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Modelo básico para la elaboración de la nómina para pago de salarios (Fecha de actualización: junio 12 del 2015) Según la particularidad de quien las vaya a usar, y aprovechando las bondades del Excel, se podrán ocultar las columnas que no apliquen o insertar las que hagan falta Nombre del empleado DEVENGADO DEDUCCIONES Neto pagado Recibí conforme Datos básicos Horas Extras Comisiones Total devengado Aportes a Salud Aportes a Pensiones Total deducciones Sueldo básico Entidad a la que está afiliado 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Totales 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Nota: para los demás cálculos relativos a las provisiones que se tienen que hacer sobre las nóminas, a saber: las provisiones de aportes parafiscales y las provisiones por prestaciones sociales, utiliza otra de nuestras herramientas gratuitas titulada: A continuación, se suministra un modelo en Excel en el que se incluyen las columanas con los conceptos más comunes por partidas devengadas y deducciones Sueldo devengado Auxilio de transporte Primas legales o extralegales bonificaciones de mera liberalidad Descuentos por aportes en cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) Descuentos por prestamos Descuentos por aportes a cooperativas Descuentos por embargos Descuento de la retención en la f Días trabajados (en la quincena o en el mes) Aporte obligatorio a Salud (4%) Aporte obligatorio a Fondo de pensiones Aportes voluntarios a fondos de pensiones Entidad a la que está afiliado Modelo para el cálculo de la provisión mensual de prestaciones sociales y aportes parafiscales Los aportes obligatorios a Salud y Pensión, al igual que los que hace la empresa por su cuenta al ICBF, Sena y caja de compensacion, solo se realizan sobre lo que constituya "salario". Por tanto, en el cálculo de tales aportes no se tienen en cuenta factores como las primas extralegales o las bonificiaciones por mera liberalidad. El calculo de la retención en la fuente se haría en la segunda quincena del mes, pues se sumarían los pagos hechos en la primera y la segunda quincena. Debe tomarse en cuenta si el procedimiento de retención que aplica el empleador al trabajador es el procedimiento 1 o el procedimiento 2. Si se trata del procedimiento 1, en ese caso los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable que se busca directamente en la tabla del art.383 del ET y de allí se obtiene la retención en la fuente a aplicar. Pero si se aplica el procedimiento 2, en ese caso, los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable al cual se aplica el porcentaje fijo. Es útil usar esta columna, identificando a las entidades de Salud y de pensiones con algún código, pues con ello se facilita el registro por "tercero" en la cuenta del pasivo de estos aportes. Al mismo tiempo se facilita hacer el cálculo del aporte que por cada entidad de Salud o Pensiones tiene que hacer luego la propia empresa (se puede ordenar la base de datos que se forma en esta hoja de trabajo según la EPS o según el Fondo). Además, todo eso facilitará luego el diligenciamiento mensual de la PILA. Esos códigos que se decida usar en esta columna podrían ser los mismos con los que los "Operadores de información ante los que se tramita mensualmente la PILA identifican a cada EPS o Fondo.

Modelo Basico de Nomina

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manejar un tanto mas facil la nomina

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Page 1: Modelo Basico de Nomina

Modelo básico para la elaboración de la nómina para pago de salarios(Fecha de actualización: junio 12 del 2015)

Según la particularidad de quien las vaya a usar, y aprovechando las bondades del Excel, se podrán ocultar las columnas que no apliquen o insertar las que hagan falta

Nombre del empleado

DEVENGADO DEDUCCIONES

Neto pagado Recibí conforme

Datos básicos

Horas Extras Comisiones Auxilio de transporte Total devengado

Aportes a Salud Aportes a Pensiones

Total deducciones

Sueldo básico Entidad a la que está afiliado

0 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 00 0 0 0 0 0

Totales 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Nota: para los demás cálculos relativos a las provisiones que se tienen que hacer sobre las nóminas, a saber: las provisiones de aportes parafiscales y las provisiones por prestaciones sociales, utiliza otra de nuestras herramientas gratuitas titulada:

A continuación, se suministra un modelo en Excel en el que se incluyen las columanas con los conceptos más comunes por partidas devengadas y deducciones

Sueldo devengado

Primas legales o extralegales

bonificaciones de mera liberalidad

Descuentos por aportes en cuentas de Ahorro para el

Fomento de la Construcción (AFC)

Descuentos por prestamos

Descuentos por aportes a

cooperativas

Descuentos por embargos

Descuento de la retención en la fuente a título del impuesto de renta

Días trabajados (en la quincena o en el mes)

Aporte obligatorio a Salud (4%)

Aporte obligatorio a

Fondo de pensiones

Aportes voluntarios a

fondos de pensiones

Entidad a la que está afiliado

Modelo para el cálculo de la provisión mensual de prestaciones sociales y aportes parafiscales

Los aportes obligatorios a Salud y Pensión, al igual que los que hace la empresa por su cuenta al ICBF, Sena y caja de compensacion, solo se realizan sobre lo que constituya "salario". Por tanto, en el cálculo de tales aportes no se tienen en cuenta factores como las primas extralegales o las bonificiaciones por mera liberalidad.

El calculo de la retención en la fuente se haría en la segunda quincena del mes, pues se sumarían los pagos hechos en la primera y la segunda quincena. Debe tomarse en cuenta si el procedimiento de retención que aplica el empleador al trabajador es el procedimiento 1 o el procedimiento 2. Si se trata del procedimiento 1, en ese caso los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable que se busca directamente en la tabla del art.383 del ET y de allí se obtiene la retención en la fuente a aplicar. Pero si se aplica el procedimiento 2, en ese caso, los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable al cual se aplica el porcentaje fijo.

Es útil usar esta columna, identificando a las entidades de Salud y de pensiones con algún código, pues con ello se facilita el registro por "tercero" en la cuenta del pasivo de estos aportes. Al mismo tiempo se facilita hacer el cálculo del aporte que por cada entidad de Salud o Pensiones tiene que hacer luego la propia empresa (se puede ordenar la base de datos que se forma en esta hoja de trabajo según la EPS o según el Fondo). Además, todo eso facilitará luego el diligenciamiento mensual de la PILA. Esos códigos que se decida usar en esta columna podrían ser los mismos con los que los "Operadores de información ante los que se tramita mensualmente la PILA identifican a cada EPS o Fondo.

T14
El calculo de la retención en la fuente se haría en la segunda quincena del mes, pues se sumarían los pagos hechos en la primera y la segunda quincena. Debe tomarse en cuenta si el procedimiento de retención que aplica el empleador al trabajador es el procedimiento 1 o el procedimiento 2. Si se trata del procedimiento 1, en ese caso los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable que se busca directamente en la tabla del art.383 del ET y de allí se obtiene la retención en la fuente a aplicar. Pero si se aplica el procedimiento 2, en ese caso, los pagos del mes, una vez depurados, producen un salario gravable al cual se aplica el porcentaje fijo.
K15
Los aportes obligatorios a Salud y Pensión, al igual que los que hace la empresa por su cuenta al ICBF, Sena y caja de compensacion, solo se realizan sobre lo que constituya "salario". Por tanto, en el cálculo de tales aportes no se tienen en cuenta factores como las primas extralegales o las bonificiaciones por mera liberalidad.
O15
Es útil usar esta columna, identificando a las entidades de Salud y de pensiones con algún código, pues con ello se facilita el registro por "tercero" en la cuenta del pasivo de estos aportes. Al mismo tiempo se facilita hacer el cálculo del aporte que por cada entidad de Salud o Pensiones tiene que hacer luego la propia empresa (se puede ordenar la base de datos que se forma en esta hoja de trabajo según la EPS o según el Fondo). Además, todo eso facilitará luego el diligenciamiento mensual de la PILA. Esos códigos que se decida usar en esta columna podrían ser los mismos con los que los "Operadores de información ante los que se tramita mensualmente la PILA identifican a cada EPS o Fondo.