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PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS DE AUTOR Y LIBERTADES
CIUDADANAS
PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS DE AUTOR Y LIBERTADES
CIUDADANAS
Juan Pablo Puentes VargasFundación Casa del Bosque
Populus Proyectos ComunitariosAbril 25 de 2012
Propiedad Intelectual, Derechos de Autor y Libertades Ciudadanas
ÍNDICE
1. PROPIEDAD INTELECTUAL
2. DERECHOS DE AUTOR
3. LIBERTADES CIUDADANAS
4. ¿CONFLICTO DERECHOS DE AUTOR Y LIBERTADES CIUDADANAS?
5. LEY 1520 O “LEY LLERAS 2.0”
6. CASOS INTERNACIONALES
7. CONCLUSIONES
1. PROPIEDAD INTELECTUAL
1.1 PROPIEDAD INDUSTRIALPatentes de invenciónMarcasModelos de utilidadDiseños industrialesDenominaciones de origenEsquemas de circuitos integradosControl y represión de la competencia desleal
1.2 DERECHOS DE AUTORLibros, folletos y otros escritosComposiciones musicales con o sin letraObras cinematográficas y otras obras audiovisualesObras de dibujo, pintura, escultura, grabado, litografíaObras fotográficasSoftware
Artículo 61 de la constitución Política de Colombia:El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las
formalidades que establezca la ley.
Artículo 61 de la constitución Política de Colombia:El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las
formalidades que establezca la ley.
2. DERECHOS DE AUTOR
Derechos Morales
El derecho a divulgar la obra
El derecho al reconocimiento de la paternidad intelectual
El derecho al respeto y a la integridad de la obra, impidiendo las modificaciones no autorizadas sobre la misma
El derecho al retracto, que le permite al autor retirarla del comercio
Edgar Allan Poe
2. DERECHOS DE AUTOR
Derechos Patrimoniales
El derecho de reproducción material
El derecho de comunicación pública no material, de representación, ejecución pública y radiodifusión
Transformación, traducción, adaptación y arreglo musical
Cualquier otra forma de utilización de la obra
2. DERECHOS DE AUTOR
Sistema anglosajón o COPYRIGHT
3. LIBERTADES CIUDADANAS
Libertad de Expresión
Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia:
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
3. LIBERTADES CIUDADANAS
Derecho a la Educación
Artículo 67 de la Constitución Política de Colombia:
La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. (...)
3. LIBERTADES CIUDADANAS
Derecho a la Cultura
Artículo 70 de la Constitución Política de Colombia:
El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación y la enseñanza científica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.
La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación.
3. LIBERTADES CIUDADANAS
Libertad de la búsqueda del conocimiento y la expresión artística
Artículo 71 de la Constitución Política de Colombia:
La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.
4. ¿CONFLICTO DERECHOS DE AUTOR Y LIBERTADES CIUDADANAS?
¿Es incompatible los derechos de autor y los derechos y libertades ciudadanas?
LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO DE AUTOR
5. LEY 1520 O “LEY LLERAS 2.0”
Trámite en el Congreso.Mensaje de urgencia y comisión segunda.
Concepto de Ánimo de Lucro. Artículo 02.
Aumento Protección De Personas Jurídicas.Artículo 6
Retransmisión a través de Internet de señales de televisión. Artículo 13.
Medidas Tecnológicas De Protección. Artículo 14.
5. LEY 1520 O “LEY LLERAS 2.0”
ExcepcionesArtículo 15
Ámbito penalArtículo 16 y Artículo 17
Proporcionar información de terceros involucrada en la infracciónArtículo 19
Destrucción de materiales e implementos utilizadosArtículo 20
Cuota de PantallaArtículo 21
6. CASOS INTERNACIONALES
Ley HADOPI (Ley de Promoción de la Difusión y la Protección de la Creación en Internet)
Ley SINDE (Disposición Final Segunda de la Ley de Economía Sostenible)
Ley SOPA (Stop Online Piracy Act)
ACTA (AntiCounterfeiting Trade Agreement)
7. CONCLUSIONES
En vez de intentar de manera agresiva de eliminar la piratería con leyes y alienar a los consumidores, un enfoque mucho mejor es analizar por qué muchas personas comparten material protegido por los derechos de autor. En gran parte, la piratería se puede interpretar como una señal de mercadeo. (..) La piratería siempre permanecerá, pero si las industrias del entretenimiento son suficientemente inteligentes, entonces proveerán eventualmente servicios que vuelvan las descargas no autorizadas obsoletas para las mayoría de personas. (…) Lo que el público quiere es un mejor servicio y mayor disponibilidad a un precio justo.
(Ernesto, coeditor del blog Torrentfreak.com)
7. CONCLUSIONES
Evolución del modelo de negocio.
Derechos de autor y libertades ciudadanas no son necesariamente contradictorias.
Limitaciones y excepciones al derecho de autor.
La ley 1520 o “ley lleras 2.0” y el TLC con los Estados Unidos
Perdida de soberanía.
¡Gracias por su atención!
Juan Pablo Puentes VargasFundación Casa del Bosque Populus Proyectos Comunitarios
www.juanpablo.coTwitter: @JuanPabloPV