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Boletín Especial 2015 RG Nro. 3756

Régimen de facilidades de pago para obligaciones vencidas al 28/2/2015

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Boletín especial elaborado por RSM Argentina con detalles de la Resolución General de AFIP N° 3756.

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Page 1: Régimen de facilidades de pago para obligaciones vencidas al 28/2/2015

Boletín Especial 2015

RG Nro. 3756

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RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3756

Régimen de facilidades de pago para obligaciones vencidas al 28/2/2015

Se establece un régimen especial de facilidades de pago a efectos de posibilitar a los contribuyentes la

cancelación de deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras.

Entre las principales características podemos mencionar las siguientes:

Las deudas que se pueden incluir en el presente plan son aquellas cuyo vencimiento para la

presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 28 de

febrero de 2015, inclusive.

Se puede incluir deudas impositivas, de las seguridad social, multas y/o cargos aduaneros, ajustes ya

conformados por el contribuyentes, el impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas,

intereses, deudas en discusión administrativa, entre otras.

No incluye los aportes y contribuciones destinadas al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas

destinadas a las ART, entre otras.

Las condiciones para acceder al plan son:

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, la que será del 7% del total

de la deuda consolidada.

La cantidad máxima de cuotas será de 120 y tendrán como vencimiento el día 16 de cada mes.

La tasa de financiación será del 1,90%.

Como punto importante en caso de tratarse de empleadores, es que la cantidad de empleados registrados

en la declaración jurada F. 931 vencida en el mes anterior a la fecha de adhesión sea igual o superior a la

consignada en la declaración jurada F. 931 del período fiscal diciembre 2014. Esta última cantidad deberá

mantenerse sin disminuciones durante todo el período de cumplimiento del plan.

Aplicación: a partir del 27 de marzo y el sistema estará operativo a partir del 1° de abril de 2015.

El Boletín Especial emitido por RSM Argentina es un resumen, con las novedades más relevantes en materia impositiva, societaria y previsional. La presente edición no constituye un análisis exhaustivo de las normas sancionadas en el período que abarca, sino que expone en forma sintética aquellas que hemos considerado de mayor interés. Para mayor información y análisis de las disposiciones, sugerimos contactar a nuestros

profesionales, quienes lo asesorarán particularmente.

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Para más información por favor contactarse con nosotros a:

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