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Elaboración de la metodología para el seguimiento de la aplicación del «Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE» por parte de los proveedores de microcréditos – Directrices para el proveedor final Referencia: CCI 2012 – CE160 – AT 047

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Elaboración de la metodología para el seguimiento de la aplicación del «Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE» por parte de los proveedores de microcréditos – Directrices para el proveedor finalReferencia: CCI 2012 – CE160 – AT 047

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Version 1.0 – September 2013

Source of photos : © iStockphoto

© European Union, 2013 Reproduction is authorised provided the source is acknowledged.

ISBN 978-92-79-38736-4 doi:10.2776/87442

European Commission, Directorate-General for Regional Policy Unit 02 – Communication

Ana-Paula Laissy Avenue de Beaulieu 1, 1060 Brussels BELGIUM

Fax : +32 22966003 E-mail : [email protected] Internet : http://ec.europa.eu/regional_policy/index_en.htm

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Índice

1. Introducción 3

2. Sobre el código y el proceso de evaluación 4 2.1. Sobre el código 4 2.2. Papel y secuencia del proceso de evaluación 5

3. Antes de la evaluación 9 3.1. Documentos y herramientas de los que debe disponerse antes de comenzar 9 3.1.1. Herramienta de autoevaluación 9 3.2. Definición del cumplimiento 12 3.3. Determinación de la aplicabilidad 12 3.4. Evaluación del cumplimiento 13 3.5. Planificación y ejecución de la aplicación del código 14

4. Durante la evaluación 19 4.1. Documentos y pruebas del cumplimiento 19 4.1.1. Verificación de datos en línea en jasmine 20

5. Después de la evaluación 22 5.1. Recomendaciones posteriores a la evaluación 22 5.2. Verificación de las modificaciones posteriores a la evaluación 22

Apéndices 23

Apéndice A: Glosario 24 Apéndice B: Formulario De Adhesión 28 Apéndice C: Jasmine En Línea - Campos Del Código De Buena Conducta 29 Apéndice D: Formato del informe del evaluador 36 Apéndice E: Formato de la carta de concesión - Ejemplo 37 Apéndice F: Formato de carta de denegación - Ejemplo 38 Apéndice G: Formulario De Apoyo 39

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Directrices para el proveedor final

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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1. Introducción

Estas directrices están concebidas para ayudar a los pro-veedores de microcréditos (en lo sucesivo, «los proveedo-res») que deseen aplicar el «Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE» (en lo sucesivo, el «Código»). Dichas directrices van dirigidas fundamental-mente a los directivos y al personal de los proveedores de microcréditos, pero también pueden resultar útiles para las partes interesadas y los evaluadores. El principal objetivo del documento es ofrecer un panorama claro del Código y del proceso de evaluación, así como orientación para la aplicación del Código y para evaluar la aplicabili-dad y el cumplimiento de sus enunciados.

Las directrices se organizan en cinco secciones:

● Sección 2: Sobre el Código y el proceso de evalua-ción: Esta sección presenta información sobre los antecedentes del Código, incluidos su elaboración y su finalidad, y describe de qué manera pueden los proveedores hacer consultas al respecto y adherirse al mismo. Asimismo, presenta un resumen del pro-ceso de evaluación.

● Sección 3: Antes de la evaluación: En esta sección se ofrecen consejos y asesoramiento a los provee-dores sobre cómo pueden evaluar el margen que los separa de cumplir el número exigido de enunciados y cómo pueden planificar su aplicación.

● Sección 4: Durante la evaluación: En esta sección se explica cómo pueden presentarse los proveedo-res a la evaluación externa del cumplimiento.

● Sección 5: Después de la evaluación: En esta sec-ción se ofrece información y directrices sobre cómo pueden responder los proveedores a las cuestiones planteadas por los evaluadores y dónde pueden encontrar ayuda para realizar los cambios recomen-dados por estos.

En los apéndices A a H pueden consultarse los formatos de los informes, los modelos de la carta y de los formu-larios, y otros documentos de apoyo:

● Apéndice A: Glosario: el glosario consta de dos par-tes. Una contiene las definiciones de los términos utilizados en la evaluación. La otra presenta un glo-sario más bien técnico (p. ej., definición de operacio-nes con partes vinculadas, etc.).

● Apéndice B: Formulario de adhesión: este formula-rio será utilizado por los proveedores que deseen adherirse al Código.

● Apéndice C: Herramienta de autoevaluación: los proveedores utilizarán esta herramienta para evaluar tanto la aplicabilidad como el cumplimiento. Los evaluadores la utilizarán para estudiar, evaluar y calcular el cumplimiento, y para elaborar notas y observaciones sobre el cumplimiento de cada uno de los enunciados.

● Apéndice D: JFormulario en línea de JASMINE: los datos que los proveedores deben divulgar como parte del Código se entregarán a los evaluadores que utilicen este formulario.

● Apéndice E: Formato del informe del evaluador: al término de la evaluación, el evaluador presentará recomendaciones sobre la concesión o la denega-ción del certificado de cumplimiento utilizando este formato.

● Apéndice F: Modelo de carta de decisión de conce-sión: se enviará al proveedor una carta basada en este modelo con el informe del evaluador, informán-dolo de si ha superado la calificación mínima.

● Apéndice G: Orden de aplicación: este cuadro reco-ge los enunciados en el orden lógico en que deben aplicarse y está destinado a dar apoyo a los provee-dores en la aplicación del Código.

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Directrices para el proveedor final

La primera etapa por la que ha de pasar el proveedor consiste en informarse acerca del Código y, en su caso, adherirse al mismo. Esta sección presenta un breve resu-men del Código, su elaboración y su función. La sección también describe cada etapa del proceso y especifica lo que se espera por parte de los proveedores, los evalua-dores y otras partes pertinentes.

2.1. Sobre el Código

El 13 de noviembre de 2007, la Comisión adoptó una Comunicación titulada «Iniciativa Europea para el desa-rrollo del microcrédito». Dicha Comunicación definió cua-tro ámbitos de actuación prioritarios, de los que los dos últimos se están abordando por medio de JASMINE, una iniciativa conjunta de la Comisión Europea y el grupo del Banco Europeo de Inversiones para apoyar el desarrollo de proveedores no bancarios de microcréditos / institu-ciones de microfinanciación en la Unión Europea. Se han identificado los siguientes cuatro ámbitos prioritarios:

● mejorar el entorno legal e institucional en los Estados miembros;

● modificar el clima en favor del empleo y el empren-dimiento;

● fomentar las mejores prácticas; y ● suministrar capital financiero adicional para las

instituciones financieras de microcrédito no banca-rias y nuevas.

En aquella Comunicación se reconocía que un «código de buena conducta» sería un método excelente para difun-dir las buenas prácticas entre las instituciones de micro-financiación. Además, se exponía que la puesta a dispo-sición de orientaciones coherentes para las instituciones de microfinanciación debería contribuir a establecer nor-mas de negocio, racionalizar las prácticas, ofrecer segu-ridad en los préstamos, y, por último, reforzar la eficien-cia de la asistencia técnica del instrumento JASMINE ges-tionado por el FEI.

En este contexto, y a resultas de un procedimiento de lici-tación, la Comisión Europea seleccionó a Community Finan-ce Solutions, un centro de investigación de la Universidad de Salford, para elaborar el proyecto del Código de conduc-ta para la provisión de microcréditos en la UE, en estrecha consulta con las partes interesadas y los expertos.

Un elemento clave de esta consulta fue la incorporación de las contribuciones de personas y organizaciones con experiencia práctica en el ámbito de los microcréditos en la UE. Ello se llevó a cabo a través de una serie de seis talleres con las partes interesadas, celebrados en Bruse-las entre octubre de 2010 y abril de 2011. En dichos talleres participaron proveedores de microcréditos, orga-nizaciones del sector, expertos académicos y autoridades de reglamentación, que han desempeñado un papel pri-mordial a la hora de dar forma al documento final. Ade-más, se distribuyeron a las partes interesadas seis cues-tionarios en línea, en los que se solicitaban aportaciones y comentarios, y dos versiones del proyecto de Código, solicitando comentarios, y también se celebraron reunio-nes con asociaciones clave del sector.

Por lo tanto, el Código incorpora información procedente de las buenas prácticas reconocidas en el sector de la microfinanciación y ha sido elaborado en estrecha con-sulta con el sector del microcrédito en la UE y las corres-pondientes partes interesadas. La elaboración del Código de conducta se ha guiado por los siguientes principios:

● hincapié a la hora de incorporar los contenidos espe-cíficos y mensurables sobre la base de los cuales los gestores y los consejos de administración de los proveedores de microcréditos pueden adoptar medi-das para mejorar sus organizaciones;

● hincapié en la elaboración de un código que se ajus-te a la diversidad de los proveedores de microcrédi-tos de la UE en lo relativo a las condiciones de mer-cado, formas institucionales y marcos jurídicos;

2. Sobre el Código y el proceso de evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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● énfasis en la mejora de las normas, mediante un equi-librio entre la necesidad de aplicar las mejores prácti-cas y las expectativas realistas de los proveedores.

La elaboración del Código se ha basado en el hecho de que, habida cuenta de las disparidades de los marcos reguladores aplicables a los proveedores de microcrédi-tos en la UE, es necesario disponer de un conjunto unifi-cado de expectativas y de normas comunes al sector en beneficio de este, así como de sus proveedores de fon-dos, inversores, clientes, propietarios, autoridades de reglamentación y organizaciones asociadas. El Código expone unas orientaciones de buenas prácticas destina-das a permitir al sector hacer frente a los retos de acce-der a la financiación a largo plazo, mantener y mejorar la calidad de los servicios y avanzar hacia la sostenibilidad. La finalidad del Código no es ni introducir normativa nueva ni sustituir la ya existente que se aplica a los pro-veedores de microcréditos. Más bien está pensado para especificar una serie de normas comunes en lo relativo a cómo operan los proveedores de microcréditos y cómo transmiten estos la información.

El Código va fundamentalmente dirigido a los proveedores no bancarios de microcréditos que conceden préstamos de hasta 25 000 EUR a microempresas. Sin embargo, cabe pensar también que determinados proveedores facilitarán también microcréditos personales, así como préstamos profesionales que rebasen los 25 000 EUR, a los que podría ser apropiado aplicar el Código. Además, el sector de los microcréditos en la UE presenta muchas divergen-cias en términos de tamaño, marco institucional y merca-dos en los que actúa. Por consiguiente, no todas las prác-ticas pueden considerarse buenas prácticas, o incluso posi-bles, para todos los proveedores de microcréditos. En algu-nos casos, ya puede existir reglamentación que cubra determinados ámbitos y prácticas. El Código reconoce esta situación y, en su caso, especifica el tipo de instituciones no cubiertas por el enunciado de que se trate.

El Código está concebido para los gestores, directores, clientes, inversores, entidades financiadoras, propietarios, autoridades de reglamentación y organizaciones asocia-das, del sector de la provisión de microcréditos. Pretende ser un instrumento dirigido a directivos, agentes y gestores que contribuya a mejorar el funcionamiento del sector de la provisión de microcréditos. En el caso de los clientes, es un instrumento que garantiza un trato equitativo y ético. En el caso de los inversores y proveedores de fondos, ase-gura el funcionamiento transparente del sector con arre-glo a normas de notificación paneuropeas. En cuanto a las autoridades de reglamentación, ofrece garantías de fun-cionamiento del sector de acuerdo con prácticas y princi-pios empresariales adecuados, así como de la correcta regulación del sector. En el cuadro que figura a continua-ción se incluyen más recursos sobre el Código.

Más recursos sobre el Código

Enlace a la versión electrónica del CódigoInformación sobre el modo de obtener una copia impresa del Código

Enlace a la metodología del evaluador

Datos de contacto de la REM para obtener ayuda

2.2. Papel y secuencia del proceso de evaluación

La evaluación del cumplimiento es uno de los cimientos sobre los que se asienta el Código. Sin un marco sólido para evaluar en qué medida los proveedores cumplen los enunciados, el Código carecería de la necesaria credibili-dad. En el cuadro que figura a continuación se ofrece un resumen de las partes que intervienen en la evaluación y de sus respectivas funciones.

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Directrices para el proveedor final

Fase previa a la evaluación

Fase de evaluación

Fase posterior a la evaluación y a la concesión

Contacto y consultas iniciales

Revisión de la justificación de enunciados no aplicables

Decisión sobre la concesión

Finalización y presentación de la herramienta de autoevaluación

Presentación de la recomendación

Revisión de las modificaciones y decisión sobre la concesión

Solicitud del proveedor de que dé comienzo la evaluación

Aplicación del Código

Revisión del cumplimiento de los enunciados

El proveedor aborda las causas de incumplimiento de enunciados

Adhesión al Código

Control de la documentación

Apoyo y asesoramiento tras la decisión de concesión

Figura 1: Esquema del proceso de adhesión, evaluación y posterior a la evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Quién es quién en el Código de evaluación

Proveedor: «Proveedor» es la denominación abrevia-da en vez de «proveedor de microcrédito» y se aplica a cualquier organización que exprese su voluntad de suscribir el Código.

Evaluador: El evaluador es responsable de evaluar el cumplimiento del Código por parte de cada uno de los proveedores. El evaluador solo formula una recomen-dación, y el grupo director adopta la decisión definiti-va sobre la concesión.

Grupo director: El grupo director está formado por expertos del sector, así como por representantes de la Comisión y del organismo responsable de los evalua-dores. El objetivo del grupo es decidir acerca de la con-cesión de microcréditos sobre la base de la recomen-dación del evaluador. El grupo estudiará también los recursos que se presenten y las quejas sobre la eva-luación.

Punto de contacto designado: El punto de contacto designado es la Dirección General de Política Regional y Urbana de la Comisión Europea, que sirve como pri-mer punto de contacto para las organizaciones que deseen adherirse al Código.

El proceso completo, desde la adhesión hasta la conce-sión, y el apoyo subsiguiente a la concesión consta de tres fases: una previa a la evaluación, otra de evaluación y la tercera, posterior a la evaluación y a la concesión. Todo ello queda ilustrado en la figura 1. Los recuadros y las flechas compuestos por líneas discontinuas indican que estas fases no han de tener lugar necesariamente. Las dos últimas fases posteriores a la evaluación y a la decisión de concesión se exigen únicamente cuando un proveedor no alcance la calificación global mínima para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Código o bien si quiere aumentar su nivel de cumplimiento.

La primera fase del proceso requerirá que un proveedor entable el contacto inicial con la Dirección General de Política Regional y Urbana, el punto de contacto designa-do. Si el proveedor sigue estando interesado en adherirse tras el contacto inicial, presentará a la Dirección General

de Política Regional y Urbana un formulario de adhesión firmado por su Director Ejecutivo y Presidente del Conse-jo de Administración (apéndice B). La Dirección General de Política Regional y Urbana notificará al evaluador la presentación del formulario de adhesión.

Punto de contacto designado para el Código

Datos de contacto del punto designado en JASMINE / Dirección General de Política Regional y Urbana

Acto seguido, el proveedor evaluará el nivel de cumpli-miento en esos momentos rellenando la herramienta de autoevaluación (apéndice C). Sobre la base de los resul-tados de la autoevaluación, el proveedor deberá planifi-car y aplicar cambios para cumplir una serie de enuncia-dos con el fin de alcanzar la calificación mínima global. Los proveedores tienen a su disposición una serie de herramientas y de orientación destinados a ayudarles en este cometido.

Ponderación, calificación global y cumplimiento

Los enunciados del Código se ponderan de acuerdo con su importancia. Con el fin de cumplir con el Códi-go, los proveedores deben cumplir todos los enuncia-dos prioritarios y el 80 % de los enunciados que son aplicables al proveedor. Este umbral mínimo se deno-mina «calificación global». Pueden encontrarse más detalles sobre la ponderación y la calificación global en la Sección 3.2.

El proveedor dispone de 18 meses para aplicar los enun-ciados una vez haya enviado el formulario de adhesión. En caso de que el proveedor necesite más tiempo para aplicar los enunciados, puede solicitar una prórroga a tra-vés de la Dirección General de Política Regional y Urbana. Una vez que el proveedor haya llegado a la conclusión de que se han realizado los cambios necesarios para cum-plir con el Código, comunicará por correo electrónico al evaluador que está preparado para iniciar la evaluación.

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Directrices para el proveedor final

Dicho correo electrónico irá acompañado de la herra-mienta de autoevaluación cumplimentada y de los justi-ficantes oportunos (véase el apéndice C). Si el proveedor considera que ya cumple un número suficiente de enun-ciados para alcanzar la calificación global mínima, enton-ces podría comenzar la evaluación antes de que hayan transcurrido 18 meses desde la presentación del formu-lario de adhesión.

Los proveedores presentarán la documentación oportu-na junto con la solicitud para iniciar la evaluación. En ella se incluirá la justificación de los enunciados que el pro-veedor considera que no deben aplicarse a la organiza-ción. Antes de verificar el cumplimiento, los evaluadores deberán revisar la justificación proporcionada para cer-ciorarse de que a) la justificación de los enunciados no aplicables es razonable, y b) la evaluación se centra úni-camente en los enunciados aplicables. La siguiente etapa consistirá en comprobar que se ha presentado la docu-mentación necesaria. En esta fase, es posible que el eva-luador tenga que volver a plantear al proveedor más pre-guntas o comentarios. Al final de esta fase, el evaluador deberá informar al proveedor en caso de que alguno de los enunciados que el proveedor considere no aplicables se considere aplicable por el evaluador.

Por último, una vez comprobada la presentación de la documentación apropiada, el evaluador puede comenzar a revisar el cumplimiento de los enunciados pertinentes utilizando la herramienta de autoevaluación. Al final de la revisión del cumplimiento, el evaluador deberá presen-tar una recomendación sobre la concesión al proveedor (véase el formato del informe del evaluador en el apén-dice E). El grupo de dirección decidirá acerca de la conce-sión de acuerdo con la recomendación del evaluador. Se informará al proveedor sobre la decisión y se le facilitará información sobre el proceso de evaluación (p. ej., aplica-ción de enunciados restantes, etc.) (véase el formato del informe del evaluador en el apéndice E y el formato de la carta de concesión en el apéndice F).

Se prestará apoyo, asesoramiento e información a los proveedores sobre las medidas que deben adoptar para mejorar su cumplimiento. A no ser que se haya constata-do que el proveedor no cumple con el Código en una medida suficiente, el proceso finalizará después de esta fase (al menos hasta la siguiente evaluación). Siempre que los proveedores que no logren la calificación global deseen continuar con el proceso, deberán resolver un número suficiente de casos de incumplimiento de los enunciados y presentar pruebas a fin de documentar los cambios introducidos. Estas pruebas serán analizadas por el evaluador en colaboración con el grupo de dirección.

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Una vez que el proveedor se haya adherido al Código y antes de que pueda llevarse a cabo la evaluación de la conformidad, debe comenzar a aplicar los enunciados del documento. Antes de plantearse qué enunciados debe aplicar y cómo hacerlo, el proveedor deberá plantearse en primer lugar la definición de cumplimiento. A continua-ción, los proveedores deben evaluar en qué medida dis-tan del cumplimiento del Código, determinar qué enun-ciados van a aplicar para ello, y planificar y ejecutar su aplicación. En esta sección se dan algunos consejos y orientación sobre la manera en que los proveedores pue-den hacerlo.

3.1. Documentos y herramientas de los que debe disponerse antes de comenzar

El proveedor evaluará el cumplimiento utilizando la herramienta de autoevaluación y, por lo tanto, debe estar familiarizado con ella. Además, el proveedor debe estar familiarizado con los siguientes documentos y herra-mientas y tenerlos a su disposición cuando comience la autoevaluación:

● Código de conducta para la provisión de micro-créditos en la UE: Los proveedores deberán dispo-ner de una versión electrónica o de una versión impresa del Código, dado que este es el documento principal. En él se enumeran todos los enunciados, se incluyen comentarios sobre el cumplimiento y que lo demuestran, y contiene además un útil glosario.

● Glosario: Se trata de un glosario de términos utili-zados en la evaluación, así como de términos más técnicos en el apéndice A.

● Metodología del evaluador: Aunque va dirigida sobre todo a los evaluadores, la metodología del eva-luador puede contener información adicional útil para los proveedores, en particular para el personal técnico.

Además de estos recursos, puede resultar útil que el pro-veedor disponga de los siguientes documentos al cum-plimentar la herramienta de autoevaluación:

● Plan empresarial ● Política de concesión de préstamos o de crédito ● Manuales o políticas en materia de recursos huma-

nos y de personal ● Política o documentos en materia de gobernanza ● Política o marco de gestión de riesgos ● Política o documentos relacionados con los clientes

e inversores, y ● Documentación en materia de seguimiento e informes

3.1.1. Herramienta de autoevaluación

La herramienta de autoevaluación tiene por objeto ayu-dar tanto a los proveedores como a los evaluadores a evaluar el cumplimiento, especificando qué es lo que constituye el cumplimiento de cada enunciado y la pon-deración asignada a cada uno de aquellos. La herramien-ta también permite a los proveedores y a los evaluado-res calcular la proporción de los enunciados que el pro-veedor respeta en relación con la calificación global.

La herramienta de autoevaluación consta de tres hojas. La primera hoja, titulada Acerca del proveedor [About provider], contiene información sobre el proveedor, que se utiliza para determinar el tamaño de la organización y sirve al evaluador para ponerse en contacto con el pro-veedor. La hoja contiene los siguientes campos:

● Nombre del proveedor: En este campo, los provee-dores deben cumplimentar el nombre completo de la persona jurídica que constituye el proveedor.

● País: Los proveedores deben indicar el país en el que están inscritos y operan. Si un proveedor opera en más de un país, debe especificarlo por separado, incluidos los países en los que opera y los acuerdos jurídicos (p. ej., si está regulado en todos los países, etc.).

3. Antes de la evaluación

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Directrices para el proveedor final

● Forma institucional: Este campo es un menú des-plegable que debe ser utilizado por el proveedor para indicar la forma institucional y jurídica de la organización (p. ej., cooperativa, banco, proveedor no bancario, fundación, etc.). Cuando exista una definición exacta de tales instituciones y de su reglamentación, el proveedor debe incluir estos datos en el campo «otras observaciones».

● Breve descripción del proveedor: Este campo debe utilizarse para facilitar una breve descripción del proveedor. Puede incluir también los servicios que ofrece el proveedor, sus grupos destinatarios, los sectores que cubre (es decir, microcréditos perso-nales, microcréditos empresariales, etc.) y la edad del proveedor.

● Sitio web del proveedor: El proveedor debe indicar su sitio web en este campo.

● Número de miembros del personal: El proveedor debe utilizar este campo para indicar el número de miembros del personal que trabajan a tiempo comple-to y a tiempo parcial. Aquí se debería incluir a todos los miembros del personal, incluidos los que participan en actividades no relacionadas con los microcréditos, a no ser que tales actividades dispongan de estructu-ras de gestión y de gobernanza separadas.

● Número de personas (expresado como equiva-lente a tiempo completo): En este punto los pro-veedores deben precisar el número de trabajadores como equivalente a tiempo completo.

● Número de prestatarios activos: Los proveedores deben utilizar este campo para indicar el número de prestatarios activos. Se define a los prestatarios activos como las personas que actualmente tienen saldo vivo del préstamo con el proveedor del micro-crédito o son los principales responsables de la devolución de una parte de la cartera de préstamos brutos. Los prestatarios con múltiples préstamos se consideran un único prestatario.

● Categoría de tamaño: El proveedor será asignado automáticamente a una categoría de tamaño aten-diendo al número de miembros de su personal y al número de prestatarios activos.

● Fecha de finalización: Este campo debe utilizarse para indicar cuándo se ha acabado de cumplimentar la herramienta de autoevaluación..

● Persona de contacto: El proveedor debe nombrar a una persona para que sea el principal punto de con-

tacto en la evaluación. Esta persona se ocupará de todas las consultas y preguntas planteadas por los evaluadores.

● Datos de contacto: El proveedor debe utilizar este campo para indicar los datos de contacto de la perso-na de contacto designada. Se debe incluir un número de teléfono y una dirección de correo electrónico.

● Lenguas habladas por la persona de contacto: El proveedor debe indicar qué lenguas habla la per-sona de contacto designada e indicar en qué lengua preferiría comunicarse con ellos.

● Otras observaciones: En este punto, el proveedor puede formular otras observaciones pertinentes para la evaluación.

La segunda hoja, titulada «Autoevaluación», se utiliza para la autoevaluación y la evaluación propiamente dicha. La hoja contiene las siguientes columnas:

● Número de enunciado: En esta columna se recoge el número del enunciado (p. ej., 1.1, 5.12, etc.).

● Prioridad: Esta columna indica si se trata de un enunciado prioritario.

● Solo grandes proveedores: Esta columna indica si el enunciado está únicamente destinado a grandes proveedores.

● Enunciado: En esta columna se recoge una breve descripción (tal como se indica en la matriz general del Código) de los enunciados.

● Preguntas orientadoras: En esta columna se reco-gen una serie de preguntas para cada enunciado. Dichas preguntas están destinadas a servir de orien-tación sobre qué es lo que constituye su cumpli-miento. Si los proveedores pueden responder «sí» a estas preguntas, es probable que cumplan los enun-ciados correspondientes.

● Observaciones: La columna titulada «Observacio-nes» establece, en su caso, comentarios adicionales para especificar o aclarar aspectos del enunciado, incluidos ejemplos de buenas prácticas que consti-tuyen el cumplimiento, excepciones y posibles for-mas de demostrar el cumplimiento de la normativa.

● Prueba de cumplimiento sugerida: En esta columna se indican los documentos que pueden ser-vir como pruebas de cumplimiento. Es preciso subra-yar que la documentación de cumplimiento puede variar dependiendo de los proveedores. Por lo tanto, los documentos enumerados solo son sugerencias.

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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● Cumplimiento: El proveedor debe utilizar esta columna para indicar si cumplen el enunciado o no, seleccionando «cumple» o «no cumple» en el menú desplegable.

● Comentarios del proveedor – Cumplimiento: El proveedor debe utilizar este campo para efectuar comentarios sobre cómo cumple esta enunciado y remitirse a la documentación de apoyo.

● No aplicable a la institución: En esta columna se recoge un menú desplegable con las opciones “apli-cable» y «no aplicable». El valor por defecto es «apli-cable». El proveedor utilizará la función desplegable para indicar los enunciados que no son aplicables al proveedor.

● Razón por la que no es aplicable: Si los proveedo-res han indicado que un enunciado no es aplicable, deben utilizar esta columna para indicar por qué motivo el enunciado en cuestión no es aplicable. Contiene un menú desplegable con las opciones “Es contrario a lo establecido a la legislación nacional», «No importante o pertinente» y «Otros».

● Comentario del proveedor – Aplicabilidad: Si los proveedores han indicado que un enunciado no es aplicable, deben utilizar este campo para for-mular observaciones adicionales y remitir a los eva-luadores a la documentación complementaria. Véase la sección 3.3 para obtener orientaciones sobre la inaplicabilidad de las pruebas.

● Ponderación: En esta columna se detalla la ponde-ración asignada a los enunciados.

● Aplicabilidad (evaluador): En caso de que los pro-veedores hayan indicado que un enunciado no es apli-cable, los evaluadores deberán comprobarlo o recha-zarlo seleccionando «Aplicable (comprobado)» o “No aplicable (comprobado)» en el menú desplegable.

● Comentario del evaluador – Aplicabilidad: Cuando, en contra de la opinión de un proveedor, los evaluado-res consideren que un enunciado es realmente aplica-ble, deben presentar sus observaciones sobre el moti-vo de la decisión para utilizar esta columna.

● Cumplimiento (evaluador): En caso de que los pro-veedores hayan indicado que cumplen con el enuncia-do, los evaluadores deben comprobarlo o rechazarlo seleccionando «Aplicable (comprobado)» o «No aplica-ble (comprobado)» en el menú desplegable.

● Comentario del evaluador – Cumplimiento: Los evaluadores pueden utilizar esta columna para comentar el cumplimiento del enunciado en cuestión por parte del proveedor. Ello es especialmente impor-tante en los casos en que los evaluadores consideren –contrariamente al criterio de un proveedor– que el proveedor no cumple lo dispuesto en el enunciado.

● Ponderación (evaluador): Esta columna generará la ponderación relativa a los enunciados que el eva-luador haya comprobado que respeta el proveedor.

La tercera hoja de cálculo se titula «Informe sobre el cum-plimiento» y ofrece un resumen estadístico del nivel de cumplimiento del proveedor. Existen dos secciones indica-das por los subapartados subrayados en la hoja. Una se titula «Autoevaluación por parte del proveedor». Los cam-pos de este epígrafe se generan sobre la base de la infor-mación cumplimentada por el proveedor como parte de su autoevaluación, pero que no ha sido comprobada por los evaluadores. La otra se titula «Comprobado por el eva-luador» y contiene los campos que se han generado sobre la base de la información comprobada por el evaluador.

Ambas secciones contienen los siguientes campos: ● Valor total de los enunciados ponderados: En

este campo se detalla el valor total de los enuncia-dos ponderados aplicables al proveedor. Este campo se calcula automáticamente.

● Valor total de los enunciados ponderados cum-plidos: En este campo se calcula la ponderación total de los enunciados que cumple el proveedor. Este campo se calcula automáticamente.

● Porcentaje de los enunciados ponderados cum-plidos: En este campo se calcula el porcentaje del total ponderado de los enunciados que cumple el proveedor. Este campo se calcula automáticamente.

● Calificación global: En este campo se detalla la calificación global que el proveedor debe alcanzar para dar cumplimiento a lo dispuesto en este enun-ciado. Este campo se fija en el 80 %, que es la cali-ficación global acordada.

● Cumplimiento del Código: En este campo se indi-cará si el proveedor ha superado la calificación glo-bal y ha cumplido todos los enunciados prioritarios. Este campo se calcula automáticamente.

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Directrices para el proveedor final

3.2. Definición del cumplimiento

El Código se compone de un total de 186 enunciados que abarcan las relaciones entre clientes e inversores, la gobernanza, la gestión del riesgo, las normas comunes de información y los sistemas de gestión de la información (SGI). Existen tres tipos de enunciados: enunciados princi-pales, subenunciados y enunciados generales (cuadro 1).

Cuadro 1: Tipos de enunciadosEnunciados principales 107Subenunciados 69Enunciados generales 10Número total de enunciados 186

Existen 10 enunciados generales. Estos no son enuncia-dos per se, sino porque contienen una serie de subenun-ciados que requieren ser ejecutados. Ello significa que existen 176 enunciados que los proveedores pueden apli-car. De ellos, 69 son subenunciados, y 107 son enuncia-dos principales.

Por otra parte, los enunciados están ponderados en fun-ción de la importancia de cada uno (cuadro 2)

Existen tres niveles de ponderación: medio, alto y priori-tario, y cada uno de ellos tiene una ponderación de 0,75, 1,00 y 1,25, respectivamente. Los subenunciados tienen una ponderación de nivel medio, a no ser que sean enun-ciados prioritarios, en cuyo caso será alto. La ponderación de los enunciados principales es de nivel alto, a menos que sean enunciados prioritarios, en cuyo caso se les asigna el nivel de ponderación prioritario. A los enuncia-dos generales no se les asigna ninguna ponderación.

El total ponderado de todos los enunciados es 166. Con el fin de cumplir el Código, los proveedores deben cum-plir todos los enunciados prioritarios y el 80 % del total ponderado de los enunciados. Ello se denomina «califica-ción global».

La ponderación se calcula automáticamente gracias a la herramienta de autoevaluación. La ponderación se cal-cula multiplicando cada enunciado por la ponderación asignada. El total ponderado de todos los enunciados aplicables se calcula como sigue:

Suma de los enunciados aplicables = (subenunciado aplicable x 0,75) +

(enunciados principales aplicables & subenunciados prioritarios x 1,00) + (enunciados prioritarios principales

aplicables x 1,25)

El total ponderado de todos los enunciados con los que se cumple se calcula como sigue:

Suma de los enunciados cumplidos = (subenunciado cumplido x 0,75) +

(enunciados principales & subenunciados prioritarios cumplidos x 1,00) + (enunciados prioritarios principales

cumplidos x 1,25)

El porcentaje de los enunciados cumplidos se calcula a continuación de la manera siguiente:

(suma de los enunciados x 100) (suma de los enunciados aplicables)

3.3. Determinación de la aplicabilidad

Con el fin de determinar en qué medida un proveedor cumple el Código, tendrá que determinar cuáles son los enunciados aplicables a la institución. Solo hay tres razo-nes válidas para no aplicar un enunciado:

● Existen 10 enunciados que solo se aplican a los grandes proveedores. Si el proveedor se encuentra por debajo del umbral, el enunciado no es aplicable. Las entidades grandes son aquellas que tienen más de 7 000 prestatarios activos y más de 70 emplea-dos. En las orientaciones complementarias de los enunciados, también se hace referencia a los pro-

Cuadro 2: Tipos de enunciadosNivel de ponderación Medio Alto PrioritarioPonderación 0,75 1,00 1,25Enunciados Subenunciados Enunciados principales Enunciados principales Subenunciados prioritarios prioritariosNúmero de enunciados 53 110 13

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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veedores de tamaño pequeño y mediano. Los pequeños proveedores son las organizaciones que cuentan con menos de 4000 clientes y 35 empleados, mientras que los proveedores medianos tienen entre 4000 y 7000 clientes y entre 35 y 70 empleados. El modelo de autoevaluación asigna automáticamente al proveedor a una de estas cate-gorías basadas en los datos que introduce en la pri-mera página.

● Se puede eximir a un proveedor de aplicar un enun-ciado en caso de que este contravenga el marco reglamentario o jurídico nacional. Ejemplos de estos obstáculos pueden incluir restricciones legales a los proveedores para concederse sus propios préstamos (a saber, Alemania), y las estructuras de gobernanza de proveedores de mutuas y cooperativas (que impiden la aplicación de algunos enunciados en la sección sobre la gobernanza). Ciertos marcos regla-mentarios nacionales pueden también afectar a la medida en que se pueden aplicar los enunciados. Por ejemplo, la medida en que los precios pueden reflejar el riesgo puede reducirse debido a las res-tricciones nacionales a los tipos de interés. Los pro-veedores deben referirse a las leyes y a los enuncia-dos específicos de las mismas que excluyen al pro-veedor de aplicar los enunciados en cuestión.

● Un enunciado puede no aplicarse, bien porque no es importante o porque no es pertinente para el pro-veedor. Por ejemplo, un proveedor no recopila datos sobre el porcentaje de mujeres clientes porque ello no es pertinente para su misión, o bien no se esfuer-za por dirigirse a inversores en condiciones de com-prender el riesgo porque no recibe inversiones de particulares. Cuando esto ocurre, el proveedor debe documentar que el enunciado no es importante o pertinente para el proveedor. El proveedor puede hacerlo remitiéndose a los informes anuales, a la documentación sobre la gobernanza, a las audito-rías externas o a otros documentos oficiales o que hayan sido objeto de verificación externa.

El primer motivo para la no aplicabilidad de los enuncia-dos se valida mediante la comprobación del tamaño del proveedor. Esto solo se aplica a los enunciados claramen-te indicados como aplicables a las grandes instituciones. En el caso de los otros dos motivos de inaplicabilidad, incumbe al proveedor documentar qué enunciados no son

aplicables. El proveedor debe orientar al evaluador hacia los elementos específicos y pertinentes de la legislación que impiden que el proveedor aplique el enunciado en cuestión, o debe documentar que el enunciado se refiere a un aspecto que, por alguna razón, no es importante o pertinente para el proveedor.

3.4. Evaluación del cumplimiento

Tras haber determinado los enunciados que se aplican al proveedor, en la siguiente etapa este tendrá que evaluar el nivel actual de cumplimiento de los enunciados. La herramienta de autoevaluación del apéndice C espe-cifica lo que constituye el cumplimiento de cada uno de los enunciados. La definición del cumplimiento entra den-tro de una serie de categorías, entre las que se incluye: la existencia y el contenido de determinados documentos (p. ej., plan empresarial que aborde determinados aspec-tos); la existencia de procesos y procedimientos encami-nados a prevenir o a promover determinadas prácticas (p. ej., evaluar la capacidad de reembolso para prevenir el sobreendeudamiento); la existencia y la documentación de los derechos de los clientes y de los inversores (p. ej., el derecho al reembolso anticipado consagrado en el con-trato de crédito); y la divulgación de determinadas infor-maciones o prácticas (p. ej., revelar la misión). Sobre la base de las respuestas del proveedor, la herramienta de autoevaluación indicará el porcentaje de los enunciados que cumple el proveedor y, por consiguiente, cuánto le falta para alcanzar la calificación global del 80 %.

También existen algunas cuestiones transversales sobre el cumplimiento que el proveedor debe tener en cuenta, a saber:

● Contexto nacional: Es importante tener en cuenta el contexto nacional a la hora de evaluar el cumpli-miento de la normativa. Por una parte, pueden existir distintas definiciones de buenas prácticas en dife-rentes países. Las buenas prácticas se refieren a las prácticas recomendadas por las autoridades de reglamentación, las organizaciones profesionales u otras entidades pertinentes. Por otra parte, los siste-mas y los procesos establecidos por el proveedor reflejarán —o deben reflejar— el entorno en el que opera. Por ejemplo, los proveedores de países con una infraestructura limitada en materia de pagos electrónicos pueden tener que hacer un mayor hin-

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Directrices para el proveedor final

capié en las visitas a los clientes como parte de la auditoría interna para verificar que los gestores de los préstamos recaudan la cantidad adecuada en reembolsos en comparación con los proveedores de los países con una infraestructura financiera muy desarrollada.

● Tipo de institución: El cumplimiento dependerá también del tipo de institución que constituye el pro-veedor. Los grandes proveedores que operan con varias oficinas o sucursales requerirán procedimien-tos, formación y sistemas más formales en relación con pequeños proveedores que tan solo disponen de una pequeña oficina.

● Cumplimiento en materia de actividades no relacionadas con los microcréditos: Muchos pro-veedores prestarán servicios o realizarán activida-des no directamente relacionadas con los microcré-ditos según la definición de la Comisión Europea (préstamos de hasta 25000 EUR a microemprende-dores), incluidos los préstamos de mayor cuantía, los microcréditos personales, los préstamos para vivienda y los préstamos a empresas sociales. Ello plantea la cuestión de a qué parte del proveedor deben aplicarse los enunciados, lo que depende, a su vez, del tipo del enunciado. Para enunciados que se refieren directamente a la puesta a disposición del préstamo (es decir, la aportación de información, el derecho al reembolso anticipado, la evaluación de la capacidad de reembolso, etc.), es suficiente que los proveedores demuestren que aplican estos enunciados a su cartera de microcréditos, aunque pueden decidir aplicarlos también a sus demás pro-ductos. En lo que se refiere a los enunciados relacio-nados de manera más general con la estructura, la gestión y la gobernanza del proveedor, cabe recono-cer que puede que no sea práctico o deseable dis-poner de estructuras distintas para la cartera de microcréditos. Mientras el Consejo, los órganos de gestión y los procesos permitan la gestión y la gobernanza eficaces de las actividades de microcré-dito (como ocurre con el Código), los proveedores no necesitan disponer de estructuras, órganos de ges-tión o Consejo distintos para estas actividades. Lo mismo se aplica a la auditoría externa, los SGI y la gestión del riesgo. En cuanto a los enunciados relati-vos a la divulgación de la información, el proveedor debe revelar datos específicos relativos a la cartera

solamente en el caso de la cartera de microcréditos. En lo que se refiere a los indicadores a escala de la organización relativos a los costes operativos y financieros y a los ingresos, el proveedor puede basarse en datos relativos al conjunto de la organi-zación, incluida la actividad no relacionada con los microcréditos, aunque en caso de que la actividad relacionada con los microcréditos constituya una pequeña parte de la actividad global sería conve-niente intentar separar los costes relacionados con la concesión de microcréditos. Sea como sea, el pro-veedor debe especificar si los indicadores se refie-ren a la concesión de microcréditos solamente en caso de que afecten a la organización global.

3.5. Planificación y ejecución de la aplicación del Código

Una vez identificados los enunciados con los que no cum-ple y qué margen le falta para lograr la calificación glo-bal, el proveedor ha de prever la ejecución. Para ello se requiere:

● fijar un objetivo (es decir, ¿aspira el proveedor a lle-gar a un 100 % o simplemente a alcanzar la califi-cación global);

● establecer prioridades respecto de los enunciados aplicables (es decir: todos los enunciados, los enuncia-dos más pertinentes para el proveedor, los enunciados más importantes para un grupo de clientes, etc.);

● determinar qué recursos y qué apoyo serán necesa-rios para aplicar los enunciados; e

● identificar el orden y el calendario de aplicación de los enunciados (es decir, cuánto se tarda en aplicar un enunciado, el orden en que estos deben aplicar-se, etc.).

Se recomienda que los proveedores apliquen todos los enunciados del Código. Para ayudar a los proveedores en su aplicación, estas directrices sugieren el orden en que deben aplicarse los enunciados.

El cuadro 3 divide los enunciados en tres categorías que son pertinentes para el orden en que los proveedores deben aplicarlos. En primer lugar, están los enunciados básicos, sin los que los proveedores no pueden aplicar otros enunciados. En segundo lugar, existen enunciados

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Sobre la base de estos vínculos y del tiempo necesario para aplicar el enunciado, el cuadro que figura en el apéndice G sugiere el momento en que los proveedores deben empezar a aplicar cada enunciado para poder apli-carlos en el plazo de 18 meses. El cuadro indica que los enunciados se deben aplicar en tres fases, previendo un período de 6 meses para cada fase. Es importante resal-tar que el calendario y la secuencia de la aplicación de los enunciados son indicativos y solo están pensados como recomendaciones. No tienen en cuenta las diferen-cias de capacidad de los proveedores para aplicar enun-ciados simultáneamente o los recursos a los que debe tener acceso un proveedor al objeto de aplicar el Código.

El proveedor puede considerar que no puede ejecutar determinados enunciados sin asistencia financiera o téc-nica. En el siguiente cuadro se indican las fuentes de asis-tencia técnica y financiera en la Unión Europea. Pueden existir recursos y programas adicionales dentro de cada país. El servicio de asistencia (helpdesk) de JASMINE puede ser capaz de identificar los recursos en cada uno de los países.

Recursos y asistencia técnica para aplicar el Código

Información sobre JASMINE

Información sobre otros recursos técnicos o ayuda financiera para aplicar el Código

Detalles sobre el servicio de asistencia de JASMINE (helpdesk)

Datos de contacto y logotipos de organismos profe-sionales (REM, CDFA, MFC, DMI, etc.)

que exigen que se hayan aplicado los enunciados básicos antes de su aplicación. Por último, existen enunciados que pueden ser aplicados independientemente de otros enunciados del Código.

Cuadro 3: Enunciados por el orden en que deben aplicarseEnunciados básicos 33Exigen enunciados básicos 66Sin relación entre sí 77Número total de enunciados 176

De los 176 enunciados, 33 son enunciados básicos, de los que 6 dependen también de la aplicación de enuncia-dos básicos. Con exclusión de los 6 enunciados que son también enunciados básicos, existen 66 que exigen la aplicación de enunciados básicos. Existen 77 enunciados que no están interrelacionados y pueden aplicarse con independencia de otros enunciados.

En la figura 1 se ofrece una visión de conjunto de cómo están interrelacionados los enunciados. En cada recuadro figura un enunciado y, en algunos casos, varios. Las fle-chas entre los enunciados sirven para indicar los que están interrelacionados. Los enunciados básicos, sin los que los enunciados precedentes no pueden aplicarse, están situados en el extremo izquierdo y en recuadros de filetes gruesos. Los enunciados que exigen la aplicación de enunciados básicos antes de su aplicación se encuen-tran a la derecha de los enunciados básicos. La idea es que los proveedores comiencen a aplicar los enunciados situados a la izquierda y vayan avanzando hacia la dere-cha. Los enunciados prioritarios se destacan en rojo.

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Directrices para el proveedor final

Figura 2: Enunciados interrelacionados

1.2: Informarán de los costes como porcentaje anual de cargas finan-cieras

1.1: Informarán de los costes en su publicidad

1.11: Aplicarán políticas crediticias en materia de umbrales de deuda del prestatario

1.10: Evaluarán la capacidad de reembolso y la asequibilidad del préstamo

1.14: Adoptarán medidas que garan-ticen el examen de las reclamaciones

1.15: Dispondrán de un instrumento para tratar las reclamaciones de los clientes

1.16: Se asegurarán de que los clientes están informados del dere-cho a presentar reclamaciones

1.18: Definirán las prácticas acepta-bles y no aceptables en materia de cobro de deudas

1.3.8: Prácticas de cobro de deudas4.5: Registrarán las reclamaciones de los solicitantes y de los clientes actuales y pasados

1.21: Dispondrán de una política escrita de protección de datos de los clientes

1.22: Dispondrán de sistemas de protección de los datos personales y financieros de los clientes

4.6.1: Número de reclamaciones por los solicitantes y clientes actuales y pasados

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

1.23: 1.23: Formarán al personal para proteger los datos personales y financieros de los clientes

4.6.2: Reclamaciones en porcentaje de solicitantes y clientes actuales y pasados

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

1.24: Informarán a los clientes sobre la utilización de sus datos y sobre sus derechos a retirar la autorización

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

1.25: Pedirán al cliente por escrito su consentimiento de revelar públi-camente información

2.1: Presentarán un plan empresa-rial revisado regularmente

2.2: Elaborarán un plan empresarial que cubra un mínimo de tres a cinco años

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

2.3: El plan empresarial incluirá un número mínimo de aspectos de la actividad empresarial

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices 2.3.1: Misión, metas y objetivos 4.2.1: Función social

2.6: Los proveedores de microcrédi-tos tendrán un Consejo de adminis-tración o equivalente

Enunciados 2.7-2.252:17: Comprobará si el proveedor cumple su misión y el plan empresarial

1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

2.28: Requerirán que se declaren los conflictos de intereses de los miem-bros del Consejo

4.6.2: Complaints as % of applicants and past and current customers

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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1.18: Set out acceptable and unac-ceptable debt collection practices

2.31: Se reunirá al menos cuatro veces al año

4.6.2: Complaints as % of applicants and past and current customers

2.36: Organizarán cursos de formación y un programa de forma-ción inicial

1.23: Formarán al personal para proteger los datos personales y financieros de los clientes

5.15: Proporcionarán formación y/o manuales al personal

2.39: Serán auditados por un audi-tor externo con carácter anual

2.40: El auditor estará debidamente cualificado

2.41: La auditoría externa se reali-zará de acuerdo con las normas nacionales o las normas internacio-nales sobre auditoría

2.42: La auditoría externa irá acom-pañada de una carta del auditor

2.43: El proveedor de microcréditos tratará las cuestiones planteadas por el auditor

3.15: Contarán con políticas y procedimientos en materia de garantías

1.19: Tendrán una política explícita de garantías aceptables

3.20: Los proveedores de microcrédi-tos realizarán de forma explícita una función de auditoría interna adapta-da al tamaño de la organización

3.21: El auditor interno informará directamente al Consejo

3.22.1: La fiabilidad de los datos disponibles

3.22.2: La fiabilidad y exactitud de la información financiera y operativa

3.22.3: Las infracciones de los controles internos

3.22.4: La existencia de riesgos incontrolados

3.23: La auditoría interna se llevará a cabo periódicamente

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Directrices para el proveedor final

4.1.2: Cartera bruta de préstamos 4.1.3: Cartera neta de préstamos

4.1.12: Gastos de provisión y reser-va por deterioro del valor

4.1.4: Prestatarios activos Enunciados 4.2.4-4.2.10

4.6.2: Reclamaciones en porcentaje de solicitantes y clientes actuales y pasados

4.1.7: Gastos de personal 4.1.15: Ratio de sostenibilidad operativa

4.1.8: Gastos administrativos 4.1.16: Ratio de sostenibilidad financiera

4.1.9: Gastos financieros

4.1.5: Ingresos financieros

4.1.6: Ingresos de explotación 4.1.15: Ratio de sostenibilidad operativa

4.1.17: Ajustes de las ratios de sos-tenibilidad, teniendo en cuenta las subvenciones

4.1.16: Ratio de sostenibilidad financiera

4.4.8: Porcentaje del coste por prés-tamo subvencionado

4.1.10: Cartera en riesgo3.9: Evaluarán y supervisarán los resultados de la cartera de préstamos

5.1.1: Cuenta de resultados2.23: Se asegurará de la calidad de la cartera y de los resultados financieros

5.1.2: Balance

5.1.3: Préstamos diarios e informe de impagos, ratios y tendencias

1.12: Informarán sin demora al prestatario del impago o del pago insuficiente

2.23: Se asegurará de la calidad de la cartera y de los resultados financieros

5.4: Tendrán un sistema informático de gestión capaz de controlar y ges-tionar la calidad y las funciones de la cartera de préstamos

1.12: Informarán sin demora al prestatario del impago o del pago insuficiente

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Una vez que el proveedor haya llegado a la conclusión de que se han realizado los cambios necesarios para cum-plir con el Código, tendrá que presentarse a una evalua-ción externa para comprobar que lo cumple. En esta sec-ción se explica la manera en que funciona la evaluación y lo que se exige al proveedor antes de la evaluación y durante esta.

4.1. Documentos y pruebas del cumplimiento

No basta con que un proveedor sepa que cumple un enunciado: se deben aportar documentos y pruebas del cumplimiento para el evaluador. Incumbe a los provee-

dores documentar que cumplen efectivamente dichos enunciados. En caso necesario, el proveedor debe adjun-tar explicaciones adicionales y notas a los documentos adjuntos. El proveedor también debe remitirse a los docu-mentos que atestiguan la conformidad en la columna «Comentarios del proveedor – Cumplimiento» en la herra-mienta de autoevaluación.

Los documentos que utilizará el proveedor para probar la conformidad pueden variar considerablemente. Es proba-ble que los proveedores de mayor envergadura y más desarrollados dispongan de procedimientos escritos y for-malizados. También pueden tener un mayor número de manuales y documentos estratégicos en comparación

4. Durante la evaluación

Cuadro 3: Documentación del cumplimiento

Plan empresarial: El plan empresarial puede ser utilizado para documentar el cumplimiento de una serie de enunciados ya que contiene información sobre la misión, la visión y el plan empresarial del proveedor, y visto que varios enunciados exigen que un proveedor de servicios disponga de un plan empresarial.

Política de concesión de préstamos o de crédito: La política de concesión de préstamos o de crédito puede incluir orienta-ciones sobre la suscripción para los gestores de los créditos, las medidas en materia de cancelación y de garantía, los procedi-mientos de cobro de deudas y otros aspectos conexos. Este documento o grupo de documentos podrá utilizarse para demos-trar el cumplimiento de una amplia gama de los enunciados, especialmente en los capítulos I y III del Código.

Política de recursos humanos y de personal: Esta política puede abarcar toda una gama de aspectos relacionados con el personal, incluida la formación del personal, las descripciones de los puestos de trabajo y los incentivos, y puede utilizarse para documentar el cumplimiento de una amplia gama de enunciados.

Política o documentos en materia de gobernanza: Este documento o grupo de documentos puede incluir actas y docu-mentos del Consejo de administración y de las asambleas generales, normas del Consejo y el marco de gobernanza. Pueden ser pruebas del cumplimento de una serie de enunciados del capítulo II del Código.

Política o documentos de gestión del riesgo: Estos pueden incluir un registro de riesgos, procedimientos de auditoría inter-na, marco de riesgo global y descripciones de los controles internos, y son especialmente pertinentes para evaluar el cumpli-miento de los enunciados en el capítulo III del Código.

Política o documentos relacionados con los clientes e inversores: Esta política puede incluir los contratos de crédito, el material de comercialización, los guiones para las entrevistas de concesión de préstamos y el folleto del inversor. También podrá incluirse en este punto la política de protección de datos, aunque es más probable que se recoja en los documentos sobre seguimiento y presentación de informes. La documentación del cliente y del inversor es especialmente pertinente para demos-trar el cumplimiento de los enunciados del anexo I.

Política o documentos relacionados con la supervisión y la transmisión de información: Este documento o grupos de documentos pueden incluir la supervisión de los préstamos y de la morosidad, las descripciones de los SGI y los procedimien-tos de protección de datos. Se refieren, en particular, a los enunciados de los capítulos IV y V.

Documentos sobre auditoría externa y contabilidad: Este grupo de documentos se refiere a la política contable del pro-veedor y puede incluir un informe de auditoría externa y documentos y descripciones afines de la política contable.

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Directrices para el proveedor final

con los proveedores más pequeños y con menor antigüe-dad. Puede que estos dispongan de más orientación no escrita y que tengan que presentar documentos especí-ficamente a los efectos de la evaluación. No obstante, en el cuadro 3 se indican ocho tipos de documentos que pueden ayudar a los proveedores a probar el cumplimien-to y a los evaluadores a evaluarlo. La herramienta de autoevaluación sugiere un tipo de documento para cada apartado. También existen otras maneras posibles de evaluar el grado de cumplimiento, que se van a tratar a continuación en el cuadro.

Se hace hincapié en la revisión de la documentación como método principal. Los proveedores deberán presen-tar la documentación que describa sus sistemas y proce-sos. En los casos en que ello no sea adecuado o cuando sea precisa más información, el evaluador puede tener que recurrir a entrevistar a miembros del personal, a miembros del Consejo de administración y a otras partes interesadas. Además de los tipos de documentos del cua-dro precedente, existe un proceso de verificación de los datos presentados en línea en el marco de JASMINE, que se expone detalladamente en el apartado 4.1.1.

Una forma alternativa de atestiguar el cumplimiento es incorporar la evaluación del cumplimiento de algunos o todos los enunciados en la auditoría externa. Los enun-ciados más adecuados para su incorporación a la audi-toría externa se refieren a la gestión del riesgo, especial-mente las secciones relativas a la «Gestión del riesgo de crédito», «Gestión del riesgo de fraude y aspectos de seguridad» y «Auditoría interna», y la mayor parte de los enunciados contenidos en el capítulo IV sobre las normas de presentación de informes. En lo relativo a los enuncia-dos que se refieren al cálculo y a la definición de indica-dores (por ejemplo, el enunciado 4.1), es suficiente que la auditoría establezca que el proveedor ha utilizado esta definición o cálculo para llegar a este indicador. No obs-tante, en el caso de enunciados que obliguen al provee-dor a aplicar medidas o sistemas adecuados, el auditor debe explicar cómo se cumple el enunciado y no limitar-se a afirmar simplemente que el proveedor lo cumple.

4.1.1. Verificación de datos en línea en JASMINE

Al adherirse al Código, los proveedores se comprometen a revelar una serie de indicadores de rendimiento social y financiero en línea en JASMINE. Comprobar esta informa-ción antes de su publicación forma parte de las compe-tencias de los evaluadores. Los datos que los proveedo-res han de presentar se detallan en el formulario en línea de JASMINE en el apéndice F. Los datos presentados han de referirse al ejercicio financiero anual más reciente.

La índole y el alcance de la verificación dependerán del nivel de verificación independiente de la fiabilidad de los datos presentados. Según la metodología del Microban-king Bulletin, existen tres tipos de datos:

● Generados de forma independiente: Los datos más fiables son los generados por un tercero inde-pendiente (es decir, una prestigiosa agencia de cali-ficación) mediante un análisis financiero detallado.

● Respaldados por documentación adjunta: La segunda forma más fiable de datos es la que se apoya en cuentas auditadas, informes anuales, eva-luaciones independientes del programa o una docu-mentación similar producida o verificada por un ter-cero. Ello puede incluir los datos comunicados a las autoridades nacionales de reglamentación.

● Autorrespuesta: Los datos menos fiables son los que simplemente introduce el proveedor sin ningún tipo de verificación independiente.

En la medida de lo posible, los proveedores deben pre-sentar datos que hayan sido generados de forma inde-pendiente o que estén respaldados por documentación adjunta. En los casos en que los proveedores no presen-ten datos verificados de forma independiente, el evalua-dor deberá practicar las siguientes pruebas de coheren-cia y fiabilidad:

● Coherencia con otros datos presentados: El eva-luador debe comprobar en qué medida los datos facilitados son coherentes con los otros datos y la información facilitada por el proveedor. Por ejemplo,

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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¿son coherentes los ingresos financieros con el tipo de interés aplicado, el tamaño de la cartera y el por-centaje de provisión para impagos de créditos? Del mismo modo, si se divide por el número de personal, ¿parecen razonables los costes salariales a la luz de la renta media nacional correspondiente a estas categorías de personal?

● Coherencia con otros proveedores comparables: Cuando dichos datos estén disponibles, el evaluador puede comparar los datos relativos al proveedor con los de instituciones o proveedores similares que operen en la misma zona geográfica o región. Los indicadores que constituyan valores anómalos res-

pecto de las cifras generales del grupo de institucio-nes deben ser comprobados con el proveedor. Este tipo de datos está disponible en la encuesta de los miembros de la Red Europea de Microfinanciación (EMN) y en la base de datos MIX (Intercambio de Información Microfinanciera).

● Solicitud de cotejar datos en bruto: El evaluador puede desear cotejar los datos en bruto utilizados para calcular o estimar el indicador en cuestión.

● Comprobación de datos por el Consejo de admi-nistración: El proveedor puede mejorar la fiabilidad de los datos haciendo que su Consejo de adminis-tración los compruebe.

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Directrices para el proveedor final

Una vez que el evaluador haya evaluado el cumplimien-to del Código por parte del proveedor, será necesario redactar las conclusiones y comunicarlas al grupo de dirección y al proveedor, a quien ha de darse la oportu-nidad de responder y de abordar las cuestiones plantea-das en las conclusiones. La presente sección explica este proceso.

5.1. Recomendaciones posteriores a la evaluación

Una vez terminada la evaluación, el evaluador deberá redactar las conclusiones y formular una recomendación sobre la concesión. En el apéndice D se presenta el for-mato del informe del evaluador. El informe se presenta al grupo de dirección, que adopta la decisión final sobre si se concede o no. El evaluador comunicará su informe al proveedor antes de presentarlo al grupo de dirección. También se envía al proveedor, junto con la carta de la

decisión de concesión. El informe debe presentar los resultados y las recomendaciones de forma clara y con-cisa para permitir que el grupo director tome una decisión y permita al proveedor lograr la calificación global o mejorar el nivel de cumplimiento.

5.2. Verificación de las modificaciones posteriores a la evaluación

Tras haber sido informado de la decisión de concesión, el proveedor puede decidir realizar una serie de modifica-ciones para mejorar su nivel de cumplimiento o alcanzar su calificación global. Si es así, el proveedor presentará pruebas de las modificaciones para su examen por el evaluador, que informará al grupo de dirección si las modificaciones son suficientes para garantizar el cumpli-miento de la normativa.

5. Después de la evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

Apéndices

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Terminología de la evaluación

Calificación global : La calificación global se refiere al por-centaje mínimo de los enunciados ponderados que tienen que cumplir los proveedores, que es el 80 % de aquellos.

Evaluador : El evaluador es responsable de evaluar el cumplimiento del Código por parte de los proveedores. El evaluador solo formula una recomendación y el grupo director adopta la decisión definitiva sobre la concesión del certificado de cumplimiento del Código.

Formulario de adhesión: Este formulario lo han de uti-lizar los proveedores que deseen adherirse al Código.

Formulario de apoyo: Este formulario será utilizado por las organizaciones asociadas que deseen apoyar el Código.

Grupo director: El grupo director está compuesto por expertos del sector y por representantes de la Comisión y de la organización principal de los evaluadores. El grupo tiene por objetivo decidir sobre la concesión del certifica-do de cumplimiento sobre la base de la recomendación del evaluador. El grupo estudiará también los recursos y reclamaciones que se presenten sobre la evaluación.

Herramienta de autoevaluación : La herramienta de autoevaluación está destinada a ayudar tanto a los pro-veedores como a los evaluadores a evaluar el cumpli-miento detallando lo que constituye el cumplimiento y la ponderación que se asigna a cada uno de los enunciados. La herramienta permite también a los proveedores y a los evaluadores calcular la proporción de los enunciados que el proveedor respeta en relación con la calificación global. Se puede encontrar más información sobre el modelo en la sección 3.1.1 de la «Metodología del evaluador» y la sección X de las «Directrices para los proveedores».

Ponderación: Los enunciados son objeto de ponderación de acuerdo con la importancia de cada uno de ellos. Exis-ten tres niveles de ponderación: medio, alto y prioritario.

Proveedor: Es la denominación abreviada de «proveedor de microcréditos» y se aplica a toda organización que manifieste interés en suscribir el Código.

Punto de contacto designado: Se trata de la Dirección General de Política Regional y Urbana, que es el primer punto de contacto para las organizaciones que deseen adherirse al Código.

Documentación del cumplimiento

Plan empresarial : El plan empresarial puede ser utiliza-do para documentar el cumplimiento de una serie de enunciados, ya que contiene información sobre la misión, la visión y la planificación de las actividades del provee-dor, teniendo en cuenta que varios enunciados requieren que el proveedor disponga de un plan empresarial.

Política de préstamo o crédito: La política de concesión de préstamos o de crédito puede incluir directrices sobre la suscripción para los gestores de los créditos, medidas en materia de cancelación y de garantía, procedimientos de cobro de deudas y otros aspectos conexos. Este documen-to o grupo de documentos podrá utilizarse para demostrar el cumplimiento de una amplia gama de los enunciados, especialmente en los capítulos I y III del Código.

Política de recursos humanos y de personal: Esta política puede abarcar toda una gama de aspectos rela-cionados con el personal, incluida la formación del mismo, las descripciones de los puestos de trabajo y los incentivos, y puede utilizarse para documentar el cumpli-miento de una amplia gama de enunciados.

Política o documentos de gestión del riesgo: Estos pueden incluir un registro de riesgos, procedimientos de auditoría interna, el marco de riesgo global y descripcio-nes de los controles internos, y son especialmente perti-nentes para evaluar el cumplimiento de los enunciados en el capítulo III del Código.

Glosario

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Directrices para el proveedor final

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Política o documentos en materia de gobernanza: Este documento o grupo de documentos puede incluir actas y documentos del Consejo de administración y de las asambleas generales, normas del Consejo y el marco de gobernanza. Pueden ser pruebas del cumplimento de una serie de enunciados del capítulo II del Código.

Política o documentos relacionados con la supervi-sión y la transmisión de información: Este documento o grupos de documentos pueden incluir la supervisión de los préstamos y de la morosidad, las descripciones de los SGI y los procedimientos de protección de datos. Se refie-ren, en particular, a los enunciados de los capítulos IV y V.

Política o documentos relacionados con los clientes e inversores: Estos pueden incluir los contratos de cré-dito, el material de comercialización, los guiones para las entrevistas de concesión de préstamos y el folleto del inversor. También podrá incluirse en este punto la políti-ca de protección de datos, aunque es más probable que se recoja en los documentos sobre seguimiento y presen-tación de informes. La documentación del cliente y del inversor es especialmente pertinente para demostrar el cumplimiento de los enunciados del capítulo I.

Glosario técnico

Análisis de los estados financieros: Proceso para determinar los puntos fuertes y las deficiencias financie-ras de una organización, mediante el análisis de la rela-ción entre las partidas del balance y la cuenta de pérdi-das y ganancias.

Análisis de varianza: Cálculo de la diferencia entre los niveles de costes o ingresos reales y los presupuestados o previstos y determinación de las causas de la diferen-cia o varianza.

Auditoría externa: «Una auditoría externa es un exa-men formal e independiente de los estados financieros de una entidad, sus registros, transacciones y operacio-nes, realizado por contadores profesionales para dar cre-dibilidad a los estados financieros y otros informes de la gerencia, asegurar una adecuada rendición de cuentas de los fondos de donantes o identificar puntos débiles en los controles y sistemas internos. El alcance de las auditorías

externas puede diferir en medida considerable según los objetivos de cada auditoría».1

Cancelaciones : Según las Directrices acordadas para las microfinanzas, los créditos que han sido cancelados se han reconocido, a efectos contables, como incobrables. El procedimiento por el que se reconoce que un crédito es incobrable se denomina «cancelación». La cancelación es un procedimiento contable por el que se elimina el saldo pendiente de pago del préstamo de la cartera de présta-mos bruta y del fondo de insolvencias. Por tanto, la can-celación no afecta al saldo de la cartera de préstamos neta, al total del activo ni a ninguna cuenta patrimonial, a no ser que la reserva para insolvencias fuese insuficien-te para cubrir la cuantía cancelada.

Cartera en riesgo (PAR): Valor de los préstamos pen-dientes que tienen uno o más pagos de mora durante más de un determinado número de días. Con frecuencia se expresa mediante un porcentaje y se desglosa en categorías en función del número de días de mora.

Conflicto de intereses: Los conflictos de intereses inclu-yen actividades de préstamo a partes vinculadas (inicia-dos), contratación de miembros de la familia, desplaza-mientos costosos del Consejo de administración que tie-nen un valor reducido para la organización y la prestación de servicios a un proveedor por un miembro del Consejo o del personal. «Una transacción con partes vinculadas [...] consiste en que los miembros del Consejo de administra-ción realizan una actividad que beneficia a una institución de cuyo Consejo son miembros en detrimento de otra ins-titución de cuyo Consejo también son miembros».2 «Se deben declarar los préstamos a personas vinculadas con el prestamista, con indicación del monto pendiente de pago, la tasa de interés, la garantía y el estado de los reembolsos correspondientes a cada préstamo concedido a los integrantes de la administración, del órgano de gobierno de la institución microfinanciera o a otras perso-nas relacionadas con ellos. Los préstamos de bajo monto a que generalmente tienen acceso todos los empleados pueden declararse indicando solamente el monto total y

1 Fuente: CGAP (1998). Auditoría externa de instituciones de microfinanzas – Guía práctica; volumen 1. Serie de instrumentos técnicos nº 3. Diciembre de 1998.

2 Rock, R., Otero, M. y Saltzman, S. (1998), Principles and Practices of Microfinance Governance, ACCION International, p. 43

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el número de esos préstamos que se encuentran pendien-tes, junto con la tasa de interés y una indicación del grado de morosidad. Se deben describir en detalle las políticas que se aplican para tales préstamos».3

Estado de flujos de efectivo: Indica el origen y la utili-zación del efectivo de una organización a lo largo del tiempo con arreglo a las actividades que generan ingre-sos, actividades inversoras (gasto destinado a generar renta futura) y actividades de financiación (pagos de o a inversores, prestatarios y proveedores de fondos).

Fondos no restringidos : Subvenciones, inversiones o donaciones que pueden utilizarse a discreción de la orga-nización beneficiaria.

Fondos restringidos: Subvenciones, inversiones o dona-ciones que requieren la utilización de fondos de manera específica o para un fin específico con arreglo a los deseos del proveedor de fondos, tal como el servicio de los fondos prestados. Los fondos pueden destinarse a la prestación de una serie de servicios a un grupo destina-tario específico o a cubrir determinados costes (por ejem-plo, salario, equipos, etc.).

Garantía : La garantía tradicional suele hacer referencia a los títulos de propiedad, mientras que la garantía no tra-dicional se refiere más bien a las garantías personales, los activos de los hogares y el ahorro forzoso. Los sustitutos de la garantía hacen referencia a garantías equiparables.

Junta General anual: Junta de de directores y accionis-tas de una empresa de sociedades anónimas. Con fre-cuencia exigida por ley, la Junta General anual (a veces denominada Asamblea anual), aprueba las cuentas anuales, elige a los miembros del Consejo de administra-ción y se ocupa de otros asuntos.

Matriz de riesgo: La matriz de riesgo o registro detecta los riesgos, determina la probabilidad y la gravedad de estos (por ejemplo, baja, moderada o elevada), y esta-blece un perfil de riesgo global que combina ambos aspectos (probabilidad y gravedad). Otro instrumento es una matriz de gestión de riesgos, que incorpora la calidad

3 Rosenberg et al. (2003), Directrices acordadas para las microfinanzas – Guías para la publicación de información financiera de las instituciones microfinancieras, CGAP/Grupo del Banco Mundial, p. 38.

de la gestión del riesgo en términos de control del riesgo (por ejemplo, elevado, aceptable o bajo).

Morosidad : La morosidad en el contexto de la provisión de microcréditos es un sinónimo de impago. Se conside-ra que existe morosidad en materia crediticia cuando se han dejado de efectuar dos o más pagos.

Pista de auditoría: Pista en soporte papel o electrónico, que sigue paso a paso el historial documentado de una transacción. Permite la trazabilidad de los datos financieros del libro mayor al documento de origen (por ejemplo la fac-tura, el recibo, etc.). El libro mayor es una fuente de infor-mación contable de una organización que resume todas las transacciones financieras durante el período contable.

Plan empresarial : Documento detallado que describe los objetivos financieros y operativos pasados, presentes y futuros de una empresa u organización. Constituye la hoja de ruta de la actividad de una organización durante un plazo determinado, por lo general de 3 a 5 años. Guía las políticas y estrategias de la organización, y se apoya en datos financieros.

Porcentaje anual: Porcentaje anual aplicado a los empréstitos, expresado como un número porcentual único que representa el coste real anual de los fondos durante la duración del préstamo. Incluye los posibles honorarios o costes adicionales asociados con la transacción.

Préstamo garantizado: Préstamo a cambio de la pig-noración de un activo como garantía. Si el préstamo no es reembolsado, el prestamista puede recuperar la garantía para hacer frente a sus pérdidas.

Préstamos reprogramados: Proceso de renegociación o modificación de «los pagos de capital originalmente programados».4

Previsión : Herramienta de planificación que utiliza datos anteriores y actuales para producir proyecciones para un período dado del futuro sobre la base de una serie de hipótesis. Dada la posible incertidumbre aso-ciada a la previsión, es común asignar una serie de valo-

4 Directrices acordadas para las microfinanzas.

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res a los factores de incertidumbre, conocido como un análisis de sensibilidad.

Quórum : Número mínimo de agentes y miembros de un comité u organización, normalmente una mayoría, que deben estar presentes para la validez de las transaccio-nes comerciales.

Refinanciación de los préstamos : Desembolso de préstamos a fin de permitir al prestatario reembolsar préstamos anteriores que de otro modo habría sido inca-paz de pagar.

Riesgo de crédito : Riesgo para los ingresos o el capital, debido al incumplimiento por un cliente de las condicio-nes del contrato de préstamo. Se trata principalmente del riesgo de que los prestatarios no devuelvan el préstamo.

Servicios de desarrollo empresarial: Los servicios de desarrollo empresarial pueden definirse como «una amplia gama de servicios no financieros que impulsan la competitividad mediante la mejora de la productividad, de la concepción de los productos, de la oferta de servi-cios y/o del acceso al mercado. Las principales categorías de servicios de desarrollo empresarial son: la formación para la gestión, la formación profesional, la ayuda a la comercialización (insumos y productos), el acceso a la tec-nología, la asistencia técnica, la productividad y el diseño de productos, la contabilidad y los servicios jurídicos y el acceso a diversos tipos de información (acerca de normas, reglamentos e ideas en el ámbito empresarial)».5

Tipo de préstamo : Tipo de interés expresado como por-centaje fijo o variable aplicado con carácter anual al importe del crédito utilizado.

5 Sievers, M. y Vandenberg, P. (2007). Synergies through Linkages: Who Benefits from Linking Micro-Finance and Business Development Services?, World Development 35(8), págs. 1341-1358, p. 1341.

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NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nuestra organización se ha comprometido a ofrecer servicios de calidad a sus clientes.

Al objeto de lograr este objetivo, nos adherimos al

«CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROVISIÓN DE MICROCRÉDITOS EN LA UE»Nos comprometemos a poner en práctica este Código en un plazo de 18 meses a partir de la fecha de la firma del pre-sente formulario de adhesión. Con este fin, procederemos a evaluar la situación real de la aplicación de los enunciados del Código en nuestra organización, cumplimentando para ello la herramienta de autoevaluación facilitada por la Comi-sión, y la actualizaremos periódicamente (cada 6 meses) a la luz de los avances registrados en el cumplimiento de las disposiciones del Código.

Damos nuestro consentimiento a la publicación de nuestro compromiso en los sitios web de la Comisión Europea.

Reconocemos que los enunciados pueden cambiar en función de la evolución de las buenas prácticas reconocidas, una vez realizadas las consultas adecuadas.

Consejero Delegado:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Firma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Miembros de la Junta Directiva:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Datos de contacto:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(* EN LETRAS DE IMPRENTA)

Formulario De Adhesión

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JASMINE EN LÍNEA - Campos Del Código De Buena Conducta

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I. RELACIONES CON CLIENTES E INVERSORES

C1 Tipo deudor I 1.1 Los proveedores de microcréditos harán constar los costes del préstamo en su publicidad Esto incluirá el tipo deudor, las tasas y un ejem-plo ilustrativo.

Número

C2 Tasas I 1.1 Número

C3 Ejemplo ilustrativo de tasas

I 1.1 Número

C4 Costes como porcentaje anual

I 1.2 Los proveedores de microcréditos informarán de los costes como porcentaje anual de cargas finan-cieras Este enunciado se considera un enunciado priorita-rio porque informar del coste del endeudamiento es crucial para que el cliente pueda tomar decisio-nes financieras fundadas. El porcentaje anual de cargas financieras deberá figurar en el contrato de crédito y en todo el material publicitario. Hace referencia al valor anual de todos los compromi-sos, detracciones de crédito, reembolsos y cargas, junto con las tasas e impuestos pagados por el cliente y conocidos por el prestamista.

Número

II. GOBERNANZA

G1 Consejo de administra-ción

I 2.11 Comunicación pública de los miembros del con-sejo

Texto (varios nombres)

G2 Información de provisión para impagos de crédito

I 3.11 Los proveedores de microcréditos deberán comu-nicar su metodología en materia de provisiones para impagos de créditos a sus entidades finan-ciadoras e inversores.

Texto con posibilidad de carga de documen-tos

IV. NORMAS COMUNES EN MATERIA DE NOTIFICACIÓN

NORMAS COMUNES DE NOTIFICACIÓN FINANCIERA

F1 Cartera actual de préstamos

I = suma de todos los préstamos (campo introducido, no calculado)

4.1.1 Hace referencia al valor vivo del total de los prés-tamos que no tienen ningún tramo de capital prin-cipal en situación de mora, excluidos los intereses devengados. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F2 Cartera bruta de préstamos

C F3 + F4 + F5 = préstamos actuales + préstamos vencidos + préstamos

reestructurados

4.1.2 Hace referencia al saldo del capital adeudado de todos los préstamos pendientes, incluidos los prés-tamos actuales, vencidos o reestructurados, pero no los préstamos cancelados ni los intereses pen-dientes de cobro. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F3 Préstamos actuales I Número

F4 Préstamos vencidos I Número

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F5 Préstamos reestructurados

I Número

F6 Cartera neta de préstamos

C F2 - F7 = cartera bruta de préstamos - provisión por deterio-ro del valor

4.1.3 La cartera de préstamos netos se calcula restan-do la pérdida por deterioro del valor de la cartera bruta de préstamos. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F7 Provisión por deterioro del valor

I Número

F8 Prestatarios activos I entrada manual 4.1.4 Los prestatarios activos son aquellos que actual-mente tienen saldo vivo del préstamo con el pro-veedor del microcrédito o son los principales res-ponsables de la devolución de alguna parte de la cartera bruta de préstamos. Las personas que contraen múltiples préstamos con un proveedor de microcréditos se consideran un único presta-tario. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F9 Ingresos financieros C F10 + F11 = ingresos financieros de la cartera de prés-tamos + ingresos financieros de las inversiones en préstamos

4.1.5 Número

F10 Ingresos financieros de la cartera de préstamos

I Los ingresos financieros de la cartera de présta-mos son los ingresos procedentes de intereses percibidos, honorarios y comisiones (incluidas las comisiones por demora y sanciones) de la cartera bruta de préstamos únicamente. Incluye los inte-reses pagados en efectivo y los intereses deven-gados pero pendientes de pago.

Número

F11 Ingresos financieros de las inversiones

I Los ingresos financieros procedentes de las inversiones son los ingresos procedentes de inte-reses, dividendos u otros pagos generados por activos financieros distintos de la cartera bruta de préstamos, tales como depósitos con devengo de intereses, certificados de depósito y obligacio-nes del Tesoro. Incluyen los intereses pagados en efectivo y los intereses devengados pero pen-dientes de pago.

Número

F12 Ingresos de explotación C F9 + F13 = ingresos financieros + ingresos de otros servicios financieros

4.1.6 Número

F13 Ingresos de otros servi-cios financieros

I honorarios y comisiones por servicios financieros de carácter no crediticio no considerados ingresos financieros. Puede incluir los ingresos asociados a préstamos, tales como los derechos de inscripción, las tarjetas ATM, los gastos de transferencia y otros servicios financieros, tales como los servicios de pago o seguro. Puede incluir las ganancias o pérdidas en moneda extranjera netas.

Número

F14 Gastos de personal I Entrada manual 4.1.7 Incluye los sueldos y salarios y otras retribuciones a corto plazo de los empleados, gastos por presta-ciones tras la jubilación, indemnizaciones por cese, transacciones con pagos basados en acciones, otras prestaciones a largo plazo y demás retribu-ciones a los empleados.

Número

F15 Gastos administrativos I Entrada manual 4.1.8 Incluye los gastos no financieros, excluido el per-sonal directamente vinculado con la prestación de servicios financieros u otros servicios que for-men parte integrante de la relación de una insti-tución microfinanciera con los clientes en el ámbito de servicios financieros.

Número

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F16 Gastos financieros I Entrada manual 4.1.9 Incluye todos los intereses, honorarios y comisio-nes derivados de todos los pasivos, incluidas las cuentas de depósitos de clientes en poder de la institución microfinanciera, los empréstitos comerciales y en condiciones favorables, las hipotecas y otros pasivos. Puede incluir los gas-tos de la creación de líneas de crédito. Incluye los intereses devengados y pagados.

Número

F17 Cartera en riesgo - PAR30

I Entrada manual 4.1.10 Hace referencia al valor de todos los préstamos pendientes que tienen uno o más tramos de princi-pal en situación de mora durante más de un número de días determinado. Incluye el saldo total del principal no pagado, tanto en mora como los plazos futuros, pero no los intereses devengados. No incluye los préstamos reestructurados o repro-gramados. Como mínimo, los proveedores deben evaluar la cartera en riesgo a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reconocida internacional-mente.

Número

F18 Cartera en riesgo - PAR45

I Entrada manual 4.1.10 Hace referencia al valor de todos los préstamos pendientes que tienen uno o más tramos de princi-pal en situación de mora durante más de un número de días determinado. Incluye el saldo total del principal no pagado, tanto en mora como los plazos futuros, pero no los intereses devengados. No incluye los préstamos reestructurados o repro-gramados. Como mínimo, los proveedores deben evaluar la cartera en riesgo a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reconocida internacional-mente.

Número

F19 Cancelaciones I Entrada manual 4.1.11 Valor de los préstamos reconocidos como incobra-bles a efectos contables. La cancelación es un pro-cedimiento contable que elimina el saldo pendien-te del préstamo de la cartera bruta de préstamos y de la provisión por deterioro del valor, pero que no afecta a la cartera neta de préstamos, los activos totales o la cuenta de capital. Cuando la provisión por deterioro del valor es insuficiente para cubrir el importe cancelado, el importe excedente da lugar a pérdidas por deterioro adicionales sobre los préstamos.

Número

F20 Gastos de provisión y reserva por deterioro del valor

I Entrada manual 4.1.12 La provisión o reserva por deterioro del valor del préstamo es la parte de la cartera bruta de prés-tamos que ha sido objeto de provisión en previ-sión de las pérdidas por impago.

Número

F21 Activos I Entrada manual 4.1.13 Suma de propiedades, instalaciones y equipo, inmuebles de inversión, fondo de comercio, acti-vos intangibles distintos del fondo de comercio, otros activos financieros, préstamos y títulos de crédito, inversiones contabilizadas según el método de equivalencia, activos biológicos, acti-vos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta, existencias, activos por impuestos corrientes, activos por impuestos diferidos, acti-vos comerciales y otros derechos pendientes de cobro y efectivo y equivalentes de efectivo.

Número

F22 Pasivos I ¿Entrada manual? 4.1.14 Suma del total de los intercambios comerciales y otras cuentas a pagar, provisiones por prestacio-nes a empleados, otras provisiones, ingresos ordinarios diferidos, otros pasivos financieros, otros pasivos no financieros, pasivos por impues-tos corrientes, pasivos por impuestos diferidos y pasivos incluidos en grupos enajenables clasifi-cados como mantenidos para la venta.

Número

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F23 Ratio de sostenibilidad operativa

F12 / (F16 + F27 + F17 + F18)

Ingresos de explota-ción / (gastos financieros + provisión para présta-mos incobrables + gastos de personal + gastos administrati-vos)

4.1.15 Este enunciado se considera un enunciado priori-tario, ya que es un indicador fundamental del rendimiento de un proveedor de microcréditos. Evalúa en qué medida el prestador cubre sus costes mediante los ingresos de explotación. Se calcula mediante la siguiente fórmula: Ingresos de explotación / (gastos financieros + provisión para préstamos incobrables + gastos de personal + gastos admi-nistrativos)

Número

F24 Provisión para préstamos incobrables

I Entrada manual 4.1.12 Número

F25 Ratio de sostenibilidad financiera

F12 / (F16 + F24 + F14 + F15 + F34)

Ingresos de explota-ción / (gastos financieros + provisión para présta-mos incobrables + gastos de personal + gastos administrativos + ajustes por subven-ción)

4.1.16 El índice de sostenibilidad financiera evalúa la capacidad del prestador para cubrir sus costes mediante los ingresos de explotación, teniendo en cuenta los ajustes por subvención. Los ajustes por subvención son ingresos y gastos hipotéticos que tienen en cuenta el coste de los fondos sub-vencionados y las subvenciones en especie con objeto de facilitar la comparación del rendimien-to entre organizaciones. Se calcula mediante la siguiente fórmula: Ingresos de explotación / (gastos financieros + provisión para préstamos incobrables + gastos de personal + gastos admi-nistrativos + ajustes por subvención)

Número

F26 Ajustes del costes de los fondos subvencionados

C F31 - F32 (solo se ajusta si es positivo)

4.1.17 Los ajustes de costes de los fondos subvenciona-dos representan la diferencia entre los gastos financieros de la institución microfinanciera y los gastos financieros que debería pagar si toda la financiación se hubiera realizado a precios de mercado. Por lo general, se calcula multiplicando la media de los pasivos financieros de la institu-ción microfinanciera por un precio sombra – tipo de interés de mercado – y restando los gastos financieros reales. La diferencia es el importe del ajuste y se trata como un gasto.

Número

F27 Préstamos del año ante-rior

I Entrada manual 4.2.2 Préstamos del proveedor de microcréditos del año anterior

F28 Préstamos de este año I Entrada manual Préstamos del proveedor de microcréditos de este año

F29 Promedio de préstamos C (F27 + F28)/2

F30 Precios de mercado I Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

Tipo sombra - se explorará en el proyecto piloto o se acordará con el FEI o con la Comisión

Enlace a datos

F31 Coste de los fondos a precio de mercado

C F29*F30

F32 Gastos financieros de los préstamos

I Entrada manual Gastos financieros de los préstamos declarados por el proveedor de microcréditos

F33 Ajuste de subvención en especie

I Se explorará en el pro-yecto piloto

El ajuste de subvención en especie consiste en la diferencia entre lo que paga realmente la institu-ción microfinanciera por los bienes o servicios y lo que tendría que pagar por el mismo bien o ser-vicio en el mercado abierto. Estos ajustes son hipotéticos y no se incluyen en la contabilidad anual del proveedor.

Número

F34 Ajustes de subvención C F26 + F33 4.1.17 Ajustes a las ratios de sostenibilidad teniendo en cuenta las subvenciones.

Número

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Tipo

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NORMAS COMUNES DE NOTIFICACIÓN SOCIAL

R1 Función social 4.2.1 Este enunciado se considera un enunciado priori-tario, porque revelar la función social contribuye a aumentar la transparencia en relación con un aspecto clave del modelo comercial del provee-dor.

Texto

R2 Número total de présta-mos desembolsados este año

I Entrada manual 4.2.2

R3 Valor total de préstamos desembolsados este año

I Entrada manual 4.2.2

R4 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos

C R3 / R2 4.2.2 Número

R5 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos como % de la renta nacional bruta

I Entrada manual 4.2.3 Número

R6 Renta nacional bruta per cápita

C Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

Enlace

R7 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos como % de la renta nacional bruta

C (R5 / R6) * 100

R8 Número total de clientes C F8 Número

R9 Número total de clientes mujeres

I 4.2.4 Número

R10 % de mujeres prestata-rias

C (R10 / R8) * 100

R11 Número de clientes urba-nos/rurales

Entrada manual

4.2.5 Seleccione urbano o rural Enlace

R12 % de clientes urbanos/rurales

C (R11 / R8) * 100

4.2.5 Cuadro de lista

R13 Umbral de pobreza C Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

4.2.6 Nivel de ingresos definido en la nación o región por debajo del cual se considera que un hogar es pobre

Enlace

R14 Número de clientes por debajo del umbral de la pobreza

I Entrada manual 4.2.6

R15 % de clientes por debajo del umbral de la pobreza

C (R14 / R8) * 100

4.2.6

R16 Número de clientes con acceso a financiación de curso normal

Entrada manual 4.2.7 Número

R17 % de clientes con acceso a financiación de curso normal

C (R16 / R8) * 100

4.2.7 Número

R18 Número de clientes per-tenecientes a minorías étnicas

Entrada manual 4.2.8 Cuadro de lista + texto (por com-probar)

R19 % de clientes pertene-cientes a minorías étni-cas

C (R18 / R8) * 100

4.2.8

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34

Directrices para el proveedor final

Id. d

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Cam

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Tipo

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R20 Número de préstamos para empresas de nueva creación

I Entrada manual 4.2.9

R21 % de préstamos para empresas de nueva crea-ción

C (R20 / R2) * 100

4.2.9 Número

R22 Número de clientes que reciben prestaciones sociales

Entrada manual 4.2.10

R23 % de clientes que reciben prestaciones sociales

C (R23 / R8) * 100

42.1 Número

NORMAS COMUNES DE DIVULGACIÓN DE LA INFORMACIÓN

R24 Número de prestatarios activos

C F8 4.4.1 Los proveedores de microcréditos revelarán anualmente los siguientes indicadores Enunciado 4.4.1: Número de prestatarios activos Número de personas que tienen actualmente un saldo vivo del préstamo con el proveedor o son los responsables principales de la devolución de una parte de la cartera bruta de préstamos. Las personas que contraen múltiples préstamos con un proveedor de microcréditos se consideran como un único prestatario.

Número

R25 Número de préstamos emitidos

I qq 4.4.2 Número

R26 Valor total de los présta-mos emitidos

I 4.4.2 Número

R27 Número de préstamos pendientes

I 4.4.2 Número

R28 Valor total de los présta-mos pendientes

I 4.4.2 Número

R29 Valor de la cartera actual I 4.4.3 Número

R30 Valor de la cartera bruta I 4.4.3 Número

R31 Valor de la cartera neta I 4.4.3 Número

R32 Cartera en riesgo - PAR 30

C F17 4.4.4 Los proveedores revelarán el PAR a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reconocida interna-cionalmente.

Número

R33 Cartera en riesgo - PAR 45

C F18 4.4.4

R34 Valor total de los activos y los pasivos

C F21 4.4.5 Número

R35 % del coste por présta-mo subvencionado

? 4.4.8 Número

R36 Número total de emplea-dos

I Entrada manual 4.4.9 Número

R37 Número total de ges-tores de créditos

I Entrada manual 4.4.9 Número

R38 Número total de solicitan-tes

I Entrada manual

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Id. d

e ca

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Cam

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Núm

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Tipo

de ca

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R39 Número total de recla-maciones presentadas por los solicitantes en el año actual

I Entrada manual 4.5 Todas las cuestiones que notifique un solicitante, o un cliente actual o pasado, a través de los pro-cedimientos formales pertinentes deberán regist-rarse como reclamación.

Número

R40 Reclamaciones en por-centaje de solicitantes

C (R39 / R38) * 100

4.5

R41 Número total de clientes pasados

I Entrada manual 4.5

R42 Número total de recla-maciones presentadas por clientes pasados

I 4.5 Número

R43 Reclamaciones en por-centaje de clientes pasa-dos

C (R42 / R41) * 100

4.6

R44 Número total de recla-maciones presentadas por clientes actuales

I Entrada manual 4.6 Todas las cuestiones que notifique un solicitante, o un cliente actual o pasado, a través de los pro-cedimientos formales pertinentes deberán regist-rarse como reclamación.

Número

R45 Reclamaciones en por-centaje de clientes actuales

C (R44 / F8) * 100

4.6

Reclamaciones en por-centaje de solicitantes y de clientes actuales y pasados

C 4.6.2 Este enunciado se considera un enunciado priori-tario ya que la información y la comunicación contribuyen a promover la disciplina de mercado y a mejorar la atención al cliente.

Número

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36

Directrices para el proveedor final

Acerca del proveedor

El informe del evaluador debe contener una breve descrip-ción del proveedor. Dicha descripción ha de incluir su nom-bre, dónde opera, cuál es su forma institucional y jurídica, qué servicios ofrece, su tipo de cartera de microcréditos y un breve historial del proveedor. El evaluador también puede utilizar esta sección para destacar aquellos aspec-tos del proveedor que sean pertinentes de cara al cumpli-miento; por ejemplo, si un proveedor depende en gran medida de operaciones en efectivo, lo que afecta a las dis-posiciones en materia de gestión del riesgo.

Aplicabilidad

En esta sección, el evaluador especificará el número de enunciados aplicables y la ponderación total de dichos enunciados. En aquellos casos en que el proveedor y el evaluador no estén de acuerdo sobre si un enunciado es aplicable o no, el evaluador debe hacerlo constar en esta sección. También se debe incluir la conclusión sobre el desacuerdo y el razonamiento subyacente (p. ej. cla-sificar un enunciado como no aplicable contra la opinión del proveedor).

Formato del informe del evaluador

Cumplimiento

Esta sección debe comenzar con algunas observaciones generales sobre el cumplimiento, incluida la proporción de enunciados cumplidos en relación con la calificación glo-bal. El evaluador también debe hacer constar cualesquiera fuentes generales de incumplimiento. Por ejemplo, si exis-ten dudas de carácter general acerca de la política crediti-cia que conducen al incumplimiento de una serie de enun-ciados. En esta sección, el evaluador ha de enumerar los enunciados que los proveedores declaran cumplir, mientras que los evaluadores no están de acuerdo. Respecto de cada uno de estos enunciados, debe facilitarse una expli-cación de por qué el proveedor no cumple el enunciado. El evaluador ha de ser capaz de obtener esta información de la columna «Comentario del evaluador – Cumplimien-to» en la herramienta de autoevaluación.

Recomendación

Al final del informe, el evaluador debe ofrecer una reco-mendación sobre si ha de reconocerse el cumplimiento del Código por parte del proveedor. Cuando el evaluador reco-miende no reconocer el cumplimiento por parte del provee-dor, debe explicar por qué, detallar las medidas que el pro-veedor deberá adoptar para lograr el cumplimiento e indi-car todo tipo de apoyo o de recursos que necesite el pro-veedor para efectuar dichos cambios.

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Número de referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Muy señora mía / Muy señor mío:

Le escribo en relación con la evaluación del cumplimiento del Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE (en lo sucesivo, «el Código») por parte de [NOMBRE DEL PROVEEDOR].

Me complace informarle de que el día [FECHA], el grupo de dirección reconoció formalmente que [NOMBRE DEL PROVEE-DOR] cumple el Código. Le adjunto el certificado de cumplimiento. El certificado es válido hasta [FECHA], momento en el que [NOMBRE DEL PROVEEDOR] habrá de someterse a una nueva evaluación de cumplimiento.

La decisión del grupo de dirección se ha basado en el informe del evaluador sobre [NOMBRE DEL PROVEEDOR] presen-tado por [NOMBRE DEL EVALUADOR] el día [FECHA] (véase adjunto). [NOMBRE DEL EVALUADOR] ha considerado que [NOMBRE DEL PROVEEDOR] cumple todos los enunciados prioritarios y el X % de los enunciados del Código. Ello es supe-rior a la calificación global del 80 %.

Resumen de comentarios por parte del evaluador (es decir, relativos a la aplicabilidad / al cumplimiento de los enuncia-dos, elementos que pueden ser objeto de mejora, etc.)

Resumen de comentarios por parte del grupo de dirección (es decir, elementos de disconformidad con el evaluador, siguien-tes etapas propuestas)

Si tiene usted alguna pregunta o comentario, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Muchas gracias. Reciba un atento saludo.

FIRMADO PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL GRUPO DE DIRECCIÓN

Formato de la carta de concesión - Ejemplo

Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Número de referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Muy señora mía / Muy señor mío:

Le escribo en relación con la evaluación del cumplimiento del Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE (en lo sucesivo, «el Código») por parte de [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN].

Lamento informarle de que el día [FECHA], el grupo de dirección decidió que no considera que [NOMBRE DE LA ORGANI-ZACIÓN] cumpla el Código.

La decisión del grupo de dirección se ha basado en el informe del evaluador sobre [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN] pre-sentado por [NOMBRE DEL EVALUADOR] el día [FECHA] (véase adjunto). [NOMBRE DEL EVALUADOR] ha considerado que [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN] cumple [NÚMERO] de los / todos los enunciados prioritarios y el X % de los enunciados del Código. Para cumplir el Código, el proveedor tendría que cumplir todos los enunciados prioritarios y el 80 % de los enunciados que son aplicables al proveedor.

Resumen de comentarios por parte del evaluador (es decir, relativos a la aplicabilidad / al cumplimiento de los enuncia-dos, elementos que pueden ser objeto de mejora, etc.)

Resumen de comentarios por parte del grupo de dirección (es decir, elementos de disconformidad con el evaluador, siguien-tes etapas propuestas, calendario de aplicación propuesto, etc.)

Si tiene usted alguna pregunta o comentario, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Muchas gracias. Reciba un atento saludo.

FIRMADO PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL GRUPO DE DIRECCIÓN

Formato de carta de denegación - Ejemplo

38

Directrices para el proveedor final

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NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El «CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROVISIÓN DE MICROCRÉDITOS EN LA UE» (en lo sucesivo, «el Código») ofrece direc-trices y normas en lo relativo a la provisión de microcréditos destinadas a los proveedores no bancarios de microcréditos. Se ha elaborado en estrecha consulta con las principales partes interesadas del sector europeo del microcrédito.

Reconocemos la importancia del Código y lo apoyamos como un instrumento para adoptar normas en beneficio de los proveedores y de los clientes. Valoramos los principios que contiene el Código como el medio para establecer buenas prácticas en organizaciones que se hayan adherido al mismo.

Al apoyar el Código, nos comprometemos a promoverlo y a recomendar que los proveedores no bancarios de microcré-ditos se adhieran al mismo.

Damos nuestro consentimiento a que se publique nuestro compromiso en los sitios web de la Comisión Europea.

Reconocemos que los enunciados pueden cambiar en función de la evolución de las buenas prácticas reconocidas, una vez realizadas las consultas adecuadas.

Al mismo tiempo, entendemos que mantenemos el derecho de retirar nuestro apoyo.

Firmado por un miembro autorizado del personal o del Consejo de Administración (en letras de imprenta) *:

Nombre y apellidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cargo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Firma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Datos de contacto *

Nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

E-mail . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(* EN LETRAS DE IMPRENTA)

Formulario De Apoyo

Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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KN-03-13-565-ES-C

ISBN 978-92-79-38736-4doi:10.2776/87442