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"Ahora los niños podrán unirse a las filas de otros titulares de derechos que están facultados para presentar sus quejas sobre violaciones de derechos humanos ante un órgano internacional". - Navi Pillay - Alto Comisionado de Derechos Humanos

Su ruta política y la labor de la sociedad civil

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" Ahora los niños podrán unirse a las filas de otros titulares de derechos que están facultados para presentar sus quejas sobre violaciones de derechos humanos ante un órgano internacional ". - Navi Pillay - Alto Comisionado de Derechos Humanos. - PowerPoint PPT Presentation

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"Ahora los niños podrán unirse a las filas de otros titulares de derechos que están facultados para presentar sus quejas sobre violaciones de derechos humanos ante un órgano internacional".

- Navi Pillay - Alto Comisionado de Derechos Humanos

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Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

Grupo de Iniciativa Nacional por los Derechos del Niño

Su ruta política y la labor de la sociedad civil

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• 28 de febrero 2012: se abrió el Protocolo a la firma y a la ratificación de los Estados Miembros de la ONU

• A fecha de 27 de noviembre de 2012, 35 países ya firmaron el Protocolo. Dos países ratificaron el Protocolo: Tailandia y Gabón + Alemania.

• Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Paraguay, Perú y Uruguay han firmado el Protocolo.

• El PF necesitará ser ratificado por diez países para entrar en vigor, y solamente entrará en vigor en los Estados que lo ratifiquen.

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1. El III protocolo2. Beneficios para el país3. Situación en el Perú4. Pasos a seguir5. Acción de la SC

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1. El III protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones

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¿qué es?

PARTICIPACIÓNEDUCACIÓN

PROTECCIÓN SALUD

>Adoptado oficialmente por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre del año 2011.

> Permite a los NNAs de ser escuchados ante un comité internacional de expertos en Derechos de la Infancia, velando así por sus intereses superiores, teniendo en cuenta sus opiniones, siempre y cuando protegiendo su identidad.

> Refuerza la CDN y los dos protocolos ya existentes sobre la venta y prostitución de niños, así como la pornografía infantil y la implicación de menores en conflictos armados

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Para el Estado firmante/ signatario:

• Implica poder tener un mecanismo de denuncia ante el CDN, adecuar sus normas legales para poder facilitar que los niños/as puedan hacer directamente sus denuncias, sobre las violaciones que les ocurren.

• Sus disposiciones reflejan los estándares acordados a nivel internacional de los procedimientos de comunicaciones similares.

• El protocolo se alinea tanto al Código del Niño y Adolescente vigentes como al Proyecto de Ley 495 sobre modificaciones al Código vigente.

¿qué significa para el Perú?

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2. Beneficios para el país

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Para el Estado• Para los Estados que ya han aceptado los procedimientos

internacionales de comunicación, no debe haber ningún obstáculo para la firma y ratificación del nuevo Protocolo Facultativo de la CDN.

• Reafirmar su reconocimiento de los NNA como titulares de derechos.

• Reforzar los recursos nacionales (mejor conocimiento de otros protocolos, Convención y mecanismos internacionales que protejan sus derechos).

• Fortalecer sus compromisos con los derechos de los NNA: este protocolo no crea nueva obligaciones, pero evidencia el fuerte compromiso del Estado para respetar, proteger y garantizar los derechos de NNA:

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Para los NNAs

ProtegeHaceEstablece

Procedimiento de comunicación

Lleven casos individuales al Comité.

Derechos en la Convención de

Derechos del Niño

Protocolo opcional de NNA en conflictos

armados.Mecanismos de comunicación

adaptados a sus necesidades.

Obtienen reconocimiento

internacional de la vulneracion sufrida.

Protocolo Opcional de Trata, Prostitución y Pornografía Infantil.

Procedimiento de

investigación

Se reconocería al NNA víctima, la condición de sujeto de derecho y con derechos.

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3. Situación del Protocolo en el Perú

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Proceso de aprobación

• El ejecutivo puede tomar esta decisión por sí mismo y no necesita consultar al Parlamento.

• El proceso es el mismo para la firma y la ratificación del Protocolo

• Hay 5 etapas que vamos a desarrollar…

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• 1era ETAPA.

El Ministerio de relaciones exteriores recibe el documento y lo somete a las 3 instituciones en relación con el tema Infancia para que den su bueno visto: - La Defensoría del Pueblo (adjuntía de la niñez) - El MIMPV - El Ministerio de la Justicia

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• 2nda ETAPA (actualmente)

Una vez que estas 4 instituciones hayan firmado, el documento se va a la Presidencia del Consejo de los Ministros (PCM) para recoger la firma del Primer Ministro y del Presidente.

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• 3era ETAPA

Una vez que el Presidente haya firmado, el documento se publica después de 8 días en el Diario Oficial (El peruano).

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• 4ara. ETAPA

El documento se va después a la Comisión de Relaciones exteriores del Congreso que se encarga de preparar un proyecto de ley.

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• 5era.ETAPA Después el proyecto pasa en pleno al Congreso que debe aprobarlo.

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A DONDE ESTAMOS DEL PROCESO

Ahora el Protocolo tiene las firmas del Ministerio de relaciones exteriores, la Defensoría del Pueblo, el MIMPV y el Ministerio de la Justicia, así que entramos en la segunda etapa. El documento está en transcurso de llegada a la PCM.

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4. Pasos a seguir

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Ruta de ratificación• Recomendaciones para finalizar el proceso

– Visita al Ministerio de RREE para presentarnos como organización de defensa de los derechos de los niños, solicitando facilidades en el trámite.

– Realizar y promover actividad sobre el tema, convocando a las autoridades de los diferentes ministerios, de la Comisión de Relaciones Exteriores y de Justicia del Congreso (que son las comisiones ordinarias involucradas) y organizaciones de DD de los niños, niñas y adolescentes, con el único objetivo de colocar el tema en la agenda pública.

– Colocar el tema en los medios de comunicación, comprometiendo a los medios en apoyar la campana.

– Iniciar la campaña de cabildeo a las diferentes autoridades del Ministerio de RREE.

– Paralelamente iniciar el cabildeo en el Parlamento a la Comisión de Relaciones Exteriores y de Justicia del Congreso.

– De forma conjunta con estos pasos recomendados se tiene que realizar un seguimiento constante del proceso administrativo por el que pasa el documento.

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¿Cómo?1. Tener claro las responsabilidades que hemos asumido como instituciones

comprometidas en la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

2. Levantar conciencia sobre el Protocolo.

3. Ser creativos para encontrar las formas en que los Estados cumplan con sus compromisos.

4. Involucrarse en el proceso de ratificación apoyando las Coaliciones nacionales e internacionales de ONGs.

5. Informar al Estado sobre la importancia de la ratificación.

6. Coordinar esfuerzos con la Coalición Internacional (Redlamyc, GIN).

7. Supervisar que los planes y presupuestos de desarrollo incluyan las acciones de cumplimiento de esos compromisos.

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5. Acción de la sociedad civil

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¿Cuáles son los instrumentos de la Sociedad Civil?

• La Convención: tiene un grado de formalidad menor al de un Tratado, de carácter vinculante (obligatorio cumplimiento).

• El Protocolo: sistema anexo a un Tratado o Convención, son específicos y complementarios a la Convención y también tienen carácter vinculante.

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¿Cómo fomentar este proceso?

I. Conocer los instrumentos que tenemos en mano.

II. Saber lo que implica la firma del Protocolo por el Estado.

III. Conocer las estrategias llevadas a cabo para promover la firma y/o ratificación del 3er Protocolo Facultativo.

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Muchas gracias por su atención.