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Plan de convivencia CEIP Cortes de Cádiz

Plan de convivencia - Comunidad de Madridde Educación le confiere, elaborar su propio Plan de Convivencia, así como la normativa que asegure su cumplimiento. La Ley 2/2010, de 15

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Plan de convivencia

CEIP Cortes de Cádiz

CEIP Cortes de Cádiz Plan de Convivencia

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETIVOS DEL PLAN

3. COMUNICACIÓN FAMILIA-COLEGIO

4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

5. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES

6. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES

7. NORMAS GENERALES PARA LAS FAMILIAS

8. SANCIONES

9. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

10. COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR

11. ACTIVIDADES QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA ENTRE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.

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1. INTRODUCCIÓN

El presente Plan de Convivencia se encuentra regulado por:

la Ley orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la Mejora y Calidad de la

Educación (LOMCE)

la Ley Orgánica de Educación, aprobada el 3 de mayo de 2006, donde se

establece que todos los centros deben incluir en su Proyecto Educativo un Plan

de Convivencia, así como establecer las normas que garanticen su

cumplimiento.

el Decreto 15/2007, de 19 de abril, que establece el marco regulador de la

convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, el cual

permite a los centros escolares, en virtud de la autonomía que la Ley Orgánica

de Educación le confiere, elaborar su propio Plan de Convivencia, así como la

normativa que asegure su cumplimiento.

La Ley 2/2010, de 15 de junio, de Autoridad del Profesor.

El Plan de Convivencia de nuestro centro persigue desarrollar las acciones

necesarias que posibiliten el crecimiento de los alumnos promoviendo su

desarrollo como objetos de derecho y responsabilidad.

La convivencia debemos enfocarla como una construcción cotidiana, reconociendo

que es una tarea compleja pero necesaria y posible. La convivencia se enseña y se

aprende, se construye día a día, es decir, siempre está a prueba y nunca se debe

dar por terminada.

Todas las acciones que plantea el Plan van encaminadas a educar en la convivencia

a todas las personas de la comunidad educativa desde un punto de vista

constructivo y positivo. Para ello, todos los adultos de la comunidad educativa

seremos modelos para nuestros hijos/alumnos, rodeándoles de seguridad y de

referencias positivas.

Este Plan de Convivencia pretende que los alumnos aprendan a cuidarse a sí

mismos (su aspecto, su ropa, sus enseres, el cumplimiento de sus obligaciones,

etc.) y el del entorno que les rodea (compañeros, profesores, personal no docente,

instalaciones, etc.)

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2. OBJETIVOS

Difundir las normas básicas de conducta aprobadas por el centro para que

puedan ser asumidas por toda la comunidad educativa.

Prevenir los conflictos entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Crear un clima escolar que permita avanzar en los aprendizajes.

Promover el trabajo en equipo, la convivencia entre géneros y el respeto a la

diversidad como medidas preventivas ante un posible conflicto.

Desarrollar la capacidad de empatía en los alumnos para resolver los conflictos.

3. COMUNICACIÓN FAMILIA-COLEGIO

Los profesores y las familias del centro se comunicarán entre sí a través de los

siguientes cauces:

a) De manera oral o escrita, con los profesionales implicados (tutores,

especialistas, etc.)

b) En entrevistas individuales solicitadas por las familias o el tutor/a los miércoles

de 12:30 a 13:30 de octubre a mayo y de 13:00 a 14:00 horas en septiembre y

junio o en un horario previamente acordado.

c) En entrevistas individuales con el Orientador/a del centro por petición de las

familias o de los profesionales del centro.

d) En las reuniones generales establecidas en cada tutoría.

e) En las entrevistas con la Jefatura de Estudios o la Dirección del centro, cuando

se considere necesaria su participación.

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4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

(RD 732/1995 de 5 de mayo, Derechos y deberes de los alumnos y normas de

convivencia)

4.1. Derechos de los alumnos

Los alumnos tienen derecho:

a) A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, con

una jornada de trabajo escolar acorde a su edad y una planificación de las

actividades escolares equilibrada.

b) A las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.

c) A la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, capacidad económica,

nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como

discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas.

d) A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

e) A recibir orientación escolar para conseguir el máximo desarrollo personal,

social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

f) A desarrollar sus actividades académicas en las debidas condiciones de

seguridad e higiene.

g) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales

o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o

convicciones, reconociéndoles el derecho a elegir entre la enseñanza religiosa

ofertada o su alternativa.

h) A que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no

pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios degradantes.

Comunicando a la autoridad competente las circunstancias que puedan

implicar malos tratos o desprotección para los menores del centro, guardando

absoluta reserva sobre toda aquella información de que se disponga sobre las

circunstancias personales y familiares de los alumnos.

i) A la protección ante infortunios, mediante medidas compensatorias y de

integración.

j) A la libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros

de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de

acuerdo con los principios y derechos constitucionales.

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k) A la privacidad sobre datos personales y familiares.

l) A utilizar correctamente las instalaciones del centro con las limitaciones

derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares.

m) A percibir las ayudas precisas para compensar carencias familiares, económicas

y culturales.

4.2. Deberes de los alumnos

a) Asistir a clase con puntualidad. El horario de entrada será a las 8:55 para los

alumnos de Educación Infantil y a las 9:00 horas, para los alumnos de Educación

Primaria por la mañana y a las 14:30 por la tarde. Excepcionalmente se

permitirá la entrada durante los primeros diez minutos.

b) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades

del centro.

c) Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle

el debido respeto y consideración.

d) Participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio.

e) Respetar el ejercicio al derecho del estudio de sus compañeros, así como el

derecho de éstos a expresarse libremente.

f) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así

como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la

comunidad educativa.

g) No discriminar a los miembros de la comunidad, por razón de nacimiento, raza,

sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

h) Cuidar y utilizar correctamente el material y las instalaciones del centro así

como respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad

educativa.

i) Participar en la vida y funcionamiento del centro, respetando su proyecto

educativo.

j) Guardar las debidas formas de educación y cortesía en las relaciones

interpersonales.

k) Convivir con sus compañeros mostrando respeto y educación, sin que esté

permitido utilizar ningún tipo de violencia verbal o física.

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l) Acoger de manera especial al alumnado nuevo en el colegio, ayudándole en su

integración, así como ayudar a los compañeros con algún tipo de dificultad:

afectiva, física, etc.

m) Realizar responsablemente las tareas escolares.

n) Colaborar en mantener limpia su aula y el colegio en general.

ñ) Durante el recreo, deberán permanecer en los lugares destinados a tal fin, no

permitiéndose los juegos violentos ni el uso de objetos molestos, respetando

los juegos de sus compañeros.

o) Ningún alumno abandonará el recinto escolar en horario lectivo. Sólo se

permitirá la salida cuando, por causa debidamente justificada por escrito del

padre o tutor, se solicite al tutor y vengan personalmente a recoger a los

alumnos.

p) Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente su material personal y el

colectivo.

q) Los alumnos no deben traer al colegio juguetes, aparatos electrónicos o

cualquier objeto que ponga en peligro la integridad física de cualquier miembro

de la comunidad educativa (incluidos móviles). Se permitirán los aparatos

electrónicos con fines educativos y requeridos por el profesorado.

r) Para favorecer los hábitos alimenticios saludables, el alumnado no traerá al

centro golosinas.

s) El alumnado o sus familias no accederán a las instalaciones del centro fuera del

horario lectivo cuando el profesorado haya concluido su jornada laboral, salvo

en las actividades extraescolares y actividades autorizadas por la dirección.

t) Los alumnos tienen el deber de entregar a sus padres o tutores las

comunicaciones escritas del centro y de los maestros, así como las

informaciones de su rendimiento académico.

u) Los alumnos tienen el deber de entregar al centro y a los maestros las

comunicaciones de sus padres.

v) Los alumnos tienen el deber de asistir a todas las actividades del centro

debidamente vestidos y aseados.

w) Todos los alumnos están obligados a conocer y cumplir el presente reglamento.

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5. DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS

5.1. Derechos de las familias

A ser respetados por todos los miembros de la comunidad educativa.

A participar y colaborar en los distintos órganos colegiados de acuerdo con la

legislación vigente.

A tener libertad de afiliarse a las asociaciones de padres existentes.

A elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro.

A ser recibidos por el profesorado y el Equipo Directivo dentro del horario

establecido.

A conocer el calendario escolar, el horario del centro y sus servicios.

A ser informados sobre la marcha educativa de sus hijos, así como de su

proceso de evaluación.

A ser informados por el tutor de sus hijos de la incorporación del alumno a los

grupos de apoyo y de la decisión de no promoción al siguiente nivel.

A reclamar contra las calificaciones de sus hijos mediante los procedimientos

legales establecidos al afecto.

A que sus hijos reciban una educación integral.

A recibir (previa solicitud por escrito), en caso de separación o divorcio, las

calificaciones de sus hijos por duplicado.

5.2. Deberes de las familias

Fomentar en sus hijos el respeto al centro y a toda la comunidad educativa.

Respetar los horarios del centro:

Educación Infantil: entrada a las 8:55 horas y salida por la tarde a las 15:55

horas.

Educación Primaria: entrada a las 9:00 horas y salida por la tarde a las 16:00

horas.

La salida de los alumnos que no utilizan el servicio de comedor será a las 12:30

horas y la entrada para la jornada de tarde será a las 14:30 horas.

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Comunicar y justificar las faltas de asistencia y los retrasos de sus hijos por

escrito al tutor.

Colaborar con el centro en la tarea educativa.

Interesarse por el rendimiento escolar de sus hijos.

Respetar al profesorado y demás miembros de la comunidad educativa, así

como el material y las instalaciones del colegio.

Asistir a las reuniones que sean convocadas por los profesores o la dirección del

centro.

Comunicar al tutor por escrito la recogida de su hijo durante el horario escolar

o la incorporación tardía al centro en conserjería y escribir el correspondiente

parte.

Vigilar que los alumnos no traigan al colegio objetos peligrosos o que perturben

el rendimiento escolar (móviles, videojuegos, etc.)

Informar al tutor sobre todas aquellas cuestiones que afecten al rendimiento

escolar del alumno: salud, problemas afectivos, etc.

Proporcionar al centro cualquier información/informe relativo a la salud física o

mental de los alumnos.

Conocer, cumplir y firmar las normas de convivencia del centro en la agenda

escolar.

Conocer los informes, notas, circulares y cuantos comunicados oficiales envíe el

centro.

Mantenerse localizables durante el horario escolar y facilitar teléfonos de

contacto.

Facilitar a sus hijos los materiales necesarios para la práctica escolar.

Firmar las comunicaciones del tutor y demás profesores.

Autorizar, a ser posible por escrito, a que personas distintas de las habituales

recojan a sus hijos.

Informar a Jefatura de Estudios o Dirección de que el alumno se va a ausentar

más de tres días lectivos.

Notificar los cambios de domicilio, teléfono y correo electrónico.

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Firmar en el registro de conserjería la entrada y salida de alumnos, así como los

retrasos.

Entregar en Dirección la sentencia de separación en caso de conflicto con la

custodia del alumno.

Actualizar periódicamente los informes médicos de los alumnos alérgicos.

6. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES

6.1. Derechos de los profesores

Los maestros tienen derecho:

A ser respetados, como personas y como profesionales, por el resto de la

comunidad educativa.

A ser respetada su dignidad y libertad en el ejercicio de la función docente.

A participar en las actividades de formación del profesorado.

A que se respete su horario laboral.

A recibir un trato justo y equilibrado por parte de los órganos unipersonales y

colegiados para evitar desigualdades entre los miembros del claustro.

A convivir en un centro democrático, tolerante y solidario.

A tener accesible la información actualizada que recoge los derechos laborales,

sindicales, legislación, etc.

A recibir asesoramiento por parte de los equipos externos psicopedagógicos

sobre el alumnado con necesidades educativas especiales.

A intervenir en la gestión y control del centro.

A convocar reuniones informativas para el profesorado.

A proponer la introducción de puntos en el orden del día de los claustros.

A participar en la organización y realización de actividades complementarias, de

acuerdo con la Programación General Anual.

A ser atendidos, en la medida de las posibilidades económicas del centro, en

aquellas necesidades de medios y material que persigan una mejor calidad de

enseñanza.

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6.2. Deberes de los profesores

Son deberes de los profesores son:

Educar al alumnado en aspectos generales, tales como aseo, salud, valores, etc.

Participar en la elaboración de los proyectos de centro y cumplirlos.

Participar en las actividades académicas no docentes: claustro, reuniones de

ciclo, de familias, etc.

Asistir puntualmente a las actividades docentes y no docentes.

Vigilar con puntualidad al alumnado durante los periodos de recreo.

Contribuir a la formación integral y armónica de la personalidad del alumnado.

Colaborar en el mantenimiento del correcto comportamiento del alumnado

dentro del recinto escolar.

Contribuir a que el material de su aula sea respetado y cuidado, así como al

mantenimiento de su aula limpia y ordenada.

Conocer el protocolo de accidentes aprobado por el centro y llevarlo a cabo.

Tomar las medidas oportunas en caso de accidente o situación de emergencia y

ponerlo en conocimiento del Equipo Directivo y de los padres. En caso

necesario avisar a los servicios de emergencia.

Adaptar y desarrollar las programaciones de acuerdo con las condiciones

particulares de su clase.

Preparar trabajo para los alumnos que no puedan realizar actividad física

(Profesorado de E.F.)

Elaborar con el resto del profesorado la programación y realización de las

actividades docentes y complementarias del colegio.

Informar con regularidad a los padres sobre la evaluación y su rendimiento

escolar a través del boletín trimestral y las oportunas entrevistas.

Informar a los padres de la incorporación de sus hijos a los grupos de apoyo y/o

de la decisión de no promoción de sus hijos al siguiente nivel.

Cumplir con su horario laboral.

Informar a sus alumnos y a sus familias, al inicio de curso, de los aspectos más

relevantes del Plan de Convivencia del centro.

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Informar a los padres en la primera reunión del curso de los criterios de

calificación y promoción establecidos por el centro.

Informar a los alumnos sobre sus derechos y deberes.

Aplicar una sanción cuando ésta tenga la consideración de leve y comunicar al

Equipo Directivo las faltas leves, graves o muy graves.

7. NORMAS DE CONVIVENCIA

7.1. Normas generales

Es fundamental la puntualidad en las entradas y salidas.

Los alumnos que no sean recogidos puntualmente por sus padres (pasados diez

minutos de cortesía) se derivarán a la ludoteca con merienda, debiendo abonar

en el momento el importe correspondiente.

No está permitido acceder a la pista a recoger a los alumnos de primaria antes

de que suene el timbre.

Todos los padres de los alumnos que entren o salgan del centro fuera de los

horarios establecidos y por motivos justificados, deberán firmar en la

conserjería del centro.

Los alumnos de primaria que lleguen cuando su fila ya haya entrado deberán

esperar a que pasen las demás filas.

Los tutores entregarán a los alumnos solamente a las personas previamente

autorizadas.

Los padres separados o divorciados deberán entregar la documentación

necesaria y el régimen de visitas a la Dirección del centro, en caso de falta de

acuerdo de los progenitores.

Los alumnos entrarán a clase puntualmente a las 8:55 en Educación Infantil y a

las 9:00 en Primaria. La salida será a las 15:55 en Educación Infantil y a las 16:00

en Primaria. Los alumnos que lleguen tarde a clase por primera vez en el

trimestre recibirán una advertencia verbal. La segunda vez será por escrito. Las

veces sucesivas no podrán asistir a la primera hora de clase, permaneciendo en

el hall de entrada acompañados de sus padres hasta el inicio de la segunda

hora.

Las faltas de asistencia deberán justificarse al tutor por escrito.

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En Educación Primaria, en caso de inasistencia esporádica a clase deberá

realizar las actividades del tiempo faltado. En ningún caso los profesores

facilitarán a los padres trabajo, ni repetirán exámenes o pruebas escritas por

inasistencia a clase causada por asuntos particulares.

En caso de enfermedad (fiebre, diarrea, enfermedades contagiosas, etc.) el

alumno debe permanecer en casa.

En caso de enfermedad o lesión que impida al alumno participar en la clase de

EF la familia entregará el correspondiente informe médico que especifique las

actividades de las que está exento y la duración. En este caso el alumno

realizará tareas escritas preparadas por el profesor.

El personal del centro no administrará ningún tipo de medicamento. Cualquier

alumno que precise tratamiento durante el horario escolar, le deberá ser

administrado por uno de los familiares responsables.

Los padres de los alumnos alérgicos que necesiten la administración de

medicamentos en casos de crisis, firmarán dentro del protocolo establecido

para estos alumnos el documento que autoriza al personal del centro a

administrar la medicación.

Ningún alumno podrá medicarse solo ni portará medicamentos en su mochila.

Es obligatorio actualizar los teléfonos de las familias y las personas autorizadas

a recoger a los alumnos.

Se respetará a todos los profesores tanto en la clase como en el resto del

recinto escolar.

Se respetará al personal de administración y servicios, monitores de comedor y

actividades extraescolares y a cualquier persona que desarrolle algún tipo de

actividad en el centro.

Los alumnos se comportarán correctamente con los compañeros. No se

permite ningún tipo de violencia verbal, física o emocional.

No está permitida la entrada en ninguna dependencia del centro una vez

acabado el horario escolar para recoger objetos olvidados. Las familias no

accederán al centro fuera del horario para recoger libros, prendas olvidadas u

otros enseres.

Los alumnos utilizarán correctamente todos los materiales de los compañeros y

demás personas que trabajan en el centro.

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Se utilizarán de manera adecuada los aseos del centro.

El uniforme es de uso obligatorio, no pudiéndose utilizar otras prendas o

complementos al mismo (ni siquiera por motivos religiosos) que puedan

distraer a los alumnos o sean peligrosos (gorras en el interior del centro,

piercings, uñas pintadas, etc.)

Se asistirá a clase aseado y con el uniforme correspondiente limpio.

Se utilizará el chándal del uniforme con zapatillas para las clases de Educación

Física.

Todas las prendas deberán ir marcadas con el nombre del alumno. El abrigo y

las chaquetas deberán llevar además una cinta para poder colgarlas en las

perchas.

Los alumnos deben traer a clase todos los materiales necesarios para trabajar.

En todo momento se respetará la autoridad del profesor y el trabajo de los

compañeros.

Los alumnos serán cuidadosos con sus trabajos y con los materiales.

No se podrán comer chicles ni chucherías en horario escolar.

No se entregarán invitaciones de cumpleaños salvo invitación general.

Los alumnos no saldrán al pasillo durante los cambios de clase.

Los desplazamientos por el centro se realizarán ordenadamente y sin ruido.

Las salidas al baño se realizarán individualmente, previa autorización del

profesor.

Los alumnos bajarán y subirán del patio en fila y con su profesor.

Se depositarán los papeles y desperdicios en las papeleras.

No se podrá jugar a juegos violentos ni peligrosos.

Los alumnos no traerán al colegio objetos punzantes o peligrosos (peonzas,

canicas, cubiertos metálicos, etc.)

Fuera de las horas de clase es una obligación de los alumnos la realización de

los trabajos que manden los profesores.

El comedor es un servicio voluntario y no gratuito.

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El menú escolar es único y tan solo se adaptará por motivos de salud. Para

solicitar la dieta especial de un alumno alérgico, será imprescindible entregar

los informes médicos expedidos por un especialista.

Se respetará el mobiliario y material del colegio, en consecuencia, cualquier

desperfecto producido por un alumno, con voluntariedad o por negligencia,

supone la obligación de su reposición o la realización de las tareas necesarias

para reparar el daño.

Se tratará con respeto a todas las personas evitando insultos, gestos

inadecuados, blasfemias, ofensas físicas o verbales y conversaciones en todo

mal sonante.

No está permitido hablar a través de la valla del colegio.

No está permitido subirse a las canastas, porterías y demás mobiliario del patio.

No se permite traer al centro juguetes, aparatos electrónicos que no sean los

autorizados por los profesores y para fines educativos o revistas de adultos.

No está permitida la suplantación de la personalidad o falsificación o

sustracción de documentos académicos.

Es imprescindible que todos los alumnos del centro traigan marcadas todas sus

prendas de uniforme, así como todas las prendas que traigan al centro (gorros,

abrigos, disfraces, mochilas, etc.) Los alumnos de Educación Infantil traerán

marcado el baby con su nombre en un lugar bien visible.

Se pondrá una cinta en los babis y abrigos.

Por la seguridad de los alumnos en este centro está prohibido el uso de

bufandas. Tampoco se permite utilizar guantes.

7.2. Educación Infantil

El segundo ciclo de Educación Infantil se rige con régimen del colegio, no como una

escuela infantil. Los horarios de entrada y salida de alumnos están marcados por el

centro, no son voluntarios. No es válido traer al alumno a media mañana o

recogerlo antes de finalizar la jornada escolar si no hay motivo justificado. La

jornada es completa, por lo tanto se debe asistir a la sesión de mañana y tarde.

No se pueden traer al colegio pañales, al alumno se le cambiará si es

preciso.

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Las comunicaciones a los profesores se realizarán mediante notas

escritas o de manera muy breve a la salida.

El uniforme de Educación Infantil es el chándal y la camiseta en invierno

y pantalón corto y la camiseta en verano. Además del baby y zapatillas

deportivas con velcro.

Todas las prendas de ropa y demás objetos que se traigan al colegio

deben ir marcados. Es imprescindible que se marque el babi con el

nombre del alumno en la parte delantera (aproximadamente a la altura

del pecho).

Por motivos de seguridad están prohibidas las bufandas. Tampoco se

traerán al centro los guantes.

7.2.1. Procedimiento para abordar un conflicto en Educación

Infantil:

Medidas preventivas:

Establecer normas y límites a través de la asamblea (qué podemos

hacer, qué no podemos hacer, qué cosas no nos gustan y nos provocan

malestar, etc.) Estas normas se colocarán en la clase a través de dibujos

o carteles.

Recordar las normas aceptadas antes de salir al patio o al comedor.

Educar en valores positivos, empatizar con el otro y buscar el trabajo

cooperativo a través de :

Cuentos (existe una bibliografía específica)

Juegos

Juegos con canciones

Dramatizaciones

Actividades cooperativas

Comprender las reglas básicas del diálogo (uno habla y los demás

escuchan, levantar la mano, etc.) Para trabajar este aspecto se

realizarán actividades como:

Hablar por teléfono (uno habla y el otro contesta cuando ya ha

dejado de hablar).

Escenificar diálogos (nos encontramos por la calle y …)

Colocar un círculo pintado (o un aro) donde se meten los implicados.

Primero habla uno y después otro y el profesor hace las veces de

mediador.

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Cómo actuar ante el conflicto:

Se actúa inmediatamente

Se tranquiliza a los implicados

Se escucha la versión de cada uno

Se analizan los hechos y se busca con ellos una solución posible

Se fija una meta factible

Ante una conducta conflictiva:

Se le aislará del grupo

Se le privará de un tiempo de ocio

Se trasladará a otro grupo

Se hablará con la familia

Si la situación no mejora se consultará el caso con el EOEP.

8. SANCIONES

Ámbito

Para garantizar el Plan de Convivencia del Centro las faltas y sanciones aprobadas

en este Reglamento tratarán de corregir los actos contrarios a las normas

establecidas en el Reglamento de Régimen Interno que realicen los alumnos en el

recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y

extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán

corregir todos aquellos actos de alumnos realizados fuera del recinto escolar

cuando tengan su origen o estén directamente relacionadas con la actividad

escolar o afecten a los miembros de la comunidad educativa.

En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal,

los profesores y el Equipo Directivo del centro tienen la obligación y el deber de

poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes o

del Ministerio Fiscal.

Las faltas de disciplina se clasifican en leves, graves y muy graves.

Faltas de disciplina leves

Se consideran faltas de disciplina leves las faltas contra las normas de convivencia

establecidas en el Plan de Convivencia cuando la entidad de las mismas haga que

no se consideren faltas graves o muy graves. Las faltas establecidas en nuestro Plan

de Convivencia y las sanciones correspondientes son las siguientes:

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FALTA SANCIÓN

Llegar tarde a clase La primera vez en el trimestre recibirán una advertencia verbal. La

segunda vez será por escrito. Las veces sucesivas no podrán asistir

a la primera hora de clase, permaneciendo en el hall de entrada

acompañados de sus padres hasta el inicio de la segunda hora.

Salir del aula sin permiso o ir al

baño sin permiso.

Amonestación verbal y en caso de reiteración apercibimiento por

escrito en plantilla de falta leve.

Acceder al centro en recreos o

fuera de horario escolar.

Amonestación verbal y en caso de reiteración apercibimiento por

escrito en plantilla de falta leve.

No traer hechos los deberes Repercute en los criterios de calificación del área.

Olvidar el material de clase No participar en la actividad.

No traer el chándal a clase de EF Apercibimiento por escrito (hasta 3º de Primaria).

No participa en la actividad y realiza un trabajo escrito durante la

clase (desde 4º de Primaria).

Subirse a canastas, porterías, etc. Privación del recreo del día posterior.

Traer móvil o aparatos electrónicos

al centro sin permiso del profesor

Se requisará el aparato y será recogido por los padres en Jefatura.

Faltar al respeto a compañeros o

pequeñas agresiones

Escribir una nota de disculpa como tarea extraescolar y entregarla

firmada por los padres.

Deteriorar el mobiliario o

instalaciones del centro

Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios. Se reparará el

daño y se realizarán trabajos para la comunidad a decidir por el

profesor que le sanciona.

Traer a clase objetos punzantes,

peligrosos o prohibidos

Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios. Se requisará el

objeto y realizará un trabajo escrito en horario extraescolar sobre

su comportamiento firmado por sus padres.

Venir a clase sin el uniforme

reglamentario o con uñas pintadas,

gorra, piercing, etc.

Amonestación verbal y en caso de reiteración apercibimiento por

escrito en plantilla de falta leve firmado por el Director.

Reiteración en la interrupción de

las explicaciones o en el trabajo de

los compañeros

Apercibimiento por escrito en plantilla de falta leve.

Comer chicle o chucherías Se requisan y no se devuelven.

Salir al pasillo en el cambio de clase Privación del recreo del mismo día o del día posterior.

Tirar desperdicios al suelo Formar parte de la patrulla ecológica, recogiendo los papeles del

patio.

Participar en juegos violentos o

peligrosos

Privación del recreo del día posterior.

No utilizar adecuadamente el baño Comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios. Se reparará el

daño si lo hubiera y se realizarán trabajos para la comunidad a

decidir por el profesor que le sanciona.

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*La reiteración en el mismo trimestre de 2 o más faltas leves constituye una falta

grave.

Faltas de disciplina graves

Se califican como faltas graves las siguientes:

a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del

tutor, no estén justificadas (un 25% de faltas de asistencia en un área o materia

al trimestre, supone la pérdida del derecho de calificación previa comunicación

a la comisión de absentismo).

b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del

derecho o el cumplimiento del deber del estudio.

c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros

miembros de la comunidad escolar.

d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las

actividades del centro.

e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro.

f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa.

g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de

conducta.

h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo

de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el Decreto

15/2007.

i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves.

j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.

Las faltas graves se corregirán son las siguientes sanciones:

a) Expulsión de la clase y comparecencia ante el Jefe de Estudios o Director, la

privación de recreo o de asistencia a una actividad complementaria o cualquier

otra medida similar de aplicación inmediata.

b) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. El alumno

permanecerá con el profesor que le haya sancionado.

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c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades en

el centro dirigidas a reparar los daños causados o dirigidas a mejorar el entorno

ambiental del centro.

d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias. Cuando un alumno no asista a una salida complementaria

por sanción, el alumno permanecerá en un aula de su mismo nivel o del nivel

inmediatamente inferior o superior. En ese caso, realizará los trabajos

encomendados por sus profesores.

e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos.

f) Cambio de grupo del alumno.

g) Expulsión del centro por un plazo máximo de 6 días lectivos.

h) Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las

sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el

tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que

determine el profesorado que le imparte clase.

Faltas de disciplina muy graves

Se considerarán faltas muy graves:

a) Acoso físico y moral a los compañeros.

b) Actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o

actitudes desafiantes a profesores y demás personal del centro.

c) Uso de la violencia, agresiones, ofensas graves y los actos que atenten contra la

intimidad de las personas o las buenas costumbres sociales contra los

compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Discriminación, vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la

comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,

orientación sexual, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.

e) Grabación, publicidad y difusión, a través de cualquier medio o soporte, de

agresiones o humillaciones cometidas.

f) Los daños causados intencionadamente o por uso indebido de las instalaciones,

materiales, documentos del centro o pertenencias de algún miembro de la

comunidad educativa.

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g) Suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos

académicos. El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de

objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad

física de las personas.

h) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades.

i) La reiteración de dos o más faltas graves en un trimestre.

j) El incumplimiento de una sanción por una falta grave.

Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones:

a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo para mejorar el

desarrollo de las actividades del centro o dirigidas a reparar los daños

causados.

b) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias por un periodo máximo de tres meses. Cuando un alumno no

asista a una salida complementaria por sanción, el alumno permanecerá en un

aula de su mismo nivel o del nivel inmediatamente inferior o superior. En ese

caso, realizará los trabajos encomendados por sus profesores.

c) Cambio de grupo del alumno.

d) Expulsión de determinadas clases por un plazo superior a seis días lectivos e

inferior a dos semanas.

e) Expulsión del centro por un plazo superior a seis días lectivos e inferior a un

mes.

f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un

alumno de enseñanza obligatoria.

g) Expulsión definitiva del centro.

*Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las

sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno

realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte

clase.

**La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y g) del apartado 2 se

producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno

que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad

para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta

sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor.

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*** La sanción prevista en la letra f) del apartado 2 procederá en el caso de

alumnos de enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años

de edad. En ese supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro,

garantizándole un puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos

públicos, con los servicios complementarios que sean necesarios. El Director del

centro elevará petición razonada ante el Director de Área Territorial, quien

tramitará esta propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles.

El alumno que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que

se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente

por los equipos directivos de los dos centros afectados.

Órganos competentes para la adopción de sanciones

Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de una

falta leve serán competentes:

a) Los Profesores del alumno, dando cuenta de ello al tutor y al Jefe de Estudios.

b) El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios.

c) Cualquier Profesor del centro dando cuenta al tutor del grupo y al Jefe de

Estudios.

En este caso será registrada la falta leve en un parte de disciplina siguiendo el

modelo que figura en el Anexo de este Reglamento. Cuando un mismo alumno

tenga más de dos faltas disciplinarias se registrará siguiendo los modelos facilitados

por la Consejería de Educación en las “Orientaciones para la aplicación del Decreto

15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la

convivencia en los centros de la Comunidad de Madrid”.

En la aplicación de las sanciones previstas para las faltas graves serán competentes:

a) Los Profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras a), b) y

c) del artículo 13.2.

b) El tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c) del

artículo 13.2.

c) El Jefe de Estudios y el Director, oído el tutor, las previstas para la letra d) del

artículo 13.1.

d) El Director del centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las letras

e) y f) del artículo 13.2.

La sanción de las faltas muy graves corresponde al Director del centro.

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El protocolo para establecer el procedimiento sancionador para las faltas graves y

muy graves será siempre el establecido por la Consejería de Educación en las

“Orientaciones para la aplicación del Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se

establece el marco regulador de la convivencia en los centros de la Comunidad de

Madrid”.

Prescripción de las sanciones:

1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis

meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a

partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido.

2. Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el

plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce

meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera

comunicado al interesado.

3. Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos.

Criterios para la adopción de sanciones

En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán

tener en cuenta los siguientes criterios generales:

a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la

mejora de la convivencia en el centro.

b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la

mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de

actos antisociales, de agresiones o de acoso.

c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria.

d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la

dignidad personal del alumno.

e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales

del alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las

conductas o actos contrarios a las normas establecidas.

f) Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los

agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por las conductas

sancionables.

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g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las

faltas cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del

centro.

Circunstancias atenuantes y agravantes

Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o

agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

e) El arrepentimiento espontáneo.

f) La ausencia de intencionalidad.

g) La reparación inmediata del daño causado.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración.

b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas,

de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién

incorporados al centro.

d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón

de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como

por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición

personal o circunstancia social.

e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier

miembro de la comunidad educativa.

9. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

El procedimiento sancionador será el recogido en el Decreto 15/2007 de 19 de abril

y las Orientaciones para la aplicación del Decreto 15/2007, por el que se establece

el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de

Madrid.

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10. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA (art. 9 decreto 15 de Convivencia)

La Comisión de Convivencia asume, por delegación del Consejo Escolar, las

competencias en materia de disciplina para agilizar los trámites y la aplicación de

sanciones, con la excepción de los casos de expediente disciplinario.

Estará formada por:

El Director.

El Jefe de Estudios.

Un maestro/a miembro del Consejo Escolar.

Un padre/madre del Consejo Escolar.

Podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del

Director/a del centro.

Las competencias de esta comisión son las siguientes:

a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el

respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de

deberes, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere

oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del

centro.

c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la

observancia de las Normas de Conducta.

d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados

de aplicación de las Normas de Conducta.

e) Informar de sus actuaciones al claustro de profesores y al Consejo Escolar del

centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados

obtenidos en las evaluaciones realizadas.

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11. ACTIVIDADES QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA ENTRE LOS

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

La educación para la convivencia requiere un planteamiento continuo que tenga en

cuenta las múltiples variables. Un proyecto que abarque todos los aspectos de la

convivencia exige fomentar la información, la participación, la comunicación y la

colaboración de todos los sectores de la comunidad educativa. Desde Educación

Infantil fomentaremos la construcción de la responsabilidad mediante la

implicación del alumno, la complicidad y la confianza en sí mismo

intentando evitar el aislamiento y la agresividad. Trabajaremos con dos

herramientas fundamentales que son el diálogo y la mediación.

Por este motivo nuestro planteamiento estará recogido en el Proyecto Educativo

del centro y al inicio de cada curso escolar plantearemos actividades que

favorezcan la convivencia en la Programación General Anual.

Las actividades tipo que realizaremos serán:

a) Con los alumnos:

Talleres de habilidades sociales

Lectura comentada de cuentos para fomentar la empatía y la capacidad de

ponerse en el lugar del otro, la capacidad de comunicación, las expectativas

positivas de resolución del conflicto planteado.

Dramatización los papeles del cuento e intercambiar dichos papeles.

Actividades de aprendizaje cooperativo.

Talleres de prevención de acoso escolar.

Actividades coeducativas.

Actividades y dinámicas lúdicas para conocerse mejor.

Actividades de relajación.

Juegos de rol y de simulación.

Actividades solidarias.

Salidas complementarias fuera del centro.

Actividades deportivas dentro y fuera del horario escolar.

b) De formación de profesores:

Talleres, jornadas o seminarios sobre prevención y gestión de conflictos

escolares, prevención de acoso escolar, sobre herramientas informáticas

con esta temática, trabajo cooperativo, mediación escolar, etc.

c) De formación de padres:

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Escuelas de padres con esta temática, charlas de prevención de acoso

escolar, sesiones de formación de disciplina positiva, de reparto de tareas

en casa desde Educación Infantil, etc.

d) De convivencia para toda la comunidad educativa:

Fiestas de inicio de curso y/o fin de curso, jornadas deportivas de alumnos,

padres y profesores, carreras solidarias, jornadas deportivas de padres y

profesores, excursiones de convivencia, etc.

Este Plan de Convivencia ha sido aprobado por Doña Mª Carmen Partida Meco,

Presidenta del Consejo Escolar del CEIP Cortes de Cádiz, en su sesión del 27 de abril de

2016.

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO ESCOLAR

Fdo.: Doña Mª Carmen Partida Meco.