24
239 Los derechos de la Naturaleza en serio Respuestas y aportes desde la ecología política Eduardo Gudynas Secretario Ejecutivo del Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES). Su trabajo apunta a las estrategias en desarrollo sostenible en América Latina, con énfasis en la conservación. Desde 2010 integra el Panel Intergubernamental de Cambio Climático. La nueva Constitución de Ecuador ofrece muchas novedades e innovaciones, y entre ellas se encuentra un claro “mandato” ecológico. En efecto, el texto constitucional que surgió de los debates constituyentes en Montecristi dejó en claro obligaciones referidas, entre otras cosas, derechos a un ambiente sano, derechos de la Naturaleza, conservación de la biodiversidad, a la evaluación del impacto ambiental, ordena- miento territorial, etc. En ese amplio conjunto se destaca la im - pactante innovación de reconocer los derechos de la Naturaleza. Alrededor de esa idea se han generado debates, discusiones y aportes de todo tipo. Como contribución a esos diálogos, en las líneas que siguen, se recuerdan algunas de las tensiones y críticas recientes, para seguidamente 240 ofrecer respuestas y fundamentaciones que re- fuerzan la validez de esos derechos. El análisis complementa, y en algunos casos amplía, un examen más detallado sobre la ecología política de la Constitución de Montecristi que se ofrece en Gudynas (2009). El abordaje no es jurídico, sino que se lo hace desde la ecología política. Los derechos de la Naturaleza son mucho más que una mera adición ambientalista. Como se verá en las líneas que siguen, esos derechos implican un cambio radical en los conceptos de ambiente, el desarrollo y la justicia, entre otros. No siempre es fácil comprender las aristas que ofrece esta temática, y por lo tanto un examen detallado tanto en sus pretendidas limitaciones, como en algunas exageraciones, sirve para preci- sarlos. Aquí se sostiene que los derechos de la Naturaleza expresan un avance de enorme im- portancia, y que en un futuro estos estarán pre- sentes en casi todas las Constituciones. Se insiste en que estos derechos deben ser tomados en serio, y cuando así se hace el ambiente debe ser valorado en sí mismo, en formas independientes de cualquier utilidad o beneficios para los seres humanos. Esto no abolirá los debates sobre cómo utilizar la Naturaleza, ni resolverá todas las discusiones políticas, sino que las colocará en nuevos escenarios, con nuevos argumentos y otros criterios de legitimidad y justicia.

Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

239

Los derechos de laNaturaleza en serioRespuestas y aportes desde

la ecología política

Eduardo Gudynas Secretario Ejecutivo del Centro Latino Americano de Ecología Social

(CLAES). Su trabajo apunta a las estrategias en desarrollo sostenible enAmérica Latina, con énfasis en la conservación. Desde 2010 integra el Panel

Intergubernamental de Cambio Climático.

La nueva Constitución de Ecuador ofrecemuchas novedades e innovaciones, y entre ellasse encuentra un claro “mandato” ecológico. Enefecto, el texto constitucional que surgió de losdebates constituyentes en Montecristi dejó enclaro obligaciones referidas, entre otras cosas,derechos a un ambiente sano, derechos de laNaturaleza, conservación de la biodiversidad, ala evaluación del impacto ambiental, ordena-miento territorial, etc.

En ese amplio conjunto se destaca la im -pactante innovación de reconocer los derechosde la Naturaleza. Alrededor de esa idea se hangenerado debates, discusiones y aportes de todotipo. Como contribución a esos diálogos, en laslíneas que siguen, se recuerdan algunas de lastensiones y críticas recientes, para seguidamente

240

ofrecer respuestas y fundamentaciones que re -fuerzan la validez de esos derechos. El análisiscomplementa, y en algunos casos amplía, unexamen más detallado sobre la ecología políticade la Constitución de Montecristi que se ofreceen Gudynas (2009). El abordaje no es jurídico,sino que se lo hace desde la ecología política.

Los derechos de la Naturaleza son muchomás que una mera adición ambientalista. Comose verá en las líneas que siguen, esos derechosimplican un cambio radical en los conceptos deambiente, el desarrollo y la justicia, entre otros.No siempre es fácil comprender las aristas queofrece esta temática, y por lo tanto un examendetallado tanto en sus pretendidas limitaciones,como en algunas exageraciones, sirve para preci-sarlos. Aquí se sostiene que los derechos de laNaturaleza expresan un avance de enorme im -portancia, y que en un futuro estos estarán pre-sentes en casi todas las Constituciones. Se insisteen que estos derechos deben ser tomados enserio, y cuando así se hace el ambiente debe servalorado en sí mismo, en formas independientesde cualquier utilidad o beneficios para los sereshumanos. Esto no abolirá los debates sobrecómo utilizar la Naturaleza, ni resolverá todaslas discusiones políticas, sino que las colocará ennuevos escenarios, con nuevos argumentos yotros criterios de legitimidad y justicia.

Page 2: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

241

El mandado de Montecristi

En el conjunto de componentes del“mandato ecológico” que emerge de la Cons -titución de 2008, se destacan los derechos de laNaturaleza. Estos son presentados en los artícu-los 71 y 72, y se complementan con indicacio-nes sobre su aplicación, precaución, restriccio-nes, etc., contenidas en los artículos 73 y 74. Esnecesario destacar tres componentes sustantivosen la presentación de los derechos de laNaturaleza, a saber:

El primero se refiere a la presentación deesos derechos. Se indica que la Naturaleza oPachamama “tiene derecho a que se respete ín -tegramente su existencia y el mantenimiento yregeneración de sus ciclos vitales, estructura,funciones y procesos evolutivos”. De esta mane-ra, la Naturaleza deja de ser un agregado deobjetos, y pasa a ser un sujeto de derechos. Coneste reconocimiento, la Naturaleza queda dota-da de valores que le son propios o valoresintrínsecos.

El segundo aspecto es que la Naturalezaes presentada como una categoría plural y se lacoloca en el mismo plano, como equivalente, alconcepto de Pachamama. Con este paso se arti-cula el concepto occidental de Naturaleza con eltradicional de origen andino de Pachamama.Esto es más que una simple ampliación multi-cultural, y abre las puertas a una concepción deentorno que es amplia y diversificada.

242

Finalmente, los derechos de la Naturalezase refuerzan por medio del reconocimiento delderecho a la “restauración integral”. Este puntoha pasado desapercibido en varias ocasiones,pero es otra de las innovaciones impactantes deltexto de Montecristi. La restauración es la recu-peración de ecosistemas degradados o modifi-cados a una condición similar o igual a su esta-do original silvestre, antes que se produjeranimpactos de origen humano.

A partir de este brevísimo resumen, enlas secciones que siguen se consideran algunasde las principales críticas y objeciones sobreestos derechos. Se responde a cada una de ellasfundamentando la validez e importancia de estepaso. A su vez, se discuten algunas de las princi-pales tensiones y contradicciones implicadas enreconocer a la Naturaleza como sujeto de dere-chos.

El debate sobre la fundamentación ecológica

Un primer conjunto de cuestionamientosa considerar, afirma que todavía no es necesarioreconocer los derechos de la Naturaleza, entanto la situación ambiental de América Latinaen general, y la de Ecuador en particular, no esgrave. De esta manera se apela a lo que podríacalificarse como una “fundamentación ecológi-ca”, que entiende que todavía se disponen degrandes áreas silvestres, enormes depósitos derecursos naturales y amplios márgenes de

Page 3: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

243

amortiguación en los ecosistemas. Por lo tantotodavía no es tiempo de preocuparse, y el reco-nocimiento de la Naturaleza sería algo así comoun alarmismo exagerado. En la misma línea, sepodría argumentar que tales derechos seríanimportantes en los países industrializados, perono en el sur latinoamericano, donde todavíason posibles muchas formas de alcanzar unbalance entre el desarrollo y la Naturaleza.

Frente a esta postura se debe respondercon claridad que es equivocada. En realidad eldeterioro ambiental en los países sudamerica-nos es grave, sigue en aumento, y las medidasque se intentan para impedirlo o compensar susefectos, son insuficientes. La brecha de deterio-ro ambiental continúa aumentando año a año.

Comenzando por una perspectiva global,Ecuador aparece como el país con los peoresindicadores ambientales relativos en Américadel Sur. Esos indicadores evalúan la situaciónambiental en sectores claves frente a las capaci-dades ambientales o stocks de recursos natura-les de cada país (por ejemplo, la deforestaciónactual en relación a los bosques y selvas del país;véase Bradshaw y colab., 2010, y CLAES, 2010).En ese indicador, el país con el peor registro esSingapur (primer puesto mundial en el impactoambiental relativo), seguido por naciones comoCorea y Qatar. Ecuador aparece en la ubicación22, lo que significa la peor ubicación de un paíssudamericano, y por encima de otros países

244

como Perú (puesto 25), Venezuela (67) o Brasil(68). Esto se debe a aspectos como la pérdida debosques naturales o el alto número de especiesamenazadas.

Considerando un indicador de impactoambiental absoluto (donde no se lo ponderacontra los recursos naturales o capacidadesambientales disponibles), el país con la peorperformance es Brasil, ocupando el puestonúmero uno a nivel mundial; es inmediatamen-te escoltado por Estados Unidos y China. Elsiguiente sudamericano en la lista es Perú, en elpuesto mundial 10, mientras que Ecuador apa-rece en la ubicación 21 (que de todas manerases muy alta para un ranking mundial).

En cuanto a la perspectiva nacional, elmás reciente informe sobre el estado del am -biente, GEO Ecuador (Fontaine et al. 2008),también ilustra la gravedad de la situación am -biental en varios aspectos. A manera de ejemplose pueden mencionar la pérdida de biodiversi-dad (reducción de áreas silvestres y su fragmen-tación), deterioro de los bosques nativos, diver-sos problemas de contaminación (como son losmanejos inadecuados de residuos en las ciuda-des, deficiente gestión de las sustancias peligro-sas, etc.), un orden institucional débil, etc. Algu -nos de estos problemas han sido ampliamentedestacados a nivel internacional, como sucedecon la contaminación petrolera en la Amazonia.

Page 4: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

245

De esta manera, sea desde la mirada glo-bal como nacional, el viejo sueño de un posible“balance” entre la protección de ambientesnaturales y los usos productivos convencionalesse ha roto. Por lo tanto, el reconocimiento delos derechos de la Naturaleza sea en Ecuador,como en los demás países sudamericanos, esnecesario y urgente. Si se toman en serio losactuales datos sobre los impactos ambientales,se debe acordar en la necesidad de dar nuevospasos para proteger el ambiente, ya que lasmedidas convencionales no están funcionando.Es necesario dar un salto cualitativo a un abor-daje renovador, y los derechos de la Naturalezason la mejor opción.

La Naturaleza como “sujeto” y los valoresintrínsecos

El reconocimiento de los derechos de laNaturaleza/Pachamama implica que ésta poseevalores que le son propios, independientes delas valoraciones que le adjudican las personas.Ese reconocimiento hace que el ambiente dejede ser un objeto (o un conjunto de objetos),que sirve como medio para fines humanos, ypara volverse un sujeto.

Esta posición ha sido criticada varias ve -ces, comenzando por quienes rechazan la ideade valores propios en la Naturaleza. Ese cuestio-namiento, promovido por un amplio abanicode actores, desde académicos a políticos, se ex -

246

presa en rechazos o incomodidades con unaNaturaleza que termina siendo un “sujeto” dederechos, tal como acontece con las personas.Algunos niegan esta postura, e incluso se resis-ten a proteger el entorno. Otros, si bien consi-deran que sólo los humanos pueden ser sujetode valor, están de acuerdo en extender sus res-ponsabilidades al ambiente. En este caso, laNaturaleza debería ser protegida no porque seaun sujeto, sino porque es lo correcto; es la ex -tensión de una compasión moral hacia el entor-no. Pasemos entonces a considerar estos cues-tionamientos y ofrecer algunas respuestas.

Cuando se reconocen los derechos de laNaturaleza, se están admitiendo valores propioso intrínsecos en ella. Tanto estos derechos comolos valores propios son aspectos, a mi juicio,inseparables. Los valores intrínsecos reciben esadenominación en tanto son independientes dela valoración que otorgan los seres humanos.Por lo tanto, si se toman los derechos de laNaturaleza en serio, ésta debe estar revestida devalores intrínsecos, sea en su conjunto o en suselementos constitutivos, como las plantas, ani-males y ecosistemas.

La defensa de esta postura ha tenidoantecedentes que han alcanzado puntos altospero también bajos. Ha aparecido de tanto entanto, defendidas en unos casos por científicos eintelectuales, y en otros por escritores o mili-tantes. Posiblemente uno de sus antecedentes

Page 5: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

247

más conocidos fuese la “ética de la tierra” deAldo Leopold, propuesta a mediados del sigloXX. Sin embargo, sus posturas tuvieron pocoeco, hasta que a fines de la década de 1970, fue-ron retomadas por el movimiento de la “ecolo-gía profunda”, liderado por el filósofo noruegoArne Naess (una selección de sus escritos estádisponible en Dregson y Devall, 2008). Enaquellos años floreció un amplio debate sobrelos valores intrínsecos que sumaron a otrosautores, destacándose los aportes de J. Callicott(por ejemplo, 1989). La nueva Constitución deMontecristi está en consonancia con muchos deestos aportes, y aunque en buena medida fueredactada en forma independiente de los másconocidos “ecólogos profundos”, son evidenteslos estrechos paralelismos.

Existen diversas maneras de entender elconcepto de valor intrínseco, tal como indicaO’Neill (1993), y que fue resumido en Gudynas(2009). Ampliando esa argumentación, es posi-ble reconocer tres abordajes:

1. Entendido como sinónimo de valor no-instrumental. Mientras un objeto tieneun valor instrumental cuando es un me -dio para un fin de otro, en este caso el va -lor instrumental sería poseer un fin en símismo. En esta categoría se encuentrauno de los preceptos básicos de la “ecolo-gía profunda”, donde se sostiene que “elbienestar y el florecimiento de la Vida

248

humana y no-humana en la tierra tienevalor en sí mismo (sinónimos: valorintrínseco, valor inherente)”, y se agregaque estos valores “son independientes dela utilidad del mundo no-humano paralos propósitos humanos” (Naess ySessions, 1985).

2. Entendido en referencia al valor que unobjeto tiene únicamente en virtud de suspropiedades intrínsecas. Se refiere a losatributos que posee un objeto, y en quégrado lo posee, y donde esas propiedadesson independientes de relaciones con elentorno u otros objetos (propiedades no-relacionales).

3. Entendido como un sinónimo de “valorobjetivo”, donde representa los valoresque tiene un objeto independientementede las evaluaciones que hagan evaluado-res. Es una categoría que se coloca porfuera del subjetivismo, y donde se aceptaque existen valores objetivos, propios decada objeto.

Estos tres abordajes aparecen muchasveces confundidos y superpuestos, como acerta-damente indica O’Neill (1993). El texto consti-tucional ecuatoriano podría ser interpretado enun sentido o en otro. Por ejemplo, algunos po -drán insistir en que el mandato de respeto inte-gral de la Naturaleza alude a sus valores inde-pendientes de los posibles usos o fines huma-nos, correspondiendo a la primera opción. Pero

Page 6: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

249

también se puede invocar la segunda definicióna partir de la referencia constitucional a las pro-piedades inherentes de los ecosistemas, talescomo los ciclos vitales y los procesos evolutivos.Finalmente, la tercera opción también podríaser contemplada, aunque es un caso con mayo-res dificultades debido a que el texto constitu-cional otorga la misma jerarquía a la Pacha -mama, un concepto que se construye explícita-mente desde el subjetivismo de los sujetos (noes posible bajo la Pachamama intentar descu-brir valoraciones objetivas ya que en parte sedisuelve la dicotomía entre ambiente y socie-dad).

Por lo tanto, puede convenirse que entrelos posibles abordajes de la idea de valor intrín-seco, la opción de valor no-instrumental en pri-mer lugar, y la que descansa en las propiedadesintrínsecas en segundo lugar, son las que posi-blemente se ajustan mejor al mandato constitu-cional. De esta manera, estos derechos recono-cen atributos en la Naturaleza independientesde los seres humanos y que permanecen aún enausencia de éstos. Parafraseando a los ecólogosprofundos, en un mundo sin personas, las plan-tas y animales continuarán con su marcha evo-lutiva y estarán inmersos en sus contextos eco-lógicos, y esa manifestación de la vida es unvalor en sí mismo. Sea en los seres vivos o en losecosistemas, estos valores inherentes son inde-pendientes de cualquier conciencia, interés oreconocimiento de los humanos (Naess y Ses -

250

sions, 1985). Esta perspectiva, y en especialdebido a que defiende a la vida como un valoren sí mismo, es también conocida como bio-centrismo (sobre este punto se regresará másabajo).

Los rechazos a estos valores se basan ensostener que solamente los seres humanos, entanto individuos cognoscentes, volitivos y racio-nales, pueden generan valores. La valoración esun acto únicamente humano. Por lo tanto, laidea de valores propios no tendría sentido, yaque para reconocer valores tendrían que estarpresentes humanos que los otorguen. Allí dondeno existan humanos, no existirían valores.

Existen varias respuestas a esas objecio-nes. La más sencilla es centrarse en la definiciónde valor intrínseco como valor no instrumentalpara los fines humanos. Por lo tanto, no seintenta caracterizar ese valor, ni precisarlo deta-lladamente, ya que cualquier movimiento enesa dirección nos lleva de regreso a las interpre-taciones humanas. Es suficiente reconocer queen el ambiente se encuentran valores inherentesa los seres vivos y los ecosistemas. Esta posturatiene otra ventaja: permite incorporar con mu -cha comodidad a diferentes cosmovisionesindígenas, donde se reconocen valores propiosen el ambiente, e incluso se considera que otrosseres vivos son agentes morales y políticos aná-logos a los seres humanos.

Page 7: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

251

Dando un paso más en la discusión, engeneral se reconoce que la ponderación de losvalores siempre parte desde las personas y dis-curre en mediaciones humanas. Son antropogé-nicas, en el sentido de originarse en los sereshumanos, pero esto no quiere decir que seanantropocéntricas, en el sentido de aceptar úni-camente valores instrumentales al ser humano(el contenido del antropocentrismo se precisarámás abajo). Atendiendo a este hecho, en éticaambiental, autores como Callicott (1989), dife-rencian entre el locus del valor, que puede estaren objetos, plantas, animales, o las personas, y lafuente de la valoración que está en el ser huma-no. Diversos aspectos en esta postura vienensiendo debatidos desde hace años, pero esosdetalles no hacen a la esencia de lo que se trataen el presente capítulo (véase, por ejemplo, losensayos de B. Norton y H. Rolston III, y otrosen Ouderkik y Hill, 2002).

Es más, la defensa de los valores intrínse-cos puede superponerse con quienes afirmanque los demás seres vivos se valoran a sí mis-mos, aunque lo hacen dentro de sus capacida-des cognitivas y sintientes, y por lo tanto demanera distinta a las que empleamos los huma-nos. No tiene mucho sentido intentar concebir-se a sí mismo como un cóndor de los Andes,sino que basta saber que esta ave tiene ciertaforma de entenderse y concebirse a sí misma.

Sea por una vía a por otra, parece claroque el mandato ecológico de Montecristi no

252

exige descifrar ni elaborar las posibles propieda-des intrínsecas en la Naturaleza, ni entendercómo se conciben a sí mismos los demás seresvivos. Su objetivo no está tanto sobre las disqui-siciones académicas sobre los posibles conteni-dos de esos valores, sino en reconocer que esosvalores propios existen, y que desde allí se fun-damentan derechos que desembocan condicio-nes y obligaciones que nos obligan a nosotros,los humanos.

Apelando a una imagen conocida, podríadecirse que así como se defiende el bien comúnentre los seres humanos, donde se busca el bie-nestar incluso de aquellos que no conocemos ysobre cuyas particularidades intrínsecas nadasabemos, se debe dar un paso más y construirun bien común con la Naturaleza. De esta ma -nera, si esos derechos son tomados en serio, segeneran nuevas obligaciones con el ambiente.

Cambian las justificaciones y desencade-nantes de las medidas ambientales, y ya no seráimprescindible demostrar que un impactoambiental dañará la propiedad de unas perso-nas, afectará la salud de otras, o que impactaráen la economía, como justificación para actuar.Asimismo, tampoco se dependerá de convencera políticos y empresarios sobre la pérdida inmi-nente de un lugar hermoso o sobre la posibleextinción de una especie insignia. Estos y otrosdesencadenantes seguirán presentes y tendránsus papeles para desempeñar. Pero el cambiohacia los derechos de la Naturaleza es que se

Page 8: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

253

podrá invocar la protección de las especies y losecosistemas aún en los casos donde ninguno deestos aspectos esté en juego. Se podrá demandarla protección de sitios cuya desaparición noinvolucren recursos de valor económico, espe-cies hermosas o la propiedad de individuos oempresas.

En este punto es importante advertir queel reconocimiento de los valores intrínsecos yde los derechos de la Naturaleza, no niega nialtera los contenidos referidos a los derechosciudadanos a un ambiente sano, listados en laConstitución de Montecristi (los clásicos dere-chos humanos de tercera generación). Los dosabordajes de derechos sobre el ambiente sonválidos, y es una buena cosa que se los mantu-viera y se los articulara entre sí. Tan sólo esnecesario tener presente que estos derechos clá-sicos a un ambiente sano tienen su foco en laspersonas: son derechos humanos, donde secuida de la Naturaleza en tanto esto puede afec-tar a las personas, y no por los valores propiosde ésta.

Utilidad y valor económico

En la actualidad, muchas campañas deconservación se basan en criterios ecológicos oestéticos, pero la enorme mayoría apela a de -mostrar la utilidad de los recursos naturales, ypor lo tanto son utilitaristas (en muchos casosreferida a los valores económicos). Se defienden

254

ciertos sitios o especies invocando su utilidadeconómica, como sucede con los llamados aproteger variedades nativas de plantas o cuen-cas altas de los ríos. En estos casos la Naturalezaes defendida porque hay una utilidad para loshumanos. Siguiendo con los mismos ejemplos,unos buscan que el germoplasma deriva en se -millas que puedan ser comercializadas, y otrosesperan cobrar el agua para riego o consumo.

No quiero decir que esta perspectiva uti-litarista y economicista deba ser rechazada entodos los casos, y admito que puede desempe-ñar cierto papel bajo circunstancias precisas.Pero lo que deseo subrayar es que es profunda-mente incompleta. En el ejemplo inicial, no seestá protegiendo a las plantas por su propiovalor como especies vegetales, ni se protege alarroyo por su valor como ecosistema con sufauna y flora. Por el contrario, el criterio deprotección se fundamenta en demostrar quehabrá una utilidad para el ser humano, y mejoraún si ella se puede contabilizar desde el puntode vista económico (por ejemplo, el precio deun recurso natural). Es una perspectiva que seencierra dentro de unos límites de hierro dadospor una valoración en función de la utilidad obeneficio personal.

La prevalencia de esta postura puedeexplicarse por varios factores. Por un lado, sedebe a la actual preeminencia de la valoracióneconómica, como nueva expresión del utilita-rismo clásico. Por otro lado, parte del movi-

Page 9: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

255

miento ambientalista lamentablemente tiene sucuota de responsabilidad por esta situación, yaque partiendo de una preocupación comparti-ble como es la de demostrar que la conserva-ción también sirve a las economías nacionales,terminaron por perder el rumbo. Muchos seobsesionaron con esa perspectiva economicistay buscan valoraciones económicas en cada es -pecie o en cada rincón de los ecosistemas. Co -mo hay muchos que sólo entienden el lenguajedel dinero, sólo se habla del valor económico(por ejemplo, disponibilidad a pagar o a aceptarindemnizaciones), y con ellos se renuncia a lasdemás dimensiones para valorar la Naturaleza.

Esta posición se ha extendido en todo elplaneta, y una de sus expresiones actuales másconocidas son la “green economy” de agenciasde Naciones Unidas, la obsesión por el pago porbienes y servicios ambientales, y los mercadosde carbono. Por lo tanto, la protección del am -biente queda rehén de un criterio de valoracióneconómica, y como éstos son por excelenciasposturas utilitaristas e instrumentales, ya nohay lugar para los valores propios.

En cambio, si se toman en serio los dere-chos de la Naturaleza, aparecen los valores pro-pios, pero además se rompen las cadenas de unavaloración exclusivamente económica. En efec-to, vuelven a emerger como posibles otrasdimensiones de la valoración tales como la eco-lógica, estética, religiosa, cultural, etc. Los dere-chos de la Naturaleza no implican imponer una

256

única escala de valoración, sino que obliga areconocerlas como múltiples y diversas.

De esta manera, debe quedar en claroque el aceptar los valores intrínsecos no implicaimponer una escala de valor sobre otras, talcomo sucede con el precio. Este es un efecto quepodríamos llamar paradojal de los derechos dela Naturaleza: obliga a pluralizar las dimensio-nes de valor. De esa manera, algunos podránvaluar un árbol a partir del beneficio económi-co que esperan obtener de su madera, perootros lo podrán ponderar como especie viva, ypara algunos será un espíritu del bosque.

El caso de las especies inútiles y feas

Es importante apelar a otro abordaje so -bre el mismo asunto, para enfatizar la radicali-dad que encierran los derechos de la Natu -raleza. Como se adelantaba arriba, muchas delas campañas actuales para proteger la Natu -raleza se basan en demostrar la utilidad de algu-nos recursos o ecosistemas, su potencial econó-mico, y en algunos casos, su valor estético. Eneste último caso, se utilizan especies insignias,como el oso andino o el cóndor de los Andes, ode ecosistemas, con paisajes de belleza singular.Las campañas de publicidad exhiben fotosimpactantes que refuerzan esa belleza. Pero unavez más el acento está en las personas, ya que esla valoración estética de los humanos la que estáen juego.

Page 10: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

257

De esta manera, buena parte de la con-servación tradicional se basa en las valoracionesque los humanos manejan de utilidad o belleza.Pero qué sucede entonces con las especies queson “inútiles”, donde por ejemplo no se cono-cen posibles utilidades económicas como pro-ductos farmacéuticos o por su germoplasma,sea en el presente como en el futuro. De la mis -ma manera, qué sucede con especies que sonfeas o desagradables, como pueden ser cucara-chas endémicas de una serranía o gusanos pla-nos de un arroyo. En el primer caso la justifica-ción económica usual se queda sin sustento, yen el segundo no se pueden encaminar campa-ñas publicitarias. Otro tanto se repite en el casode los ecosistemas.

Es más, algunos ecosistemas que poseenbaja biodiversidad quedan fuera de las lista deprioridad de las medidas de conservación, y porlo tanto allí se llevan a cabo emprendimientoscon intensos impactos ambientales. Esta situa-ción es muy clara por ejemplo en ambientesáridos y semi-áridos, y como carecen de espe-cies llamativas o no tienen clara utilidad econó-mica, se imponen los proyectos extractivistas.

Pero si se toman en serio los derechos dela Naturaleza, todas las especies deben ser pro-tegidas, independientemente de si son hermo-sas, o si tienen utilidad real o potencial. Se debeasegurar la conservación incluso de especiesque nos resulten feas y desagradables, o de otras

258

que pueden ser completamente inútiles para losfines humanos. Todas ellas tienen el derecho aproseguir sus procesos ecológicos y evolutivos.

Este problema es más común de lo que seasume. Por ejemplo, poco tiempo atrás, el en -tonces presidente de Brasil Lula da Silva, defen-día la construcción de represas en la Amazoniapor su utilidad económica y productiva, y seburlaba de quienes defendían los “bagres” (pe -ces de fondo de río)1.

Es mucho más sencillo intentar salvar aespecies como el cóndor de los Andes, peroresulta que será mucho más difícil hacer cam-pañas para proteger, por ejemplo, cucarachasendémicas de la Amazonia. Pero es justamenteen este plano donde queda en evidencia la radi-calidad y profundidad de la asignación de losderechos de la Naturaleza, ya que obliga a to -mar medidas de protección para todos los seresvivos.

Biocentrismo y antropocentrismo

Llegados a este punto es convenienteabordar un aspecto mencionado en una secciónanterior: los derechos de la Naturaleza por su

1 Declaraciones a la prensa del 22 de julio de 2009. Lula daSilva agregó: “Yo me comprometí que cuando deje la presi-dencia compraría una canoa, agarraría los bagrecitos, loscolocaría en la canoa, y los llevaría al otro lado (de losAndes) y los traería de vuelta”.

Page 11: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

259

defensa de los valores intrínsecos, y en especialal considerar la vida, sea humana como no-humana, es un valor en sí mismo, es denomina-do biocentrismo. Esta es una visión muy distin-ta de la actual, la que denominaremos antropo-centrismo. Este término no se usa para indicarque las valoraciones son realizables únicamentepor el ser humano (tal como se analizó arriba, ypara lo cual se utilizó el rótulo antropogénico).En cambio, el antropocentrismo hace referenciaa un modo de ser en el mundo; es un conceptomás amplio que expresa las relaciones que dis-curren entre las personas y de éstas con la Natu -raleza. Bajo el antropocentrismo todas las me -didas y valoraciones parten del ser humano, ylos demás objetos y seres son medios para susfines. Es una postura profundamente cartesia-na, desde la cual se construyó la dualidad quesepara la Naturaleza de la Sociedad. Por lo tantola Naturaleza sólo puede ser un objeto, y lasvaloraciones descansan en el beneficio humano,la instrumentalización y manipulación delentorno. Bajo esta perspectiva no pueden existirlos valores propios y no se acepta a la Natu -raleza como sujeto de derechos.

El antropocentrismo tiene un viejo ori-gen en el Renacimento europeo, y llega a nues-tros días, convertido en uno de los cimientos delas ideas actuales de desarrollo, donde se apela ala dominación y aprovechamiento intensivo dela Naturaleza. Avanza de la mano con un opti-mismo científico-tecnológico en la gestión del

260

ambiente, donde la Naturaleza es subdivididaen recursos y hasta genes que pueden ser mani-pulados, aprovechados, patentados y vendidos.Esa base cultural aparece y reaparece continua-mente, y posiblemente el presidente Rafael Co -rrea ofreció un testimonio dramático al respec-to. Al tiempo de la sequía de fines de 2009, sos-tuvo que si la “Naturaleza se opone a la revolu-ción ciudadana, lucharemos y juntos la vencere-mos”.

Es evidente que el biocentrismo de losderechos de la Naturaleza pone en cuestión aeste antropocentrismo. Aquí se encuentra otrofrente de tensiones generados por los derechosde la Naturaleza, ya que no están acotados a unnuevo ejercicio en políticas ambientales o juris-prudencia verde, sino que ponen en discusiónuno de los pilares de la Modernidad de origeneuropeo. Y es justamente por ello que despiertatantas resistencias.

¿Naturaleza intocada o desarrollo sostenible?

Otras críticas a los derechos de la Natura -leza se basan en exagerarlos para denunciar queterminarán imponiendo prohibiciones sobre eluso de los recursos naturales. Algunos agitan elfantasma que los derechos de la Naturaleza sig-nifica prohibir aprovechar el ambiente y porello terminaríamos en una pobreza.

Page 12: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

261

Esta es una posición equivocada. Losderechos de la Naturaleza reconocen que cadaespecie debe aprovechar su entorno para llevaradelante sus procesos vitales, y lo mismo seaplica al ser humano. Es más, la ecología pro-funda siempre ha defendido entre sus postula-dos centrales el uso de la Naturaleza para asegu-rar la calidad de vida de las personas y erradicarla pobreza. Por lo tanto, no se impide, porejemplo, continuar con la agricultura o la gana-dería.

Pero sí es cierto que si los derechos de laNaturaleza se toman en serio, surgen nuevascondiciones de viabilidad a ese aprovechamien-to, en tanto éste debe ser realizado de maneraque no se destruyan ecosistemas o se extinganespecies. Por lo tanto, es necesario discutir víasde sustentabilidad en el desarrollo.

¿Por qué se puede aprovechar la Natu -raleza aún si ésta tiene derechos propios? Estose debe a que la perspectiva no está enfocada enindividuos, sino en las “especies” o “ecosiste-mas”. Su preocupa ción es la sobrevida de laspoblaciones y la integridad de los ecosistemas,con lo cual se permite el uso de los recursosnaturales, mientras persistan poblaciones quesean ecológica y evolutivamente viables. Es po -sible utilizar sosteniblemente los recursos natu-rales y aprovechar los ecosistemas ajustándonosa los propios ritmos de la Naturaleza, a las tasasde reproducción de las poblaciones, o a las

262

capacidades de los ecosistemas de enfrentar yamortiguar los impactos humanos.

Se apunta a alternativas al desarrollo quese adaptan y ajustan a la Naturaleza, y no a lainversa, donde se le imponen profundas modifi-caciones. Este abordaje es posible en el marcodel texto constitucional de Montecristi en tantose articula con las secciones dedicadas al BuenVivir y el régimen de desarrollo.

Concepciones de la Naturaleza y el desarrollo

Siguiendo esta línea, los derechos de laNaturaleza ofrecidos en Montecristi tambiénimplican cambios en nuestras ideas sobre laNaturaleza. Es importante tener presente que elconcepto de “Naturaleza” es una creación so -cial, un producto cultural en su más ampliosentido, y que ha sido moldeado desde el Rena -cimiento. La llegada de los conquistadores eu -ropeos impuso diversas concepciones, y entreellas sus propias ideas del entorno como unaNaturaleza que podía ser dominada y manipu-lada, y cuya riqueza debía asegurar el progreso.

La postura antropocéntrica nos ofreceuna Naturaleza separada del ser humano, quepuede ser desmembrada en sus partes, ya que esuna colección de entidades y flujos, y cuyosrecursos deben ser aprovechados para alimentarel crecimiento económico.

Page 13: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

263

A su vez, esta idea de la Naturaleza fueconstruida y moldeada en forma simultáneacon las concepciones sobre el progreso, y másrecientemente con los modelos sobre el desa-rrollo. El aprovechamiento de los recursos natu-rales solo es posible si la Naturaleza está másallá de nosotros (dualismo), si puede ser frag-mentada en sus componentes, dominada y con-vertida en “recursos”. En forma muy resumida,puede decirse que las ideas sobre el progreso yel desarrollo implican una cierta concepción dela Naturaleza, y a su vez, las ideas de la Natura -leza solo permiten un tipo de desarrollo. Unos yotros se determinan dialécticamente.

Los derechos de la Naturaleza de Ecuadorno sólo generan un cambio sustancial al indicarque ese ambiente ya no es más un conjunto deobjetos, sino que también abre las puertas apensar otras conceptualizaciones sobre el am -biente. Esto ocurre en dos niveles: el uso de lapalabra Naturaleza permite un abordaje pluralsin fragmentarla en recursos naturales, y muyespecialmente por equiparación con la idea tra-dicional y andina de Pachamama2.

2 Se debe señalar que existen diferencias sustanciales en unabordaje basado en los derechos de la “Naturaleza” y otroenfocado en los derechos de la “Tierra” a escala global. Elasunto no se puede discutir aquí por problemas de espaciodisponible, pero adelantamos que es mucho más fructíferoenfocarse en los derechos de la Naturaleza, y promover unaredefinición culturalmente diversa de la idea de “Naturaleza”.Sobre una declaración universal de los derechos de laNaturaleza véanse las primeras ideas en Acosta, 2010.

264

Si se toman los derechos de la Naturalezaen serio, las aproximaciones clásicas de origeneuropeo no son suficientes. Están atadas a unamirada antropocéntrica que llevan la semilla dela dominación y la manipulación. Es necesarioincorporar abordajes más abiertos, como el dela Pachamama, abiertos a diferentes redes derelacionalidad entre humanos, otros seres vivosy los objetos inanimados. De esta manera, aun-que los derechos de la Naturaleza podría decirseque es un asunto esencialmente ambiental, haceque necesariamente se deba incorporar unaapertura multicultural, ya que otras culturasconciben sus “naturalezas” o “pachamamas” deotras maneras.

Pachamama como expresión plural

Una concepción distinta de la Naturalezaes la Pachamama, tal como se la reconoce en eltexto de Montecristi. Este término está ancladoen los saberes tradicionales y además tiene unaclara filiación andina. Por lo tanto, encierra di -versos significados y usos, cambiando no sóloentre grupos humanos, sino entre distintossitios.

Desde un punto de vista mucho más ge -neral, el término Pachamama es usado con fre-cuencia para aludir a una relación distinta conla Naturaleza, rompiendo con el antropocen-trismo de origen europeo, y apuntando a untipo de vínculo igualitario con el ambiente. Esto

Page 14: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

265

ofrece enormes potencialidades para generaruna visión alterna del ambiente donde los sereshumanos no están separados, sino que estáninmersos dentro de ella. En especial es posibledar cabida a concepciones de ser en el mundoque no son dualistas (donde se separa sociedady Naturaleza), y que en cambio son relacionales(donde por ejemplo, otros seres vivos puedenser parte de una comunidad “social”). De estamanera, si como se desprende de la secciónanterior es necesario contar con otra idea de laNaturaleza para permitir otro desarrollo, en -tonces el concepto de Pachamama brinda unaexcelente oportunidad para ese fin. Pero detodos modos es necesario advertir que el uso dela palabra Pachamama antes que obligar aimponer una mirada quichua o aymara, deberíaser entendida como una apertura mucho másamplia, que permitiera incorporar conceptosprovenientes desde varias vertientes.

En un plano existen diferencias en la for -ma de interpretar la Pachamama, en lo quepodríamos calificar como una diversidad “an -tropológica”. No siempre se la usa en el mismosentido por ejemplo entre Ecuador, Perú yBolivia, y aún dentro de esos países (véase porejemplo las precisiones de Caparó, 1994; Ester -mann, 2006; y los ensayos en van den Berg ySchiffers, 1992). Pero también debe atenderseotro plano, permitiendo la articulación y expre-sión de las posturas de otros pueblos andinos yamazónicos, e incluso de las hibridizacionesculturales criollas.

266

La incorporación de la Pachamama noresuelve todos los problemas. Consideremos uncaso común: repetidamente se usa la expresiónPachamama como sinónimo de Madre Tierra.Si ella es “mi madre”, ¿hasta dónde puedomodificarla, alterarla y aprovecharla? La res-puesta no es sencilla. Por lo tanto, usar la pala-bra Pachamama no resuelve los problemas, ypersiste la necesidad de contemplar sus dere-chos, y establecer modos de uso del ambienteque no desemboquen en su destrucción (regre-samos al desarrollo sostenible, tal como se indi-có arriba).

Tengamos presente que las expresionesde Pachamama están ancladas por lo general enpaisajes humanizados, pero mucho menos enzonas intocadas o silvestres. Esto es totalmentecomprensible en el espacio andino, donde lasrelaciones entre los grupos humanos y el am -biente están mediadas particularmente por laagricultura, y ello significa finas, aunque inten-sas, intervenciones en la tierra, sistemas deriego, construcción de terrazas, erradicación demalezas, etc. Es un paisaje moldeado por activi-dades humanas, agrícolas y ganaderas.

Por otra parte, las valoraciones expresa-das por los pueblos amazónicos son diferentes ala de las culturas andinas. Al estar asentados enecosistemas de selva tropical y bajo otros mar-cos culturales, la vivencia amazónica es de unaNaturaleza mucho menos intervenida, más sil-vestre, y con menor impacto humano.

Page 15: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

267

Por lo tanto, si se toman los derechos dela Naturaleza en serio, la incorporación de laPachamama abre las puertas a una multicultu-ralidad real, que refuerza el reconocimiento delos valores intrínsecos. En algunos casos esasculturas encierran prácticas con menores im -pactos ambientales y más sostenibles en el largoplazo. Pero esto no siempre ocurre, y por lotanto vuelve a ser necesario tener presente lanecesidad de asegurar aprovechamientos soste-nibles del ambiente.

Asimismo, si se incorporan distintas“Pachamamas” en plural, junto a otras concep-ciones del entorno, nos adentramos en un rela-tivismo cultural, que de todas maneras debe serdiscutido y sopesado para encausarlo en acuer-dos compartidos sobre la protección de losdemás seres vivos. Nos encontraremos anteconcepciones kichwas, shuar, ashuar, etc., y cadauna de ellas no solo define el ambiente de unamanera, sino que posee sus propias particulari-dades sobre los usos correctos y aceptados. Enel pasado toda esa diversidad desaparecía bajolas ideas occidentales, mientras que en la actua-lidad, esta vertiente multicultural de los dere-chos de la Naturaleza permite que se expresen.Pero no implica que una sea necesariamentemejor que otra, sino que es necesario discutir yconstruir los acuerdos, enfocándolos en la con-servación de los demás seres vivos. Cada tradi-ción cultural tendrá mucho para aportar, peroseguramente también serán necesarios cambiosen ellas.

268

Iguales y diferentes en la Pachamama

En los últimos meses han surgido postu-ras sobre los derechos de la Pachamama o Ma -dre Tierra que llegan a algunos extremos quedeben analizarse. El caso más evidente ocurreen Bolivia, con el intelectual indígena, DavidChoquehuanca, actualmente ministro de rela-ciones exteriores, el presidente Evo Morales, yotras personas del gobierno.

Puede tomarse como punto de referenciaestas posturas las siguientes declaraciones deChoquehuanca: “Para nosotros, los indígenas,lo más importante es la vida, el hombre está enel último lugar, para nosotros lo más importan-te son los cerros, nuestros ríos, nuestro aire. Enprimer lugar, están las mariposas, las hormigas,están las estrellas, nuestros cerros y en últimolugar está el hombre”3.

Un examen apresurado podría llevar apensar que esa es una posición biocéntrica, atono con los derechos de la Naturaleza. Pero enrealidad, como se coloca a la hormiga por enci-ma de las personas, se cae en sentido estricto enuna desigualdad entre los seres vivos. Enfren -tamos una posición donde algunas especies no-hu manas valdrían más que las personas. Esta noes una postura biocéntrica, ni tiene que ver con

3 Declaraciones de prensa del 21 abril de 2010, AgenciaBoliviana de Informaciones ABI.

Page 16: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

269

los derechos de la Naturaleza, en tanto éstosasignan derechos a todas las formas de vida,pero no dicen que unas especies estén por enci-ma de otras. Los pro blemas con la postura deChoquehuanca son fenome nales: ¿cuál sería laética ambiental que sostiene que los seres no-humanos valen más que nosotros? También sedejan abiertas muchas dudas sobre cómo seconstruyen esas jerarquías (¿cuál es la escaladonde uno vale más que otro?).

Choquehuanca ha reforzado su particu-lar interpretación al afirmar que será “más im -portante hablar sobre los derechos de la madretierra que hablar sobre los derechos huma-nos”4. Pero ni siquiera los defensores de losderechos de los animales (o de la llamada “libe-ración animal”), apoyarían esa postura.

Podría sostenerse que en realidad Cho -quehuanca está apuntando a una igualdad esen-cial entre todas las especies, donde todas valdrí-an lo mismo. Tiempo atrás, algunos intelectua-les y militantes radicales llevaron una posturade ese tipo a un extremo, defendiendo porejemplo virus o bacterias, y no se podría com-batir por ejemplo las enfermedades infecciosas.Pero esa posición nunca fructificó y siempre fueminoritaria; agrego que no conozco que esasposiciones individuales cristalizaran una co -

4 La Razón, La Paz, 31 enero 2010,

270

rriente de pensamiento que sostuviera que valemás una hormiga o un virus que una persona.

Los defensores del biocentrismo, si bienreco nocen los valores propios de la Natu raleza yde todas las formas de vida, no afirman queunos valen más que otros, y reconocen que lasespecies no son iguales entre sí, y no es lo mismouna persona que una hormiga. El sentido que ledan a la idea de igualdad se refiere a que todaslas especies son “iguales en sus derechos a viviry florecer y alcanzar sus propias formas de des-plegarse y auto-realizarse….” (Devall y Ses -sions, 1985). Una vez más, no es innecesarioagregar que tal como ya se indicó, en esta pers-pectiva el ser humano puede utilizar la Natu -raleza para satisfacer sus necesidades vitales, dedonde no puede imponerse que unas especiesson “más importantes”, o que los derechos de laNaturaleza están por encima de los derechoshumanos.

Estas tensiones se vuelven todavía máscomplejas en Bolivia, ya que en su reformaconstitucional no se han incluido los derechosde la Naturaleza. En efecto, su nuevo textoconstitucional se mantiene dentro de la visióntradicional donde el ambiente aparece entre losderechos humanos de tercera generación, comoderechos a un ambiente sano. A su vez, tambiénse incluyen varios artículos donde se estableceque es un mandato del Estado la industrializa-ción de los recursos naturales (por ejemplo,

Page 17: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

271

arts. 9 y 355), lo que genera enormes tensiones.Se contraponen esos objetivos de aprovechar losrecursos naturales por un lado, con la preserva-ción ambiental por el otro. Se puede llegar alcaso donde la protección de un área ecológicafrente a los intentos de explotación petrolera,podría ser inconstitucional. Y como la Cons -titución boliviana carece de una sección dedica-da a los derechos de la Naturaleza, no puederesolver de manera sencilla esa contraposición.En cambio, si tales derechos existieran se podrí-an invocar los valores propios de esa área ecoló-gica frente a las utilidades petroleras. Este ejem-plo deja en claro la importancia de contar conderechos de la Naturaleza explícitamente reco-nocidos.5

La postura de Choquehuanca encuentraotra dificultad en la práctica, ya que si algunosseres vivos como las hormigas están por encimadel ser humano, se llegaría a un preservacionis-mo radical de la Naturaleza. Casi todo un paísdebería ser declarado un área protegida intangi-ble, se deberían suspender todas las concesionesmineras y forestales, cerrar los pozos de petró-leo y abando nar las áreas agrícolas. Es bien co -nocido que esto no sucede en ese país, y que por

5 En parte como reacción a estos problemas y contradiccio-nes, en Bolivia se aprobó recientemente una ley general delos derechos de la Madre Tierra. Se indica que es un adelan-to de una futura ley más detallada. Por lo tanto, es aconseja-ble esperar a que se complete el proceso legislativo.

272

el contrario la administración Morales está pro-moviendo por ejemplo el extractivismo mineroy petrolero, con sus consecuencias ambientalesy sociales.

Este extremo de Naturaleza intocadatambién podría estar en contradicción con lapropia idea de Pachamama. En efecto, en casitodas las formulaciones de ese concepto no sealude a ambientes intocados, sino que es unaNaturaleza con humanos, y humanos que sonparte de ella. Aquí aparece el riesgo de la banali-zación, pero desde otro frente: algunos podríanseguir destruyendo la Madre Tierra aunquerepitiendo las ceremonias de la ch’alla, donde seda las gracias o se le retribuye a la Natu ralezapor los bienes que se recibe de ella. Dicho deotro modo, como en la cosmovisión andina setransforma el ambiente, esa ceremonia es parapedirle perdón o retribuirle por esos cambios,pero no para impedirlos. Entonces, una banali-zación que escapa al mandato de los derechosde la Naturaleza, sería aprobar proyectos mine-ros y petroleros, con una clara des trucción de laNaturaleza, pero bastaría pedirle “perdón” a laPachamama para justificarlos. Es claro que esapostura es insostenible, no asegura ningunaprotección efectiva de las especies vivas, y ter-mina siendo contraproducente hasta para lospropios pueblos indígenas, en tanto convierte alespíritu de la Pachamama en un mero slogan.

Por lo tanto, se concluye que si se tomanlos derechos de la Naturaleza en serio, posicio-

Page 18: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

273

nes extremas como las de Choquehuanca care-cen de sustento, y sus efectos en algunos casospueden ser contraproducentes. Ese camino noes aconsejable en Ecuador.

Otra justicia para los derechos de la Naturaleza

Siempre que se aborde el campo de losderechos, se deberá llegar a considerar las cues-tiones de la justicia. Bajo la postura clásica delos derechos humanos a un ambiente sano seacepta que están cubiertos por la llamada justi-cia ambiental. Esto se aplica a casos tales comolos daños a la salud de las personas por la con-taminación, o los reclamos de un propietariocuando arrojan basura en su predio (no se dis-cutirá el grado de oficia de ésta en AméricaLatina).

La justicia ambiental parte de un conjun-to de derechos humanos atendiendo a cómoson afectadas las personas. La comunidad de lajusticia son los humanos, y éstos discuten sobrelo justo o injusto en cuanto a la situación am -biental. Es por lo tanto una postura acorde conuna Naturaleza objeto de derechos, donde elacento está puesto en los asuntos humanos.

Pero si se toman los derechos de la Natu -raleza en serio es necesario contar con otrocampo de la justicia. Esta es la justicia ecológicay se enfoca en una Naturaleza que es sujeto. Su

274

énfasis está en asegurar la sobrevida e integri-dad de la Naturaleza y la restauración de losecosistemas dañados. Esta es distinta y discurreen paralelo a la justicia ambiental.

Los procedimientos de reparación, resti-tución o compensación entre humanos sonpropios de la justicia ambiental y no necesaria-mente contemplan a la justicia ecológica. Porejemplo, cuando se contamina el predio de unapersona, es común que se le pague una indem-nización o se le imponga una multa. Pero esospagos en dinero no implican la restauración oremediación del daño ambiental.

En cambio, la justicia ecológica atiendelos derechos de la Naturaleza, exigiendo que serecuperen los ambientes dañados, y se los regre-se a su estado original. Su objetivo no es cobrarmultas, y la recuperación ambiental debe reali-zarse independientemente de su costo económi-co. Seres vivos como plantas o animales nonecesariamente vivirán mejor si algunos huma-nos reciben dinero por el daño en los ecosiste-mas en que habitan. El criterio de justicia eneste caso se centra en asegurar que las especiesvivas puedan seguir sus procesos vitales, y no enlas compensaciones económicas.

Esto no quiere decir que esas multas oindemnizaciones deban ser abandonadas, sinoque debe quedar claro que éstas competen a lajusticia ambiental. Un ejemplo puede ilustrar lacuestión: en el caso de los derrames y contami-

Page 19: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

275

nación por petróleo en la Amazonia ecuatoria-na, se debe aplicar por un lado las reparacioneso compensaciones económicas o de otro tipo, alas personas afectadas, y por el otro lado, simul-táneamente se deben asegurar los derechos de laNaturaleza, limpiando lugares afectados o resti-tuyendo ecosistemas degradados.

En otro artículo se discute con más deta-lle las diferencias entre una justicia ambiental yotra ecológica, a partir de los derechos de laNaturaleza (Gudynas, 2010c). En esos análisis seprocura dejar en claro que se puede llegar a unajusticia ecológica desde diferentes puntos departida, incluidas las perspectivas de quienes noaceptan que la Naturaleza sea sujeto de dere-chos. En efecto, aún en el caso de insistir en quesolamente los humanos son agentes moralesque pueden expresar y defender sus escalas devalores, de todos modos el campo de la justiciase ha ampliado a quienes no cumplen esas con-diciones (por ejemplo, con los derechos en hu -manos no nacidos o con discapacidades menta-les severas). Otro frente de extensión es pro-puesto por quienes indican que varios mamífe-ros superiores son seres conscientes. Finalmentese encuentran los defensores de los derechos delos animales. Los derechos de la Naturalezaoperan en el mismo sentido. De esta manera, sepuede fundamentar una justicia ecológica desdevarias fuentes, incluido el liberalismo contem-poráneo, como también el biocentrismo.

276

En ese marco, resulta muy interesante darun paso más en las ideas de Nancy Fraser(2008), quien considera que la justicia se desen-vuelve en una dimensión redistributiva (posi-blemente la más conocida en la actualidad),otra enfocada en el reconocimiento, y una ter-cera basada en la representación. Estas dos últi-mas son claves en países como Ecuador, eimplican reconocer las expresiones multicultu-rales en el país, con sus concepciones del am -biente, y permitir su participación efectiva. Sepuede dar un paso más, y sumarle una dimen-sión ecológica (estos y otros puntos se discutencon más detalle en Gudynas, 2010).

Otra crítica usual apela a una preguntacondescendiente: ¿asistirán los árboles o losjaguares a los juzgados? También se apela a estapregunta para cuestionar a los derechos de laNaturaleza como inviables. Es evidente que eseno es el sentido de la justicia ecológica, ya queesos seres vivos no tienen forma de articular susdemandas frente a la institucionalidad formalde la justicia. La cuestión radica entonces en losprocedimientos de representación y tutela deesos derechos. La novedad de los derechos de laNaturaleza no está en que mágicamente losárboles asomarán en los juzgados, sino en quedistintos humanos podrán ir ante los juecesinvocando la representación de esos árboles. Ylos jueces deberán atenderlos y escuchar susargumentos. Asimismo, esos defensores nodeberán demostrar que talar los árboles signifi-

Page 20: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

277

ca una pérdida económica o afecta la propiedadprivada, sino que podrán defenderlos desde lanecesidad de asegurar la sobrevida y permanen-cia como especie.

Derechos de la Naturaleza globales ylocales

Pasemos ahora a analizar las implicanciasde los derechos de la Naturaleza en las escalaslocal, nacional e internacional. Esto es necesarioya que en los últimos meses se ha insistido conenfocar estas cuestiones a nivel planetario. Supromotor más conocido es el presidente boli-viano Evo Morales, quien reclama la defensa dela Madre Tierra en el contexto del cambio cli-mático global.

Muchas de sus alertas sobre las implican-cias del cambio climático son correctas, y variasde sus críticas al papel de las naciones indus-trializadas también son acertadas. Pero en elcontexto del presente capítulo es importanteatender a las vinculaciones que se hacen entre ladefensa de la Madre Tierra y el cambio climáti-co. En muchos casos esos reclamos tienen ecoscon los derechos de la Naturaleza, pero la escalaes otra, ya que el énfasis de Morales está en losproblemas globales. Es una postura donde semira a toda la biosfera, e incluso por momentoel uso de Pachamama recuerda a quienes conci-ben que todo el planeta es una unidad vivienteautorregulada (en el sentido de la hipótesis Gaiade Lovelock, 2007).

278

Como ya se adelantó arriba, es sorpren-dente que se reclamen los derechos de la MadreTierra a nivel planetario, pero no se observe lamisma preocupación o similar compromisoverde dentro de Bolivia. En los últimos meses,distintas organizaciones indígenas, campesinasy ONG ambientalistas, han venido denuncian-do un creciente deterioro ambiental en el país,problemas en la aplicación de los mecanismosde consulta ciudadana y evaluación de impactoambiental, y una decidida promoción delextractivismo minero y petrolero clásico. Lasituación es tan grave que varias organizacionesindígenas han reclamado una “pausa ecológi-ca”. En la conferencia de Cochabamba (abril2010), organizada por el gobierno bolivianopara abordar estos asuntos, varios grupos ciu-dadanas intentaron discutir los derechos de laMadre Tierra dentro de Bolivia, pero fueronduramente combatidos por el gobierno.

Este caso es importante ya que por mo -mentos se genera una disociación radical entrederechos de la Madre Tierra a escala global,pero no a nivel local dentro de Bolivia. La lec-ción para nuestro análisis es que si se toman enserio los derechos de la Naturaleza, deberán seraplicados en todas las escalas geográficas, desdelas comunidades locales a todo el planeta. Noexisten excepciones geográficas a los derechosde la Naturaleza, y menos dentro de cadaEstado.

Page 21: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

279

Política, ambiente y desarrollo

La llegada de los derechos de la Natu -raleza también tienen impactos en los escena-rios políticos, y entre ellos en este capítuloabordaremos especialmente las estrategias dedesarrollo. Un primer flanco de tensiones seencuentra entre los estilos actuales de desarrolloen América Latina, que dependen de un intensoaprovechamiento de recursos naturales. Por lotanto, muchos rechazan los derechos de laNaturaleza debido a que interpretan que elloimpedirá el crecimiento económico.

Para evitar un rechazo frontal, algunoslos rodean para dejarlos en suspenso: se diceque primero se debe crecer económicamente,que los impactos ambientales son inevitables, yque una vez que se despegue económicamente,se resuelvan los problemas de pobreza y equi-dad, podríamos comenzara a preocuparnos porel ambiente. Este es un problema creciente envarios gobiernos, incluyendo las administracio-nes progresistas, las que propulsan el crecimien-to económico como la forma privilegiada dedesarrollo, y apelan a minimizar o flexibilizar loque consideran como obstáculos ambientales.

Tan solo a manera de ejemplo, este abor-daje ha sido defendido por las administracionesCorrea en Ecuador, Morales en Bolivia (espe-cialmente su vicepresidente Álvaro García Li -nera, quien dice que su país no será un “guarda-bosques”), el brasileño Lula da Silva, o el uru-

280

guayo José Mujica. Esta postura es todavía másclara en los gobiernos conservadores, y posible-mente su expresión más conocida sea “El perrodel hortelano” de Alan García en Perú.

Por lo tanto, desde diferentes justificacio-nes ideológicas, y reconociendo las diferenciasnotables que hay entre esos gobiernos en cuan-to al papel del Estado, la captación de exceden-tes, etc., de todos modos se repiten estilos dedesarrollo claramente insustentables con inten-sos impactos ambientales (este punto se analizacon más detalle en Gudynas, 2010a). Está claroque los derechos de la Naturaleza imponen uncambio de rumbo en el desarrollo actual.

Si se los toma en serio, es indispensableque países como Ecuador, comiencen a modifi-car el desempeño en varios sectores, como laagropecuaria, forestal o pesquero. Pero es posi-blemente en los sectores extractivistas, comohidrocarburos y minería, donde estos cambiosson más urgentes, debido a sus implicanciassociales, económicas y ambientales. El desaco-ple del sendero extractivista, para enfocarse enla calidad de vida y la conservación, permitiríaatender de mejor manera los derechos de laNaturaleza. Es además necesario salir de latrampa en la que se están encerrando algunosgobiernos progresistas, donde se apela al extrac-tivismo para financiar programas de lucha con-tra la pobreza y bonos de asistencia social. Enese extremo se debilitan la posibilidad de discu-

Page 22: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

281

siones sustantivas sobre justicia social, con locual hay muchas menores oportunidades paraencarar las justicias ambiental y ecológica(véase Gudynas, 2010b).

Esta orientación está contemplada en laConstitución de Montecristi al asociar los dere-chos de la Naturaleza, con los demás derechoshumanos, y colocar a todos ellos en una articu-lación con un régimen de desarrollo orientadoal Buen Vivir. De esta manera, sea por la vía delos derechos de la Naturaleza, como el mandatopor el Buen Vivir, queda en claro que es necesa-rio comenzar a explorar transiciones post-extractivistas. Este postura aparece como unobjetivo final en el actual Plan Nacional delBuen Vivir, elaborado por SENPLADES, aun-que es necesario dotarla de contenidos más pre-cisos. En esa línea se está trabajando en CLAESen cooperación con varias organizaciones en lospaíses andinos, donde se discuten transicionesposibles para ir más allá del extractivismo, haciadesarrollos de nuevo tipo con un menor consu-mo de materia y energía, y cimentados en otraética de relación con el ambiente.

Finalmente, los derechos de la Naturalezaretiran los temas ambientales de la crecienteobsesión actual por convertirlos en mercadería odemostrar que su conservación es un buen nego-cio. Los derechos de la Naturaleza reposicionan alos temas ambientales como una política pública,independientemente si es rentable o no.

282

Para dejar este punto en claro es oportu-no aludir a las propuestas de moratoria petrole-ra en los campos petroleros conocidos comoITT, en la zona del Parque Yasuní. La pretensiónde recibir una “compensación” económica porno explotar esa área carece de sustento desde elpunto de vista de los derechos de la Naturaleza.En efecto, esa biodiversidad amazónica debe serprotegida en tanto así lo demandan los dere-chos de la Naturaleza, y las compensaciones quepueda recibir el Estado, u otras personas, es unacuestión ajena a la fauna y flora de ese sitio. Pe -ro además, es como si se reclamara a la comuni-dad internacional una compensación de losgastos en que se incurren por asegurar otrosderechos, como pueden ser la educación o lasalud.

Se ha iniciado un nuevo camino

Estoy convencido que el reconocimientode los derechos de la Naturaleza no es unamoda pasajera, o producto de una casualidadpolítica. Será un atributo que terminará estan-do en casi todas las constituciones latinoameri-canas. Por ello, también creo que Ecuador hamarcado el rumbo con ese paso innovador. Esposible que los vaivenes políticos partidariosdesemboquen en avances y retrocesos, perofinalmente se implantarán como una necesidadindiscutible.

El punto de partida actual, con la Consti -tución de Montecristi, es envidiable. Ecuador se

Page 23: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

283

encuentra en ese sentido muy por delante de losdemás países, y estas cuestiones recién comien-zan a discutirse por ejemplo en Bolivia y Perú;más alejados están Argentina, Brasil, Colombiay otras naciones.

Es cierto que dentro de Ecuador existendivergencias y debates sobre estos derechos,pero es por demás importante tener presenteque la “polis” aceptó un nuevo contrato socialdonde reconoce los derechos de la Naturaleza.La discusión ya deja de estar centrada en la vali-dez de estas ideas, sino que ahora se debe expre-sar en cómo concretarlas. Este nuevo acuerdono implica desconocer o rechazar a quienesdescreen de la Naturaleza como sujeto de dere-chos, pero obliga a considerar esos derechosjunto a otros en los debates y la administraciónde la justicia. Tampoco se renuncian a los clási-cos derechos humanos, incluidos los de tercerageneración referidos al ambiente, sino queactuarán en paralelo a los de la Naturaleza.

Está claro que los derechos de la Natura -leza encierran enormes desafíos que van de laética a la política, la institucionalidad y la ges-tión. Es un nuevo camino donde se están dandolos primeros pasos, y para avanzar será necesa-rio mantener la cuota de innovación que pocotiempo atrás estuvo presente en la AsambleaConstituyente en Montecristi.

284

Bibliografía

Acosta, A. 2010 Hacia la declaración universal de los dere-

chos de la Naturaleza. ALAI-América Latinaen Movimiento, Quito, 16 abril.

Bradshaw, C.J.A., X. Giam y N.S.Sodhi2010 Evaluating the relative environmental impact

of countries. PLoS ONE 5 (5): e10440.Callicott, J.B. 1989 In defense of the land ethics: essays in envi-

ronmental philosophy. State University NewYork Press, Albany.

Caparó, R.L. 1994 Racionalidad andina en el uso del espacio,

Pontificia Universidad Católica del Perú,Lima.

CLAES 2010 Tendencias en Ambiente y Desarrollo en

América del Sur. Cambio Climático, Bio -diversidad y Políticas Ambientales. CLAES(Centro Latino Americano de EcologíaSocial), Montevideo. Disponible en: http://www.ambiental.net/reporte2010/TendenciasAmbientalesClaes10.pdf

Devall, B. y G. Sessions1985 Deep ecology: living as if Nature mattered.

Smith, Salt Lake City.Dregson, A. y B. Devall (eds.) 2008 The ecology of wisdom. Writings by Arne

Naess. Counterpoint, Berkeley.Ester mann, J. 2006. Filosofía andina. Sabiduría indí-

gena para un mundo nuevo, ISEAT, La Paz.

Page 24: Los derechos de la naturaleza en serio. Respuestas y aportes

285

Fontaine, G., I. Narvéz y P. Cisneros2008 Geo Ecuador 2008. Informe sorbe el estado

del medio ambiente. FLACSO, Ministeriodel Ambiente y PNUMA, Quito.

Fraser, N. 2008 Escalas de justicia. Barcelona, Herder.

Gudynas, E. 2003 Ecología, economía y ética del desarrollo sos-

tenible. FES y AbyaYala, Quito.Gudynas, E. 2009 El mandato ecológico. Derechos de la Na -

turaleza y políticas ambientales en la nuevaConstitución, AbyaYala, Quito.

Gudynas, E. 2010a Si eres tan progresista ¿Por qué destruyes la

naturaleza? Neoextractivismo, izquierda yalternativas. Ecuador Debate, CAAP Quito,No 79: 61-81.

Gudynas, E. 2010bLas nuevas intersecciones entre pobreza y

desarrollo: tensiones y contradicciones de lasociedad civil y los gobiernos progresistas,Surmanía (Universidad Nacional Colom -bia) 4: 92-111.

Gudynas, E. 2010c La senda biocéntrica: valores intrínsecos,

derechos de la naturaleza y justicia ecológi-ca. Tábula Rasa, No 13, Bogotá.

Lovelock, J. 2007 La venganza de la Tierra, Planeta, Barce -

lona.Naess, A. y G. Sessions1985 Platform principles of the deep ecology mo -

vement, pp 69-73, En: Deep ecology: living asif Nature mattered (B. Devall y G. Sessions,eds), Smith, Salt Lake City.

286

O’Neill, J. 1993 Ecology, policy and politics. Human well-

being and the natural world. Routledge,Londres.

Ouderkik, W. y J. Hill (eds) 2002 Land, value, community. State University

New York Press, Albany,van den Berg, H. y N. Schiffers (comps)1992 La cosmovisión aymara, UCB Hisbol, La

Paz.

Administrador
Text Box
pp 239 - 258, En: La Naturaleza con Derechos. De la filosofía a la política. Alberto Acosta y Esperanza Martínez, compiladores. AbyaYala y Universidad Politécnica Salesiana, Quito, Ecuador. Mayo 2011.