitar y recibir información relacionada con el financiamiento de estudios.

d) Solicitar los servicios que faciliten su acomodo razonable por tener algún impedimento.

e) Recibir de sus profesores al inicio de cada sesión o semestre de clases la orientación adecuada sobre los propósitos y objetivos del curso, los temas de estudio, las lecturas, los textos, los trabajos requeridos y el material didáctico necesario. Además, los criterios de evaluación que se utilizarán, junto con otros aspectos directamente relacionados con el desarrollo y aprobación del curso.

f) Conocer, dentro de un término razonable, la calificación de sus exámenes, trabajos, y otras evaluaciones, así como los logros alcanzados en su desempeño y las áreas que necesita desarrollar.

g) Expresar sus opiniones, dudas y divergencias de criterio, así como presentar recomendaciones, peticiones y reclamaciones.

Responsabilidades

a) Conocer las políticas, normas, reglamentos y disposiciones de la Institución.

b) Mantener una conducta de respeto a los derechos de sus compañeros, así como a la comunidad virtual universitaria.

c) Cumplir con todas las labores académicas.

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d) Cumplir con las normas establecidas sobre los aspectos de integridad académica, código de conducta estudiantil, políticas institucionales y normas académicas.

e) Cumplir con los compromisos económicos que haya contraído.

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SERVICIOS ESTUDIANTILES Y RECURSOS Biblioteca Virtual Ana G. Méndez Visión La Biblioteca del SUAGM será líder en servicios de excelencia en el campo de los recursos de información e investigación cónsono con la modalidad de educación a distancia. Asumirá liderazgo a través de la disponibilidad de colecciones electrónicas pertinentes y actualizadas, y de tecnologías de vanguardia. Misión La Biblioteca Virtual del Sistema Universitario Ana G. Méndez está comprometida con apoyar a la comunidad estudiantil y académica de la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual del Sistema Universitario Ana G. Méndez. La meta principal es proveer los recursos y servicios requeridos para contribuir al éxito del proceso de enseñanza y de aprendizaje. Nuestra biblioteca aspira a desarrollar aprendices de por vida al proveer acceso a información de excelencia, fomentar la investigación y propiciar el pensamiento crítico. Objetivos:

1. Ofrecer acceso remoto y electrónico a bases de datos, libros y revistas.

2. Promover el desarrollo de las destrezas de información e investigación mediante enlaces, tutoriales y guías

3. Proveer accesos de comunicación para asistencia bibliográfica y de referencia.

4. Ser un vehículo de aprendizaje a través de recursos didácticos disponibles 24-7.

5. Servir como modelo de colaboración y usos innovadores de la tecnología de la instrucción.

6. Proveer accesos y enlaces a otras colecciones digitales de interés general

7. Proporcionar opciones para estudiantes con necesidades especiales que incluyan programados y equipos asistidos

Comunidad de usuarios Estos servicios se ofrecerán a los estudiantes matriculados en los programas académicos distancia de las instituciones del SUAGM. Esta población se caracteriza por el aprendizaje asincrónico, colaborativo y cooperativo. La BV del SUAGM, además, brinda asistencia a la facultad, al personal de apoyo a la docencia y de apoyo estudiantil y todos sus constituyentes.

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Filosofía La biblioteca virtual, en conformidad con las directrices de ACRL asume los siguientes preceptos:

1. Acceso a servicios de bibliotecas adecuados y equivalentes a los estudiantes y facultad de las instituciones académicas del Sistema Universitario Ana G. Méndez.

2. La universidad a distancia es responsable de la administración de la biblioteca y de la planificación, desarrollo y evaluación de los servicios.

3. La biblioteca es responsable de identificar, elaborar, coordinar, ofrecer y evaluar el valor y pertinencia de los recursos y servicios.

4. Es responsable de inculcar aptitudes de aprendizaje permanente en general a través de las destrezas de Información y alfabetización en la comunidad virtual.

5. La universidad a distancia reconoce la necesidad del servicio, gestión y técnicas utilizadas por la biblioteca virtual y otras como los medios instruccionales y las telecomunicaciones.

6. La universidad a distancia es responsable de asegurar que el servicio de destrezas de información cumpla con las normas nacionales y regionales de acreditación y con las normas de la asociación profesional ACRL y sus directrices.

7. Asignar presupuesto para asegurar los servicios adecuados a la necesidad de Información de sus ofertas académicas a todos los estudiantes y facultad.

Las bibliotecas de las universidades del Sistema Universitario Ana G. Méndez apoyaran las necesidades de información de la comunidad de aprendizaje a distancia. La biblioteca de la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual es responsable para su desarrollo, revisar periódicamente los acuerdos entre las instituciones. Recursos de Información La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual es responsable de proporcionar y garantizar el acceso electrónico a la biblioteca de los materiales de calidad, profundidad, alcance y actualidad a tono con las ofertas académicas. Estos deben:

1. Cumplir con las necesidades de los estudiantes y el enriquecimiento de los programas académicos.

2. Satisfacer las necesidades de enseñanza e investigación. 3. Atender otras necesidades de información de la comunidad a

distancia. Catálogo de biblioteca

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Los estudiantes y la facultad a distancia pueden acceder el catálogo ANA vía Internet desde el portal de la Biblioteca Virtual del SUAGM y de las bibliotecas de la universidades (UT, UNE, UMET) del Sistema Universitario Ana G. Méndez. Acceso a bases de datos y libros electrónicos Acceso remoto a las bases de datos y libros electrónicas a través de Proxy Server. La biblioteca proporciona el acceso a bases de datos sobre un tema o temas sobre las áreas académicas de negocios, educación, humanidades, tecnología, ciencias sociales, ciencias naturales y ciencias de la salud. Referencia virtual Los servicios de referencia virtual se ofrecerán a través de los siguientes medios: Teléfono, correo electrónico, por cita, tutoriales en línea, guías en PDF y página Web Document Delivery y Préstamo intrabibliotecario Formato: papel, fax o electrónico dependiendo del ítem Medio de entrega: servicio entre bibliotecas del Sistema Universitario Ana G. Méndez, correo regular y correo electrónico. Financiamiento e Información de Ayudas Económicas En la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual reconocemos la importancia de disponer de los recursos económicos que le permitan continuar sus estudios universitarios. Le orientamos sobre los procedimientos y requisitos para cumplimentar las ayudas económicas disponibles. Para solicitar y participar de los programas de ayudas económicas y fuentes de financiamiento para su matrícula puede acceder al portal de la UAGM-CV (http://myuagm.suagm.edu ), y en el área de Asistencia Económica puede utilizar cualquiera de los enlaces disponibles para tales efectos. Vicerrectoría Asociada de Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil

Esta Vicerrectoría Asociada establece un modelo de servicios multidisciplinarios asegurando la prevención, educación e investigación en un proceso de intervención primaria. Promueve el desarrollo entre la dimensión física, emocional, social y espiritual del ser humano y la armonía con su ambiente. Aspira a transformar la Universidad en una comunidad virtual saludable. El compromiso es ofrecer espacio a la esperanza de manera virtual, haciendo de esta, una fuente de oportunidades a través de la distancia. La Vicerrectoría ofrece los siguientes servicios:

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Análisis de casos

Orientación y consejería

Coordinación de servicios

Consultoría

Charlas, foros y conferencias

Servicios Psicológicos.

Centro de Empleo Complementa la formación académica de los estudiantes y la comunidad en general facilitándoles su transición al mundo laboral para el cual se preparan. En el caso de la UAGM-CV, se provee un catálogo virtual en el portal de la universidad con referencias a nivel local e internacional. Entre los servicios que ofrece el Centro se encuentran los siguientes:

Redacción de resumé

Búsqueda de empleo

Redacción de cartas de presentación

Coordinación de citas para entrevistas

Orientación para la búsqueda de empleo

Charlas y talleres (“seminar” y “ webinar”)

Adiestramientos de computadoras (webinar)

Servicios a Estudiantes con Necesidades Especiales Nuestra institución está comprometida en ofrecer el acomodo razonable a los estudiantes con necesidades especiales, manteniendo la integridad de los estándares académicos de manera que puedan alcanzar el máximo potencial educativo. Puede solicitar acomodo razonable todo estudiante matriculado, que envíe la solicitud acompañada de la evidencia médica accediendo al enlace de Servicios y Recursos Estudiantiles. Además, se le ofrece:

Consultoría interna y externa de manera virtual y por vía telefónica

Plan individualizado de estudios, con aplicaciones computadorizadas

especiales para el mejoramiento y desarrollo del estudiante

virtual con

necesidades especiales.

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Librería El estudiante podrá acceder el servicio de una librería en línea con los recursos disponibles, según solicitados en los programas académicos, a través del portal de la UAGM-CV. Admisiones La oficina procesa las solicitudes de admisión de estudiantes procedentes universidades debidamente acreditadas y de la Escuela de Educación Continua. Como parte del proceso colabora en actividades de promoción, orientación, matrícula y asesoría de los cursos que se ofrecen en la UAGM-CV. Coordina con la oficina de Registraduría y con las diferentes escuelas, el proceso de convalidación de créditos.

Tesorería La Oficina de Tesorería, además, tiene la responsabilidad de la custodia de los ingresos de la Institución. Orientar y velar por el cumplimiento de la Política Fiscal establecida por la Vicepresidencia de Asuntos Financieros. Ofrece apoyo para el fortalecimiento de los servicios y promueve la calidad de los mismos según las necesidades de la comunidad universitaria. La responsabilidad mayor de esta oficina radica en oficializar la matrícula de los estudiantes. Por otro lado, prepara los estados de cuenta y el cobro por concepto de matrícula, cuotas, transcripciones de créditos, certificaciones de graduación, entre otros. Servicios:

Planes de pagos o prórroga de matrícula

Entrega de cheques tales como sobrantes de préstamo o beca

Reclamaciones de cheques cobrados o recibidos

Envío de estados de cuenta

Certificación de deuda o no deuda

Flexibilidad en forma de pago a través del WEB, pagos por tarjeta de

crédito,

o giro o cheque personal

Autorización para entrega de documentos académicos

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REGISTRADURÍA La Oficina de Registraduría es responsable de custodiar los expedientes académicos de los estudiantes. Coordina los procesos de matrícula, emite las certificaciones de estudio, grado, diplomas y transcripciones de créditos. Además, se encarga de la aplicación de las normas y procedimientos académicos y de graduación.

SISTEMA DE CALIFICACIONES Las calificaciones se adjudicarán de acuerdo al sistema de letras o en valores porcentuales.

A = 4.00 – 3.50 B = 3.49 – 3.00 C = 2.49 - 2.00 D = 1.99 - 1.00 F = menos de 1.00

Para determinar el índice general bajo el sistema de letras se utilizarán los siguientes valores:

A = 4.00 B = 3.00 C = 2.00 D = 1.00 F = 0.00

Sistema de Calificación Especial En casos especiales se aplicará el siguiente sistema de letras, las cuales no serán cuantificadas para fines de promedio, con excepción de la WF.

W = Baja oficial WF = Dejó de acceder el curso sin radicar Baja Oficial. I = Incompleto IP = En progreso P = Curso aprobado que no afecta el índice académico NP = No aprobado (no afecta índice académico) NR = Calificación no informada * = Curso repetido (en el expediente figura la nota con indicador de incluido (I) o excluido (E). WA = Baja administrativa WN = Se matriculó y no accedió el curso

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Incompletos El estudiante recibirá la calificación provisional de Incompleto (I) únicamente por ausencia justificada al examen final y si tiene el mínimo de notas parciales requeridas en el curso. El examen o trabajo final se ofrecerá solamente a aquel estudiante que tenga la oportunidad de obtener una calificación mínima de C (ver los requisitos de cada escuela en el catálogo) en su nota final. Será responsabilidad del estudiante afectado hacer los arreglos necesarios con el Profesor o Decano del área correspondiente para determinar el trabajo final y cambiar el incompleto. La condición de Incompleto (I) podrá cambiarse si el estudiante completa el trabajo requerido en la sesión académica, treinta (30) días a partir de la fecha de inicio de clases y de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario académico. El estudiante, que por haber obtenido incompleto en uno o más cursos, no logre progreso académico, una vez remueva el incompleto conforme a las normas de la institución, la ayuda económica le será restablecida, siempre y cuando no haya prescrito la fecha límite establecida por el gobierno federal para la asignación de ayudas. Será responsabilidad de los profesores, al final de cada término académico, radicar en la Oficina de Registraduría, el Registro Oficial de Notas, incluyendo a los estudiantes que tienen trabajo incompleto. En cada caso indicará las calificaciones parciales obtenidas y la calificación de cero en el trabajo incompleto. Los profesores radicarán en las escuelas los exámenes con las claves que correspondan o indicarán el trabajo o trabajos que tengan pendientes los estudiantes que hayan recibido calificación de Incompleto. Finalizado el término prescrito para completar el trabajo académico por los estudiantes, los profesores tendrán cinco (5) días para entregar al Decano de Escuela los documentos de remoción de Incompleto. El Decano de Escuela los referirá a la Oficina de Registraduría, donde se completarán los Registros Oficiales de Notas y se adjudicarán las calificaciones finales. Al completar los Registros Oficiales los profesores indicarán las calificaciones parciales obtenidas por los estudiantes. En aquellos casos donde el estudiante no completó el trabajo académico dentro del periodo establecido, el Registrador computará la calificación final, insertando la calificación cero (0) para el trabajo pendiente.

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Reclamación de Notas 1. El estudiante queda obligado a hacer la reclamación en la Oficina de

Registraduría por lo menos treinta (30) días calendario antes de que concluyan las clases del semestre siguiente a la nota que reclama.

2. Los casos especiales de reclamaciones o cambios de notas serán resueltos por el Vicerrector, el Decano de la Escuela correspondiente y un profesor, al inicio de cada año académico.

3. Se atenderán reclamaciones de notas de los estudiantes en las siguientes circunstancias: a. Error en cómputos o la omisión de notas o evaluación. b. Violación de las normas académicas de la institución relacionada a la

evaluación. Cambio y adición de notas Cualquier solicitud de cambio o adición de una calificación debe ser sometida por el Profesor a la Escuela correspondiente dentro de un periodo no mayor de un término del mismo haber sido obtenido, utilizando el formulario que se dispone. El Decano de Escuela o su representante radicará el formulario en la Oficina del Registrador. Los cambios realizados fuera del término establecido deberán ser justificados y aprobados por el Decano de la Escuela. Evaluaciones parciales y finales Durante cada término, los profesores evaluarán a sus estudiantes a base de un mínimo de dos (2) componentes evaluativos donde por lo menos habrá una (1) evaluación parcial y una (1) evaluación final. La ponderación de cada evaluación dependerá del juicio y método evaluativo de cada profesor. Tales evaluaciones podrán consistir de exámenes, proyectos, estudio de casos u otras actividades adecuadas a juicio de los profesores y dependiendo de la naturaleza del curso.

Será responsabilidad de los estudiantes clarificar con el profesor cualquier situación relacionada con sus evaluaciones.

Los estudiantes deberán completar el trabajo requerido para las evaluaciones en el período establecido. De otro modo, recibirán cero (0) en cada trabajo no realizado.

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Responsabilidades de los profesores Será responsabilidad de los profesores informar a los estudiantes al menos dos evaluaciones parciales antes de la fecha establecida para baja parcial. Será responsabilidad del profesor cumplir con el calendario académico e informar a los estudiantes, al inicio del curso, los objetivos y contenido del curso, exámenes y trabajos que se exigirán para su evaluación. Repetición de cursos El estudiante que desee repetir un curso tendrá libertad para así hacerlo. En los casos de los cursos requeridos para graduación con calificación F, W, WF será compulsorio repetir el mismo en la institución. Será compulsorio repetir cursos con calificación de C o D en aquellas Escuelas que así lo hayan dispuesto (ver los requisitos de cada escuela en el catálogo). La institución permitirá que el estudiante que haya obtenido calificación de C (ver los requisitos de cada escuela en el catálogo), D, F, W, WF, WA o WN en un curso, repita el mismo financiado con ayuda económica siempre que no haya excedido el 150% de los créditos intentados. Los estudiantes que repitan cursos recibirán la calificación más alta obtenida para el cómputo de índice académico. Si las notas obtenidas son iguales a las anteriores, se contarán para promedio acumulativo y de graduación una sola vez.

En el caso de los cursos de práctica, el estudiante podrá repetir el curso por un máximo de dos (2) ocasiones. Solamente podrá repetir por segunda y última vez con la aprobación del Decano de la Escuela. Ningún estudiante deberá repetir determinado curso hasta tanto haya recibido calificación en el mismo. Los cursos repetidos serán considerados para determinar el progreso académico de los estudiantes.

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MATRÍCULA Proceso mediante el cual el estudiante, después de haber sido admitido a la institución o haber cumplido con los requisitos académicos en los cursos tomados, registra los cursos próximos a tomar, realiza el pago correspondiente y recibe el programa oficial de clases. Ajustes y Cambios al Programa de Clases Las fechas para hacer ajustes y cambios al programa de clases están establecidas en los calendarios académicos. Los estudiantes hacen ajustes y cambios por varias razones, tales como: secciones eliminadas, horarios, enfermedad, etc. La institución efectúa ajustes a los programas de los estudiantes por: bajas por no asistencia, falta de prerrequisitos o correquisitos, secciones eliminadas por baja matrícula, Norma de Progreso Académico Satisfactorio y por no cumplir con los documentos requeridos de la Oficina de Asistencia Económica. Reubicaciones de Cursos por Baja Matrícula Cada semestre o sesión se lleva a cabo el proceso de eliminación de secciones, en el cual los Decanos de Escuelas evalúan la programación de cursos la semana antes del inicio de clases y proceden a cancelar aquellos cursos que tienen una matrícula baja. Antes de cancelar las secciones, los Decanos evalúan la reubicación de los estudiantes matriculados y toman en cuenta varios criterios, tales como: que el curso no sea único ofrecimiento, que no tenga estudiantes candidatos a graduación, que no sea un ofrecimiento de una nueva concentración, etc.

Validación de Prerrequisitos y Correquisitos Los prerrequisitos son aquellos cursos que el estudiante tiene que tomar antes de matricular un curso, o sea, el curso antecede al que quiere matricular. Los correquisitos son aquellos cursos que se tienen que tomar a la par (en el mismo periodo).

En cada proceso de matrícula se valida a través del sistema mecanizado que los estudiantes cumplan con esta norma.

Aquellos estudiantes que tengan el curso en proceso pueden matricular el siguiente curso. Al finalizar cada semestre se lleva a cabo el proceso de notas y se evalúa si el estudiante aprobó satisfactoriamente el curso que tenía en proceso. Si el estudiante no cumple, se le envía una comunicación informando el ajuste realizado en su matrícula.

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Carga Académica La carga académica regular es de seis (6) créditos o más por semestre, medio tiempo es menos de seis (6) créditos y menos de medio tiempo dos (2) créditos o menos.

Para una carga académica de más de seis (6) créditos por módulo, el estudiante necesitará autorización del Decano de la Escuela o su representante.

Cancelaciones de Matrícula Proceso mediante el cual se le elimina a un estudiante los créditos de un periodo. Toda cancelación de matrícula no tiene impacto en términos de costos, tanto para el estudiante como para los fondos de Título IV.

Cancelación de Matrícula no Oficializada Es la cancelación que se les procesa a los estudiantes que no pasaron a oficializar su matrícula, esto luego de enviarles cartas de citación y hacerles llamadas informándoles. Esta cancelación se procesa a través del sistema mecanizado de acuerdo al calendario y en coordinación con la Oficina de Tesorería.

Cancelación o Anulación de Matrícula Autorizadas por el Comité Estas cancelaciones son evaluadas por un Comité y el mismo está compuesto por un representante de: Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles, Tesorería, Registraduría, y Admisiones y Asistencia Económica.

El estudiante hace la petición por escrito al Comité de Anulaciones con las debidas evidencias de alguna situación crítica. Estos casos tienen que tener evidencia de la situación que presente el estudiante. Cancelación de Matrícula – Admisión Condicionada El Director de Admisiones y Asistencia Económica informa al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles los nombres de los estudiantes cuyos expedientes no tienen evidencia oficial de su grado de bachillerato. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles autoriza al Registrador a procesar una anulación de matrícula a los estudiantes que no han entregado el documento oficial que evidencie haber obtenido un bachillerato.

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En el caso de los estudiantes admitidos como transferencia se procede a cancelar la matrícula si el estudiante no presenta la transcripción oficial de la institución de procedencia. Cancelación de Matrícula Estudiantes Activados a las Fuerzas Armadas El 10 de marzo de 2004 el Sistema Universitario Ana G. Méndez aprobó la política para los estudiantes activados en el servicio militar. Esta política establece el procedimiento a seguir por el estudiante, el personal administrativo y la facultad de las instituciones del SUAGM con los estudiantes activados al servicio militar. El estudiante que pueda completar satisfactoriamente los cursos matriculados en el término de la activación podrá solicitar que sea evaluado antes de reportarse al servicio militar. Si el estudiante no tiene la posibilidad de completar satisfactoriamente los cursos su matrícula será cancelada de manera que su expediente académico no se afecte negativamente. Cancelación de matrícula por no cumplir con los requisitos de documentos en la Oficina de Asistencia Económica Esta cancelación se procesa a todo estudiante que debe documentos para completar su proceso en la Oficina de Asistencia Económica. Antes de llevarse a cabo el proceso se la da un seguimiento continuo al estudiante para que entregue los documentos adeudados.

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BAJAS PARCIALES O TOTALES Para solicitar una baja parcial o total el estudiante radicará con su clave secreta (pin number) dentro de las fechas límites establecidas en el calendario académico para que sea final y oficial. También, la puede tramitar de forma presencial o a través de un facsímil con el debido formulario. La institución puede dar de baja a un estudiante por recomendación del Consejo de Disciplina o del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, siguiendo las disposiciones establecidas en el Código de Conducta Estudiantil. Baja con derecho a reembolso Los cursos en los que el estudiante radique baja parcial o baja general durante el período de tiempo establecido por la institución para bajas con derecho a reembolso afectarán el progreso académico del estudiante. Bajas sin derecho a ajuste Los cursos en los que el estudiante radique baja parcial o baja general posterior al período de tiempo establecido por la institución para bajas con derecho a reembolso afectarán el progreso académico del estudiante. Baja Oficial Es aquella que los estudiantes radican dentro del tiempo establecido en el calendario académico. La fecha límite para radicar esta baja es el último día de clases. Baja por No Asistencia Es reportada por los profesores dentro de las fechas establecidas en el calendario académico. Reclasificación (cambio) de Programa de Estudios Los estudiantes activos podrán solicitar reclasificación de un programa o concentración luego de cumplir con los siguientes requisitos: 1. Radicar una solicitud de reclasificación. 2. Evaluación de la Escuela de la especialidad a la que solicita. 3. Todos los créditos matriculados e índice acumulado de su programa anterior

serán considerados para efectos de la NPAS del programa al que se reclasifique.

4. El número de créditos requeridos para cambiarse de programa de estudios es seis (6) créditos tomados en la Institución.

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Calendario Académico Por cada periodo de clases diferente se prepara un calendario académico. En el mismo tienen que estar contempladas las fechas límites para procesos importantes que afectan a la comunidad universitaria, tales como: bajas, incompletos, reclasificaciones, graduación, cotejo de asistencia, exámenes finales, días feriados y recesos, etc. Estos calendarios tienen que ser aprobados por los respectivos cuerpos institucionales (Junta Académica y Consejo Administrativo). Una vez aprobados se reproducen y son distribuidos a toda la comunidad universitaria. El calendario académico es preparado por el año académico y el mismo se divide en dos semestres y dos sesiones de verano. Dentro de estos periodos a su vez se programan los part of term, que son periodos de estudios más cortos dentro de un semestre regular. Éstos tienen fechas de inicio o terminación diferentes. El primer semestre inicia en agosto, el segundo semestre en enero y las sesiones de verano son extendidas desde junio hasta agosto. Ley de Derechos Educacionales y Privacidad de la Familia 1974 (FERPA). 34 CFR Parte 99 La Ley FERPA establece que las instituciones post-secundarias que reciben Fondos de Título IV deberán proteger la información del estudiante y sus familiares contenida en el expediente. FERPA limita la divulgación de la información y establece los parámetros para administrarla. Esto aplica a la divulgación de la información dentro y fuera de la institución.

Los funcionarios institucionales con legítimo interés educativo podrán tener acceso a la misma y los padres de un estudiante dependiente, según lo define en la Planilla de Contribución sobre Ingresos. También puede tener acceso a la información cualquier persona que presente una orden judicial o emplazamiento que obliga a la institución a mostrar el expediente académico sin el consentimiento del estudiante, sin embargo generalmente debe realizarse un esfuerzo razonable para notificar al estudiante antes de cumplir con la orden.

El estudiante puede tener acceso a su información, las agencias acreditadoras, organizaciones realizando estudios para instituciones educativas, en el proceso de trámite de ayudas económicas, en el desempeño de auditorías o evaluaciones relacionadas al cumplimiento con programas educativos, autorización a través del Directorio de Información, como resultado de una vista disciplinaria a una alegada víctima de un delito de violencia.

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El estudiante puede autorizar a la institución ofrecer información personal mediante el Directorio de Información el cual establece la información a ofrecer. El directorio incluye: nombre, dirección, teléfono, fecha y lugar de nacimiento, programa de estudios, participación en deportes, peso y estatura de los atletas, grados y honores recibidos e información relacionada. La institución podrá ofrecer información contenida en el expediente del estudiante sin su consentimiento bajo las condiciones que FERPA dispone. Directorio de Información La Ley FERPA (Family Educational Rights and Privacy Act) le otorga al estudiante ciertos derechos con relación a su expediente académico. A inicios de cada semestre se le envía a los estudiantes nuevos, readmisiones, transferencias y especiales que fueron admitidos y matriculados en el semestre en curso, el documento del Directorio de Información para seleccionar una categoría de autorización para ofrecer información. Se divide en tres categorías: a. Nombre, número de estudiante, dirección, teléfono, fecha y lugar de

nacimiento, concentración, créditos matriculados, periodo de estudios, participación en actividades oficiales, grado y premios recibidos, y escuelas o universidades asistidas.

b. Nombre, número de estudiante, concentración, créditos matriculados,

periodo de estudios, participación en actividades oficiales, grado y premios recibidos, y escuelas o universidades asistidas.

c. No autorizo a la institución a ofrecer información contenida en las categorías

del directorio de información. El documento se les envía a los estudiantes por correo electrónico y el mismo tiene que ser devuelto a la Oficina de Registraduría con la categoría seleccionada y se procesa en el sistema mecanizado. Los estudiantes que no devuelven el documento se les da el seguimiento para que completen el mismo. Esto se hace a través de un hold en el sistema mecanizado. No obstante, aquellos estudiantes que no contestan se procede en caso de alguna solicitud a atenderla, ya que el documento le indica que de no contestar se procederá a brindar la información.

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Ley 186 – Ley para prohibir el uso del número de Seguro Social como identificación rutinaria en instituciones educativas públicas y privadas Esta ley fue creada para prohibir el uso del número de seguro social como identificación rutinaria en instituciones educativas públicas y privadas desde el nivel elemental hasta el postgraduado, establecer las normas sobre el uso de este dato en las instituciones educativas, facultar al Consejo de Educación Superior y al Consejo General de Educación a imponer multas administrativas por violación a dicha norma y fijar plazo para su cumplimiento. Por otro lado, la ley FERPA (Family Educational Rights and Privacy Act of 1974, 20 USC 1232g) establece que las escuelas o universidades pueden, sin el consentimiento del estudiante o padre, divulgar la información contenida en el directorio que se compone por el nombre del estudiante, dirección, número de teléfono, fecha y lugar de nacimiento, honores, premios y años que asistieron a la escuela. No obstante, la institución debe informar al estudiante sobre la información contenida en el directorio y otorgarles un término razonable para que éste se exprese y autorice, o no, divulgar dicha información. Por otro lado, dicha Ley federal establece que entre la información confidencial se encuentra el sexo y el número de seguro social del estudiante. Por todo lo cual, no se solicitará el número de seguro social al estudiante para tomar exámenes, presentación de proyectos, y cualquier otra gestión que no sea relacionada con gestiones en las cuales exista necesidad legítima, tales como proceso de matrícula, solicitud de préstamos o ayuda económica, transcripción de créditos o solicitud de alguna agencia gubernamental, el Consejo de Educación Superior u orden del tribunal, entre otros. Es necesaria la notificación al estudiante y la autorización de éste y/o renuncia de la protección de la ley firmada por escrito por el padre, madre, encargado o estudiante antes de proveer o utilizar el número de seguro social del estudiante. El número de seguro social es confidencial, por lo que la facultad está en la obligación de solicitar por escrito la autorización del estudiante antes de la utilización del seguro social. El número de seguro social no se utilizará para identificación rutinaria en la institución. Se utilizará el código alterno para propósitos de identificación rutinaria de los estudiantes. Cuando un documento que contenga un número de seguro social deba ser hecho público, fuera del contexto de confidencialidad académica, será editado de modo que dicho dato sea parcial / totalmente ilegible, sin que ello se considere una alteración del contenido del documento. Estas protecciones pueden ser renunciadas, voluntariamente, por los estudiantes mayores de edad o legalmente emancipados o por los padres con

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custodia y patria potestad de los menores mediante autorización por escrito, más no podrá imponerse dicha renuncia como condición de matrícula, graduación, transcripción de notas o créditos o prestación de servicios. Esta disposición no será de aplicación en cuanto al uso del número de Seguro Social en aquellos casos en que esté requerido o autorizado por ley o reglamentación federal o su uso para propósitos internos de verificación de la identidad, convalidaciones, empleo, contribuciones o asistencia económica, sujeto a que la institución mantenga la confidencialidad.

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POLÍTICAS ACADÉMICAS

Asistencia a Clases Esta reglamentación estipula que toda institución que recibe fondos de Título IV (Beca Pell y otras ayudas) establezca un sistema para el cotejo de asistencia de los estudiantes durante las primeras semanas de clases. Este proceso se lleva a cabo a través de registros que la Oficina de Registraduría le distribuye a la facultad y los reportes de participación en los cursos disponibles a través de la plataforma de educación a distancia. Dentro de un periodo establecido en el calendario académico la facultad reporta aquellos estudiantes que no asisten. A su vez se ejecutan una serie de procesos en el sistema mecanizado y se procede a devolver el dinero de beca en los casos que aplique, un 88% del costo del curso. El 12% del curso lo paga el estudiante. Graduación

Requisitos de Graduación

Los estudiantes de la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual son elegibles para recibir sus grados después de completar los siguientes requisitos:

Formulario de solicitud de candidatura, completado de acuerdo con la fecha establecida en el calendario académico.

Cursos en la escuela de su preferencia en la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual. Cada escuela determina el mínimo de nota requerido en los cursos de especialidad.

A nivel subgraduado, el número de créditos-hora con un índice académico de 2.50 o mayor.

A nivel graduado, el número de créditos-hora con un índice académico de 3.00 o mayor.

Los solicitantes para graduación deberán haber satisfecho todas sus obligaciones financieras con la Institución.

Los solicitantes para graduación deberán someterse a las reglas y requisitos de graduación contenidas en el catálogo del año en el que esperan graduarse.

Los estudiantes para grado de Maestría deberán tener un índice académico de 4.00 puntos para alcanzar la graduación con honores.

Los ejercicios de graduación se llevan a cabo una sola vez durante el año académico al final del segundo semestre. Los estudiantes que completaron los requisitos para un grado al final del primer semestre o de la sesión de verano

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deberán solicitar una declaración de la Oficina del Registrador confirmando el cumplimiento de todos los requisitos.

Los graduandos deberán reclamar sus diplomas en la Oficina del Registrador no más tarde de un (1) año con posterioridad a la graduación. La Institución no será responsable por diplomas con posterioridad a esa fecha. Honores Los estudiantes que hayan obtenido un promedio de 4.00 en sus estudios serán reconocidos. Para obtener mención honorífica los estudiantes de transferencia tienen que cumplir con los 24 créditos aprobados en la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual. Convalidación de Cursos Proceso mediante el cual se les hace una evaluación a los estudiantes admitidos como transferencia de los cursos tomados en la institución de procedencia. a. Solamente se consideran para convalidación los cursos aprobados con

calificación de "B" o más en la institución de procedencia. b. Si ha transcurrido un plazo mayor de seis (6) años desde la fecha en que

fueron aprobados los cursos, tendrán que ser evaluados por el Decano del Programa Graduado correspondiente.

c. Al estudiante de transferencia se le requerirá la aprobación de por lo menos 24 créditos en la UAGM-CV.

d. El Decano establecerá las equivalencias tomando como base el catálogo y la

descripción oficial de cursos de la institución de procedencia. Permisos Especiales Los estudiantes tendrán la oportunidad de tomar cursos que no se ofrezcan en la Institución y que le son requeridos para continuar otros cursos en términos subsiguientes en otras instituciones universitarias acreditadas. a. El curso debe ser requisito inmediato de graduación o prerrequisito de otros

cursos requeridos. b. El curso es requerido para graduación y no se ofrecerá en la Institución en el

corriente término académico. c. El curso a tomarse tiene que ser equivalente en contenido y número de

créditos al curso que ofrece la Institución. d. Los cursos autorizados deben aprobarse con un mínimo de “B”.

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e. Al momento de la solicitud, el estudiante deberá tener un índice general mínimo de 3.00.

f. Se autorizará un máximo de seis (6) créditos en su vida universitaria. g. Los estudiantes en probatoria académica no serán elegibles para tomar

cursos fuera de la Institución con permiso especial. h. El estudiante no debe haber fracasado el curso anteriormente en la

Institución. i. Cualquier otra situación no contemplada en esta norma será evaluada por el

Decano de la Escuela correspondiente. Norma de Residencia A diferencia de muchas universidades y colegios universitarios, la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual (UAGM-CV) no requiere de residencia ni de asistencia a sesiones especiales en semanas particulares como parte de sus programas académicos. El interés de la UAGM-CV es que la experiencia educativa del alumno sea una grata y no de preocupaciones. Es por eso que la UAGM-CV tiene como compromiso brindar al estudiante una educación de excelencia 100% en línea, librándole de altos costos adicionales relacionados a viajes, hospedaje, alimentos, y otros. Norma de Progreso Académico Satisfactorio Progreso Académico Satisfactorio es la condición del estudiante que haya aprobado el por ciento de créditos requeridos con un índice académico acumulado igual o superior al índice de retención de acuerdo a la tabla de su concentración de estudio. El estudiante será evaluado de acuerdo con la concentración en la cual está clasificado en el término en que se procese la Norma de Progreso Académico Satisfactorio (NPAS). La NPAS tiene tres componentes principales: 1. la relación entre el número de créditos intentados y los créditos aprobados 2. el índice académico acumulado 3. el por ciento de créditos requeridos. Se consideran créditos intentados todos los créditos de los cursos en que se matricule el estudiante independientemente del programa de estudio y de la calificación que reciba. Esto incluye los créditos aceptados en transferencia. Los cursos matriculados en que se procese baja, se obtenga calificación de incompleto y cursos repetidos se consideran como créditos intentados.

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Al finalizar el grado el estudiante deberá completar los requisitos del mismo en un término que no exceda el 150% del total de créditos requeridos para obtener dicho grado. El estudiante que alcance el 150% del total de créditos de su programa de estudio podrá continuar estudiando bajo el estatus que le corresponda, pero no será elegible a los programas de ayudas económicas federales o estatales administradas por la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica para financiar los mismos. Esta oficina identificará los casos próximos a cumplir el 150% del total de créditos de su programa con un hold de manera que el estudiante se oriente respecto a la NPAS y al límite de elegibilidad a las ayudas económicas. Se consideran como créditos aprobados todos los créditos de los cursos en los cuales se obtengan calificaciones de A, B (ver los requisitos de cada escuela) o P. A los estudiantes en transferencia se les convalidarán los cursos con calificación de B o más para el programa de estudio al cual sea admitido y los mismos serán considerados por la NPAS. El total de créditos aprobados para completar el grado debe cumplir con el promedio mínimo para graduación y concentración. El índice académico acumulado para estudiantes regulares será el promedio general de todas las calificaciones obtenidas por el estudiante en sus estudios en la Institución.

Probatoria Académica La Norma de Progreso Académico Satisfactorio establece un proceso formal a través del cual se puede identificar a los estudiantes que estén atravesando dificultades académicas para proveerles la ayuda necesaria. 1. Todo estudiante que al finalizar un año de estudios no cumpla con los

requisitos académicos establecidos en la tabla correspondiente a su programa tendrá el beneficio de una probatoria automática. Esta norma será aplicable siempre que el año anterior al de la evaluación el progreso académico sea satisfactorio.

2. Un estudiante en probatoria académica automática que no obtuvo progreso académico satisfactorio, y enfrente dificultades académicas por segundo año consecutivo, podrá solicitar una consideración para extensión de probatoria académica al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, antes de comenzar el siguiente semestre académico. De ser aprobada, podrá utilizar los fondos de los programas de ayudas económicas federales o estatales administradas por la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica para financiar los estudios.

3. Un estudiante al cual su Solicitud de Extensión de Probatoria no fue aprobada o que no presente evidencia de alguna situación crítica, podrá

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matricularse sin utilizar los programas de ayudas económicas federales o estatales administradas por la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica para financiar los mismos, siempre y cuando el estudiante pueda obtener el progreso académico requerido por la NPAS.

4. El estudiante que solicita admisión en transferencia de otra institución y que no cumple con los requisitos de admisión deberá ser evaluado por la Escuela a la cual desea ingresar.

5. Todo estudiante que solicita readmisión se evaluará de acuerdo a la NPAS. Su elegibilidad a los fondos de los programas de ayudas económicas federales o estatales administradas por la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica dependerá de su progreso académico.

Suspensiones Un estudiante que haya disfrutado del beneficio de una probatoria automática y una probatoria académica extendida, y no haya superado sus deficiencias académicas será suspendido por un año.

1. Un estudiante suspendido por deficiencia académica por segunda ocasión

podrá solicitar una apelación (para extender su período probatorio) al Comité de Apelaciones de la NPAS si entiende que su progreso académico se afectó por una situación crítica que le impidió cumplir con las normas institucionales.

2. Un estudiante suspendido por segunda ocasión por deficiencia académica y que no se le apruebe una reconsideración de apelación permanecerá en estatus de suspensión académica permanente.

3. Un estudiante suspendido por deficiencia académica no será elegible para recibir los beneficios de los programas de asistencia económica, a menos que medie una reconsideración del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o una resolución del Comité de Apelación a su favor. Se tomará en consideración para la elegibilidad a las ayudas económicas si puede obtener el progreso académico requerido al finalizar el año de probatoria.

4. El estudiante que no solicitó al Comité de Apelaciones al momento de la suspensión y que presenta una situación crítica cuando regresa en readmisión podrá solicitar la Extensión de Probatoria o al Comité de Apelaciones llenando la solicitud y enviando la evidencia de la situación. Como parte de la evaluación del caso se tomará en consideración la posibilidad de superar su estatus de suspensión para determinar la utilización de ayudas económicas a las que cualifique.

5. El estudiante que no solicitó Extensión de Probatoria y que no tiene evidencia de una situación crítica según, cuando regresa en readmisión después de cumplir un año fuera de la Institución será identificado como estudiante en probatoria y no será elegible a las ayudas económicas. Su elegibilidad a las ayudas económicas dependerá de su progreso académico en el período de probatoria.

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6. Si el estudiante solicitó apelación y no se matriculó, su caso será reevaluado en el momento que solicite la readmisión.

7. Las instituciones del SUAGM no le acreditarán a ningún estudiante cursos, diplomas o grados que apruebe en otras instituciones durante el tiempo en que estuvo suspendido.

8. El Comité de Apelaciones podrá aprobar un periodo de probatoria extraordinaria utilizando las ayudas económicas a las que cualifique durante un término adicional al estudiante que le corresponda una suspensión o excede el 150% de los créditos de su programa de estudios, pero completa los requisitos de graduación en dicho término.

9. La suspensión otorgada a los estudiantes que son suspendidos por deficiencia académica por segunda vez es definitiva.

Extensión de Probatoria El estudiante tiene el derecho a solicitar una extensión de probatoria al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles si entiende que posee progreso académico y que la determinación institucional se debe a un error administrativo o que durante el año académico existió una situación crítica que le impidió obtener el progreso académico satisfactorio establecido por la Institución. Para los fines de esta norma las situaciones críticas a considerarse para conceder al estudiante el beneficio de extenderle una probatoria académica y continuar recibiendo las ayudas económicas son: 1. Enfermedad del estudiante o miembro de la familia corroborada mediante

certificación médica. 2. Crisis económica personal o familiar (por ejemplo; pérdida de empleo). 3. Situaciones que afecten al grupo familiar (divorcio, separación, muerte). Al momento de evaluar el caso, el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles tomará en consideración si el estudiante tiene probabilidades de superar el estatus de suspensión académica para ese término. Apelaciones El estudiante tiene el derecho de apelar ante el Comité de Apelación la determinación institucional sobre su condición si entiende que posee progreso académico y que la determinación institucional se debe a un error administrativo o que durante el año académico existió una situación crítica que le impidió obtener el progreso académico satisfactorio establecido por la Institución.

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Para los fines de esta norma las situaciones críticas a considerarse para conceder al estudiante el beneficio de extenderle una probatoria académica y continuar recibiendo las ayudas económicas son: 1. Enfermedad del estudiante o miembro de la familia corroborada mediante

certificación médica. 2. Crisis económica personal o familiar (por ejemplo, pérdida de empleo). 3. Situaciones que afecten al grupo familiar (divorcio, separación, muerte).

El Comité de Apelación está compuesto por los siguientes representantes: Registrador, Representante de la Vicerrectoría Auxiliar de Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil, Director de la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica. El Comité será presidido por el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o su representante.

Restablecimiento de ayudas Se podrá restablecer la ayuda económica en los siguientes casos: 1. El estudiante que sometió una solicitud de Extensión de Probatoria y la

misma fue considerada favorablemente por el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles.

2. El estudiante que sometió una Solicitud de Apelación y la misma fue considerada favorablemente.

En ambos casos será elegible para ayuda económica en el semestre en que se matricule, si cualifica. Ello estará sujeto a que no haya prescrito la fecha límite establecida por el gobierno federal para la asignación de ayudas. Mediante la carta de notificación, enviada por el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, respecto a la determinación tomada sobre la Solicitud de Extensión o Apelación, la Oficina de Admisiones y Asistencia Económica restablecerá la ayuda económica al estudiante. La carta de notificación será parte del expediente del estudiante.

El estudiante que no tenía progreso académico satisfactorio al comenzar el año académico y logró progreso académico durante ese año será elegible a las ayudas económicas en el próximo semestre en que se matricule si cualifica. El Progreso Académico se determina mediante el informe de progreso académico satisfactorio, producido por el Registrador.

Todo estudiante que descontinúe los estudios en la universidad y sea readmitido se evaluará de acuerdo a la NPAS para determinar así su elegibilidad para utilizar las ayudas económicas.

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POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES Normas de Orden Institucional Este código tiene el propósito de informar a los estudiantes, tanto presenciales como virtuales, las normas de comportamiento. Será responsabilidad de todo estudiante conocer y cumplir con estas disposiciones y las normas de orden institucional de manera que se mantenga un ambiente propio para el aprendizaje. Faltas Los casos relacionados con la desobediencia a las normas, políticas, disposiciones reglamentarias, estatutos, y reglas de conducta para los estudiantes se calificarán en las siguientes categorías: a. falta leve – es la que comete un estudiante y que a juicio de un profesor,

oficial o empleado de la universidad afecta parcialmente el orden institucional. b. falta grave – es la que comete un estudiante que afecta adversamente el

orden institucional. Se considerarán como faltas graves, entre otras:

Cualquier conducta que cause daños a la propiedad institucional

Utilización de lenguaje ofensivo, falta de respeto, insulto, amenaza de agresión, intento o agresión a funcionarios, profesores y/o estudiantes.

Desobediencia o negación a cumplir instrucciones dadas por los asociados de la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual

Distribuir o publicar material informativo vía correo electrónico sin la autorización del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles.

Distribuir propaganda de carácter político-partidista

Cualquier conducta que interfiera en las actividades de la universidad y la labor docente, entiéndase por éstas: clases, tutorías, investigaciones y otros.

Falsificación de documentos oficiales, tales como: informe de notas, cartas en las cuales se conceden permisos, formularios de baja, de matrícula, expedientes académicos u otros documentos oficiales.

Falsificación de firmas autorizadas.

Violación a las reglamentaciones institucionales, leyes de Puerto Rico, Estados Unidos e internacionales al acceder a las páginas de la Internet, correo electrónico u otros medios para actividades ajenas a las labores académicas.

Acceso internacional al sistema computadorizado de la institución a personas no autorizadas, incluyendo informar el número de cuenta propio a otra persona, informar el número de cuenta o contraseña de un estudiante al profesor o a una tercera persona; alterar o indagar el número de cuenta o

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contraseña de otros usuarios sin autorización e interrumpir el acceso al sistema de computadoras.

Desobediencia o violación a las condiciones de probatoria y/o sanciones impuestas de acuerdo a los procedimientos establecidos en este código.

Cualquier otro delito que esté contemplado en las leyes sobre delitos cibernéticos.

Procedimiento Disciplinario El representante de la universidad comunicará al estudiante la falta leve cometida que viola el Código y sancionará al mismo con una reprimenda o con medidas correctivas. De continuar el comportamiento inapropiado, el representante de la universidad notificará al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles.

Los casos en los cuales se comete una o más faltas graves los atenderá el Consejo de Disciplina. Éste se compone de dos representantes del área administrativa y dos del área académica. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles podrá iniciar una investigación previa e iniciar un proceso disciplinario por derecho propio al recibir un informe de un miembro de facultad, oficial, empleado o estudiante de la institución sobre cualquier acto cometido que se considere falta grave. a. El proceso disciplinario se inicia con la radicación del caso por el Vicerrector

de Asuntos Estudiantiles. b. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles podrá suspender provisionalmente a

cualquier estudiante contra quien se radique una queja formal. Dicha suspensión provisional no excederá de quince (15) días laborables. Por suspensión provisional se entiende la prohibición inmediata de tomar las clases y de participar de actividades institucionales.

c. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles convocará al Consejo de Disciplina a

una reunión no más tarde del quinto (5to) día laborable, luego de la radicación de la queja formal, para informar a los miembros del contenido de la misma y recibir los planteamientos del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles.

d. El Consejo de Disciplina celebrará una vista administrativa donde

entrevistará al querellante, estudiante, testigos y en la cual se presentará la evidencia recopilada. El estudiante tendrá la oportunidad de asistir en forma presencial o cibernética con el propósito de comentar la evidencia existente y de ofrecer prueba oral, escrita o física y referir testigos, así como explicar su posición ante la querella. De no contestar el estudiante la citación y no presentar excusa alguna que lo justifique, se entenderá que el querellado

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acepta los hechos y se procederá con el proceso investigativo y se tomarán las decisiones disciplinarias correspondientes.

e. La vista no deberá extenderse más de quince (15) días laborables. El

Consejo de Disciplina deberá tomar una determinación conforme a la prueba sometida. En caso de que el fallo sea de no falta, se archivará el expediente y se dejará sin efecto en el acto cualquier suspensión provisional adoptada. El Consejo notificará la determinación al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles y este al estudiante.

f. En caso de que el Consejo emita un fallo que determine falta grave, dictará

una resolución y notificará a la Rectora y al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles la sanción correspondiente. La Rectora o el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, notificará por escrito con acuse de recibo al estudiante la determinación del Consejo y la sanción impuesta, advirtiéndole su derecho de apelar ante el Consejo Administrativo dentro del término establecido por el Código.

g. La resolución escrita que determine el Consejo de Disciplina deberá

contener una relación breve de los hechos, el artículo o cláusula del Código que viola la falta cometida, la sanción aplicada y la firma de la persona designada para notificar la resolución.

Sanciones Disciplinarias Las sanciones por una falta grave podrán ser: 1. Amonestación escrita en la cual se detalle la falta incurrida. 2. Establecer un periodo probatorio por un tiempo definido. Este periodo podrá

ser revocado con el visto bueno del Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o el Rector, si el estudiante no cumpliese con las condiciones específicas establecidas.

3. Restitución – compensación por pérdidas y/o daños incurridos a la universidad.

4. Suspensión de todos o algunos de los derechos como estudiante por un término fijo, dentro del semestre en curso.

5. Suspensión por el semestre en curso. 6. Suspensión por el año académico en curso o por un término mayor 7. Más de una de las sanciones anteriormente enumeradas. 8. Expulsión de la institución. Cuando la sanción impuesta por el Consejo de Disciplina es una suspensión por el semestre en curso, el año académico o permanente, el Consejo deberá informar esta determinación al Decano de la Escuela a la cual pertenece el estudiante y a los profesores de los cursos en los cuales está matriculado.

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El estudiante que haya sido suspendido por el semestre en curso o el año académico deberá solicitar una readmisión y deberá ser entrevistado por el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o su representante. De haber tomado cursos en otra institución universitaria durante el periodo en que estuvo suspendido, éstos no serán convalidados en la Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual. La reincidencia en los hechos probados que conlleven suspensión por el semestre o el año académico constituirá fundamento para la expulsión permanente. La decisión del Consejo de Disciplina será final y podrá ser apelada por el estudiante vía correo regular o electrónico dentro del término de quince (15) días laborables ante el Consejo Administrativo, debiendo remitir copia de la apelación dentro de dicho periodo al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, así como al Consejo de Disciplina. La decisión del Consejo Administrativo será una final, firme e inapelable. Infracciones Académicas a la Política de Integridad Académica Se definen como infracciones académicas a la Política de Integridad Académica lo siguiente:

a) falta de honradez, incluyendo fraude y plagio, en relación con la labor académica. Algunos ejemplos son:

permitir que otra persona investigue y escriba su trabajo o haga sus exámenes y/o proyectos asignados.

presentar como propio el conocimiento ajeno o desarrollado por terceros, aun tratándose de fuentes electrónicas.

poseer notas, hojas de estudio y material durante un examen u otro ejercicio académico cuando éstas no son autorizadas.

b) Se considera plagio presentar las ideas, investigación o los escritos de

otros como propios. Las faltas relacionadas con la Política de Integridad Académica serán sancionadas de acuerdo a los reglamentos académicos existentes. Aplicabilidad del Código de Conducta Todos los estudiantes están obligados a cumplir con este código. El desconocimiento del mismo no podrá ser utilizado como excusa para evitar la aplicación de las normas correspondientes.

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Política de Hostigamiento Sexual RH-01-047-001 Es política del SUAGM propiciar para los estudiantes, la facultad y todo el personal, un ambiente de aprendizaje y trabajo responsable. El SUAGM no fomenta, tolera, ni permite el hostigamiento sexual, ya que al igual que otros tipos de discrimen, el hostigamiento sexual en el empleo o en el ambiente de estudio viola esta política y disposiciones locales y federales. Cualquier miembro del personal o estudiante que observe conducta de hostigamiento sexual incurre en violación a las normas y políticas del SUAGM, así como a leyes federales y locales vigentes, estará expuesto a medidas disciplinarias que podrán conllevar la separación, expulsión o despido de las instituciones. Definición El hostigamiento sexual se define como cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado, requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o física, de naturaleza sexual, que el empleado o estudiante deba cumplir para obtener beneficio de empleo o estudios, o cuya conducta tenga el propósito o efecto de interferir de manera irrazonable con el desempeño del trabajo o estudio de una persona, creándole así un ambiente intimidante, hostil u ofensivo. Curso de Acción Si usted considera que ha sido víctima de hostigamiento sexual mediante conducta que le moleste, debe notificar al hostigador que su conducta es ofensiva, no deseada y requerir que no se repita en un futuro. Aquel miembro del personal o estudiante que considere que ha sido objeto de una acción de hostigamiento sexual deberá notificar al Decano de la Escuela, Vicerrector de Asuntos Estudiantiles, Director de la unidad de la que esté adscrito o al representante de Recursos Humanos para que éste pueda tomar acción inmediata al respecto. Es deber de todo empleado y estudiante informar cualquier acto de naturaleza sexual no deseado dirigido a él o ella, o que haya presenciado en su lugar de estudio o trabajo, o del que haya recibido información. La información recibida durante la investigación de una querella de hostigamiento sexual se mantendrá tan confidencial como sea posible, aclarando que algunos hechos requieren ser divulgados durante la investigación, así como también durante la tramitación de alguna acción legal de instarse la misma.

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Toda investigación y resolución de una querella de hostigamiento sexual será conducida por un comité compuesto por dos personas debidamente facultadas y adiestradas para atender el asunto, disponiéndose que los miembros del Comité no serán personas que estén bajo el poder o control del(a) alegado(a) hostigador(a). Procedimiento 1. Un estudiante deberá notificar al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o al

Decano de la Escuela a la cual pertenece si entiende que ha sido víctima de hostigamiento sexual.

2. La querella podrá presentarse mediante llamada telefónica, tramitarla a

través de un facsímil o electrónicamente con el debido formulario. En la misma se deberá incluir el nombre y apellido de la parte querellante, que es aquella persona que radica la querella, la identidad de los testigos que pudieran tener conocimiento de los hechos, y una relación de los hechos con expresión específica de la fecha o fechas de los sucesos.

3. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o en su defecto, el representante de

Recursos Humanos del SUAGM activará un comité constituido por dos (2) personas, de los cuales, al menos uno (1) será un representante de la oficina de Recursos Humanos. El comité conducirá una investigación justa e imparcial.

4. El querellado podrá, dentro de un término no mayor de cinco (5) días

laborables, presentar una contestación escrita sobre las alegaciones de la querella.

5. De justificarse, el SUAGM podrá tomar medidas provisionales mientras se

finaliza la investigación de la querella, sin ello implicar que adjudique a favor de una u otra parte los hechos alegados.

6. Finalizada la investigación, el comité rendirá un informe con

recomendaciones para la determinación del Vicepresidente de Recursos Humanos o el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles.

7. El Vicepresidente de Recursos Humanos o el Vicerrector de Asuntos

Estudiantiles evaluará el informe rendido por el comité y en un término no mayor de diez (10) días laborables, emitirá su determinación que será notificada, tanto al querellante como querellado. Cuando se trate de un estudiante, la información a ofrecerse a las demás partes estará sujeta a las restricciones que impone el “Family Educational Rights and Privacy Act” (FERPA).

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8. Si el querellante determinase no participar en la investigación iniciada o decidiera retirarse de la misma, el proceso investigativo continuará hasta el final donde se podrá tomar en consideración la falta de interés del querellante así como toda evidencia posible.

9. Si se determina que un miembro de facultad, estudiante o asociado del

SUAGM ha incurrido en conducta de hostigamiento sexual, se aplicarán las medidas correctivas que cumplan con la política y las normas adoptadas por el SUAGM.

10. Los términos de tiempo adoptados en esta política son directivos para

viabilizar que el SUAGM lleve a cabo los procesos de rigor, mas no son de cumplimiento estricto. Los términos pueden variar dependiendo de la complejidad de cada caso.

11. El proceso de investigación es uno informal y administrativo, por lo que no se

permitirá que las partes estén representadas por abogados. Apelación De no estar de acuerdo con el resultado de la investigación y solución de la querella presentada, tanto el querellante como el querellado podrán presentar un recurso de apelación en la oficina del Presidente del SUAGM en un periodo de cinco (5) días laborables a partir de la notificación de la resolución de la querella. El recurso de apelación será evaluado por el Presidente del SUAGM, o de éste no estar disponible, lo atenderá uno de los Rectores que no sea de la institución a la que pertenezcan los involucrados. El Presidente o Rector designado tendrá acceso a toda la información recopilada durante la investigación y evaluará la misma, pudiendo ratificar, enmendar o revocar las recomendaciones antes tomadas.

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Uso Aceptable de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones -14-2006 El propósito de esta política es definir el uso aceptable general de los recursos informáticos en el Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM). El SUAGM está comprometido con la protección de sus estudiantes, facultad y asociados, de acciones ilegales o perjudiciales. Los sistemas de Internet / Intranet / Extranet deben ser utilizados para propósitos académicos del SUAGM y de nuestros estudiantes, facultad y asociados en el curso normal de las operaciones. Es la responsabilidad de los usuarios de los recursos informáticos conocer las pautas y conducir sus actividades conforme a las mismas. Esta política se aplica a todos los usuarios de los sistemas informáticos en el SUAGM, tales como: estudiantes, facultad, asociados, consultores y empleados temporeros, incluyendo todo el personal afiliado con socios externos. Disposiciones Generales a) Los estudiantes, asociados y facultad son responsables de ejercer el buen

juicio en el uso de los sistemas de computadoras. b) La Oficina de Seguridad de Información y Tecnológica recomienda que

cualquier información que los usuarios consideran sensible o vulnerable esté cifrada utilizando los mecanismos que recomiende el personal técnico del SUAGM.

c) Por motivos de seguridad y/o mantenimiento de la red, el personal autorizado del SUAGM puede monitorear el equipo, sistemas y tráfico de la red en cualquier momento con o sin previo aviso.

d) El uso de un PDA personal propiedad del estudiante, asociado o facultad es permitido, pero el SUAGM no se hace responsable de este equipo y/o de su configuración.

Seguridad a) El acceso de los usuarios y la utilización de la información contenida en

sistemas de Internet / Intranet / Extranet se deben clasificar como confidenciales o públicas. El usuario debe ejercer juicio razonable y mantener las pautas de confidencialidad. Los estudiantes, facultad y asociados deben tomar las medidas necesarias para prevenir el acceso no autorizado a esta información.

b) Mantenga sus contraseñas seguras y no las comparta. Los usuarios autorizados son responsables de la seguridad de sus cuentas y contraseñas.

c) Los estudiantes, facultad y asociados deben asegurarse de no utilizar correo electrónico del SUAGM como identificador cuando escriban en cualquier

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“newsgroup” o blog a menos que dicho escrito esté relacionado con sus funciones.

d) Los estudiantes, facultad y asociados deben de ser precavidos al abrir anejos incluidos en correos electrónicos, en especial si son recibidos de personas desconocidas, ya que pueden contener códigos maliciosos.

Actividades en general prohibidas La siguiente lista incluye, pero no limita una definición de actividades de uso inaceptable: 1. Actividades que violen los derechos de cualquier persona o compañía

protegidos por los derechos de autor, secretos comerciales, patente u otra característica intelectual, o las leyes o regulaciones similares, incluyendo pero no limitada a, la instalación o la distribución de programas pirateados u otros productos de software que no son licenciados apropiadamente para su uso por el SUAGM.

2. El copiado no autorizado de material protegido por derechos de autor,

incluyendo pero no limitados a digitalización y la distribución de fotografías de revistas, de libros o de otras fuentes protegidas por los derechos de autor, música, programas para el cual SUAGM o el usuario no tiene una licencia activa.

3. La exportación de programas, información técnicas y programas de cifrado o

tecnología, en violación de las leyes internacionales o regionales que controla dicha exportación.

4. Insertar código malicioso en la red, estaciones de trabajo o servidores. 5. Revelar su cuenta o contraseña o permitir el uso de la misma por otras

personas. 6. La utilización de cualquier recurso informático del SUAGM para generar o

distribuir cualquier material que esté en violación de leyes en contra del hostigamiento sexual u hostigamiento laboral.

7. Hacer ofertas fraudulentas de artículos o productos utilizando la cuenta de

correo electrónica provista por el SUAGM. 8. El uso de los recursos informáticos del SUAGM para llevar a cabo ataques

cibernéticos en el propio sistema o hacia la Internet.

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9. Proveer información de los estudiantes, facultad o asociados a entidades

externas sin la debida autorización. Correos Electrónicos El SUAGM provee a todos sus estudiantes, asociados y facultad con una dirección de correo electrónico para la transmisión de información. Es responsabilidad del usuario hacer buen uso del mismo y evitar usos indebidos cumpliendo con esta política. Deberes y Responsabilidades Los usuarios del SUAGM con acceso a los recursos de los sistemas de información se deben regir en todo momento por las leyes de los Estados Unidos de América y Puerto Rico, incluyendo pero no limitado, a los derechos de autor, las leyes que rigen comunicaciones, además de los derechos de privacidad de los demás. Se prohíbe toda actividad ilegal o cualquier otra actividad que intercepte o interrumpa el uso de las computadoras o la red. Acciones Disciplinarias Cualquier estudiante, facultad o asociado que viole esta política puede estar sujeto a la acción disciplinaria, según el Código de Conducta para los estudiantes o el Manual del Asociado para el personal administrativo y facultad del SUAGM.

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Procedimiento de Investigación de Querellas La Universidad Ana G. Méndez-Campus Virtual tiene la responsabilidad y el compromiso de mantener un ambiente que permita el aprendizaje siguiendo las pautas de comportamiento apropiadas. La intención del proceso de atender querellas es resolver una situación crítica. El procedimiento se iniciará con una investigación de los hechos y finalizará con una determinación escrita al querellante y querellado. El mismo se establece para la resolución de querellas en los casos en los cuales un estudiante considere que se ha cometido una conducta inadecuada en su contra de parte de un asociado del personal universitario en una relación no académica.

Los casos en que un estudiante presenta una conducta impropia serán procesados según lo establecido en el Código de Conducta Estudiantil. De considerar el estudiante que sus derechos han sido afectados por un miembro de la facultad en una relación académica, éste deberá comunicarse con el (la) Decano(a) de la Escuela al cual pertenece el profesor. El (La) Decano(a) de la Escuela procederá a atender la misma.

Las querellas por hostigamiento sexual seguirán el procedimiento que contiene la Política sobre el Hostigamiento Sexual en el Sistema Universitario Ana G. Méndez.

Procedimiento a. La querella se presenta al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o su

representante dentro de un término de quince (15) días calendario, desde ocurrida la situación que da lugar a la misma. El estudiante radica la querella por escrito en el formulario de Radicación de Querella. Puede tramitarse la misma vía correo electrónico, fax o por correo regular. Ésta debe contener una redacción breve de los hechos, la fecha y lugar donde ocurrieron los mismos, nombre del querellado o de la unidad de la cual se querella, nombre de testigos, evidencia que sustente el agravio y la firma del querellante.

b. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles o su representante nombrará un

Comité Investigador. El comité estará integrado por un representante del personal administrativo de la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles y un representante de la Vicepresidencia Auxiliar de Recursos. El Comité es responsable de comunicarse con el estudiante y las partes involucradas ofreciendo igualdad de oportunidad para que éstos expongan los hechos. Además, deberá revisar y analizar las evidencias que sustenten o refuten los hechos. Si de la misma investigación surge alguna posible violación a las normas institucionales, éste referirá el caso a la atención de la Vicepresidencia de Recursos Humanos para el procesamiento bajo la reglamentación existente.

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c. El Comité Investigador deberá finalizar la investigación y resolución de la

querella en un término de quince (15) días calendario luego de haberse recibido la misma.

d. El Vicerrector de Asuntos Estudiantiles evaluará el informe rendido por el

comité en un término no mayor de diez (10) días calendario, emitirá una determinación final, la que será notificada dentro del mismo término, tanto al querellante como al querellado.

e. En las situaciones que proceda se tomarán medidas disciplinarias y

correctivas pertinentes, las cuales dependerán del resultado de la investigación y de las disposiciones reglamentarias aplicables.

f. Si el estudiante no está de acuerdo con la determinación tomada, éste

puede solicitar una apelación por escrito al Rector dentro de un término de diez (10) días calendario posterior a la fecha en la cual fue emitida la determinación. El Rector revisará la querella y entrevistará al querellante, tomando una determinación no más tarde de quince (15) días calendario luego de presentada la misma. La decisión del Rector será una final e inapelable.

Disposiciones Generales 1. El comité deberá mantener la información confidencial en todo lo que sea

posible y actuar de forma objetiva e imparcial. Es importante asegurar que los testigos y el (la) querellante no sean víctimas de represalias por la querella presentada y ser parte del proceso de investigación.

2. Si el querellante determinara no participar en la investigación o decide

retirarse de la misma, el proceso investigativo continuará hasta el final donde se considerará la falta de interés del querellante así como la evidencia disponible.

3. El proceso de investigación es uno informal y administrativo, por lo que no se

permitirán que las partes estén representadas por abogados o representantes legales.

4. Cuando la evidencia recopilada no permite emitir una determinación sobre la

conducta, se tomarán medidas preventivas. 5. El estudiante podrá apelar la decisión tomada al Vicerrector de Asuntos

Estudiantiles. El Vicerrector hará una investigación y repasará los hallazgos e informará al estudiante por escrito sobre la decisión tomada. La decisión del Vicerrector es una final y no podrá ser apelada.