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AQUÍ ENCONTRARÁN UN POWER POINT SOBRE ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS CONSUMIDORES.
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•PRESENTACIÓN E INTRODUCCIÓN: ROL DEL ESTADO Y LA TUTELA JURÍDICA DEL CONSUMIDOR: Ayala Tandazo, José Eduardo.CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DELCONSUMIDOR LEY 29571: Quintana Zapata, Acner Alexander -Gutiérrez Jiménez, Ruth Estefany -Saavedra Nolasco Augusto -More López, María AuditaLA REGULACIÓN DEL ESTADO: ORGANISMOS REGULADORES: Velásquez Palacios, José Bances Alón, Luis Antonio Ayala Tandazo, José Eduardo EL LIBRO DE RECLAMACIONES-DS 011-2011-PCM: Sernaqué Novoa, Julio Antonio .
CÒDIGO DE PROTECCIÒN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR Ley Nº 29571
TÌTULO PRELIMINAR
ARTÌCULO I.-Contenido.-
Normas de protección y defensa de los consumidores
ARTÌCULO II.-Finalidad.- Que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección. ARTÌCULO III.-Ámbito de aplicación
1. Protección al consumidor
2. Las disposiciones del presente código se aplican a las relaciones de consumo que se celebran en el territorio nacional o cuando sus efectos se producen en éste.
3. Operaciones a título gratuito cuando tengan un propósito comercial dirigido a motivar o fomentar el consumo.
¿Qué es rol del Estado y la tutela jurídica del Consumidor?
¿A qué se refiere cuándo habla de Código de Consumo? En todo caso ¿Qué es el Código de Consumo?
ARTÌCULO IV.- Definiciones:
1. Consumidores o usuarios1.1Personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales productos o servicios materiales e inmateriales en beneficio propio o de su grupo familiar o social.1.2Los microempresarios que evidencien una situación de asimetría informativaCon el proveedor respecto de aquellos productos o servicios que no formen parteDel giro propio del negocio.2. Proveedores.- Personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que De manera habitual fabrican, elaboran, manipulan, mezclan, envasan, almacenan Preparan, suministran productos o prestan servicios de cualquier naturaleza a los Consumidores.
Se considera proveedores a:
Distribuidores o comerciantes
Productores o comerciantes
Importadores
Prestadores
3. Producto.- Cualquier bien mueble o inmueble, material o inmaterial deOrigen nacional o no.
4. Servicio.- Cualquier actividad que se ofrece en el mercado, inclusive de naturaleza bancaria, financiera, entre otros. No están incluidos los servicios que prestan las personas bajo relación de dependencia.
5. Relación de Consumo.- Relación Consumidor-Proveedor-Producto. A cambioDe una contraprestación económica.
6. Asociaciones de Consumidores.- Son organizaciones que se constituyen con La finalidad de proteger, defender, informar y representar a los consumidores yUsuarios.
7. Asimetría informativa.- Referida a que uno de los agentes, el proveedor, suele tener mayor y mejor información sobre los productos y servicios.
8. Habitualidad.- Actividad que se realiza de manera común y reiterada.
PRINCIPIOS
DE SOBERANÌA DEL CONSUMIDOR
PRO CONSUMIDOR
DE TRANSPARENCIA
DE CORRECCIÒN DE LA ASIMETRÌA
DE BUENA FE
DE PROTECCIÒN MÌNIMA
PRO ASOCIATIVO
PRIMACIA DE LA REALIDAD
NUEVA LEY DE PROTECCION Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR• Título III Métodos comerciales abusivos Cap. I Métodos comerciales coercitivos Cap. II Métodos comerciales agresivos o
engañosos
Cap. III Métodos abusivos en el cobro• Efecto de nuevas normas Mayores posibilidades para que los consumidores
puedan desvincularse de los contratos por la amplitud o ambigüedad
CÓDIGO DEL CONSUMO
• Artículo 1.1 c).- Derecho de los consumidores a la protección contra métodos comerciales coercitivos, prácticas análogas e información interesadamente equívoca.
• Artículo 56.- Métodos comerciales coercitivos• Artículo 57.- Prácticas abusivas• Artículo 58.- Métodos comerciales agresivos o
engañosos• Artículo 59.- Derecho a la restitución• Artículo 60.- Irrenunciabilidad de derecho a la
restitución • Además de métodos coercitivos, se incluyen otras
modalidades y se reconoce el derecho de restitución
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Ventas agresivas
Novedades del código Derecho a la restitución
Prácticas abusivas
Métodos coercitivos todos de Ley Derogada se incluyen con ventasagresivas (métodos agresivos o todos engañosos) para dar posibilidad de restitución.
Prácticas abusivas: se crea “ cajón de sastre” para sancionar cuando no se trate de contratos por adhesión o cláusulas generales de contratación no aprobadas administrativamente.
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Artículo 56.- Métodos comerciales coercitivos
56.1 De manera enunciativa y no limitativa, el derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales coercitivos implica que los proveedores no pueden:
a. En los contratos de duración continuada o de tracto sucesivo, condicionar la venta de un producto o la prestación de un servicio a la adquisición de otro, salvo que, por su naturaleza o con arreglo al uso comercial, sean complementarios. La oferta de productos o servicios no complementarios debe garantizar que puedan ofrecerse por separado.
f. Tomar ventaja indebida en las relaciones contractuales de duración continuada o de tracto sucesivo, en aquellas situaciones en las que el cambio de un proveedor resulta significativamente costoso para el consumidor.
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Artículo 56.- Métodos comerciales coercitivos
56.1 De manera enunciativa y no limitativa, el derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales coercitivos implica que los proveedores no pueden:
a. En los contratos de duración continuada o de tracto sucesivo, condicionar la venta de un producto o la prestación de un servicio a la adquisición de otro, salvo que, por su naturaleza o con arreglo al uso comercial, sean complementarios. La oferta de productos o servicios no complementarios debe garantizar que puedan ofrecerse por separado.
f. Tomar ventaja indebida en las relaciones contractuales de duración continuada o de tracto sucesivo, en aquellas situaciones en las que el cambio de un proveedor resulta significativamente costoso para el consumidor.
• Artículo 58° Métodos comerc iales agresivos y engañosos 58.1 El derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos
comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo.
Conceptos subjetivos indeterminados “de forma significativa” “influencia indebida”
Antecedentes: pronunciamientos del Indecopi sobre casos de ventas agresivas que se
resolvieron por infracción al deber de idoneidad. Ej. hacer creer al consumidor que ganó un premio
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• Artículo 59.- Derecho a la restituciónEl consumidor tiene derecho a la restitución inmediata de las
prestaciones materia del contrato de consumo en aquellos casos en que el proveedor haya incurrido en alguna de las prácticas indicadas en el artículo 58 métodos agresivos], cualquiera sea la modalidad de contratación empleada.[m todos agresivos o engañosos]
El consumidor podrá ejercer su derecho de restitución
en un plazo de días siete (7) d as calendario. Sin perjuicio de ello, o a solicitar la anulación del contrato
en la vía jurisdiccional correspondiente. el consumidor mantiene su derecho a ejercer las acciones administrativas pertinentes
• Artículo 60º.- Irrenunciabilidad del derecho a la restitución Es nula la renuncia anticipada al derecho a la restitución, conforme a
lo señalado en el artículo 59.18