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Dirección General de Economía y Sector Público Subdirección General de Promoción Económica y Desarrollo Empresarial 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA “OFICINA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Y TRABAJOS PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN LA CIUDAD DE MADRID (3 LOTES)” 1.- OBJETO DEL CONTRATO Servicio para la creación de la oficina de apoyo a la economía social del Ayuntamiento de Madrid, así como su posterior gestión y trabajos para la dinamización de la economía social en la ciudad de Madrid. Este contrato se divide en tres lotes: LOTE 1.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un edificio del distrito de Centro. LOTE 2.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un edificio del distrito de Villaverde. LOTE3.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en el punto 2, grupo B, del presente pliego. 2.- CONTENIDO DEL TRABAJO.- Se establecen dos grades grupos de actividades: A).- Las vinculadas con espacios físicos de titularidad pública, que constituyen la oficina de atención a la economía social, en los que se combina la autorización de uso de oficinas/despachos a empresas de economía social y solidaria, con el asesoramiento en la gestión de la actividad, el tutelaje en su desarrollo y la prestación de servicios comunes para cubrir las necesidades básicas que permitan el establecimiento, despegue y consolidación de nuevas empresas durante los primeros años de su vida, así como la búsqueda de sinergias entre ellas. Los espacios físicos se ubicarán en edificios del distrito Centro y Villaverde. Dentro de estos espacios se destinarán aproximadamente 250 m2 en el edificio de Centro y 270 m2 en el de Villaverde para alojar temporalmente empresas de economía social. B).- Las relacionadas con la dinamización y visibilidad de la economía social en la ciudad. Las empresas adjudicatarias en el ámbito del presente contrato serán responsables de la prestación de los siguientes servicios y elaboración de los siguientes trabajos: Firmado por: MANUEL ENRIQUE LOPEZ GALAN Cargo: CONSEJERO TÉCNICO Fecha: 18-11-2016 13:08:19 Página: 1 de 21 Código de verificación : PY62cf5aff229682 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY62cf5aff229682

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Dirección General de Economía y Sector

Público

Subdirección General de Promoción

Económica y Desarrollo Empresarial

1

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA “OFICINA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Y TRABAJOS PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN LA CIUDAD DE MADRID (3 LOTES)” 1.- OBJETO DEL CONTRATO Servicio para la creación de la oficina de apoyo a la economía social del Ayuntamiento de

Madrid, así como su posterior gestión y trabajos para la dinamización de la economía social en

la ciudad de Madrid.

Este contrato se divide en tres lotes:

LOTE 1.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del

presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un

edificio del distrito de Centro.

LOTE 2.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del

presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un

edificio del distrito de Villaverde.

LOTE3.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en el punto 2, grupo B,

del presente pliego.

2.- CONTENIDO DEL TRABAJO.- Se establecen dos grades grupos de actividades:

A).- Las vinculadas con espacios físicos de titularidad pública, que constituyen la oficina

de atención a la economía social, en los que se combina la autorización de uso de

oficinas/despachos a empresas de economía social y solidaria, con el asesoramiento

en la gestión de la actividad, el tutelaje en su desarrollo y la prestación de servicios

comunes para cubrir las necesidades básicas que permitan el establecimiento,

despegue y consolidación de nuevas empresas durante los primeros años de su vida,

así como la búsqueda de sinergias entre ellas.

Los espacios físicos se ubicarán en edificios del distrito Centro y Villaverde. Dentro de

estos espacios se destinarán aproximadamente 250 m2 en el edificio de Centro y 270

m2 en el de Villaverde para alojar temporalmente empresas de economía social.

B).- Las relacionadas con la dinamización y visibilidad de la economía social en la

ciudad.

Las empresas adjudicatarias en el ámbito del presente contrato serán responsables de la

prestación de los siguientes servicios y elaboración de los siguientes trabajos:

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A.- Relacionados con los espacios físicos en los que se localiza la Oficina de apoyo a la

economía social, Grupo A de actividades:

A.1.- Asesoramiento en la constitución, tramitación y financiación de cualquiera de las formas

jurídicas previstas en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social:

a) Información, asesoramiento y tutelaje permanente de los proyectos localizados, en los

espacios habilitados al efecto en los centros en los que se ubica el punto de información,

mediante un estudio de las necesidades y con la realización de un seguimiento y una

evaluación continua de las empresas ubicadas en el mismo.

b) Asesoramiento técnico-empresarial a todas aquellas empresas y personas que acudan al

punto de información en materia empresarial, fiscal y económica y en especial, en todo lo

relativo a la puesta en marcha de una empresa de economía social, como pueden ser

información y asesoramiento sobre los diferentes trámites administrativos para la

creación de la empresa, las formas jurídicas, las subvenciones y/o ayudas, los costes

para la puesta en marcha, vías de financiación, acceso a avales para créditos, las

obligaciones fiscales, contables, laborales, etc.

La empresa elaborará un cuestionario de satisfacción, que deberá ser aprobado por el

responsable del contrato (que será nombrado por el órgano de contratación) que

rellenarán las empresas y personas físicas que lo deseen y que reciban el servicio de

asesoramiento.

c) Puesta a disposición de las empresas alojadas en los espacios, de información de interés

para la actividad de economía social, como mínimo una vez al mes, sobre novedades

legislativas, ayudas, subvenciones, jornadas y congresos, cursos y seminarios, etc. Toda

está información junto con noticias de interés en el ámbito de la economía social, en

papel y en formato electrónico, se trasladará al responsable del contrato al objeto de

alimentar el entorno Web municipal.

d) Asistencia y tutorización para la elaboración del plan de negocios o de actividad, desde la

definición de la idea hasta la viabilidad económico-financiera del proyecto, definiendo un

programa de seguimiento con la empresa de economía social para desarrollar su idea de

actividad, la solicitud de ayudas y subvenciones si procede, la formalización de los avales

necesarios para el acceso al crédito, así como el resto de los trámites de puesta en

marcha. Este servicio se prestará a toda aquella empresa de la economía social que lo

solicite independientemente del lugar de la ciudad en el que se vaya a desarrollar la

actividad.

Cualquier herramienta informática que prepare la empresa para prestar el servicio

encomendado de análisis del plan de negocios se entregará al finalizar la prestación al

Ayuntamiento de Madrid.

e) Elaboración de folletos divulgativos y fichas técnicas para apoyar las labores de

asesoramiento y tutelaje.

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f) El Ayuntamiento de Madrid realizará las gestiones para dotar a cada uno de los espacios

de la oficina de economía social de un punto de atención a la tramitación de inicio de la

actividad (PAE). Una vez estén operativos dichos puntos la empresa adjudicataria, previa

habilitación del su personal, será responsable de su gestión.

A.2.- Actuaciones informativas y de trabajo en común:

a) Realización de 12 actuaciones informativas anuales dirigidas a las empresas de

economía social alojadas en los espacios de la Oficina y a aquellas otras que están

siendo tuteladas fuera de estos espacios; diseñadas en función de las carencias o

necesidades detectadas en las respectivas evaluaciones que deberán versar, entre otras,

sobre las siguientes materias: cómo constituir una empresa de economía social, imagen,

técnicas de ventas, gestión económica, gestión de contratación y seguridad social,

financiación, fiscalidad, contabilidad en la empresa, sostenibilidad, impacto social de la

actividad, trabajo en red, prevención de riesgos laborales y cualquier otra de interés.

Estas actuaciones informativas especializadas tendrán una duración mínima de 3 horas

cada una, siendo la convocatoria, difusión, control de asistencia de participantes, los

materiales didácticos utilizados y las estadísticas de participación, a cargo de la empresa

adjudicataria, que los pondrá a disposición del responsable del contrato, cuando así le

sean requeridos.

La empresa elaborará un cuestionario de satisfacción, que deberá ser aprobado por el

responsable del contrato, que rellenarán las personas asistentes que lo deseen.

b) Realización de, al menos, 2 actuaciones de networking ( entendiendo este como la

actividad que junta en un mismo espacio a diferentes profesionales que realizan

actividades diferentes y que buscan oportunidades de negocio) al año, dirigidas a las

empresas de economía social alojadas en los espacios, a aquellas otras que han sido o

están tuteladas y a las existentes según sector de actividad. La convocatoria, difusión,

coordinación de las intervenciones, control de asistencia de participantes y las

estadísticas de participación serán a cargo de la empresa adjudicataria, que los pondrá a

disposición del responsable del contrato, cuando así le sean requeridos.

El networking bien aplicado debe servir para incrementar el volumen de negocio gracias

a los contactos con otras empresas siguiendo una estrategia comercial o un plan de

marketing o mejorar el desarrollo de la actividad mediante la colaboración con otras

empresas que realizan actividades complementarias.

c) Apoyo a las actividades que la Subdirección General de Promoción Económica y

Desarrollo Empresarial ( en adelante SGPEDE) realice en las instalaciones de la Oficina

relacionadas con el apoyo a las empresas de economía social madrileña.

d) Coordinar las actividades de coworking, permitiendo a las diferentes empresas ubicadas

o no en los espacios físicos de la Oficina, el uso de espacios comunes de trabajo

especialmente para el desarrollo de actividades que requieran entornos virtuales.

e) Elaboración de una propuesta trimestral de actividades de los espacios de la Oficina. Las

actividades que se organicen en los espacios (información, networking, coworking, etc.)

deberán planificarse con una periodicidad trimestral y deberán ser aprobadas por el

responsable del contrato con carácter previo al inicio de las mismas.

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A.3.- Actuaciones a realizar con las empresas que hayan estado en los espacios de la Oficina y

sigan realizando su actividad:

a) Seguimiento de las empresas que hayan pasado por los espacios de la Oficina, mediante

entrevistas (presenciales, telefónicas, on-line, etc.), donde se pueda efectuar un control

periódico de la situación en la que se encuentra la empresa.

Este seguimiento se realizará a los tres meses, a los seis meses y al año, una vez la

empresa haya abandonado los espacios en los que comenzó su andadura empresarial.

b) Elaboración de un informe anual sobre el seguimiento realizado en el que se refleje la

evolución de las empresas tuteladas.

A.4.- Gestión de los espacios de la Oficina de apoyo a la economía social. Se realizará, como

mínimo:

a) Estudio y propuesta de las solicitudes para la adjudicación de despachos/oficinas, en

base a la convocatoria correspondiente que realizará el Ayuntamiento de Madrid.

Valoración del proyecto y cumplimentación, en su caso, de la ficha técnica de evaluación

por cada uno de los proyectos presentados, según el baremo establecido en la citada

convocatoria para la adjudicación de los despachos/oficinas. La Ficha será facilitada por

el Responsable del contrato.

b) Elaboración, diseño y producción de elementos de visibilidad, con la imagen corporativa

del Ayuntamiento de Madrid, en los puntos de información de la Oficina, tales como

paneles, carteles, rótulos y desplegables tipo rollup, que serán aprobados por el

responsable del contrato.

c) Información a las empresas y entidades de economía social sobre la convocatoria para el

acceso a los despachos de los edificios en los que se ubique la Oficina de apoyo a la

economía social, que incluye la documentación, requisitos, plazos y el resto de trámites

necesarios.

d) Gestión de los diferentes espacios comunes (salas de reuniones, salas multifuncionales o

multiusos, etc.), que incluye el control, la agenda y la demanda de la reservas.

e) La empresa adjudicataria elaborará unas instrucciones de funcionamiento y régimen

interno á observar y hacer observar por las empresas que se ubiquen en los espacios de

la Oficina que serán aprobadas por el órgano competente.

f) Coordinación, en su caso, de los espacios comunes con otras unidades del Ayuntamiento

de Madrid que realicen actividades en otras plantas de los edificios.

g) Gestión de las incidencias y reclamaciones de las empresas de economía social

ubicadas, relacionadas con su estancia en los espacios habilitados para tal fin. En este

sentido, se elaborará un informe mensual en el que se reflejen las incidencias y, en su

caso, reclamaciones producidas. La notificación de éstas al responsable del contrato, se

producirá por el personal asignado a los centros por la empresa adjudicataria mediante

correo electrónico, dentro de las 24 horas siguientes en las que se produzca el hecho.

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h) Evaluación semestral de los proyectos ubicados en los espacios de la Oficina y

elaboración de un informe al efecto en el que se hará constar, como mínimo, la situación

de la empresa a esa fecha, evolución desde el informe anterior, fortalezas, debilidades y

medidas correctoras, en cumplimiento de la función de tutelaje de las empresas ubicadas

en los espacios de la Oficina. Para la evaluación, se requerirá la documentación

necesaria para la misma, previamente a las entrevistas correspondientes, entregándose

el informe como máximo, dos meses después de la finalización de cada semestre

(semestres naturales).

i) Elaboración de un informe mensual en el que se harán constar, al menos: número de

empresas tuteladas (tanto internas como externas), número de consultas (peticiones de

información); número de asesoramientos efectuados; estadísticas según tipo de

empresa; estadísticas por género, entre otras.

j) Elaboración de la memoria anual sobre la gestión de los espacios. En esta memoria se

recogerá especialmente un apartado relativo al impacto social de las actividades

realizadas en el distrito en el que se ubica. Dicho informe se entregará como máximo, el

31 de enero del año siguiente.

k) Elaboración y puesta en marcha de un plan de comunicación de la Oficina, que deberá

incluir todas aquellas actuaciones a realizar para su difusión y que, al menos, contendrá:

Información a entidades de economía social establecidos en el distrito, mediante la

realización de envíos masivos de correo electrónico, así como concertación de

entrevistas para la toma de contacto con aquellas, al menos semestralmente. En este

sentido, se elaborará un informe con la misma periodicidad, que se elevará al

responsable del contrato (en el plazo máximo de un mes a la finalización del

semestre) y en el que se detallarán los resultados obtenidos.

Diseño, elaboración y realización de la impresión de material de divulgación de la

Oficina, tales como folletos, trípticos, cartelería, entre otros, previa supervisión por el

responsable del contrato. Se realizarán folletos generales de la Oficina y los espacios

de alojamiento de empresas, folletos específicos para las actividades a realizar, así

como carteles y folletos anunciadores de los eventos que se realicen, según

necesidades.

l) Elaboración de los informes requeridos por el responsable del contrato, en relación con

las actividades realizadas (hasta un máximo de 6 al año).

m) Dar a conocer a las empresas ubicadas el Plan de autoprotección y el Plan de

prevención de riesgos laborales.

n) La empresa adjudicataria se responsabilizará del control, avisos y seguimiento de las

incidencias que surjan relacionadas con otros contratos centralizados del edificio:

mantenimiento, limpieza y seguridad, dando traslado inmediato al responsable del

contrato, para minimizar los tiempos de subsanación y reparación. Se responsabilizará

así mismo del buen funcionamiento de dichos servicios generales, a fin de que la

prestación sea correcta y eficiente. Facilitará la coordinación entre el personal a cargo de

estos servicios y los usuarios de los diferentes espacios del inmueble, despachos, zonas

comunes, etc.

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6

En relación con los puntos anteriores, el adjudicatario será responsable de elaborar y mantener

la información de las bases de datos permanentemente actualizadas, de forma que sea posible

extraer informes de actividad cuando se soliciten.

Para la ejecución de las actividades propias de la Oficina se llevará a cabo una gestión

informatizada de la información y de los expedientes generados. Estas aplicaciones que

contengan bases de datos de empresas de economía social, análisis de planes de empresa,

informes de trabajo, estadísticas, agenda de citas, seguimiento de empresas tuteladas, etc.,

serán exclusivas de la Oficina, estando completamente desvinculadas de las generales de la

empresa adjudicataria y quedando en poder de la SGPEDE una vez finalice este contrato.

El adjudicatario será responsable de crear y mantener estos sistemas de información.

B.- Relacionados con la visibilidad y dinamización de la economía social en el tejido

socio-económico madrileño, Grupo B de actividades:

B.1.- Dinamización de la actividad económica relacionada con cualquiera de las formas

jurídicas previstas en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social:

a) La empresa adjudicataria desarrollará de forma proactiva el plan de captación de

actividades para la creación de empresas de economía social. El plan se centrará

preferiblemente en: centros de empleo, empresas de inserción, escuelas de formación

profesional, entidades asociativas de los distritos que presten servicios a los ciudadanos y

entidades asociativas de economía social.

La búsqueda de ideas de negocio se centrará preferentemente en colectivos desempleados

para crear nuevas actividades, en empresas con problemas para que sus trabajadores

adquieran la capacidad de gestión empresarial y actividades locales para cuya permanencia

en el tejido es necesaria la trasmisión de la experiencia y know-how al relevo generacional.

La empresa adjudicataria presentará al responsable del contrato, a los 15 días de

formalizado el contrato, una propuesta de comunicación y presentación del plan de

captación, en el que se incluirán además de los integrados en el propio plan, todos los

distritos de la ciudad. La presentación del plan se realizará durante dos meses y su

organización, convocatoria, preparación de documentación, elementos de visibilidad y todas

aquellas tareas necesarias para su desarrollo serán responsabilidad de la empresa

adjudicataria.

b) Además del plan de captación se realizarán al menos 21 eventos en el primer año de

contrato, uno en cada distrito de la ciudad, con el mismo objetivo de la actividad anterior de

captar ideas y proyectos no desarrollados. El evento tendrá una duración no inferior a dos

horas y será eminentemente práctico por lo que se contaran de forma didáctica y

estructurada experiencias exitosas concretas. Todos los elementos y tareas necesarias para

la organización de cada uno de los eventos será responsabilidad de la empresa adjudicataria.

c) Actuaciones de asesoramiento y apoyo de carácter puntual a todas aquellas personas

cuyas ideas surjan del plan de captación para proporcionar las claves de crecimiento del

proyecto. Para llevar a cabo estas tareas se podrá contar con los espacios comunes de la

oficina de apoyo a la economía social así como con otros espacios que puedan poner a

disposición los diferentes distritos de la ciudad.

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El procedimiento a seguir será:

o Captación de ideas.

o Selección de aquellas que puedan convertirse en actividades económicas.

o Establecimiento de un plan de trabajo, que habitualmente se concretará en entre dos y

cuatro reuniones de trabajo para proporcionar las claves del trabajo a realizar.

o Elaboración de las bases para configurar la empresa: personas, forma jurídica, capital

inicial, ayudas, fuentes de financiación y avales, documentación administrativa.

La prestación del servicio será personalizada y se acompañará a cada proyecto desde la idea

hasta la formalización de la empresa o entidad de economía social. El tutelaje de la actividad

a partir de este momento corresponderá al personal de la Oficina de apoyo a la economía

social.

Las reuniones correspondientes para la realización de la actividad se podrán realizar en los

espacios comunes de la oficina de apoyo a la economía social. Cuando se necesiten los

espacios comunes se comunicará con carácter previo a su realización, al responsable del

contrato para su adecuada coordinación con el resto de las actividades a realizar en dichos

espacios.

d) Apoyo en la búsqueda de financiación para iniciar la actividad a través de las siguientes

acciones: ayuda en la preparación de propuestas y asesoramiento general para la

participación en convocatorias públicas de subvención. La empresa adjudicataria mantendrá

contacto con las principales redes de inversores privados (business angels) e instituciones de

capital riesgo, y valorará la oportunidad de presentación de los proyectos a cualquiera de

estas redes.

e) Actualización y dinamización del contenido del espacio Web de la Dirección General de

Economía y Sector Público, cuando se disponga, en lo que al contenido sobre la economía

social se refiere. La información se remitirá al responsable del contrato como mínimo

trimestralmente

f) Difusión e información de las convocatorias de ayuda o de los instrumentos financieros

de apoyo a la economía social que pueda publicar o conveniar el Ayuntamiento de Madrid.

Elaboración de las presentaciones y elementos de publicidad necesarios para la difusión, que

serán aprobados por el responsable del contrato.

g) Elaboración de un informe mensual en el que se harán constar, al menos: número de

actividades de captación, número de asesoramientos efectuados; número de planes de

trabajo establecidos así como toda aquella información relevante desarrollada en relación

con la visibilidad y dinamización.

B.2.- Actuaciones de visibilidad de la Economía Social:

a) Realización de al menos un evento al año de promoción de la economía social

solidaria, que podrá realizarse en colaboración con entidades representativas de la economía

social. Deberá tener como contenido principal el conocimiento de iniciativas innovadoras de

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éxito social y/o económico, desarrolladas a nivel local, regional, nacional y europeo y que

sirvan de ejemplo de buenas prácticas.

La empresa adjudicataria gestionará la convocatoria, difusión, control de asistencia de

participantes, elaborará los materiales didácticos y será responsable de los medios humanos

y materiales necesarios para su correcto desarrollo, incluyendo los espacios para su

realización, así como de los gastos de desplazamiento y alojamiento que conlleve la

presencia de las empresas de economía social que vengan a exponer su proyecto, al menos

5 por convocatoria.

b) Asistencia a centros de educación y formación profesional, asociaciones y otras

entidades, para impartir charlas informativas para dar a conocer a la sociedad madrileña el

funcionamiento de las empresas de la economía social, su compromiso social, su apuesta

por la persona frente al capital y en definitiva un modelo empresarial más transparente,

sostenible y responsable. Se realizarán al menos dos al mes, a partir del segundo mes desde

el inicio del contrato.

La empresa adjudicataria presentara al responsable del contrato, trascurrido un mes desde el

inicio del contrato, una propuesta con el contenido, las entidades y las fechas aproximadas

de impartición de las charlas. Esta propuesta deberá ser aprobada por el responsable del

contrato.

La empresa adjudicataria gestionará la convocatoria, difusión, control de asistencia de

participantes, elaborará los materiales didácticos y será responsable de los medios humanos

y materiales necesarios para su correcto desarrollo.

c) Organización y asistencia a ferias, eventos, foros en los que participe o promueva la

Dirección General de Economía y Sector Público siempre que estén relacionados con la

promoción de la economía social y solidaria y atención del stand, en su caso. El número de

eventos de este tipo que deberán ser atendidos por la empresa adjudicataria será de uno al

año y su ámbito será de carácter nacional.

Además de las labores de organización de la actividad y de la atención personalizada del

stand, la empresa adjudicataria diseñara el material de visibilidad del stand: carteles,

trípticos, banderolas, etc, que serán aprobados por el responsable del contrato. Serán por

cuenta de la empresa adjudicataria los gastos de alojamiento y desplazamiento del personal

que la empresa ponga para el seguimiento de la actividad.

La empresa presentará con su oferta una relación de ferias, foros y congresos, de carácter

periódico, sobre economía social y solidaria a nivel nacional e internacional

d) Realizar un informe relativo a las características, actividades a realizar, coste y forma

jurídica mas adecuada para la creación de un espacio para empresas de economía social

que están en proceso de constitución y que permita que puedan testar sus productos o

servicios en el mercado sin tener constituida aún la empresa. El informe se presentara a los

tres meses desde la formalización del contrato.

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e) Realizar un informe relativo al diseño de los espacios: dimensiones y funcionalidad de

una factoría de economía social en la que ubicar entidades de economía social que realicen

actividades productivas, así como las características y tipo de los servicios comunes y de

apoyo necesarios y actividades comunes a desarrollar. El informe se entregará dentro del

periodo de cuatro meses desde la formalización del contrato.

f) Elaborar un informe anual sobre la economía social en la ciudad de Madrid, por tipo de

entidad, relativo al número, al nivel de empleo y voluntariado a la contribución económica

(medida en términos del Valor Añadido Bruto Generado) sectores de actividad y cualquier

otra variable económica de interés. Se entregarán dos informes, dentro de los 12 meses y 23

meses a contar desde la formalización del contrato respectivamente.

g) Elaboración de otros informes específicos de carácter estratégico de la economía

social que encargue la SGPEDE. El número de informes será de dos al año.

h) Elaborar un informe anual y otro al final del contrato con la gestión realizada, detallando

las actuaciones y el grado de cumplimiento respecto a lo previsto en el plan de trabajo

propuesto por el adjudicatario, así como las recomendaciones de formato, contenido y diseño

de las actividades de dinamización y visibilidad y cualquier información adicional que se

considere relevante.

i) Identificar a nivel nacional y europeo actuaciones o proyectos de interés desarrollados

por la economía social. Elaborar una ficha descriptiva de cada proyecto en la que se incluyan

los actores implicados en su desarrollo.

j) Identificación en la ciudad de Madrid de proyectos innovadores de economía social y

solidaria que pudiesen implementarse como proyectos piloto de efecto demostrativo.

k) Preparar las solicitudes de aquellas convocatorias europeas de subvención para

proyectos orientados al desarrollo local y al tejido social, que la SGPEDE determine, en los

que puedan participar como socios organizaciones y empresas de la economía social de la

ciudad de Madrid así como el propio Ayuntamiento de Madrid. La empresa adjudicataria será

responsable de buscar socios participantes en el proyecto cuando la convocatoria así lo

establezca.

Todos los documentos y resultados de los trabajos realizados, objeto del contrato, serán

propiedad del Ayuntamiento de Madrid, quien podrá ejercer el derecho de reproducción y

divulgación total o parcial, sin que el adjudicatario pueda conservarla, ni obtener copia de la

misma o facilitarla a terceros sin la expresa autorización de la SGPEDE, que la daría, en su

caso, previa petición formal del adjudicatario.

Toda la documentación generada a lo largo de la prestación del servicio se entregara en

soporte magnético en formatos abiertos y compatibles con los disponibles por el Ayuntamiento

de Madrid.

3.- LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS Los servicios objeto de este contrato, especialmente los de carácter personal, presencial y de

atención al público correspondientes a los lotes 1 y 2, descritos en el Grupo A de actividades el

epígrafe 2º del presente Pliego, serán prestados en los espacios habilitados al efecto por el

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Ayuntamiento de Madrid en los edificios de la Junta Municipal de Centro y Villaverde, que

constituyen la Oficina de apoyo a la economía social.

El uso de las instalaciones descritas lo es a los solos efectos del estricto cumplimiento de las

obligaciones derivadas del contrato, siendo la empresa adjudicataria responsable de los daños

inflingidos a las instalaciones y a los medios materiales como consecuencia de su uso

inadecuado.

Lote 3: las actividades del Grupo B, relacionadas en el epígrafe 2º del presente Pliego,

relativas a la difusión, captación de ideas y proyectos incipientes y acciones informativas de

visibilidad se realizarán en los centros en los que se realicen dichas actividades puntuales. Las

actividades de asesoramiento podrán ser realizadas en los espacios comunes de los edificios

que conforman la Oficina de apoyo a la economía social. El resto de las actividades del Grupo

B serán realizadas en espacios de la empresa adjudicataria, que aportará los medios

materiales necesarios para su desarrollo.

4.- DURACION DEL CONTRATO.- El contrato tendrá una duración de veinticuatro meses, a contar desde la firma del contrato.

Este plazo será prorrogable por un periodo de veinticuatro meses más.

5.- EQUIPO DE TRABAJO.- La empresa adjudicataria deberá aportar, bajo su responsabilidad, un equipo de trabajo

capacitado para la realización de los trabajos objeto del contrato que desarrollará sus

actividades en los espacios descritos en el epígrafe 3 del presente Pliego, sin perjuicio de los

desplazamientos a realizar por la totalidad o parte del equipo de trabajo cuando sea necesario

para el desarrollo de alguno de los trabajos recogidos en el Pliego, especialmente los relativos

a la dinamización, a la tutorización de empresas no ubicadas en los espacios de la Oficina de

apoyo y a los de visibilidad de la economía social y solidaria.

El equipo de trabajo incluirá los siguientes roles diferenciados:

- Coordinador.

- Técnicos asesores.

- Expertos.

- Administrativo.

El equipo de trabajo mínimo y su dedicación, para desarrollar las actividades recogidas en el

presente Pliego es el siguiente:

1º.- LOTE 1: Actividades del Grupo A en la Oficina de apoyo a la economía social

ubicada en el edificio de Centro:

- 1 Coordinador. Mínimo 20 horas al mes.

- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas

semanales en días laborables.

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2º.- LOTE 2: Actividades del Grupo A en la Oficina de apoyo a la economía social

ubicada en el edificio de Villaverde:

- 1 Coordinador. Mínimo 20 horas al mes.

- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas

semanales en días laborables.

3º.- LOTE 3: Actividades del Grupo B:

- 1 Coordinador. 20 horas al mes

- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas

semanales en días laborables.

- 2 expertos. 20 horas al mes entre los dos expertos.

- 1 Administrativo. Mínimo 40 horas al mes.

5.1. Equipo de trabajo.-

1. Coordinador.

Responsable del proyecto, su misión principal es la coordinación general del contrato. La figura

del coordinador deberá estar dotada de capacidad gerencial suficiente para ostentar la

representación de la empresa adjudicataria cuando sea necesaria su actuación o presencia,

siempre en orden a la ejecución y buen fin del objeto del contrato.

El rol de coordinador debe corresponder a una persona con titulación universitaria superior con

experiencia contrastada, de al menos 5 años, en materia de gestión de empresas de economía

social, así como en la realización de actividades similares a las del objeto del presente pliego

con empresas de economía social. La dedicación de esta persona a las tareas de dirección,

supervisión y coordinación de los trabajos a realizar será de un mínimo de 20 horas al mes. El

cómputo de las horas de dedicación se realizará adicionando las horas presenciales en la

oficina con aquellas dedicadas a actividades incluidas en el presente Pliego que requieran

atención presencial. La dedicación del coordinador se realizará a lo largo del plazo de

ejecución del contrato.

Las funciones propias del Coordinador del proyecto serán, al menos, las siguientes:

- Hacer el seguimiento del grado de cumplimiento del contrato.

- Dirigir y supervisar el buen funcionamiento del equipo de técnicos

asesores. Controlar el cumplimiento de los horarios, solicitudes de

permisos, ausencias y cualquier otra incidencia que afecte al servicio.

Comunicar al responsable del contrato cualquier cambio o incidencia

del personal del proyecto.

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- Comunicar a los técnicos asesores las posibles modificaciones de las

funciones y/o tareas de los trabajos a realizar.

- Controlar el nivel de calidad de la asistencia técnica prestada.

Proponer al responsable del contrato cualquier variación o modificación

de las actividades realizadas que redunde en una mejora de la calidad

del servicio prestado.

- Elaborar los informes técnicos mensuales sobre la actividad realizada.

Los informes deberán contener información cuantitativa (nº de

usuarios, nº de empresas, nº de consultas, etc..) y cualitativa. En el

primer mes de ejecución del contrato se preparara un modelo de

informe mensual que será aprobado por el responsable del contrato.

Los informes mensuales se entregarán dentro de los 10 días siguientes

a la finalización del mes que se informa.

- Elaborar un informe de seguimiento, cada semestre, de los proyectos

asesorados por el equipo de trabajo de la Oficina de atención a la

economía social. Los informes semestrales se entregarán dentro de los

15 días siguientes al semestre que se informa.

- Supervisar el contenido y la calidad de la impartición de las acciones

informativas y de visibilidad derivadas del contrato.

- Coordinar la organización de los eventos en los que participe o

promueva la DG de Economía y Sector Público para el desarrollo de la

economía social.

- Coordinar el mantenimiento de la información de la economía social en

el portal Web de la SGPEDE.

- Presentación de los informes y borradores de convenios incluidos en

los trabajos a realizar objeto del contrato.

- Coordinar la elaboración de las solicitudes a las convocatorias de

subvención de fondos europeos.

2. Técnicos asesores.- Estarán encargados de la ejecución de las actividades y tareas previstas en el presente Pliego

y en el plan de trabajo del contrato, tendrán dedicación plena al mismo y deberán ser titulados

superiores o de grado medio y acreditar experiencia de al menos 3 años en la realización de

actividades propias del objeto del contrato con empresas de economía social y en concreto:

- Conocimiento práctico en labores de información personalizada a

entidades de economía social.

- Conocimiento de técnicas de comunicación y atención al público.

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- Conocimiento práctico en labores creación de entidades de economía

social y solidaria: constitución, estatutos plan de actividades,

procedimientos administrativos necesarios incluidos los sistemas de

tramitación telemática.

- Conocimiento práctico de la gestión de entidades de economía social:

fiscalidad, contratación, seguridad social, financiación, contabilidad.

- Participación en la organización de eventos de dinamización de

economía social tales como Foros, Ferias, Encuentros, etc.

Las funciones propias de los técnicos asesores serán, al menos, las siguientes:

- Asesorar en materia de subvenciones y ayudas disponibles para las

empresas de economía social.

- Informar sobre las distintas formas jurídicas y normativa de aplicación

de las diferentes familias de la economía social.

- Informar sobre trámites, coste, requisitos, registros y tiempos de

tramitación para constituir una empresa de economía social.

- Informar sobre fuentes de financiación y avales para conseguir créditos

para iniciar la actividad.

- Informar sobre la contabilidad, fiscalidad y relaciones laborales de las

empresas de economía social constituidas.

- Gestionar la ventanilla única de la economía social.

- Atender las consultas de personas, empresarios, organismos e

instituciones sobre temas generales de creación de entidades de

economía social, recursos de financiación, etc..

- Asesorar en la gestión económica, contable, financiera y de marketing

de las empresas tuteladas en el marco del contrato.

- Asesorar sobre el sistema de concesión de licencias de actividad y de

licencias de obras del Ayuntamiento de Madrid.

- Colaborar en la elaboración de presentaciones, ponencias,

documentación de apoyo, fichas resumen y manuales para el apoyo de

la actividad formativa y de asesoramiento realizado por la Oficina de

atención a la economía social y solidaria.

- Ayudar a elaborar y supervisar los contenidos técnicos, económicos y

sociales para iniciar actividades de economía social y solidaria

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- Tutorizar los proyectos de inicio de actividades de economía social.

- Detectar y analizar los proyectos realizados que puedan ser de interés,

por su proyección social e innovación en la prestación de servicios, en

el ámbito de los diferentes distritos de la ciudad.

- Detectar informaciones de interés y contribuir al mantenimiento y

actualización del portal Web de la economía social.

- Impartición de charlas informativas.

- Preparación del material audio visual necesario para las

presentaciones.

- Atención de stands en ferias y congresos de economía social a los que

asista la Dirección General de Economía y Sector público.

- Cualquier otra tarea relacionada con los trabajos a realizar recogidos

en el Pliego.

El equipo de técnicos asesores desarrollará sus actividades en las siguientes modalidades:

- Presencial, con carácter preferente.

- Telefónica, en general, para asesoramientos de carácter puntual y

básico.

- Correo electrónico. Preferentemente para informaciones que surjan de

la primera entrevista con las personas o las empresas de economía

social y estarán ligados al seguimiento.

3. Expertos.- Se seleccionara un grupo de al menos 2 expertos para labores de asesoramiento

especializado, preparación de itinerarios de creación de nuevas empresas desde la idea al

proyecto y para elaboración de informes específicos de la economía social y solidaria.

Deberán ser personas con titulación universitaria superior, con 3 años de experiencia en la

creación o gestión de empresas de economía social, en la elaboración de informes sectoriales

de contenido económico o en la elaboración de informes de viabilidad de planes de negocio de

empresas de economía social para entidades financieras de capital riesgo.

Sin perjuicio de las tareas a realizar encomendadas en el plan de trabajo, los expertos también

realizarán su trabajo cuando sean requeridos por el Coordinador a petición del responsable del

contrato.

4. Administrativo.- Contará con titulación de bachiller o equivalente y experiencia en puestos de

administrativo mínima de un año. Deberá desempeñar, como mínimo, las siguientes funciones.

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Apoyar en la elaboración de las bases de datos de empresas de economía social.

Apoyar en la tramitación de expedientes de la ventanilla única de economía social

así como en cualesquiera otras tareas administrativas que correspondan.

Apoyar en la concertación de actividades de visibilidad.

Apoyar en la concertación de consultas y asesoramiento.

Archivo físico y virtual de toda la información que se genere en el desarrollo del

contrato.

Gestionar la correspondencia.

Cualesquiera otras tareas administrativas propias de la actividad.

El licitador propuesto como adjudicatario de cada uno de los lotes, deberá acreditar, con

carácter previo a la adjudicación del contrato y previo requerimiento efectuado por el órgano de

contratación, la disponibilidad del equipo de trabajo exigido. Para ello deberá acreditar los

perfiles exigidos, aportando original o copia compulsada de la siguiente documentación:

-Títulos académicos o certificados expedidos por la Universidad o centro de

estudios correspondiente, que acredite la titulación exigida.

-Certificados que acrediten la experiencia.

-Curriculum vitae firmado por el interesado.

-Vida laboral.

El personal que la empresa adjudicataria destine a la realización de las actividades descritas en

este contrato depende exclusivamente, desde el punto de vista laboral de la empresa

adjudicataria, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de

organización de la empresa adjudicataria, no existiendo vinculación o dependencia laboral,

profesional o funcionarial alguna con el Ayuntamiento de Madrid.

El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones

legales resulten de aplicación con relación a su personal, en especial las relativas a la

contratación, cumplimiento de los convenios colectivos laborales que les afecten, Seguridad

Social, prevención de riesgos laborales, tributaria, etc.

La empresa adjudicataria es responsable de las posibles reclamaciones de usuarios y terceros

que pudieran derivarse de las actuaciones, por parte de sus técnicos o profesionales descritas

en este contrato.

6.- MEDIOS TECNICOS MATERIALES

La empresa adjudicataria deberá dotar al personal a su cargo descrito en el apartado anterior

de los medios técnico/materiales que se relacionan a continuación, correspondiéndole también

el mantenimiento de los mismos:

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a) Ordenadores, impresoras, software y demás medios informáticos necesarios.

b) Telefonía: líneas y aparatos. Teléfonos móviles

c) Red Wifi con cobertura, como mínimo, en los espacios que ocupen las oficinas de apoyo.

d) Fotocopiadora.

e) Material de oficina.

7.- RESPONSABLES DEL PROYECTO.-

Los coordinadores del proyecto (uno para cada lote) serán, sin perjuicio de lo establecido en el

apartado 5º del presente Pliego, los responsable de asegurar la buena marcha de los trabajos

encomendados y de organizar y coordinar la ejecución de los mismos. El adjudicatario

propondrá un sustituto en casos justificados de ausencia del coordinador, que deberá ser

aceptado por la SGPEDE.

La figura del coordinador deberá estar dotada de la capacidad gerencial suficiente para

ostentar la representación del adjudicatario cuando sea necesaria su actuación o presencia,

siempre en orden a la ejecución y buen fin del objeto del contrato.

En caso de que la empresa adjudicataria necesite sustituir o incorporar personal distinto al

relacionado en la oferta inicial, dicho cambio deberá ser comunicado, con una antelación

mínima de 10 días, debiendo responder, la nueva persona, a un perfil con capacidad técnica

igual o superior a la inicialmente planteada en la oferta.

8.- HORARIO.-

La Oficina de apoyo a la economía social, en sus dos emplazamientos (uno en el distrito de Centro y otro en el distrito de Villaverde), estará en funcionamiento los doce meses del año, en días laborables de lunes a viernes, respetando los festivos de carácter nacional, autonómico y local. El horario de atención al público será de lunes a viernes de 9:30 a 14:30 horas y de 16:30 a 18.30 horas, todos los días laborables. Dicho horario podrá variarse en función de las necesidades del servicio, pero cumpliendo siempre las 7 horas diarias.

9.- SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO Para asegurar el correcto desarrollo del proyecto de acuerdo al contenido y condiciones del Pliego de prescripciones técnicas, éste se llevará a cabo bajo la supervisión y control del responsable del contrato que será designado expresamente por la el órgano de contratación y comunicado oficialmente a la empresa adjudicataria. El control y supervisión del desarrollo de los trabajos se llevará a cabo por responsable del contrato al que el Coordinador del proyecto elevará los informes preceptivos del estado del proyecto y facilitará la participación técnica presencial en su ejecución. La empresa adjudicataria asumirá la verificación de la calidad del servicio prestado, en los términos recogidos en el Pliego, por parte del responsable del contrato y adecuará los mismos a los procedimientos y parámetros que este determine.

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10.- OTRAS OBLIGACIONES DE CARÁCTER SOCIAL.- Se indican a continuación las cláusulas sociales de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria de cada lote: 10.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. La ejecución del presente contrato se desarrollará respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. 2. Para la determinación del precio de este contrato, se ha tenido en cuenta el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública de 2009 (B.O.C.M nº 82/2009), que resulta de aplicación respecto al salario base, el complemento de antigüedad, los restantes costes laborales y de Seguridad Social y demás de la prestación del servicio. 3. La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a todos los costes derivados de la aplicación del Convenio por el que se rija la actividad de la empresa, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del Convenio más los costes de Seguridad Social. 4. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como la documentación de cualquier otro soporte que garantice el cumplimiento de esta obligación. 5. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. En concreto, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. Además del justificante de entrega de equipos, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos aportando la siguiente documentación: - Documento de la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de la empresa. - Declaración responsable en materia de formación e información de prevención de riesgos laborales de las personas adscritas al contrato. 6. La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato.

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Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la empresa adjudicataria deberá presentar, al inicio del contrato, una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. En todo caso, la Dirección General de Economía y Sector Público podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable. 10.2 CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCION Es condición especial para la ejecución de este contrato en todos sus lotes, que la empresa

adjudicataria organice al menos tres acciones de formación profesional, de duración mínima de

10 horas, cada una, que mejoren la ocupación y la adaptabilidad de los técnicos asesores

adscritos a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su calificación. Las acciones

formativas trataran, al menos, los siguientes temas:

- Régimen jurídico y constitución de empresas de economía social.

- Fiscalidad aplicable en empresas de economía social.

- Análisis de un plan de negocio.

- Fórmulas de financiación.

El contenido formativo deberá guardar relación con el objeto del contrato, de tal manera que redunde en una mejora en su ejecución. Para su acreditación, la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato, la relación de acciones formativas realizadas al personal vinculado a la ejecución del contrato, con especificación del contenido formativo y de los asistentes, así como del lugar y fecha de celebración de los mismos. La persona responsable de formación de la empresa adjudicataria deberá rubricar la relación de las acciones formativas realizadas así como su contenido. 10.3 CONTROL DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES Y DE LA CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN. La persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación supervisará de forma periódica el cumplimiento de las obligaciones que en relación con las cláusulas sociales generales y la condición especial de ejecución se han impuesto directamente a la empresa adjudicataria de cada lote en el contrato, así como las que se deriven de la legislación social y laboral vigente. A estos efectos, al inicio del segundo mes de ejecución del contrato, se emitirá un informe por la persona responsable del contrato sobre el cumplimiento de las obligaciones sociales que deben cumplirse en la ejecución del contrato. Concluido cada trimestre de ejecución del contrato, se emitirá por la misma persona un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones citadas. Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria de cada lote deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.

11.- CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA

INFORMACIÓN

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La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se

define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de

tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo

dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se

encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:

Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones,

conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la

prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para

cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego,

incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación

vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo

pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este

pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos

conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización

del contrato.

Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos

descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores

destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa

adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad

vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan

acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de

seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias

municipales afectadas.

Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y

colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la

empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el

derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio

se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del

contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las

instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que

se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos

personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni

siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte

del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento

de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos

de Carácter Personal.

A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto)

que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para

la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el

Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se

registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones

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determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de

los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2.

LOPD).

Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará

específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108

del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de

desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.

Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general,

observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información

y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de

usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma

inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de

información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar

reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los

controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento

por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle

cuantos datos o documentos le requiera para ello.

Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria

como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que

sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del

servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente

a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se

derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o

proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación

de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo

comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o

cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el

lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas

necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en

soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.

De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de

13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por

parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en

responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que

hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en

materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al

Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que

sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4

LOPD).

Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la

seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación

facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar

así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso,

existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción

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de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se

aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de

respaldo y el contenido del registro de accesos.

Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de

transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que

será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas

medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

EL CONSEJERO TÉCNICO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Firmado electrónicamente por: MANUEL ENRIQUE LOPEZ GALAN

Cargo: CONSEJERO TÉCNICO

Fecha: 18-11-2016 13:07:26

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