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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS Número 202 Página 1 Sábado, 2 de septiembre de 2006 TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTA Suscripción anual ..................60,00Ejemplar del día ........................0,60Ejemplar atrasado ....................1,20EDITA Diputación Provincial de Valladolid DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958 (FRANQUEO CONCERTADO 47/3) INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid) B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es I.- ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE. Confederación Hidrográfica del Duero. Comisarías de Aguas. Información pública de la solicitud de autorización para realizar obras en cauce y zona de Policía de Río Duero T.M. de Valbuena de Duero, a instancia del Ayto., expte. OC y OZP 16.135/06-VA. Página 2. (Ref. 6624/2006) MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. Te- sorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Valladolid. Unidad Recaudación Ejecutiva 47/04. Notificación de valoración de Bienes Embargados a Sali Kalender Gyuser. Página 2. (Ref. 6597/2006) SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID. Notificación de resolución de expulsión a Jaouad Laaryf. Página 2. (Ref. 6590/2006) SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID. Notificación de resolución de expulsión a Florence Aguanor. Página 2. (Ref. 6591/2006) III.- ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Administra- ción y Recursos. Departamento de Gobierno y Ges- tión Integral del patrimonio. Sección de Gestión Patrimonial. Información pública del expte. de expro- piación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto de urbanización de los accesos al Nuevo Hospital Río Hortega. Página 3. (Ref. 6550/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Parti- cipación Ciudadana. Resolución de subvenciones fies- tas 2006. Página 3. (Ref. 6567/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Partici- pación Ciudadana. Resolución de concesión de sub- venciones actividades 2006. Página 3. (Ref. 6566/2006) AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. In- formación pública de solicitud de licencia ambiental pa- ra el ejercicio de Restaurante, a instancia de Mercedes Catalina Hernansanz. Página 4. (Ref. 6549/2006) AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Resolución por la que se nombra funcionario de carrera a Miguel Ángel Rojo Posada, como Técnico Medio de Recursos Humanos. Página 4. (Ref. 6531/2006) AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Aprobación definitiva del Plan Parcial de Ordenación Urbana para el Sector 16 “Los Ingleses-Rafael Alberti” del vigente P.G.O.U., y las Normas Urbanísticas. Página 4. (Ref. 6560/2006) AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Notificación a José Mª Flores Vega y Carmen González García de la aprobación inicial del proyecto de actuación del Sector 11, La Arboleda, del Actual P.G.O.U. Página 19. (Ref. 6558/2006) AYUNTAMIENTO DE TAMARIZ DE CAMPOS. Contratación mediante subasta de la obra de rehabilitación en la an- tigua Iglesia de San Juan, para Museo del Escriño. Página 20. (Ref. 6602/2006) MANCOMUNIDAD “TIERRAS DE MEDINA”. Medina del Campo. Aprobación del presupuesto definitivo para el ejercicio de 2006. Página 20. (Ref. 6565/2006) SUMARIO

SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS · 2006-09-01 · el proyecto de urbanización de los accesos al Nuevo Hospital Río Hortega. Página 3. (Ref. 6550/2006) AYUNTAMIENTO

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS

Número 202 Página 1Sábado, 2 de septiembre de 2006

TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTASuscripción anual ..................60,00€

Ejemplar del día ........................0,60€

Ejemplar atrasado ....................1,20€

EDITADiputación Provincial de Valladolid

DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958(FRANQUEO CONCERTADO 47/3)

INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA

Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid)B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es

I.- ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE. Confederación

Hidrográfica del Duero. Comisarías de Aguas.Información pública de la solicitud de autorización pararealizar obras en cauce y zona de Policía de Río DueroT.M. de Valbuena de Duero, a instancia del Ayto., expte.OC y OZP 16.135/06-VA.

Página 2. (Ref. 6624/2006)

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. Te-sorería General de la Seguridad Social. DirecciónProvincial de Valladolid. Unidad RecaudaciónEjecutiva 47/04. Notificación de valoración de BienesEmbargados a Sali Kalender Gyuser.

Página 2. (Ref. 6597/2006)

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID.Notificación de resolución de expulsión a Jaouad Laaryf.

Página 2. (Ref. 6590/2006)

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID.Notificación de resolución de expulsión a FlorenceAguanor.

Página 2. (Ref. 6591/2006)

III.- ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Administra-

ción y Recursos. Departamento de Gobierno y Ges-tión Integral del patrimonio. Sección de GestiónPatrimonial. Información pública del expte. de expro-piación forzosa de los bienes y derechos afectados porel proyecto de urbanización de los accesos al NuevoHospital Río Hortega.

Página 3. (Ref. 6550/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Parti-cipación Ciudadana. Resolución de subvenciones fies-tas 2006.

Página 3. (Ref. 6567/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Partici-pación Ciudadana. Resolución de concesión de sub-venciones actividades 2006.

Página 3. (Ref. 6566/2006)

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. In-formación pública de solicitud de licencia ambiental pa-ra el ejercicio de Restaurante, a instancia de MercedesCatalina Hernansanz.

Página 4. (Ref. 6549/2006)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Resolución porla que se nombra funcionario de carrera a Miguel ÁngelRojo Posada, como Técnico Medio de RecursosHumanos.

Página 4. (Ref. 6531/2006)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Aprobacióndefinitiva del Plan Parcial de Ordenación Urbana para elSector 16 “Los Ingleses-Rafael Alberti” del vigenteP.G.O.U., y las Normas Urbanísticas.

Página 4. (Ref. 6560/2006)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Notificación aJosé Mª Flores Vega y Carmen González García de laaprobación inicial del proyecto de actuación del Sector11, La Arboleda, del Actual P.G.O.U.

Página 19. (Ref. 6558/2006)

AYUNTAMIENTO DE TAMARIZ DE CAMPOS. Contrataciónmediante subasta de la obra de rehabilitación en la an-tigua Iglesia de San Juan, para Museo del Escriño.

Página 20. (Ref. 6602/2006)

MANCOMUNIDAD “TIERRAS DE MEDINA”. Medina delCampo. Aprobación del presupuesto definitivo para elejercicio de 2006.

Página 20. (Ref. 6565/2006)

SUMARIO

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2 2 de septiembre de 2006

I.- ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

Comisarías de Aguas

El Ayuntamiento de Valbuena de Duero (Valladolid) solicita de laConfederación Hidrográfica del Duero autorización para realizarobras en cauce y zona de policía del río Duero en el término muni-cipal de Valbuena de Duero (Valladolid).

INFORMACIÓN PÚBLICA

De acuerdo con la documentación presentada las obras se rea-lizarán en cauce y zona de policía del río Duero en el término muni-cipal de Valbuena de Duero (Valladolid). Consistirán en la construc-ción de un pantalán en sustitución del actual embarcadero existen-te a 350 M. aguas arriba del antiguo molino, en la margen derechadel río Duero. El pantalán con un brazo de 8 m. de longitud y unaplataforma de 8x2 m. se integrará en la Senda de la Ribera median-te un muro de contención que servirá para dar acceso directo al pan-talán desde la Senda mediante una escalera y una rampa.

En el Molino se colocará una microturbina de 5 KW capaz deaprovechar el salto de agua existente en el antiguo molino de la is-la.

Lo que se hace publico, en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 126 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, apro-bado por R.D. 849/1986, de 11 de abril, modificado por el R.D.606/2003, de 23 de mayo, a fin de que, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, puedan presentar reclamaciones losque se consideren perjudicados, en la Alcaldía de Valbuena deDuero, o ante esta Secretaria de la Confederación Hidrográfica delDuero, C/ Muro, 5 Valladolid, donde se hallan de manifiesto las do-cumentaciones técnicas del expediente de referencia OC y OZP16.135/06-VA.

Valladolid, 6 de julio de 2006.-El Jefe de Área de Gestión delD.P.H., Rogelio Anta Otorel.

6624/2006

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Dirección Provincial de Valladolid

Unidad Recaudación Ejecutiva 47/04

Notificación a Deudores de Valoración de Bienes Embargados

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación através del Servicio de Correos y de conformidad con lo establecidoen los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-92), se noti-fica, por este medio, a los interesados que más abajo se expresan,la tasación de los bienes de su propiedad que han sido embarga-dos por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en los correspon-dientes expedientes administrativos de apremio, advirtiéndoles quela valoración efectuada servirá para fijar el tipo de la subasta.

Si no estuviesen de acuerdo con dicha tasación, podrán pre-sentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a con-tar desde el siguiente a la fecha de esta publicación. En caso de dis-crepancia entre ambas valoraciones, se actuará de la siguiente for-ma:

-Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20%, se esti-mará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En casocontrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los cole-gios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos la desig-nación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoraciónen plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valora-ción habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadasanteriormente y será la definitivamente aplicable y servirá como ti-po para la subasta de los bienes.

Todo ello, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 110 y111 del Reglamento General de Recaudación de la SeguridadSocial, aprobado por Real Decreto 1415/04, de 11 de junio (B.O.E.del 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, po-drá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de laTesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, con-

tado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dis-puesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social,aprobada por el R.D.L. 1/94, de 20 de junio (BOE del 29), según re-dacción dada al mismo por la Ley 42/94, de 30 de diciembre (BOEdel 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y enrelación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, significándose que el proce-dimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación degarantías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de di-cho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismopodrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a)del Reglamento General de Recaudación de los Recursos delSistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de losestablecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/92, de 25 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Relación de Deudores y Bienes

Expediente: 47 04 05 54004

Deudor: SALI KALENDER GYUSER

Domicilio: Arco de Sa, Juan 9.-Olmedo

Bienes embargados:

-Vehículo SEAT CORDOBA 1.6, matrícula VA 5372 AB

Importe de la tasación: 2.000,00 euros.

Medina del Campo, 23 agosto 2006.-El Recaudador Ejecutivop.s., María Gloria García García.

6597/2006

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID

En esta Subdelegación del Gobierno se ha dictado con fecha 29de junio de 2006, resolución de expulsión del territorio español, or-denando la salida inmediata del país y prohibiendo la entrada en elmismo durante el plazo de tres años, de D. Jaouad Laaryf, nacionalde Marruecos, N.I.E. X-07681078-K, por infracción al art. 53.a) de laL.O. 4/2000, de 11 de enero, modificada por las L.O. 8/2000, de 22de diciembre, 11/2003, de 29 de septiembre y 14/2003, de 20 denoviembre, lo que se hace público por esta vía en base a lo dis-puesto en los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992.

Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante estemismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguien-te al de su notificación, así como recurso contencioso-administrati-vo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificaciónante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondienteal domicilio del demandante o a la sede del órgano autor del actoimpugnado (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deValladolid), a elección del demandante.

Valladolid, 22 de agosto de 2006.-La Jefa de Sección, IgnaciaSantiago Álvarez.

6590/2006

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN VALLADOLID

En esta Subdelegación del Gobierno se ha dictado con fecha 7de agosto de 2006, resolución de expulsión del territorio español,ordenando la salida inmediata del país y prohibiendo la entrada enel mismo durante el plazo de tres años, de D. Florence Aguanor, na-cional de Nigeria, N.I.E. X-07261145-E, por infracción al art. 53.a) dela L.O. 4/2000, de 11 de enero, modificada por las L.O. 8/2000, de22 de diciembre, 11/2003, de 29 de septiembre y 14/2003, de 20 denoviembre, lo que se hace público por esta vía en base a lo dis-puesto en los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992.

Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante estemismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguien-te al de su notificación, así como recurso contencioso-administrati-vo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificaciónante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondienteal domicilio del demandante o a la sede del órgano autor del actoimpugnado (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deValladolid), a elección del demandante.

Valladolid, 22 de agosto de 2006.-La Jefa de Sección, IgnaciaSantiago Álvarez.

6591/2006

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III.- ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gobierno y Gestión Integral del patrimonio

Sección de Gestión Patrimonial

Expropiación forzosa de los bienes y derechos afectadospor el proyecto de urbanización de los accesos al Nuevo Hospital

Río Hortega

La Junta de Gobierno de Valladolid, en sesión celebrada el día 7de julio de 2006, acordó aprobar definitivamente la relación de bien-es y derechos a expropiar, así como declarar de necesaria ocupa-ción los mismos, conforme al Acuerdo de la Junta de Gobierno defecha 5 de mayo de 2006, y cuya relación se acompaña a conti-nuación:

Parcela: A.

Ref. Catastral: 6802704UM5160B0001 BF.

Titular: Ebro Puleva, S.A.

Sup. Expropiación (m2): 99, 98.

De conformidad con lo establecido en los artículos 21 de la Leyde Expropiación Forzosa, y 20 del Reglamento que la desarrolla, sehace pública la mencionada expropiación, para conocimiento yefectos de los afectados, significándoles que contra el mencionadoAcuerdo podrán interponer recurso potestativo de reposición anteel órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o, en su caso,recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León,con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, advirtiéndolesque, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá in-terponer el contencioso administrativo hasta que sea resuelto ex-presamente aquél o se haya producido la desestimación por silen-cio.

Valladolid, 21 de agosto de 2006.-El Alcalde, P.D. El ConcejalDelegado Gral. de Seguridad y Vialidad Acctal., (Dto. nº 8.560. de08/08/06), Manuel Sánchez Fernández.

6550/2006

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

SERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Resolución de Subvenciones Fiestas 2006

De conformidad con lo establecido en el art. 10 del Reglamentode Subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid y en el art. 18 dela Ley General de Subvenciones, se hace público que medianteDecreto n° 7.770 de 14 de julio de 2006 se han concedido las si-guientes subvenciones para Asociaciones de Vecinos y Familiaresde Barrio.

Asociaciones de Vecinos Concedido euros

1. A. V. Distrito 05 2.392

2. A. V. La Paz-Las Villas 2.860

3. A. V. Las Batallas 3.640

4. A. V. Pinar de Antequera 2.808

5. A. V. Covaresa 3.120

6. A. V. Ntra. Sra. del Rosario 4.004

7. A. V. San Gil -Arcas Reales 2.912

8. A. V. Ntra. Sra. de Duero 2.912

9. A. V. Bailarín V. Escudero 2.860

10. A. V. Valle de Olid 2.808

11. A. V. Feria de Muestras 2.340

12. A. V. Zona Norte -S. Pedro R. 2.912

13. A. V. San Isidro El Páramo 3.536

14. A. Familiar El Pilar 3.744

15. A. V. Parque Alameda 3.328

16. A. V. Fuente Berrocal 2.704

17. AV. Pisuerga -Huerta Rey 3.120

18. A. V. Barrio Delicias 3.172

19. A. V. El Refugio 3.640

20. A. V. San Nicolás 3.276

Asociaciones de Vecinos Concedido euros

21. A. V. Juan de Austria 2.808

22. A. Familiar Rondilla 4.992

23. A. Socio-Cult. J Zorrilla de Vall. 2.600

24. A. V. La Unión Pajarillos 4.628

25. A.V. Reina Juana 2.912

26. A. V. Caño Argales 2.756

27. A. V. La Isla -La Overuela 2.808

28. A. V. Buenos Aires 2.652

29. A. V. Los Almendros 2.808

30. A. V. Hispanidad 3.224

31. A. V. Los Comuneros 4.576

32. A. V. 24 de Diciembre 2.860

33. A. V. Poeta José Zorrilla 3.016

34. A. V. Entrepargues 2.860

35. A. V. Ciudad Parquesol 2.860

Valladolid, 21 de agosto de 2006.-El Alcalde, P.D. El ConcejalDelegado Acctal. de Participación Ciudadana, Manuel SánchezFernández.

6567/2006

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDSERVICIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Resolución de Subvenciones. Actividades 2006

De conformidad con lo establecido en el art. 10 del Reglamentode Subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid y en el art. 18 dela Ley General de Subvenciones, se hace público que medianteDecreto n° 7.771 de 14 de julio de 2006 se han concedido las si-guientes subvenciones para Asociaciones de Vecinos y Familiaresde Barrio y otras Asociaciones de la ciudad que no puedan incluir-se en ninguna otra convocatoria municipal de subvenciones para elaño 2006.

Asociaciones de Vecinos y Otras Concedido euros

1. A. V. Distrito 05 1.988

2. A. V. La Paz-Las Villas 2.272

3. A. V. Las Batallas 3.408

4. A. V. Pinar de Antequera 2.556

5. A. V. Covaresa 1.562

6. A. V. Ntra. Sra. del Rosario 6.106

7. A. V. San Gil -Arcas Reales 2.982

8. A. V. Ntra. Sra. de Duero 2.414

9. A. V. Bailarín V. Escudero 2.272

10. A. V. Valle de Olid 2.272

11. A. V. Feria de Muestras 2.982

12. A. V. Zona Norte -S. Pedro R. 2.982

13. A. V. San Isidro El Páramo 2.840

14. A. Familiar El Pilar 3.692

15. A. V. Parque Alameda 3.550

16. A. V. Fuente Berrocal 994

17. A. V. Pisuerga -Huerta Rey 6.106

18. A. V. Barrio Delicias 3.550

19. A. F. Delicias -El Túnel 1.562

20. A. V. Unión Esgueva 1.704

21. A. V. El Refugio 3.976

22. A. V. San Nicolás 1.278

23. A. V. Juan de Austria 4.686

24. A. Familiar Rondilla 7.668

25. A. V. Calderón de la Barca 1.704

26. A. Socio-Cult. J Zorrilla de Vall. 2.556

27. A. V. El Parque Rondilla 1.704

28. A. V. La Unión Pajarillos 6.532

29. A. V. Reina Juana 5.538

2 de septiembre de 2006 3

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Asociaciones de Vecinos y Otras Concedido euros

30. A. V. Caño Argales 1.988

31. A. V. La Isla -La Overuela 3.834

32. A. V. Buenos Aires 2.130

33. A. V. Los Almendros 2.698

34. A. V. Hispanidad 2.556

35. A. V. Los Comuneros 4.260

36. A. V. 24 de Diciembre 2.556

37. Fed. AA. VV. Conde Ansúrez A. V. 4.828

38. Poeta José Zorrilla 1.988

39. A. V. Entrepargues 5.396

40. Fed. AA. VV. Antonio Machado 4.828

41. A. V. Ribera Curtidores 1.988

42. A. V. Ciudad Parquesol 4.828

43. A. Vall. de Micología 1.562

44. Sdad. Ornitológica Vall. 994

Valladolid, 21 de agosto de 2006.-El Alcalde, P.D. El ConcejalDelegado Acctal. de Participación Ciudadana, Manuel SánchezFernández.

6566/2006

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Habiéndose solicitado por Mercedes Catalina Hernansanz, li-cencia municipal para el ejercicio de la actividad de restaurante enC/ Alonso de Ojeda, 6 Bj. de este Municipio, se pone en conoci-miento de los posibles interesados en el procedimiento, en cumpli-miento de lo establecido en el Art. 27 de la Ley 11/2003, dePrevención Ambiental de Castilla y León; a fin de que puedan pre-sentar las alegaciones que estimen pertinentes en el plazo de vein-te días, contados a partir del de la publicación del presente Edictoen el Boletín Oficial de la Provincia.

Arroyo de la Encomienda, 16 de agosto de 2006.-El Alcalde enFunciones, Miguel Ángel Ibáñez Antolín.

6549/2006

LAGUNA DE DUERO

Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 21 de agosto de 2006 seresolvió nombrar Funcionario de carrera a D. Miguel Ángel RojoPosadas con D.N.I. 12353170P como Técnico Medio de RecursosHumanos del Ayuntamiento de Laguna de Duero, una vez superadoel proceso selectivo aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 28de marzo de 2006.

Laguna de Duero, 21 de agosto de 2006.-El Alcalde, B. JesúsViejo Castro.

6531/2006

LAGUNA DE DUERO

El Pleno del Ayuntamiento en Sesión ordinaria celebrada el 27 dejulio de 2006, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

3.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE LA APROBACIÓN DEFI-NITIVA DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 16 “LOS INGLESES-RA-FAEL ALBERTI”.

I

Por la Presidencia se da cuenta de la Propuesta de Acuerdo quefue informada por la Comisión Informativa de Urbanismo en fecha13 de julio de 2006 y cuyo tenor literal es el que sigue:

“ASUNTO: APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN PARCIALDEL SECTOR 16 “LOS INGLESES-RAFAEL ALBERTI” DEL

VIGENTE P.G.O.U. DE LAGUNA DE DUERO.

ORGANO: PLENO.

QUORUM: MAYORÍA SIMPLE.

Visto el expediente de referencia que se sigue a instancia de D.José-Carlos González Toribio en representación de “URBANIZA-CIONES PRIGOT, S.L.” sobre la aprobación del Plan Parcial delSector 16 “Los Ingleses-Rafael Alberti” del vigente P.G.O.U. deLaguna de Duero y

RESULTANDO que el Término Municipal de Laguna de Duero seencuentra ordenado por un Plan General de Ordenación Urbanaaprobado por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo deValladolid de 8 de octubre de 1999 siendo publicado en el BOP de

8 de febrero de 2000. Este PGOU delimita el Sector 16 estando pre-vista su gestión dentro del segundo cuatrienio.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid aprobó en se-sión de 26 de julio de 2004 una Modificación Puntual al vigentePGOU de Laguna de Duero que afecta a este Sector 16, siendo pu-blicada en el BOP de 1 de febrero de 2005.

RESULTANDO que el Plan Parcial del Sector 16 ha sido promo-vido a iniciativa privada siendo aprobado inicialmente medianteDecreto de Alcaldía de 26 de octubre de 2005.

RESULTANDO que en cumplimiento del artículo 52.4 de la Ley5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León son solicita-dos antes de la aprobación inicial Informes Sectoriales a los si-guientes Organismos:

- A la Diputación Provincial.

- Al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de laJunta de Castilla y León.

- A la Comunidad de Regantes del Canal del Duero.

- Al Servicio Territorial de Medio Ambiente, Delegación Territorialde Valladolid, de la Junta de Castilla y León.

- Al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León.

- A la Administración General del Estado, Subdelegación delGobierno, Área de Industria y Energía (Gasoductos).

- A la Administración General del Estado, Subdelegación delGobierno, Área de Industria y Energía (Líneas eléctricas).

E igualmente es solicitado Informe al Servicio Territorial deCultura, Delegación Territorial de Valladolid, de la Junta de Castillay León, en cumplimiento de la Orden FOM/404/2005, de 15 de mar-zo, por la que se aprueba la instrucción técnica urbanística 1/2005.

RESULTANDO que mediante Anuncios insertados en el Norte deCastilla y León de 02 de noviembre de 2005, B.O.P. de 11 de no-viembre de 2005 y BOCYL de 15 de Diciembre de 2005 se inicia unperíodo de información pública por plazo de 1 mes durante el cual seha mantenido en exposición pública la documentación del Plan par-cial. Finalizado este período de información pública no consta en elexpediente que se haya presentado ninguna alegación o reclamación.

RESULTANDO que el 25 de noviembre de 2005 se ha remitido alRegistro de la Propiedad una copia del Plan Parcial aprobado ini-cialmente en cumplimiento del artículo 52.4 de la LUCYL.

RESULTANDO que el Pleno en sesión ordinaria de 27 de abril de2006 acordó aprobar por unanimidad el Convenio Urbanístico parael Sector 16 siendo suscrito en documento administrativo el 26 demayo de 2006 y publicado en el BOP el 26 de junio de 2006.

CONSIDERANDO que el procedimiento administrativo seguidolo ha sido conforme a la tramitación prevista en los artículos 50 y si-guientes de la Ley 5/1999, de 8 de Abril, de Urbanismo de Castillay León y concordantes del RUCYL y con las determinaciones quesobre procedimiento administrativo común se contienen en la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

CONSIDERANDO los Informes Técnicos, de Intervención yJurídicos que obran en el expediente.

CONSIDERANDO que obran en el expediente los siguientesInformes Sectoriales recibidos:

1. El 25.11.2005 Informe del Servicio Territorial de MedioAmbiente, Delegación Territorial de Valladolid, de la Junta de Castillay León que informa que “no existe inconveniente desde el punto devista del medio natural en el Plan Parcial nº 16, siempre que se ten-ga en cuenta lo reflejado” en el Informe sobre que previamente acualquier actuación sobre los terrenos de la vía pecuaria para la ins-talación de redes y conducciones, deberá obtenerse la oportuna au-torización tramitada ante el Servicio Territorial de Medio Ambiental.

2. El 26.12.2005 Informe de la Administración General delEstado, Subdelegación del Estado, Área de Industria y Energía so-bre Gasoductos y Líneas eléctricas que informa que “el instrumen-to de planeamiento no afecta a la infraestructura energética básica,es decir la relativa a oleoductos, gasoductos y transporte de ener-gía eléctrica, por lo que no resulta necesario efectuar consideracio-nes al respecto”.

3. El 13.03.2006 Informe del Servicio Territorial de Fomento,Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León que informa que“analizado el documento se estima que procede informar alAyuntamiento que no se observan cuestiones sustanciales en el do-

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cumento que vayan en contra del Modelo territorial previsto ni quesupongan impedimento en seguir con la tramitación, únicamente seindica que se debe tener en cuenta lo siguiente:

• Se deberán solicitar los informes señalados en el artículo 153del RUCyL y en la Orden a de la Consejería de Fomento de 11 demarzo por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística1/2005 ....

• En aplicación de la modificación de la Ley 5/99 recogida en laLey 13/05, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras ....., se de-berá reservar, al menos, el 20% de la edificabilidad residencial paraviviendas con protección pública”.

En relación a este Informe ha de indicarse lo siguiente:

• Ha sido recibido fuera del plazo previsto para su emisión quelo es el plazo de duración del período de información pública, por loque procedería aplicar el régimen jurídico previsto en el artículo153.3 del RUCYL, que es entenderlo como favorable.

• No obstante lo anterior, y en virtud del principio de competen-cia, este Informe si resulta vinculante en cuanto al modelo territorialdefinido en los instrumentos de ordenación del territorio vigentes(artículo 153.1 b) RUCYL) a cuyo respecto indica que no se no veafectado este modelo cuando literalmente se informa que: “no seobservan cuestiones sustanciales en el documento que vayan encontra del Modelo territorial previsto ni que supongan impedimentoen seguir con la tramitación”.

• Además de lo anterior, este Informe es orientativo en cuanto ala legalidad, oportunidad, calidad, coherencia y homegeneidad delas restantes determinaciones y de la documentación (artículo 153.1b) RUCYL); dentro de este carácter orientativo entraría la indicaciónde prever una reserva de al menos el 20% de la edificabilidad resi-dencial para viviendas con protección pública.

Esta indicación según el artículo 80.1 c) 6º del RUCYL es una de-terminación de ordenación general que el Plan General deOrdenación Urbana debe establecer para el suelo urbanizable deli-mitado, por lo que un Plan Parcial no puede modificar, suprimir o al-terar de ninguna forma esa determinación según el artículo 138 delRUCYL; por ello en la Modificación Puntual del PGOU en el Sector16 aprobada por la Junta de Castilla y León se prevé una reserva deal menos el 10% para este tipo de viviendas que es la que recogeel Plan Parcial.

Por otro lado, se ha dado traslado al promotor de copia delInforme Sectorial y no consta en el expediente que haya presenta-do ninguna documentación, alegación o escrito en que asuma esadeterminación.

4. El 06.04.2006 y 04.07.20006 Informes del Servicio Territorialde Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial deValladolid de la Junta de Castilla y León que concluye que “EsteServicio se reitera en informar favorablemente siempre y cuando secumplan las servidumbres de los gasoductos establecidas en RE-GLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GA-SEOSOSO REDES y sus Instrucciones Técnicas ComplementariasITC-MIG, que están recogidas en el informe dado por la compañíaGas natural SDG, S.A. (que se acompaña al escrito que nos han re-mitido) titular de la instalación”.

5. El 21.04.2006 Informe del Servicio Territorial de Cultura de laDelegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León queinforma que “Teniendo en cuenta la extensión del sector afectadopor el Plan Parcial, deberá llevarse a cabo una prospección ar-queológica previa en previsión de posibles afecciones.” Por ello seda traslado de este Informe al promotor en orden a que efectúe lasacciones necesarias para darle cumplimiento, consistentes en quese soliciten el permiso para realizar la prospección arqueológica exi-gida que dará lugar a un Informe que someterá a la ComisiónTerritorial de Patrimonio Cultural de Valladolid para su aprobación.

En este sentido consta en el expediente un fax enviado el 6 deJulio de 2.006 registro de entrada nº 9725 desde el ServicioTerritorial de Cultura de la Delegación Territorial de la Junta deCastilla y León consistente en el Acuerdo favorable de la ComisiónTerritorial de Patrimonio Cultural de Valladolid adoptado en la sesiónde 29 de junio de 2006 que indica que: “A la vista de los estudiosprevios realizados, no se detectan afecciones al PatrimonioHistórico. No obstante, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley12/2002, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, si en el curso dela ejecución del proyecto aparecieran restos históricos, arqueológi-cos o paleontológicos, se pondrá en conocimiento de la DelegaciónTerritorial de la Junta de Castilla y León de Valladolid, a fin de dictarlas normas de actuación que procedan”.

CONSIDERANDO que el órgano competente del Ayuntamientopara la aprobación definitiva será el Pleno conforme a lo dispuestoen el art. 22.2 c) de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de lasBases de Régimen Local, modificada parcialmente por la Ley57/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización delGobierno Local, requiriéndose para adoptar dicho acuerdo mayoríasimple del número legal de miembros de la Corporación con funda-mento en el artículo 47.1 de la citada Ley 7/1985.

CONSIDERANDO que en la aprobación definitiva elAyuntamiento debe examinar el instrumento de planeamiento dedesarrollo de que se trate tanto en cuanto a la legalidad de sus de-terminaciones como en cuanto a su oportunidad, así como en lo re-lativo a su adecuación a los instrumentos de ordenación del territo-rio y a la ordenación general establecida en el planeamiento gene-ral vigente. Si no observa deficiencias ni considera necesario ningúncambio o corrección, debe aprobarlo definitivamente en los térmi-nos en que fue aprobado inicialmente. Si observa alguna deficien-cia, según su naturaleza y gravedad debe optar entre:

a) Aprobarlo definitivamente con subsanación de las deficien-cias, mediante la introducción de los cambios, correcciones o in-cluso innovaciones necesarias, que deben relacionarse motivada-mente en el acuerdo de aprobación definitiva.

b) Suspender su aprobación definitiva para que quien promuevael instrumento subsane las deficiencias dentro de un plazo de tresmeses a contar desde la recepción del acuerdo. El transcurso de di-cho plazo da lugar a la caducidad del expediente conforme a la le-gislación sobre procedimiento administrativo, salvo cuando se de-ba a causas acreditadas no imputables a quien promueva el instru-mento, tales como la necesidad de abrir un nuevo período de infor-mación pública o solicitar informes sectoriales.

Visto cuanto antecede esta Comisión Informativa de Urbanismoy de Servicios Urbanos eleva a la consideración del Pleno la si-guiente,

PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERO.- Informar favorablemente la aprobación definitiva delPlan Parcial del Sector 16 “Los Ingleses Rafael Alberti” del vigenteP.G.O.U. de Laguna de Duero presentado a instancia de D. José-CarlosGonzález Toribio en representación de “URBANIZACIONES PRIGOT,S.L.”, de acuerdo con el Plan parcial del Sector 16 aprobado inicial-mente con la única condición de que se subsane la documentación detal manera que donde dice “Sector 11” debe decir “Sector 16”.

SEGUNDO.- Durante el desarrollo urbanístico del Sector 16 hade tenerse en cuenta y respetarse el contenido de los InformesSectoriales del Servicio Territorial de Medio Ambiente DelegaciónTerritorial de Valladolid de la Junta de Castilla y del Servicio Territorialde Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial deValladolid de la Junta de Castilla y León, así como del Acuerdo dela Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Valladolid adopta-do en la sesión de 29 de junio de 2006.

TERCERO.- Notificar el Acuerdo a los interesados y a quieneshayan presentado alegaciones, así como a los Organismos previs-tos en el artículo 174 b) y c) del RUCYL, con expresa indicación delos recursos que en su caso procedan.

CUARTO.- Practicar las publicaciones exigidas en el artículo 175del RUCYL.”

II

Pasado el asunto a votación, votaron a favor del mismo los cin-co Concejales del Grupo Municipal de I.L., los cuatro Concejalespresentes del Grupo Municipal del P.P. y el Concejal del GrupoMunicipal de I.U.; absteniéndose los cinco Concejales presentes delGrupo Municipal del P.S.O.E (votos a favor, diez; en contra, ningu-no; y abstenciones, cinco).

III

Por tanto, por mayoría del número legal de miembros de laCorporación se acordó aprobar el Plan Parcial del Sector 16 “LosIngleses Rafael Alberti” del vigente P.G.O.U. de Laguna de Dueropresentado a instancia de D. José-Carlos González Toribio en re-presentación de “URBANIZACIONES PRIGOT, S.L.”, de acuerdocon el Plan parcial del Sector 16 aprobado inicialmente; en los tér-minos que se contemplan en el antecedente I.

Lo que le notifico a reserva de los términos que resulten de laaprobación del Acta correspondiente; significándole que contra es-te acto que es definitivo en vía administrativa pueden los interesa-dos interponer potestativamente recurso de reposición en el plazode un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impug-

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narlo directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede enValladolid, en el plazo de dos meses contados computándose di-chos plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notifica-ción o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los inte-resados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen proce-dente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no sepodrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso interpuesto.

Laguna de Duero, 22 de agosto de 2006.-El Alcalde, B. JesúsViejo Castro.

PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN DEL SECTOR Nº 16 “LOSINGLESES-RAFAEL ALBERTI”

PLAN PARCIAL

SECTOR DE SUELO URBANIZABLE Nº 16 “LOS INGLESES-RAFAEL ALBERTI”

LAGUNA DE DUERO (VALLADOLID)

ANEXO

Aprobado con carácter definitivo el Plan Parcial del Sector 16“Los Ingleses-Rafael Alberti” del vigente P.G.O.U. de Laguna deDuero por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinariacelebrada el 27 de Julio de 2006, se publica como Anexo en cum-plimiento de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 5/1999, de 8 deabril, de Urbanismo de Castilla y León:

ÍNDICE DE LA MEMORIA VINCULANTE

DOCUMENTO I.- MEMORIA VINCULANTE

1.- ANTECEDENTES

1.1.- INTRODUCCIÓN

1.2.- NORMATIVA APLICABLE

1.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA FORMULACIÓN DEL PLAN

2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA

2.1.- EMPLAZAMIENTO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS TERRE-NOS

2.2.- USOS Y EDIFICACIONES ACTUALES

2.3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

2.4.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO

2.5.- DETERMINACIONES DEL P.G.O.U.

2.6.- DETERMINACIONES DEL R.U.C.Y.L.

3.- CRITERIOS Y OBJETIVOS DE ORDENACIÓN

3.1.- RED VIARIA

3.2.- USOS Y TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS

3.3.- DOTACIONES LOCALES

3.4.- RESUMEN DE LA ORDENACIÓN

3.4.1.- DATOS GENERALES

3.4.2.- CUADRO-RESUMEN POR MANZANAS

3.4.3.- CUADRO COMPARATIVO DE DOTACIONES

3.5.- PREVISIÓN DE INFRAESTRUCTURAS

3.5.1.- ABASTECIMIENTO DE AGUA E HIDRANTES

3.5.2.- RED DE RIEGO

3.5.3.- RED DE SANEAMIENTO

3.5.4.- SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

3.5.5.- ALUMBRADO PÚBLICO

3.5.6.- RED DE TELECOMUNICACIONES

3.5.7.- RED DE GAS NATURAL

4.- DESARROLLO DEL PLAN PARCIAL

4.1.- DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN

4.2.- CALCULO DEL APROVECHAMIENTO MEDIO

4.3.- SISTEMA DE ACTUACIÓN

4.4.- CUMPLIMIENTO DEL Art.38 LUCYL

DOCUMENTO I.- MEMORIA VINCULANTE

1.- ANTECEDENTES

1.1.- INTRODUCCIÓN.

Se redacta el presente Plan Parcial por encargo de D. JoséCarlos González Toribio, en representación de URBANIZACIONESPRIGOT, S.L., con el objeto de definir la ordenación detallada delSector “Los Ingleses-Rafael Alberti” del Suelo Urbanizable delimita-do con el Nº 16 por el Plan General de Ordenación Urbana deLaguna de Duero, en Valladolid.

A tal efecto, D. José Carlos González Toribio ostenta la repre-sentación de propietarios de fincas cuya superficie supera el 50%del ámbito del sector, necesaria para llevar a cabo el desarrollo delmismo de acuerdo con la legislación urbanística.

1.2.- NORMATIVA APLICABLE.

La Normativa urbanística aplicable al presente trabajo está cons-tituida por la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla yLeón, en adelante LUCYL, así como por el Reglamento deUrbanismo de Castilla y León, en adelante RUCYL, aprobado me-diante decreto 22/2004, de 29 de enero, en desarrollo de la citadaLey 5/1999, por la legislación estatal sobre régimen y valoracionesdel suelo, por la legislación sectorial estatal o autonómica que re-sulte aplicable, y por las determinaciones del Plan General deOrdenación Urbana de Laguna de Duero, incluyendo su modifica-ción puntual aprobada en el presente año 2004, establecidas parael Sector Nº 16.

1.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA FORMULACIÓN DEL PLAN.

En el Programa de Actuación del Plan General de OrdenaciónUrbana de Laguna de Duero se prevé el desarrollo del Sector 16“Los Ingleses-Rafael Alberti” en el segundo cuatrienio.

La aprobación definitiva de dicho Plan General se produjo el 8de Octubre de 1999; habiendo transcurrido ya cinco años desde lamisma, y teniendo en cuenta el largo proceso de tramitación queconlleva cualquier figura de planeamiento, conviene iniciar la trami-tación del presente Plan Parcial con el objetivo de que su desarro-llo posterior (proyecto de actuación y ejecución de las obras de ur-banización) se pueda llevar a cabo efectivamente durante el segun-do cuatrienio.

Por otra parte, el desarrollo del Sector 16 es conveniente paracompletar la estructura urbana de Laguna de Duero en su zonaSudoeste, tratándose de una pieza de remate del actual tejido ur-bano, además de contemplar tipologías edificatorias de viviendaunifamiliar en hilera, pareada y aislada que tienen gran demanda enel municipio por la escasez de oferta actual, y por último, contribui-rá a mejorar las características y la imagen de un vial de ronda es-tructurante constituido por la Avda. de Rafael Alberti, potenciandotambién su vocación de eje de carácter dotacional.

Por todo ello se estima justificada la formulación del presentePlan Parcial.

2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA

2.1.- EMPLAZAMIENTO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS TERRE-NOS.

El ámbito del Sector Nº 16 delimitado por el PGOU tiene una su-perficie de 77751 M2 según el levantamiento topográfico realizado,a los que habrá que sumar la superficie de terrenos destinados aSistemas Generales que se propone adscribir.

El Sector está constituido por los terrenos comprendidos entrela Avda. Rafael Alberti, Cañada de las Lobas, Senda de los Inglesesy el límite con el suelo no urbanizable o rústico.

Se trata de una zona de borde junto al tejido urbano actual conunos límites bien definidos: por las edificaciones existentes, laUnidad de Ejecución XX del suelo urbano y por la Cañada de lasLobas, cuyo desarrollo contribuirá a completar la estructura urbanade Laguna de Duero en su zona Sudoeste.

La topografía de los terrenos es muy suave, prácticamente hori-zontal, con cotas de altitud en torno a los 703,50 m, y las rasantesde las calles existentes oscilan entre la cota 704,34 en la Cañada delas Lobas y la 703,50 en la Avda. Rafael Alberti.

El ámbito del Sector se encuentra rodeado en dos de sus fren-tes de edificaciones existentes con alturas equivalentes a las pre-vistas en el PGOU y en el presente Plan Parcial por lo que se esti-ma que los terrenos disponen de unas características geotécnicassimilares y que, por tanto, son aptos para las futuras edificacionesque sobre ellos se pretenden levantar.

No existe en el Sector arbolado alguno ni vegetación apreciableo elementos de valor ambiental a mantener, sino que se trata de unazona eminentemente agrícola cuyo desarrollo urbanístico contribui-rá a completar de forma adecuada la estructura urbana actual.

6 2 de septiembre de 2006

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VISTA DE LA CALLE DE RAFAEL ALBERTI DESDE LA ESQUINACON LA SENDA DE LOS INGLESES

VISTA DEL SECTOR DESDE LA CALLE DE RAFAEL ALBERTI

VISTA DE LA CALLE DE RAFAEL ALBERTI DESDE LA ESQUI-NA CON LA CAÑADA DE LAS LOBAS

VISTA DE LA CAÑADA DE LAS LOBAS DESDE LA CALLE DE RA-FAEL ALBERTI

VISTA DE LA CAÑADA DE LAS LOBAS

VISTA DEL SECTOR DESDE LA CAÑADA DE LAS LOBAS

2.2.- USOS Y EDIFICACIONES ACTUALES.

Los terrenos comprendidos en el ámbito del Sector están desti-nados al cultivo agrícola de regadío, el cual se realiza a través de al-morrones que parten de la Acequia del Canal del Duero situada alSudoeste del Sector.

En lo que se refiere a edificaciones, una vez excluida del sectoruna parcela con una construcción existente por la modificación pun-tual del Plan General ya citada, no existe en el ámbito del mismoninguna otra edificación.

2.3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES.

Teniendo en cuenta que el ámbito del sector constituye una zo-na de borde del tejido urbano existente, los servicios urbanísticosde abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, sumi-nistro de energía eléctrica , telefonía, suministro de gas natural yalumbrado público están disponibles en las calles adyacentes almismo.

Por la Avda. de Rafael Alberti discurre un colector de aguas re-siduales de hormigón de 400 mm. de diámetro, cuya capacidad seestima suficiente para las necesidades del Sector, aunque elAyuntamiento tiene en estudio la posible realización de un nuevo co-lector para dar servicio a otros Sectores.

En la misma avenida, en la acera contraria a la más cercana alSector, existe una conducción de abastecimiento de agua de P.V.C.de 150 mm. de diámetro, que también se considera suficiente paralas necesidades del mismo y además, recientemente, se ha realiza-do una mejora del abastecimiento de agua de la población median-te la ejecución de un tramo de la arteria Sudeste hasta la Cañadade las Lobas en su encuentro con la Avda. de Rafael Alberti, por loque, en ese punto, se cuenta con una conducción de fundición dúc-til de 350 mm. de diámetro.

En esta misma acera existen dos arquetas, propiedad de laCompañía Telefónica, desde las que se puede prolongar dicha ins-talación para dar servicio al Sector.

Por la acera más próxima discurre un ramal de distribución degas natural de Alta Presión tipo A – 72 Bares - de acero de 8”, des-

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de la que, mediante una instalación reguladora de presión se podríaproporcionar este servicio al Sector.

En la Senda de los ingleses existe un centro de transformacióny en la Cañada de las Lobas un tendido eléctrico de media tensión.

VISTA DE LA SEÑALIZACIÓN DEL GASODUCTO

2.4.-ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.

La delimitación del Sector afecta a 12 fincas catastrales corres-pondientes al vigente Catastro de fincas urbanas.

Se pueden considerar 6 propietarios distintos, si se tiene encuenta que 7 fincas pertenecen a Urbanizaciones Prigot, S.L.

El cuadro adjunto refleja las propiedades incluidas y sus super-ficies, las cuales quedan recogidas igualmente en el plano de infor-mación urbanística I4.

La superficie de terrenos de titularidad privada representa el94,42% del Sector, mientras que los terrenos de dominio y uso pu-blico suponen el 5,58%.

La superficie de terrenos cuyos propietarios son representadospor el promotor del Plan Parcial alcanza los 51402 M2, lo que su-pone el 70,02% de la propiedad de titularidad privada.

Se incluye también la parte de las parcelas 7141014 y 7141015situadas en la Avda. de Madrid Nº 7 Camino del Pino, que resultanecesaria para cumplir la reserva de terrenos destinados a sistemasgenerales correspondientes al sector.

Dicha parcela es propiedad del promotor del Plan Parcial, con loque la superficie cuya propiedad representa alcanza así los 58866M2, lo que supone el 72,79%.

8 2 de septiembre de 2006

2.5.- DETERMINACIONES DEL PGOU.

La modificación puntual del Plan General de Ordenación deLaguna de Duero aprobada establece unas condiciones especificaspara el Sector 16, contenidas en el articulo 5.17 del titulo 4 de lasNormas y Ordenanzas, así como en la ficha correspondiente delSector incluida en la Memoria.

Dichas condiciones son, en síntesis, las siguientes:

USOS GLOBALES: Residenciales (UH, UA y R2)

EDIFICABILIDAD MÁXIMA

EN USO PREDOMINANTE: 0,50 M2/M2

DENSIDAD DE VIVIENDAS: según la LUCYL

RESERVA DE SUELO PARA

SISTEMAS LOCALES: según el RUCYL

PLAZAS DE APARCAMIENTO: según el RUCYL

ADSCRIPCIÓN DE SUELO PARA

SISTEMAS GENERALES: 24 M2/vivienda.

RESERVA DE VIVIENDAS

DE PROTECCIÓN: 10% DEL APROVECHAMIENTO

2.6.- DETERMINACIONES DEL RUCYL.

Con motivo de la entrada en vigor del Decreto 22/2004, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo deCastilla y León, las determinaciones de ordenación detallada delPlan Parcial deberán cumplir lo dispuesto en los artículos 104, 105y 106 del mismo, por lo que las reservas de terrenos para sistemaslocales y la previsión de plazas de aparcamiento deberán ser, al me-nos, las siguientes:

ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS: 20 M2 por cada 100 M2 edifica-bles en el uso predominante, con un mínimo del 10% de la superfi-cie del sector.

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EQUIPAMIENTOS: 20 M2 por cada 100 M2 edificables en el usopredominante, con un mínimo del 5% de la superficie del sector.

APARCAMIENTOS: 2 plazas, al menos una de ellas de uso pú-blico, por cada 100 M2 edificables en el uso predominante (al me-nos el 25% sobre terrenos de uso y dominio público) y el 50% so-bre terrenos de titularidad privada. El 2,5 % de las mismas se di-mensionarán para usuarios discapacitados, en cumplimiento delDECRETO 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba elReglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras.

3.- CRITERIOS Y OBJETIVOS DE ORDENACIÓN

3.1.- RED VIARIA.

La red viaria propuesta se adapta en lo sustancial a la previstaen el Plan General de Ordenación con los siguientes objetivos:

• Continuidad viaria en sentido Nordeste-Sudoeste, adaptada altrazado de los caminos rurales y de la vía pecuaria existentes (Sendade los Ingleses, Camino de los Palos y Cañada de las Lobas ) y altejido urbano situado al Nordeste de la Avda. Rafael Alberti mediantela prolongación de la Calle de Castilla y León.

• Continuidad viaria en sentido Noroeste-Sudeste mediante la pro-longación de las calles José Donoso, Francisco de Quevedo y la nue-va calle prevista en la Unidad de Ejecución XX del suelo urbano, has-ta la Cañada de las Lobas, que constituye el límite Sudeste del Sector.

• Formación, en definitiva, de una estructura viaria mallada y per-meable que permite una continuidad adecuada del tejido urbano ac-tual y garantiza la conexión con los caminos rurales existentes y, ensu caso, con los posibles desarrollos urbanos que pudiesen con-templarse en el futuro.

3.2.- USOS Y TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS.

Los usos pormenorizados y tipologías de la edificación previstosse corresponden con los usos globales propuestos en el PlanGeneral, de forma que se establecen usos VB (Vivienda en Bloque)y tipología de vivienda plurifamiliar en edificación perimetral a lasmanzanas situadas frente al futuro parque y en el centro de la orde-

nación, usos VH (Vivienda en hilera) y tipología de vivienda unifami-liar adosada a cuatro manzanas que flanquean a las anteriores, yusos VA (Vivienda Aislada) y VP (Vivienda Pareada) a las tres man-zanas restantes situadas en el borde Sudoeste, adecuándose de es-te modo a las características, tanto de la edificación preexistente enel entorno del Sector, como a la escala de la red viaria propuesta.

En cuanto a edificabilidad y número de viviendas no se superanen su conjunto las previsiones del Plan General, resultando un totalde 38790 M2 edificables en usos residenciales, 1757,19 M2. enequipamientos privados y un número estimado de 311 viviendas, loque supone unas densidades de 4989 M2/hectárea y 40 viv./hectá-rea.

3.3.- DOTACIONES LOCALES.

De acuerdo con las determinaciones del Plan General, se re-suelven en el ámbito del Sector las reservas de terrenos destinadasa dotaciones locales, concentradas junto a la Avda. de RafaelAlberti, localización que garantiza una buena accesibilidad a las mis-mas, tanto desde el propio sector, como desde el tejido urbano exis-tente, quedando configurada de esta forma la Avda. de RafaelAlberti como una vía de ronda con un marcado carácter dotacional.

Los espacios libres públicos EP y ER se disponen de forma cen-tral en el frente de la Avenida, y los equipamientos en el borde Norte,junto a la Senda de los Ingleses, quedando constituidos por unamanzana destinada a equipamiento comercial CS y otra a equipa-miento sin especificar DO, con el objetivo de configurar una zona dejardines de carácter urbano con un perímetro bien definido por fren-tes de edificación.

Se propone que el destino del equipamiento docente DO sea pú-blico, mientras que el del equipamiento comercial CS y el parquedeportivo ED sea privado.

3.4.- RESUMEN DE LA ORDENACIÓN

3.4.1.- DATOS GENERALES.

Las cifras resultantes de la Ordenación por usos pormenoriza-dos son las siguientes:

2 de septiembre de 2006 9

EDIFICABILIDAD EDIFICABILIDAD

USO SUPERFICIE RESIDENCIAL EN OTROS USOS Nº VIVIENDAS

VH 19623 m2 17100 m2 114

VB 8962 m2 17100 m2 170

VA-VP 10349 m2 4590 m2 27

CS 1757 m2 1757 m2

EP-ER 8440 m2

ED 2390 m2

DO 3898 m2 5847 m2

VIARIO 22332 m2

TOTAL SECTOR 77751 m2 38790m2 7604 m2 311

EP (S.G.) 6220 m2

DL (S.G.) 1244 m2

TOTAL SECTOR 85215 m2 38790 m2 7604 m2 311

Y S.S. G.G.

NÚMERO SUPERFICIE EDIFICABILIDAD EDIF. EDIF. EDIFICABILIDAD NÚMERO

DE USO DE DE DE DE LUCRATIVA DE

MANZANA SUELO VIVIENDAS CS DO TOTAL VIVIENDAS

M1 CS 1757,19 1757,19 1757,19

M2 DO* 3897,85 5846,78

M3 ER* 815,00

M4 EP* 7624,84

M5 VH 5129,67 4500,00 4500,00 30

M6 VB 2166,30 4200,00 4200,00 42

M7 ED 1195,20

M8 VB 2418,39 4400,00 4400,00 44

M9 VH 4255,61 3600,00 3600,00 24

M10 VH 4588,30 4200,00 4200,00 28

M11 VB** 2166,30 4300,00 4300,00 42

M12 ED 1195,20

M13 VB 2210,61 4200,00 4200,00 42

M14 VH 5649,40 4800,00 4800,00 32

M15 VA-VP 2469,05 1190,00 1190,00 7

M16 VA-VP 4587,11 1700,00 1700,00 10

M17 VA-VP 3292,98 1700,00 1700,00 10

CAÑADA Cañada* 2849,28

VIARIO Viario* 19483,13

TOTAL SECTOR 16 77751,41 38790,00 1757,19 40547,19 311

NOTA: LOS USOS MARCADOS CON * SON PÚBLICOS, YLOS MARCADOS CON ** SON VIVIENDAS DE PROTECCIÓN

3.4.2.- CUADRO-RESUMEN POR MANZANAS.

Se indican a continuación en un cuadro cada una de las manzanas resultantes de la ordenación, expresando su uso pormenorizado, su-perficie, edificabilidad y número de viviendas, en su caso.

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3.4.3.- CUADRO COMPARATIVO DE DOTACIONES.

DOTACIONES LOCALES SUPERFICIE PP SUPERFICIE RUCYL

ESPACIOS LIBRES (EP-ER) 8440 m2 38790/100 x 20 =7758 m2

(M3 y M4) Min. 10% s/77752= 7776 m2

EQUIPAMIENTOS (DO-CS-ED) 8045 m2 38790/100 x 20=7758 m2

(M1, M2, M7 y M12) Min. 5% s/77752= 3887 m2

Los espacios libres son de uso y dominio público, mientras quelos equipamientos integrantes del sistema local serán públicos loscorrespondientes a la manzana M2, que tiene una superficie de3897,85 M2, superior a la mitad de la mínima exigible, y, por el con-trario, las manzanas M1, M7 y M12 serán de titularidad privada.

3.5.- PREVISION DE INFRAESTRUCTURAS.

3.5.1.- ABASTECIMIENTO DE AGUA E HIDRANTES.

La red de abastecimiento de agua e hidrantes del sector se ali-mentará de la Red Municipal existente en la zona, conectándose alramal existente en la Avda. de Rafael Alberti.

Se prevé un sistema de distribución mediante red mallada paraconseguir un mejor reparto de la presión y una mayor seguridad enel abastecimiento en caso de averías.

Se considera un consumo medio o dotación de 250 a 300 litrospor habitante y día para el cálculo de la red y un Coeficiente Puntamínimo de 2.5, valores que se concretarán en el Proyecto deUrbanización. También podrá realizarse el cálculo de la red con arre-glo a la NTE-IFA.

De acuerdo con lo establecido por la NBE-CPI/96 se contemplala instalación de hidrantes alimentados por la red de abastecimien-to de agua y distribuidos de tal manera que la distancia entre ellosmedida por espacios públicos no sea mayor de 200 m.

La red deberá permitir el funcionamiento simultáneo de dos hi-drantes consecutivos durante dos horas, cada uno de ellos con uncaudal de 1.000 l/min. Y una presión mínima de 10 m.c.a.

El tipo de tuberías, válvulas, llaves de paso y demás elementoscomplementarios serán los empleados habitualmente por el Serviciode Aguas Municipal.

3.5.2.- RED DE RIEGO.

Se prevé la instalación de una red de riego independiente de lared de abastecimiento de agua potable para el riego de parques, jar-dines y arbolado de calles.

La fuente de alimentación será, provisionalmente, la red de abas-tecimiento, conectándose mediante un bypass a la red de riegocuando esta infraestructura esté ejecutada, de acuerdo a las previ-siones del Ayuntamiento.

Se considera una dotación de 6 l/m2 por día en los meses demáximo consumo para zonas de césped y 3 l/m2 por día para laszonas de arbustos y árboles.

La instalación de riego será automática en todas las zonas ajar-dinadas cuyo acondicionamiento se establezca en el Proyecto deUrbanización, mediante aspersores, difusores y goteros individualespara árboles en línea, conectados a electroválvulas y a un progra-mador.

3.5.3.- RED DE SANEAMIENTO.

Se propone un sistema unitario de recogida de aguas residualesy pluviales para la red de saneamiento del Sector, con instalación decámaras de descarga y sumideros sifónicos para evitar malos olo-res en tiempo seco.

La red proyectada se conectará al colector existente en la Avda.Rafael Alberti, sin perjuicio de que el Ayuntamiento concrete otrasprevisiones en el período de tramitación del Plan Parcial, en cuyocaso el Proyecto de Urbanización adaptará el trazado de la red a lasmismas.

El volumen de aguas residuales a considerar para el cálculo dela red será el correspondiente al abastecimiento de agua potable, esdecir , de 250 a 300 litros por habitante y día con un coeficiente pun-ta mínimo de 2,5.

En cuanto a las aguas pluviales, en el Proyecto de Urbanizaciónse estimara el coeficiente de escorrentía medio, la intensidad de llu-via correspondiente a la máxima precipitación para el periodo de re-torno y tiempo de concentración que se considere adecuado y lasuperficie de las zonas afluentes para determinar el caudal de lasmismas.

Como alternativa para el calculo podrá utilizarse la NTE-ISA.

El diámetro mínimo de tuberías a adoptar será de 30 cm. de diá-metro.

Los diámetros y pendientes de las tuberías deberán permitir unavelocidad mínima del agua que garantice la autolimpieza y una ve-locidad máxima que evite la erosión del conducto dependiendo delmaterial a emplear.

En la red se dispondrán pozos de registro en los cambios de di-rección y cada 50 m como máximo en tramos rectos.

Los materiales a emplear se determinarán en el Proyecto deUrbanización de acuerdo con las indicaciones del Servicio Municipalcorrespondiente.

3.5.4.- SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

El suministro de energía eléctrica se realizará a partir de Centrode Transformación denominado “Senda de los Ingleses” y una dis-tribución en Media Tensión a dos nuevos Centros de Transformaciónde 630 Kva en el ámbito del Sector, que quedarán unidos a su vezcon otro Centro de Transformación existente denominado “Cañadade las Lobas”, de acuerdo con las indicaciones de la compañía su-ministradora.

Para la previsión de cargas se estima un grado de electrificaciónmedia en viviendas (5Kw.) y unas potencias de 100 w/m2 en loca-les comerciales, 25 w/m2 en usos dotacionales o sociales, 3 w/m2para alumbrado publico y de 300 w/plaza en centros docentes, porlo que, teniendo en cuenta la aplicación de los coeficientes de si-multaneidad correspondientes, se considera suficiente el número deCentros de Transformación previsto.

En el Proyecto de Urbanización se determinará con exactitud elnúmero, capacidad y emplazamiento exacto de los Centros deTransformación.

Las canalizaciones de distribución en Media Tensión serán sub-terráneas, con las características indicadas por la compañía sumi-nistradora, y mantendrán las separaciones exigidas con otros servi-cios.

10 2 de septiembre de 2006

NÚMERO SUPERFICIE EDIFICABILIDAD EDIF. EDIF. EDIFICABILIDAD NÚMERO

DE USO DE DE DE DE LUCRATIVA DE

MANZANA SUELO VIVIENDAS CS DO TOTAL VIVIENDAS

M1 CS 1757,19 1757,19 1757,19

M2 DO* 3897,85 5846,78

M3 ER* 815,00

M4 EP* 7624,84

M5 VH 5129,67 4500,00 4500,00 30

M6 VB 2166,30 4200,00 4200,00 42

M7 ED 1195,20

M8 VB 2418,39 4400,00 4400,00 44

M9 VH 4255,61 3600,00 3600,00 24

M10 VH 4588,30 4200,00 4200,00 28

M11 VB** 2166,30 4300,00 4300,00 42

M12 ED 1195,20

M13 VB 2210,61 4200,00 4200,00 42

M14 VH 5649,40 4800,00 4800,00 32

M15 VA-VP 2469,05 1190,00 1190,00 7

M16 VA-VP 4587,11 1700,00 1700,00 10

M17 VA-VP 3292,98 1700,00 1700,00 10

CAÑADA Cañada* 2849,28

VIARIO Viario* 19483,13

TOTAL SECTOR 16 77751,41 38790,00 1757,19 40547,19 311

NOTA: LOS USOS MARCADOS CON * SON PÚBLICOS, YLOS MARCADOS CON ** SON VIVIENDAS DE PROTECCIÓN

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A partir de los Centros de Transformación se realizará la distri-bución en Baja Tensión hasta los puntos de consumo o acometidasde los distintos usos y edificaciones previstos.

Las canalizaciones, arquetas, acometidas, conductores, etc.cumplirán asimismo las condiciones establecidas por la compañíasuministradora y por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

3.5.5.- ALUMBRADO PUBLICO.

Se considera un nivel de iluminación medio en servicio de 20-25lux en calles de tráfico rodado, según su jerarquización en la red via-ria, y un nivel mínimo en servicio de 10 lux en zonas verdes.

La disposición de luminarias será preferentemente unilateral, encalles sin aparcamiento, y pareada o al tresbolillo en calles con apar-camiento, debiendo procurarse, en el Proyecto de Urbanización,que la disposición y altura de las mismas contribuya a establecer uncierto orden visual y una proporción adecuada en relación con la al-tura de las futuras edificaciones.

En el conjunto del Sector se prevén luminarias con lámpara devapor de sodio de alta presión adaptándose a los modelos emple-ados habitualmente por el Ayuntamiento de Laguna de Duero.

La alimentación de energía eléctrica a la red de alumbrado se re-alizará en el Centro de Transformación previsto.

Las canalizaciones serán subterráneas y discurrirán bajo las ace-ras de las calles respetando las separaciones exigidas con otros ser-vicios.

Cada una de las farolas dispondrá de puesta a tierra y los con-ductores y el conjunto de la instalación cumplirán lo establecido enel Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Los Centros de Mando de la red de alumbrado contarán con unprogramador de encendido y apagado y con los mecanismos que in-diquen los Servicios Municipales para reducir el nivel de iluminación.

El Proyecto de Urbanización incorporará los cálculos luminotéc-nicos necesarios para la correcta definición de la red.

3.5.6.- RED DE TELEFONÍA Y TELECOMUNICACIONES.

La conexión de la red existente se realizará a partir de cámarasde registro situadas en el perímetro del Sector.

Las canalizaciones de distribución serán subterráneas con laszanjas, prismas de canalización, tuberías y arquetas indicadas porla compañía suministradora.

A la entrada de cada inmueble se dispondrá, en su caso, una ar-queta de acometida con las características establecidas por la Ley1/1988 de infraestructuras en los edificios para el acceso a los ser-vicios de telecomunicaciones y en el Reglamento correspondiente.

En el Proyecto de Urbanización se concretarán las previsionesnecesarias y las determinaciones precisas para que el conjunto dela red se ajuste a las indicaciones de la compañía suministradora ya la legislación vigente en la materia.

3.5.7.- RED DE GAS NATURAL.

La red de gas natural se prevé de conformidad con las indica-ciones de la compañía suministradora conectando a la conducciónexistente en la Avda. Rafael Alberti mediante una estación de regu-lación que se ubicará en la parcela de equipamiento comercial pri-vado CS.

Las canalizaciones serán subterráneas, irán debidamente prote-gidas y señalizadas, y se adoptarán las separaciones exigidas conotras redes de servicios.

Las tuberías, válvulas, arquetas y acometidas serán de las ca-racterísticas indicadas por la compañía suministradora.

4.- DESARROLLO DEL PLAN PARCIAL

4.1.- DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN.

Teniendo en cuenta el pequeño tamaño del Sector, sus caracte-rísticas físicas y los criterios de ordenación del Plan General y delpresente Plan Parcial, orientados hacia una concentración de espa-cios libres y equipamientos, no es posible, ni deseable, la divisióndel mismo en Unidades de Actuación para el cumplimiento de losdeberes de urbanización, cesión y equidistribución.

Por tanto, se propone para la gestión o ejecución del Plan Parcialuna sola Unidad de Actuación, cuya delimitación coincide con el

ámbito del Sector, y en la que participarán o se integrarán tambiénlos propietarios de terrenos destinados a los Sistemas Generalesadscritos •SS.GG.

4.2.- CALCULO DEL APROVECHAMIENTO MEDIO.

Para el cálculo del aprovechamiento medio del sector se fijan co-eficientes de ponderación, que guardan relación con la rentabilidadde cada uno de los usos detallados susceptibles de aprovecha-miento lucrativo, de acuerdo con una estimación que refleja la pro-porción entre los valores de repercusión del suelo de cada uno deellos.

Los coeficientes de ponderación son los siguientes:

VH: 1,00

VA-VP: 1,25

VB: 1,00

VB (VPO): 0,75

CS: 0,75

Los aprovechamientos ponderados de cada uso detallado sonel resultado de aplicar a la edificabilidad de cada uno de ellos sucoeficiente de ponderación, expresándose el resultado en unida-des de aprovechamiento o metros cuadrados en el uso predomi-nante:

VIVIENDA EN HILERA(VH): 17100,00 x 1,00 = 17100,00

VIVENDA AISLADA-PAREADA(VA): 4590,00 x 1,25 = 5737,50

VIVIENDA EN BLOQUE(VB): 12800,00 x 1,00 = 12800,00

VIVIENDA EN BLOQUE

PROTEGIDA (VB**): 4300,00 x 0,75 = 3225,00

COMERCIO Y SERVICIOS(CS): 1757,19 x 0,75 = 1317,89

APROVECHAMIENTO PONDERADO TOTAL: 40180,39

APROVECHAMIENTO

MEDIO SECTOR: 40180,39/80874= 0,496827

4.3.- SISTEMA DE ACTUACIÓN.

Por iniciativa de los promotores del Plan Parcial, los cualesrepresentan a propietarios de terrenos con superficie superior al50% de la correspondiente al Sector y a la Unidad de Actuacióndelimitada, según lo expuesto en el epígrafe anterior, se propo-ne la utilización del Sistema de Compensación para llevar a ca-bo la ejecución del Plan y el cumplimiento de los deberes con-juntos de urbanización, cesión y equidistribución en el ámbito dela misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.1 dela LUCYL.

Por otra parte, en el Plan General de Ordenación Urbana deLaguna de Duero se establece así mismo el desarrollo del Sector através del Sistema de Compensación.

4.4.- CUMPLIMIENTO DEL Art.38 LUCYL.

Según el Artículo 38 de la LUCYL, modificada por las Leyes10/2002, de 10 de julio, y 13/2003, de 23 de diciembre, en el pre-ceptivo Proyecto de Actuación que desarrolle el presente PlanParcial se regulará el efectivo cumplimiento del mencionado artícu-lo, en lo que le sea de aplicación, fomentando la cohesión social, lamezcla equilibrada de grupos sociales, usos y actividades con lasmismas distribuciones y reservas de aprovechamiento para vivien-das con algún régimen de protección que en el resto de los Sectoresdelimitados por el PGOU.

Valladolid, diciembre de 2004

El Promotor

Los Arquitectos

ANEXOS A LA MEMORIA

ÍNDICE DE LOS ANEXOS

DOCUMENTO II.- ANEXOS

ANEXO 1.- FICHA-RESUMEN DEL PGOU: SECTOR Nº 16 “LOSINGLESES-RAFAEL ALBERTI”

ANEXO 2.- RELACIÓN DE PROPIETARIOS AFECTADOS

2 de septiembre de 2006 11

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O CESIÓN LIBRE Y GRATUITA

* INCLUYE VIALES PÚBLICOS EXISTENTES

EDIFICABILIDAD EN EL USO PREDOMINANTE (RESIDENCIAL)= 0,50 m2/m2

Nº. DE VIVIENDAS UNIFAMILIARES UH+UA.........31.582/160m2. CONST.= 197 VIV.

Nº. DE VIVIENDAS EN R2........... 6.600/115 m2. CONST.= 58 VIV.

TOTAL ESTIMADO PARA EL SECTOR......................... = 255 VIV.

DENSIDAD ESTIMADA..................... 255/ 7,69.. .........33 VIV./Ha.

CALCULO DE RESERVA DE SUELO PARA SISTEMAS LOCALES

ESPACIOS LIBRES ..... 10% S./76.871 >......20 m2. x 38182/100= 7.688 m2. SUELO

EQUIPAMIENTOS......20 m2. x 38182/100 = 7.636 m2. SUELO

PLAZAS DE APARCAMIENTO MÍNIMAS 2 x 38182/100 = 764PLAZAS DE LAS CUALES AL MENOS 382 SERÁN DE USO PUBLI-CO.

CALCULO DE RESERVA DE SUELO PARA SISTEMA GENERALMINIMO DE ACUERDO CON P.G.O.U.

ESPACIOS LIBRES .............. 20 m2. x 255 ... 5.100 m2. SUELO

DOTACIONES ..................................4 m2. x 255 ... 1.020 m2.SUELO SUMA 6.120 m2.

Observaciones: Corresponde a los terrenos de la alegación nº25, ampliados por el sur, hasta la “Cañada de las Lobas”. incluyedoce parcelas del vigente catastro de fincas rústicas, con un totalde 73.010 m2. de propiedad privada, incrementado por los tramosde viales (Cno. de Puente Duero, Cda. de las Lobas y acceso a par-cela) incluidos en la delimitación.

La trama viaria que se indica, asume los criterios de la alegación,en cuanto que se prolongan las calles Jose Donoso y Quevedo, asícomo la de nuevo trazado entre las dos citadas, en la UE XX. parala Senda de los Ingleses la sección transversal de 15 metros se dis-tribuye entre las dos actuaciones, (10,50 m. para la UE XX y 4,50 m.para el sector) ancho de 15 metros, que se mantiene para las calles

de nuevo trazado en sentido E.O., excepto para la Cañada de lasLobas en la que la delimitación se ajustará al deslinde aprobado porla Consejería de Medio Ambiente y la Urbanización englobará el an-cho de la calzada actual y se completará con una amplia acera sinaparcamientos.

Se eliminarán los cauces o servidumbres de paso de riego agrí-cola en el sector, para lo que el Proyecto de Urbanización incluirá suanulación o desplazamiento, en caso de precisarse fuera del Sector.

Los sistemas generales se resolverán por adscripción de los pro-puestos en el Plan General.

Se reservará al menos un 10 % del aprovechamiento lucrativopara viviendas sujetas a algún régimen de protección.

Se establece un indice de variedad urbana del 20% de confor-midad con lo dispuesto en la ley 10/2002 de modificaciones de laLUCYL.

Nota.- es vinculante como límite máximo el índice de edificabili-dad en el uso predominante (residencial) así como la localización delos usos globales.

La densidad en número de viviendas por hectárea se ajustará alos límites establecidos por la LUCYL.

La trama viaria y el emplazamiento de reservas para equipa-mientos y dotaciones, aun siendo indicativas, requerirán para sumodificación que se justifique fehacientemente en el plan parcialel carácter de mejora que el cambio propuesto supone, sin redu-cir la densidad de viario, manteniendo su conectividad y la cen-tralidad o relación secuencial con el entorno de las reservas paradotaciones.

Las superficies mínimas de terrenos destinados a sistemas lo-cales se calcularán en función de la edificabilidad máxima posible,con arreglo a lo dispuesto en la legislación de urbanismo de Castillay León.

Las reservas de terrenos necesarias para completar las dotacio-nes urbanísticas se localizarán en alguna de las manzanas con usosglobales residenciales.

Al menos el 50% de la reserva para el sistema local de equipa-mientos será de titularidad pública.

12 2 de septiembre de 2006

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ANEXO 2

RELACIÓN DE PROPIETARIOS AFECTADOS

Relación de propietarios incluidos en el ámbito del Sector 16“Los Ingleses-Rafael Alberti”:

1.- URBANIZACIONES PRIGOT, S.L.

Avenida de Madrid, 49. 47140 LAGUNA DE DUERO

2.- EMILIA HERRERA MODINOS

Avda. de Valladolid, 10 Bajo. 47140 LAGUNA DE DUERO

3.- ALEJANDRA HERRERA SANTOS

C/. Arrabal, 41. 47140 LAGUNA DE DUERO

4.- CARMELO HERNANDO GUTIÉRREZ

Calle 3 de Abril, 26. 47140. LAGUNA DE DUERO

5.- MILAGROS QUINTANILLA MUÑOZ

C/. 3 de Abril, 26.47140. LAGUNA DE DUERO

6.- FRANCISCO ARRANZ MARTÍN

Calle San Juan de la Cruz, 2 Bajo D. 47140. LAGUNA DE DUE-RO

ÍNDICE DEL ESTUDIO ECONÓMICO

DOCUMENTO III.- ESTUDIO ECONÓMICO

1.- FINALIDAD

2.- PROGRAMACIÓN

3.- VALORACIÓN

4.- FINANCIACIÓN

DOCUMENTO III.- ESTUDIO ECONÓMICO

1.- FINALIDAD

La finalidad del Estudio Económico, de acuerdo con lo estable-cido en el apartado d) del artículo 136.2 del RUCYL, es la de reco-ger las determinaciones sobre programación, valoración y financia-ción de sus objetivos y propuestas, en especial en cuanto a la eje-cución de las dotaciones públicas previstas.

Se trata de llevar a cabo, en ejecución del Plan Parcial, una ac-tuación integrada que tiene por objeto, según lo previsto en el artí-culo 233 del RUCYL, la urbanización de terrenos en suelo urbaniza-ble a fin de que alcancen la condición de solar, cumpliendo los de-beres establecidos en la normativa urbanística.

2.- PROGRAMACIÓN

Para llevar a cabo la urbanización del Sector, conforme a la or-denación establecida en el presente Plan Parcial, se propone unaúnica Etapa y, por tanto, un único Proyecto de Urbanización, sin per-juicio de que en dicho Proyecto se determinen fases o unidades fun-cionales de terminación de las obras de urbanización e implantaciónde los servicios, con el fin de que puedan realizarse obras de edifi-cación simultáneas y concederse licencias de primera ocupación amedida que las distintas parcelas vayan reuniendo la condición desolar.

Se establece en seis años el plazo para la ejecución de las obrasde urbanización e implantación de los servicios, a contar desde la

2 de septiembre de 2006 13

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fecha de publicación del acuerdo de aprobación definitiva del PlanParcial.

A título indicativo, se consideran los siguientes plazos parcialespara el desarrollo de la gestión urbanística y ejecución de las obrasde urbanización, a partir de la fecha citada:

Presentación de Estatutos de la Junta

de Compensación: 2 meses

Aprobación de Estatutos: 5 meses

Constitución de la Junta de Compensación: 1 mes

Presentación del Proyecto de Actuación: 5 meses

Aprobación del Proyecto de Actuación: 9 meses

Inicio de las Obras de Urbanización: 2 meses

Ejecución de las Obras de Urbanización: 48 meses

TOTAL 72 meses

Se prevé la puesta en funcionamiento de las reservas de terre-nos destinados a Sistemas Generales •SS.GG. en los primeros 12meses de ejecución de las obras de urbanización, es decir, a los 36meses desde la aprobación definitiva del Plan Parcial, mientras quelas destinadas a dotaciones de carácter local coincidirán con la ter-minación de dichas obras.

3.- VALORACIÓN

A falta de la definición precisa de unidades de obra y de lasmediciones y precios unitarios relativos a las mismas, cuya de-terminación corresponde al Proyecto de Urbanización, se adoptaun criterio de evaluación económica basado en los Costes deReferencia utilizados por el Colegio Oficial de Arquitectos, par-tiendo de las superficies destinadas a viales y espacios libres decarácter local en el Plan Parcial y aplicando a las mismas un pre-cio unitario de repercusión según los distintos capítulos de obraconsiderados.

Resulta de esta forma la siguiente estimación de los presupues-tos de ejecución material y de contrata:

14 2 de septiembre de 2006

MOVIMIENTO DE TIERRAS: 22400 m2................ x 6,30 euros/m2. = 141120 euros

PAVIMENTACIÓN: 22400 m2................. x 25,40 euros/m2. = 568960 euros

SANEAMIENTO: 22400 m2................. x 9,50 euros/m2. = 212800 euros

ABASTECIMIENTO Y RIEGO: 22400 m2................. x 6,90 euros/m2. = 154560 euros

ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO: 22400 m2................. x 10,70 euros/m2. = 239680 euros

TELECOMUNICACIONES Y GAS: 22400 m2................. x 4,40 euros/m2. = 98560 euros

JARDINERÍA: 8500 m2................. x 20,60 euros/m2. = 175100 euros

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 1590780 euros

13% GASTOS GENERALES 206801,40 euros

6% BENEFICIO INDUSTRIAL 95446,80 euros

2% CONTROL DE CALIDAD 31815,60 euros

SUMA 1924843,80 euros

16% IVA 307975,00 euros

PRESUPUESTO DE CONTRATA 2232818,80 euros

4.- FINANCIACIÓN

La financiación de las obras de urbanización previstas en el pre-sente Plan Parcial correrá a cargo de los propietarios integrados enla única Unidad de Actuación delimitada, que coincide con el ámbi-to del Sector y los Sistemas Generales adscritos •SS.GG., con lasexcepciones previstas en el artículo 199 del RUCYL.

Dicha urbanización incluye el acondicionamiento de los terrenosintegrados en el Sistema Local de espacios libres, mientras que que-da excluida la urbanización de los nuevos terrenos integrados en elSistema General de espacios libres •SS.GG.

En el convenio a suscribir con el Ayuntamiento se incluirá elAcuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión del 10.06.02, esta-bleciendo el criterio de repercusión de los costes de los refuerzos delas infraestructuras de abastecimiento de agua, riego y saneamien-to en las Unidades de Actuación, en suelo urbano no consolidado,y los Sectores, en suelo urbanizable delimitado.

Valladolid, diciembre de 2004

El Promotor.

Los Arquitectos.

ÍNDICE DE LAS ORDENANZAS REGULADORAS

CAPITULO 1.- GENERALIDADES

1.1.- Marco Legal

1.2.- Ámbito de Aplicación

1.3.- Objeto

1.4.- Vigencia. Regulación de las Modificaciones

CAPÍTULO 2.- DEFINICIONES

2.1.- Relación con los criterios y determinaciones del PlanGeneral

CAPÍTULO 3.- RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO

3.1.- Condiciones de edificación en las zonas del Sector

3.2.- Gestión del Sector

3.3.- Proyectos de Urbanización

3.4.- Proyectos de Actuación

3.5.- Ejecución del Sector

3.6.- Licencias de Edificación

CAPÍTULO 4: OBRAS DE URBANIZACIÓN

4-1.- Redes de Comunicaciones y Servicios

CAPÍTULO 5: CONDICIONES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN HI-LERA–VH

5-1.- Condiciones de uso

5-2.- Condiciones de edificación.

5-3.- Condiciones estéticas

CAPÍTULO 6: CONDICIONES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AIS-LADA/PAREADA – VA-VP

6-1.- Condiciones de uso

6-2.- Condiciones de edificación

6-3.- Condiciones estéticas

CAPÍTULO 7: CONDICIONES DE VIVIENDA EN BLOQUE - VB

7-1.- Condiciones de uso

7-2.- Condiciones de edificación

7-3.- Condiciones estéticas

CAPÍTULO 8: CONDICIONES DE ESPACIOS LIBRES, ZONAS DERECREO Y EXPANSIÓN,

EQUIPAMIENTO DEPORTIVO Y ANEJOS A VIARIO – EP, ER, EDY EV

8-1.- Condiciones de uso y diseño

8-2.- Condiciones de edificación

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CAPÍTULO 9: CONDICIONES DE DOTACIONAL OTROS - DO

9-1.- Condiciones de uso

9-2.- Condiciones de edificación

9-3.- Condiciones estéticas

CAPÍTULO 10: CONDICIONES DE COMERCIO Y SERVICIOS -CS

10-1.- Condiciones de uso

10-2.- Condiciones de diseño y edificación

10-3.- Condiciones estéticas

CAPÍTULO 11: CONDICIONES DE LOS GARAJES

11-1.- Condiciones de uso

11-2.- Exigencia de plazas de aparcamiento

11-3.- Condiciones de diseño

CAPÍTULO 12: CONDICIONES PARA CENTROS DETRANSFORMACIÓN ELÉCTRICA

12-1.- Condiciones generales

12-2.- Condiciones de volumen y estéticas

CAPÍTULO 13: COMPATIBILIDAD CON EL MEDIO AMBIENTE

13-1.- Adaptación al ambiente

ORDENANZAS REGULADORAS

CAPÍTULO 1: GENERALIDADES

1-1.- Marco Legal

Las Ordenanzas que integran este Capítulo forman parte del PlanParcial de ordenación del Sector Nº 16 “Los Ingleses - RafaelAlberti” y desarrollan sus determinaciones de acuerdo con lo dis-puesto en el Plan General de Ordenación Urbana de Laguna deDuero ajustándose en su contenido a la Legislación Urbanística apli-cable, en especial a la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León,modificada por las Leyes 10/2002, de 10 de julio, y 13/2003, de 23de diciembre, en adelante LUCYL, y al Decreto 22/2004, de 29 deEnero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo deCastilla y León, en adelante RUCYL.

1-2.- Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de las presentes Ordenanzas abarca to-do el SECTOR Nº 16 “Los Ingleses - Rafael Alberti” del SueloUrbanizable, delimitado por el Plan General de Ordenación Urbanade Laguna de Duero y que se ordena detalladamente por este PlanParcial.

1-3.- Objeto

Las Ordenanzas tienen por objeto establecer las condicionesque regularán las acciones de urbanización, edificación y uso, en elámbito de la aplicación, que es el Sector Nº 16 “Los Ingleses - RafaelAlberti”.

1-4.- Vigencia. Regulación de las modificaciones

El plazo de vigencia que se establece para estas Ordenanzas esindefinido: no se prevén modificaciones ni revisiones. Los cambiosque se planteen sobre el presente Plan Parcial se considerarán co-mo modificaciones del mismo. Su contenido, y el procedimiento pa-ra su tramitación, quedan regulados en el Artículo 58 de la Ley5/1999 de Urbanismo de Castilla y León, de 8 de abril, modificadapor las Leyes 10/2002, de 10 de julio, y 13/2003, de 23 de diciem-bre, y en los artículos 169 y siguientes del RUCYL.

CAPÍTULO 2: DEFINICIONES

2-1.- Relación con los criterios y determinaciones del PlanGeneral

Serán de aplicación las contenidas en el Plan General deOrdenación Urbana de Laguna de Duero, y específicamente las delCapítulo 1 del Título 3 sobre:

Alineaciones y sus clases. (Artículos 1.1 y 1.2)

Retranqueos. (Artículo 1.3)

Fondo edificable. (Artículo 1.4)

Alturas. De edificio. De cornisa. Libre. (Artículos 1.5 y 1.7)

Plantas. Sótano. Semisótano. Baja. De piso. Bajo cubierta.(Artículo 1.6)

Solar. (Artículo 1.8)

Superficie de parcela. (Artículo 1.9)

Superficie ocupada. (Artículo 1.9)

Superficie edificable. (Artículo 1.9)

Superficie edificada. (Artículo 1.9). Se añade el criterio del cóm-puto de la superficie útil de los espacios bajo cubierta coincidentecon el de las Viviendas de Protección Oficial, esto es, computable apartir de 1,5 M. de altura libre y hasta un 60% de la superficie de lahabitación considerada.

Patios. (Artículo 1.10)

Viario (Artículo 1.11)

Espacio libre exterior (Artículo 1.12)

Tipologías de edificación Exenta o aislada. Adosada o pareada.En hilera (Artículo 1.13)

Edificación abierta (Artículo 1.14)

CAPÍTULO 3: RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO

3-1.- Condiciones de edificación en las zonas del Sector

El Plan General, además de la delimitación del Sector incluye, amodo meramente indicativo, una propuesta de red viaria que confi-gura manzanas edificables, a las que se asignan usos globales devivienda unifamiliar en hilera UH, vivienda unifamiliar aislada UA, yresidencial de media densidad R2, así como criterios para el em-plazamiento de reservas de terrenos para espacios libres y equipa-mientos de carácter local.

Las condiciones de uso y edificación en cada zona se regulan,específicamente, en el presente Plan Parcial de forma coincidente,en lo esencial, con las determinaciones de los usos pormenorizadosque permiten los usos globales, de acuerdo con los Artículos 5.2,5.3 y 5.6 del Título 2 sobre Ordenanzas de usos.

3-2.- Gestión del Sector

La Gestión del Sector, desde la redacción del Plan Parcial paraestablecer la ordenación detallada, a su urbanización en ámbitos ounidades de actuación integradas para que los terrenos alcancen lacondición de solar, y la reparcelación por el sistema de compensa-ción, será de iniciativa privada y regulada por el contenido delCapítulo 2 del Título 5 de las Normas y Ordenanzas del Plan General.

3-3.- Proyecto de Urbanización

El Proyecto de Urbanización deberá presentarse ante elAyuntamiento dentro del plazo establecido en el Artículo 2.8 del Título5, o lo que es lo mismo, en no más de seis meses, contados desde lapublicación del acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial.

3-4.- Proyecto de Actuación

La Junta de Compensación de la unidad de actuación en que seconstituirá el Sector encargará la redacción del Proyecto de Actuación,otorgando la condición de urbanizador a quien se proponga en el mis-mo, quedando obligado a ejecutar la actuación en las condiciones es-tablecidas en dicho Proyecto, así como en los Proyectos deReparcelación y Urbanización, cuando no los contuviera.

3-5.- Ejecución del Sector

La ejecución del Sector, en cuanto a su reparcelación y urbani-zación, se realizará en una Unidad de Actuación o ámbito de ges-tión, coincidente en su delimitación con el ámbito del sector previs-to en el Plan General, incluidos los sistemas generales adscritos•SS.GG., y se establece una sola etapa de urbanización, con las ob-servaciones indicadas en el estudio económico.

3-6.- Licencias de Edificación

Los promotores podrán solicitar licencias municipales para lasobras de edificación una vez que los Proyectos de Reparcelación yUrbanización estén aprobados definitivamente, la asignación deparcelas, incluidas las cesiones, sea firme en vía administrativa y,habiendo comenzado las obras de urbanización, el estado de lasmismas haga previsible su terminación anterior a la edificación. Lasolicitud incluirá los compromisos exigidos por el RUCYL.

CAPÍTULO 4: OBRAS DE URBANIZACIÓN

4-1.- Redes de Comunicaciones y Servicios

El Plan Parcial define el trazado y características de las redes decomunicaciones rodadas y peatonales, adaptándolas a los esque-mas que el Plan General incluye de manera indicativa.

2 de septiembre de 2006 15

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Igualmente, especifica la red de abastecimiento de agua pota-ble, con suministro a los hidrantes contra incendios, red de riego,red de alcantarillado, de distribución de energía eléctrica y gas na-tural, de alumbrado público y de canalizaciones para telecomunica-ciones.

Las características de las mismas, de acuerdo con las determi-naciones municipales en cuanto a materiales, conexiones, diseño ybases de cálculo, establecidas en función de la población a servir,serán las utilizadas en la redacción del Proyecto de Urbanización ylas que, con carácter descriptivo, se recogen en la Memoria y estu-dio económico para su implantación, que forman parte del presen-te Plan Parcial.

Aquellas redes de servicio que deban discurrir por el dominio pú-blico de carreteras se atendrán al Reglamento General deCarreteras, especialmente en cuanto a la obtención de las autoriza-ciones pertinentes.

CAPÍTULO 5: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE VIVIENDA ENHILERA – VH

5-1.- Condiciones de uso

Se admiten los usos básicos relacionados en el artículo 4.4 delTitulo 2 de las Normas y Ordenanzas del PGOU.

El uso de vivienda deberá cumplir el programa mínimo estable-cido en el Artículo 7.1 del Título 2 de las citadas Normas yOrdenanzas del PGOU y las de diseño de la vivienda, definidas enel Artículo 7.2 del Título 2.

Se permite el uso de despacho u oficina del titular de la vivien-da hasta un máximo del 25% de la superficie.

Es obligatorio el uso de garaje con una dotación mínima de dosplazas en el interior de la parcela, por cada vivienda.

5-2.- Condiciones de edificación.

1. Zonas de residencia unifamiliar en media densidad.

2. La siguiente relación indica las condiciones aplicables:

a: edificabilidad máxima en cada manzana según el siguientecuadro:

MANZANA EDIFICABILIDAD

5 4500,00 M2

9 3600,00 M2

10 4200,00 M2

14 4800,00 M2

b: altura máxima, en plantas........................................ 2 plantas

c: altura máxima, línea de cornisa...................................7,00 m.

d: fondo máx. edificable en p. b. desde la alineación de la fa-chada..................................................................................... 15 m.

e: fondo máx. edificable en planta pisos desde la alineación defachada.................................................................................. 15 m.

f: ocupación máxima de parcela o solar................................ 75%

g: retranqueo mínimo a fondo de parcela...................... h/2 ≥ 3 m

d: retranqueo mínimo a alineación exterior............................ 0 m.

h: pendiente de cubiertas máxima........................................ 30º

i: altura máxima de la edificación...................................10,50 m.

j: tipologías de edificación permitidas............. entre medianerías.

3. Se establecen además las siguientes condiciones especiales:

- Parcela mínima: 125 M2. con frente de fachada mayor o iguala 6,00 metros

- Parcela máxima: 450 M2.

- En el caso de viviendas con frente de parcela o terreno de usoprivativo igual o superior a 9 metros se admite la separación de laedificación a una de las medianerías laterales con un retranqueo op-cional mínimo de 3 metros a la medianería no adosada.

- Del cómputo de edificabilidad se excluirá la superficie destina-da a 2 plazas de aparcamiento (máximo 45,00 M2 útiles), con inde-pendencia de su situación en plantas sótano o baja, así como la co-rrespondiente a caja de escalera, cuarto de calderas (máximo 5,00M2 útiles) y otras instalaciones de servicio exclusivo de la vivienda,incluidos los trasteros (máximo 8,00 M2 útiles).

5-3.- Condiciones estéticas

Se tendrá en cuenta el CAPÍTULO 4. CONDICIONES DECOMPOSICIÓN Y ESTÉTICA.- DEL TÍTULO 3 de las NormasUrbanísticas del PGOU

CAPÍTULO 6: CONDICIONES ESPECIFICAS DE VIVIENDAUNIFAMILIAR AISLADA O PAREADA: VA-VP

6-1.- Condiciones de uso

Se admiten los usos básicos relacionados en el artículo 4.5 delTitulo 2 de las Normas y Ordenanzas del PGOU

El uso de vivienda deberá cumplir el programa mínimo estable-cido en el Artículo 7.1 del Título 2 de las citadas Normas yOrdenanzas del PGOU y las de diseño de la vivienda definidas en elArtículo 7.2 del Título 2.

Se permite el uso de despacho u oficina del titular de la vivien-da hasta un máximo del 25% de la superficie.

Es obligatorio el uso de garaje con una dotación mínima de dosplazas, en el interior de la parcela, por cada vivienda.

6-2.- Condiciones de edificación

1. Zona residencial de tipo ciudad-jardín con viviendas aisladaso pareadas (adosadas a alguno de los linderos de la parcela, en ca-so de proyecto conjunto).

2. La siguiente relación indica las condiciones aplicables:

a: edificabilidad máxima en cada manzana según el siguientecuadro:

MANZANA EDIFICABILIDAD

15 1190,00 M2

16 1700,00 M2

17 1700,00 M2

b: altura máxima en plantas........................................ 2 plantas.

c: altura máxima línea de cornisa ................................ 7,00 m.

d: retranqueo mínimo a alineación exterior ...................... 4 m.

e: retranqueo mínimo a medianera no adosada...... h/2 ≥ 3 m.

f: retranqueo mínimo a fondo de parcela ................ h/2 ≥ 3 m.

g: pendiente máxima de cubiertas .................................... 30º

h: altura máxima de la edificación ............................ 10,50 m.

i: tipologías de edificación permitidas ........ pareada y exenta.

3. Se establecen además las siguientes condiciones especiales:

- Parcela mínima: 300 M2. y 12,00 metros de frente mínimo defachada.

- Parcela máxima: 1000 M2.

- Únicamente se autorizará una vivienda por parcela o superficiede uso privativo equivalente.

- Del cómputo de edificabilidad se excluirá la superficie destina-da a 2 plazas de aparcamiento (máximo 45,00 M2 útiles), con inde-pendencia de su situación en plantas sótano o baja, así como la co-rrespondiente a caja de escalera, cuarto de calderas (máximo 5,00M2 útiles) y otras instalaciones de servicio exclusivo de la vivienda,incluidos los trasteros (máximo 8,00 M2 útiles).

- En áreas sujetas a Estudio de Detalle podrán variarse las con-diciones de retranqueos mínimos, sin que en ningún caso puedanser inferiores a la mitad de la altura de cornisa proyectada.

6-3.- Condiciones estéticas

Se tendrá en cuenta el CAPÍTULO 4. CONDICIONES DECOMPOSICIÓN Y ESTÉTICA.- DEL TÍTULO 3 de las NormasUrbanísticas del PGOU.

CAPITULO 7. CONDICIONES DE VIVIENDA EN BLOQUE - VB

7-1.- Condiciones de uso

Se admiten los usos básicos relacionados en el artículo 4.3 delTitulo 2 de las Normas y Ordenanzas del PGOU

El uso de vivienda deberá cumplir el programa mínimo estable-cido en el Artículo 7.1 del Título 2 de las citadas Normas yOrdenanzas del PGOU y las de diseño de la vivienda definidas en elArtículo 7.2 del Título 2.

16 2 de septiembre de 2006

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Se permite el uso de despacho u oficina del titular de la vivien-da hasta un máximo del 25% de la superficie.

Es obligatorio el uso de garaje con una dotación mínima de unaplaza, en el interior de la parcela, por cada vivienda y por cada 100M2 de locales comerciales.

7-2.- Condiciones de edificación

1. Zonas residenciales en media densidad.

2. Los bloques podrán ser aislados, agrupados o configurandomanzanas cerradas.

3. La siguiente relación indica las condiciones aplicables:

a: Edificabilidad máxima en cada manzana según el siguientecuadro:

MANZANA EDIFICABILIDAD

6 4200,00 M2

8 4400,00 M2

11 4300,00 M2

13 4200,00 M2

b: Altura máxima en plantas........ 3 plantas + ático o bajo cubierta

c: Altura máxima línea de cornisa..................................... 9,50 m.

d: Ocupación máxima bajo rasante...................................100%

e: Retranqueos a linderos de parcela................................libres

f: Pendiente de cubiertas máxima...................................... 30º

g: Altura máxima edificación..........................................13,50 m.

h: Vuelos...................1/10 del ancho de la calle (máximo 1,00 m.)

i: El sólido capaz, aplicable a los cuerpos de edificación de vi-viendas, será:

Se exceptúa del sólido capaz las zonas comunes de las cajas deescaleras permitiéndose, a estos efectos, la tipología en H, cuya de-finición corresponderá a los Servicios Técnicos Municipales esta-blecer.

4. Además se cumplirán las siguientes condiciones:

- La composición de las cubiertas será libre, no permitiéndose lainterrupción de los aleros.

- La superficie de parcela libre de ocupación deberá urbanizar-se y ajardinarse en su totalidad.

- En el caso de que el nivel freático desaconsejase la construc-ción de garaje bajo rasante se podrá autorizar la utilización para es-tacionamiento de la planta baja, ampliando la ocupación de la mis-ma, hasta conseguir la superficie mínima necesaria para albergar elnúmero mínimo de plazas exigido.

- La Tipología libre de los bloques permitirá, en todo caso, el ac-ceso a la fachada de todas las viviendas de servicios de bomberos,guardamuebles, ambulancias, etc.

- El exceso de plazas de aparcamiento sobre los mínimos noconsumirá edificabilidad.

- Del cómputo de edificabilidad se excluirá la superficie destina-da a plazas de aparcamiento, con independencia de su situación enplantas sótano o baja, así como la correspondiente a cajas de es-

caleras, portales, cuartos comunes, incluidos los que alberguen ins-talaciones y otras instalaciones de servicio exclusivo del edificio, ytrasteros (máximo 8,00 M2 útiles por vivienda).

7-3.- Condiciones estéticas

Se tendrá en cuenta el CAPÍTULO 4. CONDICIONES DECOMPOSICIÓN Y ESTÉTICA.- DEL TÍTULO 3 de las NormasUrbanísticas del PGOU.

CAPÍTULO 8: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ESPACIOSLIBRES: PARQUES Y JARDINES Y ZONAS DE RECREO YEXPANSIÓN, EQUIPAMIENTO DEPORTIVO Y ANEJOS A

VIARIO – EP, ER, ED Y EV

8-1.- Condiciones de uso y diseño

Vienen reguladas en los Artículos 8.12, 8.13 y 8.14 del Título 2de las Normas Urbanísticas del PGOU.

Se consideran como Parques y Jardines EP los Espacios Libresque, con superficie mayor de 1000,00 M2 y dimensiones que per-mitan la inscripción de un círculo de treinta metros de diámetro, sedestinan con carácter público a este uso, debiendo ajardinarse concriterios de diseño y elección de especies arbóreas tendentes a lacreación de áreas adecuadas a cualquier estación climática. En es-te sentido, serán predominantes los árboles de especies caducifo-lias, que creen sombras densas en verano y permitan el asoleo eninvierno. Asimismo se evitarán en lo posible grandes extensiones dejardinería, con césped, etc. que, inadecuadas con la climatología lo-cal, requieran gran abundancia de riego. Tendrán garantizado el so-leamiento adecuado en relación con las edificaciones colindantes.

Las edificaciones admisibles en el uso de parque como, temple-tes, quioscos, etc., deberán tener autorizada su concesión por elAyuntamiento.

Se consideran como zonas de Recreo y Expansión ER losEspacios Libres que, con superficie menor de 1000,00 M2 o dimen-siones que no permitan la inscripción de un círculo de treinta metrosde diámetro, se destinen al ocio y esparcimiento colectivo, juegos in-fantiles, fiestas populares, verbenas, manifestaciones folklóricas, etc.o bien de carácter individualizado. Tendrán garantizado el soleamien-to adecuado en relación con las edificaciones colindantes.

Recoge este uso los pequeños espacios urbanos ajardinados olibres, que por su forma, superficie y características no reúnan con-diciones para ser propiamente un parque, pero que son adecuadospara su uso como zonas de recreo.

8-2.- Condiciones de edificación

1. Corresponde a los distintos usos de Espacios Libres: Parquesy Jardines EP; Recreo y Expansión ER; Equipamiento Deportivo ED;Anejos a viarios EV; y Espacios libres privados.

2. Se establecen las siguientes condiciones especiales:

a: En los Espacios Libres de Parques y Jardines y Recreo yExpansión EP y ER no se permitirá más edificación que la corres-pondiente a las instalaciones imprescindibles para el cuidado ymantenimiento de parque, así como la instalación de quioscos ytempletes o escenarios (o resto de mobiliario urbano), debidamenteautorizados.

b: En los espacios libres de Equipamiento Deportivo ED, podránllevarse a cabo instalaciones cubiertas siempre que no sobrepasenel 30% de la superficie total del espacio libre. Estas instalacionessólo podrán dedicarse a pistas deportivas, gradas de espectadores,vestuarios, o instalaciones estrictamente imprescindibles para la ad-ministración, funcionamiento, cuidado y mantenimiento de las ins-talaciones del propio espacio.

Se podrán diseñar pistas al aire libre con los cerramientos im-prescindibles para no interferir con el uso del entorno por vecinos ytranseúntes.

También podrán contar con hileras de setos o arbolados quecumplan función similar a las cercas o vallados metálicos o de fá-brica.

c: En los Espacios Libres de Anejo a viario EV sólo se permitiránlas edificaciones permitidas por la Ley General de Carreteras en laszonas donde fuese de aplicación y, en general, el mobiliario urbanoimprescindible para alumbrado, señalización, recogida de residuossólidos, bancos, etc.

d: En los Espacios Libres privados se permitirán piscinas, pér-golas e instalaciones deportivas descubiertas, para el recreo priva-do de sus titulares.

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e: En los Espacios Libres EP, ER y EV se permitirá la instalaciónsubterránea de centros de transformación, con las determinacionestécnicas de las empresas distribuidoras de energía eléctrica, siendosu emplazamiento en este Plan Parcial meramente indicativo, enfunción de los Proyectos de Urbanización que se redacten.

8-3.- Condiciones estéticas

Las que se fijen en una ordenanza general de mobiliario urbanoo, en su defecto, en el acuerdo de concesión de la instalación.

CAPÍTULO 9: CONDICIONES DE DOTACIONAL OTROS - DO

9-1.- Condiciones de uso

Admite los usos colectivos dotacionales con carácter general,según la relación que para el uso pormenorizado Dotacional Otrosestablece el Artículo 4.20 del Título 2 de las Normas Urbanísticas delPGOU. Además, en este Plan Parcial se añade el uso básico deResidencia Colectiva, según el Artículo 2.4 del Título II del PGOU.

9-2.- Condiciones de edificación

1. Se establecen las siguientes condiciones:

a: Indice de edificabilidad total manzana M2 ............1,50m2/m2

b: altura máxima de 2 plantas y cubiertas con pendiente máxi-ma de 30º. La altura máxima de cornisa será de 8,00 metros y la decumbrera o edificación de 12,00 metros.

2. La tipología podrá ser adosada o exenta. En las fachadasexentas se mantendrá un retranqueo a las medianeras de 1/2 de al-tura de cornisa y, como mínimo, 3 metros. En las medianeras ado-sadas se mantendrá el fondo máximo permitido de la edificaciónanexa en una distancia de al menos 6 metros desde el linde media-nero medido en la prolongación del fondo. De no considerarse ade-cuada la aplicación directa de este criterio, corresponderá a losServicios Técnicos Municipales establecer las condiciones equiva-lentes, en base a la alternativa que se proponga mediante estudioprevio o proyecto básico de la edificación.

9-3.- Condiciones estéticas

Se tendrá en cuenta el CAPÍTULO 4, CONDICIONES DECOMPOSICIÓN Y ESTÉTICA – DEL TÍTULO 3 de las NormasUrbanísticas del PGOU

CAPÍTULO 10: CONDICIONES de COMERCIO YSERVICIO - CS

10-1.- Condiciones de uso

Admite los usos básicos definidos en el Título 2 de la Normativadel PGOU para los locales o bajos, en concreto en los Artículos 2.5(Bajos comerciales), 2.7 /Exposición y venta), 2.8 (Bajo de oficina),2.11 (Locales de hostelería), 2.15 (Locales de reunión), 2.17(Talleres), 2.22 (Garajes), 2.25 (Colectivos cultural, asociativo, insti-tucional, asistencial y otros) y 2.28 (Deportivo), en todos los nivelesestablecidos en los mismos.

10-2.- Condiciones de edificación

1.- Se establecen las siguientes condiciones:

a: Indice de edificabilidad total manzana M1 ................1m2/m2

b: Altura máxima en número de plantas ................................1

c: Altura máxima a cornisa ............................................... 4,50 m.

d: Pendiente máxima de cubierta ..................................... 35%

El resto de condiciones de diseño e instalaciones exigidas paraestos usos básicos serán las que se establecen en el Capítulo 8 delTítulo 2 de las Normas y Ordenanzas del PGOU.

10-3.- Condiciones estéticas

Se tendrá en cuenta el CAPÍTULO 4, CONDICIONES DECOMPOSICIÓN Y ESTÉTICA – DEL TÍTULO 3 de las NormasUrbanísticas del PGOU.

CAPÍTULO 11: CONDICIONES ESPECÍFICAS DE GARAJES

11-1.- Condiciones de uso

El uso de garaje previsto en el Plan Parcial corresponde al nivelI, es decir anejo a otro uso básico del que es por tanto inseparabley con capacidad medida en razón al uso, destinándose a la estan-cia permanente de los vehículos automóviles.

11-2.- Exigencia de plazas de aparcamiento

Todos los usos de acuerdo con el Artículo 3.2 del Título 2 de laNormativa del PGOU se consideran genéricamente compatibles con

el uso de garaje, en la medida que es necesario para cumplir con elmínimo de plazas de aparcamiento exigidas para cada uso en fun-ción de su superficie.

El régimen de previsión obligada de plazas de garaje es el nor-mal y en las parcelas de viviendas se establece en las ordenanzasde las mismas Capítulos 5, 6 y 7 de estas Ordenanzas.

Para los otros usos dotacionales y colectivos es de aplicación elArtículo ya citado en su régimen normal.

Dentro de la Ordenación y en justificación del cumplimiento delas reservas de plazas de aparcamiento, tanto privadas como públi-cas, se hace el cómputo de las previstas en todo el Sector, segúnel Artículo 42.2.b de la LUCYL.

11-3.- Condiciones de diseño

1. La superficie mínima útil será de 14,00 M2 en los garajes deviviendas unifamiliares y de 20,00 M2 por vehículo en los comunita-rios, en este caso estará incluida la correspondiente a aceras, pasi-llos de maniobras, etc., pero no la destinada a servicios sanitarios,almacenillos, etc. La superficie útil máxima por vehículo será de30,00 M2. En planos de proyecto y sobre el pavimento, se señala-rán las plazas numeradas y pasillos de acceso y circulación.

2. Las dimensiones mínimas por plaza serán de 2,55 x 4,80 me-tros en las viviendas unifamiliares, y de 2.20 x 4.50 metros en las co-munitarias. Las dimensiones mínimas estarán libres de cualquierobstáculo.

3. El acceso en rampa a garaje unifamiliar tendrá un ancho míni-mo de 2,70 metros. La rampa, propiamente dicha, tendrá una pen-diente máxima del 16% si es de trazado recto y del 12% en caso deser de planta curva.

4. En los garajes comunitarios el acceso tendrá un ancho míni-mo de 3 metros. Los garajes con capacidad superior a 100 vehícu-los tendrán un acceso no inferior a cinco metros, o entrada y salidaindependientes con las anchuras mínimas indicadas en el párrafoanterior. El acceso para peatones, en este caso, será independien-te de la rampa de acceso de vehículos.

5. En los garajes de superficie útil superior a 6000 M2 deberánexistir accesos a dos calles con entrada y salida independientes odiferenciada en cada una de ellas.

6. La conexión con las vías públicas dispondrá, en el caso degarajes comunitarios en sótano, de una meseta con anchura iguala la del acceso reglamentario, con fondo mínimo antes de co-menzar la rampa, de 5 metros, sin incluir en esta longitud la de usopúblico. La rasante del zaguán será horizontal o con una pendien-te máxima del 3%, y en el mismo, así como en la totalidad de losaccesos, estará prohibido el estacionamiento de vehículos. Larampa tendrá un ancho mínimo de 3 metros, las pendientes máxi-mas serán de 16 y 12 por ciento en tramos rectos y curvos res-pectivamente, en éstos el radio mínimo de curvatura, en el eje dela rampa, será de 6 metros.

7. Los pasillos de maniobra y acceso a las plazas serán de an-chura no menor a 4,50 metros cuando las plazas sean en batería ya 3,00 metros cuando sean en línea.

8. La altura libre mínima será de 2,20 metros.

9. La comunicación del garaje con ascensores o escaleras, cuar-tos de calderas, salas de máquinas, trasteros u otros usos autoriza-dos del inmueble, se realizará a través de vestíbulos previos, con-forme la NBE.CPI-96.

10. La ventilación natural o forzada estará proyectada con sufi-ciente amplitud para impedir la acumulación de vapores y gases.Para la ventilación natural son suficientes huecos o conductos co-municados con el exterior, cuya superficie sea de 0,50 M2 por cada200,00 M2 de superficie útil de aparcamiento. Los conductos seránpara ventilación exclusiva del garaje y sobrepasarán un metro de al-tura de la cubierta. El sistema forzado será capaz de realizar 6 re-novaciones por hora y dispondrá de mandos selectivos, por nivelesde planta, para la puesta en marcha y parada de los ventiladores,situados en lugares de fácil acceso y señalizados.

11. En edificios exclusivos para este uso se permitirán huecosen fachada separados, como mínimo, cuatro metros de las fincascolindantes.

12. La iluminación artificial se realizará sólo mediante lámparaseléctricas. Las instalaciones de energía eléctrica responderán a lascaracterísticas exigidas por el “Reglamento Electrotécnico de BajaTensión”.

18 2 de septiembre de 2006

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13. Se cumplirán las Normas Básicas de la Edificación NBE.CA-88 Y NBE.CPI-96.

14. Los muros y forjados que constituyan el recinto del garajecumplirán las condiciones de resistencia y estabilidad al fuego es-tablecidas por la NBE.CPI-96.

15. De acuerdo con la NBE.CPI-96 en los garajes de más de 5vehículos, se dispondrá un extintor de eficacia 13A-89B cada 15 m.de recorrido como máximo por calles de circulación o, alternativa-mente, extintores de la misma eficacia convenientemente distribui-dos a razón de uno por cada 20 plazas.

16. Cuando deba disponerse instalación de bocas de incendioequipadas, la longitud de las mangueras deberá alcanzar todo ori-gen de evacuación y al menos habrá una boca en la proximidad decada salida.

17. Los garajes en que se prevea permanencia de personal la-boral, dispondrán de aseos en la proporción establecida para usosindustriales.

18. Los garajes dispondrán de desagües por sumideros sifóni-cos en el número y proporción necesarios según su superficie útil ylos diámetros de dichos sumideros, que se conectarán a la red desaneamiento del edificio. Los planos de proyecto indicarán la distri-bución, con pendientes del pavimento y la conexión a las arquetasprevistas.

CAPÍTULO 12: CONDICIONES ESPECIFICAS PARA CENTROSDE TRANSFORMACIÓN ELÉCTRICA

12-1.- Condiciones generales

Dado que el presente Plan Parcial es de uso predominantemen-te residencial, la red de distribución de energía eléctrica se proyec-ta en canalizaciones subterráneas, condición que deberán cumplirtambién los centros de transformación, salvo que queden integra-dos en la edificación, en cuyo caso su superficie edificada no se ten-drá en cuenta a efectos del cómputo de la edificabilidad.

Las cabinas subterráneas para transformadores eléctricos cum-plirán lo dispuesto en la reglamentación vigente en la materia, y, deforma supletoria lo establecido en el artículo 5.5 del Capítulo 5 delTítulo 3 de las Normas y Ordenanzas del P.G.O.U.

12-2.- Condiciones de volumen y estéticas

El volumen de los centros de transformación, que excepcional-mente no puedan ser subterráneos o integrados en las edificacio-nes, no será superior a la altura de planta baja con un máximo de3,60 metros de línea de cornisa, sobre la rasante.

Los cerramientos y carpinterías armonizarán con el resto de lasedificaciones.

CAPÍTULO 13: COMPATIBILIDAD CON EL MEDIO AMBIENTE

13-1.- Adaptación al ambiente

En la ordenación detallada del Sector Nº 16 “Los Ingleses –Rafael Alberti”, del suelo urbanizable del PGOU de Laguna de Duero,se ha tenido en cuenta la adaptación al ambiente establecida por elartículo 9 de la LUCYL y 17 del RUCYL.

En ese sentido, se prevén tipologías de edificación de viviendaen bloque de baja altura, tipologías de vivienda unifamiliar en hilerapróximas a las zonas de suelo urbano y urbanizable colindantes enlas que predomina dicha tipología, y de vivienda unifamiliar aisladao pareada en el borde Sudoeste del Sector junto al suelo rústicoadecuándose, por tanto, a las características de la edificación exis-tente en el entorno del Sector.

En aquellos aspectos que no se hubieran previsto en el presen-te Plan Parcial será de aplicación el citado artículo 9 de la LUCYL y17 del RUCYL.

Valladolid, diciembre de 2004

Los Promotores.

Los Arquitectos.

RELACIÓN DEL RESTO DE DOCUMENTOS QUEINTEGRAN EL INSTRUMENTO DE PLANEAMIENTO

URBANÍSTICO APROBADO:

RELACIÓN DE LA PLANIMETRÍA

- Plano I01.- “Situación en el término municipal. (diciembre2004).

- Plano I02.- “Ficha del sector y situación en el P.G.O.U. (di-ciembre 2004).

-Plano I03.- “Topografía e hidrografía vegetación, paisaje y me-dio ambiente (diciembre 2004).

- Plano I04.-“Estructura de la propiedad parcelación catastral”(diciembre 2004).

- Plano I05.- “Dotaciones urbanísticas existentes ampliación deredes previstas por el ayuntamiento” (diciembre 2004).

- Plano P01.- “Calificación urbanística” (diciembre 2004).

- Plano P02.- “Distribución pormenorizada de usos e intensida-des resumen de características” (diciembre 2004).

- Plano P03.- Reservas de suelo para espacios libres públicos yequipamientos” (diciembre 2004).

- Plano P04.- “Red de vías públicas secciones transversales” (di-ciembre 2004).

- Plano P05.- “Red de vías públicas secciones longitudinales”(diciembre 2004).

- Plano P06.- “Redes de servicios urbanos: saneamiento” (di-ciembre 2004).

- Plano P07.- “Red de servicios urbanos: abastecimiento deagua” (diciembre 2004).

- Plano P08.- “Redes de servicios urbanos: riego” (diciembre2004).

- Plano P09.- “Redes de servicios urbanos: energía eléctrica” (di-ciembre 2004).

- Plano P10.- “Redes de servicios urbanos: alumbrado público”(diciembre 2004).

- Plano P11.- “Redes de servicios urbanos: telefonía y teleco-municaciones (diciembre 2004).

- Plano P12.- “Redes de servicios urbanos: gas” (diciembre2004).

6560/2006

LAGUNA DE DUERO

Notificación a D. José Mª Flores Vega y Dña. Mª CarmenGonzález García

Ignorándose el lugar de notificación de los interesados que seseñalan en el procedimiento de aprobación del Proyecto deActuación con determinaciones completas de Reparcelación yBases de Urbanización del Sector 11 “La Arboleda” del actualPGOU de Laguna de Duero (Valladolid), se procede a realizar la no-tificación mediante su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Laguna deDuero, lugar donde radica la finca objeto del instrumento urbanísti-co, de acuerdo con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Anexo

Aprobación Inicial del Proyecto de Actuación del Sector 11 “LaArboleda del actual PGOU de Laguna de Duero (Valladolid)

Decreto de Alcaldía

Sr. Alcalde-Presidente D. B. Jesús Viejo Castro.

Laguna de Duero a diecinueve de mayo de dos mil seis.

Visto el expediente de referencia que se sigue a instancia de D.José-Javier Antón Fernández, como Presidente de la Junta deCompensación del Sector 11 “La Arboleda” sobre la aprobación delProyecto de Actuación con determinaciones completas deReparcelación y Bases de Urbanización de ese Sector y,

Resultando, que con fecha 2 de septiembre de 2005 se publicaen el Boletín Oficial de la Provincia el acuerdo de aprobación defini-tiva del Plan Parcial del Sector 11, siendo ejecutivo y entrando envigor al día siguiente de dicha publicación, de conformidad con loprevisto en el artículo 60 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, deUrbanismo de Castilla y León.

Resultando, que propuesto como sistema de actuación el decompensación, mediante Acuerdo de la Comisión Territorial deUrbanismo de Valladolid adoptado en sesión celebrada el 29 de di-ciembre de 2005 se acuerda inscribir en el Registro de EntidadesUrbanísticas Colaboradoras la constitución de la Junta deCompensación del Sector 11.

Resultando, que iniciado expediente administrativo el 2 de mar-zo de 2006 para la aprobación del Proyecto de Actuación con de-

2 de septiembre de 2006 19

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terminaciones completas de Reparcelación y Bases deUrbanización del Sector 11 “La Arboleda” e instruido el mismo, hansido evacuados los Informes Técnicos correspondientes; Informedel Servicio de Intervención así como informe Jurídico.

Resultando, que con fundamento en dichos Informes ha sido di-rigido requerimiento al promotor en orden a subsanar deficienciasque han sido puestas de manifiesto durante la instrucción del ex-pediente, finalizando con la presentación el 2 de mayo de 2006 deun Proyecto de Actuación con determinaciones completas deReparcelación y Bases de Urbanización del Sector 11.

Considerando, que en la tramitación del expediente se están si-guiendo las prescripciones contenidas en la Ley 5/1999, de 8 deabril, de Urbanismo de Castilla y León y Decreto de 22/2004, de 29de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo deCastilla y León.

Visto cuanto antecede, y en base a las facultades que la legisla-ción me confiere al efecto según el art. 21.1. j) de la Ley 7/1985, de2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificadapor la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de Medidas para laModernización del Gobierno Local,

Resuelve

Primero. Aprobar inicialmente el Proyecto de Actuación con de-terminaciones completas de Reparcelación y Bases deUrbanización del Sector 11 “La Arboleda” del vigente P.G.O.U. deLaguna de Duero según Proyecto redactado por HercesaInmobiliaria S.A. presentado en esta Administración el 2 de mayo de2006 por D. José-Javier Antón Fernández, como Presidente de laJunta de Compensación del Sector 11 “La Arboleda” sin visar porel Colegio Profesional correspondiente, con las siguientes condicio-nes:

1. Que para el Registro de la Propiedad N° 3 de Valladolid re-sulte suficiente para inmatricular la finca aportado n° 15 la fotoco-pia de la escritura pública de compraventa autorizada por elNotario de Valladolid D. Francisco Fernández Prida el 18 de mayode 1994, número de su protocolo 1532 otorgada a favor de O.Manuel San José Galvan que se incorpora al Proyecto como Anexon° 3; en caso contrario o si se personaran en el expediente los ti-tulares registrales u otros con base también en documento priva-do o público estaríamos ante una propiedad litigiosa de forma quesegún el artículo 246 b) del RUCyL el Ayuntamiento asumiría la re-presentación de los derechos e intereses de esas titularidades du-rante la tramitación del Proyecto salvo Convenio de las partes in-teresadas.

2. A que se compruebe la realidad física de la finca catastral n°7043018UM507450001FD, ya que existe una gran diferencia entrela superficie real que se indica en el Proyecto de Actuación y la ca-tastral.

3. A lo que resulte de la certificación de dominio y cargas de lasfincas aportadas que hay que solicitar al Registro de la Propiedadn° 3 en cumplimiento del artículo 76.3 a) de la LUCyL.

Segundo. Notificar el presente Acuerdo a los propietarios y titu-lares de derechos que consten en el Registro de la Propiedad y alos demás interesados que consten en el catastro, así como publi-carse en el B.O.P. abriéndose un período de información pública porplazo de 1 mes.

Tercero. Solicitar del Registro de la Propiedad certificación dedominio y cargas de las fincas afectadas y la práctica de los asien-tos que correspondan, con fundamento en el artículo 16.3 a) de laLey 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León.

Cuarto. Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas enel ámbito del Sector 11 conforme a lo establecido en el art. 251.3 c)del RUCyL.

Quinto. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento en cumplimientode lo establecido en el art. 42 del R.O.F

Contra este acto, por ser de trámite no cabe recurso alguno sibien los interesados pueden alegar su oposición al mismo para suconsideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Laguna de Duero, 22 de agosto de 2006.-El Alcalde, B. JesúsViejo Castro.

6558/2006

TAMRIZ DE CAMPOS

En virtud del acuerdo adoptado por el Pleno de esteAyuntamiento, se anuncia subasta por procedimiento abierto y tra-mitación urgente, para la adjudicación de obras municipales con-forme a las siguientes condiciones esenciales:

Órgano contratante: Ayuntamiento de Tamariz de Campos(Valladolid).

Objeto: Ejecución de Obras Rehabilitación de la antigua Iglesiade San Juan para Museo del Escriño, Centro de Interpretación de laNaturaleza y del Canal 1ª. fase.

Plazo de ejecución: 2 meses.

Tipo de Licitación: 77.483,58 euros. (a la baja).

Garantía provisional: 1.549,67 euros. (2% del tipo de licitación).

Garantía definitiva: 4% del precio de adjudicación.

Examen del expediente: En las Oficinas del Ayuntamiento deTamariz de Campos, en horas de Secretaría (Jueves y Sábados, tar-de).

Presentación de Proposiciones: Las proposiciones se presen-tarán en horario de oficina del Ayuntamiento, en su Registro General,en el plazo de trece días naturales, siguientes a la publicación de es-te anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Apertura de plicas: Los sobre A (proposición económica) seabrirán en acto público, el quinto día hábil siguiente al de la finali-zación del plazo de presentación de proposiciones, a las 17 horas.

Clasificación del contratista: No se exige.

Documentación a presentar: La dispuesta en la cláusula 11, delPliego de cláusulas administrativas y particulares.

Tamariz, 25 de agosto de 2006.-El Alcalde-Presidente, José A.Blanco Albillo.

6602/2006

MANCOMUNIDAD “TIERRAS DE MEDINA”

MEDINA DEL CAMPO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150.3 de la Ley39/88 de 28 de diciembre, se hace público el presupuesto definiti-vo de esta Mancomunidad para el ejercicio 2006, resumido por ca-pítulos como se detalla.

INGRESOS

Capítulo IV- Transferencias corrientes ..........1.681.500 euros.

Capítulo V - Ingresos patrimoniales ......................1.000 euros.

capítulo VII- Transferencias de capital ..............273.000 euros.

Total ingresos ................................................1.955.500 euros.

GASTOS

Capítulo I- Gastos de personal ........................232.600 euros.

Capítulo II- Gastos corrientes y servicios ......1.433.900 euros.

Capitulo IV- Transferencias corrientes ................16.000 euros.

Capítulo VI- Inversiones reales..........................273.000 euros.

Total gastos ....................................................1.955.500 euros.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto se podrán inter-poner cualquiera de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano queha dictado la Resolución, en el plazo de un mes desde el día si-guiente al de la publicación de este anuncio. Contra su desestima-ción expresa o presunta cabe recurso contencioso administrativoante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superiorde Justicia de Castilla y León.

b) Directamente recurso contencioso administrativo ante la Salade lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León, en el plazo de dos meses desde la publicación deeste anuncio.

c) Cualquier otro recurso que los interesados consideren opor-tuno.

Medina del Campo, 3 de agosto de 2006.-El Presidente, MáximoGómez Domínguez.

6565/2006

20 2 de septiembre de 2006

IMPRIME: Gráficas Ceyde impreso en papel reciclado