Resumen Ceremonial III

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CEREMONIAL IIICEREMONIAL OFCIALEl ceremonial oficial respeta un conjunto de normas que rigen el trato formal entre las Naciones en relacin con: Honores a Jefes de Estado y Gobierno Precedencia entre ellos Privilegios e inmunidades de diplomticos y consulares Normas protocolares Organizacin de las ceremoniasNORMAS PROTOCOLOCARESConjunto de normas protocolares, protocolizadas en forma de documentos oficiales, regida por costumbres y tradicin de uso en un territorio o aceptadas como instrumento para las relaciones internacionales. Dispone en actos oficiales la ordenacin y fijan las precedencias de Autoridades, smbolos, distinciones y honores que forman parte de la imagen plstica de poder.En lo internacional refiere al principio de igualdad jurdica entre los Estados y obliga al respeto de las precedencias de los Estados en las relaciones diplomticas (reciprocidad en el trato).DIRECCION GENERAL DE CEREMONIALMisin: Coordinar y entender en el desarrollo de actos y ceremonias a las que asiste la/el Jefe de Estado y las acciones que se cumplan en el mbito de la Presidencia. Asiste al Coordinador General de la Unidad Presidente, en la organizacin y desarrollo de todo acto o ceremonial, que lleve a cabo el Presidente de la nacin a los que asista. Coordina con el Jefe de la Casa Militar, las tareas relacionadas con el ceremonial militar vinculado con el Presidente de la Nacin. Organiza el acto de presentacin de Cartas Credenciales Interviene en la organizacin y desarrollo de actos, ceremonias y reuniones fuera de Presidencia o en las que asista el Presidente de la Nacin o quien envi en su representacin, coordinando con los Ministerios y organismos correspondientes. Tramita las invitaciones que reciben el Presidente de la nacin y los requerimientos relacionados en materia de trofeos, premios, becas y precedencias honorarios y padrinazgos. Organiza los viajes del Jefe de Estado al interior del pas y colabora con el Ministerio de Relaciones Internacionales, Comercio Internacional y Culto los viajes al exterior. Elabora y mantiene actualizado el Registro de Autoridades Nacionales y confecciona el orden de precedencia protocolar, en coordinacin con el MRRIICIyC cuando incluya al Cuerpo Diplomtico. Participa en la organizacin de reuniones de Gabinete, reuniones especiales y acuerdo en los que intervenga el Jefe de Estado efectuado las invitaciones correspondientes. Participa en la organizacin de las reuniones especiales, ceremonias, actos y viajes. Atiende todo lo relacionado con el padrinazgo, ahijados presidenciales, coordinacin de bautismos y designacin de representantes del Presidente de la Nacin.DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL Depende del Ministerio de Relaciones Internacionales, Comercio Internacional y CultoMisin: Entender en el enlace en el pas- entre las Autoridades Argentinas y Misiones Especiales, representaciones diplomticas, Consulares Extranjeras o representaciones de Organizaciones Internacionales.Funcin: Enlace entre el Cuerpo Diplomtico y Consular Extranjero con las Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales de nuestro pas. Entiende en la precedencia entre el Cuerpo Diplomtico y Consular Extranjero y las Autoridades Nacionales. Organiza las ceremonias del MRRIICIyC. Prepara y expide los despachos de cortesa, comunicacin de estilo del Presidente de la Nacin y el MRRIICIyC, a Jefes de Estado Extranjero con motivo de aniversarios, fiestas, duelos nacionales y ocasiones especiales. Dicta el Reglamento de Ceremonial, establece los actos oficiales y diplomticos, preparando con la Direccin General de Ceremonial la lista de precedencias nacionales. Confecciona las cartas olgrafas o plenipotenciarias del Presidente de la Nacin, Cartas Patentes; de Retiro y Patentes Consulares Argentinas. Tramita el otorgamiento de Condecoraciones, con sus aspectos protocolares. Tramita la concesin del Placel de Embajadores extranjeros y argentinos; Agregados de las Fuerzas Armadas Extranjeras y Argentinas como la acreditacin y reconocimiento de Cnsules Extranjeros. Coordina con la Direccin Nacional de Ceremonial la visita al exterior del Presidente de la Nacin y las visitas de Jefe de Estado a la Argentina.PLACETConsentimiento de un Estado cuando es nombrado Jefe de Misin por otro Estado.CARTAS CREDENCIALESDocumento que le contiene el carcter pblico de Jefe de Misin y otorga el titulo con el cual deber representar a su pas en su destino en el exterior.Este documento puede ser enviado con antelacin por cancillera a la representacin diplomtica o al tiempo de su llegada, juntamente con las Cartas de Retiro de su antecesor.CEREMONIA DE PRESENTACION DE CARTAS CREDENCIALES1) El Directo Nacional y el Edecn Militar se traslada a la residencia del nuevo jefe de Misin, para dirigirse al Palacio San Martin (MRRIICIyC) en donde lo aguarda una escolta de Regimiento de Granaderos a Caballo Gral. San Martn para dirigirse luego a Casa de Gobierno.2) Los funcionarios ingresan por la explanada de la calle Rivadavia. Frente a ellos un Escuadrn del Regimiento de Granaderos a Caballo con Bandera Oficial Nacional y Bandera del Ejercito de los Andes, quienes rinden honores y la fanfarria ejecuta la Marcha de Ituzaingo.3) Ingresan al Hall de los Bustos con el Director Nacional de Ceremonial y el Director General de Ceremonial a izquierda y derecha del Jefe de Misin.4) Ascienden al primer piso por la escalera izquierda e ingresan al Saln Sur donde es recibido por el Jefe de la Casa Militar.5) El Jefe de Misin es invitado a pasar al Saln Blanco donde se encuentra el Presidente de la Nacin, junto con el Ministro de RRIICIyC.6) El Jefe de Misin saluda al Mandatario inclinando su cabeza en seal de respecto, alcanza unos pasos y repite el mismo gesto con una inclinacin ms profunda.7) El Presidente de la nacin extiende su mano y el Jefe de Misin responde este saludo y hace entrega de la Carta Credencial, a continuacin saluda al Canciller.8) El Mandatario incita a sentarse a en un silln a su derecha, quedando este a la altura del busto de la Republica y a su izquierda el Canciller.9) Se efectuada un dialogo corto y formal. Luego se presenta al personal de su Representacin Diplomtica quienes saludan a las Autoridades Argentinas y vuelven a sus asientos.10) El Embajador se retira siendo acompaado por los mismos funcionarios al ingresar.11) En la puerta de ingreso, los efectivos militares rinden los honores correspondientes y es despedido por el Director General de Ceremonial.12) El nuevo Embajador deposita la Ofrenda Floral en el Monumento a San Martin (Muertos por la patria).13) Al finalizar invita a los funcionarios de Cancillera y Oficiales del Escuadrn de Granaderos a Caballo que participaron de la ceremonia a compartir una copa de champagne en su residencia.Nota: Se han presentado Cartas Credenciales en la Residencia de Olivos, quedando escotado el Jefe de Misin desde el ingreso a la Av. Maip hasta la Residencia de Olivos. Es aguardado por el Director Nacional de Ceremonial y el Jefe de la Casa Militar quien lo acompaa junto con el Director General de Ceremonial hasta la planta baja donde ser recibido por el Presidente de la Nacin.RELACIONES DIPLIMATICASEstablecido por la Convencin de Viena de 1961, en su art. 1 establece: JEFE DE MISION: persona encargada por el Estado acreditante a actual como tal. MIEMBROS DE MISION: Jefe de Misin y miembros del personal de la Misin.CLASES DE JEFE DE MISION Embajadores o Nuncios Apostlicos acreditados ante los Jefes de Estados y otros Jefes de Estado de rango equivalente. Enviados, Ministros o Internuncios acreditados ante los Jefes de Estado. Encargados de Negocios acreditados ante los Ministros de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.PRECEDENCIALa precedencia de los Jefes de Misin estar establecida segn el orden de fecha y hora en que hayan asumido a sus funciones.LEY N 20957 DEL SERVICIO EXTERIOR NACIONALSancionada el 22 de mayo de 1975 y promulgada el 5 de junio del mismo ao establece que se aplicara al personal del Servicio de Exterior Nacional como organizacin fundamental del Estado nacional para el desarrollo de sus relaciones en la comunidad internacional, es el instrumento de ejecucin de polticas exteriores preservando, defendiendo y resguardando la soberana, dignidad e inters de la Republica en los mbitos continentales y mundial.En el Art. 2 establece que el Cuerpo Diplomtico queda conformado por: CUERPO PERMANENTE ACTIVO: constituido por los funcionarios con estado diplomtico en actividad en funciones diplomticas en el exterior y en Cancillera y aquellos que ingresen conforme a la presente ley. CUERPO PERMANENTE PASIVO: compuesto por los jubilados y retirados que posean estado diplomtico o hubiesen cesado en actividad conforme el Rgimen Previsional. CUERPO DE AGREGADOS LABORALES: compuesto por el personal designado con arreglo al art. 9 SERVICIO DE AGREGADOS ESPECIALIZADOS: constituido por el personal designado con arreglo al art. 10 FUNCIONARIOS DESIGNADOS: constituido por el personal designado con arreglo al art. 5CATEGORIA DE PERONAL DEL SERVICIO DE EXTERIOR DE LA NACION. Embajadores extraordinarios y plenipotenciarios Ministros plenipotenciarios de 1 clase Consejeros de Embajada y Cnsul General Secretario de Embajada de 1 clase y Cnsul de 1 clase Secretario de Embajada de 2 clase y Cnsul de 2 clase Secretario de Embajada de 3 clase y Cnsul de 3 clase Agregado de Embajada y VicecnsulESTADO DIPLOMATICOLo constituye el grado correspondiente a la categora de cada funcionario del Servicio de Exterior Nacional con las funciones, obligaciones, derechos y prohibiciones inherentes al mismo instituidos en la Ley 20.957 y su reglamentacin del que no podrn ser desposedos por las causas establecidas en la Constitucin nacional y la presente ley.INSTITUCION CONSULAREl derecho consular es un privilegio que tiene un Estado para enviar a otro agentes especiales llamados Cnsules. Estos se establecern en ciudades o puertos del otro Estado o donde se consideren necesarios para velar por intereses econmicos y comerciales, prestar asistencia a sus nacionales o protegerlos en esos lugares y ejercer un conjunto de atribuciones y funciones de carcter administrativos.ESTABLECIMIENTO DE LAS RELACIONES CONSULARESEste se efecta por consentimiento mutuo de los Estados.La ruptura de las relaciones diplomticas no supondr la ruptura de las relaciones consulares.La Convencin de Viena establece sus distinciones en: OFICINA CONSULAR: es todo Consulado General, Viceconsulado o Agencia consular. CIRCUNSCRIPCION CONSULAR: territorio atribuido a las Oficinas consulares para el desarrollo de sus funciones. JEFES DE OFICINA CONSULAR: persona encargada de desempear dicha funcin. FUNCIONARIO CONSULAR: toda persona, incluido el Jefe Consular encargada con ese carcter de las funciones consulares. LOCALES CONSULARES: edificios o parte de edificios y el terreno contiguo, cualquiera sea su propietario que se utilizan para funciones consulares.

ESTABLECIMIENTO DE OFICINAS CONSULARESNo se podrn establecen sin el consentimiento del Estado receptor.La sede, su clase y la circunscripcin consular, las fijara el Estado que enva y sern aprobados por el Estado receptor.Si el Consulado general o Viceconsulado quiere abrir una nueva oficina en otro lugar o localidad, deber tener el consentimiento del Estado receptor.CATEGORIAS DE LOS JEFES DE LA OFICINA CONSULAR Cnsul General Cnsules Vicecnsul Agentes consularesCARTAS PATENTESDocumento, instrumento similar o notificacin que acredita el nombramiento de un Cnsul conteniendo nombre completo, clase, categora, circunscripcin u Oficina Consular a desempear funcin.EXEQUATURAutorizacin del Estado receptor cualquiera sea su forma, en aceptacin a cnsules.El Estado receptor no estar obligado a comunicar los motivos de la negativa de aceptacin.El Poder Ejecutivo podr nombrar excepcionalmente Embajadores plenipotenciarios o extraordinarios no pertenecientes al Servicio Exterior de la Nacin, los cuales duraran el periodo que dure el mandato Presidencial.VISITAS DE JEFE DE ESTADO A propuesta de uno de los jefes de Estado por inters de ambos. Por invitacin de otro mandatario por Reuniones Cumbres o Cancillera por indicacin del jefe de Estado enviando invitaciones a travs del MRRIICIyC.Clasificacin: VISITAS DE ESTADOS: son programadas y tiene actividades protocolares, visitando el Congreso y Autoridades del Poder Judicial. Realiza un discurso frente a las Cmaras Legislativas. VISITAS OFICIALES: son menos protocolares y tiene un programa con diversas actividades. No pronuncia discurso a las Cmaras. VISITAS OFICIALES: por Resolucin de Cancillera, se estable que estas son visitas de Jefes de Estados Extranjeros, personalidades extranjeras con reconocida eminencia (Jefes de Estados; Jefes de Gobierno y otros funcionarios internacionales que asistan a reuniones y conferencias) pudiendo ser declaradas: HUESPED OFICIAL: El estado se hace cargo de los gastos de visita HUESPED DE HONOR: personas que por su investidura merecen un tratamiento especial, a quien el Poder Ejecutivo quiere agasajar sin que implique gastos.VISITA OFICIAL DE UN JEFE DE ESTADO Tiene una duracin de 3 a 5 das pudindose quedar ms das. Est compuesta por el jefe de Estado y una comitiva oficial de entre 10 a 15 personas. En casos de concurrir con su consorte, se negociara la cantidad de la comitiva y se realizara un programa especial donde las Autoridades Nacionales debern asistir con sus respectivas esposas/os. Al ser visita oficial, se lo declara Husped de Honor por lo cual el Estado se har cargo de los gastos de alojamiento, viticos, racionamiento, comidas, agasajos, envos florales, tarjetera, movilidad para Cancillera, condecoraciones e inclusive se prever traslados y alojamientos al interior del pas. Existe a parte de la comitiva oficial otra comitiva compuesta por el personal de seguridad, comunicaciones, ceremonial o trabajo denominada comitiva tcnica.VISITA TECNICA O COMITICA ESPECIAL Cancillera Argentina se pone en contacto con la Cancillera Extranjera entre 80 y 90 das para coordinar los aspectos de visita. 30 das antes arriba una delegacin especial compuesta por 6 a 8 personas a fin de reunirse en Cancillera Argentina con las autoridades correspondientes que deben actuar en este acontecimiento (Polica Federal Asuntos Exteriores; Direccin General de Ceremonial; Secretaria de Medios de Comunicacin; Direccin de Ornamentacin y Festejos del GCBA, Jefe de la Base Militar Aeroparque y otras reparticiones especificas). En esta reunin se presenta el programa por parte del Cancillera Argentina y se tienen en cuenta las propuestas, evaluaciones y se coordinan diversas situaciones. La comitiva especial visita los lugares protocolares conde concurrir el Jefe de Estado invitado, indicando o modificando segn las costumbres y tradiciones de su pas a tener en cuenta. El personal de Ceremonial que integra la comitiva deber tener una visin clara de los lugares que visitara el Jefe de Estado.Nota: Si el Jefe de Estado invitado quiere viajar a una de las provincias, el Presidente de la Nacin no lo acompaara salvo si se tratare por intereses comerciales, debindolo recibir a su arribo para la despedida en el Aeroparque Jorge Newbery.ARRIBO DE UN JEFE DE ESTADO El Jefe de Estado junto con su comitiva arriban al Aeropuerto Internacional Ezeiza donde ser trasladado con otro avin hasta el Aeroparque Jorge Newbery donde el Estado Nacional realiza los honores por su investidura. Lo recibe el Directo Nacional de Ceremonial y el Embajador Extranjero designado en nuestro pas quienes ascienden a la aeronave invitndolo a descender. El Jefe de Estado invitado desciende por la puerta delantera, y una vez hechos los saludos con el Mandatario Local la comitiva desciende por la puerta trasera. Se ejecutan 21 salvas de can si es la primera vez que visita nuestro pas. Se entonan los Himnos Nacionales de ambos pases. El canciller lo invita a pasar revista de las tropas formadas y las que rinden honores. Saluda a la Bandera Nacional Oficial Se realiza las presentaciones de la comitiva y por ltimo el Embajador presenta los miembros de su misin. Finalizado, ingresan al Saln VIP, posteriormente el Canciller acompaa al Jefe de Estado invitado hasta el auto que lo trasladara hasta el alojamiento. Esta ceremonial dura entre 20 a 30 minutos.EXCELENCIA EN LA SEGURIDADEsto se logra contemplando la seguridad privada con la policial y la abierta con la encubierta. PREVENCION Y SEGURIDAD.Clasificacin: Primer Nivel: Seguridad de las instalaciones y el entorno, que comprende para el personal de ceremonial una revisin exhaustiva de todo cuanto pueda ser motivo de peligro material.(revisin de sistema elctrico, ascensores, extintores, equipos de aire acondicionado, bacas de riesgo contra incendios, comprobacin de la red elctrica y telefnica, sealizaciones de salidas de emergencia, puestas de acceso a escalera auxiliar de escape, grupos electrgenos, sealizacin de prohbo fumar etc.).Designa personal que cumple la funcin de enlace inmediato entre los bomberos, servicios mdicos, empresas de servicios de gas y agua ante una emergencia. Segundo Nivel: Seguridad y prevencin Policial de riesgos. Est a cargo de las Fuerzas de Seguridad del Estado, coordinndose con un tiempo necesario para efectuar el relevamiento zonal y los riesgos que puedan llevar a cabo durante el acontecimiento.Se debe tener un plano de los distintos escenarios del acto, planos de planta, fachada, en los que figuren las condiciones de los servicios y el curso de alcantarillas.Cuando mejor se planee la operacin conjunta, la colaboracin ser ms satisfactoria. Se deber incluir una nmina de las personas que cumplirn funciones por sector, los cuales debern usa credencial identificadora de diversos colores, segn el grado de protagonismo y responsabilidad durante el desarrollo del acto.PLANIFICACION DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NORMAS: Sistemas de Seguridad PROCEDIMEINTOS: Planes de Seguridad MEDIOS: Dispositivos de SeguridadOBJETIVOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Prevenir el riesgo Limitar el riesgo, si no se pude evitar No agravar el riesgo Neutralizar el riesgoCONJUNTO LOGISTICOConjunto de medios y mtodos necesarios para llevar a cabo la organizacin de una empresa o de un servicio de distribucin.PREVENTIVA: sobre el itinerario y los lugares de los actosPROTECTORA: sobre las autoridades, funcionarios, personales destacadas, estableciendo para ellos diversos crculos de aproximacin e inmediatos.MEDIDAS DE SEGURIDAD Actos cerrados: efectuarse el control de los accesos mediante invitaciones numeradas y estrictamente de carcter formal e intransferibles Actos abiertos: el control de acceso se ubicara lejos de donde se desarrolla el acto. Actos de afluencia masiva: colocar vallas de proteccin Evitar aglomeracin de pblico en los arribos de autoridades. Asignar sectores especiales para el personal de prensa Prever alternativas de recorridos de vehculos oficiales Prever alternativas de acceso y egreso ante imprevistos Proteccin disimulada de la zona presidencial Efectuar un control previo del local, accesos, aberturas, locales adyacentes Elegir locales que tengan fcil control de seguridad desde el exterior Control de la nmina de invitado y consideraciones por el personal de seguridad Prever la vigilancia en el estacionamiento de vehculos Prever sector de asistencia medica Advertir a las Fuerzas de bultos o personas extraas Discrecin en los programas de informacin Difusin publica reservada No prolongar tiempos Establecer personal de seguridad policial y privadas con uniforme y de civil De ser factible, optar por actos internos a los de masiva concurrencia o externos.ANILLOS DE SEGURIDAD TERCER CIRCULO: proteccin del entorno externo de la instalacin, instalacin de vallados, vas de acceso para invitados por acreditacin, estacionamiento de vehculos, ubicacin de periodistas, espacios libres despejados. Interviene el personal uniformado. SEGUNDO CIRCULO: proteccin de la instalacin y control de acreditaciones, puertas de evacuacin desde el escenario y accesos al interior del local. PRIMER CIRCULO: proteccin de las autoridades o personalidades principales dado por el personal de custodia personal. El personal de ceremonial debe saber con antelacin cuantos sern a fin de distribuirlos dentro del recinto.SEGURIDAD DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE AUTORIDADES O PERSONALIDADESEn diversos acontecimientos debemos recibir y trasladar en automvil a las personalidades, para ello se dispone de un vehculo a su disposicin. Tambin debemos trasladar a la comitiva que con ellos traiga con ms de un vehculo, a este procedimiento se denomina caravanaCARAVANA CERRADACompuesta por 10 vehculos: (ABRE CON COCHE POLICIAL Y CIERRA CON COCHE POLICIAL) 1) vehculo policial con sirena que realiza maniobras para despejar el transito 2) vehculo policial con sirena 3 vehculo de ceremonial de la institucin anfitriona 4) vehculo de seguridad privada 5) vehculo del invitado 6) vehculo de seguridad si es necesario 7) vehculo con la mxima autoridad que lo recibe 8) vehculo con la comitiva 9) vehculo de reserva 10) vehculo policial 11) vehculo con las valijas del invitado y de la comitivaCARAVANA ABIERTACompuesta por 5 a 7 vehculos: (el factor seguridad pierde importancia y de cumplir horarios / abre un coche policial pero no lo cierra uno de la misma clase) 1) vehculo policial piloto 2) vehculo de ceremonial de la institucin anfitriona 3) vehculo principal 4) vehculo seguridad privada (si es necesario) 5) vehculo de la comitiva 6) vehculo de reservaCARAVANA EPECIALEst integrada por microbs que se utilizan para trasladar a un grupo muy amplio de invitados A veces puede ser precedida por un coche policial. Est compuesto por: 1) vehculo de ceremonial 2) dos microbuses 3) vehculo de reservaMINI CARAVANAEs cuando la comitiva y el nmero de autoridades es reducida. No exceden ms de 4 (cuatro) vehculos.Est compuesta por: 1) vehculo de ceremonial 2) vehculo principal 3) vehculo segundo 4) vehculo de seguridad 5) vehculo de reservaSi la comitiva es amplia puede acoplarse un vehculo traffic/transfer quedado conformada por: 1) vehculo de ceremonial 2) vehculo principal 3) vehculo segundo 4) traffic/transfer 5) vehculo de reserva.DECRETO N 799/07Precedencia de los Ministerio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: Gobierno Hacienda Salud Educacin Cultura Derechos Humanos y Sociales Produccin Gestin Publica y Descentralizacin Espacio Publico Planeamiento y Obras Publicas Medio Ambiente

Los ministros del GCBA que se creen en un futuro se ordenaran despus de los consignados en el art. 1 (art. 3)

La precedencia de Secretarios de la Jefatura de Gobierno ser: (art. 4) Secretario General Secretario Legal y Tcnica Secretario Prensa y Difusin.

La precedencia de los Secretario de la jefatura de Gobierno que se creen se ordenaran despus de estos y por orden de antigedad, teniendo en cuenta la fecha de creacin. (art. 5)

La precedencia de las Subsecretarias de los Ministerio del GCBA se dispone de acuerdo a cada ministerio. Si hubiese una secretaria del mismo Ministerio se dispondr por orden alfabtico de la denominacin de la Secretaria. (art. 6)

La precedencia de los Directores de los Centro de Gestin y participacin Comunal se ordenaran por la numeracin que le corresponda. (art. 7)

Los funcionarios del Poder Ejecutivo concurren a los actos y ceremonial cuando corresponda por tratarse de actividades de su competencia o que hayan sido invitados. En el caso de no poder asistir la Direccin General de Ceremonial y Planeamiento Ejecutivo dispondr su reemplazo. (art. 8)

LEY N 578Distinciones:VISITANTE ILUSTE DE LA CIUDAD: Se otorga a Jefes de Estado, Vicepresidentes, mximas Jerarquas de confesiones religiosas, Primeros ministros, Presidentes de Poderes Extranjeros que se encuentren de visita en la Ciudad de Buenos Aires. Es otorgado por decreto del Poder Ejecutivo o por Declaracin de la Legislatura y tiene una vigencia por el tiempo de este en la Ciudad. Se le har entrega de una Diploma o medalla por el cuerpo que lo designe.HUESPED DE HONOR: Se otorga a Visitantes Extranjeros que se hayan destacado en la cultura, ciencias, poltica, deporte o hayan prestado servicios relevantes a la comunidad. Tiene vigencia durante el tiempo de su estada en la Ciudad. Es concedida por el Jefe de Gobierno o la Legislatura. Consiste en medalla de oro y diploma suscripto por el cuerpo que lo designe.CIUDADANO ILUSTRE: Se otorga por Ley de la legislatura con aprobacin de 2/3 de la cmara. Las puede recibir las personas fsicas, argentinas nacidas en la Ciudad o que hayan residi por el lapso de 10 aos y se hayan destacado en la cultura, ciencia, poltica, deporte o en defensa de los Derechos Humanos. Consiste en medalla de oro y diploma de honor.PERSONALIDADES DESATACAS DE LA CIUDAD: Sera otorgada por la Ciudad a los rubros: cultura, ciencia, deporte y Derechos Humanos por iniciativa parlamentaria con aprobacin de la mayora simple de la cmara. Consiste en un diploma de honor.MEDALLA AL MERITO: Es otorgada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad y consiste en una medalla de oro por un acto sobresaliente o funcin destacada prestada a la comunidad.DIPLOMA DE HONOR AL VALOR O ARROJO: Se entrega anualmente por la legislatura de la Ciudad a personas que se hayan destacado por realizar un acto de valor o arrojo en beneficio de la comunidad. Con la aprobacin de la mayora simple de la cmara.DECLARACION DE INTERES: reconocimiento a figuras nacionales y extranjeras dando prioridad en la divulgacin, conocimiento, experiencia y extensin de carcter poltico, cientfico, cultura o tecnolgico.