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Fundado el 14 de Enero de 1877 Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924 GUANAJUATO, GTO., A 10 DE MAYO DEL 2016 NUMERO 75 AÑO CIII TOMO CLIV S E G U N D A P A R T E S U M A R I O : GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO DECRETO Gubernativo Número 154, mediante el cual, se autoriza la modificación de la naturaleza jurídica del "Fideicomiso Centro Regional Expositor y de Negocios (FICERINE)" y su extinción como fideicomiso público estatal. ACUERDO Gubernativo Numero 191, mediante el cual, se donan diversos bienes muebles a favor del Municipio de Irapuato, perteneciente al Estado de Guanajuato. DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 030/2014, para la regularización del asentamiento humano denominado "La Laborcita", del Municipio de León, Gto. DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 011/2015, para la regularización del asentamiento humano denominado "San José del Potrero", del Municipio de León, Gto. SECRETARIA DE GOBIERNO EDICTO mediante el cual se practica la notificación de acuerdo de fecha 2 de mayo de 2016, sobre el estudio de la personalidad de Julio Rodríguez Ceciliano y sobre la inhibitoria, requerimiento de nuevo avalúo y citación para la Audiencia Final. PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO ACUERDO general del Pleno del Consejo del Poder Judicial del Estado, mediante el cual, se crea el Juzgado Civil de Partido Especializado en Materia Familiar con sede en el Partido Judicial de Pénjamo, el cual entrará en funciones a partir del 16 de Mayo del año 2016. 4 8 13 30 53 56

PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 1 AÑO ...transparencia.guanajuato.gob.mx/sugi/archivos/mip/cuenta...PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 1 Fundado el 14 de Enero

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  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 1

    Fundado el 14 de Enero de 1877

    Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924

    GUANAJUATO, GTO., A 10 DE MAYO DEL 2016 NUMERO 75AÑO CIIITOMO CLIV

    S E G U N D A P A R T E

    S U M A R I O :

    GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO

    DECRETO Gubernativo Número 154, mediante el cual, se autoriza la modificación de la naturaleza jurídica del "Fideicomiso Centro Regional Expositor y de Negocios (FICERINE)" y su extinción como fideicomiso público estatal.

    ACUERDO Gubernativo Numero 191, mediante el cual, se donan diversos bienes muebles a favor del Municipio de Irapuato, perteneciente al Estado de Guanajuato.

    DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 030/2014, para la regularización del asentamiento humano denominado "La Laborcita", del Municipio de León, Gto.

    DECLARATORIA de Expropiación emitida en el expediente 011/2015, para la regularización del asentamiento humano denominado "San José del Potrero", del Municipio de León, Gto.

    SECRETARIA DE GOBIERNO

    EDICTO mediante el cual se practica la notificación de acuerdo de fecha 2 de mayo de 2016, sobre el estudio de la personalidad de Julio Rodríguez Ceciliano y sobre la inhibitoria, requerimiento de nuevo avalúo y citación para la Audiencia Final.

    PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

    ACUERDO general del Pleno del Consejo del Poder Judicial del Estado, mediante el cual, se crea el Juzgado Civil de Partido Especializado en Materia Familiar con sede en el Partido Judicial de Pénjamo, el cual entrará en funciones a partir del 16 de Mayo del año 2016.

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    INSTITUTO DE ECOLOGIA DEL ESTADOPRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

    CONVENIO de Coordinación Administrativa para la Transmisión de Atribuciones Ambientales que celebran el Instituto de Ecología del Estado y el Municipio de San Miguel de Allende, Gto., de fecha 8 de Marzo de 2016.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - ACAMBARO, GTO.

    RESOLUCION Municipal, mediante la cual, se otorga el permiso de venta respecto de 176 lotes del Fraccionamiento denominado "La Providencia", a favor de "Mérica Construcciones", S.A. de C.V., inmueble ubicado al Poniente de la Cabecera Municipal de Acámbaro, Gto.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL ALTO, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba la Segunda Modificación al Pronóstico de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2016, del Municipio de Apaseo el Alto, Gto.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta un bien inmueble del dominio público propiedad Municipal, ubicado en Calle Casuarinas sin número, de la Colonia Los Pinos y se dona a favor del Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, para el Centro de Desarrollo Infantil Número 3 Federico Froebel, inmueble ubicado en el Municipio de Celaya, Gto.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - GUANAJUATO, GTO.

    CONVOCATORIA para Remate en Primera Almoneda que emite la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal de Guanajuato, Gto., respecto del bien inmueble ubicado en Calle de Arriba L-34, Sección H, Colonia San Javier, propiedad de la C. Martín del Campo Hernández Alexa.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - JERECUARO, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio público Municipal y se dona a favor del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Jerécuaro, Gto., (D.I.F.), una fracción del terreno ubicado en Callejón del Zapote Número 165, Colonia Los Laureles, inmueble ubicado en el Municipio de Jerécuaro, Gto.

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    PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se autoriza al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, para que realice la donación de diversos bienes muebles a favor de las asociaciones civiles: Asilo Pablo de Anda, A.C.; Promoción Voluntaria para la Salud, A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz Roja Mexicana, Delegación León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.; Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C. y Casa de Asistencia y Rehabilitación para Indigentes, A.C., con la finalidad de facilitar el cumplimiento de su objeto social.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - MOROLEON, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se reforma el Artículo 6, fracción I, inciso b), y Artículo 10 fracción III inciso c) de las Disposiciones Administrativas de Recaudación para el Municipio de Moroleón, Gto., Ejercicio Fiscal 2016, publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Número 27, Tercera Parte, de fecha 16 de Febrero de 2016.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO.

    REGLAMENTO de la Dirección de Planeación del Municipio de Purísima del Rincón, Gto.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN JOSE ITURBIDE, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafectan del Patrimonio Municipal seis predios y se donan a favor del Gobierno del Estado con destino a la Secretaría de educación de Guanajuato, para que sigan operando diversos centros educativos, inmuebles ubicados en el Municipio de San José Iturbide, Gto.

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - VICTORIA, GTO.

    ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio público la fracción del predio urbano denominado "Las Olleras" propiedad Municipal, ubicado en Calle 16 de Septiembre sin número y se dona a favor del Gobierno del Estado, con destino al Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato (ISAPEG), para el establecimiento de servicios de salud en beneficio social de los habitantes del Municipio de Victoria, Gto.

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    SECRETARIA DE GOBIERNO

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    PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

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    INSTITUTO DE ECOLOGIA DEL ESTADOPRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

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    PRESIDENCIA MUNICIPAL - ACAMBARO, GTO.

    EL LIC. GERARDO JAVIER ALCANTAR SAUCEDO. PRESIDENTE MUNICIPAL DE ACÁMBARO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER.

    QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL QUE ME HONRO EN PRESIDIR, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN II Y III INCISO I) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 117 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO; 77 FRACCIÓN VI, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, Y ARTICULO 1 FRACC. IX, 2 FRACC. XXXVI, 405 FRACC. IV, 430 DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO; EN SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 24 VEINTICUATRO DE FECHA 14 DE MARZO DEL AÑO 2016, APROBÓ LOS SIGUIENTES:

    PRIMERO: EL DESARROLLADOR HA DADO CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL ARTÍCULO 430DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO, Y PRESENTÓ LAS AUTORIZACIONES SIGUIENTES:

    I. OBRA AGREGADO EN EL EXPEDIENTE RESPECTIVO, EL CERTIFICADO DE GRAVÁMENES CON FOLIO REAL NÚMERO R2*30833 DE FECHA 12 DE ENERO DEL 2016, DONDE NO SE ENCONTRÓ GRAVAMEN ALGUNO QUE AFECTE DICHO FOLIO REAL.

    II. EL ÁREA DE DONACIÓN ESTÁ RESPALDADA TOMANDO COMO BASE EL CONTRATO DE DONACIÓN ENTRE ALEJANDRO ARGUELLO AROCHI DONANTE Y EL PRESIDENTE MUNICIPAL COMO DONATARIO, DE FECHA 12 DE AGOSTO DEL 2009, AUTORIZADO EN ACTA NÚMERO 120, EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO DE FECHA 7 DE AGOSTO DEL 2009.

    ADEMÁS OBRA AGREGADO AL EXPEDIENTE RESPECTIVO, TESTIMONIO PÚBLICO CON FOLIO DE CONTROL INTERNO DUOF342/15 DE FECHA 09 NUEVE DE OCTUBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, PASADO ANTE LA FE DEL LICENCIADO ADRIÁN VELÁZQUEZ MÁRQUEZ, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 9 NUEVE EN LEGAL EJERCICIO EN EL PARTIDO JUDICIAL DE ACÁMBARO GUANAJUATO, EN EL CUAL CONSTA QUE LA ESCRITURA DE LA TRANSMISIÓN A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, DEL ÁREA DE DONACIÓN Y VIALIDADES DEL FRACCIONAMIENTO EN CITA, SE ENCUENTRA EN TRÁMITE CONFORME A LO PREVISTO POR EL ARTICULO 446 CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS FRACCIÓN I UNO DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO.

    III. CON FECHA 05 CINCO DE OCTUBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, MEDIANTE EL OFICIO DU/714-2015, SE PROPORCIONÓ A LA TESORERÍA DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, LOS DATOS NECESARIOS PARA EL CÁLCULO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES A LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO EN TRATAMIENTO, MISMAS QUE FUERON CUBIERTAS POR EL REPRESENTANTE LEGAL, MEDIANTE EL RECIBO NO. 057214, 10836.

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    IV. LA JEFATURA DE URBANÍSTICA ADSCRITA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, DEL MUNICIPIO DE ACÁMBARO, SE PROCEDIÓ A EFECTUAR LA INSPECCIÓN CORRESPONDIENTE, DICTAMINANDO QUE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN PENDIENTES DE REALIZAR ASCENDÍAN A LA CANTIDAD DE $2,756,653.20 (DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 20/100 M.N.), APLICABLE A LA FECHA DE LA SOLICITUD DEL PROPIETARIO. POR LO QUE CON FECHA 9 NUEVE DE OCTUBREDEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE, A EFECTO DE GARANTIZAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS FALTANTES EN TÉRMINOS DE LA LEY APLICABLE, EL PROPIETARIO DEL FRACCIONAMIENTO ENVIO OFICIO CON FOLIO DE INGRESO DUOF343/15 ,DONDE PONE A DISPOSICIÓN BAJO LA MODALIDAD DE PRENDA LOS LOTES 2,3,4,5,6,7,8,9,10 Y 11 (DEL DOS AL ONCE) DE LA MANZANA H CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 1,107.47M2, DONDE PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 446 FRACC. V DEBERÁ CELEBRAR CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO EN UN PLAZO NO MAYOR A 5 DÍAS HÁBILES.

    SEGUNDO: POR LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO SE OTORGA EL PERMISO DE VENTA DE 176 LOTES DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LA PROVIDENCIA", UBICADO AL PONIENTE DE LA CABECERA MUNICIPAL DE ACAMBARO GUANAJUATO, A FAVOR DE MERICA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.Y QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN:

    • LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24 VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "A".

    • LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24 VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "B".

    • LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24 VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "C".

    • LOTES DEL 01 UNO AL 20 VEINTE Y 21 VEINTIUNO AL 24 VEINTICUATRO INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "D".

    • LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, Y 14) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO MIXTO COMERCIAL-HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "E".

    • LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15 Y 16) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "F".

    • LOTES 01 UNO INCLUSIVE PARA USO DE SERVICIOS (DONACIÓN), DEL 02 DOS AL 12 DOCE INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, LOTE 13 TRECE INCLUSIVE DESTINADO PARA USO SOCIAL, LOTES 14 CATORCE AL 24 VEINTICUATRO DESTINADO INCLUSIVE PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "G".

    • LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14 Y 15) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "H".

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 77

    • LOTES (01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10 Y 11) INCLUSIVE, DESTINADOS PARA USO MIXTO COMERCIAL-HABITACIONAL UNIFAMILIAR, TODOS DE LA MANZANA NÚMERO "I".

    EL PREDIO AUTORIZADO, QUE CONFORMA EL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO " LA PROVIDENCIA", CUENTA CON 5 FRACCIONES DE SUPERFICIE TOTAL A LOTIFICAR DE 30,889.07M2 TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS, EQUIVALENTE AL 100 % CIEN POR CIENTO, LA PRIMER FRACCIÓN ÁREA HABITACIONAL 19,139.81M2 DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS EQUIVALENTE AL 62.55% SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO, LA SEGUNDA FRACCIÓN ÁREA COMERCIAL 771.22M2 SETECIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS EQUIVALENTE A 2.50% DOS PUNTO CINCUENTA POR CIENTO, TERCERA FRACCIÓN ÁREA SOCIAL 589.07M2 QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS EQUIVALENTE AL 1.91% UNO PUNTO NOVENTA Y UNO POR CIENTO, CUARTA FRACCIÓN ÁREAS VERDES 163.93M2 CIENTO SESENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS EQUIVALENTE AL 0.52% CERO PUNTO CINCUENTA Y DOS POR CIENTO Y QUINTA FRACCIÓN ÁREA DE VIALIDADES 9,721.32M2 NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUNO PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS EQUIVALENTE A 31.47% TREINTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y SIETE POR CIENTO; CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE 141.49 ML CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y NUEVE METROS LINEALES CON CANAL DE AGUAS PLUVIALES CAMINO DE POR MEDIO, AL SUR 139.06 ML CIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO CERO SEIS METROS LINEALES CON ALEJANDRO ARGUELLO AROCHI, AL ORIENTE 217.37 ML DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO TREINTA Y SIETE METROS LINEALES CON BOULEVARD DE ACCESO AL RECINTO FERIAL Y AL PONIENTE 223.12 ML DOSCIENTOS VEINTITRÉS PUNTO DOCE METROS LINEALES CON BOULEVARD DE ACCESO AL HOSPITAL REGIONAL.

    R E S U L T A N D O:

    ANTECEDENTES.- QUE CON FECHA 10 DIEZ DE JULIO DE 2015 DOS MIL QUINCE, EL ARQUITECTO ALBERTO ARTURO PÉREZ LÓPEZ, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, APROBÓ EL PERMISO DE USO DE SUELO CLASIFICANDO HABITACIONAL-COMERCIAL, AL MARGEN DEL OFICIO DDU.US52/2015, CON EL OFICIO DU/0515-2015 DE FECHA 23 VEINTITRÉS DE JULIO DEL 2015 DOS MIL QUINCE SE APROBÓ LA TRAZA DE LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LA PROVIDENCIA", CLASIFICÁNDOSE COMO "RESIDENCIAL"., Y MEDIANTE EL OFICIO DU/0748-2015 DE FECHA 30 TREINTA DE OCTUBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE EL ARQUITECTO JOSÉ NARVÁEZ SÁNCHEZ APROBÓ LA MODIFICACIÓN DE TRAZA DE LA TOTALIDAD DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LA PROVIDENCIA", POR UN TOTAL DE 176 CIENTO SETENTA Y SEIS LOTES, DE LOS CUALES 23 SON DE USO MIXTO COMERCIAL-HABITACIONAL, 2 DOS SON DE USO COMERCIAL, 1 UNO ES DE USO SOCIAL, 1 UNO ES DE SERVICIO Y 148 CIENTO CUARENTA Y NUEVE DE USO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, REPARTIDOS EN 9 NUEVE MANZANAS, CLASIFICÁNDOSE COMO "HABITACIONAL RESIDENCIAL"., MISMO QUE CUENTA CON UNA SUPERFICIE TOTAL A LOTIFICAR DE 30,889.07M2 TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 78 PERIODICO OFICIAL

    LA TITULARIDAD DE DICHO INMUEBLE, SE ACREDITÓ MEDIANTE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS NÚMEROS 29,058 VEINTINUEVE MIL CINCUENTA Y OCHO, TOMO 260 DOSCIENTOS SESENTA DE FECHA 25 VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL 2014 DOS MIL CATORCE, Y LA ESCRITURA PÚBLICA DE ACLARACIÓN Y RECTIFICACIÓN NÚMERO 31,010 TREINTA MIL DIEZ, TOMO 281 DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO, DE FECHA 16 DIECISÉIS DE JULIO DEL 2015 DOS MIL QUINCE, Y FINALMENTE CON LA ESCRITURA NÚMERO 32,025 TREINTA Y DOS MIL VEINTICINCO TOMO 291 DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO, DE FECHA 3 TRES DE DICIEMBRE DEL 2015 DOS MIL QUINCE, DONDE SE FUSIONAN LOS BIENES INMUEBLES QUEDANDO EN UNA SOLA UNIDAD TOPOGRÁFICA, PASADAS ANTE LA FE DEL LICENCIADO ADRIÁN VELÁZQUEZ MÁRQUEZ, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 9 NUEVE, DEL PARTIDO JUDICIAL DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, LA CUAL SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD CON FOLIO REAL NUMERO R2*30833, DE ESE PARTIDO JUDICIAL .

    CONDICIONANTES DEL PERMISO

    LOS LOTES ANTES DESCRITOS, SE DESTINARÁN ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA EL USO QUE FUERON AUTORIZADOS. ASIMISMO, EN TODOS LOS INSTRUMENTOS NOTARIALES DE TRANSMISIÓN DE DOMINIO DE LA PROPIEDAD DE LOS LOTES, SE DEBERÁ INCLUIR UNA CLÁUSULA QUE PROHÍBA LA SUBDIVISIÓN DE LOS MISMOS EN OTRAS DE DIMENSIONES MENORES.

    EL DESARROLLADOR QUEDA SUJETO A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES CONSIGNADAS EN EL PERMISO DE URBANIZACIÓN, ASÍ COMO A REALIZAR Y CONCLUIR LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN FALTANTES, CON LAS ESPECIFICACIONES SEÑALADAS POR LOS ÓRGANOS OPERADORES Y CON APEGO AL CALENDARIO Y AVANCES PLANTEADOS EN SU PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA, ASÍ COMO LLEVAR A CABO LAS REPARACIONES DE VICIOS OCULTOS Y/O DESPERFECTOS QUE PRESENTEN LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 433 DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO.

    TERCERO.- A COSTA DEL SOLICITANTE, INSCRÍBASE ESTE PERMISO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO DE PARTIDO JUDICIAL DE ACÁMBARO, GUANAJUATO, Y PUBLIQUE POR UNA VEZ EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, Y EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESE MUNICIPIO, DE CONFORMIDAD A LO ESTIPULADO POR EL ARTÍCULO 432 DEL CÓDIGO TERRITORIAL PARA EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

    POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 77 FRACCIÓN VI Y 240 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 79

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 80 PERIODICO OFICIAL

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL ALTO, GTO.

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    PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.

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    PRESIDENCIA MUNICIPAL - GUANAJUATO, GTO.CONVOCATORIA PARA REMATE

    EN PRIMERA ALMONEDA

    C. PÚBLICO EN GENERAL

    Por este medio publíquese por una sola vez en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, así como 02 (dos) veces con intervalos de 07 (siete) en uno de los periódicos de mayor circulación, y en la página oficial del Municipio de Guanajuato www.guanajuatocapital.gob.mx, fijándose además en el tablero de anuncios de la Tesorería Municipal de Guanajuato y de la Dirección de Ingresos, anunciándose remate en primera almoneda, la siguiente:

    Con fundamento en los artículos 130 fracciones II, V y XX de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 15 inciso C), 16, 122, 123, 124 y 127 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato; Acuerdo Delegatorio para ejercer la facultad económica-coactiva de fecha 14 de Octubre de 2015, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 178, Segunda Parte, de fecha 06 de noviembre de 2015; En la ciudad de Guanajuato, Guanajuato., siendo las 10:00 horas del día 20 de Abril del 2016, la que suscribe, en carácter de Directora de Ingresos de la Tesorería Municipal del Municipio de Guanajuato, emito la siguiente:

    C O N V O C A T O R I A

    A todas las personas físicas o jurídicas interesadas en participar en la adquisición del bien inmueble sujeto a remate, embargado a la persona física C. Martín del Campo Hernández Alexa, para hacer efectivo el crédito fiscal a que se refiere la resolución contenida en el expediente número 13M002021001 de fecha 01 de Agosto de 2012, conforme a las siguientes:

    BASES:

    El remate se llevará a cabo en subasta pública que tendrá lugar en las instalaciones de esta Dirección de Ingresos ubicada en Plaza de la Paz Número 12 de esta ciudad capital; la cual principiará a las 12:00 (doce horas) del día 20 de Mayo de 2016 concluyendo el mismo día; atendiendo lo plasmado en el artículo 123 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, por cuanto a los requisitos contenidos en la presente y 129 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, por cuanto al proceso del remate.

    El bien que se remate se enajenara conforme a lo señalado en la postura legal o mejorada ofrecida, siendo calificada por esta autoridad ejecutora.

    El valor que sirve de base para la primera almoneda del bien inmueble embargado, es el correspondiente al avalúo recibido por esta autoridad fiscal en fecha 11 de Abril de 2016, determinado la cantidad siguiente:

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 89

    Bien inmueble ubicado con domicilio en: Calle de Arriba L-34, Sección H, Col. San Javier en Guanajuato, Gto., con una superficie de 200 m2 (Doscientos 00/100 Metros Cuadrados); afectando la cuenta predial 13M002021001 a nombre de la persona física C. Martín del Campo Hdez. Alexa, asentado en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con número de Folio Real R15*48325.

    Precio: $4, 526,750.00 (Cuatro Millones Quinientos Veintiséis Mil Setecientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.).

    Las personas interesadas en adquirir dicho bien deberán comparecer como postores a remate por escrito y; adjuntar a la postura el recibo de pago expedido por la Tesorería Municipal garantizando cuando menos el 10% del valor fijado a los bienes en la presente convocatoria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, la admisión de posturas será hasta antes del remate, fijado para 20 de Mayo de 2016 a las 12:00 horas; los escritos de postura presentados, deberán reunir los requisitos que establece el artículo 128 de la ley hacendaria antes mencionada, a saber:

    I.- Cuando se trate de personas físicas, el nombre, edad, nacionalidad, capacidad legal, estado civil, profesión y domicilio del postor. Si fuere una sociedad, la denominación o razón social, la fecha de su constitución e inscripción del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, la clave del Registro Federal de Contribuyentes y el domicilio social.

    II.- Las cantidades que se ofrezcan en letra y número, así como la forma de pago en que realizará el pago.

    Se considerará postura legal, la cantidad ofrecida debiendo cubrir por lo menos las dos terceras partes del valor señalado como base para el remate, que una vez fincado, se aplicará el depósito constituido, y el postor, dentro de los 03 días posteriores a la fecha del remate, enterará en la caja de la Oficina Ejecutora, el saldo de la cantidad ofrecida en su postura.

    PRIMERA ALMONEDA

    CREDITO FISCAL: Expediente número 13M002021001 de fecha 01 de Agosto de 2012.

    Concepto del crédito fiscal: Omisión en el pago por concepto del impuesto predial de la cuenta 13M002021001, por el periodo que comprende del tercer bimestre del ejercicio fiscal 2010 al tercer bimestre del ejercicio fiscal 2016; embargando la cuenta predial 13M002021001.

    Importe del crédito fiscal y accesorios a la fecha de la convocatoria: $73,886.86 (Setenta y Tres Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos 86/100 M.N.)

    Nombre del deudor: C. Martín del Campo Hdez. Alexa.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 90 PERIODICO OFICIAL

    Valor que sirve de base para la almoneda: $4, 526,750.00 (Cuatro Millones Quinientos Veintiséis Mil Setecientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.)

    Postura Legal: $3, 017,833.33 (Tres Millones Diecisiete Mil Ochocientos Treinta y Tres Pesos 33/100 M.N.)

    Generalidades del bien inmueble sujeto del remate:

    Ubicado en Calle de Arriba L-34, Sección H, Col. San Javier, Guanajuato, Gto., con una superficie de 200 m2 (Doscientos Metros 00/100 Metros Cuadrados) y colindando al norte 10.00 m con Calle de Arriba, al este 20.00 m con lote número 32, al sur 10.00 m con lote número 20 y al oeste 20.20 m con lote número 2 Bis.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 91

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - JERECUARO, GTO.

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  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 93

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 94 PERIODICO OFICIAL

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - LEON, GTO.

    EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE LEÓN, ESTADO DE GUANAJUATO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN IV INCISO C) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 121 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 16 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN, GUANAJUATO; Y 76 FRACCIÓN IV, INCISOS G) Y J) DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 11 DE ABRIL DE 2016, APROBÓ EL SIGUIENTE:

    A C U E R D O

    PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 3, 92, 93, 94, 97, 98 y 99 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio de León, Guanajuato; artículos 11-A y 35 del Reglamento de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento para el Municipio de León, Gto., se aprueba al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, para que realice la donación de los bienes muebles que se describen en el anexo único que forma parte del presente acuerdo a favor de las asociaciones civiles siguientes: Asilo Pablo de Anda, A.C.; Promoción Voluntaria para la Salud, A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz Roja Mexicana, Delegación León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.; Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C. y Casa de Asistencia y Rehabilitación para Indigentes, A.C.; lo anterior con la finalidad de facilitar el cumplimiento de su objeto social.

    ANEXO

    A).- DESCRIPCIÓN DE BIENES.

    Infraestructura agua potable: este rubro de activo fijo se refiere a equipo electromecánico, arrancadores, válvulas, radio transmisor de datos de pozos y rebombeos.

    Infraestructura saneamiento: este rubro de activo fijo se refiere a equipo electromecánico, arrancadores, válvulas y medidores.

    Mobiliario y equipo: escritorios, ventiladores, calculadoras, sillas, estanterías, archiveros, lockers, mesas, radio móvil, radio portátil, teléfonos, diademas, computadoras, impresoras, terminales colectoras de datos, graficador, regulador, concentrador de puertos, lector óptico, explosímetros, fornitura, maquinaria en general, herramienta mayor , equipo de gas y equipo de laboratorio, etc.

    Equipo de transporte: Pick – up, chasis – cabina, remolques, vehículos en general.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 95

    B).- DISTRIBUCIÓN DE BIENES (ACTIVOS Y CHATARRA)

    DONATARIO BIEN (DESCRIPCIÓN) CANTIDAD Y/Ó PORCENTAJE NUMERO DE ACTIVO

    1.- Promoción Voluntaria para la Salud, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    22% del total de su venta s/n

    2.- Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta s/ n

    3.- Cruz Roja Mexicana, Delegación León

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta s/n

    4.- Fundación Pro Niño Leonés, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta s/n

    5.- Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta s/n

    6.- Casa de Asistencia y Rehabil i tación para Indigentes, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta s/n

    7.- Asilo Pablo de Anda, A.C.

    Activos obsoletos y chatarra

    13% del total de su venta

    s/n

    SEGUNDO.- Se faculta a las organizaciones civiles Promoción Voluntaria para la Salud, A.C.; Casa Cuna Amigo Daniel, A.C.; Cruz Roja Mexicana, Delegación León; Fundación Pro Niño Leonés, A.C.; Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C. y Casa de Asistencia y Rehabilitación para Indigentes, A.C., procedan a la venta de los activos y chatarra entregados a su favor apliquen los recursos obtenidos en dar cumplimiento a su objeto social, lo anterior de conformidad a los porcentajes de utilidad establecidos en el anexo único que forma parte del presente acuerdo.

    Para los efectos del párrafo anterior, la asociación civil denominada Promoción Voluntaria para la Salud, A.C., se coordinará con Casa Cuna Amigo Daniel A.C., Cruz Roja Mexicana, Delegación León, Fundación Pro Niño Leonés A.C., Asociación Leonesa de la Familia del Niño, A.C. y con Casa de Asistencia y Rehabilitación para Indigentes, A.C., para llevar a cabo la venta del 100% de activos obsoletos y chatarra materia de donación con base en la autorización emitida por el Consejo Directivo del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, además se registrarán los resultados referentes a kilos e importes obtenidos de la venta del material donado, para efecto de dar cumplimiento al acuerdo de los porcentajes autorizados a las instituciones beneficiadas.

    TERCERO.- Para el caso de que los activos y/o los recursos obtenidos de su venta que no sean destinados al cumplimiento de fines sociales de las organizaciones receptoras, los mismos deberán ser devueltos y/o depositados en su totalidad al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León.

    CUARTO.- Se instruye y se faculta al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, para que en el ámbito de su respectiva competencia y en los términos del punto primero del presente Acuerdo, realice las gestiones y acciones necesarias para dar cumplimiento al mismo, de igual manera para realizar los ajustes necesarios en el padrón de bienes.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 96 PERIODICO OFICIAL

    QUINTO.- Se instruye y se faculta al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León (SAPAL), para que realice la baja de los bienes que se precisan en el documento que como anexo forma parte de este dictamen.

    SEXTO.- Se instruye y se faculta a la Contraloría Municipal, para que verifique el cumplimiento y transparencia en los términos de Ley, del proceso de donación de los activos materia del presente dictamen.

    SÉPTIMO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato para los efectos del artículo 220 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

    DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE LEÓN, GUANAJUATO, EL DÍA 21 DE ABRIL DE 2016.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 97

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - MOROLEON, GTO.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 98 PERIODICO OFICIAL

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - PURISIMA DEL RINCON, GTO.

    El C. José Juventino López Ayala, Presidente Constitucional del Municipio de Purísima del Rincón, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo hace saber:

    Que el H. Ayuntamiento que presido con fundamento por los artículos 115, fracción II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción I y 121 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; artículo 76 fracción I inciso b), 77 fracción VI, y 236 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en sesión extraordinaria número 013 celebrada el 27 de enero del 2016 aprobó el siguiente:

    REGLAMENTO DE LA DIRECCION DE PLANEACIÓN DEL MUNICIPIO DEPURÍSIMA DEL RINCÓN, GUANAJUATO

    CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1. Las disposiciones de este reglamento son de orden público e interés social, tienen por objeto establecer:

    I. Las bases y principios para la organización, estructuración y funcionamiento de la "Dirección de Planeación del Municipio de Purísima del Rincón".

    II. Las bases para la integración y funcionamiento del Sistema Municipal de Planeación. III. Las normas y principios para llevar a cabo la planeación del desarrollo del Municipio.

    Artículo 2. Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

    I. DIPLAP: A la Dirección de Planeación de Purísima del Rincón. II. SIMUPLAN: Al Sistema Municipal de Planeación, el cual se integra por el conjunto de

    instrumentos de planeación como: planes, programas, proyectos y procedimientos técnicos, legales y administrativos, necesarios para la planeación del desarrollo integral del Municipio de Purísima del Rincón, Gto.

    III. COPLADEM: Al Consejo de Planeación de Desarrollo Municipal. IV. COPLADEG: Al Consejo de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guanajuato. V. SEPLAN: Al Sistema Estatal de Planeación. VI. PED: Al Plan Estatal de Desarrollo. VII. Dependencias: Direcciones y unidades administrativas de la administración pública

    centralizada del municipio de Purísima del Rincón, Gto. VIII. Entidades del Gobierno Municipal: Los organismos públicos descentralizados, y fideicomisos

    públicos municipales de Purísima del Rincón, Gto.

    Artículo 3. Para los efectos de este reglamento, son autoridades en materia de planeación municipal:

    I. El Ayuntamiento. II. El Presidente Municipal.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 99

    CAPITULO IIDE LAS ATRIBUCIONES DE LA DIPLAP

    Artículo 4. La DIPLAP es una unidad administrativa perteneciente a la Administración Pública Municipal Centralizada.

    Artículo 5. Son atribuciones de la DIPLAP las siguientes:

    I. Asesorar y coadyuvar con el Ayuntamiento en la planeación del desarrollo del Municipio con visión de largo plazo;

    II. Proporcionar asesoría técnica en materia de planeación a las dependencias y Entidades del Gobierno Municipal;

    III. Diseñar la metodología y los lineamientos para la elaboración de los instrumentos del SIMUPLAN;

    IV. Coordinar la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación de los instrumentos del SIMUPLAN asegurando su congruencia con el Plan Estatal Desarrollo y sus programas derivados;

    V. Coordinar el COPLADEM; VI. Asegurar a través del COPLADEM, la participación de representantes de la sociedad organizada

    en la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación de los instrumentos del SIMUPLAN; VII. Difundir los instrumentos del SIMUPLAN; VIII. Participar en su caso, en los procesos de planeación del desarrollo en las áreas conurbadas

    y zonas metropolitanas; IX. Propiciar la vinculación con las otras estructuras del SEPLAN para la implementación de

    estrategias que contribuyan al desarrollo sustentable del Municipio; X. Coordinar y administrar el Sistema Municipal de Información Estadística y Geográfica a través

    de un grupo multidisciplinario conformado por las áreas responsables de la generación, actualización, procesamiento y difusión de la información en la materia;

    XI. Promover la celebración de convenios para el logro de los objetivos del desarrollo integral del Municipio;

    XII. Proponer al Ayuntamiento las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, conforme al Artículo 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos;

    XIII. Emitir opiniones para que se procure evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la naturaleza puede sufrir en perjuicio de la sociedad; y

    XIV. Las demás que el Ayuntamiento le confiera.

    CAPITULO IIIDE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

    SECCIÓN PRIMERADE LOS ÓRGANOS QUE LO CONFORMAN

    Artículo 6. Para la administración y despacho de los asuntos que le competen, la DIPLAP contará con la siguiente estructura:

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 100 PERIODICO OFICIAL

    I. Cuerpo Técnico. II. COPLADEM. III. Comisión Ejecutiva.

    SECCIÓN SEGUNDADEL CUERPO TÉCNICO

    Artículo 7. La DIPLAP para su operación y funcionamiento contará con un equipo técnico multidisciplinario el cual estará conformado por el Director General y las Unidades Administrativas necesarias para cumplir con su objeto, así como el personal asalariado de la propia DIPLAP, cuyas denominaciones y atribuciones de contemplarán en el Reglamento Interior de la propia DIPLAP.

    Artículo 8. La DIPLAP contará con el apoyo de las siguientes Unidades Administrativas de la Administración Pública Centralizada:

    I. Dirección de Desarrollo social II. Dirección de Desarrollo Urbano III. Dirección de Ecología y Medio Ambiente. IV. Dirección Jurídica. V. Y todas aquellas que por naturaleza de sus funciones tengan que ver con la Planeación y

    desarrollo del Municipio de Purísima del Rincón.

    SECCIÓN TERCERADEL DIRECTOR GENERAL

    Artículo 9. La Dirección de la misma estará a cargo de un Director General el cual será propuesto por el Presidente Municipal y ratificado por el H. Ayuntamiento.

    Artículo 10. Son funciones del Director General de la DIPLAP:

    I. Mantener bajo su responsabilidad, la guarda, conservación y buen desarrollo de la DIPLAP; II. Proponer a los integrantes de su equipo de trabajo, y al demás personal de la DIPLAP, los

    cuáles serán ratificados por el Presidente Municipal. III. Hacer cumplir los planes, programas y objetivos de la DIPLAP; IV. Coordinar las actividades administrativas, financieras, técnicas y operativas de la DIPLAP; V. Suscribir los convenios, contratos y demás actos jurídicos que sean necesarios para el

    cumplimiento del objeto de la DIPLAP previa autorización de la Comisión; VI. Elaborar, actualizar y someter para su aprobación al pleno del H. Ayuntamiento la propuesta

    del Programa de Operación Anual, así como su presupuesto anual de Ingresos y Egresos; VII. Presentar al H. Ayuntamiento en la última sesión del año, el informe anual de actividades y

    estado que guarda la DIPLAP; VIII. Coordinarse, con las dependencias y Entidades del Gobierno Municipal para el seguimiento

    de los planes, programas y proyectos que desarrollen conjuntamente, así como para realizar la integración de los sistemas de cartografía y base de datos de éste;

    IX. Concurrir en coordinación con otras autoridades en materia de planeación integral;

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 101

    X. Gestionar la inscripción en el Registro Público de la Propiedad del partido judicial correspondiente a esta jurisdicción municipal, de los instrumentos del SIMUPLAN;

    XI. Informar al Ayuntamiento cuando éste lo requiera, sobre el ejercicio de las funciones de la DIPLAP;

    XII. Coordinar el proceso de constitución del COPLADEM y XIII. Procurar que el Sistema Municipal de Planeación sea congruente con los Planes Nacional

    y Estatal de Desarrollo Urbano, en la debida coordinación y concurrencia con las instancias federales y estatales en esta materia, en los ámbitos de sus competencias;

    XIV. Las demás atribuciones que se deriven del presente reglamento y de otros ordenamientos legales aplicables.

    SECCIÓN CUARTADEL CONSEJO DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL

    DE PURÍSIMA DEL RINCÓN, GUANAJUATO

    Artículo 11. El Consejo de planeación se regirá conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interior del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal de Purísima del Rincón, Guanajuato.

    CAPITULO IVDE LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL

    SECCIÓN PRIMERADEL SISTEMA MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

    Artículo 12. El SIMUPLAN es un mecanismo permanente de planeación integral, estratégica y participativa, a través del cual el Ayuntamiento y la sociedad organizada establecen procesos de coordinación para lograr el desarrollo del Municipio.

    Artículo 13. El SIMUPLAN tiene por objeto promover y facilitar la participación social en la elaboración, actualización, ejecución y evaluación de los planes y programas que de él se derivan, bajo un esquema organizado de corresponsabilidad y solidaridad.

    Artículo 14. El SIMUPLAN contará con las siguientes estructuras:

    I. De coordinación: LA DIPLAP. II. De participación: El COPLADEM.

    Artículo 15. El SIMUPLAN contará con los siguientes instrumentos:

    I. Plan municipal de desarrollo; II. Programa municipal de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico territorial; III. Programa de gobierno municipal; y IV. Programas derivados del programa de gobierno municipal.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 102 PERIODICO OFICIAL

    SECCIÓN SEGUNDADE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

    Artículo 16. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, la participación social para la elaboración y actualización de los planes y programas se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento: I. La DIPLAP, en coordinación con el COPLADEM, darán aviso del inicio del proceso de

    elaboración o actualización de los planes o programas, mediante la publicación en un periódico de circulación municipal;

    II. La DIPLAP pondrá a disposición del público la información relativa al proyecto de plan o programa;

    III. La DIPLAP establecerá un plazo para que los ciudadanos presenten sus planteamientos; IV. La DIPLAP en coordinación con el COPLADEM, analizarán las opiniones y propuestas de los

    ciudadanos participantes de manera que el plan o programa integre los acuerdos alcanzados entre la sociedad y las autoridades competentes;

    V. Una vez aprobado el plan o programa respectivo o sus actualizaciones, la DIPLAP lo enviará para su publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado y en los periódicos de mayor circulación del Municipio.

    TRANSITORIOS

    ARTÍCULO PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al cuarto día siguiente a su publicación.

    ARTÍCULO SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento del Organismo Público Descentralizado de Planeación del Municipio de Purísima del Rincón, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 58 segunda parte, de fecha 11 de abril del 2014, así como las disposiciones administrativas municipales que se hubieren dictado con anterioridad y se opusieran a las contenidas en el presente Reglamento.

    Por lo tanto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77, fracción VI y 240 de la Ley Orgánica Municipal, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

    Dado en la Presidencia Municipal de Purísima del Rincón Estado de Guanajuato, a los 28 días del mes de enero de 2016.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 103

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN JOSE ITURBIDE, GTO.

    El Ciudadano José César Rodríguez Zarazúa, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de San José Iturbide, Gto.; a los habitantes del mismo hago saber:

    Que este Honorable Ayuntamiento, con fundamento en los Artículos 115 fracción ll de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción l de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; 76 fracción ll inciso b), 199, 206, 207 y 208 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en sesión ordinaria número 24 de fecha 29 de Abril 2016, en el noveno punto del orden del día se aprobó el siguiente:

    ACUERDO

    PRIMERO.- Se desafectan del Patrimonio Municipal las fracciones de los predios Municipales, pertenecientes a este Municipio de San José Iturbide, Gto., mismos que cuentas con las siguientes medidas y colindancias:

    1.-PRIMARIA.- VICENTE GUERRERO, Comunidad "LA TORNA". No. de Escritura.- 6,756., ante la Fe del Notario Público No. 4, el Lic. Abdiel Ferro Mendoza Ubicado en la Calle Allende No.8D, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., y con una superficie del terreno de 5,254.35 M2:

    • AL NOROESTE.- EN 5 CINCO LÍNEAS, LA PRIMERA DE 21.41 VEINTIUNO PUNTO CUARENTA Y UN METROS, LA SEGUNDA DE 49.25 CUARENTA Y NUEVE PUNTO VEINTICINCO METROS, LA TERCERA DE 71.69 SETENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS, LA CUARTA DE 14.87 CATORCE PUNTO OCHENTA SIETE METROS Y LA QUINTA DE 15.68 QUINCE PUNTO SESENTA Y OCHO METROS CON CALLEJÓN VICENTE GUERRERO, RESPECTIVAMENTE;

    • AL NORESTE.- 14.46 CATORCE PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS, Y LINDA CON CALLEJÓN VICENTE GUERRERO;

    • AL SURESTE.- 168.54 CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS, Y LINDA CON CALLE VICENTE GUERRERO; Y

    • AL SUROESTE.- EN 2 DOS LÍNEAS, LA PRIMERA DE 25.17 VEINTICINCO PUNTO DIECISIETE METROS Y LA SEGUNDA DE 15.87 QUINCE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CON ARROYO DE LA DESGRACIA, RESPECTIVAMENTE.

    2.-JARDÍN DE NIÑOS.- GABRIELA MISTRAL, Comunidad "ARENAL DE ARRIBA", No. de Escritura.- 5,685., ante la Fe del Notario Público No. 4, el Lic. Abdiel Ferro Mendoza Ubicado en la Calle Allende No.8D, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., superficie del terreno de 1,207.78 M2:

    • AL NOROESTE.- EN 2 DOS LÍNEAS, LA PRIMERA DE 14.74 CATORCE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS Y LA SEGUNDA DE 17.17 DIECISIETE PUNTO DIECISIETE METROS CON LOTE NÚMERO 1 UNO, RESPECTIVAMENTE;

    • AL NORESTE.- 23.30 VEINTITRÉS PUNTO TREINTA METROS, Y LINDA CON SILVESTRE SOTO Y TERRENO DE CULTIVO;

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 104 PERIODICO OFICIAL

    • AL SURESTE.- EN 4 CUATRO LÍNEAS, LA PRIMERA DE 33.81 TREINTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y UN METROS, LA SEGUNDA DE 10.62 DIEZ PUNTO SESENTA Y DOS METROS, LA TERCERA DE 11.75 ONCE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS Y LA CUARTA DE 14.17 CATORCE PUNTO DIECISIETE METROS CON CALLE ZAFIRO, LOTES NÚMEROS 3 TRES Y 4 CUATRO, RESPECTIVAMENTE; Y

    • AL SUROESTE.- 28.79 VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS, Y LINDA CON LOTE NÚMERO 2 DOS.

    3.-PRIMARIA.- GENERAL SANTOS DEGOLLADO, Comunidad "OJO DE AGUA DEL REFUGIO". No. de Escritura.- 24,858., ante la Fe del Notario Público No. 1, el Lic. Alberto Ferro de la Sota Ubicado en la Calle, Allende No.8 Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., superficie del Terreno 1,450.70 M2:

    • AL NORTE.- EN 5 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 4.31 CUATRO METROS TREINTA Y UN CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 24.09 VEINTICUATRO METROS NUEVE CENTIMETROS, LA TERCERA DE 5.08 CINCO METROS OCHO CENTIMETROS, LA CUARTA DE 0.78 SETENTA Y OCHO CENTIMETROS Y LA QUINTA DE 24.56 VEINTICUATRO METROS CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS, CON CALLE SANTOS DEGOLLADO, RESPECTIVAMENTE;

    • AL SUR.- EN 3 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 36.38 TREINTA Y SEIS METROS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 4.96 CUATRO METROS NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS Y LA TERCERA DE 24.94 VEINTICUATRO METROS NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS, CON CALLE DIEGO RIVERA, RESPECTIVAMENTE;

    • AL ORIENTE.- 7.01 SIETE METROS UN CENTIMETRO, Y LINDA CON JARDINERA; Y • AL PONIENTE.- EN 2 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 7.93 SIETE METROS NOVENTA Y

    TRES CENTIMETROS Y LA SEGUNDA DE 34.64 TREINTA Y CUATRO METROS SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS, CON CALLE MORELOS, RESPECTIVAMENTE.

    4.-JARDÍN DE NIÑOS.- JUAN ENRIQUE PESTALOZZI, Comunidad "MIRANDA". No. de Escritura.-26,046. Ante la Fe del Notario Público No. 1, Lic. Alberto Ferro de la Sota, Ubicado en la Calle Allende No.8, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., con una superficie del Terreno 500.34 M2:

    • AL NORTE.- 25.00 VEINTICINCO METROS, Y LINDA CON LOTE NUMERO 9 NUEVE; • AL SUR.- EN 2 LINEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 24.05 VEINTICUATRO METROS CINCO

    CENTIMETROS Y LA SEGUNDA DE 0.90 NOVENTA CENTIMETROS, Y LINDAN CON LOTE NUMERO 6 SEIS (PRIMARIA) Y CARRETERA AL CAPULIN, RESPECTIVAMENTE;

    • AL ORIENTE.- 20.10 VEINTE METROS DIEZ CENTIMETROS, Y LINDA CON CARRETERA AL CAPULIN; Y

    • AL PONIENTE.- 19.90 DIECINUEVE METROS NOVENTA CENTIMETROS, Y LINDA CON LOTE NUMERO 9 NUEVE.

    5.-TELESECUNDARIA 676.- "MIRANDA", NO. DE ESCRITURA.- 26,045. Ante la Fe del Notario Público No. 1, Lic. Alberto Ferro de la Sota, Ubicado en la Calle Allende No.8, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., con una superficie del Terreno 4,980.72 M2:

    • AL NORESTE.-123.10 CIENTO VEINTITRES METROS DIEZ CENTIMETROS, Y LINDA CON RUBEN PICHARDO RIOS;

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 105

    • AL SURESTE.- 40.85 CUARENTA METROS OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS, Y LINDA CON CARRETERA AL CAPULIN;

    • AL SUROESTE.-EN 3 LINEA, SIENDO LA PRIMERA DE 35.44 TEINTA Y CINCO METROS CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS, LA SEGUNDA DE 51.70 CINCUENTA Y UN METROS SETENTA CENTIMETROS Y LA TERCERA DE 32.45 TREINTA Y DOS METROS CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS, Y LINDAN CON LOTE NUMERO 9 NUEVE, LOTE NUMERO 10 DIEZ Y LOTE NUMERO 11 ONCE, RESPECTIVAMENTE;

    • AL NOROESTE.- 41.46 CUARENTA Y UN METROS CUARENTA Y SEIS CENTIMETRO, Y LINDA CON CAMINO VECINAL JUAREZ.-

    6.-PRIMARIA.- LEYES DE REFORMA, COMUNIDAD "MIRANDA". NO. DE ESCRITURA.- 26,048. Ante la Fe del Notario Público No. 1, Lic. Alberto Ferro de la Sota, Ubicado en la Calle Allende No.8, Colonia Centro de San José Iturbide, Guanajuato., con una superficie del Terreno.- 3,981.71M2:

    • AL NORTE.- EN 2 LÍNEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 25.50 VEINTICINCO METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS Y LA SEGUNDA DE 24.05 VEINTICUATRO METROS CINCO CENTÍMETROS, CON LOTE NUMERO 9 NUEVE (KINDER);

    • AL SUR.- 50.53 MTS., LINDA CON CALLE MÓRELOS; • AL ORIENTE.- 22.82, 0.88, 48.10 Y 8.70 MTS., CON CARRETERA AL CAPULÍN; • AL PONIENTE.- EN 2 LÍNEAS, SIENDO LA PRIMERA DE 47.90 CUARENTA Y SIETE METROS

    CON NOVENTA CENTÍMETROS Y LA SEGUNDA DE 32.00 TREINTA Y DOS METROS, Y LINDAN CON SIMEON GONZÁLEZ VARGAS Y LOTE NUMERO 5 CINCO.

    SEGUNDO.- Se donan los bienes inmuebles propiedad del Municipio de San José Iturbide, descritos en la fracción anterior a favor de Gobierno del Estado de Guanajuato, con destino a la Secretaría de Educación de Guanajuato, para que sigan operando la Telesecundaria, las Primarias y el Preescolar; referidas en párrafos anteriores.

    TERCERO.- Los bienes inmuebles antes mencionados se revertirán al Patrimonio Municipal con todas las instalaciones que en el se encuentren o edifiquen, si se utiliza para un fin distinto al autorizado o si se llegare a disolver la Secretaría de Educación de Guanajuato, con fundamento en el articulo 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

    CUARTO.- Dese de Baja del Padrón de Inmuebles Municipales.

    QUINTO.-Se faculta al Presidente Municipal, Síndico Municipal y Secretario del H. Ayuntamiento, firmen la escritura respectiva.

    SEXTO.- Se ordena la Publicación del Presente acuerdo en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato.

    Por lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 220 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, mando se imprima, publique, circule y se dé el debido cumplimiento.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 106 PERIODICO OFICIAL

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 107

    PRESIDENCIA MUNICIPAL - VICTORIA, GTO. EL CIUDADANO LIC. HÉCTOR TEODORO MONTES ESTRADA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE VICTORIA, GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HAGO SABER:

    QUE EL H. AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 106 Y 117 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 2, 76 FRACCIÓN I INCISO B), 236, 237, 239 FRACCIÓN II Y 240 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE FECHA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2016, APROBÓ LO SIGUIENTE:----------------------------------------------------------------------------------------------

    ACUERDO:

    PRIMERO: Se desafecta del dominio público la fracción del predio urbano denominado "Las Olleras" propiedad municipal, ubicado en calle 16 de septiembre sin número de la ciudad de Victoria, Guanajuato, que ampara la escritura pública número 6096 de fecha 08 de Abril de 2016, pasada ante la fe de la Lic. María Elizabeth Lino Briones, Notario Público 7 en legal ejercicio en el Partido Judicial de San Luis de la Paz, Guanajuato, el cual consta de una superficie de 6,966.55, con las siguientes medidas y colindancias:

    NORTE: 95.34 metros, con propiedad municipal.

    SUR: 106.10 metros, con calle 16 de Septiembre.ORIENTE: 70.00 metros, con propiedad municipal.

    PONIENTE: 69.17 metros, con propiedad municipal

    SEGUNDO: Se otorga en donación el inmueble descrito en el punto anterior en favor del Gobierno del Estado de Guanajuato con destino al Instituto de Salud pública (ISAPEG). Para el establecimiento de servicios de salud en beneficio social de los habitantes del municipio de Victoria, Gto.

    TERCERO: Operará la reversión del inmueble en favor del municipio de Victoria, Gto en caso de que el inmueble sea destinado para fines distintos al ya especificado, la persona colectiva se disuelva o liquide, o bien no se ejecuten las obras públicas correspondientes en un término de dos años a partir de que surtan los efectos el presente acuerdo, de conformidad con artículos 206 párrafo tercero y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

    CUARTO: Se instruye al titular de Tesorería Municipal para que proceda el dar de baja la fracción del bien inmueble del padrón inmobiliario del municipio de Victoria, Gto y tramitar en favor de Gobierno del Estado para el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato (ISAPEG) el permiso de división que corresponda

    QUINTO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial de Estado, como lo establece el artículo 220 de la Ley Orgánica Municipal.

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 108 PERIODICO OFICIAL

    POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 70, FRACCIONES I Y VI Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO.

    DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE VICTORIA, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 18 DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL 2016 DOS MIL DIECISEIS.

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 109

    A V I S O

    SE LES COMUNICA A TODOS LOS USUARIOS EN GENERAL, QUE A PARTIR DEL DIA 7 DE ENERO DEL 2003, SE INCREMENTO UNA EDICION MAS DE SECCION JUDICIAL, A LAS PUBLICACIONES DEL PERIODICO OFICIAL YA EXISTENTES, DETERMINANDOSE COMO DIAS DE PUBLICACION EL LUNES, MARTES, JUEVES Y VIERNES.

    LO ANTERIOR CON LA FINALIDAD DE BRINDARLES UN MEJOR SERVICIO.

    ATENTAMENTE:LA DIRECCION

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 110 PERIODICO OFICIAL

    AVISO Por este conducto se les comunica a todos los usuarios en general, que a partir del día 10 de Abril del año 2003, esta disponible la información del texto del Periódico Oficial en su página de Internet.

    Para su consulta, se deberá accesar a la Dirección: ( www.guanajuato.gob.mx ) de Gobierno del Estado,

    hecho lo anterior dar clic sobre la Pestaña Informatela cual mostrara otras Ligas entre ellas la del Periódico.

    o bien ( http://periodico.guanajuato.gob.mx )

    Agradecemos la atención que le sirvan al presente Aviso.

    Atte.La Dirección

  • PERIODICO OFICIAL 10 DE MAYO - 2016 PAGINA 111

    AVISO

    A todos los usuarios de las diferentes

    Dependencias de los Gobiernos Federal,

    Estatal y Municipal, así como a los diferentes

    Organismos Públicos Descentralizados

    que envian diversos documentos para su

    publicación en el Periódico Oficial, se les

    solicita de la manera más atenta se sirvan

    remitir dicho documento en forma impresa,

    en CD, (realizado en Word con formato rtf),

    lo anterior debido a que los procesos de

    impresión de esta Dirección del Periódico

    Oficial así lo requieren.

    Agradecemos la atención que le

    sirvan al presente Aviso.

    Atte.La Dirección

  • 10 DE MAYO - 2016PAGINA 112 PERIODICO OFICIAL

    D I R E C T O R I OPERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO

    DEL ESTADO DE GUANAJUATOSe publica los LUNES, MARTES, JUEVES y VIERNES

    Oficinas: Km. 10 Carr. Juventino RosasTel. (473) 73 3-12-54 * Fax: 73 3-30-03

    Guanajuato, Gto. * Código Postal 36000Correos Electronicos

    Lic. Luis Manuel Terrazas Aguilar ( [email protected] )José Flores González ( [email protected] )

    T A R I F A S :

    Suscripción Anual (Enero a Diciembre) $ 1,285.00Suscripción Semestral " 641.00(Enero-Junio) (Julio-Diciembre)Ejemplares, del Día o Atrasado " 20.00Publicaciones por palabra o cantidadpor cada inserción " 2.00Balance o Estado Financiero, por Plana " 2,128.00Balance o Estado Financiero, por Media Plana " 1,070.00

    Los pagos deben hacerse en las Oficinas Recaudadoras del Estado, enviando el ORIGINAL del EDICTO o del BALANCE

    con el Recibo Respectivo.Favor de enviar ORIGINALES. Así nos evitará su devolución.

    DIRECTORLIC. LUIS MANUEL TERRAZAS AGUILAR