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OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE RECURSOS HUMANOS RECURSOS HUMANOS

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OFICINA NACIONAL DE

SERVICIO CIVIL

DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE

RECURSOS HUMANOSRECURSOS HUMANOS

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Estudiar

Analizar

Certificar

Aprobar

Nombra-

mientos

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO

Emitir Certifica-ciones de Tiempo de

Servicio

Avisos de Toma de

Posesión y Entrega de

Puestos del

Organismo Ejecutivo

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Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 108;

Ley de Servicio Civil, Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala y su Reglamento, Acuerdo 18-98.

Reglamento de Permuta Acuerdo Gubernativo No 183-97 (Ministerio de Educación);

Guía Técnica para el llenado del FUMP.

FUNDAMENTO LEGAL

Decreto Legislativo No. 1485 del MINEDUC

DIGESTO

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Se procederá a dar el aviso de toma de posesión o entrega del puesto o cargo, en el Formulario Oficial de Movimiento de Personal a la Oficina Nacional de Servicio Civil, en un período no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de toma de posesión o entrega del puesto o cargo.

DISPOSICIONES GENERALES PARA LA TOMA DE POSESIÓN O ENTREGA DE UN

PUESTO O CARGO

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Todo movimiento de personal debe ser grabado por la Institución en el Sistema de Nómina del Estado (GUATENÓMINAS) y enviado para su revisión y aprobación por la -ONSEC-.

https://nomina.minfin.gob.gt

PROYECTO (SIAF) SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

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• Fotocopia de Cédula de Vecindad o D.P.I

• Fotocopia de Afiliación del I.G.S.S.

• Fotocopia de Identificación Tributaria -NIT-

• 2 Fotocopias del Documento que avala la acción

• Certificación de elegible en original

• Contratos individuales de trabajo

• Acuerdo de Nombramiento

• Certificación de Colegiado Activo vigente, en original cuando el puesto a ocupar sea de Profesional

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR AL FORMULARIO DE MOVIMIENTO DE PERSONAL (FUMP)

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TIPOS DE MOVIMIENTOS QUE SE REGISTRAN EN EL FUMP

• Nombramiento

• Aviso de Toma de Posesión

• Aviso de Entrega

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NOMBRAMIENTO

• Primer Ingreso• Reingreso• Ascenso• Traslado• Permuta

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• Primer Ingreso

• Reingreso

• Ascenso

• Traslado

• Permuta

• Interinato

AVISO DE TOMA DE POSESIÓN

• Finalización de suspensiones (IGSS, Disciplinarias y Aprehensión, Detención y Prisión Provisional);

• Reinstalación

• Finalización de Licencia con Goce de sueldo

• Finalización Beca

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AscensoTrasladoPermutaFinalización de InterinatoSuspensión del IGSSDestituciónRemociónFallecimientoJubilaciónRescisión de Contrato, etc.

AVISO DE ENTREGA

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La Toma de Posesión del puesto deberá efectuarse los días 1 ó 16 de cada mes. En caso que las fechas citadas sean días inhábiles, se procederá de la manera siguiente:

1)Ascensos, traslados o permutas el día hábil anterior a las fechas indicadas al finalizar la jornada; y,

2) Primer Ingreso o reingreso el primer día hábil posterior a éstas.

FECHAS DE TOMA DE POSESIÓN EN LOS RENGLONES PRESUPUESTARIOS 011 Y 022

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De conformidad con el Artículo 32, Numeral 14 de la Ley de Servicio Civil, toda entidad tiene la facultad de declarar no más de 10 puestos exentos.

Para declararlos, deberá procederse como lo establece el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil.

Estos puestos no están sujetos a ser calificados en ONSEC.

PUESTOS EXENTOS

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Hasta un mes calendario con goce de salario

Hasta tres meses calendario improrrogables sin goce de salario

Hasta un año prorrogables por becas (con y sin goce de salario)

Para ocupar cargos de elección popular prorrogable anualmente

LICENCIAS

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• 5 días hábiles: Por fallecimiento del cónyuge, persona unida de hecho, hijos o padres

• Por citación de autoridades administrativas o judiciales

• El día de nacimiento de un hijo

• 3 días hábiles: Por fallecimiento de hermanos

• El día del cumpleaños del servidor

LICENCIAS OTORGADAS POR JEFE DE DEPENDENCIA

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De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 4 de la Ley de Servicio Civil, las personas contratadas con cargo al renglón presupuestario 022 son consideradas “Servidores Públicos”, por lo que están sujetas a las obligaciones y prohibiciones de los demás trabajadores del Estado, y gozan de los derechos y prestaciones de carácter laboral que la Ley otorga.

RENGLÓN PRESUPUESTARIO 022

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• Tanto en las contrataciones de primer ingreso como en las de reingreso (contrataciones para ocupar otro puesto), debe observarse el procedimiento de selección de personal.

• No aplica para los casos de prórroga de contrato.

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Los contratos con cargo al Renglón presupuestario 022 (tanto en las contrataciones nuevas como los de prórroga), deben ser suscritos expresamente por la Autoridad Nominadora, y en ningún caso por autoridad inferior, salvo que mediante la disposición legal que corresponda y los casos que la Ley lo permita, se delegue tal función administrativa en un Viceministro, Director General u otra Autoridad de similar jerarquía.

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Para que los contratos surtan sus efectos legales, los mismos deben ser aprobados mediante Acuerdo Ministerial o de Secretaría General de la Presidencia y consignar en el mismo lo siguiente:

ART. 1 se aprueban las cláusulas…

ART. 2 se nombra a…

Para la Serie Ejecutiva se aprueban los contratos por los señores Ministros y Secretaría General, Secretarías y otras Dependencias).

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SE RECOMIENDA:

Observar el debido cumplimiento de los oficios circulares, emitidos por esta Oficina, sobre disposiciones generales del renglón presupuestario 022 “Personal por Contrato”.

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• El acta de entrega se facciona el día en que surte sus efectos legales o en fecha posterior, debe de contener la firma de quien certifica y de quien da visto bueno.

• Toda acción de personal debe efectuarse donde se encuentra presupuestariamente asignado el puesto objeto de la acción.

• Anotar en toda la documentación, el control y la dependencia, tal como se encuentra identificada la partida presupuestaria, en el sistema de nómina.

OTRAS RECOMENDACIONES

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• Consignar en los acuerdos de prórroga de contratos, el código del empleado y grabar dichas prorrogas en el sistema de nómina.

• Conservar en el expediente la boleta de rechazo.

• Una vez revisado el expediente por parte de este Departamento y es objeto de rechazo no reimprimirlo de nuevo, para evitar errores adicionales a la primera revisión.

• Respetar las fechas de recepción de movimientos de personal, ya que a partir de febrero no se aceptarán después de estas.

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¡ SERÁ UN GUSTO ATENDERLES !

DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE

RECURSOS HUMANOS

PBX: 2321-4800

EXTENSIONES 117 A LA 119

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¡ MUCHAS GRACIAS !¡ MUCHAS GRACIAS !