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7/24/2019 SECRETARIA GRAL. PRESIDENCIA DE GUATEMALA
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La Secretara General de la Presidencia, es el ente administrativo
responsable, de brindar apoyo jurdico, legal y administrativo al
despacho superior de la Presidencia y a las unidades que dependen
de la misma, para contribuir a la consolidacin de un sistema
institucional, eficaz y democrtico que proporcione estabilidad,
confianza y credibilidad en el que hacer de la Presidencia de la
!ep"blica# proporcionando con sus dictmenes resultados efectivos y
de trascendencia que se traduzcan en beneficio de los guatemaltecos$
INTRODUCCIN
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Con el propsito de proporcionar una visin
respecto a las funciones que competen ejecutar a
la Secretara, dentro de este trabajo de
investigacin se presenta un resumen de aquellos
aspectos que son puntuales para proporcionar una
perspectiva del actuar dentro del aparato
administrativo del Estado.
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FUNC!NES "#NC"$%ES
& %ramitar los asuntos de Gobierno del &espacho delPresidente de la !ep"blica$
& 'rindar apoyo al Presidente de la !ep"blica en las funcionesde preparacin y seguimiento de la ejecucin del programa
gubernamental que tienen atribuidas$
& La comunicacin entre el Gobierno y los otros organismos del(stado, as como las funciones de coordinacin y asistencia
en sus relaciones con el )ongreso de la !ep"blica$
& Las funciones necesarias para la seguridad y certeza jurdicadel accionar de la Presidencia de la !ep"blica# y Las demsatribuciones legalmente encomendadas, as como las
restantes que se determinen en el presente reglamento$
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FUNC!N NS''UC!N$%
&e acuerdo al *rtculo ocho de la Ley del
+rganismo (jecutivo, &ecreto n"mero -./0,
la Secretara General es una dependencia de
apoyo a las funciones del Presidente de la
!ep"blica y no ejerce funciones de ejecucin deprogramas, de proyectos y de ninguna otra
funcin a cargo de 1inisterios u otras
instituciones de Gobierno$
La Secretara General de la Presidencia de la
!ep"blica se constituye como el rgano
responsable del apoyo jurdico y administrativo
de carcter inmediato al Presidente de la
!ep"blica$
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ES'#UC'U#$ !#($NC$ $U'!#)$)ES
$C'U$%ES2 Secretario General de la Presidencia de la !ep"blica2 Subsecretario General de la Presidencia de la !ep"blica2 *uditoria 3nterna2 *sesora, jurdica y )uerpo )onsultivo2 &ireccin (jecutiva &e *nlisis de )ontrataciones2 &ireccin (jecutiva &e *dministracin2 &ireccin (jecutiva &e 4inanzas2 &ireccin (jecutiva &e !ecursos 5umanos2 &ireccin (jecutiva &e 3nformtica
2 &ireccin (jecutiva &e Planificacin
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*$#C! N!#*$'+!
)onstitucin Poltica de la !ep"blica de Guatemala 6!eformada por el *cuerdo
Legislativo n"mero 7./8 del 0 de noviembre de //89 :*rtculo ;$
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Controles Internos Y Externos
Controles Interno%os controles internos de la secretaria estn regulados en
su reglamento orgnico, acuerdo gubernativo interno -/0
1232, que establece en su ttulo +, $rt. 3 4 35, auditora
interna 4 sus funciones, tambi6n lo establece en los
$rtculos 12 4 13, direccin ejecutiva de 7nan8as 4 sus
funciones.
Controles ExternosEl control e9terno es reali8ado por parte de la Contralora
(eneral de Cuentas, por el aporte presupuestario que
recibe la institucin del presupuesto (eneral del Estado.
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Auditora Interna. %a Unidad de $uditora nterna es el rgano de control interno 7nanciero 4
administrativo de la Secretaria (eneral 4 el titular de la misma es el $uditor nterno.
Funciones. $ la Unidad de $uditora nterna de la Secretaria (eneral le corresponden las funciones
siguientes:
Elaborar el "lan $nual de $uditora nterna ;"$$< para cada ejercicio 7scal, con la aprobacin del
Secretario (eneral de la "residencia de la #ep=blica, enviando la copia correspondiente a la
Contralora (eneral de Cuentas, de conformidad con el pla8o establecido en las Normas de $uditoria
(ubernamental>
"racticar peridicamente auditorias 7nancieras con el objeto de veri7car, evaluar 4 anali8ar la
con7abilidad 4 racionabilidad del uso 4 manejo de los recursos de la Secretaria (eneral>
#eali8ar auditoras administrativas, operacionales 4 otras espec7cas que requiera el Secretario
(eneral, con el 7n de mejorar 4 fortalecer el desempe?o de las funciones 4 actividades que
desarrollan los diferentes rganos de la Secretaria (eneral>
#eali8ar las actividades conforme a los "rincipios (enerales de Control nterno, Normas de $uditoria(ubernamental, le4es, acuerdos 4 manuales que rijan la organi8acin 4 actividad de la Secretaria(eneral, as@como la ejecucin del gasto p=blico>
+elar porque las auditoras sean preventivas, oportunas 4 e7cientes por medio de la veri7cacin delos controles internos, con el objeto de fortalecerlos, mejorarlos o implementarlos, recomendando ensu caso la incorporacin de sistemas de control interno efectivos>
*antener constante comunicacin 4 coordinacin con la Contralora (eneral de Cuentas>
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Direccin Ejecutiva De Finanzas
$ la )ireccin Ejecutiva de Finan8as le corresponden las funciones siguientes:
Funciones:%a )ireccin Ejecutiva de Finan8as tiene por objeto facilitar el desempe?o e7ciente 4 gil
de la Secretara (eneral
Formular, implementar 4 actuali8ar peridicamente los procedimientos administrativos 4 de manejo de
recursos 7nancieros>
Elaborar conjuntamente con la )ireccin Ejecutiva de $dministracin los "lanes Estrat6gicos 4
!perativos e informes de ejecucin de metas de la Secretara (eneral
)esarrollar las actividades de compras 4 proveedura>
+elar que el inventario de los bienes de la Secretara (eneral est6 actuali8ado 4 que se encuentren
debidamente registrados en las tarjetas de responsabilidad respectivas> Coordinar con las autoridades superiores de la Secretara (eneral el presupuesto de la misma, en
funcin de las polticas 4 planes, en concordancia con los instrumentos legales que regulan la materia>
#eali8ar directa 4 oportunamente, ante el *inisterio de Finan8as "=blicas, las gestiones pertinentes que
conlleve la aprobacin del presupuesto anual de la Secretara (eneral>
)irigir, coordinar 4 controlar el proceso de ejecucin 7nanciera de la Secretara (eneral, velando por el
cumplimiento de las disposiciones legales de la materia>
+igilar el cumplimiento de las polticas 4 normas de7nidas por los rganos rectores del Sistema
integrado de $dministracin Financiera 0S$F0 4 los Sistemas ntegrados $dministrativos> 4 administrar
con e7cacia 4 e7ciencia los diferentes elementos del S$F, velando por el uso correcto 4 transparente
de los recursos de la Secretara (eneral>
+elar por la correcta distribucin de las instalaciones 4 =tiles al servicio de la Secretara (eneral>
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SS'E*$S ! 'ACNC$S )E !#($NB$CN )E %$$)*NS'#$CN "D%C$
Es la forma de organi8acin administrativa que se basa en la
concentracin de poder de mando 4 en la jerarqua. En el ejercicio
de la funcin estatal, el Estado debe coordinar la accin de las
distintas instituciones 4 personas p=blicas que lo integran,
estableciendo un vnculo entre s a trav6s de una organi8acin que
asigne la competencia que corresponde a cada dependencia, que
regule las relaciones entre ellos 4 que a la ve8 7je la condicin
jurdica de las personas que lo conforman. %a organi8acin
administrativa se de7ne como:
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Clasi7cacin de las formas de organi8ar a la administracinp=blica: Concentracin o centrali8acin administrativa: istricamente en nuestro pas la administracin
p=blica se Ga caracteri8ado por la e9istencia de una gestin centrali8ada, donde un poder se
sobrepone a otro, absorbe 4 toma progresivamente atribuciones 4 facultades tanto polticas
como administrativas. Se de7ne a la centrali8acin de la siguiente manera:
)esconcentracin administrativa: %a organi8acin administrativa desconcentrada, nace como
contraposicin a la centrali8acin administrativa, buscando eliminar el e9cesivo centralismo,
que Gace que la administracin p=blica se torne lenta en sus decisiones 4 evita la rigide8 delcentralismo burocrtico.
)escentrali8acin administrativa: Este sistema aparece cuando en la administracin p=blica
estatal se decide crear personas jurdicas p=blicas, encargadas de prestar servicios p=blicos
espec7cos o varios servicios en territorios determinados.
$utonoma administrativa Este sistema o forma de organi8ar a la administracin p=blica se
caracteri8a por que los rganos tienen su propia le4 4 se rigen por ella, se considera como una
facultad de actuar en una forma independiente 4 adems tienen la facultad de darse sus
propias instituciones que lo regirn 4 lo ms importante el auto7nanciamiento, sin necesidad de
recurrir al presupuesto general del Estado
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Caractersticas De La Centralizacin:
Superior Herrquico. "orque es el ms alto grado dentro de la escala. #elacin de subordinacin. %os rganos administrativos pertenecen a la jerarqua
administrativa. Se mani7estan los poderes: de mando, disciplinario, de avocacin. "oder de decisin: carcter poltico.
Elementos De La Centralizacin:
Unidad de mando: "residente.
Herarqua: elemento principal. Control: lo ejerce el superior. "otestad de revisin: de los subordinados. . Facultad de decidir la competencia.
Ventajas De La Centralizacin:
$segura el control poltico %as actuaciones de los subordinados es controlada por el centro poltico. %os procedimientos administrativos son uniformes. %os servicios p=blicos se prestan en forma econmica. El control 4 7scali8acin. %as polticas administrativas son uniformes
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SS'E*$ )E N(#ES! )E SUS FUNC!N$#!S"D%C!S Concepto De Funcionario
Un servidor p=blico es una persona que brinda un servicio
de utilidad social. Esto persona quiere decir que aquello que reali8a
bene7cia a otras personas 4 no genera ganancias privadas ;ms all del
salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo
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Denicin De Funcionario
El vnculo jurdico laboral que une al Estado con los particulares
que pasan a formar parte del servicio civil desde el momento que
se inician en el ejercicio del cargo Gasta la entrega del mismo.
El $rtculo 32J, 32K 4 33- de la Constitucin "oltica de la
#ep=blica de (uatemala, establece: L%os trabajadores del Estado
estn al servicio de la administracin p=blica 4 nunca de partido
poltico, grupo, organi8acin o persona algunaM, L%as relaciones
del Estado 4 sus entidades descentrali8adas o autnomas con sus
trabajadores se rigen por la %e4 de Servicio Civil, con e9cepcin
de aquellas que se rijan por le4es o disposiciones propias de
dicGas entidades.
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!E"VICI# CIVIL E$ %&A'E(ALA
Caractersticas Del !ervicio Civil
Constitu4e un acto administrativo de nombramiento o investidura.
Concurre la voluntad del Estado
%a relacin funcional genera efectos jurdicos entre el Estado 4 el particular que acepta
el cargo
'odos los derecGos 4 obligaciones se encuentran en la le4.
)ebe de fomentarse la e7ciencia en la $dministracin "=blica.
!torgar garantas a los Servidores "=blicos de sus derecGos
$aturaleza )urdica Del !ervicio Civil
Constitu4e un acto administrativo de nombramiento o de investidura, en donde
concurren la voluntad administrativo de nombramiento o de investidura, en donde
concurren la voluntad del Estado que decide 4 la del particular que acepta el cargo,
generando efectos jurdicos entre ambos de conformidad con los derecGos 4
obligaciones previamente establecidos en la le4 4 el propsito de servicio a la
colectividad.
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'ipos De !ervicios En El
Estado*
El Servicio E9ento: No est sujeto a la %e4 del Servicio Civil, 4 comprende los puestos
de Funcionarios nombrados por el "residente, *inistros 4 +iceministros, Secretarios,
Subsecretarios, Consejeros de la "residencia, )irectores (enerales 4 (obernadores
)epartamentales. todos aquellos funcionarios cu4o listado se encuentra en el
artculo -1 de la %e4 del Servicio Civil )ecreto 3J/K
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!istemas De In+reso Al !ervicio Civil
#egularmente se implementa el ngreso al Servicio por !posicin, ;$rtculo /1 %e4 del Servicio
Civil )ecreto 3J/K El $lcalde> el #ector> %os
diputados.
ngreso por Nombramiento: ;servicio e9ento< Es cuando un superior jerrquico tiene la facultad de
nombrar a subordinados:
Nombramiento discrecional: cuando el superior jerrquico Gace el nombramiento observando ms
que los requisitos que debe de cumplir.
Nombramiento Condicionado: Oueda a condicin una persona frente a los dems candidatos.
Nombramiento reservado: 'oma en cuenta la carrera administrativa 4 el sometimiento obligatorio
a un e9amen de oposicin.
ngreso por Contrato: ;Servicio sin !posicin< Se re7ere a las consultaras, generalmente con
profesionales 4 t6cnicos ;21P
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$simismo podemos mencionar lo que
establece la %e4 de "robidad 4#esponsabilidades de Funcionarios 4Empleados "=blicos en los artculos - 4 /:L"ara los efectos de la aplicacin de esta %e4,
se consideran funcionarios p=blicos todasaquellas personas a las que se re7ere elartculo / de la misma, sin perjuicio de que seles identi7que con otra denominacinM.
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C!NS)E#$C!NES
Oue esta Secretara preste asesoras con profesionalismo 4 adecuadas a
cada necesidad de la "residencia, para que Ga4a transparencia en los
asuntos tratados por el )espacGo "residencial.
+elar para que los asuntos de (obierno que Gan requerido de su apo4o, se
desarrollen e7ca8 e inmediatamente para el buen desempe?o de las partes
relacionadas.
"romover la transparencia en los procesos de nombramiento del m9imo
dirigente de esta entidad para que sea dirigida por personas con alto
profesionalismo 4 responsabilidad.
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C!NC%US!NES
%a Secretara (eneral de la "residencia de la #ep=blica se constitu4e prcticamente como el rganoresponsable del apo4o jurdico 4 administrativo de carcter inmediato al "residente de la #ep=blica 4
sabemos que a este le compete 4 corresponde la revisin 4 aprobacin de todos aquellos
e9pedientes que se someten a su conocimiento 4 aprobacin, es responsable de evacuar las
consultas verbales o escritas que se Gagan a autoridades superiores 4 de coordinar 4 uni7car la
opinin jurdica de los distintos asuntos administrativos del (obierno.
"or lo que entendemos que dicGa secretaria es sumamente importante para el desarrollo 4
funcionalidad en los diferentes procesos que se reali8an dentro de estado de gobierno.
%as principales fortale8as del sistema de centrali8acin en (uatemala, es la e9istencia de normas 4
principios dentro del ordenamiento jurdico que fundamentan la centrali8acin> como lo es la
Secretara (eneral al tener un orden jerrquico.
En (uatemala el rgano principal de a la administracin p=blica es el !rganismo Ejecutivo> el cual
constitu4e la centrali8acin. "or lo que la Secretara (eneral depende del !rganismo Ejecutivo.
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"EC#(E$DACI#$E!
Fortalecer los mecanismos de seleccin, contratacin 4 remocin del servicio civil de las
instituciones que componen el sector justicia, en nuestro caso a la Secretara (eneral,para evitar cualquier tipo de intervencin e9terna a los procesos previamente dise?ados.
Solicitar a los funcionarios involucrados en decisiones de seleccin, contratacin 4
remocin del servicio civil 7rmar una Ldeclaracin de imparcialidadM, en la cual juran no
tener ning=n vnculo con ninguno de los candidatos o funcionarios en cuestin.
El procedimiento de seleccin deben ser competitivos, lo cual requiere de la publicacin
oportuna 4 adecuada de las vacantes, los requisitos 4 los pla8os correspondientes.
$simismo, los candidatos deben ser evaluados sobre la base de sistemas de puntuacin
que permitan la comparacin objetiva de las Gabilidades 4 e9periencias ofrecidas.
Crear mecanismos e7caces 4 e7cientes de evaluacin de desempe?o de los funcionarios
que integran la Secretara (eneral de la "residencia.
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