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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE GRADO ESTUDIOS JURÍDICOS
ALDEA UNIVERSITARIA “CARLOS EMILIANO SALOM”
CIUDAD BOLÍVAR – ESTADO BOLÍVAR
ASESORIA JURÌDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL
AMBITO LABORAL DEL SECTOR LA LUCHA, PARROQUIA LA SABANITA,
MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÌVAR
TUTÓR ACADEMICO INTEGRANTES:
Abg. Jairo Romero Barreto Leidibeth C.I.14.669.606.
TUTÓR COMUNITARIO Belisario Belkis C.I.8.874.568.
Ismary Arévalo Escobar Adris C.I.13.100.097.
10mo Semestre sección “A” Garcia Yulimar C.I.13.327.954.
Hurtado Yudelis C.I.10.572.119.
Inagas Shiderlly C.I.10.663.515.
Ortiz Alba C.I.13.660.882.
Pereira Eurica C.I.17.163.665.
Velasquez Joan C.I.19.474.860.
Ciudad Bolívar, Febrero de 2015.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE GRADO ESTUDIOS JURÍDICOS
ALDEA UNIVERSITARIA “CARLOS EMILIANO SALOM”
CIUDAD BOLÍVAR – ESTADO BOLÍVAR
ASESORIA JURÌDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL
AMBITO LABORAL DEL SECTOR LA LUCHA, PARROQUIA LA SABANITA,
MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÌVAR.
TRABAJO ESPECIAL DE GRADO COMO REQUISITO PARA OPTAR AL
TITULO DE ABOGADO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TUTÓR ACADEMICO INTEGRANTES:
Abg. Jairo Romero Barreto Leidibeth C.I.14.669.606.
TUTÓR COMUNITARIO Belisario Belkis C.I.8.874.568.
Ismary Arévalo Escobar Adris C.I.13.100.097.
10mo Semestre sección “A” Garcia Yulimar C.I.13.327.954.
Hurtado Yudelis C.I.10.572.119.
Inagas Shiderlly C.I.10.663.515.
Ortiz Alba C.I.13.660.882.
Pereira Eurica C.I.17.163.665.
Velasquez Joan C.I.19.474.860.
Ciudad Bolívar, Febrero de 2015.
III
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE GRADO ESTUDIOS JURÍDICOS
ALDEA UNIVERSITARIA “CARLOS EMILIANO SALOM”
CIUDAD BOLÍVAR – ESTADO BOLÍVAR
ASESORIA JURÌDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL
AMBITO LABORAL DEL SECTOR LA LUCHA, PARROQUIA LA SABANITA,
MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÌVAR
AUTORES:
Barreto Leidibeth C.I.14.669.606.
Belisario Belkis C.I.8.874.568.
Escobar Adris C.I.13.100.097.
Garcia Yulimar C.I.13.327.954.
Hurtado Yudelis C.I.10.572.119.
Inagas Shiderlly C.I.10.663.515.
Ortiz Alba C.I.13.660.882.
Pereira Eurica C.I.17.163.665.
Velasquez Joan C.I.19.474.860.
IV
Ficha técnica del trabajo especial de grado comunitario socio jurídico
Nombre del Trabajo Especial de Grado: Asesoría Jurídica Para Personas Con
Discapacidad En El Ámbito Laboral del Sector la Lucha, Parroquia la Sabanita,
Municipio Heres del Estado Bolívar.
Línea Estratégica del plan Simón Bolívar en la que se enmarca: Justicia
Social con iniciativa propia para alcanzar la suprema felicidad.
Objetivo: Asesorar a las Personas con Discapacidad en el Ámbito Laboral que
habitan en el Sector La Lucha, de la parroquia La Sabanita, del Municipio Heres,
Estado Bolívar.
Sujetos Sociales o Actores Comunitarios del Trabajo Especial de Grado:
Voceros, voceras del Consejo Comunal Divino Niño, junto a algunas familias de la
comunidad.
Aldea: Universitaria “Carlos Emiliano Salom”, sección “A” Décimo Semestre
P.F.G. Estudios Jurídicos.
Número Aproximado de Familias o Personas Beneficiaria con el Trabajo
Especial de Grado: Trece (13) familias, con el mismo número de personas
beneficiadas con el Trabajo Especial de Grado.
Localización: Esta comunidad está ubicada en la parte Este de Ciudad Bolívar,
específicamente en el sector Llano Alto I, en la Parroquia la Sabanita, del
Municipio Heres.
Formas Sociales de organización y Participación Popular en la Comunidad:
Participan con el Consejo Comunal Divino Niño, formado por sesenta (60)
voceros, distribuidos en quince (15) comité y mesas técnicas.
V
LISTADO DE ESTUDIANTES
Apellido
Nombre
C.I. Correo Teléfono
Barreto Leidibeth V-14.669.606 [email protected] 04120824922
Belisario Belkis V-8.874.568 [email protected] 04269844758
Escobar Adris V-13.100.097 [email protected] 04168852921
Garcia Yulimar V-13.327.954 [email protected] 04262853334
Hurtado Yudelis V-10.572.119 [email protected] 04168862750
Inagas Shiderlly V-10.663.515 [email protected] 04262913166
Ortiz Alba V-13.660.882 [email protected] 04148561040
Pereira Eurica V-17.163.665 [email protected] 04163908153
Velasquez Joan V-19.474.860 [email protected] 04262298888
VI
LISTADO DE INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD
Nombre Apellido C.I
Ismary Arévalo 26.374.649
Gloria Martínez 8.853.166
Nohemí Maraña 13.546.101
Edelmira Cadena 8.895.074
Antonia González 10.565.705
Zulay Maraña 8.899.592
VII
AGRADECIMIENTOS
A Dios;
Por habernos permitido llegar hasta este punto y habernos dado salud
para lograr nuestros objetivos, además de su infinita bondad y amor, supo
guiarnos por el buen camino, dándonos fuerzas para seguir adelante y no
desmayar en los problemas que se nos presentaron, enseñándonos a encarar las
adversidades sin perder nunca la dignidad ni desfallecer en el intento.
A Nuestros Familiares;
Quienes nos apoyaron en todo momento, por sus consejos, comprensión,
amor, ayuda en los momentos difíciles y gracias a todas esas personas
importantes en nuestras vidas.
A Nuestros Profesores;
Gracias a ellos por enseñarnos, aconsejarnos e instruirnos en el camino
del buen estudiante, por darnos su apoyo y su comprensión en los momentos
difíciles, ellos siempre estaban dispuestos a ayudar sin pedir nada a cambio. Ellos
son parte de este logro, y esperamos que su esfuerzo y empeño sean reflejados
en este trabajo especial de grado.
VIII
INDICE
Introducción…………………………………………………………………….. XIII
Capítulo I………...………………………………………………………………… 15
Descripción General del Proyecto……………………………………………… 15
Comunidad con la que cuenta el Proyecto, número aproximado de
habitantes y familias vinculadas………………………………..………………. 15
Ubicación geográfica de la comunidad………………………………………… 15
Sujeto social o actores comunitarios del proyecto……………………………... 15
Estructura del Consejo Comunal “Divino Niño”………………………………… 16
Indicadores Sociopolíticos Del Proyecto Y Principales Beneficiarios………… 18
Contexto En El Cual Se Desarrolla El Proyecto: Social, Histórico
Demográfico, Económico, Cultural, Y Político De La Comunidad…………… 18
Fundamentación: Social, Teórica Y Jurídica De La Investigación………. 21
Plan De Acción…………………………………………………………………….. 34
Capítulo II…………………………………………………………………………... 37
Planteamiento Del Problema………………………………...…………………… 37
Diagnóstico Participativo O Técnicas Mediante Las Cuales La Comunidad Y
Los Estudiantes Reconocen Las Problemáticas……………………………….. 37
Situación Problemática Escogida Por La Comunidad………………………….. 38
Antecedentes Histórico–Culturales, Socio Jurídico, Implicaciones Políticas Y
Características De La Situación Problemática………………………………… 40
Capítulo III………………………………………………………………………… 42
Justificación………………………………………………………………………. 42
Capítulo IV……………………………………………………………………….. 43
Objetivos de la Investigación……………………………………………………… 43
Objetivo General…………………………………………………………………… 43
Objetivos Específicos……………………………………………………………… 43
Capítulo V………………………………………………………………………… 44
Metas Propuestas………………………………………………………………… 44
Metas Generales…………………………………………………………………… 44
Metas Específicas………………………………………………………………… 44
IX
Capítulo VI………………………………………………………………………… 45
Momentos o dimensiones de las experiencias, reconstrucción del proceso
vivido, especificando el registro de las actividades realizadas reflexiones….. 45
Aprendizaje construido colectivamente donde la comunidad también evalúa
la experiencia……………………………………………………………….………. 46
Aprendizaje obtenido a nivel socio – académico: vinculación de las
Unidades Curriculares a la UBI Proyecto y de la U.B.I………………………… 46
Análisis del papel de las Instituciones Públicas u organizaciones sociales
relacionadas con el desarrollo del proyecto (accesibilidad, receptividad y
consideraciones relevantes)…………………………………………………….. 51
Conclusiones……………………………………………………………………….. 53
Recomendaciones……………………………………………………………….. 56
Referencias Bibliográficas………………………………………………………. 57
Anexos……………………………………………………………………………… 58
X
INDICE DE CUADROS
Cuadro N° 1…………………………………………………………………………. 16
Cuadro N° 2…………………………………………………………………………. 37
Cuadro N° 3…………………………………………………………………………… 37
Cuadro N° 4………………………………………………………………………….. 37
Cuadro N° 5………………………………………………………………………….. 38
XI
INDICE DE GRAFICOS
Grafico N° 1…………………………………………………………………………. 26
XII
INTRODUCCIÒN
La discapacidad, es toda restricción o ausencia de la capacidad de realizar
una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un
ser humano, lo cual es causado debido a una deficiencia que puede ser física o
psicológica.
A través de la historia de la humanidad han existido personas con
discapacidades, lo que no les ha permitido el pleno desarrollo de sus
potencialidades; ya que las mismas siguen luchando día a día por ser reconocidos
y aceptados como lo que son y no como un detrimento totalmente aislado.
Al respecto, en el año 1992, las Naciones Unidas decretó el 03 de
diciembre como día Internacional de las personas con Discapacidad; a partir de
este entonces se enfatizó el cumplimento de normas y leyes para vigilar el buen
trato a esas personas y garantizar su inserción a la sociedad, ser tratados
adecuadamente y tener la oportunidad de desarrollarse laboralmente.
Es por ello, que gracias a las leyes que han sido creadas se han logrado ir
cambiando la concepción del ser humano con respecto a estas personas desde el
plano laboral, planteándose como uno de los objetivos fundamentales, el
desarrollo del ser humano acorde a sus capacidades.
En este mismo orden de ideas, para que puedan darse la inserción laboral
de las personas con discapacidad es necesario que tanto las instituciones
educativas, empresas, familiares, al igual que los afectado conozcan que les
garantizan el bienestar social, laboral, entre otros.
Es conveniente destacar, que anteriormente existía una ley para la
Integración de las personas Incapacitadas, Gaceta oficial de la República de
Venezuela Nº 4.623, Extraordinario, de fecha 03 de 1993; la cual hacía mención
en su artículo 25 “que las empresas tanto del sector público como privado que
empleen un número de trabajadores fijos que se exceda de cincuenta (50),
XIII
estarán obligados a emplear un número de trabajadores incapacitados no inferior
al 2% de la nomina”. Es muy importante señalar que con la entrada en vigencia de
la actual Ley de las Personas con Discapacidad se logró incrementar de un 2% a
un 5% la incorporación al campo laboral de estas personas. Adicionalmente, a tal
avance legislativo, esta ley crea el órgano gestor responsable de su aplicación
(CONAPDIS).
El objetivo fundamental de esta investigación es asesorar a personas con
discapacidad en el ámbito laboral del sector la Lucha de la Parroquia la sabanita,
Municipio Heres del Estado Bolívar, cuya importancia es conocer el perfil socio
demográfico de estas personas, describir y verificar su entorno familiar y las
condiciones socio laboral de los mismos, entre otros. Se utilizó una metodología
cuantitativa, la cual permitió la obtención de información a partir de la
cuantificación de los datos, en este tipo de metodología los datos se obtienen por
medio de la observación, las encuestas, entre otros.
Para finalizar, el informe contempla los siguientes capítulos; en el primer
capítulo se presenta la descripción general del proyecto; en el segundo capítulo, el
planteamiento del problema, en el tercer capítulo, la justificación, en el cuarto
capítulo, los objetivos de la investigación, en el quinto capítulo, las metas
propuestas, en el sexto capítulo, la sistematización de experiencias y evaluación
del proceso, y finalmente, se presentan las conclusiones recomendaciones,
referencias bibliográficas y anexos.
CAPITULO I
DESCRIPCIÒN GENERAL DEL PROYECTO.
Comunidad con la que cuenta el Proyecto, número aproximado de
habitantes y familias vinculadas.
Este proyecto se realizó en la comunidad La Lucha, Sector Llano Alto I,
de la Parroquia La Sabanita, con un número aproximado de 1.538 habitantes,
según la información aportada por el Consejo Comunal del sector, donde trece
familias (13) fueron beneficiadas con este proyecto.
Ubicación geográfica de la comunidad.
La comunidad La Lucha, está ubicada en el Sector Llano Alto I, parroquia
La Sabanita, municipio Heres del Estado Bolívar.
Norte: Calle Principal
Sur: Cárcavas. Calle Los Farallones
Este: Calle Bella Vista
Oeste: Calle Monterrey
Ver Anexo foto N° 1 (pág. 58).
Sujeto social o actores comunitarios del proyecto.
Como sujeto social en esta comunidad tenemos al Consejo Comunal
“Divino Niño”, el cual está conformado por quince (15) Comités, los cuales lo
integran 60 personas en los diferentes comités, y los mismos son habitantes de la
comunidad La Lucha.
Estructura del Consejo Comunal
“Divino Niño”
* Unidad Financiera Comunitaria:
1. Sandy Martínez
2. Yerdis Caña
3. Saila Palomo
4. Yoseileth Farrera
5. Antonio Albornos
6. Marco Carvajal
7. Trina Pérez
8. Karina Rendón
9. María Lara
10. Justo Ramírez
11. José Betancourt
* Unidad Contraloría Social:
1. Gloria Martínez
2. Sandra Mota
3. Sara Gamboa
4. Mendoza Enrique
5. Kondita López
6. Elimar Rodríguez
7. Karina Díaz
8. Daireli Brizuela
9. Inés Ávila
10. Franci Freite
11. Josefina Arade
* Comité Amor Mayor:
1. Donato Simozu
2. Noel Pérez
* Comité de Salud:
1. Rosa Franco
2. Jessica García
3. Angelina
* Comité de Diversidad de Género:
1. Maika López
2. Rosa Berroteran
3. Isabel Rodríguez
* Comité de Discapacidad:
1. Olimar Pachecho
2. Gustavo Arévalo
3. Omaira Osorio
* Comité de Alimentación:
1. Nohemí Maraña
2. Ismary Arévalo
3. Francisco Martínez
* Comité de Deporte:
1. Daniel Carrasco
2. Isac Martínez
3. Eduar Yánez
* Comité de Medios y Alternativa
Comunitaria:
1. Wilco Macabí
2. Carlos Sánchez
3. Luis García
* Comité de Seguridad:
1. Carolina Espinoza
2. Adriana Bravo
3. Juan Betancourt
* Comité de Mesa Técnica de Agua:
1. Marco Carvajal
2. Minulbi Medina
3. Joannet Trujillo
* Comité de Educación y Cultura:
1. Carmen Espino
2. Sol Ramírez
3. Ramón Villalba
* Comité de Habita y Vivienda:
1. Rigoberto García
2. Génesis Díaz
3. José González
* Comité Madres del Barrio:
1. Antonia González
2. Edelmira Cadena
3. Zulay Maraña
* Comité de Tierra Urbana:
1. Antonio García
2. Dioxer Tapia
3. Crismal Torres
Indicadores Sociopolíticos del Proyecto y Principales Beneficiarios
Este proyecto esta basado en el Plan de la Patria Socialista implementado
por el fallecido presidente de la República Hugo Chávez año 2013 – 2019, donde
se busca la construcción del socialismo y alcanzar la suprema felicidad social de la
comunidad ya que es un proyecto social dirigido a familias con miembros que son
personas con discapacidad, que por su condición, se ven desmotivados a cumplir
una actividad laboral.
El proyecto despertó el interés de la comunidad ya que nunca antes se
había hecho un proyecto dirigido a personas con discapacidad en esta comunidad.
Desde que se le dio inicio a la investigación de campo se constato que en varias
familias habitaban personas con discapacidad que desean tener un trabajo digno y
acorde a su condición, pero que desconocen cuales son sus derechos y las leyes
que los protegen, y los organismos encargados de velar por el bienestar de las
personas con discapacidad.
Por lo ante expuesto Estudiantes de P.F.G. Estudios Jurídicos de Misión
Sucre, los voceros y voceras del Consejo Comunal “Divino Niño” y los Médicos de
Barrio Adentro, de manera conjunta realizamos varias reuniones con la finalidad
de unir esfuerzo y lograr en su mayoría la participación de la comunidad en la
realización de este proyecto el cual tiene como objeto mejorar la calidad de vida
de las personas con discapacidad que habitan en esta comunidad. En esta
comunidad a través del trabajo de campo se logró conocer que trece (13)
personas con discapacidades congénitas y adquiridas, eran adultos que desean
ser reinsertado al campo laboral y obtener conocimiento jurídico e institucional de
su problemática
CUADRO N° 1
Adultos
Discapacidad Discapacitados
Congénita 3
Adquirida 10
Contexto en el cual se desarrolla el Proyecto: Social, Histórico
Demográfico, Económico, Cultural, y Político de la Comunidad.
En lo social: La comunidad cuenta con algunas instituciones como El
Preescolar La Lucha, la Escuela La Lucha, El Modulo Llano Alto Tipo II,
Ambulatorio Barrio Adentro I, Iglesias y el Consejo Comunal Divino Niño.
La comunidad también cuenta con los servicios de agua potable, aseo
urbano, energía eléctrica, transporte, cloacas, CANTV, internet, intercable, entre
otros.
En lo histórico demográfico: En el año 1961, bajo el gobierno de Raúl
Leoni y por la gran expansión que por motivo de la instalación de las Empresas
Básicas se avecinaba en él estado, parte de las masas humanas que en busca de
un puesto de trabajo decidieron poblar esta zona, dio inicio a la fundación del
Sector Llano Alto, las primeras casas estaban aisladas unas de otras porque a
penas habían como veinte viviendas no existía lo que hoy conocemos como
Urbanización Policial, es a partir del año 1970, estando como Comandante
General de la Policía del Estado Bolívar el Mayor de la Guardia Nacional Armando
Contreras Roa quien presenta un proyecto ante la Gobernación del Estado
solicitando la construcción de un número importante de viviendas para el personal
de efectivos de la Policía a su cargo.
En respuesta a esta gestión le fueron aprobadas la cantidad de cuarenta y
cinco (45) viviendas individuales tomando como sitio para hacer las casas el
Sector Llano Alto, de la Parroquia la Sabanita. Para el mes de diciembre de 1973,
estas viviendas fueron entregadas por un funcionario de INAVI.
El nombre inicial fue Urbanización Contreras Roa, después de que el
oficial diera la autorización para utilizar su nombre en agradecimiento a que fue el
quien hiso posible la adquisición de estas viviendas.
Posteriormente se dio el nombre de Urbanización Policial, luego Casas de
los Policías, también Urbanización la Lucha y Conjunto Residencial Llano Alto.
Actualmente no hay nombre establecido jurídicamente para estas
viviendas y se les conoce como, Urbanización Policial de Llano Alto I, sector la
Lucha.
Con el pasar de los años continuaron llegando familias a tomar posesión
de los terrenos del sector La Lucha, los cuales emigraron de los campos y pueblos
vecinos, una de las primeras familias en llegar al sector fueron: La familia León,
Pérez, Gómez, Contreras, Jiménez, Piña, Bolívar, Ortiz, Campero, Silva,
Rodríguez, Basanta, Olivos, Hernández, García, Toledo, Garrido, Torres, entre
otras, todas llegaron a esta ciudad y habitaron este sector en busca de empleo y
una mejor calidad de vida. Este sector fue tan poblado quedando al norte la calle
Principal, al sur las Cárcavas, calle los Farallones, al este la calle Bella Vista y al
oeste la calle Monterrey.
En lo económico: Al inicio de esta comunidad sus habitantes vivían de la
actividad agrícola y agropecuaria, pero con el pasar del tiempo surgieron algunos
comercios como: (La bodega El Chévere, Bodega El Turco, Panadería Esquina
caliente, Bodega Atlanta), entre otros. Los cuales son personas de bajos recursos,
que no poseen empleos fijos, donde habitan varias familias en un solo hogar y
solo una persona labora en economías informales no estables, debido a sus
necesidades en su tiempo muchas de estas personas no tuvieron la oportunidad
de estudiar una profesión, para la mejora de su economía y calidad de vida.
En lo cultural: Los primeros habitantes de esta comunidad eran de origen
guayanés, indígena, llanero, entre otros. De ellos surgieron algunas prácticas
culturales como los bailes folklóricos, la quema de Judas en Semana Santa, la
Cruz de Mayo el 3 de mayo, la elección de la reina y comparsas en carnaval.
También surgieron iglesias con diversas creencias religiosas.
En lo político: En esta comunidad ha existido diversas organizaciones
socio-políticas que en aquel entonces se les llamaba Junta de vecinos o
Asociación de vecinos quienes lo integraban miembros de la comunidad quienes
militaban en algunos partidos políticos de la época como, AD, COPEI, MAX,
Causa R, entre otros. Hoy en día el sector Llano Alto I, sector La Lucha cuenta con
5 Consejos Comunales que a partir de la revolución implementada por el fallecido
Presidente Hugo Chávez pasaron a llamarse esas asociaciones, las cuales están
distribuidas por sectores en esta comunidad. El sector donde se realizo el trabajo
de campo en especifico es el sector La Lucha y su Consejo Comunal tiene por
nombre “Divino Niño”, el cual esta conformado por 15 Comité los cuales están
integrados en su totalidad por 60 voceros y voceras habitantes del sector.
Fundamentación: Social, Teórica y Jurídica de la Investigación.
A lo largo de los años las personas con discapacidad en Venezuela han
visto como su derecho a un empleo justo y decente ha sido vulnerado, ya que las
empresas no reconocen lo expresado en las diferentes leyes, que para tal fin el
estado ha promulgado, y en algunas ocasiones aún cuando las personas con
discapacidad consiguen empleo, suelen ser trabajos mal remunerados, o en los
que tienen escasas posibilidades de ser promovidos.
La situación en América Latina de las personas con discapacidad sigue
caracterizándose por una profunda desigualdad, la cual se materializa en grandes
brechas socioeconómicas que colocan a este grupo de la población en una
condición de vulnerabilidad social.
Son personas con discapacidad todas aquellas que por causas congénitas
o adquiridas presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden
físico, mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas; de carácter
temporal, permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras le
impliquen desventajas que dificultan o impidan su participación, inclusión e
integración a la vida familiar y social, así como el ejercicio pleno de sus derechos
humanos en igualdad de condiciones con los demás. (Art 6 LPCD).
Se reconocen como personas con discapacidad:
Las sordas
Las ciegas
Los sordos ciegas
Las que tienen disfunciones visuales, auditivas, intelectuales,
motoras de cualquier tipo,
Las que tienen alteraciones de la integración y la capacidad
cognoscitiva,
Las de baja talla,
Las autistas, y
Con cual quiera combinación de algunas de las disfunciones o ausencias
mencionadas, y quienes padezcan alguna enfermedad o trastorno discapacitante;
científica, técnica y profesionalmente calificadas, de acuerdo con la Clasificación
Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la Organización
Mundial de la Salud.
La calificación de la discapacidad es consecuencia de evaluación
individual o colectiva efectuada con el propósito de determinar la condición, clase,
tipo, grado y características de la discapacidad.
Es competencia de profesionales, técnicos y técnicas, especializados y
especializadas en la materia de discapacidad, en el área de competencia
pertinente, adscritos al Sistema Público Nacional de Salud, como lo
es el Consejo Nacional para Personas con Discapacidad, el cual reconocerá y
validará las evaluaciones, informes y certificados de la discapacidad que una
persona tenga, expedidos por especialistas con competencia específica en el tipo
de discapacidad del cual se trate. (Art. 7 LPCD)
En sesión extraordinaria por la Asamblea Nacional se deroga la LIPI y
abre paso a la nueva Ley para Personas con Discapacidad que contempla:
atención médica, transporte, accesibilidad en empresas y registro de las mismas,
certificación, asesoría jurídica, atención familiar, inclusión en el ámbito laboral y en
los distintos niveles educativos; es decir, que le otorga derechos sociales, políticos
y económicos a las personas con discapacidad. Inmediatamente el CONAPDIS
pasa, a partir de ese momento, a denominarse Consejo Nacional para las
Personas con Discapacidad (CONAPDIS) publicada en Gaceta Oficial Número
38.598, el 5 de enero de 2007.
La certificación será requerida a los efectos del goce de los beneficios y
asignaciones económicas y otros derechos económicos y sociales otorgados por
parte del Sistema de Seguridad Social, de acuerdo con la ley.
Las exoneraciones, ayudas especiales, becas, subvenciones, donaciones
y otros beneficios previstos por razones de discapacidad, requieren para su
otorgamiento, la consignación en la solicitud correspondiente, del certificado de
persona con discapacidad, expedido por el Consejo Nacional para las Personas
con Discapacidad (CONAPDI).
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se les
garantiza el derecho al trabajo y la protección en el mismo a las personas con
discapacidad o necesidades especiales. Tienen derecho al ejercicio pleno y
autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El Estado,
con la participación solidaria de las familias y la sociedad, les garantizará el
respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones
laborales satisfactorias, y promueve su formación, capacitación y acceso al
empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con la ley. Se les reconoce a
las personas sordas o mudas el derecho a expresarse y comunicarse a través de
la lengua de señas.
El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley
dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e
intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta
obligación del Estado. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de
política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición.
La Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras también
protege a las persona con discapacidad garantizándoles su derecho al trabajo y
el deber de trabajar de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, y obtener una
ocupación productiva, debidamente remunerada, que le proporcione una
existencia digna y decorosa. Las personas con discapacidad tienen igual derecho
y deber, de conformidad con lo establecido en la ley que rige la materia. El estado
fomentara el trabajo liberador, digno, productivo, seguro y creador.
Deben emplear a personas con discapacidad, los órganos y entes de la
Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, así como las empresas
públicas, privadas o mixtas. Los empleadores deberán incorporar a sus planteles
de trabajo no menos de un cinco por ciento (5%) de personas con discapacidad
permanente de su nómina total , es decir de cada veinte (20) trabajadores que
tenga un Órgano o Empresa uno (1) debe ser persona con discapacidad
permanente. En cargos ejecutivos, como empleados u obreros.
Artículo 26. Toda persona tiene el derecho al trabajo y el deber de
trabajar de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, y obtener una ocupación
productiva, debidamente remunerada, que le proporcione una existencia digna y
decorosa.
Las personas con discapacidad tienen igual derecho y deber, de
conformidad con lo establecido en la ley que rige la materia. El Estado fomentará
el trabajo liberador, digno, productivo, seguro y creador.
“En concordancia con el articulo 81 y 89 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela. Se relaciona porque expresa: todas las personas
incluyendo los discapacitados tienen los mismos derechos al trabajo y el deber de
trabajar de acuerdo con sus capacidades y habilidades y en condiciones óptimas y
agradables para desarrollar y fomentar un trabajo digno productivo y seguro que le
proporcione una mejor calidad de vida”.
Artículo 290. Las disposiciones de esta Ley protegerán a las personas
con discapacidad, bien sea esta congénita, sobrevenida o de cualquier otro hecho
o circunstancia que afecte su desarrollo físico, intelectual o que le impida realizar
actividades personales o laborales en forma idéntica al resto de los trabajadores y
las trabajadoras. Profundizando la universalización de los derechos de las
personas con discapacidad, e incorporándolas a los procesos productivos. En
ninguna circunstancia pueden ser excluidos o excluidas y todo patrono o patrono
está obligado a incorporar a por lo menos el cinco por ciento de su nómina total a
trabajadores y trabajadoras con discapacidad, en labores cónsonas con sus
destrezas y habilidades, debiendo recibir en todo caso un trato digno, e insertarse
en la entidad de trabajo con las mismas garantías y características de los demás
de los trabajadores y trabajadoras.
No se podrá establecer discriminación alguna y se facilitara el desarrollo
de su actividad en condiciones dignas y decorosas en beneficio de ellos y ellas, de
sus familias y de la sociedad.
“Este artículo establece el derecho al trabajo de las personas con
discapacidad, describe las disposiciones de la LOTTT protegerán a las personas
con discapacidad sin importar el origen de su discapacidad, de manera que
puedan efectuar actividades tanto personales como laborales al igual que los otros
trabajadores, de igual forma fija que por lo menos un 5% de trabajadores con
discapacidad debe haber en la nómina de las empresas y se prohíbe todo tipo de
discriminación”.
Artículo 291. El Estado en corresponsabilidad con la sociedad desarrollará
cooperativas, empresas de propiedad social, empresas comunales, con la
incorporación y participación de las organizaciones sociales, consejos de
trabajadores y trabajadoras, consejos comunales, garantizando a las personas
con discapacidad y sus familias una vida productiva y gratificante, sin exclusión
alguna, que les permita el pleno desarrollo de sus potencialidades y capacidades.
Los ministerios del Poder Popular con competencia en trabajo y seguridad social,
y de comunas y protección social, vigilarán el estricto cumplimiento del acceso al
proceso de formación integral de las personas con discapacidad y su
incorporación o reincorporación a las actividades socio productiva.
“Este artículo señala que el Ejecutivo Nacional en corresponsabilidad con
la sociedad desarrollara empresas de propiedad social, cooperativas y empresas
comunales, donde participaran activamente las llamadas organizaciones sociales
entre otros entes de la misma naturaleza, los cuales garantizaran a las personas
con discapacidad el pleno desarrollo de sus potencialidades y capacidades, sin
ninguna exclusión y comisiona a los Ministerio del Poder Popular con competencia
en el trabajo y seguridad social, así como al ministerio de las comunas, a
garantizar el cumplimiento de la incorporación de las personas con discapacidad a
las actividades socio productiva”.
Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir
su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni
exceder de la capacidad para desempeñarlo.
Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de
sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad,
salud, y bienestar adecuadas.
El Estado, a través de los ministerios con competencia en materia del
trabajo, educación y deportes, economía popular y cultura, además de otras
organizaciones sociales creadas para promover la educación, capacitación y
formación para el trabajo, establecerán programas permanentes, cursos y talleres
para la participación de personas con discapacidad, previa adecuación de sus
métodos de enseñanza al tipo de discapacidad que corresponda.
La promoción, planificación y dirección de programas de educación,
capacitación y recapacitación, orientados a la inserción y reinserción laboral de
personas con discapacidad, corresponde a los ministerios con competencia en
materia del trabajo, educación y deportes y economía popular, con la participación
del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
A partir de 1999 comienza a escribirse una nueva página de la historia con
la llegada de la Revolución Bolivariana al poder, con una base fundamental de lo
social y en lo humano, comienza por primera vez a darse participación real y
protagónica a las personas con discapacidad a través de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela.
Artículo 81. Toda persona con discapacidad o necesidades especiales
tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración
familiar y comunitaria. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la
sociedad, le garantizará el respeto a su dignidad humana, la equiparación de
oportunidades, condiciones laborales satisfactorias, y promoverá su formación,
capacitación y acceso al empleo acorde con sus condiciones, de conformidad con
la ley. Se les reconoce a las personas sordas o mudas el derecho a expresarse y
comunicarse a través de la lengua de señas venezolana.
“En este artículo los derechos de las personas con discapacidad son
garantizados equiparándoles las oportunidades de empleo de acuerdo a sus
capacidades y respetando su dignidad como seres humanos; estableciéndoles
condiciones laborales favorables y promoviéndoles su capacitación, formación y
acceso al empleo acorde con sus capacidades”.
Art. 89. El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado.
La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e
intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. En este artículo la constitución
establece que el trabajo es un hecho social y gozara de la protección del estado,
nombra los principios el de igualdad, donde en su numeral (5), se prohíbe todo
tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por
cualquier otra condición.
Según Combellas (2001), Con respecto a los artículos antes mencionados,
señala que esta igualdad en términos formales no es suficiente para garantizar las
mismas oportunidades de estos individuos que muchas veces se encuentran
infrautilizados. Se trata, entonces, de integrar a personas dependientes, sin la
autonomía suficiente para desenvolverse en su hábitat. Seguidamente, es
pertinente mencionar el artículo 88 de la CRBV el cual consagra el principio de
igualdad en el trabajo y de no discriminación indicando “El Estado garantizará la
igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo…”
ratificando de esta forma la garantía constitucional a las personas con
discapacidad el derecho al trabajo.
En Venezuela se están desarrollando y creando mecanismos jurídicos y
aspectos legales que han permitido atender a este sector de la población
cumpliendo así la segunda línea del PLAN NACIONAL SIMÓN BOLÍVAR que es
la Suprema Felicidad Social.
Todo esto es posible solo en revolución, es importante resaltar y destacar,
que en la constitución de 1961 no se tomó en cuenta a las personas con
discapacidad, ya para quisiera dejar una enseñanza o mas que una enseñanza
una manera de ver a las personas con discapacidad: “No es la Discapacidad lo
que Hace la Vida Difícil sino, las Acciones de esta Sociedad”. (Ronniel Rafael
Herrera 19/03/2012, estudiante del 2do Semestre de Estudio Político Y gestión de
Gobierno, de la Casa de los Saberes UBV, San Félix, Estado Bolívar).
Es importante mencionar que anterior mente en Venezuela existió una ley
para la integración de las Personas Incapacitadas, Gaceta Oficial N° 4.623,
Extraordinario, año 1993, la cual establecía en su artículo 25 “que las empresas
tanto del sector público como privado que empleen un número de trabajadores
fijos que se exceda de cincuenta (50), estarán obligados a emplear un número de
trabajadores incapacitados no inferior al 2% de la nómina”
Grafico N°1.
Como lo expresa el Grafico 1. La ley para la integración de las Personas
Incapacitadas, Gaceta Oficial N° 4.623, Extraordinario, año 1993, establecía que a
partir de 50 trabajadores se debían emplear un 2% de personas incapacitadas,
hoy en día la Ley Orgánica Del Trabajo, Los Trabajadores Y Las Trabajadoras,
Capítulo VIII, Del Trabajo de las Personas con Discapacidad; Inclusión laboral de
personas con discapacidad en el Artículo 290, se establece que en ninguna
circunstancia pueden ser excluidos o excluidas y todo patrono está obligado a
incorporar a por lo menos el cinco por ciento (5%) de su nómina total a
trabajadores y trabajadoras con discapacidad, en labores de acuerdo a sus
destrezas y habilidades, debiendo recibir en todo caso un trato digno, e insertarse
en la entidad de trabajo con las mismas garantías y características de los demás
de los trabajadores y trabajadoras.
Otro instrumento legal es la Ley Para Las Personas Con Discapacidad,
publicada en gaceta oficial n° 38.598 viernes 5 de enero de 2007, Título I,
Disposiciones Generales; Naturaleza Jurídica Y Objeto estos Artículos establecen:
Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y
tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo
integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de
acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y
comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas
plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
Este articulo se refiere al objeto y la naturaleza jurídica de la Ley Para Las
Personas Con Discapacidad que no es mas, que el de establecer las
disposiciones que permitan el desarrollo integral de las personas con discapacidad
dentro de la sociedad, la participación solidaria de ésta, la familia, los entes
públicos nacionales, estadales y municipales; así como también los entes privados
nacionales o internacionales y organizaciones sociales; derogando así, la Ley para
la Integración de Personas Incapacitadas, sancionada el 3 de septiembre de 1993.
Artículo 2. Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
Estadal y Municipal competentes en la materia, y las personas naturales y
jurídicas de derecho privado, cuyo objeto sea la atención de las personas con
discapacidad, tienen el deber de planificar, coordinar e integrar en las políticas
públicas todo lo concerniente a la discapacidad, en especial su prevención, a fin
de promover, proteger y asegurar un efectivo disfrute de los derechos humanos
de las personas con discapacidad, el respeto a la igualdad de oportunidades, la
inclusión e integración social, el derecho al trabajo y las condiciones laborales
satisfactorias de acuerdo con sus particularidades, la seguridad social, la
educación, la cultura y el deporte de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados, pactos y convenios
suscritos y ratificados por la República. Cualquier persona natural o jurídica, de
derecho público o privado, nacionales, estadales o municipales, que intervenga en
la realización de actividades inherentes a la discapacidad, quedan sujetas a las
disposiciones de la presente Ley.
Esto quiere decir que los organismos dependientes del Ministerio del Poder
Popular para el Trabajo y el Ministerio del Poder Popular para el Desarrollo Social
encargados de garantizar el cumplimiento del régimen de empleo a las personas
con discapacidad, la administración pública debe supervisar el ámbito de la
actuación, debe igualmente intentar remediar las deficiencias legislativas, asesorar
jurídicamente a las empresas públicas y privadas para promover así la igualdad de
oportunidades, difusión social de la problemática, coordinar actividades con las
personas con discapacidad.
Artículo 26. El ministerio con competencia en materia de trabajo, con la
participación del ministerio con competencia en materia de desarrollo social,
formulará políticas sobre formación para el trabajo, empleo, inserción y reinserción
laboral, readaptación profesional y reorientación ocupacional para personas con
discapacidad, y lo que correspondan a los servicios de orientación laboral,
promoción de oportunidades de empleo, colocación y conservación de empleo
para personas con discapacidad.
Esta norma tiene consigo una secuencia con la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (1999) viene a regular específicamente los
medios y mecanismos que deben ser implementados por los organismos
correspondientes para brindarles una seguridad y estabilidad a las personas con
discapacidad.
El artículo 28 de la ley expresa en relación con Empleo para Personas con Discapacidad:
Artículo 28. Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
Estadal y Municipal, así como las empresas públicas, privadas o mixtas, deberán
incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de
personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos,
ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras.
No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o
pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad.
Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir
su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni
exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras
con discapacidad no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten
riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.
Las personas con discapacidad han sido objeto de la más flagrante
exclusión, olvido y maltrato, pero desde el año 2007 que entra en vigencia esta
nueva ley específica que regulara las políticas, medios y mecanismos y
exactamente un porcentaje de inclusión para poder acceder al mercado de trabajo
de las personas con discapacidad, es meramente importante y beneficiosa para
esa parte de la población que estaba siendo afectada, con este artículo abre
posibilidades para las oportunidades de empleo y la inserción laboral.
Artículo 29. Las personas con discapacidad intelectual deben ser
integradas laboralmente, de acuerdo con sus habilidades, en tareas que puedan
ser desempeñadas por ellas, de conformidad con sus posibilidades, bajo
supervisión y vigilancia. A tal efecto, el ministerio con competencia en materia del
trabajo formulará y desarrollará políticas, planes y estrategias para garantizar este
derecho.
Las personas con discapacidad intelectual de acuerdo al artículo 29, deben
ser integradas laboralmente, tomando en cuenta sus habilidades, posibilidades,
tareas que puedan desempeñar, siempre y cuando éstas sean vigiladas y
supervisadas, este derecho será garantizado por el Ministerio del Trabajo y la
Seguridad Social.
Por otra parte en la Ley Orgánica Del Sistema De Seguridad Social, Ley
reformada, Decreto N° 6.243, Gaceta Oficial N° 39.912, 30 de abril de 2012 en el
Artículo 84 expresa:
Artículo 84.Se crea el Instituto Nacional de Empleo, instituto autónomo
con personalidad jurídica y patrimonio propio distinto e independiente del Fisco
Nacional, adscrito al Ministerio con competencia en empleo, que tendrá como
objeto la gestión del Régimen Prestacional de Empleo y el componente de
capacitación e inserción laboral de las personas con discapacidad amparadas por
el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como establecer
la coordinación funcional intergubernamental, descentralizada y sistémica con
órganos y entes públicos, e instituciones privadas, empresariales, laborales y de la
comunidad organizada para la prestación de los servicios de atención al
desempleado.
La ley del Régimen Prestacional de Empleo desarrollará aquellos aspectos
del Instituto Nacional de Empleo no señalados en la presente Ley.
“Este Articulo tiene como objeto, las instituciones nacional para la gestión
del régimen prestacional del empleo, y los componentes de capacitación e
inserción laboral de las personas con discapacidad, amparadas por el régimen
prestacional de seguridad y salud, así como lo establece la coordinación funcional
intergubernamental y demás instituciones públicas y privadas
PLAN DE ACCIÓN
FECHA LUGAR ACTIVIDAD OBJETIVO TIEMPO RECURSOS
21-06-2014 Preescolar la
Lucha
Reunión con el Consejo
Comunal Divino Niño
Pedir Apoyo para realizar
trabajo de campo
2 Horas Hojas, Bolígrafos y
Refrigerio
12-10-2014 Sector La
Lucha
Realización de Encuesta Conocer Problemáticas
del sector
4 Horas Hojas, Bolígrafos
Cámaras
13-10-2014 Preescolar La
Lucha
Reunión con el Consejo
Comunal
Consultar y escoger
problemática de la
comunidad
2 Horas Hojas, Bolígrafos y
Refrigerio
20-10-2014 Sector la
Lucha
Entrega de comunicación a
doctores del Ambulatorio
Barrio Adentro I
Pedir colaboración para
informes médicos.
1 Hora Hoja, Bolígrafo
20-10-2014
al 05-11-
2014
Sector La
Lucha
Acompañamiento a los
doctores de Barrio Adentro I
Visita y elaboración de
informe médicos para
tramitar carnet a
personas con
discapacidad
de esta comunidad
36 Horas Hojas, Bolígrafos,
Cámaras
12-11-2014 CONAPDIS Entrega de Planillas Solicitar los carnet de 2 Horas Hojas. Bolígrafos,
acreditación de personas
con discapacidad de la
comunidad
Carpetas
10-12-2014 CONADIS,
Ministerio del
Trabajo
Visita a las Instituciones Buscar información sobre
las leyes y organismos
que amparan a las
personas con
discapacidad en materia
laboral
4 Horas Cuadernos de nota,
Bolígrafos, Cámaras
10-12-2014 Diario El
Progreso,
Emisora
Bolivariana
FM
Nota de Prensa Difusión de información 2 Horas Hoja, Bolígrafo,
Cámara
14-12-2014 Sector La
Lucha
Brindar conocimiento sobre
los derechos que consagra la
CRBV, LOTTT y LOSSS ,
Entrega de material
Informativo
Asesoría jurídica en el
ámbito laboral a
personas con
discapacidad
4 Horas Cámaras,
Refrigerios
CAPITULO II
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Diagnóstico Participativo o Técnicas mediante las Cuales la
Comunidad y los Estudiantes reconocen las Problemáticas;
Para poder investigar la situación problemática del Sector La Lucha, se
llevó a cabo un diagnóstico participativo, el cual permitió identificar y explicar los
problemas que afectan a la población de una realidad social que se quiere
intervenir. Para ello se contó con algunas herramientas metodológicas que
conllevaron a conocer las fortalezas y debilidades con que cuenta esta
comunidad.
Por tal razón la importancia que tiene la Investigación-Acción-Participante
(I.A.P), la cual se tomó como punta de partida para la realización de este proyecto,
dado que la misma es una metodología que permite investigar la realidad, con los
distintos problemas que en ella se presentan, además de planificar y ejecutar
acciones necesarias para mejorarla en forma participativa, por parte de quienes
padecen los problemas”, tal como lo plantea (López, 1989).
Igualmente se puede manifestar que este método de la investigación-
acción participación (IAP) combinó dos procesos, el de conocer y el de actuar,
implicando en ambos a la comunidad cuya realidad se aborda. Asimismo,
contribuyó a comprender mejor la realidad de los problemas existentes en la
comunidad del Sector La Lucha, para poder planificar acciones y medidas
transformadoras que permitieron mejorar las situaciones problemáticas. Asimismo,
posibilitó el aprendizaje, la toma de conciencia crítica de la comunidad sobre su
realidad, su empoderamiento, el refuerzo y ampliación de sus redes sociales, su
movilización colectiva y su acción transformadora.
Consecuentes con lo antes descrito, enfatizamos en la selección de la
problemática abordada; esta que resulto ser la primordial según el orden que le
asignan los habitantes de la comunidad cuando se aplicó la metodología IAP, la
cual nos permitió utilizar como instrumento: las encuestas, entrevistas, charlas,
Trípticos, reuniones con los integrantes del Consejo Comunal del Sector La Lucha;
así como también la investigación y análisis de aspectos relevantes en los
distintos ámbitos que inciden dentro de la comunidad.
Cabe señalar que la información obtenida mediante las primeras fases,
fue objeto de múltiples discusiones con la intención de construir un criterio
objetivo que permitiera a cada habitante y estudiante interpretar de forma
coherente el objetivo general del proyecto comunitario “Análisis Social de la
Justicia”, y posteriormente la fase “Justicia Social e Igualdad Real” y la presente
“Justicia Comunitaria”. Desde esta perspectiva se comienza por analizar de forma
cronológica y analógica los acontecimientos más resaltantes e influyentes sobre la
Justicia Social.
Situación Problemática Escogida Por La Comunidad.
Después de aplicar la metodología cuantitativa, la cual permitió la
obtención de información a partir de la cuantificación de datos arrojados por la
entrevistas y encuestas realizada en el Sector La Lucha, la cual dio como
resultado que en muchas de las familias la habita personas con discapacidad, que
de acuerdo a su condición pueden ser reinsertado al ámbito laboral pero que están
desempleados y a su vez desconocen cuáles son las leyes que los amparan
constitucionalmente y los organismos encargados de velar por sus beneficios, es
por ello que los estudiantes del 10mo semestre de Estudios Jurídicos
seleccionamos esta problemática. Se censaron treinta y nueve (39) familias donde
habitaban personas con discapacidad, resultando que trece (13) personas con.
los cuales cuatro (4) son mujeres con discapacidad físico motora e
intelectual, y nueve (9) son hombres con discapacidad físico motora, visual,
intelectual y sensorial.
CUADRO N° 2: Resultados del Censo:
SEXO N° DISCAPACIDAD CAPACIDAD
Femenino
4 2 intelectual
2 físico motora Áreas Educativas, domesticas y costuras.
Masculino
9 5 físico motora
2 visual
1 intelectual
1 sensorial
Mecánica, comercios, mantenimientos,
Instituciones Educativas, obrero,
Albañilería.
CUADRO N° 3: Perfil de las personas con discapacidad censadas:
Sexo N° Discapacitados Edades
Femenino 4 35 a 45 años
Masculino 9 25 a 60 años
CUADRO N° 4: Educación y Profesión:
Sexo
N°
Discapacitadas
Grado de
Instrucción
Profesión u
Ocupación
1 Lic. En Educación Ama de casa
Femenino 1 6to grado Ama de casa
1 Ninguna Ninguna
1 Ninguna Ama de casa
CUADRO N° 5: Educación y Profesión:
Sexo
N°
Discapacitadas
Grado de
Instrucción
Profesión u
Ocupación
1 Ninguno Ninguna
1 5to grado Ninguna
1 3er año Electricista
Masculino 1 7mo grado Ninguna
1 3er año Mecánico, Chofer
1 6to grado Fumigador
1 6to grado Chofer
1 Bachiller Albañil
1 Ninguno Obrero
Antecedentes Histórico–Culturales, Socio Jurídico, Implicaciones
Políticas y Características de la Situación Problemática.
Como antecedentes a nuestro proyecto es primordial recalcar que en la
información recopilada con algunos habitantes del sector nos percatamos que
antes de nuestra llegada a la comunidad de “La Lucha”, esta no había sido
abordada por ninguna institución u organismos del Estado, ni por estudiantes de
alguna universidad en el sentido de generar conocimientos sobre las diferentes
leyes, en especial, a las personas con discapacidad en materia laboral. Así que
como estudiantes del programa de Estudios Jurídicos de La Misión Sucre,
pertenecientes a la aldea Carlos Emiliano salom, de la Parroquia La Sabanita,
Municipio Heres, Estado Bolívar, tomamos como objetivo principal Asesorar a las
personas con discapacidad en el ámbito laboral que habitan en el sector La Lucha,
de la Parroquia La Sabanita del Municipio Heres, Estado Bolívar.
El proyecto investigativo,”Asesoría Jurídica para Personas con
Discapacidad en el ámbito laboral del sector La Lucha, Parroquia la Sabanita,
municipio Heres del Estado Bolívar”, se respaldó con el aporte del estudio y
conocimiento de las leyes que protegen a las personas con discapacidad en el
ámbito laboral, como sujetos de derechos, como Venezolanos de la República
Bolivariana de Venezuela.
Además de lo antes señalado es bueno resaltar que fuimos nutridos de
experiencias mutuas, de las cuales tomamos los aspectos positivos y
transformadores para ponerlos en práctica en pro del colectivo de este sector.
Las personas con Discapacidad de este sector son de familias de bajos
recursos y señalaron que nunca han tenido apoyo y atención de ninguno de los
organismos del Estado.
CAPÍTULO III
JUSTIFICACIÓN
Promocionar y crear conciencia en la sociedad y a los familiares de
personas con discapacidad que habitan en el sector La Lucha, su forma de vida,
su entorno familiar y la capacidad y los medios que tienen para cubrir sus
necesidades básicas. Tomando en cuenta que la discapacidad muchas veces
golpea el autoestima personal y colectiva de las personas que la poseen, se cree
que dándoles herramientas para superar esas barreras, emocionales, físicas,
sociales, económicas y laborales, se puede crear conciencia a nivel personal,
familiar y comunitario, para que se les respeten sus derechos laborales que les
permita ser reinsertado al trabajo.
Considerando que el trabajo, es una de las prioridad para cualquier
persona, se busca con este proyecto contribuir y brindar asesoría jurídica a
personas con discapacidad que habitan en el sector La lucha, con el fin de que
conozcan cuales son las leyes que los amparan, y los organismos encargados de
velar por sus derechos y beneficios para que tengan una vida digna y así cumplir
con unas de las Líneas Estratégicas del Plan de la Patria Socialista implementado
por el fallecido presidente de la República Hugo Chávez año 2013 – 2019 que es
la Suprema Felicidad Social.
CAPITULO IV
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
Objetivo General
Asesorar a las personas con discapacidad en el ámbito laboral que
habitan en el sector La Lucha, de la Parroquia La Sabanita del Municipio Heres,
Estado Bolívar.
Objetivos Específicos
Dar a conocer a las personas con discapacidad, cuales son sus
derechos en materia laboral, establecidos en los artículos 81 y 89 de la
Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela.
Orientar a las personas con discapacidad sobre otras leyes que
respaldan sus derechos en el ámbito laboral, como la LOTTT, Ley para Personas
con Discapacidad y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
Concientiza a la población de esta comunidad para que las personas
con discapacidad sean tomados en cuenta dentro de esta comunidad y se integren
a las actividades elaboradas por estas personas con Discapacidad.
CAPITULO V
METAS PROPUESTAS
Metas Generales
La elaboración del proyecto y asesoría jurídica en materia laboral dirigida
a personas con discapacidad que habitan en el sector La Lucha. Para separar un
cambio social y elevar los derechos que tienen estas personas en nuestra
comunidad y la oportunidad que les brinda el Estado.
Metas Específicas
Gestionar el carnet de las personas con discapacidad que los
acredita como persona con discapacidad, como herramienta para obtener el
beneficio de un empleo.
Se logró dar asesoría jurídica en materia laboral, entrega de kid
contentivo de leyes y trípticos informativos.
Se motivó a la comunidad para que se involucraran en las
actividades de asesoría jurídica en materia laboral para personas con
Discapacidad.
CAPITULO VI
SISTEMATIZACIÓN DE EXPERIENCIAS
Y EVALUACIÓN DEL PROCESO
Momentos o dimensiones de las experiencias, reconstrucción del
proceso vivido, especificando el registro de las actividades realizadas
reflexiones:
En las reuniones que se tuvieron con el Consejo Comunal “Divino Niño”
del sector La Lucha, de la parroquia La Sabanita, Municipio Heres, Estado Bolívar,
se pudo conocer el contexto histórico, demográfico, político, social, cultural y
económico del sector, así como también las problemáticas que tiene esta
comunidad.
Cada actividad realizada por los alumnos del 10mo semestre de Estudios
Jurídicos de la Misión Sucre, Aldea Carlos Emiliano Salom, conto con el apoyo de
los voceros y voceras del consejo comunal y habitantes de la comunidad y
médicos del Ambulatorio Barrio Adentro I, para la realización de este proyecto. A
la cual mencionamos: El día 21-06-2014 tuvimos una Reunión con el Consejo
Comunal Divino Niño para Pedir Apoyo para realizar trabajo de campo, el 12-10-
2014 Realizamos la Encuesta para conocer Problemáticas del sector, el 13-10-
2014 Se realizó una reunión con el Consejo Comunal para Consultar y escoger
problemática de la comunidad, el 20-10-2014 se entregó una comunicación a
doctores del Ambulatorio Barrio Adentro I Pedir colaboración para informes
médicos, del 20-10-2014 al 05-11-2014 Se realizó acompañamiento a los doctores
de Barrio Adentro I y visita y elaboración de informe médicos para tramitar carnet
a personas con discapacidad de esta comunidad, el 12-11-2014 visitamos
CONAPDIS para entregar las Planillas y así solicitar los carnet de acreditación de
personas con discapacidad de la comunidad, el 10-12-2014 realizamos una visita
a las Instituciones CONAPDIS, Ministerio del Trabajo y buscar información sobre
las leyes y organismos que amparan a las personas con discapacidad. El 10-12-
2014 visitamos el Diario El Progreso, Emisora Bolivariana FM y dejamos una nota
de Prensa y Difusión de información de la jornada a realizar en la comunidad, el
14-12-2014 Se entregó unos kit de leyes, trípticos y carnet y se hizo asesoría
jurídica en el ámbito laboral a personas con discapacidad.
Aprendizaje construido colectivamente donde la comunidad también
evalúa la experiencia:
Con la instauración de la Democracia Participativa y Protagónica en la
Constitución, la comunidad del sector La Lucha, para alcanzar la solución de los
problemas que afectan su entorno requieren de una organización comunal, la cual,
en sus inicios precisa el apoyo especializado tanto interno como externo para la
elaboración del plan de trabajo dirigido a solucionar la problemática que les
aquejan. En este marco, la comunidad del sector La Lucha, con la disposición de
obtener nuevos conocimientos cordialmente aceptó la participación de los
estudiantes del 10mo semestre de Estudios Jurídicos de la "Aldea Carlos Emiliano
Salom", quienes con anterioridad habían solicitado ante los miembros del Consejo
Comunal, la posibilidad de vincular con esta comunidad, con el objetivo de
elaborar un proyecto factible como parte de su formación académica
específicamente en la unidad curricular Proyecto IV, Justicia Comunitaria, para dar
cumplimiento a los lineamientos de la Misión Sucre y de la Universidad
Bolivariana de Venezuela.
En lo sucesivo, con la participación activa de la comunidad, se mantuvo
desde el inicio del proyecto las mejores relaciones con los coautores del mismo,
teniendo como norte brindar el apoyo necesario, para potenciar y fortalecer las
acciones programáticas y actividades innovadoras que los estudiantes pueden
hacerle llegar a la comunidad.
Importante es resaltar que durante la vinculación participantes-comunidad
del sector La Lucha, las experiencias han sido enriquecedora, debido a que se
estimuló en la comunidad el sentido de pertenencia y la importancia de que las
personas con discapacidad conozcan sus derechos en el ámbito laboral, por la
sensación de arraigo que trae consigo; lo que los incentiva a participar
activamente en el proyecto.
De igual manera es importante mencionar que la vocera del Consejo
Comunal “Divino Niño” del sector La Lucha, la señora Ismary Arévalo no solo
brindo el apoyo en este trabajo especial de grado, si no que se beneficio de forma
directa, ya que unos de los beneficiarios de este proyecto es de su núcleo
familiar, y eso causo su especial participación y motivo a otros voceros del consejo
comunal a que se unieran al esfuerzo de este trabajo.
Aprendizaje obtenido a nivel socio – académico: vinculación de las
Unidades Curriculares a la UBI Proyecto y de la U.B.I.
Primer Trayecto: Sociedad, Justicia y Derecho.
Tramo I.
Sociedad, Estado y Constitución: Esta unidad curricular se vincula por la
participación y el rol del Estado y de la Sociedad, de la conformación de un
estado social, democrático de derecho y de justicia para las personas con
discapacidad del sector La Lucha, que desean ser reinsertado al trabajo y que
con este proyecto pudieron conocer sus derechos constitucionales y de otras leyes
que los amparan.
Antropología Jurídica: Esta unidad curricular se estudio al hombre como
sujeto de derecho con respecto a las leyes. En relación a nuestro proyecto socio
comunitario es necesario estudiar la relación que existe entre la comunidad con la
normativa jurídica para así poder brindarle la asesoría jurídica a las personas con
discapacidad en el ámbito laboral de este sector para su conocimiento y
comportamiento en la sociedad.
Teoría del Conocimiento: Esta unidad curricular se relaciona con nuestro
proyecto mediante el compartir de saberes y la esencia de las leyes con las
necesidades tangibles de los ciudadanos.
Tramo II
Análisis Sociológico del Derecho y del Pensamiento Jurídico: Esta unidad
curricular nos permite comprender el derecho como un factor social, por lo que
debe adaptarse a los cambios sociales, guiando nuestro pensamiento a lo jurídico,
así que para realizar este proyecto se debe articular a la comunidad como un
todo: Comunidad, Consejo Comunal y Organizaciones Gubernamentales,
activando la participación ciudadana para minimizar la problemática de las
personas con discapacidad en el ámbito laboral del sector La Lucha.
Tramo III.
Lenguaje y Argumentación Jurídica: Esta unidad curricular nos facilitó la
manera de como hicimos la transmisión de nuestros conocimientos a esta
comunidad, en cuanto a las asesorías jurídicas impartidas se logró ese objetivo
que fue lograr captar la atención y si se quiere se logro que esta comunidad nos
trasmitieran los problemas que para ese momento les eran preocupantes; fue
entonces que se consiguió la integración en la propia transmisión y reflexión de los
conocimientos, con el binomio estudiante–comunidad juntos en la búsqueda de la
solución de los conflictos que aquejan al colectivo.
Electiva 1: Medios de Participación y Protagonismo del Pueblo: Unidad
curricular vinculada directamente a nuestro proyecto debido a que está dirigida a
desarrollar su estudio y aplicación desde la práctica, para ello, tal como lo
establece el artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, donde la comunidad participa en la solución de los problemas que más
le aquejan de manera integrada y organizada.
Ética: Nos permite ser agentes multiplicadores de los valores humanos,
éticos, altruismo para la mejor construcción de la sociedad partiendo de la base de
la comunidad y las familias del sector La Lucha.
Segundo Trayecto: Estado, Derecho y Democracia.
Tramo IV.
Sistema Político y Constitución: Esta unidad curricular orienta al estudio
percepción y comprensión del sistema político venezolano, partiendo de esta
premisa sistema político y constitución se vincula con nuestro proyecto
comunitario proporcionándonos el conocimiento necesario para enlazar los jurídico
con la práctica social, permitiendo construir una sociedad de derecho y justicia
para todos, mediante la orientación jurídica a todos los ciudadanos conociendo así
sus deberes y derechos. En cuanto a las personas con discapacidad de la
comunidad del sector La Lucha, las orientaciones sobre los derechos al ámbito
laboral.
Tramo V.
Política, Derecho y Medios de Comunicación: Esta unidad curricular nos
proporcionó las herramientas comunicacionales necesarias para abordar la
comunidad mediante dos tipos de comunicación las cuales son: la interpersonal la
que aplicamos en la interacción con el sector y la masiva la cual aplicamos a
través de la radio informando de las charlas y asesorías que se realizaron. En un
abordaje realizado en la comunidad una ciudadana nos notifico haber escuchado
por la radio el cronograma de actividades de las charlas y asesorías jurídicas a
impartir.
Tramo VI.
Estado, Ética y Servicio Público: Esta unidad curricular nos permitió tener
el conocimiento de los entes públicos a los cuales competen los problemas de la
comunidad para poderlos referenciar en la gestión de la solución de los mismos.
El Papel Social de la Familia: En esta unidad curricular nos dotó de las
herramientas necesarias para conocer el papel que juega la familia como
institución social y jurídica en la comunidad. En nuestra experiencia con la
comunidad del sector La Lucha se observo la preocupación existente por parte de
los miembros adultos de cada familia, por el futuro de sus familiares con
discapacidad que no tienen empleo y que desconocen sus derechos
constitucionales y de otras leyes que los respaldan jurídicamente.
Tercer Trayecto: Clases Sociales, Derechos Humanos y Justicia Social.
Tramo VII.
Exclusión Social y Grupos Vulnerables: En la realización de este proyectos
nos encontramos con diferentes personas que pertenecen a los grupos
vulnerables tales como mujeres y hombres con discapacidad, que no tenían el
conocimiento de donde debían dirigirse y a que leyes acogerse para hacer valer
sus derechos laborales .
Tramo VIII.
Igualdad, Diversidad y Jurisprudencia: La vinculación de esta unidad
curricular permitió que al llegar a la comunidad del sector La Lucha, encontrado
diferentes niveles sociales, donde algunos son discriminados por su condición, sin
considerar que ante el ordenamiento jurídico somos iguales.
Cuarto Trayecto: Atención Jurídica y Políticas Públicas
Tramo IX.
Electiva A: Acompañamiento y Organización: Vinculamos esta unidad
curricular a este proyecto por ser la base fundamental para la elaboración del
mismo. Esta unidad curricular nos da una visión más clara y precisa de lo que
significa nuestra participación, a través del proyecto, en promover la solución de
los problemas que realmente son de importancia a la comunidad y la conformación
de una relación de cooperación con los entes del Estado para la solución de los
mismos.
Sistemas de Protección Social: En las asesorías jurídicas que se
impartieron en la comunidad nos plantearon problemas sobre los carnets que
acreditan a las personas con discapacidad y la falta de empleo que se pudo
orientar.
Tramo X.
Electiva C: Amparo Constitucional: Con la ayuda de esta unidad curricular
hemos orientado a las personas con discapacidad en los que se les han vulnerado
sus derechos al trabajo y a las instituciones que pueden acudir como CONAPDIS
y el Ministerio del Trabajo.
Análisis del papel de las Instituciones Públicas u organizaciones
sociales relacionadas con el desarrollo del proyecto (accesibilidad,
receptividad y consideraciones relevantes)
Ministerio del Trabajo: el grupo de estudiantes de estudios jurídicos
visitamos esta institución, en búsqueda de información, sobre las personas con
discapacidad, sobre su derecho a ser reinsertado al trabajo donde algunos
miembros del personal de este ministerio nos aportaron información en base a las
leyes y organismos como CONAPDIS. Se pudo conocer que este ministerio
funciona un departamento que se encarga del número de personas con
discapacidad que deben laboral en las empresas e instituciones lo cual esta
establecido en la Ley Orgánica Para Personas Con Discapacidad y la Ley
Orgánica del trabajo, Los Tragadores y Trabajadoras.
CONAPDIS: Se visitó esta institución con el fin de lograr la Calificación y
Certificación de Personas con Discapacidad del sector La lucha, que permitirá la
emisión del carnet de discapacidad a un número de beneficiarios de este sector.
Para cumplir con esta meta se consignaron informes médicos, y fotocopia de
cédula de identidad, tomando en consideración que el carnet es un requisito
indispensable para una persona con discapacidad para el goce y disfrute de
beneficios implementados por el estado en el ámbito laboral ya que el mismo
especifica sus datos personales, el tipo y el grado de discapacidad que le permitirá
a la empresa o institución darle un trabajo acorde a su discapacidad.
Ambulatorio Barrió Adentro I: En esta institución se acudió en busca del
apoyo de los médicos para la realización de los informes médicos de las personas
con discapacidad para tramitar los carnets en la oficina de CONAPDIS.
Consejo Comunal Divino Niño: se realizó varias reuniones con los
voceros y voceras del consejo comunal Divino Niño para la realización de este
proyecto.
CONCLUSIONES
La situación en el ámbito laboral de las personas con discapacidad aún
sigue siendo muy excluyente, de hecho aunque se han generado leyes que
ayudan de una u otra manera a la incorporación de estas personas, la mayoría de
la población las desconoce y por lo tanto no se aplican. La otra cara de la moneda
es que aquellos que conocen las leyes buscan la forma de violarla, vulnerando el
derecho de los hombres y mujeres en edad laboral con cierto grado de
discapacidad, que hacen un gran esfuerzo para ingresar al mundo del trabajo en
condiciones realmente dignas.
Se plantea en este trabajo que la única forma de poder vencer estas
problemáticas y de poder avanzar a cambios reales dentro de los procesos de
inclusión, de prevención y de cambios sociales que apunten a una cultura de
prevención en el área laboral, así como en el plano humano y reflexivo, para que
la mayoría de las personas entiendan que las condiciones de las personas que
poseen cierto grado de discapacidad, no son menos valiosos o menos
importantes, que aquellos que no poseen estás condiciones. Es a través de
asesorías jurídicas comunicacional, enfocada a informar, y empoderar a la gente
de sus derechos y de los derechos de los demás.
Por otro lado, al describir las políticas laborales que tutelan el derecho al
trabajo de las personas con discapacidad en el ordenamiento jurídico venezolano
De esa forma, en materia de empleo prevé que las personas discapacitadas tienen
derecho al trabajo sin más limitaciones que las derivadas de la aptitud y
capacitación laboral, y plantea cuatro medios de trabajo: primero la formación para
el Trabajo; segundo, el empleo para Personas con Discapacidad a través de la
reserva de puesto en las empresas públicas y privadas o mixtas: tercero, el
empleo con apoyo integral, es decir, bajo supervisión y vigilancia y cuarto la
inserción y reinserción laboral a través de la promoción, planificación y dirección
de programas de capacitación y recapacitación.
Un sector vulnerable son las personas con discapacidad, porque muchas
veces son violentados sus derechos, por lo que de manera lenta pero enérgica
van ganando espacios en la sociedad, aunque para lograrlo es necesario el aporte
de la comunidad en conjunto, pero de manera especial la intervención del Estado
es indispensable para facilitar procesos.
La discapacidad y la pobreza están directamente relacionadas por lo que
una de las estrategias para romper este círculo es la integración laboral.
La mayoría de las personas con discapacidad del sector La Lucha, no
están laborando, pero cuentan con experiencia laboral, motivación y actitud
positiva ante el trabajo.
En el diagnostico se detectó que es necesario potenciar los aspectos de
asesorías jurídicas en el ámbito laboral a personas con discapacidad del sector la
Lucha, ya que no tenían conocimientos de que existen leyes a favor de las
personas con discapacidad y que también hay organismos como CONAPDIS y el
Ministerio del Trabajo que son los que velan por su seguridad y beneficios
laborales.
RECOMENDACIONES
Concluida la presente investigación se recomienda lo siguiente:
Promover la inserción social de las personas con discapacidad a
través de la realización de un trabajo, como medio para la incorporación plena y
digna del individuo en la comunidad.
Mejorar la calidad de vida y reivindicar los derechos de las Personas
con Discapacidad, de sus cuidadores, Familiares y comunidad a través de
políticas públicas que así lo garanticen.
El ente nacional que ha creado la Ley para personas con
Discapacidad, debe exigir a entes públicos y privados el desarrollo real de las
normas que implican toma de decisiones que ayuden al desarrollo integral y
laboral.
Desarrollo de campañas publicitarias que inviten a conocer los
distintos tipos de discapacidad, así como las normas y exigencias técnicas para la
atención de las personas con discapacidad.
.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Derecho al trabajo personas con Discapacidad.
Soluciónlaboralvenezuela.bliogspot.com/p/derecho-al-trabajo-personas-
con.html.
Inclusión o Integración de las Personas con Discapacidad.
www.monografias.com/trabajos82/inclusión-integración-personas-
discapacidad-inclusión-integracion- personas-discapacidad2.shtml.
Hacia un proceso de inclusión de las Personas con Discapacidad en el
mundo laboral en Venezuela.es.scribd.com/doc/30459242/HACIA-UN-PROCESO-
DE-INCLUSION-DE-LAS-PERSONAS-CON-DISCAPACIDAD-EN-EL-MUNDO-
LABORAL-EN-VENEZUELA.
Situación de las Trabajadoras y los Trabajadores con Discapacidad en
Venezuela.publicaciones.urbe.edu/index.php/lexlaboro/article/viewArticle/
2706/3750.
ANEXOS
Anexo foto N°1
Ubicación Geográfica: Comunidad La Lucha, está ubicada en el Sector
Llano Alto I, parroquia La Sabanita, municipio Heres del Estado Bolívar.
Visita a personas con discapacidad, con acompañamiento médico de la Doctora.
Visita al Ministerio de Trabajo, en busca de Información para personas con
Discapacidad.
Visita a Ministerio del Trabajo en busca de información para personas con Discapacidad.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.
Visita a Personas con Discapacidad y entrega de material informativo.