Razonamiento Jurídico

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Clases sobre Perelman

Citation preview

El razonamiento Jurdico

Razonamiento

Actividad mental

Estudios psicolgicos, sociales y culturales

Revelan

intenciones Mviles influencias

Resultado de esa actividad:

Se puede estudiar con independencia de condiciones de elaboracin

Premisas y conclusin Validez del nexo entre ambas

Lgica

Realiza examen:

Premisas y conclusiones Nexo entre ambas Estructura Conformidad con reglas previamente admitidas

Dialcticos versus analticos

Analticos:

Premisas necesarias (por lo menos indiscutiblemente verdaderas). Infeerencias vlidas Conclusiones necesarias o verdaderas (recibe de las premisas su veracidad). Si todos los B son C y todos los A son B, todos los A son C.

Aristteles:

Mamferos, Abogados-Jueces

Validez de razonamiento

La forma lo garantiza Lgica Formal

Razonamientos dialcticos

Guan deliberaciones y controversias (esencia del juicio jurisdiccional). Objeto:

Medios de convencer y persuadir por el discurso Argumentos ms o menos slidos No se enuncian todas las premisas (solo verosmiles o plausibles).

Entimema:

Se sobreentienden las conocidas o aceptadas por el auditorio (ejemplo: estado del clima una conclusin).

Aristteles:

Discurso persuasivo lleva a decisin Entonces la estructura es la misma del silogismo? Silogismo:

Premisas llevan necesariamente a conclusin Argumento a decisin (positiva o negativa).

No es lo mismo cuando se pasa de:

Se puede transformar argumentacin en silogismo?

Se agregan premisas complementarias

Ejemplo: argumento que juzga persona por sus actos TODA PERSONA POSEE CUALIDAD QUE TIENEN SUS ACTOS (premisa mayor debatible).

Cobarde (primero) Valiente (luego)

CONCLUSION: persona cobarde y valiente (contradiccin). Posicin matizada y razonable

Lgica Jurdica?

Incorrecto decir toda argumentacin es inferencia

En sentido de deduccin

No existe tal solo la lgica formal? En lugar de ello:

RAZONAMIENTO JURIDICO

Razonamiento jurdico

A pari A contrario A fortiori Ejemplos Analogas

Lgica Jurdica (Engisch)

lgica material que debe hacernos reflexionar sobre lo que hay que hacer, cuando -dentro de los lmites de lo posible- queremos llegar a unos juicios jurdicos verdaderos o por los menos correctos.

Razonables o justos mejor. Estructura de las decisiones sobre el fondo en juicios.

Lgica Judicial:

Derecho: controversias constantes

Razonamientos son controvertidos

Se impone uno por va de autoridad Ejemplo: votos salvados (mayora y minora)

Raramente puede calificarse de correcto o incorrecto Quien decide (legislador, magistrado, funcionario)

Asume su responsabilidad Compromiso personal

Razones opuestas no contrabalancean decisin tomada

Derecho dominado por ideal de justicia absoluta

Valoracin de razones

Diferente en cada individuo Subraya carcter personal de la decisin Solucin ms justa para el caso concreto An leyes divinas

Arte de determinar lo que es bueno y equitativo

Aplicacin de ley no deja de generar controversia

Decisin no es la nica solucin justa

Objeto de la controversia (talmudistas y glosadores)

Excluir algunos argumentos

Mostrando su no pertinencia

Eliminar soluciones preconizadas por no ser razonables Justo (argumento a simili):

Trato igual a casos esencialmente parecidos

Argumento a Fortiori

Ratio decidendi (espritu de la ley) Solucin de caso anterior se impone con mayor razn al actual

Ejemplo: lesin y muerte

Argumento a Contrario (contrario sensu)

Arte de distinguir:

No aplicar regla a casos distinguidos o diferenciados:

Muerte de esposo:

Sin violencia domstica Con violencia domstica

Stare decisis:

Mantener jurisprudencia anterior si no hay razn para distinguir Tribunales de equidad ante aplicacin rgida del precedente

Conclusiones

Tcnica de razonamiento jurdico:

No puede desinteresarse de la reaccin de las conciencias ante el resultado Procurado conciliar con:

Justicia Aceptabilidad social

Equidad:

Introduce incertidumbre

Justicia Primitiva

Conformidad escrupulosa con frmulas sagradas

Ordalas

Separacin Derec ho, Moral y Religin (progresiva no del todo finalizada)

Jueces laicos en Roma

No justicia pero si indicar frmulas para recurrir al procedimiento judicial Sus categoras, definiciones, frmulas y adagios:

Idea de que exista principios de justicia racional

Derecho natural

Sistema de justicia vlido siempre y en todas partes

Creen que esto pueda ser as?

Frase Cicern p. 23 Sistema de moral universal Escuelas de derecho ensean este sistema para:

Que se aparten lo menos posible Cristiano humilde, sumiso al pensamiento y volluntad divina (Ej. tendr los hijos que Dios me mande).

Hobbes

Derecho

No razn Manifestacin de voluntad soberana Ley de la Jungla (peces grandes y pequeos). Guerra: todos contra todos Pacto

Estado Derecho Justicia

Montesquieu

Justicia objetiva:

Relacin de conveniencia que se encuentra entre dos cosas. Legislador:

Objetiva relaciones de justicia que cada uno necesariamente percibe

Separacin de poderes Relatividad de las leyes (momento y lugar) Jueces

Seres inanimados no moderan fuerza ni rigor de ley

Rousseau

Soberano:

Nacin Sociedad poltica organizada Voluntad general sobre la particular Derecho: conjunto de leyes Jueces: aplica texto de ley

REVOLUCION FRANCESA:

Norma poco clara

Casacin (policia de jueces) Recurso de carcter general (Que pas?)

Principio de Plenitud Hermtica del Ordenamiento Jurdico

Cdigo Napolen:

El Juez que rehuse fallar a pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley podr ser perseguido como culpable de denegacin de justicia.ARTCULO 6.- Los Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver, en todo caso, los asuntos que conozcan, para lo que se atendern al sistema de fuentes establecido.

Cdigo Civil:

Teoras sobre Razonamiento Judicial

1790: Obligacin de motivar decisiones judiciales

Mejores muestras de lgica jurdica Orientada por:

Ideologa Concepcin de su propio papel y misin Concepcin del derecho Relaciones con el Poder Legislativo

Tres perodos:

Exgesis Funcional sociolgica tpica

Escuela de la Exgesis (perodo en que impuso su RJ).

Instauracin (1804-1830 o 1840) Apogeo (hasta 1880) Ocaso (hasta 1899) OBJETIVO:

Reducir el derecho a la ley

Letra Espritu Principios Consecuencias que se derivan

Concepcin

Cdigos no dejan nada al arbitrio del interprete Casos excepcionales ley

es verdaderamente insuficiente Misin de establecer hechos Consecuencias jurdicas en el sistema de derecho en vigor Juez dice derecho pero no lo elabora Visin legalista Pasividad del Juez satisface necesidad de seguridad jurdica

Jueces:

Dura lex sed lex

Justicia:

Ojos vendados No vea consecuencias de lo que hace No a merced de los hombres Al abrigo de instituciones ms o menos impersonales Premisa mayor: reglas de derecho apropiadas Premisa menor: verificacin de condiciones previstas Conclusin: decisin

Silogismo Judicial

Sistema perfecto

Cada situacin dependiente de competencia del Juez

Tenga regla aplicable Sea solo una regla Desprovista de ambigedad (se cumple en sistema axiomtico y formalizado). Ejemplo: prueba tasada. Completo:

Posible demostrar negacin o afirmacin Imposible demostrar proposicin y su negacin.

Coherente:

Univocidad:

Garantiza eliminacin de todo desacuerdo o controversia sobre la interpretacin Se impone de manera imperativa Solo en sistemas formales La mayor parte indecidibles

Coherencia:

Completitud:

Procedimientos de razonamiento usados por Juez

Historiador o detective (reconstruye pasado)

Formarse conviccin de la materialidad de los hechos

Distinto del mero investigador Historia de prueba judicial

Ordalas, juicio de Dios (hasta 1215)

Si ganaba Dios lo identifica como el que dice verdad Por tortura Ahora solo para intereses particulares

Confesin:

Modifica carga de probar:

Primero el acusado debe exculparse (comparacin con juicio de los medios de comunicacin) Despus el acusador debe probar lo que alegue

Aumenta valor del testimonio Testis unus testis nullus Hechos notorios no requieren prueba Interdiccin de declarar contra lo escrito Documentos (autnticos y privados)

Jerarqua de pruebas Siglos XVIII:

Intima conviccin Advertencia a Jurados (pgina 42 y 43).

Observese variacin de ordala a jurado Requiere imparcialidad del Juzgador Juez natural (prohibicin de juez ad-hoc) Instituido por la ley No relaciones que provoquen prejuicio respecto a partes

Posible uso de peritos sobre todo en caso de jueces no profesionales Detector de mentiras Hipnosis Drogas

Cules hechos hay que probar?

Hechos pertinentes para resolver

Notorios No controvertidos Confesin en proceso penal:

Modificacin del sistema con proceso abreviado

Juez puede declarar inadmisible prueba

Hechos irrelevantes No influyen en decisin Prueba no admitida (difamacin) Presuncin legal Restricciones de los testimonios

Quin tiene la carga de la prueba?

Juez de oficio o a peticin de parte. Juez socialista versus Juez liberal Posibilidad de ordenar a parte que ostenta prueba que la aporte (cargas probatorias dinmicas). Asi como a terceros Prueba anticipada Sobre hechos apropiados para fundar sus pretensiones (actor o demandado). Presunciones de hombre (deducir de hecho conocido uno desconocido)

Presunciones legales: dispensan de la prueba Presunciones iuris tantum: mientras no se pruebe lo contrario

Preocupacin por seguridad jurdica

Presuncin de inocencia (estado de inocencia).

Distincin entre descripcin de hechos y calificacin jurdica

Juez se interesa por detalles que permiten o impiden la aplicacin de una regla de derecho:

Texto legal Convencin entre partes (contrato fuerza de ley entre las partes).

Si texto legal en lenguaje ordinario paso de uno a otro es inmediato.

Ejemplo: mayora de edad.

Normalmente paso de descripcin a calificacin no se produce por si solo

Nociones ms o menos vagas o imprecisas Calificacin de hechos puede depender de

identificacin de un concepto (mujer honesta). Apreciacin o definicin previas (concepto de noche) Ejemplo: perro-oso Ejemplo: notificacin metros-medidos por juez

Muchas veces la comprensin y aplicacin de texto legal no puede hacerse sin recurrir a apreciacin, juicio de importancia o de valor

Nociones que dejan al juez poder de apreciacin

Equidad Inters pblico Urgencia Buenas costumbres SI LEGISLADOR QUIERE REDUCIRLO

Debe precisar trminos Introducir trminos cuantitativos

Nocin de embriaguez (0.8 gramos X 1000)

SOLO CASOS LIMITE JUEZ APLICA SILOGISMO

Claridad versus interpretacin

Exegesis (interpretatio cessat in claris) Claro igual

Cuando a cada uno de sus trminos corresponde una nica idea y la construccin gramatical de la frase no da lugar a ninguna ambigedad, de modo que toda persona razonable debe comprender el texto del mismo modo?

Puede pasar que en juicio la interpretacin de texto no genere controversia

No hay inters especial de las partes

No obtienen ventajas de ellas No ha sido discutido Ejemplo: concepto de fundo enclavado (395 Cdigo Civil).

Decir que es claro significa

Como no es objeto de interpretaciones divergentes y razonables, se le considera claro Comentarios de ley crean ms dudas

Muerte natural (usufructo)

Avances mdicos habr que considerar nuevo criterio de muerte? Diferente de la vigente en la mente del legislador. Sentido de ley expresa voluntad del legislador? Diversidad de personas que integran la Asamblea legislativa Exgesis:

Juez debe conformarse con voluntad presumida, cualquiera sean sus consecuencias

Juez = Historiador del derecho?

Dilucidar que pas al emitir ley. O: buscar interpretacin ms razonable:

Mejor solucin Ms equitativa Inspector de la justicia Controladores de que ley fuera bien observada por los jueces Proteger obra del legislador contra rebelin de jueces

Casacin:

Ley como expresin de voluntad nacional

Mstico Juez aplica ley sin ver:

Justicia Aceptabilidad Razonabilidad Antinomias (dos directivas incompatibles)

Excepto:

Ley posterior deroga ley previa (tcita).

Lagunas

Contradiccin con Constitucin

Remisin a legislador Tratado de Roma (Comunidad Europea):

No vlida ley que la contradice (jueces pueden hacerlo) No hay reglas de aplicacin prioritaria

Antinomia:

Caso curandero (p. 60 y 61).

D. I. P estatutos

Personal Real Local (locus regit actum) Autonoma de la voluntad Leyes de polica

Divorcio Inconcebible para Tribunal luego se i mpone a tribunales

Antinomias

Se ha descartado aplicacin de texto legal En favor de soluciones ms:

Equitativas Razonables

Lagunas

Juez obligado a resolver Llena la laguna Elabora normas No son precedentes Se inspira en:

Valores y tcnicas que otros textos legales protegen o utilicen

DIFERENTE DE INTERPRETAR

Existencia de lagunas versus carcter incompleto de sistema formal

Incompleto si:

Partiendo de los axiomas del sistema y por medio de reglas de deduccin admitidas:

No se puede deducir una proposicin que se pueda formular dentro de este sistema ni tampoco su negacin.

Laguna si:

Tentativas de interpretar no han dado resultado satisfactorio.

Tres especies de lagunas

Intra legem (de Construccin)

Omisin de legislador (normas complementarias no promulgadas). Creadas por interpretes Desean evitar aplicacin al caso concreto

Praeter legem (axiolgica)

Contra legem