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Resumen Marco Juridico

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1.-INTRODUCCION MARCO JURIDICO NACIONAL E INTERNACIONAL I

1.1 CONCEPTO DE GARANTÍA.1.1.1 SOCIALES1.1.2 GENERALES.1.1.3 SUPREMAS.

2.-LOS ESTADOS ORIENTALES

3.-CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOSPARTE DOGMATICA

3.1LOS PODERES DEL ESTADO.3.2.1 CONTENIDO GENÉRICO:3.2.2 DE BENEFICIO SOCIAL.

4.-LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

5.- DERECHOS HUMANSO DEFINICION5.1 FORMAS DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS5.2 DIMENSION ACTUAL DE LOS DERECHOS HUMANOS5.2.1 Derechos Individuales Clásicos5.2.2 Derechos Económicos, Sociales y Culturales5.2.3 Derechos de Solidaridad o de Tercera Generación

6.-LA CONSTITUCION DE 1917 Y LOS DERECHOS HUMANOS.

7.-CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS

8.-LOS NUEVOS DERECHOS HUMANOS.

9.-COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS:9.1 QUE SON LAS RECOMENDACIONES9.2 LAS COMISIONES ESTATALES

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MARCO JURIDICO NACIONAL E INTERNACIONAL I

CAPITULO I

CONCEPTO DE GARANTÍA.

Jurídicamente, el concepto de garantía se origina en el derecho privado.Jellinek clasifica las “garantías del derecho público” en garantías sociales,garantías políticas y garantías jurídicas.

Sabido es por todos que nuestra Carta Magna contempla un conjunto dederechos subjetivos para el ciudadano que, en la práctica, son mejor conocidoscomo garantías individuales.

Las garantías individuales con las que el Estado (ente publico creado paraGobernar a lo pueblos, sus sociedades, sus conductas, y final y axiologicamente,sus destinos) intenta proteger los derechos humanos son de vital importancia paraque pueda darse una convivencia pacífica entre los miembros de la sociedad. Sinel reconocimiento de los derechos humanos mediante las garantías individualesno es posible hablar de una convivencia pacífica dentro de un real y auténticoEstado de Derecho.

Como diría el maestro Alfonso Noriega Cantú: Las Garantías y El Amparo sonla esencia del Estado de Derecho frente a los regímenes totalitarios odictatoriales, en el gobierno absoluto de la ley.Libertad que desde luego es antecedida por el primero de los derechos humanos

que tutelan las garantías individuales: La Vida. Las libertades específicas, que en conjunto constituyen el medio general de

realización de la teleología humana son la libertad de trabajo, de comercio, deprensa, de movimiento, de expresión etc., contenidas a título de derechosindividuales en la mayor parte de los ordenamientos jurídicos de mas alta jerarquía de los países civilizados. En nuestra Constitución Polìtica vigente, estáncontenidos en los artículos 1 al 29 con el nombre de Garantías Individuales.

Sin embargo cabe destacar que diversos teóricos del derecho hanmanifestado de manera reiterada que existen aún derechos fundamentales del

hombre que nuestra Carta Magna no ha logrado incorporar al capítulo relativo alas garantías individuales, como es el caso de los derechos civiles y políticos.1º de la Constitución Federal Mexicana de 1917 establece que en los EstadosUnidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que la Constituciónotorga.

En un sentido estrictamente ortodoxo aceptado, debemos entender que laConstitución otorga garantías pero no derechos. Las garantías son realmente unacreación de la Constitución, en tanto que los derechos protegidos por esasgarantías son los derechos del hombre que no provienen de una ley, sinodirectamente de la calidad y de los atributos naturales del ser humano.

 Existen tres teorías para explicar la vigencia de los derechos humanos.

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SOCIALES

Se dice que es inútil hablar de derechos humanos sin referirnos a la vida de

relación. El hombre aisladamente no tiene propiamente ningún derecho, puestoque no hay nadie correlativamente obligado a respetar tal derecho. Todo derechoimplica necesariamente una relación entre su titular y el obligado a acatarlo.

Los derechos humanos, aunque se consideren justificados en teoría, nadavalen y nada significan si no hay leyes que los consagren y que impongan surespeto.La Teoría Legalista en cuanto a los derechos no tutelados por la ley, mismos queno pueden alcanzar respeto ni menos protección de la autoridad. 

Revisando la historia de filosofía y las leyes, se afirma que antiguamente se

decía que los derechos del hombre eran instituciones del derecho natural ymuchos juristas filósofos postulaban que por esa razón debían ser respetados,aun cuando las leyes escritas nada dispusieran sobre el particular. En laevolución del Derecho Positivo el cual no reconoce mas derechos que losespecificados por la ley, casi siempre los derechos humanos fuerondesconocidos; sin embargo, a finales del siglo XVIII, y debido al triunfo de lasideas liberales en las instituciones políticas, los ordenamientos gubernativosadmiten y reconocen la existencia de esos derechos y establecen las garantíasque los tutelan.Los Estados nacieron ante la exigencia de constituir un poder central único, con elderecho exclusivo de coerción legítima sobre una población y un territoriodeterminados. Es decir, los Estados nacieron como Estados- Nación. Ejemplo deello es la inclusión de las organizaciones y de los individuos, y no a los Estadosexclusivamente, como sujetos de Derecho Internacional. Las Declaracionessobre Derechos del Hombre que garantizaron derechos humanos de manerauniversal a los individuos por encima incluso de las contravenciones que pudieranexistir en los Estados nacionales, lograron poner en aprietos uno de los principiosde poder del Estado: tener el monopolio jurídico sobre los ciudadanos, al existir ahora normas internacionales a las cuales puede apelar el individuo y la sociedad.

La soberanía es un atributo básico del Estado moderno. Un estado

soberano es una comunidad humana, autónoma, políticamente organizada, en unterritorio definido, entendiéndose por comunidad humana un conjunto de hombresy mujeres.

En algunos países, principalmente Inglaterra y España se impuso la necesidadde frenar la acción gubernamental frente a los derechos de los particulares.En el terreno de nuestra la historia de nuestro país, la Constitución mexicana de1857 establecía en su Artículo Primero que: “El pueblo mexicano reconoce quelos derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. Enconsecuencia, declara que las leyes y todas las autoridades del país deben de

respetar y sostener las garantías que otorga la Constitución.”

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En la vigente Constitución mexicana de 1917 se mantiene el mismoconcepto de los derechos del hombre, pero en su Artículo Primero no repite elmandato expreso de que las autoridades respeten y sostengan las garantíasindividuales.

En resumen, teórica y prácticamente, el reconocimiento de los derechosdel hombre viene a ser la condición indispensable para la convivencia de loshumanos en sociedad, y las garantías que el Estado debe otorgar a esosderechos del hombre son la condición indispensable para que se produzca elprogreso social.En el caso nuestro, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por el otro lado, en relación a los individuos o de las personas, las garantíasson los títulos jurídicos constitucionales de los derechos humanos con que cuentaun país para el libre desarrollo de sus actividades.

La justificación política de las garantías está encuadrada en dos valores:1.- el respeto a la dignidad humana, que no debe ser atropellada sino

respetada en sus derechos inminentes2.- En la alta calidad de nuestra soberanía, que por su propia decisión

impone a todos sus órganos de gobierno el respeto a los derechos del hombre.

Debe de hacerla respetar para que los derechos del hombre en sus distintasmanifestaciones queden a salvo.

No se puede renunciar al derecho de disfrutarlas, salvo el caso del Régimen deSuspensión de Garantías previsto por el artículo 29 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos, y la ley reglamentaria de dicho articulo de dichaConstitución.

Las garantías son permanentes, como atributo implícito del derecho protegido,pues mientras ese derecho existe, cuenta con la garantía como un derecholatente o en potencia, listo para accionar en caso de afectación de dicho derecho,cuando ocurre un acto de autoridad que prescinde las limitaciones impuestas por la soberanía al ejercicio de las funciones publicas.

GENERALES.

Porque protegen absolutamente a todo ser humano o individuo.

SUPREMAS.

Porque están instituidas en nuestra Constitución, que es nuestra máxima ley. Nopueden ser variadas ni alteradas, por una ley secundaria, sea federal o estatal.En la formación de las leyes se desconocían totalmente los derechos del hombre.

 

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LOS ESTADOS ORIENTALES En los regímenes sociales orientales, los derechos del hombre o garantíasindividuales no solamente no existieron como fenómenos de hecho, ni como

producto de una especie de tolerancia por parte del poder público.

En Grecia, el individuo gozaba de sus derechos fundamentales como personareconocidos por la Polis y oponibles a las autoridades, es decir, no tenía derechospúblicos individuales. Ante esta jerarquía social, es inútil hablar de la existencia dederechos del hombre.El ateniense gozaba de una libertad fáctica frente al poder público; podríalibremente actuar ante éste y aun impugnar o criticar su proceder en lasAsambleas cuando fuere contrario a su criterio; esa libertad sólo tenía unaexistencia de derecho sin que se significara, una obligación para la autoridadestatal su respeto; la libertad del ateniense no implicaba un derecho público

individual frente al Estado con obligación ineludible de parte de sus autoridadesen el sentido de acatarla.Estas son las costumbres de los antepasados, mores majorum “En Roma, la situación del individuo y, de su libertad como derecho exigible y

oponible al poder público, era parecida a la que privaba en Grecia.En las relaciones de derecho privado, el ciudadano romano estaba plenamente

garantizado como individuo. El romano, el homo liber, disfrutaba del derecho devotar y ser votado, de la facultad de intervenir en la vida pública, integrando losórganos de autoridad y teniendo injerencia en su funcionamiento. En el DerechoRomano tanto la libertad civil como la libertad política alcanzaron gran incremento.La libertad humana como derecho público era desconocida.Esta adopción en lo que a la organización de Estado romano respecta, operócambios radicales en su derecho político.

Generalmente en esa larga época tampoco tenían ningún valor los derechoshumanos. Es inútil hablar de la existencia de la libertad del individuo comoderecho público subjetivo y mucho menos del medio de proteccióncorrespondiente. 

Al decir de Rabasa, el Common Law, o derecho común en Inglaterra, seformó y desenvolvió sobre dos principios capitales: la seguridad personal y lapropiedad. Sus normas se extendieron y se impusieron a la autoridad real, quiendebía acatarlas, por lo que de esta guisa la libertad y propiedad en Inglaterra seerigieron ya en derechos individuales públicos, oponibles al poder de lasautoridades.

Así, los barones ingleses y el rey Juan Sin Tierra firmaron el documentopolítico de los derechos y libertades en Inglaterra, origen remoto de variasgarantías constitucionales de diversos países, principalmente de América.Inglaterra es un país de derecho consuetudinario. El pueblo.

Diderot y D’Alambert idearon un régimen político depurado y propugnabanpor la consagración y aplicación de los Derechos Naturales del Hombre.

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 La Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano expedida por la

Asamblea Nacional Francesa el 26 de agosto de 1789 durante la RevoluciónFrancesa, contiene una amplia lista de los derechos del hombre y en cierto modopuede ser considerada el modelo de nuestra Constitución de 1857 en lo relativo

a ese tema.

Por su parte, Voltaire proclama la igualdad de todos los hombres respecto alos derechos naturales de propiedad, libertad y protección legal. Si embargo,dicho pensador asienta que los individuos, al formar la sociedad civil, recuperansus derechos naturales con las consiguientes restricciones, los cuales deben ser respetados por el poder o autoridad públicos.

Las garantías individuales se dieron en:

La Constitución de virginia, de 1776, que enlista los derechos de los

particulares en sus relaciones con las autoridades.En la de Virginia, se encuentran disposiciones que consagran derechosfundamentales del individuo así como la declaración de igualdad legal entre loshombres. 

Desde los albores de nuestros impulsos de la Independencia, nuestrospróceres atendieron a la institución de los Derechos Humanos.Otros, sin trascendencia política, social o jurídica alguna.

Así, Don José Maria Morelos y Pavón en 1813 garantizó en LosSentimientos de La Nación la igualdad ante la ley, la igualdad social, la propiedadprivada, la seguridad del domicilio, la no retroactividad de la ley en perjuicio depersona alguna y otros derechos humanos no menos importantes.

El acta de reformas de 1847 consignaba solamente el derecho de petición,el de reunión para discutir los asuntos públicos y las garantías de libertad,seguridad, propiedad e igualdad.3 de la ley del 12 de Julio de 1859.

En 1857 se expuso un criterio en el sentido de reconocer que los derechosdel hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales.

58 y 77 un catálogo de garantías individuales, que comprendían las garantíasbásicas de igualdad, libertad, seguridad personal, propiedad, libertad de cultos,libertad de imprenta, requisitos para la aprehensión, la retroactividad de la ley,inviolabilidad del domicilio y derechos del procesado.

En la Nueva España el derecho colonial se integró con el derecho españolpropiamente dicho en sus formas legal y consuetudinaria, y por las costumbresindígenas, principalmente. De hecho diversos autores afirman que 1808 marca elinicio de la discusión sobre los derechos políticos civiles de los mexicanos y laindependencia. La Constitución de Apatzingán contiene un capítulo especialdedicado a las garantías individuales. En su artículo 24, se hace una declaración

general acerca de la relación entre los derechos del hombre, como elementos

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insuperables por el poder público, que siempre debía respetarlos en toda suintegridad.La íntegra conservación de estos derechos es el objeto de la institución de losgobiernos y el único fin de las asociaciones políticas.” 

El artículo primero de nuestra ley fundamental de 1857, contiene unadeclaración de carácter dogmático, en el sentido de que los derechos del hombreson la base y el objeto de las instituciones sociales.

Consagra los derechos al trabajo, a la libertad de movimiento, a laactividad. Elabora un esbozo superficial y altamente general sobre los derechoslaborales. Excluye la huelga aún, pero consagra ya ciertos derechos laboralespara los individuos. Consagra el derecho a la tierra.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PARTE DOGMATICA

Nuestra Constitución Política vigente, de 1917, específica, detalladamente, en elcapítulo I de su Título Primero los diversos derechos del hombre que garantiza,con expresión de los efectos de la garantía y en muchos casos las bases de sureglamentación.

Se enuncia a continuación el derecho consignado en cada uno de los 29artículos que tutelan las garantías individuales en la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos. El Sistema Federal. El Régimen Democrático.Cada artículo tiene un tema central, producto de nuestra vida política y social,como sigue:

Artículo 1.- Todo individuo gozará de garantías.Artículo 2.- Se prohíbe la esclavitud en México.Artículo 3.- La educación será democrática y laica.

Artículo 4.- México es pluricultural con igualdad de género.

Artículo 5.- Libertad de profesión, comercio o trabajo.Artículo 6.- Libertad de manifestación de ideas.Artículo 7.- Libertad de escribir y publicar escritos sin censura previa.Artículo 8.- Derecho de Petición.Artículo 9.- Libertad de asociación.Artículo 10.- Derecho de posesión de armas en el domicilio.Artículo 11.- Derecho de transito en la República.Artículo 13.- Prohibición para juzgar con leyes privativas o leyes especiales.Artículo 14.- Ninguna ley podrá tener efecto retroactivo en perjuicio de personaalguna.Artículo 15.-Nadie podrá ser privado de la vida, propiedades, posesiones o

derechos.

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Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeleso posesiones.Artículo 17.- Nadie podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia parareclamar su derecho.Artículo 19.- Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder las 72

horas.Artículo 20.- En todo proceso de orden penal el inculpado tendrá garantías:Libertad provisional bajo caución. No podrá ser obligado a declarar. No podrá ser incomunicado. Será informado de sus derechos.Artículo 21.- La persecución de delitos compete exclusivamente a la autoridad judicial.Artículo 24.- Libertad de religión.Artículo 25.- Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional.Artículo 26.- El Estado organizará un sistema de planeación democrática.Artículo 28.- En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios.

La Constitución es la ley fundamental de un Estado. En ella, se establecen losderechos y obligaciones esenciales de los ciudadanos y gobernantes.

Artículo 30 - Nacionalidad mexicana.Artículo 31 - Obligaciones de los mexicanos.Artículo 32 - Doble nacionalidad.Artículo 33 - Derecho de los extranjeros / Prohibición en asuntos políticos.Artículo 34 - Requisitos para ser ciudadano.Artículo 35 - Prerrogativas del ciudadano.Artículo 36 - Obligaciones del ciudadano.Artículo 37 - Pérdida de la ciudadanía.Artículo 38 - Suspensión de los derechos o prerrogativas de los ciudadanos.Artículo 39 - Concepto de soberanía.Artículo 40 - Régimen político de México.Artículo 41 - Poderes de la Unión y sus renovaciones.Artículo 42 - Partes integrantes del territorio nacional.Artículo 43 - Partes integrantes de la Federación.Artículo 44 - Distrito Federal.Artículo 45 - Extensión y límites de los estados de la Federación.Artículo 46 - Extensión y límites de los estados de la Federación.

Artículo 47 – Extensión del Estado de Nayarit.Artículo 48 - Partes del territorio que dependen del Gobierno Federal.Artículo 50 - Congreso General.Artículo 54 - Elección de Diputados.Artículo 55 - Requisitos para ser Diputado.Artículo 56 - Integración de la Cámara de Senadores.Artículo 58 - Requisitos para ser Senador.Artículo 59 - No reelección de Senadores y Diputados.Artículo 60 - Validez de elecciones de Diputados y Senadores.Artículo 61 - Fuero Constitucional.Artículo 62 - Prohibición de otros empleos.

Artículo 63 – Quórum.Artículo 64 - No concurrencia sin causa justificada.

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Artículo 65 - Periodos de Sesiones.Artículo 66 - Periodos de Sesiones.Artículo 67 - Periodos de Sesiones.Artículo 69 - Informe Presidencial.Artículo 70 - Resoluciones del Congreso.

Artículo 71 - Competencia para iniciar leyes o decretos.Artículo 72 - Procedimiento para la creación de leyes.Artículo 73 - Facultades del Congreso.Artículo 74 - Facultades exclusivas de la Cámara de Diputados.Artículo 76 - Facultades exclusivas de la Cámara de Senadores.Artículo 78 - Composición y atribuciones de la Comisión Permanente.Artículo 79 - Atribuciones de la entidad.Artículo 80 – Depositario del poder Ejecutivo: “Presidente de los Estados Unidos

Mexicanos”.Artículo 81 - Elección del Presidente de México.Artículo 82 - Requisitos para ser Presidente.

Artículo 83 - Plazos del cargo.Artículo 84 - Caso de falta absoluta del Presidente.Artículo 85 - Presidente interino.Artículo 87 - Protesta del Presidente al iniciar el cargo.Artículo 89 - Facultades y obligaciones del Presidente.Artículo 90 - Composición de la Administración Pública Federal.Artículo 91 - Requisitos para ser Secretario de Despacho.Artículo 94 - Composición del Poder Judicial.Artículo 95 - Requisitos para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia.Artículo 98 - Ausencia de un Ministro.Artículo 99 - Tribunal Electoral.Artículo 100 – Consejo de la Judicatura Federal.Artículo 101 - Limitaciones a los cargos.Artículo 102 - Ministerio Público y protección a los Derechos Humanos.Artículo 103 - Tipos de controversias.

Artículo 105 - Controversias que resuelve la Suprema Corte de Justicia.

Artículo 107 - Resolución de controversias.

Artículo 108 – Servidores Públicos.

 Artículo 109 - Expedición de leyes de responsabilidad de servidores públicos.

Artículo 110 – Juicio político. Artículo 111 - Procedimiento penal contra servidores públicos. Artículo 112 – Excepción a la declaración de procedencia. Artículo 113 - Obligaciones y sanciones de los servidores públicos.

Artículo 114 – Procedimiento de Juicio Político. 

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Artículo 115 – El Municipio Libre.

Artículo 116 - Poder público de los Estados. 

Artículo 117 – Prohibición a los Estados. Artículo 118 - Actos de los Estados que requieren autorización del Congreso.

Artículo 119 – Obligaciones de los Estados. Artículo 120 - Obligación de los Gobernadores de publicar y hacer cumplir lasleyes federales.

Artículo 121 – Actos públicos, registros y procedimientos judiciales de cadaEstado.

Artículo 122 - Gobierno del Distrito Federal. Artículo 123 - Derecho al trabajo digno y socialmente útil. Artículo 124 – Facultades de funcionarios federales y estados.

Artículo 126 – Prohibición de pagos no contemplados en el Presupuesto o leyesposteriores.

Artículo 127 - Remuneración de servidores públicos.

Artículo 128 – Protesta de los funcionarios públicos. Artículo 129 – Autoridad militar en tiempos de paz.

Artículo 130 – Separación del Estado y las iglesias.

Artículo 132 – Jurisdicción de inmuebles destinados al servicio público o usocomún.

Artículo 133 - Ley Suprema de toda la Unión.

Artículo 134 – Recursos económicos del Gobierno Federal y del Gobierno delDistrito Federal.

Artículo 135 - Requisitos para reformar la Constitución.

Artículo 136 – Fuerza y vigor de la Constitución en todo tiempo.

La Constitución mexicana de 1917, es una Constitución rígida, republicana,

presidencial, federal, pluripartidista y nominal.

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La Constitución está compuesta por 136 artículos; como en la mayoría delas constituciones puede advertirse una parte dogmática y una parte orgánica; laparte dogmática, en la que se establece la declaración de garantías individuales,comprende los primeros 29 artículos de la Constitución.

Los principios esenciales de la Constitución mexicana de 1917, son lossiguientes: la idea de soberanía, los derechos humanos, la división de poderes, elsistema federal, el sistema representativo y la democracia, la supremacía delEstado sobre las iglesias y la existencia del juicio de amparo como mediofundamental de control de la constitucionalidad.

Los derechos humanos en la Constitución de 1917, están contenidos en lasdeclaraciones de garantías individuales y de garantías sociales.

El régimen federal está previsto en los artículos 40 y 41 de la Constitución.

La verdadera naturaleza del Estado Federal Mexicano se establece en el artículo41, del que se desprende que las entidades federativas no son soberanas sinoautónomas.

LOS PODERES DEL ESTADO.

El poder ejecutivo federal lo ostenta un solo individuo, denominado, según elartículo 80 de la Constitución, presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Los jueces de cada estado se ajustarán a lo dispuesto por la Constitución, lasleyes y los tratados, a pesar de las normas en contrario que puedan existir en lasconstituciones o las leyes de los Estados.

Tradicionalmente se ha sostenido que la jerarquía del orden jurídico en elDerecho mexicano es la siguiente: 1. La Constitución; 2. El tratado internacional yla ley federal; 3. La ley ordinaria; 4. El decreto; 5. El reglamento, y 6. Las normas jurídicas individualizadas.

A) CONTENIDO GENÉRICO:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está formada entérminos generales por 9 Títulos, 10 capítulos, así como de 4 secciones y 136artículos.

Las garantías constitucionales protegen directamente los derechos humanos y por ende sus titulares son precisa y exclusivamente seres humanos, ya sea comopersonas físicas, o reunidos como personas morales.

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Son aquellas que: 

• Protegen la vida.• Establece que nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus

propiedades, posesiones o derechos.• La libertad corporal. establece que nadie podrá ser privado de la vida, de

la libertad o de sus propiedades o posesiones.• Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia

para reclamar tal derecho.• Esta prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos.• Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e

informada sobre el número y esparcimiento de sus hijos, toda personatiene derecho a la protección de su persona, toda familia tiene derecho adisfrutar de vivienda digna y decorosa, los niños y las niñas tienen derechoa las satisfacciones y necesidades de alimentación salud educación y sano

esparcimiento para su desarrollo integral.• Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.• Todo individuo tiene derecho a recibir educación.

• La libertad de imprenta.

• El derecho de petición.• Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho

de petición, siempre que ésta se formule por escrito de manera pacífica yrespetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecholos ciudadanos de la república.

• El derecho de asociación.

• La libertad de tránsito.

• Los derechos de los procesados.

• No podrá ser obligado a declarar.

• La libertad de Religión o conciencia.

• Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad, de sus propiedades,posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunalespreviamente establecidos, en el que se cumplan las formalidadesesenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas conanterioridad al hecho.

• El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial,cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución gubernativa,dictada en los términos que marca la ley, cuando se ofendan los derechosde la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución judicial.

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LAS DE BENEFICIO SOCIAL.

1. Las de igualdad social ante la ley.2. Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos.

3. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. 3Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado impartiráeducación preescolar, primaria y secundaria.

4. La libertad de imprenta.5. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se

promoverán la creación de empleos y la organización social para eltrabajo, conforme a la ley.

6. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades delas empresas, reguladas de conformidad.

7. Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronoslas huelgas y los paros.

8. Todas las demás estipulaciones que implique renuncia de algún derechoconsagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a lostrabajadores.

9. Los trabajadores solo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada en los términos que fije la ley.

10.Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de susintereses comunes.

11.Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica ymedicina, en los casos y en la proporción que determine la ley.

12.El régimen penitenciario.13.El derecho de los pueblos a ser restituidos o dotados de las tierras y aguas

que necesiten.14.Nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución

 judicial.

Las garantías o derecho humano de seguridad jurídica, como también la podemosdenominar protegen la dignidad humana, en las relaciones del hombre con laautoridad; e incluyen un conjunto bastante extenso de prevencionesconstitucionales que tratan de producir en las personas la confianza.

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CAPITULO IV

LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

LA ASAMBLEA GENERAL.

ARTICULO 1Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente losunos con los otros.

ARTÍCULO 2Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en estaDeclaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión

política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,nacimiento o cualquier otra condición.

ARTÍCULO 3Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de supersona.

ARTÍCULO 6Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de supersonalidad jurídica.

ARTÍCULO 7Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protecciónde la ley.

ARTÍCULO 8Toda persona tiene derecho un recurso efectivo, ante los tribunales nacionalescompetentes que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentalesreconocidos por la Constitución o por la ley.

ARTÍCULO 9Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

ARTÍCULO 10Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oídapúblicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para ladeterminación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.Toda persona tiene derecho ala protección de la ley contra tañes injerencias oataques.

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ARTÍCULO 13

1.- Toda persona tiene derecho a circular libremente ya elegir su residencia en elterritorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y aregresar a su país.

ARTÍCULO 141, En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y adisfrutar de él, en cualquier país.2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmenteoriginada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principiosde las Naciones Unidas.

ARTÍCULO 151. Toda persona tiene derecho a una Nacionalidad.2.- A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni el derecho de cambiar de nacionalidad.3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derechoa la protección de la sociedad y del Estado.

ARTÍCULO 171. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

ARTÍCULO 18Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y dereligión este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, asícomo la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual ycolectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica,el culto y la observancia.

ARTÍCULO 19Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derechoincluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y .recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por 

cualquier medio de expresión.

ARTÍCULO 20I. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2.Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a lasfunciones públicas de su país.

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ARTÍCULO 22Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social,ya obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habidacuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de losderechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al

libre desarrollo de su personalidad.

ARTÍCULO 231.- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, acondiciones equitativas y satisfactorias de trabajo ya la protección contra eldesempleo.2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensade sus intereses.

ARTÍCULO 24Toda Persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a unalimitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicaspagadas.2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho aigual protección social.

ARTÍCULO 261.- Toda persona tiene derecho a la educación.

ARTICULO 28Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacionalen el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se haganplenamente efectivos.Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposicióna los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

ARTÍCULO 30Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confierederecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y

desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera delos derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

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Los Derechos Humanos son:

Históricos. Son de todas las personas, sin distinción cual ninguna.Todos los derechos humanos están articulados.

Son progresivos. Cristalizó en el documento que se llama Declaración Universalde los Derechos Humanos, aprobado por la asamblea general de las nacionesunidas el 10 de diciembre de 1948 en París. El 10 de diciembre de 1948 laAsamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos. Ya no es más una Declaración de Derechosdel Hombre y del Ciudadano, sino que es una Declaración Universal, porque losdestinatarios son todos los hombres, y no tan sólo los ciudadanos de uno u otro

Estado.

"Los derechos humanos son los cimientos de la existencia y de la coexistenciahumana. Los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes,son lo que nos hace humanos", agregó Kofi Annan al Marcar el Día de losDerechos Humanos. Annan recordó que los derechos humanos no son extraños aninguna cultura y son parte de todas las naciones.La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue la primera declaraciónadoptada por las Naciones Unidas y consagra:

• El derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal; la educación; la libertadde pensamiento, conciencia y religión; la libertad de opinión y de expresión; altrabajo; a buscar y obtener asilo en otros países al ser perseguido; a estar libredel miedo, de carencias, de tortura y esclavitud; entre otros, son algunos de losderechos protegidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

• La Declaración Universal de los Derechos Humanos se aplica a cada individuo,sin considerar su género, raza, religión o antecedente cultural.

• La Declaración Universal de los Derechos Humanos, junto con el Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional deDerechos Económicos, Sociales y Culturales conforman la Carta Internacional deDerechos Humanos.

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}FORMAS DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

TERRORISMO:

Es una forma de expresar opiniones políticas y sociales que utiliza la intimidacióny la violencia para imponer sus ideas. Así, se reprime la libertad de expresión, elderecho de huelga, etc.Un pueblo ignorante y mísero no puede estar consciente de sus derechos.

DIMENSION ACTUAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Hasta hace algunos años en la mayoría de los países del mundo, seconsideraban a los derechos humanos un asunto doméstico, eran cuestiones queestaban reservadas a cada gobierno respecto de sus nacionales.

Aunque en el preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 se aludía alos derechos humanos, el movimiento despega con la Declaración Universal deDerechos Humanos de París y la Declaración de Derechos del Hombre y delCiudadano de Bogotá, proclamadas en diciembre y mayo de 1948respectivamente, toda vez que dichos documentos, aunque no tuvieron uncarácter vinculante, sí representaron un significativo compromiso moral.

Los diferentes gobiernos del mundo han ido aprobando instrumentos tanto dederecho internacional general como de derecho internacional regional,esforzándose en atender los requerimientos que surgen en materia de derechoshumanos, observándose que todas las naciones se han pronunciado, de maneracategórica, a favor de los derechos humanos, internacionalización que constituyóun paso novedoso y trascendental.

1.- Derechos Individuales Clásicos

La primera generación de derechos humanos, que surgió como resultadodel liberalismo político del siglo XVIII, se instaura en las primeras Constitucionesescritas, pero adquiere su plena expresión en las leyes fundamentales del siglopasado. En esta generación, están ubicados los clásicos derechos individuales,derechos civiles y derechos políticos de los ciudadanos, que exigían del Estadofundamentalmente una actividad de no hacer y de respeto frente a ellos, comoson los siguientes: derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad; derecho deigualdad ante la ley, al debido proceso y el recurso efectivo; derechos de

conciencia (libertades de pensamiento, expresión y religión); derecho depropiedad; libertades de circulación, reunión y asociación; inviolabilidad de la vida

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privada, familia, domicilio y correspondencia; derecho a una nacionalidad, aparticipar en los asuntos públicos, a votar y ser elegido en elecciones periódicas.

2.- Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Los derechos de la segunda generación están constituidos por losderechos económicos, sociales y culturales del hombre, se les conoce tambiéncomo derechos de igualdad en los cuales corresponde al Estado una obligaciónde hacer, dado que tales derechos tienen que realizarse a través o por medio delEstado. Estos derechos han sido impulsados desde hace varios años por elconstitucionalismo social, entre los cuales tenemos: derecho al trabajo, a laseguridad social, a la educación; al salario equitativo, a la sindicación, la huelga;al descanso y al pleno empleo.

3.- Derechos de Solidaridad o de Tercera Generación

Existen también, por último, los derechos humanos de tercera generación,llamados también de “solidaridad”, mismos que abarcan algunos “interesesdifusos” que se inspiran en principios generales o universales cuyo respetoreclama la humanidad. Los derechos de este grupo son, entre otros, el derecho ala paz, a la libre autodeterminación, el derecho al desarrollo, el derecho a unambiente sano y ecológicamente equilibrado, y el derecho a beneficiarse delpatrimonio de la humanidad. Se han ampliado o enriquecido algunos derechosindividuales de carácter tradicional, así como también se han venido incorporandouna serie de nuevos derechos, como son los de paternidad responsable, libreprocreación, igualdad jurídica de los sexos, derecho a la salud, derecho a lavivienda, derecho a la información, derecho de diferencia y de identidad en razónde la composición pluricultural de la nación. Más aún el progreso de la cultura delos derechos humanos se ha manifestado también en el plano institucional,mediante la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y de lasrespectivas Comisiones Locales que funcionan en los estados del país.

Obligaciones del Estado en materia de Derechos Humanos

1) Respetar:

- El Estado no puede interferir en el disfrute de los Derechos Humanos.

- El Estado no puede fomentar que otros interfieran en el disfrute de los DerechosHumanos.

2) El Estado debe buscar la satisfacción de los Derechos Humanos de laspersonas individuales o colectivas tomando en cuenta su identidad (cultural,social, sexual, de género, etc.),

3) Asegurar un mínimo esencial para el disfrute de los Derechos Económicos,Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA):

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- El Estado debe asegurar la satisfacción de los niveles esenciales de cada unode los derechos, aún en periodos de limitaciones graves de recursos.

4) Promover:

- El Estado debe elaborar y poner en acción políticas públicas de corto, mediano ylargo plazo encaminadas a garantizar el respeto, la protección y el aseguramientodel goce de los Derechos Humanos.

5) Satisfacer:

- El Estado debe satisfacer de manera plena el disfrute de los Derechos

Humanos.

- El Estado debe evitar hacer políticas, leyes, programas o acciones quediscriminen cualquier grupo o colectivo.

LA CONSTITUCION DE 1917 Y LOS DERECHOS HUMANOS.

CLASIFICACION DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Constitución de 1917 cuando se expidió estableció derechos de carácter individual y de carácter social.

1.- De igualdad

Los derechos de igualdad son los siguientes: 1) Todo individuo goza de las

garantías que otorga esta Constitución (artículo 1º); 2) Prohibición de la esclavitud(artículo 2º); 3) Igualdad de derechos sin distinción de sexos; 4) Prohibición detítulos de nobleza, y prerrogativas y honores hereditarios (artículo 12); 5)Prohibición de fueros (artículo 13); 6) Prohibición de procesar leyes privativas otribunales especiales (artículo 13).

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2.- De libertad

Los derechos de libertad protegen a la persona humana en diversosplanos, pueden ser físicos o del espíritu, de carácter cívico o de carácter social;

por ejemplo: 1) libertad de trabajo (artículo 5º); 2) nadie puede ser privado delproducto de su trabajo, si no es por resolución judicial, (artículo 5º); 3) nulidad delos pactos contra la dignidad humana (artículo 5º); entre otros.

3.- De seguridad jurídica

Los derechos de seguridad jurídica entre otros son: 1) derecho de peticióny que a la misma recaiga un acuerdo escrito (artículo 8); 2) irretroactividad de laley (artículo 14); 3) privación de derechos sólo mediante juicio seguido con las

formalidades del proceso (artículo 14); 5) prohibición de aplicar analogía ymayoría de razón en los juicios penales (artículo 14); 6) principio de autoridadcompetente (artículo 16).

LOS NUEVOS DERECHOS HUMANOS.

Como ya se ha expuesto, los derechos humanos que establece la Constituciónson muy variados. El asunto se complica todavía más, en virtud de que dentro delos propios derechos tradicionales la ciencia jurídica ha perfilado nuevosderechos, ampliando, todo lo cual se ha traducido en distintas reformasconstitucionales.

Familia

Se ha consagrado en el artículo 4º. Constitucional, varios derechos

concernientes a la familia, modificaciones constitucionales que por ordencronológico han sido: a) igualdad jurídica de los sexos, protección a la familia, ylibre procreación; b) paternidad responsable; c) derecho a la salud y d) derecho ala vivienda.

Por lo que se refiere a los dos primeros derechos señalados, estos aparecen en elpárrafo segundo del artículo 4º de nuestra Constitución, que dice: “El varón y lamujer son iguales ante la Ley.

Respecto al derecho de la familia a ser protegida, cabe señalar, que este

se funda en los principios y valores de tal núcleo social.

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Paternidad responsable

Este derecho se regula en el párrafo sexto del artículo 4º, de nuestraConstitución, el cual expresa: “Es deber de los padres preservar el derecho de losmenores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental.

De acuerdo con el párrafo cuarto del artículo 4º, de nuestra Constitución, todapersona tiene derecho a la salud.

El derecho a la salud, por tanto, se instituye como una garantía social depreocupación nacional, que persigue elevar los niveles de salud del pueblomexicano con base en el bienestar de la familia.

Vivienda

Se encuentra consagrado en el párrafo quinto del artículo 4º, de nuestraConstitución, que expresa: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de viviendadigna y decorosa. Constitucional, el derecho que nuestras comunidades indígenastienen de ser diferentes en cuanto mantienen costumbres propias y preservan suidentidad y derechos como grupo.

Derecho a la información.

El texto original del artículo 6º. Constitucional, únicamente consagró elderecho a la libre manifestación de las ideas, libertad que sólo podrá limitarsecuando ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito operturbe el orden público.

COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS:

ANTECEDENTES Y CREACION

A través de la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos(CNDH), así como de las comisiones equivalentes en las entidades federativas, elEstado mexicano se propuso establecer un sistema nacional de protección no jurisdiccional de los derechos humanos, que respondiera de manera ágil y sencillaa los múltiples requerimientos ciudadanos, sin que ello implicara de maneraalguna que éstos renunciaran a los procedimientos judiciales establecidos.

El actual titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es eldoctor José Luis Soberanes Fernández.

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Según dispone el artículo 5º., de la Ley de la Comisión Nacional de losDerechos Humanos, dicha Comisión se integra “con un presidente, una SecretaríaEjecutiva, hasta 5 Visitadores Generales, así como el número de visitadoresadjuntos y personal profesional, técnico y administrativo necesario para la

realización de sus funciones”.

Las visitadurías generales son las instancias de recepción, atención einvestigación de las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de DerechosHumanos por presuntas violaciones a los derechos humanos, así como de lasactuaciones de oficio de ésta.

Según el artículo 6º. De la Ley de la Comisión Nacional de Los DerechosHumanos, competen a dicha Comisión Nacional de Derechos Humanos, lassiguientes atribuciones:

1) Quejas, investigación y supervisión sobre violación a los derechoshumanos;

2) Formular recomendaciones públicas autónomas no vinculatorias;

3) Actuar como segunda instancia respecto de las comisiones estatales;

4) Promoción y difusión de los Derechos humanos.

 Existen tres limitaciones de competencia para la Comisión Nacional de

Derechos Humanos, estas son en materia jurisdiccional, laboral y electoral, comoa continuación se expone.Sólo puede actuar la Comisión en este tipo de casos, cuando mediante la funciónpública a los ciudadanos les vulneren sus derechos políticos.

INCONFORMIDADES

Las inconformidades ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanospodrán presentarse a través de los recursos de queja y de impugnación.Es decir, en materia de Derechos Humanos se busca, sin juzgar si se logra o no,respetar y poner en este terreno también, la garantía de audiencia consagrada por los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.

Las resoluciones que adopte la Comisión Nacional respecto de los recursosde impugnación pueden ser:

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QUE SON LAS RECOMENDACIONES

Durante la fase de investigación de una queja, los visitadores responsablesdel caso, apoyados por especialistas en diversos campos científicos, realizan unaminuciosa investigación para analizar los hechos, argumentos y pruebas y

determinar si una autoridad o servidor público ha violado los Derechos Humanosde una persona, al incurrir en actos y omisiones ilegales, irrazonables, injustas,inadecuadas o erróneas.

Concluido este procedimiento, y en caso de comprobarse violación deDerechos Humanos, y no es posible llegar a la amigable composición, se emiteuna recomendación, la cual contiene:

1. Descripción de los hechos violatorios de Derechos Humanos.2. Enumeración de las evidencias que demuestran violación a Derechos

Humanos.3. Descripción de la situación jurídica generada por la violación a Derechos

Humanos y del contexto en el que los hechos se presentaron.4. Observaciones y razonamientos lógico-jurídicos y de equidad en los que se

soporte la convicción sobre la violación de Derechos Humanos reclamada.5. Recomendaciones específicas, que son las acciones solicitadas a la autoridad

para efecto de reparar la violación a Derechos Humanos y sancionar a losresponsables.

LAS COMISIONES ESTATALES.

Los presidentes de dichas comisiones son designados por losgobernadores de los estados con aprobación del Congreso Local.

Las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, siguen el modelonacional en cuanto a su estructura y funcionamiento. Se han constituido como unórgano público, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonios propios. Estána cargo de un presidente que cuanta con un consejo ciudadano, una secretaríaejecutiva y otra técnica, así como los visitadores y personal necesarios.

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