Organo Ejecutivo Boliviano

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    ORGANO EJECUTIVO

    MGP FREDDY E. ALIENDRE ESPAA

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    ORGANO EJECUTIVO

    5.1 EJERCICIO DEL RGANO EJECUTIVO

    El rgano Ejecutivo est compuestopor laPresidenta o el Presidente del Estado, laVicepresidenta o el Vicepresidente del Estado,y las Ministras y los Ministros de Estado. Las

    determinaciones adoptadas en Consejo deMinistros son de responsabilidad solidaria.(Art. 165 CPE).

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    5.2 FUNCIONES, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL RGANOEJECUTIVO

    Son atribuciones de la Presidenta o del Presidentedel Estado, adems de lasque establece esta Constitucin y la ley:

    Cumplir y hacer cumplir la Constitucin y las leyes.

    Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.

    Proponer y dirigir las polticas de gobierno y de Estado.

    Dirigir la administracin pblica y coordinar la accin de los Ministros de

    Estado. Dirigir la poltica exterior; suscribir tratados internacionales; nombrar

    servidores pblicos diplomticos y consulares de acuerdo a la ley; y admitir alos funcionarios extranjeros en general.

    Solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias al Presidente o Presidenta

    de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Promulgar las leyes sancionadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

    Dictar decretos supremos y resoluciones.

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    5.2 FUNCIONES, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL RGANOEJECUTIVO

    Administrar las rentas estatales y decretar su inversin por intermedio delMinisterio del ramo, de acuerdo a las leyes y con estricta sujecin al

    Presupuesto General del Estado. Presentar el plan de desarrollo econmico y social a la Asamblea Legislativa

    Plurinacional.

    Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de las treintaprimeras sesiones, el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado

    para la siguiente gestin fiscal y proponer, durante su vigencia, lasmodificaciones que estime necesarias. El informe de los gastos pblicosconforme al presupuesto se presentar anualmente.

    Presentar anualmente a la Asamblea Legislativa Plurinacional, en su primerasesin, el informe escrito acerca del curso y estado de la Administracin

    Pblica durante la gestin anual, acompaado de las memorias ministeriales.

    Hacer cumplir las sentencias de los tribunales.

    Decretar amnista o indulto, con la aprobacin de la Asamblea LegislativaPlurinacional.

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    5.2 FUNCIONES, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL RGANOEJECUTIVO

    Nombrar, de entre las ternas propuestas por la Asamblea LegislativaPlurinacional, a la Contralora o al Contralor General del Estado, a la

    Presidenta o al Presidente del Banco Central de Bolivia, a la mximaautoridad del rgano de Regulacin de Bancos y Entidades Financieras, y alas Presidentas o a los Presidentes de entidades de funcin econmica y socialen las cuales interviene el Estado.

    Preservar la seguridad y la defensa del Estado.

    Designar y destituir al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y a losComandantes del Ejrcito, de la Fuerza Area y de la Armada.

    Designar y destituir al Comandante General de la Polica Boliviana.

    Proponer a la Asamblea Legislativa Plurinacional los ascensos a General deEjrcito, de Fuerza Area, de Divisin y de Brigada; a Almirante,Vicealmirante y Contralmirante, y a General de la Polica, de acuerdo ainforme de sus servicios y promociones.

    Crear y habilitar puertos.

    Designar a sus representantes ante el rgano Electoral.

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    5.2 FUNCIONES, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL RGANOEJECUTIVO

    Designar a las Ministras y a los Ministros de Estado, respetando el carcterplurinacional y la equidad de gnero en la composicin del gabinete

    ministerial. Designar a la Procuradora o al Procurador General del Estado.

    Presentar proyectos de ley de urgencia econmica, para su consideracin porla Asamblea Legislativa Plurinacional, que deber tratarlos con prioridad.

    Ejercer el mando de Capitana o Capitn General de las Fuerzas Armadas, ydisponer de ellas para la defensa del Estado, su independencia y la integridaddel territorio.

    Declarar el estado de excepcin.

    Ejercer la autoridad mxima del Servicio Boliviano de Reforma Agraria y

    otorgar ttulos ejecutoriales en la distribucin y redistribucin de las tierras.(Art. 172 CPE)

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    Son atribucionesde la Vicepresidenta o del Vicepresidentedel Estado, adems de las que establece esta Constitucin y

    la ley: 1. Asumir la Presidencia del Estado, en los casos

    establecidos en la presente Constitucin. Coordinar las relaciones entre el rgano Ejecutivo, la

    Asamblea Legislativa Plurinacional y los gobiernos

    autnomos. Participar en las sesiones del Consejo de Ministros. Coadyuvar con la Presidenta o el Presidente del Estado en la

    direccin de la poltica general del Gobierno.

    Participar conjuntamente con la Presidenta o el Presidentedel Estado en la formulacin de la poltica exterior, as comodesempear misiones diplomticas.(Art. 174 CPE)

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    Las Ministras y los Ministros de Estadoson servidoras pblicas yservidores pblicos, y tienen como atribuciones, adems de lasdeterminadas en esta Constitucin y la ley:

    Proponer y coadyuvar en la formulacin de las polticas generales delGobierno. Proponer y dirigir las polticas gubernamentales en su sector. La gestin de la Administracin Pblica en el ramo correspondiente. Dictar normas administrativas en el mbito de su competencia. Proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos con la Presidenta o

    el Presidente del Estado. Resolver en ltima instancia todo asunto administrativo que corresponda

    al Ministerio. Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional los informes que les

    soliciten. Coordinar con los otros Ministerios la planificacin y ejecucin de las

    polticas del gobierno. Las Ministras y los Ministros de Estado son responsables de los actos de

    administracin adoptados en sus respectivas carteras.(Art. 175 CPE).

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    Tipos de competencias Privativas,aquellas cuya legislacin, reglamentacin y ejecucin no

    se transfiere ni delega, y estn reservadas para el nivel central del

    Estado. Exclusivas,aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una

    determinada materia lasfacultades legislativa, reglamentaria yejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos ltimas.

    Concurrentes, aquellas en las que la legislacin corresponde al nivelcentral del Estadoy los otros niveles ejercen simultneamente las

    facultades reglamentaria y ejecutiva. Compartidas,aquellas sujetas a una legislacin bsica de la

    Asamblea Legislativa Plurinacionalcuya legislacin de desarrollocorresponde a las entidades territoriales autnomas, de acuerdo asu caracterstica y naturaleza. La reglamentacin y ejecucincorresponder a las entidades territoriales autnomas.

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    Competencias privativaslas competencias privativas y exclusivas del nivel centraldel Estado (art 298

    CPE): Sistema financiero. Poltica monetaria, Banco Central, sistema monetario, y la poltica

    cambiaria. Sistema de pesas y medidas, as como la determinacin de la hora oficial. Rgimen aduanero.

    Comercio Exterior. Seguridad del Estado, Defensa, Fuerzas Armadas y Polica boliviana. Armas de fuego y explosivos. Poltica exterior. Nacionalidad, ciudadana, extranjera, derecho de asilo y refugio. Control de fronteras en relacin a la seguridad del Estado. Regulacin y polticas migratorias. Creacin, control y administracin de las empresas pblicas estratgicas

    del nivel central del Estado.

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    Competencias privativas Bajo ese criterio a continuacin se sealan las competencias privativas y

    exclusivas del nivel centraldel Estado (art 298 CPE): Administracin del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades

    pblicas del nivel central del Estado. Control del espacio y trnsito areo, en todo el territorio nacional.

    Construccin, mantenimiento y administracin de aeropuertosinternacionales y de trfico interdepartamental.

    Registro Civil. Censos oficiales. Poltica general sobre tierras y territorio, y su titulacin. Hidrocarburos. Creacin de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de

    dominio tributario del nivel central del Estado.

    Poltica general de Biodiversidad y Medio Ambiente. Codificacin sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal,

    tributaria, laboral, comercial, minera y electoral. Poltica econmica y planificacin nacional

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    Competencias exclusivas Rgimen electoral nacional para la eleccin de autoridades nacionales y

    subnacionales, y consultas nacionales.

    Rgimen general de las comunicaciones y las telecomunicaciones.

    Servicio postal.

    Recursos naturales estratgicos, que comprenden minerales, espectroelectromagntico, recursos genticos y biogenticos y las fuentes de agua.

    Rgimen general de recursos hdricos y sus servicios. Rgimen general de biodiversidad y medio ambiente.

    Poltica Forestal y rgimen general de suelos, recursos forestales ybosques.

    Poltica de generacin, produccin, control, transmisin y distribucin de

    energa en el sistema interconectado. Planificacin, diseo, construccin, conservacin y administracin de

    carreteras de la Red Fundamental.

    Construccin, mantenimiento y administracin de lneas frreas yferrocarriles de la Red Fundamental.

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    Competencias exclusivas Elaboracin y aprobacin de planos y mapas cartogrficos oficiales;

    geodesia.

    Elaboracin y aprobacin de estadsticas oficiales.

    Otorgacin de personalidad jurdica a organizaciones sociales quedesarrollen Actividades en ms de un Departamento.

    Otorgacin y registro de personalidad jurdica a Organizaciones No

    Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro quedesarrollen actividades en ms de un Departamento.

    Rgimen de Seguridad Social.

    Polticas del sistema de educacin y salud

    Sistema de Derechos Reales en obligatoria coordinacin con el registro

    tcnico municipal. reas protegidas bajo responsabilidad del nivel central del Estado.

    Reservas fiscales respecto a recursos naturales.

    Sanidad e inocuidad agropecuaria.

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    Competencias exclusivas Control de la administracin agraria y catastro rural.

    Poltica fiscal

    Administracin de Justicia

    Promocin de la cultura y conservacin del patrimonio cultural, histrico,artstico, monumental, arquitectnico, arqueolgico, paleontolgico,cientfico, tangible e intangible de inters del nivel central del Estado.

    Expropiacin de inmuebles por razones de utilidad y necesidad pblica,conforme al procedimiento establecido por Ley.

    Centros de informacin y documentacin, archivos, bibliotecas, museos,hemerotecas y otros de inters del nivel central del Estado.

    Empresas pblicas del nivel central del Estado.

    Asentamientos humanos rurales Polticas de servicios bsicos

    Polticas y rgimen laborales

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    Competencias exclusivas Transporte, terrestre, areo, fluvial y otros cuando alcance a mas de un

    departamento.

    Polticas de planificacin territorial y ordenamiento territorial

    Deuda pblica interna y externa

    Polticas generales de desarrollo productivo

    Polticas generales de vivienda

    Polticas generales de turismo Rgimen de la tierra. La ley determinar las facultades a ser transferidas o

    delegadas a las autonomas.