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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS LA PAZ - BOLIVIA V°B° ^ ofl A.J.V. ry «¿Vy

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

    LA PAZ - BOLIVIA

    V ° B ° ^ oflA.J.V.

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  • ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DE BOLIVIA CÁMARA DE DIPUTADOS

    RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. 2 9 0 / 2 0 1 8 - 2 0 1 9La Paz, 03 de enero de 2019

    EL OFICIAL MAYOR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

    VISTOS:

    Que, la Cámara de Diputados con la finalidad de operativizar de forma correcta el Sistema de Administración de personal, ha visto necesario actualizar el Manual de Procedimientos aprobado mediante Resolución Administrativa N° 450/2013-13 de 10 de octubre de 2012, sus antecedentes, disposiciones, normativa vigente y todo en cuanto convino ver, se establece que;

    CONSIDERANDO:

    Que, el numeral 5 del Artículo 159 de la Constitución Política del Estado, establece que son atribuciones de la Cámara de Diputados, además dé las que determina esta Constitución y la ley, aprobar su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal administrativo y atender todo lo relativo con su economía y régimen interno.

    Que, el Artículo 3 de la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20 de julio de 1990, establece que la sistemas de Administración y de Control se aplicarán en todas las entidades del Sector Público, sin excepción, estableciendo en su Artículo 4 que, los Poderes Legislativo y Judicial aplicarán a sus unidades administrativas las mismas normas contempladas en la presente Ley, conforme a sus propios objetivos, planes y políticas, en el marco de la independencia y coordinación de poderes.

    Que, el inciso b) Artículo 7 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales establece que, el Sistema de Organización Administrativa se definirá y ajustará en función de la Programación de Operaciones. Evitará la duplicidad de objetivos y atribuciones mediante la adecuación, fusión o supresión de las entidades, en seguimiento de los siguientes preceptos; b. Toda entidad pública organizará internamente, en función de sus objetivos y la naturaleza de sus actividades, los sistemas de administración y control interno de que trata esta Ley.

    Que, numeral 6 del Artículo 7 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, aprobado mediante Resolución Camaral R.C. N“ 026/2010-2011 de 29 de enero de 2010, establece que la Cámara de Diputados, por competencia expresa que le asigna el Artículo 159 de la Constitución Política del Estado, tiene atribuciones enunciativas y no limitativas de otras que por mandato de la Ley y de la forma republicana de gobierno pudiera tener: Elegir a su directiva, determinar su organización interna y funcionamiento.Que, el primer párrafo del Artículo 163 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, dispone que la responsable o el responsable y ejecutiva o ejecutivo del sistema de apoyo administrativo de la Cámara es la Oficial o el Oficial Mayor, quien se constituye en la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la Cámara.

    Que, el Artículo 175 del Reglamento citado precedentemente, dispone que en materia de administración y control y conforme a sus propios objetivos, planes y políticas y de acuerdo al Artículo 4“ de la Ley SAFCO, la Cámara de Diputados aplicará a sus unidades administrativas, las normas y procedimientos establecidos en dicha norma legal, entre tanto las normas de control fiscal y gestión gubernamental no sean reformadas.

    Que, el inciso b) de la Disposición 15 de las Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa, aprobada mediante Resolución Suprema N° 217055 de 25 de mayo de 1997, establece que el diseño organlzacional se formalizará en los siguientes documentos, aprobados mediante resolución interna pertinente: b) Manual de Procesos que incluirá: □ La denominación y objetivo del proceso. Las normas de operación. La descripción del proceso y sus procedimientos. Los diagramas de flujo. Los formularios y otras formas utilizadas.

    P l a z a M u r il l oTELF.: (591-2) 2201120 A s a m b l e a L e g i s l a t i v a, FAX; (591) 2201663 CÁMARA DE Di PUJA DO S P l u r i n a c i o n a l DE B o l i v i a

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    http://WWW.DIPUTADOS.BO

  • ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DE BOLIVIA CÁMARA DE DIPUTADOS

    CONSIDERANDO:

    Que, la División de Planificación, mediante informes técnicos C.D.OFMA-DPLA N° 11/2017-18 de fecha 25 de octubre de 2018 y C.D.OFMA-DPLA N“ 13/2017-18 de fecha 26 de diciembre de 2018, dirigido al Oficial Mayor de este Ente Camaral, establecen que el Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal elaborado por dicha instancia en coordinación con la División de Planificación obedece a una necesidad institucional y tiene por objeto regular el procedimiento y desarrollo de la Unidad de Administración de Personal por lo que recomienda gestionar su aprobación, misma que en atención a observaciones realizada por la Unidad de Análisis Jurídico se realizó la corrección y enmienda y complementación del Manual de Procedimientos, por lo que recomienda gestionar su aprobación.

    Que, el Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal, tiene por objeto establecer un instrumento técnico administrativo que integre en forma ordenada y detallada las operaciones del personal dependiente de la Unidad de Administración de Personal - UAP de la Cámara de Diputados, como un instrumento de guía para que realicen sus actividades de manera eficaz, eficiente y transparente de. acuerdo a normativas especificas del Sistema de Administración de Personal, de la Ley N° 1178 y otras disposiciones vigentes.

    Que, se advierte que el presente manual de procedimientos es un componente del sistema de control interno de la Unidad de Administración de Personal, el cual se crea para obtener una información detallada, ordenada, sistemática e integral que contiene todas las instrucciones, responsabilidades e información sobre políticas, funciones, sistemas y procedimientos de las distintas operaciones o actividades que se realizan en dicha Unidad, que todos los procedimientos que se encuentran dentro del manual son objetivas y técnicamente identificados, dándole la importancia que cada uno merece dentro del proceso productivo u operacional.

    Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante el Informe Jurídico CD - DGAJ - i - N° 902/2018 de fecha 28 de diciembre de 2018, establece que, se evidencia que el presente de Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal de la Cámara de Diputados, se adecúa a los preceptos establecidos por la Ley N® 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20 de julio de 1990 como las Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa, aprobada mediante Resolución Suprema N° 217055 de 25 de mayo de 1997, por lo que se concluye que es viable su aprobación mediante Resolución Administrativa emitida por la Máxima Autoridad Ejecutiva de este Ente Camaral.

    POR TANTO

    El Oficial Mayor, en su calidad de Máxima Autoridad Ejecutiva y en uso de sus atribuciones:

    RESUELVE:

    PRIMERO.- Aprobar el “Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal”, que consta de VII capítulos, 44 artículos, y 4 disposiciones finales en artículos, todos en 88 paginas.

    SEGUNDO.-Abrogar la Resolución Administrativa N° 450/2012-13 de fecha 10 de octubre de 2012, que aprobaba el Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal.

    TERCERO.- Designar a la División de Planificación en coordinación con la Unidad de Administración de Personal, como las instancias responsables de la publicación y difusión del presente Manual a partir de febrero de 2019.

    Regístrese, Comuniqúese y Archívese.

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    (m U M SA -W fíO j í A m a r a i

    TELE: (591-2) 2201120 FAX: (591) 2201663WWW.DIPUTADOS.BO

    CAMARA DE DIPUTADOS

    P l a z a M u r i l l o A s a m b l e a L e g i s l a t i v a

    P l u r i n a c i o n a l d e B o l i v i a La P a z - B o l i v i a

    http://WWW.DIPUTADOS.BO

  • oïv®

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    INDICE GENERAL

    CAPITULO IASPECTOS GENERALES

    ARTÍCULO 1 OBJETO ................................................................................... ................................................................ 1

    ARTÍCULO 2 FUNDAMENTO LEGAL............................................................................................................................ 1

    ARTÍCULO 3 ÁMBITO DE APLICACIÓN....................................................................................................................... 1

    CAPITULO IIDE LOS RESPONSABLES ARTÍCULO

    ARTÍCULO 4 RESPONSABLES................................................................................................................................. 1

    CAPITULO IIIDE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    ARTÍCULO 5 PROCEDIMIENTO DE ALTA DEL PERSONAL PERMANENTE........................................................ 2

    ARTÍCULO 6 PROCEDIMIENTO DE BAJAS DEL PERSONAL PERMANENTE...................................................... 5

    ARTÍCULO 7 PROCEDIMIENTO DE ALTA PARA PERSONAL EVENTUAL............................................................ 9

    ARTÍCULO 8 PROCEDIMIENTO DE BAJAS DEL PERSONAL EVENTUAL............................................................ 11

    CAPITULO IVDE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA SECCIÓN PLANILLAS

    ARTÍCULO 9 PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS RC - IVA.................................................................................. 17

    ARTÍCULO 10 CERTIFICACIÓN DE APORTES............................................................................................................. 20

    ARTÍCULO 11 REPOSICIÓN DE BOLETAS VENCIDAS................................................................................................. 22

    ARTÍCULO 12 REPOSICIÓN DE BOLETAS EXTRAVIADAS........................................................................................ 24

    ARTÍCULO 13 ELABORACIÓN DE PLANILLAS DE PAGO......................................................... .................................. 26

    ARTÍCULO 14 PLANILLAS DE PAGO DE REFRIGERIO................................................................................................ 29

    ARTÍCULO 15 AFILIACIÓN Y VERIFICACIÓN DE FUNCIONARIOS ANTE LAS AFP 's.......................................... 31

    ARTÍCULO 16 BAJA DE AFILIADOS ANTE LAS AFP's............................................... ............................................ 33

    CAPITULO VDE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE PERSONAL

    ARTÍCULO 17 ATRASOS DEL PERSONAL PERMANENTE...................................................................................... .....35

    ARTÍCULO 18 ATRASOS DEL PERSONAL EVENTUAL.............................................................................................. ....37

    V ° B ° V \ ARTICULO 19 FALTAS Y ABANDONOS DEL PERSONAL PERMANENTE............................................................. ....39

    A J .V, )) ARTÍCUL0 - 20 FALTAS Y ABANDONOS DEL PERSONAL EVENTUAL..................................................................... 40

    M ¡ ARTÍCULO 21 DE LOS CONTROLES RUTINARIOS.........................................................................................................42Ng?* ¡Ji

    Actualización: Gestión 2018 Página 1

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - UNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO •- 22 DE LA ELABORACION DE INFORME DE DESCUENTOS DEL PERSONAL. EVENTUAL Y PERMANTE (CONSOLIDADO)

    . 44

    ARTÍCULO 23 DE LA ELABORACION DE PLANILLA PARA EL PAGO DE REFRIGERIO.................................. 4RARTÍCULO 24 DE LA PRESENTACION DE PERMISOS, LICENCIAS Y/O VACACIONES.................................. 48

    ARTÍCULO 25 DE LA PRESENTACION DE INFORMES MENSUALES Y FINALES............................................. 50

    ARTÍCULO 26 DE LAS PLANILLAS DE ASISTENCIAS Y FIRMAS EN LIBRO DE ASISTENCIAS..................... . 52

    ARTÍCULO 27 DE LA ANULACION DE MEMORANDUMS........................................................................................ 54

    ARTÍCULO 28 DEL REQUERIMIENTO DE INFORMACION...................................................................................... 56

    CAPITULO VIIDE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA SECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL

    ARTÍCULO 29 ASIGNACIONES FAMILIARES............................................................................................................ 57

    ARTÍCULO 30 AFILIACIONES A LOS SERVIDORES, SERVIDORAS, DIPUTADOS DIPUTADAS, REPRESENTANTES SUPRAESTATALES.

    . 62

    ARTICULO 31 BAJAS AL SEGURO MEDICO............................................................................... .. 64

    ARTÍCULO 32 BAJAS DE INCAPACIDAD TEMPORAL..................................................................................... 68

    ARTÍCULO 33 DECLARACIÓN DE APORTES A LOS ENTES GESTORES DE SALUD..................................... 70

    ARTÍCULO 34 FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA................................................................... 70

    ARTÍCULO 35 ATENCION MÉDICA (MANEJO DEL CONSULTORIO MÉDICO)....................................... 70

    ARTÍCULO 36 ORGANIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE SALUD........................................................................ 71

    CAPITULO VIIDE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA SECCIÓN DE REGISTRO DE PERSONAL

    ARTÍCULO 37 REGISTRO DE PERSONAL............................................................................................................... 7?

    ARTÍCULO 38 RECEPCIÓN DE FORMULARIOS DE ALTAS Y BAJAS................................................................. 72

    ARTÍCULO 39 ARMADO DE FILE PERSONAL................................................ ................................................ 7fi

    ARTÍCULO 40 RESPALDO DIGITAL................................................................................................................ . 78

    ARTÍCULO 41 RECEPCIÓN DE FORMULARIOS DE LICENCIA DE INDOLE PERSONAL................................ 80

    ARTÍCULO 42 REGISTRO Y CONTROL DE VACACIONES...................................................................................... 8?

    ARTÍCULO 43 CERTIFICADO DE TRABAJO.............................................................................................................. 84

    ARTÍCULO 44 FORMULARIO DE DESCARGO............................... ......................................................................... 86

    DISPOSICIONES FINALES

    ARTÍCULO _ 45 ACTUALIZACIÓN.......................................................................................................................... 88ARTÍCULO ■ 46 APROBACIÓN................................................................................................................. 88

    ARTÍCULO 47 DIFUSIÓN..................................................................................................................... ñ8

    ARTÍCULO 48 VIGENCIA........................................................................................................................... 88

    Actualización: Gestión 2018

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    CAPITULO 1 ASPECTO S G ENERALES

    ARTÍCULO 1 .-OBJETO

    El presente Manual de Procesos y Procedimientos tiene por objeto establecer un instrumento técnico administrativo que integre en forma ordenada y detallada las operaciones del personal dependiente de la Unidad de Administración de Personal - UAP de la Cámara de Diputados, como un instrumento de guía para que realicen sus actividades de manera eficaz, eficiente y transparente de acuerdo con normativas específicas del Sistema de Administración de Personal, de la Ley N° 1178 y otras disposiciones vigentes.

    ARTÍCULO 2.- FUNDAMENTO LEGAL

    a) Constitución Política del Estado Plurinacional.b) Ley N°1178 de Administración y Control Gubernamentales.c) Ley N° 2027 Estatuto del Funcionario Público.d) Reglamento General de la Cámara de Diputados.e) Reglamento Interno de Personal de la Cámara de Diputados.f) Otras Normativas vigentes.

    ARTÍCULO 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

    El presente manual es de aplicación obligatoria para todo el personal y las Áreas Organizacionales dependientes de la Unidad de Administración de Personal de la Cámara de Diputados.

    CAPITULO II DE LOS RESPONSABLES

    ARTÍCULO 4.- RESPONSABLES

    Son responsables de la aplicación del Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Personal:

    a) La Máxima Autoridad Ejecutiva (Oficialía Mayor) de la Cámara de Diputados a objeto de:> Realizar la aprobación del Presente Manual de Procedimientos UAP

    b) La Dirección de Recursos Humanos como Unidad Administrativa de apoyo a Oficialía Mayor, a objeto de:

    > Implementar, aplicar, hacer seguimiento y control del presente Manual de Procedimientos UAP.

    c) La Unidad de Administración de Personal como inmediato superior en grado jerárquico de todas las secciones organizacionales dependientes de esta Unidad, a objeto de:> Difundir y dar cumplimiento al presente Manual de Procedimientos UAP.

    Actualización: Gestión 2018 Página 1

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    CAPITULO III

    DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

    ARTÍCULO 5.- PROCEDIMIENTO DE ALTA DEL PERSONAL PERMANENTE

    Constituye el mecanismo de incorporación de Servidoras o Servidores Públicos a la Cámara de Diputados en conformidad con las normas vigentes.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Área Solicitante2. Oficialía Mayor3. Dirección de Recursos Humanos

    3.1. Unidad de Administración de Personal3.1.1. Área de Control de Personal3.1.2. Sección de Registro de Personal3.1.3. Sección de Bienestar Social

    4. Unidad de Activos Fijos

    1er. Paso:

    El Área Solicitante requiere mediante nota a Oficialía Mayor la incorporación de una determinada persona conforme a la verificación sobre la disponibilidad presupuestaria y por consiguiente del cargo o cuando corresponda.

    Oficialía Mayor por intermedio de la Dirección de Recursos Humanos instruye a la Unidad de Administración de Personal proceda a realizar el trámite de incorporación del personal.

    2do. Paso:

    La Jefa de Unidad de Administración de Personal o el Jefe de Unidad de Administración de Personal instruye a la Encargada o el Encargado de Personal Permanente la entrega del Formulario de Información Funcionaría e Institucional (Requisitos), para la realización de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivia y posterior revisión de toda la documentación requerida conforme el Reglamento Interno de Personal y Programa Operativo Anual Individual -POAI, teniendo los documentos completos se otorga el visto bueno por parte de la Sección de Registro de Personal.

    3er. Paso:

    La o el Encargado de Personal Permanente, con los documentos presentados y la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, registrara la designación de Número de ítem en el Sistema de Información Administrativa del Personal SIAP y elaborara el Memorándum de designación, adjuntando el Formulario original de Solicitud de Altas de Personal Permanente, copia de su Cédula de Identidad y su Declaración Jurada Bienes y Rentas, a efectos de registrar en el formulario de solicitud Alta (ítem, Nombres y Apellidos, Cédula de Identidad, Cargo, Fecha de Declaración Jurada Bienes y Rentas, Fecha de Ingreso, Sueldo y Fecha de Nacimiento)

    Actualización: Gestión 2018 Página 2

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    SOLICITUD DE ALTA PERSONAL PERMANENTE

    FECHA:

    CODIGO;aiaMs ía USÍHSUm.

    SUMERO Dl1. ITEM DEPENDENCIA:

    APELLIDO PATERNO

    APELLIDO MATERNO FECHA DE D.jcB-R

    APELLIDO DE CASADA FECHA DE INGRESO

    CEDULA DE IDENTIDAD FECHA DE NACIMIENTO

    FIRMA Y SELLO R.R.HH.

    4to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente gestionará las firmas de las autoridades para la designación de personal permanente que cubrirán el siguiente orden:

    - Para la designación de Directoras o Directores, se requiere la firma de la Presidenta o Presidente de la Cámara de Diputados.Para la designación de cargos para los demás Servidoras o los Servidores públicos se dispondrá la firma de la Oficial Mayor o el Oficial Mayor y la Directora de Recursos Humanos o el Director de Recursos Humanos.

    5to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente realizara las siguientes actividades:

    Solicita a la o el Servidor Público cinco copias del Formulario de Solicitud de Alta de Personal Permanente, copia Cédula de Identidad y copia de Declaración de Bines y Rentas.Indica a la o el Servidor Público apersonarse a cada una de las unidades (Dirección de Recursos Humanos, Unidad de Administración de Personal, Sección de Registro de Personal y Sección de Bienestar Social) a fin de que se recaben los sellos de verificación (Visto Bueno) en el Formulario de Solicitud de Altas del Personal Permanente.La Servidora o el Servidor Público deberá entregar tres copias de los formularios autorizados a la Encargada o el Encargado de Personal Permanente.

    6to Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente realizara las siguientes actividades:

    - Entrega el Memorándum de designación a la Servidora o el Servidor Público y copia del Formulario de Solicitud de Altas de Personal Permanente.

    Actualización: Gestión 2 0 t8 Página 3

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    - Autoriza a la Servidora o el Servidor Público registrar su huella digital o captura facial en el Sistema de Control de Asistencia - biométrico, salvo casos justificados

    La Jefa o el Jefe de la Unidad de Administración de Personal, realiza la presentación de la Servidora o el Servidor Público en la oficina que en adelante desarrollará funciones.

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente una vez notificado y con las firmas correspondientes, remite copia del Memorándum de designación, a las siguientes reparticiones:

    1. Unidad de Administración de Personal1.1. Sección Registro de Personal1.1. Sección Bienestar Social

    2. Unidad de Activos Fijos

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente archiva en la Unidad de Administración de Personal las siguientes copias:

    a. Memorándum de Designaciónb. Formulario de Solicitud de Altas y Bajas Personal Administrativoc. Fotocopias de la Declaración Jurada de Bienes y Rentasd. Fotocopias de la Cédula de Identidad.e. Formulario de Información (Requisitos)f. Copia de Solicitud de alta (cuando corresponda)

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente de manera mensual realizará un informe, de los movimientos de Personal realizados durante el mes respectivo, el mismo servirá para el procesamiento de Pago de Haber Mensual.

    7mo Paso

    8vo Paso

    9no. Paso

    Actualización: Gestión 2018 Página 4

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 6.- PROCEDIMIENTO DE BAJAS DEL PERSONAL PERMANENTE

    Constituye el procedimiento para la desvinculación de las Servidoras o los Servidores Públicos de la Cámara de Diputados en conformidad con las normas vigentes.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Área Solicitante2. Oficialía Mayor3. Dirección de Recursos Humanos

    3.1. Unidad de Administración de Personal3.2. Sección Registro de Personal3.3. Sección Bienestar Social3.4. Sección de Planillas

    4. Unidad de Activos Fijos

    1er. Paso:

    El Área Solicitante requiere la desvinculación de la Servidora o el Servidor Público mediante nota remitida a Oficialía Mayor o cuando corresponda.

    Oficialía Mayor por intermedio de la Dirección de Recursos Humanos instruye a la Unidad de Administración de Personal procesar la desvinculación de la Servidora o el Servidor Público.

    2do. Paso:---------------- /

    La Jefa de Unidad de Administración de Personal o el Jefe de Unidad de Administración de Personal instruye a la Encargada o el Encargado de Personal Permanente elaborar el Memorándum de Agradecimiento de Servicios o la Nota de Aceptación de Renuncia.

    3er. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente gestionará las firmas de las autoridades administrativas que correspondan, realizando posteriormente la notificación y entrega a la Servidora o el Servidor Público, por medio del personal correspondiente o Control de Personal.

    Se registrará la baja en el Sistema de Información Administrativa del Personal SIAP.

    4to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente remite copia del Memorándum de Agradecimiento de Servicio o Aceptación de Renuncia a las siguientes reparticiones:

    1. Unidad de Administración de Personal1.1. Sección Registro de Personal1.2. Sección Bienestar Social

    2. Unidad de Activos Fijos

    Actualización: Gestión 2018 Página 5

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    5to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente archiva en la Unidad de Administración de Personal el Memorándum de Agradecimiento de Servicios o de Aceptación de Renuncia además de la solicitud de baja cuando corresponda.

    6to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Permanente de manera mensual realizará un informe, de los movimientos de Personal realizados durante el mes respectivo, el mismo servirá para el procesamiento de Pago de Haber Mensual. .

    Actualización: Gestión 2018 Página 6

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 7.- PROCEDIMIENTO DE ALTA PARA PERSONAL EVENTUAL

    Es el procedimiento que se sigue para la incorporación del personal eventual administrativo y legislativo conforme lo siguiente:

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Área Solicitante2. Oficialía Mayor3. Dirección de Recursos Humanos

    3.1. Unidad de Administración de Personal.3.1.1. Sección de Registro de Personal.3.1.2 Sección de Bienestar Social.3.1.3 Área de Control de Personal.

    4. Dirección General de Asuntos Jurídicos

    1er. Paso:

    El Área Solicitante del legislativo requiere a Oficialía Mayor la incorporación de personal, mientras que en el área administrativa el Oficial Mayor es el encargado.

    2do Paso:

    Oficialía Mayor instruye a la Dirección de Recursos Humanos que mediante la Unidad de Administración de Personal realice la verificación del cargo y de la disponibilidad presupuestaria presentada en el Formulario de Altas y Bajas.

    3er Paso:

    La Jefa o el Jefe de la Unidad de Administración de Personal instruye a la Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo; la verificación de la disponibilidad presupuestaria del área administrativa y legislativa.

    4to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, recepciona los formularios autorizados junto a la fotocopia de Cédula de Identidad del nuevo funcionario, para registrar los datos en el Sistema de Información Administrativa del Personal SIAP.

    5to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, procede con la elaboración del contrato de la Servidora o el Servidor Público verificando los siguientes puntos:

    V°B° de la Dirección de Recursos Humanos.V°B° de la Unidad de Administración de Personal.V°B° de la Sección Registro de Personal verificando la documentación.V°B° de la Sección de Bienestar Social.

    Actualización: Gestión 2018 Página 9

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    6to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, remite el contrato a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para su revisión y firma de la Directora o el Director.

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, recepciona de la Dirección General de Asuntos Jurídicos el contrato para posteriormente remitir a la Dirección de Recursos Humanos para firma de la Directora o el Director.

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo recibe de La Dirección de Recursos Humanos el contrato y despacha a Oficialía Mayor para su firma correspondiente.

    Oficialía Mayor devuelve el contrato a la Dirección de Recursos Humanos para que a través de la Unidad de Administración de Personal proceda con la entrega del contrato a la Interesadao el Interesado.

    10mo. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, remite las copias del contrato a las siguientes reparticiones:

    1. Unidad de Administración de Personal.2. Registro de Personal.3. Contraloría General del Estado (Reglamento Para El Registro, Reporte y Remisión de

    Contratos v.2 13 de abril de 2017).

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo de manera mensual realizará un informe, de los movimientos de Personal realizados durante el mes respectivo, el mismo servirá para el procesamiento de Pago de Haber Mensual.

    7mo. Paso

    8vo. Paso

    9no. Paso

    11vo Paso

    /

    Actualización: Gestión 2018 Página 10

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 8.- PROCEDIMIENTO DE BAJAS DEL PERSONAL EVENTUAL

    El procedimiento para la desvinculación del Personal Eventual Administrativo y Legislativo de la Cámara de Diputados es el siguiente:

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Área Solicitante2. Oficialía Mayor3. Dirección de Recursos Humanos

    3.1. Unidad de Administración de Personal

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, recepciona:

    a. La Solicitud de Bajas del personal eventual legislativo con la autorización y sello de la Diputada o el Diputado para su baja, si correspondiera

    b. La Solicitud de Bajas del personal eventual Administrativo con la autorización respectiva, si correspondiera

    c. La nota de renuncia del personal eventual administrativo, presentada a Oficialía Mayor, derivada con hoja de ruta a la Dirección de Recursos Humanos y a la Unidad de Administración de Personal.

    Conforme a los antecedentes indicados, la Jefa o el Jefe de la Unidad de Administración de Personal instruye a la Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, el procesamiento de la baja y su registro en la base de datos.

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, elabora la resolución del contrato del personal eventual legislativo y del personal eventual administrativo remitiendo una copia a las siguientes reparticiones:

    a. Oficialía Mayor.b. Sección de Registro de Personal.c. Sección de Bienestar Social.d. Sección de Planillas.e. Control de Personal.

    3.1.1. Sección de Registro de Personal3.1.2. Control de Personal

    3.1.3. Sección Planillas (Bajas AFP's) 3.1.4 Sección de Bienestar Social

    1er. Paso:

    2do. Paso:

    3er. Paso:

    4to. Paso:

    Vob° ^ L a Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo, emite un Reporte f A.J.V. */)de Bajas para su envío a:

    Actualización: Gestión 2018 Página 11

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    a. Sección de Planillas.b. Sección de Bienestar Social.c. Control de Personal.

    Se registrará la baja en el Sistema de Información Administrativa del Personal SIAP.

    5to. Paso:

    La Encargada o el Encargado de Personal Eventual Legislativo y Administrativo de manera mensual realizará un informe, de los movimientos de Personal realizados duránte el mes respectivo, el mismo servirá para el procesamiento de Pago de Haber Mensual.

    Actualización: Gestión 2018 Página 12

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

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    CAPITULO IVDE LOS PRO CEDIM IENTO S DE LA SECCIÓ N PLANILLAS

    ARTÍCULO 9.- PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS RC - IVA.

    Constituye el procedimiento para la recepción de los Formularios RC IVA de las Servidoras o los Servidores Públicos de la Cámara de Diputados.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal

    1.1.1. Sección de Planillas

    FORMULARIOS QUE INTEGRAN EN EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS RC-IVA

    a. Formularios 110v3.b. Formulario 608.

    1er. Paso:

    La o el Técnico IVA recepciona los formularios 110 v3 de Diputados y Representantes Ante Organismos Parlamentarios Supraestatales, hasta el día 15 de cada mes y del Personal Permanente y Personal Eventual hasta el día 13 de cada mes.

    La o el Técnico IVA al momento de la presentación de los formularios 110 v3 adjunto a las facturas verifica:

    a. El NIT de la Institución.b. Los nombres, apellidos, domicilio y cédula de identidad de las Servidoras o los

    Servidores Públicos.c. La vigencia de las facturas, es decir, de 120 días calendario anterior a la fecha de

    presentación.d. Que las facturas se encuentren ordenadas, enumeradas y rubricadas según la

    presentación del formulario 110, conforme requerimiento del Servicio de Impuestos Nacionales.

    e. Que el domicilio consignado en las facturas de servicios básicos coincida con el domicilio declarado en el formulario 110.

    f. Que, en las facturas presentadas, la cédula de identidad de los funcionarios se encuentre correctamente registrada.

    g. Que, en las facturas presentadas, el monto literal y numeral este correctamente consignado.

    h. Que las facturas adjuntas no presenten enmiendas, tachaduras o borrones.i. El monto para la presentación de facturas es cuando el servidor público gana igual o

    mayor a 4 salarios mínimos nacionales {(HB x 12.71%) - 4SMN)} 13% presenten el formulario RC-IVA adjunto a sus facturas.

    Actualización: Gestión 2018 Página 17

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    2do. Paso

    La o el Técnico IVA elabora Reporte de los (formularios 11*0) formularios 110 v3 RC-IVA y remite a la Dirección de Recursos Humanos vía Unidad de Administración de Personal con la siguiente información:

    a. Nombre y apellidosb. Cédula de Identidadc. Importe presentadod. Crédito fiscale. Cantidad de facturas

    Aprobado el reporte la Dirección de Recursos Humanos autoriza la elaboración de planillas de haberes mensuales, clasificados por Personal Permanente, Eventual y Diputados Titulares y Suplentes.

    La Técnica o el Técnico IVA procede al foliado y anulación de las facturas de los ( formularios 110) formularios 110 v3 presentados por las Servidoras o los servidores públicos y archiva los mismos.

    La Técnica o el Técnico IVA los primeros días del mes siguiente realizara la Planilla Impositiva, verificada y validada para la elaboración de: ’

    a. Formulario 608 RC-IVA (Régimen complementario del IVA agente de retención) y su respectivo pago en cualquier entidad financiera.

    b. Exportación de reporte consolidado de la Planilla Impositiva a Impuestos Nacionales mediante el Sistema (Da Vinci) FACILITO o el que se encuentre vigente a la fecha de la aplicación del presente reglamento.

    3er. Paso

    4to. Paso

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    ARTÍCULO 10.- CERTIFICACIÓN DE APORTES

    Es el mecanismo para la extensión de certificados de aportes AFP's a favor de Servidoras o Servidores o ex Servidoras o Servidores públicos de la Cámara de Diputados.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Ventanilla Única2. Dirección de Recursos Humanos

    2.1. Unidad de Administración de Personal2.1.1. Sección de Planillas

    2.1.2. Registro de Personal3. Archivo Central

    1er. Paso:

    La Servidora o el Servidor Público, presenta solicitud de Certificación de Aportes a la Dirección de Recursos Humanos, adjuntando:

    a. Fotocopia de cédula de identidad.b. Documentación que acredite relación laboral con la Institución.c. Extracto de la Administradora de Fondo de Pensiones a la cual pertenece (opcional).

    En caso de ex servidores públicos, la nota de solicitud de Certificación de Aportes deberá ser presentada mediante Ventanilla Única.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos instruye a la Unidad de Administración de Personal el procesamiento de la solicitud a través de la Sección Planillas.

    3er. Paso:

    La o el Técnico en Planillas previa verificación de los antecedentes que cursan en Sección Planillas procesa la solicitud de Certificación de Aportes, de ser necesario se solicita a la Sección de Registro de Personal o Archivo Central, proporcionar información.

    En caso de no existir antecedentes, se comunicará a la Interesada o el Interesado la improcedencia de su solicitud con la recomendación de que gestione la Certificación de Aportes a la Biblioteca y Archivo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

    La elaboración de Certificado de Aportes tiene una duración de 15 días hábiles aproximadamente.

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL ̂mmÜks

    ARTÍCULO 11.- REPOSICIÓN DE BOLETAS VENCIDAS

    Es el procedimiento reservado para aquellos funcionarios que por diversas causas no pudieron realizar el cobro oportuno de sus respectivas boletas de pago.

    UNIDADES Y ENTIDAD QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS1. Dirección de Recursos Humanos

    1.1. Unidad de Administración de Personal 1.1.1.Sección de Planillas

    2. Ventanilla Única

    ENTIDAD EXTERNA1. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

    1er. Paso:

    La Interesada o el Interesado mediante nota solic ita a la Dirección de Recursos Humanos, la Reposición de Boleta Vencida, adjuntando lo siguiente:

    a. Talón original de efectivizarían de la Boleta de Pago Vencida.b. Boleta original de depósito bancario de Bs.- 10 (Diez Bolivianos 00/100) a la cuenta

    del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, o autorizar en la nota de solicitud el descuento de B s .-10 (Diez Bolivianos 00/100) por concepto de reimpresión de boleta.

    c. Fotocopia de Cédula de Identidad vigente.

    En caso de ex servidores públicos, la nota de solicitud de Reposición de Boleta deberá ser presentada mediante Ventanilla Única.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos instruye a la Unidad de Administración de Personal mediante la Sección Planillas inicie el trámite de reposición de boleta vencida.

    3er. Paso:

    La Sección Planillas mediante nota con el visto bueno de la Jefa o el Jefe de Unidad de Administración de Personal y firma de la Directora o Director de Recursos Humanos, viabiliza el trámite administrativo ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se especifica el mes y la gestión de la boleta de pago. La duración del trámite será aproximadamente de 30 a 45 días hábiles, en razón a que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas solicita un informe al Banco Unión para que verifique si se efectivizo el pago o si el mismo fue revertido al Banco Central. Corroborada la información se procederá a la Reposición de Boletas.

    5to. Paso:

    Una vez remitidas las boletas de pago actualizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a la Cámara de Diputados, estas serán derivadas vía Dirección de Recursos Humanos a la Sección Planillas, para efectuar la entrega a los interesados previa presentación de Cédula de Identidad.

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    ARTÍCULO 12.- REPOSICIÓN DE BOLETAS

    Es el procedimiento reservado para aquellas Servidoras o aquellos Servidores que extraviaron sus Boletas de pago.

    UNIDADES Y ENTIDAD QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal1.2. Sección de Planillas

    2. Ventanilla Única

    ENTIDAD EXTERNA. -

    1. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

    1er. Paso:/

    La Interesada o el Interesado mediante nota Dirigida a la Directora o el Director de Recursos Humanos, solicita la Reposición de Boleta Extraviada, adjuntando lo siguiente:

    a. Copia de solicitud de Bloqueo de Boleta ante Notario de Fe Pública, con el sello de recepción del Banco Unión.

    b. Fotocopia de Cédula de Identidad vigente.

    En caso de ex servidores públicos, la nota de solicitud de Reposición de Boleta Extraviada deberá ser presentada mediante Ventanilla Única.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos pone en conocimiento la solicitud y antecedentes a la Unidad de Administración de Personal instruyendo a la Sección Planillas proceder con lo solicitado.

    3er. Paso:

    La Sección de Planillas, informa la elaboración de planillas de reversión anticipada por extravío, a fin de proceder con el trámite administrativo ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

    Para la elaboración de las planillas de reversión por extravío se cumplirán operaciones descritas en el Artículo 13° del presente Manual de Procedimientos.

    4to Paso:

    Una vez aprobada la Planilla de Reversión (Extravío) por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se procederá con la elaboración de la planilla de pago.

    Actualización: Gestión 2018 Página 24

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 13.- ELABORACIÓN DE PLANILLAS DE PAGO

    Es el procedimiento reservado a la elaboración de Planillas de Pago de Haberes, Asignaciones Familiares, Retroactivos, Bonos de Té y Planillas de Reversiones.

    UNIDADES Y ENTIDAD QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1. Oficialía Mayor2. Dirección Administrativa Financiera

    2.1. Departamento Financiero2.2. Unidad de Presupuestos

    3. Dirección de Recursos Humanos3.1. Unidad de Administración de Personal

    3.1.1. Sección de Planillas3.1.2. Sección de Registro de Personal

    3.2. Unidad de Desarrollo, Evaluación y Capacitación de Personal4. Dirección General de Asuntos Jurídicos5. Sección de Servicios Técnicos

    ENTIDAD EXTERNA. -

    1. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

    1er. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos, a través de la Unidad de Administración de Personal remite a la Sección de Planillas la siguiente documentación:

    a. Reporte de Movimiento de Personal (altas, bajas y transferencias).b. Inscripciones a Cursos de Capacitación (Si correspondiera)c. Sanciones Disciplinarias (Atrasos, Faltas y Abandonos, Procesos Administrativos).d. Formularios Calificación de Años de Serviciose. Planillas de Asignaciones Familiares.f. Reporte de acreedores (Entel y Comandas).g. Reporte de Asistencia de Diputados Titulares y Suplentes.h. Reporte de AFP’s - Número Único de Afiliación (NUA) de funcionarios.i. Formulario de Declaración Jurada de Inexistencia de Incompatibilidad por la Función

    Pública (percepción de otros ingresos)j. Cuenta Caja de Ahorro moneda nacional de Funcionario Público, k. Retenciones judiciales.I. Reporte RC-IVA.

    2do. Paso:

    La o el Responsable de Sección de Planillas y/o el Encargado elaboración de Planillas, transfiere al Sistema Integral de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA; los datos y la información para elaborar, según el tipo de planillas que se trate.

    En coordinación con la Unidad de Administración de Personal se realiza la verificación de las

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    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    planillas a efecto de su aprobación y continuidad del trámite.

    3er. Paso:

    La o el Responsable de Sección de Planillas y/o el Encargado elaboración de Planillas realiza el envío digital de planillas al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través, del SIGMA para su validación.

    4to. Paso:

    El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas valida las planillas de pago. La Sección Planillas remite las planillas de pago impresas y documentación de respaldo a la Unidad de Administración de Personal a efecto de su verificación y firma.

    5to. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos remite con nota a la Dirección Administrativa Financiera las planillas de pago para la elaboración de los Comprobante C-31 o C-32 (Formulario de Modificación al Registro de Ejecución de Gastos)

    6to. Paso:

    La Dirección Administrativa Financiera instruye a la Unidad de Presupuestos la generación de Comprobante C-31 o C-32.

    7mo. Paso:

    La o el Responsable de Sección de Planillas y/o el Encargado elaboración de Planillas mediante el sistema KEPLER procesa el Sello Rojo y se encarga que se efectúen las firmas electrónicas en el Sistema SIGEP por:

    a. Oficialía Mayorb. Dirección Administrativa Financierac. Departamento Financiero

    8vo. Paso:

    Con las firmas electrónicas acreditadas se viabilizará el abono en cuentas individuales y la impresión de boletas de pago.

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 14.- PLANILLAS DE PAGO DE REFRIGERIO

    Constituye en la elaboración de planillas de pago de refrigerios de los Servidores Públicos de este Ente Camaral (Personal Permanente, Eventual y Plataformas Ciudadanas) y en conformidad con la Resolución Administrativa N° 993/2015.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección Administrativa Financiera1.1 Departamento Financiero1.2 Unidad de Presupuestos1.3 Unidad de Tesorería

    2. Dirección de Recursos Humanos2.1. Unidad de Administración de Personal

    2.1.1. Sección de Planillas2.1.2. Área de Control de Personal

    PASO 1:

    La o el técnico RC-IVA, recepciona los formularios conforme mecanismo detallado e n ' el ARTÍCULO 11 del presente manual. Las fechas de presentación de los formularios de refrigerios son del 15 al 25 de cada mes.

    PASO 2:

    La o el Responsable de Sección de Planillas y/o Encargado elaboración de Planillas, procesará la planilla de pago de refrigerio en base a la siguiente documentación:

    a. Reporte de asistencias de los Servidores Públicos Permanente y Eventual. (Remitido por los operadores de sistemas de control de la Unidad de Administración de Personal).

    b. Reporte RC-IVA (Remitido por el Técnico RC-IVA).

    PASO 3:

    En coordinación con la Unidad de Administración de Personal se realiza la verificación de las planillas a efecto de su aprobación, continuidad y remisión a la Dirección de Recursos Humanos.

    PASO 4:

    La Dirección de Recursos Humanos remite nota a la Dirección Administrativa Financiera, adjuntando las planillas de pago de refrigerio, para la elaboración de los Comprobante C-31 Registro de Ejecución de Gastos y quienes realizaran el pago correspondiente.

    Actualización: Gestión 2018 Página 29

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 15.- AFILIACIÓN Y VERIFICACIÓN DE FUNCIONARIOS ANTE LAS AFP's.

    UNIDADES Y ENTIDAD QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1 Unidad de Administración de Personal1.1. Sección de Registro de Personal1.2. Sección de Planillas

    ENTIDAD EXTERNA. -

    1. Administradoras de Fondos de Pensiones

    1er. Paso:

    La Sección de Registro de Personal semanalmente remite a la Sección de Planillas los NUA’s o CUA’s de los Servidores Públicos que se incorporaron a la Cámara de Diputados, para su inserción en la ficha personal del Sistema SIGMA.

    En ei caso de que el Servidor Público no cuente con NUA/CUA, la Encargada o el Encargado de AFP's gestiona la asignación del NUA (Número Único de Afiliación) ante las Administradora de Fondo de Pensiones.

    3er. Paso:

    La Encargada o el Encargado de AFP's verifica las solicitudes efectuadas por las Servidoras o Servidores, mediante el llenado del formulario del Sistema Integral de Pensiones - SIP, adjuntando una fotocopia de Cédula de Identidad vigente; el mismo posteriormente es firmado por la MAE y remitido para su procesamiento ante las Administradoras de Fondos de Pensiones.

    En caso de que la Servidora o el Servidor Público estuviere afiliado a las AFP's, sus aportes se destinan a la Administradora correspondiente.

    4to. Paso:

    Las Administradoras de Fondos de Pensiones remiten mediante nota al Encargado de AFP's el Número Único de Afiliación - NUA asignado a los funcionarios dependientes de la Cámara de Diputados, y procesar las fichas de personal en el Sistema SIGMA.

    Actualización: Gestión 2018 Página 31

  • ARTÍCULO 16.- BAJA DE AFILIADOS ANTE LAS AFP's.

    UNIDADES Y ENTIDAD QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1. Unidad de Administración de Personal1.1. Movilidad Funcionaría - Personal Permanente y Eventual1.2. Sección de Planillas

    ENTIDAD EXTERNA. -

    1. Administradoras de Fondos de Pensiones (FUTURO - PREVISION)1er. Paso:

    La Unidad de Administración de Personal remite las bajas del Personal Permanente y Personal ^ Eventual, mediante reportes y documentos al Encargado de AFP's.

    2do. Paso:

    La Encargada o el Encargado de AFP's realiza un Informe de Bajas de funcionarios vía Unidad de Administración de Personal dirigido a la Dirección de Recursos Humanos para su posterior remisión a las Administradoras de Fondos de Pensiones.

    3er. Paso:

    La Encargada o el Encargado de AFP's realiza el llenado de los formularios de Declaración de Novedades de Ingreso y Retiro, para reportar a las Administradoras de Fondos de Pensiones, adjuntando:

    a. El memorándum de desvinculación laboralb. Nota de Aceptación de Renunciac. Conclusión o resolución de contratosd. Memorándum del Representante Legal de la Cámara de Diputados

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    CAPITULO VDE LOS PRO CEDIM IENTO S DE CO NTRO L DE PERSONAL

    ARTÍCULO 17.- ATRASOS DEL PERSONAL PERMANENTE

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal

    l . l . l . Control de Personal

    1er. Paso:

    La operadora o el operador del Sistema de Control de Personal Permanente, presenta un informe mensual de atrasos a la Dirección de Recursos Humanos con el Visto Bueno de la Jefa o el Jefe Unidad de Administración de Personal, adjuntando un reporte comprendido entre el día de corte del mes anterior y al corte de asistencia del mes en curso, contabilizando los minutos de atraso en el Sistema Biométrico de las Servidoras o los Servidores Públicos permanentes con la siguiente descripción:

    a. Nombres y Apellidosb. Número de cédula de identidadc. Total de minutos de atrasosd. Número de días de sanción (conforme al Art. 23 del RIP)e. Número de Memorándum de sanción por atrasos.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos devuelve estos antecedentes a la Unidad de Administración de Personal para lo siguiente:

    a. Notificación de los Memorándums por atrasosb. Procesamiento de Memorándums por atrasosc. Incorporación al Informe Consolidado a la Sección de Planillas.

    Los memorándums de sanción por atrasos, serán custodiados y archivos en la Unidad de Administración de Personal.

    3er. Paso:

    La operadora o el operador del Sistema de Control de Personal Permanente procesará los memorándums notificados, mismos que servirán para la elaboración de reportes de descuentos en las Planillas de Pago de Haber Mensual.

    La Sección Planillas consigna los descuentos en las planillas de haberes y procede con la transferencia de datos al Sistema Integral de Gestión y Modernización Administrativa SIGMA

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 18.- ATRASOS DEL PERSONAL EVENTUAL

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal

    1.1.1. Control de Personal

    1er. Paso:

    La operadora o el operador del Sistema de Control de Personal Eventual de la Unidad de Administración de Personal, presenta un informe mensual de atrasos a la Dirección de Recursos Humanos, adjuntando un reporte comprendido entre el día de corte del mes anterior y al corte de asistencia del mes en curso, contabilizando los minutos de atraso en el Sistema Biométrico de las Servidoras o los Servidores Públicos Eventual (Administrativo y Legislativo), con la siguiente descripción:

    a. Nombres y Apellidosb. Número de cédula de identidadc. Total de minutos de atrasosd. Número de días de sanción (conforme al Art. 23 del RIP)e. Número de Memorándum de sanción por atrasos.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos devuelve estos antecedentes a la Unidad de Administración de Personal para lo siguiente:

    a. Notificación de los Memorándums por atrasosb. Procesamiento de Memorándums por atrasosc. Incorporación al Informe Consolidado a la Sección de Planillas.

    Los memorándums de sanción por atrasos, serán custodiados y archivos en la Unidad de Administración de Personal.

    3er. Paso:

    La operadora o el operador del Sistema de Control de Personal Eventual procesará los memorándums notificados, mismos que servirán para la elaboración de reportes de descuentos en las Planillas de Pago de Haber Mensual.

    La Sección Planillas consigna los descuentos en las planillas de haberes y procede con la transferencia de datos al Sistema Integral de Gestión y Modernización Administrativa SIGMA

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 19.- FALTAS Y ABANDONOS DEL PERSONAL PERMANENTE. -

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanosl . l . Unidad de Administración de Personal

    Control de Personal

    1er. Paso:

    En cumplimiento al artículo N° 24 del Reglamento Interno del Personal de la Cámara de Diputados y el plazo de notificación de Memorándums de la falta y/o Abandono. La o el operador del Sistema Control de Personal Permanente verificando en el Sistema Biométrlco la omisión de marcación en el ingreso y salida presentaran informes pasado las 48 Hrs. hasta el cuarto día que el Servidor Público haya cometió la infracción, con la siguiente descripción:

    a. Nombres y Apellidos.b. Cédula de identidad.c. Dependencia o lugar de trabajo.d. Número de días y motivo de sanción.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos devuelve los antecedentes a la Unidad de Administración de Personal para que Control de Personal realice lo siguiente:

    a. Notificación al Servidor o Servidora Publicab. Procesamiento en el informe de descuentos mensual de asistencias.

    Actualización: Gestión 2018 Página 39

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 20.- FALTAS Y ABANDONOS DEL PERSONAL EVENTUAL. -

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    2. Dirección de Recursos Humanos2.1. Unidad de Administración de Personal2.1.1. Control de Personal

    1er. Paso:

    En cumplimiento al artículo N° 24 del Reglamento Interno del Personal de la Cámara de Diputados y el plazo de notificación de Memorándums de la falta y/o Abandono. La o el operador del Sistema Control de Personal Eventual verificando en el Sistema Biométrico la omisión de marcación en el ingreso y salida presentaran informes pasado las 48 Hrs hasta el cuarto día que el Servidor Público haya cometió la infracción, con la siguiente descripción:

    a. Nombres y Apellidos.b. Cédula de identidad.c. Dependencia o lugar de trabajo.d. Número de días y motivo de sanción.

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos devuelve los antecedentes a la Unidad de Administración de Personal para que Control de Personal realice lo siguiente:

    a. Notificación al Servidor o Servidora Publicab. Procesamiento en el informe de descuentos mensual de asistencias.

    Actualización: Gestión 2018 Página 40

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  • ARTÍCULO 21.- CONTROL DE PERSONAL PERMANENTE Y EVENTUAL.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal

    Control de Personal

    1er. Paso:

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    En cumplimiento al control rutinario de la asistencia a sus fuentes labórales de los Servidores Públicos, los personales asignados a esta función realizaran el recorrido de control sobre la permanencia de las Servidoras o los Servidores públicos en sus puestos de trabajo (Área Administrativa y Área Legislativa) elevando el acta de asistencia y verificando el libro de salidas momentáneas de cada oficina.

    Los controles rutinarios también se realizan a solicitud del inmediato superior, instrucción del Oficial Mayor, Director de Recursos Humanos o del Jefe de Unidad de Administración de Personal

    2do. Paso:

    Una vez ejecutado el levantamiento del acta de asistencia, Control de Personal informara de los incidentes y observaciones al Jefe de Unidad de Administración de Personal y/o al Director de Recursos Humanos. Posteriormente se instruye a los operadores de sistemas de control del Personal Eventual o Permanente proceder de acuerdo a Normativa legal Vigente.

    3er. Paso:

    Los operadores del sistema de Control de Personal Eventual o Permanente, remitirá el informe y memorándum a la Dirección de Recursos Humanos con el Visto Bueno de la Jefa o el Jefe de Unidad de Administración de Personal.

    4to. Paso:

    La o el Director de Recursos Humanos instruye la notificación del memorándum y el descuento correspondiente en el haber mensual del Servidor o Servidora Pública.

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    Actualización: Gestión 2018 Página 42

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 22.- ELABORACION DE INFORME DE DESCUENTOS DEL PERSONAL EVENTUAL Y PERMANTE (CONSOLIDADO).

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    2. Dirección de Recursos Humanos2.1. Unidad de Administración de Personal2.1.1. Sección de Planillas.

    1er. Paso:

    En base a los informes de atrasos, faltas, abandonos del Personal Permanente y Eventual, comprendidos durante las fechas de corte. Los operadores del sistema de Control de Personal Eventual y Permanente contabilizarán las sanciones y procesarán el informe consolidado vía Unidad de administración de personal a la Dirección de Recursos Humanos, adjuntando un reporte de descuentos, el cual contiene:

    a. Nombres y Apellidos.b. Cédula de identidadc. Descuento correspondiente (en base al haber mensual que percibe)d. Tipo de descuento (Faltas y/o abandonos, atrasos u otros)

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos remite el informe a la Sección de Planillas para realizar el descuento.

    3er. Paso:

    La Sección Planillas consignará los descuentos en las planillas de haberes y procede con la transferencia de datos al SIGMA (Sistema Integral de Gestión y Modernización Administrativa).

    Actualización: Gestión 2018 Página 44

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 23.- ELABORACION DE PLANILLA PARA EL PAGO DE REFRIGERIO.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    3. Dirección de Recursos Humanos3.1. Unidad de Administración de Personal3.1.1. Sección de Planillas.

    1er. Paso:

    Los operadores del sistema de Control de Personal Permanente y Eventual emiten los informes respectivos con el Visto Bueno de la Jefa o el Jefe de Unidad de Administración de Personal adjuntando planillas de días efectivamente trabajados del personal a la Dirección de Recursos Humanos:

    a. Apellidos y Nombresb. Cédula de Identidadc. Días trabajados según planilla de asistencia.d. Número de días hábiles del mes.e. Número de días de descuento (faltas, asueto, permiso oficial, por resolución,

    cumpleaños, matrimonio, fallecimiento o baja registro de médica).

    2do. Paso:

    La Dirección de Recursos Humanos remite el informe de pago de refrigerio a la Sección de Planillas para realizar el procesamiento de RC-IVA v.3.

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 24.- PRESENTACION DE PERMISOS, LICENCIAS Y/O VACACIONES

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos.1.1. Unidad de Administración de Personal.1.1.1. Sección de Registro de Personal.

    1er. Paso:

    Secretaría de Control de Personal, está encargada de recibir los formularios de permisos oficíales; licencias personales por horas y con cargo a vacación, de la misma manera se recepciona otros tipos de licencias.

    2do. Paso:

    los formularios de permiso recepcionados son insertados en una base de datos, y posteriormente serán remitidos a los operadores del sistema del control biométrico (Permanente y Eventual) para que sean procesados.

    3er. Paso:

    Ya procesado las licencias y/o permisos, se proceden al archivo de los mismos, en las siguientes reparticiones:

    - Unidad de Administración de Personal: Formularios de Permisos Oficiales - Comisión. Sección de Registro de Personal: Formularios de Permiso Personal (onomástico) y Licencias (índole personal y con cargo a vacaciones), para su archivo y custodia en el “file” personal de las y los servidores públicos respectivamente.

    Actualización: Gestión 2018 Página 48

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 25.- PRESENTACION DE INFORMES MENSUALES Y FINALES

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos.1.1. Unidad de Administración de Personal.1.1.1. Sección de Registro de Personal.

    1er. Paso:

    Secretaría de Control de Personal en coordinación con el encargado de control de informes de Asesores de Gestión Parlamentaria y Plataformas Ciudadanas, son los responsables de recibir y verificar la continuidad de los informes de actividades mensuales de los Servidores Públicos Eventuales.

    Los informes finales (Personal Permanente y Eventual) deberán ser revisados y verificados desde la fecha de ingreso hasta la fecha de desvinculación del Servidor Público.

    Los informes recepcionados e insertos en la base de datos deberán ser remitidos bajo lista detallada a la Sección de Registro de Personal para su archivo y custodia en el “file” personal de las y los servidores públicos respectivamente.

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    Actualización: Gestión 2018 Página 50

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 26.- PLANILLAS DE ASISTENCIAS Y FIRMAS EN LIBRO DE ASISTENCIAS

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos.1.1. Unidad de Administración de Personal.

    2. Archivo Central.

    La o el Oficial Mayor, la o el Director de Recursos Humanos, o la o el Jefe de Unidad de Administración de personal, en casos especiales o según el tipo de actividad laboral que realiza el Servidor Público, determina el control de asistencia con firma de libro adicional o planilla de asistencias.

    Los Operadores de Sistemas de control de asistencias, encargado de Asesores para la Gestión Parlamentaria y Encargado de Brigadas Parlamentarias realizaran un seguimiento y control a las asistencias en libro y planillas de asistencia para el cumplimiento del art. 13 inc. I) del Reglamento Interno del Personal.

    Asimismo, la oficina de control de personal es el encargado del custodio de planillas de asistencia, posteriormente estas se emiten a Archivo de la Cámara de Diputados.

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    2do. Paso

    Actualización: Gestión 2018 Página 52

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 27 .-ANULACION DE MEMORANDUMS

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal1.1.1. Sección de Registro de Personal

    1er. Paso:

    El Servidor Público mediante nota dirigida a la o el Director de Recursos Humanos realiza la representación de Memorándum de Sanción en la que solicita su anulación.

    2do. Paso:

    La o el Director de Recursos Humanos remite la solicitud inserta en Hoja de Ruta a la Unidad de Administración de Personal para su evaluación y tratamiento, según corresponda.

    3er. Paso:

    Los Operadores del sistema de Control de personal Permanente y Eventual, formalizan mediante nota de respuesta la aceptación o rechazo de anulación de Memorándum (conforme a instrucción).

    4to. Paso:

    Con el Visto Bueno de la o el Jefe de Unidad de Administración de Personal y firma de la o el Director de Recursos Humanos se notifica la respuesta al Servidor Publico

    5to. Paso:

    La solicitud inserta en Hoja de Ruta, así como la nota de respuesta es remitida a la Sección de Registro de Personal para su archivo en el “file” del Servidor Público.

    En caso de aceptar la anulación los antecedentes serán archivados en la Unidad de Administración de Personal.

    Actualización: Gestión 2018 Página 54

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTÍCULO 28.- REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    1. Dirección de Recursos Humanos1.1. Unidad de Administración de Personal

    1er. Paso:

    El requerimiento de información con relación a las asistencias o permisos de los Servidores Públicos, es realizado mediante nota a la o el Director de Recursos Humanos, quien instruye a la Unidad de Administración de Personal procesar lo requerido.

    Esta información será proporcionada a requerimiento del Inmediato Superior, Auditoria Interna, Procesos Administrativos y/o requerimiento de tipo judicial.

    La unidad de Administración de Personal instruye a los Operadores del Sistema de Control Personal procesar lo solicitado.

    Los operadores de sistemas de control de personal Eventual y/o Permanente emite la respuesta adjuntando los reportes si es pertinente para firma del Director de Recursos Humanos vía Unidad de Administración de Personal.

    2do. Paso

    3re. Paso

    Actualización: Gestión 2018 Página 56

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    CAPITULO VIDE LOS PRO C ED IM IENTO S DE LA SECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL

    ARTÍCULO 2 9 .-ASIGNACIONES FAMILIARES.

    Constituye el procedimiento para la otorgación de Asignaciones Familiares (Subsidio Prenatal, Natalidad, Lactancia y Sepelio) a las Servidoras y Servidores de la Cámara de Diputados, todo dispuesto por el D.S. 21637 de 25 de julio de 1987, y regulados por el Reglamento de Asignaciones Familiares, emitido periódicamente por el Ministerio de Salud y aportes; siendo el último Reglamento vigente a la fecha, el que fue puesto en vigencia mediante la Resolución Ministerial) 1676, de 22-11-2011 y demás Normativas aplicables.

    El pago se realiza a nivel nacional por tal razón se trabaja con el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM (LA PAZ) Empresa Boliviana de Almendras y Derivados - EBA (LA PAZ) y La Empresa Pública Nacional Estratégica Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL (COCHABAMBA).

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1. Dirección de Recursos Humanos2. Unidad de Administración de Personal3. Sección de Bienestar Social4. Sección Planillas

    ENTIDADES EXTERNAS. -

    1. SEDEM (Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas)2. LACTEOSBOL (Empresa Pública Nacional Estratégica Lácteos de Bolivia)3. EBA (Empresa Boliviana de Almendras y Derivados)

    REQUISITOS PARA SUBSIDIO PRENATAL(Servidores Públicos Afiliados a la Caja Petrolera de Salud).

    1. Carta de Solicitud de Subsidio Prenatal dirigida a la dirección de Recursos Humanos.2. Credencial de Afiliación a la Caja Petrolera de Salud.3. Carnet de Identidad de los Padres4. Ultima papeleta de pago5. Certificado de atención prenatal del Policlinico Correspondiente6. Certificado de Matrimonio o Acta de Reconocimiento

    Nota: La documentación debe ser presentada en dos ejemplares en fotocopia simple y en folder amarillo.

    REQUISITOS SUBSIDIO DE NATALIDAD Y LACTANCIAServidores Públicos Afiliados a la Caja Petrolera de Salud)

    Actualización: Gestión 2018 Página 57

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    1. Carta de Solicitud de Subsidio Prenatal dirigida a la dirección de Recursos Humanos.2. Credencial de Afiliación a la Caja Petrolera de Salud del bebé.3. Carnet de Identidad de los Padres4. Ultima papeleta de pago5. Certificado de Matrimonio o Acta de Reconocimiento6. Certificado de Nacimiento del bebé (Original)7. Certificado de Nacimiento de los Padres.8. Certificado de Nacido Vivo del bebé9. Autorización del pago de Subsidio de Natalidad y Lactancia otorgada por la Caja Petrolera

    de Salud.

    Nota: La documentación debe ser presentada en dos ejemplares en fotocopia simple y en folder amarillo.

    REQUISITOS PARA SUBSIDIO DE SEPELIO(Servidores Públicos Afiliados a la Caja Nacional de Salud)

    1. Carta de Solicitud dirigida a la dirección de Recursos Humanos2. Certificado de defunción (Original)3. Certificado de Nacido Vivo del recién nacido o certificado médico del fallecimiento del

    menor (Original)4. Fotocopia simple de Cédula de Identidad ambos padres5. Ultima papeleta de pago.

    Nota: La documentación debe ser presentada en dos ejemplares en fotocopia simple y en folder amarillo.

    REQUISITOS PARA SUBSIDIO PRENATAL(Servidores Públicos Afiliados a la Caja Nacional de Salud)

    1. Carta de Solicitud de Subsidio Prenatal dirigida a la dirección de Recursos Humanos.2. Memorándum de Designación o Contrato3. Formulario de AVC 04 de Afiliación a la Caja Nacional de Salud.4. Carnet de Identidad de los Padres5. Ultima papeleta de pago.6. Certificado de Atención Prenatal del Policlínico Correspondiente Caja Nacional de Salud.7. Certificado de Matrimonio o Acta de Reconocimiento.

    Nota: La documentación debe ser presentada en dos ejemplares en fotocopia simple y en folder amarillo.

    REQUISITOS SUBSIDIO DE NATALIDAD Y LACTANCIA(Servidores Públicos Afiliados a la Caja Nacional de Salud)

    1. Carta de Solicitud de Subsidio Natalidad dirigida a la dirección de Recursos Humanos.2. Memorándum de Designación o Contrato3. Formulario de AVC 04 de Afiliación a la Caja Nacional de Salud.4. Formulario AVC 06 con la autorización para el pago de Subsidios emitido por la Caja

    Nacional de Salud.5. Certificado de Nacido Vivo emitido por el Policlínico Correspondiente6. Certificado de Nacimiento del bebé (Original)

    Actualización: Gestión 2018 Página 58

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    7. Carnet de Identidad de los Padres.8. Certificado Nacimiento de los Padres9. Ultima papeleta de pago10. Certificado de Matrimonio o Acta de Reconocimiento de los Padres

    Nota: La documentación debe ser presentada en dos ejemplares en fotocopia simple y en folder amarillo.

    1er. Paso:

    La Dirección de Dirección Recursos Humanos recepciona en dos copias la Solicitud de Subsidio hasta el 19 de cada mes, para remitir a la Sección de Bienestar Social en fecha 20 de cada mes para el trámite de pago correspondiente.

    2do Paso:

    La encargada o encargado de la Sección de Bienestar Social remite a la Unidad de Administración de Personal copia de la solicitud de Asignación Familiar de los Servidores Públicos Administrativo y Legislativos; con toda la documentación de respaldo para poner en conocimiento del o la Encargada de Personal Permanente y Eventual, para su posterior remisión a la Sección de Registro de Personal para su archivo en “files” personal.

    En caso de Diputadas diputados y representantes supraestatales se remite a primera Secretaria copia de la solicitud de asignación con toda la documentación de respaldo para poner en conocimiento para su archivo.

    3er. Paso:

    La Sección de Bienestar Social elaborará hasta el quinto día hábil del mes el informe solicitando pago de subsidio a la Dirección de Recursos humanos con el Visto Bueno del Jefe o Jefa de Unidad de Administración de Personal, conforme documentación de respaldo remitido a la sección, para su remisión a la sección de Planillas.

    4to. Paso:

    La Sección de Planillas una vez procesada las boletas de pago, remite a la Sección de Bienestar Social las boletas de pago de Asignaciones Familiares.

    5to. Paso:

    La Sección de Bienestar Social solicita a la Sección de Planillas el comprobante C-31 correspondiente, para la elaboración de las boletas de Subsidios en el sistema del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas SEDEM (EBA o LACTEOSBOL)

    6to. Paso:

    Las Facturas emitidas por el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas SEDEM, deben ser presentadas a la Unidad de Contabilidad, inmediatamente a su recepción, dando cumplimiento a la normativa vigente del Servicio de Impuestos Nacionales.

    Actualización: Gestión 2018 Página 59

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    Se elaboran las Boletas Individualizadas de Asignaciones Familiares, para ser entregadas a cada beneficiario previa presentación de una fotocopia de Cédula de Identidad y de la Boleta de pago en la que figura el beneficio. EBA se recoge en La Paz, Beni, Pando y Santa Cruz. LACTEOSBOL se recoge en Cochabamba, Tarija, Oruro, Potosí y Chuquisaca.

    Asimismo, se elabora la Planilla de Recepción de Subsidio correspondiente al mes, con cuatro copias estas deben ser firmadas por el beneficiario en el momento de recepción de la Boleta de Asignación Familiar. La Solicitud de las asignaciones familiares debe venir con la región a la que

    * desean recoger.

    Actualización: Gestión 2018 Página 60

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  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    ARTICULO 30.- AFILIACIONES A LOS SERVIDORES, SERVIDORAS, DIPUTADOS DIPUTADAS, REPRESENTANTES SUPRA ESTATALES

    Dando cumplimiento al Art. N° 6 del Decreto Ley 13214, la Cámara de Diputados afilia a sus Servidores Públicos a la Caja Nacional de Salud, y a los Diputados a la Caja Petrolera de Salud.

    UNIDADES QUE INTERVIENEN

    UNIDADES INTERNAS. -

    1. Dirección de Recursos Humanos2. Unidad de Administración de Personal

    2.1. Sección de Bienestar Social

    ENTIDADES EXTERNAS. -

    1. Caja Nacional de Salud2. Caja Petrolera de Salud3. Demás Cajas (según resoluciones administrativas de INASES)

    REQUISITOS PARA AFILIACIÓN A LA CAJA NACIONAL DE SALUD(Servidores Públicos)

    1. Certificado de Nacimiento Original y fotocopia2. Fotocopia de Carnet de identidad3. Memorándum de Designación o Contrato4. Formulario AVC - 045. Formulario AVC-056. Boleta de pago7. Boleta de depósito del examen o pre ocupacional (Bs 100.-)8. Formulario AVC-07 (solo en caso de haber estado anteriormente afiliado a la CNS en

    cualquier otra institución o en la Cámara de Diputados)

    NOTA. - Para beneficiarios se ajunta certificado de nacimiento original, certificado de matrimonio, fotocopia carnet de identidad y acta de reconocimiento.

    REQUISITOS PARA LA RE - AFILIACIÓN A LA CAJA NACIONAL DE SALUD(Servidores Públicos)

    1. Memorándum de Designación o Contrato2. Fotocopia de Cédula de Identidad3. Formulario AVC - 044. Formulario AVC - 055. Boleta de pago

    Formulario AVC-07 (de la Cámara de Diputados)

    1er. Paso:

    En el momento que el Servidor Público realiza su trámite de alta, recaba información y/o requisitos para el trámite del seguro de salud de la Sección de Bienestar Social.

    Actualización: Gestión 2018 Página 62

  • MANUAL DE PROCEDIMIENTOSUNIDAD DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

    Todos los requisitos deben ser presentados por las o los Servidores Públicos a la Sección de Bienestar Social, con excepción del certificado de nacimiento (original) el cual es remitido por la Sección de Registro de Personal mediante acta de entrega.

    2do. Paso:

    La encargada o el encargado de afiliación solicita mediante nota vía Dirección de Recursos Humanos y con Visto Bueno de la Jefe o el Jefe de Unidad de Administración de Personal, el desembolso de efectivo para el pago de Exámenes Pre ocupacionales para las afiliaciones de los Servidores Públicos a Oficialía Mayor.

    La encargada o el encargado de afiliación presenta toda la documentación requerida al Departamento de Afiliaciones de la Caja Nacional de Salud.

    3er. Paso:

    El encargado de afiliación entrega de Formulario de Afiliación AVC - 04 al Servidor Público en un plazo de 7 a 10 días. Si el trámite es presentado de manera personal su duración en menor.

    REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN A LA CAJA PETROLERA DE SALUD(Diputados, Representantes Supra Estatales y otros servidores públicos)

    1. Certificado de Nacimiento Original2. Fotocopia Carnet de Identidad3. Examen Pre ocupacional (Bs. 350)4. Examen de físico5. Examen de laboratorio en general6. Placa Radiográfica de Tórax.7. 2 fotos 2x2 fondo rojo

    1er. Paso:

    El Doctor del Consultorio Médico de la Cámara de Diputados realiza el examen pre ocupacional a las Diputadas, los Diputados (Titulares y Suplentes) y las o los Representantes ante Organismos Supraestatales (Titulares y Suplentes), mismo entrega la orden de laboratorio y orden de placa torácica. Los resultados del examen Pre ocupacional son remitidos a la Caja Petrolera de Salud.

    2do. Paso:

    Las Diputadas, los Diputados (Titulares y Suplentes) y las o los Representantes ante Organismos Supraestatales (Titulares y Suplentes), presenta su Certificado de Nacimiento Original y las fotografías a la encargada o el encargado de afiliación de la Sección de Bienestar Social.

    3er. Paso:

    La encargada o el encargado de afiliación envía todos los documentos las Diputadas, los Diputados (Titulares y Suplentes) y las o los Represent