19
Reglamento de Becas Ayudantía de la DCEN

Reglamento de Becas Ayudantía de la DCEN - … · EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La docencia, siendo una de las funciones # sustantivas de la Universidad propicia el acercamiento entre

  • Upload
    buiminh

  • View
    214

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Reglamento de Becas Ayudantía de la DCEN

CONSEJO DIVISIONAL

Carlos Alberto Robles Corbalá Raúl García Llamas María Elena Zayas Saucedo Carlos Figueroa Navarro Rodrigo Arturo Rosas Burgos Emiliano Salinas Covarrubias Raúl Henning Y eomans Israel Segundo Caballero Agustín Brau Rojas Martha Cecilia Palafox Duarte Jesús Francisco Espinoza Fierro Ismael Minjárez Sosa Juan José Palafox Reyes Miguel Rangel Medina Luis Herman Valenzuela Salas

Septiembre, 2002.

1

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. #

La docencia, siendo una de las funciones sustantivas de la Universidad propicia el acercamiento entre profesores y estudiantes y una forma de hacer más productivo ese acercamiento es promoviendo la incorporación de los estudiantes a los proyectos académicos de los profesores.

El programa de BECAS A YUDANTIA, apoyado administrativamente por la Dirección de Servicios Estudiantiles, es un programa que estimula la corresponsabilidad académica entre estudiantes y profesores así como el compromiso de los estudiantes por su formación y su superación.

1.- OBJETIVOS.

Artículo l.- La División de Ciencias Exactas y Naturales, establece este Reglamento con el fin de facilitar el ejercicio del Programa de Becas Ayudantía al interior de la División, de acuerdo

1

con el Manual de Procedimientos, los tipos de Beca Ayudantía por niveles de estudio y por tiempo asignado y los mecanismos de asignación de Beca Ayudantía para el fortalecimiento de la investigación y la docencia, establecidos por la Dirección de Servicios Estudiantiles, en los que se define como ayudante al alumno que realiza actividades de apoyo a los profesores ó profesores investigadores en el desarrollo de las funciones de docencia, investigación y difusión de la cultura, al mismo tiempo que se capacita académicamente.

Articulo 2.- El programa de Becas Ayudantía tiene como objetivo promover la participación del estudiante en los proyectos académicos de los profesores. Los requisitos que debe cumplir el estudiante para aspirar a una Beca Ayudantía, son definidos y vigilados por la Dirección de Servicios Estudiantiles de la Universidad de Sonora, en los Lineamientos Generales del Programa.

2

II.- DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 3.- La Dirección de la División de Ciencias Exactas y Naturales, de común acuerdo con la Dirección de Servicios Estudiantiles, fijará la fecha límite para la recepción de solicitudes, para la asignación de becas por parte del Consejo Divisional, así como el número y tipo de becas de que se dispone.

Artículo 4.- La Dirección de la División, convocará a los profesores de la División, mediante documento público que contenga la fecha de cierre de convocatoria, la fecha de asignación de becas por el Consejo Divisional, la cantidad y tipo de becas de que se dispone, el monto de la beca , los requisitos mínimos y el sitio de Internet en el que se dispone del presente reglamento y los lineamientos de la Dirección de Servicios Estudiantiles, conforme al Formato BA l .

3

_ l

Artículo 5.- El Consejo Divisional es la instancia que asigna el ejercicio de becas entre los profesores solicitantes por ~fectos de la convocatoria.

Artículo 6.- La Dirección de Servicios Estudiantiles, es la instancia que otorga la beca a los estudiantes propuestos por los profesores a los que el Consejo Divisional asignó el ejercicio de la beca y que cumplan con los requisitos establecidos para este fin.

Artículo 7.- Las becas otorgadas podrán ser Tipo A, para estudiantes de licenciatura ó Tipo B, para estudiantes de posgrado y se otorgarán por el semestre al que corresponde la convocatoria atendida.

Artículo 8.- Las Becas se asignarán por proyectos, correspondiendo a lo más una beca a cada proyecto, salvo en los casos en que la disponibilidad de becas sea superior al número de proyectos contenidos en las solicitudes.

4

III.- REQUISITOS.

Artículo 9.- El ejercicio de Beca Ayudantía podrá ser solicitado por los profesores adscritos a los Departamentos de la División en el semestre convocado.

Artículo 10.- La solicitud se presentará ante la Dirección de la División, conforme al presente reglamento y deberá contener los siguientes datos: nombre y características de contratación del o los solicitantes, departamento de adscripción y programa docente que atiende, nombre de la academia a la que se pertenece, tipo de beca solicitada y nombre del proyecto, conforme al formato BA2.

Artículo 11.- Las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:

l. U na descripción breve del proyecto, utilizando no más de una cuartilla, donde se establezcan los objetivos y metas y el calendario de actividades a desarrollar por el becario.

5

2. Un resumen del currículum vitae del solicitante indicando el grado y las actividades académicas más relevantes, utilizando no más de una cuartilla.

3. La constancia del registro de su proyecto ante una instancia académica interna ó externa.

, , IV.- DISTRIBUCION, EV ALUACION Y

ASIGNACIÓN.

Artículo 12.- La Comisión de Becas Ayudantía revisará la cantidad y tipo de becas asignadas a la División, utilizará como primer criterio de distribución el de dividir el número de becas asignadas por cada tipo a la División entre el número de Departamentos solicitantes.

6

En caso de no obtener un número entero igual para cada Departamento, procurará establecer un equilibrio dividiendo las becas en medias becas, considerando equivalentes una Beca Tipo A y Media Beca Tipo B. En caso de no lograr una equidad por Departamento, tomará un acuerdo por consenso de los integrantes, de la distribución más equitativa posible del número de becas por Departamento.

Artículo 13.- La Comisión de Becas Ayudantía revisará cada una de las solicitudes que atendieron la convocatoria y utilizará los siguientes criterios de clasificación en el orden presentado:

1 ).-Clasificará Departamento solicitante.

las al que

solicitudes por está adscrito el

2).-Las solicitudes que no cumplen totalmente con los requisitos de convocatoria, se

7

clasificarán como la cuarta prioridad del Departamento al que corresponden.

3).-Las solicitudes que habiendo cumplido los requisitos de convocatoria, tienen como responsable a un profesor que habiéndole asignado anteriormente el ejercicio de una beca, no cumplió con las obligaciones establecidas en los artículos 20, 21 y 22 de este Reglamento, se clasificarán como la tercera prioridad del Departamento al que corresponden.

4).-Las solieitudes que habiendo cumplido los requisitos de convocatoria, tienen como proyecto a desarrollar, un proyecto a cuyo responsable se le asignó anteriormente una beca y no cumplió con las obligaciones establecidas en los artículos 20, 21 y 22 de este Reglamento, se clasificarán como la tercera prioridad del Departamento al que corresponden.

8

5).-Las solicitudes que habiendo cumplido con los requisitos de convocatoria, no se clasifican conforme a los incisos 3 y 4, y se les ha asignado beca en dos semestres consecutivos inmediatamente anteriores, se clasificarán como la segunda prioridad del Departamento al que corresponden.

6).-Las solicitudes no clasificadas en 2), 3), 4) y 5) se clasificarán como la primera prioridad del Departamento a que corresponden.

Artículo 14.- En cada Departamento, de acuerdo a la distribución obtenida con la aplicación del Artículo 12 de este Reglamento, se atenderán las solicitudes clasificadas en la primera prioridad y en caso de quedar becas disponibles, atenderá las solicitudes clasificadas en la segunda prioridad.

9

Artículo 15.- Si en un Departamento se atienden totalmente las solicitudes clasificadas en la primera y segunda prioridad y aún quedan becas disponibles, éstas podrán asignarse para las solicitudes clasificadas en primera y segunda prioridad de los o~os Departamentos, mediante acuerdo por consenso de la Comisión.

Artículo 16.- Las solicitudes clasificadas en la tercera prioridad se atenderán sólo si han sido atendidas las solicitudes clasificadas en primera y segunda prioridad de todo~ los departamentos de la División y si cumplen extemporáneamente, al ser requerido por la Comisión, las obligaciones establecidas en· el Artículo 22 de este Reglamento.

Artículo 17.- Las solicitudes clasificadas en la cuarta prioridad se atenderán sólo si han sido atendidas las solicitudes clasificadas en la tercera prioridad de todos los departamentos y si reúnen extemporáneamente, a solicitud de la Comisión, los requisitos de la convocatoria.

10

Artículo 18.- Todos los empates se resolverán mediante consenso de la Comisión utilizando para ello el resumen del curriculum vitae del solicitante.

Artículo 19.- Una vez que concluya la propuesta de asignación de . becas, ésta se turnará al Consejo Divisional para su posible aprobación acompañada de una lista en orden de prioridad de las solicitudes que deberán atenderse en caso de que fracase la gestión en alguna de las asignaciones propuestas.

V.- OBLIGACIONES.

Artículo 20.- El profesor al que se le asigne el ejercicio de una Beca Ayudantía, propondrá al estudiante, preferentemente de un programa adscrito a la División de Ciencias Exactas y Naturales, de acuerdo a los requisitos

. establecidos por la Dirección de Servicios Estudiantiles, atendiendo los trámites y los

11

formatos que para ello se dispone.

Artículo 21.- El profesor responsable del proyecto apoyado, vigilará que el estudiante al que se le otorgó la beca, cumpla con las obligaciones que establece la Dirección de Servicios Estudiantiles, especialmente en lo que se refiere a los informes mensuales elaborados en los formatos que para ello se dispone.

Artículo 22.- El profesor responsable del proyecto apoyado, entregará un informe final del trabajo desarrollado, ante la Dirección de la División, antes del inicio del semestre siguiente al del ejercicio de la beca, conforme al formato BA3.

12

VI.- TRANSITORIOS.

, U nico.- El presente Reglamento fue aprobado por el H. Consejo Divisional el día Martes 25 de Junio del 2002 y sustituye en todo su contenido al Reglamento de Becas Ayudantía aprobado por el H. Consejo de la División de Ciencias Exactas y Naturales el 24 de Febrero de 1997.

13

(Formato BAl)

C'OII'VOCA TORJA

l . So ........ o lo-ou ka,..-,..,.....,- lo ........ - .. ti Anínle tU R·-4o-A,.._<ltll DMoiN <lt Clcoda E•-• Y ll11orolos.

1. ~.eo-....._.. .. ,,... ....... - .. ~ ____. .... .,,..,._ .... -··· OiYisl6a. 3. Loo_......, ,.,.._...¡. ... IMos .,. ---• ti For-1Al.~ .... -4olo1ll...._ y n d

-bllp'J'-w.dcoa.~~ 4. .... - .... -.__,. ......... ........,_,..,

1).· IJM dacripoi4n br<w del P">YC'<OO. utili..,..¡., no-" de """....,.ill&. ._,. <tiOblm:an los ollj<tivoo y meo. y ti coltlldlrio 4c OCÜYitlldo • -portllo.oorio. 1).· U..-dol ....n.uloM ,.¡100 del ooliciou!oc-d .,..toylu O<lividolle& -i<u-l'<i<>llllts-DO ... - _,¡j1L l~· ~del..,;.edcll'"')<dOor.l< .... u-;...-..~ca ....... ó-. S. La~dcba bo<al~t 11ori --cldCoas<joDiwbional

14

6. S. ....... <lt _ ___ T9< Ar _ __ Tipo l.

1. ~~--do loolkasTipoA a _ ____ _.J

v--•o.. -Ttpo••--- - --&. Loo ,..,_. .... ""'-•• ..,...,. ol t¡.rddo 4o - -. Mtrio totn:pr .. lo - do lo ~ lo -­CIIfill$ilid1Nk' 1 -'t tlrd•r et dt. ............ ..,...te,........,~.._ •,...,.... ,._.a u 1lMslóo • c-.. E-y~ .........

' · ,_..,......._....-..... - ... DMI6M ,_ri_Mp1-..tc~-.... -........... ,..--_...._

AT ENTAMI:~Tt

"f:LSAllta O& MIS HilOS IIAAA tofl CRA.>IOEZA•

DI.Ru:TOA O& LA DMSIÓI'I DE CI &NCIAS

EXACfAS Y ~ATURALI:S

(Formato BA2)

DMSION DE CJI:NCLU EXACTAS Y NAllilV.J,ES

li..-lllo,S...a - -------

SOLICITUD DE BECA AYUDA"iTIA

N-'" del rupoouallle

Tipo .. ~

~- *A4oatpciÑ

N--.'JTlpe *S.. eelldiMia

N_.... .. ,,.,_

15

(Formato BA3)

DIVISION DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES

Hermosillo, Sonora a ------ -

INFORME FINAL DEL TRABAJO DESARROLLADO EN EL EJERCICIO DE UNA BECA TIPO , DURANTE EL SEMESTRE _ ___ _

Nombre del responsable

Nombre del proyecto

Nombre y Programa Docente del Becario

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR EL BECARIO (Extenderse lo necesario).

AVANCE LOGRADO RESPECTO DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS.

PRODUCTOS OBTENIDOS.

Firma

16