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PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA DE DERECHO
ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN 019 DEL SERVICIO
AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS EN
RELACIÓN AL AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
POR CORRECCIÓN MONETARIA
AUTORA: Flores P., Danny Susana – C.I.: 13.988.517
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA DE DERECHO
ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN 019 DEL SERVICIO
AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS EN
RELACIÓN AL AUMENTO DE CAPITAL
SOCIAL POR CORRECCIÓN MONETARIA
AUTORA: Flores P., Danny Susana – C.I.: 13.988.517
San Diego, Octubre de 2014
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA DE DERECHO
ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN 019 DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS EN RELACIÓN AL AUMENTO DE
CAPITAL SOCIAL POR CORRECCIÓN MONETARIA
INSTITUCIÓN: COMERCIALIZADORA GEANDINA, C.A.
AUTORA:
Flores P., Danny Susana - C.I. 13.988.517
San Diego, Octubre de 2014
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA DE DERECHO
ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN 019 DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS EN RELACIÓN AL AUMENTO DE
CAPITAL SOCIAL POR CORRECCIÓN MONETARIA
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN
______________________________________________________________ Tutor Académico: Abog. Carlos Uribe C.I. V-8.845.430
______________________________________________________________ Tutor Institucional: Lcdo. Ramyep Salazar C.I. V-7.135.551 ______________________________________________________________ Tutor Metodológico: Abog. Carmen Yolanda de Ojeda C.I. V-3.922.769
AUTORA:
Flores P., Danny Susana – C.I.: 13.988.517
San Diego, Octubre de 2014
8
AGRADECIMIENTOS
Primeramente a Dios por su bendición, por darme la fortaleza en momentos
difíciles y por brindarme la constancia y entereza para alcanzar mis metas. Gracias,
señor, por haber puesto en mi camino a tantas personas que compartieron conmigo
sus enseñanzas, confianza y sincera amistad.
A mi familia fuente de mi inspiración, gracias por la paciencia, comprensión y
por los días sin compartir, en especial a mi hija Dariana Valentina, quien tuvo que
sacrificar muchas horas de sueño por acompañarme en esta cruzada y a mi pequeño
Juan Pablo quien llegó a mi vida en el último semestre de la carrera y por quien tuve
que poner todo mi esfuerzo final para alcanzar esta meta. A mí esposo Jesús, a quien
agradezco de corazón por haberme apoyado durante mis estudios, a mis padres Alba
y Gustavo, mis hermanas Dasty, Jessica y Yesenia, por el apoyo incondicional que
me brindaron todos estos años, por ser parte de mis logros y sin los cuales no hubiese
podido alcanzar mis sueños.
A COMERCIALIZADORA GEANDINA, C.A., por haber confiado en mí al
darme la oportunidad de realizar esta carrera que durante tanto tiempo desee y por
permitirme desarrollar mi profesión perteneciendo a tan excelente equipo de trabajo.
Finalmente, doy gracias a mis tutores académico, institucional y metodológico
por su gran ayuda a lo largo de esta investigación, por sus sugerencias y paciencia en
cada una de sus observaciones y por facilitarme los instrumentos que necesitaba para
poder realizar este trabajo sin mayor dificultad.
iv
9
INDICE GENERAL
Pág.
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN …………….….….………………………….iii
AGRADECIMIENTOS ………………………….….…….………………………..iv
INDICE GENERAL ..........…………………………..…….………………………..v
RESUMEN………………………………………….………….………………….viii
INTRODUCCION ………………………………….………...………………….….1
CAPITULO
I LA INSTITUCION
1.1 Denominación de la Institución…………...……….…………….......4
1.2 Ubicación………………..……………………….………………......4
1.3 Descripción…………………………...……….……………………..4
1.4 Misión………………………………......……….…………………...4
1.5 Visión……………….…………...…………..……………………….5
1.6 Valores…...……….……...…...……………………………………...5
1.7 Estructura Organizativa……...………………………………………5
1.8 Actividades Realizadas Durante el Período de Pasantías……...…….6
CAPITULO
II EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema.……………………….…………........7
2.2 Formulación del Problema……………………….……….…….......8
2.3 Objetivos de la Investigación.………...……….…………………...9
2.3.1 Objetivo General………………….…….………………….......9
2.3.2 Objetivos Específicos...………………….……………………..9
2.4 Justificación y Alcance……………………..………………………9
2.5 Limitaciones……….……...……………………………………….10
v
10
CAPITULO
III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes de la Investigación…….………………….…….…..11
3.2 Bases Teóricas……………………...…………..…….…….….......14
3.2.1 La Inflación…….………….…....…….………………….…….14
3.2.1.1 Causas de la Inflación………………………......................15
3.2.2 Índice Nacional de Precios al Consumidor…...….…….…........16
3.2.3 La Corrección Monetaria en la Jurisprudencia Venezolana…...17
3.3 Bases Legales…...…………………..…………..………….………18
3.3.1 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela..….....18
3.3.2 Código de Orgánico Tributario.….………..……………..……19
3.3.3 Código de Comercio………………...…………………..….....19
3.3.4 Ley de Impuesto Sobre La Renta………….……………..…...20
3.3.5 Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre La Renta……..…...21
3.3.6 Boletín de Aplicación de los VEN-NIF N° 2……………........21
3.3.7 Resolución N° 019 del SAREN…………………………........21
3.4 Definición de Términos Básicos………………..………….….…..21
CAPITULO
IV FASES METODOLOGICAS
4.1 Tipo de Investigación………..………………..……………………23
4.2 Diseño de Investigación…………………………………………....24
4.3 Técnicas de Recolección de Datos……………………………..…..24
4.3.1 La Revisión Bibliográfica……………………………......……..25
4.3.2 Las Fuentes de Documentación………………….……………..25
4.3.3 La Búsqueda Especializada……………………..……………...25
4.4 Fases de la Investigación…….………………………………...…...26
vi
11
CAPITULO
V RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Resultados………….…….…..………………..……………………28
5.2 Conclusiones..………….…………………………………………....32
5.3 Recomendaciones…………..…….……………………………..…..33
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ……………………………………………36
vii
12
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIA DE DERECHO
ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN 019 DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS EN RELACIÓN AL AUMENTO DE
CAPITAL SOCIAL POR CORRECCIÓN MONETARIA Autora: Flores P. Danny S. Tutor: Abog. Uribe Carlos Fecha: Octubre 2014
RESUMEN INFORMATIVO
La inflación es un fenómeno de la economía que ha afectado a Venezuela, especialmente en las últimas décadas, sus efectos y magnitudes se han incrementado considerablemente, convirtiéndose en un aspecto distorsionante de la información financiera. Con la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera a partir de Enero de 2011, surgieron ciertos problemas jurídicos y tributarios que debieron ser atendidos con prioridad por los entes y organismos que se vieron afectados. Tal es el caso de los Registros Mercantiles, entre cuyas actividades se encuentran, los trámites pertinentes al registro de los aumentos de capital de las empresas venezolanas. A partir del mes de Enero de 2014, se permite realizar el aumento de capital por medio de la corrección monetaria del mismo, reconociendo así el valor actual de la moneda; trámite que quedó reglamentado en la Resolución 019 del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN). Con la presente investigación se pretende determinar el impacto al realizar el aumento de capital por corrección monetaria, así como identificar el basamento legal en el cual quedan enmarcadas estas operaciones; información que permitirá evitar futuras contingencias desde el punto de vista tributario, fiscal y mercantil. Descriptores: Capital Social, Corrección Monetaria, Registro Mercantil
13
INTRODUCCION
La inflación es un fenómeno de alcance mundial, que depende directamente
de las políticas macroeconómicas ejecutadas por los gobiernos a fin de minimizarla o
eliminarla, siendo esto un proceso, que ha estado presente en la economía venezolana
desde hace aproximadamente 30 años, en la consecuente característica de la pérdida
del valor monetario.
Estas consecuencias del proceso inflacionario afectan la estructura financiera
de las empresas, por cuanto la información se basa en costos históricos y en términos
de unidades monetarias constantes lo cual no tiene validez en una economía
inflacionaria con moneda heterogénea, lo cual evidentemente requiere un ajuste que
modifique su valor en sintonía con la realidad.
En Venezuela se han creado todas las condiciones para que el fenómeno
inflacionario se torne realmente preocupante. Un país beneficiado por elevados
ingresos externos durante varias décadas ha entrado en un proceso de desintegración
de su economía por vía del endeudamiento, el déficits fiscal y de la subinversión entre
otros factores.
El patrimonio de las empresas sufre importantes modificaciones como
resultado de la inflación. El mantenimiento del capital operativo plantea la situación
de que la empresa debe conservar la capacidad productiva y otras facilidades
operativas intactas. La inflación es una realidad económica que el derecho y la
contabilidad no pueden ignorar.
No pueden seguirse mostrando capitales sociales históricos insignificantes,
que no tienen ninguna relación con el poder adquisitivo del bolívar de hoy y mucho
menos con la responsabilidad que los accionistas tienen sobre sus aportes a la hora de
responder por las obligaciones de la empresa.
14
Al respecto, el numeral 3° del Artículo 201 del Código de Comercio
establece, que las compañías de comercio son aquellas en las cuales las obligaciones
sociales están garantizadas por un capital determinado y en las que los socios no están
obligados sino por el monto de su acción.
No parece ajustado a la equidad y al espíritu del legislados pretender que la
responsabilidad de los accionistas se mantenga sobre la cifra nominal del capital
social aportado años atrás, cuando el poder adquisitivo era muy superior al actual. La
actualización del capital representa además de una realidad económica, una necesidad
social y de seguridad para las transacciones económicas de las empresas.
La corrección monetaria no es efectivo, ni aportes en valores, ni aporte alguno
de los accionistas; es sólo una traducción a otra moneda más estable, en este caso
denominada bolívares constantes, o de poder adquisitivo de la actualidad.
El Artículo 213 del Código de comercio insiste sobre el mismo asunto, al
expresar que el documento constitutivo y los estatutos de las sociedades anónimas,
deberán contener el importe del capital suscrito y el valor de los créditos y demás
bienes aportados.
Es evidente que la corrección monetaria o traducción no está enmarcada en
ninguno de los supuestos del código. La corrección monetaria no produce más
riqueza, al contrario, aunque la cifra tenga más dígitos la empresa puede tener un
patrimonio de menor poder adquisitivo. Está claro que no es lógico pensar que una
simple corrección monetaria aumentará el capital de alguna empresa.
El problema se concreta en definir el significado de las palabras aumento de
capital y si una corrección monetaria o traducción a otra moneda – ya sea extranjera o
bolívares constantes – es o no un aumento del capital de la sociedad; y es el tema que
vamos a tratar en el presente trabajo.
15
El desarrollo del trabajo ha sido dividido en cinco capítulos. . El Capítulo I
referente a la institución en la cual se realiza la pasantía, con indicación de su
ubicación, misión, visión, valores, estructura organizacional y actividades realizadas
por la investigadora. El Capítulo II, donde se presenta el planteamiento del problema,
objetivos, tanto general y específicos, la justificación, alcance y limitaciones. El
Capítulo III, que comprende los antecedentes de la investigación, fundamentos
teóricos, bases legales y la definición de términos básicos.
La investigación cuenta además con un Capítulo IV que se refiere a las fases
metodológicas, en la cual se presenta el tipo y diseño de la investigación, así mismo
incluye la revisión bibliográfica como técnica de recolección de datos. Y finalmente
el Capítulo V, conformado por los resultados, conclusiones y recomendaciones.
Aunado a esto, se hacen las referencias bibliográficas.
4
CAPITULO I
LA INSTITUCION
1.1 Denominación
Comercializadora Geandina, C.A.
1.2 Ubicación
La empresa Comercializadora Geandina, C.A., se encuentra ubicada en la
Carretera Nacional Los Guayos, Edif. S/N, Piso PB, Local S/N, Zona Parcelamiento
Industrial El Nepe, Parcela N°1/2, Guacara – Edo. Carabobo.
1.3 Descripción
Comercializadora Geandina, C.A., es una empresa fundada en el año 2005,
dedicada a la distribución de autopartes importadas de empresas asociadas, entre ellas
se puede mencionar: Incolbest, S.A. (ubicada en la ciudad de Bogotá – Colombia) y
Bonem, S.A. (ubicada en la ciudad de Medellín – Colombia). Forma parte de la
organización, Chaid Neme Hermanos (NH), reconocido grupo de empresas
colombiano.
1.4 Misión
Comercializadora Geandina, C.A., tiene como misión contribuir al
abastecimiento del mercado nacional a través de la importación de productos
fabricados en Colombia, como lo son la marca Incolbest y BWB. Fortaleciendo el
desarrollo del mercado local, integrando a toda la cadena de valor a la organización
para su desarrollo y crecimiento sostenido, contribuyendo con la calidad de vida de la
comunidad.
5
1.5 Visión
Ser una organización multinacional, globalmente competitiva, reconocida por
la calidad de sus productos y servicios, la satisfacción de sus clientes y el
compromiso de sus colaboradores.
1.6 Valores
Ética, integridad, lealtad, responsabilidad, compromiso, excelencia,
comunicación, trabajo en equipo, disciplina y solidaridad.
1.7 Estructura Organizativa
COMERCIALIZADORA GEANDINA, C.A.
Director Ejecutivo
Gerente Comercial Incolbest S.A.
Coordinadora de Finanzas
Asistente Administrativo
Coordinador de Almacén
Auxiliar de Almacén
Coordinador de Operaciones Bonem S.A.
Gerente de Contraloría
6
1.8 Actividades Realizadas Durante el Período de Pasantías
Durante el desarrollo de las pasantías en Comercializadora Geandina, C.A., se llevaron a cabo distintas actividades entre las cuales se encuentran las siguientes:
- Redactar participaciones al Registro Mercantil.
- Solicitar copias certificadas.
- Transcribir Actas a los Libros de Actas de Asamblea de Accionistas y
Reunión de Junta Directiva.
- Revisar contratos intercompañías y con terceros.
- Redactar Actas de Asamblea de Accionistas y Reunión de Junta Directiva
- Redactar Poderes.
- Presentar documentos en Notaría.
- Reservar denominaciones comerciales ante el Registro Mercantil.
7
CAPITULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema
A nivel mundial, la inflación es un fenómeno que ha afectado directamente el
patrimonio de las sociedades mercantiles. En el caso de los Estados Unidos de
América, se ha recomendado a las empresas que presenten su información ajustada
por los cambios en los precios. Ellos reconocen la necesidad de que los cambios que
ocurren en el poder adquisitivo del dólar sean reconocidos.
Los canadienses han emitido sus pronunciamientos al respecto, en los cuales
han establecido la importancia de presentar la información de las empresas ajustadas
por inflación; igualmente países como Argentina, Chile, Brasil y Perú, que han
sufrido procesos inflacionarios también se han manifestado al respecto; y todos
coinciden en la necesidad de reconocer los efectos de la inflación sobre el patrimonio
de las empresas.
Venezuela está inmersa en un proceso inflacionario desde hace varios años;
esto afecta todas las actividades de las empresas, la inflación tiene un grave efecto
sobre los precios, los costos, los sueldos y salarios, los valores de las propiedades, la
tasa de cambio, la tasa de interés y por consiguiente en el patrimonio de las empresas.
Al entrar en vigencia los estados financieros ajustados por los efectos de la
inflación como únicos a partir de Enero de 2.011, de conformidad con las exigencias
de las Normas Internacionales de Información Financiera, aprobadas por el Directorio
Nacional ampliado de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de
Venezuela, se han presentado algunos problemas jurídicos y tributarios, como era de
esperarse.
8
El ajuste por inflación es en esencia una corrección monetaria, una traducción
de una moneda a otra, que no produce cambios en los valores de los bienes, sino los
traduce a otra moneda más estable, pero que efectivamente expresa el valor actual de
la partida a la cual se le está aplicando.
Con la entrada en vigencia en el mes de Enero de 2014 de la Resolución 019
del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN); se establecieron los
requisitos a ser presentados, para el aumento del capital social de las empresas por
medio de la corrección monetaria del mismo, reconociendo así el valor actual de la
moneda, dada la situación económica del país en términos inflacionarios; y
permitiendo a las empresas actualizar su composición accionaria y por ende todas las
operaciones de ella derivada.
En virtud de lo expuesto anteriormente, se pretende con esta investigación
determinar cuál es el impacto al realizar el aumento de capital por corrección
monetaria, identificar el basamento legal en el cual quedan enmarcadas estas
operaciones, así como las ventajas y desventajas de la aplicación de la Resolución
019 del SAREN; específicamente delimitando el campo de estudios en la empresa
Comercializadora Geandina, C.A.
2.2 Formulación del Problema
Del planteamiento formulado, y ante la inminente realidad inflacionaria que
en los últimos años ha venido afectando la actividad económica del país, se hace
imprescindible tanto a efectos financieros como legales plantearse la siguiente
interrogante.
¿Resulta factible para la empresa Comercializadora Geandina, C.A. realizar el
aumento de capital social por corrección monetaria, dando cumplimiento a lo
establecido en la Resolución 019 del SAREN?
9
2.3 Objetivos de la Investigación
2.3.1 Objetivo General.
Analizar la Resolución 019 del Servicio Autónomo de Registros y Notarías
(SAREN) en relación al aumento de capital social por corrección monetaria; a fin de
determinar la factibilidad de su aplicación para la empresa Comercializadora
Geandina, C.A.
2.3.2 Objetivos Específicos.
- Identificar la normativa legal que rige la corrección monetaria en Venezuela.
- Describir las ventajas y desventajas de la aplicación de la Resolución 019 del
SAREN, en relación al aumento de capital social por corrección monetaria.
- Determinar el impacto que representa el aumento de capital social por
corrección monetaria para la empresa Comercializadora Geandina, C.A., en relación
los trámites necesarios para tal fin ante el Registro Mercantil.
2.4 Justificación y Alcance.
La inflación es una realidad económica que el derecho no puede ignorar. No
pueden seguirse mostrando capitales sociales históricos insignificantes, que no tienen
ninguna relación con el poder adquisitivo del bolívar de hoy y mucho menos con la
responsabilidad que los accionistas tienen sobre sus aportes a la hora de responder por
las obligaciones de la empresa.
La corrección monetaria no es efectivo, ni aportes en valores, ni aporte alguno
de los accionistas; es sólo una traducción a otra moneda más estable. Es evidente que
la corrección monetaria no está enmarcada en ninguno de los supuestos del Código de
Comercio para ser considerada como aumento de capital.
10
No obstante, es obvio que las instituciones judiciales deben adaptarse a la
realidad económica que produce la inflación, tal como ha venido haciendo con las
indexaciones en las instancias judiciales de la República. Los requerimientos del
Código de Comercio sobre valores y beneficios reales no son satisfechos por las
cifras históricas o nominales, mientras que la ajustada por inflación es una cifra real
que se equipara verdaderamente con la situación actual del país.
En este sentido, el análisis de la aplicación de la Resolución 019 del SAREN
en relación al aumento de capital por corrección monetaria, representa para
Comercializadora Geandina, C.A. un dato de mucha importancia, ya que la empresa
no cuenta con ninguna investigación sobre este tema anteriormente dado lo novedoso
del procedimiento, puesto que la norma entró en vigencia en el mes de Enero de
2014, aunado a que permitirá evitar futuras contingencias desde el punto de vista
tributario, fiscal y mercantil; así como sincerar el valor de su patrimonio para efectos
de análisis económicos y la toma de decisiones.
2.5 Limitaciones
La presente investigación se ve limitada por diversas razones, siendo la
principal el tiempo con el que se cuenta para desarrollarla. Igualmente, la falta de
trabajos de investigación, ya sea de universidades venezolanas como extranjeras,
dificulta el estudio y representa un obstáculo al realizar la investigación.
11
CAPITULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
Al consultar y analizar trabajos previos realizados por otros autores en
instituciones universitarias venezolanas y extranjeras, en torno al tema objeto de
estudio, se encontraron los siguientes antecedentes, los cuales permitirán sustentar la
presente investigación.
3.1 Antecedentes de la Investigación
Peña (2011) en su trabajo de grado “Análisis del ajuste por inflación fiscal
como herramienta de planificación tributaria” , trabajo especial de grado
presentado ante la Universidad de los Andes, para optar al grado de Especialista en
Rentas Internas, Mención Tributos, Áreas Rentas Internas. Presenta como objetivo
determinar la viabilidad del ajuste por inflación fiscal como herramienta de
planificación tributaria, así como la normativa legal prevista para la materia.
En este sentido, el estudio se circunscribe a los preceptos de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial N° 5.453
extraordinaria de fecha 24 de Marzo de 2000, la Ley de Impuesto Sobre la Renta
publicada en Gaceta Oficial N° 5.566 extraordinaria de 2001, el Reglamento de la
Ley de Impuesto Sobre la Renta publicado en Gaceta Oficial N° 5.662 de fecha 24 de
Septiembre de 2001, y el Código Orgánico Tributario.
Los aportes de dicha investigación sirvieron para establecer que el fenómeno
inflacionario causa efectos distorsionantes sobre el régimen fiscal, lo cual constituye
una realidad que no puede ser ignorada por el legislador, porque alteran el equilibrio
de la justicia tributaria y para la presente investigación representa una base
fundamental para desarrollar los objetivos planteados.
12
Por otra parte, Villagomez (2010) en su trabajo especial de grado “La
importancia del Capital Social en empresas de capital privado en la ciudad de
Huajuapan de León, Oaxaca”, presentado ante la Universidad Tecnológica de la
Mixteca, Oaxaca - México, para optar al grado de Licenciado en Ciencias
Empresariales. Su objetivo fundamental se centró en identificar si el Capital Social
influye positivamente en la creación de empresas de capital privado. El estudio
concluye que la situación económica desfavorece el Capital Social de las empresas,
por lo tanto es fundamental la participación de organismos gubernamentales y civiles
en el control de la misma.
El trabajo antes señalado representa un gran aporte para la investigación, por
cuanto sirve de apoyo documental, al permitir dilucidar la problemática que se
presenta en la investigación que se realiza. Sirve para entender como en países
extranjeros, se le concede gran importancia a la fluctuación de la economía y su
influencia en las operaciones mercantiles de las empresas. Igualmente, en el estudio
se aprecia la importancia de que el sistema legal vigile el cumplimiento de las normas
en materia económica que tanto los empresarios como las instituciones públicas
deben respetar.
Otro trabajo consultado fue el de Carrillo (2006), titulado “La corrección
monetaria en la sentencia civil”, trabajo especial de grado presentando ante la
Universidad del Zulia, para optar al título de Magister Scientiarum en Derecho
Procesal Civil.
Esta investigación se circunscribe al estudio de corrección monetaria o
indexación, como también se conoce; con el propósito de destacar como se ha
manejado esta figura en el proceso civil venezolano, así como también la
interpretación de las disposiciones legales que en esta materia se ha realizado a través
de la jurisprudencia, por cuanto el juez ha tomado un rol activo, llegando a crear
nuevos principios jurídicos dirigidos a crear soluciones al problema de la inflación.
13
Concluye esta investigación, resaltando que la corrección monetaria, consiste
en incrementar, en casos de inflación, los valores de las partidas ajustadas.
Igualmente confirma la teoría de que la corrección monetaria es un hecho reconocido
por la jurisprudencia. Finalmente establece que las normas jurídicas deben
interpretarse en su sentido económico; no tendría sentido económico interpretar el
efecto jurídico de la inflación sobre las obligaciones de dinero.
Finalmente, como antecedente a esta investigación, podemos mencionar el
trabajo presentado por Gasca (2002), titulado “Análisis de la situación financiera a
través del estudio del capital contable en una empresa con activos no monetarios
adquiridos en moneda extranjera dentro de un entorno de incertidumbre
cambiaria en su moneda corriente”, trabajo de grado presentado ante la
Universidad Autónoma de Nuevo León, México, para obtener el grado de Maestría
en Administración con Especialidad en Finanzas.
Este estudio, resalta la importancia de analizar la metodología para reconocer
los efectos de la inflación en la información financiera y la posición en moneda
extranjera que guardan los activos y pasivos de las empresas. Dicha importancia
radica en que dada variación en la inflación y la incertidumbre que esto ha
representado para Venezuela en las últimas décadas, sus efectos son significativos en
la información financiera de las empresas y por lo tanto su reconocimiento permitirá
conocer el valor real de una empresa y su desempeño.
Si bien este trabajo no se encuentra enmarcado dentro del ámbito legal, su
aporte a esta investigación es fundamental para demostrar la importancia que tiene el
reconocimiento de la inflación en la información financiera de las empresas, tanto
para la toma de decisiones como para efectos tributarios y fiscales; igualmente por ser
una investigación extranjera, sirve de base para confirmar el tratamiento que se le da
a la corrección monetaria fuera de las fronteras del país.
14
3.2 Bases Teóricas
Para Véliz (2007), las bases teóricas representan aquellos enfoques o
corrientes que han sido desarrollados por autores sobre el tema tratado en la
investigación. La finalidad de las bases teóricas es situar el problema de estudio en un
contexto de conocimientos consistentes para ampliar la descripción del problema
investigado.
De este modo, en el presente trabajo se muestran aspectos teóricos de la
inflación e índice nacional de precios al consumidor (INPC). Así como también se
analizan la corrección monetaria en Venezuela, desde el punto de vista doctrinario y
jurisprudencial.
3.2.1 La Inflación
La inflación es un fenómeno tan antiguo que se remonta a la aparición del
dinero como medio de intercambio. En este sentido Toro (1993), afirma que ello se
debe a que en esencia, la inflación es un fenómeno monetario. Las consecuencias que
se derivan de un proceso inflacionario pueden llegar a adquirir efectos negativos, al
perturbar las bases sobre las que se asienta la actividad económica de una nación. (p.
485).
Esta situación se observa cuando la cantidad de dinero a disposición del
público crece a mayor velocidad que los bienes y servicios que se le ofrecen, el
dinero será cada vez más abundante. En otras palabras, un aumento en la masa
monetaria que no se traduzca en un aumento paralelo en la producción de bienes y
servicios, implicará que un mayor número de unidades monetarias están compitiendo
por adquirir una misma cantidad de bienes. El resultado será un aumento en el precio
de los últimos.
15
De no romperse este círculo a través de medidas concretas de política fiscal y
monetaria, el proceso continuaría, teóricamente de manera indefinida, llegando a
transformarse en un fenómeno que se autoalimenta, conocido comúnmente bajo la
denominación de “espiral inflacionaria”.
Por otra parte, un país que presenta aumento generalizado de precios genera
distorsiones en materia impositiva, porque en muchas ocasiones la tributación de los
empresarios experimentan una notoria reducción en la base gravable por el tiempo
transcurrido entre el momento en que se causa el tributo y el pago efectivo, de igual
forma se generan estrategias por parte de los contribuyentes para protegerse de la
inflación alterando la situación financiera de las empresas.
3.2.1.1 Causas de la inflación
Tal como sostiene Friedman (citado por Toro, 1993), “el exceso de gasto
público es probablemente una de las causas fundamentales de las inflación, ya que
constituye el origen de las emisiones inorgánicas de dinero a las que suelen recurrir
los gobiernos para financiarlo”.
Ruiz, J. (2008) expone que las causas y consecuencias por los cuales se puede
producir u originar un proceso inflacionario en un determinado país, son diversas y
que las mismas pudieran coincidir con las que se han originado en Venezuela:
1. El bajo volumen de bienes y servicios que se ofrecen al público ante
el exceso de circulante en su poder.
2. La emisión de dinero inorgánico, para cubrir déficit en la balanza de
pagos, “Devaluación”.
16
3. Escasez de divisas para la adquisición de bienes y servicios en el
exterior, bien sea por fuga de capitales o por bajo volumen de las
exportaciones.
4. Falta de recursos impositivos capaces de generar en forma estable y
suficiente, los ingresos internos que el Estado requiere para satisfacer
sus obligaciones fiscales.
5. Alto índice o nivel de endeudamiento por la utilización de ingresos
fiscales.
6. Fuga de capitales al exterior, por falta de confianza para invertir en
el país.
3.2.2 Índice Nacional de Precios al Consumidor
De acuerdo a Rodríguez (2007), el Índice Nacional de Precios al Consumidor
(INPC), es un indicador estadístico que mide la evolución de los precios de una
canasta de bienes y servicios representativa del consumo familiar, durante un período
determinado. Es importante resaltar que para el cálculo del INPC se adopta un año de
referencia, llamado año base, cuyo nivel inicial es 100.
La misión del Banco Central de Venezuela (BCV) está orientada a la creación
y el mantenimiento de condiciones monetarias, crediticias y cambiarias favorables a
la estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la
economía.
Es importante destacar que para facilitar esta exigente misión, el BCV por
disposición expresa de la ley que lo rige, debe disponer de estadísticas periódicas altamente
confiables que faciliten el diseño y programación de las políticas monetarias y cambiarias, así
como el seguimiento de las variables macroeconómicas que son influenciadas por tales
17
políticas. Entre los indicadores económicos que elabora el BCV, encontramos el
INPC, función que vienen desempeñando desde el año 1945.
3.2.3 La Corrección Monetaria en la Jurisprudencia Venezolana
En sentencia SC-TSJ 10/10/2006 Exp. 06-1059 la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia resumió los antecedentes jurisprudenciales de la
corrección monetaria, en los siguientes términos: Con ocasión de la pérdida del valor
de los bienes por el transcurso del tiempo, la Sala Político Administrativa,
comenzaron a tratar el tema sobre la depreciación de la moneda nacional, por lo cual
se estableció que resulta injusta la indemnización que no tome en consideración el
fenómeno inflacionario.
La corrección monetaria menciona como uno de los fundamentos de derecho
el artículo 1.184 del Código Civil, está vinculado a los principios jurídicos que han
sido tomados en cuenta, para declarar la validez de la corrección monetaria se señala
a los artículos 1.737 y 1.738 eiusdem, también guardan relación con los principios
jurídicos que se han tenido en cuenta, para considerar pertinente que se acuerden en
los fallos la corrección monetaria.
Por lo demás, como ha sido expresado por la doctrina de la Sala, no existe
propiamente un fundamento normativo en el que se base la corrección monetaria, sino
principios jurídicos que se desarrollan en diversas normas, que han sido utilizados
para tener en cuenta un hecho presente en la realidad económica, con la finalidad de
garantizar que el pago que se ordena en la sentencia, no se vea afectado por la
disminución del valor de la moneda.
Con fundamento en los criterios expuestos y en la normativa parcialmente
transcrita, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de
su labor interpretativa, fundamentada en la justicia y la equidad, humanizando el
proceso, ratifica su doctrina establecida en sentencias números 12 y 287, de 6 de
18
febrero de 2001 y 16 de mayo de 2002, respectivamente, en las cuales se estableció
que la corrección monetaria debe calcularse desde la fecha de admisión de la
demanda hasta la fecha de ejecución de la sentencia.
3.3 Bases Legales
En atención al trabajo que se realiza, en esta sección se recoge el cuerpo
normativo que regula la información financiera y el ajuste por inflación en
Venezuela, así como el aumento de capital en las sociedades mercantiles. De este
modo, en primer lugar se encuentra:
3.3.1 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expone en los
artículos 141, 143, 311 y 318, las normas fundamentales acordadas por la nación para
ser consideradas y aplicadas, en cuanto a la información financiera, presentada por la
Administración Pública, se refiere.
Dentro de la Constitución, ésta manifiesta la honestidad y la transparencia de
los datos registrados y presentados, siempre y cuando se mantengan presentes ciertos
principios que conllevan a lograr una información precisa, veraz y oportuna. Por tanto
estos artículos pueden considerarse como base principal para comenzar con el análisis
de la presentación de información financiera tanto en el ámbito público y privado,
este último reflejando el enfoque de esta investigación, dado que el capital social
forma parte de integrante de la información financiera de las empresas.
Por otro lado, dado que la corrección monetaria genera obligaciones
tributarias para las empresas, es oportuno mencionar la potestad que tiene el Poder
Público Nacional para actuar como órgano regulador de la actividad tributaria en el
país, facultad consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en su artículo 156, parágrafo 12, el cual establece lo siguiente:
19
"La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los estados o municipios, por esta Constitución o por la ley nacional.”
3.3.2 Código Orgánico Tributario
Derivado de la obligación tributaria que genera el ajuste por inflación para las
empresas, el Código Orgánico Tributario, establece todo lo relacionado con la materia
tributaria, aplicable a los tributos nacionales y las relaciones jurídicas derivadas de los
mismos, y son de especial importancia para el desarrollo de esta investigación, el
artículo 13 que establece la obligación tributaria que surge entre el Estado, en las
distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el
presupuesto de hecho previsto en la ley.
El artículo 18 define al sujeto activo de la obligación tributaria, como el ente
público acreedor del tributo. Del mismo modo el artículo19, define al sujeto pasivo,
como el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de
contribuyente o de responsable y el artículo 36, especifica el hecho imponible, como
el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina
el nacimiento de la obligación tributaria.
3.3.3 Código de Comercio
El Código de Comercio establece la normativa a seguir por los comerciantes,
del país, para llevar la información financiera de las entidades, de manera que exista
control y orden de cada una de las transacciones que se realizan a diario. Este Código
explica la forma correcta de llevar el registro de las operaciones o transacciones
20
llevadas a cabo en cualquier entidad. Es entonces, que el comerciante en Venezuela
debe regirse por el Código de Comercio, a la hora de decidir formar una sociedad.
El Código de Comercio es preciso al establecer las obligaciones que todo
comerciante debe recurrir para llevar a cabo la presentación de la información
contable de la empresa. En sus artículos 32 al 36, el Código explica que todo
comerciante debe llevar el libro Diario, el libro Mayor y el de Inventarios, así como
todos los libros auxiliares que considere conveniente, los cuales deberán ser
previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil.
De igual manera, el Código de Comercio establece las formalidades que deben
seguir los accionistas suscriptores para la constitución de una Compañía Anónima, al
otorgar por escritura pública el documento constitutivo y los estatutos de la
compañía. Para este efecto, el documento constitutivo deberá reunir los requisitos
establecidos en el artículo 247 del Código de Comercio.
La constitución de la Compañía Anónima, está establecida en los artículos 248
al 258 del Código de Comercio, en los que se establece que los accionistas
suscriptores deben emitir un prospecto que indique el objeto de la sociedad, el capital
social necesario, el número de acciones, su monto y respectivos derechos, los aportes
y condiciones bajo las cuales se hacen, las ventajas en provecho particular de los
accionistas no prohibidas en la ley, y las cláusulas principales de los estatutos.
3.3.4 Ley de Impuesto Sobre la Renta
La Ley de Impuesto Sobre la Renta contiene los artículos relacionados al
ajuste por inflación, en el título IX. Este está conformado por dos capítulos que tratan
los aspectos referidos al ajuste inicial por inflación; en el Capítulo I, desde los
artículos 173 al 177 ambos inclusive; y en cuanto al Reajuste Regular, en el Capítulo
II, de los artículos 178 al 193 ambos inclusive, establece los procedimientos que
21
deben seguir los contribuyentes para reajustar el patrimonio neto fiscal, en el
ejercicio gravable.
3.3.5 Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta
Encontramos en el Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, lo
relacionado al ajuste inicial por inflación en el Capítulo V del Título II, en sus
artículos 90 al 123, ambos inclusive, en lo que respecta al tratamiento para el ajuste
inicial de los inventarios, actualización de los activos no monetarios en etapa
preoperativa de una empresa y los asientos contables, igualmente las normas para el
control y fiscalización de las partidas que afectan el ajuste.
3.3.6 Boletín de Aplicación de los VEN-NIF No. 2 (BA VEN-NIF-2)
El Boletín de Aplicación de los VEN-NIF N° 2 (BA VEN-NIF-2) “Criterios
para el reconocimiento de la inflación en los estados financieros preparados de
acuerdo con VEN.NIF”, entró en vigencia en Marzo de 2.010; este boletín requiere a
efectos de la aplicación de las VEN-NIF, que se reconozcan los efectos de la
inflación en los estados financieros.
3.3.7 Resolución N° 019 del Servicio Autónomo de Registros y Notarias
La Resolución N° 019 del SAREN, entró en vigencia en el mes de Enero de
2.104; en la misma se establecen los requisitos únicos y obligatorios para la
tramitación de actos o negocios jurídicos en los Registros Principales, Mercantiles,
Públicos y las Notarías.
3.4 Definición de Términos Básicos
Capital Social: Es el importe monetario, o el valor de los bienes que los socios de
una sociedad (entendida esta como una empresa, conjunto de bienes, sea sociedad
limitada, anónima o comanditaria en sus diferentes versiones) le ceden a ésta sin
22
derecho de devolución y que queda contabilizado en una partida contable con el
mismo nombre.
Corrección Monetaria: Es el reflejo de la inflación en el ejercicio comercial
contable de una empresa; es una revalorización de los bienes económicos
considerando la inflación.
Accionista: Titular de una o más acciones de una sociedad mercantil. Es el
propietario de una o varias acciones de una empresa constituida en sociedad anónima
o en comandita por acción.
Contribuyente: Es aquella persona física con derechos y obligaciones, frente a un
ente público, derivados de los tributos. Es quien está obligado a soportar
patrimonialmente el pago de los tributos (impuestos, tasas o contribuciones
especiales), con el fin de financiar al Estado.
Jurisprudencia: Son las reiteradas interpretaciones que hacen los tribunales de
justicia de las normas jurídicas y constituye una de las Fuentes del Derecho. También
puede decirse que es el conjunto de fallos firmes y uniformes dictadas por los órganos
jurisdiccionales del Estado.
Registro Mercantil: Instrumento creado por el Estado para regular las
constituciones de sociedades de carácter mercantil por parte de los distintos sujetos
de derecho en las relaciones de carácter mercantil en cuanto a la obligación en que
se encuentran los que voluntariamente deseen constituir una sociedad mercantil,
quienes la conforman, su capital, objeto, su domicilio, las disposiciones estatutarias
las cuales consagran cual es la estructura y funcionamiento de la sociedad.
Sociedad Anónima: Es aquella en la cual las obligaciones sociales están
garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino
por el monto de su acción.
23
CAPITULO IV
FASES METODOLÓGICAS
El marco metodológico es el procedimiento a seguir para alcanzar el objetivo
de la investigación, está compuesto por el diseño, tipo, y la modalidad de la
investigación, fases de la investigación, población y muestra, técnica e instrumento de
recolección de datos, validación del instrumento y análisis de los resultados.
4.1 Tipo de Investigación
Durante el desarrollo de la investigación se deben adoptar estrategias que
permitan responder al problema objeto de estudio, para determinar la dirección hacia
donde se dirige la investigación, estableciendo de forma amplia y concreta los
objetivos que se desean alcanzar en un periodo de tiempo establecido.
En este sentido, el tipo de investigación que asume el investigador le permite
no solo obtener la información requerida sino también delimitar el ámbito de acción
de lo obtenido. De allí que el tipo de investigación asumido en el presente estudio es
descriptivo. El tipo de investigación descriptiva se utiliza cuando se desea detallar
una realidad en todos sus componentes principales, así mismo contribuye a
caracterizar un hecho, fenómeno o grupo de sujetos, con el fin de establecer su
estructura o comportamiento, describiendo minuciosamente cada aspecto de lo
manifestado y observado por el evento estudiado
Así como también indaga, interpreta, presenta datos e información sobre un
tema determinado de cualquier ciencia utilizando para ello un método de análisis,
teniendo como finalidad obtener resultados que pudiesen ser base para el desarrollo
de la creación científica.
24
4.2 Diseño de Investigación
Cada diseño de investigación posee características particulares por lo que cada
uno es diferente a cualquier otro. La eficacia de cada uno de ellos depende de si se
ajusta realmente a la investigación que se esté realizando. Para Sabino (1992) el
diseño de la investigación se ocupa de proporcionar un modelo de verificación que
permita contrastar hechos con teorías, y su forma es la de una estrategia o plan
general que determina las operaciones necesarias para hacerlo. Para la presente
investigación se asume la investigación documental, por ser la que más se ajusta al
tema objeto de estudio.
Según Hernández, R.; Fernández, C. y Baptista, P. (2003). Se entenderá por investigación documental, el estudio de problemas con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en trabajos previos, información y datos divulgados por medios impresos, audiovisuales o electrónicos. La originalidad del estudio se reflejará en el enfoque, criterios, conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones, recomendaciones y, en general, en el pensamiento del estudiante.
Tomando en consideración lo anterior, la investigación es documental por
cuanto permite dar respuestas a los objetivos planteados previamente mediante la
búsqueda de información bibliográfica, teórica, tanto de material impreso como
electrónico, con el fin de que sea analizada e interpretada para obtener argumentos
válidos y oportunos que resuelvan el problema objeto de estudio.
4.3 Técnicas de Recolección de Datos
La elaboración de una investigación se compone de técnicas o instrumentos
que permiten al investigador obtener la mayor cantidad de información relacionada
con el tema objeto de estudio, de allí la necesidad de presentar con detalle las técnicas
y diferentes instrumentos usados para obtener la información. Siendo los principales:
La revisión bibliográfica, las fuentes de documentación, la búsqueda especializada.
25
4.3.1 La Revisión Bibliográfica
Esta consiste en acceder, de la manera más directa posible, a todo aquello que
haya sido publicado acerca del objeto de estudio. La revisión bibliográfica tiene dos
objetivos: 1) Recopilar toda la información posible acerca del objeto de la
investigación con el fin de poder establecer una sólida base de trabajo; 2) Conocer
hasta dónde han llegado los trabajos de otros investigadores con el fin de evitar
duplicidades.
4.3.2 Las Fuentes de Documentación
La investigación bibliográfica, es la búsqueda, revisión, recopilación,
organización, valoración, crítica e información bibliográfica sobre un tema
específico, su valor radica en que evita la dispersión de publicaciones o permite la
visión panorámica de un problema.
En cuanto a la investigación metodológica, se indaga sobre aspectos teóricos y
aplicados de medición, recolección y análisis de datos o de cualquier aspecto
metodológico. Finalmente la investigación empírica, la cual se basa en observación y
experimentación, dado que emplea metodología cualitativa y cuantitativa,
razonamiento hipotético-deductivo, ser de campo o laboratorio y se pueden emplear
métodos transversales, longitudinales y otros.
4.3.3 La Búsqueda Especializada
Luego de la revisión bibliográfica general se llega a acumular gran cantidad
de documentación e información. A partir de este momento la búsqueda se
especializa y define, es decir, se trata de obtener información adecuada sobre aspectos
concretos del problema, vacíos que llenar o datos que apoyen la investigación.
26
En esta etapa son válidas todas las fuentes de información bibliográfica y de
hecho se deberán emplear todo tipo de instrumentos que aligeren la búsqueda, como
instrumentos para identificar, localizar, acceder los documentos y para apoyar la
investigación.
4.4 Fases de la Investigación
Tomando en cuenta que el tipo de investigación en el presente trabajo es
descriptivo, que se asume un diseño de investigación documental donde se van a
contrastar hechos con teorías y que las técnicas de recolección de datos que se van a
utilizar son la revisión bibliográfica, recopilación, valoración, críticas de las fuentes
consultadas, citas textuales, el resumen y la redacción. A continuación se indican las
fases que componen la presente investigación:
Fase I: Identificar el marco legal que regula la corrección monetaria en
Venezuela. En esta fase es necesario realizar una investigación de tipo documental, a
través de la revisión de cierto ordenamiento jurídico venezolano. Se debe comenzar
por consultar y describir los Derechos Económicos establecidos en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela.
Seguidamente, se precisa llevar a cabo la lectura y análisis del Código de
Comercio vigente, para determinar el origen legal de la corrección monetaria, en
especial lo relacionado a la corrección del capital social de las empresas, en la
legislación mercantil venezolana.
Igualmente en esta fase es necesario revisar los Boletines de Aplicación de las
Normas Internacionales de Información Financiera (BA VEN-NIF) publicados por la
Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, entre los cuales se
establece la obligatoriedad para las empresas de presentar sus estados financieros
ajustados por efectos de la inflación a partir del mes de Enero del año 2.011.
27
Fase II: Evaluar las ventajas y desventajas para las empresas
venezolanas, de la aplicación de la Resolución N° 019 del SAREN en relación al
aumento de capital por corrección monetaria. Para desarrollar esta fase de la
investigación, se requiere leer detenidamente la Resolución N° 019 del SAREN en su
artículo 18, así como la información recopilada en la investigación documental, ya
sea a través de medios impresos como libros, revistas, artículos especializados en
temas jurídicos y medios electrónicos como páginas web. De esta manera, se puede
construir el conocimiento a partir del análisis, reflexión e interpretación. Se requiere
también subrayar todas las normas constitucionales y legales a las que se hace
referencia y leerlas directamente de su fuente, a fin de facilitar el análisis de las
mismas.
Fase III: Determinar el impacto que representa el aumento de capital
social por corrección monetaria para la empresa Comercializadora Geandina,
C.A., en relación los trámites necesarios para tal fin ante el Registro Mercantil.
En el desenvolvimiento de esta fase, se requiere el análisis de la fuente documental,
ya sea haciendo uso de la lectura general de la normativa legal, textos, revistas
científicas, trabajos especiales de grado, relacionados con el tema, de manera que
permita determinar cuáles serían los efectos tanto en términos legales, como
económicos para el empresa, al realizar el aumento de capital social por medio de la
capitalización de la corrección monetaria.
Esta última fase tiene como finalidad sustentar la investigación, haciendo uso
de un proceso sistemático de indagación, recolección, organización, análisis e
interpretación de información, de manera que sirva de base para que la empresa
Comercializadora Geandina, C.A., pueda realizar un análisis fundamentado en la
misma, que le permita tomar una decisión con respecto a la capitalización o no de la
corrección monetaria de su capital social.
28
CAPITULO V
RESULTADOS. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Resultados
En este capítulo se evalúan los resultados obtenidos en función a la revisión y
análisis realizado a las leyes, doctrinas, sentencias, trabajos de grados y fuentes
electrónicas consultadas, de tal forma de cumplir con cada objetivo propuesto en la
presente investigación.
En tal sentido, para cumplir con la fase I del trabajo de investigación, se
procedió a analizar el marco legal que regula el ajuste por inflación o corrección
monetaria en Venezuela, partiendo de la revisión detallada del ordenamiento jurídico
vigente.
En este sentido se realizó una descripción coherente y coordinada de los
conceptos vinculados al tema de estudio, permitiendo proporcionar a la investigación
una guía importante para orientar el estudio y analizar los resultados, facilitando la
comprensión del tema.
Por consiguiente, se revisó la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela en sus disposiciones en cuanto a los derechos económicos, siguiendo con
el análisis del articulado del Código de Comercio referente a la corrección monetaria
en especial a lo relacionado a la corrección del capital social de las empresas.
Además, se consultó el Código Orgánico Tributario, la Ley de Impuesto Sobre la
Renta y su Reglamento, así como lo establecido en el Boletín de Aplicación de los
VEN-NIF N° 2 (BA VEN-NIF-2), por ser instrumentos que regulan la aplicación,
tributación y registro de la corrección monetaria en el país.
Así las cosas, se evidenció en primer lugar que en Venezuela el derecho
económico a la libertad de Industria y Comercio, permite a toda persona, dedicarse a
29
cualquier actividad económica sin más limitaciones que las establecidas en la
Constitución y la leyes por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad,
protección del ambiente u otras de interés social. De igual manera la Constitución
otorga al Estado la responsabilidad de promover la iniciativa privada y la facultad de
planificar, racionalizar y fomentar la producción económica con la finalidad de
impulsar el desarrollo económico del país.
Igualmente, se pudo observar que disposiciones del Código de Comercio,
referentes al ajuste por inflación o corrección monetaria, contiene una referencia
importante sobre los valores de los bienes de una entidad, expresando en su Artículo
304 que: “El balance general demostrará con evidencia y exactitud, los beneficios
realmente obtenidos y las perdidas experimentadas, fijando las partidas de acervo
social por el valor que realmente tenga o se les presuma”. Es cuestionable que los
valores históricos, expresados en moneda histórica, cumplan con este concepto.
En cuanto a revisión de la Ley de Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento,
la Ley en su título noveno, presenta las regulaciones que esta establece para realizar
los ajustes por inflación; por otra parte, el Reglamento detalla explícitamente el
procedimiento a seguir para el ajuste por inflación de cada una de las partidas que
conforman los estados financieros de la entidad, así como las formalidades que deben
cumplirse para el registro de los resultados.
Con relación al Boletín de Aplicación de los VEN-NIF N° 2 (BA VEN-NIF-
2); presenta los aspecto contables del ajuste por inflación; los mismos se encuentran
contenidos en la Norma Internacional de Contabilidad N° 29 (NIC 29) “Información
Financiera en Economías Hiperinflacionarias”; que es la norma relativa a la
estabilidad monetaria para la preparación de estados financieros de una entidad cuya
moneda funcional es la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria.
30
En relación a la fase II, se llevó a cabo la lectura y análisis de la Resolución
N° 019 del SAREN específicamente en su artículo 18, identificando los requisitos
que deben presentarse ante el Registro Mercantil cuando el aumento de capital se
hace por corrección monetaria, los cuales son:
1. Copia de la cédula de identidad de los accionistas. Si es
extranjero copia del Pasaporte con la respectiva Visa TR-N
(transeúnte de negocios), TR-I (transeúnte inversionista), TR-E
(transeúnte empresario).
2. Copia del Registro de Información Fiscal (RIF) de la
persona jurídica.
3. Estado financiero de fechas intermedias, visado por un
contador público, antes y después del aumento.
4. Informe del Comisario.
5. Autorización emanada del órgano competente, según el
caso.
6. Pago de impuesto al Fisco.
7. Documento que acredite el aporte del aumento del
capital.
Si el aumento se realiza por corrección monetaria, deberá presentarse
adicionalmente:
1. Estados financieros en formatos VEN-NIF (Principios
de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela) al cierre
del ejercicio anterior acompañados del informe de auditoría del
contador público debidamente Visado.
31
2. Estado Financiero de fechas intermedias visado, antes y
después del aumento.
Observando que como consecuencia del aumento de capital, puede originarse
la transformación de la naturaleza jurídica de la sociedad mercantil, procedimiento
que se encuentra igualmente establecido en dicho instrumento, y que generaría un
trámite adicional para las empresas.
Con el análisis anterior se evaluaron las ventajas y desventajas que
representan para las sociedades mercantiles, la aplicación de dicha resolución; se
realizó también una breve referencia a las otras modalidades permitidas para el
aumento de capital, a fin de presentarlas como opciones a la empresa objeto de
estudio.
Con respecto a la fase III, se realizó el cálculo de la corrección monetaria del
capital social de Comercializadora Geandina, C.A.; así como la estimación de los
impuestos que deberían cancelarse al Fisco para realizar el aumento de capital por
este concepto; igualmente se preparó un análisis de la documentación que debería
presentarse al Registro Mercantil a fin de formalizar el aumento; de esta forma se
presentó a la empresa un escenario completo que le permitirá una correcta toma de
decisión al respecto.
En relación a los recursos de los cuales se valió la investigadora para el
desarrollo del presente trabajo, cabe destacar los recursos humanos, conformados por
el personal del Departamento de Contraloría de la empresa Comercializadora
Geandina, C.A., el tutor académico y metodológico, como guías y facilitadores para
el desarrollo de la investigación.
Los recursos institucionales, constituidos por las investigaciones facilitadas
por la Universidad José Antonio Páez y documentos aportados por la empresa
Comercializadora Geandina, C.A, para obtener la información requerida. Y los
32
recursos materiales, conformados por las diferentes normativas, que sirvieron de
fundamento para la realización de la presente investigación.
Por ser una investigación documental, no requirió población o muestra, por
lo cual no se obtuvo resultados gráficos, sino de crecimiento y formación personal y
profesional para la autora de esta investigación; resultados que igualmente servirán a
la empresa Comercializadora Geandina, C.A. para la toma de decisiones con relación
al aumento de su capital social ante el Registro Mercantil.
5.2 Conclusiones
En base a los objetivos desarrollados a través de esta investigación se
llegaron a las siguientes conclusiones:
5.2.1 Del análisis de la normativa legal que regula el ajuste por inflación en
Venezuela, se pudo observar que la misma se enfoca principalmente en el área
económica y tributaria, más sin embargo en lo que respecta al área mercantil existen
aún muchos vacíos legales que causan confusión a los empresarios, pues el Código de
Comercio vigente es del año 1955, y para ese momento el efecto de la inflación en
Venezuela era prácticamente nulo.
5.2.2. De la revisión efectuada a la Resolución N° 019 del SAREN se puede
concluir que la misma permite el aumento de capital de las sociedades mercantiles
bajo cuatro modalidades: a) Capitalización de Resultados Acumulados, b) Nuevos
aportes en efectivo y/o bienes, c) Corrección Monetaria y d) Capitalización de
Acreencias de Accionistas.
Ahora bien, en lo que se refiere al caso de estudio, cuando el aumento de
capital se realizará por corrección monetaria, no hace referencia la mencionada
Resolución en cómo se puede determinar si el aumento se puede hacer por corrección
monetaria del patrimonio o no, y esto ha causado algunos inconvenientes a los
33
usuarios, ya que al solicitar el aumento el mismo les es rechazado por los Registros
Mercantiles por no estar sustentado de la forma correcta.
5.2.3. En lo que respecta a la empresa Comercializadora Geandina, C.A.; la
determinación del aumento del capital social por corrección monetaria se detalla a
continuación:
En Miles de Bs. Cifras Históricas
Cifras Actualizadas
Corrección
Capital Social
10
44 34
Reserva Legal
1
2 1
Utilidades No Distribuidas
6.484
8.879 2.395
6.495
8.925 2.430
Corrección Monetaria del Patrimonio
2.430
Menos Corrección Monetaria Reserva
-1
Aumento por Corrección Monetaria
2.429
En este sentido, Comercializadora Geandina, C.A., tendría que cancelar ante
el SAREN un monto estimado Bs. 332,00 (miles de Bs.) por derechos y aranceles
para realizar el aumento de capital; monto que representa aproximadamente el 14%
del valor del aumento, porcentaje que en nuestra opinión es bastante elevado y tendría
un impacto considerable en el flujo de caja de la empresa y por consiguiente, un
efecto inmediato en las operaciones diarias de la compañía.
5.3 Recomendaciones
Fundamentado en las conclusiones de esta investigación anteriormente
descrita, se realizan a las siguientes recomendaciones:
34
5.3.1. En primer lugar, es necesario realizar una modificación del Código de
Comercio vigente, en función de incorporar el ajuste por inflación dentro de materia
regulada por este instrumento jurídico, a fin de reglamentar, las operaciones derivadas
de este importante indicador, que tiene un impacto considerable y directo en el
funcionamiento de las empresas venezolanas.
5.3.2. Es necesario que el SAREN emita un reglamento que establezca
detalladamente los casos en los que puede realizarse el aumento de capital por
corrección monetaria y los que no, igualmente deben reglamentarse los instrumentos
financieros que deben acompañar las actas de asamblea para tal fin, ya que
actualmente se está realizando en función a boletines emitidos por la Federación de
Colegios de Contadores Públicos, lo cual establece las normas financieras y contables
que aplican para tal fin, pero que al ser analizados por los Registros Mercantiles
pueden ser rechazados por los mismos causando inconvenientes a los usuarios.
5.3.3. Se recomienda al SAREN efectuar un análisis del importe cobrado por
concepto de aranceles y tasas sobre los aumentos de capital social que se realizan por
corrección monetaria; ya que, como se pudo observar en el caso particular de la
empresa objeto de estudio, el monto estimado a cancelar equivale a un 14% sobre el
valor del aumento, porcentaje que resulta muy elevado, sobre todo teniendo en cuenta
que el aumento se está realizando con una partida que no está generando flujo de caja
para la empresa; en este sentido se recomienda un tratamiento especial en cuanto a
aranceles se refiere para los aumentos que se realicen bajo esta figura.
5.3.4. Es fundamental que las universidades nacionales, tanto públicas como
privadas, incluyan dentro de la cátedra de Derecho Mercantil, el estudio del ajuste por
inflación y su relación con la materia, pues existen muchas operaciones en el área
mercantil que se ven directamente afectadas por los efectos inflacionarios, y que
deben ser del conocimiento de los futuros profesionales del Derecho para el mejor
desempeño profesional.
35
5.3.5. Finalmente se recomienda a la empresa Comercializadora Geandina,
C.A., analizar en detalle el impacto que representará para sus operaciones realizar el
aumento de capital social por corrección monetaria, tanto a nivel de beneficios
operativos y formalidades legales que deberán completar, como lo que se refiere a su
flujo de caja que se verá afectado considerablemente, por las erogaciones que deberán
realizar ante el Registro Mercantil.
36
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