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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y AMBIENTAL SUB GERENCIA ¿E MEDIO AMBIENTÉ Y SALUBRIDAD GESTIÓN 2015-2018 1 „PASCO . : “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación Ordenanza MunicipaC N° 011 -2015-CM-MDY Yanacancha, 17 de Julio del 2015 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE YANACANCHA VISTO: En sesión Ordinaria del Magno Concejo N° 011-2015-CM-MDY, de fecha 04 de junio del 2015 y el Proveído N° 096 - 2015 -SG-CM/MDY, de fecha 11 de junio del 2015, por la que se remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que crea el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Yanacancha, es un órgano de Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público, que goza de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia, que le confiera el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por el Artículo 194° de la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional", Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, según el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, por el Principio de Participación se establece que el Estado promueve la participación organizada de la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del gobierno local, regional y nacional; Que, mediante el Decreto Supremo N°001 - 2008 - ED se creó la Secretaria Nacional de la Juventud, finiendo en su Artículo 25° A - que “es la encargada de formular y proponer políticas de Estado en materia Juventud, que contribuyan al desarrollo integral de los jóvenes en temas de empleabilidad, mejoramiento fla calidad de vida, inclusión social, participación y acceso a espacios en todos los ámbitos del desarrollo ano, así como promover y supervisar programas y proyectos en beneficio de los jóvenes”; otorgándolos, 'entre otras, las funciones de "d) Coordinar y articular con los diversos organismos del Estado y de la sociedad, la ejecución de planes, programas y proyectos; así como monitorear y evaluar sus productos y resultados”, “m) Coordinar aspectos técnicos, jurídicos, administrativos con las dependencias y entidades de la administración pública, a nivel de gobiernos locales, regionales y sectores de la administración en general en materia de Juventud”, n) Mantener actualizado los registros Nacionales de Organizaciones Juveniles e Instituciones públicas y privadas a quienes acredite”; Av. Las Américas s/n Yanacancha - Cerro de Pasco / Telefax: 063 421413 “Juntos podemos más ”

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

YANACANCHA

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y AMBIENTAL

SUB GERENCIA ¿E MEDIO AMBIENTÉ Y SALUBRIDAD GESTIÓN 2015-2018

1

„PASCO . :

“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

Ordenanza MunicipaCN° 011 -2015-CM-MDY Yanacancha, 17 de Julio del 2015

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE YANACANCHA

VISTO:

En sesión Ordinaria del Magno Concejo N° 011-2015-CM-MDY, de fecha 04 de junio del 2015 y el Proveído N° 096 - 2015 -SG-CM/MDY, de fecha 11 de junio del 2015, por la que se remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que crea el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Distrital de Yanacancha, es un órgano de Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público, que goza de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia, que le confiera el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificada por el Artículo 194° de la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional", Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;

Que, según el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, por el Principio de Participación se establece que el Estado promueve la participación organizada de la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del gobierno local, regional y nacional;

Que, mediante el Decreto Supremo N°001 - 2008 - ED se creó la Secretaria Nacional de la Juventud, finiendo en su Artículo 25° A - que “es la encargada de formular y proponer políticas de Estado en materia Juventud, que contribuyan al desarrollo integral de los jóvenes en temas de empleabilidad, mejoramiento fla calidad de vida, inclusión social, participación y acceso a espacios en todos los ámbitos del desarrollo

ano, así como promover y supervisar programas y proyectos en beneficio de los jóvenes”; otorgándolos, 'entre otras, las funciones de "d) Coordinar y articular con los diversos organismos del Estado y de la sociedad, la ejecución de planes, programas y proyectos; así como monitorear y evaluar sus productos y resultados”, “m) Coordinar aspectos técnicos, jurídicos, administrativos con las dependencias y entidades de la administración pública, a nivel de gobiernos locales, regionales y sectores de la administración en general en materia de Juventud”, n) Mantener actualizado los registros Nacionales de Organizaciones Juveniles e Instituciones públicas y privadas a quienes acredite”;

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YANACANCHA |GESTIÓN 2015-2018

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

Que, según el artículo 17 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, el debate y la concertación de los planes de desarrollo y presupuesto, así como en la gestión pública. Así también, dicha ley señala que laparticipación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y otros que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo con la ley;

ue, de igual modo el numeral 2.9 del artículo 84 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es función exclusiva de las municipalidades distritales, promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local;

Que, la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco mediante Ordenanza N° 0020 - 2011 crea y reconoce al Concejo Provincial de la Juventud de Pasco - CDJ-Y su respectivo Reglamento que tiene alcance provincial, es decir está dirigida a las trece Municipalidades Distritales dentro de la jurisdicción;

Que, a través de la Opinión Legal N° 019-2015-GAL-MDY-PASCO, de fecha 04 de junio del 2015, del Abg. Fredy Henando Nájera Valentín Gerente de Asesoría Jurídica, opina por la aprobación de la propuesta mencionada, la misma que debe ser puesta a consideración del Concejo Municipal para los fines correspondientes;

Con el voto aprobatorio por unanimidad de los señores regidores, el Consejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú y en los numerales 8) y 14) del Artículo N°9 y los Artículos N° 39 Y 40° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE CREA EL CONCEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Título I

Capítulo I

ectos Generales

ulo 1o.- Objeto

jresente ordenanza tiene por objeto crear, reglamentar el proceso de conformación y establecer las ^ s c o j^ c io n e s del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha.

Artículo 2°.- Finalidad

La finalidad de la presente ordenanza es promover el desarrollo humano integral de la juventud, para que logre su bienestar integral en un entorno participativo y democrático en la jurisdicción de Yanacancha.

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DISTRITAL DE YANACANCHA

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y AMBIENTAL

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

Artículo 3°.- Ámbito

El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el distrito de Yanacancha.

Artículo 4°.- Alcance

La presente ordenanza es de alcance a todos los jóvenes comprendidos entre los 18 y 29 años de edad, esidentes en el distrito de Yanacancha.

rtículo 5°.- Base Legal

Constitución Política del Perú

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades

Ley N° 27802, Ley del Concejo Nacional de Juventud

Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización

Artículo 6°.- Principios del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha.

El Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha se rige bajo los siguientes principios rectores:

a. Equidad.- Promover el acceso universal de los jóvenes del distrito de Yanacancha a los servicios básicos que prestan las instituciones y entidades del Estado, priorizando y promoviendo la atención a aquellos jóvenes que por su vulnerabilidad física, psíquica o socioeconómica lo requieran.b. Participación.- Promover la participación de los jóvenes en la vida política, económica, cultural y social de la Nación. Asimismo promueve la participación organizada de la juventud como órgano de consulta y de

7/q c coordinación en materia de juventud.

c. Igualdad.-Todos los jóvenes tienen las mismas oportunidades para participar en el proceso de corporación en el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, sin mediar actos de discriminación de

cter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza.

olerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.

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YANACANCHAGESTIÓN 2015-2018

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

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TÍTULO II

DEL CONCEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

CAPÍTULO I

DEFINICIÓN, FUNCIÓN Y COMPOSICIÓN

Artículo 7°.- Definición\f>\\

/El Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha es un organismo autónomo de representación, consulta, $ diálogo, análisis, propuesta concertada y participación democrática de las y los jóvenes del Distrito de

Yanacancha ante la Municipalidad Distrital de Yanacancha y otras instituciones públicas o privadas, y las organizaciones juveniles del ámbito distrital.

Artículo 8°.- Funciones

Para el cumplimiento de los objetivos previstos, el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha tiene las siguientes funciones:

a) Actuar como instancia válida de interlocución y consulta ante la Municipalidad Distrital y organizaciones públicas y privadas en temas concernientes a la juventud;

b) Proponer a las autoridades respectivas, planes y programas para el cabal desarrollo de los jóvenes;

c) Establecer las estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño y creación de políticas, planes y programas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud;

d) Representar a la juventud de Yanacancha ante el Concejo Provincial de la Juventud, organismos locales, regionales, nacionales e internacionales.

"" e) Promover la promoción y difusión y el ejercicio de los derechos humanos, civiles, políticos y sociales;

e) Apoyar las iniciativas comunicacionales, artísticas y culturales de los propios jóvenes favoreciendo su e/presión, así como haciéndolas conocer a la opinión pública;

'entar la creación de organizaciones y movimientos juveniles;

amizar la formación integral y participación de la juventud;

'egir representantes ante otras instancias de participación juvenil y en general, ante aquellas cuyos Ututos y regulaciones así lo dispongan;

i) Participar en la formulación del Presupuesto Participativo;

j) Participar en las elecciones de Juntas Vecinales;

k) Adoptar su propio Reglamento de Organización y Funciones.

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

Artículo 9°.- Composición

El Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha está compuesto por dos órganos de dirección:

a) Asamblea General: Es el órgano de máxima decisión del Concejo, sus acuerdos obligan a sus integrantes. Está conformada por un representante de cada organización juvenil del distrito debidamente registrada y acreditada.

b) Junta Directiva: Es el órgano de dirección, planificación, organización y evaluación de las actividades y asambleas de Concejo, estará integrada por seis (6) miembros y todos los cargos son por elección y por el período de un año.

Será dirigida por el Secretario General quien al igual que los demás miembros será elegido por la Asamblea General.

'ASAMBLEA GENERAL

TITULO III

CAPITULO I

ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 10°.- Asamblea General

La asamblea General es el órgano máximo de gobierno deliberativo del Concejo Distrital de la Juventud o CDJ-Y con poder de decisión, está integrado por los miembros afiliados en la organización y le corresponde la

formulación y ejecución de políticas y objetivos de desarrollo para la juventud de su ámbito jurisdiccional.

Artículo 11°.- Atribuciones

Son atribuciones de la Asamblea General:

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f)

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Aprobar la reorganización, investigación, auditoria y balances financieros con el apoyo de la Municipalidad Distrital de Yanacancha

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YANACANCHA ..________________________

GESTIÓN 2015-2018

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

Artículo 12°.- Quorum

Para que la Asamblea, tanto ordinaria como extraordinaria, pueda tomar acuerdos será necesario que asistan en primera convocatoria la mitad más uno de los miembros del CDJ-Y con derecho a voto. Si no asisten ese número, transcurridos treinta minutos se celebrarán las reuniones en segunda convocatoria con el número de asistentes presentes, siendo válidos los acuerdos.

Artículo 13°.- Acuerdos

Los acuerdos se toman por mayoría simple. En caso de empate decidirá el voto el Coordinador(a). Se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los socios para los siguientes casos:

a) Disposición o enajenación de bienes.b) Acuerdo para formar parte de otra institución similar de orden superior.c) Modificación de estatus.d) Disolución de la organización.

CAPITULO II

JUNTA DIRECTIVA

Artículo 14°.- Junta Directiva

La Junta Directiva es el órgano responsable de ejercer la función ejecutiva del CDJ-Y, está compuesto por 06 integrantes:

Artículo 15°.- Funciones y Atribuciones

Son funciones y atribuciones de la Junta Directiva:

a) Resguardar los derechos y hacer cumplir las obligaciones de los miembros del CDJ-Y.Administrar correctamente la aplicación de las normas concernientes a las organizaciones juveniles.

m e ) Establecer y dirigir la política general del CDJ-Y de acuerdo a los objetivos y metas señaladas en la Asamblea General

$ ¡/ó ) Administrar los bienes que conforman el patrimonio del CDJ-Y.e) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Generalf) Aceptar la dimisión de sus integrantes y designar a sus reemplazantes provisionales, hasta que la

Asamblea General elijas los nuevos.g) Formular y proponer a la Asamblea General la aprobación de planes, programas y actividades.h) Plantear las cuotas sociales que acuerden aportar los integrantes del CDJ-Y que conste en acta.

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YANACANCHA

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

i) Aprobar contratos y convenios de cooperación técnica y financiera y otros que sean en beneficios del CDJ-Y.

Artículo 16°.* Composición de la Junta Directiva

La Junta Directiva de cada instancia del Concejo Distrital de Juventudes de Yanacancha CDJ-Y, estará compuesta por los siguientes órganos de dirección, elegidos por Lista Completa en elección universal y secreta.

a) Secretaría Generalb) Secretaría Técnicac) Secretaría de Medio Ambiented) Secretaría de Educación y Salude) Secretaría de Promoción Empresarial y Empleof) Secretaría de Participación e Inclusión Social.

Artículo 17°.- Duración del Periodo de Gobierno de la Junta Directiva

El periodo de gobiernos de la Junta Directiva de cada instancia del Concejo Distrital de Juventudes de Yanacancha, tendrá una duración de un (01) año, pudiendo ser reelegida solo por un periodo más.

CAPITULO III

ORGANOS DE DIRECCIÓNGBfeENCIADE J

, , Asesoría yí í r l*qal _ DEL SECRETARIO GENERAL

culo 18°.- Secretario(a) General

nciones del Secretario (a) General:

pretario General es el representante del Concejo Distrital de la Juventud y asume el compromiso de 'sentar a las juventudes del distrito de Yanacancha. Es elegido por el pleno y asume el cargo por un (01)

año. El cargo es ad honorem. El Secretario General tendrá voto dirimente y sólo votará en caso de empate.

Artículo 19°.- Funciones del Secretario(a) General

El Secretario General del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha tiene las siguientes funciones:

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YANACANCHA §GESTIÓN 2015-2018

“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

a) Representar al Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, en los espacios a los que sea invitado y en los medios de comunicación.

b) Convocar y presidir las sesiones plenarias del Concejo Distrital de la Juventud.

Asumir la responsabilidad del cumplimiento y la difusión de los acuerdos del Concejo Distrital de la Juventud.

Liderar la elaboración e implementación del Plan Anual de Trabajo y de Gestión para su periodo.

Presentar el Balance Anual y de Gestión del Concejo Distrital de la Juventud.

\\S f Rlf

f) Promover que se informe regularmente a la ciudadanía sobre las políticas, planes, programas,proyectos y actividades en temas de juventud que se llevan adelante en el distrito, y en el marco de los lineamientos de políticas nacionales en materia de juventud.

g) Otras que señalen los estatutos, reglamentos, y normativa pertinentes.

DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONCEJO DISTRITAL

DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Artículo 20°.-EI Secretario Técnico del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha

_____EL Secretario Técnico es un joven representante perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Humano de la^"nicipalidad de Yanacancha, y tiene como finalidad dinamizar la operatividad y funcionamiento del Consejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, brindando asesoría, asistencia técnica y apoyo para el cumplimiento d^ las funciones del Concejo. El Secretario Técnico será designado por la Gerencia de Desarrollo Humano, y

á parte del Pleno, con voz pero sin voto.

ulo 21°.- Funciones del Secretario Técnico

cretario Técnico tiene las siguientes funciones:

Asesorar y apoyar en la elaboración e implementación del Plan de Trabajo Anual y de Gestión del Concejo Distrital de la Juventud.

b) Asesorar al Concejo Distrital de la Juventud en materia de gestión con los distintos órganos de la municipalidad, promoviendo la comunicación y coordinación constantes para la implementación de políticas, planes y proyectos dirigidos a las juventudes del distrito.

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YANACANCHAGESTIÓN 2015-2018

“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

c) Informar regularmente sobre las políticas, planes, programas, proyectos y actividades en temas de juventud que se llevan adelante en el distrito en el marco de los lineamientos de políticas nacionales, regionales, provinciales y distritales en materia de juventud.

d) Gestionar los espacios físicos y la logística necesaria para el ejercicio de las funciones del Concejo Distrital de la Juventud.

* e) Cumplir los demás deberes inherentes a la naturaleza del cargo.

DEL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE DEL CONCEJO DISTRITAL

DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Artículo 22°.-EI Secretario de Medio Ambiente

Encargado de gestionar, apoyar, velar y coordinar la ejecución de las obras comunales su conservación y mantenimiento respectivo y así como la defensa del medio ambiente. Tiene como funciones las siguientes:

Artículo 23°.- Funciones del Secretario de Medio Ambiente

a) Contribuir a desarrollar la infraestructura básica de apoyo a los servicios sociales y comunales, mediante la participación organizada de los jóvenes.

b) Velar por el uso, conservación y mantenimiento de los bienes e instalaciones deportivas y recreativas. Así como plazas, parques y jardines.

^Renc/aT ^ % c) Cooperar y coordinar con la Municipalidad y otros organismos en control de las normas de protecciónU A V '

; de medio ambiente.d) Cooperar con la Municipalidad en la promoción de los voluntariados en beneficio del Medio

mbiente.tuar como Secretario (a) tal en las reuniones, levantando acta de las mismas. Asistir al Secretario

eneral para fijar el orden del día y cursar las convocatorias.•Custodiar y llevar los libros, documentos y sello de la organización.Redactar la memoria anual y los planes de actividades y los documentos que sean necesarios,

h) Asumir otras funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva.

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DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y SALUD DEL CONCEJO DISTRITAL

DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Artículo 24°.- De la Secretaria de Educación y Salud

Responsable de promover la educación, formulación de programas y proyectos asi como los mecanismos de acceso a la cobertura y prestación del servicio educativo y salud al sector juvenil. Funcionalmente también ejercerá el cargo de Secretario de la organización. Tiene las siguientes funciones y atribuciones.

Artículo 25°.- Funciones de la Secretaria de Educación y Salud

a) Participar en la formulación, ejecución y supervisión de programas educativos, campañas de alfabetización y capacitación en diversa temática dirigida a jóvenes.

b) Realizar y apoyar la realización de actividades no escolarizadas que se realicen dentro de los programas de promoción educativa comunal.

c) Gestionar ante los Centros Educativos a Nivel Inicial, Primario, Secundario y Superior, el acceso de jóvenes al servicio que brindan.

d) Fomentar y velar por las buenas costumbres en resguardo de la moral de los vecinos, denunciándolo en las instancias correspondientes cuando haya lugar.

e) Apoyar en la promoción, organización, sostenimiento y funcionamiento de los establecimientos de protección a los jóvenes con discapacidad.

f) Participar en la organización e implementación de los botiquines de primeros auxilios.g) Coordinar y apoyar en la promoción, supervisión y ejecución de la educación sanitaria, sexual y

*kr£ f > 17profilaxis local.

h) Organizar y promover actividades contra la drogadicción, alcoholismo y prostitución juvenil, con

tituciones competentes.'estionar el acceso a comedores populares y programas sociales a los jóvenes de menores

recursos de su jurisdicción.

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación

DE LA SECRETARIA DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y EMPLEO DEL CONCEJO DISTRITAL

DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Artículo 26°.- De la Secretaria de Promoción Empresarial y Empleo

Responsable de promover la empleabilidad juvenil, formación laboral, el emprendí turismo y fortalecimiento de las MyPEs juveniles. Funcionalmente, también ejercerá el cargo de Tesorero de la organización. Tiene las siguientes funciones y atribuciones.

Artículo 27°.- Funciones de la Secretaria de Participación e Inclusión Social.

a) Promover y gestionar información, asesoramiento y apoyo a los nuevos emprendedores juveniles para la creación de nuevas empresas.

b) Gestionar la realización de campañas y facilidad sobre formalización y requisitos para la apertura y funcionamiento de empresas jóvenes.

c) Gestionar líneas de financiamiento de instituciones públicas y privadas a proyectos empresariales juveniles.

d) Realizar actividades de promoción de la iniciativa empresarial y de la actividad económica de los jóvenes, reuniones, conferencias, intercambios, cooperaciones, programas locales de nuevos emprendedores, difusión y transferencia tecnológica.

Organizar cursos relacionados con la gestión empresarial: innovación, calidad, diseño, dirigidos fundamentalmente a empresarios jóvenes.

Expedir los recibos de las cuotas ordinarias y extraordinarias.

Redactar presupuestos y balances anuales.

Llevar un inventario de los bienes de la organización.

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DE LA SECRETARIA DE PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL DEL CONCEJO DISTRITAL

DE LA JUVENTUD DE YANACANCHA

Artículo 28°.- De la Secretaria de Participación e Inclusión Social

Responsable de promover la participación y organización de las jóvenes en su ámbito territorial, así como de la inclusión de jóvenes en situación de vulnerabilidad, jóvenes con habilidades diferentes y jóvenes en riesgo social.

Artículo 29°.- Funciones de la Secretaria de Participación e Inclusión Social

a) Promover la participación de los jóvenes en el fortalecimiento del sistema democrático en forma organizada en la toma de decisiones, sostenida en el tiempo, informada y responsable.

b) Realizar actividades de capacitación para la formación de líderes juveniles comprometidos con el desarrollo local y la gestión de proyectos que conlleven al mejoramiento de Yanacancha.

c) Promover el desarrollo de grupos de jóvenes con habilidades diferentes.d) Promover espacios de representación de la juventud rural, para el aprovechamiento de

oportunidades que ofrece el medio local.e) Promover la participación de los jóvenes en el Presupuesto Participativof) Realizar actividades que empoderen el rol de jóvenes comprometidos por el desarrollo de

Yanacancha.

TITULO IV

¡érftur' * ¡Artículo 30o- Derechos

CAPITULO I

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

miembros del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha CDJ-Y, y sus instancias tienen los uientes derechos:

Elegir y ser elegido en los cargos directivos.Participar y asistir con voz y voto a las sesiones o reuniones de las asambleas.

Presentar proyectos o cualquier iniciativa al CDJ-Y, previa solicitud y aprobación del órgano correspondiente.

d) Exigir el cumplimiento de los acuerdos de las Asambleas.e) Utilizar la infraestructura perteneciente al CDJ-Y, los cuales para su uso deberán ser Reglamentados

y captar recursos económicos para su mantenimiento.

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f) Otros establecidos en el Estatuto o lo que apruebe el CDJ- Y. Artículo 31 - Obligaciones

Los miembros del Concejo Distrital de Juventudes Yanacancha CDJ-Y y sus instancias tienen las siguientes obligaciones:

a) Acatar los acuerdos adoptados por la Asamblea General.

b) Conocer y cumplir las disposiciones del presente Reglamento.

c) Participar en la solución de los problemas y desarrollo de las tareas del CDJ-Y.

d) Vigilar y/o fiscalizar la labor de los miembros de la Junta Directiva.

e) Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias y cumplir con todas las obligaciones

f) Asistir a los actos convocados por la Junta Directiva

g) Concurrir puntualmente a las asambleas y permanecer en ella hasta su culminación

h) Otras que se apruebe en Asamblea General.

i) En el caso que un miembro del CDJ-Y participase en las elecciones municipales o presidenciales debe solicitar licencia con 90 días de anterioridad a la realización de las elecciones.

TITULO V

CAPITULO I

DE LA ELECCION DE LOS ORGANOS DE DIRECCION

DEL COMITE ELECTORAL

El Comité Electoral

ité Electoral es un órgano autónomo, que tiene a su cargo la responsabilidad de la conducción y el olio del proceso de elección de los miembros del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, el

deberá realizarse de manera democrática y transparente. Sus funciones culminan con la proclamación de loscandidatos ganadores que integrarán el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha.

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Artículo 33°.- Conformación

El Comité Electoral estará conformado por tres (03) miembros jóvenes del distrito de Yanacancha, propuestos por el Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). El cargo es ad honorem. Los miembros del Comité Electoral no podrán ser candidatos al Consejo Distrital de la Juventud.

Artículo 34°.- Funciones y atribuciones

Son funciones y atribuciones del Comité Electoral, las siguientes:

a) Convocar, organizar, planificar y ejecutar el proceso electoral del Concejo Distrital de la Juventud.

b) Orientar a los jóvenes sobre los procedimientos correspondientes al proceso de elección.

c) Resolver impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el proceso electoral.

d) Comunicar a la Municipalidad de Yanacancha los resultados del proceso electoral, a fin que, mediante Resolución de Alcaldía, se reconozca y efectúe la entrega de credenciales a los miembros del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha.

e) Coordinar con la Municipalidad de Yanacancha la elaboración del material electoral para el proceso electoral.

f) Aprobar la designación de los Miembros de Mesa

CAPÍTULO II

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 35°.- Convocatoria del proceso electoral de los miembros del Concejo Distrital de la Juventud de Yafiacancha

Electoral coordinará con la Gerencia de Desarrollo Humano y Bienestar Social la publicación, en el web de la Municipalidad Distrital de Yanacancha, así como en el mural central de la entidad, del rama de la Elección de los miembros del Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha, donde se

rá exponer como mínimo lo siguiente:

- Fecha de publicación del padrón electoral provisional.

- Plazo para incluir y excluir electores del padrón, el cual debe incluir a los jóvenes de 18 a 29 años que residan en el distrito de Yanacancha.

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- Fecha de publicación del padrón electoral definitivo.

- Fecha de inscripción de los candidatos para cada área.

- Fecha de inscripción de los candidatos por organizaciones juveniles.

- Fecha de publicación provisional de las listas de candidatos.

- Plazo para formular tachas contra los candidatos.

^ V - Plazo para resolver las tachas interpuestas contra los candidatos.

- Fecha de publicación definitiva de las listas de candidatos.

- Fecha y hora de la elección.

- Fecha de publicación de los resultados.

CAPÍTULO III

DE LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS

Artículo 36°.- Inscripción de candidatos por áreas territoriales

Para el caso de los candidatos por áreas, deberán contar con los siguientes requisitos:

a) Tener entre 18 y 29 años de edad.

b) Residir en el área del distrito por la que postulan.

<’ \cjPresentar Documento Nacional de Identidad correspondiente a la jurisdicción del distrito de Yanacancha.

d) Relación de adherentes que respaldan las candidaturas. El número mínimo de adherentes será de veinte (5) personas y deben residir en el área del distrito.

e) Fjcha de inscripción al proceso electoral debidamente llenada y entregada a la Municipalidad Distrital de cha.

sentar Hoja de vida sin documentar.

pedimento y causal de inhabilitación para postular al Concejo Distrital de la Juventud, el no cumplir los uisitos descritos en el presente artículo. La verificación del cumplimiento de los requisitos estará a cargo

del Comité Electoral.

Artículo 37°.- Tachas

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Todo joven elector está en la capacidad de formular tachas contra los postulantes, para lo que deberá presentar las pruebas pertinentes de manera documentada; caso contrario se desestimará la tacha.

El Comité Electoral tiene tres (03) días hábiles para resolver las tachas. Contra lo resuelto por el Comité Electoral no cabe impugnación alguna.

rtículo 38°.- Publicación de candidatos

Resueltas las Tachas formuladas contra los candidatos, el Comité Electoral procederá a realizar la publicación definitiva de los Candidatos para el Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha.

CAPÍTULO IV

DEL PROCESO ELECTORAL

rtículo 39°.- Etapas del proceso electoral

El proceso electoral para la conformación del Concejo Distrital de la Juventud es por áreas.

1) El proceso electoral para candidatos por áreas está compuesto por las siguientes etapas:

a) Instalación de las Mesas de Sufragio o sus similares.- Los miembros de las Mesas de Sufragio se reúnen en el local señalado para su funcionamiento media hora antes del inicio de la votación, a fin de instalarla mesa de sufragio, la cual se hará constar en el Acta de Instalación.\

{.x b) Votación.- Para la votación los electores deben presentar el Documento Nacional de Identidad. Una vez emitido el voto, los electores colocarán su voto en el ánfora respectiva y su firma y huella digital en la lista de asistencia.

c) Escrutinio.- Al concluir la jornada electoral se levantará el Acta Electoral, que contendrá la siguiente brmaqlón:

de inicio y conclusión del proceso electoral.

ación de candidatos con el resultado de los votos obtenidos.

- Firma de los miembros del Comité Electoral, opcionalmente podrán firmar los observadores de estar presentes.

Artículo 40°.- Apoyo de instituciones en el procesode elección

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A fin de llevar a cabo de manera idónea y asegurar la transparencia de los procesos electorales, el Comité Electoral podrá coordinar la asesoría especializada de instituciones públicas como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la Secretaria Nacional de la Juventud (SENAJU), entre otros.

CAPÍTULO V

DE LA PROCLAMACIÓN DE RESULTADOS

Artículo 41°.- Proclamación

Los Miembros de Mesa entregaran al Comité Electoral los resultados finales contenidos en las Actas Electorales. El Comité Electoral proclamará a los candidatos ganadores por áreas que hayan obtenido la mayor cantidad de votos, y a los candidatos ganadores de la elección por organizaciones juveniles. En el caso de la existencia de empate en la elección por áreas, se realizará un sorteo con la presencia de los candidatos que obtuvieron la mayor cantidad de votos. El Comité Electoral proclamará a los candidatos que resulten elegidos, mediante comunicación escrita al Alcalde indicando la relación de los candidatos electos y adjuntando las Actas Electorales.

\S 1 Artículo 42°.- Del reconocimiento del Concejo Distrital de la Juventud de YanacanchaV \

\

Mediante resolución de Alcaldía se reconocerá oficialmente a los seis (06) jóvenes consejeros del ConcejoDistrital de la Juventud de Yanacancha; así como al Secretario Técnico designado por la Gerencia de/Desarrollo Humano y Bienestar Social.

SICIONES COMPLEMENTARIAS

tor^ilm era.- Facultar al Alcalde de Yanacancha, mediante decreto de alcaldía, las medidas complementarias y /ájécesarias para la aplicación de la presente ordenanza.

Segunda.- Encargar a la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes, y a las demás unidades orgánicas competentes implementar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Tercera.- Crear el Registro de Organizaciones Juveniles a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano y Bienestar Social.

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Cuarta.- El Concejo Distrital de la Juventud de Yanacancha se encargará de la elaboración y aprobación de su Estatuto, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios de su instalación.

Quinta.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El emano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional

www.muniyanacancha.gob.pe)

Dado en el Palacio Municipal del Distrito de Yanacancha, a los 17 días del mes de julio del año dos mil

quince.

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