tesi UE

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Universidad Latina de Costa Rica Facultad de Ciencias Sociales Bachillerato en Relaciones Internacionales Derecho Internacional Pblico I

Antecedentes Polticos, Jurdicos y Econmicos de la Unin Europea y su influencia en el Derecho Internacional.Profesor: Fabin Silva Gamboa Estudiantes: Joshua Cspedes Vquez Dayana Mata Fabin Muoz Luis Alonso Prez Alvarado Carolina Redondo Vargas

Abril, 2009

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CalificacinEl presente documento es la Evaluacin correspondiente a la defensa de la Tesina: Antecedentes Polticos, Jurdicos y Econmicos de la Unin Europea y su Influencia en el Derecho Internacional como norma para el proceso de calificacin respectivo. Al ser las 11:30 horas del da 15 de abril del 2009. El tribunal examinador, abajo firmantes, procede a evaluar a los estudiantes: Joshua Cspedes Vquez Dayana Mata, Fabin Muoz, Luis Alonso Prez Alvarado y Carolina Redondo Vargas, para optar por aprobar el trabajo de investigacin del curso de Derecho Internacional Pblico. DOCUMENTO ESCRITO: (40%) (Calificacin del tutor y lectores respectivos)1- Estructura coherente, redaccin y ortografa. 2- Aporte de los autores (Creatividad del tema,

20% 20%

__________ __________

importancia en el campo) SUBTOTAL _________ PRESENTACIN ORAL: (30%)1234-

Exposicin (Dominio del Tema) 10% Secuencia lgica de ideas en la exposicin 5% Desenvolvimiento (Manejo escnico) 5% Presentacin del material de Exposicin y uso 10% tecnologa. SUBTOTAL

__________ __________ __________ __________ __________

DEFENSA (Perodo de preguntas): (30%)1- Manifestacin del dominio del tema

15% _________ 15% _________ SUBTOTAL __________

(Conocimiento y aplicacin) 2- Pertinencia de las respuestas (Centradas o no al Tema)

NOTA FINAL:

__________

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JURADO EXAMINADOR Tutor: ____________________ Lector (1)-(Presidente): ________________ Lector (2): ____________________ Firma: ______________ Firma: ______________ Firma: ______________

Nota: Cada miembro del Jurado evaluar individualmente y corresponde al Presidente del Tribunal, promediar la nota final, que aparecer en el acta final.

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Declaracin Jurada.Nosotros. Joshua Cspedes Vquez, Dayana Mata, Fabin Muoz, Luis Alonso Prez Alvarado y Carolina Redondo Vargas, alumnos de la Universidad Latina de Costa Rica declaramos bajo fe de juramento y conscientes de las responsabilidades penales de este acto, que somos los autores intelectuales de la tesina titulada: Antecedentes Polticos, Jurdicos y Econmicos de la Unin Europea y su Influencia en el Derecho Internacional por lo que liberamos a la Universidad de cualquier responsabilidad en caso de que nuestra declaracin sea falsa. San Jos, a los quince das del mes de abril del ao dos mil nueve.

________________________

Joshua Cspedes Vquez Cdula: 4-0206-0124_______________________

Dayana Mata Cdula:_______________________

Fabin Muoz Cdula:_________________________

Luis Alonso Prez Alvarado Cdula: 1-1434-0695

_________________________

Carolina Redondo Vargas Cdula: 5-0368-0509

Agradecimientos.37

Queremos agradecer a XXXX, y

a XXXX, por su colaboracin

desinteresada, y el material suministrado, que nos fue de gran utilidad para la elaboracin de esta tesina, tambin deseamos destacar el apoyo recibido de nuestros padres, que nos motivaron en todo momento; sin la ayuda de estas personas no hubiese sido posible concluir con el trabajo.

Dedicatoria37

Dedicamos esta tesina, a nuestros padres que sin su esfuerzo y apoyo, no sera posible estar donde estamos hoy, por todo su amor y cario brindado en todos estos aos. Tambin a Dios que nos da cada da lo que necesitamos para seguir adelante, en esta vida llena de pruebas Tambin a nuestros amigos que nos dieron su apoyo, y entendimiento, durante todo este proceso, y a aquellos maestros que nos hacen cada vez dar lo mejor de nosotros, y nos hacen sobrepasar lo que nosotros creamos que era nuestro limite. A todas estas personas les dedicamos esta tesina, con el mayor cario y agradecimiento del mundo.

Tabla de ContenidoCAPTULO I37

INTRODUCCIN..1.1 Introduccin... 1.2 Presentacin del tema.... 1.3 Justificacin e importancia............................ 1.4 Objetivos... 1.4.1 1.4.2

Objetivo general...... Objetivos especficos......

1.5 Alcances y limitaciones.... 1.6 Hiptesis.... ..

CAPTULO II MARCO TERICO..1. Unin Aduanera Alemana (Zollverein) ....2. Periodo entre guerras ....

2.1. Primera guerra mundial.. 2.1.1. Plan paneuropeo. 2.1.2. Aristide Briand Proyecto Unin Europea 2.2. De Aristide Briand a la Segunda Guerra Mundial .. 3. Consejo de Europa. 3.1.Historia del Consejo de Europa 3.1.1. Nacimiento del Consejo de Europa. 3.2. El Consejo de Europa en la Actualidad.. 4. Plan Marshall.. 4.1.Organizacin Europea para la Cooperacin Econmica..

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4.2.Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico5. Comunidad Europea del Carbn y del Acero.

5.1.Plan Schumann. 5.1.1. Declaracin Schumann.. 5.2. Tratado de Pars. 6. Tratado de Roma... 6.1. Comunidad Econmica Europea 6.2. Comunidad Europea de la Energa Atmica. 7. Tratado de Fusin.8. Se firma el Plan Werner

9. Se dan nuevos poderes al Tribunal de Justicia. 10.Adhesin de nuevos pases a las Comunidades Europeas 10.1. Adhesin de Dinamarca, Irlanda, Noruega y Reino Unido 11.Establecimiento de relaciones oficiales con China.. 12.Grecia se adhiere a la Comunidad Europea.13. Propuesta del Plan Genscher- Colombo o Acta Europea 14. Se firma el acuerdo de Schengen.

14.1. Eliminacin de controles fronterizos entre algunos pases miembros15. Se firma el Acta nica Europea............................................................. 16. Cada del Muro de Berln..

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17. Tratado de la Unin Europea.

18.Tratado de Eurozona.. 19.Tratado de Amsterdam..20. Tratado de Niza. 21. Declaracin de Laeken.. 22. Convencin Europea. 23. Tratado de Lisboa..

24.Tratado Constitutivo de la Unin Europea 25.Actual Constitucin Europea 26.Acuerdo de Asociacin entre Centroamrica y la Unin Europea

CAPTULO IV ANALISIS E INTERPRETACIONES.. CAPTULO V CONCLUSIONES.............. CAPTULO VI BIBLIOGRAFA.. ANEXOS.

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Lista de Cuadros.

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Lista de Grficos.

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Captulo I

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Que nadie se haga ilusiones de que la simple ausencia de guerra, aun siendo tan deseada, sea sinnimo de una paz verdadera. No hay verdadera paz sino viene acompaada de equidad, verdad, justicia, y solidaridad. Juan Pablo II37

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Introduccin1.1 Introduccin.

La Unin Europea es actualmente sinnimo de grandeza, lujo y progreso, es el ejemplo a seguir en cuanto desarrollo se refiere, la cuna de la civilizacin occidental y ubicacin geogrfica de muchos pases ricos y desarrollados, pero es lgico pensar que no siempre ha sido as. En el desarrollo de esta investigacin hemos tenido la posibilidad de analizar la Unin Europea desde sus inicios y crearnos un criterio propio en cuanto a los origenes de este complejo sistema supranacional. La idea fundadora de la actual Unin Europea estaba cargada de un mensaje de paz que buscaba llegar a un progreso econmico conjunto, de cooperacin en un margen pacfico de asistencia y coordinacin. Tambin podemos concebir todo el plan de unificacin europea como un logro idealista, en un contexto de post-guerra mundial en Europa era imposible concebir una nueva Europa pacifca creciendo junta en paz y armona, era una idea imposible, un discurso cargado de idealismo casi inalcanzable que no se dej callar y tras una intensa lucha por la paz, cre lo que conocemos actualmente como la Unin Europea. En las prximas pginas de este documento pretendemos explicar y analizar como fue que un ideal de paz logr consolidar un sistema tan entero como lo es la Unin Europea.

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1.2. Presentacin del tema En la presente investigacin se analiz todo lo referente a la formacin econmica y jurdica de la actual Unin Europea, partiendo desde sus inicios despes de la segunda guerra mundial hasta la actualidad. Es importante tener en cuenta que la Unin Europea es el resultado de una sucesin de tratados, donde cada tratado da origen a nuevos aspectos que pretenden llenar vacos que dej el tratado antecesor y hasta la fecha esta renovacin y creacin de tratados es constante, lo que es un claro indicador del xito que tiene este enorme bloque comercial. Ademas de ser un importante y exitoso sistema supranacional, la Unin Europea es reconocida tambin por su gran avance en todo lo referente a materia social lo que supone que sus tratados no solo estan cargados de normas y reglas economicas y comerciales, si no que abordan temas tambien referentes a legislacin social pretendiendo buscar no solo un desarrollo economico, sino tambin un desarrollo social.

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1.3. Justificacin e importancia. Estudiar la formacin de la Unin Europea es una labor enriquesedora en el tanto que nos permite comprender el funcionamiento de tan exitoso sistema supranacional desde sus origenes. Es muy comn escuchar la frase que dice masomenos as: es imposible comprender el presente sin estudiar el pasado y que tiene mucho de cierto, es por ello que antes de exponer la actual Unin Europea es preciso hacer una exposicin de su historia que a la vez realiza un aporte sumamente importante para el marco legal y jurdico que rige la actual organizacin. El aporte que ha realizado la Unin Europea al mundo ha sido tambin muy grande y lejos de ser meramente economico su principal aporte ha sido ensear al mundo como el desarrollo se puede lograr en un ambiente de cooperacin y sobre todo paz, han llevado a la prctica el famoso dicho de la unin hace la fuerza. El trmino supranacional es el calificativo que se le atribuye a su sistema de organizacin y otro importante punto que justifica la importancia del estudio de la Unin Europea como promotora del sistema de gobierno supranacional, donde cada pas debe anteponer el desarrollo sobre la soberana.

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1.4 Objetivos 1.4.1 Objetivo general Realizar una investigacin lo ms completa posible, abordando desde los antecedentes y hasta la actual Unin Europea y teniendo como fuerte el mayor grado de objetividad que podamos aportar por ubicarnos en un contexto fuera del europeo.

1.4.2 Objetivos Especificos

Hacer un anlisis profundo sobre la problemtica, posicionamiento y proyectos de la Unin Europea en la actualidad.

Realizar una investigacin minusciosa referente a los pasos fundadores de la actual union europea.

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1.5. Alcances y limitaciones. En busca de realizar una investigacin lo mas clara y consisa posible de los antecedentes polticos, jurdicos y econmicos de la Unin Europea y su influencia en el Derecho Internacional nuestro trabajo incluye explicaciones muy generales de los tratados y del contexto histrico de formacin de la Unin Europea, en comparacin con la amplia investigacin que se podra realizar con mayor tiempo, no por hay que pensar que el tema quedo mal abordado ya que expusimos el tema en factor de los aspectos ms importantes, quedando aspectos secundarios por fuera que podran aportar un conocimiento ms amplio del tema. Los principales limitantes de la investigacin son el tiempo y tambin la falta de bases de nuestra formacin en derecho general, ya que con ellos hubiera sido posible realizar aportes mucho mas enriquecedores a los analisis juridicos que aqu se puedan abordar.

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Captulo II

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Los seres humanos hacen su propia historia, aunque bajo circunstancias influidas por el pasado. Karl Marx

No podemos hacer la historia, sino slo esperar a que se desarrolle. Otto Von Bismarck

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1.

UNIN ADUANERA (Zollverein) Con la unin aduanera, podremos encontrar ciertos

paralelismos entre la Unin Europea y esta unin aduanera. En 1828 se organiz una reforma aduanera general en lo que en ese entonces era la Confederacin Germnica, en la cual se tena como eje a Prusia. Coincidentemente se haban constituido dos uniones aduaneras, una entre Prusia y Hesse-Darmstadt y otra entre Baviera y Wurtemberg, donde en cada una haba libre circulacin de mercancas, existiendo un arancel comn. La unin aduanera del Zollverein se funda en 1834, tras el acercamiento de estas dos uniones aduaneras; para ser ms exactos entra en vigor el primero de enero de este ao, fue la asociacin entre estados miembros de la Confederacin Germnica, por medio de la cual se dio la abolicin de diversos aranceles. Es importante recalcar que para esta poca existan ms de 67 tarifas comerciales, y la misma cantidad de lmites aduaneros, esta unin permiti la creacin de un mercado comn libre de impuestos, y da el sentido de un mercado comn unitario. Si bien esta entidad no tena una burocracia centralizada, ni una forma de nacionalizacin en un principio, podemos observar claramente que el primer paso fue la integracin econmica, y eventualmente la integracin social; los estados de la Confederacin Germnica que integraban esta unin, tal vez no tenan buenas relaciones, pero debido a la urgencia de satisfacer sus necesidades encuentran un punto en comn, en este caso, sera en el plano econmico. Si dio cierta cohesin poltica, y sirvi de base para la unificacin alemana. Tras la guerra Franco-Prusiana (1870-1871), se crea el Imperio Alemn, el cual tena como lmites casi los

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mismos de la unin aduanera del Zollverein. En 1871 la constitucin imperial viene a reemplazar al Zollverein, dndole a la nacin el derecho de legislar sobre los impuestos y tarifas aduaneras comunes. Es curioso como con el inicio de la Unin Europea sucede ms o menos lo mismo, se da primero la eliminacin de aranceles, con algunas uniones entre pases del viejo continente, y poco a poco se da evolucin de lo comercial a lo poltico. En el caso de Francia y Alemania, estos para la dcada del 1919, no tenan una buena relacin, por lo tanto no se poda pensar en una conciliacin poltica, pero eso lo analizaremos ms adelante en el perodo entre guerras. Lo importante es recalcar, que todo comienza por el aspecto comercial, y eventualmente, con diferentes tratados, es como la Unin Europea (UE), se va a solidificar, y se va a dar esta evolucin del aspecto comercial -para satisfacer sus necesidades-, al aspecto social, que le otorga una cohesin poltica, y convierte a la UE en el bloque ms fuerte y menos heterogneo que es hoy. 2. PERODO ENTRE GUERRAS Los perodos entre guerras son la piedra angular de la formacin de la Unin Europea, ya que es debido a la primera y segunda guerra mundial, que nace la necesidad de una Europa ms unificada y consolidada. Es en estos perodos cuando se dan los primeros movimientos para lograr calmar los nimos de las naciones europeas, y dar un sentido de estabilidad y cohesin. En cada una de las guerras vamos a ver los frenos y altibajos de la evolucin de la UE, es importante conocer el sentimiento poltico que rondaba en Europa durante las guerras para tener una mejor comprensin de cmo es que nace la UE.

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2.1.

Primera Guerra Mundial

Es casi imposible pensar en una Europa unida para la poca de 19141918, aos en que toma lugar la primera Guerra Mundial. Ya que en esta etapa la rivalidades europeas dificultan visualizar la actual Europa. Esta guerra nace de la rivalidad de las potencias imperialistas del momento. Los verdaderos factores que desencadenaron la I Guerra Mundial fueron el intenso espritu nacionalista que se extendi por Europa a lo largo del siglo XIX y comienzos del XX, la rivalidad econmica y poltica entre las distintas naciones y el proceso de militarizacin y de vertiginosa carrera armamentista. En este espacio tiempo Europa se encontraba luchando entre s, por un lado tenemos a Alemania, que haba surgido como una potencia, para 1914 Alemania estaba produciendo ms carbn y acero que Inglaterra, y Francia juntas, se haba posicionado como una amenaza en el poder de Europa. Inglaterra para esta poca tena gran poder en el campo de la tecnologa, comercio, y sobre todo poltica; es claro como surgen las rivalidades entre estas dos hegemonas. Mientras que Francia haba perdido su podero aos antes. Vale la pena recordar que para inicios del siglo XX haba una fuerte competencia comercial entre los pases europeos, principalmente en la disputa por los mercados consumidores. Esta competencia gener varios conflictos de intereses entre las naciones. Al mismo tiempo los pases estaban en una carrera armamentista, esto generaba un clima de tensin y miedo. Exista entre dos naciones poderosas de la poca, una rivalidad muy grande. Francia haba perdido al final del siglo XIX la regin de Alsacia y

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Lorena por Alemania, durante la guerra Franco-Prusiana. El sentimiento de revancha por parte de Francia estaba en su punto mximo, y los franceses estaban esperando la oportunidad para retomar el territorio perdido. El nacionalismo tambin jug un papel determinante para esta fase, el pangermanismo y el pan-eslavismo tambin influenci y aument el estado de alerta en Europa. Haba una fuerte voluntad nacionalista de los germnicos en unir, en apenas una nacin, todos los pases de origen germnico. Lo mismo aconteca con los pases eslavos. Las rivalidades las podemos ver as: a. Inglaterra y Alemania: rivalidad industrial. b. Francia e Inglaterra: rivalidad imperial, conquista de mercados y colonias c. Alemania y Francia: rivalidad territorial, por Alsacia y Lorena d. Rusia y Austria-Hungra: rivalidad territorial, por los Balcanes. Con el fin de la guerra se dieron las primeras aproximaciones para desarrollar la unin de los pases europeos. Quedaba claro que para que esto sucediera Europa deba de superar los nacionalismos agresivos, que la haban llevado a la catstrofe, y adoptar un ideal comn de paz y unin. Las nefastas consecuencias de la primera guerra mundial dan inicio al proceso de cooperacin e integracin de la Unin Europea; exista en el momento un deseo de crear un ambiente donde no hubiese cabida o posibilidad de conflictos, guerras, dentro del continente, es as como se originan los siguientes movimientos.

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2.1.1. Plan Pan Europeo Es el primer llamamiento de una unin de Europa, fue propuesto por Richard Coudenhove-Kalergi, nacido el 17 de Noviembre de 1894. Lo que se pretenda con este plan era instaurar, una confederacin pan europea, con el propsito de evitar los futuros conflictos entre los integrantes. Segn Coudenhove-Kalergi, cito textualmente:"Europa como concepto poltico no existe. Esta parte del mundo engloba a pueblos y Estados que estn instalados en el caos, en un barril de plvora de conflictos internacionales, y en un campo abonado de conflictos futuros. Esta es la Cuestin Europea: el odio mutuo de los europeos que envenena la atmsfera. (....) La Cuestin Europea ser resuelta slo mediante la unin de los pueblos de Europa. (...) El mayor obstculo a la realizacin de los Estados Unidos de Europa son los mil aos de rivalidad entre las dos naciones ms populosas de Pan-Europa: Alemania y Francia..."

Y en su obra PANEUROPA de 1923 dice lo siguiente:Europa es heredera de un rico pasado y debe estar unida para sobrevivir, aunque preservando las particularidades de todos sus pueblos, teniendo stos a su vez el derecho incontestable de conservar dichas particularidades. El rechazo a todo prejuicio nacionalista, la defensa de la libertad y la consolidacin de la paz son, junto con la reconciliacin de Francia y Alemania, los pilares de la unidad europea

Vemos como gracias a Coudenhove-Kalergi se da ya la primera iniciativa consolidada para un modelo de unidad en Europa, revisa a las causas de las crisis europeas, se esbozan soluciones concretas y, sobre todo, la unin de Europa aparece como algo plausible y deseable y no como una lejana utopa, si bien este plan paneuropeo, no logra un gran efecto debido a las rivalidades entre Francia y Alemania, da lugar a proyectos tales como, el proyecto de Unin Europea presentado por Aristide Briand en 1929 en la37

Sociedad de Naciones de Ginebra, y es bien percibido por personalidades como Robert Schumann quien es conocido por la declaracin Schumann, dicha declaracin es una propuesta gubernamental que analizaremos ms adelante. 2.1.2. Aristide Briand y el Proyecto de Unin Europea Aristide Briand considerado uno de los precursores de la unidad europea y primer ministro francs. En el mes de junio de 1929, en una reunin del consejo de la Sociedad de Naciones (S.D.N), habl con algunos de los participantes sobre su Proyecto de Unin Europea, el cual un mes despus expuso en la S.D.N, donde se limit a esbozar un planteamiento ms genrico, sin dar propuestas organizativas. De su intervencin puede destacarse el siguiente texto:Estoy convencido de que entre pueblos agrupados geogrficamente como lo estn los de Europa, debe existir lazos de una cierta unidad federal; estos pueblos deben tener en la oportunidad en todo momento, de concertarse, de discutir sus intereses, de tomar resoluciones comunes, establecer entre s vnculos de solidaridad que les permita afrontar circunstancias difciles cuando surjan. Son estos vnculos que yo quisiera esforzarme en establecer. La asociacin actuar sobre todo en el campo econmico, esta es la cuestin ms perentoria pero estoy convencido tambin de que en el plano poltico y el social el vinculo federal puede ser beneficioso, sin afectar a la soberana de ninguna de las naciones que podran formar parte de la asociacin

Esta es la primera propuesta de un Gobierno Europeo, para crear unin, est claramente da prioridad a los temas econmicos sobre los polticos. Las posiciones de Alemania y de Inglaterra son importantes de distinguir, por el lado de Stressmann, canciller de Alemania, es bien recibida la

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propuesta, aade que debera de iniciarse una unidad monetaria y un sistema postal a nivel europeo; mientras las declaraciones de Churchill, se hacen sentir ajenas al proyecto, diciendo que Inglaterra est con Europa pero no pertenece a Europa, estn relacionados pero no incluidos. La Sociedad de Naciones, le pidi a Briand que redactara un memorndum sobre el proyecto, que fue presentado en 1930 bajo el ttulo de "Memorando sobre la organizacin de un sistema de Unin Federal Europea". Sin embargo, a pesar del impulso, ms concreto por parte de Briand hacia la Europa unificada, las circunstancias que se estaban produciendo en este periodo de la historia iban a truncar el camino de la formacin de la unin europea. 2.2. De Aristide Briand a la Segunda Guerra Mundial (1945) A pesar de los primeros pasos hacia una Europa unificada, era ya demasiado tarde cuando para la dcada de 1930, la gran depresin trunc este camino se llev consigo las ideas de cooperacin en el panorama internacional, y de solidaridad. La respuesta al memorndum de Aristide Briand, fue fra, por parte de la mayora de los pases europeos, y los pases que si lo apoyaron no tenan incidencia suficiente en el contexto europeo. Para 1932 Briand fallece, y con esto se diluye el primer proyecto de construccin europeo, esto en un ambiente de enfriamiento, ms que de integracin. Dadas las circunstancias los pases La segunda Guerra mundial tuvieron que enfocarse en cmo afrontar la crisis, dejando de lado las ideas de unidad.

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En 1933 cuando Adolfo Hitler llega a la cancillera alemana, deja ver cun cerca est el fin del consenso europeo, y es as como renace el nacionalismo, como uno de los peores de la historia conocidos hasta la fecha, con esto se avecina una nueva prueba, para Europa, la segunda guerra mundial. La segunda guerra mundial comienza en Europa con la invasin a Polonia por parte de Alemania, el 1ro de setiembre de 1939. Por aproximadamente ms de dos aos, las fuerzas alemanas conquistaron o controlaron, mayor parte del continente europeo. En su cumbre, el dominio alemn se extenda desde la costa Atlntica de Francia a la ciudad sovitica, de Stalingrado, en el rio Volga; desde las regiones rticas de Noruega en el norte, a los desiertos de frica del Norte. Para finales de 1942, no obstante los Aliados, estaban en la ofensiva, e hicieron retroceder el avance alemn. La guerra en Europa termin con la inevitable derrota Alemana en mayo de 1945. A pesar de las circunstancias durante el perodo de guerra los movimientos europestas no se detenan, y se mantenan latentes, sin perder la esperanza, estos se llevaban a cabo en Blgica, Noruega, y Holanda por mencionar algunos. Cerca de 1944 los movimientos de resistencia se reunieron en suiza, y firmaron una propuesta para la creacin de una Unin Federal, que se iba a ver integrada por un Tribunal Supremo, un Gobierno y un ejrcito dependiente de este Gobierno. Durante los movimientos lo que se pretenda, y se buscaba, como crear la unin de Europa despus de la pos guerra con la participacin de los diferentes estados. Paralelo a los movimientos de oposicin surge, por llamarlo as una mini integracin el Benelux, compuesto por, Blgica, Holanda y Luxemburgo,37

consumaron en 1943 los esfuerzos que haban iniciado hacia 13 aos, en la dcada de 1930, cuando se firma la Convencin Monetaria, seguida en 1944, con la aprobacin de la Convencin Aduanera. Podemos observar ac el progreso hacia la unin econmica, y conforme avancemos en la investigacin, tambin lo haremos lo podremos observar en la unin poltica, y la evolucin de estas. 3. CONSEJO DE EUROPA Tras los devastadores resultados de las Guerras Mundiales en Europa los discursos que escuchbamos durante el desarrollo de la Segunda Guerra Mundial, empiezan a tomar importancia y pasan de ser ideas de paz inalcanzables a ser las bases de la formacin de la Europa que actualmente conocemos. La mayora de estas ideas estaban impulsadas por los deseos un tanto idealistas de una Europa unificada y pacfica, pretendan por entre todo trasfondo, mantener la paz que el continente haba perdido desde principios del siglo XX. Es as como vemos entrar en escena actores que ms adelante tendrn su peso en el proceso de unificacin europea y que distan mucho de ser intentos fallidos como lo fue la Sociedad de Naciones. 3.1. Historia del Consejo de Europa. El Consejo de Europa nace impulsado por uno de estos discursos que pas de la sombra a la gloria en la voz de Winston Churchill, uno de los ms importantes impulsores de los movimientos de unin europea y considerada, por lo tanto, uno de los padres fundadores de la actual Unin Europea.37

Winston Churchill en 1946, pronunci en la universidad de Zurich un discurso donde intensifica la idea de la cooperacin europea, ya que era necesario por razones econmicas como polticas, en su discurso despus de mencionar la importancia de la reconciliacin europea, tambin indica lo siguiente:el primer paso a realizar es la constitucin de un Consejo Europeo. Si al principio no todos los estados continentales estn dispuestos a adherirse a la Unin Europea, nos corresponder la tarea de unir a los que lo deseen Para llevar a buen fin esta tarea urgente, Francia y Alemania debern reconciliarse. La gran Bretaa, la gran familia de pueblos britnicos, la potente Amrica y, espero sinceramente tambin la URSS, debern convertirse en amigos y protectores de la nueva Europa Discurso de Wiston Churchill, Universidad de Zurich 19 de setiembre, 1946.

De este discurso es importante destacar ciertos aspectos; vemos otra vez la insistencia en unir a europea, la importancia que tiene la reconciliacin de Francia y Alemania, igual como haca ms de veinte aos atrs tambin fue necesario, de cmo Amrica y la en ese entonces URSS, deberan de volverse protectores, de este ideal; pero an mas importante es resaltar la posicin que deja entrever Churchill en su discurso, y es la posicin de Gran Bretaa, donde al igual que con el proyecto de Briand, se considera a Gran Bretaa aparte de Europa. Aunque tiempo despus su posicin cambia. En el lapso comprendido entre 1946 y 1947, los movimientos europestas, viven en una etapa de gran expansin, si bien estos provienen de diferentes ideologas, el fin es el mismo. Este ambiente fue propicio para que se diera la unin de esfuerzos para completar el objetivo comn, y es

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as como en 1947 de los diferentes movimientos se crea el Congreso Europeo. 3.1.1. El nacimiento del Consejo de Europa Exactamente fue el discurso que el fundador Churchill pronunci el 19 de setiembre de 19461 en Suiza, en donde exhortaba a la construccin de unos Estados Unidos de Europa, lo que dio paso a la creacin del Consejo de Europa como un ente encargado de velar por la unin de Europa bajo un ambiente de paz, de respeto por los derechos humanos y democrtico. El Tratado del Estatuto del Consejo de Europa dio vida a este importante rgano el da 5 de mayo de 1949, dicho estatuto fue firmado y adoptado inicialmente solo por diez pases: Blgica, Francia, Luxemburgo, Reino Unido, Italia, Pases Bajos, Irlanda, Dinamarca, Noruega y Suecia. Es de inters hacer alusin a las conclusiones a las que se llega en la primera reunin de este tratado, que se llev a cabo en la Haya, el 7 de mayo de 1948. Se dice que la Europa unida deba de estar abierta a la recepcin de todos los estados que conformaran el continente europeo, la incorporacin de Alemania era indispensable, y que de forma inmediata se dara la creacin de una Asamblea europea conformada por todos los parlamentos nacionales. El Consejo de Europa tuvo su importante cuota de responsabilidad en la formacin de la actual Unin Europea y un aspecto importante a destacar es que el ente evolucion junto a la comunidad europea y no se desvirtu; actualmente es un rgano muy importante del continente europeo.

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Segn la pgina oficial de la Union Europea http://www.coe.int/T/ES/Com/About_Coe/10points.asp

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3.2 El Consejo de Europa en la actualidad. La labor oficial del Consejo de Europa (COE2) se nos es descrita muy concretamente en el sitio oficial de la Unin Europea con las siguientes palabras: el Consejo de Europa tiene por objetivo favorecer en Europa un espacio democrtico y jurdico comn, organizado alrededor del Convenio Europeo de los Derechos Humanos y de otros textos de referencia sobre la proteccin del individuo. Del enunciado anterior podemos decir que el Consejo de Europa es concebido desde sus inicios como el ente protector del desarrollo europeo en el margen de los Derechos Humanos y la democracia, considerando esta como la forma poltica ms representativa. El Consejo de Europa actualmente est conformado por varios rganos que le permiten realizar sus funciones ms eficientemente y que sern descritos a continuacin: Comit de Ministros Es un rgano conformado por los Ministros de Relaciones Exteriores de los pases miembros o por un embajador acreditado como tal, es aqu donde se toman las decisiones importantes y se protegen los compromisos adquiridos.

Asamblea Parlamentaria Est conformada actualmente por 318 miembros titulares y 318 miembros suplentes (636 miembros en total) que se renen cuatro veces al

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Siglas Oficiales del Consejo de Europa

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ao por el trascurso de una semana y es considerado como el rgano impulsor de la cooperacin europea. Congreso de los Poderes Locales y Regionales. Este rgano est compuesto por 315 miembros titulares que tienen como funcin representar a las colectividades locales y regionales de sus pases participes. A lo interno est dividida en dos cmaras una para los poderes locales y otra para los poderes regionales. Secretara General Est compuesta por unos 1800 funcionarios provenientes de los actuales 47 estados miembros del Consejo de Europa, y es dirigida por un Secretario General que es elegido por la Asamblea Parlamentaria. Los 47 estados miembros a los que hacemos mencin y que actualmente integran el Consejo de Europa son: Blgica, Dinamarca, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Pases Bajos, Noruega, Suecia, Reino Unido, Grecia, Turqua, Islandia, Alemania, Austria, Chipre, Suiza, Malta, Portugal, Espaa, Liechtenstein, San Marino, Finlandia, Hungra, Polonia, Bulgaria, Estonia, Lituania, Eslovenia, Chequia, Eslovaquia, Rumania, Andorra, Letonia, Albania, Macedonia, Ucrania, Moldova, Rusia, Croacia, Georgia, Armenia, Azerbaiyn, Bosnia-Herzegovina, Serbia, Mnaco y Montenegro. El estado de Bielorrusia es al nico actual pas candidato esperando a entrar al Consejo de Europa y Estados Unidos de Amrica, Mxico, la Santa Sede, Canad y Japn fungen como estados observadores. Segn el portal oficial de la Unin Europea el COE cuenta con un presupuesto de 205.200.000 euros (doscientos cinco millones doscientos mil euros) y sus idiomas oficiales son el ingls y el francs.

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Vale recalcar una vez ms la importante participacin que tuvo el Consejo de Europa en la formacin de la actual Unin Europea ya que naci prcticamente como el nico rgano europeo de su fecha; y actualmente cumple un papel no menos importante como partcipe de la organizacin europea.

4. PLAN MARSHALL Paralelo al movimiento europesta, donde se buscaba unir a Europa, los pases enfrentaban duras situaciones econmicas, esto dificultaba cualquiera de los procesos de acercamiento, que se pretendan. La realidad econmica estaba lejos de parecerse a la realidad poltica de los estados en ese momento, y esto era un factor fundamental, ya que era la plataforma para que se lograra el cometido. Los primero impulsos para la reconstruccin de Europa fueron tambin promovidos por la ONU. La reconstruccin econmica de Europa fue en gran parte una labor bilateral, entre el Consejo de Europa y los Estados Unidos, este ltimo con el Plan Marshall que analizaremos a continuacin. El Plan Marshall era un plan de rescate econmico para Europa ideado por el entonces secretario de estado de los Estados Unidos de Amrica George Marshall mediante un discurso que pronunci el 5 de junio de 1947 en la Universidad de Harvard. En dicho discurso el seor George Marshall incitaba a los pases europeos a unirse para salir juntos del desastre econmico en el que se encontraban propona ayuda monetaria de parte de los norteamericanos pero seran los europeos los que se organizaran para coordinar esta ayuda,

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y es bsicamente as como nace la Organizacin Europea para la Cooperacin Econmica de la que hablaremos ms adelante. La iniciativa estadounidense fue tomada debido a la gran importancia que tena el mercado europeo en su economa y al verse tan afectado afirmaban que la economa mundial se poda enfermar por lo que era necesario una intervencin de este tipo para poder rescatar la economa del orbe. Un aspecto importante a retomar es que dicho plan exclua a los pases que no fueran democrticos y aunque la Unin de Repblicas Socialistas Soviticas estuvo invitada a participar prcticamente se neg a tomar parte del plan de rescate econmico, por lo que muchos analizan el Plan Marshall como un detonante importante de la Guerra Fra, donde se empieza a separar a los pases democrticos de los comunistas. George Marshall adems saba que Europa poda estar en peligro de separarse s las hostilidades continuaban en el viejo continente por lo que su plan tambin responde ante esta amenaza, consideraba que dejando la reconstruccin econmica en manos de los propios europeos estos se iban a ver obligados a organizarse con fines comunes. Eventualmente el discurso que anunciaba el Plan Marshall fue escuchado en Europa y los cancilleres de Francia y de Reino Unido se encargaron de empezar a organizar el continente para recibir la ayuda.

4.1. Organizacin Europea para la Cooperacin Econmica

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La Organizacin

Europea para

la Cooperacin

Econmica

consideramos fue un gran paso para la unificacin europea ya que constituye una de las primeras organizaciones europeas creadas despus de la Segunda Guerra Mundial. Nace como respuesta a la solicitud del Plan Marshall de coordinar la ayuda econmica en manos de los propios europeos y es as como sus miembros iniciales: Alemania, Austria, Blgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Italia, Islandia, Irlanda, Luxemburgo, Noruega, Pases Bajos, Portugal, Reino Unido, , Suecia, Suiza y Turqua la vieron nacer el 11 de abril de 1948. En sus inicios tena como objetivo promover el comercio y administrar en dinero del Plan Marshall y concederlo en crditos para los pases, con el trascurso de los aos la Organizacin no se desvirtu y por el contrario evolucion en un ente que actualmente continua trabajando: Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico. 4.2. Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico. Es la sucesora, como ya lo habamos dicho, de la Organizacin Europea para la Cooperacin Econmica actualmente cuenta con treinta estados miembros y tiene como principales temas la educacin, la economa y el medioambiente, vale la pena mencionar que dicha organizacin no est conformada solo por pases europeos y ha ganado gran importancia en el mbito internacional como Organizacin promotora del crecimiento econmico. A manera de conclusin podemos decir que el plan Marshall a pesar de sus crticas tuvo efectos positivos en la restauracin europea e incentivo

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directo o indirectamente a la creacin de la Organizacin Europea para la Cooperacin Econmica cuyo campo de accin y funciones se vieron ampliadas con su sucesora la Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico. 5. COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO La Comunidad Europea del Carbn y del Acero (CECA) es considerada como uno de los ms importantes e inmediatos antecedentes de la actual Unin Europea, por ser de los primeros rganos europeos donde se pretende organizar a la comunidad en bsqueda de beneficios comunes, en este caso la paz y el progreso econmico en virtud del carbn y del acero que se encuentra en Europa, especficamente el de la actual Alemania. Nuevamente podemos ver con la CECA la importancia de los discursos idealistas de los padres fundadores de la UE, esta vez le toca su turno al seor ex canciller de Francia Robert Schumann, quien desde su cargo de Ministro de Relaciones Exteriores lanzaba mensajes de paz y buscaba, al igual que Wiston Churchill, concretar una Europa unida. Robert Schumann fue el impulsor directo de la Comunidad Econmica del Carbn y del Acero y con ello dej el camino abierto para llegar a lo que tenemos hoy en da en la Unin Europea, de hecho se considera el Tratado de Paris como el primero de la serie de tratados que le dan vida a la Unin Europea.

5.1 Plan Schumann

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El seor Schumann pens en la creacin de una Comunidad Econmica del Carbn y del Acero como la oportunidad de encaminar a Europa por el progreso conjunto bajo ciertas delimitaciones que solo buscaban una realizacin econmica ms progresiva y equitativa. A la vez con esta propuesta econmica pretenda llenar ese vaco que causaba la falta de un tratado de paz eficiente en Europa y se aseguraba de crear ese elemento material para hacerlo cumplir en virtud del comercio. Es as como Schumann planteo todo un discurso donde incitaba a crear una comunidad econmica para explotar los recursos de Alemania en conjunto y a la vez se iba a delimitar bajo un marco legal todo el comercio relativo al acero y el carbn en Europa, que para su poca eran uno de los principales propulsores de la economa europea. 5.1.1. Declaracin Schumann El discurso pronunciado por el seor Ministro de Relaciones Exteriores de Francia Robert Schumann el 9 de mayo de 1950, considerado el discurso que dio origen a la Unin Europea y del que tanto hemos hecho mencin traducido al espaol y completo es textualmente el siguiente:La paz mundial no puede salvaguardarse sin unos esfuerzos creadores equiparables a los peligros que la amenazan. La contribucin que una Europa organizada y viva civilizacin es indispensable para el mantenimiento pacficas. Francia, defensora desde hace ms de veinte unida, ha tenido siempre como objetivo esencial servir a construy y hubo la guerra. puede aportar a la de unas relaciones aos de una Europa la paz. Europa no se

Europa no se har de una vez ni en una obra de conjunto: se har gracias a realizaciones concretas, que creen en primer lugar una solidaridad de hecho. La agrupacin de las naciones europeas exige que la oposicin secular entre Francia y Alemania quede superada, por lo que la accin emprendida debe afectar en primer lugar a Francia y Alemania.

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Con este fin, el Gobierno francs propone actuar de inmediato sobre un punto limitado, pero decisivo: El Gobierno francs propone que se someta el conjunto de la produccin franco-alemana de carbn y de acero a una Alta Autoridad comn, en una organizacin abierta a los dems pases de Europa. La puesta en comn de las producciones de carbn y de acero garantizar inmediatamente la creacin de bases comunes de desarrollo econmico, primera etapa de la federacin europea, y cambiar el destino de esas regiones, que durante tanto tiempo se han dedicado a la fabricacin de armas, de las que ellas mismas han sido las primeras vctimas. La solidaridad de produccin que as se cree pondr de manifiesto que cualquier guerra entre Francia y Alemania no slo resulta impensable, sino materialmente imposible. La creacin de esa potente unidad de produccin, abierta a todos los pases que deseen participar en ella, proporcionar a todos los pases a los que agrupe los elementos fundamentales de la produccin industrial en las mismas condiciones y sentar los cimientos reales de su unificacin econmica. Dicha produccin se ofrecer a todo el mundo sin distincin ni exclusin, para contribuir al aumento del nivel de vida y al progreso de las obras de paz. Europa podr, con mayores medios, proseguir la realizacin de una de sus tareas esenciales: el desarrollo del continente africano. De este modo se llevar a cabo la fusin de intereses indispensables para la creacin de una comunidad econmica y se introducir el fermento de una comunidad ms amplia y ms profunda entre pases que durante tanto tiempo se han enfrentado en divisiones sangrientas. Mediante la puesta en comn de las producciones bsicas y la creacin de una Alta Autoridad de nuevo cuo, cuyas decisiones obligarn a Francia, Alemania y los pases que se adhieran, esta propuesta sentar las primeras bases concretas de una federacin europea indispensable para la preservacin de la paz. Para proseguir la realizacin de tales objetivos, el Gobierno francs est dispuesto a iniciar negociaciones segn las siguientes bases. La misin encomendada a la Alta Autoridad comn consistir en garantizar, en el plazo ms breve posible, la modernizacin de la produccin y la mejora de su calidad; el suministro, en condiciones idnticas, del carbn y del acero en el mercado francs y en el mercado alemn, as como en los de los pases adherentes; el desarrollo de la exportacin comn hacia los dems pases; la equiparacin y mejora de las condiciones de vida de los trabajadores de esas industrias. Para alcanzar estos objetivos a partir de las dispares condiciones en que se encuentran actualmente las producciones de los pases adherentes, debern aplicarse con carcter transitorio determinadas disposiciones que establezcan la aplicacin de un plan de produccin y de inversiones, la creacin de mecanismos de estabilidad de los precios y la creacin de un fondo de

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reconversin que facilite la racionalizacin de la produccin. La circulacin del carbn y del acero entre los pases adherentes quedar liberada inmediatamente de cualquier derecho de aduanas y no podr verse afectada por tarifas de transporte diferenciales. Progresivamente se irn estableciendo las condiciones que garanticen espontneamente una distribucin ms racional de la produccin y el nivel de productividad ms elevado. La organizacin proyectada, al contrario que un crtel internacional tendente a la distribucin y a la explotacin de los mercados mediante prcticas restrictivas y el mantenimiento de grandes beneficios, garantizar la fusin de los mercados y la expansin de la produccin. Los principios y compromisos esenciales anteriormente expuestos sern objeto de un tratado firmado entre los Estados. Las negociaciones indispensables para precisar las normas de aplicacin se llevarn a cabo con ayuda de un rbitro designado de comn acuerdo, cuya misin consistir en velar por que los acuerdos se ajusten a los principios y, en caso de desacuerdo insalvable, decidir la solucin que deba adoptarse. La Alta Autoridad comn, encargada del funcionamiento de todo el sistema, estar compuesta por personalidades independientes designadas sobre bases paritarias por los Gobiernos, quienes elegirn de comn acuerdo un presidente. Las decisiones de la Alta Autoridad sern ejecutivas en Francia, en Alemania y en los dems pases adherentes. Se adoptarn las disposiciones adecuadas para garantizar las vas de recurso necesarias contra las decisiones de la Alta Autoridad. Un representante de las Naciones Unidas ante dicha autoridad se encargar de hacer, dos veces al ao, un informe pblico a la ONU sobre el funcionamiento del nuevo organismo, en particular por lo que se refiere a la salvaguardia de sus fines pacficos. La creacin de la Alta Autoridad no prejuzga en absoluto el rgimen de propiedad de las empresas. En el ejercicio de su misin, la Alta Autoridad comn tendr en cuenta las facultades otorgadas a la autoridad internacional del Ruar y las obligaciones de todo tipo impuestas a Alemania, mientras stas subsistan. Robert Schumann, 9 de mayo de 1950

5.2. Tratado de Pars de 1951 El Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbn y del Acero que se firm en Paris el 18 de abril de 1951 fue lo que llev el Plan Schumann de las palabras a los hechos, fue la creacin oficial de la CECA. La Comunidad entra en vigor el 24 de julio de 1952 por un perodo de cincuenta aos y con seis estados miembros y fundadores: Blgica,

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Francia, Repblica Federal Alemana, Italia, Luxemburgo y los Pases Bajos. Bsicamente el Tratado firmado en Paris establece los lineamientos de la estructura de la Comunidad Europea del Carbn y del Acero, entre estos un aspecto sumamente importante son las instituciones de la comunidad, ya que representan un gran aporte para las actuales instituciones de la Unin Europea, entre ellas tenemos la Alta Autoridad, la Asamblea, el Consejo de Ministros y el Tribunal de Justicia, que explicamos a continuacin: La Alta Autoridad estaba conformada por nueve representantes y su principal funcin era velar por el cumplimiento de todos los objetivos de la comunidad, tiene la potestad de recomendar o adoptar cambios, se considera que es la antecesora de la actual Comisin Europea. La Asamblea era la encargada de controlar todo lo referente a la CECA, estaba formada por 78 diputados, 18 para Alemania, Francia e Italia, 10 para Blgica y los Pases Bajos y 4 para Luxemburgo3, su sucesor es el Parlamento Europeo en la actual Unin Europea. El Consejo se puede considerar como el canal de comunicacin entre la Alta Autoridad y la poltica econmica de los Gobiernos miembros y es el antecesor del actual Consejo de la Unin Europea. El Tribunal de Justicia es el medio preventivo del Tratado y estaba conformado por siete jueces. En el tratado adems se establecan todas las polticas referentes a la produccin, financiamiento, inversin, materia referente a la fijacin de los precios, competencia, salarios y mano de obra, poltica comercial, como los ms importantes temas a grandes rasgos. Este tratado tambin se ve eventualmente modificado por los siguientes tratados:3

Datos segn el portal oficial en la web de la Unin Europea.

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Tratados Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbn y del Acero Tratado de fusin Tratado por el que se modifican algunas disposiciones presupuestarias Tratado por el que se modifican algunas disposiciones financieras Tratado sobre Groenlandia Acta nica Europea Tratado sobre la Unin Europea (Tratado de Maastricht) Tratado de msterdam Tratado de Niza

Fecha de firma 18.4.1951 8.4.1965

Entrada en vigor 24.7.1952 Expirado el 23.7.2002 1.7.1967

Diario Oficial No publicado DO 152 de 13.7.1967

22.4.1970

1.1.1971

DO L 2 de 2.1.1971

22.7.1975

1.6.1977

DO L 359 de 31.12.1977

13.3.1984 28.2.1986 7.2.1992 2.10.1997 26.2.2001

1.1.1985 1.7.1987 1.11.1993 1.5.1999 1.2.2003

DO L 29 de 1.2.1985 DO L 169 de 29.6.1987 DO C 191 de 29.7.1992 DO C 340 de 10.11.1997 DO C 80 de 10.3.2001

Fuente: http://europa.eu/scadplus/treaties/ecsc_es.htmTratados de adhesin Tratado de adhesin del Reino Unido, Irlanda y Dinamarca Tratado de adhesin de Grecia Tratado de adhesin de Espaa y Portugal Tratado de adhesin de Austria, Finlandia y Suecia Fecha de firma 22.1.1972 Entrada en vigor 1.1.1973 Diario Oficial DO L 73 de 27.3.1972

28.5.1979 12.6.1985

1.1.1981 1.1.1986

DO L 291 de 19.11.1979 DO L 302 de 15.11.1985

24.6.1994

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El tratado que dio origen a la CECA expir el 23 de julio del 2002, cincuenta aos despus de su creacin, tal y como se haba planteado en sus inicios, segn el sitio web oficial de la Unin Europea, lo relativo a la antigua legislacin de la CECA en materia del carbn y del acero queda comprendido en un anexo del Tratado de Niza del 2001.6. TRATADO DE ROMA

Casi inmediatamente despus de la constitucin de la Comunidad Europea del Carbn y del Acero se dan las negociaciones para los tratados del Tratado de Roma, donde era necesario precisar los trminos de una poltica arancelaria en comn para la creacin de un mercado ms dinmico entre los pases miembros. Es el 25 de marzo de 1957 cuando se firman en Roma los tratados que le dan vida a la Comunidad Econmica Europea y a la comunidad Europea de la Energa Atmica, dichos tratados fueron firmados y ratificados por Blgica, Francia, Pases Bajos, Italia, Luxemburgo y la Repblica Federal Alemana, los mismos estados miembros de la CECA. Podemos decir que ambos tratados responden a la necesidad que causaba la evolucin de la CECA de buscar llenar ms vacios dentro de la misma comunidad y del xito que estaba teniendo la unin de pases europeos. Este Tratado es de suma importancia para la constitucin de la actual Unin Europea, ya que bsicamente es aqu donde se establecen los principios del libre mercado que rigen actualmente en Europa y aunque eventualmente se ve modificado con los tratados siguientes, en esencia la idea prevalece adems de ser de los primeros, junto con el Tratado de Paris

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de 1951, tratados que fijan las bases para la creacin de la actual Unin Europea. A continuacin vamos a realizar una breve explicacin de los dos principales tratados firmados en Roma, el de la Energa Atmica ms brevemente que el de la Comunidad Econmica, ya que en realidad es este el que nos da ms aportes a la constitucin de la Unin Europea. 6.1 Comunidad Econmica Europea Tambin conocido como Mercado Comn principalmente buscaba la eliminacin de aranceles y suprimir las fronteras para el mercado de bienes, para este momento no se liberaba el mercado de personas, capitales y servicios como est actualmente, como respuesta a la necesidad de tener una dinmica comercial ms efectiva. Con la creacin de la Comunidad Econmica Europea sus seis pases miembros abran literalmente las puertas al comercio, uno de sus puntos ms destacables fue la Poltica Agrcola Comn que garantizaba la libre circulacin de productos agrcolas y una poltica proteccionista a los productores. 6.2 Comunidad Europea de la Energa Atmica

7. Tratado de fusin 1965

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El tratado de Fusin o tambin conocido como Tratado de Bruselas, fue un tratado europeo que combinaba los cuerpos ejecutivos de la Comunidad Europea del Carbn y el Acero (CECA), la Comunidad Europea de Energa Atmica (EURATOM) y la Comunidad Econmica Europea (CEE), en una sola estructura institucional. Previo a la firma del tratado, en el comienzo del funcionamiento de las diferentes comunidades europeas antes mencionadas, existieron ciertas diferencias entre los pases grandes y los pequeos; relacionadas con la desemejanza del poder. Los pases pequeos estaban contrarios a aceptar convenios o pactos, que beneficiaban a los pases grandes, ms especficamente, Francia y Alemania. Para mitad de los aos sesentas, se manifestaron las diferencias que iban a dificultar, el proceso de aceptacin de diferentes tratados. Como mencionan Sergio A. Berumen y Karen Arriaza Ibarra en el libro Estructura Econmica de la Unin Europea Entre estas se encuentran:-

La falta de los proyectos compartidos entre los seis

- Que las instituciones creadas no gozaban de plena autonoma debido a que estaban supeditadas a las decisiones de los gobiernos alemn, francs e italiano. - La falta de cuerpo jurdico de observancia comunitaria, lo que implicaba diversas interpretaciones de situaciones semejantes. - La falta de proyecciones compartidas a futuro, unos estaban a favor de la unin poltica y otros pensaban en la disolucin de las comunidades europeas. - La falta de cohesin en la adopcin de la poltica exterior de los miembros frente a terceros pases, entre otras.

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Finalmente todos estos problemas quedaron superados con la firma del tratado. El tratado fue firmado en Bruselas el 8 de abril de 1965, y entro en vigor el 1ro de julio de 1967. Este plante que la CEE, la EURATOM, y la CECA, deberan de compartir una sola forma de estructura, compartiendo un solo Consejo Europeo y una sola Comisin Europea. Aunque cada comunidad permaneca legalmente independiente, estas compartan instituciones comunes, (anterior a este tratado, ya haban compartido una Asamblea Parlamentaria y una Corte de Justicia) y eran entonces conocidas como las Comunidades Europeas. En otras palabras se unan en uno slo los poderes ejecutivos de estas tres comunidades. Este tratado es considerado por algunos como el verdadero comienzo de la Unin Europea.

8. Se firma el Plan Werner. En el ao de 1970, el Primer Ministro de Luxemburgo y Ministro de Tesorera, Hans Werner, presenta ante el Consejo y ante la Comisin Europea un informe el cual rene las bases del camino hacia la Unin Econmica y Monetaria en Europa. Establece una unin en tres fases:

Convertibilidad irreversible de las monedas comunitarias Centralizacin de la poltica monetaria y crediticia Puesta en circulacin de una moneda comn. El plan propuso la reforma gradual, de las instituciones esto condujo

a la fijacin irrevocable de tasas de cambio y la adopcin de una nica moneda dentro de la zona. Estos resultados se aprecian con mayor claridad ahora en la Unin Europea.

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Adems el Plan Werner conforma la base de los acuerdos econmicos de la Unin, en la actualidad, la mayora de los Estados miembros manejan una moneda nica, el Euro, este es utilizable en todos los Estados pertenecientes a la Unin Europea, las monedas de cada pas, se cambiaron a una sola y se adapto su antiguo valor individual por uno solo en comn. Reino Unido es un ejemplo de un Estado que no ha aceptado la conversin de su moneda, a pesar de ser un Estado miembro, all se utiliza su moneda original, la Libra Esterlina. Se creo una institucin que controlara la poltica monetaria en la Europa miembro de la Unin, el Banco Europeo, encargado de velar por los crditos y valores de los Estados, de los bancos de los distintos pases y de colaborar con todo lo concerniente a materia econmica. Al existir una unidad monetaria en comn, facilita la materia de comercio, as como los mercados internos, ms adelante, con la llegada de la eliminacin de controles fronterizos entre Estados miembros, los ciudadanos se ven beneficiados con esta alternativa de igualdad de valores y moneda. 9. Se dan nuevos poderes al Tribunal de Justicia. El Tribunal de Justicia, fue creado en el ao de 1957, se encentra formado por 27 Jueces y 8 abogados generales. Su cede es localizada en Luxemburgo. Los Estados miembros de la Unin en acuerdo los nombran por un periodo de seis aos y es renovable. Los Jueces eligen de entre ellos a un Presidente del Tribunal, por u periodo de tres aos. Es el encargado de los distintos trabajos y servicios del Tribunal. La naturaleza del Tribunal de Justicia de la Unin Europea, ha sido modificada a travs de los distintos Tratados dados a lo largo de los aos,

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estos cambios han sido de carcter obligatorio y de permanencia, esto se extiende a todas las Instituciones europeas y a cada uno de los Estados miembros. Dentro del ordenamiento jurdico de la institucin, ella posee una jurisdiccin interna, que se rige bajo el Derecho comunitario europeo. Esta jurisdiccin interna incluye las caractersticas del Tribunal Constitucional, su jurisdiccin administrativa, su jurisdiccin civil e internacional. El Tribunal de Justicia se rige bajo este ordenamiento jurdico comunitario, y sigue un mtodo exclusivo y diferente al resto de tribunales internacionales ajenos a la Unin Europea. Es de naturaleza, supranacional, o sea, que esta sobre la jurisdiccin de los Estados miembros, esto debido a que los mismos le han cedido este derecho. Al tener esta capacidad le es posible aplicar fuentes del Derecho Internacional, fuentes del Derecho comunitario europeo y de cada Estado miembro. La jurisdiccin que posee es de carcter obligatorio y es exclusiva para todo caso que se contemple dentro de los Tratados firmados, en estos casos el Tribunal de Justicia Europeo se sobrepone sobre el tribunal interno de un pas parte de la Unin Europea. Existe una enorme cantidad de principios de los cuales el Tribunal puede disponer para interpretar y resolver un caso, adems los Abogados generales extraen principios comunes que se encuentran en los ordenamientos internos aplicables a las distintas situaciones para la solucin de un conflicto. Para que la Unin Europea sea un xito y se lleve a cabo una verdadera integracin de Estados, el Tribunal de Justicia Europeo a ocupado una posicin trascendental en el buen desarrollo de esto. Se ha hecho notorio y sobresaliente al dictar alguna sentencia, especialmente, controversial o discutida. Gracias al tribunal se ha desarrollado un concepto claro de los

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que es Derecho Comunitario, ya que no son normas simples entre Estados, sino, tambin se aplica a los ciudadanos de los mismos. Ha logrado entender y llevar a cabo los objetivos inscritos en cada Tratado, demostrando su compromiso, diplomtica. Sin embargo, el Tribunal necesita de algunas reformas, el Tribunal de Justicia debe adaptarse a las nuevas circunstancias que se viven en la Unin, debe establecerse como la Institucin que se encarga de asegurar el cumplimiento y respeto del Derecho en los Estados miembros. Algunos problemas de los cuales sufre el Tribunal, por ejemplo el de ampliacin, la cantidad de miembros que posee, la cantidad de Jueces, si deben ser fijados con base en el nmero de Estados miembros, entre otros. El Tribunal, no ha tomado una posicin con respecto a estos problemas y se ha mantenido al margen solamente indicando algunos aspectos y consecuencias. Ahora bien, el problema fundamental, el cual se considera la base de todos los dems, es de orden cuantitativo, el aumento del nmero de asuntos tratados por el Tribunal. Observando desde este ngulo, los problemas no son excepcionales. Se puede decir que en el fondo, son una manifestacin a escala comunitaria de un problema que aqueja tambin a los tribunales nacionales. El Tribunal es competente en, bsicamente y a grandes rasgos, tres grandes aspectos. 1-1- Controlar la legalidad de las acciones de cada Institucin Europea. 2- Observar que se cumplan sus obligaciones para con los Estados miembros. y no solo tomarlos como palabrera

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3- La competencia prejudicial. Los tribunales nacionales son los autnticos jueces del derecho comunitario, encargados de aplicarlo en su mbito de competencia y de tutelar los derechos que el derecho comunitario otorga a los ciudadanos. Los jueces y tribunales nacionales tienen un importante sistema de comunicacin con el Tribunal de Justicia: las llamadas cuestiones prejudiciales, que les permiten solicitar del Tribunal de Justicia un pronunciamiento sobre la interpretacin de las normas del derecho comunitario o sobre la validez de los actos de las Instituciones comunitarias. Se considera que el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia estn cumpliendo su misin de forma satisfactoria, pues estn consiguiendo resolver el creciente nmero de asuntos que se les plantean en plazos razonables. Para que esto pueda continuar con excito es necesario asignar al Tribunal los recursos presupuestarios indispensables para lograr sus funciones. Hay que subrayar, adems, que las reformas propuestas, aun cuando fueran aceptadas, no agotan la reflexin sobre el futuro de la funcin judicial en la Unin Europea, reflexin que debe continuar. 10. Adhesin de nuevos pases a las Comunidades Europeas. La Comunidad vive su primer aumento de nuevos miembros el 1 de enero de 1973 con el ingreso de Dinamarca, Irlanda, Noruega y Gran Bretaa los cuales ingresaron como miembros de pleno derecho, estos son pases desarrollados de Europa Occidental. En el ao 1972 se Firman los Tratados de Adhesin de Dinamarca, Irlanda, Noruega y el Reino Unido.37

Estos tratados fueron ratificados por los parlamentos de de los estados miembros. La excepcin fue Noruega, donde en un referndum sus ciudadanos decidieron rechazar la adhesin Una de las prioridades de la Unin tras la ampliacin fue el aumento del nivel de vida de los pases que se adhirieron. Facilidades de comercio, intercambio de bienes, exportaciones e importaciones.10.1 Adhesin de Dinamarca, Irlanda, Noruega y Reino Unido.

- Dinamarca: Ao de entrada: 1973. En 1973 pasa a ser miembro de la Comunidad Econmica Europea. El gobierno dans ha sido capaz de igualar o superar los criterios econmicos de convergencia necesarios para entrar en la unin econmica y monetaria de la Unin Europea. Sin embargo, Dinamarca, en un referndum realizado en septiembre de 2000, decidi no adoptar el euro como moneda. - Irlanda: Ao de entrada: 1973. Desde su adhesin a la Comunidad Europea en 1973, la Repblica de Irlanda ha sufrido una transformacin, pasando de ser una sociedad predominantemente agraria a ser conocida como "el Tigre Celta por sus enormes avances econmicos y tecnolgicos.-

Reino Unido: Ao de entrada: 1973.

11. Establecimiento de relaciones oficiales con China.37

En el ao de 1978, Diang Xiapong promueve la cooperacin entre Europa y China y se da un Acuerdo de Comercio y Cooperacin entre China y la CE. Posteriormente, este se ve modificado en el ao 1985. Este es el principal marco legal de las relaciones con China y encierra tanto las relaciones comerciales como econmicas, as tambin el importante programa de cooperacin entre la Unin Europea-China. La globalizacin a cooperado a que se den condiciones cada vez ms abiertas en su dialogo y ayuda. La apertura de negociaciones con pases como China, a sido de gran importancia para la Unin Europea actual, las facilidades de comercio, las exportaciones de productos, materiales e inclusive de ideas europeas a pases asiticos a facilitado el auge de la economa europea y china, tambin las importaciones de nuevos productos, las facilidades para conseguir nuevos materiales, materias primas y la accesibilidad a estos es un paso enorme en la calidad de vida de los ciudadanos. China, es conocida en el mundo como un pas, de influencia y alcance, la Unin Europea al entablar relaciones oficiales con ella, ha significado la apertura a un nuevo mundo y la oportunidad de que otros pases cercanos a China abran sus puertas a los Estados de la Unin para el intercambio y beneficio de ambos mundos. 12. Grecia se adhiere a la Comunidad Europea. Grecia entra a ser parte de la Comunidad Europea en el ao de 1981. Grecia, un pas con economa primordialmente agraria, sin embargo su incorporacin supuso un paso hacia la democratizacin de la Comunidad Europea. Su ingreso signific la apertura de la Comunidad al sur europeo, que vendra a ser el efecto de contrapeso ante la preeminencia de los pases37

industrializados del norte contra las economas menos desarrolladas del sur del continente. La adhesin de Grecia fue un gran paso para la verdadera unin de Europa, no era sencillo que un pas del oriente europeo ingresara a la unin de economas tan poderosas y fuertes como las occidentales. El nivel de competitividad y capacidad que deba demostrar Grecia ante las dems naciones tanto del este como del oeste deba ser capas de demostrar sus aptitudes y fortalezas. Grecia, fue la base de la apertura de la Unin Europea a otras naciones no tan fuertes como lo son las orientales de Europa, an en la actualidad se ven los rastros de las huellas que Grecia dej. 13. Propuesta del Plan Genscher- Colombo o Acta Europea. Genscher fue, tambin, un participante activo en el desarrollo de la Unin europea, tomando parte de las negociaciones del Acta nica Europea de 1986, as como la publicacin del Plan Genscher-Colombo, junto al Primer Ministro Italiano Emilio Colombo, que apoyaba una mayor integracin y profundizacin de las relaciones en la Unin Europea y el camino hacia un Estado Europeo federalista. Los objetivos del plan, era lograr la verdadera integracin entre Estados europeos, en lo econmico, poltico y en las bases de un solo cuerpo de Estados en Europa. Respetando sus bases de libertad y diversidad manteniendo un equilibrio. 14. Firma del acuerdo de Schengen. El Acuerdo de Schengen fue firm el 14 de junio de 1985 en Schengen, Luxemburgo. Cinco Estados de los miembros de la Comunidad Econmica Europea entre ellos. Alemania, Francia, Blgica, Pases Bajos y Luxemburgo firmaron el acuerdo con el fin de la supresin de fronteras

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Este acuerdo es uno de los pasos ms importantes para la creacin de la actual Unin Europea. El principal objetivo de este acuerdo es el de dar una mayor flexibilidad a los controles fronterizos entre los pases miembros de la Unin, llegando incluso a eliminarlos. A su vez tratar de armonizar los controles fronterizos externos. El acuerdo incluye a los pases que se encuentren dentro del espacio de Schengen, los cuales son la mayora de los pases miembros, con la excepcin de Suiza, Noruega e Islandia, los cuales no son miembros de la Unin Europea. Posteriormente Irlanda y Reino Unido, miembros de la Unin, decidieron no pertenecer al acuerdo de Schengen. El acuerdo pretende la creacin de una zona para la libre circulacin de las personas, significando esto la suspensin de fronteras comunes entre Estados pertenecientes a la Unin. Por medio de la aprobacin de este acuerdo, los Estados eliminaron todo control fronterizo interno y se enfatizaron ms en las fronteras externas de la comunidad, esto para tener un mayor control sobre la inmigracin ilegal de ciudadanos de naciones no pertenecientes a la Unin Europea. Adems los Estados miembros se comprometen a garantizar la seguridad interna. Para que exista en realidad una Europa sin fronteras y una efectiva unin europea, se necesita una libre circulacin de mercancas y servicios. Adems se debe dar una colaboracin de las policas y legislacin de visas. A las fronteras que los pases miembros comparten en comn se les llama fronteras interiores. El acuerdo incluye el uso de aeropuertos y puertos para vuelos y embarcaciones interiores. Los lmites terrestres, martimos y los aeropuertos se les consideran fronteras exteriores cuando se encuentran fuera de los pases firmantes del Acuerdo de Schengen. Todo Estado no firmante del Acuerdo y ajeno a la Unin Europea es considerado un Tercer

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Estado. Los nacionales de Estados que no son miembros de la Unin Europea son considerados extranjeros. 14.1 Eliminacin de miembros. El Acuerdo de Schengen propone la suspensin de controles controles fronterizos entre algunos pases

fronterizos entre los Estados miembros de la Unin Europea y ubicados en el territorio de Schengen, procura una serie de normas que los Estados acojan en comn para las fronteras exteriores, as como tambin la poltica de visados. El Acuerdo adems procura el apoyo de los Estados firmantes en casos de emergencia, cooperacin policial y cooperacin en materia penal. Estas disposiciones traen consecuencias sobre la libre circulacin de las personas en dicho territorio. Con respecto a esto el Acuerdo estipula: 1- Los ciudadanos o viajeros tienen libertad de transitar y cruzar entre un Estado y otro, siempre y cuando este sea miembro firmante del Acuerdo de Schengen, ya que no existen fronteras. 2- Los ciudadanos poseen un conjunto de normas y leyes que deben acatar al cruzar fronteras exteriores entre un Estado miembro al Acuerdo y otro Estado que no lo sea. 3Los Estados armonizaran las leyes y normas que se refieren y

respectan a las condiciones de entrada, salida y permanencia de los visados que ingresen a los Estados firmantes del Acuerdo. Como consecuencia primordial de las disposiciones del Acuerdo los ciudadanos de Estados firmantes no les ser obligatorio presentar el presentar un pasaporte para cruzar de un pas a otro. Sin embargo, cada Estado puede decidir si un ciudadano necesita o no portar con este documento para poder ingresar a su territorio.

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15. Firma del Acta nica Europea. El Acta nica Europea, constituy la primera revisin y reforma de los tratados de Pars y Roma. Firmada en Luxemburgo en febrero de 1986 y en La Haya en febrero de 1986. Empez a regir el 1 de julio de 1987. Esta acta contribuy a la institucin de la Unin Europea (UE) cinco aos despus. Constituy la base para un establecimiento de condiciones jurdicas ptimas con el propsito de permitir la integracin Europea, y la creacin de un mercado nico en Europa. Tambin fortaleci el sistema de cooperacin poltica europea, en campos como la investigacin, la tecnologa y el medio ambiente. Mejor las estructuras de decisin de la Comunidad Europea, fortaleciendo los derechos del Parlamento Europeo. Los Estados miembros dispusieron algunos objetivos que se deban tomar en cuenta para la existencia de un equilibrio entre las Instituciones de los Estados Europeos, las competencias entre comunidades y una mayor influencia en cooperacin y colaboracin poltica. Cada Jefe de Estado y de Gobierno decide examinar las consecuencias y procesos que conlleva este acuerdo, sus mbitos de alcance y aprobar o reprobar si son incorporados en un tratado de la Unin Europea. Un parlamentarista italiano impulsa la propuesta de que por medio de un Tratado se acuerde la integracin de una comisin parlamentaria que trate los asuntos institucionales. Como objetivo primordial del Acta nica Europea tena la disposicin de crear un mercado interior, para esto se deba realizar una reconstruccin en Europa. Este hecho era de difcil realizacin ya que37

existan una serie de tratados y acuerdos previos que lo obstruan. El proceso de tomar decisiones era prcticamente imposible. El Acta nica Europea, gracias al Consejo Intergubernamental, ocup un papel de acuerdo y otro de modificador. El primero, se ve reflejado en que funciona como Tratado de Poltica Exterior Europea, adems de acordar salvaguardar la Seguridad Comn de los Estados miembros. El segundo, se observa en que esta modifica el pasado Tratado de la Comunidad Econmica Europea. El Acta nica Europea esta constituida por cuatro ttulos. El Ttulo I contiene: todas las disposiciones comunes a la Cooperacin Poltica y a las Comunidades Europeas. El Ttulo II: se consagra a las modificaciones de los Tratados constitutivos de las exterior. El Ttulo IV: se refiere a las disposiciones generales y finales. Cada ttulo contiene los objetivos bsicos del Acta, la voluntad expresa de cada Estado, para el inicio del establecimiento de una unin europea. Tambin posee los acuerdos de cooperacin en materia poltica, revisin de tratados, economa y sociedad. Para esto se emprende un proceso de nuevas polticas comunes y nuevos objetivos para el orden del funcionamiento de los Estados y la unin de estos. Comunidades Europeas y El Ttulo III: la cooperacin europea en materia de poltica

16. Cada del Muro de Berln.

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El Muro de Berln, cay la noche del 9 de noviembre y la maana del 10 de noviembre del ao 1989. Veintiocho aos despus de su levantamiento. La cada del muro, conocida por los alemanes con el nombre de die Wende (el Cambio), marc una nueva era en este pas y un enorme cambio para el mundo. Para el final ao de 1989, se entablaron una serie de manifestaciones en masa, contra el gobierno de Alemania Oriental. El da 6 de noviembre de ese mismo ao, se hizo pblico el proyecto de una nueva legislacin para viajar, el cual recibi duras crticas. Adems el gobierno checoslovaco protest por el aumento de la emigracin desde la Repblica Democrtica Alemana a travs de Checoslovaquia, lo cual preocupaba al gobierno de este pas receptor. Alemania, decidi combatirla, por medio de facilitarla. El 6 de noviembre, Gnter Schabowski miembro del Politbur del SED anunci en una conferencia de prensa, que todas las restricciones en el muro haban sido retiradas y de inmediato miles de personas fueron al muro, donde los guardas fronterizos abrieron las puertas permitiendo el paso. Schabowski ley un proyecto de ley del consejo de ministros que deca, cito textualmente: "Los viajes privados al extranjero se pueden autorizar sin la presentacin de un justificante motivo de viaje o lugar de residencia. Las autorizaciones sern emitidas sin demora. Se ha difundido una circular a este respecto. Los departamentos de la Polica Popular responsables de los visados y del registro del domicilio han sido instruidos para autorizar sin retraso los permisos permanentes de viaje, sin que las condiciones actualmente en vigor deban cumplirse. Los viajes de duracin permanente pueden hacerse en todo puesto fronterizo con la RFA." Las Radioemisoras y Televisoras de la Repblica Federal Alemana, anunciaron bajo el titulo de El Muro est abierto! las palabras de Schabowiski dichas por l escasas horas antes. De inmediato, miles de

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berlineses del Este, fueron a los puestos de control y exigieron pasar al otro lado del Muro. En ese momento las tropas de control fronterizo, ni los funcionarios del ministerio encargados de regular las fronteras estaban informados de la nueva disposicin. Solamente bajo la presin de las personas y sin una orden concreta por parte de sus autoridades, el punto de control de Bornholmerstrasse fue el primero en abrir, seguido de otros muchos puntos de paso. El 9 de noviembre, los berlineses emprendieron la destruccin del muro con todos los medios a su disposicin, como picos, palas, martillos, etc.

El Muro de Berln fue completado durante la fortificacin absoluta de las fronteras de la Repblica Federal Alemana, haciendo claro el llamado Teln de acero. El Muro, estaba dotado de un sistema para evitar el traspaso de ciudadanos de un lado a otro, posea 186 torres de vigilancia y todos los medios posibles de retencin. Tena una extensin de 41,91 km y una altura de 3,60 m.

Las tropas de fronteras de Alemania Oriental tenan rdenes de repeler cualquier intento o sospecha de tal para cruzar el muro, inclusive el uso de armas de fuego, aun amenazando la vida de los fugitivos. Cualquiera que mostrara inters por las instalaciones fronterizas se arriesgaba, a ser arrestado y enviado a los puestos de control de identidad de la polica.

17. Tratado de la Unin Europa:

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El tratado de la unin europea es tambin conocido como tratado de Maastricht, fue firmado el 7 de febrero de1992,sin embargo, entro en vigor el 1 de noviembre de 1993.Este tratado viene a modificar los tratados fundacionales de las comunidades europeas como lo son: el Tratado de Paris(1951), los Tratados de Roma de 1957 y el Acta nica Europea de 1986 mocionados anteriormente. Al analizarlo desde un punto de vista histrico este tratado es el efecto de elementos externos e internos. A nivel externo, cabe mencionar el hundimiento del comunismo en Europa del Este y la perspectiva de la reunificacin alemana lo cual dieron lugar al compromiso de reforzar la posicin internacional de la Comunidad. A nivel interno, los Estados miembros deseaban prolongar los progresos realizados por el Acta nica Europea a travs de otras reformas.

Estos elementos condujeron a la convocatoria de dos Conferencias Intergubernamentales, que van hacer paso al desarrollo de dicho tratado las cuales son: una para la UEM y otra para la unin poltica. El Consejo Europeo de Hannover de 27 y 28 de junio de 1988 confi a un grupo de expertos presidido por Jacques Delors la tarea de preparar un informe que propona las etapas concretas que llevaran a la unin econmica. El Consejo Europeo de Dubln de 28 de abril de 1990, sobre la base de un memorndum belga sobre la reactivacin institucional y de una iniciativa franco-alemana que instaba a los Estados miembros a estudiar la aceleracin de la construccin poltica de Europa, decidi examinar la necesidad de modificar el Tratado CE para progresar en la va de la integracin europea. Finalmente, ser en el Consejo Europeo de Roma de 14 y 15 de diciembre de 1990, donde se lanzarn las dos Conferencias Intergubernamentales. Un37

ao despus, sus trabajos dieron lugar a la Cumbre de Maastricht de 9 y 10 de diciembre de 1991. Gracias a esto es que se da un paso crucial en el proceso de integracin europeo, pues se sobrepasaba por primera vez el objetivo econmico inicial de las Comunidades y se le da una vocacin de carcter poltico. Con este Tratado se crea la Unin Europea, que engloba en s las tres Comunidades Europeas anteriores, aunque con modificaciones sustanciales sobre todo de la Comunidad Econmica Europea, que pasa a llamarse Comunidad Europea. Adems, se adoptan dos sistemas de cooperacin intergubernamental: la Poltica Exterior y de Seguridad Comn (PESC) y la cooperacin en Asuntos de Interior y de Justicia. Es tambin el Tratado por el que se anuncia la introduccin del euro. Objetivos Con el Tratado de Maastricht, el objetivo econmico principal de la Comunidad, es decir, la realizacin de un mercado comn, queda ampliamente superado y la vocacin poltica claramente expresada. En este marco, el Tratado de Maastricht responde a cinco objetivos fundamentales:

refuerzo de la legitimidad democrtica de las instituciones, mejora de la eficacia de las instituciones, instauracin de una unin econmica y monetaria, desarrollo de la dimensin social de la Comunidad, institucin de una poltica exterior y de seguridad comn.

Estructura

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El Tratado presenta una estructura compleja. Tras el Prembulo siguen siete ttulos. El Ttulo I contiene las disposiciones comunes a las Comunidades, a la poltica exterior comn y a la cooperacin judicial. El Ttulo II contiene las disposiciones que modifican el Tratado CEE y los Ttulos III y IV modifican los Tratados CECA y EURATOM respectivamente. El ttulo V introduce las disposiciones relativas a la poltica exterior y de seguridad comn (PESC). El Ttulo VI contiene las disposiciones sobre cooperacin en los mbitos de Justicia y Asuntos de Interior (JAI). Las disposiciones finales estn recogidas en el Ttulo VII. Unin Europea El Tratado de Maastricht crea la Unin Europea, la cual est formada por tres pilares: las Comunidades Europeas, la poltica exterior y de seguridad comn y la cooperacin policial y judicial en materia penal. El primer pilar est constituido por la Comunidad Europea:

por la Comunidad Europea del Carbn y del Acero (CECA) y por Euratom y se refiere a los mbitos en los cuales los Estados miembros ejercen conjuntamente su soberana a travs de las instituciones comunitarias. A l se aplica el proceso denominado del mtodo comunitario, es decir, propuesta de la Comisin Europea, adopcin por el Consejo y el Parlamento Europeo y control del respeto del Derecho comunitario por el Tribunal de Justicia.

El segundo pilar instaura la poltica exterior y de seguridad comn: (PESC) prevista en el Ttulo V del Tratado de la Unin Europea, lo que sustituye a las disposiciones contenidas en el Acta nica Europea y permite a los Estados miembros emprender acciones

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comunes en materia de poltica exterior. Este pilar cuenta con un proceso de toma de decisiones intergubernamental, que recurre con frecuencia a la unanimidad. El papel de la Comisin y del Parlamento es modesto y la jurisdiccin del Tribunal de Justicia no es de aplicacin en este mbito. El tercer pilar se refiere a la cooperacin en los mbitos de justicia y asuntos de interior: (JAI) prevista en el Ttulo VI del Tratado de la Unin Europea. Se espera de la Unin que realice una accin conjunta para ofrecer a los ciudadanos un elevado nivel de proteccin en un espacio de libertad, seguridad y justicia. El proceso de toma de decisiones es tambin intergubernamental. Diferencias entre los pilares I: En esta leccin veremos cul es la diferencia entre el "pilar comunitario" y los dos pilares basados en la cooperacin intergubernamental. Bsicamente, tiene que ver con la forma en que se toman las decisiones y con las competencias de las instituciones comunitarias. En los pilares de cooperacin entre gobiernos las decisiones han de tomarse por consenso y las competencias de la Comisin, el Parlamento Europeo o el Tribunal de Justicia son escasas. En el pilar comunitario, las decisiones se toman cada vez ms por mayora y el papel de las instituciones comunitarias es esencial. Con respecto al primer pilar, el comunitario, el TUE introduce importantes novedades: -El reconocimiento de una Ciudadana europea.37

-El gran paso adelante: la Unin Econmica y Monetaria (UEM). Se adopt la decisin de crear una moneda nica, que recibir el nombre de EURO, para el 1 de noviembre de 1999. Se acord un plan estructura en tres fases: 1. Iniciada en 1990, concluira el 31 de diciembre de 1993 y su objetivo sera la plena liberalizacin de la circulacin de capitales. 2. Del 1 de enero de 1994 al 1 de enero de 1999, los pases miembros deban de coordinar sus polticas econmicas para conseguir unos objetivos fijados cuantitativamente y conocidos como "criterios de convergencia", de reduccin de la inflacin, de los tipos de inters y de las fluctuaciones del cambio entre las monedas europeas, y de control del dficit y la deuda pblica. Los pases que alcanzaran esos objetivos podran pasar a la tercera fase. En el Consejo Europeo, reunido en diciembre de 1995 en Madrid, se dio nombre definitivo a la nueva moneda nica europea: EURO. 3. A partir del 1 de enero de 1999. Se crea la moneda nica, el Euro, fijacin irreversible de su equivalencia con las monedas que participaran, y establecimiento de un Banco Central Europeo (BCE). Los pases que accedieron en 1999 a lo que se ha denominado "zona euro" fueron once: Espaa, Portugal, Italia, Blgica, Pases Bajos, Luxemburgo, Francia, Alemania, Austria, Irlanda y Finlandia. Cuatro pases: Grecia, Reino Unido, Dinamarca y Suecia, han quedado fuera del Euro. Diferencias entre los pilares II: Continuamos hablando de las diferencias entre ambos pilares. -El Tratado de la Unin Europea (TUE) consagra la bsqueda de la cohesin econmico-social de las diversas regiones y pases comunitarios

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como uno de los objetivos de la Unin. Para conseguirlo, se regula el denominado Fondo de Cohesin que proporcionara una ayuda financiera "en los sectores del medio ambiente y de las redes europeas en materia de infraestructuras del transporte". Este fondo iba destinado a los estados miembros de la Unin que tuvieran un PNB per cpita inferior al 90% de la media europea y que llevaron a cabo "polticas de convergencia", es decir, de control de la inflacin, tipos de inters, dficit y deuda pblica. Estos pases: Espaa -el ms beneficiado en trminos absolutos-, Grecia, Portugal e Irlanda (que ha dejado de recibirlos tras superar su PNB per cpita al lmite marcado), pasaron a ser conocidos como "pases de la cohesin". En 1994, nacieron oficialmente los Fondos de Cohesin como una transferencia de recursos financieros entre los pases prsperos y los menos prsperos. -El TUE tambin ha comportado un sensible avance en las competencias comunitarias en terrenos como la poltica econmica y monetaria, la poltica industrial, las redes transeuropeas y la poltica de transportes, las polticas educativas, la proteccin a los consumidores, la investigacin y el desarrollo tecnolgico, la cooperacin, y el medio ambiente. La Poltica Agraria Comn (PAC), uno de los grandes temas pendientes de reforma, sigue absorbiendo ella sola ms de la mitad del presupuesto comunitario. -El TUE aborda el tema de la educacin general y de la formacin profesional. Los estados miembros tienen responsabilidad exclusiva en los planes de estudios en la organizacin del sistema educativo. La tarea de la Comunidad se limita a promover la cooperacin entre los estados en educacin, apoyando y complementando las medidas adoptadas por cada pas. La Unin Europea ha puesto en marcha diversos programas para fomentar esta cooperacin, facilitando los contactos y el trabajo conjunto de alumnos y profesores europeos. El Programa Scrates se centra en la37

educacin no universitaria, el Leonardo da Vinci en la formacin profesional, y el Erasmus en la educacin superior. -En lo referente a las instituciones, el TUE introduce importantes novedades: el Parlamento aumenta sus poderes, el Consejo de Ministros pasa a denominarse Consejo de la Unin Europea, la Comisin recibe el nombre oficial de "Comisin de las Comunidades Europeas", el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Comit Econmico y Social refuerzan sus competencias, se crea el Comit de las Regiones, de carcter consultivo. Tambin se prev la creacin del Banco Central Europeo, al iniciarse la tercera fase de la unin econmica y monetaria. Diferencias entre los pilares III: Como segundo pilar, basado en la cooperacin entre los gobiernos, se estableci una Poltica Exterior y de Seguridad Comn (PESC) que permitira emprender acciones comunes en materia de poltica exterior. El Consejo Europeo, donde se deben adoptar las decisiones por unanimidad, es el que define los principios y orientaciones generales de la PESC. En una declaracin ajena al Tratado, los Estados miembros de la Unin Europea Occidental (UEO) reafirmaron el objetivo de construir esta organizacin por etapas, atribuyndole, a largo plazo, el papel de convertirse en el componente defensivo de la Unin. La cruda realidad, en la forma del conflicto de la ex-Yugoslavia (Croacia, Bosnia, Kosovo) ha mostrado que la construccin de una poltica exterior y de defensa comn en la UE es un objetivo a largo plazo. Los EE.UU. y la OTAN siguen siendo los grandes actores en este terreno, y los estados europeos tienen una voluntad poltica y una capacidad de maniobra an muy dbiles para llevar a cabo su propia poltica.

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Matanza de albaneses por tropas serbias en Kosovo El tercer pilar, basado en la cooperacin intergubernamental del TUE, se centra en la Justicia y los Asuntos de Interior (JAI). Asuntos de inters comn para todos los estados miembros como el terrorismo, la inmigracin clandestina, la poltica de asilo, el trfico de drogas, la delincuencia internacional, las aduanas y la cooperacin judicial. La creacin de la Europol, germen de una futura polica europea, es una de las novedades ms destacadas en este mbito. Hay que sealar tambin en este terreno que en 1990 se firm el denominado Convenio de Schengen, que desarrolla el Acuerdo de Schengen para construir una Europa comunitaria sin fronteras. Instituciones En la prolongacin del Acta nica Europea, el papel del Parlamento Europeo se ve an incrementado por el Tratado de Maastricht. El mbito de aplicacin del procedimiento de cooperacin y el procedimiento del dictamen conforme se ampla a nuevos mbitos. Adems, el Tratado crea un nuevo procedimiento de codecisin, que permite al Parlamento Europeo adoptar actos conjuntamente con el Consejo. Este procedimiento implica contactos reforzados entre el Parlamento y el Consejo para llegar a un acuerdo. Adems, el Tratado asocia al Parlamento con el procedimiento de investidura de la Comisin. Se reconoce el papel de los partidos polticos europeos en la integracin europea. Contribuyen a la formacin de una conciencia europea y a la expresin de la voluntad poltica de los ciudadanos europeos. En cuanto a la Comisin, la duracin de su mandato se amplia de cuatro a cinco aos para igualarlo al del Parlamento Europeo.

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Como el Acta nica, este Tratado ampla el recurso al voto por mayora cualificada en el Consejo para la mayora de las decisiones que dependen del procedimiento de codecisin y para todas las decisiones adoptadas segn el procedimiento de cooperacin. Para reconocer la importancia de la dimensin regional, el Tratado instituye el Comit de las Regiones. Compuesto de representantes de las colectividades regionales, este Comit tiene carcter consultivo. Polticas El Tratado instaura polticas comunitarias en seis nuevos mbitos:

redes transeuropeas, poltica industrial, proteccin del consumidor, educacin y formacin profesional, juventud, cultura.

Unin econmica y monetaria El mercado nico queda concluido con la instauracin de la UEM. La poltica econmica consta de tres elementos. Los Estados miembros deben garantizar la coordinacin de sus polticas econmicas, instaurar una vigilancia multilateral de esta coordinacin y quedar sometidos a normas de disciplina financiera y presupuestaria. El objetivo de la poltica monetaria consiste en instaurar una moneda nica y garantizar su estabilidad mediante la estabilidad de los precios y el respeto de la economa de mercado.

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El Tratado prev el establecimiento de una moneda nica en tres etapas sucesivas:

La primera etapa, que liberaliza la circulacin de capitales, comienza el 1 de julio de 1990. La segunda etapa comienza el 1 de enero de 1994 y permite la convergencia de las polticas econmicas de los Estados miembros. La tercera etapa debe comenzar a ms tardar el 1 de enero de 1999 con la creacin de una moneda nica y de un Banco Central Europeo (BCE).

La poltica monetaria descansa en el S