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REGLAMENTO INTERNO Aprobado por ASFI según RESOLUCIÓN ASFI Nº 1038/2014 de 31 de diciembre del 2014

REGLAMENTO INTERNO - SAFI MSC · comprende el conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados de forma masiva

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REGLAMENTO INTERNO

Aprobado por ASFI según RESOLUCIÓN ASFI Nº 1038/2014 de 31 de diciembre del 2014

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Contenido

ÍNDICE DE ABREVIATURAS iGLOSARIO DE TÉRMINOS iCAPITULO I. EL FONDO 1

Art. 1. DENOMINACIÓN Y TIPO DE FONDO 1Art. 2. OBJETO DEL FONDO 1Art. 3. MARCO LEGAL 1Art. 4. LIBRO DE REGISTRO DE PARTICIPANTES 1Art. 5. REGISTRO DE CAMBIO DE TITULARIDAD 1Art. 6. PATRIMONIO DEL FONDO Y CUOTAS 1Art. 7. PLAZO E INICIO DE ACTIVIDADES 2Art. 8. ACTIVOS DEL FONDO 2Art. 9. INVERSIONISTAS OBJETIVO 2

CAPITULO II. PARTICIPANTES Y CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 2Art. 10. PARTICIPANTES 2Art. 11. LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 2Art. 12. COLOCACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 4Art. 13. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE OTORGAN LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 4

a) Derechos 4b) Obligaciones 4

Art. 14. NEGOCIACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 4Art. 15. EXCESOS DE PARTICIPACIÓN 5Art. 16. ASPECTOS IMPOSITIVOS 5Art. 17. INCAPACIDAD, IMPEDIMENTO O FALLECIMIENTO DE PARTICIPANTES 5

CAPITULO III. ESTRUCTURA DEL FONDO 6Art. 18. INSTANCIAS DEL FONDO 6Art. 19. ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES 6Art. 20. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES Y ASAMBLEA GENERALDE PARTICIPANTES SIN REQUISITO DE CONVOCATORIA 6

a) Convocatoria 6b) Asamblea General de Participantes sin Requisito de Convocatoria 7

Art. 21. CELEBRACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES 7a) Votos Necesarios: 8b) Derechos de Participación 8c) Libro de Actas 8

Art. 22. IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LA ASAMBLEA 8Art. 23. REPRESENTANTE COMÚN DE PARTICIPANTES 8Art. 24. DEBERES Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE COMÚN DE PARTICIPANTES 9

CAPITULO IV. ADMINISTRACIÓN DEL FONDO 9Art. 25. ESTRUCTURA DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO 9Art. 26. LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA 10

a) Derechos de la Sociedad Administradora 10b) Obligaciones de la Sociedad Administradora 10

i) Sobre las Actividades de Inversión 10ii) Sobre la Información 11iii) Sobre las Tareas Administrativas Contables 11

c) Limitaciones de responsabilidades 11Art. 27. EL ADMINISTRADOR 11Art. 28. EL COMITÉ DE INVERSIONES 12Art. 29. EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO 13

CAPITULO V. POLÍTICA DE INVERSIÓN 13Art. 30. OBJETIVO DE INVERSIÓN 13Art. 31. ENFOQUE DE INVERSIÓN 13

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Art. 32. LINEAMIENTOS DE INVERSIÓN 14a) Activos Permitidos 14b) Calificación de Riesgo 14c) Moneda 14d) Solicitud de Garantías 14

Art. 33. REQUISITOS NECESARIOS PARA EMPRESAS EMISORAS DE VALORES DE OFERTA PRIVADA 15Art. 34. OBLIGACIONES PARA EMPRESAS EMISORAS DE VALORES DE OFERTA PRIVADA 16Art. 35. RESTRICCIONES PARA EMPRESAS EMISORAS DE VALORES DE OFERTA PRIVADA 17Art. 36. CRITERIOS DE ADMINISTRACIÓN 18

a) Liquidez 18b) Límite por tipo de activos 18c) Límites por Emisor 19d) Límites por Niveles de Riesgo 19e) Límite por plazo 19f) Límites por Moneda 19g) Límites por tipo de instrumento 20h) Criterios para la selección de Emisores de Oferta Privada 20i) Herramienta de Cobertura 20j) Indicador Comparativo de Rendimiento 21

Art. 37. EXCESOS DE INVERSIÓN E INCUMPLIMIENTO A LÍMITES MÍNIMOS 21Art. 38. POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO 22Art. 39. POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE RENDIMIENTOS 22Art. 40. CUSTODIA 22Art. 41. PROCESO DE INVERSIÓN 22

INVERSIONES EN VALORES DE OFERTA PÚBLICA 22INVERSIONES EN VALORES DE OFERTA PRIVADA 22

a) Investigación e Identificación del Proyecto de Inversión 23b) Análisis del Proyecto de Inversión 23c) Aprobación de la Inversión 23d) Evaluación y Seguimiento de la Inversión 24

CAPITULO VI. VALORACIÓN DEL FONDO 24Art. 42. ACTIVOS BURSÁTILES 24Art. 43. ACTIVOS NO BURSÁTILES 24

a) Factor de Previsión 24Art. 44. VALOR DE LA CUOTA DE PARTICIPACIÓN 25

CAPITULO VII. COMISIONES Y GASTOS 25Art. 45. COMISIONES 25Art. 46. GASTOS DEL FONDO 26

CAPITULO VIII. RESPONSABILIDAD DE OTRAS INSTITUCIONES Y ASPECTOS ADMINISTRATIVOS 26Art. 47. RESPONSABILIDAD DE OTRAS INSTITUCIONES 26Art. 48. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS 26

a) Información: diaria, mensual, trimestral y anual 26b) Selección y Remoción de la Empresa de Auditoría Externa 27c) Modificación del Reglamento 27d) Garantías 27e) Solución de Controversias 27f) Consultas 27

CAPITULO IX. CONSIDERACIONES SOBRE EL PATRIMONIO DEL FONDO 28Art. 49. REDUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PATRIMONIO DEL FONDO 28Art. 50. LIQUIDACIÓN POR VENCIMIENTO DEL PLAZO DEL FONDO 28Art. 51. PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA, FUSIÓN DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN 29Art. 52. BALANCE FINAL DEL FONDO 29

CAPITULO X. OTRAS ESTIPULACIONES 30Art. 53. DISOLUCIÓN, CONCURSO O QUIEBRA DE PARTICIPANTES 30

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Art. 54. MONTO MÍNIMO 30Art. 55. PROCESO DE DEVOLUCIÓN DE APORTES EN CASO DENO LOGRAR EL MONTO MÍNIMO DE COLOCACIÓN 30Art. 56. PROCESO DE INVERSIÓN Y PROCESO EN CASO DEINCUMPLIMIENTO PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA 30

CAPITULO XI. CONSIDERACIONES FINALES DE LA INVERSIÓN 30Art. 57. ATRACTIVOS DE LA INVERSIÓN 30Art. 58. FACTORES DE RIESGO 31Art. 59 COMITÉ DE CONFLICTO DE INTERESES DEL FONDO MSC PRODUCTIVO FONDO DE INVERSIÓN CERRADO 32

ANEXO 1 33

INDICE DE GRÁFICOS

GRAFICO 1.- ESTRUCTURA DEL PROCESO DE INVERSIÓN DEL FONDO 10GRAFICO 2.- PROCESO DE INVERSIÓN 23

INDICE DE TABLAS

TABLA 1.- CARACTERÍSTICAS DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN 3TABLA 2.- ACTIVOS PERMITIDOS 14TABLA 3.- TIPOS DE SOCIEDAD 14TABLA 4.- MATRIZ DE GARANTIAS 15TABLA 5.- TIPO DE ACTIVOS 18TABLA 6.- NIVELES DE RIESGO 19TABLA 7.- PLAZOS MÁXIMOS 19TABLA 8.- LIMITES POR MONEDA 20TABLA 9.- TIPO DE INSTRUMENTO 20TABLA 10.- HERRAMIENTA DE COBERTURA 21TABLA 11.- COMISIONES 25

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ÍNDICE DE ABREVIATURAS

BCB: Banco Central de Bolivia.BBV: Bolsa Boliviana de Valores S.A.CAT: Certificado de Acreditación de Titularidad.EDV: Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.EMS: Empresa Emisora.ICR: Índice Comparativo de Rendimiento.NIT: Número Identificación Tributaria.RC-IVA: Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado.RMV: Registro del Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisión

del Sistema Financiero.SAFI: Sociedad Administradora de Fondos de Inversión.ASFI: Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Administrador del Fondo de Inversión o Administrador: Funcionario dela Sociedad Administradora, facultado por ésta e inscrito en el Registrodel Mercado de Valores para ejecutar las actividades de inversión en elmarco del Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos deInversión y de los Fondos de Inversión, los estatutos de la SociedadAdministradora, el Reglamento Interno del respectivo Fondo, y losManuales de Funciones y Procedimientos de la Sociedad Administradora.

Aniversario del Fondo: Cada año de vida que el Fondo cumpla desde lafecha de inicio de actividades.

Calificación de Riesgo: Opinión de una Entidad Calificadora de Riesgo,expresada en categorías, respecto a la posibilidad y riesgo relativo de lacapacidad e intención de un emisor de cumplir con las obligacionesasumidas, para valores representativos de deuda, en las condiciones yplazos convenidos.

Cartera de Valores: Es el conjunto de Valores tanto de Oferta Públicacomo de Oferta Privada, adquiridos a nombre del Fondo.

Cobertura: Mecanismo que busca proteger al acreedor contra el riesgode impago.

Comisiones: Remuneraciones que percibe la Sociedad Administradoracon cargo al Fondo de Inversión, conforme a lo previsto por la Normativay el Reglamento Interno del Fondo.

Compra de Cuotas: Operación en la que el Participante adquiere Cuotasde Participación de un Fondo de Inversión Cerrado, a través deintermediarios autorizados en el mercado primario o secundario.

Conflicto de Intereses: Cualquier acto, omisión o situación de una personanatural o jurídica, a consecuencia del o de la cual dicha persona puedaobtener ventajas o beneficios ilegítimos, para sí o para terceros, medianteel uso de información, la prestación de servicios o la realización detransacciones ya sea dentro o fuera del mercado de valores.

EMS: Empresa Emisora de los Valores de Oferta Privada que el Fondoadquirirá como parte de su inversión.

Entidades Vinculadas: Aquellas entidades que, jurídicamenteindependientes, mantienen vínculos patrimoniales, de propiedad, deadministración o responsabilidad crediticia que, en base a indiciosrazonables y suficientes, permitan presumir, salvo prueba en contrario,que las actuaciones económicas y/o financieras de las mismas, estándirigidas por un solo interés o por un conjunto de ellos, o que existanriesgos financieros comunes en los créditos que se les otorga o respectode los Valores que emitan.

Fondo de Inversión o Fondo: Patrimonio común autónomo y separadojurídica y contablemente de la Sociedad Administradora, constituido apartir de los aportes de personas naturales y jurídicas denominadasParticipantes, para su inversión en Valores, bienes y demás activosdeterminados por la Ley del Mercado de Valores y demás normativaaplicable, por cuenta y riesgo de los Participantes. La propiedad de losParticipantes respecto al Fondo de Inversión se expresa a través de lasCuotas de participación emitidas por el mismo.

Fondo de Inversión Cerrado: Fondo cuyo patrimonio es fijo y las Cuotas deParticipación colocadas entre el público no son redimibles directamente por

Hecho Relevante: Todo aquel acontecimiento provocado por el emisoro no, que por su importancia puede afectarlo o a sus empresas vinculadas,de forma tal, que influya o pueda influir en la decisión de invertir enValores emitidos por él o que pueda alterar el precio de sus Valores enel mercado.

Mercado Secundario: Comprende todas las transacciones, operacionesy negociaciones que se realicen con Valores de oferta pública, emitidosy colocados previamente, a través de los intermediarios autorizados.

Oferta Pública de Valores: Se considera oferta pública de Valores a todainvitación o propuesta dirigida al público en general o a sectores específicos,realizada a través de cualquier medio de comunicación o difusión, ya seapersonalmente o a través de intermediarios autorizados, con el propósitode lograr la realización de cualquier negocio jurídico con Valores en elmercado de Valores.

Oferta Privada de Valores: Toda invitación o propuesta dirigidaexclusivamente a un inversor con el propósito de lograr la realización decualquier negocio jurídico con Valores transados fuera del Mercado deValores.

Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos de Inversióny de los Fondos de Inversión: Libro 5º, Título I de la Recopilación deNormas para el Mercado de Valores referente al Reglamento paraSociedades Administradoras de Fondos de Inversión y de los Fondos deInversión.

Rendimiento Neto: Es la rentabilidad que genera el Fondo deducidos losimpuestos, los gastos, las comisiones y cualquier otro cargo derivado desu administración.

Sector Agroindustrial: Rama o división de la actividad económica quecomprende la producción, industrialización y comercialización de productosagrarios, pecuarios, forestales y biológicos.Sector Industrial: Rama o división de la actividad económica quecomprende el conjunto de procesos y actividades que tienen comofinalidad transformar las materias primas en productos elaborados deforma masiva.

Sector Industrial: Rama o división de la actividad económica quecomprende el conjunto de procesos y actividades que tienen comofinalidad transformar las materias primas en productos elaborados deforma masiva.

Sector Productivo: Son las distintas ramas o divisiones de la actividadeconómica que producen un bien material. Estos sectores productivosincluyen la minería, la silvicultura, la pesca, la agricultura, la industria yla energía.

Unidades económicas: Empresas u organizaciones de personas(sociedades) cuya tarea es la de ofrecer unos bienes y unos servicios.

Títulos Valores: Documento necesario para legitimizar el ejercicio delderecho literal y autónomo que en ellos se incorpora.

Bajo la aplicación de la metodología, y para todas las empresas,el Índice se interpretará de la siguiente manera:

el Fondo, salvo en las circunstancias y procedimientos dispuestos específicamentepor su Reglamento Interno.

Grande, Mediana y Pequeña Empresa: Se determinara el tamaño de laempresa según los límites y parámetros establecidos en el ReglamentoInterno de Registro de Operaciones de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.,para empresas Productivas, mediante la siguiente fórmula:

MicroEmpresa

PequeñaEmpresa

MedianaEmpresa

GranEmpresa

ÍNDICE Entre 0 y0.03

Entre 0.04y 0.11

Entre 0.12 y1.00

Mayoresa 1.01

Ingreso por VentasEmpresa

PatrimonioEmpresa

5.000.000 3.000.000

PersonalEmpresa

100

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REGLAMENTO INTERNO DE MSC PRODUCTIVO FONDO DE INVERSIÓN CERRADOADMINISTRADO POR SAFI MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.

1

CAPITULO I. EL FONDO

Art. 1. DENOMINACIÓN Y TIPO DE FONDO

El Fondo de inversión se denomina “MSC Productivo Fondo deInversión Cerrado” en adelante (“el Fondo”) y se encuentraadministrado por la Sociedad Administradora de Fondos deInversión Mercantil Santa Cruz S.A., la “Sociedad Administradora”y/o “SAFI MSC”.

EL Fondo es un patrimonio autónomo, y separado jurídica ycontablemente de la Sociedad Administradora, constituido apartir de los aportes efectuados por personas naturales y jurídicas,nacionales y/o extranjeras, públicas y/o privadas (en adelante“los Participantes”), con el objeto de invertir en Valores de acuerdoa la Ley del Mercado de Valores Nº 1834 de 31 de marzo de 1998(“Ley del Mercado de Valores”), sus reglamentos y demás normasjurídicas conexas, por cuenta y riesgo de los Participantes.

El Fondo se constituye como un Fondo de Inversión Cerrado,cuyas Cuotas de Participación serán colocadas entre losinversionistas y no son redimibles directamente por el mismo,salvo en las circunstancias descritas en los puntos “Liquidaciónpor vencimiento del plazo del Fondo” y “Procedimiento detransferencia, fusión, liquidación y disolución” de este ReglamentoInterno y se rige por las disposiciones de la Ley de Mercado deValores , por el Reglamento para Sociedades Administradoras deFondos de Inversión y de los Fondos de Inversión, por las normaslegales y disposiciones de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero, por el presente Reglamento Interno y cualquier otradisposición legal que existiera en el futuro sobre el particular.

El Reglamento Interno del Fondo forma parte de la documentaciónpara la Oferta Pública de las Cuotas de Participación del Fondoy se encuentra a disposición de los potenciales participantes enlas oficinas de SAFI MSC.

Las Cuotas de Participación se encuentran autorizadas e inscritasen el Registro de Mercado de Valores de la Autoridad deSupervisión del Sistema Financiero, así como la oferta pública delas mismas y pueden ser negociadas en la Bolsa Boliviana deValores S.A.

La colocación primaria de las Cuotas de Participación se realizaráen la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Las Cuotas de Participaciónpodrán posteriormente ser negociadas en el Mercado Secundario.

Art. 2. OBJETO DEL FONDO

El objeto del Fondo es constituirse en una nueva opción deinversión al sector productivo en el territorio nacional, invirtiendoen Valores de Oferta Privada de unidades económicas, del sectorIndustrial y Agroindustrial con varios años de reconocidatrayectoria en el mercado nacional, , e incorporando a la carteradel Fondo Valores de Oferta Pública locales a manera dediversificación; que buscará otorgar a sus Participantes unrendimiento atractivo en el largo plazo.

En este contexto, el Fondo promoverá el crecimiento de lasunidades económicas en Bolivia, efectuando inversiones en

Valores de Oferta privada, lo cual les permitirá acceder a nuevosrecursos financieros con el objeto de ampliar sus actividades yal mismo tiempo adquirir experiencia en la regulación y normativadel Mercado de Valores, para convertirse en futuros Emisoresdirectos de Valores de Oferta Pública.

Art. 3. MARCO LEGAL

La operatividad legal del Fondo, todas sus actividades y actuacionesse rigen por el código de comercio, lo establecido por la Ley delMercado de Valores, el Reglamento para SociedadesAdministradoras de Fondos de Inversión y de los Fondos deInversión, por las normas y disposiciones de la Autoridad deSupervisión del Sistema Financiero (ASFI), por su ReglamentoInterno y cualquier otra disposición legal que existiera en el futurosobre el particular.

Art. 4. LIBRO DE REGISTRO DE PARTICIPANTES

La Sociedad Administradora llevará un Libro de Registro deParticipantes por los medios electrónicos que considereconvenientes, el cual tendrá como contenido mínimo la siguienteinformación: Nombre o denominación del o los titulares de lasCuotas, dirección, domicilio, teléfono, lugar de envío decorrespondencia, número de cédula de identidad, Número deIdentificación Tributaria (NIT) si corresponde y firmas autorizadaspara ejercer derechos económicos y políticos. Además, el Librode Registro de Participantes contendrá información sobre númerode cuotas de adquisición, fecha de adquisición y el traspaso decuotas.

Los datos consignados en el Libro de Registro de Participantes,deberán estar permanentemente actualizados y respaldados porla correspondiente documentación.

Art. 5. REGISTRO DE CAMBIO DE TITULARIDAD

Para que un cambio de titularidad sea registrado por la SociedadAdministradora en el Libro de Registro de Participantes, el nuevotitular deberá comunicar de forma escrita a la SociedadAdministradora la transacción y adjuntar el Certificado deAcreditación de Titularidad (CAT), original y vigente, emitido porla Entidad de Depósito de Valores autorizada por ASFI en la quelas Cuotas de Participación estén representadas medianteAnotaciones en Cuenta.

La Sociedad Administradora realizará el registro hasta un (1) díahábil posterior a la presentación del CAT.

Art. 6. PATRIMONIO DEL FONDO Y CUOTAS

MSC Productivo Fondo de Inversión Cerrado está denominadoen Bolivianos y su patrimonio será de Bs.200.000.000.- (DoscientosMillones 00/100 de Bolivianos) divididas en 1.000 (Mil) Cuotasde Participación de un valor nominal de Bs. 200.000.- (DoscientosMil 00/100 Bolivianos) cada una.

Las cuotas de participación son nominativas y estaránrepresentadas por anotaciones en cuenta en la Entidad de

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Depósito de Valores de Bolivia S.A. e inscritas en el Registro delMercado de Valores de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero y en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Por tratarse de Valores representados mediante anotaciones encuenta, el registro de los Participantes y la titularidad de lasCuotas de Participación serán llevados por la Entidad de Depósitode Valores de Bolivia S.A.

Art. 7. PLAZO E INICIO DE ACTIVIDADES

El Fondo tiene un plazo de vida de Doce (12) años computablesa partir de la fecha de inicio de sus actividades, prorrogable porperíodos de dos (2) años y sólo en dos ocasiones por acuerdo dela Asamblea General de Participantes.

La Sociedad Administradora dará inicio a las actividades del Fondocuando el patrimonio del mismo haya alcanzado, cuando menos,la suma de Bs. 10.000.000 (Diez Millones 00/100 de bolivianos)y cuando se cuente con por lo menos tres participantes en elFondo, preservando que ninguno de dichos inversionistas obtengamás del 50% de las cuotas colocadas. Las aportaciones que losParticipantes efectúen como consecuencia de la compra de lasCuotas se depositarán en una entidad financiera bancaria quecuente con una calificación de riesgo no menor a AA3, otorgadapor una entidad calificadora de riesgo autorizada por la ASFI,hasta el inicio de actividades del Fondo.

En caso de que la emisión de Cuotas de Participación por partedel Fondo de Inversión no logre alcanzar el referido monto mínimopara el inicio de operaciones dentro de los plazos de colocaciónprevistos, SAFI MSC podrá solicitar a la ASFI, la ampliación delplazo de colocación a un plazo no mayor a noventa (90) díascalendario, señalando los motivos debidamente fundamentadosen función a las condiciones del mercado, de acuerdo a loestablecido en el Artículo 3, Sección 1, Capítulo III, Título 1, Libro1º de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores.

En caso de no lograr la colocación luego de la ampliación delplazo de colocación o en el supuesto que la solicitud de ampliaciónhaya sido negada por ASFI, la Sociedad Administradora se obligaa devolver los aportes efectuados por los inversionistas, al valorde la cuota del día de la devolución más los rendimientos encaso de existir, en un plazo de cinco (5) días hábilesadministrativos de fenecido el plazo de colocación.

Art. 8. ACTIVOS DEL FONDO

Para alcanzar los objetivos del Fondo, los activos estaránconformados por:

Art. 9. INVERSIONISTAS OBJETIVO

El Fondo está dirigido a inversionistas institucionales(Administradoras de Fondos de Pensiones, Gestora Pública de laSeguridad Social de Largo Plazo, Fondos de inversión, EntidadesFinancieras Bancarias y no Bancarias, Organismos Multilaterales,Entidades Aseguradoras, etc.). Sin embargo, las Cuotas deParticipación también podrán ser adquiridas por otrosinversionistas (personas naturales y/o unidades económicas, enel mercado nacional e internacional.

CAPITULO II. PARTICIPANTES Y CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

Art. 10. PARTICIPANTES

Un Participante es aquel inversionista que adquiere una o másCuotas de Participación en el Fondo. La adquisición de la calidadde partícipe en el Fondo presupone la sujeción del Participanteal Reglamento Interno del Fondo y las normas que regulan losFondos de Inversión y demás normativas. La calidad de partícipeen el Fondo se adquiere por:

a) Compra de Cuotas de Participación en mercado primario.

b) Adquisición de Cuotas de Participación en el mercadosecundario.

c) Adjudicación de Cuotas de Participación por causa de muerteu otras formas permitidas por las leyes y normativas vigentesen Bolivia.

Art. 11. LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

La Participación en el Fondo se dará a través de la adquisición deCuotas de Participación, las cuales son nominativas y estaránrepresentadas por anotaciones en cuenta en la Entidad deDepósito de Valores de Bolivia S.A. e inscritas en el Registro delMercado de Valores de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero y en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Las Cuotas de Participación emitidas por el Fondo tienen lassiguientes características:

TABLA 1.- CARACTERÍSTICAS DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

Valores de Oferta Pública Instrumentos financieros transables enuna bolsa de valores local.

Valores de Oferta Privada Pagarés y bonos transados localmente.

Todas las inversiones del Fondo se realizan por cuenta y riesgo de losParticipantes.

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CARACTERÍSTICAS DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓNNOMBRE DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA:

DENOMINACIÓN DEL FONDO:

TIPO DE FONDO:

TIPO DE VALOR:

DENOMINACIÓN DE LA EMISIÓN:

MONEDA EN QUE SE EXPRESA EL VALOR:

MONEDA DE LOS ACTIVOS DEL FONDO:

MONTO DE LA EMISIÓN:

MONTO MÍNIMO DE COLOCACIÓN:

FECHA DE INICIO DE OPERACIONES:

SAFI MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.

MSC PRODUCTIVO FONDO DE INVERSIÓN CERRADO

CERRADO

Cuotas de Participación

Cuotas de Participación MSC Productivo FIC

BOLIVIANOS

BOLIVIANOS, UFV´s y BOLIVIANOS CON MANTENIMIENTO DE VALOR

Bs. 200.000.000.- Doscientos Millones 00/100 Bolivianos.

Bs. 10.000.000.- Diez Millones 00/100 Bolivianos.

PLAZO DEL FONDO:

FORMA DE REPRESENTACIÓN DE LAS CUOTAS DEPARTICIPACIÓN:

FORMA DE CIRCULACIÓN DE LAS CUOTAS:

BOLSA EN LA QUE SERÁN NEGOCIADAS E INSCRITASLAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN:

NÚMERO DE SERIE DE LA EMISIÓN:

CANTIDAD DE CUOTAS OFRECIDAS:

CLAVE DE PIZARRA:

FECHA DE EMISIÓN:

NÚMERO Y FECHA DE REGISTRO EN EL RMV:

NÚMERO DE REGISTRO DE LA SAFI:

ESTRUCTURADORES:

AGENTE COLOCADOR DE LA OFERTA PÚBLICA:

FORMA DE COLOCACIÓN:

MODALIDAD DE COLOCACIÓN:

VALOR NOMINAL DE CUOTA:

PRECIO DE COLOCACIÓN PRIMARIA:

PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN:

PLAZO DE COLOCACIÓN PRIMARIA:

ENTIDAD CALIFICADORA DE RIESGO:

CALIFICACIÓN DE RIESGO:

La Sociedad Administradora dará inicio a las actividades del Fondo: i) cuando el patrimoniodel mismo haya alcanzado, por lo menos, la suma de Bs. 10.000.000 (Diez millones 00/100Bolivianos), ii) el Fondo cuente con al menos 3 participantes.

12 AÑOS a partir del inicio del actividades del Fondo

Anotación en cuenta en la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia.

NOMINATIVA

Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Única

1000

MSP-N1U-14

07 de Enero 2015

ASFI/DSV-FIC-MSP-002/2014 - 31 de diciembre de 2014

SPVS-IV-SAF-SME-008/2000

SAFI MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.

MERCANTIL SANTA CRUZ AGENCIA DE BOLSA S.A.

Primaria Bursatil

A mejor esfuerzo

Bs. 200.000.- Doscientos Mil 00/100 Bolivianos

Como mínimo a la par del valor nominal

Mediante Operación Pública Bursatil en la BBV

Doscientos setenta (270) días calendario a partir de la fecha de emisión

Pacific Credit Rating

A1.bo

Contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad emitido por la EDV(CAT). Al vencimiento del Fondo, en el día de pago de Rendimientos y Capital se podráefectuar el pago exigiendo un documento equivalente al CAT.

Oficinas de SAFI Mercantil Santa Cruz

FORMA DE PERIODICIDAD DE PAGO DEL CAPITAL YRENDIMIENTOS:

LUGAR DE PAGO DEL CAPITAL Y RENDIMIENTOS:

Corresponde a aquellos Fondos cuya cartera de inversiones está concentrada en Valores, bienes y demás activos, con un grado mediode calidad y su administración es buena.

Si el numeral 1 acompaña a una de las categorías anteriormente señaladas, se entenderá que la cuota del Fondo de Inversión seencuentra en el nivel más alto de la calificación asignada.

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Art. 12. COLOCACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

Las Cuotas de Participación del Fondo serán colocadas en elMercado de Valores a través de Oferta Pública Primaria Bursátil(en adelante Oferta Pública) en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

SAFI MSC dará inicio a las actividades del Fondo de Inversióncuando el patrimonio del mismo haya alcanzado, cuando menos,la suma de Bs. 10.000.000,00 (Diez Millones 00/100 Bolivianos)y cuente con por lo menos 3 participantes.

El plazo para la colocación primaria de las Cuotas de Participaciónes de doscientos setenta (270) días calendario computable apartir de la fecha de emisión contenida en la resolución deautorización e inscripción del Fondo; la autorización de OfertaPública e inscripción de las cuotas de participación en el Registrode Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisión delSistema Financiero.

El plazo de colocación podrá ser prorrogado en el marco de loestablecido en el Reglamento del Registro del Mercado de Valores,por noventa días (90) una vez, en el caso que exista la aprobación de los Participantes que hayan adquirido Cuotas deParticipación y con la autorización de la Autoridad de Supervisióndel Sistema Financiero.

El precio de cada cuota, al inicio del periodo de su colocación,será mínimamente a la par del valor nominal de las Cuotasequivalente a Bs. 200.000 (Doscientos Mil 00/100 Bolivianos). Apartir de ese valor, el precio de colocación mínimo será elcorrespondiente a la actualización diaria de acuerdo a la valoraciónque pudiera generarse o por la rentabilidad generada por lasinversiones del Fondo en caso de que éste haya iniciado susoperaciones, siendo este mínimamente a la par del valor nominal.En este caso, el precio o valor cuota a asignar será el calculadoe informado por la Sociedad Administradora según los criteriosde valoración conforme lo establece el Capítulo VI del presenteReglamento Interno.

Las Cuotas de Participación que no hubieran sido colocadas enel plazo fijado para el efecto serán anuladas y perderán todavalidez y efecto legal.

En caso de que no se logre iniciar las actividades del Fondo por no haber alcanzado el monto mínimo de patrimonio,SAFI MSC devolverá los aportes a los inversionistas al valorde la cuota del día de la devolución mas los rendimientos encaso de existir, que serán calculados por la SociedadAdministradora de acuerdo al Artículo 55 del presente ReglamentoInterno, en un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos defenecido el plazo de colocación.

Art. 13. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE OTORGAN LAS CUOTASDE PARTICIPACIÓN

Todas las Cuotas ofrecen a sus propietarios los mismos derechosy obligaciones.

a) Derechos

La propiedad de Cuotas de Participación otorga los siguientesderechos generales a los participantes:

• Intervenir en las Asambleas Generales de Participantes conVoz y Voto.

• Ser elegible para desempeñar la función de RepresentanteComún de Participantes.

• Participar en las utilidades del Fondo de acuerdo a la Políticade Distribución de Resultados contenida en el artículo 39del Reglamento Interno del Fondo.

• Participar en la distribución del Activo Neto del Fondo almomento de su liquidación.

• Impugnar las resoluciones de las Asambleas Generales deParticipantes.

• Negociar libremente sus Cuotas conforme a lo estipuladoen el presente Reglamento Interno, Ley del Mercado deValores, sus reglamentos y demás normativa de la Autoridadde Supervisión del Sistema Financiero.

• Acceder a solo requerimiento a toda aquella informacióny documentación relacionada exclusivamente al Fondo deinversión.

• Otros derechos establecidos en el Reglamento Interno delFondo.

b) Obligaciones

La propiedad de las Cuotas exige las siguientes obligaciones:

• Cumplir y aceptar los términos y condiciones del ReglamentoInterno y Prospecto, además de las modificaciones posterioresa este documento legalmente efectuadas, y al sometimientoa las resoluciones de las Asambleas Generales de Participantes,quedando a salvo el derecho de impugnación contraresoluciones contrarias a la Ley del Mercado de Valores, alReglamento Interno y al Prospecto del Fondo.

• Las resoluciones de las Asambleas Generales de Participantesobligan a los participantes presentes, ausentes y disidentesa cumplir dichas resoluciones, salvándose el derecho deimpugnación cuando legalmente se lo pueda efectuar.

• Reconocer que la Sociedad Administradora actúa en todomomento como intermediario por cuenta y riesgo de losparticipantes y que la responsabilidad de la SociedadAdministradora se limita a ejecutar profesionalmente sutrabajo procurando obtener el mejor resultado en beneficiode los participantes.

• Actualizar la información requerida por la SociedadAdministradora en los medios, forma y periodicidad queésta establezca.

• El participante deberá informar a SAFI MSC la trasferenciade Cuotas de Participación para el correcto envío deinformación. A su vez SAFI MSC no se hará responsablecuando los cambios de propiedad de las Cuotas no fueraninformados oportunamente.

Art. 14. NEGOCIACIÓN DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN

La transferencia de las cuotas de participación está sujeta a lasdisposiciones establecidas por la Ley del Mercado de Valores, susreglamentos y demás normativa emitida por la Autoridad deSupervisión del Sistema Financiero, debiendo efectuarse el registro

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f ideicomisos no son sujetos pasivos de impuestos.Consecuentemente, la adquisición de obligaciones y lasganancias generadas por el Fondo en dicha adquisición notendrá implicancias tributarias para el Fondo, es decir, que elFondo no estará alcanzado por el IVA, IT, IUE ni por ningúnotro impuesto.

El artículo 117° de la Ley del Mercado de Valores No. 1834(modificado por la Ley 2064 de Reactivación Económica)establece que las ganancias de capital, generadas por lacompraventa de Valores a través de los mecanismosestablecidos por las bolsas de valores, los provenientes deprocedimientos de valoración determinados por la Autoridadde Supervisión del Sistema Financiero, así como los resultantesde la aplicación de normas de contabilidad generalmenteaceptadas, cuando se trate de Valores inscritos en el Registrodel Mercado de Valores de la ASFI, no estarán grabadas porel IVA, RC-IVA, IUE.

En virtud de ello, y dado que las Cuotas de Participación en elFondo estarán inscritas en el Registro del Mercado de Valores,toda operación de compra/venta de las Cuotas que searealizada en el Estado Plurinacional de Bolivia a través de laBolsa Boliviana de Valores S.A. y que tenga efectos en elterritorio nacional estará exenta del pago de impuestos.Asimismo, el participante que mantenga su Participación enel Fondo hasta el momento de la liquidación del Fondo, estaráexento de impuestos (artículo 117 de la Ley 1834 modificadopor la Ley 2064 de Reactivación Económica).

No obstante, el participante que compre o venda su(s) cuota(s)de Participación en el Fondo antes del vencimiento de éste yrealice la transacción fuera de una Bolsa de Valores, deberádar cumplimiento a las obligaciones fiscales emergentes dedicha operación.

La SOCIEDAD podrá actuar de acuerdo al reglamento específicocon cualquier otro impuesto o disposición establecido por Ley.Los PARTICIPANTES gozarán de las exenciones o incentivostributarios vigentes, como los establecidos en la Ley deReactivación Económica, por ejemplo la exención al RC-IVA derendimientos de valores emitidos a más de tres años, ycualquier otra que sea establecida a futuro.

En el caso de participantes radicados en el exterior, la SociedadAdministradora retendrá el Impuesto a las Utilidades de lasEmpresas Beneficiarios del Exterior (IUE-BE), con una alícuota deldoce coma cinco por ciento (12,5%).

Art. 17. INCAPACIDAD, IMPEDIMENTO O FALLECIMIENTO DEPARTICIPANTES

En caso de fallecimiento de un Participante o si algún Participanteque sea persona natural sea declarado, conforme a la normativalegal aplicable, incapaz o sufra algún impedimento (el “ParticipanteImpedido”), se establece que sus Cuotas de Participación seguiránformando parte del Fondo hasta que las personas llamadas porley decidan sobre el destino de las mismas.

en la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. y en laSociedad.

MSC Productivo Fondo de Inversión Cerrado es un fondo en elque las cuotas de participación colocadas entre los inversionistassolamente pueden ser vendidas o transferidas a un tercero enmercado secundario, o adquiridas por causa de muerte u otrasformas permitidas por las leyes y normativas vigentes en Bolivia,o redimidas directamente por el Fondo según los procedimientosdescritos en el artículo 17 del presente reglamento.

Art. 15. EXCESOS DE PARTICIPACIÓN

Las siguientes restricciones se aplican para los Participantes:

• Transcurridos trescientos sesenta (360) días desde la fechade la emisión, ningún Participante podrá tener más delcincuenta por ciento (50%) del total de las Cuotas deParticipación del Fondo.

• En el caso de Participantes que hubiesen adquirido susCuotas en mercado primario (participantes fundadores),el plazo se prolonga por ciento ochenta (180) días adicionales.

• En caso de que faltarán treinta (30) días calendario para elcumplimiento de los plazos establecidos y no se hubieracorregido el incumplimiento de los límites establecidos, laSociedad Administradora convocará a una Asamblea Generalde Participantes para proponer y definir los procedimientosa seguir para dar cumplimiento a la normativa vigente.

Las resoluciones de la Asamblea serán puestas en conocimientode la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero y sobreeste punto en específico a la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Art. 16. ASPECTOS IMPOSITIVOS

Las normas que afecten al Fondo o a los participantes delFondo son susceptibles de ser modificadas en el tiempo, porlo que se recomienda a l part i c ipante que estépermanentemente informado sobre los cambios en lanormativa tributaria, en razón de que ello puede influir elrendimiento esperado de sus inversiones. Los interesados enadquirir participaciones del Fondo tienen la responsabilidadde informarse con respecto al impuesto sobre las utilidadesy otros impuestos relevantes, a sus circunstancias específicascon relación a la tenencia o venta de Cuotas de Participacióndel Fondo o a la recepción de utilidades.

No obstante las anteriores aclaraciones, en el marco de lalegislación vigente a la fecha de autorización del Fondo, semencionan los siguientes aspectos tributarios que afectan lainversión en Cuotas de Participación de MSC Productivo Fondode Inversión Cerrado:

De acuerdo con el numeral 3 del artículo 23 del CódigoTributario, los patrimonios autónomos emergentes de procesosde titularización y los fondos de inversión administrados porSociedades Administradoras de Fondos de Inversión y demás

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f) Determinar, a propuesta de la Sociedad Administradora,las condiciones de las nuevas emisiones de cuota, fijandoel monto a emitir y el plazo de colocación de las mismas.

g) Disponer la reducción del patrimonio del Fondo de acuerdoa lo establecido en el Reglamento Interno.

h) En caso de disolución y liquidación de la SociedadAdministradora u otra circunstancia que pueda afectar los derechos de los Participantes, acordar la transferenciade la administración a otra Sociedad Administradora ola disolución del Fondo y aprobar los Estados Financieros de dichos procesos.

i) Resolver los demás asuntos que el Reglamento Interno delFondo establezca.

j) Designar a la Entidad Calificadora de Riesgo del Fondo y suretribución a partir del segundo año de vida del Fondo,puesto que será la Sociedad Administradora quien designeuna Calificadora de Riesgo y su retribución para el primeraño del Fondo.

k) Aprobar la transferencia, fusión, disolución y liquidacióndel Fondo.

l) Ampliación del plazo de vigencia del Fondo.

La Asamblea General de Participantes deberá resolver y aprobarlos demás asuntos que el presente Reglamento Interno establezca.

Art. 20. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DEPARTICIPANTES Y ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES SINREQUISITO DE CONVOCATORIA

a) Convocatoria

La Asamblea General de Participantes del Fondo deberá serconvocada por la Sociedad Administradora con al menos diez(10) días de anticipación a su celebración, a través de un mediode prensa escrito de circulación nacional.

Asimismo, el Representante Común de los Participantes puedeconvocar a Asamblea General de Participantes cuando, a sujuicio, sea necesario proteger los intereses del Fondo o cuandose lo soliciten al menos el cinco por ciento (5%) del total deCuotas vigentes. En este caso, deberá publicar el aviso deconvocatoria dentro de los diez (10) días calendario, siguientesa la recepción de la solicitud respectiva, la que deberá indicar losasuntos que los solicitantes propongan tratar.

La Sociedad Administradora o el Representante Común de losParticipantes, cuando corresponda, deberá publicar un avisode convocatoria por dos (2) días consecutivos en un diario decirculación nacional. También deberá remitir a cada uno de losParticipantes por correo regular y/o electrónico, a aquellosParticipantes que hubieran registrado dicho correo con la Sociedad Administradora, una comunicación conteniendo la mismainformación que el citado aviso.

Ante la eventualidad de liquidación del Fondo y si las personasllamadas por ley a decidir sobre el destino de las Cuotas delParticipante Impedido no se presentaren ante la SociedadAdministradora, el monto correspondiente al valor de Cuotas delreferido Participante Impedido estará disponible a favor de estosbeneficiarios en una cuenta separada de SAFI MSC, a fin deprecautelar que el monto no corra riesgo de ser afectado por elmanejo de la sociedad.

Las personas llamadas por ley a decidir sobre el destino de lasCuotas del Participante Impedido podrán reclamar dicho montocon el CAT emitido por la Entidad de Depósito de Valores en lacual estén inscritas como anotación en cuenta hasta el lapso dediez (10) años posteriores al vencimiento del Fondo, plazo al finaldel cual, el derecho de cobro prescribirá a favor del EstadoPlurinacional de Bolivia, por lo que su valor les será entregadoconforme a la normativa legal aplicable.

CAPITULO III. ESTRUCTURA DEL FONDO

Art. 18. INSTANCIAS DEL FONDO

La máxima instancia de decisión del fondo MSC Productivo Fondode Inversión Cerrado será la Asamblea General de Participantespara tratar asuntos relacionados con la administración ydesempeño del Fondo. Dicha Asamblea General de Participanteselegirá a un Representante Común de los Participantes (RCP).

A continuación se detallan las características y forma de operarde cada una de estas instancias.

Art. 19. ASAMBLEA GENERAL DE PARTICIPANTES

La Asamblea General de Participantes está conformada por losParticipantes del Fondo y deben cumplir como mínimo lassiguientes funciones:

a) La Asamblea General de Participantes se celebrará por lomenos una vez al año dentro de los primeros cuatro mesesposteriores al cierre del ejercicio Anual para aprobar losreportes Anuales de la situación financiera del Fondo.

b) Elegir y remover al Representante Común de los Participantesy fijar su retribución.

c) Aprobar las modificaciones al Reglamento Interno del Fondo,incluyendo las modificaciones a las comisiones establecidasen el mismo, siempre que estas modificaciones seanpresentadas por la Sociedad Administradora ante laAsamblea General de Participantes, para su consideración,siempre y cuando estas sean previamente aprobadas porla ASFI.

d) Aprobar las modificaciones a la Política de Inversiones delFondo.

e) Designar a los Auditores Externos del Fondo y su retribución, evaluando las propuestas presentadas por el Directorio dela Sociedad Administradora y a recomendación delRepresentante Común.

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El aviso deberá señalar como mínimo las materias a tratar en laAsamblea General de Participantes, el lugar, la fecha y hora en que se llevará a cabo, pudiendo incluirse, si se consideraconveniente, la información correspondiente a la segundaconvocatoria en caso de que no se logre celebrar la Asambleaen primera convocatoria; en este caso, el plazo que deberámediar entre la primera convocatoria y la segunda convocatoriano deberá ser menor a cinco (5) días.

b) Asamblea General de Participantes sin Requisito deConvocatoria

La Asamblea General de Participantes podrá reunirse válidamentesin el cumplimiento de los requisitos previstos para la convocatoriay resolver cualquier asunto de su competencia siempre y cuandose encuentren presentes el 100% de las Cuotas de Participaciónvigentes.

Art. 21. CELEBRACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DEPARTICIPANTES

El derecho de concurrencia a las Asambleas Generales deParticipantes se establece mediante la verificación de la inscripcióndel Participante en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuentaa cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.

Los Participantes que por cualquier razón se hallen impedidos deconcurrir personalmente a una Asamblea General de Participantespodrán delegar su representación a otro Participante o a terceraspersonas ajenas a la Sociedad Administradora. En el primer casoserá suficiente para acreditar el mandato una carta-poder o avisodirigido a la Sociedad Administradora, en tanto que en el segundose requiere un poder notariado.

Quórum Simple: La Asamblea General de Participantes quedaráválidamente constituida con quórum simple en primeraconvocatoria, entiéndase por quórum simple cuando seencuentre representado, cuando menos, el cincuenta y cincopor ciento (55%) de las Cuotas vigentes. En segunda convocatoriaserá suficiente la concurrencia de cualquier número deCuotas vigentes. Se aplicará el quórum simple para temas norelacionados al quórum calificado.

Quórum Calificado: La Asamblea General de Participantes quedaráválidamente constituida con quórum calificado, en primeraconvocatoria, cuando exista representación de cuando menos trescuartas partes (3/4) de las Cuotas vigentes o, en segundaconvocatoria, con la concurrencia de por lo menos dos terceraspartes (2/3) de las Cuotas vigentes. Se requerirá de quórumcalificado para que la Asamblea General de Participantes adopteválidamente una decisión sobre los siguientes temas:

a) Modificaciones al Reglamento Interno del Fondo, conformeel artículo 19, inciso c), del presente Reglamento.

b) Solicitud de transferencia del Fondo a otra SociedadAdministradora, por las s iguientes causales:

i. Negligencia extrema y reiterada de la SociedadAdministradora en el desempeño de sus funciones.

ii. Conducta inapropiada de la Sociedad Administradora queafecte significativamente los derechos de losParticipantes.

iii.Liquidación voluntaria, forzosa o quiebra de la SociedadAdministradora.

Si la solicitud de transferencia de la administración del Fondo nofuera aceptada por la Sociedad Administradora, la controversiay su resolución serán sometidas a un proceso arbitral acordadopor ambas partes de acuerdo con en el literal e) del Artículo 48siguiente del presente Reglamento Interno.

c) Aprobar las modificaciones de la Política de Inversionesdel Fondo y la política de endeudamiento del Fondo.

d) Determinación del monto máximo de los gastos delFondo relacionados a honorarios del RepresentanteComún de los Participantes, gastos de AuditoríasExternas, calificación de riesgo del Fondo y honorariosdel Custodio, de ser el caso, y otros gastos similaresque correspondan a la naturaleza del Fondo.

e) Determinación de las condiciones de las nuevas emisiones de Cuotas, fijando el monto a emitir, precio y el plazo decolocación de éstas.

f) Aprobar la reducción del patrimonio del Fondo.

g) La transferencia del Fondo, y designación de una nuevaSociedad Administradora.

h) La Disolución y liquidación del Fondo, modificación delprocedimiento de liquidación, así como la aprobación delbalance final y la propuesta de distribución del patrimonio.

i) Establecer las condiciones para la entrega de los activos del Fondo a los Participantes por redención de las Cuotas,en caso de vencimiento del plazo del Fondo cuandocorresponda.

j) La fusión o escisión del Fondo.

k) Ampliación del plazo de vigencia del Fondo, por acuerdoadoptado con al menos un (1) año de anticipación alvencimiento de su plazo de duración, siendo no prorrogablepor un periodo mayor a dos (2) años en cada prorroga, ysólo en dos ocasiones.

l) Podrá acordar, a sugerencia del Representante Común delos Participantes, la realización de auditorías especiales, así como la remoción del Administrador del Fondo, losmiembros del Comité de Inversión y de la Entidad quepresta servicios de Custodia, de ser el caso, por aspectosrelacionados a negligencia, incumplimiento a los objetivosdel Fondo y otras causas debidamente justificadas ycomprobadas.

m)Aprobar los estados financieros auditados del Fondo.

n) Resolver los demás asuntos que las normas establezcano que estén contenidas en el Reglamento Interno del Fondo.

o) Aprobación de aportes que no sean en efectivo.

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a)Votos Necesarios:

Los acuerdos o decisiones de la Asamblea General de Participantesde los Fondos de Inversión Cerrados, se adoptarán al menos conel voto favorable de la mayoría absoluta de las Cuotas vigentesrepresentadas en la Asamblea. Cuando se trate de los asuntosque requieran Quórum Calificado, mencionados en el artículoprecedente, se requerirá que el acuerdo se adopte con el votofavorable de tres cuartas (3/4) partes de las Cuotas vigentesrepresentadas en la Asamblea General.

b) Derechos de Participación

Tendrán derecho a concurrencia y a participar de las AsambleasGenerales de Participantes, aquellas personas que se encuentreninscritas en el sistema de registro de anotaciones en cuenta acargo de la EDV, hasta los cinco (5) días previos a su celebración.

El participante no podrá ejercer el derecho de voto respecto delas Cuotas cuyo pago no haya cancelado en las condiciones que,cuando corresponda, se señalen en el Reglamento Interno delFondo. Dichas Cuotas, así como las de los participantes que nopuedan ejercer el derecho a voto, no serán computables paraformar el quórum para la instalación de la Asamblea General deParticipantes, ni para establecer la mayoría necesaria para laadopción de acuerdos o decisiones.

Podrán asistir a las Asambleas Generales de Participantes, conderecho a voz pero no a voto, los directores, gerentes y Oficial deCumplimiento de la Sociedad Administradora, así como los miembrosdel Comité de Inversiones, el Administrador del Fondo y elRepresentante Común de los Participantes. En todo caso, será facultadde la Asamblea General autorizar la presencia de las personas antesmencionadas, así como de otras que considere pertinente.

c) Libro de Actas

Las determinaciones de la Asamblea General de Participantes,serán documentadas a través de un libro de actas de las reunionesde la Asamblea General de Participantes del Fondo, dichas actascontendrán como mínimo lo siguiente:

a) Lugar, fecha y hora de realización de la Asamblea Generalde Participantes.

b) Nombres de quienes actúen como presidente y secretario de la Asamblea General de Participantes o de ser el casodel Representante Común de los Participantes.

c) Número de participantes y Cuotas de Participación querepresentan.

d) Resultados de las decisiones y acuerdos adoptados, cuandocorresponda.

e) Relación de observaciones o incidentes ocurridos.

f) Cualquier otra información que los Participantes presentesen la Asamblea General de Participantes considere oportunao necesaria.

Asimismo, se insertará o adjuntará la hoja de asistencia de los concurrentes a la Asamblea General de Participantes, así como las fechas y los medios en que se realizaron laspublicaciones del aviso a convocatoria.

Las actas para su validez legal deberán ser firmadas por quienescumplan funciones de Presidente, Secretario, RepresentanteComún de los Participantes y un miembro de los Participanteselegido por la misma Asamblea General de Participantes, pudiendohacerlo otros participantes que así lo deseen.

Art. 22. IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE LA ASAMBLEA

Pueden ser impugnados los acuerdos de la Asamblea General deParticipantes que sean contrarios a la Ley, se opongan a lasnormativas prudenciales de la Autoridad de Supervisión delSistema Financiero, al Reglamento Interno o lesionen, en beneficiodirecto o indirecto de uno o varios Participantes, los interesesdel Fondo. No procede la impugnación cuando el acuerdo hayasido revocado o sustituido por otro adoptado conforme a Ley, anormativas de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financieroo al Reglamento Interno.

La impugnación puede ser interpuesta por Participantes quehubiesen hecho constar en el acta su oposición al acuerdo de laAsamblea General de Participantes o por los Participantes ausenteso por los que hubiesen sido privados ilegítimamente de emitir suvoto o por la Sociedad Administradora en el caso que se leafectasen sus derechos. La impugnación será resuelta medianteun proceso de arbitraje descrito en el Reglamento Interno.

Art. 23. REPRESENTANTE COMÚN DE PARTICIPANTES

El Representante Común de los Participantes será elegido en laprimera Asamblea General de Participantes, la cual se celebraráen un plazo no mayor a 30 días a partir de la fecha de finalizaciónde la colocación primaria de las Cuotas de Participación del Fondoo 30 días a partir de la fecha en la cual el Fondo hubiera alcanzadoel monto mínimo necesario para el inicio de sus actividades. Endicha Asamblea General de Participantes se fijará además suretribución y la periodicidad de sus informes, los mismos quedeberán ser presentados cuando menos una vez por trimestre.

Al momento de la elección del Representante, se deberáconsiderar lo siguiente:

• El Representante Común de los Participantes podrá ser ono participante del Fondo, debiendo contar con un poder por escrito otorgado por escritura pública por la AsambleaGeneral de Participantes.

• No podrán ser Representantes Comunes de losParticipantes del Fondo, los accionistas, directores,gerentes y funcionarios de la Sociedad Administradora, de otras Sociedades Administradoras, de la entidad quepresta los servicios de custodia o de cualquier otrapersona vinculada a la Sociedad Administradora o a laentidad que presta los servicios de custodia, así comocualquier otra persona que actúe en representación deéstos, sus cónyuges y parientes hasta el segundo grado deconsanguinidad y primero de afinidad.

• La vigencia en las funciones del Representante Común delos Participantes será de 1 año calendario, sin embargo estepodrá ser reelegido anualmente durante la vida del fondo.

• La periodicidad de los informes del representante comúnno podrá ser menor de (1) vez por trimestre.

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Art. 24. DEBERES Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE COMÚNDE PARTICIPANTES

Los deberes y facultades del Representante Común de losParticipantes son los siguientes:

a) Vigilar que la Sociedad Administradora, cumpla con loestipulado en el Reglamento Interno del Fondo, de acuerdo a la información que al respecto le proporcione el Oficialde Cumplimiento de la Sociedad Administradora, así comorealizar una constante evaluación del desempeño del Fondo.

b) Verificar que la información proporcionada a los Participantessea veraz, suficiente y oportuna.

c) Verificar las acciones seguidas, respecto a las observaciones y recomendaciones de los auditores externos de laSociedad Administradora y del Fondo.

d) Convocar a la Asamblea General de Participantes para darcuenta de su gestión y cuando en ejercicio de sus funcioneslo considere necesario o a solicitud de los Participantessegún el Reglamento Interno del Fondo.

e) Otras funciones que sean establecidas en el Reglamento Interno del Fondo, así como Aquellas que le sean delegadaspor la Asamblea General de Participantes.

f) Participar con voz pero sin voto en las Asambleas Generalesde Participantes.

g) Revisar que el órgano o persona responsable de verificacióndel cumplimiento a las normas internas, cumpla con susfunciones.

h) Proponer las empresas de Auditoría Externa para suelección en Asamblea General de Participantes.

i) Participar con voz pero sin voto en el comité de inversionesdel Fondo.

Adicionalmente, el Representante Común de los Participantestendrá derecho a ser informado plena y documentadamente, encualquier momento, por la Sociedad Administradora, el Oficialde Cumplimiento de la Sociedad Administradora, el Comité deInversiones y la entidad que presta servicios de custodia, acercade aquellos asuntos que considere necesarios para cumplircabalmente con las funciones que le son propias.

Es de esta manera que la Sociedad Administradora preverá unaretribución monetaria al Representante Común de losParticipantes, conforme a lo que disponga la asamblea generalde participantes del fondo.

CAPITULO IV. ADMINISTRACIÓN DEL FONDO

Art. 25. ESTRUCTURA DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO

El Fondo tendrá su propio órgano de decisión (Asamblea Generalde Participantes), un Representante Común de Participantes(RCP) y será administrado por SAFI MSC, según los términos ycondiciones establecidos en el Reglamento Interno del Fondo.

La Sociedad Administradora tiene una estructura plana deorganización, con una responsabilidad colectiva por la

administración del Fondo, pero manteniendo responsabilidadesindividuales para temas específicos. Esta filosofía de trabajo estransmitida a todo el equipo para asegurar la motivación delpersonal y el cumplimiento de los objetos del Fondo, intentandoen todo momento alinear los intereses de todas las partesinvolucradas.

La gestión del Fondo estará dispersa en dos órganos principalesde decisión. El Comité de Inversiones, que de manera generalsupervisa la gestión del Fondo y aprueba límites de inversióndentro de lo establecido en el Reglamento Interno del Fondo yel Administrador, quien está encargado de la generación decartera y administración de los recursos del Fondo dentro de losmárgenes establecidos por el Comité de Inversiones, ReglamentoInterno del Fondo y demás normativa vigente.

Asimismo, la Sociedad Administradora cuenta con un Oficial deCumplimiento, quien tiene la responsabilidad de velar, revisar ycontrolar que las leyes, normas y regulaciones inherentes a laactividad del Fondo sean adecuadamente cumplidas.

La oficina central de la Sociedad Administradora está ubicada enla ciudad de La Paz, Bolivia. Sin embargo, el equipo deadministración podrá estar disperso en las principales ciudadesdel país y será ampliado incorporando nuevos profesionales deacuerdo a las necesidades y en la medida en que el número deinversiones vaya incrementándose paulatinamente a lo largo dela vida del Fondo.

La Sociedad Administradora asignará personal específico tantopara las actividades comerciales (investigación, contacto ynegociación con las instituciones), análisis de riesgo y “duediligence”, así como también para el soporte de back office(operaciones y sistemas).

GRAFICO 1.- ESTRUCTURA DEL PROCESO DE INVERSIÓN DELFONDO

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Art. 26. LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA

El Fondo está administrado por la Sociedad Administradora deFondos de Inversión Mercantil Santa Cruz S.A., la cual es unasociedad anónima legalmente constituida y organizada conformea las normas del Código de Comercio, Ley del Mercado de ValoresNº 1834 de 31 de marzo de 1998 y demás normativa legalprudencial emitida por la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero, con Matrícula Nº 00013692 extendida por el Registrode Comercio administrado por FUNDEMPRESA y NIT 1006967026.

La Sociedad Administradora se encuentra debidamente autorizadae inscrita en la Autoridad de Supervisión del Sistema Financierobajo el Nº SAF-SME-008/2000 en fecha 24 de Agosto de 2000, condomicilio principal en la Av. Camacho Nº 1448 Piso 2º (Edif. BancoMercantil Santa Cruz S.A.), zona central de la ciudad de La Paz.

SAFI MSC tiene por objeto la prestación de servicios deadministración de Fondos de Inversión constituidos por lacaptación de aportes de personas naturales o jurídicas para suinversión en Valores bursátiles de oferta pública, bienes y activospor cuenta y riesgo de los Participantes y toda otra actividadconexa e inherente al objeto principal de la sociedad,efectuando dichas operaciones con estricta sujeción a la Ley del Mercado de Valores y su Reglamento, siendo su plazo deduración 99 años computables a partir de la inscripción en elRegistro de Comercio administrado por FUNDEMPRESA,pudiendo ser prorrogado por acuerdo de la Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas.

a) Derechos de la Sociedad Administradora

• Percibir una comisión por los servicios de administraciónque presta al Fondo.

• Proponer modificaciones al porcentaje de comisiones ygastos establecidos en el Reglamento Interno de acuerdoa las condiciones de mercado. Dicha propuesta se la realizarácon la aprobación de la Asamblea General de Participantesy posterior comunicación a la Autoridad de Supervisión delSistema Financiero.

Comité de Inversión

Administrador

Oficial deCumplimiento Asesor Legal

Inversionesy RiesgosOperaciones Comercial

Calificadora de RiesgoAuditoría Externa

Asamblea de Participantes

Representación comúnde Participantes

ASFIBBV

InversiónPública 50%

Pago de cuponesy/o capital

Renta Fija deinstrumentos

negociados en la BBV

Empresas o institucionesgrandes, medianas y

pequeñas relacionadas conel Sector Industrial y

Agroindustrial en Bolivia

InversiónPrivada 50%

Asesor Técnico segúnSector Productivo

Bonos y PagaresPrivados

• Subcontratar los servicios de apoyo comercial, legal y desistemas que pueda requerirse para la adecuadaadministración del Fondo.

b) Obligaciones de la Sociedad Administradora

Las obligaciones de SAFI MSC son extensivas a todas aquellas queresulten de la naturaleza y objeto del Fondo, así como de lanormativa aplicable. De esta manera, la Sociedad Administradoraes responsable por la correcta y adecuada administración delFondo y por cualquier incumplimiento de la normativa vigentey del Reglamento Interno.

Asimismo, toda actividad que realice la Sociedad Administradorapor cuenta del Fondo debe realizarse bajo el criterio de un buenpadre de familia.

En este contexto, SAFI MSC tendrá a su cargo las labores deadministración, control e información de las actividades delFondo, así como la evaluación de potenciales inversionespara el Fondo dentro de los instrumentos permitidos por laPolítica de Inversiones, su proposición al Comité de Inversionesy, finalmente, la ejecución de las inversiones que dicho Comité autorice. Para estas labores, SAFI MSC deberá administrar lacartera del Fondo con la diligencia y responsabilidad quecorresponde a su carácter profesional, además de respetar ycumplir lo establecido en el Reglamento Interno del Fondo,el Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondos deInversión y de los Fondos de Inversión y demás normativas legalesaplicables.

Específicamente, las obligaciones de SAFI Mercantil Santa CruzS.A. son las siguientes:

i) Sobre las Actividades de Inversión

• Administrar la cartera del Fondo de Inversión con la diligenciay responsabilidad que corresponde a su carácter profesional,buscando una adecuada rentabilidad y seguridad, con arregloal principio de distribución de riesgos, preservando siempreel interés e integridad del patrimonio de los Fondos.

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• Asegurarse de que los Valores adquiridos en mercadosecundario, cuando corresponda, sean endosados yregistrados a nombre de SAFI MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.seguido de la denominación MSC Productivo Fondo deInversión Cerrado.

• Identificar analizar y presentar potenciales inversiones parala evaluación y aprobación del Comité de Inversiones.

• Negociar y concluir las inversiones.

• Efectuar las inversiones autorizadas, de acuerdo conlos términos aprobados por el Comité de Inversiones.

• Analizar, monitorear y supervisar la capacidad crediticia yel desempeño de las entidades donde invierte el Fondo enla periodicidad que determine el Comité de Inversiones paracada inversión realizada.

• Ejecutar las acciones necesarias para proteger los interesesdel Fondo, en caso de eventos de incumplimiento o quiebraen las entidades donde invierte el Fondo.

ii) Sobre la Información

• Generar la información y reportes que permitan mantenerinformado al Comité de Inversiones, a los participantes, ala Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero y a laBolsa Boliviana de Valores S.A., sobre la administración delFondo.

• Remitir a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financieroy a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. toda la informaciónque sea requerida por éstas, en los formatos y plazosdispuestos por la normativa vigente.

• Tener disponible toda la información relacionada al fondoque incluya la composición de la cartera del Fondo y todaotra información relacionada al mismo en oficinas de SAFIMSC a requerimiento del participante.

• Proveer información al Representante Común de losParticipantes y al Oficial de Cumplimiento.

• Llevar un registro electrónico y actualizado de losParticipantes del Fondo de Inversión que deberá contenercomo mínimo:

• Nombre o denominación social.• Domicilio.• Número de Cédula de Identidad.• Número de Identificación Tributaria (NIT) si corresponde.• Firmas autorizadas para ejercer los derechos económicos

u otros.

Los datos consignados en dicho registro, deberán estarpermanentemente actualizados y respaldados por lacorrespondiente documentación.

iii) Sobre las Tareas Administrativas Contables

• Llevar la contabilidad del Fondo, registrando sus operacionesen forma separada de las operaciones de la SociedadAdministradora, conforme a las normas contables emitidaspor la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

• Registrar los Valores y otras inversiones de propiedad delFondo de Inversión, así como las cuentas bancarias abiertascon recursos del mismo, a nombre de la SociedadAdministradora seguido del nombre del Fondo de Inversiónal que pertenezcan.

• Efectuar los desembolsos para realizar las inversiones.

• Cobrar y abonar en las cuentas bancarias del Fondo losvencimientos de capital, venta de Valores, intereses ycualquier otro rendimiento de los Valores e inversiones dela cartera del Fondo.

• Llevar los registros de participantes, cuentas e inversiones,de órdenes y los libros de Actas de la Asamblea General deParticipantes y del Comité de Inversiones.

• Encargarse del cumplimiento de las obligaciones tributarias,laborales, legales, administrativas y cualquier otrocompromiso del Fondo.

• Subcontratar los servicios de apoyo legal y de sistemas quepueda requerirse para la adecuada administración del Fondo.

• Contratar los asesores externos que pudiera requerir elFondo.

• Contratar a la institución que tendrá a su cargo la custodiade los Valores en que invierta el Fondo.

• Valorizar diariamente el activo neto del Fondo y establecerel valor de la cuota de Participación.

• Llevar un adecuado control de los límites de inversión y porparticipante.

• Exigir y coordinar las actividades de auditoría externa y lasauditorias especiales que sean dispuestas por la AsambleaGeneral de Participantes.

• Cobrar y registrar contablemente de acuerdo al principiodel devengado, en forma oportuna, los vencimientos decapital, dividendos, intereses y cualquier otro rendimientode los Valores e inversiones de la cartera del Fondo deInversión, cuando corresponda.

c) Limitaciones de responsabilidades

Se establecen las siguientes limitaciones a las responsabilidadesdel Administrador, quien debe actuar en estricto apego a laPolítica de Inversiones:

• No responsabilizarse sobre el comportamiento financierode los Valores o activos que componen la cartera del Fondoni de los emisores de los mismos, ni por la liquidez delmercado.

Art. 27. EL ADMINISTRADOR

La Sociedad Administradora, a través de su Directorio, nombraráa un Administrador del Fondo facultándole para ejecutar lasactividades de inversión en el marco del Reglamento Interno delFondo, de los estatutos y manuales de la Sociedad Administradoray del Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondosde Inversión y de los Fondos de Inversión.

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Las principales obligaciones del Administrador del Fondo sonejecutar la Política de Inversiones del Fondo y proponer al Comitéde Inversiones modificaciones a la misma.

Asimismo, la Sociedad Administradora nombrará a unAdministrador Suplente para el caso de ausencia del Administradordel Fondo, quién deberá estar igualmente inscrito en el Registrodel Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero.

Art. 28. EL COMITÉ DE INVERSIONES

SAFI MSC contará con un COMITÉ DE INVERSIÓN defuncionamiento permanente, compuesto por un mínimo de tres(3) y un máximo de cinco (5) integrantes designados por la JuntaGeneral de Accionistas de la Sociedad Administradora o por suDirectorio, si es que esa responsabilidad le hubiese sido delegadapor la misma. Los miembros del comité de inversiones serán losdirectores y ejecutivos de la Sociedad Administradora, así comocualquier otra persona invitada para tal efecto. El comité deinversiones deberá contar con dos miembros independientes.

El Administrador del Fondo deberá ser miembro del Comité deInversiones con carácter obligatorio. El Oficial de Cumplimientoasistirá a las sesiones que realice el Comité y sólo tendrá derechoa voz y no a voto.

El Comité de Inversiones y sus miembros se regirá en generalpor la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento Interno delFondo, el Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondosde Inversión y de los Fondos de Inversión, el Código de Ética deSAFI MSC, el Reglamento del Comité de Inversiones, disposicionesde la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero y cualquierotra disposición legal que existiera en el futuro sobre el particular.

Los miembros del comité deberán excusarse de participar en ladecisión de una inversión o de establecer límites de inversión ensituaciones en las que puedan existir conflictos de interés.

El Comité de Inversiones tiene por objeto y responsabilidades lassiguientes actividades:

• Supervisar las labores del Administrador del Fondo en loreferente a las actividades de inversión.

• Modificar y controlar las políticas de inversión del Fondo.

• Establecer los límites de inversión dentro de lo permitidopor la Política de Inversión y analizar los excesos en límitesde inversión, cuando éstos ocurran.

• Definir los tipos de riesgos a los que se encuentransujetos las inversiones del Fondo y los mecanismos parasu cuantificación, administración y control.

• Monitorear y evaluar las condiciones de mercado.

• Evaluar y aprobar las nuevas inversiones dentro de loestablecido en la Política de Inversiones, así como evaluarla evolución del portafolio de inversiones existentes.

• Proponer a la Asamblea General de Participantesmodificaciones al Reglamento Interno en lo referente ala Política de Inversiones y Política de Endeudamiento.

• Aprobar las normas internas de control sugeridas por laSociedad Administradora en función a las necesidades delproceso de inversión.

• Analizar las oportunidades de inversión de acuerdo con loslineamientos y Política de Inversiones del Fondo.

• Evaluar y efectuar seguimientos a los activos que integranel patrimonio del Fondo.

• Evaluar y aprobar la estrategia para el manejo de liquidezsugerida por la Administración del fondo.

• Evaluar y aprobar la estrategia de inversiones del Fondopropuesto por la administración del fondo.

• Proponer a la Asamblea General de Participantesmodificaciones para la distribución de las utilidades delFondo, en plazos y condiciones distintos a los señalados enel presente Reglamento.

• Proponer a Directorio modificaciones a los procedimientosde inversión.

Las funciones del Comité de Inversión son indelegables. Losmiembros del Comité son responsables solidariamente por lasresoluciones que adopten en el Comité y personalmente porlos actos de administración en que intervengan; se toma comoexcepción, en primer caso, el voto disidente fundamentado, cuyaconstancia se sienta en acta.

El Comité de Inversión se reunirá cuantas veces sea convocadopor el Administrador del Fondo o a petición de cualquiera de susmiembros, pero por lo menos una vez cada mes.

Las reuniones del Comité serán válidas con la concurrenciade por lo menos tres de sus miembros y sus decisiones seránaprobadas con la mayoría de los asistentes. El Comité deInversiones puede autorizar la votación telefónica, mediantefax u otros medios electrónicos escritos en los que en formafehaciente conste la opinión de alguno de los miembros que estéfuera de la ciudad.

Asimismo, cualquier observación efectuada por el Oficial deCumplimiento debidamente fundamentada constará en acta.

Todas las reuniones del Comité de Inversión serán convocadasy presididas por el Administrador del Fondo; instalada la reuniónse procederá a la comprobación de quórum y se procederá a lalectura del orden del día.

El Administrador del Fondo llevará un libro de actas en elque se sentarán todas las deliberaciones y resoluciones delComité del Fondo. Las actas deben ser suscritas por todoslos miembros asistentes a la reunión y se entenderán aprobadasdesde el momento de su firma. El libro de acta deberá estarfoliado y cada hoja será sellada previamente por la Autoridad deSupervisión del Sistema Financiero y deberá incluir o adjuntar ladocumentación de respaldo que corresponda.

Cualquier modificación a la composición del Comité de Inversionesdeberá ser comunicada a la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero.

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Si a criterio del Comité de Inversiones, la inversión a realizarseen Valores de Oferta Privada, requiere de un profesional con elconocimiento, experiencia e idoneidad necesaria en determinadosector productivo, en el cual se está considerando invertir, elComité, podrá designar un Asesor Técnico (sea esta una entidado persona natural) con los requisitos necesarios en el sectorproductivo al cual este enfocado el Fondo.

Para el caso de Análisis de Inversiones en Valores de OfertaPrivada, las opiniones y recomendaciones del Asesor Especializadodeberán estar documentadas en un informe interno dirigido alComité de Inversiones.

El Asesor Técnico no deberá estar vinculado a la SociedadAdministradora, adicionalmente deberá presentar su evaluacióncon criterios cuantitativos y cualitativos de acuerdo a lametodología descrita en el manual del Asesor Técnico.

El detalle de estas funciones estará descrito en el manual defunciones elaborado para este puesto.

Será el Comité de Inversiones el encargado de informar sobre lasresponsabilidades y obligaciones al Asesor Técnico, en base almanual del Asesor Técnico para el Fondo MSC Productivo FIC.

Art. 29. EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

La Sociedad Administradora contará adicionalmente con unOficial de Cumplimiento designado por el Directorio de éstaque tendrá como funciones principales:

• Revisar y controlar que las leyes, normas y regulaciones inherentes a la actividad de la Sociedad Administradorasean aplicadas correctamente dentro de la misma.

• Velar que las normas y disposiciones de carácter internoestablecidas por la Sociedad Administradora seanadecuadamente aplicadas y cumplidas.

• Comunicar oportunamente al Directorio de la SociedadAdministradora las modificaciones que existan en las leyes,reglamentos y demás regulaciones normativas inherentesa la actividad de la Sociedad Administradora.

• Proponer al Directorio normas y políticas de control interno.

• Informar oportunamente al Directorio sobre cualquierincumplimiento a las leyes, normas y regulacionesvigentes, así como a disposiciones de carácter interno,inherentes a la actividad de la Sociedad Administradora.

• Verificar si las quejas y demandas que pudiesen presentar los Participantes del Fondo ante la SociedadAdministradora provienen de inobservancias o infraccionesa la normativa vigente y evaluar si las soluciones propuestas o adoptadas son las adecuadas, debiendo informar al Directorio su opinión.

• Revisar que la valoración de la cartera del Fondo cumplacon la normativa establecida al respecto.

• Enviar semestralmente a la Autoridad de Supervisión delSistema Financiero, un informe sobre sus actividades.

• Proporcionar información que solicite el RepresentanteComún de los Participantes, sobre el cumplimiento de lanormativa vigente por parte de la Sociedad Administradora.

• Diseñar, implementar, monitorear y supervisar la aplicacióndel Programa de Cumplimiento.

En forma complementaria, el Oficial de Cumplimiento diseñaráe implementará programas de cumplimiento de acuerdo a losartículos 1º (Definición), 2º (Revisión y aprobación), 3º(Información al Oficial de Cumplimiento) y 4º (Contenido delPrograma de Cumplimiento) del Libro 5°, Título I, Capítulo III,Sección 1 del Reglamento para Sociedades Administradoras deFondos de Inversión y de los Fondos de Inversión. El Directoriode la Sociedad Administradora será responsable de la revisión yde la aprobación del Programa de Cumplimiento presentado porel Oficial de Cumplimiento.

El Directorio de la Sociedad Administradora será responsable dela revisión y de la aprobación del Programa de Cumplimientopresentado por el Oficial de Cumplimiento.

CAPITULO V. POLÍTICA DE INVERSIÓN

Política de Inversiones.- La Política de Inversiones del Fondo deInversión se guiará por la Filosofía de Inversión del Fondo que sebasa en obtener resultados consistentes y predecibles en el largoplazo. Su objetivo principal es preservar el capital invertido yobtener una adecuada rentabilidad y diversificación de riesgo.

La cartera del Fondo estará conformada por Valores de OfertaPública, así como Valores de Oferta Privada, emitidos porsociedades comerciales pertenecientes al sector productivo dela economía nacional.

Los activos del Fondo podrán estar denominados en Bolivianos,Unidades de Fomento a la Vivienda y Bolivianos conMantenimiento de Valor.

Art. 30. OBJETIVO DE INVERSIÓN

El Objetivo de Inversión es conservar el capital y generar ingresospara sus participantes, sean estas personas naturales o jurídicas,nacionales o extranjeras, de derecho público o privado, conarreglo y sujeción al principio de distribución de riesgos.

Art. 31. ENFOQUE DE INVERSIÓN

SAFI MSC utilizará un enfoque fundamental para evaluar lasinversiones, el cual exige examinar las variables del entorno, paraluego considerar las implicaciones que este entorno pueda tenersobre la cartera de inversiones en general.

Adicionalmente, el proceso de selección de inversiones seconsiderará, entre otros, los s iguientes cr iterios:

• Evaluación realizada según el proceso de inversión utilizadopor SAFI MSC (descrito en el artículo 41 del presentereglamento) para la evaluación de potenciales inversionesdel Fondo.

• Calificación de riesgo, otorgada por empresas debidamenteinscritas y autorizadas por la Autoridad de Supervisión delSistema Financiero.

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Valores de Oferta Pública: Valores deOferta Privada:

• Bonos

• Pagarés

• Depósitos a PlazoFijo de InstitucionesFinancieras

• Bonos a Largo Plazo

• Bonos Bancarios

• Bonos - Letras delTGN y del BCB

• Pagarés Bursátiles

• Valores deTitularización

ELABORACIÓN PROPIA

En caso que se incumpla con el pago de una suma determinadade dinero en cualquier fecha de vencimiento de los Valores deOferta Privada de Renta Fija objeto de inversión del Fondo, darálugar a la aceleración de los plazos de vencimiento del capital yde los intereses pendientes de pago de aquellos Valores de OfertaPrivada de Renta Fija emitidos a favor del Fondo por el mismoemisor, en cuyo caso, el capital y los intereses pendientes depago vencerán inmediatamente y serán exigibles, sin necesidadde citación o requerimiento, salvo que dicha citación orequerimiento fuese exigida por alguna ley aplicable, dichaaceleración procederá cuando corresponda. La aceleración deplazos procederá de acuerdo a la normativa vigente para cadatipo de valor emitido.

Quedando en consecuencia facultado el Fondo para declarar deplazo vencido la totalidad de las obligaciones pendientes de pagoy, con ello, proceder al cobro de las sumas adeudadas totales,las cuales se consideraran, como líquidas, exigibles, con lasuficiente fuerza ejecutiva y pagaderas de inmediato.

El Fondo también informará este suceso como Hecho Relevanteen la Bolsa Boliviana de Valores.

Este aspecto deberá ser reflejado expresamente en cada uno delos Valores de Oferta Privada objeto de inversión como condiciónprevia para su adquisición por parte del Fondo.

Adicionalmente incluimos los tipos de sociedad en los que invertiráel Fondo y los valores de Oferta Privada que cada sociedad puedeemitir:

• Calificación de Riesgo Privada, para inversiones en Valoresde Oferta Privada, la cual será otorgada por una empresaCalificadora de Riesgos autorizada.

Sobre la base de toda esta evaluación, el Comité de Inversionesautorizará las inversiones en cada activo dentro de los límitesmáximos establecidos en el Artículo 36 Criterios de Administración.

Art. 32. LINEAMIENTOS DE INVERSIÓN

De manera general el Fondo invertirá sus recursos de acuerdo alos l ineamientos que se describen a continuación.

a)Activos Permitidos

TABLA 2.- ACTIVOS PERMITIDOS

b)Calificación de Riesgo

La inversión en Valores de oferta pública local estará restringidaValores cuya calificación de riesgo sea igual o superior a A3 paralargo plazo y N-2 para corto plazo.

La inversión en deuda privada, que no esté inscrita en el Registrode Mercado de Valores ni se negocie en la Bolsa Boliviana deValores S.A., se podrá realizar en empresas o instituciones en lascuales la Sociedad Administradora realizará su análisis internoobteniendo información relevante, para que posteriormente laCalificadora de Riesgo realice su análisis y otorgue una calificaciónde riesgo privada.

c) Moneda

El Fondo priorizará inversiones en Bolivianos, pudiendoeventualmente realizar también inversiones en otras monedasde acuerdo a los límites establecidos en la Política de Inversiones.

d)Solicitud de Garantías

El Comité de Inversiones del Fondo está facultado para solicitargarantías o colaterales adicionales para las inversiones que realiceel Fondo, esto con el objetivo de contar con un mecanismo decobertura adicional según cada tipo de inversión realizado.

Se deberá contar mínimamente con una de las garantías detalladasen la matriz, por un monto similar al monto financiado, a fin demantener una adecuada relación con el riesgo asumido para cadaempresa.

Se incluye la Matriz de Garantías, la cual sirve de guía para darseguimiento a las obligaciones asumidas por el emisor de Valoresde Oferta Privada, las acciones a seguir en caso de incumplimientopor parte de la Sociedad y las garantías que puede seleccionar elcomité de inversiones del Fondo.

TABLA 4.- MATRIZ DE GARANTIAS

SOCIEDADANÓNIMA (S.A.)

• Bonos• Pagarés

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDADLIMITADA (S.R.L.)

• Pagarés

ELABORACIÓN PROPIA

TABLA 3.- TIPOS DE SOCIEDAD

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En caso de existir sobrantes al vencimiento del Valor, éstos seránacreditados a favor del Fondo como parte de pago del principalo intereses de la inversión.

Los fondos de liquidez serán administrados en cuentas corrienteso cajas de ahorro de bancos nacionales con calificación de riesgomínima de AA2, las mismas que serán administradas conformea lo establecido en los contratos respectivos y de forma separadade los recursos de la Sociedad Administradora.

2. Pólizas de Seguro

Definido como pólizas de seguro contra riesgos climáticos, todoriesgo de daños a la propiedad y otros siniestros, que protejana los activos de las EMS. La Sociedad Administradora revisará quelas pólizas contratadas hayan sido emitidas por empresaslegalmente autorizadas e inscritas en la Autoridad de Pensionesy Seguros.

3. Garantías Específicas

Utilizadas como garantía para el cumplimiento de ciertoscompromisos o para evitar negligencia de cualquier parteinvolucrada en la empresa, llámese prenda de producto, hipotecasde bienes inmuebles, pólizas de caución, seguros de fidelidad uotras.

4. Cesión de Flujos

Definidas como cuentas bancarias creadas para recaudar ingresospor venta del producto y separadas del manejo operativo ordinariode la empresa. Por lo general, son alimentadas directamente porlos compradores del producto. Asimismo, podrán alimentarse delos recursos provenientes de las restricciones para la distribuciónde dividendos u otras utilidades en general, según se establezcaen las condiciones pactadas con la Sociedad Administradora.

La cesión de flujos en las cuentas recaudadoras seránadministradas en cuentas corrientes o cajas de bancos nacionalescon calificación de riesgo mínima de AA2, las mismas que seránadministradas conforme a lo establecido en los contratosrespectivos y de forma separada de los recursos de la SociedadAdministradora.

Art. 33. REQUISITOS NECESARIOS PARA VALORES DE OFERTAPRIVADA

Para que un Valor de Oferta Privada sea aceptado para la inversiónde recursos del Fondo, se debe proporcionar al comité deinversiones del Fondo al menos las siguientes declaraciones:

a) Que la Empresa Emisora a partir de ahora denominadacomo EMS se encuentre constituida de acuerdo con lasleyes del Estado Plurinacional de Bolivia y cuente con todaslas autorizaciones necesarias para llevar a cabo legalmentelas actividades que realiza en concordancia con el objetosocial por el cuál ha sido constituida.

b) Todas las autorizaciones y/o resoluciones necesarias pararealizar una Oferta Privada de Valores al Fondo y cualquierotro documento que deba suscribir o emitir con relación atal Oferta Privada de Valores, han sido debidamenteautorizadas y aprobadas por la Junta General Extraordinariade Accionistas, o la Asamblea Extraordinaria, o el Directorio,según corresponda por constituir el máximo órgano de

Aquellas inversiones que enfrenten eventos de incumplimientoque no hayan podido ser subsanados podrán derivar en unaejecución legal. Dependiendo del tipo de inversión, el reclamolegal podrá efectuarse por la vía ejecutiva (para aquellos activoscon garantía quirografaria) o mediante la vía coactiva (paraaquellos activos con garantías prendarías o hipotecarias). En todocaso, la Sociedad Administradora podrá reclamar el pago de lainversión del Fondo utilizando cualquier procedimiento legal asu alcance. El Comité de Inversiones, luego de una evaluación dela operación, determinará si procede el inicio de las accioneslegales en defensa de los intereses del Fondo.

1. Fondos de Liquidez

Definidos como cuentas bancarias donde se depositen recursosanticipados para el pago de obligaciones de la emisión del Valorde oferta privada. Estas cuentas se fondearán con recursos de lamisma emisión o deberán irse reponiendo con el flujo operativode la empresa.

MATRIZ DE GARANTÍASCOMPROMISO ASUMIDO

POR CADA ENTIDADOBJETO DE INVERSIÓN

SEGUIMIENTO ACCIONES EN CASO DEINCUMPLIMIENTO

Pago puntual de intereses y capitalsegún lo convenido en el Valor de

Oferta Privada

Control Diario de pagode intereses y capital

* Aplicación del FACTOR DEPREVISIÓN descrito en el incisoa) del Articulo 43 delReglamento Interno del Fondo

* Aceleración de los plazos devencimiento del capital y delos intereses pendientes depago, según lo descrito en elinciso a) del Articulo 32 delReglamento Interno del Fondo

Con la información proporcionadapor el comité de inversiones delFondo y el informe del Asesor

Técnico, la SociedadAdministradora determinará

valores según el tipo de empresae industria para los siguientes

Ratios Financieros, para que deesta manera funcionen como

garantias de la empresa Emisorade Valores de oferta Privada hacia

el Fondo de Inversión.

Los Ratios a tomar en cuenta sonlos siguientes:

RATIO 1: DEUDA SOBREPATRIMONIO

RATIO 2: DEUDA SOBRE EBITDA

RATIO 3: RATIO DE COBERTURADE INTERESES

RATIO 4: PRUEBA ÁCIDA

Seguimiento Periódicode todas las obligacionesasumidas por el emisoren cuanto a los 3 Ratios

Financierosseleccionados por la

sociedad

* La Sociedad Administradoraotorgará un plazo de 30 diasCalendario a la empresaemisora para que se adecuea los Ratios comprometidosen su contrato de emisión.

* Posterior a este plazo laSociedad Administradorarealizará la aceleración de losplazos de vencimiento delcapital y de los interesespendientes de pago, segúnlo descrito en el inciso a) delArticulo 32 del ReglamentoInterno del Fondo

ELABORACIÓN PROPIA

RATIO 1: Total Pasivo dividido entre el Total PatrimonioRATIO 2: Total Pasivo dividido entre el EBITDA (Beneficio antes de intereses, impuestos, depreciaciones

y amortizaciones)RATIO 3: Utilidad Operacional dividida entre interesesRATIO 4: Activo Circulante dividido entre Pasivo Circulante

GARANTÍAS QUE PODRÁ SOLICITAR EL COMITÉ DE INVERSIONES A LAS EMS

* FONDOS DE LIQUIDEZ* POLIZAS DE SEGURO

* GARANTÍAS ESPECÍFICAS* CESIÓN DE FLUJOS

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tecnológica o de sus Valores emitidos. Este hecho relevantedeberá ser comunicado a la sociedad en un plazo no mayora 24 horas de ocurrido el hecho.

La información que se envié a la Sociedad Administradora, deberáser suscrita por el Representante Legal de la EMS y el contenidode la comunicación deberá ser el siguiente:

• Identificación de la Empresa Emisora.

• Incluir una clara descripción del Hecho Relevante, indicandoel efecto o influencia respectiva.

De manera enunciativa y sin que esto constituya una listaexcluyente, se consideran Hechos Relevantes los siguientes:

• Aspectos Relativos a la Empresa:

- Transformación, Fusión o Disolución.- Modificaciones o Variaciones en el Objeto Social.- Aumento o Disminución del Capital Social .- Modificación de Estatutos.- Cambios en la propiedad de la Entidad, que permitan a

un accionista o similar poseer más del 10% de la Empresa.- Convocatorias a juntas de accionistas y decisionesadoptadas.

• Aspectos Gerenciales o administrativos:

- Cambios de directores, principales ejecutivos, síndicos yliquidadores.

- Designación, destitución o cambio de los RepresentantesLegales o apoderados.

- Traslado del Domicilio principal y/o iniciación de nuevasactividades.

- Apertura o cierre de sucursales u otras similares.- Constitución de fil iales, subsidiarias u otros.- Otorgamiento, suspensión o cancelación de concesiones,

permisos, autorizaciones así como sanciones en tantoestas incidan o afecten significativamente en la actividadempresarial.

- Celebración de contratos, convenios de cooperación oconvenios referidos a servicios de asistencia técnica,transferencia de tecnología y/o explotación de patentes,marcas y rótulos comerciales, así como su modificacióno conclusión, en tanto repercutan significativamente enla actividad de la entidad.

- Paralización de labores, cualquiera sea su causa, reducciónde turnos y horas laborales y reducción de personal, entanto afecten significativamente a la capacidad deproducción de la entidad.

- Suscripción de transacciones o convenios judiciales yextrajudiciales que se celebren con acreedores o deudorescuya acreencia o deuda individual o en conjunto sea pormontos significativos.

- El hecho de haber cesado en el pago de una o más de susobligaciones, de haber solicitado su propia quiebra o deque un acreedor la haya solicitado, o cuando hubieresolicitado al juez competente la apertura delprocedimiento de concurso preventivo o cuando hubiereentrado en un proceso de reestructuración.

• Aspectos Financieros:

- Aprobación de estados financieros y memorias.

decisión, y que dichas autorizaciones y/o resoluciones seencuentran vigentes.

c) Toda información financiera y/u operativa que haya sidoremitida o vaya a ser remitida a la Sociedad Administradora,como consecuencia de la Oferta Privada de Valores, esfidedigna, verdadera y completa, y representa la verdaderasituación patrimonial y f inanciera de la EMS.

d) Al vencimiento del plazo fijado para cada Valor de RentaFija, la obligación de la EMS de pagar el monto adeudadose hará líquida y exigible.

e) La obligación de la EMS de pagar los Valores de Renta Fijaes autónoma e incondicional, por tanto, su cumplimientono depende ni está sujeto a que los deudores/clientes dela EMS paguen sus obligaciones a favor de este.

f) En caso de incumplimiento al pago debido en la fechaprevista en cada Valor de Oferta Privada de Renta Fijaadquirido por el Fondo, la EMS pagará al Fondo, desde lafecha en que debía realizarse el pago y hasta la fecha enque el monto adeudado sea pagado, un interés sobre elsaldo de plazo vencido cuyo porcentaje será previamentefijado por el Fondo.

Art. 34. OBLIGACIONES PARA EMPRESAS EMISORAS DE VALORESDE OFERTA PRIVADA

Para que los Valores de Oferta Privada sean elegibles para lainversión de recursos del Fondo, el emisor de Valores de OfertaPrivada está obligado a cumplir al menos los siguientescompromisos, actuando de buena fe, durante todo el periodo enque el Fondo mantenga inversiones en tales Valores:

a) Aplicar los recursos que obtenga del Fondo exclusivamenteal destino específico establecido en las condiciones de laemisión de los Valores.

b) Poseer idoneidad empresarial, definida como la ausenciade sentencias judiciales por delitos de orden económico openal para sus accionistas mayoritarios, directores y/oejecutivos.

c) Mantener archivos, registros contables y procedimientosadecuados para el normal desarrollo de sus operaciones.

d) Mantener y renovar con la debida oportunidad, la vigenciaplena de todas las autorizaciones y registros requeridos porlas autoridades gubernamentales, cumplir y observar todaslas normas legales y reglamentarias que rigen sus actuacionesen todos sus aspectos.

e) Informar a la Sociedad Administradora con la debidaoportunidad veracidad y suficiencia, cualquier situaciónrelevante que pudiese afectar en forma adversa su capacidadpara cumplir adecuadamente todas las obligacionesasumidas en el Compromiso de Emisión de Valores de OfertaPrivada (contrato entre la EMS y la SAFI) y que se encuentrandetalladas en el presente Reglamento Interno.

f) La EMS deberá divulgar en forma veraz, completa suficientey oportuna todo Hecho Relevante respecto de si misma quepudiera afectar significativamente, positiva o negativamentesu posición jurídica, Económica o su posición Financiera,

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m) En caso de redimir los Valores de Oferta Privada, pagar elcapital y los intereses, así como cualquier comisión, gastos,cargos u otro concepto, en la fecha en que tales montossean exigibles y pagaderos.

n) Cumplir con todos y cada uno de los compromisos,restricciones y obligaciones así como con los compromisosfinancieros establecidos en los documentos de emisión.

o) Reconocer que existen causales y condiciones de aceleraciónde plazos correspondientes a los intereses pendientes depago y al capital de los Valores de Renta Fija de Oferta Privada.

p) Cumplirá con todas las leyes, normas, reglamentos yresoluciones aplicables a la EMS dictadas por cualquierorganismo regulador o supervisor que tenga control oinjerencia sobre las actividades de la EMS.

q) Abstenerse de emplear a personal infantil entre sustrabajadores.

r) Cumplir con el pago de aportes patronales y laborales a lasAdministradoras de Fondos de Pensiones conforme a ley yno tener deudas con estas instituciones.

s) Comprometerse a mantener una calificación de riesgo, conuna calificadora autorizada, por el plazo de los valoresemitidos para el Fondo Productivo.

Art. 35. RESTRICCIONES PARA EMPRESAS EMISORAS DE VALORESDE OFERTA PRIVADA

Para que los Valores de Oferta Privada sean elegibles para lainversión de recursos del Fondo, la EMS estará restringida olimitada al menos a los siguientes compromisos, los cualeshonrará como buen hombre de negocios y actuando de buenafe, durante todo el periodo en que el Fondo mantengainversiones en tales Valores:

a) No reducirá su capital sino en proporción al reembolso quehaga de los Valores de Oferta Privada en circulación.Asimismo, no se fusionará, transformará ni cambiará suobjeto social, su domicilio o su denominación sin el previoconsentimiento de la Asamblea General de Participantesdel Fondo MSC Productivo Fondo de Inversión Cerrado.

b) En caso de una fusión de la EMS, los Valores de OfertaPrivada en circulación pasarán a formar parte del pasivo dela nueva empresa fusionada, la que asumirá el cumplimientode todos los compromisos asumidos por la EMS conformea los documentos de la emisión y los que voluntariamenteasuma en acuerdos con la Asamblea General de Participantesdel Fondo MSC Productivo Fondo de Inversión Cerrado.

c) Los balances especiales de una eventual fusión de la EMScon otra sociedad serán puestos a disposición de losTenedores de Cuotas de Participación del Fondo MSCProductivo Fondo de Inversión Cerrado en una AsambleaGeneral de Participantes.

d) En caso que la EMS realizará futuras Emisiones de Valoresde Oferta Privada o Valores de Oferta Pública, éstos notendrán mejores garantías respecto a los Valores de OfertaPrivada en circulación, salvo que lo autorice previamentela Asamblea General de Participantes del Fondo MSC

- Aplicación o distribución de utilidades.- Emisión de acciones, bonos o cualquier valor por montossignificativos1.

- Inversiones significativas en activos no corrientes.- Disminución importante del valor de los activos o venta

de los mismos.- Amortización o rescate anticipado de valores

representativos de deuda.- Endeudamiento por montos significativos , cualquiera

sea su origen.- Otorgamiento de préstamos o garantías a favor de

terceros, por montos significativos1.- Cambio en el valor nominal de las acciones.- Contingencias que pueden afectar significativamente, en

forma positiva o negativa, los activos o patrimonio de laentidad, tales como procesos judiciales, demandas y denunciasadministrativas, reclamos por actividades monopólicas,conflictos laborales y aspectos de carácter tributario.

Adicionalmente, las EMS podrán formular consultas a la SociedadAdministradora respecto a si una determinada información calificao no como Hecho Relevante. La EMS deberá comunicar a la SociedadAdministradora toda información que constituya un hecho relevantea más tardar hasta el tercer día siguiente de conocido el mismo.

La Sociedad Administradora podrá solicitar la documentaciónrespaldatoria del Hecho Relevante, s i la hubiera.

g) Mantener y preservar en buenas condiciones y en buenestado de funcionamiento todos los bienes necesarios oútiles para conducir adecuadamente sus negocios.

h) Permitir que funcionarios y demás asesores que la SociedadAdministradora designe al efecto, tengan acceso y puedanrevisar libros, registros y demás documentos que pudiesentener relación con las obligaciones asumidas por la emisiónde Valores en los que el Fondo mantenga inversiones, asícomo a los Auditores Externos designados por la Sociedad.

i) Suministrar a la Sociedad Administradora trimestralmente(Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre) los estadosfinancieros no auditados; adicionalmente dentro los cientoveinte (120) días calendario siguientes al cierre de cadaejercicio anual, un ejemplar de los estados financierosauditados por Auditoría Externa, y los demás informesampliatorios que la Sociedad Administradora considereconvenientes. Una vez que se haga efectiva la compra deValores de Oferta Privada a la EMS por parte del Fondo, laEMS se comprometerá a que los estados financieros enviadosal cierre de cada ejercicio anual, sean auditados por unaempresa de Auditoría Externa inscrita en el RMV.

j) Defender cualquier acción legal, demanda u otros procesosque pudieran ser instituidos por cualquier persona antecualquier corte o tribunal competente que pudieran afectarsu normal operación.

k) Pagar puntualmente, a su vencimiento, cada uno de losValores que formen parte de la Emisión de Oferta Privadade Valores, así como cualquier comisión, gastos, cargos uotro concepto, en la fecha en que tales montos sean exigiblesy pagaderos.

l) Constituir las garantías que sean solicitadas en su momentopor la Sociedad Administradora.

1 La Sociedad Administradora considera como monto significativo cualquier evento que involucre al 10% o más delPatrimonio de la EMS.

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Inicio de Operaciones.- 0 a 720 días a partir del inicio de actividades del Fondo.Actividad del Fondo.- 721 a 3960 días a partir del inicio de actividades del Fondo.Liquidación del Fondo.- 3961 a la finalización de vida del Fondo.

Inicio deoperaciones

0% 0%

Valores de ofertapública local (1)INSTRUMENTOS

10% 0%Límite mínimo

como % deactivos delFondo

Valores de ofertapública local (2)

Valores de ofertaprivada local Liquidez

Límite máximocomo % deactivos delFondo

Actividaddel Fondo

(*)

Liquidacióndel Fondo

Límite mínimocomo % deactivos delFondo

Límite máximocomo % deactivos delFondo

Límite mínimocomo % deactivos delFondo

Límite máximocomo % deactivos delFondo

90% 50%100% 100%

0% 30%30% 0%

40% 50%70% 10%

0% 0%10% 0%

90% 50%70% 100%

ELABORACIÓN PROPIA

* El Administrador del Fondo tendrá un período de 720 días calendario a partir del inicio de las actividadesdel Fondo, para invertir en Valores de Oferta Privada y alcanzar el límite mínimo de inversión establecidoen el presente Artículo, adicionalmente desde ese momento no reducirá su porcentaje mínimo de inversiónen Valores de Oferta Privada, hasta un año antes del Vencimiento del Fondo.

El Fondo llegará a su límite máximo permitido para invertir enValores de Oferta Privada, pasados los 1080 días posteriores alinicio de actividades del Fondo, siempre y cuando las condicionesde mercado así lo permitan.

Dentro el 50% de cartera que tiene permitido el Fondo parainvertir en Valores de Oferta Privada, el Fondo podrá invertir laTotalidad en Valores destinados al financiamiento para capitalde Operaciones y como máximo el 80% de lo permitido parainvertir en Valores de Oferta Privada podrá ser destinado a Valorescon el objeto de financiar capital de Inversiones.

El plazo máximo para financiar Capital de Operaciones será de540 días y para Capital de Inversiones será de 3600 días.

Los Valores de oferta pública local (1).- Se refieren a que el fondoinvertirá como mínimo el 30% de su Cartera Total en Valoresemitidos por el Banco Central de Bolivia, el Tesoro General de laNación o en Valores de Renta fija con Calificación de Riesgo “AAA”y calificaciones de riesgo “N-1” a corto plazo.

Los Valores de oferta pública local (2).- Se refieren a que el fondoinvertirá como máximo el 40% de su Cartera Total en Valores deRenta fija con Calificación de Riesgo mínima de “A3” y calificacionesde riesgo “N-2” a corto plazo.

El Fondo de inversión realizará todas las gestiones y actividadesnecesarias para alcanzar el mínimo requerido en el reglamentointerno para la inversión en Valores de Oferta Privada en el plazo

Productivo Fondo de Inversión Cerrado. Si la EMS otorgaramayores garantías a futuras Emisiones, ésta deberá proveergarantías adicionales similares a los Valores de Oferta Privadavigentes, hasta mantener las mismas en igualdad decondiciones de modo proporcional, considerando los montostotales de emisión y el valor de las garantías otorgadas.

e) En ningún caso la EMS podrá adquirir deuda adicional paraactividades diferentes a las de su objeto social. No obstantelo anterior, esta limitación podrá ser levantada o atenuadaprevio análisis del comité de inversiones del Fondo y puestaen conocimiento de los Participantes del Fondo, en el casode que la EMS explique detalladamente en que actividadutilizará los recursos adquiridos.

f) No emprender ninguna acción comercial o de otra índole,distinta a su actividad principal y adicionalmente siempreadquirir activos para el giro exclusivo del negocio.

g) No otorgará garantías personales a favor de sus accionistaso de empresas vinculadas u otros terceros.

h) No celebrará ningún convenio en virtud del cual acuerde ose obligue a compartir con terceros sus ingresos futuros outilidades que puedan afectar en cualquier forma lacapacidad de la EMS de honrar sus obligaciones que haasumido ante el Fondo.

i) No transferir a patrimonios autónomos, sociedades detitularización o cualquier otra entidad facultada para llevara cabo procesos de titularización en Bolivia o en el exterior,activos o ingresos, presentes o futuros, cualquiera sea sunaturaleza.

j) No someterse a un proceso de liquidación voluntaria nisolicitar ningún concurso de acreedores, mientras esténvigentes los Valores de Oferta Privada, salvo que a solicitudde la EMS, este proceso sea evaluado y aprobado por elcomité de inversiones del Fondo.

k) No podrá realizar cancelaciones anticipadas de préstamosu otras operaciones financieras realizadas con algunaempresa relacionada al Grupo Mercantil Santa Cruz

l) La EMS no podrá tener emitidos valores de Oferta Privada en otros Fondos de Inversión cerrados administrados porla SAFI MSC, siempre y cuando estos tengan el mismo destinopara el financiamiento.

Art. 36. CRITERIOS DE ADMINISTRACIÓN

a) Liquidez

El Fondo contará con una apropiada liquidez acorde a sus objetivosde inversión que no sobrepase el 10% del valor de su cartera,salvo en que el fondo se encuentre en proceso de liquidación oal inicio de sus actividades.

Entendiéndose como liquidez al efectivo en caja, saldos en cajasde ahorro, cuentas corrientes, depósitos a la vista de disponibilidadinmediata u otros depósitos de plazo o duración nominal nomayor a un (1) día.

El Fondo podrá mantener su liquidez en cuentas corrientes ocajas de ahorro, en entidades financieras que cuenten con una

calificación de riesgo como emisor igual o superior a AA3.

b) Límite por tipo de activos

Con el objetivo de controlar el riesgo financiero del Fondo,la cartera de éste tendrá los siguientes límites:

TABLA 5.- TIPO DE ACTIVOS

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50

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previsto, sin embargo en caso de no alcanzar el límite mínimo deinversión en Valores de Oferta Privada, la Sociedad Administradoraconvocará a una Asamblea General de Participantes en un lapsono mayor a 30 días calendario a partir del incumplimiento dedicho límite, con el objetivo de proponer y definir losprocedimientos a seguir para dar cumplimiento al presenteartículo.

El Fondo podrá invertir en Valores de Oferta Privada de EmpresasProductivas Pequeñas hasta un máximo del 40% de la Carteradel Fondo y en Empresas Productivas Medianas o Grandes hastael 50% de la Cartera del Fondo, el tamaño de las empresas serádeterminado por los límites y parámetros establecidos en elReglamento Interno de Registro de Operaciones de la BolsaBoliviana de Valores S.A., para empresas Productivas descrito enel Glosario de Términos del presente Reglamento.

c) Límites por Emisor

El Fondo podrá invertir hasta el 10% de sus activos en una solaempresa o institución financiera en Valores de Oferta Privada.

El Fondo podrá invertir hasta el 20% de sus activos en una solaempresa o institución financiera en Valores de Oferta Pública.

En el caso de inversiones en Valores de Oferta Privada en entidadesvinculadas a la sociedad administradora, el límite de inversiónserá el 0% de sus activos y para el caso de inversiones en Valoresde Oferta Pública en entidades vinculadas a la sociedadadministradora, el límite de inversión será el 15% de sus activos.

El Fondo podrá invertir en Valores de Oferta Privada de emisoresregistrados en el Registro del Mercado de Valores de la ASFI sólopara financiar capital de operaciones hasta un máximo de 540días.

d) Límites por Niveles de Riesgo

El Fondo podrá realizar inversiones en Empresas Productivas dela Economía Nacional cuyas características las hacen elegiblespara efectos de desarrollar el objetivo del Fondo, pero que debidoa distintas razones no tienen calificación de riesgo pública, sinembargo tendrán una calificación de riesgo privada.

Para realizar estas inversiones, la Sociedad Administradorarealizará un análisis interno, para lo cual obtendrá informaciónrelevante y suficiente que permita evaluar a la EMS.Posteriormente solicitará la evaluación que haya realizado lacalificadora de riesgo.

Antes de realizar las inversiones en estas EMS seleccionadas, laSociedad Administradora consultará con la calificadora de riesgopara que estas inversiones no afecten de manera negativa a lacalificación vigente del Fondo.

Para operaciones en Valores de Oferta Privada, la Calificación deRiesgo Privada mínima en la que podrá invertir el Fondo, será enemisiones con Calificación de Riesgo mínima de “BB2” ycalificaciones de riesgo “N-3” a corto plazo, bajo el siguienteesquema:

TABLA 6.- NIVELES DE RIESGO

ELABORACIÓN PROPIA

INSTRUMENTO

Valores de Oferta Pública de Renta Fija 4320Valores de Oferta Privada de Renta Fija 3600

PLAZO MÁXIMO (días)

VALOR DE OFERTA PRIVADA

“BBB1“ “BBB2““BBB3“ y N-2

Calificación de Riesgo LocalLargo Plazo / Corto PLazo

Límite máximo como % deCartera del Fondo

La periodicidad de la actualización en estas calificaciones privadasserá mínimamente trimestral, quedando a criterio de laCalificadora de Riesgo el realizar evaluaciones con una periodicidadmenor, asimismo los costos de dicha calificación serán asumidospor la EMS, según estará establecido en el contrato que suscribancon la Sociedad.

Las inversiones del Fondo en Valores que no cuenten con unacalificación de riesgo pública tendrán un límite máximo de 50%de la Cartera del Fondo.

e) Límite por plazo

La naturaleza del Fondo es de largo plazo, por lo cual el FondoRealizará inversiones según los siguientes l ímites:

TABLA 7.- PLAZOS MÁXIMOS

f) Límites por Moneda

El Fondo invertirá sus activos buscando siempre tener unaadecuada diversificación en Bolivianos, Bolivianos conMantenimiento de Valor (MV) y Unidad de Fomento a la Vivienda(UFV´s). Se utilizará las cotizaciones cambiarias para cadamoneda provistas por el Banco Central de Bolivia de forma diaria, siempre y cuando estas cotizaciones estén disponibles.En caso de no contar con información disponible para cualquierade las cotizaciones, se replicara la última información reportadapor el Banco central.

Los límites por moneda establecidos son los siguientes:

TABLA 8.- LIMITES POR MONEDA

• Las inversiones con calificaciones de riesgo “A1” a “AAA” ycalificaciones de riesgo “N-1” a corto plazo, pueden alcanzar comomáximo el 50% de la Cartera del Fondo.

• Las inversiones con calificaciones de riesgo “A3” a “A2”, puedenalcanzar como máximo el 40% de la Cartera del Fondo.

• Las inversiones con calificaciones de riesgo “BBB3” a “BBB1” ycalificaciones de riesgo “N-2” a corto plazo, pueden alcanzar comomáximo el 30% de la Cartera del Fondo.

• Las inversiones con calificaciones de riesgo “N-3” a corto plazo,pueden alcanzar como máximo el 20% de la Cartera del Fondo.

• Las inversiones con calificaciones de riesgo “BB1” a “BB2”, puedenalcanzar como máximo el 10% de la Cartera del Fondo.

“AAA“ “AA1“ “AA2““AA3“ “A1“ y N-1

“A2“ y “A3“

“BB1“ a “BB2“

N-3

ELABORACIÓN PROPIA

40

30

20

10

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Monedas

Bolivianos

Bolivianos con Mantenimientode Valor (MV)

Unidad de Fomento a laVivienda (UFV´s)

LÍMITES POR MONEDA

60%

0%

0%

100%

40%

40%

Límite mínimo como %de Cartera del Fondo

Límite máximo como % deCartera del Fondo

ELABORACIÓN PROPIA

g) Límites por tipo de instrumento

Con el objetivo de controlar los tipos de instrumentos con losque contará el Fondo, la cartera de inversión tendrá lossiguientes límites:

TABLA 9.- TIPO DE INSTRUMENTO

h) Criterios para la selección de Emisores de Oferta Privada

Las empresas emisoras de Valores de Oferta Privada, deberáncumplir con los siguientes Criterios Cualitativos y Cuantitativos:

Criterios Cualitativos:

•Presentar una certificación de deudas con las AFP´s,impuestos Nacionales u otras certificaciones o reportes delos Buros de información autorizados por la ASFI, en los quese evidencia que la Sociedad Objeto de inversión nomantiene créditos con el sistema financiero, en ejecución,en mora, o con calificación de riesgo C o D.

•No tener accionistas o dueños que se encuentren vinculadospatrimonialmente con la Sociedad Administradora cualquierasea su participación, incluso los directores, ejecutivos,administradores, miembros del comité de inversiones, consus conyugues y familiares dentro del segundo grado deconsanguinidad y segundo por afinidad.

Inicio de Operaciones.- 0 a 720 días a partir del inicio de actividades del Fondo.Actividad del Fondo.- 721 a 3960 días a partir del inicio de actividades del Fondo.Liquidación del Fondo.- 3961 a la finalización de vida del Fondo.

Valores de Oferta Pública:Depósitos a Plazo Fijo deInstituciones Financieras

*Los Límites descritos en el cuadro anterior corresponden al total de la cartera.

LÍMITES MÁXIMOS POR TIPO DE INSTRUMENTOINICIO DE

OPERACIONESACTIVIDAD DEL

FONDO (•)LIQUIDACIÓNDEL FONDOETAPA DE VIDA DEL FONDO

Bonos a Largo Plazo

Bonos a Bancarios

Valores de Titularización

Bonos y Letras del TGN

Pagarés Bursátiles

Valores de Oferta Privada:Bonos

Pagarés

100%

100%

50%

20%

100%

100%

20%

70%

70%

50%

20%

70%

70%

20%

100%

100%

50%

20%

100%

100%

20%

50% 50% 50%

50% 50% 50%

i) Herramienta de Cobertura

Como herramienta de cobertura del riesgo asumido por el Fondoal realizar inversiones en Valores de Oferta Privada, el Fondotendrá el siguiente esquema de inversiones según la Calificaciónde Riesgo de estos Valores.

Por cada peso Boliviano invertido en los Valores de Oferta Privadadescritos en el siguiente cuadro, separados según su Calificaciónde Riesgo, el Fondo se compromete a invertir determinado monto,en Valores emitidos por el Banco Central de Bolivia, el TesoroGeneral de la Nación o en Valores de Renta fija de emisores conCalificación de Riesgo “AAA” y Calificaciones de Riesgo “N-1” acorto plazo, durante toda la vida del Fondo.

TABLA 10.- HERRAMIENTA DE COBERTURA

Bonos y Letras del BCB

•Presentar el instrumento legal por el cual el potencial emisordecide emitir Valores de Oferta Privada.

• Las EMS deberán ser formales, contando para ello con unregistro tributario de acuerdo a su naturaleza jurídica, ycontar con estados financieros.

• Los requisitos descritos en el Artículo 33 del PresenteReglamento.

Criterios Cuantitativos:

Para ser consideradas por el Fondo, las empresas emisoras deValores de Oferta Privada, según su tamaño, deberán cumplircon los factores detallados para cada indicador (financiero y deexperiencia), alcanzando en la sumatoria de los pesos específicospor lo menos el 50%, según las ponderaciones del siguientecuadro:

INDICADORES DE EXPERIENCIA

AÑOS DEEXPERIENCIA

> 1 año de experiencia

INGRESOS ANUALESGENERADOS LOSULTIMOS 3 AÑOS

NÚMERO DEEMPLEADOS

TAMAÑO DE LAEMPRESA

PEQUEÑA > $us. 50.000.- < 30 empleados

> 2 año de experienciaMEDIANA > $us. 100.000.- < 100 empleados

> 3 año de experienciaGRANDE > $us. 200.000.- > 100 empleados

30%Peso específico 35% 35%

PASIVO TOTAL /PATRIMONIO

(PROMEDIO DE LOSULTIMOS 3 AÑOS)

VENTAS ANUALES

PATRIMONIOPROMEDIO DELOS ULTIMOS 3

AÑOS

< 5.5 vecesPEQUEÑA < 2 Millones Dólares > $us. 100.000.-

< 4.5 vecesMEDIANA < 4 Millones Dólares > $us. 500.000.-

< 3.5 vecesGRANDE > 4 Millones Dólares > $us. 2.000.000.-

20%Peso especifico 40% 40%

INDICADORES FINANCIEROS

TAMAÑO DE LAEMPRESA

ELABORACIÓN PROPIA

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Independientemente del esquema anterior el Fondo invertirá, alinicio de sus operaciones y durante la liquidación del Fondo,como mínimo el 10% de su Cartera Total en Valores emitidos porel Banco Central de Bolivia, el Tesoro General de la Nación o enValores de Renta fija de emisores con Calificación de Riesgo “AAA”y calificaciones de riesgo “N-1” a corto plazo, exista o no inversiónen Valores de Oferta Privada.

En caso de deterioro en la calificación de riesgo de Valores deOferta Privada dentro de la Cartera del Fondo, los cuales sumadosrepresenten más del 10% de la cartera del Fondo, se convocaráa la asamblea general de participantes del Fondo para decidir elincremento en el porcentaje de cobertura a seguir, según lasnuevas calificaciones de riesgo.

j) Indicador Comparativo de Rendimiento

Para efectos del cálculo de la Comisión de Éxito y como unareferencia más para evaluar el desempeño del Fondo, la SociedadAdministradora procederá al cálculo de un Indicador Comparativode Rendimiento (ICR) como una tasa de rendimiento anualexpresado en porcentaje. El cálculo del ICR será realizado cadafin de mes a partir del inicio de actividades del Fondo, en basea la cartera del Fondo a la fecha del cálculo y será calculadoconforme la siguiente fórmula:

Se utilizará como ICR la siguiente fórmula:

local de empresas Grandes y Medianas del sector Productivoen el territorio nacional.

• BB2: Promedio Simple de las publicaciones semanales de lasTasas de interés Activa Anuales por Destino de Crédito,Nominales de Bancos para el sector de Pymes en MonedaNacional, proporcionado por el Banco Central de Bolivia conlos últimos cuatro datos disponibles.

• b: Porcentaje de Inversiones en Valores de Oferta Privadalocal de empresas Pequeñas del sector Productivo en elterritorio nacional.

• BB3: Promedio simple de las publicaciones semanalesrealizadas por el Banco Central de Bolivia, correspondientesa la Tasa Pasiva Promedio Ponderada Efectiva de DPFs enMoneda Nacional, a más de 1,080 días del Sistema Bancariocon los últimos cuatro datos disponibles.

• c: Porcentaje de Inversiones en Valores de oferta pública,excepto letras y Bonos del tesoro.

• BB4: Promedio simple de las publicaciones semanalesrealizadas por el Banco Central de Bolivia de los últimos cuatrodatos disponibles en el mes, correspondientes a las Tasas derendimiento de Bonos del Banco Central de Bolivia de 10años. En caso de no tener ningún dato de este indicadordurante el mes de cálculo, se utilizará el promedio simple delas publicaciones realizadas por el Banco Central de Boliviade los últimos cuatro datos disponibles, correspondientes alas Tasas de rendimiento de Bonos del Banco Central deBolivia de 2 años.

• d: Porcentaje de Inversiones en Valores emitidos por el TGN y/o el Banco Central de Bolivia.

El ICR del fondo obedecerá a un cálculo mensual y se tomaránlos datos del cierre del mes anterior para su aplicación. Este serácalculado en el primer dia habil siguiente al cierre de fin de mes.

En caso de no contar con algún dato para el cálculo del ICR, seutilizará el último disponible.

El ICR será revisado de forma anual y podrá ser modificado asugerencia de la Sociedad Administradora o de la ASFI conformelo establecido en el Artículo 48 inciso c) del presente ReglamentoInterno.

La Metodología de cálculo del ICR podrá ser modificada asugerencia de la Sociedad Administradora conforme elprocedimiento establecido en el Artículo 48 inciso c) del presenteReglamento Interno, previa comunicación a la ASFI, toda vez quela información empleada no se encuentre disponible públicamenteo el cálculo implique un costo oneroso para la SociedadAdministradora, o en caso que, a criterio de la SociedadAdministradora, no resulte adecuado.

Art. 37. EXCESOS DE INVERSIÓN E INCUMPLIMIENTO A LÍMITESMÍNIMOS

Los excesos de inversión que se produzcan por causas noimputables a la Sociedad Administradora serán tratados de lasiguiente manera:

• Los excesos en Valores de Oferta Pública deberán sercorregidos en un plazo de 60 días calendarios computablesa partir de la fecha en que se produjo el exceso.

• Los excesos en activos que no sean de Oferta Pública seráncorregidos en un plazo de 120 días calendarios computablesa partir de la fecha en que se produjo el exceso.

HERRAMIENTA DE COBERTURA PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA

“AAA““AA1““AA2““AA3““A1““A2““A3“

“BBB1““BBB2““BBB3““BB1““BB2“N-1N-2N-3

Calificación de Riesgo Local- Largo Plazo / Corto Plazo

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Inversión en Valoresde Oferta Privada

Inversión mínima en Valoresde Oferta Pública

considerados para cobertura

Bs. 0,00

Bs. 0,00

Bs. 0,00

Bs. 0,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,00

Bs. 1,50

Bs. 1,50

Bs. 1,50

Bs. 2,00

Bs. 2,00

Bs. 0,00

Bs. 1,00

Bs. 1,50ELABORACIÓN PROPIA

ICR = {BB1(a)+BB2(b)+BB3+BB4(d)}

Donde:

• ICR: Indicador comparativo de rendimiento (Benchmark)• BB1: Promedio Simple de las publicaciones semanales de las

Tasas de interés Activa Anuales por Destino de Crédito,Nominales de Bancos para el sector Empresarial en MonedaNacional, proporcionado por el Banco Central de Bolivia conlos últimos cuatro datos disponibles.

• a: Porcentaje de Inversiones en Valores de Oferta Privada

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pagará contra la presentación del Certificado de Acreditación deTitularidad.

Art. 40. CUSTODIA

Para los Valores de Oferta Publica el Fondo utilizará comoCustodios a una Entidad de Depósito de Valores en lo quecorresponda y/o a una entidad financiera bancaria custodio quetenga una calificación de riesgo de por lo menos “A1”, de acuerdoa la nomenclatura de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero.

SAFI MSC designará y entregará los Valores y documentosrelacionados a los Valores de Oferta Privada en los que inviertael Fondo a uno o varios custodios, los cuales se encargarán de laguarda física de dichos documentos, estos custodios deberánser una entidad de depósito de valores o en su defecto unaentidad financiera bancaria que tenga una calificación de riesgode por lo menos “A1”

SAFI MSC es solidariamente responsable por la custodia de losValores o activos que se encuentren en la Entidad de Depósitode Valores y/o entidad financiera bancaria custodio.

Art. 41. PROCESO DE INVERSIÓN

La Sociedad Administradora, realizará el proceso de inversión endistintas fases, identificando e incorporando a cada una de ellasel análisis correspondiente a cada activo que compondrá la carterade inversiones.

INVERSIONES EN VALORES DE OFERTA PÚBLICA

MSC PRODUCTIVO FIC comenzará sus actividades con un listadode valores de Oferta Pública aprobados en el primer comité deinversiones que realice la Sociedad, mediante un análisis generalsobre los emisores presentados.

Para títulos de Oferta Pública nuevos, el área de inversionespreparará un análisis general sobre el emisor, el cual serápresentado al comité de inversiones para su aprobación.

INVERSIONES EN VALORES DE OFERTA PRIVADA

A continuación se describen las cuatro fases y procedimientosque seguirá la Sociedad Administradora para la realización deinversiones en Valores de Oferta Privada.

GRAFICO 2.- PROCESO DE INVERSIÓN

• Los incumplimientos a límites mínimos del ReglamentoInterno del Fondo en Valores de Oferta Pública deberán sercorregidos en un plazo de 30 días calendarios computablesa partir de la fecha en que se produjo el incumplimiento.

• Los incumplimientos a límites mínimos del ReglamentoInterno del Fondo en activos que no sean de Oferta Públicaserán corregidos en un plazo de 90 días calendarioscomputables a partir de la fecha en que se produjo elincumplimiento.

La Sociedad Administradora efectuará los esfuerzos necesariosde buena fe (bona fide) para eliminar los excesos de inversióninvoluntarios descritos en este inciso. La Sociedad Administradorano será responsable si causales exógenos, impiden que los excesosde inversión sean regularizados dentro de los plazos previstos.No obstante lo anterior, la Sociedad Administradora deberáinformar sobre los excesos de inversión no regularizados en laAsamblea General de Participantes, presentando un plan deadecuación para su aprobación.

Las inversiones en los distintos activos a los que se refieren losincisos anteriores, podrán superar los distintos límites establecidosen el artículo correspondiente a criterios de diversificación (limitespor tipo de activos) del presente reglamento durante los primerosseis meses de funcionamiento del Fondo, durante los últimosseis meses antes de la liquidación del Fondo o durante periodosde fuerza mayor. Después de los primeros seis meses defuncionamiento del Fondo, las inversiones que estuvieran porencima de los límites permitidos en la Política de inversión seránconsideradas como excesos de inversión.

Se entiende por causales exógenos cualquier evento de lanaturaleza, tales como, y sin que se limiten a: catástrofes,inundaciones, epidemias, o hechos provocados por los hombres,tales como, y sin que se limiten a: ataques por enemigo público,conmociones civiles, huelgas, actos del gobierno como entidadsoberana o persona privada, expropiaciones, nacionalizaciones,estatización, confiscación por parte del Estado Plurinacional deBolivia, restricciones en el tipo de cambio; eventos no previstoso imposibles de prever por la Sociedad Administradora, noimputables a la misma y que impidan el cumplimiento de lasobligaciones contraídas en el presente Reglamento Interno; demanera general, cualquier causa fuera de control por parte dela Sociedad Administradora y que no sea atribuible a ésta.

Art. 38. POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO

El Fondo podrá apalancarse hasta el 5% del valor de su portafolioa través de la venta en reporto de Valores.

No se podrán realizar operaciones de venta en reporto a entidadesvinculadas con la Sociedad.

El Fondo podrá modificar esta política de endeudamiento y/obuscar mecanismos alternativos de endeudamiento solamentecon la aprobación de la Asamblea General de Participantes.

Art. 39. POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE RENDIMIENTOS

Se distribuirán los rendimientos obtenidos producto de lasinversiones realizadas por el Fondo una vez descontada la Comisiónde Éxito al vencimiento del Fondo.

El pago será realizado en la misma moneda de la Emisión y se

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a) Investigación e Identificación del Proyecto de Inversión

La Sociedad Administradora comenzará el proceso de inversióncon la fase de Investigación, la cual tiene como objeto colocar aconsideración del Comité de Inversión una lista de empresas, quepotencialmente puedan formar parte del portafolio del Fondo,para su aprobación.

La Sociedad Administradora implementará una lista deidentificación de emisores, la cual deberá ser aprobada por elcomité de inversiones del Fondo y tendrá el objetivo de mantenerla información más relevante de los emisores prospecto deinversión, así como los contactos con los que se cuenta en estasempresas, con la finalidad de que esta lista funcione como unmecanismo que permita documentar el proceso de identificaciónde las empresas objeto de inversión.

El Comité de Inversiones o el Administrador del Fondo podránsugerir nuevos nombres de empresas para que sean incluidas enla lista de identificación de emisores.

Durante la vida del Fondo se podrán considerar empresas queno fueron incluidas en esta fase inicial, en tanto cumplan con elperfil de inversión.

b) Análisis del Proyecto de Inversión

La Sociedad Administradora visitará a las empresaspreseleccionadas para ofrecer el Fondo como una alternativa definanciamiento y para requerir información que le permita realizaruna evaluación general, financiera y legal.

Para el análisis del proyecto de inversión se tomaran en cuentalos aspectos Cualitativos y Cuantitativos descritos en el Artículo36 Criterios de Administración, Inciso h) Criterios para la selecciónde Emisores de Oferta Privada, del presente Reglamento.

El equipo de inversiones2 luego de identificar los proyectos deinversión, verificar el cumplimiento de los criterios cuantitativosy cualitativos, y una vez recibida la documentacióncorrespondiente de la empresa, deberá realizar un “Informe deinversión especializado”, este informe establecerá los datos clavesque se presentarán al Comité de inversiones del Fondo para ladecisión definitiva, mediante reuniones preliminares para conocerel negocio de la empresa, este informe tendrá como mínimo lasiguiente información, con lo cual se analizará a la empresa y deesta manera se determinarán mecanismos de control para lamisma:

El comité de inversiones y el Administrador del Fondo podránverificar toda la información relativa a la EMS y sus representantesLegales, en cualquier Central de Riesgos o instituciones similares,previa autorización de la EMS.

Dentro del informe presentado por el equipo de inversiones delFondo, el Análisis financiero se utilizará para determinar la posiciónde la empresa en términos de crecimiento, estructura de capital,estructura de financiamiento, liquidez, productividad, rentabilidady flujo de caja; y de esta manera decidir sobre la favorabilidad ono de inversión en un activo.

c) Aprobación de la Inversión

Una vez realizado el análisis de la inversión, el Comité deinversiones puede tomar las siguientes determinaciones:

• Aprobación de la inversión: Cuando se obtuvo un resultadopositivo ante el Comité de inversiones, se aprobarán lascondiciones de inversión del activo, las mismas que debenser ejecutadas por el administrador.

• Modificar los términos o solicitar información adicional:Cuando los términos propuestos no satisfacen todos losrequerimientos del Comité de inversiones, este podrásolicitar la modificación de los términos, la inclusión deinformación adicional o si consideraran necesario el informede un experto ajeno a la Sociedad (Asesor Técnico), antesde aprobar una inversión.

• Rechazo de la inversión: Cuando la inversión propuesta nosatisface en términos financieros y/o legales al Comité.

Las determinaciones tomadas por el comité de inversiones delFondo en esta etapa del proceso deberán constar en el Actacorrespondiente.

• Información general de la empresa• Condiciones de la posible emisión según solicitud

de la empresa• Características de la empresa

- Antecedentes- Infraestructura y organización- Servicios o productos y mercados/demanda- Proveedores e insumos- Clientes

• Estados Financieros• Análisis financiero• Estructura de deuda• Conclusiones y Recomendaciones

2 Entiéndase por Equipo de Inversiones, al personal idóneo y capacitado, que designará SAFI Mercantil Santa CruzS.A. para realizar todo el proceso de inversión dentro del Fondo.

ELABORACIÓN PROPIA

PROCESO DE INVERSIÓN

• Lista de Empresas

• Visita de Empresas

• Evaluación Financiera,Legal y Operativa

• Elaboración del informe

Se presenta al comité deInversiones:

• Inversión Aceptada

• Modificación detérminos, InformaciónAdicional o Informe delAsesor Técnico

• Inversión Rechazada

• Monitoreo Trimestral

• CompromisosFinancieros

• Destino de Recursos

• Seguimiento Periódico

INVESTIGACIÓN ANÁLISIS APROBACIÓN EVALUACIÓN YSEGUIMIENTO

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Donde:

Pit: Precio del Valor de Oferta Privada i en el día t de cálculo

VFi: Valor Final del Valor de Oferta Privada i en la fecha devencimiento, que normalmente es el valor nominal o facialdel Valor de Oferta Privada y es conocido.

TR: Tasa de Rendimiento

Donde:

VFi: Valor Final del Valor de Oferta Privada i en la fecha devencimiento.

VIi: Valor Inicial del Valor de Oferta Privada i en la fecha deemisión.

TR: Tasa de Rendimiento

Pl: Número de días entre la fecha de emisión y la fecha devencimiento del Valor de Oferta Privada i.

Asimismo, los activos que no estén inscritos en el Registro delMercado de Valores de la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero y que cuenten con flujos en el tiempo serán valoradossobre la base de la siguiente fórmula:

Donde:

Pit: Precio del Valor de Oferta Privada i en la fecha t de cálculo

Fc: Monto de los flujos futuros en la fecha de vencimiento decada flujo

TR: Tasa de Rendimiento al inicio de la operación

Pla: Número de días de devengamiento de cada uno de los flujosfuturos

n: Número de flujos futuros que rinde el Valor de OfertaPrivada i

= VFiPit1 + TR Pl

360

= VIi *VF i 1 + TR * Pl360

Fc=Pitn

c=1 1 + TR Pla360a=1

c

d) Evaluación y Seguimiento de la Inversión

La Sociedad Administradora, una vez realizada la inversión,procederá al registro y monitoreo de las inversiones, tomandoen cuenta los montos y fechas de pago pactadas; solicitará a laEMS presentar información y documentos que permitan demostrarel destino de los recursos de la emisión de Valores de OfertaPrivada y procederá a su monitoreo de manera trimestral.

El monitoreo también se utilizará para la revisión de la inversión,de acuerdo a la información financiera más reciente del emisor,tomando en cuenta los compromisos financieros solicitados a laEMS y cualquier información adicional que pudiera afectar laoperativa de la empresa.

Se utilizarán alertas tempranas que permitan identificar y subsanaroportunamente pos ib les problemas en las EMS.

CAPITULO VI. VALORACIÓN DEL FONDO

El Fondo invertirá tanto en activos bursátiles como en activos noBursátiles. Por tanto, la forma de valoración de cada activodependerá de si se encuentre o no inscrito en la Bolsa Bolivianade Valores S.A.

El valor del portafolio total del Fondo será la sumatoria de cada uno de los activos más los saldos en liquidez que elFondo pueda tener.

Art. 42. ACTIVOS BURSÁTILES

Los activos bursátiles son aquellos que se encuentranregistrados en el Registro del Mercado de Valores de laAutoridad de Supervisión del Sistema Financiero e inscritos en laBolsa Boliviana de Valores S.A., para su cotización. El Fondovalorará este tipo de activos de acuerdo a la Metodología deValoración de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

Art. 43. ACTIVOS NO BURSÁTILES

De acuerdo al Reglamento para Sociedades Administradoras deFondos de Inversión y de los Fondos de Inversión, donde seestablece que la metodología de valoración para aquellos activosque no estén inscritos en el Registro del Mercado de Valores dela Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero serán valoradosa través de:

Considerando que estos activos serán obligaciones a descuento,se aplicará la siguiente fórmula:

Pl: Número de días entre la fecha t de cálculo y la fecha devencimiento del Valor de Oferta Privada “i”.

En el caso de los activos a rendimiento, el Valor Final del Valor ien la fecha de vencimiento se calcula mediante la siguientefórmula:

a) Factor de Previsión

Dado el caso de que existan retrasos o impagos por parte de lasEMS en el pago de deudas e intereses hacia el Fondo de inversión,la Sociedad Administradora, podrá aplicar un factor de Previsióncomo manera de cobertura, en el supuesto que exista la posibilidadde que la EMS incumpla el pago total de su deuda al Fondo.

Dicha Previsión será calculada de la siguiente manera:

Según los días de impago de la EMS se calculará un porcentajede Previsión sobre el total de la deuda que mantiene la EMS conel Fondo.

Cuadro de días de mora y su respectivo porcentaje de Previsión:

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= 30% *CE T - pBAplicable solamente si T>pB

DÍAS DE RETRASO EN PAGO (MORA) PORCENTAJE DE PREVISIÓN

1 a 30 Días31 a 60 Días61 a 90 Días91 a 120 Días121 a 150 Días151 a 180 Días

10%30%50%70%90%

100%

Art. 44. VALOR DE LA CUOTA DE PARTICIPACIÓN

La Valoración del Fondo se realizará en forma diaria, incluyendolos sábados, domingos y feriados, desde el día en que se recibael aporte de los Participantes. El valor de la cuota se determinaráaplicando la siguiente fórmula:

Donde:

• Valor de la Cartera del día: Comprende el valor de la carteravalorada según la norma de valoración vigente, o lo establecidoen el Reglamento para Sociedades Administradoras de Fondosde Inversión y de los Fondos de Inversión o el ReglamentoInterno del Fondo para el caso de Valores que no sean de ofertapública.

• Liquidez: Comprende el efectivo en caja o cuentas bancariasmás el Devengamiento diario de los intereses obtenidos poreste concepto.

• Comisiones del día: Remuneraciones percibidas en el día porla Sociedad Administradora con cargo al Fondo de Inversióny/o a los participantes conforme a lo establecido en elReglamento para Sociedades Administradoras de Fondos deInversión y de los Fondos de Inversión y el Reglamento Internodel Fondo.

• Gastos del día: Gastos realizados en el día por la SociedadAdministradora con cargo al Fondo de Inversión conforme alo estipulado en el Reglamento para Sociedades Administradorasde Fondos de Inversión y de los Fondos de Inversión y elReglamento Interno del Fondo.

• Otros Activos: Pagos anticipados y otros activos.

• PDPPOVR: Premios Devengados por Pagar por Operaciones deVenta en Reporto.

• Otras Obligaciones: Préstamos bancarios, otros préstamos yobligaciones.

La valoración del Fondo se la realizará en moneda nacional.Los Valores o instrumentos que se encuentren en otrasmonedas serán valorados al tipo de cambio de compra publicadopor el Banco Central de Bolivia. Se tomará como fecha de cambiopara efecto de valuación del Fondo, el primer día después de lapublicación.

Asimismo, los Participantes podrán remitirse a la cotizaciónde las Cuotas de Participación del Fondo en la Bolsa Boliviana

Valor de laCartera del día

Liquidezdel día

OtrosActivos

Comisiones yGastos del día PDPPOVR Otras

Obligaciones

Número de Cuotas Vigentes del Día

+ + - - -

de Valores S.A. como mecanismo de Valoración del Fondo aprecios de mercado. Por su parte, la Sociedad Administradoraremitirá diariamente a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. ya la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero el valor dela cartera y el valor de la cuota emergente de la Valoración de lacartera del Fondo.

CAPITULO VII. COMISIONES Y GASTOS

Corren a cuenta del Fondo las comisiones de la SociedadAdministradora y los gastos que comprenden los siguientesconceptos.

• Comisión por administración.• Comisión por éxito.• Gastos de Operación del Fondo.

Los gastos y comisiones detallados en esta sección serán aplicadosen los estados financieros del Fondo.

Art. 45. COMISIONES

SAFI Mercantil Santa Cruz S.A. cobrará a los Participantes unaremuneración por los servicios prestados, la cual será referidacomo “Comisión por Administración” basada en un porcentajefijo a los activos del Fondo administrado. Esta remuneración estádeterminada en el siguiente cuadro:

TABLA 11.- COMISIONES

ELABORACIÓN PROPIA

* El Fondo no cobrará ningún tipo de comisión por el monto de cartera que se encuentre enliquidez

Adicionalmente, SAFI MSC cobrará una comisión de éxito. Lacomisión se cobrará a los 6 años de vida del Fondo y al vencimientodel mismo, siempre que la rentabilidad promedio anual del Fondohaya superado la tasa promedio anual del Indicador Comparativode Rendimiento.

Se utilizaran las siguientes fórmulas para calcular la comisiónpor éxito:

Donde:

T = Tasa a un añoCE = Comisión de éxitopB = Promedio aritmético del ICR mensual de los últimos 12

meses anteriores al cálculo.

1.50%

TIPO DE INVERSIÓN

Comisión fija porAdministración

durante los primeros2 años de vida del

Fondo

Liquidez 0.00%

COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN

Valor de OfertaPública / BCB / TGNValor de Oferta Privada

1.50%

Comisión fija porAdministración luegode 2 años de vida del

Fondo - hasta suvencimiento

0.00%

2.10%

0.60%

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Adicionalmente, se debe aclarar lo siguiente:

• Estos porcentajes se aplicarán sobre el excedente mencionado.• La comisión fija se calculará y liquidará diariamente.• La comisión de éxito se calculará y liquidará a los 6 años de

vida del Fondo y al vencimiento del mismo.• La rentabilidad del Fondo se calculará para cada periodoacumulado.

La comisión de éxito máxima que podrá cobrar la sociedad seráde 2% (dos por ciento) del patrimonio del Fondo.

Art. 46. GASTOS DEL FONDO

1) GASTOS OPERATIVOS DEL FONDO

Los gastos operativos del Fondo corresponden a:

• Gastos por concepto de servicios de custodia. Servicios decustodio de los activos del Fondo.

• Gastos por concepto de intermediación de Valores.

2) GASTOS ADMINISTRATIVOS DEL FONDO

Los gastos Administrativos del Fondo corresponden a:

• Gastos por concepto de auditoría externa del Fondo deInversión.

• Gastos de operaciones financieras autorizadas por elReglamento para Sociedades Administradoras de Fondos deInversión y de los Fondos de Inversión.

• Gastos por concepto de calificación de riesgo del Fondo deInversión cuando corresponda.

• Gastos legales correspondientes al Fondo de Inversión

• Otros que sean expresamente autorizados por la Intendenciade Valores, en función a las necesidades del Fondo de Inversión.

Todos los gastos del Fondo se apropiarán al mismo momento dela efectivización de los pagos correspondientes.

Una vez constituido el Fondo, SAFI MSC estimará el montototal de estos gastos y realizará provisiones diarias que seránincorporadas al cálculo del valor cuota. Se estima que la mayorparte de estos gastos se liquidarán de manera mensual pero esprobable que algunos, por su naturaleza, se liquiden con otraperiodicidad. Cualquier diferencia entre el gasto real y el estimadoserá ajustada de manera mensual o cuando el impacto del gastosea material.

La Sociedad Administradora estimará un aproximado del montomáximo anual de los Gastos, el mismo deberá ser informado ala Asamblea General de Participantes antes del inicio de cadagestión, para que apruebe el Presupuesto Anual de Gastos delFondo.

La Asamblea General de Participantes deberá aprobar estos gastosen caso de que éstos excedan el monto máximo o si se generasengastos por conceptos distintos a los estipulados en este inciso.

La Sociedad Administradora proporcionará a solicitud delRepresentante Común de los Participantes un detalle de losgastos.

CAPITULO VIII. RESPONSABILIDAD DE OTRAS INSTITUCIONESY ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Art. 47. RESPONSABILIDAD DE OTRAS INSTITUCIONES

SAFI Mercantil Santa Cruz S.A. contratará una Entidad de Depósitode Valores para la custodia de los Valores del Fondo que tenganuna cotización en bolsa y se encuentren desmaterializados. LosValores de Oferta privada, pagarés u otros activos del Fondo queno sean de oferta pública serán custodiados por una instituciónfinanciera.

Ambos contratos tendrán una vigencia de por lo menos un (1)año y serán renovables de manera tácita durante la vida delFondo. Sin embargo, estos contratos podrán cesar sin necesidadde declaración judicial. Por otra parte, ambos contratos establecenlas facultades que tiene la Autoridad de Supervisión del SistemaFinanciero, las mismas que, en general, son las de poder en elmomento que ésta lo requiera realizar arqueos periódicos de losactivos entregados en custodia y tener acceso a la informaciónrelacionada a los Valores y activos en custodia.

Por su parte, dentro de las obligaciones y responsabilidades dela entidad de custodia, se encuentra el de custodiar y conservarlos Valores y otros activos como los reciba y a devolverlos cuandoSAFI Mercantil Santa Cruz S.A. lo solicite. Además, la instituciónde custodia tiene la obligación de documentar todo ingreso oegreso de los activos del Fondo. Asimismo, la entidad de custodiaestá expresamente prohibida de hacer uso o disponer de losValores y otros documentos depositados. SAFI Mercantil SantaCruz S.A. depositará físicamente y de modo obligatorio la totalidadde los Valores no desmaterializados que adquiera para el Fondo.

Art. 48. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

a) Información: diaria, mensual, trimestral y anual

Los Participantes podrán informarse sobre la Composiciónde la Cartera y Valor de la Cuota del Fondo diariamente enlas oficinas y sucursales de SAFI MSC.

Adicionalmente, el Participante podrá informarse del valor decuota a través de las publicaciones y Boletín Diario de la BolsaBoliviana de Valores S.A. cuando corresponda.

SAFI MSC remitirá mensualmente Estados de Cuenta a losParticipantes, donde se incluirá la información de la cartera deinversiones del Fondo, rendimientos y toda otra informaciónrelevante para el seguimiento de las actividades del Fondo y delas Cuotas de Participación, hasta un tiempo máximo de 48 horashábiles posteriores al cierre de mes.

El Reporte Mensual contará como mínimo con la siguienteinformación: fecha del reporte, valor de Cuota a la fecha,rendimientos a la fecha, saldo en Cuotas y monetario, estratificaciónde cartera tanto en monto como en porcentaje, plazo de vidatranscurrido, plazo de vida restante, indicador de desempeño,comisiones y gastos, impuestos aplicables, nombre del Tenedorde las Cuotas y cualquier otro tipo de información que la SociedadAdministradora vea por conveniente. Dicho reporte será entregadoposterior a cada fin de mes a partir del Inicio de actividades del

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las políticas y procedimientos de inversión, y posteriormente,por el Directorio de la Sociedad Administradora.

2) Posteriormente, la propuesta de modificación serápresentada, por la Sociedad Administradora, para la aprobaciónde la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

3) Finalmente, la propuesta de modificación será presentada,por la Sociedad Administradora, para su consideración en laAsamblea General de Participantes.

4) Una vez aprobadas las modificaciones por la AsambleaGeneral de Participantes, la Sociedad Administradora informaráa los Participantes ya sea mediante carta dirigida al domicilioregistrado o a través de otro mecanismo que la Sociedad vea porconveniente, incluyendo publicaciones en prensa.

d) Garantías

La Sociedad Administradora acreditará y mantendrá en todomomento una garantía de funcionamiento y buena ejecución enfavor de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financieroequivalente al mayor entre $us. 100.000.- (Cien Mil 00/100 DólaresAmericanos) y el 0,75% del total de la cartera del Fondo de acuerdoa lo establecido en el Reglamento para Sociedades Administradorasde Fondos de Inversión y de los Fondos de Inversión.

e) Solución de Controversias

Cualquier controversia sobre la ejecución e interpretacióndel presente reglamento, será sometida por las partes aconciliación y arbitraje, de acuerdo con las normas de Ley deArbitraje Nº 1770 de fecha 10 de marzo de 1997 y del Centro deConciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio consede en La Paz.

El número de árbitros será tres (3), uno a ser designado por cadaparte y el tercero a ser designado por los otros dos árbitros.Todos los árbitros deberán ser designados entre los árbitrosque se encuentren debidamente inscritos y registrados en las listas de árbitros de la Cámara Nacional de Comercio. Sicualesquiera de las Partes no designa su respectivo árbitro en el plazo de quince (15) días calendario computables a partir de la notificación a cualesquiera de ellas con la intenciónde la otra de someter la controversia a arbitraje, o en el casode que los árbitros de Parte no designen al tercer árbitro dentrode los quince (15) días calendario computables a partir de ladesignación del último árbitro de Parte, el o los árbitros nodesignados deberán ser designados por la Cámara Nacional deComercio de Bolivia.

Queda expresamente establecido que, en el caso de que laspartes no logren ponerse de acuerdo sobre cualquier controversiaque se presente, las mismas delegan expresamente a losintegrantes del Tribunal Arbitral la facultad de delimitar ydeterminar de manera específica la(s) controversia(s) que sesometerá(n) a la decisión arbitral.

El laudo arbitral será final, inapelable y obligatorio. El arbitrajese hará en la ciudad de La Paz, en idioma español.

f) Consultas

Cualquier consulta o reclamo de los Participantes deberápresentarse por escrito en el domicilio de SAFI MSC.

Fondo. Esta información y documentación también estará adisposición del participante en oficinas de la SociedadAdministradora en cualquier momento, si este la requiere.

Posterior al cierre de cada gestión dentro de 120 días calendariocomputables a partir de la fecha de cierre del respectivo ejercicio, SAFI MSC publicará los estados financieros del Fondodebidamente auditados por la empresa de auditoría externa, asícomo la estructura y detalle de la cartera de inversiones. Lagestión fiscal del Fondo comprende el periodo entre el 1 de eneroy 31 de diciembre de cada año.

La Sociedad Administradora se compromete a comunicar el Valorde la Cuota en forma pública, en el Boletín diario de la Bolsa y/oen un periódico de circulación nacional.

Finalmente, SAFI MSC cumplirá con el envío y/o publicación deinformación de acuerdo a las normativas y reglamentos en vigenciade la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero y de laBolsa Boliviana de Valores S.A.

b) Selección y Remoción de la Empresa de Auditoría Externa

Los estados financieros del Fondo serán auditados anualmentepor una empresa de auditoría debidamente registrada en elRegistro del Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisióndel Sistema Financiero.

La Asamblea General de Participantes elegirá a la Empresa Auditoraque practicará la auditoría externa anual del Fondo de una listade por lo menos tres empresas a ser sugeridas por elRepresentante Común de los Participantes o por el Directorio dela Sociedad.

Asimismo, la Asamblea General de Participantes podrá acordar,a sugerencia del Representante Común de los Participantes, larealización de auditorías especiales.

La administración de la Sociedad Administradora es responsablede velar por que los Auditores Externos cumplan el trabajoencomendado. Asimismo, cualquier incumplimiento del contrato,o del servicio prestado será causal de remoción de la empresade auditoría externa por parte de la Sociedad Administradora.Dicha decisión será debidamente comunicada a los participantesdel FONDO y se convocará a Asamblea General de Participantespara considerar la designación de una nueva Firma de AuditoríaExterna.

c) Modificación del Reglamento

Toda modificación al Reglamento Interno del Fondo deberá seraprobada por el Directorio de SAFI Mercantil Santa Cruz S.A., laAutoridad de Supervisión del Sistema Financiero y finalmentepor la Asamblea General de Participantes.

Cualquier modificación a los límites de comisiones en elReglamento del Fondo deberán ser aprobados previamentepor la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero yposteriormente por la Asamblea General de Participantes.

El procedimiento a seguir para toda modificación al presenteReglamento Interno deberá realizarse de la siguiente manera:

1) La propuesta de modificación deberá ser aprobada por elComité de Inversiones del Fondo, en caso de modificaciones a

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CAPITULO IX. CONSIDERACIONES SOBRE EL PATRIMONIO DELFONDO

Art. 49. REDUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PATRIMONIO DELFONDO

El Fondo podrá incrementar o reducir su capital (patrimonio)durante su vigencia. Cualquier variación de capital así como lascondiciones de la misma, deberá contar con la aprobación de laSociedad Administradora y de la Asamblea General deParticipantes.

La ampliación del capital del Fondo tendrá el siguienteprocedimiento y consideraciones:

• La Sociedad Administradora elaborará una propuesta deincremento del capital, convocando a una Asamblea Generalde Participantes para su consideración y aprobación. Lapropuesta de la Sociedad Administradora incluirá, entreotros, las características, cantidad y series de las Cuotas deParticipación a ser emitidas como resultado del incrementode capital así como las condiciones y plazos de colocaciónde las mismas.

• El incremento de capital será aprobado por tres cuartaspartes de las Cuotas representadas en la Asamblea Generalde Participantes convocada para ese efecto (quórumcalificado).

• Autorizado el incremento de capital por la Asamblea Generalde Participantes, la Sociedad Administradora suscribirá losdocumentos que sean necesarios a objeto de inscribir elmismo y las Cuotas de Participación emitidas enconsecuencia, en el Registro del Mercado de Valores a cargode la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, enla Bolsa Boliviana de Valores S.A. y en la Entidad de Depósitode Valores de Bolivia S.A.

• Las Cuotas de Participación emitidas como consecuenciadel incremento de capital serán colocadas en el mercadoprimario bursátil. El plazo para dicha colocación primariaserá de Cuarenta y Cinco (45) días calendario a partir de lafecha de emisión contenida en la autorización de OfertaPública de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financieroe inscripción en el Registro de Mercado de Valores de laAutoridad de Supervisión del Sistema Financiero y del Fondo.

• El incremento de capital del Fondo solo podrá efectuarseentre los participantes del Fondo que se encuentrenregistrados al momento de realizar la Junta de Tenedoresde Cuotas de Participación que autorizará dicho incremento(oferta pública dirigida).

• Finalmente se establecerá el precio del Valor de Cuota entrelos participantes del Fondo, con el que se procederá con elincremento de Capital.

La reducción del capital del Fondo tendrá el siguienteprocedimiento y consideraciones:

• La Sociedad Administradora elaborará una propuesta dereducción del capital, convocando a una Asamblea Generalde Participantes para su consideración y aprobación.

• Las Cuotas de Participación que no hubieran sido colocadas

en el plazo fijado para el efecto serán anuladas y perderántoda validez y efecto legal.

• La reducción de capital será aprobada por tres cuartas partesde las Cuotas vigentes representadas en la Asamblea Generalde Participantes convocada para ese efecto (quórumcalificado). La Sociedad Administradora someterá aconsideración de la Asamblea General de Participantes,entre otras, la reducción de capital y el número de Cuotas.

• El precio de redención será el valor de la cuota vigente a lafecha de devolución de capital, determinada en la AsambleaGeneral de Participantes.

• La reducción de capital afectará, en función a sus respectivasparticipaciones, a todos los Participantes afectados por lareducción, existentes a la fecha de celebración de laAsamblea General de Participantes convocada para talefecto.

• La Asamblea General de Participantes que apruebe lareducción del capital del Fondo, en función de larecomendación de la Sociedad Administradora, establecerála fecha a partir de la cual se procederá a la devolución acada Participante del monto que le corresponde por lareducción del capital y número de Cuotas de Participaciónque se retiraran de circulación o, en su caso, el importe dela reducción del valor nominal de las mismas, consignandola cantidad de la reducción por cada Participante.

• A partir de la fecha de devolución del monto correspondientea la reducción de capital, la Sociedad Administradoraefectuará los trámites que correspondan para que la Entidadde Depósito de Valores de Bolivia S.A. proceda a dejar sinefecto las Cuotas de Participación que hubieran sidoafectadas por la reducción o modificará el valor nominal delas mismas, procediendo según lo dispuesto por la AsambleaGeneral de Participantes.

Art. 50. LIQUIDACIÓN POR VENCIMIENTO DEL PLAZO DEL FONDO

El Fondo podrá liquidarse al momento de finalización de los Doce (12) años originales establecidos en este Reglamento. No obstante,la Asamblea General de Participantes podrá ampliar el plazo devigencia del Fondo por acuerdo adoptado con al menos un (1)año de anticipación o decidir la liquidación del Fondo.

El procedimiento para llegar a la decisión de liquidación o prorrogaserá el siguiente:

1. La Sociedad Administradora convocará a Asamblea Generalde Participantes.

2. En dicha asamblea, la Sociedad Administradora expondráy presentará por escrito la siguiente información:

i. Evaluación del portafolio de inversiones vigentesii. Evaluación de las condiciones de mercadoiii. Descripción del proceso de liquidación considerando el

Reglamento Interno del Fondo

3. Para la celebración de la Asamblea General de Participantesy adopción de los acuerdos de liquidación o prorroga serequiere quórum y mayoría calificada establecida en elpresente Reglamento Interno.

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El proceso y consideraciones de liquidación del Fondo serán lossiguientes:

1. La Sociedad Administradora será la responsable de liquidarel Fondo.

2. En principio, a partir de los doce (12) meses anteriores a lafecha de liquidación del Fondo, se restringirán las nuevas inversiones del Fondo a plazos menores a la fecha deliquidación, acumulando la liquidez en depósitos y cuentasa la vista en bancos locales.

3. Los instrumentos subyacentes deberán ser liquidados acriterio del Comité de Inversiones, de modo que los activos del Fondo estén íntegramente constituidos por efectivo o depósitos a la vista en el sistema bancario, de acuerdocon los criterios de calificación de riesgos contenidos en laPolítica de Inversiones.

4. En caso de que por razones de mercado el Fondo no logre liquidar la totalidad de sus posiciones, se ampliaráel plazo del fondo y el mandato del administrador según elprocedimiento descrito en el Artículo 49 del presenteReglamento, con el fin de liquidar las posiciones remanentesy estableciendo un plazo máximo para ello.

5. Una vez liquidada la totalidad de los activos del Fondo, laSociedad Administradora procederá a pagar las Cuotas deParticipación en un período máximo de cinco (5) días luegode vencido el plazo del Fondo.

6. En caso que se prolongue el mandato de la SociedadAdministradora con el fin de liquidar posicionesremanentes, se realizará un pago parcial de las posicioneslíquidas dentro de los cinco (5) días calendario de vencidoel plazo del Fondo. Las posiciones remanentes se pagarána medida que se vayan liquidando dentro de los cinco (5)días calendario posteriores a su vencimiento, por un plazomáximo de hasta 180 días.

Art. 51. PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA, FUSIÓNDISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

a) Transferencia, Fusión, Disolución y Liquidación Voluntaria

La transferencia, fusión, disolución y liquidación voluntaria delFondo deberán ser resueltas por la Asamblea General deParticipantes y se sujetará a lo dispuesto en el presenteReglamento Interno y al s iguiente procedimiento:

1. Se reunirá la Asamblea General de Participantes con losrepresentantes de la Sociedad Administradora y de acuerdoa lo establecido en el presente Reglamento Interno,aprobarán la transferencia, fusión, disolución y liquidaciónvoluntaria del Fondo.

2. Se comunicará a ASFI la intención de realizar la transferencia,fusión, disolución y liquidación voluntaria del Fondo contodos los antecedentes, justificativos y documentación parasu correspondiente aprobación.

3. Previamente a la transferencia, fusión, disolución yliquidación voluntaria del Fondo se comunicará a losParticipantes la Resolución aprobada por ASFI con treinta(30) días calendario de anticipación, ya sea mediante carta

dirigida a su domicilio o a través de aviso en prensa publicadoen un periódico de circulación nacional.

Sin prejuicio de lo establecido anteriormente, la transferencia,fusión, disolución, y liquidación voluntaria del Fondo podrá serresuelta por SAFI MSC.

b) Comunicación

Los Participantes deberán recibir una comunicación escrita de laSociedad Administradora, en la cual se les informe sobre latransferencia, disolución, fusión y liquidación voluntaria propuestapor el Directorio de la Sociedad Administradora, para suaprobación por parte de la Asamblea General de Participantes yposterior comunicación a ASFI.

c) Transferencia

La Transferencia de la administración del Fondo podrá sersolicitada por la Asamblea General de Participantes únicamentepor las siguientes causales

1) Negligencia extrema y reiterada de la SociedadAdministradora en el desempeño de sus funciones.

2) Conducta inapropiada de la Sociedad Administradora queafecte significativamente los derechos de los participantes.

3) Si la Sociedad Administradora entra en un proceso deliquidación forzosa o quiebra.

En caso de transferencia voluntaria del Fondo de Inversión no sepodrán realizar modificaciones al objeto, al Reglamento Internodel Fondo, ni a las condiciones o características principales delmismo, excepto aquellas modificaciones relativas al cambio deAdministrador por tanto de los responsables de su administración.

Asimismo, la Sociedad Administradora podrá renunciar a ser elAdministrador del Fondo y solicitar la transferencia del mismo aotra entidad.

d) Disolución y Liquidación Forzosa del Fondo

En caso de disolución y liquidación forzosa del Fondo se aplicaráel procedimiento dispuesto en la normativa legal aplicable alefecto.

Podrán ser causales de disolución y liquidación forzosa del Fondolas siguientes:

1) Revocación de la Autorización del Fondo.

2) Práctica deshonesta, dolosa o culposa comprobada en lasactividades del Fondo.

Cualquier controversia sobre la transferencia, liquidación voluntariay disolución del Fondo será sometida por las partes a un arbitrajede amigables componedores, de acuerdo con las normas de Leyde Arbitraje Nº 1770 de fecha 10 de marzo de 1997.

Art. 52. BALANCE FINAL DEL FONDO

En caso de liquidación voluntaria o por vencimiento del Fondo,como máximo dentro de los ciento veinte (120) días posterioresa la resolución de la Asamblea General de Participantes, la Sociedad

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Administradora someterá a la aprobación de la Asamblea Generalde Participantes un informe de liquidación, conteniendo el balancefinal de liquidación, el estado de resultados, una propuesta dedistribución del patrimonio neto entre los partícipes y demásinformación que corresponda, de acuerdo a las condiciones quese establezcan mediante acuerdo en la Asamblea General deParticipantes.

Aprobado el balance final de liquidación y la propuesta dedistribución del patrimonio, el balance final se deberá publicarpor una sola vez en un diario de circulación nacional.

CAPITULO X. OTRAS ESTIPULACIONES

Art. 53. DISOLUCIÓN, CONCURSO O QUIEBRA DE PARTICIPANTES

En caso de que algún Participante, tenga la calidad de ser unapersona jurídica, sea disuelto, entre un concurso preventivo deacreedores, un procedimiento de liquidación voluntario deempresas o sea declarado en quiebra, sus Cuotas continuaránformando parte del Fondo, hasta que las personas llamadas porley decidan el destino de las mismas.

En caso de que al momento de liquidación del Fondo las personasllamadas por ley a decidir el destino de dichas Cuotas no sehubieren presentado a la Sociedad Administradora, este montocorrespondiente al valor de sus Cuotas estará disponible en lascuentas del Fondo.

Las personas llamadas por ley a decidir el destino de estas Cuotaspodrán reclamar el monto debido con el CAT emitido por laEntidad de Depósito de Valores en la cual estén inscritas comoanotación en cuenta las Cuotas de Participación hasta el lapsode diez (10) años posteriores al vencimiento del Fondo, plazo alfinal del cual, el derecho de cobro prescribirá a favor del EstadoPlurinacional de Bolivia, por lo que su valor les será entregadoconforme a la normativa legal aplicable.

Art. 54. MONTO MÍNIMO

SAFI MSC dará inicio a las actividades del Fondo cuando elpatrimonio del mismo haya alcanzado, cuando menos, la sumade Bs. 10.000.000,00 (Diez Millones 00/100 de bolivianos). Lasaportaciones que los participantes efectúen como consecuenciade la suscripción de las Cuotas de Participación se depositaránen una institución financiera bancaria que cuente con unacalificación de riesgo no menor a A1, otorgada por una entidadcalificadora de riesgo autorizada por la ASFI, hasta el inicio deactividades del Fondo.

En caso de que la emisión de Cuotas de Participación por partedel Fondo no logre alcanzar el referido monto mínimo para elinicio de operaciones dentro de los plazos de colocación previstos,SAFI MSC podrá solicitar a ASFI ,con previa autorización de losParticipantes que ya hayan adquirido cuotas, la ampliación delplazo de colocación a un plazo no mayor a noventa (90) díascalendario, señalando los motivos debidamente fundamentadosen función a las condiciones del mercado, de acuerdo a loestablecido en el Art. 42 del Reglamento del Registro del Mercadode Valores aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 756de 16 de septiembre de 2005.

En caso de no lograr la colocación luego de la ampliación delplazo de colocación o en el supuesto que la solicitud de ampliaciónhaya sido negada por ASFI, la Sociedad Administradora se obliga

a devolver los aportes efectuados por los inversionistas, en unplazo de cinco (5) días hábiles administrativos de fenecido elplazo de colocación.

Art. 55. PROCESO DE DEVOLUCIÓN DE APORTES EN CASO DENO LOGRAR EL MONTO MÍNIMO DE COLOCACIÓN.

En caso que el fondo no logre alcanzar el monto mínimo decolocación, se realizará una Asamblea General de Participantescon aquellos que hubieran aportado hasta ese momento, la cualdeberá celebrarse diez (10) días calendario, anteriores al cierrede la colocación.

En esta Asamblea General de Participantes se propondrá laampliación del plazo de colocación de acuerdo a lo establecidoen el Artículo 42 del Reglamento del Registro del Mercado deValores aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 756de 16 de septiembre de 2005, a fin de lograr el monto mínimode Cuotas de Participación colocadas.

Si los Participantes aceptasen la prórroga propuesta, la SociedadAdministradora propondrá una nueva fecha tope de colocacióne iniciará el trámite correspondiente ante ASFI. Esta prórroga delplazo de colocación podrá realizarse solo una vez.

En caso que los Participantes no estén de acuerdo con laampliación del plazo de colocación, la Sociedad Administradoraprocederá a devolver, a través de la emisión de cheques, losaportes mas los rendimientos generados, en caso de existir, deacuerdo al registro que se lleve en las oficinas de la SociedadAdministradora.

Si los titulares acreditados requiriesen otra forma de liquidación(transferencias a cuentas corrientes y/o cajas de ahorro, cuentasde fondos administrados por la Sociedad Administradora, emisiónde cheques visados, etc.) podrán solicitarla con una nota dirigidaa la Sociedad Administradora por lo menos con dos (2) días hábilesde anticipación.

Los pagos que no se realicen a través de cheques locales, estaránsujetos al tarifario vigente de la entidad financiera que preste elservicio a la Sociedad Administradora.

Art. 56. PROCESO DE INVERSIÓN Y PROCESO EN CASO DEINCUMPLIMIENTO PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA.

La Sociedad Administradora cuenta con un “Manual deProcedimientos y Control Interno”, dentro del cual se encuentranlos siguientes procesos:

• Proceso de Inversión para Valores de Oferta Privada

• Proceso en Caso de Incumplimiento para Valores de OfertaPrivada

Ambos procesos se encuentran descritos en el “Anexo 1” delpresente Reglamento Interno.

CAPITULO XI. CONSIDERACIONES FINALES DE LA INVERSIÓN

Art. 57. ATRACTIVOS DE LA INVERSIÓN

Retorno financieroEl principal beneficio del Fondo será una rentabilidad acorde al riesgode la inversión dentro de un contexto de inversión de largo plazo.

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Administración especializadaEl Fondo es una plataforma para que los inversionistas puedandelegar la administración de sus recursos en manos deprofesionales con amplia experiencia, dedicados al análisisy búsqueda de inversiones que conlleven la maximización delrendimiento con el mínimo de riesgo posible.

Economías de escalaLos Participantes del Fondo tomarán ventaja de las economíasde escala que ofrece el Fondo, puesto que los gastos operativosy legales serán diluidos entre varios Participantes.

Plazo y liquidezLas inversiones del Fondo tendrán en promedio un plazo igual omenor que el plazo establecido de vigencia para el fondo, que esde 4320 días. La liquidez de las Cuotas dependerá de lascondiciones generales que se ofrezca en el mercado secundariopara este tipo de instrumento, sin embargo los participantespodrán acceder anualmente a los rendimientos o gananciasgeneradas por el fondo en efectivo

Información ContinuaLos inversionistas del Fondo contarán con información mensualy valoración diaria de las Cuotas del Fondo. Asimismo, SAFI MSCmantendrá constantemente informado al Representante Comúnde los Participantes sobre la evolución y situación del Fondo.

Nuevas alternativas de inversiónEl Fondo es una opción distinta para invertir a través del mercadode capitales boliviano, que surge como una opción a las pocasalternativas de inversión existentes en el mercado.

Impacto SocialSe ha establecido el Sector Productivo dentro de la economíaNacional como el óptimo para que el Fondo realice inversiones.

Es de esta manera que el Fondo se constituye en una nuevaopción que tendrán las Unidades económicas grandes y medianasdel Sector Productivo Industrial y Agroindustrial en el territorionacional para incorporar nuevos inversionistas en su negocio yde esta forma les permitirá ampliar sus operaciones, generandoempleos en el país y dinamizando la economía nacional.

Art. 58. FACTORES DE RIESGO

Los potenciales inversionistas deben estar consientes que las inversiones del Fondo están sujetas a variaciones normalesdel mercado y otros riesgos inherentes en los procesos deinversión. El valor de las Cuotas de Participación puede bajarasí como subir originando que el inversionista no puedanecesariamente recuperar la totalidad del monto invertido.

De esta manera, las Cuotas de Participación del Fondopodrán variar de acuerdo al entorno que rodea las inversionessubyacentes de éste. A continuación se detallan los principalesfactores de riesgo que podrían afectar el valor del Fondo.

Riesgo políticoBolivia está atravesando un periodo de cambio de modeloeconómico, político y social, por lo cual es posible que el fondoopere en contextos diferentes en el tiempo.

Bajo el supuesto del referido contexto, se podría afectar lacapacidad de pago de algunas de las empresas, instituciones yproyectos en las que invierta el Fondo.

Riesgo económicoSi bien la economía Boliviana ha experimentado un repunte ensu crecimiento económico durante los últimos años, la historiaeconómica de Bolivia ha sido volátil. En tal sentido, undecrecimiento de la economía nacional podría afectar la capacidadde pago de algunos de los deudores del Fondo.

Riesgo cambiarioEl Fondo invertirá en Bolivianos, UFV´s, y Bolivianos conMantenimiento de Valor. Es probable que el Fondo como medidade diversificación o como búsqueda de oportunidades de inversióninvierta parte de la cartera en moneda distinta a la monedadel Fondo, por lo cual los inversionistas podrían estar expuestosa riesgo cambiario.

Riesgo de disponibilidad de las inversionesUna baja oferta de los principales activos en los cuales el Fondopuede invertir podría eventualmente significar una reduccióntemporal en la rentabilidad del Fondo, ya que lasinversiones podrían ser reemplazadas temporalmente porinstrumentos de deuda con menor rentabi l idad.

Riesgo de liquidez de las CuotasDebido al corto tiempo del mercado de valores boliviano,es difícil asegurar que se desarrolle a futuro un mercadosecundario líquido para las Cuotas de Participación del Fondo.Sin embargo, dada la liquidez de los activos subyacentes delFondo y del plazo de duración de éste, se puede esperar que las Cuotas de Participación tengan una liquidez mayor conrelación a otros fondos de inversión cerrados que pudierancrearse en el país.

Riesgo tributarioLas estimaciones de rentabilidad del Fondo se basan en lascondiciones actuales de tributación. Un cambio en la legislaciónfiscal existente podría afectar la rentabilidad del Fondo.

Riesgo de incumplimiento o impagoEs el riesgo donde un emisor/deudor no pueda atender susobligaciones financieras tanto de capital como de intereses deacuerdo a los planes previamente pactados en los documentoslegales de las emisiones de Valores.

Riesgo LegalEs el riesgo que el Fondo está sujeto como consecuencia de lasacciones legales que interponga en contra de las EMS por efectode la aceleración de los plazos de vencimiento del capital y losintereses pendientes de pago de las emisiones de Valores,conjuntamente con cualquier otro monto devengado, exigible eimpago adeudado bajo las referidas emisiones y en general parael ejercicio de todas y cualesquiera de las acciones que derivende las emisiones de Valores que conformen la cartera deInversiones del Fondo.

Riesgo de CalificaciónLa calificación de riesgo de las empresas en las cuales invertiríael Fondo puede variar en el tiempo a un nivel superior o inferioral de la calificación inicial. La calificación de riesgo no es una recomendación de comprar, vender o mantener un Valor,sino una opinión de un tercero sobre la situación de undeterminado Valor o emisor y puede ser cambiada en cualquiermomento.

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Riesgo de mercadoUna significativa modificación de tasas de interés delsistema financiero local podría eventualmente reducir larentabilidad esperada del Fondo.

Riesgos de InversiónEl Fondo tiene como objetivo otorgar un adecuado rendimientoy preservar el capital, pero el valor del Fondo podrá subiro bajar como resultado de variaciones del valor de losinstrumentos invertidos.

Conflictos de interésLos honorarios de la Sociedad Administradora serán variables,y dependerán del patrimonio neto del Fondo, lo cual asegurauna concordancia de intereses con los de los partícipes delFondo y llevará a la consecución de los fines y objetivosplanteados de manera conjunta.

De todas maneras, la Sociedad Administradora de acuerdo a lasnormativas existentes posee mecanismos para evitar potencialesconflictos de interés determinados en su Código de Ética y elReglamento para conflicto de interés del Fondo MSC ProductivoFondo de Inversión Cerrado.

Riesgo por adquisición de Valores de Oferta PrivadaLos Valores de Oferta Privada, por su naturaleza jurídica, no hansido objeto de autorización previa por parte de la Autoridad deSupervisión del Sistema Financiero (“ASFI”), ni se encuentraninscritos en el Registro del Mercado de Valores de ASFI, por lo quelos mismos, serán negociados en un mercado que no se encuentrabajo la regulación, control, supervisión y fiscalización de ASFI.

Asimismo, el Emisor de los Valores de Oferta Privada no se encuentrabajo la supervisión de ASFI y no tiene obligación legal alguna deenviar a dicho organismo de supervisión ningún tipo de informaciónperiódica, relevante, o de cualquier otra naturaleza que en formatos,medios y plazos específicos sea requerida por la Ley del Mercadode Valores Nº 1834 de 31 de marzo de 1998 y sus respectivosreglamentos, correspondiendo a los tenedores de los Valores deOferta Privada, mediante Asamblea General hacer velar y respetarfrente al Emisor los derechos adquiridos en los documentos queconforman la emisión de Valores de Oferta Privada.

Art. 59 COMITÉ DE CONFLICTO DE INTERESES DEL FONDO MSCP R O D U C T I V O F O N D O D E I N V E R S I Ó N C E R R A D O

Con la finalidad de contar con un mecanismo o forma de apoyodentro del marco de un buen gobierno corporativo para el correctoproceder de todos los funcionarios de “SAFI MERCANTIL SANTACRUZ S.A.”, frente a aquellos temas de ocurrencia en laadministración del Fondo MSC Productivo Fondo de InversiónCerrado; la Sociedad Administradora ha determinado contar conun Comité de conflicto de intereses, en adelante el “Comité”, elmismo que deberá sujetarse a las normas establecidas en suReglamento, los Reglamentos Internos de los Fondos Cerradosque administra la Sociedad Administradora y la Normativa vigente.

La función del comité será la de regular las posibles situacionesde conflicto de interés3 que se susciten: por cualquier acción dela Sociedad Administradora o del Administrador, en el FondoMSC Productivo Fondo de Inversión Cerrado que administre ycon respecto a inversiones y/o transacciones que pretenda realizarel Comité de Inversiones en Valores de Oferta Privada.

3 Entiendase por “Conflicto de Interés” cualquier acto, omisión o situación de una persona natural o jurídica, aconsecuencia del o de la cual dicha persona pueda obtener ventajas o beneficios ilegítimos, para sí o para terceros,mediante el uso de información, la prestación de servicios o la realización de transacciones ya sea dentro o fueradel mercado de valores.

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ANEXO 1

PROCESO DE INVERSIÓN Y PROCESO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA

2. PROCESO DE INVERSIÓN

Los procedimientos asociados al Proceso de Inversión para inversión en Valores de Oferta Privada que adquirirán los Fondosde inversión administrados por la Sociedad son los siguientes:

1. SIMBOLOGÍA UTILIZADA

Para la mejor comprensión de los procedimientos, se presentan a continuación una descripción de la simbología utilizada.

SÍMBOLO DESCRIPCIÓN

Indicador de inicio de un procedimiento

Forma utilizada en un diagrama para representar una tarea o una actividad

Forma utilizada en un diagrama para representar una actividadpredefinida realizada en los sistemas informáticos de la sociedad

Forma utilizada en un diagrama para representar una tarea o unaactividad de una entidad externa (Ejemplo: Participante o cliente)

Forma utilizada en un diagrama de flujo actividad de decisión

Forma utilizada para representar la obtención de un reporte

Conector fuera de página para representar una referencia cruzada enotra página de un diagrama de flujo

Conector para representar una referencia de entrada a otroprocedimiento vinculado al flujo

Conector utilizado para representar el fin de un procedimiento

Inicio

Fin

Texto

A

PROCESO DEINVERSIÓN

ANÁLISISIDENTIFICACIÓN APROBACIÓN EVALUACIÓN YSEGUIMIENTO

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4 Entiéndase por Equipo de Inversiones, al personal idóneo y capacitado, que designará SAFI Mercantil Santa CruzS.A. para realizar todo el proceso de inversión dentro del Fondo (Jefe de inversiones y Analista de inversiones).

2.1. IDENTIFICACIÓN DE LA OPORTUNIDAD DE INVERSIÓN PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA

FLUJO

Observación Diagrama Responsable Políticas Riesgo Control

El personal delÁrea comercial

visitaránuevamente la

EMS paraconseguir lainformaciónadicional

Desición queestará a cargo del

Comité deinversiones

• Administradordel Fondo

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

• Área Comercial

• Administradordel Fondo

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones• Área Comercial

• Analista de Inversiones

• Analista de Inversiones

7B

5B68

6 3

2

1

Inicio

1. Preselección de posiblesEmpresas Emisoras de

Valores de Oferta Privada

2. RecopilaciónDatos Empresasseleccionadas

3. Recepción deInformación

InformaciónSuficiente

4. Solicitud deinformación adicional

en nueva visita

5. Elaboración de lalista de identificación

de Emisores

Lista deidentificación de

Emisores

7. Entrega de informaciónpara visitas

Fin

Empresa cumple conlas condiciones de

selección

6. Devolución deinformación a empresas

No

Si

SiNo

• Comité de Inversiones

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1. Preselección de posibles Empresas Emisoras de Valores de Oferta Privada

El Administrador del Fondo, junto al equipo de inversiones4, se encargaran de realizar la preselección de posibles empresaso instituciones prospectos para ser futuras Empresas Emisoras (EMS) de Valores de Oferta Privada, para ser adquiridas porlos Fondos de Inversión Cerrados que administre la Sociedad Administradora.

Esta preselección se basará principalmente en los antecedentes de la EMS, su historia, prestigio institucional en el mercadonacional, conocimiento de la necesidad de financiamiento por parte de la empresa, así como algunos datos financierosgenerales que pueda conseguirse de manera pública.

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2. Recopilación de datos de Empresas seleccionadas

Una vez que se cuente con las Empresas preseleccionadas para emitir Valores de Oferta Privada, será el Área Comercial dela SAFI la encargada de contactarse con las mencionadas empresas, habiendo sido previamente informados sobre la empresaa la cual deben dirigirse con el objetivo de:

• Informar sobre las condiciones y opciones que tiene la empresa para poder emitir Valores de Oferta Privada comomecanismo de inversión.

• Beneficios que representan para las empresas este tipo de financiamiento.• Obligaciones y requisitos que les serán exigidos.• Procedimientos y tiempos a seguir para este tipo de inversión por parte de la SAFI.

Adicionalmente se solicitará a la empresa mínimamente lo siguiente:

• Información general de la empresa.• Estados Financieros.• Descripción del negocio.• Descripción de la organización de la empresa.• Composición del mercado (competencia, oferta/demanda)• Principales clientes y proveedores.• Perspectivas y proyecciones financieras.• Flujos de efectivo (Actividades de operación, inversión y financiamiento).• Cualquier otra información adicional que se considere necesaria.

3. Recepción de información

El área comercial, facilitará toda la información y documentación recopilada en su visita a la posible empresa emisora, alAdministrador del Fondo y al Equipo de Inversiones, quienes estarán encargados de recepcionar esta información, revisarlay verificar si la misma es suficiente o no para continuar con el proceso.

4. Solicitud de información adicional en nueva visita

En caso de que se consideré que la información no es suficiente se solicitará al personal del Área Comercial que visitenuevamente a la empresa con el objetivo de recabar información adicional, que sea previamente solicitada por el Administradordel Fondo y el Equipo de Inversiones.

5. Elaboración de la lista de identificación de emisores

Una vez que el comité interno de evaluación5 aprueba la evaluación preliminar de Riesgos realizada a la posible empresaemisora de Valores de Oferta Privada, será el Equipo de Inversiones el encargado de elaborar la lista de identificación deemisores antes de ingresar al procedimiento de análisis.

5 El comité interno de evaluación estará conformado por el Administrador del Fondo, el Administrador suplente,el Jefe de Inversiones y el Analista de Inversiones mínimamente.

1. DATOS DE LA EMPRESA

INFORMACIÓN DESCRIPCIÓN

2. CONDICIONES DE LA POSIBLE EMISIÓN

3. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA

4. EXPERIENCIA EN SAFIMSA

5. ESTADOS FINANCIEROS

6. ANÁLISIS FINANCIERO

7. FLUJOS DE EFECTIVO

8. INVERSIONES ADICIONALES PROYECTADAS

Datos Generales de la empresa, información general.

Información mínima que contendrá la posible emisión (Tipo de Valor, Monto,objeto del financiamiento, tasa, plazo y garantía).

Antecedentes de la Empresa, Accionistas y directorio, infraestructura,organigrama, diferentes políticas que se tengan, servicios o productos ymercados, proveedores e insumos, clientes, entre otras características.

Si existiera algún antecedente.

Balance General y E.E.R.R.

Análisis vertical, horizontal, ratios financieros (liquidez, endeudamiento,rentabilidad y solvencia), evolución de otros indicadores.

Actividades de operación, inversión y financiamiento.

Si existiera la intención de realizar alguna inversión adicional por el tiempo devigencia de los Valores a Emitir.

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6. Devolución de información a empresa

Dado el caso que el comité interno de evaluación no apruebe la evaluación preliminar de Riesgos realizada a la posible empresaemisora de Valores de Oferta Privada, puesto que no cumple con los requisitos básicos de selección, el Analista de inversiónprocederá a devolver toda la información y documentación proporcionada por la empresa.

7. Entrega de Información para Análisis

Una vez realizado y aprobado el “listado para identificación de emisores”, este servirá como base para comenzar el siguienteprocedimiento de análisis de las inversiones.

DESGLOSE DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

1. (7.B.) Falta de direccionamiento estratégico

Antes de realizar el proceso de preselección de posibles empresas emisoras la sociedad Administradora tendrá de maneramuy clara y concreta los sectores de la economía que se desea intervenir, que tipo de empresas son las más aptas para eltipo de inversión que se desea realizar y las condiciones mínimas que estas deben presentar, además de tomar en cuenta losmárgenes y límites descritos en los Reglamentos Internos de la SAFI.

2. (5.B.) Información errónea (6) Perdida de documentación (8) Confidencialidad

Al momento de recepcionar la información del Área comercial, el equipo de inversiones realizará todos los esfuerzos porverificar la veracidad de dicha información, que la misma sea toda la solicitada por el Administrador del Fondo y que seencuentre dentro del tiempo exigido.

Para este propósito se le exigirá a la Empresa que presente su último estado financiero auditado, además de su estadofinanciero y flujos de efectivo del último trimestre, también cualquier documento de constitución que la empresa presentepodrá ser solicitado como copia legalizada u original, respaldos de sus principales accionistas, clientes y proveedores, entreotras exigencias.

Con respecto al riesgo en lo referente a la confidencialidad, se realizarán todos los procedimientos y medidas legales necesariaspara velar por los intereses de la empresa prospecto de inversión, protegiendo y asegurando toda la documentación einformación proporcionada, para evitar cualquier tipo transgresión al compromiso de confidencialidad de información asumidoentre la empresa y la Sociedad administradora. De ser descartada la inversión la Sociedad Administradora tendrá la obligaciónde devolver toda la documentación proporcionada.

3. (6) Perdida de documentación

Una vez realizado el informe especializado, será el equipo de inversiones el encargado de velar por toda la documentaciónenviada por la posible empresa emisora desde el análisis de la inversión pasando por la decisión de inversión por parte delcomité de inversiones de la sociedad y finalizando en el momento de la desinversión en caso de concretarse la misma.

2.2. ANÁLISIS DE INVERSIÓN PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA

FLUJO

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1. Análisis de la inversión y Análisis Financiero

En esta parte del proceso, el equipo de inversiones realizará un análisis especializado, según el sector económico nacional al que pertenecela empresa objeto de evaluación.

Se consolidaran datos de la empresa como la Información general de la empresa, las condiciones de la posible emisión (según solicitud dela empresa), características de la empresa, sus antecedentes, infraestructura y organización, servicios o productos y mercados/demanda,proveedores e insumos, clientes, además de los Estados Financieros con los cuales se realizará un Análisis financiero y se verificará su Estructurade deuda, para de esta forma obtener las Conclusiones y Recomendaciones acerca de la empresa.

Una vez obtenidos los anteriores datos, el equipo de inversiones procederá a realizar un análisis de inversión tomando en cuenta el Rendimiento,Riesgo y Tiempo de la inversión que se pretende realizar, para de esta manera emitir una opinión acerca de la posible inversión.

El Análisis Financiero será realizado básicamente con un Análisis vertical, un análisis horizontal, y los siguientes Ratios Financieros:

Observación Diagrama Responsable Políticas Riesgo Control

Se solicitará lainformación

adicional desdeel proceso deaprobación

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

• Comité de inversiones

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

5B 1

Segúnrequerimientosdel comité deinversión

3. Solicitud deinformaciónadicional

Inicio

• Antecedentes• Condiciones• Características• Conclusiones yRecomendaciones

1. Análisis de laInversión

1. Análisis Financiero• EEFF• Ratios Financieros

• Cualitativo• Cuantitativo

3. Criterios

Fin

PROPUESTA DEINVERSIÓN

5. Elaboración dePropuesta deinversión

4. Verificarinformación de la

Empresa

5B 1

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

• Jefe de Inversiones• Analista de Inversiones

RATIO 1: Total Pasivo dividido entre el Total PatrimonioRATIO 2: Total Pasivo dividido entre el EBITDA (Beneficio antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones)RATIO 3: Utilidad Operacional dividida entre interesesRATIO4 : Activo Circulante dividido entre Pasivo Circulante

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INDICADORES DE EXPERIENCIA

AÑOS DE EXPERIENCIA

> 1 año de experiencia

INGRESOS ANUALES GENERADOSLOS ULTIMOS 3 AÑOS NÚMERO DE EMPLEADOS

TAMAÑO DE LA EMPRESA

PEQUEÑA > $us. 50.000.- < 30 empleados

> 2 año de experienciaMEDIANA > $us. 100.000.- < 100 empleados

> 3 año de experienciaGRANDE > $us. 200.000.- > 100 empleados

30%Peso específico 35% 35%

PASIVO TOTAL / PATRIMONIO(PROMEDIO DE LOS ULTIMOS 3 AÑOS) VENTAS ANUALES PATRIMONIO PROMEDIO

DE LOS ULTIMOS 3 AÑOS

< 5.5 vecesPEQUEÑA < 2 Millones Dólares > $us. 100.000.-

< 4.5 vecesMEDIANA < 4 Millones Dólares > $us. 500.000.-

< 3.5 vecesGRANDE > 4 Millones Dólares > $us. 2.000.000.-

20%Peso especifico 40% 40%

INDICADORES FINANCIEROSTAMAÑO DE LA EMPRESA

ELABORACIÓN PROPIA

4. Verificar información de la empresa

El equipo de inversiones procederá a verificar toda la información de la empresa, la cual considere que necesita alguna explicación o aclaraciónadicional y/o a su vez en esta etapa podrán verificar toda la información relativa a la EMS y sus representantes Legales, en cualquier Centralde Riesgos o instituciones similares, previa autorización de la EMS.

5. Elaboración de propuesta de inversión

Finalmente con el resultado de todos los análisis realizados que se mencionan en la parte superior, se procederá a la elaboración de uninforme de inversión a manera de propuesta que presente toda la información obtenida y que cuente con una conclusión y recomendacionessobre la posible inversión.

Como complemento del análisis anterior, el equipo de inversiones realizará los siguientes estudios:

• Breve estudio y comentario de la economía nacional

2. Requerimiento de solicitud adicional

El comité de inversiones dentro del proceso de decisión de inversión, tendrá la facultad de solicitar al equipo de inversiones cualquier tipode información adicional que consideré necesaria y oportuna, para tomar una decisión de inversión en determinada empresa.

3. Verificación de Criterios

Una vez obtenido el anterior análisis, se verificará que las empresas emisoras cumplan con los siguientes criterios:

Criterios Cualitativos:

• Presentar una certificación de deudas con las AFP´s, impuestos Nacionales u otras certificaciones o reportes de los Buros de informaciónautorizados por la ASFI, en los que se evidencia que la Sociedad Objeto de inversión no mantiene créditos con el sistema financiero,en ejecución, en mora, o con calificación de riesgo C o D.

• No tener accionistas o dueños se encuentren vinculados patrimonialmente con la Sociedad Administradora cualquiera sea suparticipación, incluso los directores, ejecutivos, administradores, miembros del comité de inversiones, con sus conyugues y familiaresdentro del segundo grado de consanguinidad y segundo por afinidad.

• Presentar el instrumento legal por el cual el potencial emisor decide emitir Valores de Oferta Privada.

• Las EMS deberán ser formales, contando para ello con un registro tributario de acuerdo a su naturaleza jurídica, y contar con estadosfinancieros.

• Los requisitos descritos en el Artículo 33 del Presente Reglamento.

Criterios Cuantitativos:

Para ser consideradas por el Fondo, las empresas emisoras de Valores de Oferta Privada, según su tamaño, deberán cumplir con por lo menosel 50%, de ambos indicadores, según la ponderación del siguiente cuadro:

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DESGLOSE DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

1. (5.B.) Información errónea

Para evitar problemas con la información, el analista de inversiones recopilará y preparará la información necesaria para los diferentesestudios, y en forma previa a su análisis, la información será revisada y verificada por el jefe de inversiones y de ser necesario por elAdministrador del Fondo, de esta manera se realizará un doble control con el objetivo de evitar cualquier tipo de error en la información.

2.3. APROBACIÓN DE INVERSIÓN PARA VALORES DE OFERTA PRIVADA

FLUJO

Observación Diagrama Responsable Políticas Riesgo Control

Se solicitará lainformación

adicional al Áreade inversión enel proceso de

análisis

•Comité de inversiones

• Administrador del Fondo• Área legal

• Empresa Emisora• Agencia de Bolsa

3 1

No • Administrador del Fondo 4 2

•Comité de inversiones

• Administrador del Fondo 2A 3

Inicio1. Se descarta

la inversión

2. Vuelve alProceso deanálisis

Acta de comité

Necesita mayorinformación

Decisión deinversión

Acta de comité

6. Compra deValores

Si

No

Si

Si

No

Emisión deValores de Oferta

Privada

La EMS secompromete a

entregar toda lainformación que

requiere laCalificadora de

Riesgo

No

3. Análisisrealizado porexpertos

4. Elaboración dedocumentación

NecesitaAnálisis deTerceros

Si

Contrato con lascondiciones

5. Solicitud deCalificación de

Riesgo al Emisor

Comité aprueba lainversión con el

informe de Calificaciónde Riesgo

Fin

•Expertos externos a laSociedad Administradora 8 3

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Con todos los estudios realizados en el proceso de análisis de la inversión y teniendo la propuesta realizada por el equipo de inversiones, elcomité de inversión estará a cargo de la decisión de inversión.

1. Se descarta la inversión

En el supuesto de que la propuesta de inversión presentada por el equipo de inversiones no cumpla las expectativas del comité de inversióndel Fondo, esta se descartará y no se realizará ninguna inversión en esta empresa, para finalmente documentar esta decisión en un actadel comité.

2. Vuelve al proceso de análisis

El comité de inversión tendrá la potestad de solicitar al equipo de inversiones, información adicional o complementaria, antes de tomar ladecisión de inversión. Dicha información deberá ser elaborada por el equipo de inversiones e incluida en la propuesta presentada anteriormente.

3. Análisis realizado por expertos

Luego de realizados todos los análisis a cargo del equipo de inversiones, el comité de inversiones definirá si es o no necesario un estudioadicional realizado por personal experto en determinadas áreas (Asesor Técnico), ajeno a la Sociedad Administradora, el cual en caso denecesitarse emitirá un informe adicional.

4. Elaboración de la documentación

Una vez revisada la propuesta presentada y toda la información adicional sobre la posible empresa emisora, si la hubiera, el comité deinversión del Fondo decidirá realizar la inversión, es de esta manera que se elabora un acta de comité que detalle las razones por las cualesse decide realizar la inversión en esta empresa y es el asesor legal de la empresa el encargado de realizar el contrato que detalle lascondiciones para la compra de Valores de Oferta Privada, con todas las características necesarias, que será suscrito entre el Fondo y laEmpresa emisora (EMS).

5. Solicitud de Calificación de Riesgo

Ya teniendo la aprobación otorgada por el comité de inversión del Fondo, con respecto a la inversión del Fondo en la empresa emisora através de Valores de Oferta Privada, el Administrador del Fondo solicitará a la EMS que se contacte con la Calificadora de Riesgo, para queesta pueda evaluarla y asignarle una Calificación de Riesgo a la EMS.

En el contrato suscrito para la inversión en Valores de Oferta Privada, la EMS se comprometerá a entregar toda la información y documentaciónque se le sea solicitada, tanto por el Administrador del Fondo, como por la calificadora de riesgos.

6. Compra de Valores

Una vez revisada y aprobada la calificación de riesgo privada por el comité de inversiones, serán la EMS y la agencia de bolsa las encargadasde realizar la emisión de los Valores de Oferta Privada según las características pactadas, para que posteriormente el Administrador del Fondorealice a nombre de cada uno de los Fondos que administra la compra de los Valores de Oferta Privada recientemente emitidos para queingresen a la cartera del Fondo.

DESGLOSE DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

1. (3) Riesgo Jurídico

En la elaboración de la documentación, principalmente la elaboración del contrato a ser suscrito, podrán existir algunos riesgos jurídicos, espor este motivo que el Asesor legal contratado por la Sociedad Administradora deberá tener bastante experiencia, trayectoria laboral yestudios para la elaboración de este tipo de contratos, para que de esta manera todo contrato o documento legal pase por la revisión delasesor legal para su visto bueno y adicionalmente será el Administrador del Fondo quien revisará y dará el visto bueno para que el contratosuscrito cumpla con todas las condiciones aprobadas por el comité, verificando que el mismo cuente con todos los mecanismos legalesnecesarios para precautelar los intereses de los Fondos que administra y así también velar por los intereses de los participantes, de estamanera se realizará un doble control con el objetivo de evitar cualquier tipo de problema jurídico.

2. (4) Incumplimiento de obligaciones

Se encontrará debidamente detallado en el contrato suscrito, que la EMS se compromete a entregar toda la información y documentaciónque sea requerida por el Administrador del Fondo y la Calificadora de Riesgo, para las respectivas evaluaciones.

3. (2.A.) Normas y políticas internas

Será el equipo de inversiones el encargado de revisar y controlar que todas las inversiones en Valores de Oferta Privada, se ajusten a losdiferentes límites descritos en los Reglamentos Internos de cada Fondo, así como en la política interna de inversiones aprobada.

40

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2.4. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA INVERSIÓN

FLUJO

Observación Diagrama Responsable Políticas Riesgo Control

La Evaluación serámínimamente enforma trimestral

•Jefe de inversiones• Análisis de inversiones

• Comité de inversiones

5A5B5C

2

• Administrador del Fondo 4 3

• Administrador del Fondo• Comité de Inversiones• Jefe de inversiones• Analista de inversiones

• Comité de inversiones

Se realizaránseguimientos

diarios,mensuales ytrimestrales

La EMS secompromete a

entregar toda lainformación que

requiera laCalificación de

Riesgo

• Jefe de inversiones• Analista de inversiones

• Administrador del Fondo• Comité de inversiones

Se decidirá sobrela periodicidad de

la Evaluaciónsegún las

característicasparticulares de la

EMS

5C 1

Fin

5. Presentaciónde la Evaluación

3. Solicitud de informacióny datos complementarios a

la EMS

Inicio

1. Seguimientosrequeridos a la

EMS

6. Medidas a tomarcon respecto al

informe de evaluación

4. Solicitud de actualizaciónen la Calificación de Riesgopor parte de la Calificadora

de Riesgo

2. Definir laperiodicidad de

evaluación de la EMS,en un periodo detiempo menor al

trimestral

La evaluación serealizará

TrimestralmenteNo

Si

3. Control deCovenantsFinancieros

5A5B5C

2• Jefe de inversiones• Analista de inversiones

4. (8) Confidencialidad

En caso de necesitarse un informe adicional realizado por personal experto en determinada área, ajeno a la Sociedad Administradora, estárealizará todas las gestiones y procedimientos necesarios con el objetivo de salvaguardar y cuidar toda la información y documentaciónproporcionada por la empresa emisora, para evitar cualquier tipo de violación o transgresión al compromiso de confidencialidad de informaciónasumido entre la empresa y la Sociedad administradora, al momento de la entrega de la documentación.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1. Seguimientos requeridos a la EMS

El equipo de inversiones será el encargado de realizar el seguimiento necesario a la EMS, sea este diario (Pagos de intereses y Capital segúnlo pactado, cualquier infracción a las restricciones y obligaciones para EMS de Valores de Oferta Privada descritas en el Reglamento Internodel Fondo, cualquier acontecimiento que signifique o este catalogado como hecho relevante, deudas nuevas, otros) mensual (modificacionesimportantes en sus estados financieros, incrementos o decrementos significativos en ventas, costos, utilidades, otros) y Trimestralmente(presentación de estados financieros auditados, flujos de efectivo, cambios en su estructura de deuda, modificaciones en su composiciónaccionaria o en los miembros de su directorio).

2. Definir la periodicidad de evaluación de la EMS, en un periodo de tiempo menor al trimestral

Dentro del proceso de inversión se tiene decidido realizar una evaluación a las EMS mínimamente en forma trimestral, sin embargo el comitéde inversiones, el Administrador del Fondo y el equipo de inversiones definirán, de considerar necesario, una periodicidad de Evaluación enun periodo de tiempo menor al trimestral según las características particulares de cada EMS.

3. Solicitud de información y datos complementarios a la EMS

Una vez definida la periodicidad de evaluación, el equipo de inversiones será el encargado de requerir a la EMS, toda la información ydocumentación que sea necesaria para realizar una evaluación completa, adicionalmente tomará en cuenta todos los datos obtenidos en elseguimiento, descrito en el punto 1 del presente procedimiento, que realizará a la EMS.

4. Solicitud de actualización en la Calificación de Riesgo Privada por parte de la Calificadora de Riesgo

Ya teniendo toda la información necesaria para realizar la evaluación a cargo del equipo de inversiones, será el Administrador del Fondo quiensolicitará a la EMS que se contacte nuevamente con la Calificadora de Riesgo, para que esta actualice y evalué la Calificación de Riesgo de laEMS, sea esta pública o privada.

5. Presentación de la Evaluación

Será el Administrador del Fondo el encargado de presentar, dentro del comité de inversiones, el seguimiento y la evaluación efectuada porel equipo de inversiones a las EMS.

6. Medidas a tomar con respecto al informe de evaluación

Finalmente será el comité de Inversiones del Fondo, previo análisis del informe de evaluación anteriormente presentado, el encargado detomar las determinaciones pertinentes acerca de los Valores de Oferta Privada de las EMS que se encuentran en la cartera del Fondo.

DESGLOSE DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

1. (5.C.) Información inoportuna

Para evitar retrasos durante el seguimiento a la EMS, que puedan perjudicar el proceso de evaluación a la misma, se mantendrá permanentecontacto con la EMS para facilitar la transmisión de información y documentos que sean importantes, de la misma manera se resaltará laimportancia de tener la información necesaria, relevante y significativa en un periodo de tiempo suficiente para tomar cualquier accióncorrectiva y finalmente el equipo de inversiones deberá ir monitoreando y buscando información y datos publicados de la EMS y el sectoreconómico al que pertenece la EMS para realizar un adecuado seguimiento y contar con información oportuna.

2. (5.A. / 5.B. / 5.C.) Información insuficiente, errónea o inoportuna

Para evitar problemas con la información, se contará primero en forma detallada con los requisitos, obligaciones y restricciones a los quese compromete la EMS, los cuales estarán descritos en el Reglamento interno de cada Fondo, luego dentro del contrato suscrito se deberádetallar el compromiso de la EMS para proporcionar información que le sea solicitada en determinado periodo de tiempo y será el equipode inversiones el encargado de dar seguimiento al cumplimiento de estas obligaciones por parte de la EMS.

3. (4) Incumplimiento de obligaciones

Se encontrará debidamente detallado en el contrato suscrito, que la EMS se compromete a entregar toda la información y documentaciónque sea requerida por el Administrador del Fondo y la Calificadora de Riesgo, para las respectivas evaluaciones.

PROCESO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En ocasiones se podrían generar eventos de incumplimiento a las condiciones de la inversión por parte de las EMS.

En caso de presentarse este tipo de acontecimiento se tendrá el siguiente procedimiento a seguir:

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Observación Diagrama Responsable Políticas Riesgo Control

Operacionesrealizadas en el

Sistema•Contador General

• Jefe de inversiones• Analista de inversiones

3 2

No

• Administrador del Fondo

•Comité de inversiones

5A5B

3

Si

No

Se informará sobrelas previsionesaplicadas en el

sistema, a la EMS,al área legal y

comité deinversiones

Previa respuestapor parte de la

EMS, informandosobre las razonesde su impago y lasmedidas a tomar

•Contador General 2B 1

•Comité de inversiones

•Comité de inversiones

• Administrador del Fondo• Comité de inversiones• Asesor legal

• Asesor legal

3 4

Inicio

1. Devengamientoregular de Valores enla cartera del Fondo

La EMS realizó elpago de interés yCapital según lo

pactado

Informe deincumplimiento

2. Cálculo y contabilizaciónde previsiones

3. Elaboración de Informesobre incumplimiento y

cobro de mora

4. Evaluación delimpago y medidas

a tomar

El evento deincumplimiento es

crítico

5. Política de gestiónpara incumplimientos

subsanables

Fin7. Decisión de lasmedidas a seguir

8. Acciones legales ysolicitud de ejecución

9. Ejecución del Valor

Fin

Si

Si

6. Determinaciónde capacidad dePago de la EMS

Se solucionó elincumplimiento con las

políticas aplicadas

No

Una vez que secuente con la

decisión del comitéde inversiones

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1. Devengamiento regular de Valores en la cartera del Fondo

Una vez revisado que el pago pactado de intereses y capital, que deberá realizar periódicamente la EMS, como retribución a

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la compra de Valores de Oferta Privada por parte de los Fondos que administra SAFI Mercantil Santa Cruz S.A., se encuentraen correcto funcionamiento en lo que se refiere a plazos y montos, será entonces el “Contador General” el encargado derealizar todas las operaciones que se ejecutan normal y regularmente con Valores de la cartera del Fondo.

2. Cálculo y cobro de previsiones

Dado el caso de que existan retrasos o impagos por parte de las EMS en el pago de deudas e intereses hacia el Fondo de inversión,la Sociedad Administradora, previa autorización del Administrador del Fondo, aplicará un factor de Previsión como manera decobertura, en el supuesto que exista la posibilidad de que la EMS incumpla el pago total de su deuda al Fondo. Dicha Previsiónserá calculada de la siguiente manera y será el Contador General el encargado de realizar esta operación en sistema:

Según los días de impago de la EMS se calculará un porcentaje de Previsión sobre el total de la deuda que mantiene la EMScon el Fondo. Cuadro de días de mora y su respectivo porcentaje de Previsión:

3. Elaboración de informe sobre incumplimientos y cobros de previsiones

Una vez confirmado el retraso en el pago de intereses y/o deuda por parte de la EMS y realizado el cobro de su respectivaprevisión en el sistema, SAFI MSC a través del administrador del Fondo, actuará con la mayor prontitud y oportunidad paravelar por los intereses del Fondo, ejecutando entre otras las siguientes actividades:

•Se tomará contacto directamente con la empresa para investigar las razones que están por detrás del deterioro de susituación financiera y el consecuente impago de sus obligaciones.

•Se convocará a Comité de Inversiones para informar sobre el (o los) incumplimiento(s) emergido(s).

4. Evaluación del impago

El comité de inversiones será el encargado de evaluar las razones del impago y la seriedad del mismo, para que de esta manera,luego de una evaluación de la operación, sea el encargado de definir qué medidas se adoptará y las acciones a seguirdependiendo de la severidad del caso.

Durante esta evaluación definirá si el incumplimiento es subsanable o crítico.

Los incumplimientos subsanables son aquellos que no atentan de manera material el pago en el tiempo y forma de lasinversiones del Fondo.

La Sociedad Administradora define incumplimientos críticos a aquellas inversiones con retraso de pago de más de 30 díascalendario y/o posibilidad de impago total de la EMS en la que se invierta.

5. Incumplimientos subsanables

Si se definiera el incumplimiento como subsanable, se establecerá una política de gestión de los mismos, emitida por el comité de inversionesdel Fondo, donde se podrán ver opciones como la reprogramación de la deuda, solicitud de garantías adicionales, entre otras.

6. Capacidad de pago

Aquellas inversiones que durante su vida enfrenten eventos de incumplimientos críticos y no subsanables, donde además sehubieran agotado las acciones a fin de que el incumplimiento a los términos de la inversión se solucione, podrán derivar enuna ejecución legal.

Para este tipo de incumplimientos se realizaran las siguientes medidas:

•El equipo de inversiones será el encargado de determinar la capacidad de pago de la EMS, con la información que éstale proporcione sobre las razones de incumplimiento y las medidas que pretende asumir para corregir el problema.

DÍAS DE RETRASO EN PAGO (MORA) PORCENTAJE DE PREVISIÓN

1 a 30 Días31 a 60 Días61 a 90 Días91 a 120 Días121 a 150 Días151 a 180 Días

10%30%50%70%90%

100%

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7. Decisión de medidas a seguir

Una vez recibido el detalle sobre la capacidad de pago de la EMS proporcionado por el equipo de inversiones, será el comitéde Inversiones del Fondo quien dictará los términos, medidas a seguir y la elaboración de un eventual plan de reestructuraciónde la deuda conjuntamente con todos los acreedores e interesados de la referida EMS.

8. Acciones Legales

Con toda la información proporcionada por el equipo de inversiones y las medidas a tomar asumidas por el comité deinversiones, el Asesor Legal tendrá la responsabilidad de realizar las siguientes acciones:

•Se tomarán las acciones legales correspondientes para la defensa de los intereses del Fondo.

•Se dará cumplimiento a todas las formalidades y exigencias legales aplicables para cada Valor.

•En todo caso, la Sociedad Administradora podrá reclamar el pago de la inversión del Fondo utilizando cualquierprocedimiento legal a su alcance, el cual será sugerido por el Asesor legal y escogido por el comité de inversiones.

•Se aplicarán clausulas de aceleración, las cuales estarán contempladas dentro del incumplimiento de ciertos valoresfinancieros, las mismas que eventualmente podrán ser ejecutadas.

9. Ejecución del Valor

Con las acciones legales asumidas, las decisiones tomadas por el comité de inversiones y habiendo agotado cualquier otraposible solución, se podrá solicitar un reclamo legal de los Valores invertidos, dependiendo del tipo de inversión en cadadeterminado Valor.

Se procederá al protesto del pagaré con la intervención de un Notario de Fe Pública y una vez entregada el acta de protestopor el notario, este documento será utilizado para proceder a la ejecución judicial.

Este reclamo legal estará a cargo del Asesor Legal y podrá efectuarse mediante una demanda ejecutiva interpuesta ante elJuez correspondiente en materia civil, de acuerdo a la normativa legal vigente y los procedimientos judiciales correspondientes.

DESGLOSE DE LAS MEDIDAS DE CONTROL

1. (2.B.) Normas y Reglamentaciones emitidas por la ASFI

Durante el proceso de cálculo y cobro de previsiones se tomará en cuenta todas las normas y restricciones que pudierapresentar la ASFI durante la realización de este proceso, además de contar en todo momento con cualquier modificación oactualización a las normas vigentes.

Adicionalmente el Fondo notificará a la ASFI sobre la previsión que se pretende aplicar.

2. (3) Riesgo Jurídico

Con el objetivo de evitar cualquier problema jurídico en caso de incumplimiento por parte de la EMS, el Fondo tendrá en sucontrato previo, y cualquier otro documento complementario, para la compra de Valores de Oferta Privada a ser suscrito conla EMS todas las posibles soluciones y amparos legales a los problemas que se pudieran presentar en el caso de impago, deesta manera el Fondo se encontrará protegido bajo las diferentes leyes y normas del territorio nacional.

3. (5.A. / 5.B.) Información insuficiente o errónea

Para solucionar cualquier contrariedad relacionada con la información proporcionada por la EMS, dentro del contrato suscritose deberá detallar el compromiso de la EMS para proporcionar información correcta y suficiente, que le sea solicitada encualquier momento en el tiempo y será el equipo de inversiones el encargado de dar seguimiento a la correcta entrega deesta información por parte de la EMS, para determinar la capacidad de pago de la EMS de la manera más exacta posible.

4. (3) Riesgo Jurídico

Con el objetivo de eliminar cualquier riesgo jurídico durante la decisión de efectuar acciones legales y la solicitud de ejecucióndel Valor, estas mismas se verán contempladas nuevamente en la elaboración de la documentación para la adquisición deValores de Oferta Privada, principalmente la elaboración del contrato a ser suscrito. Con este objetivo el Asesor legal contratadopor la Sociedad Administradora debe ser una persona idónea y con conocimientos para la elaboración de este tipo de contratos,adicionalmente será el Administrador del Fondo quien revisará que el contrato a ser suscrito cumpla con todos los lineamientos

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definidos por el comité de inversiones y verificará que el mismo cuente con los mecanismos legales necesarios para precautelarlos intereses de los Fondos que administra y así también velar por los intereses de los participantes, de esta manera se realizaráun doble control con el objetivo de evitar cualquier tipo de problema jurídico.

RIESGOS

Los riesgos asociados al incumplimiento de las actividades de la sociedad se representan en el siguiente listado:

1. Insuficiencia de activos1. A. Recursos insuficientes1. B. Elementos y útiles de papelería1. C. Equipo tecnológico y software

2. Incumplimiento a normas y políticas2. A. Normas y políticas internas2. B. Normas y reglamentaciones emitidas por la ASFI

3. Riesgo Jurídico4. Incumplimiento de obligaciones5. De la información

5. A. Insuficiente información5. B. Información errónea5. C. Información inoportuna

6. Perdida de documentación7. Por la no divulgación de las normas establecidas

7. A. Incumplimiento a la planificación de corto y mediano plazo7. B. Falta de direccionamiento estratégico7. C. Incumplimiento al control interno

8. Confidencialidad

5. MEDIDAS DE CONTROL

Manteniendo como objetivo que el control interno es tarea de todos para poder identificar las posibles desviaciones, se hanidentificado como medios de control generales los siguientes:

a) La autorización. Es punto inicial de control sobre cada operación para asegurar que únicamente aquellas legítimas seantramitadas y que cualquier otra sea rechazada. El personal asignado para niveles de autorización son los siguientes:

• Comité de inversiones

• Administrador del Fondo

Las responsabilidades se hallan claramente descritas en los manuales de funciones para cada cargo de la Sociedad.

b) La comparación. Varias operaciones de control se basan en la comparación de un dato con otro obtenido de maneraindependiente, donde también se realizará la conciliación de datos, generalmente entre los de sistema y los presentados porlos funcionarios de la Sociedad.

c) Verificación de validez. La forma básica de esta operación de control consiste en el examen de una transacción por alguienque entiende el sistema, para averiguar si se ha llevado a cabo de acuerdo con los procedimientos descritos.

d) Numeración secuencial. Consiste en la enumeración de cada operación antes o en el momento de su inicio con el fin deevitar pérdida o desviación a través de su procesamiento.

e) La supervisión. Es una función básica de control que consiste en que cada jefe periódicamente se asegure del cumplimientode las funciones y deberes asignados al personal de su área.

f) Funciones específicamente establecidas en el manual de funciones. Las funciones establecidas para cada cargo se encuentranen el Manual de funciones y son de completo conocimiento del personal. Cualquier incumplimiento de obligaciones se derivaal Código de Ética de la Sociedad y a su Reglamento Interno.

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