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Recuadro N o II SOLICITANTE Recuadro N o I TÍTULO DE LA INVENCIÓN PCT El abajo firmante pide que la presente solicitud internacional sea tramitada con arreglo al Tratado de Cooperación en materia de Patentes. PETITORIO Referencia al expediente del solicitante o del mandatario (si se desea) (como máximo, 25 caracteres) Para uso de la Oficina receptora únicamente Solicitud internacional N o Fecha de presentación internacional Nombre de la Oficina receptora y “Solicitud internacional PCT” Esta persona también es inventor. Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario Estado de domicilio (nombre del Estado): Estado de nacionalidad (nombre del Estado): Recuadro N o IV MANDATARIO O REPRESENTANTE COMÚN; O DIRECCIÓN PARA LA CORRESPONDENCIA La persona abajo identificada se nombra/ha sido nombrada para actuar en nombre del/ de los solicitante(s) ante las administraciones internacionales competentes como: Nombre y dirección: Los demás solicitantes y/o (demás) inventores se indican en una hoja de continuación. mandatario representante común (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación oficial completa. En la dirección deben figurar el código postal y el nombre del país.) Ver las Notas relativas al formulario del petitorio Formulario PCT/RO/101 (primera hoja) (julio 2019) Dirección para la correspondencia: márquese esta casilla cuando no se nombre/se haya nombrado ningún mandatario o representante común y el espacio de arriba se utilice en su lugar para indicar una dirección especial a la que deba enviarse la correspondencia. N o de registro del solicitante en la Oficina N o de facsímil N o de teléfono N o de registro del mandatario en la Oficina Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación oficial completa. En la dirección deben figurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.) N o de teléfono N o de facsímil Recuadro N o III OTRO(S) SOLICITANTE(S) Y/O (OTRO(S)) INVENTOR(ES) Autorización a utilizar el correo-e. Al marcar una de las casillas que figuran abajo se autoriza a la Oficina receptora, la Administración de búsqueda internacional, la Oficina Internacional y la Administración de examen preliminar internacional a utilizar la dirección de correo-e que se indica en este recuadro para enviar notificaciones relativas a la presente solicitud internacional, si dichas oficinas así lo desean Dirección de correo-e: como copias previas por vía electrónica seguidas de las notificaciones en papel o, por correo electrónico exclusivamente (no se enviará ninguna notificación en papel) Autorización a utilizar el correo-e. Al marcar una de las casillas que figuran abajo se autoriza a la Oficina receptora, la Administración de búsqueda internacional, la Oficina Internacional y la Administración de examen preliminar internacional a utilizar la dirección de correo-e que se indica en este recuadro para enviar notificaciones relativas a la presente solicitud internacional, si dichas oficinas así lo desean Dirección de correo-e: como copias previas por vía electrónica seguidas de las notificaciones en papel o, por correo electrónico exclusivamente (no se enviará ninguna notificación en papel)

PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

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Page 1: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Recuadro No II SOLICITANTE

Recuadro No I TÍTULO DE LA INVENCIÓN

PCT

El abajo fi rmante pide que la presente solicitud internacional sea tramitada con arreglo al Tratado de

Cooperación en materia de Patentes.

PETITORIO

Referencia al expediente del solicitante o del mandatario (si se desea) (como máximo, 25 caracteres)

Para uso de la Ofi cina receptora únicamente

Solicitud internacional No

Fecha de presentación internacional

Nombre de la Ofi cina receptora y “Solicitud internacional PCT”

Esta persona también es inventor.

Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario

Estado de domicilio (nombre del Estado): Estado de nacionalidad (nombre del Estado):

Recuadro No IV MANDATARIO O REPRESENTANTE COMÚN; O DIRECCIÓN PARA LA CORRESPONDENCIA

La persona abajo identifi cada se nombra/ha sido nombrada para actuar en nombre del/de los solicitante(s) ante las administraciones internacionales competentes como:Nombre y dirección:

Los demás solicitantes y/o (demás) inventores se indican en una hoja de continuación.

mandatario representante común

(apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país.)

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (primera hoja) (julio 2019)

Dirección para la correspondencia: márquese esta casilla cuando no se nombre/se haya nombrado ningún mandatario o representante común y el espacio de arriba se utilice en su lugar para indicar una dirección especial a la que deba enviarse la correspondencia.

No de registro del solicitante en la Ofi cina

No de facsímil

No de teléfono

No de registro del mandatario en la Ofi cina

Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.)

No de teléfono

No de facsímil

Recuadro No III OTRO(S) SOLICITANTE(S) Y/O (OTRO(S)) INVENTOR(ES)

Autorización a utilizar el correo-e. Al marcar una de las casillas que fi guran abajo se autoriza a la Ofi cina receptora, la Administración de búsqueda internacional, la Ofi cina Internacional y la Administración de examen preliminar internacional a utilizar la dirección de correo-e que se indica en este recuadro para enviar notifi caciones relativas a la presente solicitud internacional, si dichas ofi cinas así lo desean

Dirección de correo-e:

como copias previas por vía electrónica seguidas de las notifi caciones en papel o,

por correo electrónico exclusivamente (no se enviará ninguna notifi cación en papel)

Autorización a utilizar el correo-e. Al marcar una de las casillas que fi guran abajo se autoriza a la Ofi cina receptora, la Administración de búsqueda internacional, la Ofi cina Internacional y la Administración de examen preliminar internacional a utilizar la dirección de correo-e que se indica en este recuadro para enviar notifi caciones relativas a la presente solicitud internacional, si dichas ofi cinas así lo desean

Dirección de correo-e:

como copias previas por vía electrónica seguidas de las notifi caciones en papel o,

por correo electrónico exclusivamente (no se enviará ninguna notifi cación en papel)

Page 2: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Recuadro No III OTRO(S) SOLICITANTE(S) Y/O (OTRO(S)) INVENTOR(ES)

Si no se ha de utilizar ninguno de estos subrecuadros, esta hoja no debe ser incluida en el petitorio.

No de registro del solicitante en la Ofi cina

No de registro del solicitante en la Ofi cina

No de registro del solicitante en la Ofi cina

Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.)

Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado (es decir, país) de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.)

Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.)

Nombre y dirección: (apellido seguido del nombre; si se trata de una persona jurídica, la designación ofi cial completa. En la dirección deben fi gurar el código postal y el nombre del país. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio.)

Esta persona es:

solicitante únicamente

solicitante e inventor

inventor únicamente (si se marca esta casilla, no se debe rellenar lo que sigue.)

Esta persona es:

solicitante únicamente

solicitante e inventor

inventor únicamente (si se marca esta casilla, no se debe rellenar lo que sigue.)

Esta persona es:solicitante únicamente

solicitante e inventor

inventor únicamente (si se marca esta casilla, no se debe rellenar lo que sigue.)

No de registro del solicitante en la Ofi cina

Esta persona es:solicitante únicamente

solicitante e inventor

inventor únicamente (si se marca esta casilla, no se debe rellenar lo que sigue.)

Formulario PCT/RO/101 (hoja de continuación) (julio 2019) Ver las Notas relativas al formulario del petitorio

Los demás solicitantes y/o (demás) inventores se indican en otra hoja de continuación.

Estado de nacionalidad (nombre del Estado): Estado de domicilio (nombre del Estado):

Estado de nacionalidad (nombre del Estado): Estado de domicilio (nombre del Estado):

Estado de nacionalidad (nombre del Estado): Estado de domicilio (nombre del Estado):

Estado de nacionalidad (nombre del Estado): Estado de domicilio (nombre del Estado):

Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario

Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario

Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario

Esta persona es solicitante para: todos los Estados designados los Estados indicados en el recuadro suplementario

Page 3: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Recuadro suplementario Si no se utilizase el recuadro suplementario, no será necesario incluir esta hoja en el petitorio.

Formulario PCT/RO/101 (hoja suplementaria) (julio 2019)

1. Si cualquiera de los recuadros, excepto los Recuadros Nos VIII.i) a v), para los que se incluye un recuadro de continuación especial, no bastase para contener todas las informaciones: escribir “continuación del Recuadro No ...” [indicar el número del recuadro] y proporcionar las informaciones según las instrucciones facilitadas en el recuadro en que el espacio era insufi ciente, en particular:

i) si hay más de una persona como solicitante y/o inventor y no se cuenta con una “hoja de continuación”: escribir “continuación del Recuadro No III” y proporcionar para cada persona suplementaria el mismo tipo de informaciones que las solicitadas en el Recuadro No III. El país de la dirección indicada en este recuadro es el Estado (es decir, país) de domicilio del solicitante si no se indica más abajo el Estado de domicilio;

ii) si, en el Recuadro No II o en los subrecuadros del Recuadro No III, se ha marcado la casilla “los Estados indicados en el recuadro suplementario”: escribir “continuación del Recuadro No II o “continuación del Recuadro No III” o “continuación de los Recuadros Nos II y III” (según proceda), indicar el nombre del solicitante o solicitantes en cuestión y, al lado de cada nombre, el Estado o Estados (o patente ARIPO, euroasiática, europea o de la OAPI, en su caso) para los que sea solicitante la persona mencionada;

iii) si, en el Recuadro No II o en cualquiera de los subrecuadros del Recuadro No III, el inventor o el solicitante e inventor no es inventor a los fi nes de todos los Estados designados: escribir “continuación del Recuadro No II” o “continuación del Recuadro No III” o “continuación de los Recuadros Nos II y III” (según proceda); indicar el nombre del inventor o inventores y, al lado de cada nombre, el Estado o Estados (o patente ARIPO, euroasiática, europea o de la OAPI, en su caso) para los que sea inventor la persona mencionada;

iv) si además del mandatario o mandatarios indicados en el Recuadro No IV, hubiese mandatarios adicionales: escribir “continuación del Recuadro No IV” y proporcionar para cada mandatario adicional el mismo tipo de informaciones que las que se solicitan en el Recuadro No IV;

v) si, en el Recuadro No VI, se reivindica la prioridad de más de tres solicitudes anteriores: escribir “continuación del Recuadro No VI” y proporcionar para cada solicitud anterior suplementaria el mismo tipo de informaciones que las solicitadas en el Recuadro No VI.

2. Si el solicitante desea que su solicitud internacional sea tratada, en ciertos Estados designados, como una solicitud de patente de adición, de certifi cado de adición, de certifi cado de inventor de adición o de certifi cado de utilidad de adición: en este caso, escribir el nombre o el código de dos letras de cada Estado designado en cuestión acompañado de la mención “patente de adición”, “certifi cado de adición”, “certifi cado de inventor de adición” o “certifi cado de utilidad de adición”, el número del título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y 49bis.1.a) o b)).

3. Si el solicitante desea que su solicitud internacional sea tratada, en los Estados Unidos de América, como una “continuación”o “continuación en parte” de una solicitud anterior: en este caso, escribir “Estados Unidos de América” o “US” acompañado de la mención “continuación” o “continuación en parte” así como el número y la fecha de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)ii) y 49bis.1.d)).

Ver las Notas relativas al formulario del petitorio

Page 4: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Recuadro No VI REIVINDICACIÖN DE PRIORIDAD Y DOCUMENTO DE PRIORIDAD

Hoja No . . . . . . .

Fecha de presentación de la solicitud anterior

(día/mes/año)

Si la solicitud anterior es:

solicitud internacional:Ofi cina receptora

Punto (1)

solicitud regional:Ofi cina regional

Punto (2)

Punto (3)

Restaurar el derecho de prioridad: se solicita a la Ofi cina receptora que restaure el derecho de prioridad respecto a la(s) solicitud(es) anterior(es) indicada(s) más arriba o en el recuadro suplementario como punto(s): (_______________________). (Ver también las Notas del Recuadro No VI; se darán informaciones más amplias que apoyen la petición de restauración del derecho de prioridad).

Número de la solicitud anterior solicitud nacional:

país o miembro de la OMC

Elección de la Administración encargada de la búsqueda internacional (si más de una Administración encargada de la búsqueda internacional es competente para efectuar la búsqueda internacional, indíquese el nombre de la Administración elegida; se puede utilizar el código de dos letras):

Recuadro No VII ADMINISTRACIÓN ENCARGADA DE LA BÚSQUEDA INTERNACIONAL

ISA / . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Se reivindica la prioridad de las siguientes solicitudes anteriores:

Formulario PCT/RO/101 (segunda hoja) (julio 2019) Ver las Notas relativas al formulario del petitorio

En el recuadro suplementario se incluyen reivindicaciones de prioridad adicionales

Recuadro No V DESIGNACIONES

Según la Regla 4.9.a), la presentación de este petitorio constituye la designación de todos los Estados contratantes vinculados por el PCT en la fecha de presentación internacional a efectos de todo tipo de protección disponible y, cuando proceda, de la concesión tanto de patentes regionales como de patentes nacionales.Sin embargo,

DE Alemania no se designa para ningún tipo de protección nacionalJP Japón no se designa para ningún tipo de protección nacional KR República de Corea no se designa para ningún tipo de protección nacional

(Se puede utilizar las casillas de arriba para excluir (de manera irrevocable) las designaciones en cuestión, a condición de que la solicitud internacional, en la fecha de presentación o ulteriormente según la Regla 26bis.1, reivindique en el Recuadro No VI la prioridad de una solicitud nacional anterior presentada en el Estado en cuestión, para evitar que, en virtud de la ley nacional, cesen los efectos de esta solicitud anterior).

Incorporación por referencia: cuando un elemento de la solicitud internacional mencionado en el Artículo 11.1)iii)d) o e) o una parte de la descripción, de las reivindicaciones o de los dibujos mencionada en la Regla 20.5.a) no está contenido en otro lugar en esta solicitud internacional pero fi gura íntegramente en una solicitud anterior cuya prioridad se reivindica en la fecha en la que uno o varios elementos mencionados en el Artículo 11.1)iii) fueron recibidos inicialmente por la Ofi cina receptora, ese elemento o esa parte, a reserva de confi rmación según la Regla 20.6, se incorporará por referencia en esta solicitud internacional a los efectos de la Regla 20.6.

Se pide a la Ofi cina receptora que prepare y transmita a la Ofi cina Internacional una copia certifi cada de la o las solicitudes anteriores (únicamente si esta o estas solicitudes anteriores han sido presentadas en la Ofi cina que, a los fi nes de esta solicitud internacional, es la Ofi cina receptora) indicadas arriba como:

Punto (1) Punto (2) Punto (3) todos los puntos otros, ver recuadro suplementario

Se pide a la Ofi cina Internacional que obtenga en una biblioteca digital una copia certifi cada de la o las solicitudes anteriores indicadas arriba, usando el código o los códigos de acceso, si los hay, indicados a continuación (si la Ofi cina Internacional tiene acceso a esta o estas solicitudes anteriores en una biblioteca digital):

Punto (1) código de acceso _________

Punto (2) código de acceso _________

Punto (3) código de acceso _________

otros, verrecuadro suplementario

Presentación del (de los) documento(s) de prioridad:

Page 5: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Recuadro No VIII DECLARACIONES

Recuadro No VIII.i) Declaración sobre la identidad del inventor : Recuadro No VIII.ii) Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación

internacional, para solicitar y que le sea concedida una patente : Recuadro No VIII.iii) Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación

internacional, a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior : Recuadro No VIII.iv) Declaración sobre la calidad de inventor (sólo para la designación de los

Estados Unidos de América) : Recuadro No VIII.v) Declaración sobre las divulgaciones no perjudiciales o las excepciones a la

falta de novedad :

Las siguientes declaraciones se contienen en los Recuadros Nos VIII.i) a v) (márquense las casillas indicadas abajo que correspondan, e indíquese el número de cada tipo de declaración en la columna de la derecha):

Número de declaraciones

Formulario PCT/RO/101 (tercera hoja) (julio 2019) Ver las Notas relativas al formulario del petitorio

1. Petición del solicitante conforme a la Regla 4.12

1.1 Se pide a la ISA que se indica en el Recuadro No VII que tenga en cuenta los resultados de las búsquedas anteriores que figuran a continuación (ver también las notas relativas a la Continuación del Recuadro No VII, punto 1; utilización de los resultados de más de una búsqueda anterior).

Declaración (Regla 4.12.ii): la presente solicitud internacional es la misma, o esencialmente la misma, que la solicitud respecto de la cual se ha llevado a cabo la búsqueda anterior, con la salvedad de que, en su caso, se presenta en un idioma diferente.

1.2 Presentación de los resultados de la búsqueda anterior, si fuera necesario* Disponibilidad de documentos (Regla 12bis.1.c) y d) y 12bis.2.b)): la ISA puede obtener los siguientes documentos de una forma

y manera que estime aceptables, por lo que no es necesario que el solicitante los presente ante la Ofi cina Receptora o la ISA. una copia de los resultados de la búsqueda anterior,una copia de la solicitud anterior,una traducción de la solicitud anterior a un idioma aceptado por la ISA,una traducción de los resultados de la búsqueda anterior a un idioma aceptado por la ISA,una copia de los documentos mencionados en los resultados de la búsqueda anterior (si dispone de tal información, sírvase indicar a continuación los documentos que la ISA puede obtener):

Petición del solicitante a la Ofi cina receptora para que transmita a la ISA una copia de los resultados de la búsqueda anterior (Regla 12bis.1.b) y d)): (cuando la búsqueda anterior no haya sido llevada a cabo por la ISA indicada en el Recuadro Nº VII, sino por la misma Ofi cina que desempeña las funciones de Ofi cina receptora, o cuando la Ofi cina receptora pueda obtener de alguna otra manera los resultados de la búsqueda anterior): el solicitante pide a la Ofi cina receptora que prepare y remita a la ISA una copia de los resultados de la búsqueda anterior.

* El solicitante solo deberá presentar una copia de los resultados de la búsqueda anterior ante la Ofi cina receptora, o la ISA, si no se aplica ninguna de las situaciones mencionadas en el punto 1. (Ver el punto 10 de la lista de verifi cación y también las notas relativas a la Continuación del Recuadro Nº VII, punto 1)

Se indican otras búsquedas anteriores en una hoja de continuación2. Transmisión por la Ofi cina receptora a la ISA de los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores cuando el solicitante

NO HAYA efectuado una petición conforme a la Regla 4.12

Fecha de presentación (día/mes/año) Número de solicitud País (u Ofi cina regional)

2.1 Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 30.2)a) y 3), cuando en la solicitud internacional se reivindique la prioridad de una solicitud anterior, la Ofi cina receptora:– transmitirá a la ISA una copia de los resultados de la búsqueda y la clasifi cación anteriores (a menos que la ISA ya disponga

de una copia), cuando la solicitud anterior se haya presentado ante la misma Ofi cina que desempeña las funciones de Ofi cina receptora y que dicha Ofi cina haya efectuado la búsqueda anterior respecto de la solicitud anterior (Regla 23bis.2.a));

– podrá transmitir dicha copia si la solicitud anterior se hubiera presentado ante otra Ofi cina, pero no obstante los resultados de esa búsqueda y clasifi cación anteriores se encontraran a disposición de la Ofi cina receptora (Regla 23bis.2.c))

No obstante, cuando el solicitante no haya pedido a la Ofi cina receptora que transmita a la ISA una copia de los resultados de la búsqueda anterior conforme a la Regla 4.12 (ver el punto 1 más arriba), con respecto a la búsqueda anterior efectuada en relación con la solicitud anterior que se cita a continuación y cuya prioridad se reivindica posteriormente en la presente solicitud internacional (ver también las Notas relativas a la Continuación del Recuadro VII): Utilización de más de una búsqueda anterior), el solicitante podrá optar entre:Fecha de presentación (día/mes/año) Número de solicitud País (u Ofi cina regional)

2.2 Petición a la Ofi cina receptora para que no transmita a la ISA los resultados de una búsqueda anterior (Regla 23bis.2.b)) pedir a la Ofi cina receptora que NO transmita a la ISA los resultados de la búsqueda anterior (Regla 23bis.2.b)) (esta casilla solo

puede marcarse si se trata de solicitudes internacionales presentadas ante las siguientes Ofi cinas receptoras: DE, FI y SE).2.3 Autorización a la Ofi cina receptora para que transmita a la ISA los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores

(Regla 23bis.2.a) y e)) autorizar a la Ofi cina receptora a que transmita a la ISA los resultados de la búsqueda y la clasifi cación anteriores (Regla 23bis.2.e))

(esta casilla solo puede marcarse si se trata de solicitudes internacionales presentadas ante las siguientes Ofi cinas receptoras: AU, CZ, FI, HU, IL, JP, NO, SE, SG y US)

autorizar a la Ofi cina receptora a que transmita a la ISA los resultados de la búsqueda internacional y la clasifi cación anteriores (Regla 23bis.2.a) y Artículo 30.2)a) y 3)) (esta casilla solo puede marcarse si la búsqueda anterior se ha efectuado con respecto a una solicitud internacional cuya prioridad se reivindica posteriormente en la presente solicitud internacional, y si la búsqueda internacional anterior ha sido efectuada por una ISA diferente de la ISA que se ha elegido en el Recuadro No VII).

Se indican otras búsquedas anteriores en una hoja de continuación

Continuación del Recuadro No VII UTILIZACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA BÚSQUEDA Y LA CLASIFICACIÓN ANTERIORES

Page 6: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Recuadro No VIII.i) DECLARACIÓN: IDENTIDAD DEL INVENTOR

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (hoja de declaración i)) (julio 2019)

Declaración sobre la identidad del inventor (Reglas 4.17.i) y 51bis.1.a)i)):

Esta declaración continúa en la hoja siguiente, “Continuación del Recuadro No VIII.i)”.

La declaración debe ajustarse a la redacción homologada prevista en la Instrucción 211; ver las notas relativas a los Recuadros Nos VIII, VIII.i) a v) (generalidades) y las notas específi cas al Recuadro No VIII.i). Si no se utiliza este recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Page 7: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Recuadro No VIII.ii) DECLARACIÓN: DERECHO PARA SOLICITAR Y QUE SEA CONCEDIDA UNA PATENTE

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (hoja de declaración ii)) (julio 2019)

Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, para solicitar y que le sea concedida una patente (Reglas 4.17.ii) y 51bis.1.a)ii)), en caso de que no proceda la declaración según la Regla 4.17.iv):

Esta declaración continúa en la hoja siguiente, “Continuación del Recuadro No VIII.ii)”.

La declaración debe ajustarse a la redacción homologada, prevista en la Instrucción 212; ver las notas relativas a los Recuadros Nos VIII, VIII.i) a v) (generalidades) y las notas específi cas al Recuadro No VIII.ii). Si no se utiliza este recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Page 8: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (hoja de declaración iii)) (julio 2019)

Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior que se especifi ca más abajo, cuando el solicitante no es el solicitante que presentó la solicitud anterior o cuando el nombre del solicitante ha cambiado desde la presentación de la solicitud anterior (Reglas 4.17.iii) y 51bis.1.a)iii)):

Recuadro No VIII.iii) DECLARACIÓN: DERECHO A REIVINDICAR LA PRIORIDAD

Esta declaración continúa en la hoja siguiente, “Continuación del Recuadro No VIII.iii)”.

La declaración debe ajustarse a la redacción homologada prevista en la Instrucción 213; ver las notas relativas a los Recuadros Nos VIII, VIII.i) a v) (generalidades) y las notas específi cas al Recuadro No VIII.iii). Si no se utiliza este recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Page 9: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (hoja de declaración iv)) (julio 2019)

Recuadro Nº VIII.iv) DECLARACIÓN SOBRE LA CALIDAD DE INVENTOR (sólo para la designación de los Estados Unidos de América)

Esta declaración debe ajustarse al siguiente modelo de redacción prevista en la Instrucción 214; ver las notas relativas a los Recuadros Nos VIII, VIII.i) a v) (generalidades) y las notas específi cas relativas al Recuadro Nº VIII.iv). Si no se utiliza este recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Esta declaración continúa en la hoja siguiente, “Continuación del Recuadro No VIII.iv)”.

Declaración sobre la calidad de inventor (Reglas 4.17.iv) y 51bis.1.a)iv)) para la designación de los Estados Unidos de América:

Por la presente declaro que creo ser el verdadero inventor o coinventor de la invención reivindicada en la solicitud.

Esta declaración se refi ere a la solicitud internacional de que forma parte (si se presenta la declaración con la solicitud).

Esta declaración se refi ere a la solicitud internacional Nº PCT/ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (si se presenta la declaración según la Regla 26ter).

Por la presente declaro que hice o autoricé que se hiciera la solicitud internacional que antecede.

Por la presente reconozco que cualquier declaración intencionadamente falsa se sancionará con multa, pena de prisión de hasta cinco (5) años o ambas según la Sección 1001 del Título 18 del Código de Estados Unidos (United States Code (U.S.C.)).

Nombre:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Residencia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (ciudad y estado de los Estados Unidos de América, en su caso, o país)

Dirección postal:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Firma del inventor:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .(La fi rma debe ser la del inventor, no la del mandatario)

Nombre:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Residencia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (ciudad y estado de los Estados Unidos de América, en su caso, o país)

Dirección postal:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Firma del inventor:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .(La fi rma debe ser la del inventor, no la del mandatario)

Nombre:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Residencia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (ciudad y estado de los Estados Unidos de América, en su caso, o país)

Dirección postal:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Firma del inventor:. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .(La fi rma debe ser la del inventor, no la del mandatario)

Page 10: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (hoja de declaración v)) (julio 2019)

Declaración sobre las divulgaciones no perjudiciales o las excepciones a la falta de novedad (Reglas 4.17.v) y 51bis.1.a)v)):

Recuadro No VIII.v) DECLARACIÓN: DIVULGACIONES NO PERJUDICIALES O EXCEPCIONES A LA FALTA DE NOVEDAD

Esta declaración continúa en la hoja siguiente, “Continuación del Recuadro No VIII.v)”.

La declaración debe ajustarse a la redacción homologada prevista en la Instrucción 215; ver las notas relativas a los Recuadros Nos VIII, VIII.i) a v) (generalidades) y las notas específi cas al Recuadro No VIII.v). Si no se utiliza este recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Page 11: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Hoja No . . . . . . .

Continuación del Recuadro No VIII i) a v) DECLARACIÓN

Ver las Notas relativas al formulario del petitorio

Formulario PCT/RO/101 (hoja de continuación para la declaración) (julio 2019)

Si alguno de los Recuadros Nos VIII.i) a v) no basta para incluir todas las informaciones, incluido el caso de que se deba nombrar más de tres inventores en el Recuadro No VIII.iv), indíquese “Continuación del Recuadro No VIII...” (completar el número del recuadro precisando el punto) e inclúyanse las informaciones del mismo modo que se exige para el recuadro cuyo espacio era insufi ciente. Si se precisa espacio suplementario en dos o varias declaraciones, se debe utilizar un recuadro de continuación separado para continuar cada declaración. Si no se utiliza el presente recuadro, esta hoja no se debe incluir en el petitorio.

Page 12: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Ver las Notas relativas al formulario del petitorioFormulario PCT/RO/101 (última hoja – papel) (julio 2019)

Hoja No . . . . . . .

1. Fecha efectiva de recepción de la pretendida solicitud internacional:

3. Fecha efectiva de recepción, rectifi cada en razón de la recepción ulterior, pero dentro de plazo, de documentos o de dibujos que completen la pretendida solicitud internacional:

Para uso de la Ofi cina Internacional únicamente

Para uso de la Ofi cina receptora únicamente

5. Administración encargada de la búsqueda internacional especifi cada por el solicitante:

4. Fecha de recepción, dentro de plazo, de las correcciones requeridas según el Artículo 11.2) del PCT:

Fecha de recepción del ejemplar originalpor la Ofi cina Internacional:

6. Transmisión de la copia para la búsqueda diferida hasta que se pague la tasa de búsqueda.

2. Dibujos:

recibidos:

no recibidos:

Recuadro No IX LISTA DE VERIFICACIÓN para las presentaciones en PAPEL - esta hoja se emplea exclusivamente para las solicitudes internacionales presentadas en PAPEL

Recuadro No X FIRMA DEL SOLICITANTE, DEL MANDATARIO O DEL REPRESENTANTE COMÚN

Figura de los dibujos quedebe acompañar el resumen:

Idioma de presentación de la solicitud internacional:

Junto a cada fi rma, indicar el nombre del fi rmante y su calidad (si tal calidad no es obvia al leer el petitorio).

1. hoja de cálculo de tasas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

2. poder separado original . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

3. poder general original . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

4. copia del poder general; número de referencia: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

5. documento(s) de prioridad identifi cado(s) en el Recuadro No VI como punto o puntos . . . . . . . . . . . . . . . . . :

6. traducción de la solicitud internacional al (idioma) : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

7. indicaciones separadas relativas a microorganismos depositados o a otro material biológico . . . . . . . . . . . . . . . :

8. (únicamente en el caso de que se marque el ítem f) en la columna de la izquierda) copia en formato electrónico (Anexo C/ST. 25, formato texto,) con soportes lógicos de la lista de secuencias que no forma parte de la solicitud internacional, entregada únicamente a los fi nes de la búsqueda internacional en virtud de la Regla 13ter (indicar el tipo y el número de soportes lógicos) . . . . . . . . . . . . . . . . :

9. (únicamente en el caso de que se marque el ítem f) (en la columna de la izquierda) y el ítem 8 (arriba)) una declaración confi rmando que “la información registrada en formato electrónico en virtud de la Regla 13ter es idéntica a la lista de secuencias tal como se presentó en papel en la solicitud internacional” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

10. copia de los resultados de búsquedas anteriores (Regla 12bis.1.a)) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

11. otros (especifíquese): . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

La presente solicitud internacional va acompañada del(los) Número desiguiente(s) documento(s) (marcar las casillas que procedan e documentosindicar en la columna de la derecha el número de cada documento):

La presente solicitud internacional Número contiene lo siguiente: de hojas

a) petitorio (PCT/RO/101) (incluidas las hojas de declaración y suplementarias) . . . . . . . . . . . . . . :

b) descripción (exceptuando la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias (veáse el punto f) infra) . . . . . . . . :

c) reivindicaciones . . . . . . . . . . . . . . :

d) resumen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

e) dibujos (en su caso) . . . . . . . . . . . :

f) parte de la descripción reservada a la lista de secuencias (en su caso) . . . . . . . . . . . . . . . . . . :

Número total de hojas: :

Page 13: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Notas relativas al formulario del petitorio (PCT/RO/101) (página 1) (julio 2019)

NOTAS AL FORMULARIO DEL PETITORIO (PCT/RO/101)

Estas notas están destinadas a facilitar la utilización del formulario del petitorio. Para una información más detallada, ver la Guía del solicitante PCT, publicación de la OMPI disponible junto a otros documentos relacionados con el PCT en el sitio Web de la OMPI: www.wipo.int/pct/es/. Las notas se basan en las estipulaciones del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), el Reglamento y las Instrucciones Administrativas del Tratado. En caso de divergencia entre estas notas y dichas estipulaciones, serán aplicables estas últimas.

En el formulario del petitorio y en estas notas, se entiende por “Artículo”, “Regla” e “Instrucción”, las disposiciones del PCT, el Reglamento del PCT y las Instrucciones Administrativas del PCT, respectivamente.

El formulario deberá ser mecanografi ado o impreso; las casillas pueden marcarse a mano con tinta negra (Regla 11.9.a) y b)).

El formulario del petitorio y estas Notas se pueden descargar del sitio Web de la OMPI, en la dirección señalada más arriba.

Casilla “Esta persona también es inventor” (Recuadro No II): marcar esta casilla si el solicitante indicado es también el inventor o uno de los inventores; no se debe marcar esta casilla si el solicitante es una persona jurídica.

Casilla “solicitante e inventor” (Recuadro No III): marcar esta casilla si la persona indicada es tanto solicitante como inventor; no se debe marcar esta casilla si se trata de una persona jurídica.

Casilla “solicitante únicamente” (Recuadro No III): marcar esta casilla si la persona indicada es una persona jurídica o si la persona indicada no es al mismo tiempo inventor.

Casilla “inventor únicamente” (Recuadro No III): marcar esta casilla si la persona indicada es inventor, pero no es al mismo tiempo solicitante. Esto ocurrirá en particular en el caso de un inventor difunto o que haya cedido su invención y la persona que ha adquirido los derechos sea el solicitante e inventor para todos los Estados designados. No se debe marcar esta casilla si se trata de una persona jurídica.

En el Recuadro No III, se deberá marcar siempre una de las tres casillas para cada persona indicada.

Una persona no debe ser indicada más de una vez en los Recuadros Nos II y III, aunque esa persona sea tanto solicitante como inventor. Solicitantes distintos para Estados designados diferentes (Reglas 4.5.d), 18.3 y 19.2): es posible indicar diferentes solicitantes para diferentes Estados designados. Por lo menos uno de todos los solicitantes indicados deberá ser nacional de un Estado contratante del PCT para el que actúe la Ofi cina receptora o estar domiciliado en tal Estado, cualquiera que sea el Estado o Estados designados para cuyos efectos se haya nombrado al solicitante.

Para la indicación de los Estados designados para los que una persona sea solicitante, márquese la casilla pertinente (una sola casilla por persona). Si la persona no es el solicitante para todos los Estados designados, la casilla “los Estados indicados en el recuadro suplementario” se deberá marcar y deberá repetirse el nombre de la persona en dicho recuadro indicando los Estados para los que sea solicitante (ver el punto 1.ii) de ese recuadro).

Mención del inventor (Regla 4.1.a)iv) y c)i)): se recomienda encarecidamente indicar siempre el inventor puesto que dicha información generalmente se requiere en la fase nacional. Para más detalles, ver la Guía del Solicitante PCT, Anexo B.

Inventores distintos para Estados designados diferentes (Regla 4.6.c)): se puede indicar diferentes personas como inventores para diferentes Estados designados (por ejemplo, cuando las exigencias de las legislaciones nacionales de los Estados designados sean diferentes); en tal caso, se deberá utilizar el recuadro suplementario (ver el punto 1.iii) de ese recuadro). A falta de cualquier otra indicación, se presumirá que el (los) inventor(s) indicado(s) es (son) inventor(es) para todos los Estados designados.

DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD INTERNACIONAL

La solicitud internacional (petitorio, descripción, reivindicaciones, resumen y dibujos, si los hubiese) deberá presentarse en una Oficina receptora competente (Artículo 11.1)i)), es decir, con sujeción a cualquier prescripción aplicable relativa a la seguridad nacional, a elección del solicitante, bien:

i) la Ofi cina receptora de un Estado contratante del PCT, o que actúe por ese Estado, del que el solicitante sea nacional o domiciliado o, si hubiese varios solicitantes, del que sea nacional o domiciliado, por lo menos uno de ellos (Regla 19.1.a)i) o ii) o b)) o:

ii) la Ofi cina Internacional de la OMPI en Ginebra, Suiza, si el solicitante o, si hubiese varios solicitantes, por lo menos uno de ellos, fuera nacional de o domiciliado en cualquier Estado Contratante del PCT (Regla 19.1.a)iii)).

COPIA DE CONFIRMACIÓN DEL FORMULARIO DE SOLICITUD

Cuando la solicitud internacional se haya presentado inicialmente por facsímil a una Ofi cina receptora que acepta tales solicitudes (ver la Guía del Solicitante del PCT, Anexo C) debería indicarse en la primera hoja del formulario la anotación “COPIA DE CONFIRMACIÓN” seguida de la fecha de la transmisión por facsímil.

REFERENCIA AL EXPEDIENTE DEL SOLICITANTE O DEL MANDATARIO

Podrá indicarse, si se desea, una Referencia al Expediente. Ésta no deberá exceder de 25 caracteres. Si el número de caracteres supera los 25, se podrán eliminar los caracteres suplementarios por la Ofi cina receptora o por cualquier Autoridad Internacional (Regla 11.6.f) e Instrucción 109).

RECUADRO No I

Título de la invención (Reglas 4.3 y 5.1.a)): el título debe ser breve (de preferencia de dos a siete palabras cuando se redacte en inglés o se traduzca al inglés) y preciso. Debe ser idéntico al que fi gura en el título de la descripción.

RECUADROS Nos II y III

Generalidades: por lo menos uno de los solicitantes mencionados deberá ser nacional de o domiciliado en un Estado contratante del PCT para el que actúe la Ofi cina receptora (Artículos 9 y 11.1)i) y Reglas 18 y 19). Si la solicitud internacional se presenta en la Ofi cina Internacional en virtud de la Regla 19.1.a)iii), por lo menos uno de los solicitantes deberá ser nacional de, o domiciliado en cualquier Estado contratante del PCT.

Indicación para establecer si una persona es solicitante y/o inventor (Reglas 4.5.a) y 4.6.a) y b)):

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Notas relativas al formulario del petitorio (PCT/RO/101) (página 2) (julio 2019)

Nombres y direcciones (Regla 4.4): los apellidos (de preferencia en mayúsculas) deben preceder al nombre o nombres. Los títulos y los diplomas universitarios no deben mencionarse. Las personas jurídicas deben mencionarse por sus designaciones ofi ciales completas.

La dirección debe indicarse de manera que permita una distribución postal rápida; debe comprender todas las unidades administrativas pertinentes (el número de la casa inclusive, si lo hubiese), el código postal (si lo hubiese), y el nombre del país.

Sólo puede indicarse una dirección por persona. Para la indicación de una “dirección especial para la correspondencia”, ver las notas al Recuadro No IV.

Los números de teléfono, de fax y las direcciones de correo-e deberán indicarse respecto de las personas nombradas en los Recuadros Nº II y IV para permitir una comunicación rápida con ellos (ver la Regla 4.4.c)). Cualquiera de esos números de-berá incluir los códigos de país y de región pertinentes. Deberá indicarse una sola dirección de correo-e.

Salvo si se marca una de las casillas, toda dirección de correo-e que se suministre se utilizará sólo para los tipos de comunicación que podrían efectuarse por teléfono. Si se marca una de las casillas, la Ofi cina receptora, la Administración de búsqueda internacional, la Ofi cina Internacional y la Administración de examen preliminar internacional podrán enviar al solicitante, las notifi caciones de la solicitud internacional, evitando retrasos postales o de tramitación. Cabe notar que no todas las Ofi cinas enviarán estas notifi caciones por correo-e (para más información sobre el procedimiento de cada Ofi cina, ver el anexo B de la Guía del Solicitante PCT). Si se marca la primera casilla, tras el envío de estas notifi caciones por correo-e, se remitirá siempre la notifi cación ofi cial en papel. Sólo se considerará copia ofi cial de la notifi cación la copia de la notifi cación enviada en papel, y el plazo previsto en la Regla 80 comenzará a contar únicamente a partir de la fecha de envío de la copia en papel. Al marcar la segunda casilla, el solicitante requiere que cese el envío de notifi caciones en papel y reconoce que cualquier plazo previsto en la Regla 80 comenzará a correr a partir de la fecha de expedición indicada en la copia electrónica.

Nótese que incumbe al solicitante mantener actualizados los datos de la dirección de correo-e y garantizar que el destinatario reciba siempre los envíos de correo-e. Con arreglo a la Regla 92bis, deberá solicitarse a la Ofi cina Internacional, preferentemente por vía directa, que registre los cambios de la dirección de correo-e que se hayan indicado en el petitorio. Cuando la autorización a utilizar el correo-e se conceda respecto del solicitante y del mandatario o el representante común, la Ofi cina Internacional enviará comunicaciones de correo-e sólo al mandatario o representante común designados.

Número de registro del solicitante en la Oficina (Regla 4.5.e)): cuando el solicitante esté registrado en la Ofi cina nacional o regional que actúe como Ofi cina receptora, el petitorio puede indicar el número u otra indicación con la que el solicitante esté registrado.

Nacionalidad (Reglas 4.5. a) y b) y 18.1): la nacionalidad de cada solicitante deberá indicarse por el nombre o código de dos letras del Estado del que el interesado sea nacional. La persona jurídica constituida según la legislación nacional de un Estado se considerará a nacional de dicho Estado. La indicación de la nacionalidad no se exige cuando la persona es sólo inventor.

Domicilio (Reglas 4.5. a) y c) y 18.1)): deberá indicarse por el nombre o por el código de dos letras el Estado en que cada solicitante tenga su domicilio. Si no se indicase el Estado de domicilio, se presumirá que éste es el mismo que el Estado indicado en la dirección. La posesión de un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en un Estado se considerará como domicilio en dicho Estado. La indicación del domicilio no se exige cuando una persona es inventor únicamente.

Nombres de Estados (Instrucción 115): para la indicación de los nombres de Estados, pueden utilizarse los códigos de dos

letras que aparecen en la Norma ST.3 de la OMPI y en la Guía del solicitante PCT, Anexo K.

RECUADRO No IV

¿Quién puede ac tuar como mandatario? (Artículo 49 y Regla 83.1bis): respecto de cada una de las Ofi cinas receptoras, en la Guía del Solicitante PCT, Anexo C, se ofrece información sobre quién puede actuar como mandatario.

Mandatario o representante común (Reglas 4.7, 4.8, 90.1 y 90.2, e Instrucción 108): márquese la casilla pertinente a fi n de indicar si la persona indicada es (o ha sido) nombrada “mandatario” o “representante común” (el “representante común” deberá ser uno de los solicitantes). Para la forma de indicar los nombres y direcciones, incluidos los nombres de los Estados, los números de teléfono, de fax y las direcciones de correo-e, ver las notas a los Recuadros Nos II y III. Cuando se indiquen varios mandatarios, deberá mencionarse en primer lugar aquél al que deba dirigirse toda la correspondencia. Si hay dos o más solicitantes pero no hay mandatario común para representarles, uno de los solicitantes que sea nacional de o domiciliado en un Estado contratante del PCT podrá ser designado por los demás solicitantes como su representante común. En su defecto, el solicitante nombrado en primer lugar en el petitorio que esté autorizado a presentar una solicitud internacional ante la Ofi cina receptora será considerado como representante común.

Manera de nombrar al mandatario o representante común (Reglas 90.4 y 90.5 e Instrucción 106): el nombramiento de un mandatario o representante común se podrá efectuar designando al mandatario o al representante común en el Recuadro No IV y por la fi rma del solicitante en el petitorio o en un poder separado. Si hay dos o más solicitantes, el nombramiento del mandatario o del representante común se efectuará por la fi rma de cada solicitante, a su elección, en el petitorio o en un poder separado. Cuando no esté fi rmado el poder separado, o cuando el poder separado exigido falte, o cuando las indicaciones relativas al nombre o a la dirección de la persona nombrada no cumplan con la Regla 4.4, el poder se considerará inexistente, a menos que se haya corregido la irregularidad. Sin embargo, la Ofi cina receptora podrá renunciar a la exigencia del poder separado (para información más detallada sobre cada Ofi cina receptora, ver la Guía del solicitante PCT, Anexo C). Cuando se presente un poder general y cuando se haga referencia a éste en el petitorio, se adjuntará una copia del mismo al petitorio. Cualquier solicitante que no haya fi rmado el poder general deberá fi rmar bien el petitorio o bien un poder separado, a menos que la Ofi cina receptora haya renunciado a la exigencia de sumisión de un poder separado (para información más detallada, ver la Guía del solicitante PCT, Anexo C).

No de registro del mandatario en la Ofi cina (Regla 4.7.b)): cuando el mandatario esté registrado en la Ofi cina nacional o regional que actúe como Ofi cina receptora, el petitorio puede indicar el número u otra indicación con la que el mandatario esté registrado.

Dirección para la correspondencia (Regla 4.4.d) e Instrucción 108): cuando se haya nombrado un mandatario, toda la correspondencia destinada al solicitante se enviará a la dirección indicada de ese mandatario (o del primer mandatario mencionado, si se ha nombrado más de uno). Cuando se haya nombrado a uno de entre dos o más solicitantes como representante común, se utilizará la dirección de dicho solicitante indicada en el Recuadro No IV.

Cuando no se haya nombrado ningún mandatario o representante común, toda la correspondencia se enviará a la dirección, indicada en el Recuadro No II o III, del solicitante (si sólo se ha indicado una persona como solicitante) o del solicitante que se considere como representante común (si se han indicado dos o más personas como solicitantes). Sin embargo, si el (los) solicitante(s) desea(n) que se le(s) envíe la correspondencia a una dirección distinta en ese caso, se deberá indicar en el Recuadro No IV esa dirección en lugar del nombramiento de un

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Notas relativas al formulario del petitorio (PCT/RO/101) (página 3) (julio 2019)

mandatario o representante común. En este caso, y únicamente en este caso, se marcará la última casilla del Recuadro No IV (es decir que no se deberá marcar la última casilla si alguna de las casillas “mandatario” o “representante común” ha sido ya marcada).

Números de teléfono, de fax y direcciones de correo-e Ver las notas relativas a los Recuadros Nos II y III.

RECUADRO No V

Designaciones (patentes regionales y nacionales) (Regla 4.9): al presentar el petitorio, el solicitante obtendrá la cobertura automática y general de todas las designaciones posibles según el PCT en la fecha de presentación, respecto de todo tipo de protección disponible y, de ser aplicable, respecto de tanto patentes regionales como nacionales. Si el solicitante desea que su solicitud internacional se tramite, en ciertos Estados designados o elegidos, no como una solicitud para una patente sino para otro tipo de protección disponible según la legislación nacional del Estado designado o elegido en cuestión, el solicitante indicará su elección directamente a la Ofi cina designada o elegida al cumplir los actos mencionados en los Artículos 22 o 39.1) para entrar en la fase nacional. Para información más detallada sobre los diferentes tipos de protección disponibles en los Estados designados o elegidos, ver la Guía del solicitante PCT, Anexo B.

Sin embargo, por los motivos explicados abajo, es posible indicar, marcando las casillas correspondientes, que DE Alemania, JP Japón o KR República de Corea no se designan para cualquier tipo de protección nacional. Cada uno de estos Estados ha notifi cado a la Ofi cina Internacional que la Regla 4.9.b) se aplica a ellos ya que su legislación nacional prevé que la presentación de una solicitud internacional que contenga la designación de dicho Estado y que, en la fecha de presentación o ulteriormente según la Regla 26bis.1, reivindique la prioridad de una solicitud anterior (para DE para el mismo tipo de protección) que surta efectos en ese Estado producirá que los efectos de la solicitud nacional anterior, si procede, cesen, después de la expiración de ciertos plazos, con las mismas consecuencias que la retirada de la solicitud nacional anterior. La designación de DE Alemania a efectos de una EP patente europea no está afectada por lo descrito arriba. Para información más detallada, ver la Guía del solicitante PCT, en el Anexo B correspondiente.

Sólo se pueden excluir de la cobertura automática y general de todas las designaciones en el Recuadro No V los tres Estados mencionados arriba. Para todos los demás Estados contratantes del PCT que el solicitante desea excluir de la cobertura automática y general de todas las designaciones, deberá presentar una declaración de retirada de la designación en cuestión según la Regla 90bis.2. Importante: Si se presentara una declaración de retirada, esa declaración deberá estar fi rmada por el solicitante o, si hay dos o más solicitantes, por cada uno de ellos (Regla 90bis.5) o por el mandatario o el representante común cuyo nombramiento se ha efectuado por la fi rma de todos los solicitantes, a su elección, en el petitorio, la solicitud de examen preliminar internacional o en un poder separado (Regla 90.4.a)).

RECUADRO No VI

Reivindicación de prioridad (Regla 4.10): si se reivindica la prioridad de una solicitud anterior, deberá fi gurar en el petitorio la declaración que contenga la reivindicación de prioridad.

El petitorio debe indicar la fecha en que se haya presentado la solicitud anterior cuya prioridad se reivindica y el número que se le haya asignado. Cabe notar que la fecha deberá estar dentro del período de 12 meses precedente a la fecha de presentación internacional.

Si la solicitud anterior es una solicitud nacional, se debe indicar el país miembro del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, o el Miembro de la Organización

Mundial del Comercio que no sea un miembro de ese Convenio, en que se haya presentado la solicitud anterior. Si la solicitud anterior es una solicitud regional, se debe indicar la Ofi cina regional pertinente. Si la solicitud anterior es una solicitud internacional, se debe indicar la Ofi cina receptora en que haya sido presentada la solicitud anterior.

Si la solicitud anterior es una solicitud regional (ver no obstante más abajo) o internacional, se puede también indicar en la reivindicación de prioridad, si el solicitante lo desea, uno o más países parte en el Convenio de París para los que haya sido presentada esa solicitud anterior (Regla 4.10.b)i); dicha indicación, no obstante, no es obligatoria. Si la solicitud anterior es una solicitud regional y que por lo menos uno de los países parte en el tratado regional de patentes no sea parte en el Convenio de París ni Miembro de la Organización Mundial del Comercio, se deberá indicar en el recuadro suplementario por lo menos uno de los países parte en dicho Convenio o un Miembro de la Organización Mundial del Comercio para el que haya sido presentada dicha solicitud anterior (Regla 4.10.b)ii)).

Respecto de la posibilidad de corregir o de añadir una reivindicación de prioridad, ver la Regla 26bis.1 y la Guía del solicitante PCT, Fase internacional.

Restauración del derecho de prioridad (Reglas 4.1.c)v) y 26bis.3): el procedimiento de restauración del derecho de prioridad no se aplica a una Ofi cina receptora que, conforme a la Regla 26bis.3.j), haya informado a la Ofi cina Internacional sobre la incompatibilidad de la Regla 26bis.3.a) a i) con la legislación nacional aplicada por esa Ofi cina. Cuando la solicitud internacional tenga una fecha de presentación internacional posterior a la fecha de vencimiento del plazo de prioridad (Regla 2.4), pero dentro del plazo de dos meses desde esa fecha, el solicitante puede pedir que la Ofi cina receptora restaure el derecho de prioridad (Regla 26bis.3). Dicha petición se deberá presentar ante la Ofi cina receptora en el plazo de dos meses desde la fecha de vencimiento del plazo de prioridad; se podrá incluir en el petitorio (Regla 4.1.c)v)) indicando la o las reivindicaciones de prioridad en el Recuadro No VI. Cuando se presente una petición de restauración del derecho de prioridad respecto a una reivindicación de prioridad indicada en el Recuadro No VI, se deberá presentar un documento separado bajo el título “Declaración para la restauración del derecho de prioridad”. Este documento separado mencionará, por cada solicitud anterior pertinente, la fecha de presentación, el número de la solicitud anterior y el nombre o el código de dos letras del país, del miembro de la Organización Mundial del Comercio, de la Ofi cina regional o de la Ofi cina receptora. Por cada solicitud anterior pertinente, el solicitante expondrá los motivos por los que no presentó la solicitud internacional en el plazo de prioridad (Reglas 26bis.3.a) y 26bis.3.b)ii)). De conformidad con la Regla 26bis.3.d), el plazo para el pago de la tasa podrá ampliarse, a elección de la Ofi cina receptora, a un período de más de dos meses a partir del vencimiento del plazo aplicable en virtud de la Regla 26bis.3.e). Conviene notar que dicha petición podrá estar subordinada por la Ofi cina receptora al pago de una tasa, pagadera en el plazo arriba mencionado (Regla 26bis.3.e)). Conviene también notar que la Ofi cina receptora puede exigir que se le proporcione, en un plazo razonable, una declaración u otras pruebas en apoyo de esta declaración; dicha declaración u otras pruebas se presentarán a la Ofi cina receptora preferiblemente al mismo tiempo que la petición de restauración del derecho de prioridad (Regla 26bis.3.b) y f)). La Ofi cina receptora restaurará el derecho de prioridad si comprueba que se ha satisfecho un criterio de restauración aplicado por dicha Ofi cina (Regla 26bis.3.a)). Para mayores detalles sobre los criterios de restauración aplicados por la Ofi cina receptora, ver la Guía del solicitante PCT, Anexo C.

Incorporación por referencia (Reglas 4.18 y 20): el procedimiento de incorporación por referencia no se aplica a una Ofi cina receptora que, conforme a la Regla 20.8.a), haya informado a la Ofi cina Internacional sobre la incompatibilidad de las Reglas 20.3.a)ii) y b)ii), 20.5a)ii) y d) y 20.6 con la legislación nacional aplicada por esa Ofi cina. Si la Ofi cina receptora comprueba que no se han cumplido o no parecen haberse

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cumplido algunos de los requisitos previstos en el Artículo 11.1)iii)d) y e), requerirá al solicitante que proporcione la corrección requerida o que confi rme que el elemento mencionado en el Artículo 11.1)iii)d) o e) se ha incorporado por referencia en virtud de la Regla 4.18. Cuando el solicitante presente la corrección requerida en virtud del Artículo 11.2), la fecha de presentación internacional será la fecha en la que la Ofi cina receptora recibe la corrección exigida (ver la Regla 20.3.a)ii) y b)i)), a condición de que todos los demás requisitos previstos en el Artículo 11.1) hayan sido cumplidos. No obstante, cuando el solicitante confi rma la incorporación por referencia de un elemento requerido en el Artículo 11.1)iii)d) o e) que fi gura íntegramente en una solicitud anterior cuya prioridad se reivindica en la solicitud internacional, dicho elemento será considerado como contenido en lo que supuestamente constituye la solicitud internacional en la fecha en la que la Ofi cina receptora haya recibido inicialmente uno o varios elementos previstos en el Artículo 11.1)iii). Dicha Ofi cina otorgará como fecha de presentación internacional la fecha en la que se hayan cumplidos todos los requisitos previstos en el Artículo 11.1) (ver la Regla 20.3.a)ii) y b)ii)).

Cuando el solicitante proporcione una parte que falte a la Ofi cina receptora después de la fecha en la que se hayan cumplidos todos los requisitos previstos en el Artículo 11.1) pero antes del vencimiento del plazo aplicable en virtud de la Regla 0.7, esa parte se incorporará a la solicitud internacional y se corregirá la fecha de presentación internacional por la fecha en que la Ofi cina receptora recibió esa parte (ver la Regla 20.5.c)). En este caso, se dará al solicitante la oportunidad de pedir a la Ofi cina receptora que no tome en cuenta la parte que falte en cuestión, en cuyo caso se la considerará como no presentada y la corrección de la fecha de presentación internacional como no efectuada (ver la Regla 20.5.e)). No obstante, cuando el solicitante confi rme la incorporación por referencia de una parte de la descripción, de las reivindicaciones o de los dibujos según la Regla 4.18 y la Ofi cina receptora compruebe que se han cumplido todos los requisitos previstos en las Reglas 4.18 y 20.6.a), esa parte será considerada como contenida en lo que supuestamente constituye la solicitud internacional en la fecha en la que la Ofi cina receptora haya recibido inicialmente uno o varios de los elementos previstos en el Artículo 11.1)iii) y la fecha de presentación internacional será la fecha en la que se hayan cumplidos todos los requisitos previstos en el Artículo 11.1) (ver la Regla 20.5). Presentación del (de los) documento(s) de prioridad (Regla 17.1): el solicitante deberá presentar una copia certifi cada de toda solicitud anterior de la que se reivindique la prioridad (documento de prioridad) independientemente de que esa solicitud sea una solicitud nacional, regional o internacional. El documento de prioridad debe presentarse a la Ofi cina receptora o a la Ofi cina Internacional a la expiración del 16o mes contado desde la fecha de prioridad (la más antigua) o, cuando se solicite la entrada anticipada en la fase nacional, lo más tarde en la fecha en que se haga esa petición. Todo documento de prioridad que llegue a la Ofi cina Internacional después de la expiración del 16° mes a partir de la fecha de prioridad pero antes de la fecha de la publicación internacional, se considerará recibido el último día de ese plazo (Regla 17.1.a)). Si el documento de prioridad ha sido expedido por la Ofi cina receptora, el solicitante podrá, en lugar de entregar este documento, pedir a la Ofi cina receptora (dentro de un plazo de 16 meses a partir de la fecha de prioridad) que lo prepare y lo transmita a la Ofi cina Internacional (Regla 4.1.c)ii). Para ello se marcarán las casillas correspondientes en el Recuadro No VI. Cabe notar que las peticiones a este efecto están sujetas, según el caso, al pago de la tasa que cobra la Ofi cina receptora por establecer el documento de prioridad; en caso contrario, la petición se considerará como no presentada (ver la Regla 17.1.b)).

En el caso de que el documento de prioridad se halle a disposición en una ofi cina que participe en el Servicio de acceso a documentos de prioridad de la OMPI (DAS) (www.wipo.int/das/es/), el solicitante podrá utilizar el servicio

DAS para entregar el documento de prioridad a la Ofi cina Internacional. Una vez que el solicitante haya pedido a la Ofi cina de depósito que facilite una copia del documento de prioridad al servicio DAS (consultar el anexo B en la Guía del solicitante PCT con respecto a la Ofi cina de depósito en cuestión para obtener información sobre el procedimiento), recibirá un código de acceso (a menos que el solicitante haya recibido automáticamente el código de acceso por parte de la Ofi cina de depósito durante el proceso de presentación de la solicitud de prioridad). El solicitante deberá entonces marcar las casillas correspondientes en el Recuadro No VI indicando el código de acceso para cada uno de los documentos de prioridad.

Toda información relativa a los documentos a disposición de la Ofi cina Internacional en una biblioteca digital se publica en las Notifi caciones ofi ciales (Gaceta del PCT), en virtud de lo previsto en la Instrucción 715.c) y el anexo B (IB) de la Guía del solicitante PCT.

Fechas (Instrucción 110): las fechas – el día, el mes y el año – , en ese orden, deberán indicarse en números arábigos. Al lado, debajo o encima de la fecha, deberá repetirse esa fecha, pero entre paréntesis, utilizando dos números arábigos para el día y el mes, seguidos por el año utilizando cuatro números arábigos, en ese orden y separados por puntos, barras oblicuas o guiones, por ejemplo, “el 26 de octubre de 2018 (26.10.2018)”, “el 26 de octubre de 2018 (26/10/2018)” o “el 26 de octubre de 2018 (26-10-2018)”.

RECUADRO No VII

Elección de la Administración encargada de la búsqueda internacional (Reglas 4.1.b)iv) y 4.14bis): si dos o más Administraciones encargadas de la búsqueda internacional (ISA) fueran competentes para realizar la búsqueda internacional relativa a la solicitud internacional – según el idioma en el que se haya presentado esa solicitud y la Ofi cina receptora en la que se haya presentado – deberá indicarse el nombre de la Administración competente elegida por el solicitante en el espacio previsto al efecto, mediante su nombre completo o el código de dos letras.

Continuación del RECUADRO No VII, punto 1

Petición para que se utilicen los resultados de la búsqueda anterior; Presentación de los resultados de una búsqueda anterior (Reglas 4.12, 12bis, 16.3 y 41.1). El solicitante podrá pedir a la ISA que, al llevar a cabo la búsqueda internacional, tenga en cuenta los resultados de una búsqueda anterior efectuada ya sea por esa misma Administración, por otra ISA o por una Ofi cina nacional o regional (Regla 4.12). Cuando el solicitante haya cursado dicha petición y haya cumplido con los requisitos previstos en la Regla 12bis, y cuando la búsqueda anterior haya sido efectuada por la misma ISA o por la misma Ofi cina nacional o regional que desempeña las funciones de ISA, la ISA deberá tener en cuenta, en la medida de lo posible, los resultados de la búsqueda anterior. No obstante, si la búsqueda anterior ha sido efectuada por otra ISA o por una Ofi cina nacional o regional diferente de la que desempeña las funciones de ISA, la ISA podrá tener en cuenta los resultados de la búsqueda anterior, pero no estará obligada a hacerlo (Regla 41.1). Cuando la ISA tenga en cuenta los resultados de una búsqueda anterior, dicha Administración deberá reembolsar (parcialmente) la tasa de búsqueda, en la medida y según las condiciones previstas en el acuerdo concluido en virtud del Artículo 16.3)b) (ver, para cada ISA, el Anexo D de la Guía del Solicitante PCT).

En toda petición que se efectúe para que se tengan en cuenta los resultados de una búsqueda anterior deberá señalarse lo siguiente: la fecha de presentación y el número de la solicitud respecto de la cual se ha llevado a cabo la búsqueda anterior y la Administración u Ofi cina que haya efectuado la búsqueda anterior (Reglas 4.1.b)ii) y 4.12.i)).

El solicitante presentará a la Ofi cina receptora, junto con la solicitud internacional en el momento de la presentación

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de la solicitud, una copia de los resultados de la búsqueda anterior (Regla 12bis.1)a)), teniendo en cuenta las siguientes excepciones:

– cuando la búsqueda internacional haya sido efectuada por la misma Ofi cina que desempeña las funciones de Ofi cina receptora, o cuando la Ofi cina receptora pueda procurarse de alguna otra manera los resultados de la búsqueda anterior, el solicitante podrá, en lugar de presentar una copia de los resultados de la búsqueda anterior, pedir a la Ofi cina receptora que remita una copia de dichos resultados a la ISA marcando la casilla correspondiente (Regla 2bis.1.b) y d));

– cuando la búsqueda anterior haya sido efectuada por la misma Administración u Ofi cina que desempeña las funciones de ISA, no será necesario enviar una copia de los resultados de la búsqueda a la Ofi cina receptora o a la ISA (Reglas 12bis.1.c) y 12bis.1.b));

– cuando la Ofi cina receptora o la ISA puedan obtener una copia de los resultados de la búsqueda anterior de una forma y manera que estimen aceptables, y si el solicitante así lo ha indicado en el formulario de petitorio marcando la casilla correspondiente, no será necesario enviar a la Ofi cina receptora o a la ISA copia alguna de los resultados (Reglas 12bis.1.d) y 12bis.1.b));

Cuando el solicitante haya cursado una petición conforme a la Regla 4.12, los resultados de la búsqueda anterior que la Ofi cina receptora transmita a la ISA deberán incluir, si procede, una copia de los resultados de toda clasifi cación anterior (Regla 23bis.1.b)).

Utilización de los resultados de más de una búsqueda anterior: Para solicitar a la ISA que utilice los resultados de más de una búsqueda anterior, deberá marcarse la casilla correspondiente y adjuntar al formulario de petitorio duplicados de esa página, con la mención “hoja de continuación del punto 1 de la Continuación del Recuadro No VII”.

Continuación del RECUADRO No VII, punto 2

Transmisión por la Ofi cina receptora a la ISA de los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores cuando el solicitante no haya efectuado una petición conforme a la Regla 4.12: Cuando en la solicitud internacional se reivindique la prioridad de una solicitud anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 30.2)a) y 3), la Ofi cina receptora transmitirá a la ISA una copia de los resultados de la búsqueda y la clasifi cación anteriores (a menos que la ISA ya disponga de una copia), siempre que la solicitud anterior se haya presentado ante la misma Ofi cina nacional o regional que desempeña las funciones de Ofi cina receptora, y que dicha Ofi cina haya efectuado la búsqueda anterior respecto de la solicitud anterior (Regla 23bis.12.a)); la Ofi cina receptora podrá transmitir una copia de los resultados de la búsqueda y la clasifi cación anteriores en caso de que la solicitud anterior se haya presentado ante una Ofi cina diferente, pero no obstante la Ofi cina receptora pueda procurarse los resultados de la búsqueda y la clasifi cación anteriores (Regla 23bis.2.c)).

Petición a la Ofi cina receptora para que no transmita a la ISA los resultados de una búsqueda anterior: Cuando la solicitud internacional se haya presentado ante una Ofi cina receptora que, en virtud de la Regla 23bis.2.b), haya notifi cado a la Ofi cina Internacional que podrá decidir, a petición del solicitante, no transmitir a la ISA los resultados de una búsqueda anterior, el solicitante podrá marcar la casilla del punto 2.2 de la Continuación del Recuadro N° VII. Esta opción solo se aplica a las solicitudes internacionales presentadas ante las siguientes Ofi cinas receptoras: DE, FI y SE (ver el siguiente enlace: www.wipo.int/pct/es/texts/reservations/res_incomp.html).

Autorización a la Ofi cina receptora para que transmita a la ISA los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores: Cuando la solicitud internacional se haya presentado ante una Ofi cina receptora que, en virtud de la Regla 23bis.2.e), haya notifi cado a la Ofi cina Internacional que la transmisión de copias de los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores sin la autorización del solicitante no es compatible con la legislación nacional que se aplica en la Ofi cina receptora, el solicitante podrá marcar la primera casilla del punto 2.3 de la Continuación del Recuadro No VII si no obstante autoriza a la Ofi cina receptora a que transmita a la ISA los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores. Esta opción solo se aplica a las solicitudes internacionales presentadas ante las siguientes Ofi cinas: AU, CZ, FI, HU, IL, JP, NO, SE, SG y US (ver el siguiente enlace: www.wipo.int/pct/es/texts/reservations/res_incomp.html).

También se podrá marcar la segunda casilla del punto 2.3 de la Continuación del Recuadro No VII para autorizar expresamente a la Ofi cina receptora a que transmita los resultados de una búsqueda y clasifi cación anteriores cuando se trate de una búsqueda anterior efectuada con respecto a una solicitud internacional cuya prioridad se reivindica posteriormente en la presente solicitud internacional, y cuando la búsqueda internacional anterior haya sido efectuada por una ISA diferente de la ISA que se ha elegido en el Recuadro No VII. Esta opción se aplica a todas las Ofi cinas receptoras.

Utilización de los resultados de más de una búsqueda anterior: Si en la solicitud internacional se reivindica la prioridad de más de una solicitud anterior, y si el solicitante desea indicar, y tiene derecho a indicar alguna opción en el punto 2.2 o 2.3 (Regla 23bis.2.a), b) y e)) para cada solicitud anterior, deberá marcarse la casilla correspondiente y adjuntar al formulario de petitorio duplicados de la página en la que fi gura cada una de las reivindicaciones de prioridad pertinentes, con la mención “hoja de continuación del punto 2 de la Continuación del Recuadro No VII”.

RECUADRO No VIII

Declaraciones con el texto homologado (Reglas 4.1.c)iii) y 4.17): a elección del solicitante, el petitorio podrá contener a los efectos de la legislación nacional aplicable en uno o más Estados designados una o más de las siguientes declaraciones:

i) una declaración sobre la identidad del inventor; ii) una declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha

de presentación internacional, para solicitar y que le sea concedida una patente;

iii) una declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior;

iv) una declaración sobre la calidad de inventor (sólo para la designación de los Estados Unidos de América);

v) una declaración sobre las divulgaciones no perjudiciales o las excepciones a la falta de novedad;

redactadas en la forma homologada por las Instrucciones 211 a 215, respectivamente, y enunciadas en los Recuadros Nos VIII.i) a v) como siguen. Al incluir dichas declaraciones, se debe marcar las casillas apropiadas en el Recuadro No VIII e indicar el número de cada tipo de declaración en la columna derecha. Por lo que se refi ere a la corrección o adición de una declaración, ver la Regla 26ter, la Instrucción 216 y la Fase internacional de la Guía del solicitante PCT.

Si el texto homologado no se adecua a un caso particular, el solicitante no intentará utilizar las declaraciones previstas en la Regla 4.17, sino que tendrá que cumplir las exigencias nacionales en el momento de entrar a la fase nacional.

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La presentación de una declaración según la Regla 4.17 no establece por sí misma los hechos declarados; los efectos de estos hechos en los Estados designados afectados se determinarán por las Ofi cinas designadas según la legislación nacional aplicable.

Incluso si el contenido de una declaración no se ajusta a la forma homologada de las Instrucciones Administrativas según la Regla 4.17, cualquier Ofi cina designada podrá aceptar tal declaración a los efectos de la legislación nacional aplicable, pero no está obligada a hacerlo.

Información más detallada sobre exigencias de la legislación nacional: para más información sobre las declaraciones requeridas por cada Ofi cina designada, ver el Capítulo nacional pertinente de la Guía del solicitante PCT.

Efectos en las Ofi cinas designadas (Regla 51bis.2): cuando el solicitante presente una declaración según la Regla 4.17.i) a iv) redactada en la forma homologada (junto a la solicitud internacional o en la Ofi cina Internacional dentro del plazo aplicable según la Regla 26ter o directamente en la Ofi cina designada en la fase nacional), la Ofi cina designada no exigirá durante la fase nacional ningún documento o prueba respecto de la declaración presentada, salvo que dude razonablemente de la veracidad de la declaración en cuestión.

RECUADROS Nos VIII.i) A v) (GENERALIDADES)

Diferentes recuadros de declaraciones: hay seis recuadros diferentes de declaraciones en el petitorio impreso – un recuadro para cada uno de los 5 tipos de declaración según la Regla 4.17 (Recuadro No VIII.i) a Recuadro No VIII.v)) y una hoja de continuación (Continuación del Recuadro No VIII.i) a v)) para utilizar, si cualquiera de las declaraciones no cupiese en el recuadro correspondiente. El título de cada tipo de declaración que se encuentra en el texto homologado de las Instrucciones Administrativas está impreso en la hoja apropiada del petitorio.

Hoja separada por declaración: cada declaración deberá empezar en una hoja separada del petitorio en el recuadro de la declaración correspondiente.

Títulos, puntos, números de puntos, líneas de puntos, palabras entre paréntesis y palabras entre corchetes: el texto homologado de las declaraciones incluye títulos, varios puntos, números de puntos, líneas de puntos, palabras entre paréntesis y palabras entre corchetes. Salvo para el Recuadro No VIII.iv) que incluye el texto homologado impreso, se deberán solamente incluir en la declaración los puntos que procedan necesarios para apoyar las afi rmaciones contenidas en esa declaración (es decir, omitir los puntos que no procedan) y los números de puntos no se deberán incluir. Las líneas de puntos indican que se debe incluir información. Las palabras entre paréntesis son instrucciones para los solicitantes relativas a la información que se puede incluir en la declaración según las circunstancias. Las palabras entre corchetes son opcionales y, en su caso, deberán aparecer en la declaración sin corchetes; si no proceden, esas palabras así como los corchetes correspondientes se omitirán.

Mención de varias personas: se puede mencionar más de una persona en una sola declaración. Alternativamente, con una excepción, se puede presentar una declaración separada por cada persona. Respecto de la declaración sobre la calidad de inventor enunciada en el Recuadro No VIII.iv), que se aplica sólo para la designación de los Estados Unidos de América, todos los inventores se deben mencionar en una sola declaración (ver las notas relativas al Recuadro No VIII.iv) abajo). El texto de las declaraciones que se debe recoger en los Recuadros NosVIII.i), ii), iii) y v) se puede adaptar del singular al plural si es necesario.

RECUADRO No VIII.i)

Declaración sobre la identidad del inventor (Regla 4.17.i) e Instrucción 211): la declaración se deberá redactar como sigue:

“Declaración sobre la identidad del inventor (Reglas 4.17.i) y 51bis.1.a)i)):

respecto de [la] [esta] solicitud internacional [Nº PCT/…],

…(nombre) de…(dirección) es el inventor del objeto para el que se solicita protección mediante [la] [esta] solicitud internacional

Tal declaración no es necesaria respecto de cualquier inventor mencionado como tal (como inventor únicamente o como solicitante e inventor) en el Recuadro No II o No III según la Regla 4.5 ó 4.6. Sin embargo, si el inventor es mencionado como solicitante en el Recuadro No II o No III según la Regla 4.5, una declaración sobre el derecho del solicitante para solicitar y que le sea concedida una patente (Regla 4.17.ii)) puede ser apropiada. Si no se incluyen en el Recuadro No II o No III indicaciones respecto del inventor según la Regla 4.5 ó 4.6, esta declaración se puede combinar con el texto prescrito de la declaración sobre el derecho del solicitante para solicitar y que le sea concedida una patente (Regla 4.17.ii)). Para información más detallada sobre tal declaración combinada, ver las notas al Recuadro No VIII.ii), abajo. Para información más detallada relativa a la declaración sobre la calidad de inventor para la designación de los Estados Unidos de América, ver las notas al Recuadro No VIII.iv), abajo.

RECUADRO No VIII.ii)

Declaración sobre el derecho del solicitante para solicitar y que le sea concedida una patente (Regla 4.17.ii) e Instrucción 212): la declaración se deberá redactar como sigue, con las inclusiones, omisiones, repeticiones y reordenación de los contenidos de los puntos i) a viii) que sean precisos para explicar el derecho del solicitante:

“Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, para solicitar y que le sea concedida una patente (Reglas 4.17.ii) y 51bis.1.a)ii)), en caso de que no proceda la declaración según la Regla 4.17.iv):

respecto de [la] [esta] solicitud internacional [Nº PCT/…],

…(nombre) tiene derecho a solicitar y a que le sea concedida una patente en virtud de lo siguiente:

i) …(nombre) de … (dirección) es el inventor del objeto para el que se solicita protección mediante [la][esta] solicitud internacional

ii) …(nombre) [tiene] [tenía] derecho como empresario del inventor, … (nombre del inventor)

iii) un acuerdo entre … (nombre) y… (nombre), fechado… iv) una cesión de …(nombre) a… (nombre), fechada… v) consentimiento de …(nombre) en favor de …(nombre),

fechado… vi) mandamiento judicial de …(nombre del tribunal), por el que

se realiza una transferencia de …(nombre) a…(nombre), fechado…

vii) transferencia de derecho de …(nombre) a …(nombre) por medio de …(especifi car tipo de transferencia), fechada…

viii) el nombre del solicitante cambió de … (nombre) a …(nombre) en …(fecha)

Los puntos i) a viii) se pueden incluir cuando sean precisos para explicar el derecho del solicitante. Esta declaración sólo es procedente para hechos ocurridos antes de la fecha de presentación internacional. Los posibles tipos de transferencia de derecho en el apartado vii) incluyen fusiones, adquisiciones, herencias, donaciones, etc. Si se produjera una sucesión de transferencias del inventor, el orden de las transferencias corresponderá a la sucesión efectiva de las transferencias y se podrán incluir puntos más de una vez cuando sean precisos para explicar el derecho del solicitante para solicitar y que le sea concedida la patente. Si el inventor no está mencionado en

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el Recuadro No II o No III, esta declaración se puede presentar como declaración combinada sobre el derecho del solicitante para solicitar y que le sea concedida la patente y sobre la identidad del inventor. En este caso la frase introductoria se redactará como sigue:

“Declaración combinada sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, para solicitar y que le sea concedida una patente (Reglas 4.17.ii) y 51bis.1.a)ii)) y sobre la identidad del inventor (Reglas 4.17.i) y 51bis.1.a)i) en caso de que no proceda la declaración según la Regla 4.17.iv):”

El resto de la declaración combinada se redactará conforme a los párrafos precedentes.

Para información más detallada sobre la declaración sobre la identidad del inventor, ver arriba las notas relativas al Recuadro No VIII.i).

RECUADRO No VIII.iii)

Declaración sobre el derecho del solicitante a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior (Regla 4.17.iii) e Instrucción 213): la declaración se redactará como sigue, con las inclusiones, omisiones, repeticiones y reordenación de los contenidos de los puntos i) a viii) que sean precisos para explicar el derecho del solicitante:

“Declaración sobre el derecho del solicitante, en la fecha de presentación internacional, a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior que se especifi ca más abajo, cuando el solicitante no es el solicitante que presentó la solicitud anterior o cuando el nombre del solicitante ha cambiado desde la presentación de la solicitud anterior (Reglas 4.17.iii) y 51bis.1.a)iii)):

respecto de [la] [esta] solicitud internacional [Nº PCT/…],

…(nombre) tiene derecho a reivindicar la prioridad de la solicitud anterior Nº… en virtud de lo siguiente:

i) el solicitante es el inventor del objeto para el que se solicitó protección mediante la solicitud anterior

ii) …(nombre) [tiene][tenía] derecho como empresario del inventor, …(nombre del inventor)

iii) un acuerdo entre… (nombre) y …(nombre), fechado… iv) una cesión de… (nombre) a …(nombre), fechada… v) consentimiento de… (nombre) en favor de…(nombre),

fechado… vi) mandamiento judicial de…(nombre del tribunal), por el que

se realiza una transferencia de… (nombre) a …(nombre), fechado…

vii) transferencia de derecho de… (nombre) a… (nombre) por medio de…(especifi car tipo de transferencia), fechada…

viii) el nombre del solicitante cambió de …(nombre) a… (nombre) en …(fecha)”

Los puntos i) a viii) se pueden incluir cuando sean precisos para explicar el derecho del solicitante. Esta declaración sólo es procedente para hechos ocurridos antes de la fecha de presentación internacional. Además, esta declaración sólo es procedente si la persona o el nombre del solicitante es diferente de la persona o del nombre del solicitante que presentó la solicitud anterior cuya prioridad se reivindica. Por ejemplo, esta declaración puede ser procedente cuando sólo uno de cinco solicitantes sea diferente de los solicitantes mencionados respecto de una solicitud anterior. Los posibles tipos de transferencia de derecho en el apartado vii) incluyen fusiones, adquisiciones, herencias, donaciones, etc. Si se produjera una sucesión de transferencias del solicitante respecto de la solicitud anterior, el orden de las transferencias corresponderá a la sucesión efectiva de las transferencias y se podrán incluir puntos más de una vez cuando sean precisos para explicar el derecho del solicitante.

RECUADRO No VIII.iv)

Declaración sobre la calidad de inventor (Regla 4.17.iv) e Instrucción 214): el texto homologado de la declaración está impreso en el Recuadro No VIII.iv).

Se deberá incluir para cada inventor el nombre, la residencia y la dirección. Cuando el nombre y la dirección de un inventor no se indiquen en alfabeto latino, se deberán indicar en alfabeto latino también. Todos los inventores deberán fi rmar y fechar la declaración aunque no todos fi rmen la misma copia de la declaración (Instrucción 214 b)).

Si hubiera más de dos inventores, se deberá indicar los otros inventores en la hoja anexa a la declaración “Continuación del Recuadro No VIII i) a v)”. La hoja anexa se titulará “Continuación del Recuadro No VIII iv)”, indicará el nombre, la residencia yla dirección de esos otros inventores, y al menos el nombre y la dirección en alfabeto latino. En ese caso, la “declaración completa” incluirá el Recuadro No VIII iv) y la hoja anexa. Todos los inventores deberán fi rmar y fechar una declaración completa aunque no todos fi rmen la misma copia de la declaración completa. Se deberá aportar una copia de cada declaración completa fi rmada separadamente (Instrucción 214 b)).

Cuando no se haya incluido la declaración en el petitorio, pero se haya presentado en una fecha ulterior, se DEBERÁ indicar el número de la solicitud PCT en el texto del Recuadro No VIII iv).

RECUADRO No VIII.v)

Declaración sobre las divulgaciones no perjudiciales o las excepciones a la falta de novedad (Regla 4.17.v) e Instrucción 215): la declaración se redactará como sigue, con las inclusiones, omisiones, repeticiones y reordenación de los contenidos de los puntos i) a iv) que sean precisos:

“Declaración sobre las divulgaciones no perjudiciales o las excepciones a la falta de novedad (Reglas 4.17.v) y 51bis.1.a)v)):

respecto de [la] [esta] solicitud internacional [Nº PCT/…],

… (nombre) declara que el objeto reivindicado en [la][esta] solicitud internacional se divulgó como sigue:

i) tipo de divulgación (incluir lo que proceda): a) exposición internacional b) publicación c) abuso d) otros: …(especifi car) ii) fecha de la divulgación: … iii) título de la divulgación (si procede): … iv) lugar de la divulgación (si procede): …

Siempre se deberá incluir en la declaración el apartado a), b), c) o d) del punto i). El punto ii) también se deberá incluir en la declaración. Los puntos iii) y iv) se pueden incluir según las circunstancias.

RECUADRO No IX

Hojas constitutivas de la solicitud internacional: Se deberá indicar el número de hojas de las distintas partes de la solicitud internacional en la lista de verifi cación en cifras árabes. Las hojas que contengan cualquiera de los Recuadros Nos VIII.i) a v) (hojas de declaración) se contarán como parte del petitorio. Debe tomarse en cuenta que todo cuadro, incluyendo los relacionados a la lista de secuencias, forman parte integral de la descripción y que las páginas que contengan los cuadros mencionados se

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contarán como hojas de la solicitud internacional. Ya no existe ninguna disposición para la presentación de dichos cuadros por separado ni de reducción de tasas para tal suministro.

Secuencias de nucleótidos y/o aminoácidos: Presentación en papel: Cuando la solicitud internacional se presente en papel (empleando la hoja: “última hoja – papel”) y contenga la divulgación de una o más secuencias de nucleótidos y/o aminoácidos, se deberá presentar la lista de secuencias como parte separada de la descripción (“parte de la descripción reservada a la lista de secuencias”), de conformidad con el Anexo C de las Instrucciones Administrativas, es decir, según la norma ST.25 de la OMPI. Se deberá indicar el número de páginas de la lista de secuencias en el punto f) del Recuadro No IX e incluirlo en el número total de hojas. Además, cuando se haya presentado la lista de secuencias en papel, una copia de la lista de secuencias en formato texto, de conformidad con el Anexo C/ST.25, grabada en uno o varios soportes lógicos, (acompañada de la declaración prescrita) se deberá entregar con la solicitud internacional siempre que lo exija la Administración encargada de la búsqueda internacional, pero únicamente a los fi nes de la búsqueda internacional según la Regla 13ter. En tales casos, se deberá marcar las casillas Nos 8 y 9 en el Recuadro No IX. Además, se deberá indicar en el punto 8 el tipo y el número de soportes lógicos tales como disquetes, CD-ROMs, CD-Rs u otros medios electrónicos que sean aceptados por la Administración encargada de la búsqueda internacional.

Documentos que acompañan a la solicitud internacional: cuando la solicitud internacional vaya acompañada de ciertos documentos, se debe marcar las casillas que procedan, hacer la indicación procedente en la línea de puntos que sigue al documento de que se trate, e indicar el número de tales documentos al fi nal de la línea correspondiente; se ofrecen a continuación explicaciones detalladas sólo respecto de los documentos que las requieren.

Casilla No 4: márquese esta casilla cuando se presente junto con la solicitud internacional una copia de un poder general; si un poder general ha sido depositado en la Ofi cina receptora y esa Ofi cina le ha atribuido un número de referencia, se puede indicar este número.

Casilla No 6: márquese esta casilla cuando se presente junto con la solicitud internacional una traducción de esa solicitud a efectos de la búsqueda internacional (Regla 12.3) e indíquese el idioma de esa traducción.

Casilla No 7: márquese esta casilla cuando se presente junto con la solicitud internacional un formulario PCT/RO/134 cumplimentado o cualquier hoja separada que contenga indicaciones relativas a microorganismos y/u otro material biológico depositados. Si se incluye como hoja de la descripción el formulario PCT/RO/134 o una hoja que contenga tales indicaciones (como exigen ciertos Estados designados, (ver el Anexo L de la Guía del Solicitante PCT ), no se debe marcar esta casilla (para más información, ver la Regla 13bis y la Instrucción 209).

Casillas No 8 y 9: Cuando parte de la descripción reservada a la lista de secuencias ha sido presentada en papel, una copia de la lista de secuencias, según la forma del Anexo C/ST. 25, en formato texto, (acompañada de una declaración a tales efectos) deberá ser entregada con la solicitud internacional siempre que lo exija la Administración encargada de la búsqueda internacional, pero únicamente a los fi nes de la búsqueda internacional, según la Regla 13ter. En tal caso, las casillas Nos 8 y 9 deberán ser marcadas en el Recuadro No IX.

Idioma de presentación de la solicitud internacional (Reglas 12.1.a) y 20.1.c) y d)): respecto del idioma en que se presenta la solicitud internacional, para la concesión de la fecha de presentación internacional y con sujeción a la frase siguiente, es sufi ciente que la descripción y las reivindicaciones estén redactadas en el idioma o en uno de los idiomas aceptados

por la Ofi cina receptora para la presentación de solicitudes internacionales; se deberá indicar ese idioma en la casilla correspondiente (respecto del idioma en que están redactados el resumen y cualquier texto en los dibujos, ver la Regla 26.3ter.a) y b); respecto del idioma del petitorio, ver las Reglas 12.1.c) y 26.3ter.c) y d)). Cabe destacar que cuando la solicitud internacional se presente a la Ofi cina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América como Ofi cina receptora, todos los elementos de la solicitud internacional (petitorio, descripción, reivindicaciones, resumen, texto en los dibujos) deberán, para obtener una fecha de presentación internacional, estar redactados en inglés, excepto el “texto libre” contenido en la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias según la norma prevista en el Anexo C de las Instrucciones Administrativas, que podrá estar redactado en un idioma distinto del inglés.

RECUADRO No X

Firma (Reglas 4.1.d), 4.15, 26.2bis.a), 51bis.1.a)vi) y 90): la fi rma debe ser la del solicitante (de todos los solicitantes, si son varios). No obstante, cuando falte la fi rma de uno o más solicitantes, la Ofi cina receptora no invitará al solicitante a someter la o las fi rmas que falten si al menos uno de los solicitantes ha fi rmado el petitorio.

Importante: Si se presentara una declaración de retirada en cualquier momento de la fase internacional, esa declaración deberá estar fi rmada por el solicitante o, si hay dos o más solicitantes, por cada uno de ellos (Regla 90bis.5) o por el mandatario o el representante común cuyo nombramiento se ha efectuado por la fi rma de todos los solicitantes, a su elección, en el petitorio, la solicitud de examen preliminar internacional, en un poder separado (Regla 90.4.a)) o un poder general de representación (Regla 90.5.a)).

Además de ello, a efectos del procedimiento nacional, cada Ofi cina designada podrá exigir del solicitante que presente la confi rmación de la solicitud internacional mediante la fi rma de cualquier solicitante para el Estado designado en cuestión que no haya fi rmado el petitorio.

Cuando la fi rma en el petitorio no sea la del solicitante sino la del mandatario o la del representante común, se deberá presentar un poder separado en que se nombra al mandatario o al representante común, respectivamente, o una copia del poder general que ya está en posesión de la Ofi cina receptora. El poder deberá estar fi rmado por el solicitante o, de haber varios solicitantes, por al menos uno de ellos. Si el poder no acompaña el petitorio, la Ofi cina receptora invitará al solicitante que se lo aporte , a menos que esa haya renunciado a la exigencia del poder separado (para información más detallada sobre cada Ofi cina receptora, ver la Guía del solicitante PCT, Anexo C).

RECUADRO SUPLEMENTARIO

En la columna izquierda de este recuadro se indican los casos en que puede utilizarse el recuadro suplementario y la forma de proporcionar las indicaciones previstas en él. Puntos 2 y 3: aunque se haya efectuado, respecto de los puntos 2 y 3, una indicación según la Regla 49bis.1.a), b) o d), el solicitante deberá efectuar una indicación a estos efectos cuando entre en la fase nacional ante las Ofi cinas designadas en cuestión.

Si el solicitante desea precisar que su solicitud internacional se tramite en cualquier Estado designado como una solicitud para un modelo de utilidad, ver las notas relativas al Recuadro No V.

OBSERVACIONES GENERALES

Idioma de la correspondencia (Regla 92.2 e Instrucción 104): toda carta del solicitante a la Ofi cina receptora deberá redactarse en el idioma en que se haya presentado la solicitud internacional, en el entendido de que cuando la solicitud internacional se

página 8

Notas relativas al formulario del petitorio (PCT/RO/101) (página 8) (julio 2019)

Page 21: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Notas relativas al formulario del petitorio (PCT/RO/101) (página 9) (julio 2019)

página 9

publique en el idioma de la traducción exigida según la Regla 12.3, dicha carta deberá redactarse en el idioma de esa traducción; no obstante, la Ofi cina receptora podrá autorizar la utilización de otro idioma.

Toda carta del solicitante a la Ofi cina Internacional deberá redactarse en el mismo idioma que la solicitud internacional si ésta está redactada en francés o en inglés; en caso contrario, deberá redactarse en francés o en inglés, a elección del solicitante.

Toda carta del solicitante a la Administración encargada de la búsqueda internacional deberá redactarse en el mismo idioma que la solicitud internacional, a condición de que, cuando se haya transmitido una traducción de la solicitud internacional para la búsqueda internacional según la Regla 23.1.b), tal carta deberá redactarse en el idioma de esa traducción. Sin embargo, la Administración encargada de la búsqueda internacional podrá autorizar la utilización de otro idioma.

Disposición de los elementos y paginación de la solicitud internacional (Regla 11.7 e Instrucción 207): los elementos de la solicitud internacional deben presentarse en el orden siguiente: petitorio, descripción (excepto la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias, en su caso), reivindicación(es), resumen, dibujos (en su caso), la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias (en su caso).

Todas las hojas de la descripción (excepto la parte reservada a la lista de secuencias), las reivindicaciones y el resumen deberán numerarse correlativamente en cifras árabes que deben escribirse en la parte superior o inferior de la hoja, al centro, pero no en el margen, que debe quedar en blanco. El número de cada hoja de los dibujos debe consistir en dos números en cifras árabes separados por una línea diagonal, siendo el primero el número de la hoja y el segundo, el número total de hojas de dibujos (por ejemplo, 1/3, 2/3, 3/3). En cuanto a la paginación de las hojas de la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias, ver la Instrucción 207.

Indicación de la referencia al expediente del solicitante o del mandatario en las hojas de la descripción (excepto la parte reservada a la lista de secuencias, en su caso), reivindicación(es), resumen, dibujos y la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias (Regla 11.6.f)): la referencia al expediente indicada en el petitorio podrá también fi gurar en la esquina izquierda del margen superior, a condición de que no exceda de 1,5 cm a partir del borde superior de cualquiera de las hojas de la solicitud internacional.

Page 22: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

Formulario PCT/RO/101 (Anexo) (julio 2019)

AUTORIZACIÓN PARA CARGAR (O ABONAR) A UNA CUENTA CORRIENTE(este modo de pago puede no estar disponible en todas las Ofi cinas receptoras)

Esta hoja no forma parte de la solicitud internacional y no cuenta como una de sus hojas.

Solicitante

CÁLCULO DE LAS TASAS PRESCRITAS

1. TASA DE TRANSMISIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2. TASA DE BÚSQUEDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3. TASA DE PRESENTACIÓN INTERNACIONAL

Sello con la fecha de la Ofi cina receptora

PCTHOJA DE CÁLCULO DE TASAS

Anexo al petitorio

Para uso de la Ofi cina receptora únicamente

Referencia al expediente del solicitante o del mandatario

importe fi jo para las 30 primeras hojas . . . . . . .

Ver las Notas relativas a la hoja de cálculo de tasas

Solicitud internacional No

Sumar los importes escritos en las casillas i1 e i2 y escribir el total en la casilla I . . . . . . . . . . . . . . . . . .

tarjeta de crédito (no incluir los detalles en esta hoja)

giro postal

autorización para cargar en la cuenta corriente (ver infra)

cheque

transferencia bancaria

timbres fi scales

FORMA DE PAGO (no todas las formas de pago son posibles en todas las Ofi cinas receptoras)

TOTAL

7. TOTAL DE LAS TASAS PAGADERAS . . . . . . . . . Sumar las cantidades escritas en las casillas T, S, I, R, RP y ES y escribir el resultado en la casilla TOTAL

4. TASA POR UN DOCUMENTO DE PRIORIDAD (si fuera aplicable) . . .

(Los solicitantes de ciertos Estados tienen derecho a una reducción del 90% de la tasa de presentación internacional. (ver www.wipo.int/pct/en/fee_reduction.pdf (en inglés únicamente). Si el solicitante tiene (o todos los solicitantes tienen) tal derecho, se deberá escribir en la casilla I el 10% de la tasa de presentación internacional.)

en efectivo

otros (especifíquese):

Autorización para cargar el total de las tasas indicadas arriba.(esta casilla sólo se puede marcar si lo permiten las condiciones para cuenta corriente establecidas por la Ofi cina receptora) Autorización para cargar todo importe que falte o para abonar todo excedente en el pago del total de las tasas indicadas arriba.Autorización para cargar la tasa por documento de prioridad.

Ofi cina receptora: RO/ __________________________

Cuenta corriente No: ____________________________

Fecha: _______________________________________

Nombre : _____________________________________

Firma: _______________________________________

T

S

I

i2

i1

_________________ x __________________ = número de hojas tasa por hoja en exceso de 30

Búsqueda internacional a efectuar por ___________________________

(Los solicitantes pueden tener derecho a una reducción en determinadas tasas tal y como se indica en las Tablas de tasas (www.wipo.int/pct/en/fees.pdf) (en inglés únicamente)

Escribir el número total de hojas indicadas en el Recuadro No IX: _______________________

P

i1

i2

RP

ES

5. TASA POR RESTAURACIÓN DEL DERECHO DE PRIORIDAD (si procede) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6. TASA POR DOCUMENTOS RELATIVOS A UNA BÚSQUEDA ANTERIOR (si procede) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Page 23: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

NOTAS RELATIVAS A LA HOJA DE CÁLCULO DE TASAS(ANEXO DEL FORMULARIO PCT/RO/101)

El objetivo de la hoja de cálculo es ayudar al solicitante a identifi car las tasas prescritas y calcular las cantidades que ha de pagar. Se recomienda encarecidamente al solicitante que rellene la hoja de cálculo de tasas escribiendo las cantidades adecuadas en las casillas previstas al efecto y que presente esta hoja en el momento de la presentación de la solicitud internacional. Esto ayudará a la Ofi cina receptora a verifi car los cálculos y a identifi car cualquier posible error que contengan.

La información sobre las tasas pagaderas aplicables puede obtenerse de la Ofi cina receptora y de la Ofi cina Internacional en www.wipo.int/pct/en/fees.pdf (en inglés únicamente). Los importes de la tasa internacional y de la tasa de búsqueda podrán cambiar debido a las fl uctuaciones de las divisas. Se recomienda a los solicitantes verifi car cuáles son los importes aplicables más recientes. Todas las tasas, con excepción en algunos casos de la tasa de designación, deberán pagarse dentro del plazo de un mes contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud internacional. Ver abajo más detalles sobre la posibilidad de un pago posterior de la tasa de designación.

CÁLCULO DE LAS TASAS PRESCRITAS

Casilla T: tasa de transmisión a favor de la Ofi cina receptora (Regla 14.1): el importe de la tasa de transmisión, si la hubiese, será fi jado por la Ofi cina receptora. Deberá ser pagado en el plazo de un mes a partir de la fecha de recepción de la solicitud internacional por la Ofi cina receptora. La información sobre esta tasa se encuentra en el Anexo C de la Guía del solicitante PCT.

Casilla S: tasa de búsqueda a favor de la Administración encargada de la búsqueda internacional (Regla 16.1): el importe de la tasa se fi ja por la Administración encargada de la búsqueda internacional. Deberá ser pagada en el plazo de un mes a partir de la fecha de recepción de la solicitud internacional por la Ofi cina receptora. La información sobre esta tasa se encuentra en el Anexo D de la Guía del solicitante PCT.

Cuando resulten competentes dos o más Administraciones encargadas de la búsqueda internacional, el solicitante deberá indicar su elección en el espacio previsto para tal fi n y pagar el importe de la tasa de búsqueda internacional establecido por la Administración elegida. La información sobre la Administración encargada de la búsqueda internacional competente y sobre si el solicitante tiene la opción entre dos o más de tales Administraciones se encuentra en el Anexo C de la Guía del solicitante PCT.

Casilla I: tasa de presentación internacional: el importe de la tasa de presentación internacional depende del número de hojas de la solicitud internacional indicado en el Recuadro No IX del petitorio, tal como se explica más abajo.

Ese número es el número total de hojas indicado en el Recuadro No IX del petitorio que incluye el número total de hojas de la parte de la descripción reservada a la lista de secuencias, si se ha presentado en papel y no en formato texto de conformidad con el Anexo C/ST.25.

La tasa de presentación internacional se deberá pagar en el plazo de un mes desde la fecha de recepción de la solicitud internacional por la Ofi cina receptora.

Reducción: los solicitantes pueden tener derecho a una reducción en el importe de determinadas tasas, tal y como se indica en las Tablas de tasas PCT (www.wipo.int/pct/en/fees.pdf) (en inglés únicamente) y en el Anexo C de la Guía del Solicitante PCT. Si son de aplicación las tasas reducidas, se deberá indicar en la hoja de cálculo de tasas. Esto incluye a las reducciones de tasas por presentación electrónica y/o si el solicitante es persona física para determinados Estados. Estos dos tipos de reducción se explican en detalle en los apartados siguientes.

Reducción de la tasa de presentación internacional cuando se presenta la solicitud internacional en formato electrónico: cuando la solicitud internacional se presenta en formato electrónico, el importe total de la tasa de presentación internacional se reducirá en función de los formatos electrónicos utilizados. Se reducirá la tasa de presentación internacional de 100 francos suizos (o el equivalente en la moneda en que se paga la tasa de presentación internacional a la Ofi cina receptora) cuando el petitorio no esté en formato codifi cado (ver la Tabla de tasas, punto 4.a)); de 200 francos suizos (o el equivalente en la moneda en que se paga la tasa de presentación internacional a la Ofi cina receptora) cuando el petitorio esté en formato codifi cado (ver la Tabla de tasas, punto 4.b)); y de 300 francos suizos (o el equivalente en la moneda en que se paga la tasa de presentación internacional a la Ofi cina receptora) cuando el petitorio, la descripción, las reivindicaciones y el resumen estén en formato codifi cado (ver la Tabla de tasas, punto 4.c)). Para mayores detalles, ver la Guía del solicitante PCT, Fase internacional y el Anexo C, así como la información publicada en las Notifi caciones ofi ciales (Gaceta del PCT) y el PCT Newsletter. Como las solicitudes internacionales presentadas en formato electrónico incluyen el petitorio y la hoja de cálculo de tasas en dicho formato electrónico, no se menciona esta reducción en la hoja de cálculo de tasas que es anexa al formulario PCT/RO/101.

Reducción de la tasa internacional para solicitantes de ciertos Estados: un solicitante que sea persona física, nacional y residente en un Estado que esté en la lista de Estados cuyo producto interior bruto per cápita esté por debajo de 25000 USD (según las cifras de la media del producto interior bruto per cápita en los diez últimos años de acuerdo con los valores constantes de USD en 2005 publicados por Naciones Unidas), y cuyos nacionales y residentes que sean persona física hayan presentado menos de 10 solicitudes internacionales por año (por millón de habitantes) o menos de 50 solicitudes internacionales por año (en números absolutos) según la media de las cifras de presentación anuales de los últimos cinco años publicadas por la Ofi cina Internacional; o un solicitante, ya sea persona física o no, que sea nacional o residente de un Estado que está incluido en la lista de países menos desarrollados de Naciones Unidas, podrá obtener, de conformidad con la Tabla de Tasas, una reducción del 90% en algunas de las tasas del PCT, incluida la tasa de presentación internacional. El solicitante solo tiene derecho a la reducción de la tasa de presentación internacional si, en el momento de la presentación de la solicitud internacional, el solicitante o todos los solicitantes son los únicos y verdaderos titulares de la solicitud y no han contraído obligación alguna de ceder, conceder, transmitir u otorgar en licencia los derechos respecto de la invención a terceros que no satisfagan los requisitos para benefi ciarse de una reducción de la tasa. Si hay varios solicitantes, cada uno de ellos debe satisfacer los criterios

Notas relativas a la hoja de cálculo de tasas (Anexo del formulario PCT/RO/101) (página 1) (julio 2019)

Page 24: PCT€¦ · título principal o de la solicitud principal, así como la fecha de concesión del título principal o de presentación de la solicitud principal (Reglas 4.11.a)i) y

página 2

Notas relativas a la hoja de cálculo de tasas (Anexo del formulario PCT/RO/101) (página 2) (julio 2019)

mencionados. Si el solicitante o todos los solicitantes tienen derecho a la reducción de la tasa de presentación internacional, esta reducción se aplicará sobre la base de las indicaciones del nombre, la nacionalidad y el domicilio que fi guren en los recuadros N.os II y III del petitorio, y no será necesario presentar una petición especial para obtener tal reducción.

La reducción de tasas puede obtenerse incluso si uno o más de los solicitantes no provienen de Estados contratantes del PCT, siempre y cuando cada uno de ellos sea nacional y domiciliado en un Estado que satisfaga los requisitos mencionados y que por lo menos uno de los solicitantes sea nacional o domiciliado en un Estado contratante del PCT y por ello esté facultado para presentar una solicitud internacional.

La información sobre Estados contratantes del PCT cuyos nacionales y personas domiciliadas en ellos tienen derecho a una reducción del 90% en algunas de las tasas del PCT, incluida la tasa de presentación internacional, se encuentra en la Guía del solicitante PCT, Anexo C y en el sitio Web de la OMPI (ver www.wipo.int/pct/es/) y se publica y se actualiza regularmente en las Notifi caciones ofi ciales (Gaceta del PCT) y el PCT Newsletter.

Cálculo de la tasa de presentación internacional cuando se aplique la reducción de tasas: cuando el solicitante tenga (o todos los solicitantes tengan) derecho a una reducción de la tasa de presentación internacional, el importe que se debe escribir en la casilla I es el 10% de la tasa de presentación internacional (ver más abajo).

Casilla P: tasa por un documento de prioridad (Regla 17.1.b)): cuando el solicitante haya pedido, al marcar la casilla correspondiente en el Recuadro No VI del petitorio, que la Ofi cina receptora prepare y transmita a la Ofi cina Internacional una copia certifi cada de la solicitud anterior sobre la que se reivindica la prioridad, se podrá escribir el importe de la tasa prescrita por la Ofi cina receptora para tal servicio (para información, ver el Anexo C de la Guía del Solicitante PCT).

Si dicha tasa no se paga como muy tarde antes de que transcurran 16 meses desde la fecha de prioridad, la Ofi cina receptora podrá considerar la petición en virtud de la Regla 17.1.b) como no formulada.

Casilla RP: Tasa por restauración del derecho de prioridad (Regla 26bis.3.d)): Cuando, dentro del plazo aplicable en virtud de la Regla 26bis.3.e), el solicitante haya pedido que la Ofi cina receptora restaure el derecho de prioridad con relación a toda solicitud anterior cuya prioridad se reivindica en la solicitud internacional, se podrá escribir el importe de la tasa prescrita por la Ofi cina receptora para tal servicio (para información, ver el Anexo C de la Guía del Solicitante PCT).

Casilla ES: Tasa por documentos relativos a una búsqueda anterior (Regla 12bis.1.b) y d)): Cuando el solicitante haya pedido, al marcar la casilla pertinente que fi gura en el punto 1.2 de la Continuación del Recuadro Nº VII del petitorio, que la Ofi cina receptora prepare y remita a la ISA copias de los resultados de una búsqueda anterior, y que la ISA tenga en cuenta esos resultados (dicha petición sólo puede cursarse si la búsqueda anterior ha sido llevada a cabo por la misma Ofi cina que desempeña las funciones de Ofi cina receptora (Regla 12bis.1.b)), o bien cuando la Ofi cina receptora pueda procurarse de alguna otra manera los resultados de la búsqueda anterior (Regla 12bis.1.d)), se podrá escribir el importe de la tasa prescrita por la Ofi cina receptora para tal servicio (para obtener información a este respecto, ver el Anexo C de la Guía del Solicitante del PCT).

Casilla de total: el total de los importes escritos en las casillas T, S, I, RP y ES deberá escribirse en esta casilla. Si el solicitante lo desea, podrá escribir la moneda o monedas en que se pagan las tasas dentro o junto a este recuadro de totales.

FORMA DE PAGO

Para ayudar a la Ofi cina receptora a identifi car la modalidad de pago de las tasas prescritas, se recomienda marcar la casilla o casillas correspondientes. Los detalles correspondientes a las tarjetas de crédito no se deben incluir en la hoja de cálculo de tasas. Estos datos se deben indicar por separado y por medios de seguridad aceptables para la Ofi cina receptora.

AUTORIZACIÓN PARA CARGAR (O ABONAR) A UNA CUENTA CORRIENTE

La Ofi cina receptora no cargará (o abonará) tasas a cuentas corrientes, salvo si la autorización relativa a la cuenta corriente está fi rmada e indica el número de dicha cuenta corriente.