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PRESENCIA DE MINERIA ILEGAL Y SU NECESIDAD DE ABORDAJE DESDE LA REALIDAD SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN MONITOREO Y EVALUACIÓN AMBIENTAL LEGISLACIÓN Y DERECHO AMBIENTAL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO FACUTAD DE INGENIERÍA DE MINAS Tema: Autores: Asavi Quispe, Rene David Cañapataña Paredes, Hector Alfredo Coronel Mamani, Jhon Richard Cutipa Quenta, Agustin Enriquez Mamani, Joseph Melvin Hancco Ramos, Carlos Paul Minaya Sucari, Milagros del Pilar Pino Silva, Roger Edson Quispe Llanque, Elvis Fernando Siguayro Mamani, Humberto Puno – Perú 2013 Prof.: Dr. Cesar Ipenza Peralta

Problematica de la mineria

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PRESENCIA DE MINERI A ILEGAL Y SU NECESIDAD DE ABORDAJE

DESDE LA REALIDAD

SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN EN

MONITOREO Y EVALUACIÓN AMBIENTAL

LEGISLACIÓN Y DERECHO AMBIENTAL

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO

FACUTAD DE INGENIERÍA DE MINAS

Tema:

Autores:

Asavi Quispe, Rene David

Cañapataña Paredes, Hector Alfredo

Coronel Mamani, Jhon Richard

Cutipa Quenta, Agustin

Enriquez Mamani, Joseph Melvin

Hancco Ramos, Carlos Paul

Minaya Sucari, Milagros del Pilar

Pino Silva, Roger Edson

Quispe Llanque, Elvis Fernando

Siguayro Mamani, Humberto

Puno – Perú

2013

Prof.: Dr. Cesar Ipenza Peralta

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Legislación y Derecho Ambiental

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Pág.

RESUMEN 2

1.- INTRODUCCIÓN 3

2.- BREVE RESEÑA HISTORICA DE LA MINERÍA ILEGAL/INFORMAL 3

3.- ANÁLISIS SOBRE MINERÍA ILEGAL Y SU ABORDAJE DESDE LA REALIDAD 4

3.1.          CAUSAS DE LA MINERÍA ILEGAL 4

3.2.         DIAGNOSTICO DE LA MINERIA ILEGAL 5

3.3.         CARACTERISTICAS GENERALES DE LA MINERÍA ILEGAL 6

3.4.         PRINCIPALES ZONAS E INCREMENTO MINERIA ILEGAL 7

3.5.         IMPACTOS DE LA MINERIA ILEGAL 8

3.6.         CONFLICTOS GENERADOS POR LA MINERÍA ILEGAL 9

3.7.          MARCO REGULATORIO Y AVANCES EN EL PROCESO DE FORMALIZACIÓN 10

3.8.         ROL DEL ESTADO Y DE LAS INSTITUCIONES INMERSAS EN LA MINERIA ILEGAL 11

4.- CONCLUSIONES 12

5.- RECOMENDACIONES 13

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA 14

PÁGINAS WEB VISITADAS 15

ÍNDICE

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RESUMEN

El hombre ha sido minero desde los albores de la humanidad. Primero a través de las industrias

líticas: fragmentos de rocas o minerales más o menos trabajados para su uso como herramientas o

armas; luego continuó con los metales, extrayéndolos desde los minerales (Era del Cobre, Era del

Bronce, Era del Hierro), refinándolos y combinándolos en aleaciones a medida que progresaba, de

paso, inventando la metalurgia. Esta es una historia de búsqueda de recursos, y de las aplicaciones

tecnológicas de los productos obtenidos. Prueba de ello se tiene que la mina más antigua; data de

hace aproximadamente 43.000 años.

En términos generales, la minería constituye una actividad económica que requiere de poca mano

de obra, siendo intensiva en el uso de capital en relación a la agricultura, industrias o servicios. Por

otra parte, la minería ha sido y será una actividad curiosa. A diferencia de otras aventuras del

hombre, presenta riesgos económicos y humanos muy superiores a los de cualquiera otra actividad.

La Cordillera de los Andes, guarda en sus entrañas una gran riqueza metalífera y mineral. Oro,

plata, cobre, uranio, manganeso, entre otros, se transforman en la actualidad en elementos

altamente valorizados por la industria minera. En nuestro país, desde la década de los ´90, han ido

en aumento las inversiones en la actividad minera. Esto genera numerosos debates entre quienes se

disponen a apoyarlas (porque las mismas significan la reactivación de las economías locales) y

quienes las consideran peligrosas desde el punto de vista ambiental.

Los problemas de la minería de originan, por lo general, a nivel de la minería artesanal y la pequeña

minería. En la minería artesanal la informalidad de la misma constituye su principal problema, ya

que limita las posibilidades reales para su desarrollo integral: contaminación ambiental, depredación

de yacimientos existentes, graves deficiencias de seguridad, discriminación social y económica.

Otro problema es que políticamente no es bueno permitir que esta actividad se mantenga en la

informalidad, porque afecta la credibilidad del país en tanto se afirme oficialmente que es política

nacional, apoyar la inversión minera en condiciones de estabilidad y seguridad jurídica (Hruschka

1998).

En resumen, el problema de la minería no es en sí misma, si no la falta de responsabilidad de los

“empresarios mineros” que no respetan los estándares ambientales, desequilibrando el ecosistema,

además de generar problemas sociales. Para esto, el Estado debería reestructurar la normatividad

minera, donde tanto los derechos de las comunidades y personas naturales se proteja así como las

prácticas ambientales para este sector minero sea más fácil de cumplirlas.

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3

1.- INTRODCUCCIÓN

La presencia de minería ilegal en el Perú, en la actualidad; se especifica como la “Actividad

minera ejercida por persona, natural o jurídica, o grupo de personas organizadas para ejercer dicha actividad, usando

equipo y maquinaria que no corresponde a las características de la actividad minera que desarrolla (Pequeño

Productor Minero o Productor Minero Artesanal) o sin cumplir con las exigencias de las normas de carácter

administrativo, técnico, social y medioambiental que rigen dichas actividades, o que se realiza en zonas en las que

esté prohibido su ejercicio. Sin perjuicio de lo anterior, toda actividad minera ejercida en zonas en las que esté

prohibido el ejercicio de actividad minera, se considera ilegal.1”

Se podría especificar, desde un enfoque más técnico, que la minería ilegal es la extracción de

minerales metálicos (como el oro, cobre, plata, entre otros) y no metálicos (como agregados, arcilla,

mármoles, entre otros),la cual es una actividad económica sin control ni regulación social

y ambiental de parte del que lo ejerce, ya sea en forma individual o conjunta, actuando al margen

de los mecanismos de control del Estado y evaden de manera sistemática las normas legales

pertinentes, no contando con el instrumento primordial que es el estudio ambiental.

La presencia de esta actividad, de acuerdo al auge del precio del mineral, están ubicados

principalmente dentro de los siguientes departamentos: Madre de Dios, Puno, Arequipa, Ica, La

Libertad y Piura.

Las causas de la expansión de esta actividad ilícita, como es la minería ilegal/informal, está dado

por la falta de empleo, la suba del precio del oro y finalmente porque hay organizaciones o grupos

que están detrás de esta actividad, las cuales, en muchos caso, aprovechan la ausencia del Estado

para actuar al margen de la ley. No obstante, de aquellos que si quieren ser formales, tienen una

dificultad, en el largo del proceso de formalización, una de ellas es de que casi en ninguna región

del país se ha implementado la Ventanilla Única, ni el Fondo para el Proceso de Formalización de

las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, las cuales también eran compromiso del

Estado.

2.- BREVE RESEÑA HISTÓRICA.

A pesar que en el 2012 recién se acaba de definir la palabra “ilegal” dentro de la minería, esto se

remontaría a los años en que por primera vez se empezó de hablar de Medio Ambiente en el Perú,

como es el caso de la Constitución de 1979, en donde en su artículo 123 se reconoció

expresamente como un derecho ciudadano, al derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente

equilibrado. Es a partir del cual se puede indicar que había muchas empresas mineras dedicadas a la

extracción (en actividad de explotación) no tenían en consideración este aspecto, de lo cual se los

podría calificar como atentatoria a este derecho y por ende ser “ilegales”. Pero para el año 1979

aun así no se tenía el mecanismo para que esta minería “ilegal” y/o “informal” llegara a la

formalización como se conoce en la actualidad.

1 Inciso “a” del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1105

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Legislación y Derecho Ambiental

4

Para el año de 1992 se publica el Texto Único Ordenado (TUO) de minería o Ley General de

Minería, donde se da el panorama general de los procedimientos que implica la formalidad, las

cuales no se adecuaron en ese entonces al cien por ciento a los trabajos mineros “artesanales”

(estratificación de la minería inadecuada), ya que es sabido que en el año de 1992 el precio de los

minerales en aquel entonces eran bajos y con los parámetros interpuesto por el Estado, a un

“pequeño minero o minero artesanal” esto le era sumamente costoso, por otro lado “la formalidad

implicaba la inmersión en un mundo que desconocen y trámites burocráticos que les son ajenos2. Más

recientemente en 1993, se reconoce (actual Constitución peruana), el derecho al medio ambiente sano

como un derecho fundamental de las personas (artículo 2, inciso 22). Con lo cual una gran mayoría del

sector minero estaba calificado como ilegal y/o informal, la diferencia de acuerdo a los estratos

interpuestos en la Ley General de Minería que posteriormente fue modificada por el artículo 10 de

la Ley 27651 (del año 2002) y nuevamente modificada por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº

1040 (del año 2008), hacía que se marcara una gran diferencia entre los que pertenecerían a la

media y gran minería con los que luego calificarían para pertenecer a Pequeño Productor Minero

(PPM) y Productor Minero Artesanal (PMA), porque las posibilidades a ser formal estaba del lado

de la Mediana y Gran Minería. Y recién para el 2005 se tiene una ley específica del ambiente, la Ley

28611, Ley General del Ambiente.

A la fecha, la formalización para los PPM y PMA, sigue siendo una inmersión a un mundo

“desconocido”, ya que la normatividad para este sector sigue acrecentándose con el transcurrir de

los días.

3.- ANÁLISIS SOBRE MINERÍA ILEGAL Y SU ABORDAJE DESDE LA REALIDAD

3.1.- CAUSAS DE LA MINERIA ILEGAL

Una de las principales causas de la generación de la minería ilegal, es la consecuencia de los

problemas socio-económicos en el que está inmerso el Perú. De lo cual se puede

esquematizar los tres pilares principales las que sostienen la ilegalidad e inclusive la

informalidad de esta actividad.

2 Hernando de Soto-MINERÍA ILEGAL DE ORO, REALIDADES Y DESAFÍOS. Artículo de la AngloGold Ashanti

Colombia – Setiembre del 2011

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Legislación y Derecho Ambiental

5

El reconocimiento oficial como Pequeño Productor Minero y Productor Minero Artesanal

y la inclusión de la frase “minero informal” se genera con la Ley Nº 27651 “Ley de

formalización y promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal”- y su respectivo

reglamento -D.S. 013-2002-EM. Quedando modificado la Ley General de Minería, se

plantea e impone la siguiente estratificación de la minería:

CUADRO 1

ESTRATO EXTENCIÓN DE CONCESIONES CAPACIDAD PRODUCTIVA

Gran Minería Las deseadas Las deseadas

Mediana Minería Las deseadas Hasta 5000 TM/día

Pequeña Minería Hasta 2000 hectáreas Hasta 350 TM/día *

Minería Artesanal Hasta 1000 hectáreas Hasta 25 TM/día **

* En caso de agregados, yacimientos de placer (metálico y no metálico) hasta 3000 m ³ /día

**En caso de agregados, yacimientos de placer (metálico y no metálico) hasta 200 m ³ /día

CLASIFICACIÓN DE LA MINERÍA EN EL PERÚ

FUENTE: Decreto Supremo Nº 013-2002-EM

De todo ello, un minero artesanal sólo debe de trabajar con palas, picos y carretilla (décadas

de los 80´s, 90´s y parte de los inicios del siglo XXI), y la mayoría de los mineros

artesanales dedicados a la extracción del oro, el cual venía en ascenso respecto a su precio,

permitiéndole a este minero, adquirir maquinaría o herramientas mecanizadas, con lo cual y

sin saber (en una gran mayoría) iban excediéndose en la capacidad de producción estipulada

por la ley.

El Estado, a pesar de haber publicado e implementado las leyes de formalización para los

PPM y PMA, fue también uno de los principales implicados en haber dejado de lado dichas

normas, de acuerdo al inciso 1 del Artículo 16 de la Ley 27651: “En áreas mineras catastradas

de propiedad del Estado, promoverá y facilitará el otorgamiento del derecho minero a los mineros artesanales

que se encuentren realizando explotación minera en dichas áreas”. Que no ha cumplido como

debería de ser.

3.2.- DIAGNOSTICO DE LA MINERIA ILEGAL

La minería ilegal (o informal para las décadas de los 80`s hasta el año 2012) nació

principalmente en el estrato de la minería artesanal, aquella que pudo ser definida como

actividad minera como medio de sustento3, no siendo a la actualidad ajustable a dicha

definición, ya que son muy pocos los que pertenecerían a este estrato. La minería ilegal es

un gran problema, por ejemplo; según MACROCONSULT la exportación de oro ilegal

generó en el 2011 la cifra de 3 000 millones de dólares, mientras que el narcotráfico

produjo 1 200 millones de dólares, siendo la evasión tributaria alrededor de unos 450

3 Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 013-2002-EM (Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la

Pequeña Minería y la Minería Artesanal, el cual, dicho Reglamento, fue “ratificado” y restituido por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 051-2009-EM.

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millones de dólares al año con los cuales se podrían haber construido 5 Metropolitanos.

Los daños ambientales son también enormes, en Madre de Dios han sido afectadas 30 mil

hectáreas por la minería ilegal del oro.

Y según el Estudio de Investigación de la Minería ilegal en el Perú: Se estima en 60,000 el

número de familias que en forma directa o indirecta están involucradas en la extracción ilegal; en 50,000 la

cantidad de personas ejerciendo en forma directa la actividad y en 300,000 el total de las personas que de

manera directa o indirecta son dependientes de esta actividad. De ese total, el 85% participa en la

extracción ilegal aurífera, actividad que al año produce 24 toneladas de oro. Esta cantidad representa el

14% de la producción reportada como país4. El mismo estudio valoriza que la minería ilegal

mueve US$ 2,000 millones y que el estado deja de percibir el monto aproximado de 500

millones de dólares por concepto de impuestos Estadísticas y números presentados para el año

2007. En la actualidad estas cifras han aumentado, juntamente con el precio del principal

metal, el oro y la concientización de los mineros que ejercen esta actividad.

3.3.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA MINERÍA ILEGAL

La minería ilegal se caracteriza por desarrollarse en lugares remotos, donde la presencia del

Estado prácticamente es nula, lo que dificulta la labor de vigilancia y fiscalización todo ello

en menoscabo de la legalidad. Lo informal de esta actividad conduce a la ilegalidad,

desarrollándose en distintos niveles, estimándose a groso modo, de acuerdo a resultado de

línea de base del proyecto PERCAN:

Mediana minería = 5 %

Pequeña Minería = 65%

Minería artesanal = 30%

De ello se puede indicar que un porcentaje de la Pequeña Minería estaría pasando a ser

Mediana Minería de acuerdo a su producción (en extracción de morrenas auríferas,

agregados de construcción civil y similares), ya que estarían pasando los 3000 m3 diarios

que estipula la ley para este estrato.

Un buen sector de los ilegales, aun teniendo medios para desarrollarse legalmente, no lo

hacen, no pagan impuestos y no permiten el desarrollo de las comunidades donde se

produce la extracción. Por otro lado son los mismos propietarios de los terrenos

superficiales, ya sea individualmente o mancomunadamente (comunidades) que desarrollan

la actividad, en vista de que los ingresos son mayores que a lo que podrían producir,

agropecuariamente hablando, respecto a la ubicación de la zona de trabajo.

Con el paso de los años, a partir de la promulgación de la Ley General de Minería y hasta el

año 2012, se ha tenido un avance en los temas de formalización en cuanto a difusión de la

misma, con proyectos de dicados al tema como son: Proyecto de Gestión Ambiental en la

Minería Artesanal (GAMA), Proyecto Especial Para La Minería Artesanal (PEMA),

4 Guillermo Medina C. et. al. Estudio sobre la Minería Artesanal / Informal – Ilegal en el Perú – 2007.

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7

Proyecto de Cooperación Perú – Canadá (PERCAN) y recientemente, de parte del

Ministerio de Energía y Minas, estuvo el Apoyo a los Gobiernos Regionales (APOGORE),

con los cuales se pudo ahondar en los temas de formalización en el mismo lugar donde se

desarrollaba dicha actividad, pero los minero ilegales/informales una vez instruidos en

estos temas, también aprendieron a evadirlas.

Es así que este tipo de minería, se podría resumir en sus características, de la siguiente

forma:

Los acopiadores, quienes indirectamente incitan dicha actividad adquiriendo el

producto de una actividad ilícita y en algunos casos facilitándoles insumos y dinero

como forma de asegurar su fidelidad y dependencia permanente.

Esta actividad (minería ilegal/informal) requiere de mano de obra no calificada, por

lo que muchas de estas personas tienen un bajo nivel de instrucción y realizan la

extracción de manera individual o en pequeños grupos, sin el debido conocimiento

en medio ambiente.

Se produce el uso ilegal de insumos como son los explosivos, que son empleados

sin consideraciones ambientales ni de seguridad, los mismos que son conseguidos a

través del contrabando o “mercado negro”, el uso de mercurio sin control, el

empleo de cianuro sin criterio técnico y muchos más similares empleados por el

minero ilegal/informal.

Los mineros ilegales no realizan prácticas ambientales, ya que utilizan de manera

incorrecta el mercurio, cianuro, explosivos (dentro de estos el ANFO que está

prohibido su uso).

Existe un alto porcentaje de depredación de los suelos “fértiles”, y los residuos

generados con alto contenido de sólidos en suspensión son arrojados a los ríos sin

ningún control.

No existen procesos de seguridad, lo que implica que toda el área de explotación

ilegal de minerales se constituye en un potencial foco de alteraciones del

ecosistema, que pone en riesgo la integridad y la salud de las personas.

3.4.- PRINCIPALES ZONAS E INCREMENTO DE MINERIA ILEGAL:

La presencia de la minería informal e ilegal en el Perú, actualmente está presente en

veintiún de las veinticinco regiones del país, habiendo cerca de cien mil personas dedicadas

a esta actividad, de las cuales se han identificado diez regiones en estado crítico: Ica,

Ayacucho, Arequipa, Huancavelica, Puno, La Libertad, Piura, Apurímac y Madre de Dios5.

Según la Defensoría del Pueblo indica que en el Perú se ha incrementado la minería ilegal y

la minería informal en los últimos años, al grado de que hoy en día estaríamos

aproximadamente hablando de cien mil mineros en el país, de los cuales más del 50% ha

presentado su declaración de compromiso para iniciar el proceso de formalización.

5 Ministerio de Energía y Minas

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8

La minería informal está muy activa. Prácticamente, todos los departamentos han sido

invadidos. Y eso es un peligro para la gobernabilidad del país y la gobernanza del agua,

viéndose casos que incluso han llegado a las zonas de glaciares en la cordillera Blanca

donde hay presencia de miles mineros ilegales en esta zona que alberga 660 glaciares y 300

lagunas de origen glaciar. No ajeno a ello también está la minería que se practica en la

cordillera de Carabaya, donde a veces pareciera difícil distinguir los ilegales e informales de

los pocos formales que existe como es el caso del proyecto Ana María de la empresa Titan

Contratistas Generales S.A.C.

3.5.- IMPACTOS DE LA MINERIA ILEGAL:

Los principales impactos que genera la minería ilegal en el país son de carácter ambiental y

socioeconómico.

En la parte del impacto ambiental que genera la minería ilegal es por contaminación de

las aguas (superficiales y subterráneas), suelo y aire, pero mucho depende del tipo de

minería que se aplica de acuerdo al yacimiento, en este caso se tiene minas de socavón

(túneles) y minas a tajo abierto (excavación superficial) y se puede separar ambos casos.

La contaminación en agua sería mayor en la explotación a tajo abierto y sobre todo en los

yacimientos de depósitos de placer, haciendo la extracción del mineral precioso mediante

sistemas de lavado sin control, teniendo una “contaminación” del agua por lo general por

sólidos en suspensión, seguido de arsénico, hierro y, en algunos casos, plomo6. Luego está

los elementos utilizados para la recuperación, proceso y modo de obtención del producto

final, en este caso se tiene el empleo de Mercurio en una gran mayoría de mineros ilegales e

informales, luego estaría el uso de cianuro (de potasio por lo general). Y la

“contaminación” se produce por el mal empleo de mercurio y del cianuro, en el caso del

mercurio, en el modo de empleo y la técnica de refogado (al aire libre) y, en caso del

cianuro, a través de métodos artesanales de “vat leaching”, en plantas portátiles de

geomembranas o improvisación de geomembranas con el apoyo de una motobomba,

realizándose la aglomeración de manera manual.

Con respecto a suelos, se puede decir que depende mucho de lo que el agua arrastra

consigo sobre la superficie, ya que es un agente transportador de dicha “contaminación”

con los sólidos en suspensión y los metales pesados que pueda arrastrar con ello. Por otro

lado, en la minería a tajo abierto, se tiene un gran movimiento de material mineralizado que

está por debajo de capa fértil (top soil), y la minería ilegal o informal no respecta la

conservación de dicho cobertura vegetal, depredándose varias hectáreas de suelo. La mayor

problemática, con respecto a este tema, se tiene en el Departamento de Madre de Dios,

donde se tiene que el 99% de las operaciones mineras son informales o ilegales y se calcula

que más de 32 mil hectáreas de sus bosques han sido depredados por los lavaderos, incluso,

están arrasando con las áreas naturales protegidas como el Parque Nacional del Manu.

6 Oficio Nº 055-2011-DG-DIGESA, Análisis Físico-Químico de las Aguas Superficiales de las cuencas Ramis y Suches

- 2012

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9

La contaminación del aire es el menos tratado, pero de acuerdo a las características de la

minería aplicada se deduciría que puede presentar partículas en suspensión, CO2 y CO por

el empleo de maquinaria pesada, mercurio por el refogado al aire libre y NO, NO2 y NOx

por empleo de ANFO en minería a socavón, a pesar que el empleo de este producto está

prohibido.

3.6.- CONFLICTOS GENERADOS POR LA MINERÍA ILEGAL

En el Perú, la mayoría de conflictos que provoca la minería son de tipo ambiental y social.

En cuanto al primero, se encuentra la contaminación y, en el segundo, la salud de los

ciudadanos y el rol del Estado. La actividad de la minería ilegal es un mal de alcance

nacional, dichos conflictos se generan y emergen las luchas aprovechándose de un Estado,

en todos sus niveles de gobierno ausente, ineficaz, débil o cómplice. Ausente por lo remoto

de los lugares y también por incuria y desidia de los funcionarios; ineficaz por su

incapacidad de gobernar, invertir correctamente los recursos y gestionar los conflictos;

débil por la falta de coordinación y presupuesto en los entes encargados de evaluación,

fiscalización y sanción implicados (los tres niveles de gobierno y los entes públicos

autónomos: Ministerio Público, Poder Judicial, Contraloría) y cómplice porque no son

pocos los representantes de la función pública que toleran esta actividad ilegal o, peor aún,

lucran de la misma, conforme ha sido denunciado en relación con autoridades locales,

regionales, nacionales e, inclusive, congresistas de la República.

También es generado por la existencia de un silencio cómplice de muchas organizaciones

de la sociedad civil tradicionalmente defensoras del ambiente y, por lo general, férreas

críticas de los impactos ambientales negativos de la minería legal o formal; salvo por

destacadas excepciones, que coincide con el nivel de profesionalización y desvinculación

con intereses ideológicos de los integrantes de estas ONG, quienes, explícitamente, se han

pronunciado contra este flagelo ambiental y socioeconómico.

Hay también un sector de los medios de comunicación que no informa o, peor aún,

informa mal o distorsiona la información; aunque en el caso concreto que nos ocupa

debemos destacar que la gran mayoría de los medios de nivel nacional están apoyando las

acciones de lucha contra la minería ilegal; no sucede lo mismo; sin embargo, con varios

medios locales y regionales.

En contraste en la población afectada y la minería informal existe organización y

coordinación de poderes fácticos que, solapados en la tutela de los intereses de los miles de

personas que hacen de esta actividad ilegal su sustento, logran arrogarse la representación

de la sociedad aún por encima de las autoridades electas, arrinconar al Estado y llevarlo a

gobernar no con la ley sino con actas “negociadas” y firmadas durante la ejecución de “sus

medidas de lucha”. ¿Cómo logran estos “frentes” que se imponga sobre el estado de

derecho el gobierno de la turba? como venimos diciendo, es mucha gente, mucho oro y

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Legislación y Derecho Ambiental

10

mucho dinero lo que da sustento a esta actividad ilegal; pero también hay intereses políticos

subalternos, aprovechándose de ello y un Estado que solo gestiona la crisis7.

3.7.- MARCO REGULATORIO Y AVANCES EN EL PROCESO DE

FORMALIZACIÓN

A pesar que el inicio de la minería fue con normas que alcanzaban someramente a todas las

escalas y estratos de la minería en general, estas normas fueron aumentando paulatinamente

según aumentaba los casos y problemas minero-ambientales, prueba de ello son los

decretos implementados entre los años 2011 y 2012, aunque los mineros PPM y PMA, se

quejaron de que dichos decretos eran represivos y “satanizaban” su trabajo, el problema se

remontaría a los inicios de dichas normas. Muestra de ello tenemos lo siguiente: El Texto

Único Ordenado de la Ley General de Minería (D.S. Nº 014-92-EM) fue dado el 3 de Junio

de 1992, donde los procedimientos para el estrato de PPM y PMA eran casi difícil

cumplirlos, implementaron una Ley exclusiva para estos estrato, la Ley 27651 y su

reglamento D.S. Nº 013-2002-EM, las cuales se dieron prácticamente 10 años después, esto

es una evidencia inefable de que para el 2002 recién se preveía implementar normas más

flexibles para estos estratos, para entonces los mineros habían gozado sus ganancias libre

de impuesto y con una clara evidencia de que, en este caso, el oro, iba subiendo de precio,

sería más rentable la explotación, libre de los gastos que implicaría la formalización.

Para el mes de mayo del 2005 se publicaría la Ley General del Ambiente, donde era clara la

evidencia de querer erradicar todo aquello que contraviniera al inciso 22 del artículo 2 de la

Constitución Política del Perú de 1993, pero su aplicación se dio más en la minería.

Con el traspaso de funciones del Gobierno Central a los Gobiernos Regionales, recién se

empezaría a implementar la formalización en las respectivas Direcciones de Energía y

Minas de todo el país, esto en entre los años 2006 al 2008.

Es así que entre los años 2007 y 2008 al 2011, la formalización se venía dando a paso lento,

prueba de ello se tiene que en la Dirección Regional de Energía de Minas de Puno se tenía

entre el 2007 y 2008 un promedio de 11 en proceso de formalización; para el 2009 se llegó

a 23 los que entraron al proceso de formalización; para el 2010 esta cifra aumento a 36; en

el 2011 llegó a 6 formalizados (con inicio de operaciones mineras, pero sin la opinión

favorable del Ministerio de Energía y Minas según D.L. Nº 1105) y más 22 entrados al

proceso de formalización; para el 2012 se tiene a 15 más ingresados al proceso de

formalización8. Esto ascendería a un total de 73 mineras (entre personas naturales y

jurídicas) en proceso de formalización (con instrumento ambiental aprobado), y de los 6

formalizados que se contaba en el 2012, el presente año fueron anulados sus inicios de

operación por no contar con la opinión favorable del Ministerio de Energía y Minas, con lo

cual, en la actualidad en Puno no existe ni una empresa minera (de los estratos de

PPM y PMA) que sea formal. Por otro lado la Declaración de Compromisos

7 “La minería ilegal/informal en el Perú” Carlos ANDALUZ WESTREICHER – Abril 2012. 8 Dirección Regional de Energía y Minas de Puno. Dirección de Medio Ambiente.

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11

implementado con el D.L. Nº 1105, para poder iniciar un nuevo proceso de formalización,

han llegado a un promedio de 11 500 declaraciones de compromisos, de los cuales, a groso

modo se puede identificar a un promedio de 1 500 aptos para entrar a este nuevo proceso

de formalización. La pregunta cave: ¿ha funcionado el plan de formalización para tener una

minería legal desde el 2002 (con la Ley 27651)?. La respuesta es obvia, NO. Con las nuevas

leyes interpuestas por el Estado, en el afán de solazar a la sociedad que es ajena a la minería

y que protesta en contra de estas “organizaciones mineras” que atentan contra la salud y el

medio ambiente, sigue promoviendo leyes que no cuentan con un sustento técnico

aplicable a cada región. Además, luego de haber hecho la transferencia de funciones, con lo

implementado en el D.L. Nº 1105 sobre la opinión favorable, ¿no se le está quitando de

nuevo esas funciones transferidas a los Gobiernos Regionales?; esto hace que el proceso de

formalización sea más complejo de lo que ya es a la fecha.

3.8.- ROL DEL ESTADO Y DE LAS INSTITUCIONES INMERSAS EN LA

MINERIA ILEGAL

El Estado, en el sector minero, es el órgano concedente, normativo y promotor. Bajo este

rol y compromisos, el Estado reconoce la importancia que tienen las actividades mineras

para la economía nacional, y tiene clara la necesidad de la sostenibilidad económica y social

de ellas, además de una política activa de promoción del sector minero así como de un

conjunto de políticas adecuadas que aseguren la mitigación de impactos ambientales y

sociales generados por el desarrollo de la actividad.

El Estado debería fomentar la prevención y mitigación del impacto socio-ambiental para

alcanzar tres equilibrios deseados: económico, social, y ambiental. En síntesis, el Estado

busca en su legislación el desarrollo del sector minero pero a la vez se preocupa porque éste

sea responsable laboral, social y ambientalmente, para que el crecimiento sea sostenido (es

decir, de largo plazo con desarrollo de capital físico, humano, social e intangible) y

sustentable (es decir, con cuidado del medio ambiente de manera que el crecimiento de

corto y largo plazo no implique afectar el bienestar de las generaciones actuales y futuras).

El gobierno tiene la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales que según dice en su portal

Web es el órgano especializado que depende jerárquicamente del Presidente del Consejo de

Ministros, encargado de dirigir el proceso de gestión de conflictos sociales en todos los

niveles de gobierno y en el ámbito del territorio nacional, así como de evaluar los resultados

de dicha gestión de conflictos sociales. No se sabe quiénes son los especialistas que

conforman esa Oficina. En el 2012 el Ex-Primer Ministro extrañamente dijo que "el gobierno

no cuenta con técnicos suficientes para afrontar los conflictos9".

Por otro lado las poblaciones y organizaciones (como ciertas ONG) se ponen en contra de

la actividad minera formal, pero no dicen nada de la minería ilegal, que de manera

inhumana tiene a niños trabajando y no sólo eso, sino que cruelmente son sometidos a

laborar en condiciones deplorables. Están rodeados de prostitución y mafias que son las

9 Diario el Comercio – Junio del 2012

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únicas que se benefician por esta actividad minera ilegal. En este caso esas organizaciones

que se oponen a la minería legal no dicen nada. Hay una doble cara. Tampoco el Estado ha

hecho gran cosa por resolver este problema. Asimismo, poblaciones que antaño se quejan

de la contaminación causada por una actividad metalúrgica, ahora reclaman que no se cierre

la empresa.

Finalmente, las instituciones inmersas en el tema de minería ilegal principalmente son las

EFAs (Entidades de Fiscalización Ambiental) como: Gobiernos Regionales a través de sus

Gerencias de Recursos Naturales, las Direcciones Regionales de Energía y Minas, el

Ministerio del Ambiente a través de la Oficina de Evaluación Fiscalización Ambiental

(OEFA) y OSINERGMIN, son quienes actúan mediante la realización de un PLAN-EFA.

5- CONCLUSIONES.

No existió una verdadera campaña de concientización a su debido tiempo respecto al

procedimiento de formalización, el cual fue desde el año 1992, e incluir en un programa de

formalización a los informales y a los “ilegales” que estaban en la posibilidad de formalizarse.

Un aspecto que caracteriza a los involucrados es que actúan de manera premeditada, al margen de

la ley, por lo general esta es una característica de los mineros que utilizan maquinaria e invierten en

métodos tecnificados, a diferencia del sector artesanal que trabaja sin maquinaria pesada.

El Estado frente a esta problemática ha respondido con medidas represivas pero poco eficaces

desde diciembre del 2011. El Ejecutivo ha interpuesto una serie de nuevos decretos legislativos

bajo la lógica de la "interdicción" con intervención policial, decomiso y destrucción de maquinarias,

equipos, insumos y dragas. El primero, el D.L. Nº 1099, se ocupó específicamente del

departamento de Puno, luego vendrían el D.L. Nº1100 que regula la interdicción de la minería

ilegal en toda la República. De esta lista el más drástico es el D.L. Nº 1102 que incorpora al Código

Penal los delitos de minería ilegal, penado con dos a seis años de cárcel. Con esta medida el estado

desenmascara, una vez más, su ausencia de políticas de cambio de carácter integral, es así como el

estado da propuesta de acción y la necesidad de abordaje en contra de la minería ilegal.

La ilegalidad en que se desenvuelve este tipo de actividad y los conflictos que genera, colocan a los

mineros ilegales en situaciones de incertidumbre e inseguridad jurídica, lo que contribuye a un

estado de temporalidad sin ninguna garantía.

La minería artesanal ilegal, aunque muy poca, tiene carácter de subsistencia para este estrato, pues

perciben bajos ingresos. Esto restringe las posibilidades de asumir los costos requeridos para la

mejora de la situación ambiental y las condiciones de seguridad. Además, explotan los recursos con

poca recuperación y asumir las responsabilidades generadas a partir de “exageradas” leyes les

implica un elevado costo, además de la burocracia que se genera en las diferentes entidades

respecto a minería.

La conflictividad a raíz de la actividad de la minería, están enfocados en la problemática de tipo

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ambiental y social; en cuanto al primero es la contaminación que se da a partir de la falta de control

de sus actividades, y en el segundo caso se ve afectada la salud de los ciudadanos y se ve mellada el

desempeño del Estado.

La minería ilegal, al actuar al margen de la ley, ha hecho que esta promueva la generación de un

mercado negro de compra y venta de explosivos, mercurio, cianuro, herramientas y maquinaria,

con la cual se genera más contaminación aún.

6. RECOMENDACIONES.

Se recomienda una Línea de Acción Frente a la Minería Ilegal las cuales implicarían lo siguiente:

Una reforma de la normatividad de este sector (cambio de leyes o mejora de leyes) que

considere esta realidad, las cuales tendrían mayores probabilidades de éxito.

Identificar plenamente a los mineros ilegales e implementar adecuadamente el plan nacional

de formalización de la minería artesanal y la pequeña minería, asegurando recursos técnicos

y financieros garantizando su formalización en lugares autorizados “puesto que también se

debe de tomar en cuenta que estos son trabajadores que tienen derecho al trabajo y son el

sustento de sus familias”

Generar el cambio en el pensamiento de los principales actores sociales, de una

participación ciudadana más activa y despierta con respecto ante el daño ambiental que se

realiza en esta sociedad y formar una buena base con respecto a la educación, conciencia

ambiental y social.

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

1. Constitución Política del Perú de 1979.

2. Constitución Política del Perú de 1993.

3. D.S. 014-92-EM – Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.

4. Ley 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal.

5. D.S. Nº 013-2002-EM, Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña

Minería y Minería Artesanal.

6. D.L. Nº 1099; que aprueba acciones de interdicción de la minería ilegal en el departamento

de Puno y remediación ambiental en las Cuencas del Río Ramis y Río Suches.

7. D.L. Nº 1100; regula la interdicción de la minería ilegal en toda la república y establece

medidas complementarias.

8. D.L. Nº 1101; establece medidas para el fortalecimiento de fiscalización ambiental como

mecanismo de lucha contra la minería ilegal.

9. D.L. Nº 1102; incorpora al código penal los delitos de minería ilegal.

10. D.L. Nº 1103; establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y

comercialización de insumos químicos que puedan ser utilizados en la minería ilegal.

11. D.L. Nº 1105; establece disposiciones para el proceso de formalización de las actividades

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Legislación y Derecho Ambiental

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de pequeña minería y minería artesanal.

12. D.L. Nº 1106; de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la

minería ilegal y crimen organizado de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y

Minería Artesanal.

13. D.L. Nº 1107; establece medidas en materia fiscal y constituye una comisión técnica

encargada de evaluar y elaborar una propuesta para perfeccionar el marco normativo

macrofiscal vigente.

14. Ley 28611; Ley General del Ambiente.

15. Guillermo Medina, Jorge Arévalo A. Felipe Quea J. Estudio de Investigación de Minería

Ilegal en el Perú. Repercusiones Para el Sector Minero y el País: Encuentro Empresarial:

XXVII Convención Minera; 2007.

16. Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, “La Minería Ilegal se extiende

peligrosamente en el Perú”. 2008. Diario Gestión, pág. 25.

17. Carlos ANDALUZ WESTREICHER. REVISTA DE ANÁLISIS ESPECIALIZADO DE

JURISPRUDENCIA, TOMO 46, ABRIL 2012, pp. 3-27

18. Minería en el Perú. Los problemas socio-ambientales de la minería en el Perú, PUCP -

2011.

PÁGINAS WEB VISITADAS:

1. http://www.minem.gob.pe/

2. http://www.minam.gob.pe/

3. http://www.snmpe.org.pe/

4. http://www.mineriaaldia.com/

5. http://www.conflictosmineros.net/

6. www.alisos.net

7. www.factortierra.net

8. http://www.iimp.org.pe/website2/publicaciones/EstudioIIMP3_MineriaIlegal.pdf

9. http://gestion.pe/noticia/282592/ejecutivo-sancionara-mineras-ilegales-amazonia

10. http://es.wikipedia.org/wiki/Miner%C3%ADa_ilegal_en_Per%C3%BA#Conflicto_con_a

utoridades_sectoriales_de_Energ.C3.ADa_y_Minas_y_del_Interior