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Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Particular Fraccionamiento Habitacional Península, ubicado en el municipio de Guadalupe, N. L. PROMOVENTE RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DE LA MANIFESTCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL LIC. RODRIGO RENÉ GARZA QUIROGA M.C. ALFONSO MALDONADO HERNÁNDEZ Agosto de 2011

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PROMOVENTE RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DE LA MANIFESTCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

LIC. RODRIGO RENÉ GARZA QUIROGA

M.C. ALFONSO MALDONADO HERNÁNDEZ

Agosto de 2011

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CONTENIDO

Pág.

I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1

II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 13 III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS

APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO,

CON LA REGULACIÓN DE USO DE SUELO 76 IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO

DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN

EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO 116

V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES 153

VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES 167 VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS 173 VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS

Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN

SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES 180

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ANEXOS

ANEXO 1. DOCUMENTACIÓN LEGAL DEL TERRENO ESCRITURAS DEL TERRENO RECTIFICACIÓN DE MEDIDAS CERTIFICADO DE LIBERTAD DE GRAVÁMENES FE DE HECHOS

ANEXO 2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL PROMOVENTE ANEXO 3. DOCUMENTACIÓN DEL RESPONSABLE TÉCNICO DEL ESTUDIO ANEXO 4. PLANOS DEL PROYECTO

PROYECTO URBANÍSTICO PLANO TOPOGRÁFICO

ANEXO 5. PLANES DE DESARROLLO URBANO

PLAN METROPOLITANO 2000-2021 DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA CONURBADA DE MONTERREY

PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE GUADALUPE, NUEVO LEÓN, 2005 - 2025

ANEXO 6. CARTOGRAFÍA

TOPOGRAFÍA GEOLOGÍA EDAFOLOGÍA USO DE SUELO

ANEXO 7. PLANOS DEL TERRENO PARA SOBREPOSICIÓN

TOPOGRAFÍA GEOLOGÍA EDAFOLOGÍA USO DEL SUELO

ANEXO 8. FOTOGRAFÍAS

FOTOGRAFÍAS DEL TERRENO VISTAS AÉREAS

ANEXO 9. OFICIOS, AUTORIZACIONES

DELIMITACIÓN FEDERAL DEL RIO LA SILLA FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO MUNICIPAL FACTIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS AUTORIZACION EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL (SEMARNAT) AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE CAMBIO DE USO DE SUELO (SEMARNAT) ACUSE DE RECIBO DE MIA GENERAL

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE

Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO

AMBIENTAL

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL

RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

I.1 Proyecto.

El croquis de ubicación del proyecto se muestra al final del capítulo.

I.1.1 Nombre del proyecto.

Fraccionamiento Habitacional PENÍNSULA.

I.1.2 Ubicación del proyecto comunidad, ejido, código postal, localidad, municipio o

delegación y entidad federativa.

El predio del fraccionamiento es de 62,136.33 m2 (polígono general); está en Guadalupe,

Nuevo León, sobre el Camino a Las Escobas, a aproximadamente 950 metros al poniente de

su cruce con la Av. México; colinda al este con el Fraccionamiento Riberas de Dos Ríos, al

oeste con propiedad privada y al sur con el Río La Silla.

La presente Manifestación de Impacto Ambiental se somete a evaluación a fin de obtener la

autorización en la materia para un área de 23,226.135 m2, que forma parte del polígono

general; está ubicada en la parte sur de éste último.

I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto acotarlo en años o meses.

Duración total.

La construcción del fraccionamiento se realizará en un tiempo estimado de 4 años, 2 de los

cuales corresponden a la preparación del sitio (remoción de la vegetación).

Por ser de tipo habitacional, su operación se considera de tipo permanente.

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En caso de que el proyecto que se somete a evaluación se vaya a construir en

varias etapas, justificar esta situación y señalar con precisión ¿qué etapa cubre

el estudio que se presenta a evaluación?

No aplica para el proyecto; no se construirá en etapas.

1.1.4 Presentación de la documentación legal.

La propiedad del terreno se ampara con los siguientes documentos:

ESCRITURA DE PROPIEDAD DEL PREDIO

Escritura Pública Número 15622, Libro 50, Folio 9980, pasada ante la Fe del Lic. Luis

Manautou González, Titular de la Notaría Pública Número 35, con ejercicio en el primer

Distrito Registral en el Estado y con residencia en Monterrey, Nuevo León, donde consta el

Contrato de Donación de Un Bien Inmueble a Título Gratuito celebrado entre el señor

Roberto Garza y Garza y su esposa, la señora Hilda Quiroga de Garza, ambos como los

Donantes, y de otra parte los señores Roberto Hernán Garza Quiroga, Amador Garza

Quiroga y Rodrigo René Garza Quiroga, como los Donatarios.

El inmueble objeto de Donación es el siguiente:

Un lote de terreno ubicado en la Hacienda Las Escobas, jurisdicción del Municipio de

Guadalupe, Nuevo León, el cual está situado en la misma parte oriente del Lote 7, del

referido fraccionamiento; tiene una superficie aproximada de 6 hectáreas; linda al norte el

mismo Camino a Las Escobas, al sur también el Río La Silla, al oriente con propiedad de la

señora Ofelia Garza Martínez, Callejón de por medio, y al poniente con la misma señora

Elvira Garza de Garza, haciendo constar que la colindancia con la señora Garza de Garza

está marcadas con cerca de alambres.

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La Cláusula Primera señala que a los Donatarios les corresponden partes enteramente

iguales sobre el inmueble.

La Escritura se encuentra en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el

Número 3443, Volumen 132, Libro 141, Sección Propiedad, Unidad Guadalupe, con fecha 5

de septiembre de 2005.

Anexo 1. Documentación legal del terreno – Escrituras del terreno

DELIMITACIÓN FEDERAL DEL RÍO LA SILLA

Mediante el Oficio Número BOO.00.R07.07.02.-673(2004), fechado el 13 de agosto de 2004,

Comisión Nacional del Agua señaló el límite provisional de la zona federal del Río La Silla

por su margen izquierda, en una longitud de 414.04 m que comprende los vértices 11 al 18

del polígono del predio (donde se desarrollará el proyecto del Fraccionamiento Habitacional

Península).

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones - Delimitación federal del Río La Silla

RECTIFICACIÓN DE MEDIDAS DEL PREDIO

Con fecha 29 de enero de 2009, el Lic. Jorge Maldonado Montemayor, Titular de la Notaría

Pública Número 55, con ejercicio en el Primer Distrito Registral en el Estado de Nuevo León

y con residencia en Monterrey, hace constar la Rectificación sobre la superficie, rumbos,

medidas y colindancias actuales del inmueble objeto de este documento.

Lo anterior, debido a que la Escritura de propiedad ampara una superficie aproximada de 6

hectáreas; además de la delimitación federal del Río La Silla, establecida por Comisión

Nacional del Agua.

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Así, la superficie, rumbos, medidas y colindancias del inmueble ya no coinciden con la

realidad, por lo que se solicitó y obtuvo de un perito topógrafo (Arquitecto José Arnoldo

Vargas Fuentes), un levantamiento topográfico, resultando que la superficie, rumbos,

medidas y colindancias son las siguientes:

Un lote de terreno ubicado en la Hacienda Las Escobas, jurisdicción del Municipio de

Guadalupe, Nuevo León, el cual está situado en la misma parte oriente del Lote 7, del

referido Fraccionamiento; tiene una superficie total de 62,136.33 m2 y los siguientes

rumbos, medidas y colindancias: del punto 1 al 2 con rumbo S 66°40’16” W, con una

distancia de 20.18 m; del punto 2 al 3 con rumbo S 67°05’26” W, con una distancia de

121.18 m; del punto 3 al 4 con rumbo S 74°13’40” W, con una distancia de 39.22 m, a

colindar en estos puntos con camino a Las Escobas; del punto 4 al 5 con rumbo S 60°03’56”

E, con una distancia de 74.66 m; del punto 5 al 6 con rumbo S 57°25’46” E, con una

distancia de 46.85 m; del punto 6 al 7 con rumbo S 26°16’35” W, con una distancia de

84.34 m; del punto 7 al 8 con rumbo S 26°53’47” W, con una distancia de 64.28 m; del

punto 8 al 9 con rumbo S 27°19’21” W, con una distancia de 42.46 m; del punto 9 al 10 con

rumbo S 19°23’52” W, con una distancia de 9.30 m; del punto 10 al 11 con rumbo S

14°26’34” W, con una distancia de 44.28 m, a colindar en estos puntos con propiedad del

Arq. Guadalupe Garza; del punto 11 al 12 con rumbo S 59°13’36” E, con una distancia de

62.92 m; del punto 12 al 13 con rumbo S 50°42’25” E, con una distancia de 50.10 m; del

punto 13 al 14 con rumbo S 74°28’19” E, con una distancia de 56.91 m; del punto 14 al 15

con rumbo N 26°17’00” E, con una distancia de 38.11 m; del punto 15 al 16 con rumbo N

00°38’56” W, con una distancia de 49.28 m; del punto 16 al 17 con rumbo N 24°19’43” E,

con una distancia de 64.89 m; del punto 17 al 18 con rumbo N 52°20’15” E, con una

distancia de 91.83 m, a colindar en estos puntos con Río La Silla; y del punto 18 al 1, para

cerrar el perímetro, con rumbo N 23°19’44” E, con una distancia de 251.68 m, a colindar

con límite del Fraccionamiento Riberas de Dos Ríos.

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Dentro de esta Rectificación sobre la superficie, rumbos, medidas y colindancias actuales

del predio, comparecen los señores Licenciados Roberto Hernán Garza Quiroga, Amador

Garza Quiroga y Rodrigo René Garza Quiroga, como propietarios del predio; así como el Arq.

José Arnoldo Vargas Fuentes, perito topógrafo; y los Licenciados Enrique Javier Garza

Cisneros y Jorge Rodríguez Garza, como Delegados Fiduciarios de Scotiabank Inverlat,

Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Scotiabank Inverlat

(División Fiduciaria), actuando como Fiduciario dentro del Fideicomiso Número 1451924689,

en su calidad de colindante (Fraccionamiento Riberas de Dos Ríos).

Los Delegados Fiduciarios manifiestan su conformidad con la Rectificación sobre la

superficie, rumbos, medidas y colindancias actuales del predio, ya que este inmueble se

encuentra perefectamente delimitado, manteniéndose sin cambio alguno las colindancias

actuales de las bardas y límites existentes; en consecuencia no afecta a los propietarios de

los inmuebles colindantes.

La Rectificación se encuentra en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Primer

Distrito, bajo el Número 1366, Volumen 60, Libro 28, Sección Auxiliar, Unidad Guadalupe,

con fecha 26 de mayo de 2009.

Anexo 1. Documentación legal del terreno – Rectificación de medidas

CONTRATOS DE DONACIÓN DEL 50 % DE CADA UNA DE LAS TERCERAS PARTES

DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL INMUEBLE DE 62,136.33 m2

A través de la Escritura Pública Número 29742, Libro 407, Folio 81357, pasada ante la

Fe del Lic. Eduardo Adolfo Manautou Ayala, Titular de la Notaría Pública Número 123

con ejercicio en el Primer Distrito Registral en el Estado de Nuevo León, y con residencia

en Monterrey; se hace constar el Contrato de Donación del 50 % de una tercera parte

de los derechos de propiedad de un inmueble a título gratuito; celebrado entre el Lic.

Roberto Hernán Garza Quiroga, como Donante, y su esposa la señora Magdalena Lucía

Martínez Elizondo, como la Donataria.

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La Escritura está en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Primer Distrito,

bajo el Número 351, Volumen 148, Libro 15, Sección I Propiedad, Unidad Guadalupe,

con fecha 5 de febrero de 2010.

Mediante la Escritura Pública Número 29741, Libro 407, Folio 81355, pasada ante la Fe

del Lic. Eduardo Adolfo Manautou Ayala, Titular de la Notaría Pública Número 123 con

ejercicio en el Primer Distrito Registral en el Estado de Nuevo León, y con residencia en

Monterrey; se hace constar el Contrato de Donación del 50 % de una tercera parte de

los derechos de propiedad de un inmueble a título gratuito; celebrado entre el Lic.

Amador Garza Quiroga, como Donante, y su esposa la señora Clarissa Virginia Cadena

Payton, como la Donataria.

La Escritura está en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Primer Distrito,

bajo el Número 350, Volumen 148, Libro 14, Sección I Propiedad, Unidad Guadalupe,

con fecha 5 de febrero de 2010.

La Escritura Pública Número 29740, Libro 407, Folio 81353, pasada ante la Fe del Lic.

Eduardo Adolfo Manautou Ayala, Titular de la Notaría Pública Número 123 con ejercicio

en el Primer Distrito Registral en el Estado de Nuevo León, y con residencia en

Monterrey; contiene el Contrato de Donación del 50 % de una tercera parte de los

derechos de propiedad de un inmueble a título gratuito; celebrado entre el Lic. Rodrigo

René Garza Quiroga, como Donante, y su esposa la señora Cordelia Martínez Guzmán,

como la Donataria.

La Escritura está inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Primer

Distrito, bajo el Número 349, Volumen 148, Libro 14, Sección I Propiedad, Unidad

Guadalupe, con fecha 5 de febrero de 2010.

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Por lo anterior, cada propietario es dueño de una sexta parte del inmueble.

Anexo 1. Documentación legal del terreno – Escrituras del terreno

CERTIFICADO DE LIBERTAD DE GRAVÁMENES

Se cuenta con el Certificado de Libertad de Gravámenes del predio, expedido por el

Registrador Público de la Propiedad y del Comercio del Segundo Distrito, con residencia en

Guadalupe, Nuevo León, fechado en marzo del 2010.

Anexo 1. Documentación legal del terreno – Certificado de libertad de gravámenes

I.2 Promovente

I.2.1 Nombre o razón social.

Lic. Rodrigo René Garza Quiroga, propietario del predio, en representación de los señores

Roberto Hernán Garza Quiroga, Amador Garza Quiroga, Cordelia Martínez Guzmán,

Magdalena Lucía Martínez Elizondo y Clarissa Virginia Cadena Payton, también propietarios

del predio.

Anexo 2. Identificación oficial del promovente

I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente.

Lic. Rodrigo René Garza Quiroga

RFC: GAQR690515 M38

Lic. Roberto Hernán Garza Quiroga

RFC: GAQR630412 IS8

Lic. Amador Garza Quiroga

RFC: GAQA650531 UG8

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Cordelia Martínez Guzmán

CURP: MAGC701216MNLRZR01

Magdalena Lucía Martínez Elizondo

CURP: MAEM680114MNLRLG00

Clarissa Virginia Cadena Payton

CURP: CAPC671102MNLDYL01

I.2.3 Nombre y cargo del representante legal

Lic. Rodrigo René Garza Quiroga, propietario del predio, en representación de los señores

Roberto Hernán Garza Quiroga, Amador Garza Quiroga, Cordelia Martínez Guzmán,

Magdalena Lucía Martínez Elizondo y Clarissa Virginia Cadena Payton, también propietarios

del predio.

El Lic. Rodrigo René Garza Quiroga es la persona con alta jerarquía para la toma de

decisiones, respecto al paro de labores del cambio de uso de suelo y/o la realización de

acciones de urgente aplicación, ello ante el riesgo potencial o declaración de contingencia

ambiental, emitida por la autoridad competente.

____________________________________ LIC. RODRIGO RENÉ GARZA QUIROGA

Propietario del terreno, en representación de los señores Roberto Hernán Garza Quiroga, Amador Garza Quiroga, Cordelia Martínez Guzmán, Magdalena Lucía Martínez Elizondo y

Clarissa Virginia Cadena Payton, también propietarios del predio Fraccionamiento Habitacional PENÍNSULA

Tel. (81) 8346 1251, 8346 1268 correo electrónico: [email protected]

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I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal

La Clínica No. 2520

Edificio Delta – Despacho 227

Col. Sertoma

C.P. 64718

Monterrey, Nuevo León

Tel. (81) 8346 1251, 8346 1268

Correo electrónico: [email protected]

I.3 Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental.

I.3.1 Nombre o razón social

M.C. Alfonso Maldonado Hernández.

Anexo 3. Documentación del responsable técnico del estudio

I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes o CURP.

RFC: MAHA680126 9M2

CURP: MAHA680126HSPLRL04

I.3.3 Nombre del Responsable técnico del estudio

M.C. Alfonso Maldonado Hernández.

RFC: MAHA680126 9M2

CURP: MAHA680126HSPLRL04

Cédula Profesional 3489842

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I.3.4 Dirección del Responsable técnico del estudio

Río Pánuco No. 215

Col. Zaragoza

Linares, Nuevo León

Tel. Oficina: (821) 212 89 77

Tel. Celular: (821) 104 00 44

Correo electrónico: [email protected]

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CROQUIS DE UBICACIÓN

Nuevo León

Guadalupe, Nuevo León

Guadalupe, Nuevo León

Ubicación del proyecto

Polígono general Escala 1:13800 Área del proyecto

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

II.1 Información del proyecto

II.1.1 Naturaleza del proyecto

El proyecto del Fraccionamiento Habitacional PENÍNSULA, de urbanización inmediata, se

desarrollará en un predio de 62,136.33 m2 ubicado sobre el Camino a Las Escobas, a

aproximadamente 950 m al poniente del cruce con la Av. México, en el municipio de

Guadalupe, Nuevo León.

El terreno colinda al sur con el Río La Silla y al oriente con el Fraccionamiento Habitacional

Riberas de Dos Ríos.

El proyecto (polígono general) fue sometido a evaluación ante la Delegación Federal en

Nuevo León de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a fin de

obtener las Autorizaciones en Materia de Impacto Ambiental y Cambio de Uso de Suelo para

una superficie de 30,000.00 m2 con vegetación nativa (formada por un área de 6,773.865

m2, identificada como Polígono Verde 1; y por un área 23,226.135 m2, identificada cono

Polígono Verde 2).

Sin embargo, las Autorizaciones sólo se otorgaron para la superficie de 6,773.865 m2, a

través de los Oficios Número 139.003.03.403/10 y 139.04.1.-0742(10), respectivamente.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones

La presente Manifestación de Impacto Ambiental se somete a evaluación a fin de obtener la

autorización en la materia para el área de 23,226.135 m2.

En seguida se dará una descripción del proyecto urbanístico del polígono general

(62,136.33 m2) y del área del proyecto (23,226.135 m2).

POLÍGONO GENERAL

El predio cuenta con varias afectaciones (de tipo vial e infraestructura de servicios), que

suman 4,583.55 m2, por lo que el área neta a desarrollar es de 57,552.78 m2:

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Afectación vial por el Camino a Las Escobas, en un área de 544.50 m2; así como

3,321.385 m2 por la Prolongación de la Av. Crispín Treviño (Av. Día del Empresario), la

cual está formada por un área en la esquina noroeste de 321.733 m2 y otra hacia la

parte suroeste de 2,999.652 m2.

Derechos de paso sanitario en un área de 405.25 m2, formada por 4 secciones debido al

paso de infraestructura de drenaje sanitario sobre áreas que no son de vialidad.

Derecho de paso pluvial en un área de 60.00 m2, la cual ocupa una sección que no es

de vialidad, para el flujo del agua de lluvia.

Derecho de paso de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. (SADM) en un

área de 252.415 m2 por el paso de tubería de agua por un área distinta a vialidad (área

de cesión municipal).

El cuadro de áreas del proyecto se presenta a continuación.

Área Superficie (m2)

Total 62,136.33 Afectación por Camino a Las Escobas 544.50 Afectación por Av. Día del Empresario 3,321.385 Afectación por derechos de paso sanitario 405.25 Afectación por derecho de paso pluvial 60.00 Afectación por derecho de paso de tubería de agua 252.415 Neta a desarrollar 57,552.78 Vial 18,952.248 Urbanizable 38,600.532 Vendible 32,188.132 Habitacional 27,021.932 Comercial 5,166.20 Municipal 6,412.40

Notas: ÁREA TOTAL: Área total del predio ÁREA DE AFECTACIÓN: Área afectada por paso de infraestructura ÁREA NETA A DESARROLLAR: Área donde se desarrollará el proyecto (corresponde al área total

menos el área de afectación) ÁREA VIAL: Área destinada a la circulación vial y peatonal ÁREA URBANIZABLE: Comprende el área de cesión municipal y el área vendible ÁREA MUNICIPAL: Área cedida a la autoridad municipal para plazas, parques o jardines ÁREA VENDIBLE: Área que podrá ser enajenada a terceros (habitacional y comercial)

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AREA NETA A DESARROLLAR

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S

N

EW

Afectación vial por Camino a Las Escobas Afectación vial por Av. Día del Empresario Afectación por derechos de paso sanitario Afectación por derecho de paso pluvial Afectación por tubería de agua (SADM) Tubería de agua (SADM)

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17

El área vial proyectada es de 18,952.248 m2; las calles serán de 12 m de sección, con 8 m

para circulación vehicular y banquetas de 2 m. El acceso al fraccionamiento está proyectado

hacia la esquina noroeste del predio; podrá hacerse tanto por el Camino a Las Escobas

como por la Av. Día del Empresario; esta vialidad principal será de 18 m de ancho, con dos

áreas para circulación vehicular, cada una de 6 m, banquetas de 2 m y un camellón central

de 2 m.

Como área urbanizable se tienen 38,600.532 m2; de éstos, 6,412.40 m2 son de área

municipal y 32,188.132 m2 de área vendible.

El área municipal se compone de 8 secciones:

3 secciones tipo parque ubicadas básicamente a lo largo de la colindancia sur del predio.

No forman una sola franja ya que están interrumpidas por derechos de paso de

infraestructura (el área de afectación por la tubería de agua y 1 derecho de paso

sanitario).

Una de estas áreas será conservada en estado natural por su importancia en la

conservación de los servicios ambientales, dada su ubicación con respecto al Río La Silla.

5 secciones son camellones en la vialidad principal del fraccionamiento.

Las superficies que ocupan las áreas verdes son las siguientes:

Área verde (tipo parque)

Superficie (m2)

Área verde (camellón)

Superficie (m2)

1 4,298.281 4 212.213 2 1,080.282 5 261.998 3 369.111 6 63.505 7 63.505 8 63.505

Ver la siguiente figura.

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ÁREAS DE CESIÓN MUNICIPAL EN EL POLÍGONO GENERAL

S

N

EW

18

Área verde

El área vendible comprende 27,021.932 m2 de tipo habitacional, distribuidos en 280 lotes

unifamiliares con superficie tipo de 105.00 m2; así como un área comercial de 5,166.20 m2,

formada por 2 lotes (uno de 4,792.08 m2 y otro de 374.12 m2, ubicados en la parte norte

del terreno, en la colindancia con el Camino a Las Escobas).

Anexo 4. Planos del proyecto - Proyecto urbanístico

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ÁREA DEL PROYECTO

Ocupa una superficie de 23,226.135 m2, dentro del polígono general de 62,136.33 m2.

AREA DEL PROYECTO DENTRO DEL POLÍGONO GENERAL

19

En esta área quedan incluidos los 4 derechos de paso sanitario.

El número de viviendas a construir será de 94 (el 33.5 % del total proyectado).

Polígono general Área del proyecto

S

N

EW

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También incluye las 2 áreas de cesión municipal de mayor superficie con que contará el

fraccionamiento: el área verde 1 (de 4,298.281 m2) y el área verde 2 (de 1,080.282 m2).

AREAS DE CESIÓN MUNICIPAL DENTRO DEL AREA DEL PROYECTO

20

Su ubicación en coordenadas métricas (UTM - Universal Transversal of Mercator, Datum

Norteamericano de 1927) se presenta a continuación:

Área Verde 2

Área Verde 1

S

N

EW

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AREA VERDE 1

21

S

N

EW

18

11

3 6

12

16

17

1 2

415

10 9

137

8

14

5

Vértice X Y 1 381674 2840195 2 381689 2840192 3 381689 2840185 4 381756 2840129 5 381786 2840161 6 381779 2840175 7 381823 2840238 8 381859 2840268 9 381890 2840285

Vértice X Y 10 381902 2840296 11 381915 2840299 12 381919 2840287 13 381839 2840244 14 381803 2840189 15 381795 2840142 16 381772 2840111 17 381720 2840133 18 381671 2840184

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AREA VERDE 2

22

S

N

EW

3

1 2

4

Vértice X Y 1 381692 2840264 2 381708 2840270 3 381690 2840196 4 381676 2840200

La ubicación y características de la vegetación existente en el área de cesión municipal 1,

proporciona una variedad de servicios ambientales como amortiguar el impacto de los

fenómenos naturales, la modulación climática, la protección, conservación y recuperación

del suelo, dada la cercanía del Río La Silla. Por lo anterior, fue definida como corredor

biológico; corresponde a una franja a lo largo del límite sur del terreno, paralela al Río; esta

área verde no será urbanizada, por lo que no estará sujeta al cambio de uso de suelo, es

decir, no será objeto de remoción de vegetación ya que se conservará en estado natural.

De acuerdo con la cartografía del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en

el área del proyecto (23,226.135 m2), se presenta vegetación nativa (Matorral Submontano).

Actualmente, en la parte norte del área se tiene una franja de 5,842.784 m2 con vegetación

herbácea (pastizal); existe una superficie de 13,085.07 m2 compuesta por Matorral

Submontano de tipo secundario, en proceso de degradación (colinda con la vegetación

herbácea), para la cual se solicita el Cambio de Uso de Suelo; además de la franja de

vegetación a lo largo de la colindancia sur (corredor biológico), compuesta por Matorral

Submontano y que ocupa 4,298.281 m2.

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23

Las especies características del pastizal son Chloris sp., Pennisetum ciliare, Rhynchelytrum

repens y Helianthus annuus.

En el área de vegetación secundaria de Matorral submontano, en proceso de degradación,

se tienen especies como Eysenhardtia texana, Ebenopsis ebano, Celtis pallida y Prosopis

glandulosa.

Las especies características en el área del corredor biológico (Matorral Submontano) son

Ebenopsis ebano, Cordia boissieri, Eysenhardtia texana, Celtis pallida.

En la siguiente página se muestra la zonificación de la vegetación en el área del proyecto.

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24

ZONIFICACIÓN DE LA VEGETACIÓN EN EL ÁREA DEL PROYECTO

La ubicación del polígono del Cambio de Uso de Suelo en coordenadas métricas ((UTM, NAD

27, Zona 14), se muestra a continuación.

Vegetación herbácea 5,842.784 m2 No solicitada para Cambio de Uso de Suelo Vegetación secundaria de Matorral Submontano en proceso de degradación 13,085.07 m2 Solicitada para Cambio de Uso de Suelo Vegetación nativa de Matorral Submontano (área de corredor biológico) 4,298.281 m2

No solicitada para Cambio de Uso de Suelo

S

N

EW

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25

UBICACIÓN DEL POLÍGONO PARA CAMBIO DE USO DE SUELO (VEGETACIÓN SECUNDARIA DE MATORRAL SUBMONTANO EN PROCESO DE DEGRADACIÓN)

|

Vértice X Y 1 381675 2840195 2 381693 2840254 3 381701 2840263 4 381707 2840256 5 3817048 2840229 6 381754 2840231 7 381770 2840225 8 381778 2840240 9 381781 2840242

10 381794 2840238 11 381799 2840230 12 381804 2840233 13 381804 2840240 14 381804 2840805

Vértice X Y 15 381814 2840283 16 381833 2840299 17 381837 2840300 18 381848 2840294 19 381877 2840286 20 381887 2840283 21 381858 2840267 22 381823 2840238 23 381779 2840175 24 381786 2840161 25 381756 2840129 26 381689 2840185 27 381689 2840192

S

N

EW

Vegetación secundaria (solicitada para cambio de uso de suelo) Vegetación nativa (no solicitada para cambio de uso de suelo) Vegetación herbácea (no solicitada para cambio de uso de suelo

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Los polígonos no solicitados para Cambio de Uso de Suelo corresponden al área del

corredor biológico (vegetación nativa que se mantendrá en estado natural, debido a su

importancia en la prestación de servicios ambientales) y al área de pastizal (vegetación no

nativa). Su ubicación se muestra a continuación.

CORREDOR BIOLÓGICO - POLÍGONO NO SUJETO A CAMBIO DE USO DE SUELO

26

S

N

EW

18

11

3 6

12

16

17

1 2

415

10 9

137

8

14

5

Vértice X Y 1 381674 2840195 2 381689 2840192 3 381689 2840185 4 381756 2840129 5 381786 2840161 6 381779 2840175 7 381823 2840238 8 381859 2840268 9 381890 2840285

Vértice X Y 10 381902 2840296 11 381915 2840299 12 381919 2840287 13 381839 2840244 14 381803 2840189 15 381795 2840142 16 381772 2840111 17 381720 2840133 18 381671 2840184

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27

Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Particular Fraccionamiento Habitacional Península, ubicado en el municipio de Guadalupe, N. L.

S

N

EW

ÁREA DE PASTIZAL - POLÍGONO NO SUJETO A CAMBIO DE USO DE SUELO.

Vértice X Y 1 381685 2840239 2 381693 2840254 3 381709 2840270 4 381774 2840254 5 381833 2840314 6 381907 2840337 7 381915 2840299 8 381902 2840295 9 381887 2840283

10 381877 2840286 11 381848 2840294 12 381837 2840300 13 381833 2840299 14 381814 2840283 15 381804 2840805 16 381804 2840240 17 381804 2840233 18 381799 2840230 19 381794 2840238 20 381781 2840242 21 381778 2840240 22 381770 2840225 23 381754 2840231 24 381704 2840229 25 381707 2840256 26 381701 2840263 27 381693 2840254

1

2

4

3

5

7

6

8

9

10

11

14

12

15

13

20 16 19

18 17

21

25

22 24

23

26

27

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28

El día 6 de julio de 2010, a solicitud de los promoventes, el Licenciado Eduardo Adolfo

Manautou Ayala, Notario Público Titular de la Notaría Pública Número 123, con ejercicio en

el Primer Distrito Registral en el Estado, realizó una Fe de Hechos mediante su

comparecencia en el terreno, con el fin de constatar los puntos de las crecidas máximas del

Río La Silla debido al paso del Huracán Alex por la región.

El Notario verificó los límites de propiedad del predio, así como los puntos establecidos por

CNA en la delimitación federal del Río y las crecientes máximas de éste, lo cual coincide con

el levantamiento topográfico realizado por el Arquitecto José Arnoldo Vargas Fuentes;

además se tomaron fotografías sobre los límites de propiedad del terreno.

De acuerdo con el levantamiento topográfico a que se hace referencia, la crecida máxima

del Río La Silla está a una distancia promedio de 11.5 m del límite sur del terreno, que

corresponde al área de afectación de CNA.

Anexo 1. Documentación legal del terreno - Fe de Hechos

Ver la siguiente figura.

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CRECIDA MAXIMA DEL RIO LA SILLA DURANTE EL HURACÁN ALEX

29

S

N

EW

Nivel de agua máximo

Vértice Distancia a crecida máxima

11 8.5 m 12 6.5 m 13 5.2 m 14 6.5 m 15 15.0 m 16 22.2 m 17 19.6 m 18 8.5 m

Se estima que el proyecto se realizará a lo largo de 4 años, que incluyen 2 años para la

preparación del sitio (remoción de la vegetación); las actividades iniciarán al contar con las

autorizaciones en materia de Impacto Ambiental y Cambio de Uso de Suelo por parte de

SEMARNAT, además de las autorizaciones municipales y estatales correspondientes.

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Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Particular Fraccionamiento Habitacional Península, ubicado en el municipio de Guadalupe, N. L.

30

De acuerdo con el actual Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Guadalupe, Nuevo

León, 2005 - 2025, el uso de suelo en el área de 23,226.135 m2 está definido como

Habitacional Popular (H3). Colinda al poniente con un Corredor Urbano Intenso (CUI), que

corresponde a la futura Prolongación de la Av. Crispín Treviño; al sur colinda con un Area

de Preservación Ecológica (Río La Silla).

En el área Habitacional Popular se permite el uso de suelo habitacional unifamiliar y

departamental, usos comerciales y de servicios complementarios y compatibles a la vivienda,

son zonas donde se establecen programas de vivienda de interés social. Por lo anterior, el

proyecto es compatible con el uso planteado ya que corresponde a un desarrollo

habitacional.

Anexo 5. Planes de desarrollo urbano - Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de

Guadalupe, N. L., 2005 - 2025

Se cuenta con la Factibilidad de Urbanización, Lineamientos Generales de Diseño Urbano y

Autorización del Proyecto Urbanístico para el desarrollo de un fraccionamiento habitacional

en el polígono general (62,136.33 m2), otorgada por la Autoridad municipal a través del

Centro de Desarrollo Urbano y Ecología, mediante el Oficio Número CDUE/185/09 F,

Expediente Número DUF1-2/015/2009.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones - Factibilidad de uso de suelo municipal

II.1.2 Selección del sitio

Para la selección del sitio se consideró la existencia de vías de comunicación al terreno y el

uso de suelo marcado en el actual Plan de Desarrollo Urbano del Municipio.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización

El plano topográfico del terreno se muestra en el Anexo 4.

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El predio del fraccionamiento está en Guadalupe, Nuevo León; colinda al norte con el

Camino a Las Escobas, ubicándose a aproximadamente 950 metros al poniente de su cruce

con la Av. México; colinda al este con el Fraccionamiento Riberas de Dos Ríos y al sur con el

Río La Silla.

El área de 23,226.135 m2 colinda al sur con el Río La Silla; se encuentra a

aproximadamente 200 m al sur del Camino a Las Escobas, en línea recta sobre la

colindancia este.

31

UBICACIÓN DEL POLÍGONO GENERAL Y DEL ÁREA DEL PROYECTO

S

N

EW

Polígono general Área del proyecto

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UBICACIÓN DEL ÁREA DEL PROYECTO EN COORDENADAS MÉTRICAS

32

II.1.4 Inversión requerida

Reportar el importe total del capital total requerido para el proyecto

Se tiene una inversión estimada de $ 6,000,000.00 (Seis Millones de Pesos 00/100 M.N.)

para el desarrollo del fraccionamiento (incluye la urbanización del terreno, implementación

de medidas de mitigación y los pagos de trámites y permisos correspondientes).

1

2

3

4

5

S

N

EW

6

7

9

10

11

8

Corredor biológico

Vértice X Y 1 381671 2840184 2 381694 2840270 3 381774 2840254 4 381833 2840314 5 381907 2840337 6 381919 2840287 7 381839 2840244 8 381803 2840189 9 381795 2840142

10 381772 2840111 11 381720 2840133

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33

Especificar los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y

mitigación.

El costo estimado de la aplicación de medidas de prevención y/o mitigación en la Etapa de

Preparación del Sitio es de $ 462,600.00; incluye la elaboración de varios estudios

(Mecánica de Suelos, Hidrológico-Hidráulico, Impacto Vial, Impacto Ambiental y Cambio de

Uso de Suelo); el rescate de flora y fauna del sitio, el mantenimiento del área definida como

corredor biológico, la reforestación del terreno (introducción de pasto en las áreas verdes

para evitar la pérdida de suelo por erosión, el sembrado de árboles en las áreas verdes

aproximadamente cada 50 m2 y la conservación de algunos ejemplares en las mismas, así

como el plantado de 1 árbol en cada vivienda), además de la infraestructura (sistema de

riego) y mantenimiento (mano de obra) hasta la entrega del fraccionamiento al municipio.

Medidas de prevención y/o mitigación Costo ($) Estudios previos 215,000.00 Estudio de Mecánica de Suelos 50,000.00 Estudio de Impacto Vial 35,000.00 Manifestación de Impacto Ambiental (general, particular) 70,000.00 Estudio Técnico Justificativo 30,000.00 Estudio Hidrológico – Hidráulico 30,000.00 Preparación del sitio 247,600.00 Rescate y reubicación de flora y fauna silvestres 30,000.00 Remoción de vegetación forestal 20,000.00 Conservación de algunos ejemplares en áreas verdes 8,000.00 Retiro de restos vegetales 10,000.00 Riego de áreas para evitar polvos 20,000.00 Introducción de pasto en áreas verdes 8,000.00 Sembrado de árboles en áreas verdes 12,600.00 Sembrado de 1 árbol en cada vivienda 84,000.00 Sistema de riego 15,000.00 Mantenimiento a áreas verdes 10,000.00 Mantenimiento a corredor biológico 30,000.00

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34

II.1.5 Dimensiones del proyecto

Especifique la superficie total requerida para el proyecto, desglosándola de la

siguiente manera:

a) Superficie total del predio (en m2).

El polígono general del fraccionamiento tiene una superficie total de 62,136.33 m2;

sin embargo, el área que se somete a evaluación para obtener la autorización en

materia de Impacto Ambiental es de 23,226.135 m2.

b) Superficie a afectar (en m2) con respecto a la cobertura vegetal del área

del proyecto, por tipo de comunidad vegetal existente en el predio (selva,

manglar, tular, bosque, etc.). Indicar, para cada caso su relación (en

porcentaje), respecto a la superficie total del proyecto.

La vegetación en el área del proyecto (23,226.135 m2) se compone como sigue:

Vegetación nativa (Matorral Submontano) presente en el área definida como

corredor biológico (4,298.281 m2); representa el 18.5 % del área del proyecto.

Será conservada en estado natural.

Vegetación herbácea (Pastizal), en una superficie de 5,842.784 m2 (el 25.1 %

del área del proyecto). Será objeto de remoción.

Vegetación secundaria (Matorral Submontano), en proceso de degradación,

presente en 13,085.07 m2 (el 56.3 % del área del proyecto). Será objeto de

remoción y es para esta superficie que se solicita el Cambio de Uso de suelo.

c) Superficie (en m2) para obras permanentes. Indicar su relación (en

porcentaje), respecto a la superficie total.

Dado el tipo de obras a realizar (de tipo habitacional), la mayor parte del predio del

fraccionamiento será para obras permanentes:

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35

Área Superficie (m2) Porcentaje* Área de afectación vial 3,865.885 6.22 Área vial 18,952.248 30.50 Área habitacional 27,021.932 43.49 Área comercial 5,166.2 8.31 Total para obras permanentes 51,140.38 82.30

Nota: * Porcentaje respecto a la superficie total del predio (62,136.33 m2).

No se consideraron el área de cesión municipal (6,412.40 m2 que representa el

10.32 % del total del terreno), ni los derechos de paso sanitario, pluvial y de la

tubería de agua (que en suma representan 717.665 m2, equivalente al 1.15 % del

terreno).

En el área del proyecto (23,226.135 m2) quedan incluidos 94 lotes habitacionales (el

33.5 % del total para el fraccionamiento).

d) Superficie(s) del predio(s), de acuerdo con la siguiente clasificación:

Conservación y aprovechamiento restringido, producción, restauración y

otros usos, además considerar las dimensiones del proyecto, de acuerdo

con las siguientes variantes:

De la superficie del proyecto (23,226.135 m2), el área definida como corredor

biológico (4,298.281 m2), será conservada en estado natural.

La superficie restante (18,927.854 m2), será objeto de remoción de la vegetación;

de ésta, 5,842.784 m2 cuentan con vegetación no nativa de tipo herbácea (Pastizal),

además de 13,085.07 m2 con Matorral Submontano de tipo secundario, en proceso

de degradación, para el cual se solicita el Cambio de Uso de Suelo por ser

vegetación forestal.

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Si el proyecto se encuentra dentro de un solo predio se deberá indicar el

área del proyecto y área total, en caso de estar inmerso en un predio

mayor.

El proyecto objeto de esta Manifestación de Impacto Ambiental (23,226.135 m2), se

desarrollará en un solo predio (con superficie total de 62,136.33 m2).

Si el proyecto se encuentra dentro de un conjunto predial se mencionarán

las superficies totales del conjunto predial y/o de cada predio, además,

especificar el tipo de superficie en hectáreas y el porcentaje de las mismas,

de acuerdo a la siguiente tabla:

El proyecto no forma parte de un conjunto predial.

Clasificación de superficies para proyectos que requieran cambio de uso de suelo

Zonas Clasificaciones Superficie (ha) %

Áreas Naturales Protegidas Superficies arriba de los 3,000 msnm Superficies con pendientes mayores al 100 % o 45° Superficies con vegetación de Manglar o Bosque mesófilo de montaña

Zonas de conserva-ción y aprovecha-miento restringido Superficie con vegetación de galería

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal de productividad maderable Media,

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal de productividad maderable baja

Terrenos con vegetación forestal de zonas áridas

Zona de producción

Terrenos adecuados para realizar forestaciones Terrenos con degradación alta Terrenos con degradación media 1.30 56.3** Terrenos con degradación baja

Zonas de restaura-ción

Terrenos degradados que ya estén sometidos a tratamientos de recuperación y regeneración

Nota: ** Porcentaje respecto al área del proyecto (23,226.135 m2).

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37

II.1.6 Uso actual de suelo

Uso común o regular del suelo.

El área del proyecto no tiene uso por parte del propietario; presenta vegetación nativa en el

18.5 % de su superficie, que corresponde al área de corredor biológico, mismo que se

conservará en estado natural; está ubicado a lo largo de la colindancia sur. Al norte de esta

franja existe vegetación secundaria de Matorral Submontano, en proceso de degradación;

ocupa un área 13,085.07 m2, que es la solicitada para el Cambio de Uso de Suelo. Se tienen

también 5,842.784 m2 con vegetación herbácea (Pastizal).

Anexo 8. Fotografías – Fotografías del terreno.

Actualmente, existen algunas construcciones en la parte norte del polígono general, donde

se lleva a cabo el resguardo de algunas vacas y caballos, además de una casa habitación de

los cuidadores. En los recorridos de campo se observó que el ganado se alimenta en toda la

superficie del terreno (polígono general).

El polígono general está parcialmente cercado (no existe cerca sobre la colindancia sur).

La cartografía del INEGI señala los siguientes usos en el predio:

Uso agrícola

Está zonificado como apto para la agricultura manual estacional.

Uso forestal

Forma parte de un área con uso forestal de consumo doméstico.

Uso pecuario

Corresponde a terrenos aptos para el desarrollo de praderas cultivadas con vegetación

natural diferente al pastizal.

Ver la figura en la siguiente página.

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POSIBILIDADES DE USO AGRICOLA, FORESTAL Y PECUARIO

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Indicar en caso de que el proyecto se localice en alguna condición especial como

son las zonas de atención prioritaria.

39

De acuerdo con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad

(CONABIO), el área del proyecto no forma parte de alguna área o región prioritaria: Áreas

de Importancia para la Conservación de las Aves (AICA´s), Regiones Terrestres Prioritarias

(RTP’s), Regiones Hidrológicas Prioritarias (RHP´s).

En la siguiente figura se muestra la ubicación del área del proyecto dentro del municipio, y

posteriormente respecto a estas áreas prioritarias.

UBICACIÓN DEL PROYECTO

Ubicación del proyecto

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ÁREAS DE IMPORTANCIA PARA LA CONSERVACIÓN DE LAS AVES (AICA´S),

40

Ubicación del predio

El AICA más cercana al predio es la denominada Sierra de Arteaga (69), dentro de los

Estados de Nuevo León y Coahuila; esta área contiene el Parque Nacional Cumbres de

Monterrey, cuya delimitación no incluye el municipio de Guadalupe, N. L., donde se ubica el

área del proyecto.

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REGIONES TERRESTRES PRIORITARIAS (RTP’S)

41

Ubicación del predio

La RTP más cercana al sitio del proyecto es la 81 (El Potosí – Cumbres de Monterrey), la

cual se encuentra en los siguientes municipios de los Estados de Nuevo León y Coahuila:

Allende, Arteaga, Cadereyta Jiménez, Galeana, García, Guadalupe, Juárez, Montemorelos,

Monterrey, Pesquería, Ramos Arizpe, Rayones, San Pedro Garza, García, Santa Catarina,

Santiago; sin embargo, el área del proyecto está fuera de esta Región.

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REGIONES HIDROLÓGICAS PRIORITARIAS (RHP´S)

42

Ubicación del predio

Las RHP dentro del Estado de Nuevo León se encuentran en Monterrey, San Pedro Garza

García, Santa Catarina (dentro de la RHP 52), así como Cadereyta Jiménez, Doctor Coss,

Los Herreras, China, Los Ramones, Mier, Parás (dentro de la RHP 53), como principales

poblados.

El área del proyecto no forma parte de ninguna de estas Regiones.

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II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos.

El área del proyecto forma parte de un polígono general ubicado sobre el Camino a Las

Escobas (vialidad de terracería), a aproximadamente 950 metros al oeste de su cruce con la

Av. México; el terreno colinda al sur con el Río La Silla y al este con el Fraccionamiento

Habitacional Riberas de Dos Ríos.

Actualmente, la sección del Camino a Las Escobas colindante al polígono general está

invadida por basura doméstica y escombros; estos residuos son depositados en el sitio por

carretoneros.

Se requerirán los servicios públicos básicos de agua potable, drenaje sanitario, electricidad

para el fraccionamiento.

Este proyecto es de urbanización inmediata; el promovente subcontratará a empresas que

desarrollen la instalación de la infraestructura de los servicios básicos, de acuerdo a lo

indicado por los organismos operadores; la operación y mantenimiento de los mismos

estará a cargo de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., Comisión Federal de

Electricidad, entre los principales.

Se cuenta con la factibilidad del servicio de agua potable y drenaje sanitario, otorgado a

través del Oficio Número 747-R.10.3-B/2008.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones – Factibilidad de servicios públicos

II.2 Características particulares del proyecto

II.2.1 Programa general de trabajo

Se estima que la realización del proyecto se hará a lo largo de 4 años.

El programa de trabajo se muestra en la siguiente página.

La adquisición del terreno, levantamiento topográfico y elaboración del proyecto son

actividades que se realizaron de manera previa a este estudio.

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Tiempo (tetramestres) Actividades 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Preparación del sitio Adquisición del terreno ← Levantamiento topográfico ← Elaboración del proyecto ← Trámites y permisos ← Acarreo de maquinaria y equipo Instalación de obras de apoyo Trazo del proyecto Rescate/reubicación de flora y fauna Remoción de la vegetación Retiro de residuos Construcción Nivelación y compactación Acarreos de materiales Excavaciones Introducción de servicios Guarniciones y banquetas Pavimentación y señalización Construcción de viviendas Habilitación de áreas verdes Limpieza y retiro de residuos

II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete

Tipos de vegetación que serán afectados.

La cartografía del INEGI señala que en el área del proyecto se presentaba Matorral

Submontano.

Actualmente, en la parte norte del área se tiene una franja de 5,842.784 m2 con vegetación

herbácea (Pastizal), no nativa; existe una superficie de 13,085.07 m2 compuesta por

Matorral Submontano de tipo secundario, en proceso de degradación, para la cual se

solicita el Cambio de Uso de Suelo; además de la franja de vegetación a lo largo de la

colindancia sur (corredor biológico), compuesta por Matorral Submontano y que ocupa

4,298.281 m2.

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Las especies características del pastizal son Chloris sp., Pennisetum ciliare, Rhynchelytrum

repens y Helianthus annuus.

En el área de vegetación secundaria de Matorral submontano, en proceso de degradación,

se tienen especies como Eysenhardtia texana, Ebenopsis ebano, Celtis pallida y Prosopis

glandulosa.

Las especies características en el área del corredor biológico (Matorral Submontano) son

Ebenopsis ebano, Cordia boissieri, Eysenhardtia texana, Celtis pallida.

Se realizó un levantamiento de los árboles en el área de corredor biológico; se registraron

las siguientes especies:

Especie Ejemplares Celtis laevigata 1 Celtis pallida 8 Cordia boissieri 13 Ebenopsis ebano 27 Ehretia anacua 1 Eysenhardtia texana 10 Prosopis glandulosa 1

En la siguiente tabla se muestran los resultados obtenidos, así como un gráfico con su

ubicación.

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LEVANTAMIENTO DE LOS ÁRBOLES EN EL ÁREA DEL CORREDOR BIOLÓGICO (NO SUJETO A CAMBIO DE USO DE SUELO)

Ubicación (UTM) No. Especie Diámetro

basal (cm) Altura del fuste (m)

Diámetro a la altura del pecho (cm)

Altura total (m)

Cobertura (m) X Y

Celtis laevigata 4.50 3.0 Rama 1 3.0 1.20 3.0 Rama 2 4.0 1.0 3.50

1

Rama 3 4.50 2.20 3.50

381703 2840164

Celtis pallida 6.50 5.0 2 Rama 1 36.0 0.20 20.0 381728 2840135

Celtis pallida 3.0 2.50 3 Rama 1 9.0 0.08 - 381733 2840134

Celtis pallida 6.80 5.0 4 Rama 1 22.0 0.30 - 381709 2840155

Celtis pallida 3.80 2.50 5 Rama 1 6.0 0.40 - 381739 2840129

Celtis pallida 3.50 2.0 6 Rama 1 4.0 1.70 3.0 381691 2840178

Celtis pallida 3.10 2.0 7 Rama 1 6.0 1.40 8.0 381742 2840130

Celtis pallida 2.60 1.50 8 Rama 1 7.0 1.60 6.0 381795 2840187

Celtis pallida 3.50 2.10 9 Rama 1 3.0 0.35 - 381799 2840199

Cordia boissieri 4.0 5.0 10 Rama 1 22.0 0.25 - 381869 2840267

Cordia boissieri 4.80 3.0 11 Rama 1 7.0 2.0 6.0 381848 2840253

Cordia boissieri 5.60 4.80 12 Rama 1 17.0 0.12 - 381907 2840284

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Ubicación (UTM) No. Especie Diámetro

basal (cm) Altura del fuste (m)

Diámetro a la altura del pecho (cm)

Altura total (m)

Cobertura (m) X Y

Cordia boissieri 3.70 4.0 13 Rama 1 10.0 0.80 -

381682 2840192

Cordia boissieri 2.70 1.50 14 Rama 1 6.0 0.50 - 381813 2840211

Cordia boissieri 2.50 2.20 Rama 1 4.0 1.0 3.50 15 Rama 2 3.0 1.10 3.0

381784 2840176

Cordia boissieri 4.0 3.0 16 Rama 1 8.0 1.80 6.0 381793 2840192

Cordia boissieri 3.80 5.10 17 Rama 1 26.0 0.15 - 381865 2840264

Cordia boissieri 2.50 2.0 18 Rama 1 9.0 0.80 - 381690 2840173

Cordia boissieri 3.80 4.50 19 Rama 1 10.0 1.40 8.0 381713 2840149

Cordia boissieri 4.10 3.0 Rama 1 7.0 0.50 - 20 Rama 2 2.50 1.80 2.0

381762 2840123

Cordia boissieri 6.0 4.90 21 Rama 1 22.0 0.20 - 3817893 2840280

Cordia boissieri 3.80 4.0 22 Rama 1 19.0 0.10 - 381810 2840205

Ebenopsis ebano 3.50 1.50 23 Rama 1 7.0 1.30 6.50 3818783 2840180

Ebenopsis ebano 5.0 3.50 24 Rama 1 7.0 1.40 5.0 381785 2840174

Ebenopsis ebano 5.50 4.9 25 Rama 1 26.0 0.15 - 381792 2840182

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Ubicación (UTM) No. Especie Diámetro

basal (cm) Altura del fuste (m)

Diámetro a la altura del pecho (cm)

Altura total (m)

Cobertura (m) X Y

Ebenopsis ebano 6.10 5.50 26 Rama 1 25.0 0.15 -

381786 2840191

Ebenopsis ebano 4.90 4.30 27 Rama 1 26.0 0.50 - 381794 2840191

Ebenopsis ebano 6.90 6.0 28 Rama 1 21.0 0.30 - 381797 2840201

Ebenopsis ebano 6.70 5.0 29 Rama 1 17.0 0.40 - 381799 2840175

Ebenopsis ebano 7.0 6.0 30 Rama 1 10.0 1.0 - 381793 2840167

Ebenopsis ebano 5.10 4.50 31 Rama 1 8.0 0.50 - 381841 2840251

Ebenopsis ebano 7.0 6.50 32 Rama 1 11.0 0.90 - 381876 2840276

Ebenopsis ebano 6.10 5.0 33 Rama 1 18.0 1.50 16.0 381820 2840228

Ebenopsis ebano 5.70 4.70 34 Rama 1 22.0 1.50 18.0 381804 2840199

Ebenopsis ebano 3.90 3.50 Rama 1 8.0 1.40 7.0 35 Rama 2 7.0 1.30 5.0

381688 2840185

Ebenopsis ebano 5.0 3.50 36 Rama 1 16.0 1.60 12.0 381789 2840156

Ebenopsis ebano 6.90 7.0 37 Rama 1 40.0 0.10 - 381800 2840183

Ebenopsis ebano 6.20 4.0 38 Rama 1 19.0 0.50 - 381781 2840141

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Ubicación (UTM) No. Especie Diámetro

basal (cm) Altura del fuste (m)

Diámetro a la altura del pecho (cm)

Altura total (m)

Cobertura (m) X Y

Ebenopsis ebano 4.20 3.0 39 Rama 1 6.0 1.50 5.0

381753 2840126

Ebenopsis ebano 3.80 3.0 40 Rama 1 9.0 0.60 - 381817 2840218

Ebenopsis ebano 5.80 4.0 41 Rama 1 22.0 0.60 - 381883 2840273

Ebenopsis ebano 4.60 2.50 42 Rama 1 5.0 2.0 4.50 381785 2840142

Ebenopsis ebano 6.30 4.0 43 Rama 1 14.0 0.35 - 381701 2840168

Ebenopsis ebano 4.10 2.60 44 Rama 1 7.0 1.70 6.0 381833 2840238

Ebenopsis ebano 3.70 2.50 45 Rama 1 16.0 0.70 - 381858 2840259

Ebenopsis ebano 5.30 4.0 Rama 1 6.0 0.80 - Rama 2 4.0 0.40 - Rama 3 5.0 0.60 - Rama 4 2.0 0.40 -

46

Rama 5 2.0 0.50 -

381905 2840284

Ebenopsis ebano 3.10 2.0 47 Rama 1 3.50 1.70 3.0 381709 2840158

Ebenopsis ebano 4.50 3.60 48 Rama 1 3.0 2.0 2.50 381686 2840182

Ebenopsis ebano 5.20 3.50 49 Rama 1 12.0 1.90 10.0 381852 2840257

Ehretia anacua 4.20 2.50 50 Rama 1 15.0 0.10 381873 2840266

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Ubicación (UTM) No. Especie Diámetro

basal (cm) Altura del fuste (m)

Diámetro a la altura del pecho (cm)

Altura total (m)

Cobertura (m) X Y

Eysenhardtia texana 5.60 3.50 Rama 1 10.0 1.80 8.0 Rama 2 4.0 0.20 Rama 3 3.0 0.60

51

Rama 4 2.0 0.80

381718 2840148

Eysenhardtia texana 5.20 4.50 52 Rama 1 5.0 1.0 - 381701 2840159

Eysenhardtia texana 3.50 1.0 53 Rama 1 3.0 2.0 2.50 381698 2840169

Eysenhardtia texana 3.80 2.20 Rama 1 2.0 1.30 2.0 54 Rama 2 3.0 1.50 2.50

381693 2840172

Eysenhardtia texana 55 Rama 1 381707 2840162

Eysenhardtia texana 3.70 2.50 Rama 1 4.0 1.50 3.0 Rama 2 3.0 1.40 3.0

56

Rama 3 3.0 0.80 -

381780 2840133

Eysenhardtia texana 3.0 1.80 57 Rama 1 7.0 0.20 - 381773 2840122

Eysenhardtia texana 3.80 2.0 58 Rama 1 6.0 1.80 5.0 381725 2840143

Eysenhardtia texana 4.50 3.0 59 Rama 1 4.0 0.20 - 381688 2840176

Eysenhardtia texana 3.40 2.10 60 Rama 1 5.0 1.80 4.0 381678 2840183

Prosopis glandulosa 5.0 3.50 61 Rama 1 15.0 0.12 - 381714 2840158

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LEVANTAMIENTO FORESTAL DEL CORREDOR BIOLÓGICO

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100 0 100 200 300 Meters

381650

381650

381700

381700

381750

381750

381800

381800

381850

381850

381900

381900

381950

381950

382000

382000

2840100 2840100

2840150 2840150

2840200 2840200

2840250 2840250

28403002840300

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A continuación se presenta un listado general de especies vegetales observadas en el predio.

Especie Nombre Común Acacia farnesiana Huizache Acacia greggii Uña de gato Acacia rigidula Chaparro prieto Celtis laevigata Palo blanco Celtis pallida Granjeno Clematis drummondii Barbas de chivo Chloris sp. Cordia boissieri Anacahuita Ebenopsis ebano Ebano Ehretia anacua Anacua Eysenhardtia texana Vara dulce Gymnosperma glutinosum Tatalencho Helianthus annuus Girasol Heliopis sp. Lantana camara Lantana Leucophyllum frutescens Cenizo Opuntia engelmannii Nopal Pennisetum ciliare Zacate buffel Phyla incisa Prosopis glandulosa Mezquite Ricinus communis Higuerilla Rhynchelytrum repens Zacate reosado Schaefferia cuneifolia Panalero Solanum elaeagnifolium Verbena neomexicana Yucca filifera Palma china Zanthoxylum fagara Colima

ANÁLISIS DE LA VEGETACIÓN

Para obtener datos numéricos de la vegetación en el área del Cambio de Uso de Suelo, se

empleó el Método del Cuadrante; se trazaron dos cuadrantes de 10 x 10 m, obteniéndose

un área total de 100 m2 en cada uno.

Se tomaron datos como diámetro basal, altura total y diámetro de copa de los ejemplares

del estrato superior; en el caso de los individuos multitallo se midió el largo de rama.

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UBICACIÓN DE LOS SITIOS DE MUESTREO DE VEGETACIÓN

53

Los datos de campo son los siguientes:

#

#1

2

Cuadrante X Y 1 381767 2840212 2 381818 2840275

S

N

EW

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Cuadrante 1.

Ubicación: 381767 E, 2840212 N

Estrato Superior

Especie Diámetro basal (cm)

Largo de rama (m)

Altura total (m)

Diámetro de copa (m)

Ebenopsis ebano 1.60 0.80 Rama 1 1.50 1.0 Eysenhardtia texana 3.50 2.0 Rama 1 7.0 0.40 Eysenhardtia texana 2.20 1.20 Rama 1 6.0 0.05 Eysenhardtia texana 2.10 1.80 Rama 1 8.0 0.06 Eysenhardtia texana 3.30 2.50 Rama 1 4.0 1.50 Rama 2 3.0 1.65 Rama 3 4.0 1.20 Rama 4 3.0 1.50 Rama 5 2.0 1.40 Rama 6 3.0 1.30 Eysenhardtia texana 3.50 3.0 Rama 1 12.0 0.20 Eysenhardtia texana 2.50 2.0 Rama 1 9.0 1.70 Eysenhardtia texana 2.80 2.20 Rama 1 2.0 0.60 Rama 2 1.50 0.35 Rama 3 3.50 1.0 Rama 4 2.50 0.40 Rama 5 2.0 0.90 Rama 6 1.50 1.10 Rama 7 1.0 0.20 Rama 8 2.0 0.65

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Cuadrante 2.

Ubicación: 381818 E, 2840275 N

Estrato Superior

Especie Diámetro basal (cm)

Largo de rama (m)

Altura total (m)

Diámetro de copa (m)

Celtis pallida 2.80 1.50 Rama 1 4.0 0.20 Celtis pallida 4.0 2.0 Rama 1 8.0 2.50 Celtis pallida 5.0 2.50 Rama 1 12.0 2.0 Ebenopsis ebano 3.50 2.80 Rama 1 1.0 1.0 Rama 2 2.0 0.50 Rama 3 3.50 0.60 Rama 4 3.0 0.40 Rama 5 2.0 1.20 Ebenopsis ebano 3.50 1.0 Rama 1 7.0 1.90 Ebenopsis ebano 3.20 2.0 Rama 1 6.0 0.10 Ebenopsis ebano 2.60 2.0 Rama 1 5.8 1.0 Rama 2 6.0 0.40 Eysenhardtia texana 3.0 1.50 Rama 1 2.0 1.20 Eysenhardtia texana 2.10 1.20 Rama 1 2.0 1.10 Eysenhardtia texana 3.40 2.50 Rama 1 4.0 1.0 Rama 2 3.50 0.65 Rama 3 4.50 0.35 Eysenhardtia texana 3.20 3.0 Rama 1 7.0 1.50 Prosopis glandulosa 4.50 2.50 Rama 1 30.0 0.35

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Para el análisis de la vegetación se utilizaron variables como Área basal, Densidad,

Dominancia y Frecuencia; con los valores relativos de los tres últimos se obtuvo el Valor de

Importancia, el cual revela la importancia ecológica relativa de cada especie en una

comunidad vegetal. El Área basal fue medida para obtener el valor de dominancia.

Las fórmulas utilizadas son las siguientes:

N = Número de individuos

56

Área basal = Diámetro basal X 3.1416 2

2

Área = Suma de áreas basales de los individuos de una especie Densidad = Número de individuos de una especie Área muestreada Densidad relativa = Densidad X 100 Densidad total Dominancia = Área basal de la especie Área muestreada Dominancia relativa = Dominancia X 100 Dominancia total Frecuencia = Número de individuos de una especie Suma de los individuos de todas las especies Frecuencia relativa = Frecuencia X 100 Frecuencia total Valor de importancia = Densidad relativa+Dominancia relativa+Frecuencia relativa 3 (para un 100%)

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57

Resultados

VEGETACIÓN SECUNDARIA DE MATORRAL SUBMONTANO EN PROCESO DE DEGRADACIÓN

En la siguiente tabla se muestra la cantidad de ejemplares registrados en el estrato superior

de los cuadrantes realizados.

Especie C1 C2 Total Celtis pallida 3 3 Ebenopsis ebano 1 4 5 Eysenhardtia texana 7 4 11 Prosopis glandulosa 1 1

Total 8 12 20

Se registraron 4 especies en el estrato superior, con 20 individuos en 200 m2. En el

Cuadrante 1 se tienen 2 especies, mientras que en el Cuadrante 2 hay 4 especies.

Ebenopisis ebano y Eysenhardtia texana están en ambos cuadrantes.

Cuadrante 1.

Presentó 2 especies en el estrato superior, con 8 ejemplares en total. Eysenhardtia texana

reporta una densidad de 0.070 (de 0.080 para el Cuadrante); la frecuencia más alta es

también para esta especie (con un valor de 0.875), al igual que la dominancia (con valor de

0.00037); por lo tanto, tiene el valor de importancia más alto (91.50 %). Ebenopsis ebano

es la otra especie en el Cuadrante.

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58

Cuadrante 2.

Entre las 4 especies presentes se tienen 12 individuos en el estrato superior. Ebenopsis

ebano y Eysenhardtia texana alcanzaron la densidad mayor con 0.040 cada una, de un total

de 0.120; ambas especies reportan la frecuenta más alta con 0.333 cada una. En cuanto a

dominancia, aunque sólo se tiene un ejemplar de Prosopis glandulosa, a la especie le

corresponde el valor mayor con 0.00071 (de un total de 0.0011); en segundo término está

Celtis pallida con 0.00018 (con 3 individuos en el Cuadrante). El valor de importancia más

alto es también para Prosopis glandulosa con 26.7 %, seguido por Ebenopsis ebano con

26.5 %, Eysenhardtia texana con 24.7 % y Celtis pallida con 21.9 %.

Análisis global (Cuadrantes 1 y 2).

El análisis global de los Cuadrantes señala un total de 4 especies, con 20 ejemplares en

total en el estrato superior, en 200 m2. La densidad mayor es para Eysenhardtia texana con

0.055 (seguido por Ebenopsis ebano con 0.025); también es la especie más frecuente (con

0.550). El valor de dominancia más alto lo registró Prosopis glandulosa con 0.00035 (de

0.00074 como total); en segundo término está Eysenhardtia texana con 0.00023. El más

alto valor de importancia, con 46.8 %, es para Eysenhardtia texana, seguido por Ebenopsis

ebano con 19.9 %, Prosopis glandulosa con 19.2 % y Celtis pallida con 13.9 %.

Ver las siguientes tablas.

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Cuadrante 1.

Especie N Área basal (m2) Densidad Densidad

relativa Dominancia Dominancia relativa Frecuencia Frecuencia

relativa Valor de

importancia Ebenopsis ebano 1 0.00018 0.01000 12.50000 0.000002 0.47344 0.12500 12.50000 8.49115 Eysenhardtia texana 7 0.03715 0.07000 87.50000 0.00037 99.52656 0.87500 87.50000 91.50885

Total 8 0.03733 0.08000 100.000 0.00037 100.000 1.000 100.000 100.000 Cuadrante 2.

Especie N Área basal (m2) Densidad Densidad

relativa Dominancia Dominancia relativa Frecuencia Frecuencia

relativa Valor de

importancia Celtis pallida 3 0.01759 0.03000 25.00000 0.00018 15.83722 0.25000 25.00000 21.94574 Ebenopsis ebano 4 0.01452 0.04000 33.33333 0.00015 13.07207 0.33333 33.33333 26.57958 Eysenhardtia texana 4 0.00829 0.04000 33.33333 0.00008 7.45905 0.33333 33.33333 24.70857 Prosopis glandulosa 1 0.07069 0.01000 8.33333 0.00071 63.63167 0.08333 8.33333 26.76611

Total 12 0.11109 0.12000 100.000 0.00111 100.000 1.000 100.000 100.000 Análisis global (Cuadrantes 1 y 2).

Especie N Área basal (m2) Densidad Densidad

relativa Dominancia Dominancia relativa Frecuencia Frecuencia

relativa Valor de

importancia Celtis pallida 3 0.01759 0.01500 15.00000 0.00009 11.85411 0.15000 15.00000 13.95137 Ebenopsis ebano 5 0.01470 0.02500 25.00000 0.00007 9.90347 0.25000 25.00000 19.96782 Eysenhardtia texana 11 0.04544 0.05500 55.00000 0.00023 30.61430 0.55000 55.00000 46.87143 Prosopis glandulosa 1 0.07069 0.00500 5.00000 0.00035 47.62812 0.05000 5.00000 19.20937

Total 20 0.14841 0.10000 100.000 0.00074 100.000 1.000 100.000 100.000

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Para las especies en el estrato superior del Matorral submontano de tipo secundario se

obtuvieron los siguientes datos:

Especie Altura promedio (m)

Diámetro basal promedio por

rama (m)

Área basal promedio, por

rama (m2) Celtis pallida 3.93 0.08 0.00586 Ebenopsis ebano 2.88 0.04 0.00147 Eysenhardtia texana 2.87 0.04 0.00182 Prosopis glandulosa 4.50 0.30 0.07069

La estimación de la cantidad de individuos a retirar del estrato superior en el área de

cambio de uso de suelo es la siguiente, de acuerdo con los muestreos de vegetación.

Número de individuos en Especie

200 m2 1 ha 1.30 ha (CUS)

Porcentaje

Celtis pallida 3 150.00 196.28 15.00 Ebenopsis ebano 5 250.00 327.13 25.00 Eysenhardtia texana 11 550.00 719.68 55.00 Prosopis glandulosa 1 50.00 65.43 5.00

Total 20 1000.00 1308.51 100.00

Eysenhardtia texana representa el 55.0 % del total de los ejemplares a retirar en el área del

cambio de uso de suelo, con un estimado de 720 individuos en 13,085.07 m2; en segundo

término está Ebenopsis ebano con el 25.0 %, seguida por Celtis pallida con el 15.0 % y

Prosopis glandulosa con el 5.00 %.

ESTIMACIÓN DEL VOLUMEN A RETIRAR

Se realizó una estimación del volumen de material vegetal a retirar en la superficie del

cambio de uso de suelo, aunque por las características propias del Matorral no es factible su

utilización con fines maderables.

La fórmula utilizada es la siguiente:

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V = (π / 4) * D2 * L * CM

Donde:

V = Volumen (m3 rta)

D = Diámetro basal

L = Largo de rama

CM = Coeficiente mórfico (0.5)

En las siguientes tablas se muestran los resultados obtenidos.

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62

Cuadrante 1.

Especie Diámetro basal (cm)

Largo de rama (m)

Altura total (m)

Diámetro de copa (m)

Volumen por rama (m3)

Volumen por individuo (m3)

Volumen por especie (m3)

Ebenopsis ebano 1.6 0.8 Rama 1 1.5 1 0.00009 0.00009 0.00009 Eysenhardtia texana 3.5 2 Rama 1 7 0.4 0.00077 0.00077 Eysenhardtia texana 2.2 1.2 Rama 1 6 0.05 0.00007 0.00007 Eysenhardtia texana 2.1 1.8 Rama 1 8 0.06 0.00015 0.00015 Eysenhardtia texana 3.3 2.5 Rama 1 4 1.5 0.00094 Rama 2 3 1.65 0.00058 Rama 3 4 1.2 0.00075 Rama 4 3 1.5 0.00053 Rama 5 2 1.4 0.00022 Rama 6 3 1.3 0.00046 0.00349 Eysenhardtia texana 3.5 3 Rama 1 12 0.2 0.00113 0.00113 Eysenhardtia texana 2.5 2 Rama 1 9 1.7 0.00541 0.00541 Eysenhardtia texana 2.8 2.2 Rama 1 2 0.6 0.00009 Rama 2 1.5 0.35 0.00003 Rama 3 3.5 1 0.00048 Rama 4 2.5 0.4 0.00010 Rama 5 2 0.9 0.00014 Rama 6 1.5 1.1 0.00010 Rama 7 1 0.2 0.00001 Rama 8 2 0.65 0.00010 0.00105 0.01207

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Cuadrante 2.

Especie Diámetro basal (cm)

Largo de rama (m)

Altura total (m)

Diámetro de copa (m)

Volumen por rama (m3)

Volumen por individuo (m3)

Volumen por especie (m3)

Celtis pallida 2.8 1.5 Rama 1 4 0.2 0.00013 0.00013 Celtis pallida 4 2 Rama 1 8 2.5 0.00628 0.00628 Celtis pallida 5 2.5 Rama 1 12 2 0.01131 0.01131 0.01772 Ebenopsis ebano 3.5 2.8 Rama 1 1 1 0.00004 Rama 2 2 0.5 0.00008 Rama 3 3.5 0.6 0.00029 Rama 4 3 0.4 0.00014 Rama 5 2 1.2 0.00019 0.00074 Ebenopsis ebano 3.5 1 Rama 1 7 1.9 0.00366 0.00366 Ebenopsis ebano 3.2 2 Rama 1 6 0.1 0.00014 0.00014 Ebenopsis ebano 2.6 2 Rama 1 5.8 1 0.00132 Rama 2 6 0.4 0.00057 0.00189 0.00642 Eysenhardtia texana 3 1.5 Rama 1 2 1.2 0.00019 0.00019 Eysenhardtia texana 2.1 1.2 Rama 1 2 1.1 0.00017 0.00017 Eysenhardtia texana 3.4 2.5 Rama 1 4 1 0.00063 Rama 2 3.5 0.65 0.00031 Rama 3 4.5 0.35 0.00028 0.00122 Eysenhardtia texana 3.2 3 Rama 1 7 1.5 0.00289 0.00289 0.00447 Prosopis glandulosa 4.5 2.5 Rama 1 30 0.35 0.01237 0.01237 0.01237

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Un concentrado de los volúmenes obtenidos, por cuadrante y por especie, se presenta en

seguida:

Especie C1 C2 Total % Celtis pallida 0.01772 0.01772 33.35 Ebenopsis ebano 0.00009 0.00642 0.00651 12.25 Eysenhardtia texana 0.01207 0.00447 0.01654 31.13 Prosopis glandulosa 0.01237 0.01237 23.28

Total 0.01216 0.04098 0.05314 100.00

La extrapolación de estos resultados a la superficie de cambio de uso de suelo (13,085.07

m2) es la siguiente:

Volumen (m3) Especie

En 200 m2 En 1 ha En 1.30 ha (CUS)

Celtis pallida 0.01772 0.88600 1.15934 Ebenopsis ebano 0.00651 0.32550 0.42592 Eysenhardtia texana 0.01654 0.82700 1.08214 Prosopis glandulosa 0.01237 0.61850 0.80931

Total 0.05314 2.65700 3.47670

En el área muestreada (200 m2) se tiene un volumen de material vegetal a retirar de 0.053

m3, que representan 2.657 m3 por hectárea y 3.476 m3 en la superficie del cambio de uso

de suelo solicitada.

De este volumen, Celtis pallida representa el 33.3 %, seguido por Eysenhardtia texana con

el 31.1 %, Prosopis glandulosa con el 23.2 % y Ebenopsis ebano el 12.2 %.

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Fauna

Actualmente, existen algunas construcciones en la parte norte del polígono general (en la

colindancia con el Camino a Las Escobas), donde se lleva a cabo el resguardo de algunas

vacas y caballos, además de una casa habitación de los cuidadores.

En los recorridos de campo se observó que el ganado se alimenta en toda la superficie del

terreno (polígono general); cabe mencionar que el predio está parcialmente cercado, ya

que sólo en su colindancia sur (con el área de afectación de CNA) no existe cerca.

Debido a la cercanía con asentamientos humanos irregulares, el problema de tiraderos de

basura clandestinos es importante en la zona; particularmente sobre el Camino a Las

Escobas se observan numerosos tiraderos, que además propician la proliferación de fauna

nociva como ratas, tlacuaches y algunos insectos.

Anexo 8. Fotografías - Fotografías del terreno

En el área colindante al Río La Silla el grupo de fauna más común fue el de las aves, por la

presencia de arbolado; para su identificación se utilizaron guías de campo.

En cuanto a los mamíferos, se determinó mediante consulta de literatura (guía de campo

para la identificación de los especímenes: A Field Guide to the Mammals of America, North

of Mexico, de la Peterson Field Guide Series), por observaciones directas y por medio de

evidencias indirectas, como son la presencia de madrigueras, excretas, huellas, madrigueras,

cadáveres, etc. Para esto, se llevaron a cabo recorridos en el crepúsculo y al mediodía, a lo

largo del área del proyecto.

Enseguida se presenta el listado de la fauna observada en el área del proyecto,

mencionando su nombre científico, nombre común, el tipo de avistamiento y su estatus en

la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

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MAMÍFEROS

Familia Especie Nombre común Tipo de Registro Ejemplares Estatus Muridae Rattus rattus Rata de casa Directo 2 No listada

AVES

Familia Especie Nombre común Tipo de Registro Ejemplares Estatus Cathartidae Cathartes aura Aura común Directo 1 No listada Columbidae Columbina inca Tórtola cola larga Directo 1 No listada Emberizidae Quiscalus mexicanus Urraca Directo 2 No listada Passeridae Passer domesticus Chilero Directo 10 No listada Columbidae Zenaida macroura Paloma Directo 6 No listada

REPTILES

Familia Especie Nombre común Avistamiento Ejemplares Estatus Teiidae Cnemidophorus gularis Lagartija rayada Directo 10 No listada

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Del grupo de las aves se observaron 5 especies con un total de 20 individuos; el pájaro

chilero (Passer domesticus) presentó el mayor número de individuos con 10.

La urbanización de la zona, en general, y la existencia de áreas habitacionales, en particular,

han provocado una disminución en la fauna silvestre. Sin embargo, dentro del área del

proyecto se pueden avistar ocasionalmente especies de mamíferos mayores en busca de

alimento o agua, debido a la cercanía del Río La Silla.

La colindancia con el Camino a Las Escobas, al norte del polígono general, y con el Río La

Silla, al sur, son áreas muy impactadas con tiraderos de basura, propiciando con ello la

proliferación de fauna nociva para la salud como ratas y tlacuaches.

Anexo 8. Fotografías - Fotografías del terreno

Ninguna de las especies observadas se encuentra enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-

2010. Crotalus atrox está reportada por literatura para la zona del proyecto y se encuentra

enlistada bajo la categoría de Sujeta a protección especial.

En el caso de encontrar ejemplares que requieran la reubicación o rescate, se pondrá en

marcha un programa que permita la supervivencia de los mismos.

Se recomienda que al encontrar fauna de difícil captura, por su tamaño o peligrosidad, se

haga el llamado a autoridades competentes, particularmente Protección Civil del Estado.

Especies de valor comercial

No existen en el predio.

Especies de interés cinegético

No existen.

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Técnicas a emplear para la realización de los trabajos de desmonte, despalme y

remoción.

El retiro de la vegetación se hará de forma mecánica, con maquinaria, de acuerdo al avance

del proyecto; es decir, no se hará el desmonte en un solo tiempo a fin de minimizar la

pérdida de suelo por erosión y la generación de polvo al ambiente; se estima que esta

actividad se llevará a cabo a lo largo de 2 años.

Antes de iniciar con la remoción de la vegetación, y ya con el proyecto trazado, se

identificarán las áreas verdes 2, 3, 4, 5, 6, 7, y 8 para la conservación de ejemplares

arbóreos que puedan integrarse al proyecto urbanístico dadas sus características

morfológicas. Particularmente, el área verde 1 (definida como corredor biológico), no será

objeto de desmonte, por lo que será protegida de las obras y actividades de urbanización y

construcción del fraccionamiento.

Los residuos vegetales se pondrán en un área específica del predio para posteriormente ser

trasladados en camiones de volteo cubiertos con lonas para evitar dispersiones de polvos en

el camino hasta llegar a un sitio autorizado por el municipio de Guadalupe, Nuevo León.

Se estima que en el área de cambio de uso de suelo (remoción de la vegetación forestal),

se generarán 3.47 m3 de material vegetal.

Programa de Protección para aquellas especies que se distribuyen en el sitio del

proyecto que estén consideradas en alguna categoría de protección según la

NOM-059-SEMARNAT-2010.

Ninguna de las especies vegetales observadas en el área del proyecto se encuentra en la

NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental - Especies nativas de México de flora y

fauna silvestres - Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o

cambio - Lista de especies en riesgo.

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Durante las visitas de campo no se observaron ejemplares de fauna enlistados en esta

Norma Oficial Mexicana. Sin embargo, de acuerdo con la literatura, es factible la presencia

en la zona de la víbora de cascabel Crotalus atrox (Sujeta a protección especial); por lo que

en caso de presentarse en el área del proyecto serán objeto de un Programa de Rescate.

Programa de Rescate de Flora y Fauna

Flora

Antes del inicio de la remoción de la vegetación, las áreas verdes serán identificadas y

señalizadas.

Los ejemplares arbóreos presentes en las áreas de cesión municipal 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 que

cuenten con las características morfológicas adecuadas, serán conservados en su sitio, para

formar parte de la habilitación de las mismas.

Particularmente, la vegetación existente en el área verde 1 (corredor biológico), será

conservada en estado natural, dada su importancia ecológica en la zona. En esta área se

realizó un levantamiento del arbolado existente.

Fauna

Antes del inicio de la remoción de la vegetación, se realizará el alertamiento de la fauna que

pudiera encontrarse en el sitio, a fin de promover su movilidad hacia otras áreas.

Programa de Rescate y Liberación de Fauna.

Se recomienda que durante la urbanización del predio, se indique a los trabajadores la

posible existencia de la fauna:

El responsable de la obra (contratista) será el encargado de proporcionar la información

al personal.

Los trabajadores deberán reportar si ocurre algún avistamiento de fauna al responsable.

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Una vez que se compruebe la existencia de estos ejemplares, se daría paso a su

captura. Para la víbora de cascabel se recomienda que en caso de no tener un gancho

especial, hacer uso de varas de madera de 1.50 m para poder maniobrar al ejemplar, de

ahí colocarla en un recipiente de plástico o metal que tenga tapa (nunca en bolsas de

plástico); el responsable de la obra estará a cargo del traslado del ejemplar a un sitio

con características similares al predio, de preferencia a una distancia de 2 kilómetros

para evitar la reincidencia del ejemplar.

Si durante las actividades de urbanización y construcción se lesionara a algún ejemplar,

se informará al responsable de la obra, el cual evaluará las condiciones del ejemplar

para su liberación.

En caso de muerte accidental se deberá registrar este hecho ya que se informará

trimestralmente a SEMARNAT, Delegación Federal en Nuevo León.

La duración de este programa será hasta el término de la urbanización y construcción

del fraccionamiento.

Programa de conservación de suelos

A fin de conservar el suelo, la vegetación existente en el área del proyecto, a lo largo de la

colindancia con el Río La Silla, será mantenida en estado natural, dada la topografía del

área.

II.2.2 Preparación del sitio

Como preparación del sitio se hará la remoción de la vegetación existente en las áreas

definidas por el proyecto, de acuerdo con el avance del mismo; antes del inicio de esta

actividad se identificarán y delimitarán las futuras áreas de cesión municipal (2,3, 4, 5, 6, 7

y 8), con el fin de conservar ejemplares en la habilitación de las mismas; el área de

corredor biológico (área verde 1) será conservado en estado natural.

Los residuos vegetales serán retirados del lugar y trasladados a sitios autorizados.

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Se estima que esta actividad se realizará a lo largo de 2 años, a fin de evitar que el suelo

permanezca desnudo por largos períodos de tiempo.

El acceso al polígono general se hace por un camino de terracería (Camino a Las Escobas),

por lo que no se realizará la apertura de nuevos accesos.

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto

Para la construcción del fraccionamiento se requerirá de una bodega temporal para el

resguardo del equipo menor, herramientas y algunos materiales de construcción.

Se contará con el servicio de sanitarios portátiles para los trabajadores de la obra.

El agua requerida para los trabajos de construcción será abastecida por medio de pipas;

para el consumo humano se usará agua purificada de marca comercial.

II.2.4 Etapa de construcción

Para la construcción de las viviendas se utilizarán materiales pétreos, cemento, varilla, block,

alambrón, además de los necesarios para la introducción de los servicios públicos; en la

pavimentación se emplearán materiales asfálticos y materiales pétreos (base, sub-base

triturada).

Dentro de la maquinaria y equipo requeridos están: andamios, motoconformadoras,

camiones de concreto premezclado, pipas, camiones de volteo, retroexcavadoras, cargador

frontal, tractores bulldozer, compactador neumático, vibrador de gasolina

Una vez terminados estos trabajos se dará inicio a la señalización de la vialidad y a la

habilitación de las áreas verdes del fraccionamiento.

Los restos de la pavimentación serán retirados del predio y trasladados a sitios autorizados,

evitando su abandono en el terreno y sitios aledaños.

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El personal requerido en la etapa de construcción comprende ingenieros, topógrafos,

supervisores, operadores de maquinaria, albañiles y ayudantes en general.

II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento

La operación del fraccionamiento iniciará con la ocupación de las viviendas y de las áreas

comerciales.

El mantenimiento de la infraestructura vial y de las áreas verdes será proporcionado por la

autoridad municipal, luego de la entrega del fraccionamiento por el promovente

(municipalización del fraccionamiento).

El mantenimiento de la infraestructura de los servicios públicos será realizado por Servicios

de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., Comisión Federal de Electricidad, entre los

principales.

Particularmente, el área municipal 1 (corredor biológico) será conservada en estado natural;

se llevarán a cabo acciones de protección, fomento y mejora de los servicios ambientales

que presta el área.

Se instalarán señalamientos que indiquen la importancia ambiental del área, así como para

evitar daños a la misma; el sitio contará con contenedores para la basura doméstica dejada

por los visitantes, misma que regularmente será retirada del lugar; las ramas secas de los

árboles que representen algún peligro para los usuarios serán cortadas.

a) Descripción general del tipo de servicios que se brindarán en las

instalaciones

No aplica para el proyecto, ya que se trata de un fraccionamiento habitacional.

b) Tecnologías que se utilizarán, especialmente las que tengan relación

directa con la emisión y control de residuos líquidos, sólidos o gaseosos

No aplica para el proyecto, ya que se trata de un fraccionamiento habitacional.

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c) Tipos de reparaciones a sistemas, equipos, etc.

No aplica para el proyecto, ya que se trata de un fraccionamiento habitacional.

d) Especificar si se pretende llevar a cabo control de malezas o fauna nociva,

describiendo los métodos de control.

Las áreas verdes recibirán mantenimiento periódico; el control de las malezas será

de forma manual.

II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto

No se contemplan obras asociadas al proyecto.

II.2.7 Etapa de abandono del sitio

El proyecto es un fraccionamiento habitacional, por lo que se considera de tipo permanente.

II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la

atmósfera

Preparación del sitio

La remoción de la vegetación generará restos vegetales, los cuales serán retirados del lugar,

trasladándolos a sitios autorizados.

Construcción

Durante la construcción del fraccionamiento se generarán escombros y residuos domésticos

de los trabajadores.

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Los residuos de los sanitarios portátiles serán manejados por la empresa contratada para

este servicio.

La utilización de maquinaria y equipo de construcción generará emisiones de gases y humos

a la atmósfera producto de la combustión.

Operación

Se calcula que la generación de basura doméstica será alrededor de 0.52 toneladas diarias

cuando en el fraccionamiento estén ocupadas las 280 viviendas proyectadas, considerando

un promedio de 4 habitantes en cada una; de aguas negras se generarán aproximadamente

41.6 m3 por día, las cuales provendrán principalmente de sanitarios, regaderas y cocinas de

las viviendas del fraccionamiento.

De estas 280 viviendas, en el área del proyecto se construirán 94; el estimado de basura

doméstica generada es de 0.17 toneladas diarias, mientras que de aguas residuales se

tendrán 13.9 m3 por día.

La basura doméstica será recolectada por el servicio municipal o bien por alguna empresa

autorizada y dispuesta en el relleno sanitario. Las aguas negras generadas descargarán a la

red municipal y serán tratadas por Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D.

II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos

El predio del fraccionamiento se ubica en el área metropolitana de Monterrey,

(específicamente en el municipio de Guadalupe, Nuevo León), la cual cuenta con varias

negociaciones encargadas del manejo de los residuos que pudieran generarse durante las

distintas etapas de desarrollo del proyecto, desde la preparación del sitio hasta la operación

del fraccionamiento; se estima que estos servicios serán suficientes para cubrir las

demandas presentes y futuras del proyecto.

Dentro de estas negociaciones están las escombreras, que manejarían la tierra producto del

despalme del terreno y los escombros de construcción del fraccionamiento.

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La zona metropolitana cuenta también con el servicio de sanitarios portátiles por diversas

empresas, para su contratación durante las etapas de preparación del sitio y construcción

del fraccionamiento, mismas que se encargarían del manejo adecuado de los residuos

generados.

En cuanto al servicio de drenaje sanitario, el proyecto cuenta con la factibilidad otorgada

por Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones – Factibilidad de servicios públicos

Con la entrega del fraccionamiento a la autoridad municipal, ésta se hará cargo del manejo

de la basura doméstica generada, misma que será dispuesta en el relleno sanitario del

Sistema Integral para el Manejo Ecológico y Procesamiento de Desechos (SIMEPRODE),

ubicado en Salinas Victoria, Nuevo León.

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS

APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO,

CON LA REGULACIÓN DE USO DE SUELO

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS

APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA

REGULACIÓN DE USO DE SUELO

No existe un Plan de Ordenamiento Ecológico del Territorio decretado para la zona donde

se desarrollará el proyecto; tampoco forma parte de un Área Natural Protegida.

NIVEL FEDERAL

Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012

Se propone el cumplimiento de los siguientes objetivos nacionales, dentro del marco

Desarrollo Humano Sustentable:

• Garantizar la seguridad nacional, salvaguardar la paz, la integridad, la independencia y

la soberanía del país, y asegurar la viabilidad del Estado y de la democracia.

• Garantizar la vigencia plena del Estado de Derecho, fortalecer el marco institucional y

afianzar una sólida cultura de legalidad para que los mexicanos vean realmente

protegida su integridad física, su familia y su patrimonio en un marco de convivencia

social armónica.

• Alcanzar un crecimiento económico sostenido más acelerado y generar los empleos

formales que permitan a todos los mexicanos, especialmente a aquellos que viven en

pobreza, tener un ingreso digno y mejorar su calidad de vida.

• Tener una economía competitiva que ofrezca bienes y servicios de calidad a precios

accesibles, mediante el aumento de la productividad, la competencia económica, la

inversión en infraestructura, el fortalecimiento del mercado interno y la creación de

condiciones favorables para el desarrollo de las empresas, especialmente las micro,

pequeñas y medianas.

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• Reducir la pobreza extrema y asegurar la igualdad de oportunidades y la ampliación de

capacidades para que todos los mexicanos mejoren significativamente su calidad de vida

y tengan garantizados alimentación, salud, educación, vivienda digna y un medio

ambiente adecuado para su desarrollo tal y como lo establece la Constitución.

• Reducir significativamente las brechas sociales, económicas y culturales persistentes en

la sociedad y que esto se traduzca en que los mexicanos sean tratados con equidad y

justicia en todas las esferas de su vida de tal manera que no exista forma alguna de

discriminación.

• Garantizar que los mexicanos cuenten con oportunidades efectivas para ejercer a

plenitud sus derechos ciudadanos y para participar activamente en la vida política,

cultural, económica y social de sus comunidades y del país.

• Asegurar la sustentabilidad ambiental mediante la participación responsable de los

mexicanos en el cuidado, la protección, la preservación y el aprovechamiento racional

de la riqueza natural del país, logrando así afianzar el desarrollo económico y social sin

comprometer el patrimonio natural y la calidad de vida de las generaciones futuras.

• Consolidar un régimen democrático, a través del acuerdo y el diálogo entre los poderes

de la Unión, los órdenes de gobierno, los partidos políticos y los ciudadanos, que se

traduzca en condiciones efectivas para que los mexicanos puedan prosperar con su

propio esfuerzo y esté fundamentado en valores como la libertad, la legalidad, la

pluralidad, la honestidad, la tolerancia y el ejercicio ético del poder.

• Aprovechar los beneficios de un mundo globalizado para impulsar el desarrollo nacional

y proyectar los intereses de México en el exterior, con base en la fuerza de su identidad

nacional y su cultura; asumiendo su responsabilidad como promotor del progreso y de la

convivencia pacífica entre las naciones.

El Plan está estructurado en cinco ejes rectores:

1. Estado de derecho y seguridad.

2. Economía competitiva y generadora de empleos.

3. Igualdad de oportunidades.

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4. Sustentabilidad ambiental.

5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

Dentro del eje Economía competitiva y generadora de empleos, en relación con el proyecto,

se encuentra lo siguiente:

La vivienda constituye la base del patrimonio familiar y es el centro de la convivencia y

desarrollo social. Una vivienda de calidad, con certidumbre jurídica sobre su propiedad,

permite a las familias generar mayor riqueza, tanto para las generaciones actuales, como

para las futuras. La política de vivienda tendrá un sentido preponderantemente social y

buscará en todo momento, ampliar el acceso de las familias de menores recursos a una

vivienda, atendiendo sus necesidades, preferencias y prioridades a lo largo de su ciclo de

vida.

Además se buscará promover herramientas de política pública para garantizar la seguridad

jurídica de los proyectos de construcción y de vivienda, permitiendo un mayor acceso a

fuentes de financiamiento formales. Contar con una vivienda propia permite a los

ciudadanos adquirir y heredar un patrimonio a sus hijos.

La demanda habitacional tiene su origen en el comportamiento demográfico de la población.

Las tendencias demográficas en un horizonte de 25 años (2005-2030) apuntan a que se

integrará un promedio de 650 mil hogares nuevos por año. Con este ritmo, la demanda de

vivienda alcanzará una cifra cercana a los 3.9 millones durante los seis años de la presente

administración que sumados a las 2.1 millones de familias que hoy requieren de habitación

independiente, representa la necesidad de impulsar la oferta de 6 millones de viviendas.

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A esta demanda se agregan deficiencias e insuficiencias en la identificación del suelo

apropiado para desarrollo económico y desarrollo habitacional por su disponibilidad de

servicios e infraestructura, así como la necesidad de realizar mejoras o ampliaciones a más

de un millón de viviendas que lo requieren, y de hacer frente al fenómeno de habitaciones

que se extendieron sin disponer de servicios como agua potable, drenaje o luz eléctrica.

A pesar de los avances y logros que se han obtenido en años recientes, el sector de la

construcción y de vivienda enfrenta una serie de retos para el futuro inmediato, por lo que

la presente administración tendrá un objetivo general y sus respectivas estrategias.

Objetivo 17.

Ampliar el acceso al financiamiento para vivienda de los segmentos de la población más

desfavorecidos así como para emprender proyectos de construcción en un contexto de

desarrollo ordenado, racional y sustentable de los asentamientos humanos.

El proyecto es un desarrollo habitacional y el Plan Nacional de Desarrollo busca garantizar

que los mexicanos tengan acceso a una vivienda digna.

El fraccionamiento contribuirá con 280 viviendas unifamiliares que contrarrestarán en parte

la demanda actual en el municipio; de éstas, el 33.5 % se ubican en el área del proyecto

(23,226.135 m2), es decir, 94 viviendas.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Sección V. Evaluación del impacto ambiental

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Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la

Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades

que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos

en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los

ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio

ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida,

quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán

previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I. Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos,

carboductos y poliductos;

II. Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del

cemento y eléctrica;

III. Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la

Federación en los términos de las Leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27

Constitucional en Materia Nuclear;

IV. Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así

como residuos radiactivos;

V. Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración;

VI. Se deroga.

VII. Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;

VIII. Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente

riesgosas;

IX. Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;

X. Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros

conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales;

XI. Obras y actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación;

XII. Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la

preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas, y

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XIII. Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que

puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud

pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las

disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la

protección del ambiente.

El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este

artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan

impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni

rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la

preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no

deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este

ordenamiento.

Para los efectos a que se refiere la fracción XIII del presente artículo, la Secretaría

notificará a los interesados su determinación para que sometan al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental la obra o actividad que corresponda, explicando las

razones que lo justifiquen, con el propósito de que aquéllos presenten los informes,

dictámenes y consideraciones que juzguen convenientes, en un plazo no mayor a diez días.

Una vez recibida la documentación de los interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a

treinta días, les comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de

impacto ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo

señalado, sin que la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no

es necesaria la presentación de una manifestación de impacto ambiental.

El proyecto está relacionado con la fracción VII ya que se requiere el Cambio de Uso de

Suelo en 1.30 hectáreas con vegetación forestal (equivalente al 56.3 % del área de

23,226.135 m2).

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Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente

en materia de Evaluación de Impacto Ambiental

Capítulo II. De las obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto

ambiental y de las excepciones.

Articulo 5. Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades,

requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

a) Hidráulicas

b) Vías generales de comunicación

c) Oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos

d) Industria petrolera

e) Industria petroquímica

f) Industria química

g) Industria siderúrgica

h) Industria papelera

i) Industria azucarera

j) Industria del cemento

k) Industria eléctrica

l) Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la

Federación

m) Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así

como residuos radioactivos

n) Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración

ñ) Plantaciones forestales

o) Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas

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I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de

desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de

comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales,

industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción

de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de

instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros

cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una

superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación

del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de

protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y

otros instrumentos jurídicos aplicables;

II. Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con

excepción de las actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se

realicen en predios con pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no

impliquen la agregación ni el desmonte de más del veinte por ciento de la

superficie total y ésta no rebase 2 hectáreas en zonas templadas y 5 en

zonas áridas, y

III. Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo

forestal, con excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en

forestales, agroforestales o silvopastoriles, mediante la utilización de especies

nativas.

p) Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente

riesgosas

q) Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros

r) Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros

conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales

s) Obras en áreas naturales protegidas

t) Actividades pesqueras que puedan poner en peligro la preservación de una o más

especies o causar daños a los ecosistemas

u) Actividades acuícolas que puedan poner en peligro la preservación de una o más

especies o causar daños a los ecosistemas

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v) Actividades agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación de una o

más especies o causar daños a los ecosistemas

El proyecto es de tipo habitacional, a desarrollarse en un área de 23,226.135 m2 (que forma

parte de un polígono general de 62,136.33 m2), donde 1.30 hectáreas requieren el Cambio

de Uso de Suelo por presentar vegetación forestal a remover.

Capítulo V. De los prestadores de servicios de evaluación del impacto ambiental

Artículo 35. Los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los

estudios de riesgo podrán ser elaborados por los interesados o por cualquier persona física

o moral.

Artículo 36. Quienes elaboren los estudios deberán observar lo establecido en la Ley, este

reglamento, las normas oficiales mexicanas y los demás ordenamientos legales y

reglamentarios aplicables. Asimismo, declararán, bajo protesta de decir verdad, que los

resultados se obtuvieron a través de la aplicación de las mejores técnicas y metodologías

comúnmente utilizadas por la comunidad científica del país y del uso de la mayor

información disponible, y que las medidas de prevención y mitigación sugeridas son las más

efectivas para atenuar los impactos ambientales.

La responsabilidad respecto del contenido del documento corresponderá al prestador de

servicios o, en su caso, a quien lo suscriba. Si se comprueba que en la elaboración de los

documentos en cuestión la información es falsa, el responsable será sancionado de

conformidad con el Capítulo IV del Título Sexto de la Ley, sin perjuicio de las sanciones que

resulten de la aplicación de otras disposiciones jurídicas relacionadas.

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La presente Manifestación de Impacto Ambiental es suscrita por el M.C. Alfonso Maldonado

Hernández.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Titulo Cuarto. Del manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales

Capitulo I. De las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales

Artículo 58. Corresponderá a la Secretaría otorgar las siguientes autorizaciones:

I. Cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción;

II. Aprovechamiento de recursos maderables en terrenos forestales y preferentemente

forestales;

III. Establecimiento de plantaciones forestales comerciales en superficies mayores de

800 hectáreas, excepto aquéllas en terrenos forestales temporales, y

IV. Colecta y usos con fines comerciales o de investigación de los recursos genéticos.

Capítulo III. Del manejo forestal sustentable y corresponsable

Sección 1. De los servicios técnicos forestales

Artículo 107. Las personas físicas y morales que pretendan prestar servicios técnicos

forestales deberán estar inscritas en el Registro. El Reglamento y las normas oficiales

mexicanas determinarán los procedimientos, modalidades y requisitos que deberán

observarse para la prestación, evaluación y seguimiento de estos servicios. Los prestadores

de estos servicios podrán ser contratados libremente. La Comisión promoverá el

establecimiento de parámetros y criterios para la determinación de honorarios por estos

servicios.

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Artículo 108. Los servicios técnicos forestales comprenden las siguientes actividades:

I. Elaborar los programas de manejo forestal para el aprovechamiento de recursos

maderables y no maderables;

II. Firmar el programa de manejo y ser responsable de la información contenida en el

mismo; así como ser responsable solidario con el titular del aprovechamiento forestal

o de plantaciones forestales comerciales en la ejecución y evaluación del programa

de manejo correspondiente;

III. Dirigir, evaluar y controlar la ejecución de los programas de manejo respectivos;

IV. Elaborar y presentar informes periódicos de evaluación, de acuerdo con lo que

disponga el Reglamento de la presente Ley, de manera coordinada con el titular del

aprovechamiento forestal o de la plantación forestal comercial;

V. Formular informes de marqueo, conteniendo la información que se establezca en el

Reglamento de esta Ley;

VI. Proporcionar asesoría técnica y capacitación a los titulares del aprovechamiento

forestal o forestación, para transferirles conocimientos, tareas y responsabilidades, a

fin de promover la formación de paratécnicos comunitarios;

VII. Participar en la integración de las Unidades de Manejo Forestal;

VIII. Hacer del conocimiento de la autoridad competente, de cualquier irregularidad

cometida en contravención al programa de manejo autorizado;

IX. Elaborar los estudios técnicos justificativos de cambio de uso de suelo de terrenos

forestales;

X. Capacitarse continuamente en su ámbito de actividad;

XI. Planear y organizar las tareas de zonificación forestal, reforestación, restauración,

prevención y combate de incendios, plagas y enfermedades forestales, así como de

compatibilidad de usos agropecuarios con los forestales, y

XII. Las demás que fije el Reglamento.

Titulo Quinto. De las medidas de conservación forestal

Capitulo I. Del cambio de uso del suelo en los terrenos forestales

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Articulo 117. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos

forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal

Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren

que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el

deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos

alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios

se deberán considerar en conjunto y no de manera aislada.

En las autorizaciones de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la autoridad deberá

dar respuesta debidamente fundada y motivada a las propuestas y observaciones

planteadas por los miembros del Consejo Estatal Forestal.

No se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno incendiado sin

que hayan pasado 20 años, a menos que se acredite fehacientemente a la Secretaría que el

ecosistema se ha regenerado totalmente, mediante los mecanismos que para tal efecto se

establezcan en el reglamento correspondiente.

Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan los

programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y

demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la Secretaría de

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la política de uso del suelo

para estabilizar su uso agropecuario, incluyendo el sistema de roza, tumba y quema,

desarrollando prácticas permanentes y evitando que la producción agropecuaria crezca a

costa de los terrenos forestales.

Las autorizaciones de cambio de uso del suelo deberán inscribirse en el Registro.

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La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con diversas entidades

públicas, acciones conjuntas para armonizar y eficientar los programas de construcciones de

los sectores eléctrico, hidráulico y de comunicaciones, con el cumplimiento de la

normatividad correspondiente.

Artículo 118. Los interesados en el cambio de uso de terrenos forestales, deberán acreditar

que otorgaron depósito ante el Fondo, para concepto de compensación ambiental para

actividades de reforestación o restauración y su mantenimiento, en los términos y

condiciones que establezca el Reglamento.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Título Cuarto. De las medidas de conservación forestal

Capítulo Segundo. Del cambio de uso del suelo en los terrenos forestales

Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales,

el interesado deberá solicitarlo mediante el formato que expida la Secretaría, el cual

contendrá lo siguiente:

I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante;

II. Lugar y fecha;

III. Datos y ubicación del predio o conjunto de predios, y

IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso de suelo y el tipo de vegetación

por afectar.

Artículo 121. Los estudios técnicos justificativos a que hace referencia el artículo 117 de la

Ley, deberán contener la información siguiente:

I. Usos que se pretendan dar al terreno;

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II. Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la delimitación de

la porción en que se pretenda realizar el cambio de uso del suelo en los terrenos

forestales, a través de planos georreferenciados;

III. Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológico-forestal en

donde se ubique el predio;

IV. Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté destinado,

clima, tipos de suelo, pendiente media, relieve, hidrografía y tipos de vegetación y

de fauna;

V. Estimación del volumen por especie de las materias primas forestales derivadas del

cambio de uso del suelo;

VI. Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo;

VII. Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles;

VIII. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la

flora y fauna silvestres, aplicables durante las distintas etapas de desarrollo del

cambio de uso del suelo;

IX. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso del suelo

propuesto;

X. Justificación técnica, económica y social que motive la autorización excepcional del

cambio de uso del suelo;

XI. Datos de inscripción en el Registro de la persona que haya formulado el estudio y,

en su caso, del responsable de dirigir la ejecución;

XII. Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento ecológico

del territorio en sus diferentes categorías;

XIII. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta al cambio

de uso de suelo;

XIV. Estimación del costo de las actividades de restauración con motivo del cambio de

uso del suelo, y

XV. En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones aplicables.

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El proyecto se vincula con el Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal

Sustentable ya que requiere autorización en materia de Cambio de Uso de Suelo (a través

de la presentación de un Estudio Técnico Justificativo), para la remoción de la vegetación

forestal en un área de 13,085.07 m²).

El ETJ será presentado ante SEMARNAT, Delegación Nuevo León, de acuerdo a lo solicitado

en los Artículos 120 y 121 del Reglamento; será elaborado por un técnico acreditado ante el

Registro Nacional Forestal.

Se dará cumplimiento al Artículo 118 de la Ley (pago al Fondo Forestal Mexicano), de

acuerdo a lo que señale la Autoridad.

Normas Oficiales Mexicanas

Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2006, Que establece los límites máximos

permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los

vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

Norma Oficial Mexicana NOM-045-SEMARNAT-2006, Protección ambiental.- Vehículos en

circulación que usan diesel como combustible.- Límites máximos permisibles de

opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición.

Norma Oficial Mexicana NOM-050-SEMARNAT-1993, Que establece los niveles máximos

permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de vehículos

automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros

combustibles.

Los vehículos y maquinaria a utilizar en la preparación del sitio y construcción del proyecto

deberán encontrarse en óptimas condiciones de operación a fin de minimizar la generación

de contaminantes atmosféricos por el consumo de combustibles.

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Norma oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección Ambiental-Especies

Nativas de México de Flora y Fauna Silvestres - Categorías de riesgo y especificaciones

para su inclusión, exclusión o cambio - Lista de especies en riesgo.

Ninguna de las especies de flora y fauna observadas en el terreno se encuentra

enlistada en esta Norma Oficial Mexicana.

NIVEL ESTATAL

Plan Estatal de Desarrollo 2010 – 2015 de Nuevo León

El objetivo general es lograr y mantener la primacía en competitividad y el establecimiento

de condiciones económicas, sociales y políticas que permitan mejorar la calidad de vida de

los nuevoleoneses y avanzar hacia una sociedad más justa y democrática, en un entorno

de sustentabilidad, legalidad y seguridad física, patrimonial y jurídica.

Las estrategias generales del Plan son las siguientes:

Generación de riqueza

Desarrollo social y calidad de vida

Seguridad integral

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Desarrollo social y calidad de vida

Visión:

Hacia 2015, las políticas públicas y los mecanismos para ponerlas en práctica favorecerán

un mayor nivel de bienestar de la población, la cual dispondrá de un equitativo abanico de

oportunidades para el desarrollo social y humano integral, acorde con el desempeño de la

economía, en entornos urbanos adecuadamente planificados y articulados y sustentables,

en armonía con el cuidado de los recursos naturales y con una ordenada distribución de los

espacios para la vivienda, la recreación, la industria y el comercio, lo que fortalecerá la

cohesión política, social y cultural.

Los objetivos planteados son:

∼ Combate al rezago en infraestructura social y servicios básicos

∼ Atención a grupos vulnerables y en situación de riesgo

∼ Servicios de salud con calidad y calidez

∼ Liderazgo y calidad educativa para el desarrollo

∼ Amplio acceso a la creación y las expresiones culturales

∼ Promoción de la actividad física, el deporte y el desarrollo de deportistas de alto

rendimiento

∼ Más oportunidades de desarrollo para los jóvenes

∼ Equidad de género

∼ Preservación integral del medio ambiente

∼ Funcionalidad y renovación urbanas

∼ Modernización y racionalización del transporte público

∼ Vivienda digna y sustentable

∼ Aseguramiento a largo plazo del suministro de agua

El proyecto es de tipo habitacional; una de las estrategias del Plan es fomentar que las

familias nuevoleonesas tengan acceso a una vivienda digna, buscando minimizar el impacto

ambiental del desarrollo habitacional; por lo que está vinculado con éste.

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Plan Metropolitano 2000 – 2021 de Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada de

Monterrey

Los objetivos generales del Plan son los siguientes:

• Elevar la calidad de vida de la población

• Consolidar la inserción de la Zona Conurbada de Monterrey en el Sistema Mundial de

Ciudades y en los mercados globales

• Consolidar el área urbana actual evitando que continúe el proceso de conurbación

• Asegurar un desarrollo urbano con orden en las zonas de expansión

• Sentar las bases de una sociedad más justa y participativa, con alto sentido de cohesión

social

Suelo y vivienda

Como objetivos centrales se tienen el consolidar el área urbana actual en primer término y

asegurar un desarrollo urbano con orden en las zonas de expansión, evitando que continúe

el proceso de conurbación.

El Plan señala que para el período 2000-2021 en la zona conurbada se requerirá la

construcción de 30,000 a 34,000 viviendas anuales para satisfacer los requerimientos de las

nuevas familias que se formarán en el período.

El proyecto general contempla un total de 280 lotes habitacionales, lo cual contribuirá a

abatir parte de la demanda en el área metropolitana; de éstos, el 33.5 % están en el área

de 23,226.135 m2.

La Imagen Objetivo del Plan indica que el predio del proyecto forma parte del Área

Inmediata a la mancha urbana actual, con densidad media.

Anexo 5. Planes de desarrollo urbano - Plan Metropolitano 2000-2021 de Desarrollo Urbano

de la Zona Conurbada de Monterrey

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Ley Ambiental del Estado de Nuevo León

Sección VI. Evaluación del impacto ambiental

Artículo 37. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la

Agencia, establecerá las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades

que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos

en los ordenamientos aplicables para proteger al ambiente, preservar y restaurar a los

ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.

Para ello, en los casos que determine el Reglamento de esta Ley, quienes pretendan llevar

a cabo alguna de las obras o actividades señaladas en este artículo, solicitarán a la Agencia,

previamente al inicio de la obra o actividad, la autorización en materia de impacto ambiental.

Corresponde a la Agencia, evaluar el impacto ambiental de las siguientes obras y

actividades:

I. Obras y actividades destinadas a la prestación de un servicio público o para el

aprovechamiento de recursos naturales no reservados a la Federación;

II. Obras hidráulicas de competencia estatal y municipal;

III. Vías estatales y municipales de comunicación, incluidos los caminos rurales;

IV. Industrias ubicadas fuera de parques, corredores y zonas industriales;

V. Exploración, explotación, extracción y beneficio de las sustancias minerales a

excepción de las que competan a la Federación, que constituyan depósitos de

naturaleza semejante a los componentes de los terrenos tales como roca y demás

materiales pétreos o productos de su descomposición;

VI. Instalaciones de tratamiento, recicladoras, y sitios de disposición final de residuos

sólidos urbanos y de manejo especial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley en

la materia;

VII. Desarrollos turísticos públicos o privados;

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VIII. Parques, corredores y zonas industriales donde no se prevea la realización de

actividades altamente riesgosas;

IX. Obras en áreas naturales protegidas competencia del Estado;

X. Obras y actividades que estando reservadas a la Federación, se descentralicen al

Estado, mediante instrumento jurídico y que requieran de la evaluación del impacto

ambiental;

XI. Obras o actividades que su control no se encuentre reservado a la Federación, que

puedan causar desequilibrios ecológicos, daños a la salud pública o a los

ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en los ordenamientos

relativos a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente;

XII. Conjuntos habitacionales, fraccionamientos y nuevos centros de población;

XIII. Establecimientos comerciales y de servicio que estén incluidos en los planes

parciales de desarrollo urbano;

XIV. Expendios de distribución de gasolinas, diesel y de gas; y

XV. Las demás que no sean competencia de la Federación.

Artículo 38. La evaluación del impacto ambiental se realizará mediante los estudios que al

efecto presenten los interesados en llevar a cabo alguna de las obras o actividades

señaladas en el artículo anterior. Dichos estudios tendrán las modalidades de informe

preventivo o manifestación de impacto ambiental.

El Reglamento de esta Ley determinará los contenidos y características que deberán

contener dichas modalidades. Asimismo, determinará las obras o actividades, que por su

ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales

significativos, ni rebasen los límites y condiciones establecidas en los ordenamientos

referidos a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente

en el Estado, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación del

impacto ambiental.

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Para los efectos a los que se refiere la fracción XI del artículo anterior, la Agencia notificará

a los interesados su determinación para que se someta al procedimiento de evaluación del

impacto ambiental, la obra o actividad que corresponda, explicando las razones que lo

justifiquen con el propósito de que aquellos presenten los informes, dictámenes y

consideraciones que juzguen convenientes, en un plazo no mayor a 10-diez días hábiles,

contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos dicha notificación.

Una vez recibida la documentación de los interesados, la Agencia, en un plazo no mayor a

20-veinte días hábiles, comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de

impacto ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo

señalado, sin que la Agencia emita la comunicación correspondiente, el interesado deberá

formular una nueva petición, y en caso de que la Agencia no emita su respuesta a dicha

solicitud, dentro de un plazo no mayor a diez días hábiles, se entenderá que no es

necesaria la presentación de una manifestación de impacto ambiental.

El proyecto se vincula con la Fracción XII del Artículo 37 ya que se trata de un desarrollo

habitacional.

Reglamento de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.

Título Segundo. De la evaluación del impacto ambiental.

Capítulo Primero. De las autorizaciones.

Artículo 6. Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades,

requerirán previamente la autorización de la Agencia en materia de impacto ambiental:

I. Obras y actividades destinadas a la prestación de un servicio público o para el

aprovechamiento de recursos naturales no reservados a la Federación;

II. Obras hidráulicas de competencia estatal y municipal; con excepción de las

siguientes:

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a. Obras de instalación y mantenimiento de drenajes sanitarios, cuando éstos

correspondan a desarrollos urbanos preexistentes o formen parte de la

infraestructura de nuevos desarrollos habitacionales.

b. Sistemas de abastecimiento de agua potable con longitudes menores a 200

m, con diámetros de conducción menores de hasta 15 centímetros.

c. Unidades hidroagrícolas o de temporal tecnificado de hasta 2.5 hectáreas,

siempre que no se encuentren dentro de algún área natural protegida

estatal.

d. Unidades acuícolas, de cultivo de organismos acuáticos con superficies de

hasta mil metros cuadrados o que manejen flujos menores de medio metro

cúbico por segundo; o bien que sean unidades de producción para

autoconsumo.

III. Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de aguas residuales,

siempre y cuando no contengan lodos, sustancias o residuos peligrosos de

competencia de la Federación;

IV. Obras de dragado en cuerpos de agua que no sean competencia de la Federación;

V. Vías estatales y municipales de comunicación, incluidas carreteras estatales, puentes

y caminos rurales, con las siguientes excepciones:

a. Caminos rústicos o veredas perimetrales y de linderos en terrenos de

propiedad privada, que no incluyan servicios urbanos de ninguna clase.

b. Conservación, reparación y mantenimiento de caminos y vías de

comunicación.

c. Modificación de vías de comunicaciones existentes, debidamente autorizadas,

salvo en el caso de libramientos y vías alternas.

VI. Industrias ubicadas fuera de parques, corredores y zonas industriales; que no sean

de competencia de la Federación;

VII. Exploración, explotación, extracción y beneficio de las sustancias minerales a

excepción de las que competan a la Federación, que constituyan depósitos de

naturaleza semejante a los componentes de los terrenos tales como roca y demás

materiales pétreos o productos de su descomposición;

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VIII. Instalaciones en las que se realice el acopio, separación, compra venta de material

reciclable en cantidades de 10 o más toneladas al año, o bien en los

establecimientos en los que se lleven a cabo tratamientos en general de residuos de

manejo especial y sólidos urbanos, así como de aquellos sitios de disposición final de

residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de conformidad con lo dispuesto en

la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, su Reglamento

y demás disposiciones aplicables;

IX. Desarrollos turísticos públicos o privados;

X. Parques, corredores y zonas industriales en donde no se prevea la realización de

actividades altamente riesgosas;

XI. Obras en áreas naturales protegidas competencia del Estado; excepto aquellas que

realicen las comunidades asentadas en dichas áreas para el mantenimiento o

mejoramiento de su calidad de vida, que no impliquen modificación al ecosistema y,

en caso de aprovechamiento, sea de autoconsumo y sin afectar especies protegidas

de flora o fauna , según o establezca la autoridad competente;

XII. Obras y actividades que estando reservadas a la Federación, se descentralicen al

Estado, mediante instrumento jurídico y que requieran de la evaluación del impacto

ambiental;

XIII. Obras o actividades que su control no se encuentre reservado a la Federación, que

puedan causar desequilibrios ecológicos, daños a la salud pública o a los

ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en los ordenamientos

relativos a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente;

XIV. Conjuntos habitacionales, fraccionamientos y nuevos centros de población;

XV. Expendios de distribución de gasolinas, diesel, de gas y expendios de hidrocarburos

o sus derivados;

XVI. Construcción de hospitales, centros hospitalarios, así como hoteles, moteles y

centros de alojamiento;

XVII. Establecimientos comerciales y de servicio que estén incluidos en los planes

parciales de desarrollo urbano; siempre y cuando se encuentre en alguno de los

siguientes supuestos:

a. Se pretendan ubicar en áreas que presenten vegetación natural;

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b. Emitan al aire algún tipo de sustancia o material;

c. Provoquen olores molestos o desagradables al exterior; o bien que genere

vibraciones, energía térmica o lumínica;

d. Emita ruido por encima de los niveles máximos permisibles;

e. Que sus aguas residuales sean diversas a las domésticas o rebasen los

niveles máximos que establecen los ordenamientos aplicables;

f. En los que se generen cantidades iguales o mayores a 400 kilogramos de

residuos de manejo especial al año;

g. Que distribuya aceites, combustibles, gas licuado o cualquier derivado de

hidrocarburo;

h. Que use materiales riesgosos que no sean competencia de la Federación o

estén en el supuesto del artículo 208 de este Reglamento; y

i. Aquellos que por complejidad, tamaño o características requiera del citado

trámite.

XVIII. Las demás que no sean competencia de la Federación.

La Manifestación de Impacto Ambiental del fraccionamiento fue presentada ante la

autoridad estatal, en su Modalidad General, a fin de dar cumplimiento a la Ley Ambiental

del Estado de Nuevo León y su Reglamento, en lo relativo a impacto ambiental.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones – Acuse de recibo de MIA General

Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León

Capitulo Tercero. Del fraccionamiento y la urbanización del suelo.

Sección Primera. De la clasificación de fraccionamientos.

Artículo 197. El fraccionamiento y la urbanización del suelo deberán cumplir con lo

dispuesto en los planes y programas de desarrollo urbano, asentamientos humanos u

ordenamiento territorial aplicables, además de lo que determinen las disposiciones de

carácter general que expida la autoridad municipal correspondiente.

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Para los efectos de esta Ley los fraccionamientos se clasifican en:

I. Fraccionamientos habitacionales de urbanización inmediata;

II. Fraccionamientos habitacionales de urbanización progresiva;

III. Fraccionamientos comerciales y de servicios;

IV. Fraccionamientos o parques industriales;

V. Fraccionamientos funerarios o cementerios;

VI. Fraccionamientos campestres;

VII. Fraccionamientos recreativos;

VIII. Fraccionamientos turísticos; y

IX. Fraccionamientos agropecuarios.

Sección Segunda. De las disposiciones generales para los fraccionamientos

Artículo 199. Quienes lleven a cabo alguno de los fraccionamientos señalados en las

fracciones I al V del artículo 197 estarán obligados a realizar las siguientes obras de

urbanización:

I. La red de distribución de agua potable y sus tomas domiciliarias e hidrantes, la cual

se deberá sujetar en su diseño, construcción y operación a las normas,

especificaciones y lineamientos que le señale la autoridad u organismo operador de

los servicios de agua y drenaje en la autorización respectiva;

II. La red de drenaje sanitario, descargas domiciliarias, subcolectores y colectores, la

cual se sujetará en su diseño y construcción a las normas, especificaciones y

lineamientos que le señale la autoridad u organismo operador de los Servicios de

Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., en la autorización respectiva;

III. La red u obras para el manejo integral de aguas pluviales, conforme al diseño que

proporcione Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., de acuerdo, con el

plan de manejo integral de aguas pluviales;

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102

IV. La red de distribución de energía eléctrica y obras complementarias, las cuales

deberán de ser subterráneas preferentemente;

V. El alumbrado público, conforme a las especificaciones municipales;

VI. La nomenclatura, señalización vial y mobiliario urbano;

VII. Las guarniciones y banquetas de concreto conforme a las especificaciones que

señale el municipio;

VIII. La habilitación de las vías públicas con pavimentos, de acuerdo a las especificaciones

de obra pública señaladas en la normatividad aplicable en la Ley para la

Construcción y Rehabilitación de Pavimentos del Estado de Nuevo León;

IX. La red general de gas para el consumo doméstico donde se cuente con

abastecimiento;

X. Las obras de infraestructura troncal de servicios básicos que se requieran para su

incorporación al área urbana o urbanizada;

XI. Las obras y previsiones necesarias para facilitar el acceso, circulación y uso de

espacios e instalaciones para personas con capacidades diferentes, así como de

bicicletas en las vías públicas;

XII. La habilitación, equipamiento y arbolado de áreas verdes o recreativas, camellones,

y banquetas de concreto, conforme a los lineamientos que señale la autoridad

municipal correspondiente en la autorización del proyecto urbanístico presentado por

el fraccionador;

XIII. Las redes generales para telefonía y televisión por cable, las cuales deberán ser

subterráneas; y

XIV. Las obras de urbanización mencionadas anteriormente, deberán ejecutarse

conforme al proyecto ejecutivo y calendario de obra que se acuerde con la Autoridad

Municipal, y no podrá excederse de dos años a partir de la fecha de autorización,

pudiéndose solicitar una prórroga para su cumplimiento.

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103

Los fraccionamientos habitacionales, que cuenten con vialidades subcolectoras en su

interior, deberán establecer sobre dichas vialidades corredores de usos mixtos, equivalentes

a por lo menos el 20 % del área vendible del fraccionamiento o conjunto, en donde se

permitirán usos habitacionales, comerciales y de servicios no contaminantes, de bajo

impacto.

Artículo 201. Quienes lleven a cabo cualquiera de las acciones de crecimiento urbano de las

señaladas por el presente artículo deberán ceder gratuitamente al municipio sin condición,

reserva o limitación alguna para destinos y equipamiento urbano público, las siguientes

superficies de suelo:

I. Fraccionamientos habitacionales de urbanización inmediata y progresiva: el 17 % -

diecisiete por ciento del área vendible o 22-veintidós metros cuadrados de suelo por

unidad de vivienda, lo que resulte mayor;

II. Fraccionamientos comerciales y de servicios: ...

III. Fraccionamientos o parques industriales: …

IV. Fraccionamientos campestres, agropecuarios, recreativos y turísticos: …

V. Conjuntos urbanos habitacionales: …

VI. Conjuntos urbanos no habitacionales: …

VII. Fraccionamientos funerarios o cementerios: …

VIII. Subdivisiones en predios que no forman parte de fraccionamiento autorizado: …

IX. Los usos complementarios no habitacionales: …

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104

Salvo las excepciones previstas de manera expresa en esta Ley, estas áreas de cesión serán

inalienables, imprescriptibles e inembargables, no estarán sujetas a acción reivindicatoria,

no podrán ser cubiertas en efectivo, no podrán ser objeto de enajenación o gravamen y

sólo podrán utilizarse para los fines descritos en este Artículo, y dependiendo el tipo de

fraccionamiento de que se trate, por lo que no se deberá cambiar su destino, salvo cuando

sea necesario realizar afectaciones con fines de utilidad pública, en cuyo caso la Autoridad

Municipal deberá contar con el acuerdo respectivo del Cabildo, aprobado cuando menos por

las dos terceras partes de sus integrantes.

Cuando el Municipio pretenda otorgar alguna concesión sobre áreas para su uso,

aprovechamiento o explotación a particulares o instituciones de derecho público o privado,

además de lo establecido en el párrafo que antecede, será necesario contar con la

aprobación del Congreso del Estado.

Artículo 202. El suelo cedido conforme lo dispuesto en el artículo anterior deberá cumplir las

siguientes características:

I. No deberá estar afectado por restricciones federales y estatales;

II. Cuando se trate de zonas con pendientes de entre 30 % y 45 %, hasta un 30 % del

área de cesión podrá estar ubicado en cañadas y barrancas, como áreas verdes

siempre que no sea de un ancho menor de 15-quince metros, que contemple el

manejo integral de aguas pluviales, que se habilite como área recreativa y que se

garantice la sustentabilidad ambiental de la misma mediante el plan de manejo que

efecto se elabore;

III. Deberá ser de la misma calidad y características al promedio de las que componen el

fraccionamiento;

IV. Podrán tener cualquier forma geométrica y deberán tener una superficie mínima de

1000-un mil metros cuadrados cada uno, salvo las excepciones previstas en la

presente Ley; y

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105

V. No se aceptarán terrenos con anchura menor a treinta metros, ni aquellos que por

sus características y condiciones no puedan ser aprovechados para los destinos y

equipamiento urbano público que señala esta Ley.

Sección Tercera. De los fraccionamientos habitacionales de urbanización inmediata.

Articulo 204. Además de los señalado en los artículos 201 y 202 de esta Ley, la autorización

de fraccionamientos habitacionales de urbanización inmediata se sujetará a las siguientes

disposiciones:

I. El frente de los lotes para vivienda unifamiliar será de 7-siete metros lineales como

mínimo;

II. Los lotes de vivienda unifamiliar tendrán una dimensión mínima de 98-noventa y

ocho metros cuadrados.

III. Los lotes de vivienda unifamiliar tendrán como mínimo 37-treinta y siete metros

cuadrados de área libre de edificación en donde se incluye un estacionamiento con

dimensiones mínimas de 15-quince metros cuadrados, los cuales podrán ser

distribuidos libremente en la superficie del predio.

IV. En el lote mínimo no se podrá construir más de una vivienda;

V. Los lotes para vivienda multifamiliar dúplex vertical tendrán una dimensión mínima

de 140-ciento cuarenta metros cuadrados, con un frente mínimo de siete metros; y

los de tipo triplex 180-ciento ochenta metros cuadrados de superficie mínima, con

un frente mínimo de 10.50-diez metros con cincuenta centímetros;

VI. Los lotes para vivienda multifamiliar dúplex horizontales deberán tener como mínimo

una superficie de 196-ciento noventa y seis metros cuadrados, con un frente mínimo

14-catorce metros y los de tipo triplex 294-doscientos noventa y cuatro metros

cuadrados de superficie mínima, con un frente mínimo de 21-veintiún metros.

VII. Deberán cumplir con las normas de densidad, coeficientes de ocupación y utilización

del suelo y demás normas que establezca el plan o programa de desarrollo urbano

aplicable;

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106

VIII. Las calles o vías públicas locales tendrán como mínimo un derecho de vía de 12-

doce metros si son de un sentido y las vías locales cerradas deberán ser de 12-doce

metros y tendrán un retorno mínimo de 22-veintidós metros de diámetro de

paramento a paramento, con banquetas de 2-dos metros cada una, deberán estar

vinculadas o conectadas al sistema vial autorizado. En los fraccionamientos en zonas

de montaña las vías públicas podrán tener derecho de vía establecido en el artículo

195 de este ordenamiento;

IX. Deberán contar con áreas públicas municipales destinadas para jardines, parques,

plazas, equipamiento educativo público de nivel básico, áreas deportivas públicas y

caseta de vigilancia, y

X. Sólo podrán ubicarse en zonas urbanas o de reserva para el crecimiento urbano que

cuenten o se prevea que pueda contar con un servicio de transporte público, por lo

que deberá contar con factibilidad otorgado por la Autoridad Estatal en materia de

transporte urbano.

Artículo 205. EL titular de la autorización de un fraccionamiento habitacional de

urbanización inmediata, además de lo dispuesto en los artículos anteriores, estará afecto a

las obligaciones siguientes:

I. Ceder a título gratuito a favor del municipio correspondiente, las superficies de suelo

determinada como vías públicas;

II. Ceder al municipio las áreas para destinos y equipamiento urbano público, de

conformidad con lo establecido en el artículo 201 fracción I de la presente Ley;

III. Construir las obras de urbanización, señaladas en el artículo 199 de esta Ley, las

cuales deberán ejecutarse conforme al calendario de obra que se acuerde con la

autoridad municipal a razón de la magnitud de las obras, el cual no podrá exceder

de dos años a partir de la fecha de autorización;

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107

IV. Cumplir con la obligación de terminar la construcción de las obras de urbanización,

otorgando al municipio la garantía hipotecaria o fianza suficiente, la cual deberá

redactarse en la forma y términos que sea solicitado por dicha autoridad, misma que

será liberada al cumplirse las obligaciones respectivas;

V. Mantener y conservar las obras de urbanización de manera satisfactoria hasta la

municipalización de las mismas y la entrega a los organismos públicos respectivos;

VI. Cubrir los gastos de los servicios de agua potable, drenaje sanitario, alumbrado

público, recolección de basura y mantenimiento de la arborización hasta la fecha de

la recepción por el Municipio de las obras y servicios terminados del fraccionamiento;

VII. Realizar el diseño del pavimento de acuerdo a lo establecido en la Ley para la

Construcción y Rehabilitación de Pavimentos del Estado de Nuevo León;

VIII. Garantizar la buena calidad de pavimentos, guarniciones, banquetas y el sistema

para el manejo integral de aguas pluviales por el término de tres años a partir de la

fecha de recepción de estas obras por el Municipio;

IX. Inscribir en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el acuerdo del

proyecto ejecutivo y el plano de autorización de ventas del fraccionamiento; y

X. Pagar el impuesto predial correspondiente a cada uno de los lotes del

fraccionamiento hasta la fecha en que se formalice la venta de los mismos.

Artículo 206. En lo referente a la habilitación, equipamiento y arbolado de áreas verdes o

recreativas de fraccionamientos habitacionales de urbanización inmediata, los lineamientos

conforme a los cuales la autoridad municipal apruebe un proyecto urbanístico, deberán de

incluir como mínimo:

I. Construcción de banqueta perimetral, con facilidades para personas con capacidades

diferentes, y adicionalmente en su interior 500-quinientos metros cuadrados de

banqueta por cada 10,000-diez mil metros cuadrados de terreno;

II. Instalación del alumbrado perimetral y adicionalmente en su interior una luminaria

por cada 500-quinientos metros cuadrados de terreno;

III. Instalación de toma de agua para riego, limpieza y jardinería;

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IV. Instalación de bancas, una por cada 250-doscientos cincuenta metros cuadrados de

terreno;

V. Juegos infantiles, tres juegos infantiles por cada 5,000-cinco mil metros cuadrados

de terreno y;

VI. Un árbol nativo de la región de al menos 5-cinco centímetros de grosor medidos a 1-

un metro de altura, los cuales se colocarán 1-uno por cada 50-cincuenta metros

cuadrados de área de cesión.

Articulo 207. Los fraccionamientos podrán desarrollarse por sectores, debiendo integrarse

con la estructura urbana existente de conformidad con las disposiciones que establezca la

autoridad municipal. Cada sector o sección, cualquiera que sea su denominación, será

considerada como un fraccionamiento para todos los efectos legales.

A quienes se haya autorizado para realizar un fraccionamiento podrá concedérseles

autorización para que emprendan otro siempre y cuando hayan cumplido o estén

cumpliendo con toda regularidad el desarrollo de las obras de urbanización y de habilitación

de las áreas públicas.

El proyecto es un fraccionamiento de urbanización inmediata.

Se construirán las obras de urbanización señaladas en el Artículo 199 siguientes: red de

agua potable, drenaje sanitario, electricidad, alumbrado público, vialidad y su nomenclatura,

entre las principales.

En relación con el Artículo 201 de esta Ley, el área de cesión municipal proyectada es de

6,412.40 m2, equivalente al 19.3 % del área vendible total; se dará cumplimiento a lo

señalado en los Artículos 202, 204 y 205.

Anexo 4. Plano del proyecto urbanístico.

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109

Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Nuevo León

Título Segundo. De la Organización y Administración del Sector Forestal

Sección Única. Del Consejo Estatal Forestal

Artículo 21. El Consejo Estatal Forestal tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coadyuvar con la implementación de la política forestal;

II. Analizar el programa estatal forestal y remitirlo para su aprobación al Gobernador

del Estado;

III. Aprobar su anteproyecto de Reglamento Interior y someterlo a la consideración del

Gobernador del Estado;

IV. Emitir opinión sobre los programas de manejo forestal y cambio de usos de suelo en

terrenos forestales y preferentemente forestales; y

V. Las demás que le señalen las disposiciones legales aplicables y el Reglamento de la

presente Ley.

El Consejo Estatal Forestal tendrá entre sus atribuciones el ser un órgano de consulta,

asesoramiento para las dependencias federales y estatales responsables de la

administración del sector forestal, en las materias que le señala la Ley y en las que se les

solicite su opinión. Además, tendrá la atribución de fungir como órgano de asesoría,

supervisión, vigilancia, evaluación y seguimiento en la aplicación de los criterios e

instrumentos de política forestal, previstos en esta Ley y su reglamento, así mismo tendrá la

función de órgano de concertación.

Se requiere el cambio de uso de suelo para un área de 13,085.07 m2, por lo que

simultáneamente con la Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Particular, Sector

Cambio de Uso de Suelo, se hará entrega del Estudio Técnico Justificativo ante la

Delegación de SEMARNAT en Nuevo León (el trámite en materia de Impacto Ambiental ante

las autoridades estatal y municipal ya fue realizado).

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Dado que una de las atribuciones del Consejo Estatal Forestal es emitir su opinión sobre el

cambio de uso de suelo en terrenos forestales, debe darse la coordinación entre ambas

instancias (estatal y federal).

Decreto de Fomento a la Vivienda (para el año 2010 de Gobierno del Estado de

Nuevo León)

Dentro del Artículo Segundo se menciona que las personas físicas o morales que realicen

trámites de construcción de vivienda dentro del territorio del Estado, se beneficiarán en los

siguientes términos:

I. 100 % de reducción en los derechos por los servicios prestados por el Estado en la

revisión de planos de vivienda que se practique por concepto de ingeniería sanitaria,

tratándose de fraccionamientos habitacionales para vivienda de interés social; 80 %

tratándose de fraccionamientos de vivienda popular; y 50 % en los demás casos de

fraccionamientos habitacionales.

II. 100 % de reducción en los derechos por servicios prestados por el Estado por la

incorporación a las redes de agua y drenaje, tratándose de fraccionamientos

habitacionales de vivienda tipo social progresivo o de fraccionamientos

habitacionales para vivienda de interés social; y 80 % tratándose de

fraccionamientos de vivienda popular.

III. 100 % de reducción en los derechos que se generen en el Registro Público de la

Propiedad y del Comercio, con motivo de la inscripción de títulos que consignen el

otorgamiento de créditos para la urbanización de fraccionamientos habitacionales o

para la construcción de viviendas de interés social y popular para su venta, así como,

100 % por el registro de planos de fraccionamientos habitacionales de tipo social

progresivo o de vivienda de interés social y popular.

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111

NIVEL MUNICIPAL

Reglamento de Protección Ambiental del Municipio de Guadalupe, Nuevo León

Capítulo IV. Del Impacto Ambiental

Artículo 16. Cuando por su ubicación, dimensiones o características existan obras o

actividades que afecten de manera adversa el ambiente y la salud y que no sean

competencia de la Federación o del Estado, la evaluación del impacto ambiental y/o de

riesgos se efectúa dentro de los procedimientos municipales de autorización de uso del

suelo, construcciones y fraccionamientos.

Dichos ordenamientos proveerán lo necesario a fin de hacer compatibles la política

ambiental con la de Desarrollo Urbano y de evitar la duplicidad de procedimientos

administrativos en la materia.

El proyecto es un fraccionamiento habitacional, por lo que la evaluación en materia de

impacto ambiental corresponde a la autoridad estatal.

Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo del Municipio de Guadalupe, Nuevo

León.

Título III. Del Régimen de Propiedad en Condominio y Fraccionamiento

Capítulo Segundo. Fraccionamientos.

Artículo 22. Los Fraccionamientos y la Urbanización del Suelo deben cumplir con lo

dispuesto en la Legislación vigente en materia de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo

León.

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Artículo 23. Se debe cumplir con lo dispuesto en el Plan vigente de Desarrollo Urbano de

Guadalupe, Nuevo León.

Artículo 24. Para contribuir a la calidad de vida de los Guadalupenses se establece el lote

mínimo de 98 metros cuadrados en las áreas urbanas y urbanizables con un frente de 7 mts.

De igual manera, los condominios y/o fraccionamientos estarán obligados a sujetarse a lo

establecido en el capítulo IV de la Ley vigente aplicable a personas con capacidades

diferentes, a fin de permitir su accesibilidad universal.

Artículo 25. Tipos de fraccionamiento que pueden realizarse en el municipio son:

I. Habitacional de urbanización inmediata

II. Habitacional de urbanización progresiva

III. Comercial y de servicios

IV. Parques Industriales

V. Funerarios o cementerios

Artículo 25 Bis. Solo podrán denominarse como fraccionamiento privado o conjunto privado

cualquiera que sea su clasificación o tipo, aquellos que se encuentren constituidos bajo el

régimen de propiedad en condominio y en el caso de ser habitacional deberán contar con

barda perimetral y control de accesos.

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113

En relación con los Artículos 22 y 23, el proyecto cumplirá con lo señalado en la Ley de

Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, así como con el uso de suelo marcado en el

Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Guadalupe, Nuevo León, 2009 – 2012.

Dando cumplimiento al Artículo 24 del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo

municipal, los lotes tipo del fraccionamiento son de 105.0 m2.

El proyecto es de tipo habitacional de urbanización inmediata (Artículo 25).

Plan Municipal de Desarrollo de Guadalupe, Nuevo León, 2009 - 2012

Loe ejes rectores del Plan son los siguientes:

Estado de derecho

Desarrollo y asistencia social

Crecimiento económico y sustentable

Servicios públicos de calidad

Gobierno eficiente

En el renglón de Crecimiento económico y sustentable se señalan, entre otras, las

siguientes líneas de acción:

∼ Proyecto ecológico permanente en el Río Santa Catarina

∼ Implementación de programas para la protección del medio ambiente

∼ Regularización de predios y escrituración de los mismos

El proyecto se desarrollará en un área marcada por el actual Plan Municipal de Desarrollo

Urbano como compatible con el uso habitacional.

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114

Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Guadalupe, Nuevo León, 2005 - 2025.

El Plan fue concebido como un instrumento de la planeación física, tiene como propósito

cumplir con los siguientes objetivos: regular el desarrollo urbano; determinar las relaciones

entre los componentes de la estructura urbana; establecer las estrategias para la aplicación

de las políticas de ordenamiento, conservación, mejoramiento y crecimiento; determinar la

zonificación; regular los usos y destinos del suelo; ordenar los asentamientos humanos en

el municipio y establecer programas y acciones para su ejecución.

De acuerdo con el Plano de Usos, Destinos y Zonificación, al área del proyecto (23,226.135

m2), le corresponde uso habitacional, específicamente H3 (Habitacional Popular).

Colinda al sur con el Río La Silla, definido como de Preservación Ecológica. Al oeste limita

con la futura Prolongación de la Av. Crispín Treviño (Av. Día del Empresario), definido como

Corredor Urbano Intenso (CUI).

Anexo 5. Planes de desarrollo urbano - Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de

Guadalupe, Nuevo León, 2005 - 2025.

Las características de estas áreas son las siguientes:

H3-Popular: en estas zonas se permite el uso de suelo habitacional unifamiliar y

departamental, usos comerciales y de servicios complementarios y compatibles a la

vivienda, son zonas donde se establecen programas de vivienda de interés social.

CUI-Corredor Urbano Intenso: en esta zona se permiten los usos y destinos de las

funciones de comercios, servicios y vivienda que sean predominantes, complementarios,

compatibles y condicionados. Está localizada anexa a las vías principales y carreteras,

autopistas y libramientos.

PE-Preservación Ecológica: Son las zonas donde existen uno o más ecosistemas en buen

estado de conservación y que se destinan para preservar los elementos nativos

naturales indispensables para el equilibrio ecológico, como son los cauces de los ríos y

arroyos que atraviesan el Municipio, el Cerro de La Silla, entre lo actualmente

urbanizado y el límite del monumento natural Cerro de La Silla.

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Factibilidad de Uso de Suelo

Se cuenta con la Factibilidad de Urbanización, Lineamientos Generales de Diseño Urbano y

Aprobación del Proyecto Urbanístico, para el desarrollo de un fraccionamiento habitacional

en el predio, otorgada por la Autoridad municipal a través del Centro de Desarrollo Urbano

y Ecología, mediante el Oficio Número CDUE/185/09-F, Expediente Número DUF1-

2/015/2009.

Anexo 9. Oficios, Autorizaciones – Factibilidad de uso de suelo municipal.

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116

IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y

SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL

DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL

PROYECTO

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IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE

LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE

INFLUENCIA DEL PROYECTO

Inventario Ambiental

117

IV.1 Delimitación del área de estudio

La delimitación del área de influencia del proyecto se estableció sobre el Camino a Las

Escobas al norte, la colindancia con el Fraccionamiento Habitacional Riberas de Dos Ríos al

este, el Río La Silla al sur y la futura Prolongación de la Av. Crispín Treviño (Día del

Empresario) al oeste; ocupa una superficie de 9.73 hectáreas, que incluyen las 6.21

hectáreas del polígono general y por lo tanto las 2.32 hectáreas del área del proyecto.

UBICACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

AS ESCOBAS

AS ESCOBAS

CR

ISP

INT

RE

VIÑ

O

VILLASDEL RIO

DAVIDCAVAZOS

VILLAS LOS MANANTIALES

IND LA SILL2DO SEC

CR

ISP

INT

RE

VIÑ

O

VILLASDEL RIO

DAVIDCAVAZOS

VILLAS LOS MANANTIALES

IND LA SILL2DO SEC

Área de influencia

Área del proyecto

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118

IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental

IV.2.1 Aspectos abióticos

a) Clima

Tipo de clima

De acuerdo con la clasificación de Köppen, modificada por Enriqueta García para la

República Mexicana, el tipo de clima en el área de influencia y del proyecto es (A)Cx’; se

trata de un clima templado, semicálido, subhúmedo, con lluvias escasas todo el año; el

porcentaje de lluvia invernal es mayor de 18.

Temperaturas promedio

La temperatura media anual es de 22 °C.

En el mes de julio se presenta la temperatura media más alta, que va de 29 °C a 30 °C; en

tanto que la menor se observa en enero y diciembre, con valores entre 14 °C y 15 °C.

Precipitación promedio

La precipitación promedio anual es de 600 a 800 mm.

En septiembre se registra la máxima precipitación mensual, con rangos de 160 a 170 mm;

en enero se presenta la mínima, que oscila entre 15 y 20 mm.

Fenómenos climatológicos

Las heladas ocurren con una frecuencia de 0 a 20 días al año.

La frecuencia de granizadas es de 0 a 2 días al año.

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119

b) Geología y geomorfología

Características litológicas del área

En el área de influencia, la litología se compone de Conglomerado hacia la esquina noreste

y de Lutita en el resto del área.

Por lo tanto, en el área del proyecto (23,226.135 m2) se presenta Lutita.

Anexo 6. Cartografía - Geología

Las características generales de estas unidades litológicas son las siguientes:

− Conglomerado

Roca sedimentaria del Cenozoico (período Terciario Superior - Plioceno).

Consiste primordialmente en una secuencia de capas de origen continental de edad

Eocénica tardía - Oligocénica temprana, que se formó posteriormente al plegamiento de las

rocas cretácicas.

− Lutita

Roca sedimentaria del Cenozoico (período Terciario Superior - Plioceno).

Las lutitas presentan coloraciones que van de gris a negro, presentan lentes margosas,

concresiones de cuarzo, calizas terrosas, alteraciones de limonitas y guijarros cuarzosos. Su

consistencia es frágil y su estructura laminar.

Características geomorfológicas

El área del proyecto y de influencia están en la provincia Llanura Costera del Golfo del Norte.

En la región, el Cretácico Inferior está representado por rocas calcáreas localizadas en el

norte de Monterrey. La mayor parte de los afloramientos rocosos de la provincia pertenecen

al Cretácico Superior y están constituidos por lutitas. Los conglomerados que sobreyacen en

forma discordante a los sedimentos del Cretácico Superior son del Terciario (Pleistoceno).

Los depósitos más recientes son del Cuaternario y están constituidos por rellenos aluviales.

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Las estructuras características de las rocas del Cretácico en la provincia están formadas por

numerosos pliegues de pequeñas dimensiones y por abundantes fracturas y fallas de

corriente horizontal.

UBICACIÓN FISIOGRÁFICA

120

Ubicación del proyecto

Características del relieve

Dentro de la provincia, las áreas del proyecto y de influencia forman parte de la

subprovincia Llanuras y Lomeríos; la zona se asienta sobre lomeríos suaves con llanuras.

Ambas áreas están a una altura media de 440 metros sobre el nivel del mar.

El valor de la pendiente media en el área del proyecto es de 1 %; medida desde el vértice

11 al 18 del polígono general.

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MEDICIÓN DE LA PENDIENTE MEDIA

121

S

N

EW

Fue obtenida con la siguiente fórmula:

Valor de pendiente = Diferencia entre curvas de nivel X 100 Distancia entre curvas del nivel

Los valores de las curvas de nivel son de 432 y 435 metros sobre el nivel del mar, a la

altura de los vértices 11 y 18, respectivamente, es decir, hay una diferencia de 3 metros

entre ambas; la distancia es de 284.6 m. Entonces, aplicando la fórmula para obtener el

valor de la pendiente se tiene:

Valor de pendiente = 3 X 100 284.6

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122

En la siguiente página se muestra un gráfico a mayor detalle de los valores de pendiente en

el área del proyecto, obtenida por medición entre curvas de nivel contiguas, es decir, a

cada metro sobre el nivel del terreno. Se observa que en la mayor parte del área las

pendientes son leves (menores al 15 %). Hacia la colindancia con el Río La Silla, por el

desnivel del terreno respecto al escurrimiento, las pendientes son mayores, principalmente

de 15 al 30 %; estas áreas corresponden a las secciones suroeste y sur-sureste (en la

sección intermedia a éstas se tienen básicamente valores menores a 15 %).

Anexo 6. Cartografía - Topografía

Anexo 8. Fotografías – Vistas aéreas

Presencia de fallas y fracturamientos

En el área del proyecto y de influencia no se presentan fallas o fracturas geológicas.

Anexo 6. Cartografía - Geología

Susceptibilidad de la zona a:

( ) Sismicidad

( ) Deslizamientos

( ) Derrumbes

( ) Otros movimientos de tierra o roca

( ) Posible actividad volcánica

Tanto el área del proyecto como de influencia no son susceptibles a estos eventos.

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PLANO DE PENDIENTES TOPOGRAFICAS

123

0 – 15 % 15.1 – 30 % 30.1 – 45 % > 45 %

SIMBOLOGÍA

S

N

EW

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124

c) Suelos

Tipo de suelo

Tanto en el área del proyecto como de influencia se presentan Regosol y Fluvisol como

suelos predominantes; en ambas áreas, el Regosol ocupa la mayor parte de cada una; el

Fluvisol se presenta a lo largo del límite sur, dada la colindancia con el Río La Silla.

Las características generales de los suelos son las siguientes:

− Regosol calcárico

Esta unidad está representada, bien por suelos someros (con menos de 40 cm de espesor),

o profundos (con más de 100 cm de espesor); los primeros están limitados por la roca

madre o por un horizonte continuo y coherente producto de la acumulación y cementación

de carbonatos de calcio (petrocálcico = caliche). Los profundos están limitados por material

coluvio-aluvial no consolidado identificado corno regolito, material que los caracteriza como

suelos esqueléticos.

Desde el punto de vista morfológico, los suelos someros presentan un horizonte AC (0 - 30

cm) transicional, en tanto que los profundos están constituidos por el horizonte A (0 - 30

cm) y el estrato de regolito (de 30 a más de 100 cm).

El modo de formación de los suelos someros es residual y en los profundos coluvio-aluvial.

Los primeros se encuentran en las sierras y lomeríos sobre pendientes abruptas (mayores al

30 %) y moderadamente abruptas (15 a 30 %); los segundos se hallan en pies de monte y

en abanicos aluviales sobre pendientes moderadas (8 a 15 %) o leves (4 a 8 %).

Generalmente ambos suelos presentan las características físicas y químicas siguientes:

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125

Características del suelo Regosol calcárico

Color Pardo amarillento (10 YR 4/4) en húmedo

Textura Gruesa* (70 - 24 - 6) Consistencia Suelta en seco y en húmedo Adhesividad y plasticidad Nula Estructura Estructura general simple

Gravas Abundantes gravas (40 a 80 %), angulares y subangulares

Materia orgánica 0.3 a 0.1 % Capacidad de intercambio catiónico total 6 a 8 meq/100 gr de suelo

Saturación de bases 100 %

Reacción Moderadamente alcalina (pH 8) y reacción fuerte al HCl

Drenaje Optimo Fertilidad Muy deficiente

− Fluvisol

Son suelos profundos (más de 100 cm de espesor), sin desarrollo (el perfil no presenta

horizontes claramente desarrollados y tienen muy poco contenido de materia orgánica); con

reacción fuerte al HCl. Su formación se realiza a partir de depósitos aluviales recientes

transportados por los principales ríos y arroyos, razón para comprender su ubicación sobre

pendientes muy leves (0 a 4 %).

Morfológicamente presentan un horizonte A (0 - 31 cm) débilmente desarrollado, seguido

de un horizonte C (30 a más de 100 cm), arenoso.

Generalmente son suelos que presentan las características físicas y químicas siguientes:

* Textura: (% arena, % limo, % arcilla), gruesa (más de 65 % de arena); media (menos del 65 % de arena,

menos del 35 % de arcilla); fina (más del 35 % de arcilla).

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126

Características del suelo Fuvisol

Color Gris oscuro (7.5 YR 4/3) a claro (7.5 YR 6/4) en húmedo

Textura Gruesa (72 – 24 – 4) Consistencia Suelta en seco y húmedo Adhesividad y plasticidad Nula Estructura Sin estructura

Gravas Frecuentes (10 a 15 % en volumen), semi-redondeadas

Materia orgánica 0.1 a 0.4 % Capacidad de intercambio catiónico total 10 a 12 meq/100 gr de suelo

Saturación de bases 100 %

Reacción Moderadamente alcalina (pH menor a 8.5) y reacción fuerte al HCl

Drenaje De moderado a muy drenado Fertilidad Natural baja

Composición del suelo

En el área del proyecto y de influencia se tienen las mismas unidades de suelo:

Rc + Hc / 2 Regosol calcárico + Feozem calcárico / Textura media.

Fase física lítica.

Jc + Hc / 1 Fluvisol calcárico + Feozem calcárico / Textura gruesa

Fase física gravosa.

Anexo 6. Cartografía - Edafología

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d) Hidrología superficial y subterránea

Recursos hidrológicos localizados en el área de estudio

El área del proyecto y de influencia forman parte de la Región Hidrológica 24 Bravo –

Conchos, Cuenca Río Bravo - San Juan y específicamente de la Subcuenca Río Monterrey.

El Coeficiente de Escurrimiento en el área del proyecto es de 10 a 20 %. Para el área de

influencia, el Coeficiente tiene valores de 5 a 10 % y de 10 a 20 %.

HIDROLOGIA SUPERFICIAL

127

Ubicación del proyecto

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Hidrología superficial

La cartografía señala la presencia de un escurrimiento intermitente aproximadamente en la

parte media del polígono general, que ingresa al mismo por el costado oeste, recorriendo

aproximadamente 180 m hasta confluir con el Río La Silla (por el costado este del polígono

general), cruzando a la vez por el área del proyecto (de 23,226.135 m2); sin embargo, éste

no fue observado en las visitas de campo.

Anexo 6. Cartografía - Topografía

128

En el área definida como corredor biológico, ubicada en las cercanías con el Río La Silla y

debido al desnivel del terreno con éste (de casi 5 m), se observan áreas por donde fluye el

agua de lluvia hacia el Río. En general, el límite sur del terreno está a 50 m de distancia, en

promedio, del cauce del Río (eje del Río).

UBICACIÓN DEL ÁREA DEL PROYECTO RESPECTO AL RIO LA SILLA

S

N

EW

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Por lo anterior, en el corredor biológico se conservará la vegetación natural, para el

amortiguamiento de los fenómenos naturales y conservación de los servicios ambientales

que presta esta área.

ón natural, para el

amortiguamiento de los fenómenos naturales y conservación de los servicios ambientales

que presta esta área.

129

Aunado a esto, las áreas habitacional y vial del fraccionamiento, particularmente del área

del proyecto, estarán alejadas en promedio 16 m más del cauce del Río dado que el área

verde 1 es de este ancho en promedio (datos tomados a la altura de los vértices 12, 14 y

18).

Aunado a esto, las áreas habitacional y vial del fraccionamiento, particularmente del área

del proyecto, estarán alejadas en promedio 16 m más del cauce del Río dado que el área

verde 1 es de este ancho en promedio (datos tomados a la altura de los vértices 12, 14 y

18).

DISTANCIA DE ÁREAS HABITACIONAL Y VIAL AL CAUCE DEL RÍO DISTANCIA DE ÁREAS HABITACIONAL Y VIAL AL CAUCE DEL RÍO

S

N

EW

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130

Embalses y cuerpos de agua cercanos

El Río Santa Catarina se encuentra al norte del área del proyecto, a aproximadamente 1.75

kilómetros, en línea recta; el cauce del Río La Silla está a 50 m de distancia, en promedio,

del límite sur del mismo.

Análisis de la calidad del agua

No se tiene información disponible.

Hidrología subterránea

El área de influencia se asienta sobre material no consolidado con rendimiento medio (de

10 a 40 litros por segundo) y sobre material consolidado con rendimiento bajo (menor a 10

litros por segundo). El área del proyecto está también sobre éste último tipo de material.

Ambas áreas (del proyecto y de influencia) se encuentran en veda de explotación de agua

subterránea.

Ver la figura de la siguiente página.

Localización del recurso

No habrá afectación al agua subterránea.

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HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA

131

Ubicación del proyecto

Tipo de vegetación en la zona

Área de influencia

La cartografía señala que en la mayor parte del área se desarrollaban actividades agrícolas

de riego; hacia el sur de ésta (que corresponde también al área del proyecto), se presenta

vegetación nativa (Matorral Submontano); y dada la cercanía del Río La Silla, a lo largo de

éste existe Bosque de Galería (con sabino) mezclado con Vegetación de Galería.

Las unidades cartográficas en el área de influencia son las siguientes:

RA-Pc Agricultura de riego con cultivo anual mezclada con pastizal cultivado.

Mb Matorral submontano.

BGt-Vg Bosque de galería con predominancia de Taxodium mezclada con vegetación

de galería.

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132

Asociaciones vegetacionales presentes en el área del proyecto

De acuerdo con la cartografía del INEGI, en el área del proyecto (23,226.135 m2), se

presenta vegetación nativa (Matorral Submontano).

Anexo 6. Cartografía – Uso del suelo

Actualmente, en la parte norte del área se tiene una franja de 5,842.784 m2 con vegetación

herbácea (pastizal); existe una superficie de 13,085.07 m2 compuesta por Matorral

Submontano de tipo secundario, en proceso de degradación (colinda con la vegetación

herbácea), para la cual se solicita el Cambio de Uso de Suelo; además de la franja de

vegetación a lo largo de la colindancia sur (corredor biológico), compuesta por Matorral

Submontano y que ocupa 4,298.281 m2.

Las especies características del pastizal son Chloris sp., Pennisetum ciliare, Rhynchelytrum

repens y Helianthus annuus.

En el área de vegetación secundaria de Matorral submontano, en proceso de degradación,

se tienen especies como Eysenhardtia texana, Ebenopsis ebano, Celtis pallida y Prosopis

glandulosa.

Las especies características en el área del corredor biológico (Matorral Submontano) son

Ebenopsis ebano, Cordia boissieri, Eysenhardtia texana, Celtis pallida.

Ver la siguiente figura.

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ZONIFICACIÓN DE LA VEGETACIÓN EN EL ÁREA DEL PROYECTO

133

S

N

EW

Vegetación herbácea 5,842.784 m2 No solicitada para Cambio de Uso de Suelo Vegetación secundaria de Matorral Submontano en proceso de degradación 13,085.07 m2 Solicitada para Cambio de Uso de Suelo Vegetación nativa de Matorral Submontano (área de corredor biológico) 4,298.281 m2

No solicitada para Cambio de Uso de Suelo

El listado general de la vegetación en el área del proyecto es el siguiente:

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134

Especie Nombre Común Acacia farnesiana Huizache Acacia greggii Uña de gato Acacia rigidula Chaparro prieto Celtis laevigata Palo blanco Celtis pallida Granjeno Clematis drummondii Barbas de chivo Chloris sp. Cordia boissieri Anacahuita Ebenopsis ebano Ebano Ehretia anacua Anacua Eysenhardtia texana Vara dulce Gymnosperma glutinosum Tatalencho Helianthus annuus Girasol Heliopis sp. Lantana camara Lantana Leucophyllum frutescens Cenizo Opuntia engelmannii Nopal Pennisetum ciliare Zacate buffel Phyla incisa Prosopis glandulosa Mezquite Ricinus communis Higuerilla Rhynchelytrum repens Zacate reosado Schaefferia cuneifolia Panalero Solanum elaeagnifolium Verbena neomexicana Yucca filifera Palma china Zanthoxylum fagara Colima

Especies de interés comercial

Acacia farnesiana (huizache)

Se cultiva como ornamental y por su leña. Es cultivada o fomentada como forrajera y para

el control de erosión, sobre todo en suelos degradados. Es medicinal y se usa para curtir. Es

la fuente de un aceite usado en la perfumería.

Se emplea contra la diarrea, la tifoidea, el bazo crecido, la inflamación de la garganta,

heridas, dolor de cabeza y contra las nubes en los ojos.

La raíz cocida y combinada con la de tuna se utiliza contra el empacho; hervida se toma

como agua de tiempo para combatir las hemorragias vaginales.

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135

Su fruto se aplica contra los fuegos en la boca, para afianzar la dentadura, como

antiespasmódico y astringente y contra la tuberculosis.

El cocimiento de su corteza cura el dolor de estómago y abre el apetito.

Como tintura es útil para curar piquetes de insectos y en té para curar picaduras de alacrán.

La infusión de las flores se bebe contra la disentería, la dispepsia, las inflamaciones de la

piel y las mucosas.

Acacia rigidula (chaparro prieto)

Su corteza contiene taninos, utilizados en curtiduría. El follaje de este arbusto es consumido

por el ganado caprino. Los tallos se usan como leña y para fabricar estantes.

Celtis pallida (granjeno)

Fruto comestible por humanos. El ganado doméstico se alimenta de los frutos y sus hojas

son forrajeras. Se emplea para reforzar cercas para delimitar propiedades.

Cordia boissieri (anacahuita)

La anacahuita es una planta aromática. Las hojas son utilizadas como remedio contra el

reumatismo y para el tratamiento de afecciones bronquiales.

Ebenopsis ebano (ébano)

Su madera es sólida y difícilmente se pudre, lo cual le confiere gran valor en construcciones

rurales y para la fabricación de muebles; también se utiliza para hacer carbón; sus frutos se

han usado en curtiduría; sus semillas son comestibles.

Eysenhardtia texana (vara dulce)

Las hojas y las ramas son utilizadas como forraje.

Lantana camara (lantana)

El follaje es tóxico para el ganado.

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136

Opuntia engelmannii (nopal)

Los tallos son alimento del ganado; sus frutos son consumidos por humanos y por la fauna

silvestre; los tallos tiernos son los nopalitos que consumimos como verdura.

Prosopis glandulosa (mezquite)

Suministra forraje a la fauna silvestre y el ganado; provee madera para pisos, ebanistería y

construcción, leña y carbón; actualmente se aprecia su valor ornamental.

Yucca filifera (palma china)

Los tallos se emplean en construcción rural, las hojas enteras se usan para techos; de las

hojas talladas se obtiene el ixtle de palma, usado para fabricar cordeles, sacos para

almacenar granos, morrales, entre otros.

Zanthoxylum fagara (colima)

Sirve como antisifilítico, diaforético, estimulante, tónico, para espasmo y enfermedades

urinarias.

En el Anexo 7 se encuentran planos del terreno para sobreposición (topografía, geología,

edafología y uso del suelo).

b) Fauna

La urbanización de la zona, en general, y la existencia de áreas habitacionales, en particular,

han provocado una disminución en la fauna silvestre.

Enseguida se presenta el listado de la fauna que se observó en el área del proyecto,

mencionando su nombre científico, nombre común, el tipo de avistamiento y su estatus en

la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

Ver numeral II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete

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137

MAMÍFEROS

Familia Especie Nombre común Tipo de Registro Ejemplares Estatus Muridae Rattus rattus Rata de casa Directo 2 No listada

AVES

Familia Especie Nombre común Tipo de Registro Ejemplares Estatus Cathartidae Cathartes aura Aura común Directo 1 No listada Columbidae Columbina inca Tórtola cola larga Directo 1 No listada Emberizidae Quiscalus mexicanus Urraca Directo 2 No listada Passeridae Passer domesticus Chilero Directo 10 No listada Columbidae Zenaida macroura Paloma Directo 6 No listada

REPTILES

Familia Especie Nombre común Avistamiento Ejemplares Estatus Teiidae Cnemidophorus gularis Lagartija rayada Directo 10 No listada

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138

IV.2.3 Paisaje

Visibilidad

Para determinar las áreas visibles, el factor topográfico es fundamental.

La pendiente en el área del proyecto es, en general, suave, por lo que la visibilidad se ve

limitada.

En el área del proyecto se ha desarrollado vegetación herbácea, principalmente pastizal

(que representa el 25.1 % del área), y ocupa la franja norte; colindante a éste existe una

franja de vegetación secundaria de Matorral Submontano (56.3 % del área del proyecto), y

finalmente a lo largo de la colinancia sur se presenta una franja de vegetación nativa (18.5

% del área del proyecto).

Calidad del paisaje

Hacia la colindancia sur del área del proyecto la calidad del paisaje es buena, dada la

presencia de un matorral denso; hacia la parte norte la calidad es baja por la existencia de

vegetación herbácea; mientras que aproximadamente en la parte media del área, la calidad

del paisaje es regular (se tiene una especie que representa alrededor del 50 % de los

individuos en el estrato superior).

Fragilidad

Las áreas con carácter antrópico tienen una alta fragilidad; por lo que puede decirse que la

fragilidad en el área del proyecto es media por la urbanización de la zona en general

(colinda al este con un desarrollo habitacional).

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139

IV.2.4 Medio socioeconómico

a) Demografía

Dinámica de la población

La información censal (XII Censo General de Población y Vivienda, 2000), señala que el

municipio de Guadalupe, Nuevo León, contaba con una población total de 670,162

habitantes, con el 49.7 % representado por hombres (332,973) y el 50.2 % por mujeres

(337,189). Esta población es el 17.4 % del total de habitantes del Estado de Nuevo León.

Crecimiento y distribución de la población

En 1950, Guadalupe, Nuevo León, contaba con 12,610 habitantes; para el año 2000 la

población municipal incrementó a 670,162 personas (lo que representa un aumento de

657,552 individuos).

Distribución según sexo Año Población total Hombres Porcentaje Mujeres Porcentaje

Estado 740 191 366 382 49.5 373 809 50.5 1950 Municipio 12 610 6 306 50.0 6 304 50.0 Estado 1 078 848 542 431 50.3 536 417 49.7 1960 Municipio 38 233 19 603 51.3 18 630 48.7 Estado 1 694 689 852 469 50.3 842 220 49.7 1970 Municipio 159 930 81 677 51.1 78 253 48.9 Estado 2 513 044 1 251 286 49.8 1 261 758 50.2 1980 Municipio 370 908 185 794 50.1 185 114 49.9 Estado 3 098 736 1 542 664 49.8 1 556 072 50.2 1990 Municipio 535 560 266 586 49.8 268 974 50.2 Estado 3 550 114 1 773 793 50.0 1 776 321 50.0 1995 Municipio 618 933 308 157 49.8 310 776 50.2 Estado 3 834 141 1 907 939 49.8 1 926 202 50.2 2000 Municipio 670 162 332 973 49.7 337 189 50.3

La tasa de crecimiento media anual intercensal ha registrado los siguientes valores en el

municipio:

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Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Particular Fraccionamiento Habitacional Península, ubicado en el municipio de Guadalupe, N. L.

140

Período Porcentaje 1950-1960 11.7 1960-1970 16.0 1970-1980 8.5 1980-1990 3.8 1990-2000 2.3

La población municipal es básicamente urbana. Las principales localidades son Ciudad

Guadalupe, Las Escobas (2 localidades), El Ranchito Número 1, Doble G; la información

censal (año 2000) señala que en la cabecera municipal se concentra el 99.9 % del total

poblacional.

Distribución según sexo Localidad Población totalHombres Mujeres

Estado 3 834 141 1 907 939 1 926 202 Municipio 670 162 332 973 337 189 Ciudad de Guadalupe 669 842 332 809 337 033 Las Escobas 228 118 110 Las Escobas 33 13 20 El Ranchito Número Uno 29 15 14 Doble G 9 5 4 Resto de localidades 21 13 8

Estructura por sexo y edad

La población de mujeres en el municipio (año 2000) es de 337,189; la de hombres es de

332,973.

No se aprecian diferencias notorias en la composición de la población por sexo.

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Distribución según sexo Grupo de edad Población total Hombres Mujeres

Guadalupe, N. L. 670162 332973 337189 0 - 4 años 68865 35119 33746 5 - 9 años 66778 33980 32798 10 - 14 años 63540 32415 31125 15 - 19 años 67295 33619 33676 20 - 24 años 68885 34232 34653 25 - 29 años 64719 31963 32756 30 - 34 años 56470 27424 29046 35 - 39 años 49199 24089 25110 40 - 44 años 42056 20544 21512 45 - 49 años 31008 15322 15686 50 - 54 años 25768 12760 13008 55 - 59 años 18394 9088 9306 60 - 64 años 14856 7297 7559 65 - 69 años 10091 4767 5324 70 - 74 años 7206 3263 3943 75 - 79 años 4843 2265 2578 80 - 84 años 2299 1025 1274 85 - 89 años 1449 609 840 90 - 94 años 552 247 305 95 - 99 años 257 85 172 100 y más años 41 17 24 No especificado 5591 2843 2748

Migración

Para el año 2000, el 77.4 % de la población municipal son nacidos en la entidad; en tanto

que el 21.4 % son pobladores que nacieron en otros estados; de éstos últimos, el 26.6 %

provienen de San Luis Potosí, el 18.2 % de Tamaulipas, el 15.6 % de Coahuila de Zaragoza,

el 11.2 % de Zacatecas y el 28.4 % de otras entidades; el 0.3 % de la población de

Guadalupe, Nuevo León, son nacidos en otro país.

Natalidad y mortalidad

Para el año 2001 se registraron 15,627 nacimientos en Guadalupe, Nuevo León, (7,873

hombres y 7,754 mujeres).

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El número de defunciones generales en el municipio fue de 2,574 (1,421 hombres y 1,153

mujeres).

1995 2001 1995 2001 Concepto Estado Municipio

Nacimientos 85 766 91 712 14 557 15 627 Hombres 43 520 46 539 7 413 7 873 Mujeres 42 246 45 173 7 144 7 754 Defunciones generales 14 554 16 286 2 164 2 574 Hombres 7 987 9 003 1 172 1 421 Mujeres 6 555 7 277 991 1 153 No especificado 12 6 1 0 Defunciones de menores de un año 1 154 1 036 184 167 Hombres 665 580 98 97 Mujeres 487 450 85 70 No especificado 2 6 1 0 Matrimonios 30 949 32 029 4 878 5 223 Divorcios 1 824 2 986 57 104

Población económicamente activa

a) Población económicamente activa (por edad, sexo, estado civil)

Para el año 2000, la población económicamente activa en el municipio registró un total de

269,091 personas (182,238 hombres y 86,853 mujeres).

PEA Distribución según sexo

Población total Ocupada Desocupada

PEI NE

Estado 2 859 284 1 477 687 16 814 1 353 576 11 207 Hombres 1 411 846 1 013 891 12 642 379 295 6 018 Mujeres 1 447 438 463 796 4 172 974 281 5 189 Municipio 502 945 265 796 3 295 231 707 2 147 Hombres 247 795 179 804 2 434 64 441 1 116 Mujeres 255 150 85 992 861 167 266 1 031

Nota: PEA. Población económicamente activa PEI. Población económicamente inactiva NE. No especificado

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En la siguiente tabla se muestra la población económicamente activa por grupo quinquenal

de edad, según sexo en el municipio.

Distribución según sexo Población total Hombres Mujeres Grupo de edad

Estado Municipio Estado Municipio Estado MunicipioTotal 1 494 501 269 091 1 026 533 182 238 467 968 86 853 12-14 años 8 794 1 199 5 503 772 3 291 427 15-19 años 145 045 26 496 86 659 15 616 58 386 10 880 20-24 años 245 496 45 202 155 750 28 219 89 746 16 983 25-29 años 247 810 44 520 169 466 29 901 78 344 14 619 30-34 años 214 513 38 027 150 382 26 147 64 131 11 880 35-39 años 184 578 33 742 127 670 22 980 56 908 10 762 40-44 años 148 976 28 220 103 333 19 397 45 643 8 823 45-49 años 105 051 19 616 75 563 14 118 29 488 5 498 50-54 años 80 352 14 491 60 951 11 030 19 401 3 461 55-59 años 52 368 8 739 41 685 6 988 10 683 1 751 60-64 años 30 567 4 697 24 525 3 810 6 042 887 65 y más años 30 951 4 142 25 046 3 260 5 905 882

b) Distribución porcentual de la población desocupada abierta por posición

en el hogar

Para el año 2001, la tasa de desempleo abierto para el área metropolitana de Monterrey, de

la cual forma parte el municipio de Guadalupe, Nuevo León, fue de 2.3 % en los meses de

enero - marzo, para abril - junio se tiene un 2.4 %, de julio a septiembre se registró el 3.0

% y de octubre-diciembre el 2.8 %.

El área metropolitana de Monterrey comprende la ciudad de Monterrey y las localidades

conurbadas de los municipios de Apodaca, García, San Pedro Garza García, General

Escobedo, Guadalupe, Juárez, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina.

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c) Población económicamente inactiva

La información censal (año 2000), indica que la población económicamente inactiva en el

municipio es de 231,707 personas (el 34.5 % de la población municipal).

De acuerdo al tipo de inactividad, se tiene que el 43.2 % de la PEI son personas dedicadas

a quehaceres del hogar.

Inactividad Porcentaje Estudiantes 24.8 Personas dedicadas a quehaceres del hogar

43.2

Jubilados y pensionados 5.6 Incapacitados permanentemente para trabajar

0.9

Otro tipo de inactividad 25.5

d) Distribución de la población activa por sectores de actividad

En el año 2000 la población económicamente activa representaba el 40.1 % de los

habitantes del municipio (269,091 personas); de ellos, 265,796 están ocupados; el 0.4 %

labora en el sector primario (agricultura, ganadería, caza y pesca), un 39.8 % en el sector

secundario (industria manufacturera, electricidad, agua, construcción, minería, extracción

de petróleo y gas), en tanto que el 55.9 % trabaja en el sector terciario (comercio,

transporte, gobierno y otros servicios).

En la siguiente tabla se muestra la población municipal ocupada, por sector de actividad y

por su situación en el trabajo.

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Sector de actividad Población total

Empleados y obreros

Jornaleros y peones Patrones

Trabajadores por su cuenta

Trabajadores familiares sin pago

No Especificado

Total 265 796 208 220 1 603 6 055 41 208 2 025 6 685 Agricultura, ganadería, aprovechamiento forestal, pesca y caza 996 535 71 58 283 30 19

Minería 127 106 1 5 14 0 1 Electricidad y agua 998 962 1 7 10 0 18 Construcción 21 213 14 006 989 650 5 215 44 309 Industrias manufactureras 83 379 75 581 177 1 141 4 784 186 1 510 Comercio 45 653 27 481 104 1 823 14 033 1 159 1 053 Transportes, correos y almacenamiento 13 870 9 667 51 342 3 524 29 257 Información en medios masivos 3 392 3 191 1 40 111 4 45 Servicios financieros y de seguros 3 564 3 347 2 36 126 2 51 Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles 1 233 867 1 68 261 20 16

Servicios profesionales 6 435 4 207 9 393 1 684 40 102 Servicios de apoyo a los Negocios c 7 760 6 768 24 98 712 22 136 Servicios educativos 14 301 13 587 11 101 335 11 256 Servicios de salud y de asistencia social 10 351 9 435 8 115 628 18 147 Servicios de esparcimiento y culturales 2 663 1 683 4 60 830 14 72 Servicios de hoteles y restaurantes 10 594 7 159 24 314 2 653 202 242 Otros servicios, excepto gobierno 21 443 14 570 90 668 5 486 166 463 Actividades del gobierno 7 360 7 068 15 14 94 0 169 No especificado 10 464 8 000 20 122 425 78 1 819

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Para el año 2000, el 31.9 % de la población económicamente activa ocupada percibe más

de 2 y menos de 3 salarios mínimos al mes, mientras que el 19.2 % recibe de 3 a 5 salarios

mínimos.

Salario mínimo Porcentaje de la PEA

No percibe ingresos 1.2 Menos de 1 salario mínimo 2.7 De 1 a 2 salarios mínimos 22.3 Más de 2 y menos de 3 salarios mínimos 31.9 De 3 a 5 salarios mínimos 19.2 Más de 5 salarios mínimos 17.5 No especificado 5.2

Guadalupe, Nuevo León forma parte del área geográfica B, en que para fines salariales se

ha dividido a nuestro país, con un salario mínimo general de $ 58.13 como cantidad mínima

que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria de trabajo.

b). Factores socioculturales

La construcción del fraccionamiento ofrecerá un total de 280 viviendas unifamiliares, lo que

contribuirá a disminuir el déficit en el municipio.

La urbanización del terreno y construcción de las viviendas generará empleos, favoreciendo

a los habitantes de la zona.

Medios de comunicación

Para diciembre del 2005, el municipio contaba con 3 oficinas de la red telegráfica.

En cuanto al servicio postal, para ese mismo año, 19 oficinas brindan el servicio (1

administración, 5 sucursales, 7 expendios ubicados en pequeños comercios, 4 expendios en

instituciones públicas, y 2 oficinas diversas).

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Medios de transporte

Los vehículos de motor registrados en circulación en el municipio, para el 2005, son los

siguientes:

Vehículo Oficial Público Particular Total Automóviles 279 6,439 166,811 173,529 Camiones de pasajeros 4 2,330 72 2,406 Camiones y camionetas para carga

264 3,983 67,213 7,1460

Motocicletas 77 - 3,299 3,376

Servicios públicos

Para el año 2000, la información censal señala que el total de viviendas particulares

habitadas en el municipio era de 148,712; de éstas, el 97.6 % disponen de agua entubada

y de drenaje, en tanto que el 99.5 % cuentan con el servicio de energía eléctrica.

Viviendas particulares habitadas Localidad

Total Con agua entubada Con drenaje Con energía

eléctrica Estado 878 600 821 797 797 564 865 650 Municipio 148 712 145 246 145 230 148 085 Ciudad Guadalupe 148 638 145 202 145 194 148 025 Las Escobas 47 44 28 45 Las Escobas 10 0 5 9 El Ranchito Número Uno 8 0 0 0 Doble G 3 0 1 3 Resto de localidades 6 0 2 3

Centros educativos

La población de 15 años y más en el municipio (año 2000) es de 465,388; de ellos, 223,520

hombres son alfabetas, así como 229,151 mujeres; los analfabetas corresponden a 4,968

hombres y 7,479 mujeres.

Para el ciclo escolar 2004/05, se contó con 156,044 alumnos inscritos en los diferentes

niveles educativos impartidos en el municipio, en 659 escuelas (turnos).

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Nivel educativo Alumnos inscritos

Personal docente

Escuelas (turnos)

Preescolar 24,567 979 252 Primaria 80,614 2,784 273 Secundaria 36.973 2,275 103 Profesional técnico 4,763 226 7 Bachillerato 9,127 527 24

En cuanto a alfabetización para adultos, en el año 2005 se incorporaron 526 personas (172

hombres y 354 mujeres), siendo 88 alfabetizados (26 hombres y 62 mujeres). En ese

mismo año se atendieron 343 adultos en primaria y 1,647 en secundaria, siendo emitidos

386 y 1,395 certificados, respectivamente.

Centros de salud

Para diciembre de 2005, la población derechohabiente en el municipio es de 691,931

personas: 422,191 en el IMSS; 25,705 en el ISSSTE; 2,104 en Pemex, Sedena; 2,138

personas contaban con Seguro Popular; 31,973 se atendían en instituciones privadas y

10,544 en otra institución.

La población no derecho-habiente en Guadalupe, Nuevo León es de 192,240.

El personal médico de las instituciones públicas del sector salud en el municipio es de 438

(432 del IMSS, 5 del ISSSTE, 1 del DIF).

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Vivienda

Del total de viviendas particulares habitadas en Guadalupe, Nuevo León en el año 2000

(148,712), el material de construcción predominante en los techos es losa de concreto,

tabique, ladrillo en el 74.0 % de las viviendas; las paredes son de tabique, ladrillo, block,

piedra, cantera, cemento o concreto en el 89.4 % de las viviendas; el piso es de cemento,

madera u otro recubrimiento en el 90.0 % de las viviendas.

Estado Municipio

Material predominante Viviendas particulares habitadas

Porcentaje Viviendas

particulares habitadas

Porcentaje

Pisos 878 600 100.0 148 712 100.0 Tierra 29 217 3.3 2 594 1.8 Cemento y firme 453 931 51.7 70 539 47.4 Madera, mosaico y otros recubrimientos 391 498 44.6 75 082 50.5 No especificado 3 954 0.4 497 0.3 Paredes 878 600 100.0 148 712 100.0 Material de desecho 1 914 0.2 190 0.1 Lámina de cartón 1 718 0.2 234 0.2 Lámina de asbesto y metálica 3 369 0.4 593 0.4 Carrizo, bambú y palma 450 0.1 5 0.0 Embarro y bajareque 1 184 0.1 32 0.0 Madera 21 946 2.5 2 670 1.8 Adobe 24 606 2.8 105 0.1 Tabique, ladrillo, block, piedra, cantera, cemento y concreto 819 891 93.3 144 484 97.1 No especificado 3 522 0.4 399 0.3 Techos 878 600 100.0 148 712 100.0 Material de desecho 1 862 0.2 115 0.1 Lámina de cartón 7 856 0.9 875 0.6 Lámina de asbesto y metálica 107 702 12.2 10 626 7.1 Palma, tejamanil y madera 6 705 0.8 181 0.1 Teja 1 232 0.1 68 0.1 Losa de concreto, tabique, ladrillo y terrado con viguería 749 178 85.3 136 374 91.7 No especificado 4 065 0.5 473 0.3

Áreas de recreo

El municipio cuenta con varias áreas de recreo como son el Parque La Pastora, el Gran

Parque Guadalupeke (Unidad Tolteca, Unidad Pipo), Bosque Mágico.

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Actividades económicas

Agricultura

Para el año agrícola 2000/01, la superficie sembrada en el Distrito Apodaca*, del cual forma

parte el municipio de Guadalupe, Nuevo León, alcanzó un total de 128,425 hectáreas (con

19,452 hectáreas de riego y 108,973 de temporal).

Tipo de cultivo Total Riego Temporal Total 128 425 19 452 108 973 Cultivos cíclicos 34 714 13 337 21 377

sorgo grano 17 713 5 530 12 183 sorgo forrajero 8 784 2 727 6 057 trigo grano 5 104 3 090 2 014 cebada grano 1 140 1 120 20 avena forrajera 956 576 380 maíz grano 792 294 498 frijol 136 0 136 maíz forrajero 89 0 89

Cultivos perennes 93 711 6 115 87 596 pastos y praderas 93 451 5 911 87 540 naranja 125 125 0 alfalfa achicalada 79 79 0 manzana 56 0 56

Nota: Los datos se refieren al Distrito de Apodaca que comprende los municipios de: Apodaca, Cerralvo, Agualeguas, General Treviño, Melchor Ocampo, Salinas Victoria, Mina, García, Hidalgo, Abasolo, Ciénega de Flores, El Carmen, Monterrey, General Escobedo, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina, San Pedro Garza García, Guadalupe, Pesquería, Higueras, General Zuazua, Doctor González, Marín, China, Los Herreras, Los Ramones, General Bravo, Doctor Coss y Los Aldamas.

Ganadería

La población ganadera en el municipio, para el año 2005, fue de 52 ovinos.

Pesca

La actividad pesquera no se reporta para el municipio.

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Industria

Los Censos Económicos 2004 reportan para el municipio un total de 14,942 unidades

económicas, de la industria manufacturera se reportan 1,523 unidades.

Sector Unidades Económicas

21 Minería * 23 Construcción 118 31 -33 Industrias manufacturera 1523 43 Comercio al por mayor 499 46 Comercio al por menor 7539 48 -49 Transportes, correos y almacenamiento 246 51 Información en medios masivos * 52 Servicios financieros y de seguros 67 53 Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles 345 54 Servicios profesionales, científicos y técnicos 219 56 Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación 193 61 Servicios educativos 214 62 Servicios de salud y de asistencia social 357 71 Servicios de esparcimiento culturales y deportivos, y otros servicios recreativos 118 72 Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas 929 81 Otros servicios excepto actividades del gobierno 2575

IV.2.5 Diagnóstico ambiental

El área del proyecto tiene una superficie de 62,136.33 m2.

Forma parte de la provincia fisiográfica Llanura Costera del Golfo del Norte.

El clima es templado, semicálido, subhúmedo, con lluvias escasas todo el año y un

porcentaje de lluvia invernal mayor de 18; la temperatura media anual en la zona oscila en

los 22 °C; la precipitación promedio anual está entre los 600 y 800 mm.

El terreno se encuentra a una altura de 440 metros sobre el nivel del mar.

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152

En la mayor parte del área del proyecto las pendientes son leves (menores al 15 %). Hacia

la colindancia con el Río La Silla, por el desnivel del terreno respecto al escurrimiento, las

pendientes son mayores, principalmente de 15 al 30 %; estas áreas corresponden a las

secciones suroeste y sur-sureste (en la sección intermedia a éstas se tienen básicamente

valores menores a 15 %).

La litología corresponde a lutita.

El suelo Regosol se encuentra en la mayor parte del área del proyecto; hacia el sur, en la

colindancia con el Río La Silla, se presenta Fluvisol.

Forma parte de la Subcuenca Río Monterrey, dentro de la Cuenca Río Bravo - San Juan y de

la Región Hidrológica 24 Bravo – Conchos. El Coeficiente de Escurrimiento en la zona del

proyecto es de 10 a 20 %.

En cuanto a hidrología subterránea, se asienta sobre material consolidado con rendimiento

bajo; se encuentra en área de veda de explotación de agua subterránea.

De acuerdo con la cartografía, en el área del proyecto se presentaba vegetación nativa

(Matorral Submontano).

Actualmente, en la parte norte del área se tiene una franja de 5,842.784 m2 con vegetación

herbácea (pastizal); existe una superficie de 13,085.07 m2 compuesta por Matorral

Submontano de tipo secundario, en proceso de degradación (colinda con la vegetación

herbácea), para la cual se solicita el Cambio de Uso de Suelo; además de la franja de

vegetación a lo largo de la colindancia sur (corredor biológico), compuesta por Matorral

Submontano y que ocupa 4,298.281 m2.

La mayor parte de la fauna observada es del grupo de las aves.

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V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE

LOS IMPACTOS AMBIENTALES

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154

V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS

IMPACTOS AMBIENTALES

V.1 Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales

El impacto ambiental constituye una herramienta de planeación que permite detectar

posibles alteraciones al medio ambiente, previo a la realización de obras o actividades de

desarrollo. Para que este instrumento cumpla con los objetivos mediante los cuales se ha

concebido, es necesario utilizar técnicas de identificación y evaluación de impactos

adecuadas, que garanticen que se están considerando todos los atributos ambientales

potenciales a ser afectados y todas aquellas obras o actividades que puedan generar

impactos en el ambiente.

La identificación de los impactos potenciales del proyecto se basó en la experiencia

multidisciplinaria del equipo de trabajo, la información aportada por el promovente y visitas

de verificación de campo.

Para la evaluación de impactos ambientales se procedió a caracterizarlos utilizando criterios

que proporcionarán una tipificación de la naturaleza de los cambios esperados. Con la

finalidad de establecer el grado de significancia se elaboró una matriz con los criterios

considerados para conocer todas las combinaciones probables y proceder a su clasificación

de acuerdo a una escala nominal. Los resultados fueron esquematizados en una Matriz de

Cribado (modificada de la Matriz de Leopold) y una tabla resumen que permite observar la

evaluación de cada una de las interacciones evaluadas en la mencionada matriz, señalando

si existen medidas que reviertan el impacto detectado. Para soporte de la caracterización y

evaluación de los impactos se recurrió al juicio experto del equipo de profesionales que

participan en el estudio.

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La Matriz de Cribado se estructuró colocando en los renglones los factores ambientales que

podrán ser afectados por la realización del proyecto. Las columnas de la matriz representan

las actividades consideradas para cada etapa del proyecto.

Se utilizarán indicadores ambientales para evaluar el grado de cambio esperado en aquellos

impactos que resulten significativos. Estos indicadores se establecerán una vez que se

conoce el agente que produce el cambio sobre el elemento ambiental a evaluar, es decir,

una vez establecidas las interacciones esperadas entre las actividades del proyecto y los

atributos ambientales prevalecientes.

La metodología propuesta es de carácter cualitativo, ya que los cambios esperados son

interpretados en una escala nominal en función de los criterios de caracterización; esto

implica cierta subjetividad ya que se basa en el juicio del grupo multidisciplinario de trabajo;

por ello se ha mostrado la matriz de las probables combinaciones entre los criterios y su

ponderación para que se tenga pleno conocimiento del juicio que se utilizó en la valoración.

La Matriz de Cribado resulta útil para la organización de la información, ayuda a su

sistematización y es de fácil interpretación, lo que permite revisiones y ajustes conforme se

va teniendo mayor conocimiento del proyecto.

En el presente estudio se incluyó una tabla resumen de la valoración de los impactos

ambientales, donde se manifiestan las interacciones proyecto-ambiente consideradas, su

evaluación en términos de impactos potenciales, las fuentes de cambio que los ocasionarán

y la existencia de medidas de mitigación. Esta tabla es útil para elaborar la evaluación

global del proyecto y las medidas de mitigación.

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V.1.1 Indicadores de impacto

Se definirán indicadores ambientales para cada interacción evaluada, lo que permitirá

conocer la magnitud de los impactos esperados de acuerdo a la evaluación de la

importancia o significancia previamente reportada. Este procedimiento se realizará por

componente ambiental afectado y se desarrollará para todas las etapas del proyecto, con la

finalidad de que se tenga una clara idea de su comportamiento.

V.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto

Componentes Indicadores Aire Calidad del aire Suelo Contaminación del suelo Erosión del suelo Vegetación Pérdida de cobertura vegetal Fauna Desplazamiento de fauna Paisaje Modificación del paisaje Factores sociales Empleo Molestias a la población

V.1.3 Criterios y metodologías de evaluación

V.1.3.1 Criterios

Con la finalidad de describir la magnitud o significancia de los impactos identificados se

procederá a su caracterización, utilizando los siguientes criterios:

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Criterios Definición Carácter Hace referencia a su condición benéfica o perjudicial Direccionalidad Describe el modo de producirse el efecto, si será directo o

indirecto Duración Se refiere a sus características temporales, si éste será

temporal o permanente Intensidad Informa sobre la dilución de la intensidad del impacto en el

mosaico espacial y puede ser puntual o extensivo. Evalúa la magnitud del impacto

Probabilidad de ocurrencia Hace referencia a la posibilidad de que el evento ocurra, denotando si ésta será alta, media o baja

Todas las afectaciones identificadas serán evaluadas con estos criterios para determinar si

la significancia de los impactos esperados será de baja, moderada o alta magnitud.

Cuando un impacto esperado pueda además ser calificado por los siguientes criterios, su

grado de magnitud será considerado como muy alto:

Criterios de caracterización de impactos de alta

significancia

Definición

Sinergia Interacciones de orden mayor entre impactos Acumulación Presencia de efectos aditivos de los impactos Controversia Oposición de los actores sociales al proyecto

Así, el grado de significancia que se asignará a los impactos esperados será muy alto, alto,

moderado y bajo, de acuerdo a la siguiente escala nominal, la cual es aplicada por un grupo

multidisciplinario de trabajo para lograr mayor objetividad:

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Combinación de criterios para la determinación de la importancia o significancia de impactos ambientales

Direccionalidad Duración Intensidad Probabilidad de ocurrencia Significancia del

impacto Directo Indi-

recto Tem-poral

Perma-nente

Pun-tual

Exten-sivo Alta Media Baja Si

nerg

ia

Acu

mul

a-ci

ón

Con

tro-

vers

ia

Muy Alta X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

Alta

X X X X X X X X X X X X

X X X X X X X X

X X X X X X X X

X X X X

Moderada

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

Baja

X X X X X

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159

Los impactos muy altos pueden tener cualquier combinación de criterios expresada para las

otras categorías, pero además deberán ser afectaciones de tipo sinérgico, acumulativo o

que tengan cierta probabilidad de causar controversia u oposición de los diferentes actores

sociales.

El criterio de reversibilidad no se incluyó como un factor que califique a un impacto, ya que

se considerará la instrumentación de medidas de mitigación. Así, ante la dificultad de

retornar a las características ambientales previas a determinada acción, se le considera un

impacto no mitigable o irreversible; en caso de existir alguna medida de mitigación que

evite el impacto, se considera un impacto reversible. En los casos donde sólo se minimiza el

impacto, se considerará la presencia de impactos residuales.

De acuerdo a lo anterior, los rangos de significancia quedan definidos como sigue:

Impacto de baja significancia

El impacto puede ser de carácter benéfico o adverso y será apenas perceptible en el

ambiente siendo puntual, momentáneo y observándose a corto plazo, con una intensidad

reducida, con alta, media o baja probabilidad de ocurrencia.

Impacto de moderada significancia

El impacto al ambiente puede ser de forma permanente causando impactos directos o

indirectos con alta, media y baja probabilidad de ocurrencia, pero con una intensidad

reducida; o bien, el impacto puede tener una intensidad moderada con baja probabilidad de

ocurrencia y de carácter temporal. Estos podrán ser adversos o benéficos.

Impacto de alta significancia

El impacto al ambiente positivo o adverso, trasciende el nivel local, observándose sus

efectos de forma extensiva y permanente con baja, moderada o alta probabilidad de

ocurrencia.

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Impacto de muy alta significancia

El impacto al ambiente se considera de tipo sinérgico, acumulativo o causará controversia

entre los diferentes actores sociales. Los efectos podrán ser adversos o benéficos.

V.1.3.2 Metodologías de evaluación y justificación de la metodología seleccionada

Una vez analizadas las interacciones esperadas se procedió a la evaluación de impactos

ambientales. Los resultados se muestran en las tablas que se incluyen a continuación para

cada una de las etapas que conforman el proyecto. Además se incluye la matriz de cribado

donde se resume la valoración de la significancia entre las interacciones esperadas

proyecto-ambiente.

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163

Magnitud de los impactos

Calidad del aire

Durante las etapas de preparación del sitio y construcción del proyecto se afectará la

calidad del aire. En las actividades de retiro de la vegetación, construcción de viviendas y la

pavimentación, aunado a la circulación de vehículos durante la ocupación del

fraccionamiento y el consumo de combustibles en las viviendas, se tendrá emisión de polvos,

gases y humos contaminantes.

El impacto resulta adverso moderadamente significativo; aunque con alta probabilidad de

ocurrencia cuenta con medidas de mitigación.

Escorrentía natural del terreno

No existen escurrimientos en el área del proyecto; sin embargo, en el corredor biológico,

debido al desnivel del terreno con el Río La Silla se observan áreas por donde fluye el agua

de lluvia hacia éste. Por lo anterior, se respetará la vegetación natural, para la conservación

de los servicios ambientales que presta esta área.

En general, la urbanización y construcción en el área del proyecto (remoción de la

vegetación, pavimentación, construcción de viviendas), modificará la escorrentía natural del

terreno, aumentando los volúmenes de agua que escurre por las vialidades debido a que su

infiltración en el suelo será menor.

Este impacto es de muy alta significancia.

Calidad del suelo

Las características fisicoquímicas del suelo podrían verse afectadas durante las etapas

previas a la operación del proyecto, por residuos producidos por algún mantenimiento

fortuito de la maquinaria y equipo de construcción y los resultantes de los procesos

constructivos, especialmente de la pavimentación.

En general, existe una moderada probabilidad de ocurrencia y por contar con medidas de

prevención y mitigación el impacto se considera de baja magnitud.

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164

Las obras provisionales del proyecto incluyen el establecimiento de sanitarios portátiles y

contenedores para los residuos domésticos generados por los trabajadores, además de

sitios específicos para el almacenamiento de materiales de construcción que minimizarán los

impactos ambientales.

Durante la operación del fraccionamiento los desechos domésticos serán recolectados por el

servicio municipal.

Erosión del suelo

El retiro de la vegetación en una sola etapa puede ocasionar la pérdida de suelo por erosión,

aunado a si esta actividad se realiza en épocas de lluvias.

Aunque el desmonte del predio se hará durante un período de 2 años, el impacto se

considera adverso de muy alta significancia; sin embargo, se implementarán diversas

medidas de prevención y mitigación.

Pérdida de cobertura vegetal

El proyecto ocasionará la pérdida de la vegetación forestal existente (Cambio de Uso de

Suelo), en una superficie 13,085.07 m2, equivalente al 56.3 % del área del proyecto

(23,226.135 m2), de forma directa, puntual e irreversible.

El sitio no forma parte de ninguna área natural protegida; no afectará especies de

distribución restringida.

El impacto resulta de muy alta magnitud por la imposibilidad de restitución que tendrá esta

área. Sin embargo, se conservará en estado natural una superficie equivalente al 18.5 %

del área del proyecto, dada su importancia ambiental (el área definida como corredor

biológico).

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Desplazamiento de fauna

La ejecución del proyecto ocasionará el desplazamiento de la fauna. Las actividades

relacionadas con el movimiento y operación de equipo y maquinaria utilizados en la

preparación del sitio y construcción provocarán el alertamiento de la fauna local, siendo el

retiro de vegetación la actividad más directamente relacionada a este impacto. Las especies

tenderán a huir y refugiarse en sitios seguros. Este impacto es adverso de muy alta

significancia, permanente y puntual.

De acuerdo a los estudios de campo realizados no se observaron especies bajo estatus en la

Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Sin embargo, considerando la

distribución regional de la víbora de cascabel en estos ambientes no se descarta su

presencia, por lo que será objeto de rescate.

Modificación del paisaje natural

El proyecto incidirá en la modificación del paisaje natural. El retiro de vegetación, la

construcción de las viviendas y la pavimentación modificará la vista del sitio; la vegetación

arbustiva y las condiciones rústicas serán reemplazadas por un desarrollo urbano.

Por su condición permanente, el impacto se considera adverso de muy alta magnitud.

Dentro de las medidas a seguir para mantener parcialmente el paisaje natural, está la

conservación de ejemplares en el área de cesión municipal 2 (aquellos con buenas

características morfológicas), y la reforestación necesaria con ejemplares de especies

nativas; aunado a lo anterior, la vegetación existente en el área verde 1 permanecerá en

estado natural (se trata de vegetación nativa).

Empleo

El proyecto generará empleos temporales por la construcción del fraccionamiento

habitacional; por el tipo de actividades a realizar se espera la contratación de mano de obra

local.

El impacto se considera benéfico.

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Molestias a la población

Con la construcción y ocupación del fraccionamiento se incrementará el tráfico vehicular en

la zona, específicamente en el Camino a Las Escobas; por ello el impacto en este sentido se

considera adverso de moderada significancia.

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VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS

IMPACTOS AMBIENTALES

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VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS

AMBIENTALES

VI.1 Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por

componente ambiental

Aire Medidas de prevención Medida de mitigación

Minimizar la contaminación del aire producida por el consumo de combustibles de la maquinaria, mediante el uso de equipo en óptimas condiciones de operación, además de cumplir con lo señalado en las siguientes normas oficiales mexicanas: ∼ NOM-041-SEMARNAT-2006 ∼ NOM-045-SEMARNAT-2006 ∼ NOM-050-SEMARNAT-1993

Mantener los motores de la maquinaria utilizada en óptimas condiciones de funcionamiento para así reducir los contaminantes a la atmósfera.

El transporte de los materiales para el proyecto se realizará en vehículos cubiertos con lona para evitar la dispersión de los mismos a su paso, así como polvos fugitivos. En medida de lo posible mantener húmeda la superficie a trabajar para evitar la generación y dispersión de partículas de polvo.

Evitar la generación y dispersión de polvos fugitivos en el área del proyecto.

El acceso al predio será objeto de riego con pipas para evitar la dispersión de polvo por el paso de los vehículos.

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Hidrología Medidas de prevención Medida de mitigación

Dentro del predio no existen escurrimientos intermitentes. Sin embargo, deberá realizarse un Estudio Hidrológico-Hidráulico a fin de conocer las características del sitio dada la cercanía del Río La Silla, así como para dar solución al drenaje pluvial.

Seguir las recomendaciones señaladas en el Estudio Hidrológico-Hidráulico.

La remoción de la vegetación deberá hacerse cuando la probabilidad de lluvias torrenciales sea mínima, a fin de evitar el arrastre de material y la erosión del suelo, lo que podría ocasionar obstrucciones del flujo en el Río La Silla.

El material vegetal removido deberá ser depositado en sitios autorizados por el municipio, en donde se garantice que no será arrastrado por el agua de lluvia o por crecimiento de cuerpos de agua, que no obstruirá cauces naturales y que no afectará innecesariamente a la vegetación. De ser posible deberá utilizarse un solo sitio de depósito.

Suelo Medidas de prevención Medidas de mitigación

El supervisor de la obra deberá asegurarse de que la maquinaria a utilizar se encuentre en óptimas condiciones de operación para evitar la contaminación del suelo por los residuos generados con algún mantenimiento fortuito.

Con el objetivo de evitar la contaminación del suelo, en caso de generarse residuos por algún mantenimiento fortuito de la maquinaria o equipo de construcción se deberá cumplir con lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

No hacer reparaciones de maquinaria en el sitio para evitar la contaminación del suelo con residuos de aceites, estopas y cartones contaminados.

Las reparaciones, afinaciones, lavado y cambios de aceite de la maquinaria deberán hacerse en talleres establecidos.

Evitar el fecalismo al aire libre de los trabajadores.

Para cubrir las necesidades fisiológicas de los trabajadores se deberá contratar un proveedor que brinde el servicio de sanitarios móviles para un manejo adecuado de los residuos.

No dejar restos de materiales de construcción en los alrededores o dentro del predio.

Una vez terminada la pavimentación de calles, los restos de concreto asfáltico, al igual que los escombros de construcción, deberán disponerse adecuadamente, evitando dejar montículos en el predio o en los alrededores.

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Vegetación Medidas de prevención Medida de mitigación

El área del corredor biológico, que se conservará en estado natural, será delimitada para evitar su afectación en las etapas de preparación del sitio y construcción del fraccionamiento.

Los trabajadores de la obra serán informados sobre la conservación del área definida como corredor biológico (área verde 1).

Antes del inicio de la remoción de la vegetación, se deberán identificar los ejemplares arbóreos y arbustivos de mayor porte localizados en el área de cesión municipal 2 que serán conservados.

Conservar al máximo la vegetación existente en el área verde 2 como parte de su habilitación, principalmente los árboles y arbustos de mayores dimensiones.

Queda prohibida la quema de vegetación o uso de agroquímicos para las actividades de desmonte y/o deshierbe durante la preparación del sitio. El producto de estas actividades debe ser dispuesto en el sitio que indique la autoridad municipal o ser triturado para su incorporación al suelo.

El desmonte del terreno deberá restringirse a lo indicado en los límites del proyecto, a fin de no afectar áreas no contempladas en el mismo.

La remoción de la vegetación se hará cuando la probabilidad de lluvias torrenciales sea mínima, a fin de evitar el arrastre del suelo.

Para evitar la erosión del suelo, en las futuras áreas de cesión municipal se establecerá una cubierta vegetal con pastos, además de la reforestación con árboles y arbustos nativos en las áreas que así lo requieran.

Fauna Medida de prevención Medida de mitigación

Realizar el retiro de la vegetación de manera gradual con el fin de dar oportunidad al desplazamiento de la fauna.

La maquinaria y los vehículos utilizados en la realización del proyecto deberán circular a una velocidad máxima de 10 km/hr, con el fin de evitar el atropellamiento accidental de posible fauna presente en el predio.

Concientizar a los trabajadores de la importancia de la fauna existente en el lugar.

Queda estrictamente prohibido que los trabajadores capturen, persigan, cacen, colecten, trafiquen o perjudiquen a ejemplares de flora y fauna silvestres que habitan en el predio. En caso de observarse ejemplares de víbora de cascabel, durante las actividades de urbanización y construcción, se deberá dar reporte ante las autoridades sobre la existencia y manejo de esta especie.

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Medidas de mitigación generales

• A lo largo de la colindancia sur del área del proyecto se definió un área de 4,298.281 m2

como corredor biológico, dada la cercanía del Río La Silla y la importancia de la

vegetación en la prestación de servicios ambientales; por lo que esta área será

conservada en condiciones naturales, evitando toda afectación en las etapas de

preparación del sitio y construcción del proyecto.

• No afectar sitios aledaños al terreno; respetar las áreas de afectación existentes.

• Respetar el tiempo de ejecución proyectado para minimizar los impactos que se generen

por la realización del fraccionamiento.

• Realizar el almacenamiento y resguardo de maquinaria, equipo y materiales, en sitios

específicos para ello, con el fin de garantizar la aplicación de medidas de seguridad y

evitar daños al entorno.

• Evitar el uso de la maquinaria fuera de horario para no generar molestias en el área,

dada la colindancia con un fraccionamiento habitacional al este.

• Los residuos sólidos domésticos generados durante la construcción del proyecto deberán

almacenarse en contenedores con tapa para su posterior retiro del lugar.

• Se colocará una adecuada señalización preventiva, restrictiva, informativa o prohibitiva

que haga referencia a los trabajos que se realizan en el terreno con el objeto de evitar

accidentes en el sitio.

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RECOMENDACIONES

• Se recomienda que la contratación de los trabajadores sea en las localidades cercanas

del área a desarrollar, a fin de generar empleos, estableciendo un horario de trabajo de

8:00 a.m. a 5:00 p.m. con el fin de evitar molestias a los vecinos.

• Realizar el Estudio de Mecánica de Suelos para determinar la cimentación de las

construcciones y la estructura del pavimento, de acuerdo a las características del sitio.

• Realizar el Estudio de Impacto Vial para conocer la afluencia vehicular que generará el

proyecto y su interacción con la existente en la zona; seguir las recomendaciones del

Estudio, particularmente para el acceso y salida seguros del fraccionamiento por el

Camino a Las Escobas, llevando a cabo las adecuaciones viales necesarias.

• Instalar sanitarios, lavabos y regaderas de bajo consumo de agua en las viviendas; de

esta manera los volúmenes de agua de consumo y residuales se reducirán.

• Dar mantenimiento preventivo a las instalaciones eléctricas de las viviendas a fin de

evitar algún accidente, esto será por parte de cada propietario.

VI.2 Impactos residuales

La afectación residual al medio será la remoción de la vegetación forestal del terreno, en

una superficie de 1.30 hectáreas, dado que aunque se realice la reforestación con especies

nativas, no se compensa el desmonte.

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VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO,

EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS

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VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE

ALTERNATIVAS

VII.1 Pronóstico del escenario

El área del proyecto es de 23,226.135 m2; forma parte de un polígono general de 62,136.33

m2 colindante al norte con el Camino a Las Escobas, al sur con el Río La Silla, al oriente con

el Fraccionamiento Habitacional Riberas de Dos Ríos y al poniente con propiedad privada.

Actualmente, en una superficie de 13,085.07 m2, equivalente al 56.3 % del área del

proyecto, existe vegetación arbustiva de tipo secundario (Matorral Submontano), en

proceso de degradación; y es para esta área que se solicita el Cambio de Uso de Suelo. Un

área de 5,842.784 m2 cuenta con vegetación herbácea (representa el 25.1 % del área del

proyecto), no nativa, por lo que no está sujeta a Cambio de Uso de Suelo al igual que el

área de corredor biológico (4,298.281 m2), equivale al 18.5 % del área del proyecto; esta

última sustenta vegetación nativa (Matorral Submontano), que será conservada en estado

natural dada su colindancia con el Río La Silla.

No se observaron en el predio especies bajo estatus en la Norma Oficial Mexicana NOM-

052-SEMARNAT-2010; el predio no forma parte de algún área natural protegida.

Para no afectar áreas aledañas, se delimita la superficie a trabajar.

La remoción de la vegetación se lleva a cabo de forma mecánica, avanzando hacia un

mismo frente, lo que permite que la fauna existente pueda desplazarse a otros sitios.

Los ejemplares vegetales de mayores dimensiones existentes en la futura área de cesión

municipal 2 son conservados como parte de la habilitación de la misma.

La vegetación en el corredor biológico (área verde 1), se conserva en estado natural; esta

área se delimita y protege de las obras y actividades de preparación del sitio y construcción.

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El transporte de materiales para la urbanización del terreno y de residuos generados

(escombros) se hace en vehículos cubiertos con lonas, con lo que se minimiza la emisión de

polvos al ambiente.

La generación de productos de la combustión por el uso de la maquinaria y equipo de

construcción se ve reducida ya que estos vehículos se encuentran en óptimas condiciones

de operación; sin embargo, en caso de algún mantenimiento fortuito, los residuos

generados (aceites gastados, estopas y cartones impregnados con grasas y aceites) son

manejados de acuerdo a lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión

Integral de los Residuos.

La afectación al aire por polvos y ruido generados por las propias actividades constructivas

es temporal.

Con la ocupación de las viviendas habrá generación de residuos sólidos no peligrosos

(basura), los cuales serán enviados a relleno sanitario; los residuos sanitarios serán

descargadas a la red pública de drenaje.

VII.2 Programa de vigilancia ambiental

En la siguiente página se presenta el programa de vigilancia ambiental calendarizado para

la ejecución de las medidas de mitigación del proyecto.

Como parte del programa se tienen los siguientes Estudios: de Impacto Vial, de Mecánica

de Suelos, Hidrológico - Hidráulico.

Debido a que la literatura reporta para la zona la presencia de víbora de cascabel, enlistada

en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como Sujeta a Protección Especial,

en caso de avistarse en el terreno será objeto de Rescate.

Se contará con una persona encargada del aspecto ambiental del proyecto, en lo relativo a

la conservación del área de corredor biológico, retiro de vegetación, conservación de

ejemplares, reforestación de áreas (selección de especies, plantado, mantenimiento),

manejo de residuos peligrosos en caso de generarse por algún mantenimiento fortuito de la

maquinaria y equipo de construcción, rescate de fauna.

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Vigilancia ambiental Antes del inicio de

obras

Prepara-ción del

sitio

Construc-ción Operación

Estudio de Mecánica de Suelos

Estudio de Impacto Vial

Estudio Hidrológico – Hidráulico

Servicios sanitarios portátiles y manejo de residuos generados

Delimitación, protección y conservación del corredor biológico (área verde 1)

Programa de rescate y reubicación de flora y fauna silvestres

Programa de desmonte

Conservación de ejemplares en área verde 2

Rescate y reubicación de fauna

*** ***

Manejo adecuado de residuos generados

Programa de reforestación

Mantenimiento a áreas verdes

Manejo de residuos peligrosos en caso de generarse

*** ***

Cumplimiento de regulaciones ambientales

Nota: *** En caso de requerirse

Trimestralmente se presentarán reportes ante SEMARNAT de los avances en las actividades

de preparación del sitio (remoción de la vegetación forestal), a fin de dar cumplimiento a lo

señalado en la autorización correspondiente.

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177

VII.3 Conclusiones

El proyecto del Fraccionamiento Habitacional PENÍNSULA, de urbanización inmediata, se

desarrollará en un predio de 62,136.33 m2 ubicado sobre el Camino a Las Escobas, a

aproximadamente 950 m al poniente del cruce con la Av. México, en el municipio de

Guadalupe, Nuevo León.

El terreno colinda al sur con el Río La Silla y al oriente con el Fraccionamiento Habitacional

Riberas de Dos Ríos.

Se construirán 280 viviendas unifamiliares en un área de 27,021.932 m2, en lotes tipo de

105.0 m2; el proyecto contempla también un área comercial de 5,166.20 m2, formada por 2

lotes ubicados en la parte norte del terreno, en la colindancia con el Camino a Las Escobas.

De acuerdo con el actual Plan de Desarrollo Urbano municipal, el predio forma parte de la

zona Habitacional Popular (H3), donde se permite el uso de suelo habitacional unifamiliar y

departamental, usos comerciales y de servicios complementarios y compatibles a la vivienda.

Por lo anterior, el proyecto es compatible con el uso planteado.

Además, se cuenta con la Factibilidad de Urbanización, Lineamientos Generales de Diseño

Urbano y Autorización del Proyecto Urbanístico para el desarrollo de un fraccionamiento

habitacional en el terreno, otorgada por la Autoridad municipal.

Este polígono general fue sometido a evaluación ante la Delegación de SEMARNAT en

Nuevo León, a fin de obtener las Autorizaciones en Materia de Impacto Ambiental y Cambio

de Uso de Suelo para una superficie de 30,000.00 m2 con vegetación nativa (formada por

un área de 6,773.865 m2, identificada como Polígono Verde 1; y por un área 23,226.135 m2,

identificada cono Polígono Verde 2).

Sin embargo, las Autorizaciones sólo se otorgaron para la superficie de 6,773.865 m2. Por lo

que la presente Manifestación de Impacto Ambiental se somete a evaluación a fin de

obtener la autorización en la materia para el área de 23,226.135 m2 (área del proyecto).

De acuerdo con la cartografía, en el área del proyecto se presentaba vegetación nativa

(Matorral Submontano).

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Actualmente, en la parte norte del área se tiene una franja de 5,842.784 m2 con vegetación

herbácea (pastizal), no forestal, no nativa, por lo que está exenta del Cambio de Uso de

Suelo. Existe también una superficie de 13,085.07 m2 compuesta por Matorral Submontano

de tipo secundario, en proceso de degradación (colinda con la vegetación herbácea), para

la cual se solicita el Cambio de Uso de Suelo. Además se presenta una franja de vegetación

a lo largo de la colindancia sur compuesta por Matorral Submontano y que ocupa 4,298.281

m2, misma que no se está solicitando para Cambio de Uso de Suelo ya que se conservará

en condiciones naturales, es decir, no estará sujeta a desmonte; ésta última corresponde al

área de cesión municipal 1 y fue definida como corredor biológico dada su importancia en la

conservación de los servicios ambientales en la zona.

Las especies características de la vegetación herbácea son Chloris sp., Pennisetum ciliare,

Rhynchelytrum repens y Helianthus annuus.

En el área de vegetación secundaria de Matorral submontano se tienen especies como

Eysenhardtia texana, Ebenopsis ebano, Celtis pallida y Prosopis glandulosa.

Las especies características en el área de Matorral Submontano son Ebenopsis ebano,

Cordia boissieri, Eysenhardtia texana, Celtis pallida.

Dada la colindancia con el Río La Silla, CNA estableció el límite federal respecto al polígono

general; el cauce del Río (eje) está a una distancia promedio de 50 m del límite del predio;

aunado a lo anterior, las áreas habitacional y vial del fraccionamiento estarán alejadas en

promedio 16 m más del cauce del Río dado que el área verde 1 (corredor biológico), a lo

largo de la colindancia sur, tiene un ancho promedio de 16 m.

La remoción total de la vegetación se hará en las secciones vial y habitacional del área del

proyecto; en el área de cesión municipal 2 la remoción será parcial ya que se conservarán

los ejemplares de mayor porte como parte de la habilitación de la misma (siendo necesaria

la reforestación de algunas secciones con especies nativas, además del sembrado de un

árbol en cada lote habitacional).

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De acuerdo con los estudios realizados no se observaron especies vegetales bajo estatus en

la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001.

Eysenhardtia texana representa el 55.0 % del total de los ejemplares a retirar en el área del

cambio de uso de suelo, con un estimado de 720 individuos en 13,085.07 m2; en segundo

término está Ebenopsis ebano con el 25.0 %, seguida por Celtis pallida con el 15.0 % y

Prosopis glandulosa con el 5.00 %.

En cuanto a volumen de material vegetal a retirar, se estimó en 3.476 m3 en el área de

cambio de uso de suelo; de este valor, Celtis pallida representa el 33.3 %, seguido por

Eysenhardtia texana con el 31.1 %, Prosopis glandulosa con el 23.2 % y Ebenopsis ebano

el 12.2 %.

Dentro de los impactos ambientales adversos directos que generará el proyecto están la

afectación directa a la vegetación con la remoción de la misma, el cambio de paisaje natural

al sustituir el matorral por un desarrollo habitacional. Estos son impactos de significancia

muy alta por ser de duración permanente.

La urbanización del terreno y construcción de las viviendas generará empleos, favoreciendo

a los habitantes de la zona.

Deberán realizarse una serie de estudios en el sitio del proyecto a fin de determinar la

factibilidad del mismo y las condiciones actuales, como son el Estudio de Mecánica de

Suelos (para determinar la cimentación de las construcciones y la estructura del pavimento,

de acuerdo a las características del sitio); el Estudio de Impacto Vial (para conocer la

afluencia vehicular que generará el proyecto y su interacción con la existente en la zona);

así como el Estudio Hidrológico – Hidráulico.

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS

METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE

SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS

FRACCIONES ANTERIORES

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y

ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN

SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES

VIII.1 Formatos de presentación

VIII.1.1 Planos definitivos

El plano del proyecto urbanístico, así como el plano topográfico se encuentran en el

Anexo 4.

VIII.1.2 Fotografías

Dentro del Anexo 8 están las fotografías del terreno y vistas aéreas del mismo.

VIII.1.3 Videos

No se incluyen.

VIII.1.4 Listas de flora y fauna

Ver numeral II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete del documento.

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VIII.2 Otros anexos

a) Documentos legales

En el Anexo 1 se muestra la documentación legal del terreno (escrituras de

propiedad, rectificación de medidas, certificado de libertad de gravámenes;

así como la Fe de Hechos relativa a la crecida máxima del Río La Silla

respecto al predio, durante el Huracán Alex).

El Anexo 2 contiene copia de las identificaciones oficiales de los propietarios

(promoventes).

b) Cartografía

La cartografía temática escala 1:50000 se presenta en el Anexo 6 (topografía,

geología, edafología, uso del suelo); en este mismo anexo se tiene la

cartografía de uso potencial (agrícola, forestal, pecuario).

c) Diagramas y otros gráficos

El uso de suelo del predio, de acuerdo con los planes de desarrollo urbano de

la zona conurbada y municipal, se encuentra en el Anexo 5.

Los planos para sobreposición (topografía, geología, edafología y uso del

suelo) del terreno forman el Anexo 7.

d) Imágenes de satélite (opcional).

No se incluyen.

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e) Resultados de análisis de laboratorio

No se incluyen.

f) Resultados de análisis y/o trabajos de campo

Ver numeral II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete del documento.

g) Estudios técnicos

No se incluyen.

h) Explicación de modelos matemáticos

No se incluyen

i) Análisis estadísticos

No se incluyen

j) Otros

La documentación del responsable técnico del estudio forma el Anexo 3.

Dentro el Anexo 9 se muestra la documentación sobre la delimitación federal

del Río La Silla por CNA, la factibilidad de uso de suelo municipal y la

factibilidad de los servicios de agua potable y drenaje sanitario para el

proyecto; así como las autorizaciones en materia de Impacto Ambiental y

Cambio de Uso de Suelo por parte de SEMARNAT; además del acuse de

recibo de la Manifestación de Impacto Ambiental ante Gobierno del Estado de

Nuevo León.

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VIII.3 Glosario de términos

Área agropecuaria: Terreno que se utiliza para la producción agrícola o la cría de

ganado, el cual ha perdido la vegetación original por las propias actividades

antropogénicas.

Área rural: Zona con núcleos de población frecuentemente dispersos menores a

5,000 habitantes. Generalmente, en estas áreas predominan las actividades

agropecuarias.

Área urbana: Zona caracterizada por presentar asentamientos humanos

concentrados de más de 15,000 habitantes. En estas áreas se asientan la

administración pública, el comercio organizado y la industria y presenta alguno de

los siguientes servicios: drenaje, energía eléctrica y red de agua potable.

Beneficioso o perjudicial: Positivo o negativo.

Biodiversidad: Es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos,

entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los

complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de

cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

Cambio de uso de suelo: Modificación de la vocación natural o predominante de

los terrenos, llevada a cabo por el hombre a través de la remoción total o parcial de

la vegetación.

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Componentes ambientales críticos: Serán definidos de acuerdo con los

siguientes criterios: fragilidad, vulnerabilidad, importancia en la estructura y función

del sistema, presencia de especies de flora, fauna y otros recursos naturales

considerados en alguna categoría de protección, así como aquellos elementos de

importancia desde el punto de vista cultural, religioso y social.

Componentes ambientales relevantes: Se determinarán sobre la base de la

importancia que tienen en el equilibrio y mantenimiento del sistema, así como por

las interacciones proyecto-ambiente previstas.

Daño ambiental: Es el que ocurre sobre algún elemento ambiental a consecuencia

de un impacto ambiental adverso.

Daño a los ecosistemas: Es el resultado de uno o más impactos ambientales

sobre uno o varios elementos ambientales o procesos del ecosistema que

desencadenan un desequilibrio ecológico.

Daño grave al ecosistema: Es aquel que propicia la pérdida de uno o varios

elementos ambientales, que afecta la estructura o función, o que modifica las

tendencias evolutivas o sucesionales del ecosistema.

Desequilibrio ecológico grave: Alteración significativa de las condiciones

ambientales en las que se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y residuales que

ocasionarían la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

Duración: El tiempo de duración del impacto; por ejemplo, permanente o temporal.

Especies de difícil regeneración: Las especies vulnerables a la extinción biológica

por la especificidad de sus requerimientos de hábitat y de las condiciones para su

reproducción.

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Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del

hombre o de la naturaleza.

Impacto ambiental acumulativo: El efecto en el ambiente que resulta del

incremento de los impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción

con otros que se efectuaron en el pasado o que están ocurriendo en el presente.

Impacto ambiental residual: El impacto que persiste después de la aplicación de

medidas de mitigación.

Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del

hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus

recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre

y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

Impacto ambiental sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto

de la presencia simultánea de varias acciones supone una incidencia ambiental

mayor que la suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente.

Importancia: Indica qué tan significativo es el efecto del impacto en el ambiente.

Para ello se considera lo siguiente:

a) La condición en que se encuentran el o los elementos o componentes

ambientales que se verán afectados.

b) La relevancia de la o las funciones afectadas en el sistema ambiental.

c) La calidad ambiental del sitio, la incidencia del impacto en los procesos de

deterioro.

d) La capacidad ambiental expresada como el potencial de asimilación del

impacto y la de regeneración o autorregulación del sistema.

e) El grado de concordancia con los usos del suelo y/o de los recursos naturales

actuales y proyectados.

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Irreversible: Aquel cuyo efecto supone la imposibilidad o dificultad extrema de

retornar por medios naturales a la situación existente antes de que se ejecutara la

acción que produce el impacto.

Magnitud: Extensión del impacto con respecto al área de influencia a través del

tiempo, expresada en términos cuantitativos.

Medidas de compensación: Conjunto de acciones que tienen como fin el

compensar el deterioro ambiental ocasionado por los impactos ambientales

asociados a un proyecto, ayudando así a restablecer las condiciones ambientales que

existían antes de la realización de las actividades del proyecto.

Medidas de prevención: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promoverte

para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente.

Medidas de mitigación: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promoverte

para atenuar el impacto ambiental y restablecer o compensar las condiciones

ambientales existentes antes de la perturbación que se causare con la realización de

un proyecto en cualquiera de sus etapas.

Naturaleza del impacto: Se refiere al efecto benéfico o adverso de la acción sobre

el ambiente.

Reversibilidad: Ocurre cuando la alteración causada por impactos generados por

la realización de obras o actividades sobre el medio natural puede ser asimilada por

el entorno debido al funcionamiento de procesos naturales de la sucesión ecológica

y de los mecanismos de autodepuración del medio.

Sistema ambiental: Es la interacción entre el ecosistema (componentes abióticos

y bióticos) y el subsistema socioeconómico (incluidos los aspectos culturales) de la

región donde se pretende establecer el proyecto.

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Urgencia de aplicación de medidas de mitigación: Rapidez e importancia de

las medidas correctivas para mitigar el impacto, considerando como criterios si el

impacto sobrepasa umbrales o la relevancia de la pérdida ambiental, principalmente

cuando afecta las estructuras o funciones críticas.

Vegetación natural: Conjunto de elementos arbóreos, arbustivos y herbáceos

presentes en el área por afectar por la obras de infraestructura.

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Norma Oficial Mexicana NOM-045-SEMARNAT-2006, Protección ambiental. - Vehículos en

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Norma Oficial Mexicana NOM-050-SEMARNAT-1993, Que establece los niveles máximos

permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de vehículos

automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros

combustibles. Diario Oficial de la Federación, 22 de octubre de 1993.

Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección Ambiental - Especies

Nativas de México de Flora y Fauna Silvestres - Categorías de riesgo y especificaciones para

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Información cartográfica y estadística

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G14-7. Escala 1:250,000. INEGI.

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