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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 25 DE MARZO DE 2013 No. 1569 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Seguridad Pública Acuerdo 16/2013 por el que se expide el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes 3 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Aviso por el que se dan a conocer los conceptos y cuotas por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio público, prestación de servicios en el Ejercicio de Funciones de Derecho Público, Servicios que correspondan a Funciones de Derecho Privado y Enajenaciones de Bienes del Dominio Privado 18 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal acuerdo A/003/2013, del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, en el que se dan a conocer los días inhábiles de las Oficinas de Información Pública de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, del fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito (FAAVID) y del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia (FAPJUS) 19 Consejería Jurídica y de Servicios Legales Aviso por el que se da a conocer la Designación y Revocación de Servidores Públicos de la Administración Pública del Distrito Federal, como Apoderados Generales para la defensa jurídica de la misma 20 Delegación Azcapotzalco Acuerdo mediante el cual se declaran y dan a conocer los días inhábiles de los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2013, enero y febrero del 2014, en consecuencia se suspenden los términos para los trámites y procedimientos que se indican a cargo de la Oficina de la Información Publica en la Delegación Azcapotzalco 22 Acuerdo mediante el cual se declaran y dan a conocer los días inhábiles de los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2013, enero y febrero del 2014, en consecuencia se suspenden los términos para los trámites y procedimientos que se indican a cargo de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, de la Ventanilla Única y el Centro de Servicio y Atención Ciudadana en la Delegación Azcapotzalco 24 Continúa en la Pág. 2

Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 25 DE MARZO DE 2013 No. 1569

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Seguridad Pública

♦ Acuerdo 16/2013 por el que se expide el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes 3

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal ♦ Aviso por el que se dan a conocer los conceptos y cuotas por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del

dominio público, prestación de servicios en el Ejercicio de Funciones de Derecho Público, Servicios que correspondan a Funciones de Derecho Privado y Enajenaciones de Bienes del Dominio Privado 18

♦ Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal acuerdo A/003/2013, del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, en el que se dan a conocer los días inhábiles de las Oficinas de Información Pública de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, del fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito (FAAVID) y del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia (FAPJUS) 19

Consejería Jurídica y de Servicios Legales ♦ Aviso por el que se da a conocer la Designación y Revocación de Servidores Públicos de la Administración

Pública del Distrito Federal, como Apoderados Generales para la defensa jurídica de la misma 20 Delegación Azcapotzalco

♦ Acuerdo mediante el cual se declaran y dan a conocer los días inhábiles de los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2013, enero y febrero del 2014, en consecuencia se suspenden los términos para los trámites y procedimientos que se indican a cargo de la Oficina de la Información Publica en la Delegación Azcapotzalco 22

♦ Acuerdo mediante el cual se declaran y dan a conocer los días inhábiles de los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2013, enero y febrero del 2014, en consecuencia se suspenden los términos para los trámites y procedimientos que se indican a cargo de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, de la Ventanilla Única y el Centro de Servicio y Atención Ciudadana en la Delegación Azcapotzalco 24

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Índice Viene de la Pág. 1

Delegación Iztacalco ♦ Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo en su Parte de Procedimientos para el Órgano Político en Iztacalco,

Registro MA-02D08-5/10 26 ♦ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria del Programa Social “Continúa Tus Estudios 2013” del Programa

Delegacional de Desarrollo y Asistencia Social con cargo a la Delegación del Gobierno del Distrito Federal en Iztacalco para el Ejercicio Fiscal 2013 27

♦ Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obra Pública 2013 29 Delegación La Magdalena Contreras

♦ Acuerdo mediante el cual se aprueban los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, correspondientes a los días 25, 26, 27, 28 y 29 de marzo; 1 de mayo; 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio, 1 y 2 de agosto; 16 de septiembre; 1 de noviembre; 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de dos mil trece; así como el 1, 2, 3, 6 y 7 de enero de dos mil catorce, para el efecto de los Actos y Procedimientos competencia de esta Oficina 30

Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal ♦ Acuerdo INVEADF/001/2013, por el cual se suspenden los términos y plazos relativos a los Procedimientos Administrativos

ante el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, correspondientes al año dos mil trece 32 Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

♦ Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles de la Oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal correspondiente al año 2013 y enero 2014, para efectos de los Actos y Procedimientos de su competencia 34

SECCIÓN DE AVISOS ♦ Dimensiones Publicitarias Urbanas, S.A. de C.V. 36 ♦ Inmobiliaria MC, S.A. de C.V. 37 ♦ Operadora de Franquicias Alsea, S.A. de C.V. 39 ♦ Expoquarzo, S.A. de C.V. 42 ♦ Resirene, S.A. de C.V. 45 ♦ Somapres, S.A. de C.V. 54 ♦ Tegapli, S. A. de C.V. 55 ♦ Medios Impresos Tercer Milenio, S.A. de C.V. 55 ♦ Roxar de México Strategic Staffing, S.A. de C.V. 56 ♦ Roxar de México, S.A. de C.V. 57 ♦ Notaria 111 del Estado de México 58 ♦ Progenitoras Dekalb Gortie, S.A. de C.V. 59 ♦ Abastecimientos Alfa Abundancia, S.A. de C.V. 60 ♦ Distribuidora Dinámica Cómex, S.A. de C.V. 61 ♦ Servicios Ejecutivos La Perla, S. A. de C. V. 62 ♦ Insoft, S.A. de C.V. 63 ♦ Cantina Salón Diligencias, S.A. 64 ♦ Bome Fincom, S.A. de C.V. 65 ♦ N.I.T.T. Comercializadora, S.A. de C.V. 66 ♦ Crescent Consulting Group, S. de R.L. de C.V. 67 ♦ Consway, S.A. de C.V. 68 ♦ Aviso 70

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SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL  

ACUERDO 16/2013 POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL CONTROL DE MULTITUDES. DR. JESÚS RODRÍGUEZ ALMEIDA, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal con fundamento en los artículos 21, noveno párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 7°, 15, fracción X, y párrafo segundo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 3°, 4º, 5º, 6°, y 8° fracciones II y III, 18, 24, fracciones I, II y 45 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Segundad Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 5º, 16, 17 fracciones I, II, III, IV, VII, VIII, X, XI, XII, XIII y XVI y 18 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; y 3º, 8°, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO Que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, rige su actuación por los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, profesionalismo, honradez y respeto de los derechos humanos, atento a lo dispuesto en el párrafo noveno del artículo 21 Constitucional y 1o y 2o de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, y en cuanto al régimen jurídico de sus elementos, la fracción XIII del apartado B del artículo 123 Constitucional establece que los miembros de las instituciones policiales se regirán por sus propias leyes. Que deacuerdo con la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos del año 2011, todas las autoridades están obligadas al respeto y garantía de los derechos humanos contenidos en la Constitución, los tratados internacionales pactados por México en esa materia y las leyes que emanen de ella. Que a partir del marco convencional y constitucional, las obligaciones de los servidores públicos en la protección de derechos humanos se amplían conforme al principio pro persona. Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establece el respeto a los derechos humanos y las libertades como elementos esenciales, entre otros, de la democracia representativa. Que en concordancia con las sentencias emanadas por dicho órgano jurisdiccional, la Secretaría de Seguridad Pública debe apegarse en el uso de la fuerza pública a los principios de excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad y humanidad, estimando que sólo puede hacerse uso de la fuerza o de instrumentos de coerción cuando se han agotado los demás medios de control. Que de acuerdo con la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su artículo 2o, la seguridad pública es un servicio cuya prestación, en el marco de respeto a los Derechos Humanos, corresponde en forma exclusiva al Estado, y tiene por objeto mantener el orden público; proteger la integridad física de las personas, así como de sus bienes; prevenir la comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía; colaborar en la investigación y persecución de los delitos, y auxiliar a la población en casos de siniestros y desastres. Que los principios de actuación de los cuerpos de seguridad pública, de conformidad con la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, establecen que los elementos policiales deben observar invariablemente en su actuación, entre otros, el servicio a la comunidad y la disciplina; el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, y el orden jurídico; sirviendo con fidelidad y honradez a la sociedad, obedeciendo las órdenes de sus superiores jerárquicos; actuando con la decisión y sin demora, a la protección de las personas y sus bienes, y observando las normas de disciplina y orden que establezcan las disposiciones reglamentarias y administrativas internas. Que dentro de las obligaciones de la Policía se encuentran las de vigilar y proteger los espacios públicos y de acceso al público en el Distrito Federal, así como los lugares estratégicos para la seguridad pública; y de realizar funciones de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública.

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Que en cumplimiento de las funciones que le competen a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y respeto del orden legal, se hace necesario que las corporaciones policiales actúen en forma ordenada y sistematizada en todos sus protocolos, lo que garantiza además del cumplimiento del orden legal y la preservación de los derechos humanos, la implementación del modelo de conducta y actuación uniforme para todo el personal policial lo que mejora sus niveles de eficiencia y eficacia en el desarrollo de la función, y elimina los riesgos de discrecionalidad que pueden derivar en fuente directa del incumplimiento al orden legal o de violación de los derechos humanos. Que la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal y su Reglamento, establecen los principios que deben regir la actuación de los cuerpos de seguridad de esta institución, mismos que constituyen el marco de actuación policial que determina que los cuerpos de seguridad pública podrán utilizar la fuerza exclusivamente bajo los principios que en ella se establecen. Que en la dispersión de reuniones violentas en la vía pública los elementos de Policía de la Secretaría de Seguridad Pública, procurarán evitar el empleo de la fuerza y, en su caso, deberán limitarse al mínimo estrictamente necesario, utilizando el equipo adecuado según las circunstancias que se presenten en cada caso. Que el Reglamento que regula la Ley antes mencionada establece la obligación de contar con diseño de operativos y control de manifestaciones, en donde se garantice el cumplimiento de los principios del uso de la fuerza y se ponga particular énfasis en el control de quiénes van a ejecutarlo. Que en ese mismo tenor, todo plan de acción deberá considerar el análisis de la situación correspondiente, posibles reacciones ante la presencia de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública y los antecedentes de confrontaciones previas. Que el Comité Internacional de la Cruz Roja ha manifestado que el empleo de las armas de fuego debe evaluarse a la luz de dos premisas: “La primera está en relación con la regulación interna, así como con la adecuación de ésta a la normativa internacional de los derechos humanos, en particular el derecho a la vida y a la seguridad personal; la segunda radica en un aspecto técnico y se refiere a la necesidad de que exista entrenamiento no sólo adecuado, sino idóneo y suficiente en cantidad, para el correcto uso de este tipo de armas.” Que en cumplimiento de las funciones que le competen a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, se ha elaborado el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes. Que derivado de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO 16/2013 POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL CONTROL DE MULTITUDES. Primero. El objeto del presente Acuerdo consiste en establecer el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes, conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable en materia de uso de la fuerza, y respeto a los derechos humanos. Segundo. Se expide el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes, el cual forma parte integrante del presente Acuerdo como Anexo Único. Tercero. Para los efectos del presente Acuerdo y del Protocolo se entenderá por: Arenga: es el diálogo de persuasión o disuasión dirigido a la multitud, a través de un equipo altavoz, que realiza el mando que está llevando a cabo un procedimiento en específico conforme a lo dispuesto en el presente acuerdo. Asamblea: es la congregación de personas para discutir las probables soluciones a la problemática que afecta a la concurrencia y acordar un plan de acción.

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Bloqueo: es la obstrucción y cierre de paso que impide la libertad de tránsito, dificultando la realización de las actividades, tanto en los inmuebles como en las vías de comunicación, con el fin de expresar sus inconformidades para tener un mayor impacto en sus peticiones. Concentración: es la reunión de un grupo de personas en un mismo lugar para realizar una actividad previamente concertada. Conducción: es la acción de guiar, seguir, llevar de un lugar a otro, de manera pacífica a una multitud, cuidando su integridad personal. Diligencia: acto que es ordenado por la autoridad competente, ya sea de carácter Judicial o Administrativa. Dispositivo: forma en que el personal operativo es desplegado sobre el área de operación y su entorno, así como vías de acceso y desfogue, en unidades constitutivas y de magnitud adecuada, para poner en práctica una estrategia. Estrategia: es un proceso regulable o conjunto de las reglas que basadas en la experiencia y el conocimiento científico aseguran una decisión óptima en cada momento. Linchamiento: son las acciones realizadas por una multitud que ejecuta sin proceso y tumultuariamente a una o varias personas que presumiblemente cometieron alguna conducta ilícita o contraria a los intereses, hábitos o convicciones de un grupo especifico de personas. Manifestación: es una demostración pública a favor o en contra de algún movimiento político o social; en donde las personas que se encuentran reunidas con un mismo fin, responden emocional y colectivamente a los mismos estímulos. Marcha: es el desplazamiento multitudinario de personas con un fin determinado. Mitin: concentración de personas en determinado lugar, con la finalidad de escuchar discursos de carácter político o social. Motín: reunión tumultuaria que perturba el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenaza a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación. Orden de Operaciones: es el documento que establece los lineamientos de cualquier operación policial que contiene los siguientes aspectos: información, misión, decisión, esquema de maniobra, acciones especificas, detalles comunes, prescripciones administrativas y marco jurídico. Orden público: situación o estado de paz y de respeto a la Ley de una comunidad. Plantón: reunión de personas en un sitio público, por un tiempo indefinido con el fin de manifestar alguna inconformidad ante las autoridades. Puesto de Mando: coordinación para supervisar que la operación se realice como se planeó, a fin de corregir y direccionar las acciones policiales Punto Estratégico: lugar con determinada importancia, que permita tener capacidad de reacción de manera eficaz ante cualquier eventualidad. Seguridad: conjunto de acciones, métodos, principios, técnicas y tácticas para la reducción de riesgos, que brinda el Estado por medio de los cuerpos policiales. Sustancias irritantes en aerosol: sustancias heterogéneas de partículas solidas o liquidas suspendidas en el aire u otro gas no corrosivas. Táctica: acciones de dirigir las fuerzas policiales para su distribución, dirección y obtención de un objetivo o de un fin inmediato llevando a cabo maniobras propias de su especialidad.

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Técnica: conjunto de procedimientos organizados, sistemáticos o dinámicos que al emplearlos se logra alcanzar una meta. Unidad Policial: Direcciones dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el ámbito de las funciones operativas de la Policía del Distrito Federal. Cuarto.Para la implementación de acciones de control de multitudes y restablecimiento del orden público, se deberán aplicar los principios técnicos de operación siguientes: a) Planificar la logística necesaria para la función policial. b) Verificar que el personal operativo cuente con el equipamiento de acuerdo al servicio encomendado. c) Designar al responsable y el número de transportes para el traslado del personal. d) Considerarla ruta más corta para el traslado del personal, previendo la seguridad de éste. e) Establecer la zona para el arribo de los elementos cerca de la zona afectada por el disturbio, siniestro o desastre. f) Analizar y determinar el grado de amenaza en la zona. i) Activar los servicios de emergencia para la evacuación y traslado de posibles lesionados al momento de llevarse a

cabo la operación. j) Determinar las situaciones especiales y necesidades logísticas para su intervención. k) Acatar las órdenes del mando, en la ejecución del Protocolo materia del presente Acuerdo. Quinto. Para el diseño de planes y estrategias operativasse deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo II, denominado “Elaboración de un Plan Operativo u Orden de operación”, tomando en consideración los posibles factores de riesgo conforme a la normatividad vigente y en estricto apego a las disposiciones en materia del uso de la fuerza pública y respeto a los Derechos Humanos. Sexto. Para implementar acciones de control y vigilancia de manifestaciones sociales, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo III, denominado “Conducción de Multitudes”, para proteger la integridad física de las personas y mantener el orden del contingente durante su desplazamiento. Séptimo. Para implementar acciones de resguardo de instalaciones públicas o privadas que por su naturaleza pudieran ser objeto de actos de violencia o daño a recursos humanos y materiales, durante un movimiento social, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo IV, denominado “Resguardo de Instalaciones”. Octavo. Para implementar las acciones de contención de una multitud pacífica y evitar que se traslade de un lugar a otro o pase por un punto estratégico, logrando mantener el orden público, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo V, denominado “Contención de Multitudes”. Noveno. Para implementar las acciones tácticas que se requieran para el control y dispersión de las multitudes violentas, mediante el uso adecuado de las técnicas y tácticas útiles y necesarias para restaurar la seguridad, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo VI, denominado “Restablecimiento del Orden Público”. Décimo. Para implementar las acciones que se requieran para liberar el bloqueo de vialidades y dispersar a los manifestantes, mediante el diálogo y la ejecución de técnicas de control de multitudes, con respeto al derecho al libre tránsito de los habitantes del Distrito Federal, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo VII, denominado “Liberación de Vialidades”. Décimo Primero. Para implementar las acciones que se requieran para proporcionar seguridad, protección y vigilancia durante el desarrollo de las diligencias, garantizando la integridad personal de los actuantes y salvaguardando sus bienes, se deberá aplicar lo dispuesto en el Capitulo VIII, denominado “Operación en Diligencias”. Décimo Tercero. Cuando se instrumenten acciones en coordinación con el Estado Mayor Presidencial, Autoridades Federales de los tres poderes de la Unión, Estatales y Municipales, cada autoridad asumirá la responsabilidad dentro de su ámbito de competencia. Décimo Cuarto. La Subsecretaría de Desarrollo Institucional, diseñará e instrumentará los cursos de capacitación, adiestramiento y actualización dirigidos a la Policía del Distrito Federal, necesarios para la implementación del Protocolo materia del presente Acuerdo.

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Décimo Quinto. El curso de capacitación, adiestramiento y actualización a que se refiere el artículo anterior, contendrá básicamente las siguientes materias:

I. Marco Jurídico y Derechos Humanos; II. Psicología de las Multitudes;

III. Manejo de Crisis; IV. Manejo de Equipamiento para el Control de Multitudes; V. Técnicas, Tácticas y Estrategias para el Control de Multitudes, y

VI. Primeros Auxilios. Décimo Sexto. La Subsecretaría de Operación Policial establecerá los mecanismos para la verificación del cumplimiento del Presente Acuerdo con la participación que corresponda a la Dirección General de Derechos Humanos y la Dirección General de Inspección Policial.

TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. Se instruye a la Jefatura del Estado Mayor Policial, la Subsecretaría de Operación Policial, la Subsecretaría de Control de Tránsito, la Subsecretaría de Desarrollo Institucional, la Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, y a la Oficialía Mayor de ésta Dependencia, para que en el ámbito de sus atribuciones provean lo necesario para la implementación del presente Acuerdo, y la actualización de la normatividad institucional. Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal el día veintidós de marzo del dos mil trece.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

DR. JESÚS RODRÍGUEZ ALMEIDA

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL CONTROL DE MULTITUDES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES El presente Protocolo es de observancia general y obligatoria para los integrantes de la Policía del Distrito Federal, y tiene por objeto mantener el orden público, proteger la integridad física de las personas y de sus bienes, prevenir la comisión de los delitos e infracciones, y colaborar en la investigación y persecución de los delitos.

CAPÍTULO II

ELABORACIÓN DE UN PLAN OPERATIVO U ORDEN DE OPERACIÓN

Para el ejercicio de sus atribuciones la Policía del Distrito Federal diseñará los planes y estrategias operativas, tomando en consideración los posibles factores que intervienen en los diferentes servicios que ofrece, con apego a la normatividad vigente del uso de la fuerza pública y respeto a los derechos humanos.

En la elaboración de un Plan Operativo u Orden de Operación, se establecerá la coordinación que corresponda, tanto para la operatividad como para la captación de información, tomando en consideración a las distintas autoridades, entre las que se encuentran: la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, a través del Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando, la Jefatura del Estado Mayor Policial, la Dirección General de Enlace Institucional, la Subsecretaría de Operación Policial, la Subsecretaría de Control de Tránsito, las Direcciones Generales de Policía, la Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, la Dirección General de Derechos Humanos, la Dirección General de Operación de Tránsito, la Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial, la Dirección General de Inteligencia Policial y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

En la elaboración del Plan Operativo u Orden de Operación, también se tomarán en consideración los apoyos necesarios a petición expresa del sector privado, de las distintas representaciones diplomáticas acreditadas en México, y otros.

En adición a lo anterior, cuando las acciones a instrumentar requieran la coordinación con el Estado Mayor Presidencial, Autoridades Federales de los tres poderes de la Unión, Estatales y Municipales, cada autoridad asumirá la responsabilidad dentro de su ámbito de competencia.

Con el objeto de atender las necesidades antes descritas, se llevarán a cabo reuniones interinstitucionales presididas por el Subsecretario de Operación Policial, Director General de Policía Metropolitana, Directores Generales de Zona, Directores Generales de Policías Complementarias y/o Mandos Designados; para diseñar planes y estrategias operativas que permitan identificar cada tipo de evento cuando éstos hayan sido programados con anticipación.

En ese sentido, se contemplarán los apoyos necesarios por parte de los elementos de la Policía del Distrito Federal que cuenten con la capacitación para el control de multitudes que les haya sido proporcionada por el área especializada; procurando que la primera línea de contacto con las multitudes se dé con personal de la Policía Metropolitana de conformidad con el tipo de evento; para ello, éstos eventos se clasificarán en:

I. Sociales II. Deportivos y

III. Culturales

A su vez, los mismos podrán subclasificarse, de manera enunciativa más no limitativa, en los rubros siguientes:

Asambleas Comercio Informal Concentraciones Delictivos

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Desastres Naturales Educativos Electorales Grupos en situación de vulnerabilidad Laborales Linchamientos Mandatos Judiciales y Administrativos Marchas Mítines Motines (Centros Penitenciarios) Musicales Recreativos Religiosos Sabotaje Servicios Terrorismo Transportistas

Para la implementación del Protocolo Operativo o Plan de Acción, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, recibirán la Orden de Operación a través de la Jefatura del Estado Mayor Policial y/o de la Subsecretaría de Operación Policial.

Una vez recibida la Orden de Operación, se convocará a reuniones con los mandos de las diferentes Direcciones de Área de Policía, que derivado de la naturaleza del evento se requiera su participación, para la asignación de acciones específicas.

En dicha reunión, se evaluarán las técnicas y tácticas conforme a las áreas respectivas en referencia a la misión y visión, establecimiento del centro de mando e identificación de zonas de seguridad, puntos estratégicos y vulnerables.

Asimismo, se determinará el estado de fuerza para cada Unidad de Policía; asignando el equipamiento necesario tomando en consideración lo establecido en la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, y su Reglamento.

De manera general, las comunicaciones con el personal operativo, se podrán hacer a través de las frecuencias de radio, según sea la magnitud del evento.

CAPÍTULO III

CONDUCCIÓN DE MULTITUDES

Con el objeto de controlar y vigilar el desarrollo de una manifestación social, ya sea en su desplazamiento de un lugar a otro; o bien estando establecidos en un punto, la Policía del Distrito Federal, brindará en todo momento protección a la integridad personal, así como de los bienes muebles e inmuebles en las zonas por las cuales transiten, manteniendo el orden del contingente.

En la conducción de multitudes, participarán los mandos de las Unidades de Policía de acuerdo a su capacidad operativa, tomando en consideración el equipamiento, capacitación y cantidad de policías, en función del tipo de evento.

De igual manera, se debe determinar el mando y la Unidad de Policía que realizará la conducción, de acuerdo al diagnóstico de riesgo, a la Agenda de Eventos y al Plan Operativo. Para esto, se deberá contar con la información necesaria sobre el evento respecto al tiempo, lugar y circunstancias; grupo organizador, demandas, impacto social, riesgos en el recorrido y la identificación de los puntos vulnerables.

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En la conducción del contingente, se deberá establecer coordinación simultánea con personal de la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal y la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a través de la Dirección General de Enlace Institucional, y en su caso, con la Dirección General de Derechos Humanos; para la identificación y vigilancia de las personas con actitud agresiva dentro de la multitud; así como con las autoridades involucradas, de acuerdo a la demanda o petición de la multitud.

Durante el desarrollo de las acciones se deberá informar en todo momento al mando, las situaciones que prevalecen en el desarrollo del evento hasta su conclusión.

Para la elaboración del Plan de Acción los Directores Generales de Policía y/o mando designado, determinarán las Unidades de Policía que intervendrán, y establecerán las estrategias operativas así como el equipo necesario, de igual forma identificarán las zonas de seguridad adecuadas para la instalación de las unidades policiales de reserva y Puesto de Mando. Por último de deberá asignar el número de policías que conducirán a la multitud estableciendo los puntos de riesgo a cubrir durante el trayecto.

Para la implementación de las acciones correspondientes, los Directores de Área y/o mando designado, se trasladarán al lugar con el personal para valorar las técnicas y tácticas a emplear, considerando las condiciones de lugar e informarán al mando.

En el desarrollo de las acciones, se implementarán los mecanismos de coordinación con las autoridades que se encuentran en el lugar.

El mando designado informará e instruirá a los policías participantes en el evento las acciones a seguir para establecer el dispositivo de seguridad con las diferentes formaciones y evoluciones requeridas.

Los policías, a su vez, permanecerán durante los dispositivos disciplinados, firmes y tolerantes a órdenes del mando en espera de ejecutar las formaciones y evoluciones requeridas, trabajando en equipo y con espíritu de cuerpo.

Durante el evento, los comandantes y policías, observarán e identificarán dentro de la multitud a las personas con actitud agresiva, a fin de informar al mando la situación que prevalece y solicitarán las órdenes correspondientes.

En los casos que los Directores Generales y/o mando designado identifiquen alguna persona con actitud agresiva se dará la orden de ingresar al contingente encauzando a las personas con actitud agresiva, separándolas de la multitud como medida de prevención para proteger su integridad personal y de sus bienes.

Si las personas en actitud agresiva cometieron un acto ilícito o infracción administrativa, los policías detendrán a los probables responsables y coordinan su inmediata puesta a disposición ante la autoridad correspondiente y activarán los servicios de emergencia para el caso de que haya lesionados o siniestro.

Si no hubiera actos ilícitos, los comandantes y policías disolverán al grupo de personas conflictivas, de conformidad con los niveles del uso de la fuerza establecida en la legislación vigente.

Una vez que arribaron al destino final de la conducción los Comandantes y policías se desplazarán a otros puntos estratégicos, si la situación no fuera violenta, o bien en caso contrario permanecerán en espera de órdenes del mando.

En el caso en que la multitud se torne violenta, deberán aplicar lo dispuesto en el Capítulo VI, del Restablecimiento del Orden Público.

Una vez controlada la situación, los Directores Generales de Policía y/o mando designado darán a los policías la orden de retirada de manera disciplinada, quienes al final de la jornada emitirán su informe por escrito.

Los comandantes y policías deberán mantener presencia y control en la zona hasta que se disperse la multitud.

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CAPÍTULO IV

RESGUARDO DE INSTALACIONES

En el ejercicio de sus atribuciones, la Policía del Distrito Federal resguardará las instalaciones públicas o privadas que por su naturaleza pudieran ser objeto de actos de violencia o daño a los recursos humanos y materiales durante un movimiento social, político, deportivo, cultural entre otros.

Para llevar a cabo el resguardo de las instalaciones, se deberán implementar los mecanismos de coordinación para la captación de información de las autoridades correspondientes, entre las que se encuentran: la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, el Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando, la Jefatura del Estado Mayor Policial a través de la Dirección General de Enlace Institucional, la Subsecretaría de Operación Policial por medio de las Direcciones Generales de Policía, la Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito con la colaboración de la Dirección General de Derechos Humanos, la Subsecretaría de Control de Tránsito por conducto de la Dirección General de Operación de Tránsito, la Subsecretaría de Información e Inteligencia Policial mediante la Dirección General de Inteligencia Policial, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Para diseñar planes y estrategias operativas, cuando el evento haya sido programado con anticipación, se llevarán a cabo diversas reuniones en las cuales se deberá allegar de la información necesaria sobre el evento, como son: el grupo organizador, el impacto social, la identificación de los puntos vulnerables y riesgos, la duración y lugar de inicio y fin del evento, entre otros.

En el caso en que el evento sea emergente, se deberá establecer la coordinación y planeación por la frecuencia de radio y/o en el Puesto de Mando, para determinar las instalaciones ubicadas en la zona de concentración o trayectoria de movimiento de una multitud y, en su caso, implementar las acciones correspondientes para su resguardo.

Para la implementación de las acciones, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, deberán identificar las instalaciones a resguardar y designarán el número de policías y la Unidad de Policía realizará las evoluciones.

Para la instrumentación de las acciones, los Directores de área y/o mando designado que arribarán al lugar, establecerán los mecanismos de coordinación correspondientes, a su vez deberán informar al Subsecretario de Operación Policial o Director General al mando la situación que prevalezca, de acuerdo a las instrucciones recibidas, evaluando y diagnosticando los puntos vulnerables para establecer los dispositivos de seguridad para resguardar las instalaciones vulnerables con los recursos humanos y materiales disponibles.

A su vez, los policías permanecerán a órdenes del mando, firmes, tolerantes y disciplinados, y ejecutarán las formaciones y evoluciones requeridas para resguardar la instalación en todo momento, en caso de ser necesario podrá hacer uso de la fuerza de acuerdo a la normatividad específica.

Durante el desarrollo del evento, los elementos y comandantes identificarán a las personas con actitud agresiva e informarán al mando las observaciones en espera de las órdenes correspondientes.

Si la multitud violenta la seguridad de la instalación, los Directores de Área y/o mando designado, informarán al mando de la agresión y solicitarán las órdenes para instrumentar las acciones a realizar.

Recibida la orden de contener para resguardar el lugar, de ser necesario, se aplicarán las acciones incluidas en el Capítulo VI del Restablecimiento del Orden Público y activarán los servicios de emergencia en el caso de que haya lesionados o que suceda un siniestro.

En el caso de no recibir órdenes, los elementos policiales actuarán de conformidad con la normatividad vigente.

Si no hay indicios de violencia en la instalación, el mando designado y los policías mantendrán su posición hasta que la multitud rebase el área del inmueble resguardado.

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12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

En caso de que se requiera de apoyo para el resguardo, los Directores Generales de Policía y/o mando designados, ordenarán el aumento del estado de fuerza con elementos de otras Unidades de Policía y, en su caso, de la Policía Complementaria.

Si existieran otras instalaciones a resguardar, los Directores Generales de Policía y/o mando designados, establecerán las rutas para el traslado del personal de un punto a otro y ordenarán que los elementos que permanecerán en las instalaciones a la expectativa para su resguardo.

Durante el desarrollo del evento, los comandantes y policías, mantendrán presencia y control en la zona hasta que se disperse la multitud.

Una vez terminado el evento, los Directores Generales de Policía y/o mando designados, darán por concluido el resguardo y ordenarán la retirada de los comandantes y policías de manera disciplinada, quienes después de ejecutar la orden, emitirán su informe final por escrito.

CAPÍTULO V CONTENCIÓN DE MULTITUDES

En el ejercicio de sus funciones para mantener el orden público, la Policía del Distrito Federal realizará las acciones operativas para contener a una multitud de manera pacífica, evitando su traslado de un lugar a otro o que pase por un punto estratégico.

El Subsecretario de Operación Policial, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, determinarán las Unidades de Policía que van a intervenir; asimismo, ordenarán la estrategia operativa a realizarse y estableciendo la zona en la cual se llevará a cabo la contención.

En la implementación de dichas acciones, se establecerá como objetivo que prevalezca la salvaguarda de la vida e integridad personal de los involucrados respecto de cualquier otro bien jurídico. Evitando que la multitud arribe o se concentre en cierta zona y/o ingrese a un evento ocasionando daños a la propiedad privada y pública.

Para ello, los mandos y policías deberán conocer las zonas de seguridad y el lugar donde se realizará la contención de la multitud, el acceso a la zona de concentración o instalación; así como los lugares por donde se va a dispersar a la gente. Los comandantes y los policías siempre estarán a las órdenes del mando.

Por su parte, el Director de Área y/o mando designado evaluará e informará al superior, lo que prevalece en el lugar. De esta forma los Directores Generales de Policía y/o mando designado instrumentarán los mecanismos de coordinación con las autoridades competentes, considerando los apoyos necesarios tanto de personal como de vehículos para establecer las barreras de contención, y en su caso ordenarán a los mandos correspondientes que se detenga al contingente con las evoluciones requeridas.

Durante el desarrollo de las acciones, los policías adoptarán una actitud de autocontrol, disciplinada, firme y tolerante a las órdenes del mando, formando una línea de contención pacífica, en espera de la multitud.

Por su parte los comandantes y/o mando designados advertirán al contingente que libere la vialidad (arenga) e informarán al mando las situaciones que prevalecen en el lugar y solicitarán las órdenes correspondientes.

Si existieran personas en actitud agresiva que rompan las líneas de contención, se deberán aplicar las acciones mencionadas en el Capítulo VI, del Restablecimiento del Orden Público.

En caso contrario, los comandantes y policías mantendrán las líneas de contención evitando que la multitud siga avanzando, y permanecerán en el lugar hasta que el contingente se retire.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13

 

Una vez concluida la contención de multitudes, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, ordenarán la retirada de los comandantes y policías de manera disciplinada, quienes después de ejecutar la orden, emitirán su informe final por escrito.

CAPÍTULO VI RESTABLECIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO

En caso de disturbios, linchamientos o cualquier otra manifestación violenta la Policía del Distrito Federal restablecerá el orden público en la Ciudad de México, a través de la ejecución de técnicas y tácticas policiales para el control y dispersión de multitudes, con la colaboración y coordinación que corresponda a las demás instituciones del Gobierno del Distrito Federal.

En toda intervención de la Policía del Distrito Federal, deberá establecer e instrumentar los mecanismos de coordinación necesarios con el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando, de quienes obtendrá información precisa antes, durante y después del evento, mediante el uso de dispositivos tecnológicos que permitan a los mandos la correcta y adecuada toma de decisiones.

Previo al empleo de la fuerza pública, el personal de la Dirección General de Enlace Institucional deberá agotar los medios pacíficos de solución al conflicto, es decir, establecer primeramente el diálogo conciliador con la finalidad encontrar una solución a la problemática.

En el caso de no existir una respuesta favorable para solucionar el conflicto, la persona al mando ordenará al personal policial instrumentar las acciones para advertir a la multitud que se desista de realizar actos contrarios a derecho.

Cuando no sea posible disuadir la acción violenta en que incurre la multitud, se empleará de forma gradual la escala del uso de la fuerza, según lo establece la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su artículo 10, siendo éstos:

I. Persuasión o disuasión verbal; II. Reducción física de movimientos;

III. Utilización de armas incapacitantes no letales, y IV. Utilización de armas de fuego o de fuerza letal.

En el caso de que se haga uso de la fuerza, la Policía del Distrito Federal, regirá su actuación atento a lo dispuesto por el Artículo 8 de la propia Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, bajo los siguientes principios:

I. Legal; II. Racional;

III. Congruente; IV. Oportuno, y V. Proporcional.

Este Protocolo se aplicará ante una multitud o grupo de personas en estado de agresividad, donde se vea comprometida la integridad, los derechos y bienes de las personas, preservando las libertades, la paz pública y la seguridad ciudadana para prevenir la comisión de delitos e infracciones.

De conformidad con la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su artículo 6, fracción I, inciso d) y fracción II, inciso a), a juicio de quien tiene el mando en el lugar de los hechos, y una vez agotados los niveles I y II a que se refiere el artículo 10 de la citada Ley, sin lograr el restablecimiento del orden público, se podrá hacer uso de los subsecuentes niveles de la fuerza mencionados en el citado numeral, tales como el uso de armas incapacitantes no letales llamadas “sustancias irritantes en aerosol”. Si aun así persisten los disturbios, se procederá a la aplicación del cuarto nivel del uso de la fuerza.

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14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

El uso y empleo de semovientes en el control y dispersión de disturbios, se llevará a cabo sólo bajo las órdenes de quien tenga el mando, ejecutando tal acción la Policía Montada, las formaciones y evoluciones propias para tal fin.

También se mantendrá una estrecha coordinación con un mando o enlace de la Policía Complementaria, en los casos en que se requiera su participación para el restablecimiento del orden público, con el objeto de llevar a cabo la adecuada ejecución de las técnicas y tácticas policiales.

La Secretaría a través de los mecanismos de coordinación con el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, el Centro Computarizado de Control Vial y el Puesto de Mando, observará e identificará el disturbio causado por grupos sociales.

Una vez que el Subsecretario de Operación Policial tome conocimiento del disturbio y de la gravedad de éste, ordenará a los Directores Generales de la Policía o a quien designe; que se implementen las acciones para el restablecimiento inmediato del orden público, con estricto apego a la normatividad vigente, quienes a su vez instruirán a sus comandantes agrupar a su personal para actuar.

Una vez recibida la orden, los mandos y comandantes agruparán a su personal y, en los casos necesarios, instruirán su equipamiento con semovientes.

Con la finalidad de establecer adecuadamente las estrategias operativas, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, solicitarán información al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México y al Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando.

Una vez en el lugar, los Directores General de Policía y/o mando designado, identificarán los factores de riesgo y/o a las personas con actitud agresiva y expresarán la arenga mediante un equipo altavoz antes del empleo de la fuerza.

Si las multitudes obedecen la instrucción, una vez que se determine que se ha restablecido el orden público de manera pacífica, en coordinación con el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando, quienes supervisan la dispersión total de la multitud y dan seguimiento de los mismos a su desplazamiento.

En caso contrario, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, ordenarán a los mandos y comandantes, la ejecución de las estrategias operativas ante la persistencia del disturbio.

Los mandos y comandantes, instruirán y ejecutarán con su personal las estrategias operativas con estricto apego a los principios de actuación policial y respeto a los derechos humanos.

Por su parte, los policías ejecutarán las técnicas y tácticas de control de disturbio a órdenes del mando con profesionalismo, actuando siempre en cumplimiento de su deber o bajo cualquier otra causa de la exclusión del delito contempladas en la legislación vigente.

En los casos que derivado de la situación que prevalezca en el lugar se requiera el uso “sustancias irritantes en aerosol” los Directores Generales de Policía y/o mando designado, solicitarán autorización al Subsecretario de Operación Policial.

Una vez que el Subsecretario de Operación Policial tome conocimiento del caso para el probable uso de “sustancias irritantes en aerosol” si determinará su autorización, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, instruirán a los comandantes sobre su uso.

Los mandos y comandantes de esta forma ordenarán a los policías encargados del uso de las “sustancias irritantes en aerosol”. En todo momento se supervisará el uso correcto de dichas sustancias con las técnicas adecuadas.

En caso de no recibir respuesta, los comandantes actuarán conforme a la normatividad vigente.

En caso necesario, los Directores Generales o el mando designado, ordenarán la detención de las personas, como probables responsables de la comisión de un delito o infracción administrativa.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15

 

De esta forma, los mandos, comandantes y policías llevarán a cabo la detención de los probables responsables, aplicando las técnicas y tácticas policiales establecidas, aplicando los procedimientos policiales adecuados, según el caso, para abordar a la unidad, su traslado y presentación ante la autoridad competente y finalmente solicitan los servicios médicos en caso de que existan lesionados y de ser necesario otros servicios de emergencia.

Una vez restablecido el orden público, los Directores Generales o el mando designado, en coordinación con el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, el Centro Computarizado de Control Vial y Puesto de Mando, supervisarán la dispersión total de la multitud y darán seguimiento de los mismos a su desplazamiento, ordenando la retirada de los elementos de manera disciplinada quienes después de ejecutar la orden, emitirán su informe final por escrito.

CAPÍTULO VII

LIBERACIÓN DE VIALIDADES

Para la liberación de vialidades en caso de bloqueo y dispersión de manifestantes, la Policía del Distrito Federal empleará el diálogo y la ejecución de técnicas para el control de multitudes, dando como resultado vialidades más fluidas y respetando el derecho al libre tránsito de las personas en el Distrito Federal.

Cuando un grupo de personas obstruyan parcial o totalmente una vialidad, afectando el libre tránsito de personas y vehículos, se llevarán a cabo las acciones que se señalan en el presente capitulo. De igual forma deberán observar estrictamente las normas de actuación de los cuerpos de seguridad pública, teniendo como premisa el diálogo antes del empleo de la fuerza pública.

Resulta imprescindible que la actuación y ejecución de técnicas para el control de multitudes en la liberación de vialidades, se lleven a cabo en coordinación con el personal de la Dirección General de Enlace Institucional, salvo órdenes del mando, debiendo aplicar los diferentes niveles de uso de la fuerza pública, establecidos en la ley de la materia ante la agresión verbal y física en contra de los cuerpos de seguridad o de terceros.

En estos casos, la responsabilidad de los Directores Generales de Policía, y/o mando designado y Centro de Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México consiste en recabar la información del bloqueo, lugar, hora, motivo, número de personas, organizaciones y líderes.

En cuanto a los Directores Generales de Policía y/o mando designado, iniciarán el diálogo de convencimiento para que las personas que están realizando la afectación vial, desistan de hacerlo.

Los Directores de Área y/o mando designado, realizarán los cortes de vialidad necesarios, con la finalidad de reducir la afectación vial y solicitarán el apoyo de la Dirección General de Enlace Institucional, para continuar con el diálogo.

El Personal de la Dirección General de Enlace Institucional acudirá de forma inmediata al tener conocimiento de algún bloqueo en la ciudad para continuar con el diálogo y tomar las medidas que de acuerdo a cada caso que se consideren pertinentes.

Se exhortarán a las personas que están realizando el bloqueo, a que liberen la vialidad y finalmente informarán a la autoridad al mando de la situación que guarda el diálogo con los manifestantes.

El Subsecretario de Operación Policial y/o mando designado, determinará el arribo y el apoyo necesario de la Policía del Distrito Federal.

El mando designado, acudirá al punto del bloqueo a la brevedad e informará al mando la situación que prevalece en el lugar.

Los Directores Generales y/o mando designado, coordinarán con las autoridades competentes, mientras que los comandantes y policías previenen al contingente conforme a lo establecido para liberar la vialidad (arenga).

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16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

De ser negativa la respuesta de la multitud, los comandantes y policías formarán una línea de contención pacífica con la finalidad de recuperar la vialidad afectada.

En caso de que se torne violenta la acción de las personas, se aplicarán las acciones mencionadas en el Capítulo VI, del Restablecimiento del Orden Público.

Posteriormente a la recuperación, el personal de la Dirección General de Enlace Institucional con apoyo de personal de la Policía del Distrito Federal, continuarán con las gestiones correspondientes ante las autoridades involucradas, en tanto que los comandantes y elementos permanecerán en el lugar del bloqueo a la expectativa, con la finalidad de evitar un nuevo bloqueo y hasta finalizar los acuerdos de las partes involucradas.

Una vez concluida la liberación de vialidades, los Directores Generales de Policía y/o mando designado, informarán al mando que la situación ha sido controlada y ordenarán la retirada de los comandantes y policías de manera disciplinada, quienes después de ejecutar la orden, emitirán su informe final por escrito.

CAPÍTULO VIII OPERACIÓN EN DILIGENCIAS

Durante el desarrollo de diligencias, la Policía del Distrito Federal tendrá la obligación de Proporcionar seguridad y vigilancia garantizando la integridad personal de la autoridad competente, así como de las personas involucradas y sus bienes.

En toda diligencia de la Policía del Distrito Federal, se llevará a cabo a solicitud de la autoridad competente, establecerá al mando a un responsable de la Unidad de Policía Metropolitana que cubra la diligencia, de acuerdo a la magnitud del evento.

Para ello se deberá contar con toda la información relacionada con la diligencia que se realizará, determinando lo siguiente:

Tipo de diligencia Ubicación geográfica Tiempo y hora Impacto social Nivel de riesgo Contingencias

Corresponde a la Unidad de Policía designada, establecer la coordinación con las autoridades involucradas en los diferentes lugares a la ejecución de la diligencia, la cual se llevará o no a cabo en función de lo que determine el funcionario a cargo de la misma, informando continuamente el desarrollo del servicio.

Los Directores Generales de Policía, y/o mando designado, recibirán la orden de la Subsecretaria de Operación Policial y determinará el número de elementos de las Unidades de Policía Metropolitana que participarán y cubrirán la diligencia, estableciendo el equipo necesario para desempeñar el servicio.

El mando designado a su vez, recibirá la orden de Operaciones con anticipación al servicio y designación al mando responsable de la diligencia.

El mando responsable se trasladará a la brevedad e informará la situación que prevalece en el lugar y se coordinará con las autoridades competentes de conformidad con la orden de operaciones. De igual manera, evaluará si existen condiciones para realizar la diligencia, e informará al funcionario a cargo para que determine si se lleva o no a cabo.

En caso de que no se realice la diligencia el mando designado informarán la conclusión de la diligencia conforme a lo determinado por el funcionario a cargo del acto.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17

 

Cuando se lleve a cabo la diligencia, el mando designado establecerá el dispositivo de seguridad en el exterior del inmueble e informará del inicio de la diligencia, así como de la implementación del dispositivo de seguridad. Comunicando en todo momento el desarrollo de la diligencia.

En caso de que hubiera algún incidente durante el desarrollo de la diligencia el mando designado informará de las eventualidades y solicitará órdenes al mando a fin de salvaguardar la seguridad e integridad física de los actuantes; si hubiera lesionados o siniestro, se activarán los servicios de emergencia necesarios.

Cuando haya concluido la diligencia de conformidad con las indicaciones del funcionario a cargo del acto, el mando designado informará al superior y pedirá órdenes.

El Subsecretario de Operación Policial y/o mando designado, ordenarán la retirada de los policías de manera disciplinada, quienes después de ejecutar la orden, emitirán su informe final por escrito.

 

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL ING. VICENTE CALLEJAS SERRANO, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 85 fracción XXVII del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 303 del Código Fiscal del Distrito Federal y la Regla Séptima numeral 2 de las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se Asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 1532 de fecha 29 de enero de 2013, emito el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CONCEPTOS Y CUOTAS POR EL USO, APROVECHAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO, PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO, SERVICIOS QUE CORRESPONDAN A FUNCIONES DE DERECHO PRIVADO Y ENAJENACIONES DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO.

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

CLAVE

CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA CUOTA 2013

14212 Espacio para la instalación de maquinas expendedoras

de bebidas y similares

Mes/Maquina $736.25

14214 Espacio para la instalación de barras de café

Mes/Barra $6,816.60

12332 Puestos y Módulos Semifijos

Mes

$4,741.64

142851

Puestos y Módulos Semifijos

Día

$177.89

14286 Uso de espacio para la prestación del servicio de

lavado de automóviles

Día $119.98

**Cuando proceda y de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a la cuota se le deberá adicionar el IVA.

TRANSITORIO

Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.

Ciudad de México, Distrito Federal a los veinte días del mes de febrero del año 2013.

DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

ING. VICENTE CALLEJAS SERRANO

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

 

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO A/003/2013, DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DIAS INHÁBILES DE LAS OFICINAS DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, DEL FONDO PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VICTIMAS DEL DELITO (FAAVID) Y DEL FONDO DE APOYO A LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA (FAPJUS). Con fundamento en los artículos 21 y 122 apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 4, fracciones, III, IX y X y 58, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 1, 2, 21, 23 y 24 fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 3, 5, 42 fracción X y 43 fracción XVI del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 22, de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal en la Recepción Trámite, Resolución y Notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso o Rectificación de Datos Personales a través del Sistema Electrónico INFOMEX; y,

CONSIDERANDO

Que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada, cuya función es la de investigar los delitos, perseguir a los imputados y proteger los intereses de la sociedad, de acuerdo con los principios de legalidad, honradez, profesionalismo, imparcialidad, eficiencia y eficacia, así como la máxima publicidad en sus actos; por lo tanto se encuentra sujeta a las disposiciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, lo que constituye un imperativo que fortalece las actividades de esta Institución. Que mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de febrero de 2013, el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, emitió acuerdo por el que se aprueban los días inhábiles para los efectos administrativos de ese organismo. Que con objeto de hacer concordantes los días inhábiles de las oficinas de Información Pública de esta Procuraduría, del Fondo para la Atención y Apoyo a las Victimas del Delito (FAAVID) y del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia (FAPJUS), con los señalados por el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el Acuerdo siguiente:

ACUERDO UNICO.-. Para los efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de las Oficinas de Información Pública de esta Procuraduría, del Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito (FAAVID) y del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia (FAPJUS), se consideran inhábiles los días18 de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 25, 26, 27, 28 y 29 de marzo; 1 de mayo; 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio; 1 y 2 de agosto; 16 de septiembre; 1 de noviembre; 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de dos mil trece; 2, 3, 6 y 7 de enero de dos mil catorce. De igual, manera serán inhábiles los días que así lo declare el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con motivo de contingencia sanitaria o por causas de fuerza mayor.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México Distrito Federal, a 20 de marzo de 2013 (Firma)

LIC. RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA

EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

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20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES. AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA. JESÚS RODRÍGUEZ NUÑEZ, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal, cargo que me fue conferido el 6 de diciembre de 2012, por el C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, conforme a las atribuciones que al efecto le otorgan los artículos 122 apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 39, de fecha 19 de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA U ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO. Primero.- Se designan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal, respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentre adscrito, a los siguientes servidores públicos:

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

DEL DISTRITO FEDERAL.

. Lic. Norma Janet Chávez Flores, con Cédula Profesional número 6422045.

. Lic. Cristian Durán Contreras, con Cédula Profesional número 6919557.

. Lic. Mariana del Carmen Pérez Pérez, con Cédula Profesional número 2824899.

. Lic. Claudia Berenice López Sánchez, con Cédula Profesional número 6870937.

. Lic. Noemí Yolanda Contreras Medina, con Cédula Profesional número 7454763.

SECRETARÍA DE CULTURA DEL DISTRITO FEDERAL.

. Lic. Beatriz Emilia González Lobato, con Cédula Profesional número 0591596. . Lic. Angélica Sofía Cabrera Casas, con Cédula Profesional número 3758170. . Lic. Rubén Cruz Campos, con Cédula Profesional número 3154967. . Lic. Cuitláhuac Alejandro Flores Landeros, con Cédula Profesional número 4782362. Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública del Distrito Federal, se confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las siguientes facultades: a).- Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como tercero interesado; b).- Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos; c) Absolver y articular posiciones; d) Embargar bienes y presentarse en almonedas;

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21

 

e) Promover incompetencias y recusar jueces; f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y

extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos; g) Presentar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio; h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u

órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje; i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o

querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales;

j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales, y

k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública del Distrito Federal, haga la defensa jurídica de la misma.

Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades jurisdiccionales, administrativas o laborales. El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 39, de fecha 19 de marzo de 2002. Las facultades descritas para el poder general citado, cesarán en el momento mismo en que el servidor público facultado deje de prestar sus servicios o de manera expresa sea revocada la representación y facultades, además, no se extiende con facultad de delegarlas a favor de persona alguna. Segundo.- Se revocan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal a los siguientes ex servidores públicos:

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

-. Lic. José de Jesús Correa Juárez.

SECRETARÍA DE CULTURA DEL DISTRITO FEDERAL.

-. Lic. Miguel Ángel Hernández Sánchez. -. Lic. Remigio Miguel Aguilar Albino. -. Lic. Martha Jasso Rodríguez. -. Lic. Noralia de la Cruz Ruíz. -. C. Alejandro Rangel Peralta.

TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Ciudad de México, a los quince días del mes de marzo de dos mil trece, el Director General de Servicios Legales, Lic. Jesús Rodríguez Núñez.

(Firma)

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22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LOS MESES DE MARZO, ABRIL, MAYO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL 2013, ENERO Y FEBRERO DEL 2014, EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DE LA OFICINA DE LA INFORMACION PUBLICA EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO. SERGIO PALACIOS TREJO, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 párrafo tercero, 104, 105, 117 Fracción XI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 7, 10 fracción II, 37, 38, 39 fracciones XLV y LIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 1, 2, 3, 5, 11, 71 Fracción IX, 72, 73, y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

I.- Que la Delegación de Azcapotzalco, es un Órgano Político Administrativo de la Administración Pública del Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, El estatuto de Gobierno del Distrito Federal, La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. II.- Que los Actos de la Administración Pública del Distrito Federal, atenderán a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad; tal y como lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. III.- Que el Jefe Delegacional tiene la facultad para celebrar, otorgar y suscribir contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito, de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. IV.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal en el artículo 71 fracción IX es el ordenamiento legal que regula la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, misma en la que se establece que en las actuaciones y diligencias de orden administrativa deben ser ejecutadas en los días hábiles, señalando como inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Entidades o Delegación respectiva, de la Administración Pública del Distrito Federal. V.- Que en el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos se efectuarán conforme a los horarios que cada Dependencia o entidad de la Administración Pública del Distrito Federal previamente establezca y publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. VI.- Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario y si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. VII.- Que conforme a lo establecido por el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal los términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario y empezarán a correr a partir del día hábil siguiente al en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables. VIII.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina De La Información Publica de la Delegación Azcapotzalco. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación y recepción de documentos e informes;

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tramites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos a La OFICINA DE LA INFORMACION PUBLICA en la Delegación Azcapotzalco que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares. XIV.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados a cargo de la Oficina De La Información Publica de este Órgano Político y con el objeto de hacer del conocimiento del público en general la determinación del titular de la Delegación Azcapotzalco, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LOS MESES DE MARZO, ABRIL, MAYO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL 2013, ENERO Y FEBRERO DEL 2014, EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DE LA DE LA OFICINA DE LA INFORMACION PUBLICA EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO. PRIMERO.- Se declaran como inhábiles los días 18, 25, 26, 27, 28 y 29 de Marzo, 01 y 10 de Mayo, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de Julio, 1 y 2 de agosto, 16 de Septiembre, 01 y 18 de Noviembre, 16, 17,18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de Diciembre del 2013 y 01, 02, 03 y 06 de Enero, 03 de febrero del 2014 y, por tanto no correrán plazos y términos en los trámites y procedimientos a cargo de la De La Oficina De La Información Publica, en la Delegación Azcapotzalco. Para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente. SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior De La Oficina De La Información Publica en la Delegación Azcapotzalco, permanecerán cerradas al público en general durante los días señalados. TERCERO.- Cualquier actuación o promoción ante la Oficina De La Información Publica de la Delegación Azcapotzalco en los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente. Cuando se cuente con plazo para la presentación de promociones y el último día de éste sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y su vigencia será en los días que se indican. En Azcapotzalco, Distrito Federal a los Diecinueve días del mes de Marzo del año Dos Mil Trece.

A T E N T A M EN T E JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO

(Firma)

SERGIO PALACIOS TREJO.

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24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LOS MESES DE MARZO, ABRIL, MAYO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL 2013, ENERO Y FEBRERO DEL 2014, EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE GOBIERNO, DE LA VENTANILLA ÚNICA Y EL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO. SERGIO PALACIOS TREJO, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 párrafo tercero, 104, 105, 117 Fracción XI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 7, 10 fracción II, 37, 38, 39 fracciones XLV y LIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 1, 2, 3, 5, 11, 71 Fracción IX, 72, 73, y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

I.- Que la Delegación de Azcapotzalco, es un Órgano Político Administrativo de la Administración Pública del Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, El estatuto de Gobierno del Distrito Federal, La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. II.- Que los Actos de la Administración Pública del Distrito Federal, atenderán a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad; tal y como lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. III.- Que el Jefe Delegacional tiene la facultad para celebrar, otorgar y suscribir contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito, de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. IV.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal en el artículo 71 fracción IX es el ordenamiento legal que regula la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, misma en la que se establece que en las actuaciones y diligencias de orden administrativa deben ser ejecutadas en los días hábiles, señalando como inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Entidades o Delegación respectiva, de la Administración Pública del Distrito Federal. V.- Que en el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos se efectuarán conforme a los horarios que cada Dependencia o entidad de la Administración Pública del Distrito Federal previamente establezca y publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. VI.- Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario y si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. VII.- Que conforme a lo establecido por el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal los términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario y empezarán a correr a partir del día hábil siguiente al en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables. VIII.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos administrativos competencia de la Dirección General Jurídica y de Gobierno de de la Delegación Azcapotzalco, así como en todos aquellos asuntos y procedimientos competencia de la Ventanilla Única y el Centro de Servicio y Atención Ciudadana del Órgano Político Administrativo en Azcapotzalco. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación y recepción de documentos e informes; tramites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios,

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25

 

emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos a la Dirección General Jurídico y de Gobierno en la Delegación Azcapotzalco que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares. XIV.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados a cargo de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, de la Ventanilla Única y el Centro de Servicio y Atención Ciudadana de este Órgano Político y con el objeto de hacer del conocimiento del público en general la determinación del titular de la Delegación Azcapotzalco, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LOS MESES DE MARZO, ABRIL, MAYO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL 2013, ENERO Y FEBRERO DEL 2014, EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE GOBIERNO, DE LA VENTANILLA ÚNICA Y DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA EN LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO. PRIMERO.- Se declaran como inhábiles los días 18, 25, 26, 27, 28 y 29 de Marzo, 01 de Mayo, 16 de Septiembre, 01 y 18 de Noviembre, 16, 17,18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de Diciembre del 2013 y 01, 02 y 03 de Enero, 03 de febrero del 2014 y, por tanto no correrán plazos y términos en los trámites y procedimientos a cargo de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, de la Ventanilla Única y del Centro de Servicio y Atención Ciudadana, en la Delegación Azcapotzalco. Para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente. SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior las Oficinas de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, de la Ventanilla Única y del Centro de Servicio y Atención Ciudadana en la Delegación Azcapotzalco, permanecerán cerradas al público en general durante los días señalados. TERCERO.- Se excluyen de lo dispuesto las solicitudes relacionadas con la Operación Hidráulica en lo relativo a fugas, desazolve de la red de drenaje, desazolve de coladera pluvial y desazolve de atarjea central, así como en las materias de protección civil, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por la Ley de la materia especifica de que se trate; lo señalado en el artículo 97 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, respecto a las visitas de verificación administrativas, así como cualquier actuación o resolución que tenga efectos al interior de la Administración Pública del Órgano Político Administrativo en Azcapotzalco. CUARTO.- Cualquier actuación o promoción ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno, De La Ventanilla Única y Del Centro De Servicio y Atención Ciudadana en los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y su vigencia será en los días que se indican. En Azcapotzalco, Distrito Federal a los Diecinueve días del mes de Marzo del año Dos Mil Trece.

A T E N T A M E N T E

JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO (Firma)

SERGIO PALACIOS TREJO.

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26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN IZTACALCO

C. Elizabeth Mateos Hernández, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en la Demarcación Territorial de Iztacalco, con fundamento en los artículos 117, fracción X del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 18 y Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración del Distrito Federal, y de conformidad con el numeral 2.4.6.7 de la “Circular Contraloría General, para el control y evaluación de la gestión pública; el desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativa, y la atención ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta No. 1019 de fecha 25 de enero de 2011, ha tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO EN SU PARTE DE PROCEDIMIENTOS PARA EL ORGANO POLITICO EN IZTACALCO, REGISTRO MA-02D08-5/10. REGISTRO DE LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA

Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento

028

Entrega de Reconocimientos y Estímulos a Personal de los Distintos Cuerpos Policiacos, Destacados en el Ámbito de la Seguridad Pública, Procuración de Justicia y Prevención del Delito en Iztacalco.

TRANSITORIOS

PRIMERO: Publíquese el presente Manual Administrativo, Sección de Procedimientos. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO: El presente Manual Administrativo, Sección de Procedimientos, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México D.F. a 30 de enero del 2013

(Firma)

Elizabeth Mateos Hernández Jefa Delegacional.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27

 

DELEGACIÓN IZTACALCO ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ, titular del Órgano Político Administrativo en Iztacalco, con fundamento en los artículos 87, 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 6, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 1 fracciones I y II, 10 fracción IV, 32,33,34,35,36,38,39,40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; artículos 50, 51, 52 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; artículos 81, 97 y 101de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículo 14 fracción XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; artículo II de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, artículo 7 del Decreto de Presupuesto de Egreso del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, da a conocer el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA SOCIAL “CONTINÚA TUS ESTUDIOS 2013” DEL PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL CON CARGO A LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013.

CONSIDERANDO

Que con fecha 31de enero de 2013 fueron publicadas en el N° 1534 TER de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las Reglas de Operación del Programa “CONTINÚA TUS ESTUDIOS 2013”. Que por lo anterior, la Delegación del Gobierno del Distrito Federal en Iztacalco, presenta con el propósito de transparencia y equidad para los iztacalquenses la siguiente convocatoria del Programa Delegacional de Desarrollo y Asistencia Social “CONTINÚA TUS ESTUDIOS 2013”. LA DELEGACIÓN IZTACALCO te invita a participar en CONTINÚA TUS ESTUDIOS” OBJETIVOS: 1.- Fortalecer la educación pública de la demarcación coadyuvando a elevar el nivel educativo. 2.- Motivar el estudio y esfuerzo de los alumnos de educación básica. 3.- Coadyuvar a evitar el rezago educativo y la deserción escolar a través de la beca. BASES PRIMERA. Las inscripciones se declaran abiertas a partir del 25 al 27 de marzo de 2013. Teniendo como calendario el siguiente: Primaria: 25 de marzo de 2013 ( 2500 beneficiarios) Secundaria: 26 de marzo de 2013 (1000 beneficiarios) Preescolar: 27 de marzo de 2013 (500 beneficiarios) Podrán participar los alumnos que se encuentren inscritos en los niveles Preescolar, Primaria y Secundaria de escuelas públicas de esta Demarcación, y que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Residir en la Delegación Iztacalco. b) Acta de Nacimiento del alumno. c) CURP del alumno solicitante. d) Cuatro fotografías tamaño infantil reciente a color. e) Boleta del ciclo escolar anterior. f) CURP del padre, madre o tutor. g) Credencial de elector del padre, madre o tutor con domicilio en Iztacalco. h) Comprobante de domicilio (Únicamente: Agua, Predial o Teléfono) de la Delegación Iztacalco. i) Todo en original y copia legible, por ambos lados, para su cotejo, en un folder beige tamaño carta j) El ingreso de la solicitud no garantiza el otorgamiento de la beca.

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28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

SEGUNDA. A través del Programa Continúa tus Estudios se otorgarán 4,000 becas a estudiantes de nivel Preescolar, Primaria y Secundaria, la beca consistirá en cuatro pagos trimestrales de $500.00 pesos, cuyo monto anual es de $2,000 pesos por beneficiario. OPERACIÓN DEL PROGRAMA A. Los alumnos llenarán una carta-petición dirigida a la Jefa Delegacional, formato que les será facilitado en la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Iztacalco, ubicada en el Edificio Delegacional planta baja en un horario de 9:00 a 15:00 hrs. B. Una vez llenada la carta-petición se ingresará vía Oficina de la Jefatura Delegacional de Iztacalco ubicada en el Edificio Delegacional 1er. piso de 9:00 a 18:00 hrs; anexando copia de la boleta del ciclo anterior o constancia de estudio. El trámite será realizado únicamente por el padre, madre o tutor. C. El día 10 de abril a partir de las 12:00 hrs., se publicará las listas de los beneficiarios autorizados en la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el Edificio Delegacional Planta Baja, en la Subdirección de Educación, ubicada en el Edificio Anexo Planta Alta, así como en la página de Internet www.iztacalco.df.gob.mx, de 4,000 beneficiarios de nivel básico, los cuales al cumplir con los requisitos serán seleccionados por orden de arribo y hasta agotar el cupo limitado, priorizando a aquellos alumnos que pertenezcan a las áreas de media, alta y muy alta marginalidad, Unidades Habitacionales y vecindades de la demarcación. En caso de recibir solicitudes de áreas de baja y muy baja marginalidad se realizará un estudio socieconómico para garantizar que el programa beneficie a población de escasos recursos. D. Los beneficiarios del programa social deberán acudir a la Subdirección de Educación, ubicada en el Edificio Anexo Planta Alta, a complementar la documentación respectiva en copia y original para su cotejo, desde su publicación. En ese momento se les hará entrega del documento de asignación que lo acredita como beneficiario de la beca del Programa “Continúa tus Estudios”. E. La beca será cancelada por las siguientes causas:

• No realizar en tiempo y forma el trámite de la beca. • En caso de no acudir a realizar y concluir los trámites en las fechas y horarios establecidos. • Cuando la información proporcionada no sea verídica. • Cuando se encuentre integrado en otro programa de la Delegación o programa similar del Gobierno del Distrito

Federal. F. Los beneficiarios del Programa junto con el padre, madre o tutor asistirán al menos a dos eventos, cursos, talleres o prácticas en beneficio de la educación y/o de la comunidad Iztacalquense. G. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por las autoridades delegacionales. Este Programa Institucional es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de esta actividad con fines políticos, electorales, de lucro y otros a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de esta actividad en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

Transitorio Único publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito federal.

Iztacalco, D.F., 20 de Marzo del 2013 ATENTAMENTE

(Firma) ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ

JEFA DELEGACIONAL EN IZTACALCO

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN IZTACALCO

DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO Carlos Gerardo Orozco Pérea, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Iztacalco, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 122 Bis Fracción XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal , y de conformidad en el Artículo 21 de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal, emite el siguiente aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obra Pública 2013.

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROGRAMA ANUAL DE OBRA PÚBLICA 2013.

FI F SF AI OBRA MONTO 1 8 5 103 Servicios de Apoyo Administrativo en Delegacionales $26’000,000.00 2 2 1 108 Mantenimiento de Carpeta Asfáltica en Vialidades Secundarias $11’273,442.00 2 2 1 109 Mantenimiento Delegacional de Infraestructura Comercial Pública $6´474,888.00 2 2 1 118 Programas Delegacionales de Renovación de Banquetas $11,340,000.00 2 2 1 119 Proyectos Delegacionales de Mejora Vial Integral $1’000,000.00 2 4 1 103 Mantenimiento Delegacional de Espacios Deportivos $5’000,000.00 2 5 1 103 Programa Integral de Mantenimiento de Escuelas $31’009,916.00 2 6 9 102 Construcción Delegacional de Infraestructura de Desarrollo Infantil $28’592,945.00 2 6 9 103 Mantenimiento de Infraestructura Social en Delegaciones $24’065,699.00 TOTAL: $144’756,890.00

Los datos de este programa son de carácter informativo, por lo que no implica compromiso alguno de contratación y se podrá modificar, adicionar, diferir o cancelar sin responsabilidad para la Delegación del Gobierno del Distrito Federal en Iztacalco. Transitorio.- ÚNICO: Publíquese el siguiente programa en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, D. F. a 19 Marzo de 2013.

ATENTAMENTE DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

(Firma) CARLOS GERARDO OROZCO PÉREA

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30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS, CORRESPONDIENTES A LOS DÍAS 25, 26, 27, 28 Y 29 DE MARZO; 1 DE MAYO; 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 Y 31 DE JULIO, 1 Y 2 DE AGOSTO; 16 DE SEPTIEMBRE; 1 DE NOVIEMBRE; 18 DE NOVIEMBRE EN CONMEMORACIÓN DEL 20 DE NOVIEMBRE; EL 23, 24, 25, 26, 27, 30 Y 31 DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE; ASÍ COMO EL 1, 2, 3, 6 Y 7 DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, PARA EL EFECTO DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA OFICINA. LIC. LETICIA QUEZADA CONTRERAS, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 117 fracciones I y XI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 121, 122 fracción I, 122 bis fracción X inciso a), 123 fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, 47, 50, 51 y 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y 53 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y numerales 1 y 22 de los lineamientos que deberán observar los entes públicos del Distrito Federal en la Recepción, Registro, Trámite, Resolución y Notificación de las solicitudes de acceso a la información pública a través del sistema electrónico INFOMEX, da a conocer el siguiente:

CONSIDERANDO I.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que impone a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial y Autónomos de Ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atender en sus relaciones con los particulares, los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos. II.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece en su artículo 7° que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. De conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, la Administración Pública del Distrito Federal puede determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita, días en que, por consecuencia, no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración Pública Local. III.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 42 fracción I, 43 fracciones II, III, y IV; 45 y 47 del Reglamento de la misma Ley; 32 y 35 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública; y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; para rendir Informes de Ley; para dar cumplimiento a las resoluciones de los recursos de revisión que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. IV.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece en su artículo 53 párrafo cuarto, que se consideran días inhábiles los señalados por Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Público de la Administración Pública. V.- Que en su artículo 71 la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, establece que las actuaciones y diligencias en ellas previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando entre otros, como inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. VI.- Que el numeral 31 de los “Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal”, publicados el 23 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX. VII.- Que el primer periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, comprenderá los días 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio; 1 y 2 de agosto de dos mil trece. VIII.- Que el segundo periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, comprenderá los días 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de dos mil trece, así como; los días 1, 2, 3, 6 y 7 de enero de dos mil catorce.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31

 

IX.- Que durante los días declarados inhábiles del año 2013, los días 25, 26, 27, 28 y 29 de marzo; 1 de mayo; 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio, 1 y 2 de agosto; 16 de septiembre, 1 de noviembre; 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de dos mil trece; así como el 1, 2, 3, 6 y 7 de enero de dos mil catorce; se suspenderán los plazos y términos en todos aquéllos asuntos y procedimientos administrativos en general, competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; así como en los recursos de revisión que reciba para su atención. X.- Que con el fin de que el presente Acuerdo produzca efectos jurídicos, se hace del conocimiento del público en general, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, en su Portal de Internet y en el sitio de Internet de INFOMEX. XI.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en el sitio de Internet; infórmese el contenido al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para su publicación en el portal de Internet de INFOMEX y acciones que considere pertinentes. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en éste acto se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Para los efectos de la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Solicitudes de Informes, Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, atención a los Recursos de Revisión competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras, se acuerda como días inhábiles del año 2013, los días 25, 26, 27, 28 y 29 de marzo correspondientes a semana santa; 1 de mayo; 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio, 1 y 2 de agosto correspondiente al primer periodo vacacional; 16 de septiembre, 1 de noviembre; 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de dos mil trece; así como el 1, 2, 3, 6 y 7 de enero de dos mil catorce, correspondientes al segundo periodo vacacional. SEGUNDO.- En virtud de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados a las solicitudes y recursos referidos, competencia de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras. TERCERO.- Se instruye al Responsable de la Oficina de Información Pública, realice las acciones necesarias para que el presente acuerdo sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y se cumpla con lo manifestado en el Considerando XI del mismo.

TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública de la Delegación La Magdalena Contreras y notifíquese al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para los efectos conducentes. Dado en el recinto del Órgano Político-Administrativo en La Magdalena Contreras en la Ciudad de México, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

______________________________________ LIC. LETICIA QUEZADA CONTRERAS

JEFA DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS

(Firma) ______________________________________

ROGELIO ZAMORA BARRADAS Firmando en ausencia el Director General Jurídico y de Gobierno en La Magdalena Contreras en términos de lo establecido en los

artículos 25 fracción I y 124 fracciones III Y XXVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal

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32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO INVEADF/001/2013, POR EL CUAL SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS Y PLAZOS RELATIVOS A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANTE EL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO DOS MIL TRECE. Lic. Alejandro de Santiago Palomares Sáenz, Director General del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 2 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 1º, 11, 71 fracción IX, 73 y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y 53 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

CONSIDERANDO

Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal es el ordenamiento legal que regula la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, misma que establece que las actuaciones y diligencias de orden administrativo deben ser ejecutadas en días hábiles, señalando como inhábiles entre otros, aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del Titular de la Dependencia, Entidad o Delegación respectiva. Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos competencia de la Oficina de Información Pública y de aquellos procedimientos administrativos ante el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal. Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados ante el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, y toda vez que de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, la suspensión de términos debe publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para que produzcan efectos jurídicos, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Los días 28 y 29 de marzo; los días 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25 y 26, de julio; y los días 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre, todos del año dos mil trece, se considerarán inhábiles para efectos de trámites, resoluciones, avisos, actuaciones, cómputo de términos, inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal. SEGUNDO.- Para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la Oficina de Información Pública del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, se considerarán inhábiles los días mencionados. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública y de recursos de revisión a través del sistema electrónico INFOMEX. TERCERO.- Cualquier actuación o promoción ante el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal en los días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente. CUARTO.- No operará la suspensión de términos y plazos para efecto de las solicitudes de retiro de sellos derivado de la imposición de medidas cautelares y de seguridad. QUINTO.- Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones del Instituto para realizar visitas de verificación en los días señalados en términos de la normatividad aplicable.

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T R A N S I T O R I O

UNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Ciudad de México D.F., a seis de marzo del año dos mil trece

(Firma)

EL DIRECTOR GENERAL LIC. ALEJANDRO DE SANTIAGO PALOMARES SÁENZ

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34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DIAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2013 Y ENERO 2014, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS DE SU COMPETENCIA. El ciudadano Primer Superintendente Raúl Esquivel Carbajal, Director General del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 99 fracción II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 71 fracciones I, IV, V y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 12 de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal; 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 7, 50, 51 y 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 1 y 53 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y numerales 1 y 22 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal en la Recepción, Registro, Trámite, Resolución y Notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública a través del Sistema Electrónico Infomex, así como en los siguientes: 1.- Que en términos de lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en fecha 29 de agosto de 2011, se pretende transparentar el ejercicio de la función pública y garantizar el efectivo acceso a toda persona a la información pública en posesión de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomo por Ley, así como para todo Ente Obligado del Distrito Federal que ejerza gasto público. 2.- Que la LTAIPDF establece en el artículo 7 que en todo lo no previsto en dicho ordenamiento se aplicará la Ley de Procedimientos Administrativo del Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. 3.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales en posesión de Entes Públicos y la sustanciación y resolución del recurso de revisión competencia del INFODF. 4.- Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días sábados y domingos, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada 6 años, el 25 de diciembre y aquellos que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellas en que se suspendan las labores, los que harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 5.- Que el Reglamento de la LTAIPDF establece en su artículo 55 párrafo 4° que se consideran días inhábiles los señalados por Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Público de la administración Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 6.- Que en el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles entre otros, el 1° de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre. Asimismo, en dicho ordenamiento se consideran días inhábiles los días en que se tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos Lineamientos, mismos que se aplicaran en la gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de internet de INFOMEX. 7.- Que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI Y VIII, dispone que son días de descanso obligatorio, entre otros, el 1° de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre y el que determine las Leyes Federales y Locales, Electorales, en caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada Electoral.

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35

 

8.- Que existe un criterio interpretativo del Poder Judicial de la Federación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que en un hecho notorio de que las festividades religiosas como semana santa y el día de muertos inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las autoridades, entre otras las fiscales, permanecen cerradas, motivo por el cual del 25 al 29 de marzo, 1° de noviembre, 12 de diciembre del presente año son inhábiles. 9.- Que los días inhábiles de la Oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F., correspondientes al año 2012 y enero del 2013, para efectos de los actos y procedimientos de su competencia son: del 26 al 29 de marzo (semana santa), el 1°y 10 de mayo, el lunes 12 al viernes 23 de agosto, el lunes 16 de septiembre, el lunes 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre , el jueves 12 de diciembre y del lunes 16 al 31 de diciembre de 2013, así como del miércoles 1° al viernes 3 de enero del 2014. 10.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos competencia de la Oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación de las solicitudes de Información Pública y de Datos Personales, así como los de los Recursos de Revisión a través del Sistema Electrónico INFOMEX. 11.- Que con el fin de dar certeza jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos sustanciados por la Oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F., se hace del conocimiento del público en general el presente acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F., y en el sitio de internet de INFOMEX. Por las anteriores consideraciones y fundamentos el Director General del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F., emite el presente.

ACUERDO PRIMERO.- Para efectos de la gestión (Recepción, registro, trámite, resolución y notificación) de las Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales que ingresen o se encuentren en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX, TELINFODF, CORREO ELECTRONICO DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA, POR ESCRITO O EN FORMA PERSONAL y demás actos y procedimientos administrativos, competencia de la Oficina de Información Pública del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, se consideran inhábiles los siguientes días del año 2013 y enero de 2014, para efectos de los actos y procedimientos de su competencia son: del 26 al 29 de marzo, el 1° y 10 de mayo, el 12 al 23 de agosto, el 16 de septiembre, 1° y 18 de noviembre, el 12 de diciembre y del 16 al 31 de diciembre de 2013, así como del 1 al 3 de enero del 2014. SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el sitio de Internet de INFOMEX www.infomexdf.org.mx/InfomexDF/default.aspx Así lo proveyó el Director General del Heroico Cuerpo de Bomberos del D.F. TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

En la Ciudad de México, D. F. el día 22 del mes de marzo del 2013

EL DIRECTOR GENERAL DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL

PRIMER SUPÉRINTENDENTE RAUL ESQUIVEL CARBAJAL

(Firma)

____________________________________

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36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

SECCIÓN DE AVISOS

DIMENSIONES PUBLICITARIAS URBANAS, S.A. DE C.V. Bosque de Ciruelos 190 B 401, Bosques de las Lomas 11700, México, D.F. Tel/Fax: 5251-8563

CONVOCATORIA

Por acuerdo del Consejo de Administración se convoca a los accionistas de DIMENSIONES PUBLICITARIAS URBANAS, S.A. DE C.V. a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, que se celebrará el día diez de abril del año en curso a las 10 horas en Bosque de Ciruelos 190 B-401, Col. Bosques de las Lomas, C.P. 11700 México, Distrito Federal, para resolver de los asuntos contenidos en la siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. REMOCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. 2. NOMBRAMIENTO DEL NUEVO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA

SOCIEDAD 3. REVOCACION Y OTORGAMIENTO DE PODERES 4. REFORMA AL ARTICULO NOVENO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES 5. AUMENTO DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD EN SU PARTE VARIABLE 6. DESIGNACIÓN DE DELEGADOS

Distrito Federal, México a 15 de Marzo de 2013.

(Firma)

Guillermo Fridman Ramos

Secretario del Consejo de Administración

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37

 

INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V. AVISO DE ESCISIÓN.

Mediante resolución de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V., celebrada el 31 de diciembre de 2012, se aprobó su escisión parcial, como sociedad escindente, separando parte de su activo, pasivo y capital social, para aportarlos a una sociedad de nueva creación que se denominará INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se publica un extracto de acuerdos de escisión. 1.- Se acordó la escisión parcial de INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V., como sociedad escindente, separando parte de su activo, pasivo y capital social para que, sin que extinga, los aporte en bloque a la sociedad escindida que se constituirá, la cual se denominará INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V. 2.- Se acordó aprobar el balance general de INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V., al 31 de diciembre de 2012, que se publica conjuntamente con este aviso, el cual tomando en consideración sus estados financieros al 31 de diciembre de 2012, debidamente determinados por auditor externo y aprobados mediante Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 2 de enero de 2013, servirán como base para llevar a cabo la escisión. 3.- Se acordó aprobar los balances generales pro forma al 31 de diciembre de 2012, con el que continuará sus operaciones INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V. y con el que iniciará sus operaciones la sociedad escindida INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V., los cuales se publican conjuntamente con este aviso. 4.- INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V., como sociedad escindida, se regirá por los estatutos sociales que para tal efecto aprobó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas antes citada. 5.- Se acordó que entre las partes y para todos los efectos legales, fiscales y contables, la escisión surtirá plenos efectos a partir del día 1° de enero de 2013, y ante terceros una vez transcurrido un plazo de 45 días naturales, contado a partir de las publicaciones y de la inscripción en el Registro Público de Comercio a que se refiere el artículo 228 bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles. 6.- Conforme al artículo 228 bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V., será responsable solidaria por la totalidad de las obligaciones que por virtud de la escisión asuma la sociedad escindida INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V. 7.- INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V., quedará con un capital social de $12,834,077.00 (Doce Millones Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Setenta y Siete Pesos 00/100 MN), de los cuales $300.00 (Trescientos Pesos 00/100 MN) (así), corresponden al mínimo fijo, y $12,833,777.00 (Doce Millones Ochocientos Treinta y Tres Mil Setecientos Setenta y Siete Pesos 00/100 MN) , a la parte variable, representado por 128,340,770 acciones de las series A y B, todas ordinarias, nominativas y con un valor nominal de $0.10 (Diez Centavos de un Peso), cada una; íntegramente suscritas y pagadas. 8.- INMOBILIARIA Y DESARROLLADORA RELAM, S.A. DE C.V., se constituirá con un capital social de $3´726,022 (Tres Millones Setecientos Veintiséis Mil Veintidós Pesos 00/100 M N), de los cuales $60,000.00 (Sesenta Mil Pesos 00/100 MN) corresponden al mínimo fijo y en la parte variable es ilimitado, representado por 3726 (Tres Mil Setecientas Veintiséis) acciones de la serie A, todas ordinarias, nominativas y con valor nominal de $1,000.00 (Un Mil Pesos) cada una, íntegramente suscritas y pagadas. El texto completo de los acuerdos adoptados en la Asamblea de referencia, así como sus respectivos anexos, se encuentran a disposición de accionistas y acreedores en el domicilio social, durante un plazo de 45 días naturales, contado a partir de las publicaciones legales y de la inscripción en el Registro Público de Comercio. México, Distrito Federal a los cuatro días del mes de enero de dos mil trece. (Firma) Lic. Rafael Latapí Díaz Delegado de la Asamblea

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38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

INMOBILIARIA MC, S.A. DE C.V.

ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012 (PESOS SIN CENTAVOS)

ACTIVOS ORIGINAL

INMOBILIARIA MC

Escindente INMOBILIARIA

MC

Escindida INMOBILIARIA Y

DESARROLLADORA RELAM Bancos 124 62 62 Filiales 2,439,824 1,890,863 548,960 Deudores diversos 855,949 855,949 211,603 Anticipo a proveedores 211,603 0 0 Suma cuentas por cobrar 3,766,031 3,005,406 760,625 I.V.A. por acreditar 287,898 288,276 0 Impuesto Sobre la Renta 1,085 1,085 0 IETU 58,732 58,732 0 Otros Impuestos 660 660 0 Suma Impuestos por recuperar 348,374 348,752 0 Total Activo Circulante 4,114,405 3,354,158 760,625 Activo fijo histórico 17,365,877 13,950,000 3,415,877 Activo fijo revaluado 21,491,075 16,529,101 4,961,973 Activo fijo deprec. acum. histórica -6,227,321 -4,871,133 -1,356,189 Activo fijo deprec. acum. revaluada -8,896,535 -7,213,123 -1,683,412 Suma activo fijo 23,733,095 18,394,846 5,338,249 Depósitos en garantía 10,900 0 12,568 Activo diferido gastos de instalación 1,131 0 0 Otros activos diferidos 537 0 0 Total diferido 12,568 0 12,568 Total del activo 27,860,069 21,749,004 6,111,443 PASIVO Filiales 2,262,025 -1,753,069 -508,956 Acreedores diversos 316,516 -316,516 0 I.V.A. por pagar 381,802 -381,802 0 I.E.T.U. por pagar 4,441 -4,441 0 Total de pasivo circulante 2,964,784 -2,455,828 -508,956 Filiales préstamos a largo plazo 6,390,742 -4,952,825 -1,437,917 Impuestos diferidos largo plazo 4,219,117 -3,268,853 -950,264 Total de pasivo largo plazo 10,609,859 -8,221,677 -2,388,181 Total de pasivo 13,574,643 -10,677,506 -2,897,137 Capital social 16,560,100 -12,834,077 -3,726,022 Capital social reexpresado 27,096,881 -21,000,083 -6,096,798 Reserva legal 192,939 -149,528 -43,411 Resultados de ejercicios anteriores -27,977,261 22,912,190 6,651,926 Resultado del ejercicio -1,587,234 0 0 Total del capital 14,285,426 -11,071,498 -3,214,306 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 27,860,069 -21,749,004 -6,111,443

Lic. Rafael Latapí Díaz Delegado de la Asamblea (Firma)

Page 39: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39

 

OPERADORA DE FRANQUICIAS ALSEA, S.A. DE C.V. y

BURGER KING MEXICANA, S.A. DE C.V. y

AVISO DE FUSION

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento de los accionistas, de los acreedores y del público en general, que por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Operadora de Franquicias Alsea, S.A. de C.V. (en lo sucesivo “OFA”) celebrada el 14 de marzo de 2013 y por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Burger King Mexicana, S.A. de C.V. (en lo sucesivo “BKM”) celebrada en dicha misma fecha, las mencionadas sociedades acordaron fusionarse como sigue: 1. OFA como sociedad fusionante y subsistente y BKM como sociedad fusionada y que desaparece. 2. La fusión surtirá efectos (i) entre OFA y BKM y sus accionistas el 1 de abril de 2013, y consecuentemente, a partir de esa fecha se darán los efectos contables de la fusión; y (ii) respecto a terceros una vez que se inscriba el instrumento público en que se protocolicen los correspondientes acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, en términos del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, debido a que OFA responderá del pago de las deudas de cada sociedad involucrada en la fusión. 3. Como consecuencia de la fusión, el patrimonio de BKM se integrará a título universal al patrimonio de OFA, por lo que todos los derechos, bienes, contratos, convenios, activos, pasivos, acciones, privilegios, garantías y todo lo que de hecho y por derecho forme parte del patrimonio de BKM, sin reserva ni limitación alguna, pasará a titulo universal a OFA a partir de que la fusión surta sus efectos entre OFA y BKM. OFA, aceptará todos y cada uno de los activos y pasivos de BKM y se subrogará en todos los derechos y acciones, incluyendo aquellas cuentas pendientes de cobrar que correspondan a BKM, las que subsistirán con todas las garantías otorgadas u obligaciones contraídas derivadas de convenios, contratos, autorizaciones, licencias o permisos y, en general, actos u operaciones realizados por BKM o en los que ésta haya intervenido, con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda, haciendo suyos y asumiendo en sus términos y en forma incondicional todos los activos, pasivos y responsabilidades que BKM tuviere al momento en que la fusión surta sus efectos entre OFA y BKM, quedando OFA obligada al pago de todas y cada una de las deudas que tenga BKM en la forma, términos y condiciones originalmente pactados. 4. Por separado se publican los balances generales de las sociedades que se fusionan.

México, Distrito Federal, a 15 de marzo de 2013.

Operadora de Franquicias Alsea, S.A. de C.V.

(Firma)

________________________________ Delegado Especial

Jaime Armin Cañas Acar.

Burger King Mexicana, S.A. de C.V.

(Firma)

_________________________________ Delegado Especial

Javier Eduardo Lizardi Calderón.

Page 40: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

OPERADORA DE FRANQUICIAS ALSEA, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2012

(Miles de pesos al 30 de Septiembre del 2012) Activo Efectivo e inversiones temporales $ 21,462 Clientes y otra cuentas por cobrar 5,496 Impuestos por recuperar 103,765 Inventario Neto 15,877 Pagos anticipados 13,290 Suma del activo circulante 159,890 Equipo de tienda, mejoras a locales, arrendamientos e inmuebles neto 383,332 Activos intangibles neto 46,958 Impuestos diferidos 155,532 Suma del activo $ 745,712 Pasivo Proveedores $ 15,658 Cuestas por pagar y gastos acumulados 146,272 Anticipo de clientes 34,552 Suma del Pasivo 196,482 Capital Contable Capital Social $ 582,746 Pérdidas acumuladas (33,516) Total del Capital Contable 549,230 Suma del Pasivo más capital $ 745,712

(Firma)

_______________________________________

C.P. Javier Franco Centeno Gerente de Información Financiera.

Page 41: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

BURGER KING MEXICANA, S.A. DE C.V.

Balance

30 de Septiembre 2012

30 de Septiembre (Pesos) 30 de Septiembre

Activo 2012 Pasivo y Capital Contable 2012

Activo circulante: Pasivo circulante:

Efectivo y equivalentes de efectivo $ 47,689,161 Cuentas por pagar $ 16,363,423

Cuentas por cobrar, neto 67,664,368 Provisiones 7,495,920

Inventarios 14,082,373 Pasivos acumulados 30,119,801

Pagos anticipados 3,831,999 Otras cuentas por pagar 3,346,184

Compañías relacionadas 128,730,058

Total del activo circulante 133,267,901

Total del pasivo circulante 186,055,387

Inmuebles, maquinaria y equipo, neto

583,148,375 Capital contable

Capital social 757,987,082

Impuestos a la utilidad diferidos 42,591,516 Déficit (140,922,684)

Activos intangibles, neto 32,855,968 Total del capital contable 617,064,398

Depósitos en garantía, neto 11,256,026

Compromisos y pasivos contingentes

Totales $ 803,119,785 $ 803,119,785

(Firma) ______________________________________

Javier Eduardo Lizardi Calderon Delegado de la Asamblea

Page 42: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

EXPOQUARZO S.A. DE C.V. ACUERDO DE FUSIÓN

A.- Las sociedades “Expoquarzo S.A. de C.V.” y “Residencial Rincón del Bosque S.A. de C.V.” acordaron llevar a cabo una fusión en virtud de la cual “Residencial Rincón del Bosque S.A. de C.V.” desaparecerá por ser la sociedad fusionada y “Expoquarzo S.A. de C.V.” subsistirá en calidad de sociedad fusionante. B.- Los balances generales aprobados al 31 de enero de 2013 de la fusionante y de la fusionada, servirán de base para llevar a cabo la fusión. Para efectos de la presente fusión, dichos balances generales quedan reconocidos por la fusionante y la fusionada. C.- Como consecuencia de la fusión, “Expoquarzo S.A. de C.V.”, en su calidad de sociedad fusionante, adquirirá a título universal la totalidad de los activos, pasivos, derechos y obligaciones de “Residencial Rincón del Bosque S.A. de C.V.” sin reserva ni limitación alguna. Por lo tanto, al consumarse la fusión, la fusionante se subrogará en todos los derechos y obligaciones que correspondan a la fusionada, y la sustituirá en todas las garantías otorgadas o en las que ésta haya intervenido con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda. D.- La fusión acordada en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de la fusionante y la fusionada, ambas del 28 de febrero de 2013, surtirá efectos entre las partes a partir de la fecha de dichas asambleas. Surtirá efectos frente a terceros a partir del momento de su inscripción en el Registro Público de Comercio en los términos del artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, toda vez que ambas empresas cuentan con el consentimiento expreso de todos sus acreedores para que se lleve a cabo la fusión pactada. E.- Se toma nota de que, como consecuencia de la fusión, el capital social de “Expoquarzo S.A. de C.V.”, como sociedad fusionante, se incrementará en la cantidad de $1’428,000.00 (un millón cuatrocientos veintiocho mil pesos M.N.). De dicha cantidad $1’050,000.00 (un millón cincuenta mil pesos M.N.) corresponde a la parte fija del capital y $378,000.00 (trescientos setenta y ocho mil pesos M.N.) a la parte variable. El capital social de “Expoquarzo S.A. de C.V.”, una vez consumada la fusión, ascenderá a la cantidad total de $2’642,500.00 (dos millones seiscientos cuarenta y dos mil quinientos pesos M.N.) dividido en 5,285 (cinco mil doscientas ochenta y cinco) acciones ordinarias nominativas con valor de $500.00 (quinientos pesos M.N.) cada una. F.- Se aprueba en todos sus términos el Convenio de Fusión, el cual refleja los acuerdos adoptados en las asambleas de fusión de fecha 28 de febrero de 2013. (Firma) ________________________ Irene Albarrán Rodríguez Delegada especial.

Page 43: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

EXPOQUARZO, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE ENERO DE 2013

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE 12,549,286 A CORTO PLAZO 45,834,169 Efectivo en Caja y Bancos 147,338 Proveedores 34,611,609 Inversiones en Valores 1,216,751 Anticipo Clientes 63,775 Clientes 2,020,966 Acreedores Diversos 2,887,100 Deudores Diversos 1,064,637 Impuestos por Pagar 427,293 Anticipo a Proveedores 40,260 Dividendos por Distribuir 2,996,985 Inventarios 2,028,569 Aportaciones para Futuros Aumentos de Capital 4,847,408 Contribuciones a Favor 6,030,763 FIJO 14,713,984 Mobiliario y Equipo 104,909 Equipo de Transporte 1,714,834 Equipo de Computo 2,453,389 CAPITAL CONTABLE -18,117,597 Maquinaria y Equipo 33,318 Capital Social 1,214,500 Activo Fijo para Exhibición 488,711 Resultado de Ejercicios anteriores -19,071,090 Depreciación Acumulada -2,390,177 Resultado del Ejercicio -261,008 Acciones 12,309,000 DIFERIDO 453,302 Depósitos en Garantía 43,571 Pagos Anticipados 409,731 SUMA DE ACTIVO 27,716,572 SUMA DE PASIVO MAS CAPITAL 27,716,572

(Firma)

Irene Albarrán Rodríguez Delegada Especial

Page 44: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

RESIDENCIAL RINCON DEL BOSQUE, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE ENERO DE 2013

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE 35,908,548 A CORTO PLAZO 5,556,476 Efectivo en Caja y Bancos 31,757 Acreedores Diversos 1,020,296 Clientes 33,104,286 Impuestos por Pagar 4,536,180 Deudores Diversos 1,529,085 Inventarios 1,192,568 Contribuciones a Favor 50,852 FIJO 0 Mobiliario y Equipo 317,802 Equipo de Transporte 630,871 Equipo de Computo 2,218,713 CAPITAL CONTABLE 30,393,125 Maquinaria y Equipo 622,665 Capital Social 1,428,000 Equipo de Diseño 10,750 Resultado de Ejercicios anteriores 28,965,436 Activo Fijo para Exhibición 124,086 Resultado del Ejercicio -311 Depreciación Acumulada -3,924,887 DIFERIDO 41,053 Depósitos en Garantía 1,950 Pagos Anticipados 39,103 SUMA DE ACTIVO

35,949,601 SUMA DE PASIVO MAS

CAPITAL 35,949,601

(Firma)

Irene Albarran Rodríguez Delegada Especial

Page 45: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45

 

RESIRENE, S.A. DE C.V. (FUSIONANTE) MACRO-M, S.A. DE C.V. (FUSIONADA)

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento, que por resoluciones tomadas en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de RESIRENE, S.A. de C.V., (RESIRENE), y MACRO-M, S.A. de C.V. (MACRO-M), ambas de fecha 31 de diciembre de 2012, se aprobó la fusión de dichas sociedades, en los siguientes términos y condiciones:

a) En la fusión, RESIRENE tiene el carácter de fusionante y MACRO-M el de fusionada, subsistiendo en consecuencia RESIRENE y extinguiéndose MACRO-M. b) La fusión surtirá todos sus efectos entre las partes a partir de esta fecha (31 de diciembre de 2012), y como consecuencia de la fusión, MACRO-M transmite de forma inmediata su patrimonio íntegro a RESIRENE, quien absorbe a título universal el patrimonio de MACRO-M con todos los bienes, derechos y demás activos que le corresponda hasta esa fecha a MACRO-M, y se hará cargo de todas las deudas, obligaciones y demás pasivos que tenga MACRO-M a dicha fecha. En virtud de lo anterior, RESIRENE se subrogará en todos los derechos, acciones y obligaciones que corresponda a MACRO-M y la sustituirá en todas las garantías otorgadas u obligaciones contraídas, derivadas de contratos, convenios, licencias, permisos, concesiones y, en general, actos u operaciones realizadas por ella, o en los que hayan intervenido, con todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda. RESIRENE adquiere todos los derechos y obligaciones de carácter laboral válidas y existentes que, en su caso, a la fecha de la fusión tenga a su cargo MACRO-M, asumiendo RESIRENE el carácter de patrón sustituto respecto de los trabajadores de esta última para todos los efectos legales a que haya lugar. c) De conformidad con el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la fusión surtirá sus efectos ante terceros después de tres meses de haber sido inscritos los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio del domicilio social de cada una de las sociedades que intervienen en la fusión. d) Los accionistas de MACRO-M deberán canjear 1 (UNA) acción de MACRO-M, por 10 (DIEZ) acciones de RESIRENE. e) Por lo anterior, el capital de RESIRENE se incrementará, en su parte variable, en la cantidad de $221’700,615.00 M.N. (Doscientos veintiún millones setecientos mil seiscientos quince pesos 00/100 Moneda Nacional). f) Los balances de RESIRENE y de MACRO-M, ambos al 30 de noviembre de 2012, sirven como base para la fusión acordada. g) De conformidad con el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publicarán por una sola vez en el periódico oficial del domicilio social de las sociedades que intervienen en la fusión, los balances al 30 de noviembre de 2012, así como un extracto del Convenio de Fusión, firmado por cualquiera de los delegados especiales que designen las asambleas de accionistas. h) Las partes se someten a las leyes y tribunales de México, Distrito Federal, para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento del Convenio de Fusión, renunciando desde ahora a cualquier fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.

México D.F. a 31 de enero de 2013

(Firma)

____________________________________

Ramón F. Estrada Rivero Delegado Especial

RESIRENE, S.A. de C.V., MACRO-M, S.A. de C.V.

Page 46: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

46 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

INFORMACIÓN FINANCIERA DE RESIRENE SA DE CV Resirene S.A. de C.V. (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Balance General Al 30 de noviembre del 2012 (En miles de pesos) Activo 2012 Activo circulante:

Caja y Bancos $ 39,729 Cuentas por Cobrar 693,692 Cuentas por cobrar Filiales 239,546 Deudores Diversos 44,547 Inventarios 339,810 Activos Disponibles para la venta 900

Total del activo circulante 1,358,224 Activo Fijo Neto 345,233 Inversión en Acciones de compañías subsidiarias 3,032 Pagos Anticipados 5,317 Impuestos Diferidos 33,329 Otros Activos 659

Total Activo $ 1,745,794 Pasivo y capital contable Pasivo circulante:

Proveedores 1,328,273 Cuentas por pagar a compañías afiliadas 116,955 Acreedores Diversos 2,269 Impuestos y pasivos acumulados 154,465

Total del pasivo circulante 1,601,962 Pasivos laborales 54,482 Total Pasivo

1,656,444

Capital contable:

Capital social 23,606 Déficit en venta de acciones (495)Reserva para Recompra de Acciones 4,721 Utilidades acumuladas 12,974 Utilidad Neta del año 48,544

Total del capital contable 89,350

Total $ 1,745,794

(Firma) _____________________________

Alfonso Javier Esponda Ramírez Gerente de Finanzas

Page 47: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47

 

Resirene S.A. de C.V. (Subsidiaria de Grupo Kuo, S.A.B. de C. V.) Estado de Resultados Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012 (En miles de pesos)

2012

Ventas Netas $ 3,170,541

Costo de Ventas 2,805,746 Utilidad Bruta 364,795

Gastos de Operación: Distribución 158,986 Administración y Gastos Corporativos 77,428 Venta y Mercadotecnia 38,906 Total Gastos de Operación 275,320 Utilidad de operación 89,475 Resultado Integral de Financiamiento: Cambios Neto 30,104 Efecto de Conversión (11,304) Intereses Ganados (464) Gastos Financieros Otros 30,846 Rdo Integral de Financiamiento, neto 49,182 Utilidad antes de Impuestos a la Utilidad 40,293 Impuestos a la Utilidad ( 7,148) Utilidad antes de Participación en Rdos de Subsidiaria 47,441 Participación en Resultados de Subsidiarias 1,103 Utilidad Neta $ 48,544

(Firma) _____________________________

Alfonso Javier Esponda Ramírez Gerente de Finanzas

Page 48: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

Resirene S.A de C.V (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Estado de flujo de efectivo Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012 (En miles de pesos) Actividades de operación: 2012

Utilidad de Operación $ 89,475 Partidas relacionadas con actividades de inversión:

Depreciación y amortización 26,271

Menos:

Cambios al Capital de Trabajo (165,964)

Flujo Operativo Neto 281,710

Menos:

Gastos Financieros Otros 32,353

Productos financieros Neto (1,786)

Otros Gastos y Productos (186)

ISR y PTU 12,767

Perdida en cambios realizada 18,800

Aumento (disminución) en:

Cuentas y documentos por pagar a proveedores

Otras aplicaciones al flujo 11,401

Financiamiento Filiales CxC con costo 151,821

Actividades de inversión:

Adquisición de inmuebles, maquinaria y equipo 24,579

Venta de inmuebles, maquinaria y equipo Otros activos 11

Flujo de Fondos Neto 31,950 Efectivo al principio del año 7,779

Efectivo al final del año $ 39,729

(Firma) _____________________________

Alfonso Javier Esponda Ramírez Gerente de Finanzas

Page 49: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 49

 

Macro M, S. A. de C. V. (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Balance General Al 30 de Noviembre del 2012 (En miles de pesos) Activo 2012 Activo circulante:

Caja y Bancos $ 3,501 Deudores Diversos 2,519 Cuentas y Documentos por cobrar 1,904 Total Inventarios 765 Pagos Anticipados 308

Total del activo circulante 8,997

Activo Fijo Neto 0 Total Activo Fijo 0 Otros Activos 4,796 Total Activo $ 13,793 Pasivo y capital contable Pasivo circulante:

Cuentas por pagar a compañías afiliadas con costo 97,936 Proveedores 1,351 Cuentas por pagar a compañías afiliadas sin costo 2,559 Pasivos Acumulados 236 Impuestos por Pagar 2

Total del pasivo circulante 102,084 Total Pasivo 102,084 Capital contable:

Capital social 106,701 Resultados acumulados (67,556) Pérdida Neta del año (127,436)

Total del capital contable (88,291)

Total Pasivo y Capital $ 13,793

(Firma) ______________________________

Gustavo Efrén Arango Páez Gerente Administrativo de Operaciones

Page 50: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

50 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

Macro M, S. A. de C. V. (Subsidiaria de Grupo Kuo, S.A.B. de C. V.) Estado de Resultados Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012. (En miles de pesos) 2012

Ventas Nacionales $ 13,139

Ventas Exportación 322 Ventas Netas 13,461 Costo de Ventas 8,042 Costo Indirecto 16,226 Total Costo Ventas 24,268 Perdida Bruta (10,807) Gastos de Administración 9,167 Venta y Mercadotecnia 14,997 Total de Gastos de Operación 24,164 Otros Gastos 59,698 Resultado Integral de Financiamiento 6,354 Impuestos a la Utilidad 26,413 Pérdida Neta $ (127,436)

(Firma) ______________________________

Gustavo Efrén Arango Páez Gerente Administrativo de Operaciones

Page 51: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 51

 

Macro-M, S. A. de C. V. (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Estado de flujo de efectivo Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012 (En miles de pesos) Actividades de operación: 2012

Utilidad de Operación $ (34,970)

Partidas relacionadas con actividades de inversión:

Depreciación y amortización 9,195

Superávit en venta de acciones Cambios al Capital de Trabajo (21,667)

(4,108)

(Aumento) disminución en:

Gastos Financieros Otros 152

Intereses Intercompañias Neto (85)

Otros Gastos y Productos 48,264

Utilidad en cambios realizada (15)

Aumento (disminución) en:

Cuentas y documentos por pagar a proveedores

Otras aplicaciones al flujo 49,860

Cuentas por pagar a compañía tenedora y partes relacionadas

Actividades de inversión:

Adquisición de inmuebles, maquinaria y equipo 0

Venta de inmuebles, maquinaria y equipo Otros activos (2,989)

Disminución neta de efectivo 394 Efectivo al principio del año 3,107

Efectivo al final del año $ 3,501

(Firma) ______________________________

Gustavo Efrén Arango Páez Gerente Administrativo de Operaciones

Page 52: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

Resirene S.A. de C.V (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Estado de variaciones en el capital contable Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012 y el año terminado el 31 de diciembre del 2011 (En miles de pesos)

Capital Efecto de Resultados Instrumento

s Capital

social Conversión Acumulado

s Financieros Contable

Saldos al 31 de diciembre de 2011 $ 23,606 $ 72,277 $ (14,909) $ (244) $ 80,730 Instrumentos Financieros 264 264 Utilidad Integral (40,188) 48,544 8,356 Saldos al 30 de Noviembre de 2012 $ 23,606 $ 32,089 $ 33,635 $ 20 $ 89,350

(Firma) _____________________________

Alonso Javier Esponda Ramírez Gerente de Finanzas

Page 53: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

Macro-M, S. A. de C. V. (Subsidiaria de Grupo Kuo S.A.B. de C. V.) Estado de variaciones en el capital contable Por el periodo terminado el 30 de Noviembre de 2012 y el año terminado el 31 de diciembre del 2011 (En miles de pesos) Capital Perdidas Capital

social Acumulada

s

Contable

Saldos al 31 de diciembre de 2011 $ 106,701 $ (67,556) $ 39,145 Pérdida integral (127,436) (127,436) Saldos al 30 de Noviembre de 2012 $ 106,701 $ (194,992) $ (88,291)

(Firma) ______________________________

Gustavo Efrén Arango Páez Gerente Administrativo de Operaciones

Page 54: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

54 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

SOMAPRES S.A. DE C.V. EL PRESENTE BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN DE SOMAPRES S.A. DE C.V. AL 29 DE ENERO DE 2013, SE PUBLICA POR 3 VECES CONSECUTIVAS, CON INTERVALOS DE 10 EN 10 DIAS, COMO CONSECUENCIA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE SOMAPRES S.A. DE C.V. CELEBRADA EN ESTA MISMA FECHA 29 DE ENERO DEL 2013, ENTRE LOS CUALES SE ACORDO LA DISOLUCIÓN ANTICIPADA DE LA SOCIEDAD.

SOMAPRES, S.A. DE C.V. RFC: SOM010126593

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 29 DE ENERO DE 2013

ACTIVO ACTIVO CIRCULANTE EFECTIVO EN CAJA 7.915 CUENTAS Y DOCTOS. POR COBRAR NAC (PARTES NO LERACIONADAS) 359.983 CONTRIBUYENTES A FAVOR 144.345 OTROS ACTIVOS CIRCULANTES 44.415 SUMA ACTIVO CIRCULANTE 556.658 ACTIVO FIJO MAQUINARIA Y EQUIPO 218.000 MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA 13.100 EQUIPO DE CÓMPUTO 37.426 EQUIPO DE TRANSPORTE 577.441 DEPRECIACIÓN ACUMULADA -399.513SUMA ACTIVO FIJO 446.454SUMA ACTIVO TOTAL 1.003.112 PASIVO PASIVO A CORTO PLAZO CUENTAS Y DOCTOS. POR PAGAR NAC. (PARTES NO RELACIONADAS) 1.476.712 OTROS PASIVOS 46.954 SUMA DE PASIVO A CORTO PLAZO 1.523.666SUMA DE PASIVO TOTAL 1.523.666 CAPITAL CAPITAL CAPITAL SOCIAL PROVENIENTE DE APORTACIONES 3.668.166 PERDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES -4.188.720 RESULTADO DEL EJERCICIO 0 SUMA DE CAPITAL -520.554 SUMA DE PASIVO + CAPITAL 1.003.112

DISTRITO FEDERAL, A 29 DE ENERO DE 2013

(Firma)

ULISES ADÁN SOTO RESÉNDIZ

LIQUIDADOR.

Page 55: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 55

 

TEGAPLI S A DE CV BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE

2012

ACTIVO 0TOTAL ACTIVO 0TOTAL DE PASIVO 0CAPITAL CAPITAL SOCIAL 1,763,369.00UTILIDADES DE EJERCICIOS ANTERIORES -1,676,830.00PERDIDA DEL EJERCICIO -86,539.00TOTAL DE CAPITAL SOCIAL 0TOTAL PASIVO MAS CAPITAL 0

(Firma) México DF a 13 de marzo de 2013 liquid: Angel Garcia Castillo

“MEDIOS IMPRESOS TERCER MILENIO”, S.A. DE C.V.

Balance Final 21 de Febrero 2013, Ciudad de México, Distrito Federal

ACTIVO PASIVO Bancos 0 Cuentas por Pagar 0 Cuentas por Cobrar 0 TOTAL PASIVO 0 Activo Fijo Neto 0 CAPITAL CONTABLE

Capital Social 300,000.00 TOTAL ACTIVO 0 Reserva Legal 0

Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores 0 TOTAL CAPITAL CONTABLE 0 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0

(Firma)

ALVARO ORTIZ ALVARADO LIQUIDADOR

Page 56: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

56 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

ROXAR DE MEXICO STRATEGIC STAFFING, S.A. DE C.V.

En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el

Balance Final de liquidación de "ROXAR DE MÉXICO STRATEGIC STAFFING", SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN LIQUIDACION, como sigue:

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

A C T I V O P A S I V O

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ACREDITABLE

167,702.69

CRÉDITOS INTERCOMPAÑÍAS TOTAL DE PASIVO

427,524.62

427,524.62

C A P I T A L

Contribuciones para incrementos fututos de capital

5,494,340.92

Resultados de ejercicios anteriores -5,192,560.77

Utilidad o (perdida) del Ejercicio social -1,016,602.08

SUMA DEL CAPITAL -259,821.93

SUMA DEL ACTIVO 167,702.69 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 167,702.69

De conformidad con el Balance anterior, a los accionistas les corresponde la cantidad de $0.00 (CERO PESOS 00/100

Moneda Nacional) por acción, por concepto de reembolso de capital, lo que se hace constar para todos los efectos legales a que haya lugar.

México, D.F., a 31 de diciembre de 2012.

EL LIQUIDADOR.

(Firma)

______________________ Victor Manuel Trujillo Palma

Page 57: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 57

 

ROXAR DE MEXICO, S.A. DE C.V.

En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el

Balance Final de liquidación de "ROXAR DE MÉXICO", SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN LIQUIDACION, como sigue:

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

A C T I V O P A S I V O

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ACREDITABLE

39,992.10

SUMA DEL PASIVO 0

C A P I T A L

Contribuciones para incrementos fututos de capital

355,873.96

Resultados de ejercicios anteriores -315,881.86

Utilidad o (perdida) del Ejercicio social 0

SUMA DEL CAPITAL 39,992.10

SUMA DEL ACTIVO 39,992.10 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL 39,992.10

De conformidad con el Balance anterior, a los accionistas les corresponde la cantidad de $0.00 (CERO PESOS 00/100

Moneda Nacional) por acción, por concepto de reembolso de capital, lo que se hace constar para todos los efectos legales a que haya lugar.

México, D.F., a 31 de diciembre de 2012.

EL LIQUIDADOR.

(Firma)

______________________ Victor Manuel Trujillo Palma

Page 58: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

58 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

NOTARIA 111 DEL ESTADO DE MEXICO AVISO NOTARIAL

Huixquilucan, Estado de México, a 15 de febrero del 2013

EXP. DBA-30 En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo setenta del reglamento de la ley del Notariado del Estado de México, hago saber que por instrumento 11,154 de fecha 4 de enero del 2013, se hizo constar ante mí, la radicación de la Sucesión Intestamentaria del señor Edgar Mauricio Tapia Díaz, a solicitud de la señora María de Lourdes Diaz Jiménez, también conocida con el nombre de Marie de Lourdes Dias Jiménez en su carácter de presunta heredera.

(Firma)

LIC. ROCIO PEÑA NARVAEZ NOTARIO No. 111 EDO. MEX.

NOTARIA 111 DEL ESTADO DE MEXICO AVISO NOTARIAL

Huixquilucan, Estado de México, a 15 de febrero del 2013

EXP. DBA-30 En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo setenta del reglamento de la ley del Notariado del Estado de México, hago saber que por instrumento 11,166 de fecha 17 de enero del 2013, se hizo constar ante mí, la radicación de la Sucesión Intestamentaria del señor Oswaldo Ivan Tapia Díaz, a solicitud de la señora María de Lourdes Diaz Jiménez, también conocida con el nombre de Marie de Lourdes Dias Jiménez en su carácter de presunta heredera.

(Firma)

LIC. ROCIO PEÑA NARVAEZ NOTARIO No. 111 EDO. MEX.

Page 59: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 59

 

Progenitoras Dekalb Gortie, S.A. de C.V. Balance Final de Liquidación al 31 de Octubre de 2012

Concepto Pesos Suma Caja, Bancos - Clientes y Doc. Por Cobrar - Deudores y Gtos. Por Comprar - Reserva para Cuenta por Incob. Impuesto a favor - Inventarios Otros Activos Circulantes __________ Suma - Maquinaria y Equipo Equipo de Oficina - Equipo de Transporte - Otros Activos Fijos - Dep. Acumulada - Suma __________ Primas de Seg. Pagos Ant. Gastos de Instalación Amortización Gtos. Instalación __________ Suma - Total Activo Cuentas por Pagar - Acreedores Divs (Lab Gortie) - Impuestos y PTU por pagar - Suma Pasivo __________ - Capital Social 495,981 Reserva Legal Utilidades Acumuladas - Pérdidas Acumuladas (495,981) Pérdida del Ejercicio -

(Firma)

_________________________ María Cristina Segura Bobadilla

Liquidador de “Progenitoras Dekalb Gortie”, S.A. de C.V.

__________ -

__________

Page 60: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

60 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

ABASTECIMIENTOS ALFA ABUNDANCIA, SA DE CV EN LIQUIDACION

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN

Julio Cesar Manríquez Rivas, en mi carácter de liquidador de “ABASTECIMIENTOS ALFA ABUNDANCIA”, SA DE CV

EN LIQUIDACION, en términos de lo dispuesto por la Fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades

Mercantiles, doy a conocer el balance final de liquidación.

A C T I V O P A S I V O

T O T A L D E P A S I V O $ 322,808.00

TOTAL CAPITAL CONTABLE $ - 213,977.00

T O T A L

A C T I V O $ 108,831.00

T O T A L P A S I V O Y

C A P I T A L C O N T A B L E $ 108,831.00

El déficit se absorbió por cada socio en proporción a su tenecia accionaria y con esos recursos se pagaron todas las deudas

por lo que el balance final quedo:

A C T I V O P A S I V O

T O T A L D E P A S I V O $ 108,831.00

TOTAL CAPITAL CONTABLE $ 0.00

T O T A L

A C T I V O $ 108,831.00

T O T A L P A S I V O Y

C A P I T A L C O N T A B L E $ 108,831.00

(Firma)

JULIO CESAR MANRIQUEZ RIVAS

LIQUIDADOR

Page 61: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 61

 

DISTRIBUIDORA DINÁMICA CÓMEX, S.A. DE C.V., EN LIQUIDACIÓN BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 12 DE OCTUBRE DE 2012

ACTIVO

CAPITAL

ACTIVO CIRCULANTE Efectivo en Caja y Bancos 264,900 Capital Social 876,000 Cuentas y Documentos por Cobrar 328,295 Reserva Legal 183,808 Contribuciones a favor 5,191 Utilidades Acumuladas 1´407,518 Otros Activos Circulantes 1’868,940 Total del Activo 2’467,326 Total de Pasivo y Capital 2’467,326

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publica el Bance Final de Liquidación de la Sociedad al 12 de octubre de 2012. Los papeles y libros de la Sociedad quedan a disposición de los accionistas, en el domicilio de la misma, por el plazo que señala la Ley General de Sociedades Mercantiles a partir de la última publicación del presente.

México, D. F., 5 de marzo de 2013.

(Firma)

Sra. María Elena García Monterrubio Liquidadora

Page 62: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

62 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

SERVICIOS EJECUTIVOS LA PERLA, S. A. DE C. V.

BALANCE GENERAL AL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2012 BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN

( Expresado en pesos )

ACTIVO PASIVO Y (DEFICIENCIA EN EL) CAPITAL CONTABLE

Circulante: Pasivo circulante: Efectivo $ - $ Impuestos y derechos por pagar

Cuentas por cobrar: Total del pasivo -

Cuentas por cobrar a partes relacionadas - Impuestos por recuperar - Otras cuentas por cobrar - (Deficiencia en el) capital contable:

- Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. 15,164,471 Minera del Norte, S.A. de C.V. 2Grupo Acerero del Norte, S.A. de C.V. 2

Capital social 15,164,475Pérdidas acumuladas (15,164,475)

Total (de deficiencia en el) capital contable -

Total del pasivo y (deficiencia en el) Total del activo $ - $ capital contable -

Notas: El presente Balance Final, así como los papeles y libros de la Sociedad, quedarán a disposición de los accionistas, en el domicilio de la sociedad ubicado en Campos Elíseos no.29, Colonia Rincón del Bosque, Del. Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, por el término que establece la fracción segunda del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, quienes gozarán de un plazo de 15 días a partir de la última publicación para presentar sus reclamaciones al Liquidador.

(Firma) ___________________________________

Lic. Gustavo Adolfo Madero Ucero Liquidador.

Page 63: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 63

 

INSOFT, S.A. DE C.V. Cumpliendo lo consignado en el artículo 247, fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publica el siguiente:

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2012 (Cifra en pesos)

ACTIVOS Bancos $ 0 Cuentas por Cobrar $ 0 Activo Fijo $ 0 Activo Diferido $ 0 Total Activo $ 0 Pasivos $ 0 CAPITAL CONTABLE Capital Social $ 0 Reserva Legal $ 0 Resultados Anteriores $ 0 Resultado Liquidación $ 0 Total Capital $ 0 Total Pasivo y Capital $ 0

México D,F., a 31 de Octubre del 2012

EL LIQUIDADOR

DANIEL MATRAJT BROHMAN.

(Firma)

_______________________________________

Page 64: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

64 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

CANTINA SALON DILIGENCIAS S.A. (en liquidación)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION. ACTIVO CIRCULANTE CAJA Y BANCOS 1, 195,694.17 TOTAL ACTIVO 1, 195,694.17 PASIVO Y CAPITAL PASIVO CUENTAS Y DOUMENTOS POR PAGAR 0.00 TOTAL PASIVO 0.00 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 1,200.00 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES 1, 195,694.17 RESULTADO DEL EJERCICIO -1200 TOTAL CAPITAL 1, 195,694.17 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 1, 195,694.17

De acuerdo con el balance final de liquidación mencionado con anterioridad de la sociedad mercantil Cantina Salón Diligencias S.A. Los accionistas acuerdan que la parte del haber social que le corresponde a cada uno es la siguiente.

ACCIONISTAS NO. DE ACCIONES IMPORTE A DISTIBUIR

MANUEL IGLESIAS RODRIGUEZ 400 398,564.72 MANUEL ALONSO CORTES 400 398,564.72 JOSE ANTONIO ALONSO LABANDEIRA

400 398,564.72

El presente Balance Final de Liquidación se pública para efecto en lo dispuesto del Artículo 247, fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles el presente balance, así como, los Papeles y Libros de la Sociedad, quedaran a disposición de los accionistas por el plazo que marca la Ley a partir de la última publicación del presente balance.

México D.F. a 18 de diciembre de 2012.

Liquidador

(Firma) ________________________________

Alonso Labandeira José Antonio

Page 65: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 65

 

BOME FINCOM, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR

BOME FINCOM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace de su conocimiento: Que por asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha primero de octubre de dos mil nueve de BOME FINCOM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, se acordó reducir el capital social en la cantidad de $20’019,000.00 (VEINTE MILLONES DIECINUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.) a fin de que el capital social quedará en la cantidad de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

ATENTAMENTE

(Firma)

_______________________________ VANESSA PADILLA ÁLVAREZ DELEGADA DE LA ASAMBLEA

BOME FINCOM, S.A. DE C.V., SOFOM, ENR

BOME FINCOM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace de su conocimiento: Que por asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha treinta de diciembre de dos mil ocho de BOME FINCOM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, se acordó reducir el capital social en la cantidad de $33’000,000.00 (TREINTA Y TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) a fin de que el capital social quedará en la cantidad de $20’000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).

ATENTAMENTE

(Firma)

_______________________________ VANESSA PADILLA ÁLVAREZ DELEGADA DE LA ASAMBLEA

Page 66: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

66 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

N.I.T.T. COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2012

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE A CORTO PLAZO CONTRIBUCIONES A FAVOR $ 9,884.00 ACREEDORES DIVERSOS $ 17,173.00

SUMA TOTAL ACTIVO $ 17,173.00 DIFERIDO $ 0.00 CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL $ 50,000.00 RESULTADO DEL EJER. ANT. $ 56,453.00 FIJO $ 0.00 RESULTADO DEL EJERCICIO $ 836.00 SUMA CAPITAL $ 7,289.00

SUMA TOTAL DE ACTIVO $ 9,884.00 SUMA PASIVO MAS CAPITAL $ 9,884.00 EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACION SE PUBLICA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ART. 247 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

(Firma)

__________________________________ C. FELIPE CAMPOS HERNANDEZ

LIQUIDADOR

Page 67: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 67

 

CRESCENT CONSULTING GROUP, S. DE R.L. DE C.V. (Sociedad en Liquidación)

Balance General Noviembre 2012

ACTIVOS PASIVOS Activo Circulante Pasivo Circulante Fondo fijo de caja $0.00 Anticipo de clientes $0.00 Bancos $3,000.00 Proveedores $0.00 Inversiones en valores $0.00 Acreedores diversos $0.00 Clientes $0.00 Intereses cobrados por anticipado $0.00 Funcionarios y Empleados $0.00 Impuestos por pagar $0.00 Deudores Diversos Documentos por pagar $0.00 Impuestos por recuperar $0.00 IVA acreditable $0.00 Pasivo No Circulante Inversiones en acciones $0.00 $0.00 Almacén $0.00 Anticipo a proveedores $0.00 Total del Pasivo $0.00 Total $3,000.00 CAPITAL Activo No Circulante Capital Mobiliario y equipo de oficina $0.00 Capital social $3,000.00 Equipo de transporte $0.00 Reserva legal $0.00 Equipo de computo $0.00 Resultado del ejercicio acumulado $0.00 Dep. Acum. y Eq. de Ofna $0.00 Pérdidas acumuladas $0.00 Dep. Acum. y Eq. de Computo $0.00 Dividendos $0.00 Dep. Acum. y Eq. de Transporte $0.00 Resultado del ejercicio $0.00 Gastos de instalación $0.00 Pagos anticipados $0.00 Provisión de impuestos $0.00 Intereses pagados por anticipado $0.00 Anticipo a proveedores $0.00 Amort. Acum. de Gtos de Inst. $0.00 $0.00 $0.00 Total Capital $3,000.00 Total Activo $3,000.00 Total Pasivo y Capital $3,000.00 Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que las cifras contenidas en este Estado Financiero son veraces y contienen toda la información referente a la información financiera y/o los resultados de la empresa y afirmo que soy legalmente responsable de la autenticidad y veracidad de la misma, asumiendo asimismo, todo tipo de responsabilidad derivada de cualquier declaración en falso sobre las mismas

(Firma) __________________________

ALONSO CAREAGA Y DE LA MORA REPRESENTANTE LEGAL

Page 68: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

68 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

CONSWAY, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 28 DE FEBRERO DE 2013.

Activo Efectivo en Caja $0 Pasivo Capital

$0

(Firma)

México, D.F. 01 Marzo de 2013.

Liquidador JOSE VICTOR SANTIAGO GARCIA

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25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 69

 

               

   

 

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70 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;

II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal.

III. El documento a publicar se presentará en original legible debidamente fundamentado, rubricado, y firmado (nombre y cargo) por quien lo emita.

TERCERO. La cancelación, modificación o corrección de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman o CG Times, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos (no renglones), sin interlineado;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento pero si con titulo; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y

VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento. IX. No utilizar el formato de Revisión de la maquina ya que con cualquier cambio que se elabore se generarán globos de

texto. X. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

Page 71: Protocolo de actuación policial para el control de multitudes del DF

25 de Marzo de 2013 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 71

 

               

   

 

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72 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Marzo de 2013

 

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno del Distrito Federal

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

Consejero Jurídico y de Servicios Legales JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos

CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios JOSÉ FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones

EDGAR OSORIO PLAZA

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,577.00 Media plana ............................................................................................ 848.00 Un cuarto de plana ................................................................................. 528.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $26.50)