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manejar un tanto mas facil la nomina
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Modelo básico para la elaboración de la nómina para pago de salarios(Fecha de actualización: junio 12 del 2015)
Según la particularidad de quien las vaya a usar, y aprovechando las bondades del Excel, se podrán ocultar las columnas que no apliquen o insertar las que hagan falta
Nombre del empleado
DEVENGADO DEDUCCIONES
Neto pagado Recibí conforme
Datos básicos
Horas Extras Comisiones Auxilio de transporte Total devengado
Aportes a Salud Aportes a Pensiones
Total deducciones
Sueldo básico Entidad a la que está afiliado
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Totales 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Nota: para los demás cálculos relativos a las provisiones que se tienen que hacer sobre las nóminas, a saber: las provisiones de aportes parafiscales y las provisiones por prestaciones sociales, utiliza otra de nuestras herramientas gratuitas titulada:
A continuación, se suministra un modelo en Excel en el que se incluyen las columanas con los conceptos más comunes por partidas devengadas y deducciones
Sueldo devengado
Primas legales o extralegales
bonificaciones de mera liberalidad
Descuentos por aportes en cuentas de Ahorro para el
Fomento de la Construcción (AFC)
Descuentos por prestamos
Descuentos por aportes a
cooperativas
Descuentos por embargos
Descuento de la retención en la fuente a título del impuesto de renta
Días trabajados (en la quincena o en el mes)
Aporte obligatorio a Salud (4%)
Aporte obligatorio a
Fondo de pensiones
Aportes voluntarios a
fondos de pensiones
Entidad a la que está afiliado
Modelo para el cálculo de la provisión mensual de prestaciones sociales y aportes parafiscales
Los aportes obligatorios a Salud y Pensión, al igual que los que hace la empresa por su cuenta al ICBF, Sena y caja de compensacion, solo se realizan sobre lo que constituya "salario". Por tanto, en el cálculo de tales aportes no se tienen en cuenta factores como las primas extralegales o las bonificiaciones por mera liberalidad.
El calculo de la retención en la fuente se haría en la segunda quincena del mes, pues se sumarían los pagos hechos en la primera y la segunda quincena. Debe tomarse en cuenta si el procedimiento de retención que aplica el empleador al trabajador es el procedimiento 1 o el procedimiento 2. Si se trata del procedimiento 1, en ese caso los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable que se busca directamente en la tabla del art.383 del ET y de allí se obtiene la retención en la fuente a aplicar. Pero si se aplica el procedimiento 2, en ese caso, los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable al cual se aplica el porcentaje fijo.
Es útil usar esta columna, identificando a las entidades de Salud y de pensiones con algún código, pues con ello se facilita el registro por "tercero" en la cuenta del pasivo de estos aportes. Al mismo tiempo se facilita hacer el cálculo del aporte que por cada entidad de Salud o Pensiones tiene que hacer luego la propia empresa (se puede ordenar la base de datos que se forma en esta hoja de trabajo según la EPS o según el Fondo). Además, todo eso facilitará luego el diligenciamiento mensual de la PILA. Esos códigos que se decida usar en esta columna podrían ser los mismos con los que los "Operadores de información ante los que se tramita mensualmente la PILA identifican a cada EPS o Fondo.