3
-----_.- ------------------------ "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" Municipalidad Metropolitana de Lima Gerencia de Transporte urbano Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transportes RESOLUCiÓN DE SUBGERENCIA W ffi -2015-MMLlGTU-SETT Lima, o 4 NOV. 2015 VISTO: El Expediente N° 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015, la Carta W 113-2015-MMLlGTU- SETT de fecha 27 de abril de 2015, el Documento Simple W 91296-2015 de fecha 21 de mayo de 2015, la Carta W 171-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 26 de mayo de 2015, el Documento Simple N° 98654-2015 de fecha 1 de junio de 2015, la Carta W 291-2015- MMLlGTU-SETT de fecha 8 de julio de 2015, el Documento Simple W 156423-2015 de fecha 18 de agosto de 2015, el Documento Simple N° 178180-2015 de fecha 11 de setiembre de 2015, el Documento Simple W 193496-2015 de fecha 29 de setiembre de 2015, el Documento Simple W 205214-2015 de fecha 16 de octubre de 2015 y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015, Rodrigo Sarria Arbocco, representante de INMOBILIARIA MILENIA S.A. (en adelante, el administrado) solicitó la evaluación del Estudio de Impacto Vial del proyecto "MILENIA", a ubicarse en la Av. Paseo de la República N° 3440 - 3450, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Que, con Carta N° 113-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 27 de abril de 2015 y notificada el 17 de abril de 2015, se invitó a los representantes de la Municipalidad distrital de San Isidro a sesión de Comité Evaluador de Estudios de Impacto Vial del día 29 de abril de 2015, respecto a la evaluación de Estudios de Impacto Vial del proyecto denominado "MILENIA"; Que, a través Carta W 171-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 26 de mayo de 2015, notificada el 29 de mayo de 2015, se solicitó a la Municipalidad de San Isidro remitir un informe respecto a las consideraciones técnicas y arquitectónicas des desarrollo del proyecto denominado "MILENIA"; Que, mediante los Documentos Simples Nos 91296 y 98654-2015 con fechas 21 de mayo y 1 de junio de 2015, respectivamente, la Municipalidad distrital de San Isidro remitió información del estado administrativo del anteproyecto e informe técnico del Estudio de Impacto Vial en mención; \'V""'iJ ~~ '? f ov. '% Que, finalmente, mediante el Documento Simple N° 205214-2015 de fecha 16 de octubre de ~ FO~A ~ 015, Williams Jorge Magno Chávez Zegarra, apoderado de la INMOBILIARIA MILENIA S.A. GAL ~~ solicitó el desistimiento del trámite de la Evaluación del Estudio de Impacto Vial iniciado con el ~~\~09.'í.\)~~"" Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015; AL12 Que, por Carta W 291-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 8 de julio de 2015, notificada el21 de julio de 2015, se remitió al administrado el Acta W 005-2015-MML-CEEIV, mediante el cual el Comité Evaluador de Estudios de Impacto Vial detalla las observaciones al mencionado ",~':.\lORTEU~ estudio, otorgándole el plazo de veinte (20) días para su levantamiento; ~ l7, ~ ~ 0<0 0 ue, con los Documentos Simples Nos 156423 y 178180-2015 el administrado solicitó la ~ pliación del plazo otorgado a través de la Carta N° 291-2015-MMLlGTU-SETT; ~-" ¡ '~4t'J4 E~<:'''''''''$.~ Que, a través del Documento Simple W 193496-2015 de fecha 29 de setiembre de 2015, el administrado presentó el levantamiento de las observaciones en respuesta a la Carta W 191- 2015-MMLlGTU-SETT; Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte Pasaje Acuña 127,4° Piso - Cercado de Lima / Central Telefónica 632-6464/ Anexo 6477 Visite nuestra página web: htlp://www.gtu.munlima.gob.pe

resolución de subgerencia nº 089-2015-mml-gtu-sett

  • Upload
    vophuc

  • View
    241

  • Download
    5

Embed Size (px)

Citation preview

-----_.- ------------------------

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú""Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Municipalidad Metropolitana de LimaGerencia de Transporte urbano

Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transportes

RESOLUCiÓN DE SUBGERENCIA W ffi -2015-MMLlGTU-SETT

Lima, o 4 NOV. 2015VISTO:

El Expediente N° 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015, la Carta W 113-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 27 de abril de 2015, el Documento Simple W 91296-2015 de fecha 21 demayo de 2015, la Carta W 171-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 26 de mayo de 2015, elDocumento Simple N° 98654-2015 de fecha 1 de junio de 2015, la Carta W 291-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 8 de julio de 2015, el Documento Simple W 156423-2015 de fecha18 de agosto de 2015, el Documento Simple N° 178180-2015 de fecha 11 de setiembre de2015, el Documento Simple W 193496-2015 de fecha 29 de setiembre de 2015, elDocumento Simple W 205214-2015 de fecha 16 de octubre de 2015 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015, Rodrigo SarriaArbocco, representante de INMOBILIARIA MILENIA S.A. (en adelante, el administrado)solicitó la evaluación del Estudio de Impacto Vial del proyecto "MILENIA", a ubicarse en la Av.Paseo de la República N° 3440 - 3450, distrito de San Isidro, provincia y departamento deLima;

Que, con Carta N° 113-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 27 de abril de 2015 y notificada el 17de abril de 2015, se invitó a los representantes de la Municipalidad distrital de San Isidro asesión de Comité Evaluador de Estudios de Impacto Vial del día 29 de abril de 2015, respectoa la evaluación de Estudios de Impacto Vial del proyecto denominado "MILENIA";

Que, a través Carta W 171-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 26 de mayo de 2015, notificadael 29 de mayo de 2015, se solicitó a la Municipalidad de San Isidro remitir un informe respectoa las consideraciones técnicas y arquitectónicas des desarrollo del proyecto denominado"MILENIA";

Que, mediante los Documentos Simples Nos 91296 y 98654-2015 con fechas 21 de mayo y 1de junio de 2015, respectivamente, la Municipalidad distrital de San Isidro remitió informacióndel estado administrativo del anteproyecto e informe técnico del Estudio de Impacto Vial enmención;

\'V""'iJ~~ '?f ov. '% Que, finalmente, mediante el Documento Simple N° 205214-2015 de fecha 16 de octubre de

~ FO~A ~ 015, Williams Jorge Magno Chávez Zegarra, apoderado de la INMOBILIARIA MILENIA S.A.~ó GAL ~~ solicitó el desistimiento del trámite de la Evaluación del Estudio de Impacto Vial iniciado con el~~\~09.'í.\)~~"" Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015;

AL12

Que, por Carta W 291-2015-MMLlGTU-SETT de fecha 8 de julio de 2015, notificada el21 dejulio de 2015, se remitió al administrado el Acta W 005-2015-MML-CEEIV, mediante el cual elComité Evaluador de Estudios de Impacto Vial detalla las observaciones al mencionado

",~':.\lORTEU~ estudio, otorgándole el plazo de veinte (20) días para su levantamiento;~ l7,~~ 0<00 ue, con los Documentos Simples Nos 156423 y 178180-2015 el administrado solicitó la~ • pliación del plazo otorgado a través de la Carta N° 291-2015-MMLlGTU-SETT;~-" ¡'~4t'J4 E~<:'''''''''$.~Que, a través del Documento Simple W 193496-2015 de fecha 29 de setiembre de 2015, el

administrado presentó el levantamiento de las observaciones en respuesta a la Carta W 191-2015-MMLlGTU-SETT;

Subgerencia de Estudios de Tránsito y TransportePasaje Acuña 127,4° Piso - Cercado de Lima / Central Telefónica 632-6464/ Anexo 6477

Visite nuestra página web: htlp://www.gtu.munlima.gob.pe

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú""Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

"Illli:

Municipalidad Metropolitana de LimaGerencia de Transporte urbano

Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transportes

RESOLUCiÓN DE SUBGERENCIA W ~9 -2015-MMLlGTU-SETT

Que, el inciso 189.1 del artículo 1890 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, establece que: "El desistimiento del procedimiento importará la culminación delmismo, pero no impedirá que posteriormente vuelva a plantearse igual pretensión en otroprocedimiento";Que, el inciso 189.3 del artículo 1890 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, dispone que: "El desistimiento sólo afectará a quienes lo hubieran formulado";

Que, el inciso 189.4 del artículo 1890 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, establece que: "El desistimiento podrá hacerse por cualquier medio quepermita su constancia y señalando su contenido y alcance. Debe señalarse expresamente sise trata de un desistimiento de la pretensión o del procedimiento. Si no se precisa, seconsidera que se trata de un desistimiento del procedimiento";

Que, el inciso 189.5 del artículo 1890 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, establece que: "El desistimiento se podrá realizar en cualquier momento antesde que se notifique la resolución final en la instancia";

Que, el inciso 189.6 del artículo 1890 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley N° 27444, establece que: "La autoridad aceptará de plano el desistimiento y declararáconcluido el procedimiento, (... )";

Que, es preciso indicar que el desistimiento ha sido conceptualizado como una terminaciónanormal de un procedimiento, a través del cual el administrado manifiestasu voluntad de abandonar su pretensión, pero sin renunciar al derecho en que la basaba, esdecir, que tiene la posibilidad de poder plantear la misma litis o pretensión posteriormente;

Que, de la revisión del Documento Simple N° 205214-2015 de fecha 16 de octubre de 2015,se advierte que Williams Jorge Magno Chávez Zegarra, apoderado de INMOBILIARIAMILENIA SA acreditado con vigencia de poder de fecha 3 se setiembre de 2015, solicitó eldesistimiento del trámite del Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015;

1 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL - LEY W 27444TITULO PRELIMINAR( ...)Articulo IV.- Principios del procedimiento administrativo1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la

vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo:1.1. Principio de Legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, ley y al

derecho dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueronconferidas.

Que, de la evaluación de los documentos citados y conforme al artículo 189° de la Ley delProcedimiento Administrativo General- Ley N° 27444, corresponde a éste Despacho ampararlo solicitado, en concordancia con los numerales 189.3, 189.4 189.5 Y 189.6 del citado cuerpo

rEJ~\~SP()¡¡'(~f:.~~legal;

{ Qo'~::~\Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el'T o 'D ~ erecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los~, f que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV1 del Título\':.~ ~~'" Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

~enroro~~t

1.2.

AL 12Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte

Pasaje Acuña 127,4° Piso - Cercado de Lima / Central Telefónica 632-6464 / Anexo 6477Visite nuestra página web: hllp://www.gtu.munlima.gob.pe

________J

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú""Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Municipalidad Metropolitana de LimaGerencia de Transporte urbano

Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transportes

RESOLUCiÓN DE SUBGERENCIA W

SE RESUELVE:

89 -2015-MMLlGTU-SETT

ARTíCULO 1°: ACEPTAR el Desistimiento presentado por Williams Jorge MagnoChávez Zegarra representante de INMOBILIARIA MllENIA S.A., por lo expuesto en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

ARTíCULO 2°: Declárese por concluido el procedimiento iniciado por INMOBILIARIAMllENIA S.A., iniciado a través del Expediente W 40024-2015 de fecha 3 de marzo de 2015.

Notifíquese la presente Resolución a INMOBILIARIA MILENIA S.A.

REGíSTRESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.

..... CH.'NGA ..

AL12Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte

Pasaje Acuña 127,4° Piso - Cercado de Lima / Central Telefónica 632-6464 / Anexo 6477Visite nuestra página web: http://www.gtu.munlima.gob.pe