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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Defensa Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada. UNEFA Maracay - Edo. Aragua. Título VII de la C.R.B.V. De la Seguridad de la Nación Capítulo III De la Fuerza Armada Nacional y Misión, Visión y Organización del Ministerio de la Defensa.

Ministerio de La Defensa (I. Militar)

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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular Para la Defensa

Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada.UNEFA

Maracay - Edo. Aragua.

Título VII de la C.R.B.V.De la Seguridad de la Nación

Capítulo IIIDe la Fuerza Armada Nacional yMisión, Visión y Organización del

Ministerio de la Defensa.

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INDICE.

PAG.

INTRODUCCIÓN………………………………………………………………… 3

Definición de Fuerza Armada Nacional…………………………………………… 4

Artículos del Título VII de la C.R.B.V., De la Seguridad de la Nación,

Capitulo III De la Fuerza Armada Nacional………………………………………. 4-6

Ministerio de la Defensa…………………………………………………………... 7

Misión…………………………………………………………………………….. 7

Visión……………………………………………………………………………… 7

Organización………………………………………………………………………. 7

Alto Mando Militar……………………………………………………………….... 8

CONCLUSIÓN……………………………………………………………………. 9

BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………….. 10

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INTRODUCCIÓN.

Entre los fines primordiales del Estado se encuentra el garantizar su Seguridad

y Defensa. Por Seguridad se entiende, la certeza que se tiene de que los intereses

nacionales están resguardados y cumpliéndose. Mientras que por Defensa, aquellos

procedimientos que el Estado pone en marcha para lograr cumplir con la seguridad

estatal.

En una Nación y por consiguiente, en sus estados, deben existir órganos de

seguridad y defensa, que resguarden a la población y al territorio en cualquier

situación. Es así como en este trabajo se hablará de los organismos más importantes

encargados de velar por la seguridad y defensa de la nación, como lo son: la Fuerza

Armada Nacional y el Ministerio de la Defensa.

El siguiente trabajo se encuentra dentro de los parámetros establecidos por la

asignatura “Fundamentos Legales, Ética y Moral Militar”.

La siguiente investigación trata sobre: La definición de Fuerza Armada

Nacional, los Artículos del Título VII de la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela, referido a la Seguridad de la Nación específicamente en el Capítulo III

De la Fuerza Armada Nacional; de igual forma se hablará sobre el Ministerio de la

Defensa, su Misión, Visión, Organización y el Alto Mando Militar.

Sin más preámbulo, se da paso a la investigación…

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La Fuerza Armada Nacional tiene su base legal en la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela y, puede definirse como una Institución que

responde a fines supremos de preservación de la Constitución, organizada por el

Estado para garantizar la defensa militar de la nación, siguiendo y cumpliendo con las

directrices dadas por la Constitución patria.

Según la Constitución:

Título VII

De la Seguridad de la Nación

Capitulo III

De la Fuerza Armada Nacional

Artículo 328.

La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente

profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la

independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio

geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden

interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta

Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio

exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna.

Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La

Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la

Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su

competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social

integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

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En otras palabras, este artículo establece que la Fuerza Armada es una

institución profesional sin militancia política organizada por el Estado, cuya misión

es garantizar la independencia, soberanía, defensa de la nación, y de igual forma, la

preservación y cumplimiento de los principios consagrados en la Constitución. La

Fuerza Armada es un ente garante de los principios constitucionales.

Artículo 329.

El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la

planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para

asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en el desarrollo de

dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las

operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza

Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de

investigación penal que le atribuya la ley.

Según éste articulo, la función imprescindible del Ejército, la armada y la

aviación, es la protección y el resguardo de la soberanía nacional, tanto por mar y

tierra como por aire. Para ello se encargan de la planificación, ejecución y control de

las operaciones militares, para así asegurar la defensa de la nación. Mientras que la

guardia nacional es la responsable del desarrollo de dichas operaciones y su función

básica es velar por el mantenimiento del orden público del país según como lo

establezca la ley.

Artículo 330.

Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad

tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar

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a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o

proselitismo político.

En otras palabras, los Integrantes de la Fuerza Armada Nacional tienen

derecho al sufragio (al voto) según la ley, pero sin militancia política.

Artículo 331.

Los ascensos militares se obtienen por mérito, escalafón y plaza vacante. Son

competencia exclusiva de la Fuerza Armada Nacional y estarán regulados por la ley

respectiva.

En otras palabras, este artículo establece que los grados militares solo son de

la incumbencia de la fuerza armada nacional. Los mismos estarán regulados por la ley

y se otorgaran a quien lo merezca.

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MINISTERIO DE LA DEFENSA.

Según la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Capítulo V Del

Ministerio de la Defensa, sus órganos de línea y de apoyo, Sección primera: Del

Ministerio y el Ministro), expresa que:

“El Ministerio de la Defensa es el máximo órgano administrativo en materia de

defensa militar de la Nación, encargado de la formulación, adopción, seguimiento

y evaluación de las políticas, estrategias, planes generales, programas y proyectos

del sector defensa, sobre los cuales ejerce su rectoría, de acuerdo con lo establecido

en la Ley Orgánica de la Administración Pública; y su estructura interna será

establecida por el reglamento respectivo”.

MISIÓN.

"Garantizar la Independencia y Soberanía de la Nación, así como la integridad de su

espacio geográfico mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento

del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional".

VISIÓN

"Para la primera década del tercer milenio, la Fuerza Armada Nacional será una

organización moderna, altamente disuasiva, integrada por un capital humano

profesional de la mas alta calidad. Dotada de una alta capacidad y flexibilidad para

garantizar la seguridad del Estado Venezolano, defender los intereses nacionales, y

participar activamente en el desarrollo nacional".

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ORGANIZACIÓN.

ORGANIGRAMA.

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ALTO MANDO MILITAR.

A Continuación, algunos de los encargados de velar por la defensa nacional

del País.

Grado Nombres y Apellidos Cargo

- G/j (Ej.) Raúl Isaías Baduel, Ministro de la defensa.

- G/d (Ej.) Carlos Enrique Acosta Pérez, Jefe del Estado Mayor Conjunto.

- Va Bernardo Alberto Bastardo Carreyó, Inspector General de la Fuerza

Armada Nacional.

- G/d (Ej.) Pedro Antonio Azuaje Apitz, Comandante General del Ejército.

- Va Benigno Remigio Calvo Díaz, Comandante General de la Armada.

- G/d (Av.) Roger Rafael Cordero Lara, Comandante General de la Aviación.

- G/d (GN) Marcos Jesús Rojas Figueroa, Comandante General de la Guardia

Nacional.

- G/d (Ej.) Wilfredo Ramón Silva, Jefe del Comando Unificado no. 1 de la FAN.

- G/d (Ej.) Gustavo Reyes Rancel Briceño, Comandante General de la Reserva y

Movilización Nacional.

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CONCLUSIÓN.

Los Organismos de Seguridad y Defensa de la nación se podrían definir como

el conjunto interrelacionado de elementos del Estado cuyas funciones están

orientadas a garantizar la Seguridad Nacional mediante la concepción, planeamiento,

dirección, preparación, ejecución y supervisión de la defensa nacional. Entre esos

organismos se encuentra el Ministerio de la Defensa y la Fuerza Armada Nacional.

Con la presente investigación se conoció que la Fuerza Armada Nacional

(FAN) es una institución profesional sin militancia política organizada por el Estado,

su misión es garantizar la independencia, soberanía, defensa de la nación, y de igual

forma, la preservación y cumplimiento de los principios consagrados en la

Constitución, mediante sus respectivas fuerzas (Ejército, Armada, Aviación y

Guardia Nacional).

Los integrantes de la FAN de conformidad con la Ley están en el derecho de

ejercer el sufragio más no de hacer actividades de proselitismo político; los mismos

deberán en todo momento ser imparciales y apolíticos.

De igual forma según la constitución de la República es de obligación solo de

la FAN, los ascensos y otorgamiento de méritos de sus integrantes.

Mediante el presente trabajo también se pudo conocer que el Ministerio de la

Defensa es el máximo órgano administrativo en materia de defensa militar de la

Nación, y como tal su misión es la de garantizar la seguridad, independencia,

soberanía y defensa nacional. Y su visión es la de ser una organización moderna,

disuasiva, integrada por un capital humano profesional de la más alta calidad para

garantizar la seguridad del Estado Venezolano, defender los intereses nacionales, y

participar activamente en el desarrollo nacional.

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BIBLIOGRAFÍA.

- Constitución Bolivariana de Venezuela. (Documento en Línea). Caracas.

Disponible: http://www.constitucion.ve

- Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional. (Documento en Línea). Caracas.

Disponible: http://www.asambleanacional.gov.ve

- Ministerio de la Defensa. (Documento en Línea). Caracas. Disponible:

http://www.mindefensa.gov.ve

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