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EJÉRCITO ECUATORIANA RCG-00-11 COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA LAS UNIDADES DEL EJÉRCITO DEPARTAMENTO DE DOCTRINA 2008

Reglamento Régimen Interno2010

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Page 1: Reglamento Régimen Interno2010

EJÉRCITO ECUATORIANA

RCG-00-11

COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

PARA LAS UNIDADES DEL EJÉRCITO

DEPARTAMENTO DE DOCTRINA

2008

Page 2: Reglamento Régimen Interno2010

Departamento de Doctrina del CEDE.

Cuarta edición…………………

Numero de ejemplares

Imprenta I.G.M.

Quito – Ecuador

I

Page 3: Reglamento Régimen Interno2010

ACUERDO No. ………. JAVIER PONCE CEVALLOS MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL.

CONSIDERANDO

Que el Reglamento de Régimen Interno para las unidades del Ejército aprobado mediante Acuerdo Ministerial No….. del ……………de ………….del publicado en la Orden General No………… de fecha………., por su tiempo de vigencia y las reformas producidas en el Orgánico del Ejército. Se requiere actualizar su normativa disciplinaria interna, para su correcta aplicación, tomando en cuenta las exigencias y las necesidades institucionales acordes con la normativa vigente.

Que es necesario que las normas del Reglamento de Régimen Interno, guarden concordancia con las disposiciones de la constitución de la República del Ecuador, de las Leyes Orgánica de la Defensa Nacional y de Personal de las Fuerzas Armadas en orden a oficializar sus disposiciones con dichos cuerpos legales.

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 179 Numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador y el Art. 10 Lit. g) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y a pedido del señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, constante en oficio 2008-…………………… de fecha ……………………………del 2008

ACUERDA

Art. 1 Expedir el Reglamento de Régimen Interno para las unidades del Ejército al que

se lo clasifica como R.CG-00-09

Art. 2 Derógase todos los reglamentos que sobre la materia hayan sido publicados con anterioridad a la presente fecha.

Art. 3 El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en la Orden General del Ejército.

Art. 4 La ejecución y la aplicación del presente Reglamento es responsabilidad del señor Comandante General del Ejército.

JAVIER PONCE CEVALLOSMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL

II

Page 4: Reglamento Régimen Interno2010

INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento de Régimen Interno para las unidades del Ejército tiene como

finalidad principal, ser una guía, que proporcione lineamientos generales, que faciliten

la gobernabilidad y control del personal militar, enmarcada en la justicia y en los

derechos humanos.

Los miembros del Ejército, deberán convencerse que todos sus conocimientos de nada

le servirán, si no se sujetan a una sólida base disciplinaria; reflejada en la obediencia,

respeto a sus superiores, subordinados, y reglamentos vigentes, acatando las órdenes,

con nobleza de carácter y responsabilidad de sus actos.

III

Page 5: Reglamento Régimen Interno2010

INDICE

INTRODUCCIÓN.......................................................................................................................................................III

TITULO I...................................................................................................................................................................- 1 -

DE LAS NORMAS Y RESPONSABILIDADES GENERALES DEL PERSONAL MILITAR.....................- 1 -

CAPITULO I.............................................................................................................................................................- 1 -Art. 1 NORMAS GENERALES SOBRE LAS JERARQUÌAS............................................................- 1 -Art. 2 RESPONSABILIDADES GENERALES...................................................................................- 2 -

TITULO II..................................................................................................................................................................- 3 -

ESTADO MAYOR O PLANA MAYOR................................................................................................................- 3 -

CAPITULO I.............................................................................................................................................................- 3 -Art. 3 ORGANIZACIÓN..................................................................................................................... - 3 -CAPITULO II............................................................................................................................................................- 4 -Art. 4 RESPONSABILIDADES COMUNES....................................................................................... - 4 -

TITULO III................................................................................................................................................................- 5 -

DE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL MILITAR.........................................- 5 -

CAPITULO I.............................................................................................................................................................- 5 -Art. 5 COMANDANTE DE DIVISION, BRIGADA, BATALLON, RECTOR, Y DIRECTOR DE ESCUELAS E INSTITUTOS MILITARES.............................................................................................. - 5 -Art. 6 NORMAS GENERALES:......................................................................................................... - 6 -Art. 7 COMANDANTE DE COMPAÑIA O SIMILARES.....................................................................- 7 -Art. 8 COMANDANTE DE PELOTON O ESCUADRA......................................................................- 8 -Art. 9 COMANDANTE DE DESTACAMENTO.................................................................................. - 9 -Art. 10 SUBCOMANDANTE, JEFE DE ESTADO MAYOR, PLANA MAYOR, VICERRECTOR O SUBDIRECTOR..................................................................................................................................... - 9 -Art. 11 OFICIAL DE PERSONAL............................................................................................... - 11 -Art. 12 OFICIAL DE INTELIGENCIA.......................................................................................... - 12 -Art. 13 OFICIAL DE OPERACIONES......................................................................................... - 13 -Art. 14 OFICIAL DE LOGÍSTICA................................................................................................ - 15 -Art. 15 COMUNICACIÓN SOCIAL............................................................................................. - 16 -Art. 16 OFICIAL AYUDANTE..................................................................................................... - 17 -Art. 17 ASESOR JURIDICO....................................................................................................... - 18 -

TITULO IV..............................................................................................................................................................- 18 -

DEL PERSONAL DE VOLUNTARIOS.............................................................................................................- 18 -

CAPITULO I...........................................................................................................................................................- 18 -Art. 18 SUBOFICIALES.............................................................................................................. - 18 -Art. 19 SUBOFICIAL MAYOR.................................................................................................... - 19 -Art. 20 SUBOFICIAL PRIMERO................................................................................................. - 20 -Art. 21 SUBOFICIAL SEGUNDO............................................................................................... - 20 -Art. 22 CLASES.......................................................................................................................... - 21 -Art. 23 ENCARGADO DE COMPAÑÍA O SIMILARES:.............................................................- 21 -Art. 24 SOLDADO...................................................................................................................... - 21 -Art. 25 CONSCRIPTO................................................................................................................ - 22 -

TITULO V...............................................................................................................................................................- 22 -

DE LAS ACTIVIDADES EN LAS UNIDADES MILITARES.........................................................................- 22 -

CAPITULO I...........................................................................................................................................................- 22 -Art. 26 ACTIVIDADES DIARIAS................................................................................................ - 22 -

IV

Page 6: Reglamento Régimen Interno2010

CAPITULO II..........................................................................................................................................................- 24 -DE LA INSTRUCCIÓN Y ENTRENAMIENTO.................................................................................................- 24 -Art. 27 INSTRUCCIÒN Y ENTRENAMIENTO............................................................................- 24 -Art. 28 ESCUELAS E INSTITUTOS........................................................................................... - 24 -ART. 29 DESTACAMENTOS.....................................................................................................................- 25 -CAPITULO III.........................................................................................................................................................- 25 -DE LA CULTURA FÍSICA....................................................................................................................................- 25 -Art. 30 GENERALIDADES......................................................................................................... - 25 -Art. 31 OFICIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA.................................................................................- 25 -Art. 32 CLASE DE EDUCACIÒN FÍSICA...................................................................................- 26 -CAPITULO IV........................................................................................................................................................- 27 -DE LOS EVENTOS..............................................................................................................................................- 27 -Art. 33 EVENTOS SOCIALES.................................................................................................... - 27 -

TITULO VI..............................................................................................................................................................- 27 -

DE LA SEGURIDAD............................................................................................................................................- 27 -

CAPITULO I...........................................................................................................................................................- 27 -Art. 34 SERVICIO DE GUARDIA Y RETEN...............................................................................- 27 -Art. 35 CLASIFICACIÓN DE LAS GUARDIAS..........................................................................- 29 -Art. 36 RELEVO DE GUARDIA.................................................................................................. - 29 -Art. 37 JEFE DEL PUESTO DE MANDO................................................................................... - 30 -ART. 38 JEFE DE PLAZA...........................................................................................................................- 30 -ART. 39 JEFE DE CUARTEL O EQUIVALENTE....................................................................................- 31 -ART. 40 OFICIAL DE GUARDIA................................................................................................................- 32 -ART. 41 SUBALTERNO DE GUARDIA....................................................................................................- 32 -Art. 42 CLASE DE SERVICIO.................................................................................................... - 33 -Art. 43 RONDA GENERAL......................................................................................................... - 33 -Art. 44 CENTINELAS................................................................................................................. - 34 -Art. 45 CENTINELA DE LA ENTRADA PRINCIPAL.................................................................- 34 -Art. 46 IMAGINARIA................................................................................................................... - 35 -Art. 47 TROMPETA DE GUARDIA............................................................................................. - 36 -Art. 48 RESPONSABILIDADES DE LA POLICIA MILITAR......................................................- 36 -Art. 49 DETENCIONES.............................................................................................................. - 37 -Art. 50 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES..................................................................................- 37 -Art. 51 GENERALIDADES......................................................................................................... - 38 -Art. 52 OFICIAL DE SEMANA.................................................................................................... - 39 -Art. 53 CLASE DE SEMANA...................................................................................................... - 40 -Art. 54 CUARTELERO............................................................................................................... - 41 -Art. 55 OFICIAL ENCARGADO DE INTENDENCIA..................................................................- 42 -Art. 56 OFICIAL ENCARGADO DEL MATERIAL BÉLICO.......................................................- 43 -Art. 57 OFICIAL ENCARGADO DE TRANSPORTES................................................................- 43 -CAPITULO II..........................................................................................................................................................- 44 -ESPECIALIDADES...............................................................................................................................................- 44 -Art. 58 OFICIAL DE SANIDAD................................................................................................... - 44 -Art. 59 ENFERMERO................................................................................................................. - 46 -Art. 60 ODONTÓLOGO.............................................................................................................. - 47 -Art. 61 VETERINARIO................................................................................................................ - 48 -Art. 62 ENFERMERO VETERINARIO........................................................................................ - 49 -

TITULO IX..............................................................................................................................................................- 50 -

SERVICIOS GENERALES..................................................................................................................................- 50 -

CAPITULO I...........................................................................................................................................................- 50 -COMISIÓN DE RANCHO....................................................................................................................................- 50 -Art. 63 GENERALIDADES......................................................................................................... - 50 -Art. 64 JEFE DE LA COMISIÓN................................................................................................. - 50 -Art. 65 OFICIAL RANCHERO.................................................................................................... - 50 -Art. 66 NUTRICIONISTA............................................................................................................ - 51 -Art. 67 CLASE RANCHERO...................................................................................................... - 52 -Art. 68 CLASE BODEGUERO.................................................................................................... - 52 -Art. 69 JEFE FINANCIERO........................................................................................................ - 53 -

V

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Art. 70 TESORERO.................................................................................................................... - 53 -Art. 71 ANALISTA FINANCIERO............................................................................................... - 54 -Art. 72 CONTADOR.................................................................................................................... - 55 -Art. 73 ENCARGADO DE ACTIVOS FIJOS...............................................................................- 55 -Art. 74 OFICIAL DE COMUNICACIONES.................................................................................. - 55 -Art. 75 ENCARGADO DEL CENTRO DE MENSAJES..............................................................- 56 -Art. 76 ENCARGADO DEL CENTRO DE CÓMPUTO...............................................................- 56 -CAPITULO IV........................................................................................................................................................- 57 -SERVICIOS BASICOS.........................................................................................................................................- 57 -Art. 77 ENCARGADO DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE..............................................- 57 -Art. 78 ENCARGADO DEL SISTEMA ELÉCTRICO..................................................................- 57 -Art. 79 SERVICIO DE CORREO Y MENSAJERÍA.....................................................................- 58 -CAPITULO V..........................................................................................................................................................- 58 -AREAS DE USO COMUN...................................................................................................................................- 58 -Art. 80 CASINOS........................................................................................................................ - 58 -Art. 81 COMEDORES................................................................................................................. - 59 -Art. 82 ÁREAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS..................................................................- 59 -Art. 83 BAR................................................................................................................................ - 60 -Art. 84 MICROMERCADO.......................................................................................................... - 60 -Art. 85 BIBLIOTECA.................................................................................................................. - 60 -Art. 86 SALA DE INTERNET...................................................................................................... - 61 -Art. 87 TALLERES..................................................................................................................... - 61 -Art. 88 BANDA DE MÚSICOS.................................................................................................... - 62 -CAPITULO VI........................................................................................................................................................- 62 -Art. 89 SERVIDORES PUBLICOS............................................................................................. - 62 -CAPITULO VII.......................................................................................................................................................- 62 -DISPOSICIONES GENERALES........................................................................................................................- 62 -Art. 90 REVISTAS E INSPECCIONES....................................................................................... - 62 -Art. 91 ENTREGA RECEPCIÓN DE UNA UNIDAD TIPO DIVISIÓN, BRIGADA Y BATALLÓN Y UNIDADES SUBORDINADAS............................................................................................................. - 63 -Art. 92 PERSONAL CON PERMISO O COMISIÓN...................................................................- 63 -Art. 93 PERSONAL DADO EL PASE......................................................................................... - 64 -Art. 94 TOQUES DE TROMPETA.............................................................................................. - 64 -Art. 95 MODELOS DE PARTES Y FORMULARIOS..................................................................- 66 -

ANEXO “A”...........................................................................................................................................................- 68 -

ANEXO “B”...........................................................................................................................................................- 70 -

ANEXO “C”...........................................................................................................................................................- 71 -

ANEXO “D”...........................................................................................................................................................- 72 -

ANEXO “E”...........................................................................................................................................................- 73 -

ANEXO “F”............................................................................................................................................................- 74 -

ANEXO “G”...........................................................................................................................................................- 75 -

ANEXO “H”...........................................................................................................................................................- 77 -

ANEXO “I”.............................................................................................................................................................- 78 -

ANEXO “J”............................................................................................................................................................- 79 -

ANEXO “K”...........................................................................................................................................................- 80 -

ANEXO “L”............................................................................................................................................................- 81 -

ANEXO “M”...........................................................................................................................................................- 82 -

ANEXO “N”.............................................................................................................................................................- 84 -

VI

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TITULO I

DE LAS NORMAS Y RESPONSABILIDADES GENERALES DEL PERSONAL MILITAR

CAPITULO I

Art. 1 NORMAS GENERALES SOBRE LAS JERARQUÌAS

a. Entre militares que ostentan el mismo grado jerárquico es superior el más antiguo.

b. En el orden jerárquico en igualdad de grado, la antigüedad se respeta estrictamente como se establece de acuerdo a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, al Reglamento de Calificación de Requisitos de Ascenso y Establecimiento de Antigüedades.

c. El militar más antiguo es responsable de la conducta de sus subordinados y el cumplimiento de las órdenes.

d. El militar subordinado cumplirá las órdenes enmarcadas en las leyes y reglamentos militares, dispuestas de los superiores así como el cumplimiento cabal de las obligaciones inherentes al grado y función.

e. Los actos de servicio se cumplirán con la observancia de los valores y principios éticos y morales que rigen a la institución.

f. El personal militar y servidor público deberá dar parte, por escrito, en caso de existir acoso sexual.

g. El comandante de reparto controlará que el personal militar de género femenino que se encuentre en estado de gravidez, previa presentación del informe médico correspondiente, tendrá por su condición los siguientes derechos:

1) Tendrá un régimen especial en las actividades físico-deportivas.

2) Queda exento de rendir pruebas físicas semestrales mientras dure su periodo de gestación, y posparto, en cuyo caso se registrará la nota obtenida en el semestre anterior.

3) No cumplirá las actividades de guardia, semana, rancho, instrucción, destacamento u otros que pudieren poner en riesgo su salud o del gestante cuando las condiciones médicas lo ameriten.

4) Los estipulados en las leyes relacionados con la situación y estabilidad de la mujer, en cuanto se refiere a su condición o estado de gestación.

h. El personal militar que tenga bajo su responsabilidad bienes del estado, deberá realizar las actas de entrega y recepción, las mismas que serán legalizadas por los encargados por el responsable de activos fijos, tesorero, jefe financiero, comandante y/o director de reparto, con el visto bueno de la máxima autoridad orgánica superior .

1

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i. El personal militar tiene la obligación de mantenerse en óptimas condiciones físicas e intelectuales mediante el estudio y el entrenamiento diario.

j. Elaborar antes de terminar el año que fenece, el Plan Anual de actividades de la función asignada y presentar el informe final hasta el 31 de diciembre

Art. 2 RESPONSABILIDADES GENERALES

a. Cumplir y asistir a todas las actividades de la unidad; podrán estar exentos de las mismas, por causas justificadas, previa la autorización de su comandante directo.

b. Cumplir y hacer cumplir las órdenes, tareas y responsabilidades a sus subordinados.

c. Incentivar en sus subordinados los deberes, derechos y obligaciones acatando las leyes y reglamentos militares.

d. Dirigir, organizar, controlar y supervisar el cumplimiento de los planes, proyectos, presupuesto y directivas en vigencia.

e. Demostrar capacidad, integridad y experiencia generando con su ejemplo confianza y autoridad moral.

f. Mantener y supervisar la conducta, presentación, disciplina, higiene e instrucción de sus subordinados estimulando los principios y valores éticos y morales, el compañerismo y el espíritu de trabajo.

g. Velar por el bienestar del personal subordinado a través de todos los medios que se encuentren a su alcance y cuando se presenten necesidades o inconvenientes que no pueda solventarlos, dará parte a su inmediato superior.

h. Realizar y supervisar el mantenimiento del material, equipo y armamento, bajo su responsabilidad y de sus subordinados, en los niveles que corresponda.

i. Preparar e impartir la instrucción y/o actividades planificadas de acuerdo al horario y en el lugar establecido, observando las normas de seguridad correspondiente.

j. Cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos militares.

k. Sancionar las faltas cometidas por sus subordinados de acuerdo a lo que estipula el Reglamento de Disciplina Militar, guardando las debidas consideraciones y respeto jerárquico dentro de su grado y antigüedad.

l. Dar parte al inmediato superior de las novedades ocurridas en su reparto.

m. Desempeñar funciones administrativas de acuerdo a las necesidades de las unidades.

2

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n. Mantener el orden del personal militar confiado a su mando, sin permitir que se provoque actos de insubordinación o indisciplina.

o. Cumplir con profesionalismo las actividades inherentes a su especialidad.

p. Fortalecer su profesionalización y superación personal mediante el continuo entrenamiento, estudio y auto educación.

q. Asimilar y aplicar la instrucción militar recibida.

r. Mantener alerta su mente, colaborar y participar en la práctica cotidiana de las actividades de la unidad o instituto.

s. Aplicar las normas de educación en el trato con el personal militar.

t. Cumplir con las normas de seguridad establecidas en todas las actividades administrativas y operativas de los repartos militares.

TITULO II

ESTADO MAYOR O PLANA MAYOR

CAPITULO I

Art. 3 ORGANIZACIÓN

a. El Estado Mayor o Plana Mayor constituye el organismo de asesoramiento al comandante, el mismo que trabaja en constante coordinación para el mejor rendimiento de la unidad.

b. Los Estados Mayores o Planas Mayores son General y Especial.

c. La composición y funcionamiento del Estado Mayor o Plana Mayor está basada de acuerdo al Reglamento Orgánico Estructural y Funcional del Ejército.

d. El Estado Mayor General está integrado por:

Jefe de Estado Mayor

Oficial de Personal.

Oficial de Inteligencia.

Oficial de Operaciones.

Oficial de Logística.

e. El Estado Mayor Especial está conformado de acuerdo a las necesidades en la administración, planificación y empleo por:

Capellán.

3

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Oficiales de enlace.

Comandante de las unidades de apoyo de combate y apoyo de servicios de combate.

Asesor Jurídico.

Oficial de seguridad y prevención de accidentes.

Comandantes de las unidades agregadas, asignadas, bajo control operacional o en apoyo a los fuegos.

Los oficiales que el comandante creyere necesario de acuerdo a la situación.

f. La Plana Mayor General está integrada por:

Jefe de la Plana Mayor (Sub comandante).

Oficial de Personal (P-1).

Oficial de Inteligencia (P-2).

Oficial de Operaciones (P-3).

Oficial de Logística (P-4).

g. La Plana Mayor Especial está compuesta de acuerdo a las necesidades en la administración, planificación y empleo por:

Comandantes de Compañías.

Comandante del pelotón reconocimiento.

Oficial de sanidad.

Oficiales de enlace.

Comandante de las unidades agregadas, asignadas, bajo control operacional o en apoyo de fuegos.

Los oficiales que el comandante creyere necesario de acuerdo a la situación.

CAPITULO II

Art. 4 RESPONSABILIDADES COMUNES

a. Los integrantes del Estado Mayor y/o la Plana Mayor General y Especial, son corresponsales de lo que pase o deje de pasar en su unidad

b. Son responsables de asesorar y proporcionar al comandante información de su área.

4

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c. Realizar apreciaciones de situación.

d. Elaborar y actualizar planes, órdenes y cartas de situación.

e. Elaborar o actualizar las Normas administrativas Permanentes (NAP) y los Procedimientos Operativos Normales (PON).

f. Coordinar entre los integrantes del Estado Mayor y/o de la Plana Mayor General y/o Especial.

g. Ordenar los gastos y controlar la ejecución de las partidas presupuestarias en su campo.

TITULO III

DE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL MILITAR

CAPITULO I

Art. 5 COMANDANTE DE DIVISION, BRIGADA, BATALLON, RECTOR, Y DIRECTOR DE ESCUELAS E INSTITUTOS MILITARES

Es responsable de:

a. Lo que su unidad haga o deje de hacer, así como de sus acciones y omisiones en el ejercicio del mando.

b. Dirigir sus esfuerzos para mantener a su unidad en óptimas condiciones de empleo.

c. Dirigir, organizar, controlar y supervisar el cumplimiento de los planes, proyectos, presupuesto y directivas en vigencia.

d. Realizar evaluaciones trimestrales, en conjunto con su Estado Mayor o Plana Mayor, para mantener el buen desempeño de sus unidades.

e. Calificar mensualmente a los oficiales de acuerdo con los parámetros establecidos.

f. Establecer las relaciones con el escalón superior, observando las normas establecidas por el mismo del Ejército.

g. Legalizar las actas de incineración de la documentación ordinaria y calificada que haya perdido vigencia.

h. Disponer la elaboración de las memorias de la unidad.

i. Mantener la disciplina del personal de su unidad

j. Preservar en excelentes condiciones el material y equipo de la unidad.

5

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k. Dar el mantenimiento, adecuaciones a las instalaciones de la unidad.

l. Responsable de la normas de seguridad de la unidad

m. Administrar, cumpliendo y haciendo cumplir con la planificación y ejecución económica destinada a la unidad, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado en vigencia.

n. Supervisar que el personal reciba todos sus haberes y más emolumentos que tiene derecho, en el tiempo y cantidad prescritos por las Leyes, reglamentos y más normas existentes sobre la materia.

o. Ordenar la adquisición de bienes muebles que requiere la unidad, de acuerdo a las necesidades y a las normas legales vigentes.

p. Exigir la correcta presentación de su unidad, sus subordinados, así como también el uso correcto del uniforme que estimule el respeto a la condición y jerarquía militar.

q. Supervisar el cumplimiento de los planes de mantenimiento de las instalaciones, material bélico, transportes, sanidad y otros.

r. Conocer y disponer el trámite respectivo en forma oportuna de toda la documentación.

s. Firmar todo documento que salga de la unidad.

Art. 6 NORMAS GENERALES:

a. Para asumir el comando de la unidad, o instituto deberá tener pleno conocimiento por campos de su estado, situación y organización y procederá de acuerdo con lo estipulado en las normas vigentes.

b. Continuar con las normas del comandante saliente, introduciendo paulatinamente, los cambios que llevarán a un efectivo mejoramiento.

c. Cuando por licencia u otra causa tuviere que ausentarse de la jurisdicción, entregará el mando a quien corresponda de acuerdo a la cadena de mando, debiendo garantizar su localización inmediata durante su ausencia.

d. En caso de acontecimientos especiales dará parte en forma inmediata, primero de manera verbal y luego por escrito.

e. En caso de delitos, crímenes, accidentes graves que involucren a la unidad informará a la autoridad judicial competente, acompañando de los respaldos legales en los que se detalle las circunstancias del hecho.

f. Mantendrá relaciones cordiales con la población, autoridades civiles, policiales y eclesiásticas, de la jurisdicción, haciéndoles participar en las actividades cívico militares.

6

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g. Dentro de los primeros cinco días de cada mes, convocar a reunión de oficiales y una delegación del personal de Voluntarios, con el objeto de dar a conocer el informe económico financiero de la unidad.

h. Por pérdida o muerte de un semoviente, ordenará que se levante la respectiva información sumaria.

i. En caso de robo y pérdida de material bélico, solicitará la reposición inmediata, sin perjuicio de que se establezca la responsabilidad penal, disciplinaria o económica que diere lugar, mediante juicio o información sumaria.

j. En la pérdida, daño o deterioro del material y equipo, solicitará la reposición inmediata sin perjuicio al cobro que se realizará al usuario que por descuido haya perdido o dañado, sin que aquello impida la iniciación de la acción legal a que diere lugar.

k. Cuando finalice su comando, entregará la unidad al comandante entrante, o al oficial más antiguo de la unidad que le siga en antigüedad a menos que exista otra disposición.

l. Autorizar permisos cumpliendo las directivas vigentes.

m. Se preocupará de elevar la moral, el nivel intelectual y físico del personal mediante:

Horas sociales.

Conferencias, seminarios, funciones de cine o películas, etc.

Competencias deportivas

Incentivo a la lectura de obras militares e incrementar la biblioteca

Construcción y mantenimiento de canchas, gimnasios y pistas

Reuniones sociales y paseos.

Art. 7 COMANDANTE DE COMPAÑIA O SIMILARES

Es responsable de:

a. Dar parte verbal y/o por escrito a su inmediato superior sobre emergencias médicas.

b.- Lo que su compañía haga o deje de hacer, así como de sus acciones y omisiones en el ejercicio del mando.

b. Solicitar la evacuación cuando un subordinado requiera atención médica de emergencia, acompañado del certificado médico respectivo.

c. Dar a conocer al personal la función orgánica y los planes de la unidad, en coordinación con el oficial de operaciones.

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d. Autorizar el órgano regular al personal militar que solicite permiso por asuntos personales o calamidad doméstica.

e. Supervisar, legalizar y tener bajo su responsabilidad, la siguiente documentación:

1) Leccionario de instrucción.

2) Cuadro de control de la instrucción.

3) Cuadro de progreso de instrucción de tiro.

4) Cuadro de control de consumo de la munición y Registro de tiro.

5) Estados de prendas y armamento.

6) Archivos de ejercicios tácticos realizados por su unidad.

7) Fichas de filiación y de medidas antropométricas del personal a su mando.

8) Documentación de los comandantes de pelotón.

9) Planes de lección o instrucción.

10) Registro de semovientes.

11) Plan de embarque.

f. Se preocupará de elevar la moral, el nivel intelectual y físico del personal bajo su responsabilidad.

Art. 8 COMANDANTE DE PELOTÓN O ESCUADRA

A más de las consideradas en el art. 7 es responsable de:

a. Elaborar sus planes de lección y supervisar la siguiente documentación:

1) Estados de prendas y armamento.

2) Direcciones domiciliarias del personal a su responsabilidad.

3) Documentación de los comandantes de escuadra.

4) Planes de lección o instrucción.

5) Cuadro de control de la instrucción.

6) Cuadro de progreso de instrucción de tiro.

7) Cuadro de control de consumo de la munición.

8) Fichas de filiación y de medidas antropométricas del personal a su mando.

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9) Registro de semovientes.

Art. 9 COMANDANTE DE DESTACAMENTO

Principal responsable de lo que su reparto haga o deje de hacer, así como de sus acciones y omisiones en el ejercicio del mando.

Será designado por el comandante de unidad, durará en sus funciones por el período de uno a dos meses, sus principales responsabilidades son:

a. Legalizar las actas de entrega y recepción del destacamento, supervisando de manera directa las existencias de bienes, material y equipo.

b. Conocer los límites del destacamento manteniendo en todo momento su seguridad.

c. Mantener con el personal subordinado: disciplina, presentación y bienestar.

d. Supervisar el mantenimiento al material, equipo y armamento y su grado de operabilidad.

e. Intensificar el esfuerzo de búsqueda de información; ejecutar actividades de contrainteligencia y seguridad (defensa del campamento, en los movimientos terrestres, fluviales o aéreos, en las comunicaciones, en la situación física del destacamento).

f. Planificar y supervisar la ejecución de la instrucción, patrullajes y reconocimientos en el sector de responsabilidad, elaborar y remitir informes mensuales de actividades.

g. Dar cumplimiento a planes y directivas remitidas por el escalón superior en el sector de responsabilidad.

h. Dar parte al comandante de unidad de toda novedad especial.

Art. 10 SUBCOMANDANTE, JEFE DE ESTADO MAYOR, PLANA MAYOR, VICERRECTOR O SUBDIRECTOR

Es responsable de:

a. Asumir el mando de la unidad, manteniendo las normas del comandante en su ausencia.

b. Orientar, coordinar e integrar el trabajo del Estado Mayor o Plana Mayor.

c. Comunicar órdenes, requerimientos y decisiones del Comandante hacia la Plana Mayor General y/o Plana Mayor especial y a los subordinados.

d. Supervisar el cumplimiento de los planes, proyectos, presupuesto y directivas en vigencia.

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e. Cumplir con lo estipulado en el reglamento orgánico funcional y los ítems constantes en la matriz de evaluación de gestión en vigencia.

f. Mantener la disciplina, supervisar la instrucción y los ejercicios en el terreno.

g. Supervisar el desarrollo de las diferentes comisiones administrativas, proporcionando las orientaciones necesarias para el mejor cumplimiento de las mismas.

h. Presidir la Junta Investigadora de Accidentes (JIA).

i. Presidir o integrar la Junta de Enseñanza, tribunal de honor o Consejo de Disciplina.

j. Preparar e impartir las normas y procedimientos.

k. Representar al Comandante, en su ausencia o cuando esté autorizado para ello.

l. La orientación al Estado Mayor o Plana Mayor y la asignación de responsabilidades específicas cuando sea necesario, para preparar y expedir planes, órdenes, informes y otras tareas del Estado Mayor.

m. La aprobación de las acciones del Estado Mayor o Plana Mayor, o también obteniendo la aprobación del Comandante.

n. La alerta anticipada a los Comandantes de las unidades subordinados sobre las órdenes que recibirán.

o. Garantizar que las decisiones tomadas por el Comandante sean puestas en práctica mediante:

p. La orientación al Estado Mayor o Plana Mayor y la asignación de responsabilidades específicas cuando sea necesario, para preparar y expedir planes, órdenes, informes y otras tareas del Estado Mayor.

q. La aprobación de las acciones del Estado Mayor o Plana Mayor, o también obteniendo la aprobación del Comandante.

r. La alerta anticipada a los Comandantes de las unidades subordinados sobre las órdenes que recibirán.

s. Asegurar que se establezca el enlace con los Comandos adyacentes, superiores, subordinados y con los elementos de apoyo.

t. Tomar decisiones sólo en ausencia del Comandante y facilitar la coordinación de las actividades de la unidad.

u. Controlar que todos los oficiales del Estado Mayor o Plana Mayor general y especial, le hagan conocer cualquier recomendación o información que éstos vayan a proporcionar directamente al comandante o que hayan

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Page 18: Reglamento Régimen Interno2010

recibido de él; a menos que el Comandante indique lo contrario. (Se puede excluir a los oficiales miembros del Estado Mayor personal).

v. Dirigir, asesorar y orientar a la Plana Mayor General y/o Especial, durante el desarrollo del Proceso Militar en la Toma de Decisiones (P.M.T.D).

Art. 11 OFICIAL DE PERSONAL

Es responsable de:

a. Además de sus funciones específicas Administrar al personal en los siguientes aspectos:

1) Efectivos.

2) Reemplazos.

3) Disciplina, ley y orden.

4) Prisioneros de guerra.

5) Registro de sepulturas.

6) Moral y servicios de personal.

7) Administración del cuartel general.

8) Personal civil.

9) Procedimientos de personal.

10) Permisos y licencias.

11) Rotación de personal.

12) Designación para comisiones.

13) Capacitación de personal.

b. La ubicación y funcionamiento del puesto de mando.

c. Potenciar el talento humano empleando todos los medios disponibles, acorde con el plan de carrera y necesidades institucionales.

d. Coordinar y supervisar programas tendientes a mejorar el nivel profesional y cultural del personal vinculado a la unidad.

e. Llevar el control del parte diario de rancho para los descuentos y devoluciones del personal militar y empleados civiles.

f. Dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la Fuerza Terrestre relacionadas a la cancelación de mudanzas, pasajes, viáticos y subsistencias.

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g. Verificar que todas las disposiciones y órdenes emitidas para el empleo del personal en las diferentes misiones, tengan el respaldo legal correspondiente a fin de precautelar su permanencia en la institución.

h. Disponer y supervisar la elaboración de los siguientes documentos:

1) Parte diario y mensual del personal.

2) Orden General.

3) Parte mensual de sanciones a oficiales y voluntarios,

4) Cuadro mensual estadístico de morbilidad y mortalidad.

5) Carta de situación de personal. (guerra externa y defensa interna).

6) Párrafo o anexo correspondiente de las órdenes y planes.

7) Cuadro estadístico del nivel de educación y su proyección.

i. Supervisar la asistencia de los servidores públicos de acuerdo al horario de régimen interno aplicando para el efecto su reglamento

Art. 12 OFICIAL DE INTELIGENCIA

Es responsable de:

a. Planificar y supervisar la ejecución de actividades de inteligencia, contra inteligencia, seguridad y adiestramiento de inteligencia.

b. Coordinar la capacitación del personal en el área de inteligencia.

c. Difundir la inteligencia pertinente a los diferentes niveles.

d. Establecer y supervisar la seguridad física del campamento y área de vivac.

e. Verificar el cumplimiento de las recomendaciones del estudio de seguridad.

f. Coordinar las actividades de la comunidad de inteligencia en la localidad (COMIN).

g. Tramitar la incineración de la documentación ordinaria y calificada que haya perdido vigencia.

h. Remitir la información meteorológica de acuerdo a la necesidad de empleo y requerimientos.

i. Elaborar y remitir claves y códigos de seguridad a las dependencias.

j. Distribuir el listado de santo y seña a las unidades subordinadas.

k. Supervisar, elaborar o actualizar los siguientes documentos:

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1) Anexo de inteligencia.

2) Plan de búsqueda.

3) Carta de situación de inteligencia. (Guerra Externa y Defensa Interna).

4) Nómina de personalidades importantes, personas sospechosas y líderes locales.

5) Carta de localización de los servicios básicos, puntos y áreas sensibles.

6) Carta de blancos potenciales.

7) Parte de pérdidas de material bélico y equipo cuando ocurra la novedad.

8) Parte semanal de novedades del personal sospechoso.

9) Parte mensual de extranjeros, residentes en el sector.

l. Declaración de historial de personal (DHP) del personal militar y personal civil de la unidad.

Art. 13 OFICIAL DE OPERACIONES

Es responsable de:

a. Su obligación principal sobre los aspectos relacionados con:

1) Organización.

2) Instrucción.

3) Operaciones.

4) Planes y Órdenes.

b. Presentar recomendaciones a las tablas de organización y equipo (TOE), de acuerdo a las necesidades reales de la unidad.

c. Supervisar el progreso de la instrucción.

d. Supervisar los planes y ayudas de instrucción del personal de instructores.

e. Recomendar la prioridad en el empleo de personal, abastecimiento y equipo.

f. Determinar la localización general de los puestos de mando, en coordinación con los oficiales de personal y comunicaciones.

g. Planificar, organizar y ejecutar la Instrucción Militar Estudiantil Voluntaria y Acción Cívica (IMEVAC) en su nivel.

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h. Planificar y elaborar apreciaciones, planes y órdenes sobre:

1) Guerra Externa y Defensa Interna en los diferentes niveles de ejecución.

2) Ejercicios Tácticos.

3) Patrullaje.

4) Reconocimientos tácticos.

5) Medidas de seguridad.

6) Medidas de engaño.

7) Movimiento de tropas.

8) Plan de apoyo de fuegos.

9) Elaborar, supervisar, o actualizar los siguientes documentos:

10) Plan de operaciones de guerra externa y defensa interna de la unidad.

11) Carta de situación de operaciones. (Guerra Externa y Defensa Interna).

12) Planes Internos de la unidad.

13) Plan de defensa del campamento.

14) Plan de alistamiento.

15) Planes especiales.

16) Plan anual de actividades.

17) Procedimientos operativos normales de su área (PON).

18) Programas analíticos y cuadro gráfico de distribución del tiempo.

19) Programa horario semanal de instrucción.

20) Informes de revista.

21) Programa para presentar revistas de instrucción.

22) Parte de instrucción.

23) Informe de actividades.

24) Informes y registros de tiro.

25) Memorias del servicio militar obligatorio.

26) Informes especiales de instrucción.14

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27) Programas de cursos internos de especialización.

28) Instructivos necesarios, para la ejecución de diferentes actividades (destrezas militares, competencias deportivas, etc.).

i. Planificar y supervisar la ejecución del mantenimiento de los sectores de empleo asignados a la unidad.

Art. 14 OFICIAL DE LOGÍSTICA

Es responsable de:

a. Los aspectos relacionados con:

1) Abastecimientos.

2) Mantenimiento.

3) Transporte.

4) Sanidad. y

5) Construcciones.

b. Supervisar el requerimiento, abastecimiento, almacenamiento, mantenimiento, distribución y reposición, de intendencia, material de guerra, transportes, aeronaves, sanidad y construcciones.

c. Supervisar el estado sanitario de la unidad y el cumplimiento en las medidas profilácticas y de saneamiento ambiental.

d. Elaborar el informe en caso de daño de bienes del estado causado por descuido del personal, a fin de que se inicie la acción legal correspondiente de considerarse pertinente.

e. Supervisar el consumo y reposición de los abastecimientos de las diferentes clases.

f. Mantener un tablero con las llaves de las dependencias y vehículos del campamento.

g. Supervisar y administrar los proyectos de autogestión de las unidades.

h. Supervisar, elaborar o actualizar los siguientes documentos:

1) Carta de situación logística (Guerra Externa y Defensa Interna).

2) Planes, anexos y párrafos logísticos.

3) Balance de medicinas e insumos.

4) Informe de combustibles y lubricantes.

5) Detalle de reposición por pérdidas.

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6) Liquidación mensual de valores asignados para construcciones.

7) Requerimiento mensual de abastecimientos de clase.

8) Estados semestrales de bienes muebles e inmuebles, material bélico, material de comunicaciones, cuenta de bienes nacionales, informe de estado y localización de vehículos, otros materiales que la unidad disponga, instrumental médico, odontológico y veterinario.

i. Liquidación de rancho e ingresos económicos de autogestión de la unidad

Art. 15 COMUNICACIÓN SOCIAL.

Tiene como responsabilidades, planificar y ejecutar programas o proyectos de información y Relaciones Públicas, Operaciones Psicológicas y Apoyo al Desarrollo.

a. Relaciones públicas y protocolo.

1) Planificar, organizar, ejecutar y controlar las actividades de Relaciones Públicas y Protocolo.

2) Coordinar con los miembros del estado mayor o plana mayor sobre asuntos de interés mutuo.

3) Coordinar conferencias y ruedas de prensa.

4) Organizar eventos nacionales e internacionales.

5) Participar en los actos protocolarios de la Institución y demás organismos militares o civiles.

6) Asesorar a las autoridades militares y civiles, en la organización y desarrollo de actividades sociales y de protocolo.

7) Asesorar y colaborar en el análisis, consolidación y clasificación de la información previa a la emisión de boletines de prensa, periódicos, revistas y otras publicaciones a ser difundidas por medios de comunicación social.

8) Participar en la producción de documentales relacionados con fecha cívico – militares.

b. Operaciones psicológicas

1) Planificar, organizar, ejecutar y controlar las actividades de operaciones psicológicas.

2) Ejecutar los planes, programas y proyectos.

3) Elaborar propaganda y contra propaganda.

4) Coordinar con Inteligencia en los requerimientos que tienen relación con operaciones psicológicas.

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Page 24: Reglamento Régimen Interno2010

5) Desarrollar perfiles de las tendencias de la población militar y civil.

6) Estudiar posibilidades de guerra psicológica.

7) Elaborar información, propaganda, ideas, etc. en apoyo a las operaciones psicológicas.

8) Coordinar con las unidades subordinadas las diferentes actividades de operaciones psicológicas.

9) Evaluar los resultados de las operaciones psicológicas.

10) Adoptar medidas correspondientes para contrarrestar información adversa.

11) Mantener en base a información y comunicación de operaciones psicológicas la relación civil militar.

c. Apoyo al desarrollo y ambiente

1) Planificar, organizar, ejecutar y controlar las actividades de apoyo al desarrollo y ambiente.

2) Analizar y establecer las áreas de apoyo y la prioridad de ejecución.

3) Elaborar programas y proyectos de investigación socio-económica.

4) Ejecutar planes, programas y proyectos de apoyo al desarrollo y ambiente.

5) Realizar coordinaciones con instituciones nacionales e internacionales, públicas y privadas en apoyo al desarrollo y ambiente

6) Realizar actividades de acción cívica si se dispone de recursos humanos, económicos y materiales.

Art. 16 OFICIAL AYUDANTE

Es responsable de:

a. Registrar y recordar fechas onomásticas y festividades de carácter cívico, religioso y militar.

b. Mantener actualizado el cuadro de direcciones, lugares de trabajo y teléfonos de:

1) Oficiales Generales de las fuerzas: Terrestre, Naval y Aérea.

2) Autoridades civiles nacionales y seccionales.

3) Oficiales del Comando de División, Brigada y sus Unidades.

4) Cumplir con el envío de notas, esquelas y excusas

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Page 25: Reglamento Régimen Interno2010

c. Organizar y recordar la agenda de actividades del Comandante y coordinar las audiencias y entrevistas.

d. Supervisar el ingreso y distribución de la documentación, manteniendo un registro del trámite realizado.

e. Informar y guiar a las personas que por diferentes razones deseen audiencia con el comandante.

f. Acompañar al Comandante a los actos cívicos, sociales o militares, cuando así lo disponga.

g. Asistir al Comandante en todas sus actividades.

Art. 17 ASESOR JURIDICO

Es responsable de:

a. Asesorar sobre los asuntos legales en la administración de los recursos humanos y económicos.

b. Prestar apoyo jurídico a los miembros del estado mayor y personal de la unidad en asuntos de carácter militar.

c. Asesorar al comandante de unidad sobre el procedimiento a seguirse en los diferentes actos administrativos como:

1) Procesos pre-contractuales y contractuales.

2) Consejos de disciplina.

3) Tribunales de honor.

4) Tutela y defensa de derechos adquiridos sobre bienes institucionales.

5) Juntas investigadoras de accidentes (JIA).

6) Juntas evaluadoras de accidentes (JEA).

d. Tramitar e impulsar acciones legales en representación de las unidades militares.

TITULO IV

DEL PERSONAL DE VOLUNTARIOS

CAPITULO I

Art. 18 SUBOFICIALES

Responsabilidades generales:

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a. Asesorar al comando de unidad o instituto y supervisar las actividades en el ámbito inherente a su grado y especialidad.

b. Solicitar al Comandante, mantener reuniones periódicas con el personal de voluntarios a fin de auscultar necesidades, inquietudes y sugerencias para presentar al comando las posibles soluciones.

c. Representar al personal de voluntarios en las actividades que amerite su presencia.

d. Mantener informados a sus subordinados de las políticas, normas, disposiciones de comando y actividades de interés general.

e. Fortalecer en sus subordinados la práctica de los valores cívicos, éticos, militares, morales, y las traiciones militares a fin de fortalecer la imagen institucional.

f. Apoyar al superior inmediato, para que la instrucción y entrenamiento militar sea ejecutado de acuerdo a la misión de la unidad.

g. El suboficial más antiguo participará en la elaboración del plan anual de actividades de la unidad o instituto.

h. Colaborar en los actos protocolarios de la unidad.

i. Participar con el comandante de unidad o instituto y el oficial de personal, en la ejecución de acciones encaminadas al bienestar del personal de voluntarios y sus familiares.

j. Apoyar al oficial de personal en la supervisión del mantenimiento y buen uso de la vivienda fiscal del personal de voluntarios.

k. Asistir al informe económico mensual de la unidad o instituto.

l. Integrar en calidad de vocal, en los consejos de disciplina del personal de voluntarios.

m. Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria del reparto.

n. Colaborar en la implementación y cumplimiento de las medidas de seguridad de personal, instrucción, material, equipo e instalaciones.

o. Participar en la instrucción militar estudiantil voluntaria y acción cívica (IMEVAC) y en actividades de apoyo al desarrollo.

Art. 19 SUBOFICIAL MAYOR

A más de las responsabilidades generales de los suboficiales, las siguientes:

a. Desempeñar funciones de Asistente de las autoridades militares de acuerdo a lo establecido en el orgánico del Ejército.

b. Promover reuniones con los suboficiales de su reparto.

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c. En coordinación con el oficial de personal, proponer proyectos para mejorar la calidad de vida del personal de voluntarios y sus familiares.

d. Formar parte del equipo para realizar visitas e inspecciones a las diferentes unidades a criterio del comandante.

e. Asistir y participar en las reuniones del Estado Mayor o equivalentes en los institutos, cuando disponga el Comandante o Director.

Art. 20 SUBOFICIAL PRIMERO

A más de las responsabilidades generales del suboficial, las siguientes:

a. Desempeñar la función de asistente del comandante de brigada y asesorar en asuntos relacionados al personal de voluntarios y en otras áreas de interés.

b. Desempeñar la función de supervisor de control de calidad y de adiestramiento en el trabajo (AET), jefe de taller y de equipo en su especialidad, en los centros de mantenimiento en la F.T.

c. Desempeñar las funciones de instructor, jefe de curso y otros, en las escuelas de formación, perfeccionamiento y especialización del personal de voluntarios.

d. Integrar los contingentes de misiones de paz en calidad de supervisor, cuando el CC.FF.AA. requiera personal en el grado y con el debido perfil profesional de acuerdo a la misión o tarea a ser cumplida.

e. Asumir las funciones del Suboficial Mayor en ausencia temporal o definitiva de éste.

Art. 21 SUBOFICIAL SEGUNDO

A más de las responsabilidades generales de los suboficiales, las siguientes:

a. Cumplir la función de oficial de guardia y de semana.

b. Asistir a los comandantes de pelotón y compañía, en el control de la documentación de la respectiva unidad.

c. Cumplir la función de Comandante de destacamento.

d. Desempeñar las funciones de instructor, jefe de curso y otros, en las escuelas de formación, perfeccionamiento y especialización del personal de voluntarios.

e. Cumplir la función de jefe de área o taller en los Centros Mantenimiento de la F.T., de acuerdo a la especialidad.

f. Cumplir actividades administrativas del reparto como: rancho, encargado de material bélico, bodega de intendencia, transportes, sala de Internet, talleres, etc.

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Page 28: Reglamento Régimen Interno2010

g. Integrar los contingentes de misiones de paz en calidad de supervisor, cuando el CC.FF.AA. requiera personal en el grado y con el debido perfil profesional de acuerdo a la misión o tarea a ser cumplida.

h. Previa selección del Comando General del Ejército, cumplir las funciones de ayudante administrativo en las agregadurías de los países amigos.

i. Cumplir las funciones técnico profesionales de acuerdo con su formación militar y académica.

j. Asumir las funciones del Suboficial Primero en ausencia temporal o definitiva de éste.

Art. 22 CLASES

Son responsables de:

a. Reemplazar en orden de antigüedad al suboficial en las obligaciones y responsabilidades en caso de enfermedad o ausencia.

b. Dar parte a su comandante de pelotón, cuando observe que un subordinado trate de ocultar alguna enfermedad.

c. Velar por el cuidado, conservación del material y equipo de la unidad, así como de la salud y bienestar de sus compañeros y/o subordinados.

d. Colaborar y participar como auxiliar en la ejecución de la instrucción.

Art. 23 ENCARGADO DE COMPAÑÍA O SIMILARES:

Será el clase más antiguo de la Compañía, nombrado en la orden general de la unidad y es responsable de:

a. Los bienes y enseres existentes en las instalaciones.

b. Supervisar el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la compañía.

c. Llevar el control del personal que cumple el servicio de semana, guardia, destacamento y cuartelero.

Art. 24 SOLDADO

Es responsable de:

a. Cumplir las actividades de los clases en ausencia de éstos, observando la cadena de mando respectiva.

b. Colaborar y participar como auxiliar en la ejecución de la instrucción.

c. Cumplir las funciones de ayudante de semana y de las diferentes comisiones, al incorporarse a las unidades en su primera destinación.

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Page 29: Reglamento Régimen Interno2010

d. Adaptarse a las exigencias de su nueva condición, cumpliendo las normas y políticas de la unidad, o instituto asignado.

Art. 25 CONSCRIPTO

Es responsable de:

a. Desempeñar con celo y voluntad el servicio militar, adaptándose con todo interés a las exigencias de su nueva condición cumpliendo las normas y políticas de la unidad, o instituto asignado.

b. Conservar en buen estado del armamento, equipo y materiales que tenga a su cargo, en condiciones de utilizarlos en cualquier momento y dar parte de las novedades a su comandante de escuadra.

c. Dar parte al comandante de pelotón en caso de maltrato físico o psicológico.

TITULO V

DE LAS ACTIVIDADES EN LAS UNIDADES MILITARES

Todas las unidades militares cumplirán las actividades estipuladas en el (ANEXO “A”), teniendo como particularidad que las unidades de la región amazónica y los Institutos militares, desarrollarán su trabajo de acuerdo a la situación.

CAPITULO I

Art. 26 ACTIVIDADES DIARIAS

Los institutos y escuelas de formación, perfeccionamiento y especialización, por tener un cronograma de actividades diarias distinto a las unidades militares, darán cumplimiento a su reglamento de Régimen Interno en lo que no corresponda al presente reglamento

Las actividades diarias del personal militar serán precedidas por el toque de trompeta y son las siguientes:

a. Los clases de semana, quince minutos antes del toque de diana, formarán todos los días al mando del oficial de semana, para dar inicio a las actividades diarias.

b. El personal de guardia y disponibles se levantará al toque de diana y procederá al aseo individual. Las unidades de Caballería Blindada que dispongan de ganado caballar, el personal de guardia dará cumplimiento al forraje de los semovientes a las 05:00 horas.

c. El personal de guardia, disponible y sancionado con arresto simple formará para el parte de diana y pasará al desayuno, a excepción de los días que se cumple actividad física.

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Page 30: Reglamento Régimen Interno2010

d. Terminado el desayuno, el personal realizará el arreglo de las dependencias, bajo el control del oficial y de los clases de semana.

e. Los días lunes se realizará el momento cívico.

f. Luego del parte al comandante, se dará lectura de la orden general de la unidad.

g. Los días martes y jueves a las 07:00 horas se iniciará las actividades con la preparación física, luego de lo cual procederá a asearse y pasar al desayuno, para reiniciar actividades a las 09:00 horas.

h. El relevo de guardia se realizará al mando del Jefe de Cuartel de acuerdo a los horarios establecidos.

i. El rancho se consumirá a las horas fijadas.

j. Los castigos físicos, media hora antes y dos horas después del rancho están prohibidos.

k. El jefe de cuartel, oficial de guardia y oficial de semana, consumirán el rancho junto al personal de voluntarios.

l. A la hora fijada en el horario se reiniciarán las actividades planificadas para la tarde al mando de sus comandantes directos.

m. Las sanciones físicas reglamentarias se cumplirán una vez terminadas las labores diarias a órdenes del oficial de semana encuadrados en el cumpliendo del lit. j.

n. El personal militar (oficiales, voluntarios y conscriptos) que no se encuentre sancionado ni de guardia, puede salir franco, pudiendo por disposición superior o por necesidades del servicio suspenderse la franquicia en forma parcial o total.

o. La limpieza del campamento y sus dependencias se efectuará fuera de las horas de instrucción y aprovechando el tiempo disponible.

p. La capacitación del personal de soldados y conscriptos se realizará de acuerdo a lo establecido en el anexo “A”.

q. El personal de guardia, sancionado con arresto simple y disponible formará a órdenes de los oficiales de guardia y semana para los partes de diana, rancho y retreta.

r. El oficial de guardia 30 minutos antes de las 20:00 horas organizará y distribuirá la guardia nocturna.

s. A las 20:00 horas el personal de guardia, disponible y sancionado, formará para el parte de retreta.

t. Con el toque de silencio a las 21:00 horas, finalizarán las actividades diarias y el personal procederá a descansar.

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u. Si por cualquier circunstancia, se produce alguna alarma en la unidad, el personal disponible actuará de acuerdo a los planes de seguridad vigentes.

v. El personal de oficiales que se encuentre sancionado con arresto simple, se presentará al jefe de cuartel o al sub comandante.

CAPITULO II

DE LA INSTRUCCIÓN Y ENTRENAMIENTO

Art. 27 INSTRUCCIÒN Y ENTRENAMIENTO

El oficial de operaciones planificará y supervisará:

a. Los programas de instrucción y entrenamiento de oficiales, voluntarios y conscriptos.

b. Cursos de capacitación para oficiales y voluntarios.

c. Cursos de alfabetización y capacitación con la colaboración de organismos educativos, para mejorar el nivel de instrucción, con el objeto de hacer del conscripto un ente instruido.

d. La instrucción y entrenamiento, se ejecutará de acuerdo al programa general y horarios establecidos, orientados a la práctica mediante, marchas, ejercicios tácticos, tiro práctico y tareas de acuerdo a su especialidad.

e. La evaluación de la instrucción se realizará de acuerdo a lo planificado mediante revistas de instrucción, que servirán como elemento de juicio para la calificación operativa de las unidades.

f. Las revistas de instrucción serán presentadas al término de cada fase y ante la autoridad designada para el efecto, quien elaborará y presentará su informe sobre el grado de instrucción alcanzado por el personal revistado.

Art. 28 ESCUELAS E INSTITUTOS.

a. Las Escuelas e Institutos de formación, perfeccionamiento y especialización son los responsables de la planificación e instrucción en cada arma, servicio o especialidad.

b. La disciplina y control de la instrucción en los cursos serán responsabilidad directa del comandante de curso, jefe de curso y comandante de compañía.

c. El profesor y/o instructor llevará un registro con el rendimiento de cada estudiante y presentará un informe sobre el aprovechamiento de los educandos del organismo correspondiente del instituto, al finalizar la materia.

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d. Los alumnos de las Escuelas e Institutos de formación, perfeccionamiento y especialización recibirán la Guía del Alumno que norma el comportamiento y actividades a cumplir.

e. La guía del alumno tendrá como base las leyes y reglamentos en vigencia.

Art. 29 DESTACAMENTOS

a. La instrucción en los destacamentos se desarrollará en base a los programas de instrucción remitidos por las unidades.

b. Se cumplirá con las NAP y los PON establecidos para el efecto.

c. Una vez cumplido el servicio de destacamento, el personal saldrá con cuatro días de permiso por cada mes de permanencia.

d. El servicio de destacamento será cumplido por el personal militar en los siguientes grados: para oficiales de subteniente a capitán, para voluntarios de soldado a suboficial segundo y el personal de conscriptos.

CAPITULO III

DE LA CULTURA FÍSICA

Art. 30 GENERALIDADES

a. La actividad física será realizada en los horarios establecidos, con el uniforme y equipo adecuado a la disciplina a realizarse, observando lo planificado en los programas de instrucción, lo dispuesto en el Reglamento de Cultura Física y directivas en vigencia del Ejército.

b. Durante el desarrollo de la actividad física se aplicará todas las medidas de seguridad, a fin de evitar lesiones y accidentes que puedan ser ocasionados por la inadecuada utilización de los implementos o instalaciones deportivas.

c. Durante la actividad física se debe considerar las condiciones físicas individuales acorde a los requerimientos de la carrera militar, evitando excesos que pongan en riesgo la salud e integridad del personal.

Art. 31 OFICIAL DE EDUCACIÓN FÍSICA

Es responsable de:

a. Elaborar la planificación de actividad física, deportes y recreación para las unidades en base al reglamento y manuales vigentes.

b. Supervisar la aplicación de los programas de actividad física, deportes y recreación en las unidades.

c. Mantener actualizada la planificación, estadísticas y documentación de su dependencia.

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Page 33: Reglamento Régimen Interno2010

d. Planificar actividades físicas, deportivas y de recreación para el personal de servidores públicos.

e. Preparar y disertar conferencias en la unidad, con la finalidad de impartir conocimientos relacionados con la aplicación del reglamento y temas sobre la actividad física.

f. Incentivar al personal para que participe activamente en las sesiones de educación física, deportes y recreación.

g. Asesorar al comandante en el mejoramiento e implementación de la infraestructura deportiva y otras necesidades.

h. Asesorar y supervisar la construcción de instalaciones deportivas en lo concerniente a asuntos técnicos.

i. Supervisar que los implementos e instalaciones deportivas se encuentren en buen estado.

j. Organizar y preparar los equipos que representarán a su unidad en las competencias deportivas.

k. Coordinar la participación de atletas de su unidad en las diferentes competencias organizadas por federaciones y organismos deportivos locales.

l. Realizar evaluaciones periódicas para establecer el nivel de la condición física del personal.

m. Elaborar el cronograma de las pruebas físicas semestrales.

n. Receptar las pruebas físicas al personal de voluntarios de la unidad y tramitar los resultados y el informe al Comando de Operaciones Terrestre. (COT)

o. Supervisar que la actividad física se ejecute aplicando las tablas en vigencia.

p. Elaborar programas de entrenamiento físico especial para personas que no cumplen el requerimiento de pruebas físicas y la relación óptima de peso – estatura - edad.

Art. 32 CLASE DE EDUCACIÒN FÍSICA

Es responsable de:

a. En ausencia del oficial de educación física, deberá cumplir las actividades asignadas a este.

b. Preparar el material necesario para la práctica de las sesiones de actividad física, deportes y recreación.

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Page 34: Reglamento Régimen Interno2010

c. En coordinación con el oficial de cultura física, mantener actualizados los cuadros estadísticos de pruebas físicas, marcas deportivas y otros.

d. Apoyar en la orientación técnica durante la ejecución de la práctica de las actividades físicas.

e. Ser ayudante del oficial de cultura física.

f. Colaborar en el entrenamiento de los equipos deportivos de la unidad.

g. Mantener en perfectas condiciones de funcionamiento las instalaciones e implementos deportivos.

h. Sugerir la adquisición de material e implementos deportivos.

CAPITULO IV

DE LOS EVENTOS

Art. 33 EVENTOS SOCIALES

a. Los eventos sociales serán ejecutados cumpliendo las directivas en vigencia de acuerdo al Reglamento de Protocolo y Ceremonial Militar, calendario cívico, festividades de las armas, servicios, especialistas y otros.

b. El oficial de personal incluirá en la planificación anual presupuestaria los eventos sociales considerados.

c. El personal durante estos eventos cumplirá las normas de comportamiento social, a fin de mantener el buen nombre y prestigio institucional.

TITULO VI

DE LA SEGURIDAD

CAPITULO I

Art. 34 SERVICIO DE GUARDIA Y RETEN

a. El servicio de guardia se establece en todas las unidades e institutos militares, para mantener el orden, seguridad, proteger la propiedad, hacer cumplir los reglamentos militares e intervenir con sus armas si fuere necesario.

b. El personal de Oficiales y subalterno de guardia, serán nombrado con un día de anticipación en la orden general y durarán en sus funciones 24 horas.

c. Cumplirán las funciones de jefe de plaza, jefe del puesto de mando , jefe de instituto, jefe de escuela, jefe de cuartel y oficial de guardia los oficiales de arma, servicios y especialistas, orgánicos y agregados a excepción de:

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Page 35: Reglamento Régimen Interno2010

1) Ranchero.

2) Ayudante del Comandante de Unidad.

3) Médico de llamada.

4) Veterinario de llamada.

d. En el interior de las unidades se mantendrá personal como reserva, listo para ser empleado en caso de ser requerido y estará conformado por la guardia del día siguiente o reten.

e. Mientras dure el servicio de reten, de acuerdo a la situación que se viva el Comandante de unidad, podrá disponer que salgan francos.

f. En los Hospitales de Brigada y División, los oficiales de sanidad, desde el grado de teniente hasta teniente coronel, cumplirán las funciones de médico de guardia.

g. En caso de alarma, el personal de guardia dará cumplimiento al plan de defensa del campamento.

h. El personal de guardia no podrá abandonar la unidad, cuando por necesidades del servicio deba hacerlo, permanecerá un número de oficiales y voluntarios necesarios para el cumplimiento de la seguridad.

i. En el cumplimiento del servicio de guardia, está prohibido utilizar artefactos eléctricos, electrónicos y cualquier tipo de vestuario que interfiera el correcto desempeño de las funciones durante su turno.

j. El personal que se encuentre cumpliendo arresto de rigor o suspensión de funciones, no será considerado en el servicio de guardia.

k. A la hora establecida en el horario de actividades, la guardia pasará lista bajo el control del subalterno, oficial de guardia y jefe de cuartel.

l. Todo militar cualquiera que fuere su jerarquía debe guardar el mayor respeto a los centinelas y miembros de la guardia, que se encuentran cumpliendo su servicio.

m. El personal de guardia cumplirá el servicio con el armamento y munición de acuerdo a las directivas vigentes para el efecto.

n. Cuando sea necesario se empleará patrullas dotadas de medios de comunicación, equipo y armamento para complementar la seguridad de las instalaciones.

o. Se organizará una fuerza de reacción lista para el empleo a órdenes directas del jefe de cuartel u oficial de guardia.

p. En el relevo de los puestos de guardia se transmitirá las consignas que permitan el normal desarrollo de su función.

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q. Al personal que se encuentre cumpliendo el servicio de guardia le será permitido emplear el armamento en legítima defensa de conformidad con lo que establece la ley y cuando la seguridad del personal, campamento, instalaciones, material bélico, vehículos y/o aeronaves bajo su responsabilidad se vean amenazadas de manera inminente.

r. Se colocará en el brazo izquierdo un brazalete distintivo de acuerdo al siguiente detalle:

1) Jefe de Cuartel JC.

2) Oficial de Guardia OG.

3) Subalterno de Guardia SG.

s. El personal que cumpla el servicio de guardia en la prevención, durante los fines de semana y días festivos, deberá hacerlo con uniforme reglamentario. (4-B de Bota).

t. En el interior de las unidades se mantendrá personal como reserva, listo para ser empleado en caso de ser requerido y estará conformada por el la guarida del día siguiente.

u. Mientras dure el servicio de retén, de acuerdo a la situación que se viva el Comandante de unidad, podrá o disponer salgan francos.

v. Si es necesario, el Comandante dispondrá que esta fuerza tenga el armamento en mano.

w. El retén de guardia para su empleo dependerá, del jefe de cuartel y del oficial de guardia de acuerdo a las disposiciones del comandante.

Art. 35 CLASIFICACIÓN DE LAS GUARDIAS

a. Generales.- Aquellas que se cumple normalmente en el interior de todas las unidades y demás dependencias del Ejército y que están bajo el control directo del Jefe de Cuartel, Oficial de Guardia y Subalterno de Guardia.

b. Especiales.- Aquellas que se cumple cuando es necesario resguardar a determinada propiedad, persona o área específica.

c. De Honor.- Aquellas que conforman las unidades para efecto de honores, de acuerdo al Reglamento de Ceremonial militar y Protocolo.

Art. 36 RELEVO DE GUARDIA

a. El relevo de guardia se efectuará en todas las unidades, Institutos y demás dependencias, de acuerdo al horario establecido.

b. Se realizará frente al Altar Patrio de cada unidad o instituto, se adoptará la formación en línea, la guardia saliente rendirá honores a la entrante; los oficiales y subalternos de guardia entrantes y salientes se ubicarán

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a la cabeza de las mismas (delante del Altar Patrio); los trompetas en el extremo opuesto. Los subalternos darán parte al oficial de guardia las novedades del personal, los oficiales de guardia entregan el parte a los jefes de cuartel, luego de los honores reglamentarios con el respectivo toque de trompeta el más antiguo ordena a los oficiales y subalternos que se transmitan las consignas y se entreguen la documentación pertinente. Finalizado el proceso de entrega recepción la guardia entrante rinde honores a la guardia saliente para su salida.

c. La guardia saliente, entregará a la entrante la siguiente documentación:

1) Libro de novedades legalizado.

2) Relación de castigados.

d. Libros de control vehicular, control de servidores públicos, control de personal civil que ingresa a la unidad., hoja del relevo de guardia con todas las consignas, Reglamento de Régimen Interno, Reglamento de Disciplina Militar, Plan de Defensa del Campamento y Plan de Recogida de Francos.

CAPITULO II

MIEMBROS DE LA GUARDIA

Art. 37 JEFE DEL PUESTO DE MANDO

Cumplirán esta función los oficiales superiores en el grado de Teniente Coronel y Mayor, y sus responsabilidades son:

a. Permanecer en el Puesto de Mando a las horas de ingreso de los señores Generales, con prioridad del señor Comandante General del Ejército, a fin de dar parte.

b. Supervisar que las divisiones se hayan reportado al Puesto de Mando en los horarios de 20h00. 24h00. y 06h00, de existir alguna novedad reportara inmediatamente a su respectivo escalón superior

c. Dar cumplimiento a las directivas, instructivos, y consignas especiales.

d. Supervisar la seguridad del sector de responsabilidad del Comando General del Ejército.

e. Dar parte todos los días a las 08.00 y 20:00h al señor JEMFT., sobre las novedades que reportan las diferentes unidades de la FT.

f. Dar parte al PM. del COMACO. A las 20:00 h y 07:30 h.

Art. 38 JEFE DE PLAZA

Cumplirán esta función los oficiales superiores en el grado de Teniente Coronel y Mayor y, su responsabilidades son:

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a. Controlar el cumplimiento del servicio de guardia de su jurisdicción. (Supervisar al personal de guardia el cumplimiento de sus responsabilidades.)

b. Legalizar la documentación de la guardia de las unidades de su jurisdicción

c. Informar al Jefe de Estado Mayor y Comandante de unidad de las novedades existentes en el campamento y jurisdicción.

d. Estar en condiciones de resolver situaciones emergentes que se presenten en la jurisdicción, en representación del Comandante de Brigada o División.

e. Dar parte de las novedades al puesto de mando del escalón superior de acuerdo al horario establecido.

f. Evaluar el plan de defensa del campamento con el visto bueno del Jefe de Estado Mayor o Comandante de Unidad.

Art. 39 JEFE DE CUARTEL O EQUIVALENTE

Cumplirán esta función los oficiales en el grado de Capitán y sus responsabilidades son:

a. Hacer cumplir la seguridad del campamento de acuerdo a lo dispuesto en las directivas de seguridad vigentes.

b. Controlar el cumplimiento del horario de actividades diarias, así como las órdenes y disposiciones impartidas por el comandante de unidad.

c. Finalizada la jornada de labor, resolver los problemas que se susciten en la unidad y dar parte al jefe de plaza.

d. Controlar la distribución del rancho verificando la cantidad, calidad, aseo y puntualidad.

e. Controlar que el oficial de guardia y semana, cumplan con todas las obligaciones que la función les impone.

f. Recibir el parte de salida y recogida de francos, del personal de conscriptos.

g. En horario no laborable, tramitará la correspondencia oficial urgente procediendo a informar de su contenido al Jefe de Plaza o Comandante.

h. Supervisar que en la prevención siempre se encuentre el Oficial o Suboficial de guardia.

i. Dar parte al puesto de mando del escalón superior de las novedades en los horarios establecidos para el efecto.

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j. Poner ejecución los planes de defensa del campamento, contra incendios, alistamiento, recogida de francos, etc. Cuando la situación lo amerite.

k. Cumplir el primer turno de guardia nocturno hasta las 24 horas.

Art. 40 OFICIAL DE GUARDIA

Cumplirán esta función los Tenientes, Subtenientes y Suboficiales Segundos y sus responsabilidades son:

a. Permanecer en la prevención durante el día y en la noche en su turno respectivo.

b. Supervisar la distribución del grupo de guardia en los puestos y turnos correspondientes.

c. Mantener actualizado con su puño y letra los libros de prevención.

d. Controlar que el personal de guardia haga uso de prendas y artefactos que no correspondan al servicio.

e. Controlar al personal que consta en la relación de castigados.

f. Verificar que el material contra incendios se encuentre en condiciones de empleo, dando parte de las novedades existentes para su cambio o recarga.

g. Izar y arrear las banderas de acuerdo al horario y al ceremonial respectivo.

h. Dar parte al jefe de cuartel de las novedades ocurridas.

i. Dar parte al comandante u oficial más antiguo de la presencia de autoridades militares o civiles.

j. Detener a toda persona sospechosa que deambule por las dependencias no autorizadas de la unidad y dar parte al jefe de cuartel, quien realizará el procedimiento correspondiente para su verificación.

k. Instruir en los deberes de la guardia a los subtenientes recién egresados que han sido asignados a la guardia en calidad de ayudantes.

l. Verificar que el armamento se encuentre descargado (sin munición en la recámara) previo su entrega en la bodega destinada para el efecto de acuerdo a la directiva en vigencia.

m. Mantener actualizadas las consignas y transmitirlas oportunamente para su cumplimiento.

Art. 41 SUBALTERNO DE GUARDIA

Cumplirán esta función el clase en el grado de Sgop. o Sgos. más antiguo y sus responsabilidades son:

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a. Cooperar con el oficial de guardia y mantener estricto control sobre el personal, con el fin de que se cumpla en forma eficiente la seguridad del campamento.

b. Elaborar la distribución de la guardia, debiendo hacer rotar al personal en los puestos y turnos, entregando un ejemplar al oficial de guardia para su revisión y aprobación.

c. Dar parte al oficial de guardia, o en ausencia de este al jefe de cuartel, de cualquier novedad que se presente.

d. Durante la noche, realizará el turno que le designe el jefe de cuartel.

e. Previo al relevo, pasar revista y controlar el parte al personal de guardia, para cerciorarse de que su armamento, uniforme y equipo se encuentre en perfecto estado.

f. Hacerse cargo del armamento y munición que permanece a disposición de la guardia para el cumplimiento del servicio, y controlar su operabilidad.

Art. 42 CLASE DE SERVICIO

Cumplirán esta función los clases más antiguos de cada turno de guardia, y sus responsabilidades son:

a. Registrar, controlar y revisar la entrada y salida del personal, vehículos y material de la unidad, así como de cualquier persona que haya obtenido autorización para ello.

b. Controlar el relevo de los turnos de guardia entrante y saliente.

c. No abandonar la prevención durante su turno de guardia.

d. En caso de emergencia y en ausencia del oficial de guardia dar la alarma establecida y junto con los centinelas ejecutar las acciones respectivas.

e. Dar parte al Oficial o Subalterno de Guardia de cualquier novedad.

f. Disponer con la debida anticipación, que el ronda general despierte al personal del turno siguiente y pueda relevarse en la hora establecida.

g. Entregar y recibir el armamento y munición al personal de los turnos de guardia, verificando se cargue y descargue antes y después del cumplimiento de los turnos de guardia.

h. Impedir la aglomeración de personas y vehículos, así como las ventas ambulantes que obstaculicen la entrada principal.

Art. 43 RONDA GENERAL

Cumplirán esta función los clases de acuerdo al orden jerárquico, y sus responsabilidades son:

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Page 41: Reglamento Régimen Interno2010

a. Vigilar el interior y exterior del campamento.

b. Controlar que el personal militar en los puestos de guardia y servicio de imaginaria, cumplan las normas establecidas y horarios de acuerdo a la distribución de la guardia.

c. Supervisar que las dependencias del cuartel se hallen aseguradas y sin novedad.

d. Exigir que el personal disponible se recoja a sus dormitorios y proceda al descanso luego del toque de silencio.

e. Supervisar que el personal franco que retorna a pernoctar no perturbe el descanso del personal de guardia y disponibles.

f. Acudir al llamado de los centinelas, verificar la novedad y dar parte al más antiguo en la prevención.

g. Controlar que el personal militar en todos los puestos cumpla a cabalidad con el servicio y dar parte periódicamente al oficial de guardia o subalterno que se encuentre de turno de las novedades existentes.

Art. 44 CENTINELAS

Cumplirán esta función el personal designado para el efecto y sus responsabilidades son:

a. Antes del turno de guardia formar en la prevención a órdenes del clase de servicio para el control y entrega del armamento.

b. Después del turno de guardia, dar parte de las novedades en la prevención al clase de servicio y entregar el armamento.

c. No abandonar el puesto de guardia ni entregar su arma por ningún concepto.

d. En caso de amenaza o inicio de incendio, dar la señal de alarma establecida en los planes correspondientes.

e. Cumplir con las funciones del centinela que constan en el reglamento de Instrucción Individual de combate.

f. No permitir el ingreso o salida de personas o vehículos por lugares no autorizados.

Art. 45 CENTINELA DE LA ENTRADA PRINCIPAL

A más de las estipuladas en el Art. 44 las siguientes:

a. Vigilar y dar seguridad a las vías de acceso a la entrada principal.

b. Detener el ingreso de militares o civiles, hasta que sean previamente identificados.

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Page 42: Reglamento Régimen Interno2010

c. Mantener una buena presentación, porte militar y estar con el armamento en condiciones de empleo.

d. Los honores que rinde son:

1) A los Oficiales Generales y Coroneles con las armas al hombro.

2) A los Tenientes Coroneles, Mayores, Oficiales Subalternos y Voluntarios adoptando la posición de firmes.

3) En las unidades de caballería, los centinelas que porten el fusil a la espalda tendrán el sable desenvainado y rendirán honores a los oficiales, ejecutando el manejo correspondiente y especificado en los literales anteriores.

4) Las unidades en que los centinelas porten sub-ametralladoras rendirán honores a todo superior en la jerarquía de oficial.

5) Los centinelas rendirán honores a la tropa armada que pase por la prevención llevando las armas al hombro y a la tropa desarmada que entre y salga del cuartel adoptando la posición de firmes.

Art. 46 IMAGINARIA

Es nombrado por el clase de semana y cumplirá su servicio en el turno correspondiente durante la noche en el interior del dormitorio para la seguridad del personal, armamento, equipo y demás enseres existentes, y sus responsabilidades son:

a. Asumir las funciones de cuartelero luego del parte de retreta y cumplir este servicio hasta la hora de diana.

b. Impedir el ruido o escándalo en el interior del dormitorio a fin de precautelar el descanso del personal.

c. Dar parte al ronda general o clase de semana de las novedades que se produzcan en el interior del dormitorio.

d. Responder por las pérdidas ocurridas durante su turno de servicio.

e. Dar parte de las novedades que existan, cuando ingrese un superior al dormitorio.

f. Dar parte al clase de semana, si alguien se enfermara repentinamente.

g. Despertar al cuartelero y al clase de semana, treinta minutos antes de la diana.

h. Despertar al personal de la guardia de acuerdo a los turnos establecidos.

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Page 43: Reglamento Régimen Interno2010

Art. 47 TROMPETA DE GUARDIA

Cumplirán esta función los soldados y clases, que han realizado el respectivo curso, es nombrado en la Orden General de la unidad, y sus responsabilidades son:

a. Ejecutar los toques de trompeta reglamentarios durante su servicio, de acuerdo al horario de régimen interno de las unidades.

b. Realizar los toques de honores a las autoridades que ingresen a la unidad o instituto.

c. Participar en las ceremonias militares que se ejecutan en la unidad.

d. Dar los toques de alarma en caso de ser necesario de acuerdo a lo establecido en los respectivos planes.

CAPITULO III

DE LA POLICIA MILITAR

Art. 48 RESPONSABILIDADES DE LA POLICIA MILITAR

Es la encargada de la seguridad de la unidad en horas laborables y en las ceremonias internas, externas, cuando amerite su empleo

Sus responsabilidades son:

a. Preservar el orden y hacer obedecer las leyes, reglamentos militares, normas y políticas del comando de la unidad o instituto.

b. Detener a personas sospechosas dentro del campamento. Las que no estén sujetas a la ley militar, deben ser entregadas sin demora a la Policía Nacional.

c. Proteger al personal militar y civil contra actos de violencia o de mala conducta.

d. Detener a evadidos, o desertores.

e. Prevenir la comisión de delitos del personal de la unidad o instituto.

f. Hacer cumplir los reglamentos y demás disposiciones referentes al uso del uniforme.

g. Detener al personal militar que se presente públicamente en estado de embriaguez o en condiciones de desprestigio para las Fuerzas Armadas.

h. Regular el tránsito durante movimientos de tropa, cuando la situación lo requiera.

i. Controlar el movimiento de civiles y militares que entren o salgan del recinto militar, estableciendo un sistema de identificación.

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Page 44: Reglamento Régimen Interno2010

j. Administrar y controlar las piezas de arresto y los lugares destinados a la detención del personal militar.

Art. 49 DETENCIONES

a. El personal de la Guardia y de la Policía Militar está facultado para realizar detenciones en los siguientes casos:

b. Cuando un individuo sea sorprendido in fraganti en el cometimiento de delitos o se lo encuentre en actitud sospechosa en el interior del cuartel y rehúse identificarse

c. Cuando el militar vistiendo uniforme o traje de civil, no se identifique, rehúse hacerlo o se encuentre en actitud de rebeldía.

d. Colaborar en allanamientos de domicilios y dependencias particulares y fiscales solamente cuando se disponga de una orden judicial y con la presencia de la autoridad competente

e. Procedimientos para la detención:

1) Para efectuar una detención se organizará el grupo necesario encargado de la captura.

2) Las personas detenidas serán entregadas a las autoridades competentes de manera inmediata.

3) El personal militar detenido será tratado con consideración y respeto, y será conducido al interior del cuartel con la respectiva seguridad.

4) La conducción de detenidos preferentemente se lo realizará en vehículos cerrados y con las medidas de seguridad que ameriten.

5) Registrar a los detenidos en el libro de novedades con el certificado médico, listas de las especies retiradas y su estado de conservación, igual constancia se dejará cuando el detenido sea entregado a las autoridades correspondientes.

6) Al personal que da seguridad a los detenidos le será permitido emplear el armamento en dotación en legítima defensa de conformidad con lo que establece la ley.

CAPITULO IV

DE LA PREVENCION DE ACCIDENTES

Art. 50 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES

El Oficial de seguridad y prevención de accidentes (SEPRAC) tiene las siguientes responsabilidades:

a. Asesorar al comando en todo lo que se refiere a seguridad integral y prevención de accidentes.

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Page 45: Reglamento Régimen Interno2010

b. Ejecutar, desarrollar y supervisar las actividades de prevención de accidentes en coordinación con los miembros del Estado Mayor o Plana Mayor general o especial.

c. Supervisar el cumplimiento de planes, programas y normas de seguridad y prevención de accidentes de la unidad o instituto, estando presente, o a través de su delegado, en todas las actividades que representen riesgo.

d. Llevar las actas del Comité de Prevención de Accidentes.

e. Elaborar y presentar al comando los informes mensuales y tramitarlos por los canales respectivos.

f. Mantener una constante coordinación con el Oficial SEPRAC del escalón superior.

g. Intervenir, dirigir y controlar el desarrollo de las prácticas periódicas de los planes y programas existentes.

h. Dar cumplimiento a las inspecciones de seguridad programadas o a las ordenadas de acuerdo a las situaciones que se presenten.

i. Llevar actualizados los registros y documentos de la sección.

j. Elaborar, tramitar y supervisar la administración del presupuesto para la ejecución del plan de seguridad y prevención de accidentes.

k. Realizar las actividades que tiendan a mejorar los niveles de seguridad y disminución de riesgos en la aplicación del plan de seguridad y prevención de accidentes.

l. Recomendar soluciones a los problemas observados en la ejecución y aplicación de los planes, directivas y normas de seguridad y prevención de accidentes

m. Instruir al personal de la unidad en todo lo que se refiere a seguridad y prevención de accidentes.

n. Mantener actualizado al personal de la unidad en los diferentes planes: defensa del campamento, contra incendios, evacuación de documentos, etc.

o. Recomendar soluciones a los problemas observados en la ejecución y aplicación de los planes, directivas y normas de seguridad y prevención de accidentes.

TITULO VII

SERVICIO DE SEMANA

CAPITULO I

Art. 51 GENERALIDADES

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El personal de semana será nombrados, los días jueves, en la Orden General de la unidad, debiendo ser: oficial, clases, ayudantes y cuarteleros.

a. Son responsables por el cuidado del personal, instalaciones de la unidad y el cumplimiento de las actividades establecidas en el horario de régimen interno.

b. Permanecerán en sus funciones 7 días consecutivos, desde el día viernes a partir del relevo de acuerdo al horario establecido.

c. El personal de semana no cumplirá funciones de guardia a excepción de los cuarteleros en el servicio nocturno.

d. El relevo se realizará, bajo el control del Jefe de Cuartel, con los estados actualizados de los dormitorios y dependencias bajo su responsabilidad, escalafones de personal y grupos de guardia, informes respectivos, listado de trabajos pendientes y demás consignas.

CAPITULO II

MIEMBROS DEL SERVICIO DE SEMANA

Art. 52 OFICIAL DE SEMANA

Cumplirán esta función los Tenientes, Subtenientes y Suboficiales segundos de arma, servicios y especialistas, orgánicos y agregados a excepción de:

Ranchero

Ayudante del Comandante de Unidad

Médico de llamada.

Veterinario de llamada.

Sus responsabilidades son:

a. Controlar la presencia de los clases de semana y cuarteleros para el relevo, posteriormente recibir parte de las novedades de la entrega-recepción física de las dependencias.

b. Estar presente en todas las formaciones, a fin de controlar la asistencia y presentación.

c. Recibir parte de los clases de semana, de todas las novedades del personal (hospitalizados, enfermos, en el policlínico, permisos licencias, etc.), y dar parte al jefe de cuartel.

d. Supervisar que el personal se encuentre provisto de las prendas y equipo necesario, antes de iniciar determinada actividad.

e. Controlar y exigir el cumplimiento de las obligaciones orientadas al mantenimiento y conservación de todas las instalaciones, con especial atención a los dormitorios, cocinas e instalaciones sanitarias, y dar

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Page 47: Reglamento Régimen Interno2010

solución inmediata a las novedades que se presenten en el campamento durante la semana.

f. Disponer con autorización del jefe de cuartel el uso de la chompa, o poncho de aguas en tiempo frío o lluvioso.

g. Controlar el buen uso de los servicios básicos, tendientes a la optimización y ahorro.

h. Controlar la entrega y recepción de las prendas en las diferentes bodegas.

i. Cumplir con su trabajo normal de acuerdo a su función principal.

j. Supervisar la distribución, cantidad, calidad y aseo del rancho, de existir novedades dar parte al Jefe de Cuartel.

k. Controlar que el personal enfermo reciba atención médica.

l. Supervisar que los clases de semana entreguen la información necesaria para la elaboración de la confronta en la oficina de personal, a la hora señalada.

m. Dar parte a los comandantes de compañía de las novedades ocurridas con su personal, a fin de que tomen las acciones pertinentes.

n. No abandonar la unidad sin la autorización respectiva del Comandante, Sub-comandante y/o Jefe de Cuartel.

o. Elaborar un plan de trabajo para ejecutar mejoras y mantenimiento de la unidad, con iniciativa y cumpliendo las normas establecidas por su comandante.

p. Registrar que el personal de francos, no saque ningún armamento y equipo en dotación.

Art. 53 CLASE DE SEMANA

Cumplirá este servicio todo el personal de voluntarios desde el grado de Soldado hasta Sargento Segundo, a excepción de aquellos que cumplen las funciones de Subalterno de Guardia y sus responsabilidades son:

a. Asistir al relevo y hacerse cargo físicamente de las dependencias que estarán bajo su responsabilidad.

b. Ser el colaborador directo del Oficial de Semana.

c. Dar parte de todas las novedades del personal al oficial de semana (hospitalizados, enfermos, en el policlínico, permisos licencias, etc.).

d. Iniciar sus actividades 30 minutos antes del toque de diana y finalizar media hora después del toque de silencio.

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Page 48: Reglamento Régimen Interno2010

e. Enseñar a los aspirantes a soldados y conscriptos buenas costumbres, normas disciplinarias, forma de vestirse, conservación y limpieza de prendas y armamento.

f. Evitar el trato descortés, y el uso de lenguaje soez, que afecte a la dignidad del personal militar.

g. Supervisar la conservación del material y equipo del personal bajo su responsabilidad.

h. Controlar el aseo de los dormitorios, comedores e instalaciones sanitarias de su reparto.

i. Conducir a los enfermos al policlínico para que reciban atención médica.

j. Entregar la información necesaria para la elaboración de la confronta en la oficina de personal.

k. Conducir y controlar al personal de conscriptos que asisten al programa de alfabetización y capacitación.

l. Enseñar himnos y canciones militares, incentivando el espíritu militar.

m. Nombrar personal que lleve el desayuno y el rancho a los cuarteleros.

n. Nombrar al personal de imaginarias para el servicio de guardia durante la noche en los dormitorios, quienes formarán al parte de diana y retreta bajo las órdenes de oficial de guardia.

Art. 54 CUARTELERO

Cumplirá esta función el personal en el grado de conscripto y soldado; iniciarán esta actividad con el toque de diana hasta el toque de silencio.

Es responsable de:

a. Custodiar durante el día las prendas y enseres existentes en el dormitorio.

b. Mantener la limpieza permanente del dormitorio, cuidado del armamento, munición, camas, vestuario, etc., que permanezcan en el mismo.

c. Impedir el ingreso del personal sin autorización durante horas laborales.

d. Encender y apagar las luces del dormitorio de acuerdo al horario establecido.

e. Recolectar agua, en aquellos repartos donde no hubiere distribución pública.

f. Dar parte al clase de semana, oficial de semana o a cualquier otro superior, de las novedades que se produjeren en el dormitorio.

g. No podrá abandonar el servicio de cuartelero, mientras permanezca en esta función.

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Page 49: Reglamento Régimen Interno2010

h. Revisar las seguridades de los armarios, cajas y demás enseres existentes en el dormitorio, caso de detectar novedades dará parte de inmediato.

TITULO VIII

SERVICIOS Y ESPECIALIDADES

CAPITULO I

SERVICIOS

Art. 55 OFICIAL ENCARGADO DE INTENDENCIA

El Oficial será nombrado en la Orden General de la unidad y durara en sus funciones durante 3 meses.

Es responsable de:

a. Supervisar que el equipo de Intendencia esté en condiciones operables a fin de que pueda ser utilizado en el momento que se requiera.

b. Disponer de la organización de las bodegas para prestar una atención eficiente.

c. Controlar que los inventarios de las especies que se encuentran en las bodegas clase I, II y IV de intendencia.

d. Dar parte al Oficial de Logística semanal y mensualmente acerca de los movimientos de ingresos y egresos de las especies clase I, II y IV.

e. Coordinar y actualizar los trámites de canje, dotación, anticipos de dotación préstamo, etc.

f. Dirigir y controlar las actividades de mantenimiento de II escalón de los bienes de Intendencia de la unidad.

g. Realizar pruebas del equipo y entregar a las unidades previo a la elaboración del acta de entrega-recepción.

h. Dirigir y controlar las actividades de evacuación, a través del canal logístico, del equipo y material que requiere mantenimiento.

i. Controlar el correcto empleo del material de Intendencia.

j. Controlar que el personal que sale con la disponibilidad haya realizado la entrega del equipo de intendencia a su cargo.

k. Planificar, dirigir y supervisar el mantenimiento preventivo del material y equipo de intendencia de la unidad.

l. Receptar, consolidar y remitir al oficial de logística el informe de los trabajos realizados.

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m. Controlar que todo el material de intendencia sea entregado previa la presentación de un memorando del oficial de logística de la unidad.

Art. 56 OFICIAL ENCARGADO DEL MATERIAL BÉLICO

El Oficial será nombrado en la Orden General de la unidad y durará en sus funciones durante 3 meses.

Es responsable de:

a. Cumplir las disposiciones emanadas en las directivas e instructivos para el manejo, custodia y almacenamiento de material de guerra del Ejército.

b. Supervisar que las bodegas de material de guerra, estén en condiciones de seguridad física y operabilidad inmediata.

c. Coordinar la seguridad para transportar el material de guerra desde el lugar de origen hasta su destino, previa coordinación con el Oficial de Inteligencia y de la Policía Militar.

d. Mantener el control de los documentos y firmas originales.

e. Mantener el control de los requerimientos de Material de bélico de la unidad.

f. Organizar, ejecutar y actualizar las actividades de recepción, registro y almacenamiento de todos los abastecimientos de material de guerra.

g. Dar parte al oficial de logística semanal y mensualmente las existencias de los abastecimientos clase II, IV y V de material de guerra.

h. Reportar al Oficial de Logística semanalmente el estado de operabilidad del armamento y munición de la unidad.

i. Consolidar semestralmente, el movimiento de abastecimientos puntualizando ingresos, egresos, saldos, estado del material., etc. y remitir al escalón logístico correspondiente.

j. Realizar inspecciones visuales y verificar el estado del material diariamente.

k. Entregar y receptar el armamento y munición al personal militar previo el memorando firmado por el oficial de logística.

l. Elaborar y remitir al escalón superior estadísticas actualizadas del movimiento de los abastecimientos.

Art. 57 OFICIAL ENCARGADO DE TRANSPORTES

El Oficial será nombrados en la Orden General de la unidad y durara en sus funciones durante 3 meses, si es de la especialidad de transportes será permanente.

Es responsable de:43

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a. Supervisar el estado de funcionamiento de los vehículos administrativos y tácticos; y tomar las acciones necesarias con el fin de que puedan ser utilizados en el cumplimiento de las misiones encomendadas.

b. Gestionar ante el escalón superior los recursos necesarios para el mantenimiento de los vehículos.

c. Ejecutar planes y directivas, relacionados con el movimiento vehicular desde la unidad hasta su destino y/o viceversa.

d. Atender las necesidades relacionadas a los abastecimientos clase III y IV de transportes.

e. Atender las necesidades de medios de transporte de la unidad.

f. Ejecutar y coordinar con el oficial de logística, los trámites para la adquisición de repuestos de transportes.

g. Administrar los inventarios de repuestos de transportes para el mantenimiento de los vehículos.

h. Planificar y ejecutar movimientos para situaciones rutinarias y de contingencia estableciendo medios, tiempo, rutas, puntos de control y demás detalles requeridos.

i. Planificar y ejecutar actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de los medios de transporte de la unidad.

j. Administrar los medios de transporte de la unidad, de forma que se cumpla con todos los planes y directivas de seguridad establecidos por el escalón superior.

k. En caso de emergencia y al no disponer del orgánico completo, autorizar la conducción al personal que no sea del servicio de transportes, siempre que disponga del documento habilitante emitido por las autoridades de tránsito y la prueba de manejo respectiva.

CAPITULO II

ESPECIALIDADES

Art. 58 OFICIAL DE SANIDAD

Es responsable de:

a. Proporcionar atención médica al personal militar, familiar y civil, orientando todas sus acciones a la recuperación del paciente.

b. Asesorar sobre todos los asuntos relacionados con sanidad.

c. Recomendar sobre los efectos que ejercerán las armas sobre el personal, las raciones y el agua.

d. Orientar sobre las medidas de medicina preventiva.

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e. Recomendar sobre requerimientos de personal de sanidad.

f. Planificar y supervisar las actividades de sanidad relacionadas con:

1) El sistema de tratamiento y evacuación, incluyendo la evacuación aérea de sanidad.

2) La medicina preventiva dentro de la unidad; y cuando le sea requerido las actividades de salud pública, colaborando con el oficial de asuntos civiles.

3) La atención médica en las unidades subordinadas.

4) La preparación de informes y el archivo de los registros de enfermos, heridos y lesionados.

5) Los medios de abastecimiento y mantenimiento de sanidad.

6) La inteligencia técnica de sanidad.

7) Los informes sobre el estado de los materiales de sanidad dentro de su zona de responsabilidad.

g. Evacuar a los pacientes de acuerdo a su gravedad y con la atención medica requerida, además realizar el seguimiento respectivo hasta su incorporación a la unidad.

h. Supervisar en los hospitales o policlínicos la adquisición, almacenamiento, venta y distribución de medicinas e insumos médicos de acuerdo a las normas en vigencia.

i. Realizar visitas periódicas al personal de la unidad que se encuentra hospitalizado, a fin de verificar su estado de salud y además conocer el proceso de recuperación.

j. Participar en la Junta Investigadora de Accidentes, para determinar las lesiones y grados de discapacidad producto de los accidentes ocurridos en la unidad o instituto.

k. Acompañar con el equipo médico necesario para cumplir sus funciones, en los ejercicios, misiones tácticas, competencias deportivas, pruebas físicas y demás actividades que comprendan todo tipo de riesgos para la salud del personal.

l. Dar parte inmediatamente al comandante de unidad de la aparición de algún brote epidémico o enfermedad infecto-contagiosa que ponga en riesgo al personal de la unidad.

m. Supervisar que las normas de salubridad e higiene se cumpla en todas las dependencias para asegurar un adecuado manejo y conservación de agua, víveres y alimentos, solicitando controles bacteriológicos periódicos o cuando se sospeche de contaminación.

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Page 53: Reglamento Régimen Interno2010

n. Coordinar y supervisar que todo el personal se realice anualmente la ficha médica.

o. Realizar trimestralmente exámenes médicos al personal militar y civil que trabaja en actividades relacionadas con la manipulación de alimentos.

p. Coordinar las campañas de desratización y fumigación con la Dirección o Centro de Salud de la localidad.

q. Realizar el parte diario de consulta externa (morbilidad, fomento y protección de salud).

r. Preparar y enviar la concentración de estadística mensual y anual al escalón superior.

s. Mantener activa la cuenta en el Banco de Sangre, con donaciones voluntarias del personal militar.

t. Capacitar al personal de médicos y paramédicos que labora en los Policlínicos y Hospitales cada seis meses con cursos de actualización médica.

u. Los médicos sin especialidad realizarán una pasantía con la duración de un mes en el servicio de emergencias del hospital más cercano a la jurisdicción.

v. Designar a un enfermero para que esté presente en las sesiones de actividad física y competencias deportivas a fin de atender cualquier emergencia.

w. Realizar el control médico de los deportistas integrantes de los equipos de la unidad.

x. En coordinación con el oficial de cultura física, llevar a cabo el análisis de las estadísticas de la ficha antropométrica de todo el personal de la unidad.

Art. 59 ENFERMERO

Es responsable de:

a. Verificar que el instrumental, y equipo médico se encuentre listo, para su utilización.

b. Colaborar con el médico en la consulta externa.

c. Acompañar al médico en las visitas al hospital y a los domicilios.

d. Colaborar en la fumigación y desratización del campamento en forma periódica.

e. Dar parte de las novedades existentes en los equipos médicos y coordinar su mantenimiento.

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Page 54: Reglamento Régimen Interno2010

f. Realizar curaciones de heridas leves, brindar primeros auxilios y aplicación de medicamentos.

g. Llevar las muestras al laboratorio.

h. Retirar las medicinas de acuerdo al pedido formulado.

i. Despachar las medicinas, previa la presentación de la receta legalizada.

j. Acompañar a su reparto en los ejercicios y misiones tácticas en el terreno, portando el cofre sanitario

k. Colaborar con el médico de la unidad, en la realización de las fichas médicas.

l. Hacer cumplir las prescripciones médicas a los pacientes que se encuentren hospitalizados.

m. Realizar mensualmente las liquidaciones y pedidos de medicinas e insumos médicos.

Art. 60 ODONTÓLOGO

Es responsable de:

a. Brindar la atención odontológica al personal de las Fuerzas Armadas, familiares y civiles.

b. Tiene a su cargo y custodia el equipo de odontología.

c. Inspeccionar el buen funcionamiento del equipo odontológico.

d. Ejecutar atención odontológica preventiva prioritariamente al personal de la unidad.

e. Elaborar el registro diario de atenciones y elaborar el cuadro estadístico mensual.

f. Realizar los pedidos del material de odontología en forma oportuna.

g. Prever el mantenimiento al equipo odontológico en coordinación con el Oficial de Logística.

h. Supervisar el cuidado, limpieza y conservación del área odontológica.

i. Colaborar con el médico en lo referente a salud y saneamiento ambiental.

j. Dictar conferencias al personal sobre higiene bucal.

k. Realizar periódicamente fichas médicas en lo concerniente a odontología.

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Page 55: Reglamento Régimen Interno2010

Art. 61 VETERINARIO

Es responsable de:

a. Proporcionar la atención médica y sanitaria a los semovientes pertenecientes a la unidad.

b. Visitar diariamente para auscultar los problemas del ganado sano y enfermo.

c. Para auscultar sus productos revisará semanalmente las instalaciones y detectará las necesidades de la misma.

d. Tomar las medidas preventivas y profilácticas encaminadas a controlar enfermedades infecto contagiosas, zoonósicas y parasitarias.

e. Disponer el aislamiento y cuarentena de los animales con enfermedades infecto-contagiosas o zoonósicas.

f. Disponer la desinfección, fumigación de áreas contaminadas y las de alto riesgo, con el fin de evitar la propagación y contagio de Enfermedades.

g. Ordenar y supervisar los tratamientos que precisen los animales enfermos e intervenir quirúrgicamente cuando el caso lo requiera.

h. Supervisar la higiene en la alimentación y bebida, para evitar enfermedades que se puedan presentar por contaminación.

i. Supervisar que el agua para el ganado se conserve pura, fresca y limpia en los bebederos.

j. Llevar las estadísticas de morbilidad y mortalidad del ganado, de acuerdo con las directivas impartidas para el efecto y presentar mensualmente los cuadros pertinentes para su envío a la Comandancia General del Ejército (Departamento de Veterinaria).

k. Vigilar y supervisar las necesidades alimenticias de acuerdo al estado nutricional de los animales tanto sanos como enfermos y con este objeto realizar el balanceo de raciones, a base de forrajes y concentrados disponibles en la región.

l. Coordinar la implementación y funcionamiento de la enfermería y botiquín veterinario.

m. Mantener y supervisar que el instrumental y medicinas se encuentren en condiciones de empleo, debiendo hacer los pedidos necesarios con suficiente anticipación.

n. Supervisar el proceso de faenamiento y el estado sanitario de los animales y certificar la calidad para el consumo humano.

o. Controlar que el personal subalterno dé cumplimiento a las órdenes impartidas en todo lo concerniente a sanidad e higiene del ganado.

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p. Solicitar mediante el órgano regular la autorización al Departamento de Veterinaria y Dirección de Finanzas de la F.T. para efectuar la venta o el sacrificio de animales improductivos, previo conocimiento del comandante de unidad.

q. Solicitar la baja de los semovientes que por adolecer lesiones traumáticas incurables, afecciones crónicas, enfermedades infecto-contagiosas, etc. son aptos para el servicio de la unidad, para lo cual presentará el informe técnico de la enfermedad, y el diagnóstico médico que justifique la orden de sacrificio, la que luego se adjuntará a la información sumaria correspondiente.

r. Registrar y solicitar semestralmente las altas de los animales destetados al departamento de veterinaria.

s. Realizar anualmente la filiación y re-afiliación del ganado.

t. Realizar anualmente el avaluó y reevaluó de los semovientes.

u. Presentar las liquidaciones mensuales de alimento y forraje, medicina y sales minerales, materiales e instrumental veterinario.

v. Presentar el parte diario del control veterinario

Art. 62 ENFERMERO VETERINARIO

Es responsable de:

a. Administrar correctamente la medicación recetada por el médico veterinario.

b. Realizar las curaciones y cuidados al ganado enfermo según lo prescrito por el médico veterinario.

c. Prestar ayuda al médico veterinario en todas las intervenciones quirúrgicas y tratamientos que tuviere que realizar.

d. Prestar los primeros auxilios a los animales enfermos siguiendo los procedimientos establecidos, y dar parte inmediato al médico veterinario de la novedad suscitada.

e. Dar el mantenimiento y buena conservación del instrumental, equipo, e higiene de las instalaciones veterinarias.

f. Vigilar el cuidado, limpieza, conservación alimentación y bebida de los semovientes y de sus instalaciones, para evitar enfermedades que se puedan presentar por contaminación.

g. Dar parte inmediatamente al médico veterinario de las novedades, anormalidades o afecciones que presenten los semovientes para instaurar de manera oportuna los tratamientos.

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TITULO IX

SERVICIOS GENERALES

CAPITULO I

COMISIÓN DE RANCHO

Art. 63 GENERALIDADES

a. Se conformará con: Jefe de la Comisión, oficial ranchero, clase ranchero, nutricionista de existir en la unidad o reparto, jefe de cocina, bodeguero, cocineros, saloneros, posilleros, y conductor.

b. Cumplir las funciones de manera exclusiva y permanente sin ser considerados en otras actividades o funciones que distraigan o limiten el normal desempeño, inclusive serán excluidos del servicio de guardia y semana, mientras dure la comisión.

c. Finalizada la comisión tendrán derecho a 4 días de permiso por cada mes de comisión.

d. El Jefe de la Comisión, oficial ranchero, clase ranchero serán nombrados en la orden de la unidad y cumplirán sus funciones por el período de un mes.

e. Emplear la asignación económica exclusivamente en la elaboración del rancho.

f. El rancho del personal militar en las unidades será único de acuerdo al menú del día.

Art. 64 JEFE DE LA COMISIÓN

Será un Oficial Superior o Subalterno designado por el Comandante y sus responsabilidades son:

a. Controlar la gestión de acuerdo a los parámetros de calidad, leyes y directivas en vigencia.

b. Revisar, aprobar y legalizar los documentos del proceso para confección del rancho: hoja de menú, hoja de pedido, planilla, kárdex de la bodega, liquidaciones semanal y final.

Art. 65 OFICIAL RANCHERO

Cumplirá esta función un oficial subalterno; en caso de no existir disponibilidad, podrá ser un clase en el grado de Sargento Primero a Suboficial y sus responsabilidades son:

a. Administrar los recursos para la confección del rancho.

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b. Planificar el menú, la adquisición de víveres, confección, distribución del rancho, de acuerdo a parámetros de calidad y en concordancia con la reglamentación y directivas en vigencia.

c. Realizar las adquisiciones en las cantidades requeridas de acuerdo al menú y al parte diario.

d. Controlar y aplicar normas de salubridad e higiene en la elaboración y distribución del rancho en coordinación con el médico de la unidad.

e. Supervisar y legalizar diariamente los documentos del proceso para confección del rancho: Hoja de menú, Hoja de pedido, kárdex de la bodega.

f. Elaborar diariamente las planillas, las mismas que serán revisadas por el jefe de la comisión, el oficial de logística, y el Jefe de Estado Mayor, Segundo Comandante o Subdirector.

g. Elaborar y presentar la liquidación mensual de administración de rancho.

h. Controlar el estado óptimo de salud del personal que labora en la comisión del rancho, disponiendo se realice los chequeos médicos periódicos.

i. Establecer horarios y distribución de funciones de todo el personal.

Art. 66 NUTRICIONISTA

Será un profesional que ostente el título de Nutrición y Dietética y sus responsabilidades son:

a. Planificar los patrones de menús en base a las recomendaciones nutricionales, hábitos alimentarios y presupuesto disponible.

b. Mantener un alto estándar de calidad de los alimentos, procurando en la elaboración y distribución el tratamiento más económico y eficaz.

c. Controlar la confección, preparación y distribución de alimentos elaborados para el personal de la unidad.

d. Determinar según el parte numérico de personal el número de raciones a preparar y realizar reajustes en el cálculo de ingredientes.

e. Establecer las necesidades diarias, mensuales y anuales de equipo e insumos requeridos para la elaboración del rancho y tramitar las adquisiciones.

f. Supervisar y dar las disposiciones necesarias para asegurar una adecuada conservación de los alimentos que se mantiene en bodega, especialmente los perecibles, solicitando controles bacteriológicos periódicos.

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Page 59: Reglamento Régimen Interno2010

g. Inspeccionar la conservación, mantenimiento, presentación e higiene de las áreas de preparación, almacenamiento y distribución de los alimentos.

h. Establecer procedimientos necesarios para ejecutar el trabajo en buenas condiciones sanitarias y de seguridad.

i. Capacitar permanentemente al personal en las normas de salubridad e higiene para la manipulación de los alimentos.

j. En coordinación con el médico de la unidad llevar estadísticas de patologías resultantes de una alimentación inadecuada para tomar correctivos y balancear los menús y dietas.

k. En coordinación con el oficial de educación física planificar y supervisar la alimentación de los deportistas en las diferentes disciplinas.

Art. 67 CLASE RANCHERO

Será un miembro del personal de voluntarios y sus responsabilidades son:

a. Retirar los víveres de la bodega de acuerdo a la hoja de pedido.

b. Controlar que todas las adquisiciones realizadas ingresen y egresen de bodega y sean registradas en archivo magnético o tarjetas kárdex con cantidades y valores.

c. Verificar la confección del rancho, aseo de la cocina, comedores, e higiene y buena presentación de los cocineros y saloneros.

d. Impedir la sustracción de víveres, así como el consumo del rancho de personas no autorizadas.

e. Verificar el funcionamiento y mantenimiento de instalaciones, enseres, equipo, muebles y utensilios, actualizando el inventario, informando novedades y recomendando requerimientos.

Art. 68 CLASE BODEGUERO

Será un miembro del personal de voluntarios y sus responsabilidades son:

a. Ingresar y egresar las adquisiciones entregadas a bodega registrándola en archivo magnético o tarjetas kárdex con cantidades y valores.

b. Entregar los víveres de la bodega de acuerdo a la hoja de pedido.

c. Presentar una liquidación diaria de las existencias a su custodia.

d. Almacenar, distribuir y conservar adecuadamente los insumos de rancho, para la confección.

e. Mantener el área en óptimas condiciones de seguridad e higiene.

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CAPITULO II

UNIDAD FINANCIERA

Estará integrada de acuerdo al orgánico en el instructivo financiero para las unidades militares del Ejército en vigencia, a más de las listadas para cada uno de los responsables.

Art. 69 JEFE FINANCIERO

La administración económica de las unidades militares está a cargo del jefe financiero, en coordinación con el oficial de logística en el aspecto técnico-administrativo y sus responsabilidades son:

a. Asesorar al comandante de unidad en la administración financiera.

b. Organizar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de administración financiera de la unidad.

c. Consolidar los proyectos de presupuesto elaborados por los diferentes ordenadores de gasto.

d. Entregar la planificación presupuestaria a fin de que sea aprobada siguiendo el canal correspondiente.

e. Aplicar las medidas correctivas recomendadas por auditoria para mejorar los sistemas de administración financiera y control.

f. Requerir con oportunidad los recursos financieros de la unidad y/o unidades subordinadas, acorde con lo planificado, e informar al comandante sobre los trámites y novedades producidas.

g. Intervenir en la entrega y recepción de funciones entre los tesoreros, contadores y encargado de los activos fijos de las unidades subordinadas cuando estos hayan cesado temporal o definitivamente en sus cargos, de cuya gestión levantará las actas correspondientes que suscribirá conjuntamente con los servidores entrantes - salientes y el comandante de unidad dejando constancia de las novedades encontradas, para la toma de decisiones inmediatas en caso de faltantes o pérdidas.

h. Realizar periódicamente con el tesorero y contador el análisis y evaluación de cuentas por cobrar y cuentas por pagar y presentar un informe escrito al comandante o director.

i. Realizar mensualmente la inspección física de las existencias de los bienes y artículos del micro mercado, bodega de abastecimiento Clase I, boticas, etc., para garantizar que los saldos sean reales y confiables.

Art. 70 TESORERO

Es responsable de:

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Page 61: Reglamento Régimen Interno2010

a. Programar, organizar, ejecutar, supervisar y controlar el sistema de recepción, distribución y custodia de los fondos recibidos.

b. Revisar los cheques comprobantes de pago en base a la documentación que respalda las obligaciones legalmente contraídas y de acuerdo al presupuesto aprobado.

c. Realizar los pagos con la respectiva documentación de respaldo, en cumplimiento a lo que determina el Art. 35 de la Ley de Presupuesto del Sector Público.

d. Recaudar oportunamente los ingresos y, efectuar los depósitos íntegros e intactos en la cuenta bancaria oficial correspondiente al día hábil siguiente a su recaudación.

e. Realizar con el jefe financiero el análisis y evaluación periódica de los valores pendientes de cobro, para impedir la prescripción o incobrabilidad de los valores.

f. Firmar conjuntamente con el jefe financiero los cheques de los desembolsos; verificando previamente que la documentación sustentatoria esté completa y cumpla con los requisitos legales correspondientes.

g. Ingresar, controlar y realizar el seguimiento de la información del Sistema COA (Confrontación de Operaciones Autodeclaradas) del SRI, mediante el cual la unidad tiene derecho al crédito tributario.

h. Confrontar los comprobantes de ventas por adquisiciones realizadas por la unidad con la información ingresada en el sistema COA, a fin de que sea enviado en su totalidad al SRI para su devolución.

Art. 71 ANALISTA FINANCIERO

Es responsable de:

a. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la formulación, ejecución, evaluación y liquidación del presupuesto de la unidad o instituto.

b. Participar en la elaboración del proyecto de presupuesto, programa anual de caja y programa periódico de caja, sobre la base de políticas, directivas y normas del Ejército.

c. Realizar la codificación y elaborar la pro-forma de los ingresos y gastos aplicando a los respectivos proyectos y partidas aprobadas dentro del plan básico.

d. Elaborar con los jefes de departamento o sección y solicitar con el visto bueno del comandante de unidad las (MODIPB) y las MP a los proyectos en los plazos estipulados para el efecto.

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Page 62: Reglamento Régimen Interno2010

Art. 72 CONTADOR

Es responsable de:

a. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el departamento de contabilidad.

b. Elaborar la información financiera mensual y los Estados Financieros semestrales y anuales con los correspondientes anexos y notas aclaratorias.

c. Coordinar y conciliar constantemente con el encargado del control de inventarios internos y activos fijos para registrar de manera oportuna las adquisiciones que incrementen el saldo de los activos fijos.

Art. 73 ENCARGADO DE ACTIVOS FIJOS

Será nombrado en la Orden General de la unidad y durara en sus funciones durante 6 meses, si es Servidor Público será permanente.

Es responsable de:

a. Administrar y controlar la utilización efectiva y económica de los recursos materiales, así como la custodia y preservación de los mismos.

b. Ingresar y mantener actualizado los activos fijos de la unidad en el sistema computarizado de la Fuerza.

c. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Reglamento General de Bienes del Sector Público, en lo que se refiere al destino, utilización, pérdida y reposición de los bienes; así como los procedimientos establecidos en el Manual de Administración y Control de Activos fijos del Sector Público.

d. Controlar que la ubicación física de los bienes, asegurando su recepción con los respectivos recibos de los usuarios directos de los mismos.

e. Solicitar al jefe financiero las constataciones físicas periódicas de los bienes, a fin de determinar las especies inservibles o faltantes para proceder a la baja o restitución según el caso.

CAPITULO III

COMUNICACIONES

Art. 74 OFICIAL DE COMUNICACIONES

El Oficial será nombrado en la Orden General de la unidad y durará en sus funciones durante 6 meses, si es de la especialidad de comunicaciones será permanente.

Sus responsabilidades son:

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Page 63: Reglamento Régimen Interno2010

a. Verificar diariamente todas las novedades existentes con el personal y los medios de comunicaciones.

b. Verificar y dar parte que los medios de comunicación de la unidad se encuentren en buen estado, caso contrario remitir a su escalón superior para su reparación o canje.

c. Recomendar al comandante de unidad el empleo de los sistemas de comunicación en operaciones de guerra externa y defensa interna.

d. Elaborar o recomendar la elaboración del párrafo 5to de las órdenes de operaciones.

e. Elaborar las instrucciones para la explotación de las comunicaciones (IEC) de la unidad en base a las del escalón superior.

f. Supervisar el funcionamiento y mantenimiento de la central telefónica y sus extensiones.

Art. 75 ENCARGADO DEL CENTRO DE MENSAJES

Será nombrado en la Orden General de la unidad y durará en sus funciones durante 6 meses.

Sus responsabilidades son:

a. Materializar los enlaces con el escalón superior y unidades subordinadas.

b. Mantener las comunicaciones funcionando las 24 horas ininterrumpidamente.

c. Recibir y transmitir los telegramas verificando las firmas de responsabilidad y utilizando todos los medios de seguridad.

d. Registrar, archivar y entregar los telegramas y documentación tanto de entrada como de salida.

e. Ejecutar y supervisar el mantenimiento y funcionamiento de los medios de comunicación.

f. Cumplir con las Instrucciones Variables de Comunicación (IVC) e Instrucciones para la Explotación de Comunicaciones (IEC).

g. Cumplir con las directivas remitidas por el escalón superior y de la unidad.

Art. 76 ENCARGADO DEL CENTRO DE CÓMPUTO

Será nombrado en la Orden General de la unidad y durará en sus funciones durante 6 meses.

Sus responsabilidades son:

a. Cumplir con las directivas remitidas por el escalón superior para la seguridad, almacenamiento y manejo de información.

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Page 64: Reglamento Régimen Interno2010

b. Actualizar permanentemente el software sobre la base de los requerimientos de la unidad o instituto en coordinación con la Dirección de Comunicaciones e Informática del Ejército.

c. Planificar y proporcionar el mantenimiento de equipos informáticos de la unidad.

d. Asesorar para la adquisición y renovación de equipos informáticos basado en las necesidades y tecnología disponible.

e. Asesorar al oficial de personal en los requerimientos de capacitación del personal en el área de informática.

CAPITULO IV

SERVICIOS BASICOS

Art. 77 ENCARGADO DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE

Será nombrado en la Orden General de la unidad y durará en sus funciones durante 6 meses.

Es responsable de:

a. Mantener y llevar el control del suministro de agua en el campamento e instalaciones dependientes del mismo, a fin de evitar desperdicios y reclamos.

b. Entregar oportunamente las planillas de consumo en la unidad financiera.

c. Revisar y coordinar el mantenimiento de las instalaciones de suministro de agua.

d. Realizar estudios periódicos en coordinación con el médico de la unidad sobre la calidad del agua, que sea apta para el consumo humano, tomando los correctivos necesarios.

e. Regular el consumo de agua a través de campañas en coordinación con el oficial de logística y la empresa de agua potable de la localidad.

f. Realizar el tratamiento y purificación del agua en coordinación con el médico de la unidad.

Art. 78 ENCARGADO DEL SISTEMA ELÉCTRICO

Será nombrado en la Orden General de la unidad y durara en sus funciones durante 6 meses.

Es responsable de:

a. Cuidar, conservar, mantener y llevar el control del consumo en las instalaciones eléctricas de la unidad.

b. Entregar oportunamente las planillas de consumo en la unidad financiera.

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Page 65: Reglamento Régimen Interno2010

c. Realizar la operación y mantenimiento de las plantas de luz, para poder actuar de inmediato en caso de producirse alguna emergencia o apagón.

d. Verificar con la empresa eléctrica el funcionamiento de los medidores de luz, en las instalaciones militares y vivienda fiscal, a fin de garantizar el correcto pago de las facturas.

e. Verificar en coordinación con el Oficial de SEPRAC los sistemas de seguridad, para prevenir y evitar accidentes.

f. Regular el consumo de energía eléctrica a través de campañas en coordinación con el oficial de logística y la empresa eléctrica de la localidad.

Art. 79 SERVICIO DE CORREO Y MENSAJERÍA

La correspondencia calificada como secreta y secretísimo será enviada por intermedio de oficiales o haciendo uso de correo militar, especialmente la SECRETA o SECRETÍSIMA de carácter oficial, la documentación confidencial o sin calificación podrá ser enviada por correo militar.

En cada unidad será nombrado mensualmente un mensajero y sus funciones son:

a. Concurrir a las oficinas de Ayudantía y al correo militar y civil para recibir o depositar la correspondencia, elaborando un registro de respaldo.

b. Revisar el buen estado de las ataduras, cierres sellos y rótulos de los sacos y paquetes antes de recibirlos o depositarlos.

c. Cuidar la correspondencia y paquetes confiados a su cargo y no abandonarlos hasta hacer la entrega de ellos.

d. Evitar exponerse o transitar en sitios de alto riesgo que provoquen accidentes o pérdida de la documentación. En caso de ocurrir alguna novedad, dar parte inmediatamente al comandante de la unidad.

e. Respetar la inviolabilidad de la correspondencia; no podrá abrir las especies a él confiadas.

CAPITULO V

AREAS DE USO COMUN

Art. 80 CASINOS.

a. Dispondrán del equipamiento suficiente que permita la recreación del personal.

b. Su funcionamiento será de acuerdo al horario de actividades.

c. Se prohíbe el ingreso en traje de deportes y ropa de baño.

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Page 66: Reglamento Régimen Interno2010

d. Se designará una comisión encargada del casino, nombrada mensualmente en la Orden General, con las siguientes responsabilidades:

Mantener los estados valorados de los enseres del mismo, administrar el bar y la discoteca de acuerdo a las normas establecidas por el comando de la unidad o instituto, mantener un informativo, periódicos, revistas, juegos recreativos, sistema de TV Cable o satelital, controlar el ingreso del personal durante las horas laborables.

e. Proporcionar adecuada atención al personal de familiares e invitados.

f. Disponer el cuidado, limpieza y conservación de los bienes e instalaciones.

Art. 81 COMEDORES

a. Todo militar subordinado debe pedir autorización para tomar asiento y continuar.

b. El personal militar en tránsito, recibirá la misma atención y consideración que el personal de la unidad, debiendo cancelar el consumo respectivo.

c. Se prohíbe el ingreso en traje de deportes y ropa de baño.

d. Se designará un clase encargado del comedor, nombrado mensualmente en la Orden General, con las siguientes responsabilidades:

Mantener los estados valorados de los enseres y el control diario de consumo de rancho del personal militar, funcionarios públicos e invitados para el descuento respectivo., solicitar los implementos necesarios para mantener la higiene y salubridad de las instalaciones y enseres bajo su responsabilidad., colaborar con el oficial ranchero en el desarrollo de la comisión de rancho, cumplir con el horario general de actividades diarias para la atención del personal militar y funcionarios públicos.

Art. 82 ÁREAS E INSTALACIONES DEPORTIVAS

a. El responsable del mantenimiento y buen uso será el oficial de Cultura Física de la unidad o instituto, de no existir será nombrado un oficial y/o suboficial.

b. Se designará un clase responsable de cada área o instalación (cancha de fútbol, piscina, etc.), nombrado en la orden general de la unidad, con las siguientes responsabilidades:

Mantener los estados valorados de la infraestructura e implementos deportivos., Solicitar los recursos e implementos necesarios para el mantenimiento y mejoramiento, a fin de brindar un excelente servicio a los usuarios., Hacer cumplir los horarios, normas, instructivos y disposiciones establecidos para su buen uso y conservación.

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Page 67: Reglamento Régimen Interno2010

Art. 83 BAR

a. Para la adjudicación se someterá a los procedimientos de acuerdo a las leyes correspondientes.

b. Los precios de los artículos que se expendan serán regulados por el oficial de logística orientados al beneficio y bienestar del personal.

c. Será designado un supervisor, nombrado en la Orden General de la unidad, con las siguientes responsabilidades:

d. Inspeccionar que se mantenga las normas de salubridad e higiene de las instalaciones, manipulación y confección de alimentos, Controlar que se respete los precios autorizados por el oficial de logística, así como la calidad y cantidad de los productos, Exigir el buen trato y cortesía en la atención a los usuarios.

e. Presentar el informe del desarrollo de la comisión al oficial de logística al finalizar la misma.

f. Se designará un clase encargado, nombrado en la orden general de la unidad, con las siguientes responsabilidades:

Llevar los estados valorados de los artículos y productos que tiene bajo su responsabilidad, proporcionar la atención de acuerdo a los horarios establecidos, coordinar con el Oficial de Logística para que se proporcione las tarjetas mensualmente al personal de conscriptos, presentar una liquidación mensual al oficial de logística.

Art. 84 MICROMERCADO

a. La unidad que disponga de este servicio deberá nombrar un clase encargado para control de precios, higiene, calidad, caducidad y expendio de los productos.

b. El Oficial de Logística, supervisará el normal funcionamiento de este servicio, de acuerdo a las normas vigentes en cada una de las unidades.

Art. 85 BIBLIOTECA

Los comandantes de unidad, deben incentivar la lectura, en ninguna biblioteca deberán faltar los reglamentos militares en vigencia.

a. Se designará un clase encargado, nombrado en la orden general de la unidad, con las siguientes responsabilidades:

1) Mantener los estados valorados de la infraestructura, libros, documentos, obras, maquetas, cartas, audiovisuales, etc.

2) Solicitar los recursos y materiales necesarios para el mantenimiento y mejoramiento, a fin de brindar un excelente servicio a los usuarios.

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Page 68: Reglamento Régimen Interno2010

3) Hacer cumplir los horarios, normas, instructivos y disposiciones establecidos.

4) Previo el registro correspondiente, prestar, libros o reglamentos militares, por un tiempo máximo de 15 días.

5) Mantener actualizadas las tarjetas kárdex en el tarjetero, como en cada uno de los libros y reglamentos, de acuerdo al ingreso, adquisición, préstamo o donación.

6) Presentar un informe mensual sobre las novedades al Oficial de Logística.

Art. 86 SALA DE INTERNET

Funcionará bajo la supervisión del oficial o suboficial designado mensualmente en la Orden General de la unidad o instituto

a. Se utilizará en horarios que no afecten las actividades y horario de la unidad.

b. Se designará un clase encargado, nombrado en la orden general de la unidad, con las siguientes responsabilidades:

1) Hará respetar el horario establecido.

2) Verificar que se utilice con fines de consulta e impedir el uso de páginas pornográficas.

3) Hacer cargo verificando los estados y el funcionamiento de cada una de las PC.

4) Preocuparse del adecuado mantenimiento de acuerdo al plan de mantenimiento.

5) Solicitar los recursos y materiales necesarios para el mantenimiento y mejoramiento, a fin de brindar un excelente servicio a los usuarios.

Art. 87 TALLERES

Los talleres funcionarán bajo la supervisión del oficial o suboficial designado mensualmente en la Orden General de la unidad o instituto.

a. El costo de los trabajos será el necesario que permita la adquisición y reposición del material.

b. A fin de mes, el encargado de la supervisión de los talleres, presentará un informe y la liquidación económica de los trabajos realizados indicando sugerencias y recomendaciones para mejorar el servicio.

c. El clase más antiguo o servidor público será el encargado directo del taller, con las siguientes responsabilidades:

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Page 69: Reglamento Régimen Interno2010

Mantener los estados valorados de la infraestructura, equipos, herramientas e implementos, etc., solicitar los recursos y materiales necesarios para el mantenimiento y funcionamiento, a fin de brindar un excelente servicio a los usuarios, cumplir con los horarios, normas, y disposiciones establecidos, ejecutar y priorizar los trabajos de la unidad, previo el visto bueno del oficial de logística, registrar los trabajos realizados, de acuerdo a las órdenes respectivas.

Art. 88 BANDA DE MÚSICOS

a. Cada banda dispondrá de un director, responsable del adiestramiento artístico musical quien asesorará y recomendará en asuntos de personal, equipo e instrumentos necesarios para mejorar su rendimiento, practicando durante las horas asignadas a su especialidad.

b. Asesorar en la adquisición y mantenimiento del equipo e instrumentos necesarios para su desenvolvimiento.

c. Se designará a un suboficial para que cumpla las funciones de comandante de la banda de músicos.

d. Actos o ceremonias castrenses, cívicos e invitaciones de instituciones civiles previa autorización y regulaciones del comandante de unidad o instituto.

CAPITULO VI

Art. 89 SERVIDORES PUBLICOS

Son responsabilidades de los servidores públicos de la F.T., a más de lo establecido en la LOSCCA, y el reglamento interno para el personal civil de las Fuerzas Armadas los siguientes:

a. Asumir la función de acuerdo al nombramiento o contrato, determinados en el reglamento orgánico estructural y funcional de la F.T.

b. Mantener y respetar la reserva y secreto de áreas, equipo y documentación a su cargo.

c. Cumplir con el horario de régimen interno y de la LOSCCA establecido.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 90 REVISTAS E INSPECCIONES

a. Las inspecciones serán realizadas por parte de la Inspectoría General del Ejército, Inspectorías Divisionales o Comandos de Brigadas, Unidades.

b. Tienen como finalidad verificar el cumplimiento de las leyes, decretos, resoluciones, reglamentos, directivas, disposiciones y órdenes, determinando desviaciones, errores y/u omisiones a corregir.

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Page 70: Reglamento Régimen Interno2010

c. Serán organizadas y ejecutadas por el oficial de operaciones en coordinación con el Estado Mayor o Plana Mayor, el visto bueno del Comandante de la Unidad o Instituto.

d. Las inspecciones se realizarán en todos los campos, debiendo ser estas previstas o imprevistas, a fin de detectar cualquier anormalidad.

e. Las inspecciones se realizarán en base al reglamento de Inspecciones y matrices de gestión vigentes.

Art. 91 ENTREGA RECEPCIÓN DE UNA UNIDAD TIPO DIVISIÓN, BRIGADA Y BATALLÓN Y UNIDADES SUBORDINADAS.

Una vez publicado el nombramiento de su reemplazo, el comandante dispondrá la elaboración de los documentos de respaldo de su gestión, legalizados mediante un acta la cual contendrá:

1) Informe de gestión.

2) Informe económico.

3) Estados valorados.

4) Listado de consignas y actividades pendientes.

5) Planificación Presupuestaria de la unidad y Plan Anual de actividades.

6) Proyectos en ejecución y por realizarse.

a. La ceremonia de entrega y recepción se ejecutará de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Ceremonial Militar.

b. El Comandante entrante podrá pedir aclaración, asesoramiento o fiscalización.

c. Los Comandantes de Compañía, Pelotón, Sección o Escuadra (o sus equivalentes), al ser reemplazados por cualquier motivo, deberán efectuar la entrega de su unidad, de la siguiente manera:

El parte de entrega-recepción será presidido por un delegado del escalón superior, quien firmará los estados y actas correspondientes, revistar el equipo, armamento y prendas individuales, confrontándolas con los estados de la unidad y verificará la veracidad de las mismas, efectuar la entrega de la documentación actualizada y legalizada sobre el personal, instrucción, armamento y equipo, dar parte por escrito a su inmediato superior, de la manera como se llevó a efecto el relevo y las novedades que se hubieren producido.

Art. 92 PERSONAL CON PERMISO O COMISIÓN

a. El personal que por motivo justificado salga de la unidad o instituto, deberá llevar consigo el salvo conducto otorgado por la oficina de personal.

63

Page 71: Reglamento Régimen Interno2010

b. Cualquier superior podrá exigir la tarjeta de identificación militar y el salvo conducto que lo acredita encontrarse en goce de permiso o comisión.

c. El personal que necesite permiso por más de 24 horas, deberá hacerlo previo el respectivo órgano regular, hasta llegar al superior respectivo.

d. El personal en comisión de servicio o licencia anual, entregará sus prendas en las bodegas respectivas, a fin de evitar pérdidas.

e. De existir personal militar desertor, el comandante de compañía o similares, hará inspeccionar y recoger con el encargado de compañía y el clase de semana, el equipo que haya dejado, procediendo a redactar un informe para la oficina de personal, en el que incluirá la lista de prendas y novedades.

Art. 93 PERSONAL DADO EL PASE

a. Enviar el hónreme mediante telegrama a la unidad de destino.

b. Entregar sus funciones y responsabilidades con las respectivas actas de entrega y recepción con el visto bueno de su inmediato superior.

c. Presentarse en la unidad de origen y de destino con el uniforme reglamentario 4-A (con sable para oficiales) en la oficina de personal, sub-comandante y comandante.

d. El tiempo de presentación en la unidad de destino será el determinado en la Orden General correspondiente.

e. Para el pago de movilización, se dará estricto cumplimiento a lo establecido en las directivas e instructivos en vigencia.

f. Elaborar y legalizar con el visto bueno del comandante de unidad o instituto la siguiente documentación:

1) Hoja económica (hoja de salida).

2) Informe de desempeño profesional

3) Tarjeta kárdex.

4) Hoja de movimiento.

5) Ficha médica.

6) Hoja de evaluación de educación física.

7) Salvoconducto del armamento (pistola de dotación)

Art. 94 TOQUES DE TROMPETA

a. Los toques diarios son:

1) Diana para levantarse.

64

Page 72: Reglamento Régimen Interno2010

2) Atención para lista de diana.

3) Lista de diana.

4) Parte de diana.

5) Atención para el relevo de guardia.

6) Izada o arriada de la bandera.

7) Relevo de la guardia.

8) Atención para voluntarios.

9) Entrada del Comandante de unidad.

10) Salida o retirada de instrucción.

11) Fajina o retirada total de instrucción.

12) Atención para el rancho.

13) Rancho.

14) Atención para francos.

15) Atención para lista de retreta.

16) Lista de retreta.

17) Silencio nocturno.

b. Los toques de honores para autoridades civiles y militares son para el:

1) Sr. Presidente constitucional de la República del Ecuador.

2) Sr. Vicepresidente de la República del Ecuador.

3) Sr. Ministro de Defensa.

4) Sr. Jefe del Comando Conjunto de la FF.AA.

5) Sr. Comandante General de las Fuerzas.

6) Srs. Generales y sus equivalentes.

7) Srs. Coroneles y sus equivalentes.

8) Sr. Comandante de Unidad o Directores de Institutos.

c. Los toques especiales son:

1) Zafarrancho.

2) Atención para el paso regular.

65

Page 73: Reglamento Régimen Interno2010

3) Atención para marcha fúnebre.

4) Marcha fúnebre.

5) Toque de silencio.

Art. 95 MODELOS DE PARTES Y FORMULARIOS

Modelos de partes y formularios e instrucciones para su uso:

a. Horario General de Actividades Diarias. (ANEXO “A”).

b. Parte de compañía o similares. (ANEXO “B”)

Este formulario será utilizado en las formaciones de Instrucción; deberá ser entregado por el oficial comandante de compañía al Sub-comandante, luego a la oficina de personal para su registro.

c. Parte de revista de armamento y equipo. (ANEXO “C”)

Si éste formato resultare insuficiente se agregará más hojas, las mismas que irán numeradas, portará además la firma de responsabilidad respectiva y se lo guardará en la sección de logística para ser incinerada, de acuerdo a las normas vigentes.

d. Parte de entrega de semana de los cuarteleros. (ANEXO “D”)

Se hará constar todas las especies y su estado a la recepción y la entrega, así como consignas especiales, sobre material y equipo a su cargo.

e. Parte diario de inspección veterinaria. (ANEXO “E”)

Será entregado al oficial de logística para su respectivo registro de acuerdo a normas vigentes.

f. Prendas de lavandería. (ANEXO “F”)

Este formato será por duplicado, el original quedará en poder del usuario y el duplicado irá a la lavandería con la funda de ropa.

g. Hoja de trabajo para Artesanos de los Talleres. (ANEXO “G”)

Determina la asignación y prioridad de los trabajos diarios a realizarse en cada uno de los talleres y permite el control permanente por parte del oficial de logística. El documento debe ser llenado y firmado por el oficial supervisor de talleres y aprobado por el oficial de logística.

h. Relación de castigados. (ANEXO “H”)

Este formulario deberá ser controlado y llenado con puño y letra del oficial de guardia, quien entregará a su relevo debidamente legalizado y actualizado.

66

Page 74: Reglamento Régimen Interno2010

i. Parte diario de morbilidad. (ANEXO “I”)

Deberá ser llenado por el médico de la unidad quien mantendrá un ejemplar en archivo y luego remitirá a la Dirección de Sanidad del Ejército un resumen mensual de diagnósticos.

j. Orden para adquisiciones. (ANEXO “J”)

Toda compra o adquisición se la realizará con aprobación y legalización de firmas, en este documento, tanto por el oficial responsable del artículo ha adquirirse como la aprobación del oficial de logística y el visto bueno del comandante de unidad; servirá como documento soporte para la realización de liquidaciones mensuales.

k. Orden de trabajo en los talleres. (ANEXO “K”)

Dicha orden será entregada por el oficial encargado de talleres a los usuarios y servirá como soporte para llevar la hoja de trabajo de los talleres.

l. Parte de entrega de la comisión de rancho.(ANEXO “L” )

El documento debe ser llenado por el oficial ranchero y entregado en la oficina de logística al final de cada mes.

m. Planilla de rancho. (ANEXO “M” )

Es responsabilidad del oficial ranchero y describe los consumos diarios realizados en la confección de rancho, el mismo que será entregado en la oficina de logística diariamente para su control y aprobación.

n. Tarjeta de Bar. (ANEXO “N”)

El valor de las tarjetas será autorizado por el comandante de la unidad, de acuerdo al alcance de los sueldos, las mismas que serán entregadas a los usuarios mensualmente con sello y firma del oficial de logística.

o. Autorización de permiso o salvo conducto (ANEXO “O”)

Regula la movilización de personal que sale de la unidad por diferentes causas y permite llevar un control al oficial de semana en la actualización del parte de enfermos.

67

Page 75: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “A”

ANEXO “B”

HORARIO DE ACTIVIDADES DIARIAS

HORAS  A C T I V I D A D E SD I A S RESPONSABLE

L M M J V S D FER.

05:30 DIANA X X X X X        JC., OS., CS

05:30-06:00 ASEO PERSONAL X X X X  X       JC., OS., CS

06:00-06:30 DESAYUNO X JC., OS., CS

07:00-07:50 MOMENTO CIVICO X               Comandante batallón

07:00-08:00 TROTE/DEPORTES X X X X Comandante batallón

08:00-08:20 ASEO PERSONAL X X X X

08:00-08:50 PRIMERA HORA DE INSTRUCCIÓN X

08:20-08:50 DESAYUNO X X X  X       JC., OS., CS

08:50-09:00 PARTE DE INSTRUCCIÓN X X X  X       JC., OS., CS

09:00-09:50 PRIMERA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X  X       Ofic. y Volt instructores

08:50-09:40 SEGUNDA HORA DE INSTRUCCIÓN X Ofic. y Volt instructores

09:50-10:40 SEGUNDA HORA DE INSTRUCCIÓN   X X X X       Ofic. y Volt instructores

09:40-10:30 TERCERA HORA DE INSTRUCCIÓN X       Ofic. y Volt instructores

10:40-11:00 RECESO X X X X Ofic. y Volt instructores

10:30-10:50 RECESO X Ofic. y Volt instructores

11:00-11:50 TERCERA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X X       Ofic. y Volt instructores

10:50-1140 CUARTA HORA DE INSTRUCCIÓN X       Ofic. y Volt instructores

11:50-12:40 CUARTA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X X       Ofic. y Volt instructores

11:40-12:30 QUINTA HORA DE INSTRUCCIÓN X       Ofic. y Volt instructores

12:40-13:30 QUINTA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X X Ofic. y Volt instructores

12:30-13:20 SEXTA HORA DE INSTRUCCIÓN X       Ofic. y Volt instructores

13:20-14:20 RANCHO X        JC., OS., CS

13:30-14:30 RANCHO   X X X X       JC., OS., CS

14:30-15:00 RELEVO DE GUARDIA X X X X X JC., OG.

14:50-15:00 PARTE DE INSTRUCCIÓN X X X X X Comandante de unidad

15:00-15:50 SEXTA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X X Ofic. y Volt instructores

15:00-15:50 SEPTIMA HORA DE INSTRUCCIÓN X Ofic. y Volt instructores

15:50-16:40 SEPTIMA HORA DE INSTRUCCIÓN X X X X       Ofic. y Volt instructores

15:50-16:40 ACTIVIDAD DEPORTIVA X       Comandante de unidad

17:00 FRANCOS OFICIALES Y VOLUNTARIOS X X X X X   Comandante de unidad

17:00-18:00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES X X X X X JC.,OS, CS

18:00-19:00 PARTE DE RANCHO / MERIENDA X X X X X       JC., OS., CS

19:00-19:45 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES X X X X X JC., OS.,CS

19:45-20:00 PARTE RETRETA X X X X X       JC., OS., CS

20:00-20:30 RELACIÓN DE CASTIGADOS X X X X X       JC., OS.,CS

20:00-22:00 INSTRUCCIÓN FORMAL X X X X X       JC., OS., CS.

20:00-22:00INSTRUCCIÓN NOCTURNA (1 VEZ POR MES)

X       Comandante de unidad

22:00 TOQUE DE SILENCIO X X X X X       JC., OS., CS.

68

Page 76: Reglamento Régimen Interno2010

  SÁBADOS                

06:00 DIANA         X   X JC., OS., CS.

06:00-06:20ARREGLO DORMITORIOS, ASEO PERSONAL

          X   X JC., OS., CS.

06:20-06:30 PARTE DE DESAYUNO           X   X JC., OS., CS.

06:30-07:00 DESAYUNO           X   X JC., OS., CS.

07:00-08:00 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES           X   X JC, OS., CS.

08:30-09:00 RELEVO DE GUARDIA           X   X JC, OG.

09:00 FRANCOS GUARDIA SALIENTE           X   X JC, OS., CS.

09:00-12:30 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES X X JC, OS., CS.

12:30 - 13:30 RANCHO           X   X JC, OS., CS.

13:30 - 17:30 ACTIVIDADES RECREATIVAS           X   X OS., CS.

17:30 - 18:00 RANCHO           X   X JC, OS., CS.

18:00 - 19:45 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES           X   X JC, OS., CS.

19:45 - 20:00 PARTE RETRETA             X JC, OS., CS.

21:00 TOQUE SILENCIO           X  X JC, OS., CS.

  DOMINGOS                

06:00 DIANA             X X JC., OS., CS.

06:00-06:20 ASEO PERSONAL             X X JC., OS., CS.

06:20-06:30 PARTE DE DESAYUNO             X X JC., OS., CS.

06:30-07:30 DESAYUNO             X X JC., OS., CS.

07:30-07:45 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES             X X JC, OS., CS.

07:45-08:00 IZADA DE LA BANDERA             X X JC, OS., CS.

08:30 RELEVO DE GUARDIA             X X JC, OG.

08:30-12:30 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES             X X JC, OS., CS.

12:30-13:30 RANCHO             X X JC, OS., CS.

13:30-17:30 ACTIVIDADES RECREATIVAS             X X OS., CS.

17:30-18:00 RANCHO             X X JC, OS., CS.

18:00-19:45 MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES             X X OS., CS.

19:45-20:00 PARTE RETRETA (REC. DE FRANCOS)             X X JC, OS., CS.

21:00 TOQUE DE SILENCIO             X X JC, OS., CS.

………… a………. de……………. de 20….

El Oficial de Operaciones El Comandante de Unidad

______________________ _______________________

NOTA: Para los días feriados se prescribe el horario dominical.

69

Page 77: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “B”

FUERZA TERRESTRE

PARTE DE COMPAÑÍA O SIMILARES

UNIDAD:..................................

FECHA: ...................................

OF. SUP

OF. SUB

SUBM SUBP SUBS SGOP SGOS CBOP CBOS SLDO CPTO TOTAL

DisponiblesGuardiaPolicía MilitarVarios serviciosComisión DestacamentoDescanso Médico unidadHospitalizadosFaltosSubsistesDesertoresPermisosLicencia AnualDisponibilidadCursosArresto de rigorSuspensión de funcionesSubjudiceComandandoPor incorporarseAgregadosOtros.

..........

..........

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...........

...........

...........

...........

..........

……..

……..

……..

……..

……..

……..

TOTAL

El Comandante de Cía.

.............................................................

70

Page 78: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “C”

FUERZA TERRESTRE

PARTE DE REVISTA DE ARMAMENTO Y EQUIPO

Brigada: ..................................

Unidad: ..................................

Responsable: .............................................................................................................

Grado Apellidos y nombres Arma Número Equipo Novedad Medida adoptada

NOTA:

Fecha.....................................

El Comandante de Compañía El Comandante de la unidad

71

Page 79: Reglamento Régimen Interno2010

…………….............................. ……………………………….

FIRMA FIRMA

ANEXO “D”

FUERZA TERRESTRE

PARTE DE ENTREGA DE LA SEMANA DE LOS CUARTELEROS.

Unidad: ........................................

Compañía: .................................

Especies Cantidad Estado de conservación

Novedad Observaciones

NOTA:

Fecha: .......................................

Recibí Conforme Entregué Conforme

El Cuartelero entrante El cuartelero saliente

................................................ .......................................

El Clase de Semana entrante: El Oficial de semana

................................................ …………………………..

72

Page 80: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “E”

FUERZA TERRESTRE

PARTE DIARIO DE INSPECCIÓN VETERINARIA

Brigada:........................................

Unidad: ........................................

Responsable: ...............................

ORD. Código semoviente Enfermedad Tratamiento Observaciones

NOTA:

Fecha: ................................

EL MEDICO VETERINARIO

........................................

FIRMA

73

Page 81: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “F”

FUERZA TERRESTRE

Prendas de lavandería

Brigada: ................................................

Unidad: ................................................

Grado: .................... Código: ...............

Apellidos y Nombres: ...........................

Fecha: ..............................

FUERZA TERRESTRE

Prendas de lavandería

Brigada: ................................................

Unidad: ................................................

Grado: .................... Código: ...............

Apellidos y Nombres: ...........................

Fecha: ..............................

PRENDA Cantidad PRENDA CantidadBolsa de ropa suciaCamisasCamisetas Calcetines Calcetines de deportes Calzoncillos Funda de almohada Sábanas JockeyGuantesFrazadas Ternos de campañaPantalón de deportesPañuelosSobrecamasToallasOtros

Bolsa de ropa suciaCamisasCamisetas Calcetines Calcetines de deportes Calzoncillos Funda de almohada Sábanas JockeyGuantesFrazadas Ternos de campañaPantalón de deportesPañuelosSobrecamasToallasOtros

NOTA:RECIBÍ CONFORME---------------------------

FIRMA--------------------------------------------------

APELLIDOS Y NOMBRES

NOTA:ENTREGUE CONFORME

---------------------------FIRMA

--------------------------------------------------APELLIDOS Y NOMBRES

74

Page 82: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “G”

FUERZA TERRESTRE

HOJA DE TRABAJO PARA ARTESANOS DE LOS TALLERES

Brigada: ................................................

Unidad: ................................................

Fecha: ..............................

CARPINTERÍA:a) _________________b) _________________c) _________________d) _________________; etc.

ZAPATERÍA:a) _________________b) _________________c) _________________d) _________________; etc.

SASTRERÍA:a) _________________b) _________________c) _________________d) _________________; etc.

OTROS :a) _________________b) _________________c) _________________d) _________________; etc.

Supervisor de Talleres El Oficial de Logística

--------------------------- --------------------------

FIRMA FIRMA

75

Page 83: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “H”

ANEXO “I”

FUERZA TERRESTRE

RELACIÓN DE CASTIGADOS

Brigada __________________

Unidad: __________________

Ord. Grado Apellidos y Nombres

Fecha inicia Fecha termina

Artículo y lit.

Sanción

impuesta

Autoridad que impone

Observaciones

Día Mes Día Mes

NOTA:

Fecha: ............................

El Oficial de Guardia El Jefe de Personal

Vto. Bno.

El Comandante de la Unidad

________________________

Firma

76

Page 84: Reglamento Régimen Interno2010

FUERZA TERRESTRE

PARTE DIARIO DE CONSULTA EXTERNA (FOMENTO Y PROTECCION DE SALUD)

NOMBRES:

FUERZA CODIGO:

ESPECIALIDAD

3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36123456789

M.D.N. S.I. Form. 504 - A/02 PARTE DIARIO DE CONSULTA EXTERNA ( FOMENTO Y PROTECCION DE SALUD)TOTAL

DIAGNOSTICO DE FOMENTO

SEGÚN LA CLASIFICACION INTERNACIONAL

DE ENFERMEDADE

S CIE-10

CO

DIG

O D

EL

DIA

GN

OS

TIC

O

SISTEMA DE INFORMACION DE LOS SERVICIOS AMBULATORIOS

NOMBRE LOCALIDAD

ESTABLECIMIENTO

PR

OF

ES

ION

AL

< D

E 1

O

1 -

4 A

ÑO

S

5 -

9 A

ÑO

S

SEXO FUERZAMILITAR FAMILIAR CIVIL ATIEN

SALUD INFANTIL ADOLESCENTES Y

ADULTOS

CODIGO

N.

DE

OR

DE

N

N.

DE

FA

CT

UR

A

N.

DE

HIS

TO

RIA

CLI

NIC

A

APELLIDOS Y NOMBRES

NIÑOS

FOMENTO Y PROTECCION DE SALUD

1 2

MA

SC

ULI

NO

10 -

14

OS

15 -

19

OS

ADOL ADUL

20 -

59

OS

60 A

ÑO

S Y

>

TIPO DE USUARIO TIPO

PA

RT

ICU

LAR

ESTADO NUTRICIO

NAL

DE

SN

UT

RID

O

NO

RM

AL

SO

BR

EP

ES

O

SALUD MATERNA

DOC

PR

EN

AT

AL

PO

ST

- P

AR

TO

RE

G. D

E L

A F

EC

UN

DID

A

FE

ME

NIN

O

AE

RE

A

NA

VA

L

TE

RR

ES

TR

E

S.A

.

S.P

.

DE

RE

CH

O H

A.

CO

NV

EN

IO

S.A

.

S.P

.

AS

PT

.

CP

TO

.

PR

IME

RA

SU

BS

UC

UE

NT

E

CE

RV

ICO

UT

ER

INO

MA

MA

RIO

77

Page 85: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “J”

FUERZA TERRESTRE

ORDEN DE TRABAJO EN LOS TALLERES

Brigada : ________________

Unidad : ________________

Fecha : ________________

TALLER DE....................

Trabajo a realizar ______________________

Fecha Inicia ___________________________

(día) (mes)

Fecha Termina___________________________

(día) (mes)

El Supervisor de Talleres

_____________

Vto. Bno.

El Oficial de Logística

________________________

FUERZA TERRESTRE

ORDEN DE TRABAJO EN LOS TALLERES

Brigada : ________________

Unidad : ________________

Fecha : ________________

TALLER DE....................

Trabajo a realizar ______________________

Fecha Inicia ___________________________

(día) (mes)

Fecha Termina___________________________

(día) (mes)

El Supervisor de Talleres

_____________

Vto. Bno.

El Oficial de Logística

________________________

78

Page 86: Reglamento Régimen Interno2010

ANEXO “K”

FUERZA TERRESTRE

PARTE DE ENTREGA DE LA COMISIÓN DE RANCHO

Unidad : ...........................

Fecha :...........................

Entre el señor....................................................... saliente y

(Grado) (Nombre)

El señor................................................................. entrante.

(Grado) (Nombre)

_______________________________________________________________________

BODEGA

ENSERES, HERRAMIENTAS, etc. SALDO DE VÍVERES

ESPECIE CANT VALOR OBSERVACIONES ESPECIE CANT.

VALOR UNITARIO.

VALOR TOTAL

Nota: ....................

ENTREGUÉ CONFORME RECIBÍ CONFORME

El Oficial Ranchero Saliente El Oficial Ranchero Entrante

_____________________ ______ ____________________

Vto. Bueno:

El Oficial de Logística

__________________________

ANEXO “L”

79

Page 87: Reglamento Régimen Interno2010

FUERZA TERRESTRE

PLANILLA DE RANCHO

Brigada de: ...........................

Unidad : ...........................

Menú……………………………………………………………………………………………………………. Correspondiente al día.......................... de.............................de 200.......

B O D E G A P L A Z A

ESPECIE CANT. VALOR UNITARIO.

VALOR TOTAL

ESPECIE CANT. VALOR UNITARIO.

VALOR TOTAL

CONTRATOS

Barraca....................... $

Panadería.................. $

Tercena..................... $

Lácteos...................... $

..................................

.................................. $_______

TOTAL $

RESUMEN DE GASTOS

Bodega....................... $

Plaza......................... $

Contratos.................. $_______

TOTAL $

El Oficial Ranchero El Jefe de la Comisión

_____________________ ____________________

El Oficial de Logística El Comandante de unidad

_____________________ ____________________

ANEXO “M”

80

Page 88: Reglamento Régimen Interno2010

TARJETA DE BAR

CONSCRIPTOS Y / O ASPIRANTES

PERSONAL DE VOLUNTARIOS

FUERZA TERRESTRE

Batallón de

....................... ...............................

Grado Nombre

........................ ..............................

Mes cupo $ 5,00

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.25 0.05 0.05 0.10

0.10 0.05 0.05 0.10

0.10 0.05 0.05 0.10

El Oficial de Logística

______________

81

Page 89: Reglamento Régimen Interno2010

FUERZA TERRESTRE

Unidad:

....................... ...............................

Grado Nombre

........................ ..............................

Mes cupo $ 15.00

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.05 0.05 0.50 0.10 0.25 0.05 0.05 0.50

0.10 0.25 0.50 0.10 0.25 0.50

El Oficial de Logística

________________

ANEXO “N”

82

Page 90: Reglamento Régimen Interno2010

FUERZA TERRESTRE

AUTORIZACIÓN DE PERMISO O SALVO CONDUCTO

Brigada: ...........................

Unidad : ...........................

Fecha :...........................

AUTORIDAD QUE CONFIERE: Grado.................. Apellidos y Nombres..............

BENEFICIARIO: Grado.................Apellidos y Nombres.......................................

JUSTIFICACIÓN: ...........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

FECHA DE INICIO: .................................

FECHA TERMINA: ..................................

AUTORIZADO POR EL OFICIAL DE PERSONAL

________________ __________________

COMANDANTE DE CIA.

Vto. Bno.

EL COMANDANTE DE UNIDAD.

____________________

83