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UNE-EN 13241-1 norma española Febrero 2004 TÍTULO Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Norma de producto Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos Industrial, commercial and garage doors and gates. Product standard. Part 1: Products without fire resistance or smoke control characteristics. Portes et barrières industrielles, commerciales et de garage. Norme de produit. Partie 1: Produits sans caractéristiques coupe-feu, ni pare-fumée. CORRESPONDENCIA Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 13241-1 de julio de 2003. OBSERVACIONES ANTECEDENTES Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 85 Cerramientos de Huecos en Edificación y sus Accesorios cuya Secretaría desempeña ASEFAVE. Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 8794:2004 LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A: 29 Páginas AENOR 2004 Reproducción prohibida C Génova, 6 28004 MADRID-España Teléfono 91 432 60 00 Fax 91 310 40 32 Grupo 19 AENOR AUTORIZA EL USO DE ESTE DOCUMENTO A MANUEL CURROS

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Diseño de puertas industriales.

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UNE-EN 13241-1 norma española

Febrero 2004 TÍTULO

Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Norma de producto Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos Industrial, commercial and garage doors and gates. Product standard. Part 1: Products without fire resistance or smoke control characteristics. Portes et barrières industrielles, commerciales et de garage. Norme de produit. Partie 1: Produits sans caractéristiques coupe-feu, ni pare-fumée.

CORRESPONDENCIA

Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 13241-1 de julio de 2003.

OBSERVACIONES

ANTECEDENTES

Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 85 Cerramientos de Huecos en Edificación y sus Accesorios cuya Secretaría desempeña ASEFAVE.

Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 8794:2004

LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:

29 Páginas

AENOR 2004 Reproducción prohibida

C Génova, 6 28004 MADRID-España

Teléfono 91 432 60 00 Fax 91 310 40 32

Grupo 19

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NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM

EN 13241-1

Julio 2003 ICS 91.090

Versión en español

Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Norma de producto

Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos

Industrial, commercial and garage doors and gates. Product standard. Part 1: Products without fire resistance or smoke control characteristics.

Portes et barrières industrielles, commerciales et de garage. Norme de produit. Partie 1: Produits sans caractéristiques coupe-feu, ni pare-fumée.

Tore. Produktnorm. Teil 1: Produkte ohne Feuer- und Rauchschutzeigenschaften.

Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 2003-06-12. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales, pueden obtenerse en la Secretaría Central de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada a la Secretaría Central, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.

CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN

European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung

SECRETARÍA CENTRAL: Rue de Stassart, 36 B-1050 Bruxelles

2003 Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.

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EN 13241-1:2003 - 4 -

ÍNDICE

Página ANTECEDENTES............................................................................................................................ 6 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................ 7 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ...................................................................... 7 1.1 Generalidades ................................................................................................................... 7 1.2 Exclusiones........................................................................................................................ 7 1.3 Aplicaciones específicas ................................................................................................... 8 2 NORMAS PARA CONSULTA....................................................................................... 8 3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES.................................................................................... 10 4 REQUISITOS................................................................................................................... 10 4.1 Generalidades ................................................................................................................... 10 4.2 Aspectos mecánicos .......................................................................................................... 10 4.2.1 Generalidades ................................................................................................................... 10 4.2.2 Fuerza para maniobra manual ....................................................................................... 10 4.2.3 Resistencia mecánica........................................................................................................ 10 4.2.4 Durabilidad mecánica...................................................................................................... 11 4.2.5 Geometría del acristalamiento/componentes de vidrio ................................................. 11 4.2.6 Protección contra el corte................................................................................................ 11 4.2.7 Protección contra el tropiezo........................................................................................... 11 4.2.8 Aperturas seguras ............................................................................................................ 11 4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas .................................................................................... 11 4.3 Maniobra motorizada ...................................................................................................... 11 4.3.1 Generalidades ................................................................................................................... 11 4.3.2 Protección contra el aplastamiento, cizallamiento y arrastre ...................................... 12 4.3.3 Fuerzas de maniobra........................................................................................................ 12 4.3.4 Seguridad eléctrica........................................................................................................... 12 4.3.5 Compatibilidad electromagnética (CEM) ...................................................................... 12 4.3.6 Requisitos alternativos..................................................................................................... 13 4.3.7 Mejora de las puertas de maniobra manual .................................................................. 13 4.4 Requisitos adicionales para características específicas de prestación ......................... 14 4.4.1 Generalidades ................................................................................................................... 14 4.4.2 Estanquidad al agua......................................................................................................... 14 4.4.3 Resistencia a la carga de viento....................................................................................... 14 4.4.4 Ruido ................................................................................................................................. 15 4.4.5 Resistencia térmica........................................................................................................... 15 4.4.6 Permeabilidad al aire....................................................................................................... 15 4.4.7 Durabilidad de las características de prestación ........................................................... 15 4.5 Instrucciones para instalación, maniobra y mantenimiento ........................................ 15 5 MARCADO Y ETIQUETADO....................................................................................... 15 6 EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD ................................................................... 16 6.1 Generalidades ................................................................................................................... 16 6.2 Ensayo inicial de tipo ....................................................................................................... 16 6.3 Ensayo in situ .................................................................................................................... 16 6.4 Control de producción ..................................................................................................... 17

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ANEXO A (Informativo) FORMULARIO PARA LA DESIGNACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PRESTACIONES ................................... 18 ANEXO B (Informativo) PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE VALORES PARA RESISTENCIA TÉRMICA.................... 19 B.1 Introducción ..................................................................................................................... 19 B.2 Procedimiento................................................................................................................... 19 ANEXO C (Informativo) FACTORES DE SEGURIDAD A TENER EN CUENTA EN EL DISEÑO DE PUERTA EN RELACIÓN A SU RESISTENCIA A LA CARGA DE VIENTO........................ 21 ANEXO ZA (Informativo) RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN................. 22 ZA.1 Capítulos de esta norma europea relativos a los requisitos esenciales de la Directiva “Productos de Construcción” ................................................................ 22 ZA.2 Procedimientos de verificación de la conformidad de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ................................................................................... 23 ZA.2.1 Generalidades ................................................................................................................... 23 ZA.2.2 Procedimiento de acuerdo con el Sistema 3 ................................................................... 23 ZA.3 Marcado CE y etiquetado................................................................................................ 25 ANEXO ZB (Informativo) RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA DE MÁQUINAS ..................................... 27 ANEXO ZC (Informativo) RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA EMC ........................................................ 28 BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................................... 29

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ANTECEDENTES

Esta Norma Europea EN 13241-1:2003 ha sido elaborada por el Comité Técnico CEN/TC 33 Puertas, ventanas, persianas y herrajes, cuya Secretaría desempeña AFNOR. Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a la misma o mediante ratificación antes de finales de enero de 2004, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deben anularse antes de finales de abril de 2005. Esta norma forma parte de una serie de normas de productos para puertas industriales, comerciales, de ga-raje y portones con o sin características de resistencia al fuego o control de humos (véase la Bibliografía). Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Cambio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas. Para la relación con las Directivas UE véanse los anexos informativos ZA, ZB y ZC que forma parte integrante de esta norma. Los anexos A y C son informativos. El anexo B es normativo. Este documento incluye una bibliografía. No existe norma europea a sustituir. De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, están obligados a adoptar esta norma europea los organismos de normalización de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.

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INTRODUCCIÓN Con la finalidad de clarificar los propósitos de esta norma europea y evitar dudas cuando se lea, se ha supuesto en su elaboración, que: a) Los componentes sin requisitos específicos son:

− diseñados de acuerdo con la práctica usual de la ingeniería y los códigos de cálculo, incluyendo todas las modali-dades de fallo;

− de construcción eléctrica y mecánica sólida;

− fabricados a partir de materiales con adecuada resistencia y calidad de idoneidad;

− los riesgos eléctricos son tratados de acuerdo con las normas de seguridad eléctrica, tales como la Norma Euro-pea EN 60204-1;

b) los componentes están cuidados con buenas reparaciones y orden de trabajo, de tal manera que las características

requeridas se mantengan a lo largo de una duración razonable a pesar del desgaste; c) con la excepción de los temas relacionados a continuación, un mecanismo mecánico se construye de acuerdo con la

buena práctica y los requisitos de esta norma europea:

− pueden darse negociaciones entre el fabricante y el suministrador en referencia a condiciones particulares para el uso y lugares de uso para la puerta en relación a salud y seguridad;

− el lugar de uso/instalación debe ser correctamente clarificado;

− el lugar de uso/instalación debe permitir un uso seguro de la puerta. Estas presunciones no disminuyen la necesidad de una adecuada información para el uso en esta norma europea. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Generalidades

Esta norma europea especifica los requisitos de seguridad y prestaciones para puertas, portones y barreras, destinadas a instalarse en áreas accesibles a las personas y cuyo principal objetivo es dar seguridad de acceso a mercancías y vehículos acompañados de personas en locales industriales, comerciales o en garajes de viviendas. Esta norma europea también incluye las puertas comerciales tales como persianas enrollables y rejas enrollables cuando se usan como puertas de locales de venta al por menor, que están preparadas principalmente para el acceso de personas más que para vehículos y mercancías. Estas puertas pueden incluir puertas de paso incorporadas en la hoja de puerta que están también cubiertas por esta norma europea. Estos dispositivos pueden ser operados manualmente o motorizados. Esta norma europea no cubre la maniobra en entornos en los que perturbaciones electromagnéticas están fuera de la banda de lo especificado en la Norma Europea EN 61000-6-3.

1.2 Exclusiones

Esta norma europea no se aplica a los siguientes equipamientos que están destinados a un uso diferente:

− puertas de esclusas y de diques;

− puertas de ascensores;

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− puertas de vehículos;

− puertas blindadas;

− puertas principalmente para la retención de animales;

− telones de teatro;

− puertas peatonales de movimiento horizontal maniobradas manualmente con una dimensión de hoja menor de 6,25 m2;

− puertas de movimiento horizontal motorizadas de una superficie menor de 2,5 m de ancho y 6,25 m2 de superficie, diseñadas principalmente para uso de peatones, de acuerdo con el proyecto de Norma prEN 12650-1;

− puertas giratorias de cualquier dimensión;

− barreras de ferrocarril;

− barreras de uso exclusivo para tráfico de vehículos. Esta norma europea no contiene elementos radioeléctricos de puertas. En caso de utilización de un dispositivo de maniobra radioeléctrica, conviene aplicar además las correspondientes normas ETSI. Esta norma europea no contiene requisitos específicos para puertas con características de resistencia al fuego o control de humos que están cubiertas en el proyecto de Norma prEN 13241-2. Esta norma europea no contiene requisitos específicos sobre ruido emitido por una puerta en relación con la Directiva de Máquinas. Esta norma europea no contiene requisitos específicos para puertas que se mueven porque hay energía almacenada por medios procedentes del esfuerzo humano tal como muelles tensionados manualmente. Esta norma europea no contiene requisitos específicos para puertas de salidas de emergencia. Esta capacidad para abrir la hoja de la puerta con facilidad y seguridad no puede ser normalmente alcanzada por las puertas industriales, comer-ciales y de garaje, debido a sus dimensiones, peso y/o modo de maniobra.

1.3 Aplicaciones específicas

Esta norma también se debería aplicar a las puertas motorizadas que han sido realizadas por la adición de una operación motorizada a una puerta manual ya instalada, respecto a los requisitos relevantes. El anexo ZA no se aplica a esta clase de puertas. Identifica también requisitos y clases de prestaciones en referencia a características complementarias consideradas importantes para su comercialización. Cuando una puerta forma parte de la estructura portante del edificio, pueden aplicarse con carácter voluntario los requisitos de esta norma, además de los requisitos de la estructura portante del edificio, que no tiene relación con esta norma. El anexo ZA no se aplica a esta clase de puertas. 2 NORMAS PARA CONSULTA

Esta norma europea incorpora disposiciones de otras publicaciones por su referencia, con o sin fecha. Estas referencias normativas se citan en los lugares apropiados del texto de la norma y se relacionan a continuación. Para las referencias con fecha, no son aplicables las revisiones o modificaciones posteriores de ninguna de las publicaciones. Para las referencias sin fecha, se aplica la edición en vigor del documento normativo al que se haga referencia (incluyendo sus modificaciones). EN 418 − Seguridad de las máquinas. Equipo de parada de emergencia, aspectos funcionales. Principios para el diseño. EN 1037 − Seguridad de las máquinas. Prevención de una puesta en marcha intempestiva.

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ENV 1991–2-4 − Eurocódigo 1: Bases de proyecto y acciones en estructuras. Parte 2-4: Acciones en estructuras. Acciones del viento. EN 12424:2000 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la carga de viento. Clasificación. EN 12425 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la penetración de agua. Clasificación. EN 12426 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Permeabilidad al aire. Clasificación. EN 12427 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Permeabilidad al aire. Métodos de ensayo. EN 12428 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aislamiento térmico. Requisitos para el cálculo. EN 12433-1 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 1: Tipos de puertas. EN 12433-2 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 2: Componentes de puertas. EN 12444 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la carga de viento. Ensayos y cálculo. EN 12445:2000 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motori-zadas. Métodos de ensayo. EN 12453:2000 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motori-zadas. Requisitos. EN 12489 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la penetración de agua. Método de ensayo. EN 12604:2000 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Requisitos. EN 12605:2000 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Método de ensayo. EN 12635 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso. EN 12978:1997 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Dispositivos de seguridad para puertas y portones motorizados. Requisitos y métodos de ensayo. EN 60204-1:1997 − Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de máquinas. Parte 1: Requisitos generales (CEI 60204-1:1997). EN 61000-6-2 − Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 6: Normas genéricas. Sección 2: Norma genérica de Inmunidad en entornos industriales (CEI 61000-6-2:1999, modificada). EN 61000-6-3 − Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 6: Normas genéricas. Sección 3: Norma de emisión en entornos residenciales, comerciales y de industria ligera (CEI 61000-6-3:1996, modificada). EN-ISO 140-3 − Acústica. Medición del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 3: Medición en laboratorio del aislamiento acústico al ruido aéreo de los elementos de construcción (ISO 140-3:1995). EN ISO 717-1 − Acústica. Evaluación del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 1: Aislamiento a ruido aéreo (ISO 717-1:1996). EN ISO 12567-1 − Comportamiento térmico de ventanas y puertas. Determinación de la transmitancia térmica por el método de la caja caliente. Parte 1: Ventanas y puertas (ISO 12567-1:2000).

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3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Para los propósitos de esta norma, son de aplicación los términos y definiciones dados en las Normas Europeas EN 12433-1 y EN 12433-2 así como los siguientes:

3.1 fuerza de maniobra de la puerta: Fuerza ejercida por la hoja de puerta motorizada cuando entra en contacto con una persona y/o un obstáculo.

3.2 puerta de movimiento vertical: Cualquier puerta en la que el borde de cierre principal permanece paralelo a la tierra o al suelo durante su movimiento.

3.3 puerta de movimiento horizontal: Cualquier puerta en la que el borde de cierre principal permanece perpendi-cular a la tierra o al suelo durante su movimiento. 4 REQUISITOS 4.1 Generalidades

La elección del tipo de puerta y sus especificaciones necesitan hacerse tras tomar en consideración dónde va a ser instalada la puerta y los requisitos de maniobra esperados. Están relacionados con la elección del tipo de puerta la seguridad de uso, la facilidad de uso y la cantidad y frecuencia del mantenimiento, su modo de maniobra, la frecuencia de maniobra, el grado de automatización, la provisión de portillos y la posición de la puerta en el edificio, etc. Tales especificaciones, que pueden incluir requisitos para las características de prestaciones, deben ser demostradas por las normas identificadas en los capítulos siguientes. El fabricante debe declarar los niveles de prestaciones relevantes para su producto, a no ser que esté suministrando para cumplimentar clases particulares o valores de características de prestaciones de resistencia a la penetración de agua, resistencia a la carga de viento, resistencia térmica, permeabilidad al aire, resistencia al fuego o resistencia al humo como haya sido notificado por el suministrador. Las puertas deben ser planeadas, diseñadas y fabricadas de acuerdo con los siguientes requisitos para asegurar una ma-niobra satisfactoria y segura en su situación prevista y bajo las condiciones esperadas de uso y seguro mantenimiento, reparación y desmontaje.

4.2 Aspectos mecánicos 4.2.1 Generalidades. Todas las puertas, operadas manualmente y motorizadas, deben ser planeadas, diseñadas y fabri-cadas de acuerdo con la Norma Europea EN 12604. En particular todas las puertas deben cumplir los siguientes requisitos. 4.2.2 Fuerza para maniobra manual. Los valores máximos para la fuerza de maniobra manual se especifican en la Norma Europea EN 12604:2000, apartado 4.4.1. Los valores máximos de la fuerza para maniobra manual de emergencia debidos a un fallo de potencia o motor se espe-cifican en la Norma Europea EN 12453:2000, apartado 5.3.5. La verificación de la fuerza para maniobra manual debe ser llevada a cabo de acuerdo con el método de ensayo dado en la Norma Europea EN 12605:2000, apartado 5.1.5. 4.2.3 Resistencia mecánica. Las puertas deben diseñarse y fabricarse de acuerdo con la Norma Europea EN 12604:2000, apartados 4.2.2 y 4.2.3, de forma que en una maniobra normal, las fuerzas impuestas, impactos y tensiones no deterioren la puerta ni afecten a sus prestaciones mecánicas. La resistencia mecánica debe ser comprobada de acuerdo con los métodos de ensayo descritos en la Norma Europea EN 12605:2000, apartados 5.1.1 y 5.4.1.

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4.2.4 Durabilidad mecánica. Las prestaciones mecánicas de una puerta deben ser aseguradas, sujetas al mantenimien-to prescrito, para un número de ciclos de maniobra, declarados por el fabricante, de acuerdo con la Norma Europea EN 12604:2000, capítulo 5. La durabilidad mecánica debe ser comprobada de acuerdo con los métodos de ensayo descritos en la Norma Europea EN 12605:2000, apartado 5.2. NOTA − Las influencias de degradación, por ataque químico y/o biológico sobre los componentes, que puedan estar incorporados en la probeta para

el ensayo de durabilidad mecánica, cuando es necesario conseguir características tales como permeabilidad al aire, estanquidad al agua, seguridad de uso, etc, no se toman en consideración. Los componentes son por ejemplo, sellantes, masillas, guarniciones.

4.2.5 Geometría del acristalamiento/componentes de vidrio. Cuando se utilizan materiales transparentes en puertas, éstos no deben llegar a ser peligrosos, si ocurre alguna rotura. Las hojas de puerta que están hechas principalmente de material transparente deben ser fácilmente visibles. Los requisitos específicos, que aparecen en la Norma Europea EN 12604:2000, apartado 4.2.5, deben ser verificados por los métodos de ensayo especificados en la Norma Europea EN 12605:2000, apartado 5.3.1. 4.2.6 Protección contra el corte. Las partes accesibles de las puertas no deben crear ningún riesgo de corte. Bordes agudos deben ser eliminados de acuerdo con las Normas Europeas EN 12604:2000, apartado 4.5.1 y EN 12453:2000, apartado 5.1.1.3. 4.2.7 Protección contra el tropiezo. Ninguna parte de la puerta debe causar peligro de tropiezo. Las diferencias de altura que no sobrepasen los 5 mm en la zona de circulación no son consideradas peligrosas. Cuando las diferencias de altura son mayores de 5 mm, necesarias por razones técnicas, por ejemplo, umbrales de puertas de paso, las partes prominentes deben ser claramente visibles por sí mismas o lo deben ser por un marcado de señalización, por ejemplo, bandas amarillas y negras. Los felpudos y suelos sensibles a la presión que pueden crear peligro de tropiezo deben cumplimentar lo previsto en el apartado 4.2.4.2 de la Norma Europea EN 12978:2003. 4.2.8 Aperturas seguras. Las puertas de movimiento vertical deben estar protegidas en caso de fallo de un solo componente del sistema de suspensión (incluyendo dispositivos de engranajes) o del sistema de equilibrado contra la caída o cualquier movimiento de desequilibrio incontrolado. Los requisitos se detallan en la Norma Europea EN 12604:2000, apartado 4.3.4. La conformidad con estos requisitos debe ser verificada de acuerdo con la Norma Europea EN 12605:2000, apartados 5.3.2 y 5.4.3. Las puertas de movimiento horizontal deben estar protegidas contra el descarrilamiento. Los requisitos se especifican en la Norma Europea EN 12604:2000, apartado 4.3.1. La conformidad con estos requisitos será verificada de acuerdo con la Norma Europea EN 12605:2000, apartados 5.1.2 y 5.4.2. 4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas. Los productos no deben emitir sustancias peligrosas por encima de los niveles máximos permitidos especificados en la norma europea correspondiente u otras especificaciones. NOTA − Para productos vendidos en EEA, véase el anexo ZA.

4.3 Maniobra motorizada 4.3.1 Generalidades. Todas las puertas motorizadas deben cumplimentar (además de los requisitos del apartado 4.2) los requisitos de la Norma Europea EN 12453. En particular, las puertas motorizadas deben cumplimentar los siguientes requisitos:

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4.3.2 Protección contra el aplastamiento, cizallamiento y arrastre. Los puntos de aplastamiento, cizallamiento y arrastre creados por el movimiento normal de la hoja de la puerta deben ser evitados o protegidos. Los requisitos referentes a medidas de seguridad se detallan en la Norma Europea EN 12453:2000, apartado 5.1.1. La eficacia de estas medidas debe ser evaluada de acuerdo con la Norma Europea EN 12445:2000, apartado 4.1.1. Los dispositivos de seguridad, por ejemplo los dispositivos sensibles a la presión o electro - sensibles, que están involu-crados en el cumplimiento de los requisitos anteriores, deben ser fabricados y ensayados de acuerdo con las Normas Europeas EN 12453:2000, apartado 5.1.1.6 y EN 12978. 4.3.3 Fuerzas de maniobra. Las fuerzas ejercidas por las hojas de las puertas motorizadas, incluyendo puertas de paso motorizadas, donde los riesgos de aplastamiento, cizallamiento y arrastre estén protegidos mediante la limitación de fuerzas, deben ser mantenidas a un nivel seguro para los usuarios, como se especifica en la Norma Europea EN 12453:2000, apartados 5.1.1.5 y 5.1.3. El cumplimiento se debe verificar mediante los ensayos especificados en la Norma Europea EN 12445:2000, capítulo 5 y apartado 7.3. En las puertas motorizadas accionadas con el modo de operación de presión sostenida, la distancia de parada tras liberar el actuador debe ser mantenida bajo control. Los requisitos específicos se detallan en la Norma Europea EN 12453:2000, apartado 5.1.1.4. La conformidad debe ser verificada por ensayos descritos en la Norma Europea EN 12445:2000, apartado 4.1.1.4. Los dispositivos de protección, por ejemplo los dispositivos sensibles a la presión o electro-sensibles, que están involucrados en el cumplimiento de los requisitos anteriores, deben ser fabricados y ensayados de acuerdo con las Normas Europeas EN 12453:2000, apartado 5.1.1.6 y EN 12978. 4.3.4 Seguridad eléctrica. Los sistemas de motorización eléctrica, las unidades de control y sus componentes deben estar diseñados y fabricados de forma que cuando se instalen, los peligros eléctricos en un uso normal o previsible mal uso sean evitados o protegidos. La Norma Europea EN 12453:2000, apartados 5.2.1 y 5.2.2, así como la Norma Europea EN 12978:2003, aparta-dos 4.1.2, 4.1.3 y 4.1.4 definen requisitos específicos e identifican métodos de ensayo relevantes para su comprobación. 4.3.5 Compatibilidad electromagnética (CEM) 4.3.5.1 Compatibilidad electromagnética en relación con la Directiva CEM. Las alteraciones electromagnéticas generadas por una puerta motorizada no deben exceder de los límites especificados en la Norma Europea EN 61000-6-3. Una puerta motorizada debe tener suficiente inmunidad a las alteraciones electromagnéticas que la permitan funcionar como se pretende cuando está expuesta a niveles y tipos de alteraciones especificadas en la Norma Europea EN 61000-6-2. El fabricante de puertas motorizadas debe diseñar, instalar y cablear el equipo y subgrupos tomando en consideración las recomendaciones del suministrador, para asegurar que los efectos de las alteraciones electromagnéticas no conducirán a una maniobra no prevista y/o fallo que pueda conllevar peligro. En particular, no deben ocurrir las siguientes pérdidas de prestación o degradación de prestación:

− velocidad en exceso del 20% de la prestación diseñada;

− inhibición de maniobra de los dispositivos de engranaje;

− reducción en falta de la capacidad de detección.

NOTA − En la Norma Europea EN 60204–1:1997, apartado 4.4.2 se da información sobre medidas para reducir alteraciones generadas y medidas para reducir los efectos de esas alteraciones en puertas motorizadas.

Para los ensayos especificados en la Norma Europea EN 61000-6-2, cualquier degradación de prestaciones o pérdida de función permitida con referencia a los criterios de prestaciones "A" y "B" debe ser declarado por el fabricante. Cualquier pérdida temporal de función permitida con referencia a los criterios de prestaciones "C" debe ser declarado por el fabricante.

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4.3.5.2 Compatibilidad electromagnética en relación con la Directiva de máquinas. Las puertas motorizadas deben tener suficiente inmunidad a las alteraciones electromagnéticas para permitirlas operar con seguridad como se pretende y no debe fallar de forma peligrosa cuando están expuestas a los niveles y tipos de alteraciones especificados en la Norma Europea EN 61000-6-2. El fabricante de la puerta motorizada debe diseñar, instalar y cablear el equipo y subgrupos tomando en consideración las recomendaciones del(de los) suministrador(es) de los subgrupos, para asegurar que los efectos de las alteraciones electromagnéticas no conducirán a una maniobra no pretendida y/o fallo que pueda conllevar peligro. Los siguientes criterios de prestaciones se deben utilizar para determinar el resultado (paso/fallo) del ensayo de inmuni-dad CEM: a) para los ensayos especificados en la Norma Europea EN 61000-6-2, deben aplicarse los criterios de prestaciones

como se especifica en la norma europea EN 61000-6-2; b) con referencia a todos los criterios de prestación especificados en la Norma Europea EN 61000-6-2 (A, B, etc.) no

debe darse pérdida de prestación o degradación de prestación que pueda conllevar peligro. En particular no deben darse las siguientes pérdidas de prestación o degradación de prestación:

− puesta en marcha inesperada (véase Norma Europea EN 1037);

− blocaje de una orden de parada de emergencia o reiniciación de la función de parada de emergencia (véanse las Normas Europeas EN 418 y EN 60204-1);

− inhibición de la maniobra de cualquier dispositivo de seguridad/interconexión;

− cualquier reducción de la capacidad de detección de fallo. NOTA − En la Norma Europea EN 60204-1:1997, apartado 4.4.2 se da información sobre las medidas para reducir los efectos de alteraciones

electromagnéticas en las puertas motorizadas. 4.3.5.3 Verificación 4.3.5.3.1 Verificación del CEM relacionado con la Directiva CEM. La cumplimentación con los requisitos CEM especificados en el apartado 4.3.5.1 debe ser comprobado de acuerdo con las Normas Europeas EN 61000-6-3 y EN 61000-6-2. Si el ensayo de una puerta motorizada completa no es razonablemente práctico debido al tamaño de la maquinaria, el fabricante debe verificar que todos los subgrupos apropiados del equipamiento son conformes con el apartado 4.3.5.1 y están instalados idóneamente y cableados para minimizar las alteraciones y/o sus efectos de acuerdo con cualquier recomendación del(de los) suministrador(es) de los subgrupos. 4.3.5.3.2 Verificación del CEM relacionado con la Directiva de Máquinas. La cumplimentación con los requisitos CEM especificados en el apartado 4.3.5.2 debe ser comprobado llevando a cabo un ensayo preliminar y un ensayo de función. Si el ensayo de una puerta motorizada completa no es razonablemente práctico debido al tamaño de la maqui-naria, el fabricante debe verificar que todos los subgrupos apropiados del equipamiento son conformes con el aparta-do 4.3.5.2. El fabricante debe también verificar que los subgrupos están instalados idóneamente y cableados para minimizar las alteraciones y/o sus efectos sobre el equipo y que están de acuerdo con cualquier recomendación del(de los) suministrador(es) de los subgrupos. 4.3.6 Requisitos alternativos. Para puertas motorizadas de garaje para una vivienda con funcionamiento solamente vertical, no automático, que no abre a zonas de acceso público, los apartados 4.3.1 a 4.3.5 pueden ser sustituidos por los requisitos de la Norma Europea EN 12453:2000, apartado 5.5.2. 4.3.7 Mejora de las puertas de maniobra manual. Las puertas motorizadas que son resultado de una adición pos-terior de una unidad de motorización pueden desviarse del apartado 4.2, con excepción de los apartados 4.2.3 y 4.2.8.

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4.4 Requisitos adicionales para características específicas de prestación 4.4.1 Generalidades. Además de cumplimentar los requisitos de los apartados 4.2 y 4.3, las prestaciones para las siguientes características medioambientales, cuando son requeridas, se deben determinar y especificar de acuerdo con los siguientes requisitos. NOTA − La tabla A.1 puede ser utilizada para esta especificación. 4.4.2 Estanquidad al agua. La resistencia a la penetración de agua debe basarse en mediciones a partir de ensayos llevados a cabo con puertas completamente ensambladas o con partes individuales representativas de acuerdo con la Norma Europea EN 12489. Los resultados clasificados del ensayo pueden derivarse a partir de una muestra con las dimensiones máximas del producto o a partir de una muestra representativa del conjunto de la hoja, con las dimensiones mínimas definidas en la Norma Europea EN 12489, la que sea más desfavorable. Los resultados del ensayo deben mostrar que no hay fuga de agua a través de la puerta a la presión de ensayo aplicada durante el tiempo especificado en la clase correspondiente de la Norma Europea EN 12425. 4.4.3 Resistencia a la carga de viento. La resistencia a la carga de viento de una puerta se entenderá como su capaci-dad para resistir una presión de viento diferencial específica. Las puertas deben ser diseñadas para resistir una presión de viento diferencial especificada y se deben clasificar de acuerdo con las clases de carga de viento especificadas en la Norma Europea EN 12424. Los requisitos de este capítulo son de aplicación a la capacidad de las puertas cerradas y no a su capacidad para ser abiertas o cerradas bajo carga de viento. No es un requisito que las puertas sean capaces de funcionar bajo carga de viento. NOTA 1 − Con respecto a la presión, la construcción de una puerta depende de un amplio número de factores incluyendo por ejemplo, la velocidad

máxima de viento anticipada en cada área, la ubicación, altura, dimensión y forma del edificio y la posición de la puerta en el edificio. Los métodos para determinar la presión de viento que un elemento del edificio, tal como una puerta, tiene para resistir, a partir de la velocidad del viento y otros datos, están fuera del campo de aplicación de esta norma. Estos métodos se dan, por ejemplo, en la Norma Europea ENV 1991-2-4 o en otros documentos correspondientes de aplicación nacional. NOTA 2 − En la mayor parte de estos documentos, la velocidad básica del viento está frecuentemente establecida como una velocidad media a lo

largo de un periodo de tiempo y esta velocidad media no debería ser confundida con las velocidades pico de viento que necesitan ser tomadas en consideración para diseñar las puertas.

Cuando las clases de carga de viento o presiones no están especificadas por contrato, las puertas deben ser diseñadas para resistir presiones diferenciales positivas y negativas de acuerdo con la Norma Europea EN 12604:2000, aparta-do 4.2.4. Desviándose de este requisito, las puertas a instalar en una fachada deben cumplimentar al menos la clase 2 de la Norma Europea EN 12424. Cuando una puerta tiene que resistir diferentes cargas de viento a alturas diferentes, tal puerta puede ser diseñada para conseguir diferentes clases de carga de viento en niveles diferentes. La resistencia de una puerta a presión diferencial se debe determinar de acuerdo con los métodos especificados en la Norma Europea EN 12444, a partir de un ensayo a escala completa, o a partir de un ensayo modelo o a partir del ensayo de un componente y extrapolación o por cálculo. Diferentes factores de seguridad deben ser utilizados dependiendo de si el ensayo o cálculo es la base del diseño. Estos factores, especificados en las Normas Europeas EN 12604, EN 12444 y EN 12424, están agrupados en el anexo C. NOTA 3 − Se recomienda que las instrucciones para el usuario contengan un aviso declarando que la maniobra de una puerta bajo condiciones de

viento puede ser peligrosa.

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4.4.4 Ruido. Las prestaciones de atenuación al ruido aéreo, cuando se requieran, se deben determinar de acuerdo con la Norma Europea EN ISO 140-3. Los resultados de los ensayos se deben evaluar de acuerdo con la Norma Europea EN ISO 717-1. 4.4.5 Resistencia térmica. La resistencia térmica debe ser ensayada o calculada sobre puertas completas, de acuerdo con la Norma Europea EN 12428 y por el anexo B. La resistencia térmica se expresa por el valor U (W/m2·K) como resultado del ensayo o del cálculo. NOTA − Las reglas de cálculo no toman en consideración los efectos de la radiación solar o de la transmisión de calor causada por la permeabilidad al aire. 4.4.6 Permeabilidad al aire. La permeabilidad al aire se debe ensayar o calcular sobre puertas completamente ensambladas relacionada con la superficie total y considerando las juntas de apertura, de acuerdo con la Norma Europea EN 12427. Los resultados de los ensayos o cálculos se deben expresar en términos de clases técnicas, como aparecen en la Norma Europea EN 12426. 4.4.7 Durabilidad de las características de prestación. Cuando deban declararse características específicas del producto para el aislamiento térmico, la permeabilidad al aire y la resistencia a la penetración de agua, las caracterís-ticas de diseño (incluyendo los sellantes, los herrajes y el material de aislamiento cuando sea aplicable) se deben incorporar a los ensayos de durabilidad de acuerdo con la Norma Europea EN 12605:2000, apartado 5.2. Cuando sea necesario, los elementos particulares deben ser reemplazados a lo largo del ensayo con la frecuencia definida en las instrucciones de mantenimiento del fabricante. El desgaste y el deterioro de estas características de diseño deben ser comprobados visualmente a lo largo del ensayo, en intervalos no menores que aquellos que se especifican en la Norma Europea EN 12605:2000, apartado 5.2.4.1. NOTA − La durabilidad contra los ataques químicos y biológicos no se especifican a menos que se identifiquen en las normas particulares del material.

4.5 Instrucciones para instalación, maniobra y mantenimiento

Deben suministrarse por el fabricante las instrucciones adecuadas para asegurar que las puertas puedan ser correcta-mente ensambladas, instaladas, maniobradas, mantenidas y desmanteladas de forma segura, de acuerdo con la Norma Europea EN 12635:2000, apartado 4.1.1.1. El fabricante debe especificar en las instrucciones de mantenimiento las principales partes del producto sometidas a desgaste, sus criterios de descarte, las acciones requeridas y los intervalos de mantenimiento. Los componentes tales como los sellantes, herrajes y material aislante, que pueden ser perjudicados por el desgaste o envejecimiento se deben diseñar para ser reemplazados. 5 MARCADO Y ETIQUETADO

Cada puerta debe ir provista de una etiqueta fijada de forma permanente y fácilmente legible, que muestre al menos la siguiente información:

a) fabricante o importador en la UE (nombre/detalles de contacto, por ejemplo, código o dirección);

b) tipo de puerta;

c) número de serie/número único de referencia de la puerta;

d) año de fabricación;

e) cualquier marcado legal. NOTA 1 − El marcado legal significa Marcado CE en los países miembros de la UE.

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Todos estos detalles deben igualmente indicarse junto con los detalles de las características y prestaciones adicionales al menos en la documentación que se acompaña con el suministro, de acuerdo con la Norma Europea EN 12635. NOTA 2 − Un formulario para la designación y clasificación de prestaciones aparece en el anexo A que contiene los datos específicos. 6 EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD 6.1 Generalidades

La evaluación de la conformidad debe basarse en un ensayo inicial de tipo de acuerdo con el apartado 6.2 o en un ensayo in situ de acuerdo con el apartado 6.3 y, sobre el control de producción en fábrica para asegurar que la variabilidad de producción se mantiene dentro de límites controlados. Si una puerta es el resultado de un montaje in situ de productos procedentes de varios fabricantes o suministradores, se asume que el instalador sea el fabricante de acuerdo con esta norma europea. Los componentes que son idénticos a los originales utilizados en el ensayo de tipo pueden ser intercambiados sin afectar a la evaluación de la conformidad. Cuando se introducen componentes alternativos y/o adicionales que tienen influencia sobre las características declaradas, debe ser revisada la evaluación de la conformidad para la aplicabilidad.

6.2 Ensayo inicial de tipo

Un ensayo inicial de tipo debe demostrar la conformidad de la muestra de ensayo con todos los requisitos especificados en el apartado 4.2 y para las puertas motorizadas con los establecidos en el apartado 4.3 y para las características adicionales con las partes correspondientes del apartado 4.4. Los ensayos iniciales de tipo realizados sobre una muestra o muestras representativas del producto o producto tipo, deben demostrar que se han obtenido los valores y las propiedades requeridas. Las muestras para ser ensayadas deben ser seleccionadas para que los resultados del ensayo sean válidos para el producto tipo. Cuando los resultados de los ensayos necesitan ser aplicados a productos de dimensiones diferentes a las de las muestras, deben ser observadas las reglas dadas en él método de ensayo pertinente, de otra manera se debe aplicar lo siguiente: a) Generalidades: para cada tipo de producto, se ensaya la dimensión más desfavorable con el montaje más

desfavorable (por ejemplo, con ventanas y portillos integrados en una hoja móvil, etc) . Los resultados de ensayo obtenidos pueden ser aplicados entonces a todos los montajes más desfavorables y a todas las dimensiones inferiores para este diseño particular de producto.

b) Resistencia a la penetración de agua y permeabilidad al aire: Los resultados de ensayo obtenidos a partir del montaje

menos favorable con al menos la dimensión mínima especificada en esta Norma Europea deben aplicarse a las puertas cuyo montaje es más favorable así como a todas las puertas más pequeñas y más grandes correspondientes de criterios de diseño y de tipo de producto particulares.

c) Resistencia térmica: se da información específica en el anexo B.

6.3 Ensayo in situ

El ensayo in situ es sólo aplicable a puertas motorizadas que han sido fabricadas por adición posterior de una unidad de motorización para demostrar la conformidad del producto instalado con los requisitos especificados en los apartados 4.2.3, 4.2.8 y 4.3.

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6.4 Control de producción

Debe ser realizado por el fabricante un control permanente interno de la producción. Todos los elementos, requisitos, y disposiciones adoptados por el fabricante deben ser documentados de forma sistemá-tica en el formato de políticas escritas, procedimientos e instrucciones. Este sistema de control de producción adoptado debe asegurar una comprensión común del aseguramiento de la calidad. También debe permitir la consecución repetida de las características requeridas. Deben ser registrados todos los resultados de ensayos e inspecciones del Control de Producción en Fábrica (CPF), lleva-dos a cabo de acuerdo con el plan de ensayos. Estos registros deben mostrar con claridad si el producto ha cumplimentado los criterios definidos de aceptación. Si el producto no cumplimenta las medidas de aceptación, se aplicarán las disposiciones para productos no conformes. Este sistema de control de producción adoptado debe facilitar además la operación efectiva del sistema de control de producción a verificar. La documentación del sistema de CPF debe incluir al menos lo siguiente:

a) especificación de tareas y responsables;

b) especificación de la estructura de la documentación del sistema;

c) especificación y comprobación de materias primas y componentes;

d) identificación y trazabilidad de productos;

e) procedimientos e instrucciones documentadas relacionadas con el CPF;

f) control de los registros relativos al CPF;

g) control del diseño;

h) identificación de inspecciones y ensayos a llevar a cabo;

i) identificación del equipo necesario para inspecciones y ensayos;

j) tratamiento de los productos no conformes;

k) ejecución de las acciones correctoras. Todos los registros mencionados en el sistema CPF deben ser almacenados de forma segura y apropiada durante un período mínimo de 10 años. Para fabricantes que completan su propia instalación, el sistema de control de la instalación debe formar parte del control de producción en fábrica. NOTA − Cuando la instalación con la necesidad de instaladores entrenados se lleva a cabo por un organismo independiente y cuando la instalación

tiene influencia sobre las prestaciones finales del producto, la instalación debería ser cubierta por un sistema separado de control.

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ANEXO A (Informativo)

FORMULARIO PARA LA DESIGNACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PRESTACIONES

Tabla A.1 Designación y clasificación de prestaciones

Capítulo en esta norma

Características Unidades Valor de prestación/designación

4.4.1 Resistencia a la penetración de agua − Clasea 0 1 2 3

4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas −

4.4.3 Resistencia a la carga de viento Pa Clasea 0

300 1

450 2

700 3

1 000 4

>1 000 5

4.4.4 Atenuación de ruido aéreo directo dB(A) valor:

4.4.5 Resistencia térmica W/m2·K valor:

4.4.6 Permeabilidad al aire m3/m2·h Clasea 0

24 1

12 2

6 3

3 4

1,5 5

< 1,5 6

4.2.4 y 4.4.7

Durabilidad de características mecá-nica y de prestaciones

− Número de ciclos:

a Las clases son clases técnicas.

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ANEXO B (Informativo)

PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE VALORES PARA RESISTENCIA TÉRMICA B.1 Introducción

Este método de ensayo y/o cálculo de la resistencia térmica de puertas cubierto por el capítulo 1 de esta norma europea se especifica en el apartado 4.4.5 con una referencia a la Norma Europea EN 12428. Este particular método de ensayo y cálculo especificado en la Norma Europea EN 12428 puede no conducir a una equivalencia del valor declarado de evaluación ya que los métodos referenciados son más aplicables a ventanas y conjuntos de puertas peatonales en las que un marco de hoja está fijado rígidamente dentro un marco o apertura de puerta. Por esta razón, el siguiente procedimiento de evaluación, basado en la Norma Europea EN 12428, debe ser seguido para facilitar la consecución de valores declarados comparables. B.2 Procedimiento

Deben seguirse los siguientes pasos: − Paso 1: Se ensaya, de acuerdo con el proyecto de Norma prEN ISO 12567-1, una muestra completa de puerta y carriles

asociados, fijaciones y sellantes usando componentes de dimensión completa pero fabricados lo más cercano posible a la medida para colocarse dentro o detrás de una apertura preparada entre la dimensión de 2,0 m de ancho × 2,0 m de alto y 2,5 m de ancho × 2,5 m de alto. Esta muestra debe ser montada dentro o detrás de la apertura preparada tal y como normalmente se instala.

− Paso 2: Se ensaya, de acuerdo con el proyecto de Norma prEN ISO 12567-1, la sección de hoja de puerta sólo como

se especifica en el paso 1. En este ensayo, la hoja de puerta debe ser colocada dentro de la apertura estructural y completamente sellada a la apertura para prevenir cualquier fuga de borde. Esto puede ser evaluado como una pérdida de calor de A (W/m2 K) para la superficie ensayada.

− Paso 3: Se deduce la pérdida total como un resultado del paso 2 a partir del paso 1. Esto dará la pérdida efectiva de

calor a través del perímetro detallado de la puerta realmente instalada en el paso 1. La pérdida resultante de calor puede entonces ser evaluada como una pérdida de calor B (W/m2 K) para el perímetro.

− Paso 4: Algunos tipos de puerta requieren el aporte de ventanas como parte de la hoja de puerta. La diferente

pérdida de calor a través de la ventana y la estructura del marco soportante se debe evaluar por ensayo de acuerdo con el proyecto de Norma prEN ISO 12567-1, una pieza de hoja de puerta X (m2) que incorpora una ventana de dimensión normal, fijada y sellada de manera normal. La sección de hoja de puerta debe estar completamente sellada en una apertura de la misma manera que en el paso 2. La pérdida resultante de calor puede ser evaluada hasta C (W/m2 K) para la X (m2).

− Paso 5: Algunos tipos de puerta requieren el aporte de un portillo construido en la hoja de puerta principal. La

diferente pérdida de calor a través del portillo y su estructura del marco se debe evaluar por ensayo, de acuerdo con el proyecto de Norma prEN ISO 12567-1, una pieza de hoja de puerta Y (m2) que incorpora un portillo de dimensión normal, fijado y sellado de manera normal. La sección de hoja de puerta debe estar completamente sellada en una apertura de la misma manera que en el ensayo 2. La pérdida resultante de calor puede ser evaluada hasta D (W/m2 K) para la pieza Y (m2).

A partir de los resultados de los cinco pasos anteriores, puede ser evaluada la resistencia térmica para cualquier dimensión de producto, con cualquier número de ventanas, de la dimensión ensayada, con o sin portillo, de la dimensión ensayada.

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Ejemplo: Una puerta de 5 m de ancho × 4 m de alto, con dos ventanas y un portillo: donde

− Transmisión térmica de hoja de puerta es 5 × 4 × A = 20 A.

− Transmisión térmica del perímetro es (5+ 5 + 4 + 4) × B = 18 B.

− Transmisión térmica de dos secciones de ventanas es 2 × C × X = 2CX.

− Transmisión térmica de X m2 reemplazando hoja de puerta es 2 × A × X = 2 AX.

− Transmisión térmica de una sección de portillo es 1 × D × Y = DY.

− Transmisión térmica de Y m2 reemplazando hoja de puerta es 1 × A × Y = AY Por tanto, para la puerta completa donde

la transmisión térmica es la transmisión térmica de la hoja de puerta

+ transmisión térmica a través del perímetro

- transmisión térmica de la superficie de hoja de puerta a ser reemplazada por secciones de ventana

+ transmisión térmica de dos secciones de ventana

- transmisión térmica de la superficie de hoja de puerta a ser reemplazada por secciones de portillo

+ transmisión térmica de una sección de portillo Por lo que se llega a la siguiente fórmula: 20 A + 18 B - 2 AX + 2 CX - AY + DY (1) La pérdida total de calor W debe ser evaluada contra la dimensión de la apertura estructural para dar un valor declarado en W/m2 K, por ejemplo:

220A + 18B 2AX + 2CX AY + DY

5 × 4W m K

− − (2)

Si existen dimensiones alternativas de ventanas o portillos u otras inclusiones para ser ofrecidas, entonces cada una debe ser ensayada de acuerdo con los principios de los escalones 4 y 5.

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ANEXO C (Informativo)

FACTORES DE SEGURIDAD A TENER EN CUENTA EN EL DISEÑO DE PUERTA EN RELACIÓN A SU RESISTENCIA A LA CARGA DE VIENTO

La tabla C.1 muestra, para cada clase de diseño (véase Norma Europea EN 12424), las relacionadas cargas de ensayo, las cargas de rotura límite (aplicable solamente a los ensayos) y las cargas de cálculo.

Tabla C.1 Factores de seguridad para la carga de viento

Clase Carga de diseño (Pa)

Carga de ensayo (Pa)

Carga de rotura límite (Pa)

Carga de cálculo (Pa)

1 ≤ 300 330 ≥ 415 450

2 ≤ 450 495 ≥ 620 675

3 ≤ 700 770 ≥ 965 1 050

4 ≤ 1 000 1 100 ≥ 1 375 1 500

5 > 1 000 carga de diseño

× 1,1 ≥ carga de ensayo

× 1,25 carga de diseño

× 1,5

Los términos son entendidos como sigue: − carga de diseño: valores de clasificación referentes a la carga de viento como se establece en la tabla 1 de la Norma

Europea EN 12424:2000; − carga de ensayo: carga aplicada cuando se ensaya sin deformación permanente y que es igual a una carga de

clasificación x el factor 1,1 (véase la Norma Europea EN 12604); − carga de rotura límite: carga a aplicar cuando se ensaya con deformación permanente pero la puerta se mantiene en

su lugar y que es igual a una carga de clasificación x el factor 1,1 × 1,25 (véanse las Normas Europeas EN 12604 y EN 12424);

− carga de cálculo: carga a considerar para el cálculo basada en la tensión producida y que es igual a carga de

clasificación × el factor 1,5 (véase la Norma Europea EN 12604).

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ANEXO ZA (Informativo)

RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN ZA.1 Capítulos de esta norma europea relativos a los requisitos esenciales de la Directiva ”Productos de Construcción”

Esta norma europea ha sido preparada bajos los Mandatos M 101 “Puertas, ventanas y productos relacionados (incluyendo puertas cortafuego y persianas)”, corregido por el M 126 “ Corrección (Anexo III) de 4 Mandatos (produc-tos de aislamiento térmico, puertas, ventanas y productos relacionados, membranas, productos de hormigón prefabrica-do )” y M 130 “Corrección (Anexo IV) a 7 Mandatos (productos de aislamiento térmico, puertas, ventanas y productos relacionados, membranas, productos de hormigón prefabricado, chimeneas, tubos para humos y productos de yeso, sis-temas fijos de lucha contra fuego)” dados a CEN por la Comisión Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio. Los capítulos de esta norma europea, indicados en la tabla ZA.1, satisfacen las exigencias del Mandato dado en el marco de la Directiva UE “Productos Construcción” (89/106/CEE). La conformidad con estos capítulos da presunción de conformidad del producto de construcción cubierto por esta norma europea para su uso(s) previstos(s). ATENCIÓN: Otros requisitos y otras Directivas UE, que no afectan a la aptitud para el uso previsto, pueden ser aplicables al producto de construcción incluido en el campo de aplicación de esta norma europea.

Tabla ZA.1 Capítulos correspondientes para el marcado CE

Productos: Puertas industriales, comerciales y de garaje y portones, de acuerdo con el campo de aplicación Uso(s) previsto(s): En los usos específicos declarados y/o otros usos sujetos a requisitos específicos, en particular,

ruido, energía, estanquidad y seguridad de uso

Características esenciales Requisitos

(capítulos en esta norma europea)

Niveles y/o clases

mandatados

Resultados de los ensayos expresados en

Estanquidad al agua 4.4.1 − Clases técnicas

Emisión de sustancias peligrosas 4.2.9 − Véanse las notas 1 y 2

Resistencia a la carga de viento 4.4.3 − Clases técnicas

Resistencia térmica (si es relevante) 4.4.5 − Valor U

Permeabilidad al aire 4.4.6 − Clases técnicas

Apertura segura (para puertas de movimiento vertical) 4.2.8 − pasa/fallo

Definición de la geometría de los componentes de vidrio 4.2.5 − pasa/fallo

Resistencia mecánica y estabilidad 4.2.3 − pasa/fallo

Fuerza de maniobra (para puertas motorizadas) 4.3.3 − pasa/fallo

Durabilidad de 1, 4 y 5 contra degradación 4.4.7 − Valores

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NOTA 1 − Como complemento a posibles capítulos referidos a sustancias peligrosas contenidos en la presente norma, pueden existir características adicionales aplicables al producto cubierto en su campo de aplicación (por ejemplo, transposición de reglamentaciones europeas, reglamentaciones nacionales y disposiciones administrativas nacionales). Para que sea conforme con la Directiva de productos de construcción, es necesario que estas exigencias sean respetadas igualmente donde y cuando apliquen.

NOTA 2 − Una base de datos informativa sobre las disposiciones europeas y nacionales relativas a las sustancias peligrosas se puede consultar en el

Dominio EUROPA de la construcción (CREATE disponible en la dirección http://europa.eu.int) El requisito para cierta característica, enumerada en la tabla ZA.1 no es de aplicación en aquellos Estados Miembros donde no hay regulación para tal característica. En este caso, los fabricantes que deseen colocar sus productos en el mercado de estos Estados Miembros no están obligados a determinar ni declarar las prestaciones de sus productos respecto a esta característica y puede ser usada la opción "sin determinar la prestación" en la información que acompaña al marcado CE. ZA.2 Procedimientos de verificación de la conformidad de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ZA.2.1 Generalidades

El sistema de verificación de la conformidad de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones, conforme a la decisión de la Comisión 1999/93/CE como aparece en el Anexo III del Mandato M 101, corregido por los Mandatos M 126 y M 130, como aparece en la tabla ZA.2 para el uso(s) previsto(s):

Tabla ZA.2 Sistema(s) de verificación de la conformidad

Producto Uso(s) previsto(s) Nivel(es) o clase(s)

Sistema de verificación de la conformidad

Compartimentación fuego/humo − 1a Puertas (con o sin herrajes relacionados) Otros usos específicos declarados y/o usos sujetos a

otros requisitos específicos, en particular, ruido, energía, estanquidad y seguridad de uso

− 3b

a Véase la Directiva 89/106/CEE (Directiva Productos Construcción), Anexo III. 2 (i), sin ensayos por sondeo de muestras. b Véase la Directiva 89/106/CEE (Directiva Productos Construcción), Anexo III. 2 (ii), segunda posibilidad.

NOTA − La compartimentación fuego/humo no está cubierta por esta norma europea. Por consiguiente, el sistema 1 no se aplica a este anexo.

ZA.2.2 Procedimiento de acuerdo con el Sistema 3

Para productos que se incluyen en el sistema 3, las tareas para el organismo notificado y para el fabricante en relación al ensayo inicial de tipo y control de producción en fábrica se describen en la tabla ZA.3

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Tabla ZA.3 Atribución de tareas de la evaluación de la conformidad para puertas

sin dispositivos de resistencia al fuego/humo bajo el Sistema 3

Tareas Contenido de la tarea

Capítulos de evaluación de

la conformidad a aplicar

(1) Control de producción en fábrica (CPF)

Parámetros ligados a todas las características relevan-tes de la tabla ZA.1

6.4 Tareas del fabricante

(2) Ensayo de tipo inicial Las siguientes características:

• Geometría del vidrio

• Resistencia mecánica

6.2

Tareas del organismo notificado

(2) Ensayo de tipo inicial Las siguientes características:

• Estanquidad al agua

• Emisión de sustancias peligrosas

• Resistencia a la carga de viento

• Resistencia térmica

• Permeabilidad al aire

• Durabilidad de la estanquidad al agua, resistencia térmica y permeabilidad al aire

• Seguridad de apertura

• Fuerzas de maniobra

6.2

Cuando se alcance la conformidad con el sistema de declaración de la conformidad, el fabricante debe emitir una declaración de conformidad (declaración CE de conformidad) que autoriza al fabricante a imprimir el Marcado CE incluyendo la siguiente información: a) nombre y dirección del fabricante, o de su representante autorizado establecido en la EEA, y el lugar de producción; b) descripción del producto (tipo, identificación, uso, ...); c) copia de todas las informaciones que acompañan al Marcado CE; d) disposiciones con las que el producto es conforme (por ejemplo, anexo ZA de esta norma europea); e) condiciones particulares aplicables al uso del producto; f) nombre y dirección del laboratorio acreditado; g) nombre y cargo de la persona facultada para firmar la declaración en nombre del fabricante o de su representante

autorizado. La declaración de conformidad debe presentarse en el idioma oficial (o idiomas) del Estado Miembro de la UE donde se empleará el producto.

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- 25 - EN 13241-1:2003

ZA.3 Marcado CE y etiquetado

La fijación del Marcado CE debe ser hecha sobre la puerta (cuando esto no sea posible, puede ser hecha sobre la etiqueta o sobre los documentos que la acompañan). NOTA 1 − El fabricante, o su representante autorizado establecido en la EEA, es responsable de la fijación del Marcado CE. El marcado CE de conformidad a fijar debe estar de acuerdo con la Directiva Europea 93/68/CE y debe ir acompañado por la siguiente información: a) el nombre o marca identificativa del fabricante; b) dirección registrada del fabricante; c) los últimos dos dígitos del año en que se aplicó el Marcado CE; d) Referencia a este anexo de esta norma europea; e) información de las características mandatadas: valores a declarar. En su lugar, donde sea posible, puede darse una

designación normalizada. Esta designación debería dar información sobre las características; si todas no están cubiertas, deben darse de forma adicional los valores para las no cubiertas.

NOTA 2 − La figura ZA.1 da un ejemplo de Marcado CE y etiquetado que puede ser utilizado para una puerta manual. La figura ZA.2 da un

ejemplo de Marcado CE para una puerta motorizada. NOTA 3 − Además de cualquier información específica referente a sustancias peligrosas, el producto debería ir también acompañado, cuando y

donde se requiera y de forma apropiada, por documentación que incluya cualquier otra legislación sobre sustancias peligrosas para las que se exige cumplimiento junto con cualquier información requerida por esta legislación.

NOTA 4 − La legislación europea sin derogaciones nacionales no necesita mencionarse.

AnyCo Ltd PO Box 21, B-1050 Nombre o logotipo y dirección registrada

del fabricante

03 Los 2 últimos dígitos del año en que se imprimió

el marcado

EN 13241-1 Número de esta Norma Europea

Puerta de maniobra manual Nº de serie o nº único

Descripción del producto y uso previsto Número de identificación

Estanquidad al agua [Clase técnica] Resistencia a la carga de viento [Clase técnica] Resistencia térmica [Valor] Permeabilidad al aire [Clase técnica]

Información sobre las características reglamentadas del producto

CE Marcado CE de conformidad, consistente en el

símbolo CE dado en la Directiva 93/68/CEE

(89/106/CE) Referencia de la Directiva correspondiente

Fig. ZA.1 − Ejemplo de información que acompaña el marcado CE para una puerta de funcionamiento manual

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EN 13241-1:2003 - 26 -

AnyCo Ltd PO Box 21, B-1050 Nombre o logotipo y dirección registrada

del fabricante

03 Los 2 últimos dígitos del año en que se imprimió

el marcado

EN 13241-1 Número de esta Norma Europea

Puerta motorizada Nº de serie o nº único

Descripción del producto y uso previsto Número de identificación

Estanquidad al agua [Clase técnica] Resistencia a la carga de viento [Clase técnica] Resistencia térmica [Valor] Permeabilidad al aire [Clase técnica]

Información sobre las características reglamentadas del producto

CE Marcado CE de conformidad, consistente en el

símbolo CE dado en la Directiva 93/68/CEE

(89/106/CE; 98/37/CE; 89/336/CE) Referencia de la Directiva correspondiente

Fig. ZA.2 − Ejemplo de información que acompaña el marcado CE para una puerta motorizada

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- 27 - EN 13241-1:2003

ANEXO ZB (Informativo)

RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA DE MÁQUINAS Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Cambio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de la Directiva europea:

Directiva de Máquinas 98/37/CEE, corregida por la Directiva 98/79/CEE Con las excepciones de los capítulos 1.3, 4.1 (2º párrafo), 4.3.7, 4.4, 6 con la excepción de 6.1 (1º párrafo), anexo A, anexo B y anexo C, la conformidad con esta norma es un medio para satisfacer los requisitos esenciales específicos de la correspondiente Directiva y los Reglamentos de la AELC asociados. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o Directivas de la UE.

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EN 13241-1:2003 - 28 -

ANEXO ZC (Informativo)

RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA EMC Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Cambio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de la Directiva europea:

Directiva de Compatibilidad Electromagnética (89/336/CEE) La conformidad con los apartados 4.3.5.1 y 4.3.5.3.1 de esta norma es un medio para satisfacer los requisitos esenciales específicos de la correspondiente Directiva y los Reglamentos de la AELC asociados. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o Directivas de la UE.

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- 29 - EN 13241-1:2003

BIBLIOGRAFÍA [1] prEN 12650-1 − Herrajes para la edificación. Puertas automáticas para peatones. Parte 1: Requisitos de

producto y métodos de ensayo. [2] prEN 13241-2 − Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Norma de producto. Parte 2:

Productos con características de resistencia al fuego y control de humos.

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