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Modificación artículo 69 del RSA Norma Técnica N ° 158: “Requisitos para la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en Establecimientos de Alimentos Claudia Villarroel Venegas Ingeniera en Alimentos 06 de Octubre/2015 MSc. Nutrición y Alimentos

Modificación artículo 69 del RSA - Inofood 2017 · actual norma NCh 2861 of.2004. Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria Modificación Normativa a)Modificación

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Modificación artículo 69 del RSA

Norma Técnica N°158: “Requisitos para la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control

(HACCP) en Establecimientos de Alimentos”

Claudia Villarroel VenegasIngeniera en Alimentos

06 de Octubre/2015

MSc. Nutrición y Alimentos

Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentariawww.achipia.gob.cl

SISTEMA NACIONAL EN INOCUIDAD ALIMENTARIA ACTUAL

• Consumo local• Producción local• Control de las

importaciones

• Cumplimiento de requisitos demercado: Pesca y Productos de laPesca.

• Cumplimiento de requisitos de mercado: Productos agricolas y pecuarios.

• Alimentos e ingredientes de consumo animal.

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Salud Pública (ETAs / NCD)

>Riesgos>Costos

Modelo no integrado con enfoque sectorial

ABORDAJE DESDE LO

PRODUCTIVO

(SAG/SERNAPESCA)

ABORDAJE DESDE LO

SANITARIO

MINSAL

Procesos/Distribución Consumo

Control de Calidad

...……Peligros a lo largo de la cadena alimentaria……

Sanidad animal y vegetal

Producción primaria

Necesidad de progresar a…

Enfoque Salud Pública (MINSAL)

Enfoque productivo (SAG/SERNAPESCA)

DuplicidadesFalta de coordinación

CompetenciasNo-reconocimiento

No-colaboración

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Sistema Nacional de Inocuidad Alimentaria

PROCESO DE PRODUCCIÓN DE

ALIMENTOS

CONSUMO DE ALIMENTOS

INOCUIDAD ALIMENTARIA: Enfoque de Cadena

Sistema Nacional Integrado en Inocuidad Alimentaria

TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS Y COMERCIO

(Mercados Nacionales/Importaciones/Exportaciones)

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El objetivo es…

Para alcanzar Niveles

Adecuados de Protección

(NAP)

Salud Pública

Desarrollo competitivo

de la industria

NAP

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Misión de ACHIPIA

POTENCIARACHIPIA

Coordinar y conducir la institucionalidad del sistema nacional deinocuidad y calidad de los alimentos e implementar la políticanacional en esta materia

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Diseñar e implementar el modelo institucional de articulación e integración del sistema nacional de inocuidad y calidad de los alimentos.

Articular y coordinar el sistema nacional de inocuidad y calidad de alimentos con el sistema de fomento productivo y el sistema de I+D+i.

Actuar en representación de Chile en materias de calidad e inocuidad a nivel internacional y coordinar la representación de Chile ante el CODEX a través de la presidencia del CNC, secretaría y punto focal.

Coordinar y dar soporte al modelo de análisis de riesgos en el sistema nacional de inocuidad y calidad alimentaria.

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OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DE ACHIPIA

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2. Coordinar y dar soporte al modelo de análisis de riesgos en el sistema nacional de inocuidad y calidad alimentaria

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Participantes

Servicio Agrícola y Ganadero SAG

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura SERNAPESCA

Ministerio de SaludMINSAL

Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria - ACHIPIA

Programas Nacionales Integrados - PNIs

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Designación/ratificación de Participantes

Servicio Agrícola y Ganadero

SAG

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura

SERNAPESCA

Ministerio de SaludMINSAL

Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad

Alimentaria - ACHIPIA

Programas Nacionales Integrados (PNIs)

Estructura- Mesas de Trabajo

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PNI HACCP

Programas Nacionales Integrados (PNIs)-2012

Reconocimiento de labores de

inspección

Norma Técnica Única

Pautas de inspección

armonizadas

MINSAL

SAG SERNAPESCA

Control Integrado de HACCP

Situación Esperada

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Norma Técnica N°158 - Ministerio de Salud

“Requisitos para la aplicación del Sistema de Análisis dePeligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) enEstablecimientos de Alimentos”

Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA)

Art.69

Derogar la actual norma

NCh 2861 of.2004

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Modificación Normativa

a) Modificación del Art.69 del RSA

b) Aprobación de la norma técnica del Ministerio deSalud- Norma Técnica N°158: “Requisitos para laaplicación del Sistema de Análisis de Peligros yPuntos Críticos de Control (HACCP) enEstablecimientos de Alimentos”

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a) Modificación del Art.69 del RSA

ANTES

Artículo 69:

Los establecimientos de producción, elaboración,preservación y envase de alimentos deberán cumplir conlas Buenas Prácticas de Fabricación (BPF)mencionadas en este reglamento, en forma sistematizaday auditable.

Además, aquellos que la autoridad sanitaria determinedentro de su correspondiente área de competencia, segúnlos criterios establecidos en la norma técnica que paratales efectos dicte el Ministerio de Salud, deberánimplementar las metodologías de Análisis de Peligros yPuntos Críticos de Control (HACCP), en toda su línea deproducción, conforme lo establecido en la Norma ChilenaOficial NCh 2861. Of2004…

Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentariawww.achipia.gob.cl

Los establecimientos de producción, elaboración,preservación y envase de alimentos deberán cumplir conlas Buenas Prácticas de Fabricación (BPF)mencionadas en este reglamento, en forma sistematizaday auditable.

"Además, aquellos que la autoridad sanitaria determinedentro de su correspondiente área de competencia, segúnlos criterios establecidos por resolución del Ministerio deSalud, deberán implementar las metodologías de Análisisde Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), en todasu línea de producción, conforme lo establecido en laNorma Técnica que, para tales efectos, dicte esemismo Ministerio".

a) Modificación del Art.69 del RSA

AHORA

Artículo 69:

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a) Modificación del Art.69 del RSA

Oficialización

20 de Noviembre de 2014 Diario Oficial

• Articulo 1°: señala la modificación• Artículo 2°: señala la entrada en vigencia: “El presente decreto entrará en

vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial” – 21 demayo 2015

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a) Modificación del Art.69 del RSA

Información

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b) Aprobación de Norma Técnica del Ministerio de Salud

Pasos Previos

i. Proceso de elaboración (PNI HACCP)

ii. Proceso de consulta pública

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b) Aprobación de Norma Técnica del Ministerio de Salud

Decreto exento N° 118,aprueba la norma técnicaN°158 sobre “Requisitospara la aplicación delSistema de Análisis dePeligros y Puntos Críticosde Control (HACCP) enEstablecimientos deAlimentos”.

8 de junio de 2015se publica en elDiario Oficial

Aprobación Norma Técnica - Oficialización

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b) Aprobación de Norma Técnica del Ministerio de Salud

Información

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Beneficios de la Norma Técnica N°158 de MINSAL

1. Brindar una mayor flexibilidad para su aplicación en pequeñas y medianasempresas (PYMEs), alineándose con las directrices Codex, facilitando su acceso einclusión.

2. Acceso libre y gratuito alpúblico. La norma estarádisponible en los sitios web de losservicios involucrados.

3. Alinear el proceso de modificación yactualización de la norma a losmecanismos regulatorios vigentes, losque incluyen objetividad, transparencia,participación e independencia.

4. Otorgar a las instituciones públicas, una mayorintegración, coordinación intersectorial y flexibilidaden la fiscalización de alimentos

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Preguntas Frecuentes

Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentariawww.achipia.gob.cl

1. ¿La NCh 2861 of.2004 se contrapone a la Norma Técnica N°158 de MINSAL?

NO, ambas normas consideran directrices similares.

La bibliografía considerada para el desarrollo de la norma técnica MINSAL es elsiguiente:

• Codex Alimentarius, Código Internacional de Prácticas Recomendado –Principios Generales de Higiene de los Alimentos, Validación y Verificación

• CRF 21, Estados Unidos

• CFR 9, Estados Unidos

• Directiva 853, Unión Europea

• Orientaciones sobre la aplicación de procedimientos basados en los principiosHACCP

• Documentos técnicos MINSAL, SAG y SERNAPESCA.

• Otros documentos descriptivos sobre validación, verificación y auditoria (FAO,ILSI, entre otros).

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• NO. La norma Técnica N°158 de MINSAL, es para efectos defiscalización.

• A diferencia de la NCh que tiene el objetivo de la certificación. Siuna empresa quiere certificarse por NCh lo puede seguirhaciendo sin problemas, eso es voluntario.

• Y como ambas normas no se contraponen, lo más probable esque si ya esta certificada con la NCh cumplirá con los requisitosde la norma técnica N°158 MINSAL.

2. ¿Si una empresa está certificada con la NCh2861 of.2004, también se debe certificar por la norma técnica N°158 MINSAL?

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3. ¿Quiénes deben implementar la norma técnica N° 158 MINSAL?

• Aquellos que la autoridad sanitariadetermine dentro de sucorrespondiente área decompetencia, según los criteriosestablecidos por resolución delMinisterio de Salud.

• Se debe consultar a SEREMI deSalud correspondiente.

• No deben implementar losrestaurantes, casinos, fuentes desoda, etc.

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Para fortalecer el desarrollo e implementación de la nueva norma enla industria alimentaria, principalmente en PYMEs, se elaborarontres guías técnicas sobre:

a) Procedimientos Operativos Estandarizados (POE)b) Procedimientos Operativos Estandarizados de Sanitización

(POES)c) Diseño, desarrollo e implementación del sistema HACCP en

establecimientos de alimentos.

Objetivo: Facilitar a las empresas el uso de la norma a través deejemplos concretos.

4. ¿Existen guías o manuales para apoyar laimplementación de la norma técnica N°158 MINSAL?

Gracias por su atención

Claudia Villarroel

[email protected]

06 de octubre/2015

Claudia Villarroel

[email protected]

06 de octubre/2015